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Transcripción:

Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. Presupuesto Ciudadano del Municipio de Toluca para el Ejercicio Fiscal 2014

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PRESUPUESTO CIUDADANO CON BASE EN LOS PRESUPUESTOS DE INGRESOS Y EGRESOS 2014 GACETA MUNICIPAL DEL 29 DE AGOSTO DEL 2014. EXPEDIENTE DE CABILDO SHA/CABILDO/289/2014. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS FUNDAMENTO PARA EXPEDIR EL PRESUPUESTO DE EGRESOS I.- ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. La elaboración del Presupuesto Ciudadano del Municipio de Toluca tiene como finalidad ampliar el acceso de los ciudadanos a la información clara y transparente sobre el destino y uso de los recursos públicos, permitiendo establecer mejores criterios para evaluar el desempeño de sus autoridades. Forma parte de la política pública de transparencia, la participación ciudadana y gobierno abierto, exponiendo en lenguaje accesible para el ciudadano, un dialogo fructífero y cada vez más amplio entre el gobierno y la sociedad. EI Presupuesto Ciudadano explica de manera sencilla la composición del presupuesto, la cual se obtiene a través de deuda, aportaciones estatales y federales, del pago de los impuestos que los ciudadanos y empresas hacen y otros ingresos municipales como son, impuestos para actividades comerciales, el impuesto predial, traslado de dominio, derechos como el uso de vías y áreas públicas, multas, etc.; sobre todo como este recurso es ejercido en programas y proyectos de gobierno, servicios y obras. Cabe mencionar que el Presupuesto Ciudadano, no es un nuevo presupuesto que por disposición de la ley la administración municipal está obligada; más bien es una presentación amigable de este, a modo de establecer un mecanismo más claro y transparente para informar a la sociedad toluqueña. 3

EI Presupuesto Ciudadano, además, permite que el Municipio de Toluca, acceda a los estándares de calificación y competitividad a nivel nacional, promovidos principalmente por organismos independientes, como es el caso del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO). Como antecedente, cabe mencionar, que el Ayuntamiento de Toluca, autorizó difundir este instrumento para el ejercicio fiscal 2013, por lo cual fue merecedor del segundo lugar nacional, otorgado por la calificadora ciudadana IMCO, en materia de transparencia y rendición de cuentas. 4

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ÚNICO. Se aprueba el Presupuesto de Egresos del Municipio de Toluca para el Ejercicio Fiscal 2014, para quedar como sigue: TÍTULO PRIMERO DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE TOLUCA CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1.- El presente presupuesto de egresos tiene por objeto regular la asignación, ejercicio, control y evaluación del gasto público municipal para el ejercicio fiscal 2014 de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 19, 122, 124, 125, 127, 129, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; artículos 1 al 23 de la Ley de Ingresos Municipal; Titulo Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo y Noveno del Código Financiero del Estado de México y Municipios; Código Reglamentario y Bando Municipal de Toluca 2014. En la ejecución del gasto público de las dependencias y entidades, se basa en el Plan de Desarrollo Municipal para la administración 2013-2015, tomando en cuenta los compromisos, los objetivos y las metas contenidos en el mismo, y los planes de Desarrollo del Estado de México y Nacional. responsabilidad de la Tesorería Municipal, Contraloría Municipal, la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación, en el ámbito de sus respectivas competencias, cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente decreto, como determinar las normas y procedimientos administrativos tendientes a armonizar, transparentar, racionalizar y llevar a cabo un mejor control de gasto público municipal. La interpretación del presente Presupuesto de Egresos para efectos administrativos y exclusivamente en el ámbito de competencia de la Presidenta Municipal, corresponde a la Tesorería Municipal las funciones de recaudación y control de gasto; a la Unidad de Información, Planeación Programación y Evaluación, la evaluación control de los programas de Gobierno y a la Contraloría Municipal la fiscalización de los recursos y programas. Artículo 2.- Para los efectos de este Presupuesto Ciudadano se entenderá por: I. Adecuaciones Presupuestarias: Las modificaciones a los calendarios presupuestales, las ampliaciones y reducciones al Presupuesto de Egresos del Municipio mediante movimientos compensados y las liberaciones anticipadas de recursos públicos calendarizados realizadas a través de la Tesorería Municipal y la UIPPE, siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de los programas presupuestarios a cargo de los ejecutores del gasto. 1

II. III. IV. ADEFAS: Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones devengadas y pendientes de liquidar al cierre del ejercicio fiscal anterior, derivadas de la contratación de bienes y servicios requeridos en el desempeño de las funciones de los entes públicos, para las cuales existió asignación presupuestal con saldo disponible al cierre del ejercicio fiscal en que se devengaron. Amortización de la Deuda y Disminución de Pasivos: Representa la cancelación mediante pago o cualquier forma por la cual se extinga la obligación principal de los pasivos contraídos por el Gobierno Municipal. Asignaciones Presupuestales: La ministración que de los recursos públicos aprobados por el Ayuntamiento mediante el Presupuesto de Egresos del Municipio, propuesto la Presidenta Municipal a través de la Tesorería a las Dependencias Ejecutoras de Gasto. V. Ayudas: Las aportaciones de recursos públicos en numerario o en especie otorgadas por el Gobierno Municipal con base en los objetivos y metas de los programas presupuestarios. VI. VII. VIII. IX. Clasificación Funcional del Gasto: La que agrupa los gastos según los propósitos u objetivos socioeconómicos que persiguen los diferentes entes públicos. Presenta el gasto público según la naturaleza de los servicios gubernamentales brindados a la población. Con dicha clasificación se identifica el presupuesto destinado a finalidades de: Gobierno, Desarrollo Social, Desarrollo Económico y Otros no Clasificados; permitiendo determinar los objetivos generales de las políticas públicas y los recursos financieros que se asignan para alcanzarlos. Clasificación por Objeto del Gasto: La que resume, ordena y presenta los gastos programados en el presupuesto, de acuerdo con la naturaleza de los bienes, servicios, activos y pasivos financieros. Alcanza a todas las transacciones que realizan los entes públicos para obtener bienes y servicios que se utilizan en la prestación de servicios públicos y en la realización de transferencias, en el marco del Presupuesto de Egresos. Clasificación Económica: La que relaciona las transacciones que generan los entes públicos de conformidad con su naturaleza, presentándolos en Gasto Corriente y Gasto de Capital. Clasificación Administrativa: La que tiene como objetivo identificar el agente que realiza la erogación de los recursos públicos, se desglosa a través de asignaciones denominadas ramos presupuestarios como el de la Administración Pública, de los Poderes, o de los Órganos autónomos. X. Clasificación Programática: Técnica presupuestaria que pone especial atención a las actividades que se realizan más que a los bienes y servicios que se adquieren. Contiene un conjunto armónico de programas, 2

proyectos y metas que se deben realizar a corto plazo y permite la racionalización en el uso de recursos al determinar objetivos y metas; asimismo, identifica responsables del programa y establece las acciones concretas para obtener los fines deseados. XI. XII. XIII. XIV. XV. XVI. XVII. XVIII. XIX. Contraloría: Contraloría Municipal de Toluca. Dependencias: Las definidas como tales en la Ley Orgánica Municipal, el Código Reglamentario y Bando de Toluca 2014, las cuales son objeto de control presupuestario directo por parte de la Tesorería Municipal. Economías o Ahorros Presupuestarias: Los remanentes de recursos públicos del Presupuesto de Egresos del Municipio no comprometidos al término del Ejercicio Fiscal; así como los ahorros realizados en un periodo determinado. Entes públicos: Los Poderes del municipio, los entes autónomos, el ayuntamiento municipal y las entidades de la administración pública paramunicipal. Entidades: Los organismos públicos descentralizados, las empresas de participación estatal mayoritaria, los fideicomisos públicos y los organismos desconcentrados, los cuales son objeto de control presupuestario indirecto por parte de la Tesorería. Fideicomisos Públicos: Entidades no personificadas a partir de las cuales el Presidente Municipal o alguna de las demás entidades paramunicipales constituyen con el objeto de auxiliar al Municipio en el Desarrollo de alguna de sus áreas prioritarias del desarrollo. Gasto Corriente: Al conjunto de erogaciones que no tienen como contrapartida la creación de activos, sino que constituye un acto de consumo. Son los gastos en recursos humanos y de compra de bienes y servicios, necesarios para la administración y operación gubernamental. Gasto Federalizado: El gasto federalizado o descentralizado en México se integra por los recursos públicos que el Gobierno Federal transfiere a los Estados y Municipios del país para que estos últimos afronten sus necesidades de gasto en materia de educación, salud, infraestructura e inversión social, seguridad pública, entre otros rubros. Gasto de Inversión o Capital: Erogaciones que realizan dependencias y entidades de la Administración Pública tendientes a adquirir, ampliar, conservar y mejorar sus bienes de capital, incluyendo también la adquisición de acciones y títulos de crédito de terceros, construcción de obras públicas y desarrollo de acciones para promover el incremento de la capacidad productiva de los diversos sectores de la economía. 3

XX. XXI. XXII. XXIII. XXIV. XXV. XXVI. XXVII. Gasto No Programable: Los recursos que se destinan al cumplimiento de los fines y funciones propias del Municipio y que por su naturaleza no están asociados a programas específicos. Gasto Programable: Los recursos que se destinan al cumplimiento de los fines y funciones propias del Municipio, por lo cual están directamente relacionados con los programas a cargo de los Ejecutores de Gasto previamente establecidos para alcanzar los objetivos y metas, que tienen un efecto directo en la actividad económica y social. Ingresos Excedentes: Los recursos públicos que durante el Ejercicio Fiscal se obtienen adicionalmente a los aprobados en la Ley de Ingresos vigente. Código Financiero del Estado de México y Municipios: marco normativo del Estado de México y sus municipios, que determina la forma de obtener sus ingresos, la manera de ejercer sus recursos, y norma su endeudamiento. Programa: Nivel o categoría programática que contiene un conjunto de acciones afines y coherentes a través de las cuales se pretende alcanzar objetivos y metas previamente determinadas por la planeación, para lo cual se requiere combinar recursos: humanos, tecnológicos, materiales, naturales, financieros; contienen un conjunto interdependiente de proyectos los cuales especifican tiempo y espacio en el que se van a desarrollar y atribuye responsabilidades a una o varias unidades ejecutoras debidamente coordinadas. Subsidios: Las asignaciones de recursos públicos que se destinan al desarrollo de actividades productivas prioritarias consideradas de interés general, así como proporcionar a usuarios y consumidores, bienes y servicios básicos a precios y tarifas por debajo de los del mercado o de forma gratuita y su otorgamiento no implica contraprestación alguna. Transferencias: Los recursos públicos previstos en el Presupuesto de Egresos del Municipio para el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas y la prestación de los bienes y servicios públicos a cargo de los Poderes, Organismos Constitucionalmente Autónomos y Entidades. Unidad Presupuestal: Cada uno de los órganos o dependencias de la Administración Pública del Municipio que tiene a su cargo la administración de los recursos financieros, humanos, materiales y los servicios generales y sociales, con el fin de cumplir con eficacia y eficiencia la misión que le ha sido conferida en las disposiciones legales y reglamentarias. XXVIII. Unidad Responsable: Cada una de las unidades administrativas subordinadas a las Unidades Presupuestales, en las que se desconcentran parte del ejercicio presupuestal y se les encomiendan la ejecución de actividades, programas y/o proyectos para el cumplimiento de los 4

objetivos, líneas de acción y metas establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo. XXIX. XXX. XXXI. UIPPE: Unidad de información, planeación, programación y evaluación, es la unidad administrativa encargada de planear controlar y evaluar los programas y proyectos municipales, enmarcándolos a los planes de desarrollo aplicables al municipio de Toluca. Tesorería Municipal: Es la dependencia encargada de recaudar y administrar los recursos financieros del municipio. Cualquier otro término no contemplado en el presente artículo, se deberá entender conforme al glosario de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las demás leyes de la materia. Artículo 3.- En la celebración y suscripción de convenios o acuerdos en los que se comprometa el patrimonio económico o el erario del Municipio, será obligatoria la intervención de la Tesorería Municipal. Artículo 4.-. El ejercicio del presupuesto se apegará a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados, con base en lo siguiente: I. Priorizar la asignación de los recursos a los programas, obras y acciones de alto impacto y beneficio social que incidan en el desarrollo económico y social. II. Garantizar la elevación de los niveles de calidad de vida en la población. III. Identificación de la población objetivo, procurando atender a la de menor ingreso. IV. Consolidar la estructura presupuestaria que facilite la ejecución de los programas. V. Afianzar un presupuesto basado en resultados. VI. Prestar los Servicios que la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución del Estado Libre y Soberano encomiendan a los Ayuntamientos. VII. Y atender las necesidades sociales, políticas, culturales, económicas que en la medida de sus recursos la administración municipal pueda otorgar a los ciudadanos y visitantes del municipio de Toluca. VIII. Rendir cuentas de manera clara y trasparente sobre el origen y destino de los recursos públicos municipales. Para cubrir el requisito de presupuesto de ingresos y egresos municipal, el honorable ayuntamiento en sesión ordinaria del 13 de febrero del 2014, aprobó el presupuesto de egresos para el ejercicio 2014, con base en la proyección de ingresos para el mismo periodo. La Tesorería Municipal de Toluca reportará en los informes mensuales sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública, al Órgano Superior 5

de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), que incluirán el desglose de los proyectos de inversión previstos en este Decreto; informes de avance de gestión financiera y cuenta de la hacienda pública; la evolución de las erogaciones correspondientes a los programas presupuestarios aprobados por el ayuntamiento, y que forman parte de los planes de desarrollo de los tres niveles de gobierno; lo mismo harán los organismo descentralizados de la administración municipal. De las Erogaciones Artículo 5. El gasto neto total previsto para el Presupuesto Municipal 2014 es de 3,209,225,188.52 y corresponde al total de los ingresos estimados en el presupuesto de Ingresos del Municipio de Toluca para el mismo periodo, y para el presente ejercicio fiscal se prevé no tener un déficit público presupuestario. Artículo 6.- El balance presupuestario podrá modificarse en lo conducente para cubrir las erogaciones de los proyectos de inversión y prestación de servicios previstos en este Presupuesto de Egresos, siempre que ello sea necesario como consecuencia de que las dependencias y entidades soliciten autorización a la Tesorería Municipal y ala UIPPE para que con cargo a los recursos propios y a las aportaciones y participaciones estatales y federales, se puedan cubrir, procurando mantener un equilibrio presupuestal y unas finanzas sanas. Dichas medidas se sujetarán a las disposiciones específicas contendidas en el Código Financiero del estado de México, y al Manual de Planeación Programación y Presupuestación 2014. Artículo 7.- La clasificación por tipo de gasto del presupuesto de egresos del Municipio de Toluca, Estado de México, se distribuye de la siguiente forma: CLASIFICACIÓN POR TIPO DE GASTO NO. CATEGORÍAS MONTO 1 GASTO CORRIENTE 2,325,489,467.16 2 GASTO DE CAPITAL 690,968,115.20 3 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA Y DISMINUCIÓN DE PASIVOS 192,767,606.16 TOTAL 3,209,225,188.52 Artículo 8. Las asignaciones previstas para la Administración Pública Municipal central importan la cantidad de 3, 209, 225,188.52 y se integran de la siguiente forma, de acuerdo con la clasificación económica. 6

