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Transcripción:

Mérida, a 13 de marzo de 2018. H. Congreso del Estado de Yucatán: Iniciativa de Decreto por el que se autoriza la donación de un bien inmueble del patrimonio estatal a favor de la Universidad Nacional Autónoma de México Exposición de motivos Las instituciones públicas requieren recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos para entregar los bienes y prestar los servicios que, en conjunto, contribuyan a satisfacer las demandas y necesidades sociales. La Ley de Bienes del Estado de Yucatán es la norma jurídica vigente que regula la adquisición o asignación de los recursos materiales, es decir, de los bienes muebles e inmuebles, que conforman el patrimonio estatal, y los derechos y las obligaciones derivados de su propiedad. En este sentido, el patrimonio estatal, de conformidad con el artículo 15 de la ley referida, está integrado por el conjunto de bienes de dominio público y de dominio privado, cuya propiedad pertenece a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; a los organismos constitucionales autónomos; y a los municipios de la entidad. Así, esta ley determina, en términos de sus artículos 16 y 28, que los bienes de dominio público son, entre otros, los que están destinados para el uso común o la prestación de un servicio público, y que los bienes del dominio privado son aquellos que, aún siendo propiedad del estado o de los municipios, no están afectos a tales destinos. La Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México dispone, en su artículo 1, que esta institución es una corporación pública dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad; organizar y realizar investigaciones, principalmente, sobre las condiciones y los problemas nacionales; y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura. Para el cumplimiento de los fines mencionados, en concreto, para extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura, la Universidad Nacional Autónoma de México cuenta con una red de museos que pretenden acercar al 1

público estos espacios de divulgación científica y artística, y, al mismo tiempo, destacar el papel que tienen los museos en el desarrollo de la sociedad 1. Dentro de la oferta museística con que cuenta la máxima casa de estudios del país se encuentran el Museo Universitario de Ciencias y Artes, el Museo del Chopo, el Museo Universitario de Arte Contemporáneo, el Museo de la Luz, el Museo de las Ciencias Universum y el Museo de la Medicina Mexicana, entre muchos otros. Los museos señalados, todos ubicados en la Ciudad de México, contribuyen a que esta sea una de las entidades del país con el mayor número de museos. Lo anterior pone de manifiesto la necesidad de descentralizar la oferta museística de la Universidad Nacional Autónoma de México, especialmente, si se considera que, como se ha dicho, uno de sus fines es extender la cultura en el territorio nacional. El Museo de la Luz se inauguró en 1996 en las instalaciones del Templo del Colegio Máximo de San Pedro y San Pablo, en la Ciudad de México. Sin embargo, en 2011 se trasladó al patio chico del Antiguo Colegio de San Ildefonso, ubicado en esta misma entidad. Desde su creación, en este museo se exploran las distintas facetas que involucran el fenómeno de la luz, desde la Óptica hasta la relación que tiene con otras áreas del conocimiento científico 2, mediante diversas actividades culturales que se realizan de forma continua. La Universidad Nacional Autónoma de México, con el firme propósito de extender la cultura y, para ello, descentralizar la oferta museística con que cuenta, ha decidido instalar un museo temático, similar al Museo de la Luz, en Yucatán. En tal virtud, se requieren las condiciones y los recursos que permitan la instalación de este espacio científico y artístico que será de beneficio para la sociedad. Por tal razón, y con el objetivo de facilitar la instalación del museo temático en Yucatán, el Poder Ejecutivo ha decidido presentar esta iniciativa, a efecto de solicitar la autorización del Congreso para donar un bien inmueble de su propiedad con las dimensiones y características necesarias que posibiliten el desarrollo de este espacio cultural y educativo. Antes de pasar a la descripción del bien inmueble objeto de la presente iniciativa, es importante destacar que, con esta museo temático, la Universidad Nacional 1 Fundación UNAM. (2017) Conoces los museos de la UNAM? Recuperado de http://www.fundacionunam.org.mx/unam-al-dia/conoces-los-museos-de-la-unam/ 2 Fundación UNAM. (2017) Pasa una noche de museos explorando el Museo de la Luz. Recuperado de http://www.fundacionunam.org.mx/arte-y-cultura/museo-de-la-luz/ 2

