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TÉRMINOS DE REFERENCIA 04/05/2018 TÉRMINOS DE REFERENCIA Para la contratación de una Empresa Auditora del proyecto: Promoción del Buen Vivir del Pueblo Indígena Yampara 1. INTRODUCCIÓN: 1.1. Datos Generales VSF Justicia Alimentaria Global a través de su Coordinación Regional en Sudamérica desea contratar la auditoría externa final del proyecto Promoción del Buen Vivir del Pueblo Indígena Yampara en Bolivia, financiado por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional al Desarrollo (AACID), con la referencia interna BOL 53. 1.2. Descripción resumida VSF Justicia Alimentaria Global es la responsable del proyecto arriba referenciado, subvencionado por la AACID (España) en su convocatoria de subvenciones para ONGDs del año 2013, siendo el Consejo de Ayllus y Markas Yampara Suyu (BOLIVIA), en adelante por sus siglas COAMYS, la responsable en Bolivia de su ejecución. El proyecto inició el 1 de junio del 2016 y finalizara el 30 de junio del 2018, con un período de 25 meses de ejecución. Es por ello, que se diseñan los términos de referencia de la auditoría, con el fin de revisar el informe económico final del proyecto. El objetivo del proyecto es: Mejorar las bases productivas e institucionales del desarrollo endógeno con equidad de género en las comunidades indígenas del Pueblo Yampara. Además se tiene cinco resultados, los cuales son: 1. Se ha facilitado el acceso a los recursos productivos como el agua y tierra a siete comunidades indígenas del Municipio de Tarabuco. 2. Fortalecida la producción agroalimentaria diversificada y con enfoque de género que genera valor agregado en siete comunidades indígenas del Municipio de Tarabuco. 3. Empoderamiento de mujeres líderes y procesos de democratización e inclusión interna en la Nación Yampara Suyu incorporando la equidad de género y la lucha contra la violencia hacia las mujeres. 4. Fortalecida la capacidad propositiva y de incidencia en el proceso autonómico a nivel local y departamental liderado por mujeres indígenas del pueblo Yampara. 5. Se han generado aprendizajes en base a un Sistema de Seguimiento y Evaluación Participativa y con Equidad de Género 1

TÉRMINOS DE REFERENCIA El presupuesto total del proyecto fue de 300.000 Euros. 2. OBJETIVO DE LA AUDITORIA. 2.1. Revisión de la cuenta justificativa de la subvención de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional al Desarrollo en el marco de la Orden 20 de febrero de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras, y la Orden 13 de Marzo de 2013 por la que se modifica la del 20 de febrero. El objeto del contrato es la revisión de la cuenta justificativa de la subvención de la AACID y de la Contraparte local. Por tanto se trata de realizar la comprobación de los requisitos establecidos en la normativa aplicable y elaborar un informe exhaustivo al respecto, teniendo en cuenta los Estados Financieros del proyecto. La auditoría debe verificar mínimo el 100% de los gastos, y reflejar en el informe el resultado de la verificación, respecto de: La documentación que integra la cuenta justificativa completa: se comprobará la existencia de la documentación que debe componer la cuenta justificativa completa. La Relación clasificada de gastos: se comprobará que alcanza a la totalidad del gasto en el que se haya incurrido, cualquiera que sea el origen de su financiación. Para cada tipo de gasto: se comprobará el cumplimiento de los requisitos y existencia de la documentación que para cada tipo de gasto sea de aplicación. La comprobación de la documentación distinta de los justificantes individuales de gasto- será exhaustiva y la de los justificantes individuales se podrá hacer por muestreo. 3. EJECUCIÓN DE LA AUDITORIA: 3.1. Actuaciones preparatorias para la emisión del informe auditor: Análisis de la normativa reguladora de la subvención y de toda la documentación que establezca las obligaciones del beneficiario y del auditor con respecto a la revisión a efectuar. Solicitud de la cuenta justificativa que tiene que contener todos los elementos requeridos en la normativa reguladora de la subvención. Comprobación que la cuenta ha sido suscrita por una persona con poderes suficientes. 3.2. Procedimiento general de revisión de la cuenta justificativa: Revisión de la memoria de actuación técnica para verificar la concordancia entre la información que contiene y la justificación económica. Revisión de la memoria económica abreviada, considerando la aplicación de técnicas de muestreo estadístico, cuando las bases reguladoras lo permitan. Se comprobará: 2

