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SERVICIO DE CONTRATACION Exp.: 312-SER/10 ANUNCIO Por Resolución nº 2461-W, de fecha 3 de noviembre de 2011, dictada por el Concejal Delegado de Contratación, en virtud de delegación conferida por la Junta de Gobierno Local, mediante acuerdo adoptado en sesión constitutiva celebrada el 22 de junio de 2011, se ha dispuesto: HECHOS I.- Por Resolución de la Alcaldía nº 457-W de fecha 7 de febrero de 2011, se dispuso contratar la prestación del servicio de mantenimiento y conservación de las instalaciones de públicos de la ciudad de Valencia, según las características que se establecen en el pliego de prescripciones técnicas, por un plazo de dos años, prorrogable anualmente hasta un máximo de dos años más, mediante procedimiento abierto al amparo de lo dispuesto en el artículo 141 a 145 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP por un importe máximo, para los dos años de 148.033,14 más 26.645,97, correspondiente al 18% de I.V.A, lo que hace un total de 174.679,11 ; aprobó el gasto plurianual de 174.679,11, que se halla reservado en la Aplicación EE280 32500 21200 del vigente Presupuesto, según propuesta nº 2011/00085, ítems 2011/005240 y 2012/001810, subordinándose al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos Presupuestos; aprobó los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares que han de regir la contratación y acordó proceder a la apertura del procedimiento de adjudicación. II.- El anuncio de licitación al estar el presente procedimiento sujeto a regulación armonizada fue enviado al Diario Oficial de la Unión Europea el día 22 de febrero de 2011, y, asimismo se publico en el Boletín Oficial del Estado y en el Perfil de Contratante de la Corporación, finalizando el plazo de presentación de proposiciones, a las doce horas del día 4 de abril de 2011, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 126, 141 y 143 de la LCSP. III.- Dentro del plazo de presentación de proposiciones tuvieron entrada cuatro proposiciones, formuladas por las siguientes empresas: ORDEN PRESENTACION EMPRESAS LICITADORAS 1ª ELECTRÓNICA GUIREX, S.L., 2ª AGRUPACIÓN EMPRESAS AUTOMATISMOS, MONTAJES Y SERVICIOS, S.L. 3ª SOLER, PREVENCIÓN Y SEGURIDAD, S.A., 4ª GUIPONS, S.L., 5ª ELECTROTECNIA MONRABAL, S.L.U. 6ª IBEREXT, S.A., Todas fueron admitidas por la Mesa de Contratación en el acto interno de apertura de los sobres de Documentación (SOBRE Nº 1), celebrado el día 5 de abril de 2011, concediendo

plazo a las empresas ELECTRÓNICA GUIREX, S.L., SOLER, PREVENCIÓN Y SEGURIDAD, S.A. y GUIPONS, S.L., para subsanar los defectos que adolece su documentación, fijando la apertura de los sobres de documentación relativa a la proposición económica (SOBRE Nº 2) para el próximo 12 de abril a las 12 horas. Las referidas empresas atendieron en plazo el requerimiento de la Mesa para la subsanación de documentación. IV.- En el día y hora señalados tuvo lugar el acto de apertura pública de los sobres relativos a la proposición económica, siendo tan sólo el criterio de valoración el precio más bajo, (SOBRE Nº 2). La Mesa en dicho acto rechaza la proposición nº 6, presentada por la empresa IBEREXT, S.A., por exceder su importe el tipo de licitación establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares, admite el resto de las proposiciones presentadas y considera conveniente que los técnicos municipales informen sí cumplen las condiciones del pliego, por lo que en virtud de lo dispuesto en el artículo 144.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, se pasa al Servicio de Educación, previo el informe del Servicio Económico- Presupuestario, a fin de proceder a su revisión y valoración. No obstante ello, en sesión celebrada el día 19 de abril de 2011, la Mesa de Contratación revisadas las proposiciones y más concretamente la nº 6 del contrato para la prestación del servicio de mantenimiento y conservación de las instalaciones de protección contra incendios (Exp. 312-SER/10 del Servicio de Contratación), que fue rechazada en sesión celebrada el 12 de abril de 2011, por exceder la misma del presupuesto base de licitación al considerar que el importe de 74.941,06, sin IVA, ofertado era anual y constando en el desglose que el precio ofertado es para los dos años de duración del contrato previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares y, por lo tanto disponer de los elementos necesarios para su constatación, admite la proposición nº 6 suscrita por D. Pedro Moreno de Frutos, obrando en nombre de la empresa IBEREXT, S.A., con CIF A-78999968, quien se obliga al cumplimiento del contrato por un precio, sin IVA, de 74.941,06, con el desglose de los costes del servicio que detallan en su proposición. El 28 de abril y el 12 de julio de 2011 informaron respectivamente el Servicio Económico-Presupuestario y el Servicio de Educación no habiéndose ultimado el procedimiento y, en su consecuencia, no ha sido adjudicado el contrato. V.- La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 7 de octubre de 2011 adoptó el siguiente acuerdo: Hechos: 1.- El Coordinador del Servicio de Servicios Centrales Técnicos ha emitido informe sobre la aplicación del Plan de Austeridad impulsado por la Alcaldía, al Mantenimiento de bienes inmuebles que competa a la Corporación, proponiendo su unificación en un único contrato, por razones de interés público. 2.- El Vicealcalde y Primer Teniente de Alcalde Delegado del Área de Dinamización Económica y Empleo, D. Alfonso Grau Alonso y el Quinto Teniente de Alcalde Delegado de Administración Electrónica, Personal, Descentralización y Participación, D. Vicente Igual Alandete, han suscrito Moción conjunta proponiendo el presente acuerdo, en base al citado informe, y de acuerdo con el mismo. 3.- La crisis financiera y económica internacional ha afectado con intensidad a la economía española y a las Administraciones Públicas, lo que obliga, por razones de interés público, a adoptar medidas de ahorro. 4.- La contratación relativa a la prestación de los servicios para el mantenimiento de colegios públicos se está tramitando actualmente sin que hayan sido adjudicados, en los siguientes expedientes:

308-Ser/2010.- Servicio de mantenimiento de los centros educativos públicos del Excelentísimo Ayuntamiento de València. 309-Ser/2010.- Servicio de mantenimiento de las instalaciones de climatización del conservatorio municipal de música José Iturbi de la ciudad Valencia. 310-Ser/2010.- Servicio de mantenimiento de los sistemas de alarma y servicios de custodia y acuda de llaves en centros educativos públicos de la ciudad de Valencia. 312-Ser/2010.- Servicio de mantenimiento y conservación de las instalaciones de públicos de la ciudad de Valencia. 313-Ser/2010.- Servicio de mantenimiento de los centros de transformación e inspecciones técnicas en centros educativos públicos de la ciudad de Valencia. 5.- Igualmente se encuentra en trámite de contratación el expediente 264-Gser-2010, sin que haya recaído adjudicación, cuyo objeto no sólo incluye la prestación del servicio, en los cementerios General y periféricos, de inhumación, exhumación, vigilancia, admisión y servicios complementarios sino también su mantenimiento. A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes Fundamentos de derecho I.- El art. 1.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local establece: Los Municipios son entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. II.- El art. 7.2 de dicho texto legal añade:. Las competencias propias se ejercen en régimen de autonomía y bajo la propia responsabilidad... III.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico, el órgano de contratación podrá renunciar a la celebración de un contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente cuando no haya sido adjudicado. En base a lo anteriormente expuesto, se acuerda: Primero.- Iniciar procedimiento para la unificación, en un único contrato, de los servicios de Conservación y Mantenimiento de los Colegios Públicos de la Ciudad de Valencia, de los Mercados, de los Cementerios y de los Edificios e Instalaciones Municipales, a excepción especialmente de los servicios de inhumación y exhumación, vigilancia y admisión y servicios complementarios, relativos a los cementerios General y periféricos de Valencia). Segundo.- Iniciar, en su consecuencia, los trámites necesarios para llevar a cabo la renuncia a la celebración de los contratos que a continuación se relacionan conforme a su actual configuración, por estar incluidos todo o parte de sus objetos en el contrato cuyo procedimiento se acuerda iniciar en el apartado anterior: 308-Ser/2010.- Servicio de mantenimiento de los centros educativos públicos del Excelentísimo Ayuntamiento de València. 309-Ser/2010.- Servicio de mantenimiento de las instalaciones de climatización del conservatorio municipal de música José Iturbi de la ciudad Valencia.

