MANUAL DE EMISION DEL RAMO 078 ACTIVIDADES PROFESIONALES Y EMPRESAS DE SERVICIO 1
SEGURO ACTIVIDADES PROFESIONALES Y EMPRESAS DE SERVICIO El seguro para actividades profesionales y empresas de servicio corresponde al ramo 078, y por él se canalizan todas aquellas actividades dónde se presta un servicio a un tercero, sin que haya manipulación o fabricación de productos ni almacenamiento. 1. MODALIDADES Existen tres modalidades de aseguramiento: Básica Establecimientos Hoteleros Centros de Enseñanza 2
Modalidad Básica Se trata de un seguro multirriesgo (Daños materiales y Responsabilidad Civil). Dentro de esta modalidad existe una relación de actividades, dónde cada actividad tiene asignado un epígrafe y un grupo de incendio, robo, cristales y R. civil por el cual se va a tarificar el seguro. Modalidad Establecimientos Hoteleros Está dividida en cuatro epígrafes : 1. P07 Hostales 2. 9GQ Hoteles y Paradores con mas de tres estrellas 3. 9GP Hoteles y Paradores hasta tres estrellas 4. 9GE Pensiones Lo más destacable de esta modalidad es : Posibilidad de contratar Efectos Personales Clientes, para la garantía de incendio y robo de contenido, siendo obligatorio incluir el nº de habitaciones. Aplicación de la cláusula CP.13 o CP.20 (Cláusulas de Efectos personales de clientes), según el epígrafe elegido. Contratar cobertura de accidentes para huéspedes en los cuatro epígrafes de la modalidad, siendo también dato obligatorio el campo nº de habitaciones. Es de aplicación la cláusula CP 21. La base de cálculo para la R. Civil es por persona(p/p). Posibilidad de aplicación de la CP. 09 (Cobertura de R.C. de Establecimientos de Hostelería), siempre que se contrate la R.C. Posibilidad de aplicación de la CP. 22 (similar a la CP.09), en el epígrafe 9GQ Hoteles y Paradores con más de tres estrellas. Esta cláusula se caracteriza por tener los límites adaptados a su epígrafe. 3
Modalidad Centros Docentes Al igual que las otras dos modalidades anteriores se trata de un seguro multirriesgo (Daños materiales y Responsabilidad Civil). Está dividida en cuatro epígrafes : 1. P08 Academias de Informática 2. P04 Academias y Escuelas en General 3. 9GI Centros de Enseñanza 4. P06 Guarderías Infantiles Características fundamentales de esta modalidad son : La Cláusula CP.08 (Cobertura complementaria de Responsabilidad Civil de Centros de Enseñanza), que se incluye de forma automática al contratar la Responsabilidad Civil, sin recargo sobre tarifa y sin prima. La Cláusula CP.23 (Cobertura complementaria de daños materiales para Centros de Enseñanza),que se incluye de forma automática al contratar los daños materiales, sin recargo sobre tarifa y sin prima. Se imprime junto con las condiciones particulares. La base de cálculo para la R. Civil es por alumno(alum.). Dato obligatorio al contratar la cobertura. 4
2. CARACTERISTICAS DEL RAMO Por concepción el ramo 078, tiene las mismas características que comercios, por lo que a continuación sólo explicaremos los conceptos específicos de este ramo. CARACTERISTICAS DEL RIESGO o Tipo de Construcción : En este apartado nos encontramos con dos variantes al pinchar la lupa : Construcción del Local y Altura del Edificio (según la actividad del local asegurado). Por defecto está marcado estandar, y en función de la opción seleccionada se realizan recargos sobre las garantías de incendio, agua y daños estéticos. 5
o Responsabilidad Civil : Cobertura de contratación opcional, que se contrata complementariamente con las garantías principales de Daños, evitando contratar la R.C. sólo con Incendio. Deberá potenciarse su contratación en todos los casos. La tarificación de esta cobertura se realiza en función del régimen del local : Si es Propiedad/Propietario o Inquilino en Alquiler la tarificación se realiza en función de la base de cálculo. Si es Propiedad en Alquiler la tarificación se realiza en función a los metros cuadrados del local asegurado (tasa/m2). En este caso, es de aplicación la claúsula CP.15 (R.C. Propietarios de Inmuebles). o Base de Cálculo : Dato imprescindible de cumplimentación en la emisión, para la tarificación de la R. Civil. Según la actividad del riesgo asegurado la base de cálculo varía pudiendo ser : P/P : por persona. A efectos de cálculo de prima, se computarán el nº de personas que trabajan en el local asegurado, sean asalariados o no. C/UNID : por unidad de riesgo. OTROS. Dentro de este concepto según la actividad del local puede ser : por alumno, localidad, plaza, aforo, etc. o Defensa Jurídica y Conexión con Profesionales : Coberturas asistenciales que debe potenciarse su contratación en todos los casos. Se tarifican por unidad de riesgo. Respecto a la Defensa Jurídica es importante reseñar que está excluida su contratación en las siguientes actividades : 9GJ Ayuntamientos 9EO Bingos y Casinos 9EP Circos 9ER Ferias Ambulantes 9ET Parques de Atracciones 9OB Plaza de Toros fija 9OC Plaza Toros portátiles 9EH Salas de Fiestas B70 Saunas 9EM Teatros 9BC Teleférico 9AE Tranvías y Trolebuses 6