CLASIFICACIÓN ECONÓMICA Capítulo Gasto Corriente Gasto de Capital Amortización de Deuda y Disminución de Pasivos TOTAL 1000 Servicios Personales 1,391,384,375.99 - - 1,391,384,375.99 2000 Materiales y Suministros 141,745,506.84 - - 141,745,506.84 3000 Servicios Generales 423,095,402.31 - - 423,095,402.31 4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras 369,264,182.02 - - 369,264,182.02 ayudas 5000 Bienes Muebles, Inmuebles e - 84,683,598.57-84,683,598.57 Intangibles 6000 Inversión Pública - 606,284,516.63-606,284,516.63 Inversiones 7000 Financieras y Otras - - - - Provisiones 8000 Participaciones y Aportaciones - - - - 9000 Deuda Pública - - 192,767,606.16 192,767,606.16 TOTAL 3,209,225,188.52 Artículo 9.- Las asignaciones previstas para la Administración Pública Municipal importan la cantidad de 3, 209, 225,188.52 y de acuerdo a la clasificación por objeto del gasto a nivel de capítulo, concepto, partida genérica y partida específica, se integran conforme al Anexo 1 del Presente Decreto. Artículo 10.- La administración municipal de Toluca se apoya en tres entidades descentralizadas que son: El Sistema municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF). El Organismo de Agua y Saneamiento de Toluca (OAyST). Y el Instituto de Cultura Física y Deporte de Toluca (INCUFIDET). Los cuales operan bajo un esquema de gobierno y patrimonio propio, ejerciendo para este año un presupuesto conjunto de 944, 307,650.03 Artículo 11.- Las asignaciones previstas para el Cabildo importan la cantidad de 138, 908,372 pesos y de acuerdo a la clasificación por objeto del gasto a nivel de capítulo, concepto, partida genérica y partida específica, se integran conforme al Anexo 3 del Presente Decreto. Artículo 12.- Los presupuestos para las dependencias Municipales (DIF, OAyST e INCUFIDET) importan la cantidad de 944, 307,650.03 pesos y de acuerdo a la 7

clasificación por objeto del gasto a nivel de capítulo, se integran conforme al Anexo 4 del Presente Decreto. Artículo 13. Las erogaciones previstas para este presupuesto, de acuerdo con la clasificación que por oficio de ley se publican en la página oficial de Información Pública de Oficio Mexiquense (IPOMEX.o g) I. Administración centralizada, Ayuntamiento de Toluca, incluyendo cabildo y las dependencias generales. II. Administración descentralizada, incluyendo al organismo operador de agua, sistema municipal DIF e INCUFIDET. Artículo 14. La Clasificación Funcional del Presupuesto de Egresos del Municipio de Toluca para el ejercicio fiscal 2014 se compone de la siguiente forma: Clasificación Funcional Descripción Monto Función 1: Reglamentación 83,658,678.88 Función 3: Procuración de justicia y derechos humanos 39,471,948.60 Función 4: Seguridad pública y protección civil 439,185,192.49 Función 5: Administración, planeación y control gubernamental 753,490,257.27 Función 6: Administración y fortalecimiento de la hacienda pública 535,010,947.73 Función 7: Salud, seguridad y asistencia social 60,476,453.96 Función 8: Educación, cultura y deporte 82,295,767.85 Función 9: Fomento al desarrollo económico 74,029,776.79 Función 10: Desarrollo regional, urbano y ecóloga 877,862,648.82 Función 11: Preservación del medio ambiente y los recursos naturales 263,743,516.33 Total general 3,209,225,188.72 PROGRAMA NOMBRE MONTO 1 Reglamentar 83,658,678.88 101 Proceso de Reglamentación 83,658,678.88 10101 Reglamentación 83,658,678.88 1010101 Reglamentación Municipal 83,658,678.88 101010101 Revisión y expedición de la reglamentación municipal 83,658,678.88 3 Procuración de justicia y derechos humanos 39,471,948.60 301 Representación Jurídica 36,460,276.86 30101 Procuración de Justicia 36,460,276.86 3010103 Representación y defensa jurídica 36,460,276.86 301010305 Procuración y defensa de los derechos e intereses municipales 36,460,276.86 302 Garanta de los derechos humanos 3,011,671.74 30201 Derechos humanos 3,011,671.74 3020101 Cultura de respeto a los derechos humanos 3,011,671.74 302010101 Promoción y divulgación de los derechos humanos 39,056.00 302010102 Protección y defensa de los derechos humanos 2,972,615.74 4 Seguridad pública y protección civil 439,185,192.49 401 Preservación del orden público y protección ciudadana 439,185,192.49 40101 Seguridad pública 402,366,786.65 8

4010101 Prevención de la delincuencia y mantenimiento del orden público 330,282,711.73 401010101 Vigilancia para la seguridad y prevención del delito 327,184,383.78 401010102 Sistemas de información, comunicación y tecnologías para la seguridad pública 264,500.00 401010103 Formación profesional especializada a servidores públicos de instituciones de seguridad pública 2,833,827.95 4010102 Prevención del delito 182,358.00 401010201 Vinculación, prevención y denuncia social 182,358.00 4010103 Control vehicular y orden vial 60,100,060.92 401010303 Educación vial 1,819,696.83 401010304 Mantenimiento y dispositivos para el control del tránsito y orden vial 58,280,364.09 4010105 Infraestructura municipal para la seguridad pública 11,801,656.00 401010501 Infraestructura para la seguridad pública, tránsito y protección civil 11,801,656.00 40102 Protección Civil 36,818,405.84 4010201 Concertación, capacitación y difusión para la protección civil 24,423,532.14 401020101 Concertación para la protección civil 22,984,243.52 401020102 Capacitación integral y actualización para la protección civil 1,439,288.62 401020103 Difusión y comunicación para la protección civil 0.00 4010202 Identificación y prevención de riesgos 3,459,791.88 401020201 Prevención, evaluación y dictaminación de riesgos 3,459,791.88 401020202 Identificación, sistematización y atlas de riesgos 0.00 4010203 Monitoreo de fenómenos perturbadores y manejo de emergencias 8,935,081.82 401020303 Coordinación de atención de emergencias y desastres 8,935,081.82 5 Administración, planeación y control gubernamental 753,490,257.27 501 Control y evaluación de la administración gubernamental 601,980,041.84 50101 Consolidación de la gestión gubernamental de resultados 448,449,303.95 5010101 Administración, capacitación y desarrollo de los servidores públicos 214,165,723.30 501010101 Administración de personal 123,291,496.67 501010102 Selección, capacitación y desarrollo de personal 90,874,226.63 5010102 Administración de los recursos materiales y servicios 28,891,513.06 501010201 Adquisiciones y servicios 28,891,513.06 5010103 Control y protección del patrimonio 47,597,384.20 501010301 Control del patrimonio y normatividad 47,597,384.20 5010105 Modernización y mejoramiento integral de la función pública 37,081,657.27 501010501 Simplificación y modernización de la administración pública 34,335,887.45 501010502 Desarrollo institucional 2,745,769.82 5010107 Infraestructura para la administración y finanzas 120,713,026.12 501010701 Infraestructura para la administración y finanzas 120,713,026.12 50102 Desarrollo de la función pública y ética en el servicio público 23,760,213.24 5010201 Control y evaluación de la gestión pública 23,760,213.24 501020101 Fiscalización, control y evaluación de la gestión pública 19,348,787.20 501020102 Participación social en la formulación, seguimiento, control y evaluación de obras, programas y servicios públicos 4,411,426.04 50103 Conducción de las políticas generales de gobierno 129,770,524.65 5010302 Atención a la demanda ciudadana 0.00 501030201 Audiencia pública y consulta popular 0.00 5010303 Coordinación de gestión de las políticas gubernamentales 129,770,524.65 501030301 Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales 108,178,329.32 501030302 Apoyo y asesora para la conducción de las políticas gubernamentales 12,347,813.55 501030304 Información, planeación, control y evaluación de programas de instrumentación de las políticas gubernamentales 9,244,381.78 502 Aplicación y actualización del marco jurídico 27,064,004.34 50201 Protección jurídica de las personas y sus bienes 27,064,004.34 5020101 Orientación, apoyo y modernización del marco jurídico 3,394,461.67 502010102 Asesora jurídica 3,394,461.67 5020102 Regulación y control de la función registral 0.00 502010201 Regularización de los bienes inmuebles 0.00 5020103 Regularización y control de los actos del registro civil 23,669,542.67 502010301 Actualización del registro civil 10,428,266.39 502010302 Operación registral civil 13,241,276.28 503 Planeación y conducción del desarrollo integral del estado 54,334,215.59 50301 Fortalecimiento del sistema integral de planeación del estado 54,334,215.59 5030101 Definición y conducción de la planeación 24,430,367.33 9

503010104 Planeación de proyectos para el desarrollo social 24,430,367.33 5030102 Programación, presupuestación, seguimiento y control presupuestal 12,030,269.59 503010201 Integración presupuestal 0.00 503010202 Seguimiento y control presupuestal 12,030,269.59 5030103 Información para la planeación del desarrollo 17,873,578.67 503010303 Información catastral 17,873,578.67 503010304 Servicios de información geográfica, estadística y catastral 0.00 504 Procesos electorales y concertación política 0.00 50401 Democracia y pluralidad política 0.00 5040101 Concertación política 0.00 504010103 Capacitación para el desarrollo de la cultura política 0.00 5040102 Procesos electorales 0.00 504010202 Apoyo a procesos electorales 0.00 505 Política interior 70,111,995.50 50501 Comunicación pública y fortalecimiento informativo 38,893,860.07 5050101 Comunicación social 38,893,860.07 505010103 Difusión y comunicación institucional 38,893,860.07 50502 Nuevas organizaciones de la sociedad 31,218,135.43 5050201 Vinculación con organizaciones sociales y participación ciudadana 31,218,135.43 505020102 Participación ciudadana 31,218,135.43 6 Administración y fortalecimiento de la hacienda pública 535,010,947.73 601 Recaudación y administración de la hacienda pública 535,010,947.73 60102 Fortalecimiento de los ingresos 535,010,947.73 6010201 Recaudación, control y fiscalización de ingresos 161,184,185.95 601020101 Captación y recaudación de ingresos 161,184,185.95 6010204 Tesorera 373,826,761.78 601020401 Registro y control de caja y tesorera 373,826,761.78 60104 Financiamiento de la infraestructura para el desarrollo 0.00 6010401 Fomento a la inversión social y privada 0.00 601040101 Formulación y evaluación de proyectos rentables 0.00 602 Gasto no programable 0.00 60202 Previsiones para el servicio y amortización de la deuda 0.00 6020201 Servicio de la deuda pública 0.00 602020102 Amortización de la deuda 0.00 60204 Previsiones para el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores 0.00 6020401 Previsiones para el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores 0.00 602040101 Pasivos derivados de erogaciones devengadas y pendientes de ejercicios anteriores 0.00 602040102 Pasivos por contratación de créditos 0.00 7 Salud, seguridad y asistencia social 60,476,453.96 701 Asistencia y seguridad social 6,443,547.57 70101 Alimentación 0.00 7010101 Alimentación y nutrición familiar 0.00 701010103 Cultura alimentaria 0.00 70102 Desarrollo integral de la familia 6,443,547.57 7010201 Prevención y bienestar familiar 2,797,660.92 701020101 Fomento a la integración de la familia 0.00 701020102 Atención a víctimas por maltrato y abuso 2,797,660.92 701020103 Servicios jurídicos asistenciales a la familia 0.00 701020106 Orientación y atención psicológica y psiquiátrica 0.00 7010202 Asistencia social y servicios comunitarios 3,645,886.65 701020201 Servicios para el desarrollo comunitario 3,645,886.65 70103 Atención a la población infantil 0.00 7010301 Protección a la integridad del menor 0.00 701030103 Detección y prevención de niños en situación de calle 0.00 7010302 Asistencia alimentaria a menores 0.00 701030201 Desayunos escolares 0.00 701030202 Desayuno escolar comunitario 0.00 70104 Atención a personas con discapacidad 0.00 7010401 Fortalecimiento de los servicios para personas con discapacidad 0.00 701040103 Asistencia social a personas con discapacidad 0.00 10

7010403 Rehabilitación a personas con discapacidad 0.00 701040301 Atención médica y paramédica a personas con discapacidad 0.00 701040302 Atención terapéutica a personas con discapacidad 0.00 702 Servicios de salud pública y atención médica 25,761,604.43 70201 Salud y asistencia social 25,761,604.43 7020102 Prevención médica 17,609,888.15 702010206 Riesgo y control sanitario 17,609,888.15 7020104 Infraestructura para la salud, seguridad y asistencia social 0.00 702010401 Infraestructura y equipamiento para la salud, seguridad y asistencia social 0.00 7020106 Impulso a la cultura de la salud 8,151,716.28 702010601 Promoción de la salud 0.00 702010602 Prevención de las adicciones 0.00 702010603 Entornos y comunidades saludables 8,151,716.28 703 Desarrollo social y humano 16,323,269.43 70301 El papel fundamental de la mujer y la perspectiva de género 11,980,396.08 7030101 Integración de la mujer al desarrollo socioeconómico 0.00 703010102 Atención educativa a hijos de madres trabajadoras 0.00 7030102 Familia, población y participación de la mujer 11,980,396.08 703010201 Fomento a la cultura de equidad de género 8,614,117.94 703010202 Atención integral a la mujer 3,366,278.14 70302 Apoyo a los adultos mayores 0.00 7030201 Respeto y apoyo a los adultos mayores 0.00 703020102 Asistencia social a los adultos mayores 0.00 70303 Pueblos indígenas 4,342,873.35 7030301 Promoción para el desarrollo de los pueblos indígenas 4,342,873.35 703030101 Concertación para el desarrollo indígena 4,342,873.35 703030104 Difusión y protección de las manifestaciones y el patrimonio cultural de los pueblos indígenas 0.00 704 Atención a la juventud 11,948,032.53 70401 Oportunidades para los jóvenes 11,948,032.53 7040101 Promoción del bienestar y recreación juvenil 8,233,271.03 704010102 Bienestar y orientación juvenil 8,233,271.03 7040102 Asistencia social y servicios comunitarios 3,714,761.50 704010202 Asistencia social a la juventud 3,714,761.50 8 Educación, cultura y deporte 82,295,767.85 801 Prestación de servicios y apoyos educativos 15,749,611.38 80101 Educación para el desarrollo integral 15,749,611.38 8010102 Atención a la educación básica y normal 2,278,585.00 801010212 Apoyo municipal a la educación básica 2,278,585.00 8010105 Educación para los adultos 1,750,786.06 801010501 Alfabetización y educación básica para adultos 1,750,786.06 8010107 Infraestructura para la educación, cultura y bienestar social 0.00 801010701 Infraestructura y equipamiento para la educación, cultura y bienestar social 0.00 8010109 Apoyos y estímulos para la educación 11,720,240.32 801010902 Becas de apoyo a la educación 11,720,240.32 802 Desarrollo cultural 66,546,156.47 80202 Cultura y arte 66,546,156.47 8020201 Fomento y difusión de la cultura 54,346,560.25 802020101 Servicios culturales 51,125,330.93 802020102 Difusión de la cultura 3,221,229.32 8020202 Preservación del patrimonio cultural 12,199,596.22 802020201 Conservación, restauración y difusión del patrimonio cultural 12,199,596.22 803 Fomento a la cultura física y deporte 0.00 80301 Cultura física y deporte 0.00 8030101 Cultura física 0.00 803010101 Promoción y fomento de la cultura física 0.00 803010102 Fomento y desarrollo del deporte social 0.00 9 Fomento al desarrollo económico 74,029,776.79 901 Empleo, productividad y competitividad 1,944,369.61 90101 Empleo 1,944,369.61 9010102 Fomento a la creación del empleo 1,944,369.61 11