Autónoma de México incrementará su presencia en el estado, manifestada a través de la Unidad Académica de Ciencias y Tecnología, y del Centro Peninsular en Humanidades y en Ciencias Sociales, los cuales han permitido la formación de gran número de profesionistas, y el desarrollo de investigaciones en beneficio del estado, de la región y del país, así como también de la próxima Escuela Nacional de Estudios Superiores, Unidad Yucatán. Actualmente, el Gobierno del estado cuenta con un predio cuya propiedad le corresponde a través de la escritura pública número 3/2000 de fecha 27 de noviembre del 2000, que está inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del estado con el número 46472 y el folio electrónico 678574; y que es el predio número 414-D de la calle 50 de la localidad y municipio de Mérida, con una superficie de 4,574.91 m 2, y que se describe como sigue: solar sin casa ubicado en la localidad y municipio de Mérida en la manzana 91 de la sección catastral 7, de forma trapezoidal, que se localiza en la parte norte de la estación central entre los kilómetros FA 893+532.01, ALFA 893+541.55, y se describe como sigue: partiendo del vértice del ángulo sureste marcado en el plano como punto D del predio en dirección al oeste sobre la calle 43 hasta llegar al punto E, mide 64 m; de este punto hacia el noroeste en forma de chaflán y llegar al punto A, mide 5.04 m; de este punto en dirección al norte sobre la calle 50, mide 90 m hasta llegar al punto B; de este punto en dirección al este, mide 31.84 m hasta llegar al punto C y de este punto en dirección al sureste, hasta llegar al punto D, que es el de partida hasta cerrar el perímetro, mide 94.12 m y que cuenta con las medidas y colindancias siguientes: al norte, terrenos del ferrocarril; al sur, la calle 43 vía del ferrocarril; y al oeste, con la calle 50. En este sentido, el predio que se pretende donar a la Universidad Nacional Autónoma de México para la instalación del museo temático es el predio número 414-D de la calle 50 de la localidad y municipio de Mérida, en razón de que se considera que tiene el tamaño adecuado para que en él se pueda construir la infraestructura necesaria y este espacio pueda cumplir las funciones científicas y artísticas que le corresponden. Por ello, el Poder Ejecutivo, considerando que el bien inmueble en cuestión ya referido pertenece al dominio privado, y estará destinado, evidentemente, a un interés social sin fines de lucro, estima conveniente, en términos del artículo 32, fracción IV, de la Ley de Bienes del Estado de Yucatán, donarlo a la Universidad Nacional Autónoma de México para la instalación de un museo temático, en virtud de que permitirá, además de desarrollar el proyecto de descentralización que la máxima casa de estudios del país ha implementado desde hace varios años en la entidad, ampliar la oferta museística de Yucatán, acercar la ciencia y las artes a un 3

mayor número de personas, y contribuir a una formación social de calidad que permita el desarrollo cultural y educativo de nuestro país. En virtud de lo anterior, y en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 35, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Yucatán, someto a su consideración la siguiente: Iniciativa de Decreto por el que se autoriza la donación de un bien inmueble del patrimonio estatal a favor de la Universidad Nacional Autónoma de México Artículo único Se autoriza al Gobierno del Estado de Yucatán, para los efectos públicos correspondientes, la donación, a favor de la Universidad Nacional Autónoma de México, del siguiente bien inmueble del patrimonio estatal: Solar sin casa ubicado en la localidad y municipio de Mérida en la manzana 91 de la sección catastral 7, número 414-D de la calle 50 de la localidad y municipio de Mérida, con una superficie de 4,574.91 m 2, y que se describe como sigue: de forma trapezoidal, que se localiza en la parte norte de la estación central entre los kilómetros FA 893+532.01, ALFA 893+541.55, y se describe como sigue: partiendo del vértice del ángulo sureste marcado en el plano como punto D del predio en dirección al oeste sobre la calle 43 hasta llegar al punto E, mide 64 m; de este punto hacia el noroeste en forma de chaflán y llegar al punto A, mide 5.04 m; de este punto en dirección al norte sobre la calle 50, mide 90 m hasta llegar al punto B; de este punto en dirección al este, mide 31.84 m hasta llegar al punto C y de este punto en dirección al sureste, hasta llegar al punto D, que es el de partida hasta cerrar el perímetro, mide 94.12 m y que cuenta con las medidas y colindancias siguientes: al norte, terrenos del ferrocarril; al sur, la calle 43 vía del ferrocarril; y al oeste, con la calle 50; y que se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del estado con el número 46472 y el folio electrónico 678574. Único. Entrada en vigor Artículo transitorio Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el diario oficial del estado. 4

Esta hoja de firmas forma parte de la iniciativa de Decreto por el que se autoriza la donación de un bien inmueble del patrimonio estatal a favor de la Universidad Nacional Autónoma de México. Atentamente Rolando Rodrigo Zapata Bello Gobernador del Estado de Yucatán Martha Leticia Góngora Sánchez Secretaria general de Gobierno 5