TÉRMINOS DE REFERENCIA 04/05/2018 1º Que la información económica contenida en el Informe Económico Final está soportada por una relación clasificada de la totalidad de los gastos e inversiones realizados con cargo a todos los fondos aportados a la intervención sea cual sea el origen de su financiación, ordenada por partidas del presupuesto validado, con identificación del acreedor y del documento, número de factura o documento admisible, su importe, fecha de emisión, fecha y forma de pago. 2º Que los gastos e inversiones han sido realizados dentro del período de ejecución de la intervención subvencionada a excepción de los gastos de los informes de evaluación y auditoría que podrán realizarse hasta la finalización del plazo de presentación del informe final aunque esta fecha sea posterior a la de finalización de la ejecución de la intervención y los de identificación y formulación que podrán ser anteriores al inicio de la intervención. 3º Que los gastos e inversiones que integran la relación han cumplido los requisitos para tener la consideración de gasto subvencionable. 4º Que los gastos e inversiones que integran la relación están acreditados mediante los documentos exigidos para cada tipo de gastos y que dichos documentos que han de ser originales o copias compulsadas, cumplen los requisitos establecidos al efecto y han sido reflejados en los registros contables. En el caso de que las actividades hayan sido ejecutadas en todo o en parte por un socio local o contraparte extranjera, no será exigible que los documentos justificativos del gasto de la subvención hayan sido reflejados en los registros contables de la entidad beneficiaria. 5º Que se ha procedido a una correcta clasificación de los gastos e inversiones de acuerdo con el contenido de las bases reguladoras y el presupuesto validado aprobado. El auditor ha de incluir un cuadro resumen por partidas comparativo del presupuesto validado y ejecutado con indicación de las desviaciones tanto en cantidades absolutas como en porcentaje. 6º Que se produce la necesaria coherencia entre los gastos e inversiones justificadas y la naturaleza de las actividades subvencionadas. 7º Que el informe económico final se ha presentado en euros y que se ha realizado una correcta conversión de todos los gastos e inversiones realizados en moneda extranjera, así como la comprobación de los justificantes del tipo de cambio aplicado, indicando el método utilizado para la conversión. 8º Que los documentos originales han sido correctamente estampillados. 9º Que la entidad dispone de ofertas y de una memoria que justifique razonablemente la elección del proveedor, en aquellos casos en que no haya recaído en la propuesta económica más ventajosa. 10º Que la subcontratación de la realización de actividades objeto de la subvención se ha realizado con la correspondiente autorización expresa de la AACID. En este sentido, cuando el 3

TÉRMINOS DE REFERENCIA beneficiario realice subcontrataciones, total o parcial, con terceros de la intervención subvencionada, el auditor solicitará de la entidad beneficiaria una declaración de las actividades subcontratadas, con indicación de los subcontratistas e importes facturados. 11º Que la suma de los costes indirectos de las intervenciones no ha superado el límite del 10%, para los proyectos del total de los costes directos del presupuesto validado. 12º Que la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, está acreditada y que su concurrencia se adecua a lo previsto en las presentes bases reguladoras en cuanto a su compatibilidad o, en su caso, ha existido exceso de financiación. 13º Que se ha presentado en tiempo y forma la Comunicación de Inicio, los Informes de Seguimiento y la Programación Anual de Actividades. 