GARANTIAS Y COBERTURAS o Transportes : Al igual que en Comercios, permite la contratación de los daños producidos a las mercancías durante su transporte, exclusivamente de vehículos propiedad del Asegurado. La diferencia radica en : 1. Diferentes sumas aseguradas 2. Sin segmentación en el peso de los vehículos. 7
o Efectos personales clientes : Cobertura exclusiva para todos los epígrafes de la modalidad Establecimientos Hoteleros, cabe la posibilidad de contratar esta cobertura para las garantías de Incendio y robo de contenido. El campo Nº habitaciones es obligatorio, siendo opcional el campo Nº Cajas Seguridad. Al contratar dicha cobertura es de aplicación la claúsula siguiente : CP.13 (Efectos personales clientes en hoteles y explotaciones turísticas) para los epígrafes P07/ 9GP y 9GE. CP.20 (Efectos personales clientes en hoteles de más de tres estrellas) sólo para el epígrafe 9GQ. o Accidentes a Huéspedes : Cobertura que se puede contratar para los cuatro epígrafes de la Modalidad. Tiene las siguientes características : Límites de las sumas aseguradas son : - Fallecimiento 6.000 - Invalidez-Baremos 6.000 - Asist. Sanitaria 1.500 Aplicación claúsula CP.21 Campo Nº habitaciones obligatorio 8
o Derrame de Líquidos : Cobertura específica para los epígrafes 2FG (Estaciones de lavado y engrase) y 2FH (Gasolineras). Es de aplicación la claúsula CP.18. RECARGOS Y DESCUENTOS o Grupos de tarifa : Al igual que en el ramo 074, se asignan automáticamente al seleccionar el epígrafe sin posibilidad de modificación. La diferencia es que en mercantil las garantías de roturas y R. Civil están segmentadas en grupos. 9
o Ampliación límites de dinero : Para contratar la ampliación de dinero en efectivo es necesario pinchar la lupa para incorporar la suma asegurada. Es imprescindible que el riesgo disponga de protecciones físicas totales. o Salas de Fiestas : Sólo se puede contratar para los cuatro epígrafes de la modalidad Establecimientos Hoteleros y los Salones de Banquetes (P41). Para su contratación, hay que marcar el check, viéndose afectadas las siguientes garantías : Incendio (recargo del 50% sobre su prima neta). Responsabilidad Civil si estuviera contratada y su suma asegurada no fuera superior a 601.020 euros, será de aplicación una prima mínima de 600 euros. 10
o Cob. De robo a valor parcial : Funciona igual que en el 074, la única diferencia es que realiza bonificación cuando la suma asegurada del contenido supera los 180.000 euros. o Recargos y Sobreprimas : En este apartado aparecen datos relativos a la R.C., franquicias actos vandálicos, paralización cámaras frigoríficas, bienes de terceros, etc. Responsabilidad Civil : 1. Tipo Base de cálculo : Dato que viene incluido al contratar suma asegurada de R.C. y seleccionar la actividad del riesgo. Posibilidad de seleccionar dicho campo, sólo en aquellas actividades que aparecen a Consultar en la tarifa. 2. Cláusula específica : Cláusula ligada a la actividad del riesgo. Puede ser opcional o automática. Pinchando el desplegable se selecciona la que procede. 1 3 2 4 3. Modalidad : Cláusulas opcionales compatibles con cláusula específicas. 4. Prima mínima : Dato informativo que nos indica la prima mínima del grupo al que pertenece. La R.C. está dividida en tres grupos: A, B y C. 11
Franquicia Actos Vandálicos : Check que se marca automáticamente para el epígrafe 9EZ (Exposiciones temporales). Se puede utilizar para cualquier otro epígrafe, aunque en este caso habrá que marcarlo. Excluidos bienes de terceros (Campings) : Campo destinado exclusivamente para el epígrafe P18 (Camping). Se marca automáticamente al seleccionar dicho epígrafe. Franquicia por vehículo (Aparc. Privados) : Campo habilitado solamente para el epígrafe 2JA (Aparcamientos Privados). Se marca automáticamente al seleccionar el epígrafe siempre que se contrate contenido. Si en la póliza no se contrata suma asegurada para el contenido o se excluye éste, se deshabilita el campo. Se establece una franquicia de 300 por vehiculo para las garantías de robo y actos vandálicos. 12