901010202 Colocación de trabajadores desempleados 1,927,169.61 901010203 Fomento para el autoempleo 17,200.00 903 Desarrollo agropecuario, acuícola y forestal 16,722,921.68 90301 Desarrollo agrícola 15,812,639.74 9030103 Fomento y/o reactivación agrícola 15,812,639.74 903010301 Apoyos especiales a productores agrícolas 15,812,639.74 90302 Fomento a productores rurales 0.00 9030202 Proyectos productivos 0.00 903020201 Fomento a proyectos de producción rural 0.00 90303 Fomento pecuario 910,281.94 9030301 Fomento a la ganadera 910,281.94 903030104 Fomento apícola 0.00 903030105 Desarrollo de capacidades pecuarias 910,281.94 90304 Desarrollo forestal 0.00 9030401 Fomento a la producción forestal 0.00 903040101 Aprovechamiento forestal maderable 0.00 90306 Fomento acuícola 0.00 9030601 Impulso al desarrollo de la acuacultura 0.00 903060102 Capacitación para la producción acuícola 0.00 904 Industria y promoción de mercados internacionales 30,258,252.22 90401 Modernización industrial 12,307,634.73 9040101 Promoción y fomento empresarial 12,307,634.73 904010102 Fortalecimiento a la micro y pequeña empresa 6,784,260.52 904010103 Fortalecimiento a la competitividad 5,523,374.21 90402 Fomento a la minera 0.00 9040201 Desarrollo minero 0.00 904020101 Exploración geológica de recursos minerales 0.00 90404 Modernización comercial 17,950,617.49 9040401 Comercio 17,950,617.49 904040101 Modernización del comercio tradicional 17,950,617.49 9040402 Abasto 0.00 904040202 Vinculación productiva 0.00 905 Turismo y artesanas 3,419,719.50 90501 Promoción artesanal 167,000.00 9050101 Fomento a la actividad artesanal 167,000.00 905010102 Organización, capacitación y asesoría financiera 167,000.00 90502 Fomento turístico 3,252,719.50 9050201 Promoción y comercialización turística 2,798,313.52 905020101 Promoción e información turística 2,798,313.52 9050202 Desarrollo y fomento a la inversión turística 454,405.98 905020202 Proyectos de inversión turística 454,405.98 906 Ampliación y mejoramiento de las comunicaciones 21,684,513.78 90601 Modernización de las comunicaciones y el transporte 21,684,513.78 9060105 Vialidades primarias 0.00 906010505 Rehabilitación y mantenimiento de caminos vecinales municipales 0.00 906010506 Infraestructura y equipamiento municipal para la modernización de las comunicaciones y el transporte 0.00 9060106 Telecomunicaciones 21,684,513.78 906010602 Ampliación de la infraestructura 21,684,513.78 9060107 Transporte terrestre 0.00 906010709 Coordinación y concertación municipal para el ordenamiento, regulación y mejoramiento del servicio de transporte público 0.00 10 Desarrollo regional, urbano y ecóloga 877,862,648.82 1002 Desarrollo y equipamiento urbano 726,525,719.05 100201 Desarrollo urbano 726,525,719.05 10020102 Planeación, operación y control urbano 44,042,861.53 1002010201 Planeación integral y concertada 27,224,653.50 1002010203 Instrumentación urbana 16,818,208.03 10020104 Urbanización 682,482,857.52 1002010405 Urbanización municipal 682,482,857.52 10020105 Vialidades urbanas 0.00 12

1002010504 Infraestructura en vialidades urbanas municipales 0.00 10020106 Edificaciones urbanas 0.00 1002010603 Edificaciones urbanas municipales 0.00 10020107 Estudios, proyectos y supervisión 0.00 1002010703 Control y supervisión de obras públicas 0.00 100202 Agua y saneamiento 0.00 10020202 Agua potable 0.00 1002020201 Construcción de infraestructura para agua potable 0.00 1002020202 Operación y mantenimiento de infraestructura hidráulica para el suministro de agua en bloque 0.00 10020203 Drenaje y alcantarillado 0.00 1002020301 Construcción de infraestructura para drenaje y alcantarillado 0.00 1002020302 Operación de infraestructura para drenaje y alcantarillado 0.00 10020205 Coordinación intergubernamental y desarrollo institucional 0.00 1002020501 Consolidación, fortalecimiento y apoyo 0.00 1002020502 Cultura del agua 0.00 1003 Normatividad del uso del suelo y fomento a la vivienda 25,500,882.67 100301 Suelo 1,296,584.64 10030102 Regulación de la tenencia de la tierra 1,296,584.64 1003010201 Regularización de predios 1,296,584.64 100302 Vivienda 24,204,298.03 10030201 Mejoramiento de la vivienda 24,204,298.03 1003020101 Mejoramiento de la vivienda 24,204,298.03 1004 Servicios públicos y electricidad 125,836,047.10 100401 Energía 125,836,047.10 10040101 Electrificación 0.00 1004010101 Planeación de los servicios de electrificación 0.00 1004010102 Ahorro de energía 0.00 1004010106 Infraestructura y equipamiento para electrificación municipal 0.00 10040102 Alumbrado público 125,836,047.10 1004010201 Alumbrado público 125,836,047.10 11 Preservación del medio ambiente y los recursos naturales 263,743,516.33 1101 Protección al ambiente y preservación de los recursos naturales 263,743,516.33 110101 Protección al ambiente 263,743,516.33 11010103 Promoción, concertación y participación ciudadana 5,454,885.39 1101010302 Promoción de la cultura ambiental 5,454,885.39 11010105 Infraestructura ecológica 93,381,186.98 1101010504 Infraestructura ecológica municipal 93,381,186.98 11010106 Protección y preservación ecológica 164,907,443.96 1101010602 Manejo de residuos solidos 164,907,443.96 3,209,225,188.7 TOTAL 2 Artículo 15.- La clasificación programática por objeto del gasto del presupuesto de egresos del Municipio de Toluca incorpora los programas de los entes públicos desglosados de la siguiente forma: 13

CLASIFICACIÓN PROGRAMÁTICA PRESENTADA CON FUENTE DE FINANCIAMIENTO Y DEPENDENCIAS EJECUTORA, 2014 DEPENDENCIA GENERAL DEPENDENCIA AUXILIAR PROGRAMA A00 100 A000501030301 A00 100 A000501030301 A00 110 A000501030301 A00 110 A000501030301 A00 112 A000501030301 A00 112 A000501030301 A00 131 A000503010104 A00 131 A000503010104 DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA PRESIDENCIA Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Planeación de proyectos para el desarrollo social FUENTE DE FINANCIAMIENTO TOTAL 49,597,882.15 FORTAMUN 2014 2,494,820.61 2,988,226.42 FORTAMUN 2014 263,918.34 5,966,547.54 FORTAMUN 2014 417,310.29 4,743,354.07 Planeación de proyectos para el desarrollo social FORTAMUN 2014 263,147.85 TOTAL 66,735,207.27 COMUNICACIÓN SOCIAL A01 103 A010505010103 Difusión y comunicación institucional 37,277,113.03 A01 103 A010505010103 Difusión y comunicación institucional FORTAMUN 2014 1,616,747.04 TOTAL 38,893,860.07 A02 102 A020302010101 A02 102 A020302010102 A02 102 A020302010102 DERECHOS HUMANOS Promoción y divulgación de los derechos humanos Protección y defensa de los derechos humanos Protección y defensa de los derechos humanos 39,056.00 2,710,462.48 FORTAMUN 2014 262,153.26 TOTAL 3,011,671.74 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD Y ESTUDIANTIL A00 143 A000704010102 Bienestar y orientación juvenil 7,577,478.02 A00 143 A000704010102 Bienestar y orientación juvenil FORTAMUN 2014 655,793.01 A00 143 A000704010202 Asistencia social a la juventud 3,624,985.96 A00 143 A000704010202 Asistencia social a la juventud FORTAMUN 2014 89,775.54 TOTAL 11,948,032.53 A00 112 A000501010501 A00 112 A000501010501 COMISIÓN DE ESPACIOS Y SERVICIOS PUBLICOS Simplificación y Modernización de la Administración Pública 5,422,381.15 Simplificación y Modernización de la Administración Pública FORTAMUN 2014 320,931.99 TOTAL 5,743,313.14 INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACION A00 123 A001002010201 Planeación Integral y Concertada 26,134,850.07 A00 123 A001002010201 Planeación Integral y Concertada FORTAMUN 2014 1,089,803.43 TOTAL 27,224,653.50 CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER A00 152 A000701020102 Atención a víctimas por maltrato y abuso 2,105,027.70 A00 152 A000701020102 Atención a víctimas por maltrato y abuso FORTAMUN 2014 92,633.22 A00 152 A000701020102 Atención a víctimas por maltrato y abuso A00 152 A000703010201 Fomento a la cultura de equidad de género DE OTROS FONDOS Y CONVENIOS 600,000.00 7,932,385.40 A00 152 A000703010201 Fomento a la cultura de equidad de género FORTAMUN 2014 681,732.54 14

A00 152 A000703010202 Atención integral a la mujer 3,100,195.48 A00 152 A000703010202 Atención integral a la mujer FORTAMUN 2014 266,082.66 TOTAL 14,778,057.00 B01 115 B010301010305 B01 115 B010301010305 B02 116 B020301010305 B02 116 B020301010305 B03 114 B030301010305 B03 114 B030301010305 SINDICATURAS PROCURACION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS E INTERESES MUNICIPALES PROCURACION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS E INTERESES MUNICIPALES PROCURACION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS E INTERESES MUNICIPALES PROCURACION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS E INTERESES MUNICIPALES PROCURACION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS E INTERESES MUNICIPALES 4,118,289.05 FORTAMUN 2014 128,856.15 3,831,877.15 FORTAMUN 2014 95,515.47 3,895,215.77 PROCURACION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS E INTERESES MUNICIPALES FORTAMUN 2014 132,729.03 TOTAL 12,202,482.62 C01 131 C010101010101 C01 131 C010101010101 C02 112 C020101010101 C02 112 C020101010101 C03 141 C030101010101 C03 141 C030101010101 C04 125 C040101010101 C04 125 C040101010101 C05 154 C050101010101 C05 154 C050101010101 C06 130 C060101010101 C06 130 C060101010101 C07 152 C070101010101 C07 152 C070101010101 C08 126 C080101010101 C08 126 C080101010101 C09 123 C090101010101 C09 123 C090101010101 C10 122 C100101010101 C10 122 C100101010101 C11 127 C110101010101 C11 127 C110101010101 C12 140 C120101010101 C12 140 C120101010101 C13 104 C130101010101 REGIDURIAS Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal 3,663,777.16 FORTAMUN 2014 138,804.48 3,382,007.96 FORTAMUN 2014 87,804.18 3,575,410.85 FORTAMUN 2014 87,804.18 3,681,541.63 FORTAMUN 2014 107,374.23 3,362,531.67 FORTAMUN 2014 106,699.77 3,690,098.36 FORTAMUN 2014 133,474.50 3,330,879.73 FORTAMUN 2014 115,290.45 3,542,119.23 FORTAMUN 2014 127,255.23 3,738,705.27 FORTAMUN 2014 122,842.62 3,787,488.08 FORTAMUN 2014 118,332.54 3,742,738.04 FORTAMUN 2014 169,939.08 3,611,442.33 FORTAMUN 2014 142,727.85 3,355,081.39 15

C13 104 C130101010101 C14 123 C140101010101 C14 123 C140101010101 C15 150 C150101010101 C15 150 C150101010101 C16 128 C160101010101 C16 128 C160101010101 Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal FORTAMUN 2014 114,093.81 3,594,945.53 FORTAMUN 2014 114,901.92 4,141,552.41 FORTAMUN 2014 173,630.61 3,789,572.04 Revisión y expedición de la reglamentación municipal FORTAMUN 2014 119,815.29 TOTAL 59,970,682.42 D00 155 D000101010101 D00 155 D000101010101 D00 104 D000401010101 D00 104 D000401010101 SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO Revisión y Expedición de Reglamentación Municipal Revisión y Expedición de Reglamentación Municipal Vigilancia para la seguridad y prevención del delito Vigilancia para la seguridad y prevención del delito 19,896,936.71 FORTAMUN 2014 1,619,515.08 1,403,910.95 FORTAMUN 2014 134,840.61 D00 105 D000401020101 Concertación para la protección civil 20,827,038.56 D00 105 D000401020101 Concertación para la protección civil FORTAMUN 2014 2,157,204.96 D00 105 D000401020102 D00 105 D000401020102 D00 105 D000401020201 D00 105 D000401020201 D00 106 D000401020303 D00 106 D000401020303 D00 106 D000401020303 D00 150 D000802020201 D00 150 D000802020201 Capacitación integral y actualización para la protección civil Capacitación integral y actualización para la protección civil Prevención, evaluación y dictaminación de riesgos Prevención, evaluación y dictaminación de riesgos Coordinación de atención de emergencias y desastres Coordinación de atención de emergencias y desastres Coordinación de atención de emergencias y desastres Conservación, Restauración y Difusión del Patrimonio Cultural 1,311,529.93 FORTAMUN 2014 127,758.69 3,148,583.40 FORTAMUN 2014 311,208.48 5,849,267.27 FORTAMUN 2013 3,000,000.00 FORTAMUN 2014 85,814.55 1,736,716.38 Conservación, Restauración y Difusión del Patrimonio Cultural FORTAMUN 2014 174,307.50 TOTAL 61,784,633.07 DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN E00 120 E000501010101 Administración de personal 122,119,251.44 E00 120 E000501010101 Administración de personal FORTAMUN 2014 1,172,245.23 E00 120 E000501010102 E00 120 E000501010102 Selección, capacitación y desarrollo de personal Selección, capacitación y desarrollo de personal E00 121 E000501010201 Adquisiciones y servicios 86,030,223.95 FORTAMUN 2014 4,844,002.68 27,907,281.70 E00 121 E000501010201 Adquisiciones y servicios FORTAMUN 2014 984,231.36 E00 121 E000501010301 Control del patrimonio y normatividad 36,047,205.15 E00 121 E000501010301 Control del patrimonio y normatividad FORTAMUN 2014 681,916.59 E00 137 E000501010701 E00 137 E000501010701 Infraestructura para la administración y finanzas Infraestructura para la administración y finanzas E00 137 E000906010602 Ampliación de la infraestructura 116,113,050.52 FORTAMUN 2014 4,599,975.60 20,778,506.82 E00 137 E000906010602 Ampliación de la infraestructura FORTAMUN 2014 906,006.96 TOTAL 422,183,898.00 16

E01 137 E010501010501 E01 137 E010501010501 SECRETARÍA TECNICA Simplificación y modernización de la Administración Pública Simplificación y modernización de la Administración Pública 3,410,989.73 FORTAMUN 2014 339,314.13 E01 137 E010501010502 Desarrollo institucional 901,237.54 E01 137 E010501010502 Desarrollo institucional FISM 2014 1,758,637.00 E01 137 E010501010502 Desarrollo institucional FORTAMUN 2014 85,895.28 E01 E01 E01 E01 E010501030301 E010501030301 E010501030302 E010501030302 E01 122 E010501030304 E01 122 E010501030304 Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Apoyo y asesoría para la conducción de las políticas gubernamentales Apoyo y asesoría para la conducción de las políticas gubernamentales Información, planeación, control y evaluación de programas de instrumentación de las políticas gubernamentales Información, planeación, control y evaluación de programas de instrumentación de las políticas gubernamentales 6,454,114.01 FORTAMUN 2014 540,046.71 1,001,632.69 FORTAMUN 2014 87,714.72 8,827,885.45 FORTAMUN 2014 416,496.33 TOTAL 23,823,963.59 DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN URBANA Y OBRAS PUBLICAS F00 123 F000501010301 Control del patrimonio y normatividad 9,993,455.08 F00 123 F000501010301 Control del patrimonio y normatividad FORTAMUN 2014 874,807.38 F00 123 F000802020201 F00 123 F000802020201 Conservación, Restauración y Difusión del Patrimonio Cultural Conservación, Restauración y Difusión del Patrimonio Cultural F00 123 F001002010203 Instrumentación urbana 1,275,443.05 FORTAMUN 2014 122,199.66 15,291,281.89 F00 123 F001002010203 Instrumentación urbana FORTAMUN 2014 1,526,926.14 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal 254,061,562.41 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal PAGIM 2008 2,172,756.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FEFOM 2013 23,439,276.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal GIS 2014 10,000,000.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FEFOM 2014 49,375,111.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FORTAMUN 2000 32,515.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2001 540,597.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FORTAMUN 2001 697,062.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2002 580,377.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FORTAMUN 2002 66,156.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2003 364,206.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2004 453,728.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2005 1,001,531.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2006 469,035.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2007 5,416,497.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2008 1,812,146.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2009 14,666,009.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2010 6,782,669.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2011 9,325,564.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FORTAMUN 2011 1,003,402.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2012 4,204,041.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FORTAMUN 2012 17,736.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2013 49,651,648.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FORTAMUN 2013 10,000,000.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FISM 2014 71,673,236.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal FORTAMUN 2014 7,445,336.76 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal F00 124 F001002010405 Urbanización municipal PROGRAMA HABITAT RESCATE DE ESPACIOS 11,846,762.00 960,000.00 17

PÚBLICOS F00 124 F001002010405 Urbanización municipal CONACULTA 56,090,290.00 F00 124 F001002010405 Urbanización municipal OTROS 58,000,000.00 FEDERALES F00 124 F001002010405 Urbanización municipal DE OTROS FONDOS 215,384.00 Y CONVENIOS F00 123 F001003010201 Regulación de predios 1,229,033.34 F00 123 F001003010201 Regulación de predios FORTAMUN 2014 67,551.30 TOTAL 682,745,331.01 CENTRO DE EDUCACION AMBIENTAL G00 141 G001101010302 Promoción de la Cultura Ambiental 5,057,890.62 G00 141 G001101010302 Promoción de la Cultura Ambiental FORTAMUN 2014 396,994.77 TOTAL 5,454,885.39 DIRECCION DE MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS G00 125 G001101010504 Infraestructura ecológica municipal 18,415,093.67 G00 125 G001101010504 Infraestructura ecológica municipal FORTAMUN 2014 1,599,427.71 H00 145 H000702010206 Riesgo y Control Sanitario 7,399,159.58 H00 145 H000702010206 Riesgo y Control Sanitario FORTAMUN 2014 612,634.05 H00 129 H000702010603 Entornos y comunidades saludables 7,440,553.47 H00 129 H000702010603 Entornos y comunidades saludables FORTAMUN 2014 711,162.81 H00 125 H001002010405 Urbanización Municipal 16,780,552.73 H00 125 H001002010405 Urbanización Municipal GIS 2014 12,000,000.00 H00 125 H001002010405 Urbanización Municipal FORTAMUN 2014 1,337,671.62 H00 127 H001004010201 Alumbrado público 117,510,020.51 H00 127 H001004010201 Alumbrado público FISM 2007 9,007.00 H00 127 H001004010201 Alumbrado público FISM 2008 60,074.00 H00 127 H001004010201 Alumbrado público FORTAMUN 2013 6,734,276.00 H00 127 H001004010201 Alumbrado público FORTAMUN 2014 1,522,669.59 H00 128 H001101010504 Infraestructura Ecológica Municipal 67,527,840.54 H00 128 H001101010504 Infraestructura Ecológica Municipal FORTAMUN 2014 5,838,825.06 TOTAL 265,498,968.34 ORGANISMO MUNICIPAL DE RESIDUOS SOLIDOS H00 126 H001101010602 Manejo de residuos sólidos 101,601,573.94 H00 126 H001101010602 Manejo de residuos sólidos FORTAMUN 2013 12,926,662.00 H00 126 H001101010602 Manejo de residuos sólidos FORTAMUN 2014 50,379,208.02 TOTAL 164,907,443.96 I01 141 I010501020102 I01 141 I010501020102 I01 141 I010501030301 I01 141 I010501030301 I01 141 I010501030301 I01 141 I010501030301 I01 141 I010503010104 I01 141 I010503010104 DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL Participación social en la formulación, seguimiento, control y evaluación de obras, programas y servicios Participación social en la formulación, seguimiento, control y evaluación de obras, programas y servicios Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Planeación de proyectos para el desarrollo social Planeación de proyectos para el desarrollo social 2,277,693.17 FORTAMUN 2014 244,996.56 4,284,851.19 FORTAMUN 2014 111,401.46 PROGRAMA HABITAT RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS 2,961,691.00 240,000.00 18,390,555.34 FORTAMUN 2014 1,033,310.07 18

I01 141 I010701020201 Servicios para el desarrollo comunitario 3,322,001.76 I01 141 I010701020201 Servicios para el desarrollo comunitario FORTAMUN 2014 323,884.89 I01 151 I010703030101 Concertación para el desarrollo indígena 3,931,732.29 I01 151 I010703030101 Concertación para el desarrollo indígena FORTAMUN 2014 411,141.06 I01 141 I010801010212 Apoyo Municipal a la Educación Básica FISM 2014 2,000,000.00 I01 141 I010801010212 Apoyo Municipal a la Educación Básica I01 141 I010801010501 I01 141 I010801010501 Alfabetización y educación básica para adultos Alfabetización y educación básica para adultos I01 141 I010801010902 Becas de apoyo a la educación OTROS FEDERALES 278,585.00 1,582,454.74 FORTAMUN 2014 168,331.32 11,485,150.06 I01 141 I010801010902 Becas de apoyo a la educación FORTAMUN 2014 235,090.26 I01 141 I010802020101 Servicios culturales 5,483,437.53 I01 141 I010802020101 Servicios culturales FORTAMUN 2014 500,137.20 I01 107 I011003020101 Mejoramiento a la vivienda 1,666,338.09 I01 107 I011003020101 Mejoramiento a la vivienda FISM 2012 61,820.00 I01 107 I011003020101 Mejoramiento a la vivienda FISM 2013 2,655,590.00 I01 107 I011003020101 Mejoramiento a la vivienda FISM 2014 12,500,000.00 I01 107 I011003020101 Mejoramiento a la vivienda FORTAMUN 2014 177,962.94 I01 107 I011003020101 Mejoramiento a la vivienda PROGRAMA DE AHORRO, SUBSIDIO Y CRÉDITO PARA 7,142,587.00 LA VIVIENDA "TU CASA" TOTAL 83,470,742.93 J00 144 J000501030301 J00 144 J000501030301 J00 144 J000501030302 J00 144 J000501030302 DIRECCION DE GOBIERNO Y OTRAS AUTORIDADES AUXILIARES Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Coordinación y seguimiento de las políticas gubernamentales Apoyo y asesoría para la conducción de las políticas gubernamentales Apoyo y asesoría para la conducción de las políticas gubernamentales J00 111 J000505020102 Participación ciudadana 29,106,577.17 FORTAMUN 2014 2,750,942.43 10,668,012.77 FORTAMUN 2014 590,453.37 8,476,732.27 J00 111 J000505020102 Participación ciudadana FORTAMUN 2014 842,217.84 J00 112 J000505020102 Participación ciudadana 9,760,408.06 J00 112 J000505020102 Participación ciudadana FORTAMUN 2014 1,023,352.65 J00 144 J000505020102 Participación ciudadana 10,199,030.75 J00 144 J000505020102 Participación ciudadana FORTAMUN 2014 916,393.86 TOTAL 74,334,121.17 K00 134 K000501020101 K00 134 K000501020101 K00 135 K000501020101 K00 135 K000501020101 K00 136 K000501020101 K00 136 K000501020101 K00 138 K000501020101 CONTRALORÍA MUNICIPAL Fiscalización, control y evaluación de la gestión pública Fiscalización, control y evaluación de la gestión pública Fiscalización, control y evaluación de la gestión pública Fiscalización, control y evaluación de la gestión pública Fiscalización, control y evaluación de la gestión pública Fiscalización, control y evaluación de la gestión pública Fiscalización, control y evaluación de la gestión pública 5,531,322.72 FORTAMUN 2014 540,857.16 1,272,139.16 FORTAMUN 2014 126,072.54 5,493,214.45 FORTAMUN 2014 423,692.28 5,425,843.18 K00 138 K000501020101 Fiscalización, control y evaluación de la FORTAMUN 2014 535,645.71 19

K00 139 K000501020102 K00 139 K000501020102 gestión pública Participación social en la formulación, seguimiento, control y evaluación de obras, programas y servicios 1,721,498.04 Participación social en la formulación, seguimiento, control y evaluación de obras, FORTAMUN 2014 167,238.27 programas y servicios TOTAL 21,237,523.51 TESORERÍA MUNICIPAL L00 116 L000503010202 seguimiento y control presupuestal 11,047,140.46 L00 116 L000503010202 seguimiento y control presupuestal FORTAMUN 2014 983,129.13 L00 118 L000503010303 Información Catastral 16,512,644.39 L00 118 L000503010303 Información Catastral FORTAMUN 2014 1,360,934.28 L00 115 L000601020101 Captación y Recaudación de Impuestos 158,710,127.89 L00 115 L000601020101 Captación y Recaudación de Impuestos FORTAMUN 2014 2,474,058.06 L00 119 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería 9,872,775.20 L00 119 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería FORTAMUN 2014 880,728.21 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería 260,020,557.03 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería GIS 2011 1,561,535.39 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería FEFOM 2013 4,215.00 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería GIS 2014 8,312,607.00 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería FORTAMUN 2013 19,450,784.00 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería FORTAMUN 2014 71,551,660.85 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería PROGRAMA HABITAT 403,087.00 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS 425,179.00 15,627.00 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería SUBSEMUN 272,465.00 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería CONADE 44,537.00 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería CONACULTA 10,389.00 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería OTROS FEDERALES 988,789.10 L00 137 L000601020401 Registro y Control de Caja y Tesorería DE OTROS FONDOS 11,826.00 Y CONVENIOS TOTAL 564,914,795.99 M00 155 M000101010101 M00 155 M000101010101 M00 108 M000301010305 M00 108 M000301010305 M00 155 M000301010305 M00 155 M000301010305 M00 108 M000401010101 M00 108 M000401010101 CONSEJERIA JURIDICA Revisión y expedición de la reglamentación municipal Revisión y expedición de la reglamentación municipal Procuración y defensa de los derechos e intereses municipales Procuración y defensa de los derechos e intereses municipales Procuración y defensa de los derechos e intereses municipales Procuración y defensa de los derechos e intereses municipales Vigilancia para la seguridad y prevención del delito Vigilancia para la seguridad y prevención del delito M00 109 M000502010301 Actualización del registro civil 1,969,158.70 FORTAMUN 2014 202,385.97 15,298,915.19 FORTAMUN 2014 1,640,964.78 6,635,267.24 FORTAMUN 2014 682,647.03 2,714,826.55 FORTAMUN 2014 233,115.57 9,961,864.43 M00 109 M000502010301 Actualización del registro civil FORTAMUN 2014 466,401.96 M00 109 M000502010302 Operación registral civil 12,250,561.86 20

M00 109 M000502010302 Operación registral civil FORTAMUN 2014 990,714.42 TOTAL 53,046,823.70 N00 132 N000501010501 N00 132 N000501010501 N00 132 N000501010501 N00 137 N000501010501 N00 137 N000501010501 DIRECCION DE DESARROLLO ECONOMICO Simplificación y modernización de la administración pública (mejora regulatoria y atención empresarial Simplificación y modernización de la administración pública (mejora regulatoria y atención empresarial Simplificación y modernización de la administración pública (mejora regulatoria y atención empresarial Simplificación y modernización de la administración pública (mejora regulatoria y atención empresarial Simplificación y modernización de la administración pública (mejora regulatoria y atención empresarial N00 140 N000901010202 Colocación de trabajadores desempleados 8,697,618.64 FORTAMUN 2014 707,978.79 OTROS FEDERALES 4,000,000.00 10,429,965.06 FORTAMUN 2014 1,006,707.96 1,758,867.90 N00 140 N000901010202 Colocación de trabajadores desempleados FORTAMUN 2014 168,301.71 N00 140 N000901010203 Fomento para el autoempleo N00 131 N000904010103 Fortalecimiento a la competitividad 17,200.00 4,473,885.49 N00 131 N000904010103 Fortalecimiento a la competitividad FORTAMUN 2014 116,487.72 N00 132 N000904040101 Modernización del comercio tradicional 1,839,341.70 N00 132 N000904040101 Modernización del comercio tradicional FORTAMUN 2014 132,951.42 N00 147 N000904040101 Modernización del comercio tradicional 14,656,298.62 N00 147 N000904040101 Modernización del comercio tradicional FORTAMUN 2014 1,322,025.75 N01 146 N010702010206 Riesgo y control sanitario 8,850,844.50 N01 146 N010702010206 Riesgo y control sanitario FORTAMUN 2014 747,250.02 N01 130 N010903010301 Apoyos especiales productores agrícolas 15,341,019.40 N01 130 N010903010301 Apoyos especiales productores agrícolas FORTAMUN 2014 471,620.34 N01 130 N010903030105 Desarrollo de capacidades pecuarias 835,942.30 N01 130 N010903030105 Desarrollo de capacidades pecuarias FORTAMUN 2014 74,339.64 TOTAL 75,648,646.96 N00 131 N000904010102 N00 131 N000904010102 N00 132 N000904010102 N00 132 N000904010102 N00 137 N000904010102 N00 137 N000904010102 INSTITUTO MUNICIPAL DEL EMPRENDEDOR TOLUQUEÑO Fortalecimiento a la pequeña y mediana industria Fortalecimiento a la pequeña y mediana industria Fortalecimiento a la pequeña y mediana industria Fortalecimiento a la pequeña y mediana industria Fortalecimiento a la pequeña y mediana industria Fortalecimiento a la pequeña y mediana industria 1,403,589.60 FORTAMUN 2014 102,442.41 1,104,679.94 FORTAMUN 2014 97,147.17 3,990,928.04 FORTAMUN 2014 85,473.36 N00 132 N000904010103 Fortalecimiento a la competitividad 841,289.65 N00 132 N000904010103 Fortalecimiento a la competitividad FORTAMUN 2014 91,711.35 TOTAL 7,717,261.52 INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA Y ARTE O00 150 O000802020101 Servicios culturales 40,966,949.51 O00 150 O000802020101 Servicios culturales FORTAMUN 2014 4,174,806.69 O00 150 O000802020102 Difusión de la cultura 3,138,278.75 O00 150 O000802020102 Difusión de la cultura FORTAMUN 2014 82,950.57 O00 150 O000802020201 Conservación, restauración y difusión del patrimonio cultural 8,652,683.61 21

O00 150 O000802020201 O00 133 O000905010102 Conservación, restauración y difusión del patrimonio cultural Organización, Capacitación y Asesoría Financiera O00 149 O000905020101 Promoción e Información Turística FORTAMUN 2014 238,246.02 167,000.00 2,798,313.52 O00 149 O000905020202 Proyectos de Inversión Turística 454,405.98 TOTAL 60,673,634.65 Q00 104 Q000401010101 Q00 104 Q000401010101 Q00 104 Q000401010101 Q00 104 Q000401010101 Q00 104 Q000401010101 Q00 104 Q000401010101 Q00 104 Q000401010101 Q00 104 Q000401010101 Q00 104 Q000401010102 Q00 104 Q000401010103 Q00 104 Q000401010103 SEGURIDAD PUBLICA Y VIAL Vigilancia para la seguridad y prevención del delito Vigilancia para la seguridad y prevención del delito Vigilancia para la seguridad y prevención del delito Vigilancia para la seguridad y prevención del delito Vigilancia para la seguridad y prevención del delito Vigilancia para la seguridad y prevención del delito Vigilancia para la seguridad y prevención del delito Vigilancia para la seguridad y prevención del delito Sistema de Información, comunicación y tecnologías para la seguridad pública Formación profesionalización especializada a servidores públicos d instituciones de seguridad pública Formación profesionalización especializada a servidores públicos d instituciones de seguridad pública Q00 112 Q000401010201 Vinculación, prevención y denuncia social Q00 154 Q000401010303 Educación vial 64,653,048.89 FASP 6,126,224.00 FORTAMUN 2000 194.00 FORTAMUN 2001 36,527.00 FORTAMUN 2011 5,100,439.00 FORTAMUN 2012 2,095,520.00 FORTAMUN 2014 223,316,925.81 SUBSEMUN 21,368,811.40 264,500.00 2,605,528.73 FORTAMUN 2014 228,299.22 182,358.00 1,659,282.63 Q00 154 Q000401010303 Educación vial FORTAMUN 2014 160,414.20 Q00 154 Q000401010304 Q00 154 Q000401010304 Mantenimiento y dispositivos para el control del tránsito y orden vial Mantenimiento y dispositivos para el control del tránsito y orden vial Q00 104 Q000401010501 Infraestructura para la seguridad publica 53,030,762.19 FORTAMUN 2014 5,249,601.90 11,361,521.71 Q00 104 Q000401010501 Infraestructura para la seguridad publica FORTAMUN 2014 440,134.29 Q00 155 Q000502010102 Asesoría jurídica 3,131,670.04 Q00 155 Q000502010102 Asesoría jurídica FORTAMUN 2014 262,791.63 TOTAL 401,274,554.64 GLOSARIO: FORTAMUN.- FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS. FISM.- FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL PAGIM.- PROGRAMA DE APOYO AL GASTO DE INVERSIÓN DE LOS MUNICIPIOS FEFOM.- PROGRAMA DE APOYO AL GASTO DE INVERSIÓN DE LOS MUNICIPIOS GIS: GASTO DE INVERSIÓN SECTORIAL CONACULTA.- CONSEJO NACIONAL DE CULTURA Y ARTES SUBSEMUN.- SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD EN LOS MUNICIPIOS CONADE.- COMISIÓN NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE FASP.- FONDO DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA NOTA: Glosario de cuentas generales; cuentas auxiliares y fuentes de financiamiento disponible en el anexo 13 22

Artículo 16. La clasificación programática por objeto del gasto del presupuesto de egresos del Municipio de Toluca incorpora los programas de los entes públicos y Gobierno central desglosados de la siguiente forma: Artículo 17. Los programas con recursos concurrentes provenientes de transferencias federales, estatales e ingresos propios pueden analizarse la tabla CLASIFICACIÓN PROGRAMÁTICA, FUENTE DE FINANCIAMIENTO, DEPENDENCIA EJECUTORA, 2014. Artículo 18.- El municipio de Toluca opera para 2014 un fideicomiso para el fomento turístico y cultural del municipio, por un monto de cinco millones de pesos con la finalidad de dar a conocer los atractivos turísticos y culturales del municipio entre las que destaca la Feria del Alfeñique, que se lleva a cabo en los festejos de día de muertos. Artículo 19.- El ayuntamiento contempla un monto de 369, 264,181.82 para apoyar mediante aportaciones y subsidios a la sociedad civil, a sus entidades descentralizadas, bonificaciones y exenciones en materia fiscal, entidades sin fines de lucro y actividades altruistas, al sector educativo, entre otros beneficiados. A entidades sin fines de lucro u organismos de la sociedad civil para el ejercicio fiscal 2014, que cumplan con apoyo comunitario, humanista, cultural o altruista. 23

Artículo 20.- Las erogaciones previstas para los Subsidios, Subvenciones y Ayudas Sociales se distribuyen conforme a lo previsto en la siguiente tabla: Artículo 21.- Las previsiones para atender desastres naturales y otros siniestros se asignaron a la Secretaría del Ayuntamiento, con un presupuesto inicial de 2, 500,000.00, los cuales podrán ser ampliados dependiendo del grado del siniestro o desastre. Partida Asignación Destinatario Procedencia del recurso Ayudas por Desastres Naturales y Otros Siniestros 2,500,000.00 Sociedad civil Recursos propios Artículo 22.-La Administración Pública Municipal de Toluca podrá reducir, suspender o terminar las transferencias y subsidios cuando: I. Las entidades a las que se les otorguen cuenten con autosuficiencia financiera; II. Las transferencias ya no cumplan con el objetivo de su otorgamiento; III. Las entidades y/o beneficiarios no remitan la documentación referente a la aplicación de estas transferencias; y IV. No existan las condiciones presupuestales para seguir otorgándolas. 24

Artículo 23.- El gasto previsto para prestaciones sindicales importa la cantidad de 17, 625,875.16 y se distribuye de la siguiente manera: Concepto Monto Pago de licencia de manejo 64,859.04 Pago de prótesis 277,479.00 Canasta de maternidad 12,563.04 Apoyo Estancia Infantil 252,902.04 Apoyo útiles escolares 1,544,648.00 Apoyo Ceneval 5,607.00 Pago de tesis 10,350.00 Apoyo aguinaldo 6,038,674.64 Apoyo prima 1,614,965.36 Despensa de fin de año 1,255,823.00 135 Electrodomésticos 229,267.00 1 de Mayo 1,717,569.00 Día del Niño 257,887.00 10 de Mayo 207,693.00 Día de la Secretaria 115,718.00 Eventos Recreativos 297,331.00 Actividades Sindicales (SUTEYM) 120,000.00 20 de Noviembre 198,375.00 Fondo de Vivienda 608,350.00 Actividades Sindicales (SUTIC) 26,234.04 Aniversario del Rastro 28,750.00 975 Aportación Estancia Infantil 148,500.00 Seguro de Vida Sindicalizados 2,592,330.00 TOTAL 17,625,875.16 Artículo 24.- Para el año 2014 y 2015 se contempla un proyecto plurianual, que consiste en la rehabilit ción y mod niz ción d l T t o Mo lo icono cultu l de la ciudad, con un presupuesto tripartito, aportado por el Gobierno Federal, El gobierno del Estado de México y el Propio Municipio. También en un proyecto bianual se cont mpl l p oy cto d nomin do Escuela d l D po t qu con t ui á p p p p ci li t n l cultu f ic y deportiva y como centro deportivo en beneficio de los habitantes del Valle de Toluca. Artículo 25.- El capítulo 6000 que incorpora las erogaciones correspondientes a los compromisos plurianuales sujetos a la disponibilidad presupuestaria de los años subsecuentes se asigna como se describe en la siguiente tabla: Nombre Teatro Morelos Escuela del Deporte Recursos Federales Recursos Estatales 2014 2015 Recursos Municipales Inversión 2014 Recursos Federales Recursos Estatales Recursos Municipales Inversión 2015 Inversión Total 24,945,000.00 75,000,000.00 25,000,000.00 124,945,000.00-50,000,000.00 100,000,000.00 150,000,000.00 274,945,000.00-12,000,000.00 8,000,000.00 20,000,000.00 - - 8,000,000.00 8,000,000.00 28,000,000.00 25

Artículo 26.- El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los compromisos derivados de proyectos de infraestructura productiva de largo no aplica para el municipio. Artículo 27.- La asignación presupuestaria para la inversión pública directa para el ejercicio fiscal 2014 es de 690, 968,116.00 Inversión Directa 5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 84,683,599.00 5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN. 19,328,760.00 5200 MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO. 502,599.00 5300 EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO. 46,670.00 5400 VEHÍCULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE. 42,217,451.00 5500 EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD - 5600 MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS. 9,650,683.00 5700 ACTIVOS BIOLÓGICOS - 5800 BIENES INMUEBLES. 2,000,000.00 5900 ACTIVOS INTANGIBLES. 937,436.00 6000 INVERSION PÚBLICA. 606,284,517.00 6100 OBRA PÚBLICA EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO. 606,284,517.00 6200 OBRA PÚBLICA EN BIENES - 6300 PROYECTOS PRODUCTIVOS Y ACCIONES DE FOMENTO - TOTAL 690,968,116.00 Artículo 28.- Las inversiones financieras del municipio de Toluca se limitan a los rendimientos que puedan dar los recursos propios, aportaciones y participaciones mientras se ejercen, por lo cual no existe presupuesto destinado a generar este tipo de rendimiento. Artículo 29.- Las cuentas bancarias productivas se especifican en el Anexo 9 del presente Decreto. 26

CAPÍTULO III De los Servicios Personales Artículo 30.- En el ejercicio fiscal 2014, la Administración Pública Municipal centralizada contará con 5,733 plazas de conformidad con el Anexo 10 de este Decreto. Artículo 31.- Los servidores públicos ocupantes de las plazas a que se refiere el artículo anterior, percibirán las remuneraciones que se determinen en el Tabulador de Sueldos y Salarios contenido en los Anexos 11; sin que el total de erogaciones por servicios exceda de los montos aprobados en este Presupuesto, salvo lo previsto en la Ley de Presupuesto. Artículo 32.- Para el establecimiento y determinación de criterios que regulen los incrementos salariales, la Dirección de Administración u t a lo previsto en las normas y lineamientos en materia de administración, remuneraciones y desarrollo del personal, y cualquier otra incidencia que modifique la relación jurídico-laboral entre el Municipio y sus servidores públicos, incluyendo el control y elaboración de la nómina del personal del Gobierno Municipal. Las Entidades públicas y los sindicatos establecerán conjuntamente los criterios y los períodos para revisar las prestaciones que disfruten los trabajadores. Las condiciones generales de trabajo de cada Entidad pública deberán ser consultadas a la Dirección de Administración. El presupuesto de remuneraciones no tendrá características de techo financiero autorizado, ya que estará en función a la plantilla de personal autorizada y las economías que se generen no estarán sujetas a consideraciones para su ejercicio. Artículo 33.- Con cargo al Ramo de Provisiones Salariales y Económicas, se autorizan 66,735,207 para los trabajos, acciones y actividades asociados al Presidenta Municipal electa, en términos de lo dispuesto en los artículos 48 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y del Bando Municipal 2014, a efecto de llevar a cabo la elaboración y presentación de los proyectos del presupuesto de Ingresos y Presupuesto de Egresos; programas gubernamentales; seguridad pública; trabajos de enlace con la administración saliente; difusión y actividades preparatorias que permitan crear las condiciones propicias para el inicio de su encargo. Artículo 34.- El sistema de seguridad pública municipal comprende un total de 1,169 plazas de policía, mismas que están desglosadas en el Anexo 12 del presente Decreto. La integración del gasto en seguridad púbica es la siguiente: 27

Presupuesto 2014 Integración del Gasto en Seguridad Pública del Municipio de Toluca Concepto Presupuesto 2014 Presupuesto de Egresos Total 3,209,225,188.52 Gasto En Seguridad Pública Total 401,274,554.64 Gasto con Recursos Federales 228,080,715.44 Policías con Recursos Federales 176,929,652.04 Resto del Gasto Federal en Seguridad 51,151,063.40 Gasto con Recursos Estatales 6,126,224.00 Policías con Recursos Estatales - Resto del Gasto Estatal en Seguridad 6,126,224.00 Gasto con Recursos Municipales 167,067,615.20 Policías con Recursos Municipales 117,596,386.61 Resto del Gasto Municipal en Seguridad 49,471,228.59 Gasto con Aportaciones de Terceros - Articulo 35.- las erogaciones al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMYM) por concepto de aportaciones y participaciones, tanto de burocracia como seguridad pública, se desglosan como sigue: FONDO DE PENSIONES 50, 473,027.23 FONDO DE JUBILACION 61, 754,320.14 CAPÍTULO IV De la Deuda Pública Artículo 36.- El saldo neto de la deuda pública del Gobierno Municipal de Toluca es de 205, 603,737.71; conformada por el capital pendiente de devengar y se estima un pago mensual para su amortización y pago de intereses de 3, 796,195.00 para el ejercicio fiscal 2014. # Beneficiario 1 2 3 BBVA Bancomer 2004 Banco Bajío 2008 BBVA Bancomer 2010 Saldo inicial del mes Pasivo Pagos Saldo final Pagados en el mes Intereses Acumulados al mes Cargos a resultados 11,708,466.92 0.00 11,708,466.92 0.00 423,624.00-96,850,821.64 1,175,170.85 95,675,650.79 339,018.22 1,682,645.56-98,269,620.00 0.00 98,269,620.00 0.00 1,689,925.83 - Saldo Total 205,653,737.71 Saldo Total 3,796,195.39 * Cifras al mes de Mayo de 2014 28

Bancomer 2004: Acta de Inscripción: 109-02-C- 004-000-05 Vigencia: 05/12/2005 05/12/2014 Importe del crédito 158,060,000.00 Numero de crédito: 0074800009645721733 Plazo: 120 meses Tipo de instrumento: Contrato de crédito simple TIIE <8% = TASA FIJA DEL 8.27% TIIE>8% = TIIE + 0.45 Sin Garantía Banco Bajío 2008 Acta de Inscripción: 109-02-B- 058-000-08 Vigencia: 01/08/2008 01/07/2019 Importe del crédito: 150,000,000.00 Numero de crédito: 16223-8 Plazo: 132 meses Tipo de instrumento: Contrato de crédito simple TIIE + 0.25 Hasta el 30% de las participaciones federales del Ramo 28 Bancomer 2010 Acta de Inscripción: 109-02-B- 233-000-11 Vigencia: 14/07/2010 22/08/2020 Importe del crédito: 158,000,000.00 Numero de crédito: 0145528291 Plazo: 120 meses Tipo de instrumento: Contrato de crédito simple TIIE + 120 PUNTOS BASE Hasta el 30% de las participaciones federales del Ramo 28 Para el ejercicio fiscal 2014, se estableció una asignación presupuestal de 71 millones pesos que será destinada a la amortización de capital en deuda pública y al pago de sus intereses. La composición de dicha asignación será ejercida de la siguiente forma: PRESUPUESTO DE LA DEUDA PÚBLICA 2014. Descripción Total Primer Cuatrimestre Segundo Cuatrimestre Tercer Cuatrimestre Amortización de la 54,650,000.00 22,701,712.00 15,892,975.00 16,055,313.00 Deuda Intereses de la Deuda 16,350,000.00 5,809,679.00 5,461,629.00 5,078,692.00 Pública Total 71,000,000.00 28,511,391.00 21,354,604.00 21,134,005.00 Artículo 37.- Dentro del mismo capítulo correspondiente a Deuda Pública se determina un saldo al 31 de mayo del 2014, por un importe de 32, 203,153.53 29

pesos, para el concepto denominado Adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS). Artículo 38.- El monto establecido como tope de deuda pública que el municipio de Toluca puede contratar durante el ejercicio fiscal 2014 no podrá exceder el monto de 232, 201,508.43 (Art. 271 del Código Financiero del Estado de México y sus Municipios). Artículo 39.- Las Dependencias y Entidades deberán registrar ante la Tesorería Municipal, todas las operaciones que involucren compromisos financieros con recursos públicos municipales, los cuales solo se podrán erogar si se encuentran autorizados en el presupuesto respectivo. TÍTULO SEGUNDO DE LOS FEDERALES CAPÍTULO ÚNICO De los recursos federales transferidos al Municipio Artículo 40.- El Presupuesto de Egresos del Municipio de Toluca se ejecutara aplicando 740,829,888.00 provenientes de ingresos propio y 1, 904,229.00 pesos provenientes de convenios, gasto federalizado y del Estado de México, complementado por otros remantes de ejercicios de años anteriores. Impuestos 524,821,524.00 Contribuciones a mejoras 5,000,000.00 Derechos 172,473,310.00 Productos de tipo corriente 21,776,253.00 Aprovechamientos 16,758,801.00 INGRESOS 740,829,888.00 Participaciones 1,076,742,132.39 Aportaciones 824,693,663.79 Convenios 2,793,617.00 Transferencias, asignaciones subsidios y ayudas PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 1,904,229,413.18 Intereses ganados de valores, créditos, bonos y otros 27,887,588.00 Otros ingresos y beneficios varios 536,278,300.00 Ingresos por financiamiento Otros ingresos y beneficios varios OTROS INGRESOS Y FINANCIAMIENTO 564,165,888.00 Presupuesto de Ingresos 2014 3,209,225,189.18 30

Las ministraciones de recursos federales a que se refiere este artículo, se realizarán de conformidad con las disposiciones aplicables y los calendarios de gasto correspondientes. En el caso de los programas que prevean la aportación de recursos federales y estatales, para ser ejercidos de manera concurrente con recursos municipales, el Gobierno Municipal deberá de realizar su aportación a más tardar el 31 de diciembre; Los recursos federales deberán ser ministrados de acuerdo al calendario establecido por la Ley de Coordinación Fiscal. Cumplido el plazo a que se refiere el párrafo anterior sin que se haya realizado la aportación de recursos municipales, el Gobierno Municipal, a través de la Tesorería Municipal, en casos debidamente justificados, podrán solicitar a la dependencia o entidad correspondiente una prórroga hasta por el mismo plazo a que se refiere el párrafo anterior. Articulo 40 A.- La Administración Municipal de Toluca no pretende contratar créditos de largo o mediano plazo, sin embargo para el mes de octubre posiblemente se requiera un crédito de corto plazo (empréstito) para financiar obras de alumbrado público y obras para el Centro Histórico de Toluca, con BANOMBRAS por 35 millones de pesos, mismos que serán cubiertos antes de que termine la administración municipal, cuyos interés serán preferentes. Articulo 40 B.- la administración municipal de Toluca devenga sus ingresos a través de los estipulado en artículo primero de la ley de ingresos de los Municipios del Estado de México, los cuales se desglosan en al anexo 14, en impuestos, derechos, aprovechamientos, cuotas, subsidios, aportaciones a mejoras, participaciones, aportaciones, productos y otros ingresos. Artículo 41.- Las dependencias y entidades federales sólo podrán transferir recursos federales al Municipio, a través de la Tesorería Municipal, salvo en el caso de ministraciones relacionadas con obligaciones del Municipio que estén garantizadas con la afectación de sus participaciones o aportaciones federales, en términos de lo dispuesto en los artículos 9, 50 y 51 de la Ley de Coordinación Fiscal y los casos previstos en las disposiciones legales aplicables. Artículo 42.- Las dependencias, entidades y organismos autónomos en el ejercicio de los recursos que les sean transferidos a través del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, se sujetarán a las disposiciones en materia de información, rendición de cuentas, transparencia y evaluación establecidas en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 48 y 49, fracción V, de la Ley de Coordinación Fiscal, 85 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y Normal y el Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud. 31

Artículo 43.- Las asignaciones previstas para el Municipio Toluca importan la cantidad de 1, 076, 742,132.39 pesos y se desglosan a continuación: CUENTA CONCEPTO PROYECTO 2014 8110 4211 Participaciones 1,076,742,132.39 8110 4211 01 01 01 Fondo General de Participaciones 647,938,497.00 8110 4211 01 01 02 Fondo de Fomento Municipal 83,370,644.00 8110 4211 01 01 03 Fondo de Fiscalización 151,794,535.00 8110 4211 01 01 04 Correspondientes al Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios 12,902,679.00 8110 4211 01 01 05 Correspondientes al Impuesto Sobre Automóviles Nuevos 26,251,580.00 8110 4211 01 01 06 Correspondientes al Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos 592,283.00 8110 4211 01 01 07 Correspondientes al Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos - 8110 4211 01 01 08 Las Derivadas de la Aplicación del Artículo 4-A de la Ley de Coordinación Fiscal 14,978,995.00 8110 4211 01 01 09 Del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos Automotores 22,166,812.00 8110 4211 01 01 10 Del Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Usados 1,408,562.00 8110 4211 01 01 11 Del Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos y Juegos permitidos con cruce de apuestas 2,199,125.00 8110 4211 01 01 12 Del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal - 8110 4211 01 01 13 Las Demás Derivadas de la Aplicación del Título Séptimo del Código Financiero para el Estado de México y Municipios, así como de los Convenios, Acuerdos o Declaratorios que al efecto se celebren o - realicen 8110 4211 01 01 14 Programa para el Desarrollo ( PAD) 30,312,607.26 8110 4211 01 01 15 Fondo Estatal de Fortalecimiento Municipal (FEFOM) 49,375,111.00 8110 4211 01 01 16 Remanentes Programa Para el Desarrollo (PAD) 1,561,535.74 8110 4211 01 01 17 Remanentes Fondo Estatal de Fortalecimiento Municipal (FEFOM) 25,616,246.39 8110 4211 01 01 18 Otros Recursos Estatales 6,272,920.00 Artículo 44.- Las Aportaciones de la Federación al Municipio importan 824, 693,633.79 y se desglosan a continuación: CUENTA CONCEPTO PROYECTO 2014 8110 4212 Aportaciones 824,693,663.79 8110 4212 01 02 01 Fondo De Infraestructura Social Municipal (Fism) 87,931,872.75 8110 4212 01 02 02 Fondo de Aportaciones Para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito 434,425,121.56 Federal (Fortamun) 8110 4212 01 02 03 Remanentes de Ramo 33 153,215,807.62 8110 4212 01 02 04 Excedentes Petroleros - 8110 4212 01 02 05 Ramo 23-8110 4212 01 02 06 Subsemun 21,368,812.00 8110 4212 01 02 07 Remanentes Otros Recursos Federales 33,609,462.86 8110 4212 01 02 08 Otros Recursos Federales(fopaedem) 94,142,587.00 8110 4213 01 03 Convenios 2,793,617.00 8110 4213 01 03 01 *Multas Federales no Fiscales 2,793,617.00 8110 4213 01 03 02 Convenios de Tránsito Estatal con Municipios - 32

Artículo 45.- La aplicación, destino y distribución estimada de los fondos de recursos federalizados provenientes del Ramo 33 se desglosa de la siguiente manera: DEPENDENCIA/PROGRAMA PRESUPUESTO 2014 1 DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN URBANA Y OBRAS PÚBLICAS 71,673,236.00 OBRA PÚBLICA 65,567,372.00 HABITAT 4,247,949.00 3% GASTOS INDIRECTOS 1,857,915.00 2 DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL 14,500,000.00 OBRAS Y ACCIONES QUE CUMPLAN CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 33 DE LA LEY DE COORDINACION FISCAL 12,000,000.00 APORTACION MUNICIPAL PARA EL PROGRAMA "TU CASA" 2014 2,500,000.00 3 SECRETARÍA TÉCNICA 1,758,637.00 2% DESARROLLO INSTITUCIONAL 1,758,637.00 TOTAL: 87,931,873.00 NO. CONCEPTO PRESUPUESTO 2014 1 INFRAESTRUCTURA EN OBRA 71,673,235.75 2 PROGRAMAS DESARROLLO SOCIAL 14,500,000.00 3 2% DESARROLLO INSTITUCIONAL 1,758,637.00 TOTAL: 87,931,872.75 1 INFRAESTRUCTURA EN OBRA 71,673,235.75 OBRA PUBLICA 65,567,371.75 HABITAT (APORTACION MUNICIPAL) 4,247,949.00 3% GASTOS INDIRECTOS 1,857,915.00 2 PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL 14,500,000.00 OBRAS Y ACCIONES QUE CUMPLAN CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTI. 33 DE LA LEY DE COORDINACION FISCAL 12,000,000.00 APORTACIÓN MUNICIPAL PARA EL PROGRAMA "TU CASA" 2014 2,500,000.00 3 SECRETARIA TÉCNICA 1,758,637.00 2% DESARROLLO INSTITUCIONAL 1,758,637.00 TOTAL: 87,931,872.75 FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIO Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL 2014 Ramo33 NO. CONCEPTO MONTO % 1 DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PUBLICA Y VIAL 199,479,223 46% 2 APORTACIONES AL ISSEMYM 118,945,898 27% 3 SANEAMIENTO FINANCIERO 71,000,000 16% 4 DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y MEDIO AMBIENTE 40,500,000 9% 5 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN URBANA Y OBRAS PUBLICAS 4,500,000 1% TOTAL: 434,425,121 100% 1 DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PUBLICA Y VIAL 199,479,223 PAGO DE NÓMINA PERSONAL OPERATIVO DE SEGURIDAD PUBLICA 176,929,652 PAGO DE COMBUSTIBLE VEHÍCULOS OPERATIVOS DE SEGURIDAD PÚBLICA, PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS 20,000,000 33

REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS OPERATIVOS DE SEGURIDAD PÚBLICA 2,549,571 2 APORTACIONES AL ISSEMYM 118,945,898 PAGO DE APORTACIONES AL ISSEMYM (9 MESES) 118,945,898 3 SANEAMIENTO FINANCIERO 71,000,000 PAGO DE DEUDA 71,000,000 4 DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y MEDIO AMBIENTE 40,500,000 RECOLECCIÓN, TRANSPORTACIÓN Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS 40,500,000 5 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN URBANA Y OBRAS PÚBLICAS 4,500,000 CABLEADO SUBTERRANEO(SEMAFORIZACIÓN) 4,500,000 Artículo 46.- El Municipio a través de la Dirección de Servicios Públicos y Medio Ambiente destina un presupuesto de 73, 366,665.60 a los proyectos de infraestructura ecológica. Artículo 47.- El Subsidio para la Seguridad Pública en el Municipio, SUBSEMUN, importa 21, 368,812.00 para el ejercicio fiscal 2014. TÍTULO TERCERO DE LA DISCIPLINA PRESUPUESTARIA EN EL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 48.- El ejercicio del gasto público deberá sujetarse estrictamente a las disposiciones previstas en el presupuesto de ingresos y egresos autorizado, las que emita la Tesorería Municipal y la Unidad de Información, Planeación Programación y Evaluación (UIPPE) y el propio ayuntamiento; en el ámbito de la Administración Pública Municipal de los organismo descentralizados emitirán las disposiciones correspondientes a su autonomía financiera y patrimonial. Artículo 49.- La Tesorería Municipal y UIPPE emitirán en su caso las Reglas para la Racionalización del Gasto Público a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal. Artículo 50.- Las dependencias y entidades sin exceder sus presupuestos autorizados, responderán de las cargas financieras que se causen en el ejercicio de sus funciones. Artículo 51.- La Tesorería Municipal y la UIPPE, analizando los objetivos y la situación de las finanzas públicas, podrán autorizar compensaciones presupuestarias entre dependencias y entidades, y entre estas últimas, correspondientes a sus ingresos y egresos, cuando las mismas cubran obligaciones entre sí derivadas de variaciones respecto al presupuesto de Ingresos del Municipio para el Ejercicio Fiscal de 2014 y este Presupuesto de Egresos en los 34

precios y volúmenes de los bienes y servicios adquiridos por las mismas, siempre y cuando el importe del pago con cargo al presupuesto del deudor sea igual al ingreso que se registre en el presupuesto de Ingresos del Municipio para el Ejercicio Fiscal de 2014 o, en su caso, que dicho importe no pueda cubrirse con ingresos adicionales de la entidad a consecuencia del otorgamiento de subsidios en los precios de los bienes o servicios por parte de la entidad deudora. CAPÍTULO II De la Racionalidad, Eficiencia, Eficacia, Economía, Transparencia y Honradez en el Ejercicio del Gasto Artículo 52.- Las dependencias sólo podrán modificar sus estructuras orgánicas y laborales aprobadas para el ejercicio fiscal 2014, previa autorización de la Presidenta Municipal y el Cabildo, de conformidad con las normas aplicables, siempre y cuando cuenten con los recursos presupuestarios suficientes. Artículo 53.- La Tesorería Municipal podrá entregar adelantos de participaciones, previa petición que por escrito haga el titular de la dependencia o entidad al Tesorero y la UIPPE, siempre que el primero cuente con la aprobación del Cabildo y de la Presidenta Municipal. También podrá hacerlo con respecto a las entidades y organismos autónomos, a cuenta de las transferencias presupuestales que les correspondan, previa petición que por escrito le presenten el titular de la Tesorería y de la UIPPE. La Tesorería Municipal podrá autorizar o negar las peticiones a que se refiere el párrafo anterior, en función de la situación de las finanzas públicas del Gobierno del Municipio y del resultado que arroje el análisis practicado a la capacidad financiera de la dependencia, entidad u organismo solicitante. Artículo 54.-Los viáticos y gastos de traslado para el personal adscrito a las dependencias deberán ser autorizados por los titulares de las mismas, previa valoración y conveniencia de la comisión que motiva la necesidad de traslado y/o asistencia del o los servidores públicos, debiéndose ajustar al tabulador aprobado por la Tesorería. Artículo 55.- Se autoriza a la Tesorería a pagar, con la sola presentación de los comprobantes respectivos, las obligaciones derivadas de servicios prestados a las dependencias por los siguientes conceptos: I. Arrendamiento, siempre y cuando exista contrato debidamente suscrito; II. Servicios de correspondencia postal y telegráfica, como mensajería; III. Servicio telefónico e Internet; IV. Suministro de energía eléctrica; V. Suministro y servicios de agua; otros irreductibles. 35

Artículo 56.- Sólo se podrá constituir o incrementar el patrimonio de fideicomisos con recursos públicos y participar en el capital social de las empresas, con autorización del Presidente Municipal o Cabildo, emitida por la Tesorería Municipal en los términos de las disposiciones aplicables. Artículo 57.- Tratándose de recursos federales o estatales cuyo destino sea su transmisión al patrimonio fideicomisito, el procedimiento respectivo se realizará por conducto de la dependencia fideicomitente. Artículo 58.- En aquellos fideicomisos en los que se involucren recursos públicos municipales, se deberá establecer una subcuenta específica, con el objeto de diferenciarlos del resto de las demás aportaciones. La Tesorería Municipal llevará el registro y control de los fideicomisos en los que participe el Gobierno Municipal. Los fideicomisos, a través de su Comité Técnico, deberán informar a la Tesorería Municipal, el saldo de la subcuenta a que se refiere el párrafo anterior. Adicionalmente, la Tesorería podrá solicitarles con la periodicidad que determine y bajo el plazo que establezca, la información jurídica, patrimonial o financiera que requiera, en los términos y condiciones de las disposiciones aplicables. En los contratos respectivos deberá pactarse expresamente tal previsión. En caso de que exista compromiso de los particulares con el Gobierno Municipal para otorgar sumas de recursos al patrimonio del fideicomiso y aquéllos incumplan con la aportación de dichos recursos, con las reglas de operación del fideicomiso o del programa correspondiente, el Gobierno Municipal, por conducto de la dependencia o entidad que coordine la operación del fideicomiso, podrá suspender las aportaciones subsecuentes. Artículo 59.- Se prohíbe la celebración de fideicomisos, mandatos o contratos análogos, que tengan como propósito eludir la anualidad de este Presupuesto. Artículo 60.- El Cabildo, por conducto de la Tesorería Municipal, autorizará la ministración, reducción, suspensión y en su caso, terminación de las transferencias y subsidios que con cargo al Presupuesto se prevén en este Decreto. Artículo 61.- Los titulares de las entidades a los que se autorice la asignación de transferencias y subsidios con cargo al Presupuesto, serán responsables de su correcta aplicación conforme a lo establecido en este Presupuesto y las demás disposiciones aplicables. Artículo 62.- La Tesorería Municipal podrá emitir durante el ejercicio fiscal, disposiciones sobre la operación, evaluación y ejercicio del gasto relacionado con el otorgamiento y aplicación de las transferencias y subsidios a que se refiere el artículo anterior. Artículo 63.-Las erogaciones por concepto de transferencias y subsidios con cargo al Presupuesto, se sujetarán a los objetivos y las metas de los programas que 36

realizan las entidades y a las necesidades de planeación y administración financiera del Gobierno Municipal, apegándose además a los siguientes criterios: I. Se requerirá la autorización previa y por escrito de la Tesorería Municipal y la UIPPE para otorgar transferencias que pretendan destinarse a inversiones financieras; y, II. Se considerarán preferenciales las transferencias destinadas a las entidades cuya función esté orientada a: la prestación de servicios educativos, servicios públicos, al desarrollo social y a la formación de capital en las ramas y sectores básicos de la economía, la promoción del desarrollo de la ciencia y la tecnología. Artículo 64.- Cuando la Tesorería Municipal disponga durante el ejercicio fiscal de recursos económicos excedentes derivados del superávit presupuestal de los ingresos recaudados respecto de los ingresos estimados, el Presidente Municipal/Cabildo podrá aplicarlos a programas y proyectos a cargo del Gobierno del Municipio, así como para fortalecer las reservas actuariales para el pago de pensiones de los servidores públicos o al saneamiento financiero u otras prioridades de la Administración Municipal. T tándo d cu o c d nt d o ig n f d l l d tino n qu án d mpl á el previsto en la normatividad federal aplicable. Los recursos excedentes derivados de dicho superávit presupuestal se considerarán de ampliación automática. Artículo 65.- La Tesorería Municipal podrá emitir durante el ejercicio fiscal, disposiciones sobre la operación, evaluación y ejercicio del gasto de las economías presupuestarias del Ejercicio Fiscal. Los ahorros o economías presupuestarias que se obtengan podrán reasignarse cuando ocurran a proyectos sustantivos de las dependencias o entidades públicas municipales, siempre y cuando correspondan a las prioridades establecidas en sus programas, cuenten con la aprobación de la Tesorería Municipal y la UIPPE, y se apeguen de acuerdo a su naturaleza, preferentemente a obras o acciones contempladas en este Presupuesto y a los proyectos de inversión pública. Artículo 66.- En el ejercicio del Presupuesto de Egresos, las dependencias y entidades se sujetarán a la calendarización que determine y les dé a conocer la Tesorería Municipal, la cual será congruente con los flujos de ingresos. Asimismo, las dependencias y entidades proporcionarán a dicha Tesorería, la información presupuestal y financiera que se les requiera, de conformidad con las disposiciones en vigor. Artículo 67.- Los recursos correspondientes a los subejercicios que no sean subsanados serán reasignados a los programas sociales y de inversión en 37

infraestructura u otras necesidades de la Administración Pública. Al efecto, la Tesorería Municipal y la UIPPE informaran al Cabildo, sobre dichos subejercicios. Si los subejercicios no hubieran sido subsanados, la Tesorería Municipal informará a la UIPPE y a la Contraloría Municipal sobre dichos subejercicios, a fin de que ésta proceda en los términos de la ley. La UIPPE y la Contraloría Municipal, informaran al Cabildo y/o al Órgano de Superior de Fiscalización del Estado de México sobre las denuncias y las acciones realizadas en contra de los servidores públicos responsables. Artículo 68.- El Cabildo, los órganos jurisdiccionales, los organismos autónomos, así como las dependencias y entidades deberán sujetarse a los montos autorizados en este presupuesto, salvo que se autoricen adecuaciones presupuestales en los términos de este Decreto y de la Ley de Presupuesto y Gasto Público para los Municipios del Estado de México; por consiguiente, no deberán adquirir compromisos distintos a los estipulados en el presupuesto aprobado. Artículo 69.- En caso de que durante el ejercicio fiscal exista un déficit en el ingreso recaudado previsto en el presupuesto de Ingresos del Municipio de Toluca, la Presidenta Municipal, por conducto de la Tesorería Municipal, podrá aplicar las siguientes normas de disciplina presupuestaria: I. La disminución del ingreso recaudado de alguno de los rubros estimados en la Ley de Ingresos del Municipio, podrá compensarse con el incremento que, en su caso, observen otros rubros de ingresos, salvo en el caso en que éstos últimos tengan un destino específico por disposición expresa de leyes de carácter fiscal o conforme a éstas, se cuente con autorización de la Tesorería Municipal p utiliz n un fin p c fico como tratándose de ingresos propios de las entidades; II. En caso de que no pueda realizarse la compensación para mantener la relación de ingresos y gastos aprobados o ésta resulte insuficiente, se procederá a la reducción de los montos aprobados en el Presupuesto de Egresos destinados a las dependencias, entidades y programas, conforme el orden siguiente: a) Los gastos de comunicación social y de representación; b) El gasto administrativo no vinculado directamente a la atención de la población; c) El gasto en servicios personales, prioritariamente las erogaciones por concepto de percepciones extraordinarias; y d) Los ahorros y economías presupuestarios que se determinen con base en los calendarios de presupuesto autorizados a las dependencias y entidades; y 38

III. En caso de que los ajustes anteriores no sean factibles o suficientes para compensar la disminución del ingreso recaudado, podrán realizarse ajustes en otros conceptos de gasto, incluidas las transferencias a otros entes públicos y a los organismos autónomos, siempre y cuando se procure no afectar los programas sociales. En su caso, el Cabildo, y los organismos descentralizados deberán emitir sus propias normas de disciplina presupuestaria. Artículo 70.- En apego a lo previsto en el Capítulo III del Libro Decimosegundo del Código Administrativo del Estado de México y sus Municipios, bajo su responsabilidad, podrán contratar obras públicas y servicios, mediante los procedimientos que a continuación se señalan: I. Licitación pública; II. Invitación a cuando menos tres personas; o III. Adjudicación directa. En los procedimientos de contratación deberán establecerse los mismos requisitos y condiciones para todos los participantes, especialmente por lo que se refiere a tiempo y lugar de entrega, plazos de ejecución, normalización aplicable en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, forma y tiempo de pago, penas convencionales, anticipos y garantías, debiendo las dependencias y entidades proporcionar a todos los interesados igual acceso a la información relacionada con dichos procedimientos, a fin de evitar favorecer a algún participante. La dependencia o entid d d t min contratación. el carácter de los procedimientos de Los montos máximos de contratación de obra pública y servicios serán los siguientes: Modalidad de Contratación En Pesos De Hasta Adjudicación directa 0.01 499,999.99 Invitación a cuando menos tres personas 500,000.00 1,499,999.99 Licitación Pública Mayor a 1,500,000.0 Cuando se ejecuten programas en los que se ejerzan asignaciones presupuestales federales, se deberán apegar a la normatividad aplicable o a la que se pacte en los acuerdos o convenios respectivos. Cuando se aplique la normatividad federal en la contratación de obra pública o servicios relacionados con la misma, financiados con cargo a recursos federales convenidos, se estará al rango que determine dicha normativa, conforme al monto de los recursos recibidos en su totalidad por el Municipio. 39

Artículo 71.- En apego a lo estipulado en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y sus Municipios, las dependencias y entidades podrán convocar, adjudicar o contratar adquisiciones, servicios y arrendamientos solamente cuando se cuente con la autorización global o específica, por parte de la Tesorería Municipal, en su caso, del presupuesto de inversión y de gasto corriente, conforme a los cuales deberán programarse los pagos respectivos. Artículo 72.- Las dependencias y las entidades, bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones, servicios y arrendamientos, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, en estricto apego a lo dispuesto en los artículos 43 a 50 de la Ley de Contracción Publica del Estado de México y sus Municipios. Artículo 73.- Las operaciones de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios que realicen los organismos descentralizados, así como las dependencias y entidades, se realizarán con estricto apego a las disposiciones previstas en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y sus Municipios y su Reglamento. Cuando en las operaciones referidas se ejerzan recursos federales, se deberá estar a la normatividad aplicable o a la que se pacte en los convenios o instrumentos jurídicos respectivos. CAPÍTULO III Sanciones Artículo 74.-Los titulares de los entes públicos, en el ejercicio de sus presupuestos aprobados, sin menoscabo de las responsabilidades y atribuciones que les correspondan, serán directamente responsables de que su aplicación se realice con estricto apego a las leyes correspondientes y a los principios antes mencionados. El incumplimiento de dichas disposiciones será sancionado en los términos de lo establecido en la Ley Estatal/Municipal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás disposiciones aplicables. T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO. El presente documento lo publica la Presidencia Municipal y la Tesorería Municipal de Toluca, bajo la tutela del Ayuntamiento de Toluca, el cual autorizó la difusión del Presupuesto Ciudadano en sesión de cabildo del 28 de agosto del 2014 y aprobado por unanimidad, para ser difundido mediante la página web oficial, la Gaceta Municipal y otros medios que permitan a la población toluqueña conocer en forma sencilla y simple como se obtienen los recursos municipales y como se produce su gasto. 40

ARTÍCULO SEGUNDO. Las Asociaciones Civiles y Sociales incluidas en este Decreto, podrán acceder al recurso presupuestal que se les asigne en el mismo, siempre y cuando se presenten a la Tesorería Municipal, a refrendar la siguiente información: a) Acta constitutiva de la institución, en su caso; b) Constancia de domicilio; c) Documentos de identificación de su representante legal; d) Programa de actividades o petición escrita; e) Informe de aplicación del subsidio o carta de agradecimiento. La dependencia relacionada deberá cerciorarse plenamente de la existencia y funcionalidad de los organismos e instituciones de asistencia precisados en el párrafo anterior. Para tal efecto, podrá retener la aportación de recursos, sea única, inicial o cualquier ministración periódica, hasta en tanto dichos organismos comprueban ante la propia Tesorería su constitución legal, presupuesto y programa de trabajo autorizado por su órgano de administración o similar; así como, la rendición del informe de aplicación del subsidio recibido en el ejercicio 2014, en su caso. ARTÍCULO TERCERO. En cumplimiento a lo dispuesto por la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Gobierno Municipal instrumentará los documentos técnico-normativos que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), conforme a los criterios y términos establecidos para ese fin y los emitidos en el Manual de Contabilidad Gubernamental del Estado de México. ARTÍCULO CUARTO. La información financiera y presupuestal adicional a la contenida en el presente presupuesto, así como la demás que se genere durante el ejercicio fiscal, podrá ser consultada en los reportes emitidos de forma oficial por el Municipio de Toluca, en su gaceta oficial, pagina web y las que por ley está obligada a publicar, incluyendo las solicitudes de trasparencia por SAIMEX e IPOMEX. ARTICULO QUINTO. El Ayuntamiento autoriza al Tesorero Municipal la difusión de este modelo de presupuesto ciudadano, el 29 de agosto del 2014 mediante acuerdo por unanimidad del punto 8.3, bajo la metodología desarrollada por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), quien lo difundirá a través de este presupuesto modelo, micro sitio en la página web oficial y presentación en power point. 41

LIC. MARTHA HILDA GONZÁLEZ CALDERÓN, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE TOLUCA, RÚBRICA. LIC. BRAULIO ANTONIO ÁLVAREZ JASSO, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO RÚBRICA. LIC. DARÍO ALFREDO GÓMEZ BOBADILLA, TESORERO MUNICIPAL RÚBRICA. 42

ANEXOS ANEXO 1. CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL CAPITULO CLASIFICACION PARTIDA GENERICA 1000 PARTIDA ESPECIFICA CONCEPTO PRESUPUESTO DE EGRESOS SERVICIOS PERSONALES 1,391,384,375.99 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER PERMANENTE. 391,296,221.04 Dietas. 2,040,016.08 1110 1100 1111 Dietas. 2,040,016.08 1130 Sueldos base al personal permanente. 389,256,204.96 1131 Sueldo base. 389,256,204.96 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER TRANSITORIO. 9,847,416.84 1200 Honorarios asimilables a salarios. 9,847,416.84 1210 Honorarios asimilables 1211 al salario. 9,847,416.84 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES. 710,533,609.12 Primas por años de servicio efectivos prestados. 16,459,434.86 Prima por años de 1310 1311 servicio. 16,459,434.86 1312 Prima de antigüedad. - Primas de vacaciones, dominical y gratificación de fin de año. 222,094,865.97 1321 Prima vacacional. 74,894,448.26 1300 1320 1322 Aguinaldo. 147,200,417.71 1324 Vacaciones no disfrutadas por - finiquito. 1330 Horas Extraordinarias. - Remuneraciones por 1331 horas extraordinarias. - Compensaciones. 471,979,308.29 1340 1341 Compensación. 104,873,435.52 1345 Gratificación. 367,105,872.77 SEGURIDAD SOCIAL. 163,993,089.08 Aportaciones de seguridad social. 158,594,530.08 Cuotas de servicio de 1412 salud. 77,274,923.16 Cuotas al sistema 1413 solidario de reparto. 57,337,962.48 1400 1410 1440 1414 1415 Cuotas del sistema de capitalización individual. Aportaciones para financiar los gastos generales de administración del ISSEMYM. 1416 Riesgo de trabajo. Aportaciones para seguros. 1441 Seguros y fianzas. 7,364,462.76 6,953,808.12 9,663,373.56 5,398,559.00 5,398,559.00 43

2000 1500 1600 1700 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS. 1510 1520 1530 1540 1590 PREVISIONES. 1610 1511 1512 1522 Cuotas para el fondo de ahorro y fondo de trabajo. Cuotas para fondo de retiro. Seguro de separación individualizado. Indemnizaciones. Liquidaciones por indemnizaciones, por sueldos y salarios caídos. Prestaciones y haberes de retiro. 1531 Prima por jubilación. 1541 1544 1546 Prestaciones contractuales. Becas para hijos de trabajadores sindicalizados. Día del maestro y del servidor público. Otros gastos derivados de convenio. Otras prestaciones sociales y económicas. 1591 Elaboración de tesis. 1595 Despensa. 1611 PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS. 1710 MATERIALES Y SUMINISTROS 2100 1711 Previsiones de car carácter laboral, económico y de seguridad social. Previsiones de car carácter laboral, económico y de seguridad social. Estímulos. Reconocimiento a servidores públicos. MATERIALES DE ADMINISTRACION, EMISION DE DOCUMENTOS Y ARTICULOS OFICIALES. Materiales, tiles y equipos menores de oficina. Materiales y tiles de 2110 2111 oficina. 2120 2130 2140 2112 Enseres de oficina. Materiales y tiles de impresión y reproducción. Material y tiles de 2121 imprenta y reproducción. Material de foto, cine y 2122 grabación. Material estadístico y geográfico. Material estadístico y 2131 geográfico. Materiales tiles y equipos menores de tecnologías de la información y comunicaciones. Materiales y tiles para el procesamiento en 2141 equipos y bienes informáticos. 76,980,671.95 19,751,298.00 17,463,948.00 2,287,350.00 20,000,000.00 20,000,000.00 - - 19,571,436.15 2,792,064.00 3,160,500.00 13,618,872.15 17,657,937.80 10,350.00 17,647,587.80 37,733,367.96 37,733,367.96 37,733,367.96 1,000,000.00 1,000,000.00 1,000,000.00 141,745,506.51 19,187,228.00 6,652,526.00 6,244,277.00 408,249.00 268,432.00 41,476.00 226,956.00 3,000.00 3,000.00 8,757,558.00 8,757,558.00 44

2200 2300 2400 2150 2160 2170 2180 Material impreso e información digital. 2151 Material de limpieza. 2161 ALIMENTOS Y UTENSILIOS. 2210 2220 Material de información. Materiales y tiles de enseñanza. Material y enseres de limpieza. 2171 Material didáctico. Materiales para el registro e identificación de bienes y personas. Material para 2181 identificación y registró. Productos alimenticios para personas. 2211 Productos alimenticios para personas. Productos alimenticios para animales. 2221 2222 Equipamiento y enseres para animales. Productos alimenticios para animales. Utensilios para el servicio de alimentación. 2230 Utensilios para el 2231 servicio de alimentación. MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCION Y COMERCIALIZACION. Productos alimenticios, agropecuarios y forestales adquiridos como materia prima. 2310 Materias primas y 2311 materiales de producción. Combustibles, lubricantes, aditivos, carbón y sus derivados adquiridos como materia prima. Combustibles, 2340 lubricantes, aditivos, 2341 carbón y sus derivados adquiridos como materia prima. MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y DE REPARACION. 2410 2430 2440 2450 2460 2470 2480 Productos minerales no metálicos. 2411 Cal, yeso y productos de yeso. 2431 Madera y productos de madera. 2441 Vidrio y productos de vidrio. 2451 Material eléctrico y electrónico. 2461 Productos minerales no metálicos. Cal, yeso y productos de yeso. Madera y productos de madera. Vidrio y productos de vidrio. Material eléctrico y electrónico. Artículos metálicos para la construcción. 2471 Materiales complementarios. 2481 Artículos metálicos para la construcción. Materiales complementarios. 98,678.00 98,678.00 3,309,534.00 3,309,534.00 86,500.00 86,500.00 11,000.00 11,000.00 2,518,835.00 866,517.00 866,517.00 1,645,000.00 102,500.00 1,542,500.00 7,318.00 7,318.00 162,500.00 62,500.00 62,500.00 100,000.00 100,000.00 23,950,428.51 10,000.00 10,000.00 - - 21,000.00 21,000.00 43,000.00 43,000.00 1,359,478.00 1,359,478.00 10,263.00 10,263.00 5,554,182.00 316,193.00 45

2500 2600 2700 2800 2900 Material de 2482 señalización. µárboles y plantas de 2483 ornato. Otros materiales y artículos de construcción y reparación. Materiales de 2491 construcción. 2490 Estructuras y manufacturas para 2492 todo tipo de construcción. PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LABORATORIO. 2520 2530 2540 2590 Fertilizantes, pesticidas y otros agroquímicos. 2521 Plaguicidas, abonos y fertilizantes. Medicinas y productos farmacéuticos. 2531 Medicinas y productos farmacéuticos. Materiales, accesorios y suministros médicos. 2541 Otros productos químicos. 2591 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS. Materiales, accesorios y suministros médicos. Otros productos químicos. Combustibles, lubricantes y aditivos. 2610 Combustibles, 2611 lubricantes y aditivos. VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION Y ARTICULOS DEPORTIVOS. 2710 2720 2730 2740 2750 Vestuario y uniformes. 2711 Vestuario y uniformes. Prendas de seguridad y protección personal. 2721 Artículos deportivos. Prendas de seguridad y protección personal. 2731 Artículos deportivos. Productos textiles. 2741 Productos textiles. Blancos y otros productos textiles, excepto prendas de vestir. Blancos y otros 2751 productos textiles. MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD. 2820 2830 Materiales de seguridad pública. Material de seguridad 2821 pública. Prendas de protección para la seguridad pública y nacional. 2831 Prendas de protección. HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES. 2910 2920 Herramientas menores. Refacciones, 2911 accesorios y herramientas. Refacciones y accesorios menores de edificios. 4,805,089.00 432,900.00 16,952,505.51 15,087,780.51 1,864,725.00 788,439.00 36,000.00 36,000.00 418,323.00 418,323.00 334,116.00 334,116.00 - - 73,404,583.00 73,404,583.00 73,404,583.00 12,586,519.00 9,949,092.00 9,949,092.00 2,058,499.00 2,058,499.00 544,826.00 544,826.00 15,902.00 15,902.00 18,200.00 18,200.00 98,508.00 - - 98,508.00 98,508.00 9,048,466.00 1,346,153.00 1,346,153.00 204,941.00 2921 Refacciones y 46

3000 SERVICIOS GENERALES. 3100 2930 2940 2960 2970 2980 2990 2992 Otros enseres. SERVICIOS BASICOS. 3110 3120 3130 3140 3150 3160 accesorios menores de edificios. Refacciones y accesorios menores de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo. Refacciones y accesorios menores de mobiliario y equipo de 2931 administración, educacional y recreativo. Refacciones y accesorios menores de equipo de cómputo y tecnologías de la información. Refacciones y 2941 accesorios para equipo de cómputo. Refacciones y accesorios menores para equipo de transporte. Refacciones y accesorios menores 2961 para equipo de transporte. Refacciones y accesorios menores de equipo de defensa y seguridad. Artículos para la 2971 extinción de incendios. Refacciones y accesorios menores de maquinaria y otros equipos. Refacciones y accesorios menores de 2981 maquinaria y otros equipos. Refacciones y accesorios menores otros bienes muebles. 2991 Medidores de agua. Energía eléctrica. 3111 3112 Gas. 3121 Gas. Agua. Servicio de energía eléctrica. Servicio de energía eléctrica para alumbrado público. 3131 Servicio de agua. Telefonía tradicional. 3141 Telefonía celular. 3151 Servicio de telefonía convencional. Servicio de telefonía celular. Servicios de telecomunicaciones y satélites. Servicios de 3161 radiolocalización y telecomunicación. Servicios de 3162 conducción de señales analógicas y digitales. Servicios de acceso de Internet, redes y procesamiento de información. Servicios de acceso a 3171 Internet. 204,941.00 6,920.00 6,920.00 592,611.00 592,611.00 798,200.00 798,200.00 251,622.00 251,622.00 2,171,853.00 2,171,853.00 3,676,166.00 30,000.00 3,646,166.00 423,095,402.40 115,802,028.00 101,132,931.00 16,132,931.00 85,000,000.00 727,252.00 727,252.00 15,000.00 15,000.00 6,955,200.00 6,955,200.00 1,852,200.00 1,852,200.00 3,094,000.00 2,604,000.00 490,000.00 1,884,340.00 3170 1,884,340.00 3180 Servicios postales y telegráficos. 47

3200 3300 3190 3181 Servicio postal y telegráfico. Servicios integrales y otros servicios. 3191 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO. 3210 3220 3230 Arrendamiento de terrenos. 3211 Arrendamiento de edificios. Servicios de telecomunicación especializados. Arrendamiento de terrenos. Arrendamiento de 3221 edificios y locales. Arrendamiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo. Arrendamiento de 3231 equipo y bienes informáticos. Arrendamiento de equipo de transporte. 3250 Arrendamiento de 3251 vehículos. Arrendamiento de maquinaria, otros equipos y herramientas. 3260 Arrendamiento de 3261 maquinaria y equipo. SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS, T CNICOS Y OTROS SERVICIOS. Servicios legales, de contabilidad, auditoría y relacionados. 3310 Asesorías asociadas a 3311 convenios o acuerdos. Servicios de diseño, arquitectura, ingeniería y actividades relacionadas. 3320 Servicios estadísticos y 3321 geográficos. Servicios de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la 3330 información. 3340 3350 3360 3380 3390 3331 Servicios informáticos. Servicios de capacitación. 3341 Capacitación. Servicios de investigación científica y desarrollo. Servicios de 3351 investigación científica y desarrollo. Servicios de apoyo administrativo, traducción, fotocopiado e impresión. Servicios de apoyo 3361 administrativo y fotocopiado. Impresiones de documentos oficiales para la prestación de servicios públicos, 3362 identificación, formatos administrativos y fiscales, formas valoradas, c Servicios de impresión 3363 de documentos oficiales. Servicios de vigilancia. 3381 Servicios de vigilancia. Servicios profesionales, científicos y técnicos integrales. 141,105.00 141,105.00 - - 69,969,519.00 44,096,198.00 44,096,198.00 11,441,560.00 11,441,560.00 3,613,000.00 3,613,000.00 9,154,600.00 9,154,600.00 1,664,161.00 1,664,161.00 50,655,574.40 1,339,966.00 1,339,966.00 17,736.00 17,736.00 3,750,000.00 3,750,000.00 4,411,201.00 4,411,201.00 42,000.00 42,000.00 6,727,965.00 3,475,352.00 3,191,923.00 60,690.00 2,766,500.00 2,766,500.00 31,600,206.40 48

3400 3500 3391 Servicios profesionales. SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES. 3410 3420 3430 3450 3460 3470 Servicios financieros y bancarios. Servicios bancarios y 3411 financieros. Servicios de cobranza, investigación crediticia y similar. Servicios de cobranza, 3421 investigación crediticia y similar. Servicios de recaudación, traslado y custodia de valores. Gastos inherentes a la 3431 recaudación. Seguro de bienes patrimoniales. 3451 Seguros y fianzas. Almacenaje, envase y embalaje. 3461 Fletes y maniobras. Almacenaje, embalaje y envase. 3471 Fletes y maniobras. SERVICIOS DE INSTALACION, REPARACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION. Conservación y mantenimiento menor de inmuebles. Reparación y 3511 mantenimiento de 3510 inmuebles. Adaptación de locales, 3512 almacenes, bodegas y edificios. Instalación, reparación y mantenimiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo. Reparación, 3520 mantenimiento e 3521 instalación de mobiliario y equipo de oficina. Instalación, reparación y mantenimiento de equipo de cómputo y tecnologías de la información. Reparación, instalación y mantenimiento de bienes informáticos, 3531 3530 microfilmación y tecnologías de la información. Reparación y mantenimiento para 3532 equipo y redes de tele y radio transmisión. Instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio. Reparación, instalación 3540 y mantenimiento de 3541 equipo médico y de laboratorio. Reparación y mantenimiento de equipo de transporte. Reparación y 3550 mantenimiento de 3551 vehículos terrestres, aéreos y lacustres. Instalación, reparación y mantenimiento de maquinaria, otros equipos y herramienta. Reparación, instalación 3570 y mantenimiento de 3571 maquinaria, equipo industrial y diverso. 31,600,206.40 32,076,626.00 47,060.00 47,060.00 250,000.00 250,000.00 600,000.00 600,000.00 30,895,426.00 30,895,426.00 92,800.00 92,800.00 191,340.00 191,340.00 50,186,192.00 28,796,988.00 28,793,988.00 3,000.00 132,094.00 132,094.00 3,958,437.00 3,073,437.00 885,000.00 - - 15,165,128.00 15,165,128.00 1,822,545.00 1,822,545.00 49

3600 3700 3800 3580 3590 Servicios de limpieza y manejo de desechos. 3581 Servicios de lavandería, limpieza e higiene. Servicios de jardinería y fumigación. 3591 Servicios de fumigación. SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y PUBLICIDAD. 3610 3630 Difusión por radio, televisión y otros medios de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales. Gastos de publicidad y 3611 propaganda. Publicaciones oficiales 3612 y de información en general para difusión. Servicios de creatividad, preproducción y producción de publicidad, excepto Internet. Servicios de creatividad, preproducción y 3631 producción de publicidad, excepto Internet. 46,000.00 46,000.00 265,000.00 265,000.00 24,808,167.00 24,716,087.00 18,075,672.00 6,640,415.00 3640 Servicios de revelado de fotografías. 32,080.00 3641 Servicios de fotografía. 32,080.00 Servicios de la industria fílmica, del sonido y del video. 60,000.00 3650 Servicios de cine y 3651 grabación. 60,000.00 Servicios de creación y difusión de contenido exclusivamente a través de Internet. - 3660 Servicios de creación y 3661 difusión de contenido a - través de Internet. SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS. 1,728,348.00 3710 Pasajes aéreos. 247,818.00 3711 Transportación aérea. 247,818.00 3720 Pasajes terrestres. 458,514.00 Gastos de traslado por 3721 vía terrestre. 458,514.00 3750 Vi ticos en el país. 428,645.00 3751 Vi ticos nacionales. 428,645.00 3760 Vi ticos en el extranjero. 100,000.00 Vi ticos en el 3761 extranjero. 100,000.00 3780 Servicios integrales de traslado y vi ticos. 200,000.00 Servicios integrales de 3781 traslado y vi ticos. 200,000.00 3790 Otros servicios de traslado y hospedaje. 293,371.00 Otros servicios de 3791 traslado y hospedaje. 293,371.00 SERVICIOS OFICIALES. 32,581,009.00 3810 Gastos de ceremonial. 5,000.00 3811 Gastos de ceremonial. 5,000.00 Gastos de orden social y cultural. 30,469,705.00 3820 3821 Gastos de ceremonias oficiales y de orden 983,270.00 social. 3822 Espectáculos cívicos y - - 50

4000 culturales. 29,486,435.00 3830 Congresos y convenciones. 410,000.00 Congresos y 3831 convenciones. 410,000.00 3840 Exposiciones. 35,000.00 3841 Exposiciones y ferias. 35,000.00 3850 Gastos de representación. 1,661,304.00 Gastos de 3851 representación. 1,661,304.00 OTROS SERVICIOS GENERALES. 45,287,939.00 3920 Impuestos y derechos. 707,104.00 Otros impuestos y 3922 derechos. 707,104.00 Impuesto sobre nóminas y otros que se deriven de una relación laboral. 40,000,000.00 3980 Impuesto sobre 3981 nóminas. 40,000,000.00 3900 Otros servicios generales. 4,580,835.00 Cuotas y 3991 suscripciones. 711,240.00 Gastos de servicios 3992 menores. 1,534,995.00 3990 Estudios y análisis 3993 clínicos. 379,600.00 Subcontratación de 3996 servicios con terceros. 15,000.00 3997 Proyectos para prestación de 1,940,000.00 servicios. TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS. 369,264,181.82 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES. 275,527,649.49 4330 Subsidios a la inversión. - Subsidios a la 4331 inversión. - Subsidios a entidades federativas y municipios. 143,000,000.00 4300 4380 4383 Subsidios y apoyos. 143,000,000.00 Otros subsidios. 132,527,649.49 Subsidios por carga 4390 4391 fiscal. 121,919,434.00 Devolución de ingresos 4392 indebidos. 10,608,215.49 AYUDAS SOCIALES. 93,736,532.33 Ayudas sociales a personas. 70,874,109.83 Cooperaciones y 4410 4411 ayudas. 64,580,109.83 4412 Despensas. 6,294,000.00 Becas y otras ayudas para programas de capacitación. 17,362,422.50 4400 4420 4421 Becas. 10,959,040.50 4422 Capacitación. 6,403,382.00 Ayudas sociales a instituciones sin fines de lucro. - 4450 Instituciones de 4451 beneficencia. - 4460 Ayudas sociales a cooperativas. 3,000,000.00 Ayudas sociales a 4461 cooperativas. 3,000,000.00 4480 Ayudas por desastres naturales y otros 51

5000 4800 DONATIVOS. 4810 siniestros. 2,500,000.00 4481 Reparación de daños a terceros. Donativos a instituciones sin fines de lucro. 4811 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 5100 5200 5300 5400 5600 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION. 5110 5130 5150 5190 Muebles de oficina y estantería. Donativos a instituciones sin fines de lucro. 5111 Muebles y enseres. Bienes artísticos, culturales y científicos. Instrumental de 5131 música. Objetos, obras de arte, 5133 históricas y culturales. Equipo de cómputo y de tecnología de la información. 5151 Bienes informáticos. Otros mobiliarios y equipos de administración. 5191 Otros bienes muebles. 5192 Otros equipos eléctricos y electrónicos de oficina. MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO. 5210 5230 Equipos y aparatos audiovisuales. 5211 C maras fotográficas y de video. 5231 Equipos y aparatos audiovisuales. Equipo de foto, cine y grabación. EQUIPO E INSTRUMENTAL ME DICO Y DE LABORATORIO. 5310 5320 Equipo médico y de laboratorio. 5311 Equipo médico y de laboratorio. Instrumental médico y de laboratorio. 5321 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE. 5410 5420 5490 Vehículos y equipo terrestre. 5411 5412 Carroceras y remolques. 5421 Otros equipos de transporte. 5491 Instrumental médico y de laboratorio. Vehículos y equipo de transporte terrestre. Vehículos y equipo auxiliar de transporte. Carroceras y remolques. Otros equipos de transporte. MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS. 5610 Maquinaria y equipo agropecuario. 5611 Maquinaria y equipo agropecuario. 2,500,000.00 - - - 84,683,599.00 19,328,760.00 5,507,571.00 5,507,571.00 235,880.00 157,000.00 78,880.00 13,159,588.00 13,159,588.00 425,721.00 22,500.00 403,221.00 502,599.00 169,999.00 169,999.00 332,600.00 332,600.00 46,670.00 35,670.00 35,670.00 11,000.00 11,000.00 42,217,451.00 42,168,933.00 41,643,933.00 525,000.00 18,518.00 18,518.00 30,000.00 30,000.00 19,650,683.00 - - 52

6000 5800 5900 Inversión Pública. 6100 5630 5640 5650 5660 5670 5690 Maquinaria y equipo de construcción. 10,000,000.00 Maquinaria y equipo de 5631 construcción. 10,000,000.00 Sistemas de aire acondicionado, calefacción y de refrigeración industrial y comercial. 23,500.00 Sistemas de aire 5641 acondicionado, calefacción y de 23,500.00 refrigeración industrial y comercial. Equipo de comunicación y telecomunicación. 1,611,715.00 Equipo y aparatos para comunicación, 5651 telecomunicación y radio transmisión. Equipos de generación eléctrica, aparatos y accesorios eléctricos. Equipos de generación 5661 eléctrica, aparatos y accesorios eléctricos. Herramientas y m quinas-herramienta. 5671 Otros equipos. 5691 Herramientas, m quina herramienta y equipo. Instrumentos y aparatos especializados y de precisión. Maquinaria y equipo diverso. 1,611,715.00 508,157.00 508,157.00 6,221,146.00 6,221,146.00 1,286,165.00 236,975.00 5692 1,049,190.00 BIENES INMUEBLES. 2,000,000.00 5810 Terrenos. 2,000,000.00 5811 Terrenos. 2,000,000.00 ACTIVOS INTANGIBLES. 937,436.00 5910 Software. 190,936.00 5911 Software. 190,936.00 5920 Patentes. 9,600.00 5921 Patentes. 9,600.00 5970 Licencias informáticas e intelectuales. 736,900.00 Licencias informáticas 5971 e intelectuales. 736,900.00 606,284,517.00 OBRA PÚBLICA EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO. 606,284,517.00 Edificación no habitacional. 553,037,869.00 Convenios y 6121 aportaciones. 15,000,000.00 6120 Obra estatal o 6122 municipal. 510,884,737.00 Supervisión y control 6123 de la obra pública. - Ejecución de obras por 6125 administración. 12,153,132.00 Estudios de 6129 preinversion. 15,000,000.00 Construcción de obras para el abastecimiento de agua, petróleo, gas, electricidad y - 6130 telecomunicaciones. Convenios y 6131 aportaciones. - Construcción de vías de comunicación. 6150 53,246,648.00 6155 Ejecución de obras por 53

9000 DEUDA Pública. 9100 9200 9900 6159 administración. - Reparación y mantenimiento de vialidades y alumbrado. 53,246,648.00 192,767,606.00 AMORTIZACION DE LA DEUDA PÚBLICA. 54,650,000.00 Amortización de la deuda interna con instituciones de crédito. 54,650,000.00 9110 Amortización de 9111 capital. 54,650,000.00 INTERESES DE LA DEUDA Pública. 16,350,000.00 Intereses de la deuda interna con instituciones de crédito. 16,350,000.00 9210 9211 Intereses de la deuda. 16,350,000.00 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS). 121,767,606.00 ADEFAS. 121,767,606.00 Por el ejercicio 9910 9911 inmediato anterior. 112,166,170.00 Por ejercicios 9912 anteriores. 9,601,436.00 TOTAL 3,209,225,188.72 54

ANEXO 2. CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO DE LOS RAMOS AUTÓNOMOS. 55