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Transcripción:

El Grupo de composición abierta a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas sobre envejecimiento fue establecido por la Asamblea General mediante la Resolución 65/182 el 21 de diciembre de 2010, con la misión de aumentar la protección de los derechos humanos de las personas adultas mayores, examinando el marco internacional en vigor en materia de derechos humanos de las personas de edad y determinando posibles deficiencias y la mejor forma de corregirlas, incluso mediante el estudio, cuando correspondiera, de la viabilidad de nuevos instrumentos y medidas. Hasta el momento han tenido lugar tres sesiones del Grupo de Trabajo, dos en 2011 y una en 2012, las que cuentan con la participación de Estados Miembros, las organizaciones no gubernamentales, los organismos y entidades de las Naciones Unidas y los expertos independientes: La primer sesión tuvo lugar en abril de 2011, luego de cuatro días de reuniones, se acordó que existían deficiencias considerables respecto a la protección de este grupo vulnerable. Uno de los principales debates que surgió en esta primer sesión, y que aún no ha sido saldado fue el que concierne a la necesidad de desarrollar una Convención Internacional que proteja los derechos de los Adultos Mayores. Más allá de las posiciones de cada país, cabe destacar que al no existir un instrumento internacional vinculante que proteja los derechos de las personas mayores, las acciones dirigidas a esto se encuentran enmarcadas en una variedad de distintos instrumentos vinculantes tales que van desde el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,

el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer hasta la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Respecto al ámbito laboral, la temática de adultos mayores es abordada mediante la recomendación 162 de la OIT sobre los trabajadores de edad (1980). En lo que hace a instrumentos no vinculantes pero que igual aportan a la delineación de políticas públicas sobre la materia se pueden destacar: el Plan de Acción Internacional de Viena sobre el Envejecimiento de 1982, los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad de 1991 y el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento de 2002. Querría destacar que entre los debates desarrollados durante esta primera reunión, más allá de las diferencias hubo acuerdo en que resulta fundamental el empoderamiento de las personas adultas mayores. Asimismo surgieron temáticas que se fueron tratando a lo largo de las distintas sesiones, principalmente sobre los desafíos que se registran en relación a las brechas normativas, de implementación, de información y de monitoreo que aún persisten. La segunda sesión del Grupo de trabajo tuvo lugar en agosto de 2011, y trató las siguientes temáticas: discriminación y discriminación múltiple; el derecho al máximo disfrute de los estándares más altos posibles de salud física y mental; violencia y abuso;

protección social y el derecho a seguridad social y edad y exclusión social. Uno de los mayores objetivos es la lucha contra la discriminación de las personas mayores, tal como fuera señalado durante la segunda sesión por el Secretario Ejecutivo del Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos del MERCOSUR, el Dr Abramovich, para lograr esto uno de los medios más efectivos podría ser el desarrollo de una convención internacional que establezca la igualdad formal ante la ley y la búsqueda de la eliminación de la edad como una causal de discriminación. Así como también que obligue a los Estados a tomar medidas claras para luchar contra la discriminación estructural, especialmente en lo referido a políticas sociales. Tal como se acordó durante esta reunión, la discriminación múltiple requiere políticas comprehensivas y una estrategia multi sectorial, pero también una campaña de lucha contra los estereotipos. Sobre el tema del derecho al máximo disfrute de los estándares más altos posibles de salud física y mental, se hizo hincapié en la importancia de la formación de profesionales calificados, y que las temáticas de salud mental así como el desarrollo de servicios focalizados en la edad deberían ser incluidos dentro de los sistemas de salud nacionales. Respecto a la violencia y abuso de los adultos mayores, tal como fuera resaltado por el Presidente del Comité contra la Tortura, Sr. Grossman, resulta imperativo el control sobre la forma en que los Estados abordan la vulnerabilidad de grupos específicos, ya que la definición de tortura tiene en cuenta las circunstancias específicas

de los individuos, incluyendo las condiciones de salud y edad. Es la obligación del Estado investigar y castigar, en caso que fuera necesario, los abusos que sufran las personas adultas mayores en cualquier institución y situación. Sobre el tercer tema tratado, protección social y el derecho a seguridad social, la Relatora Especial sobre Pobreza de Naciones Unidas expresó que existe un déficit de protección respecto a la seguridad social que perciben los adultos mayores y que un esquema con pensión universal estaría más en consonancia con las obligaciones asumidas por los Estados. Por último, sobre la exclusión social que enfrentan los adultos mayores, hubo acuerdo general en la necesidad de desarrollar políticas y programas que incentiven su inclusión y participación en el ámbito social y político, fomentando una concepción amplia de ciudadanía que contemple la participación de los adultos mayores. La tercera reunión tuvo lugar en agosto de 2012, y se centró en los temas de discriminación etaria; autonomía, independencia y sistema de salud; vida digna y seguridad social; abuso y violencia y acceso a la justicia. Las delegaciones presentes estuvieron de acuerdo, una vez más, en la necesidad de implementar políticas que busquen luchar contra la discriminación y que se establezcan obligaciones claras para los Estados.

Respecto a la autonomía y al sistema de salud, es conocido que el acceso a un sistema de salud eficaz resulta fundamental para todos los ciudadanos, pero especialmente para los adultos mayores. A la hora de definir posibles líneas de acción, los centros de salud deberían tomar en cuenta las necesidades no sólo físicas sino también mentales, psicológicas y personales de las personas mayores. En relación al abuso y violencia sufridos por adultos mayores, se recalcó sobre la importancia de desarrollar políticas educativas y campañas que luchen contra estereotipos, así como también lograr reforzar los sistemas judiciales. Esto se relaciona con el último tema de acceso a la justicia, el cual se basa en la protección al debido proceso, el derecho a una compensación efectiva, la celeridad en los plazos judiciales y el derecho a la libertad. Todas estas sesiones han sido muy relevantes y han demostrado que la comunidad internacional reconoce a la temática de la necesidad de proteger los derechos humanos de los adultos mayores como imperiosa. Para lograrlo se proponen distintas medidas, algunos países proponen la creación de una relatoría especial, otro grupo defiende la creación de una convención internacional y otros argumentan que es necesario reforzar los instrumentos ya existentes. Lógicamente es conocida la posición de la Argentina, consideramos que resulta necesario el desarrollo de una Convención Internacional, pero más allá de ese debate particular, creemos que la labor del Grupo de Trabajo ha sido y está siendo muy valiosa en términos de visibilizar la necesidad aceptada de que tenemos que trabajar conjuntamente para proteger los derechos de los adultos mayores.

Como todos saben, se prevee que en agosto de este año (del 12 al 15) tendrá lugar la Cuarta sesión del Grupo de Trabajo, presidida por la Argentina. Los temas que se tratarían hasta el momento son: -Evaluación del Plan de Acción de Madrid desde una perspectiva de derechos humanos, y a la luz de la revisión efectuada por la Comisión de Desarrollo Social. -Información acerca de los desarrollos regionales recientes (OEA, Consejo de Europa, Unión Africana) -Consideraciones de las contribuciones para dar cumplimiento de la Res. 67/139, extiende el mandato del Grupo para examinar propuestas relativas a un instrumento jurídico internacional para promover y proteger los derechos de las personas de edad. Esperamos que podamos seguir acercando posiciones y enfoques para continuar desarrollando distintas estrategias que posibiliten el mejoramiento de los estándares de protección de los adultos mayores. Muchas gracias.