14º Que se ha solicitado autorización previa a la AACID o, en su caso, que se han comunicado las modificaciones introducidas en la intervención. En el caso de que la subvención haya sido destinada a la adquisición de bienes inmuebles, el auditor revisará la documentación relativa a la compraventa, vinculación, transferencia e inscripción, en su caso, en registros públicos Comprobación del justificante de pago del reintegro de remanentes. En el supuesto de que exista remanente de subvención no aplicada, el auditor comprobará el justificante de pago del reintegro a la AACID de dicho remanente así como de los intereses derivados de éste y la correspondiente anotación contable. Carta de manifestaciones. Al término de su trabajo la entidad auditora solicitará a la entidad beneficiaria una carta, firmada por la persona que suscribió la cuenta justificativa, en la que se indicará que se ha informado al auditor acerca de todas las circunstancias que puedan afectar a la correcta percepción, aplicación y justificación de la intervención. También se incluirán las manifestaciones que sean relevantes y que sirvan de evidencia adicional al auditor sobre los procedimientos realizados. 3.3. Otras obligaciones del auditor El auditor y el personal a su servicio están obligados a mantener el secreto de toda la información que conozcan en el ejercicio de la revisión de la cuenta justificativa, en los términos previstos en la normativa vigente en materia de auditoría de cuentas. El auditor debe mantener el archivo de la documentación acreditativa de la revisión efectuada y que apoya el informe emitido, durante un periodo mínimo de ocho años desde la fecha de emisión del informe, a menos que las bases reguladoras establezcan un plazo superior. Una vez 4

TÉRMINOS DE REFERENCIA 04/05/2018 transcurrido el plazo, se extingue la obligación de conservación cuando concurran las siguientes circunstancias: a) Que el auditor obtenga del beneficiario la confirmación de que ha prescrito el derecho de la Administración a exigir el reintegro y que no está en curso ninguna actuación de comprobación o control. b) Que el auditor haya solicitado del beneficiario la confirmación a la que se refiere el apartado a y la solicitud no haya sido atendida en el plazo de sesenta días naturales. 4. INFORME DE AUDITORIA: El INFORME del auditor tiene que contener obligatoriamente la siguiente información: Identificar a la entidad beneficiaria de la subvención. Identificar al órgano de la entidad beneficiaria que haya procedido a la designación del auditor. Identificar a la AACID como entidad concedente de la subvención. Identificar el título de la intervención, el número de expediente, el importe de la subvención concedida por la AACID, la resolución de concesión y demás resoluciones posteriores que modifiquen la anterior. Identificar el informe económico final objeto de la revisión, que se acompañará al informe de auditoría, informando de la responsabilidad del beneficiario de la subvención en su preparación y presentación. Hacer referencia a la aplicación de la Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo y del resto de la normativa que regula la subvención. Detallar los procedimientos de revisión llevados a cabo por el auditor y el alcance de los mismos. Si por cualquier circunstancia el auditor no hubiese podido realizar en su totalidad los procedimientos previstos, se mencionarán los procedimientos omitidos con indicación de su causa. Mencionar que la entidad beneficiaria facilitó cuanta información le solicitó el auditor para realizar el trabajo de revisión. En caso de que no la hubiese facilitado en su totalidad, se mencionará tal circunstancia con indicación de la información omitida. Indicar que el trabajo de revisión no tiene la naturaleza de auditoría de cuentas ni se encuentra sometido a la Ley 19/1988, de Auditoría de Cuentas, y que no se expresa una opinión de auditoría sobre la cuenta justificativa. Ser firmado por quien o quienes lo hubieran realizado, con indicación de la fecha de emisión y número de inscripción de los mismos en el ROAC, en su caso. El informe debe seguir el modelo siguiente: 5 Modelo de informe de revisión de cuenta justificativa de subvenciones A. (... identificación del órgano concedente...). 1. A los fines previstos en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, hemos (he) sido designados

