CONTRATO DE CREDITO REFACCIONARIO: (MAQUINARIA Y EQUIPO Y REFACCIONARIO: INSTALACIONES FISICAS CON GARANTIA HIPOTECARIA) QUE CELEBRAN DE UNA PARTE EL FIDEICOMISO DE INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN PARA LA REACTIVACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO DEL ESTADO DE MICHOACAN (FIRDEMICH), REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS DELEGADOS FIDUCIARIOS **************** Y ********************** DE BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, A QUIEN SE LE DENOMINARA EL FIDEICOMISO Y DE LA OTRA SE CONSTITUYE EL ***************, A QUIEN SE LE DENOMINARA EL ACREDITADO ASÍ MISMO SE CONSTITUYE LA C. ******************* EN CUANTO LA OBLIGADA SOLIDARIA Y GARANTE HIPOTECARIA QUIENES SE SUJETAN A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: D E C L A R A C I O N E S : I.- Declara el EL FIDEICOMISO, por medio de sus delegados fiduciarios: a).- Que con fecha 13 de Noviembre de 1996, fue constituido mediante contrato de Fideicomiso F-271213, quedando como Fiduciaria Bancomer S.A; como Fideicomitente El Gobierno del Estado de Michoacán; y como Fideicomisarios, las Micro y Pequeñas Empresas constituidas en el Estado de Michoacán, y cuyo objetivo primordial es el fomentar el desarrollo industrial del Estado de Michoacán, contrato que quedó debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad Raíz en el Estado bajo el número 52, tomo 114, del libro de varios correspondiente al Distrito de Morelia. b).- Que tienen la personalidad jurídica necesaria para suscribir el presente documento, en su carácter de Delegados Fiduciarios de BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, nombramiento realizado mediante escritura pública número *****, de fecha 21 de Agosto de 20** y escritura número ******, de fecha 13 de octubre de 20**, otorgadas ante la fe del Lic. ******, Notario No. ******, en legal ejercicio en la Ciudad de México, D.F. debidamente inscrita en la Dirección General del Registro Público de Comercio. Página 1 de 7
c) Que recibieron instrucciones del Comité Técnico del Fideicomiso a que se refiere el inciso a) de la presente declaración a fin de comparecer al presente contrato. II.- Declara EL ACREDITADO : a).- Que es propietario de un negocio con la actividad de Comercio De ******, que se ubica en la Calle *****************, en la Col. **********, En Morelia, Municipio De Morelia, Michoacán negocio que cuenta con los registros de Ley necesarios. b).- Que conociendo las funciones de fomento que realiza en el Estado EL FIRDEMICH, ha solicitado a éste: Un crédito Refaccionario: Maquinaria y Equipo por la cantidad de $**,000.00 (*** PESOS 00/100 M.N.) Un crédito Refaccionario: Instalaciones Físicas por la cantidad de $**,000.00 (** PESOS 00/100 M.N.) c).- Declara LA ********* que es de su interés constituirse en el presente Instrumento en cuanto LA OBLIGADA SOLIDARIA Y GARANTE HIPOTECARIA de EL ACREDITADO adquiriendo los derechos y obligaciones que del mismo se deriven. Expuesto lo anterior, las partes pactan de conformidad con las siguientes: C L A U S U L A S : PRIMERA.- De acuerdo a las facultades conferidas al Secretario Técnico de EL FIDEICOMISO, y con fundamento en el Capítulo VIII, Artículo 37, de la Segunda Modificación a las Reglas de Operación del Fideicomiso de Inversión y Administración para la Reactivación y el Desarrollo Económico del Estado de Michoacán, publicadas el 14 de Noviembre de 2016 en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, otorga a EL ACREDITADO lo que a continuación se indica: CRÉDITO MONTO REFACCIONARIO: MAQUINARIA Y EQUIPO $**,000.00 REFACCIONARIO: INSTALACIONES FISICAS $**,000.00 TOTAL $**,000.00 Página 2 de 7
SEGUNDA.- EL ACREDITADO se obliga a invertir el importe del crédito que se le concede, en lo siguiente: REFACCIONARIO: MAQUINARIA Y EQUIPO CANTIDAD DESCIPCIÓN. UNIDAD ******************* REFACCIONARIO: INSTALACIONES FÍSICAS CANTIDAD DESCIPCIÓN UNIDAD ********** TERCERA.- EL ACREDITADO se obliga a reintegrar a EL FIDEICOMISO, la cantidad referida en la cláusula primera de la siguiente manera: El crédito Refaccionario: Maquinaria y Equipo, en un plazo de 36 meses a partir de la fecha de disposición de los recursos, sin meses de gracia, por lo que realizara 36 treinta y seis pagos mensuales y consecutivos de $*,000.00 (***** PESOS 00/100 M.N.), cada uno de ellos, pagos que incluyen capital e intereses normales. El crédito Refaccionario: Instalaciones Físicas, en un plazo de 36 meses a partir de la fecha de disposición de los recursos, sin meses de gracia, por lo que realizara 36 treinta y seis pagos mensuales y consecutivos de $*,000.00 (SETECIENTOS VEINTITRES PESOS 05/100 M.N.), cada uno de ellos, pagos que incluyen capital e intereses normales. CUARTA.- Las disposiciones que EL ACREDITADO haga al amparo del crédito concedido en el presente contrato, causará, intereses ordinarios sobre saldos insolutos, a partir de la fecha de la disposición, a razón de la tasa de interés ordinaria del 18% anual (dieciocho por ciento anual), que EL ACREDITADO, se obliga a pagar a EL FIDEICOMISO mensualmente, en las mismas fechas en que ocurran los vencimientos de las amortizaciones, sin embargo, dicha tasa de interés podrá reducirse al 12% anual (doce por ciento anual sobre saldos insolutos), siempre y cuando EL ACREDITADO realice sus pagos de manera puntual y completo en cada amortización o vencimiento, es Página 3 de 7
decir, en las fechas establecidas en el calendario de pagos o anticipadamente. QUINTA.- En caso de incumplimiento de EL ACREDITADO, este crédito causará intereses moratorios a la tasa autorizada y que se hace mención en la cláusula cuarta, multiplicada por el factor 1.5 computable desde la fecha de vencimiento de las obligaciones y hasta su total liquidación, los intereses normales y moratorios serán pagaderos sin perjuicio del tiempo que dure el crédito. SEXTA.-LA C. ************* ratifica su conformidad de constituirse en el presente Instrumento en cuanto LA OBLIGADA SOLIDARIA Y GARANTE HIPOTECARIA de EL ACREDITADO, adquiriendo los derechos y obligaciones que del mismo deriven. SEPTIMA.- EL ACREDITADO y LA OBLIGADA SOLIDARIA Y GARANTE HIPOTECARIA garantizan a EL FIDEICOMISO el cumplimiento de las obligaciones que asuman en este contrato con lo siguiente: a).- Con garantía HIPOTECARIA, que otorga en este acto en primer lugar y de plena conformidad a favor del Fideicomiso de Inversión y Administración para la Reactivación y el Desarrollo Económico del Estado de Michoacán, LA OBLIGADA SOLIDARIA Y GARANTE HIPOTECARIA, que consiste en lo siguiente: Una fracción de la casa numero ***********, de la calle ************ de la Col. *************, de esta ciudad de Morelia, con una superficie de **** METROS ****** DECIMETROS CUADRADOS, y las siguientes medidas y linderos, AL NORTE, AL SUR, AL ORIENTE, Como consta en la Escritura Pública Numero 28,572, pasada ante el Notario Número 13, Lic. José Cortes Martínez, con ejercicio y residencia en Morelia. Este inmueble es propiedad de MARIA GUADALUPE RAMIREZ RICO. Instrumento que se encuentra debidamente inscrito ante el Registro Público de la Propiedad, bajo el número de Registro 00, del Tomo 0000, correspondiente al Distrito de MORELIA. Dicha hipoteca se constituye en los términos de los artículos 324, 328, 332 y 333 de la ley general de Títulos y Operaciones de Crédito y 66 de la Ley de Instituciones de crédito, comprendido cuanto enumera el artículo 2896 del Código Civil del Distrito Federal y su correlativo del Código Civil para el Estado de Michoacán. Página 4 de 7
OCTAVA.- Para garantizar adicionalmente el crédito otorgado, EL ACREDITADO y LA OBLIGADA SOLIDARIA Y GARANTE HIPOTECARIA suscriben en favor de EL FIDEICOMISO (FIRDEMICH) Un pagaré valioso por la cantidad de $**,000.00(** PESOS 00/100 M.N.), correspondiente al crédito de REFACCIONARIO: INSTALACIONES FÍSICAS y Un pagaré valioso por la cantidad de $**,000.00(** PESOS 00/100 M.N.), correspondiente al crédito de REFACCIONARIO: MAQUINARIA Y EQUIPO, materia del presente contrato. NOVENA.- EL FIDEICOMISO, por conducto del Comité Técnico del Fideicomiso a que se refiere el inciso a) de la Declaración Primera de este contrato, vigilará en todo tiempo, que el importe del crédito, se invierta precisamente en el objeto del contrato, en consecuencia EL ACREDITADO estará obligado a dar a EL FIDEICOMISO las facilidades necesarias para realizar dicha actividad, así mismo EL ACREDITADO se obligara a comprobar con documentación correspondiente dicha inversión, en un plazo no mayor a 30 treinta días calendario, a partir de la fecha de disposición de los recursos. DECIMA.- Queda expresamente estipulado, que cualquier pago efectuado por EL ACREDITADO en abono a su crédito, se aplicara expresamente en el siguiente orden: gastos diversos que hubiere erogado EL FIDEICOMISO en favor de EL ACREDITADO, costos y gastos Judiciales (en su caso), penas convencionales, intereses moratorios, intereses normales y finalmente capital. DECIMA PRIMERA.- Todos los pagos que EL ACREDITADO, deba hacer a EL FIDEICOMISO derivados del presente contrato, los hará sin necesidad de precio cobro en el domicilio del FOMICH, ubicado en la Av. Lázaro Cárdenas #866, Col. Ventura Puente en Morelia, Mich., o en algún otro que en su oportunidad se le notifique por escrito. DECIMA SEGUNDA.- EL FIDEICOMISO podrá rescindir el presente contrato sin responsabilidad y exigir de EL ACREDITADO, el pago anticipado de todas las sumas que éste le adeudare a la fecha de la rescisión si se da alguno de los siguientes supuestos: a).- Si EL ACREDITADO, dejare de cumplir en tiempo y forma cualquiera de las obligaciones a plazo. b).- En los demás casos que conforme a la Ley, sea exigible anticipadamente de las obligaciones a plazos. Página 5 de 7
c).- Si los bienes dados en garantía fueran enajenados, gravados o embargados por personas físicas o moral diversa, sin el consentimiento de EL FIDEICOMISO. DECIMA TERCERA.- Para el exacto cumplimiento, interpretación y ejecución de este contrato, las partes se someten a jurisdicción de los tribunales de Morelia, