ACTA DE APROBACION DEL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE PALPA Siendo las 16:10 horas del día viernes 27 de enero de 2017, en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Palpa, en sesión ordinaria del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de Palpa, con la presencia de los miembros del Comité de Seguridad Ciudadana, cumpliendo con el quórum de acuerdo a la Ley 27933, su Reglamento y Directivas del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, el Presidente del COPROSEC da por iniciada la presente sesión ordinaria. Se dio lectura en la Agenda: Aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana de Palpa año 2017, estando presente las siguientes autoridades. Sr. Raúl Espino Montes Cmdte. Wilmer E. Rebatta Trelles Mg. Andrés Orlando Felix Carbajal Abog. Diego G. Alcántara Domínguez Lic. Miguel Bendezu Sarmiento Lic. Marienella Urbina Tume Jose Luis Montaño Yasrasca Alcalde Provincial - Presidente del COPROSEC Sub-Prefecto Palpa Comisario Policia Nacional Director UGEL Palpa Fiscal Provincial de Palpa Juez Supernumerario del Juzgado Mixto y Unipersonal Penal de Palpa Corte Superior de Justicia de lea Director Ejecutivo Hospital Apoyo de Palpa Pdte. Comité de Defensa de los Derechos e Int ereses Palpa Coordinadora CEM - Palpa Alcalde Distrital de L1ipata Alcalde Distrital de Rio Grande Alcalde Distrital de Santa Cruz Alcalde Distrital de Tibillo Coordinador Provincial de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana Una vez leído y revisado el Plan de Seguridad Ciudadana del distrito y provincia de Palpa correspondiente al año 2017 y luego del intercambio de ideas, sugerencias, observaciones y del debate correspondiente, el Comité por mayoría aprobó el mencionado Plan de Seguridad ciudadana, encargando su seguimiento e informe al Secretario Técnico del COPROSEC Palpa. Sin más que tratar, siendo las 18:00 horas se dio por terminada la reunión, firmando a continuación los presentes en señal de conformidad. MIEMBRO,...ClN. Ut: ~,.ra Sr. Raul Espino Montes
Cmdte. Wilmer E. Rebatta Trelles --- - --- - - -- -- Mg. Andres Orlando Felix Carbajal Abog. Diego G. Alcántara Domínguez 'P IH ' ~r~~~ t' t.." Lic. Miguel Bendezu Sarmiento Lic. Marienella Urbina Tume Jose Luis Montaño Yasrasca ñoyar~ ({J
ACTA DE DESIGNACION DEL SECRETARIO TECNICO COPROSEC PALPA Siendo las 15:00 horas del día viernes 27 de enero de 2017, en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Palpa, en sesión Ordinaria del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de Palpa del distrito y provincia de Palpa, Región Ica, con la presencia de los miembros del COPROSEC Palpa, cumpliendo con el quorum, el Presidente del COPROSEC Palpa da por iniciada la Sesión. El Presidente del COPROSEC Palpa presenta ante el Comité al Mg. Luis Antonio Uribe Arana, Jefe de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Palpa del Distrito y Provincia de Palpa Región lea como Secretario Técnico del Comité de Seguridad Ciudadana de Palpa, de conformidad a lo establecido en la Ley NO.27933 y su Reglamento aprobado mediante D.S. NO.Oll-INT-2014 Así mismo se acordó informar de la designación a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. Para mayor conformidad del acto y contenido del presente documento los integrantes del Comité firman a continuación. El Alcalde Provincial de Palpa, agradeció por la participación de las autoridades que integran el Comité e invoca su especial atención e interés en las actividades que la norma legal demande, el cual redundara en beneficio de la población, en aspectos de Seguridad Ciudadana. Sin más que tratar, siendo las 15:15 horas se dio por terminada la reunión, firmando a continuación los presentes en señal de conformidad. MIEMBRO Sr. Raul Espino Montes Cmdte. Wilmer E. Rebatta Trelles Mg. Andres Orlando Felix Carbajal +t..- ~~~ :~~f : ~ : ~.. ~...-. ros Chonta Solar ~ I \... ~(1) Abog. Diego G. Alcántara Domínguez.. _.._. _ ~.... r........ ono Dr.(ésllr ;.!OI lei hllll CO Bont I p."f-cto EJ t: C U"- ' ''o
Lic. Miguel Bendezu Sarmiento *....... A sol. I.'. ~. / Lic. Marienella Urbina Tume Jase Luis Montaña Yasrasca A LC A LD E.
AeTA DE IN5TALACION y JURAMENTACION DEL COMITÉ DE SEGURIDAD CIUDADANA DE PALPA Siendo las 15:20 horas del día viernes 27 de enero de 2017, en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Palpa, en merito a la convocatoria efectuada por el Alcalde Provincial de Palpa Sr. Justo Richard Mantilla Bendezu, informo que en cumplimiento a la Ley 27933 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento se ha designado a los miembros integrantes del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana, presentes en este ambiente conforme al detalle siguiente: Sr. Raúl Espino Montes Cmdte. Wilmer E. Rebatta Trelles Alcalde Provincial - Presidente del COPROSEC Sub-Prefecto Palpa Comisario Policia Nacional Mg. Andrés Orlando Felix Carbajal Director UGEL Palpa -. Fiscal Provincial de Palpa Juez Supernumerario del Juzgado Mixto y Unipersonal Penal de Palpa Abog. Diego G. Alcántara Domínguez Corte Superio r de Justicia de Ica Lic. Miguel Bendezu Sarmiento Lic. Marienella Urbina Tume Jase Luis Montaña Yasrasca Director Ejecutivo Hospital Apoyo de Palpa Pdte. Comité de Defensa de los Derechos e Intereses Palpa Coordinadora CEM - Palpa Alcalde Distrital de L1ipata Alcalde Distrital de Rio Grande Alcalde Distrital de Santa Cruz Alcalde Distrital de Tibillo Coordinador Provincial de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana Luego del intercambio de ideas, sugerencias, observaciones y del debate correspondiente, se aprobó por unanimidad la designación e instalación en este mismo acto de los integrantes del Comité Distrital y Provincial de Seguridad Ciudadana de Palpa, procediéndose a la Juramentación del Presidente y demás miembros del Comité de Seguridad Ciudadana. El Presidente agradeció por la participación de las autoridades que integran el Comité e invoca su especial atención e interés en las actividades que la norma legal demande, el cual redunda ra en beneficio de la población, en aspectos de Seguridad Ciudadana. Sin más que tratar, siendo las 16:00 horas se dio por terminada la reunión, f irmando a continuación los presentes en señal de conformidad. MIEMBRO Sr. Raul Espino Montes
Cmdte. Wilmer E. Rebatta Trelles Mg. Andres Orlando Felix Carbajal Abog. Diego G. Alcántara Dornínguez Lic. Miguel Bendezu Sarmiento Lic. Marienella Urbina Turne Jose Luis Montaño Yasrasca
~m"'.municipalidad!j't1tljindat de!jalpa ~~~ Creada por Ley No. 14779 del 27 de Diciembre de 1963 I'ROV% POR CUANTO: ORDENANZA MUNICIPAL N 00l-2017-MPP EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALPA Palpa, 31 de enero de 2017.. "1 c:l Visto en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha 30 de Enero del 2017, el Informe Na _ w o ~ 03-2017-COPROSEC/ST, del Secretario Técnico Provincial del Seguridad Ciudadana de la ojt.~ Municipalidad Provincial de Palpa Lic. Luis Antonio Uribe Arana, donde solicita la RATIFICACION ~ ~del Plan Provincial de Seguridad Ciudadana de Palpa para el año presente año; ""'" CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; que, de conformidad con el Artículo 11 del título Preliminar de la Ley NO 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, en el Art. 197 de la Constitución Política del Estado, señala que las Municipalidades brindan servicios de seguridad ciudadana con cooperación de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 85 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley NO 27972, las municipalidades según su condición de provincial o distrital establecerán un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la Sociedad Civil y la Policía Nacional. Que, mediante la Ley No. 27933 se crea el SINASEC que tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y el respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Que, dentro de las instancias integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) se tiene a los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana y a los comités Distritales de Seguridad Ciudadana. Que, el Art. 47 del S.S. No. 01l-2014-IN Reglamento de Seguridad Ciudadana en tema de la formulación y aprobación de los planes regionales, provinciales y distritales señala: "Además de su aprobación por los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberán ser ratificados por los Concejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales según corresponda..." Que, mediante la Directiva No. 001-2015-IN Aprobada con la R.M. No. 010-20 15-In de fecha 10 de enero de 2015, establece los Lineamientos para la Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación de los planes de seguridad ciudadana. Que, en Sesión Ordinaria del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de Palpa de fecha 27 de enero de 2017 se acordó por mayoría aprobar el Plan Provincial de Seguridad Ciudadana de Palpa para el año 2017; apital -trqueol ágicu de la Cuenca del Rio Grande DIRECCfON: Portal de Escribanos No. 143-145 Palpa - Ica Teléfono: 056-404488
Jm~.Municipalidad!Jwuitu:iaf de!jafpa ~.~ Creada por Ley No. 14779 del 27 de Diciembre de 1963 Que, después de haber sustentado ante el Pleno del Concejo, el Secretario Técnico Provincial del Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Palpa Lic. Luis Antonio Uribe Arana solicita la RATIFICACION del Plan Provincial de Seguridad Ciudadana de Palpa 2017. Que, la Asesoría Jurídica Externa presente, OPINA que es procedente el mencionado proyecto de ordenanza, solicitando que se eleven los actuados al Concejo para su aprobación que estimen conveniente; Estando a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE PALPA Artículo Primero.- RATIFICAR el PLAN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE PALPA, aprobado por el COPROSEC en sesión ordinaria de fecha 27 de enero de 2017. Artículo Segundo.- COMUNICAR a las instancias pertinentes la presente Ordenanza Municipal, para conocimiento y acciones correspondientes. Artículo Tercero.- DISPONER a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza Municipal de acuerdo a las normas legales vigentes, como también en el Portal WEB de la Municipalidad Provincial de Palpa. POR TANTO: y CUMPLA. Iw!UNIClr"..IOAD : Capital Arqneolágica de la Cuenca del Río ( "1 '1l11 t1~ DIRECCION : Portal de Escribanos No. 143 145 Palpa - Ica Teléfono: 056-404488