TÉRMINOS DE REFERENCIA por (... Identificación de la empresa u órgano que realizó la designación...) para revisar la cuenta justificativa de la subvención otorgada mediante (... indicación de la Resolución o acto en el que se haya acordado la concesión...) a (... identificación del beneficiario de la subvención...) y destinada (... breve descripción de la actividad subvencionada...). Una copia de la cuenta justificativa de la subvención, sellada por nosotros (mi) a efectos de identificación, se acompaña como anexo al presente informe. La preparación y presentación de la citada cuenta justificativa es responsabilidad de (... identificación del beneficiario de la subvención...), concretándose nuestra (mi) responsabilidad a la realización del trabajo que se menciona en el apartado 2 de este informe. 2. Nuestro (mi) trabajo se ha realizado siguiendo lo dispuesto en las Normas de Actuación aprobadas mediante Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de..., en las que se fijan los procedimientos que Se deben aplicar y el alcance de los mismos, y ha consistido en las comprobaciones que de forma resumida se comentan a continuación: (... se mencionarán las comprobaciones realizadas sobre la base de lo previsto en el apartado III.2 de la norma de actuación...). Dado que este trabajo, por su naturaleza, no tiene la naturaleza de auditoría de cuentas ni se encuentra sometido a la Ley 19/1988, de Auditoría de Cuentas, no expresamos (expreso) una opinión de auditoría en los términos previstos en la citada normativa. 3. El beneficiario ha puesto a nuestra (mi) disposición cuanta información le ha sido requerida para realización de nuestro trabajo con el alcance establecido en el párrafo anterior. 4. Como resultado del trabajo realizado, les informamos que no hemos (he) observado hechos o circunstancias que pudieran suponer incumplimientos de la normativa aplicable o de las condiciones impuestas a (... identificación del beneficiario de la subvención...) para la percepción de la subvención a que se refiere el apartado 1 anterior. En caso contrario, cuando se detecten hechos relevantes el párrafo a incluir será el siguiente: Como resultado del trabajo realizado, a continuación les informamos de aquellos hechos o circunstancias que pudieran suponer incumplimientos de la normativa aplicable o de las condiciones impuestas a (... identificación del beneficiario de la subvención...) para la percepción de la subvención a que se refiere el apartado 1 anterior: Fecha: Firma del auditor: El informe de auditoría final se presentará a VSF Justicia Alimentaria Global por triplicado y firmado en todas sus páginas conteniendo la relación de justificantes de gasto de la totalidad del proyecto. Se acompañará una copia en soporte informático. 5. COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN: La coordinación y supervisión será realizada por la Coordinadora Regional Sudamérica de VSF en Bolivia, y contara con el apoyo del Consultor Contable Externo. 6

TÉRMINOS DE REFERENCIA 04/05/2018 6. TIEMPO DE CONTRATACION, COSTE Y LUGAR DE TRABAJO: La auditoría comenzará con fecha de 15 de julio de 2018 y se estima un plazo de 30 días hábiles para la emisión del informe definitivo y su presentación a VSF Justicia Alimentaria Global. No obstante, el cronograma previsto podrá sufrir ligeras alteraciones si así lo justifican las circunstancias de la auditoría y así lo acordasen las partes. Si posteriormente el organismo financiador (Agencia Andaluza de Cooperación Internacional al Desarrollo) solicitase aclaraciones y/o modificaciones al informe entregado, estas se aportarán en una adenda aclaratoria, sin coste adicional alguno. La revisión y verificación de documentos por parte de la empresa auditora se realizará en las oficinas de VSF. El coste total de la auditoria es de Bs. 21.000,00 pagaderos el 50% al inicio de la auditoria y el 50% a la finalización y entrega final del Informe de Auditoria, previa aprobación de VSF Justicia Alimentaria del documento final. 7. REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL/LA AUDITOR/A: a) Debe estar inscrito obligatoriamente en el Registro oficial de auditores de cuentas de Bolivia. b) Debe tener por lo menos 5 años de experiencia en auditorias de cuentas de proyectos de Cooperación Internacional. c) Debe tener por lo menos 2 proyectos de la AACID auditados. La Paz, 04 de mayo del 2018 7