310-Ser/2010.- Servicio de mantenimiento de los sistemas de alarma y servicios de custodia y acuda de llaves en centros educativos públicos de la ciudad de Valencia. 312-Ser/2010.- Servicio de mantenimiento y conservación de las instalaciones de públicos de la ciudad de valencia. 313-Ser/2010.- Servicio de mantenimiento de los centros de transformación e inspecciones técnicas en centros educativos públicos de la ciudad de Valencia. 264-Gser-2010.- Servicio público de inhumación, exhumación, vigilancia y mantenimiento de los cementerios General y periféricos de Valencia. Tercero.- Iniciar, los trámites necesarios para la contratación de los servicios incluidos en el objeto de los contratos anteriormente referenciados distintos de los propios de conservación y mantenimiento (especialmente los servicios de inhumación y exhumación, vigilancia y admisión y servicios complementarios, relativos a los cementerios General y periféricos de Valencia), y que, por lo tanto, no deben formar parte del contrato cuyo procedimiento se acuerda iniciar en el apartado primero. A los hechos expuestos, le son de aplicación los siguientes Fundamentos de Derecho: 1.- Como se pone de manifiesto en los fundamentos de derecho invocados en el precitado acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de octubre de 2011, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 139 de la LCSP, el órgano de contratación podrá renunciar a la celebración de un contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente cuando no haya sido adjudicado. 2.- Cabe citar el dictamen nº 6/2010 de 20 de enero de 2010, del Consejo Consultivo de Castilla la Mancha que considera, ante la actual coyuntura económica y social, el ajuste presupuestario razón suficiente de interés público fundada en causas imprevistas. Ante ello, y dado que no se ha procedido a la adjudicación del presente contrato, concurren las circunstancias dispuestas en el artículo 139 de la LCSP para la renuncia a su celebración conforme a su actual configuración sin que pueda promoverse una nueva licitación de su objeto individualmente en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia. Por todo lo expuesto, previo informe de fiscalización del Servicio Fiscal de Gastos, se resuelve: Primero.- Renunciar a la celebración del contrato para la prestación del servicio de mantenimiento y conservación de las instalaciones de protección contra incendios, incluyendo la reposición o reparación de las mismas, revisión de aparatos de extinción y sistemas de detección de incendios existentes en los edificios educativos públicos de la ciudad de Valencia, conforme a su actual configuración, por estar incluido su objeto en el contrato, cuyo procedimiento de unificación se ha instado por razones de interés público derivados de la actual coyuntura económica, para la prestación de los servicios de conservación y mantenimiento de los colegios públicos de la Ciudad de Valencia, de los mercado, de los cementerios de Valencia, y de los edificios e instalaciones municipales, (a excepción especialmente de los servicios de inhumación y exhumación, vigilancia y admisión y servicios complementarios, relativos a los cementerios General y periféricos de Valencia). Segundo.- Declarar disponible el crédito de la propuesta de gasto nº 2011/00085, ítems 2011/005240 y 2012/001810, cuyo importe asciende a 174.679,11, reservado para atender el citado contrato objeto de renuncia, revirtiendo el crédito a la aplicación presupuestaria EE280 32500 21200.

Tercero.- Notificar el presente acuerdo a los licitadores y servicios municipales afectados y publicarlo en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, en el Boletín Oficial del Estado y en el Perfil de Contratante de la Corporación. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos. Contra l'acte transcrit, que és definitiu en via administrativa, i de conformitat amb el que establix l'article 310 i ss de la Llei 30/2007, de 30 d'octubre, de Contractes del Sector Públic, podrà vosté interposar recurs especial en matèria de contractació amb anterioritat a la interposició de recurs contenciós administratiu davant del mateix òrgan que va dictar l'òrgan recorregut, en el termini de quinze dies hàbils, comptadors des de l'endemà a la publicació del present anunci en el perfil de contractant de l'ajuntament (www.valència.es). Tot això sense perjuí que puga exercitar qualsevol altre recurs o acció que estime procedent. Contra el acto transcrito, que es definitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en el artículo 310 y ss de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, podrá usted interponer recurso especial en materia de contratación con anterioridad a la interposición de recurso contencioso administrativo ante el mismo órgano que dictó el órgano recurrido, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el perfil de contratante del Ayuntamiento (www.valencia.es). Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente. EL SECRETARIO,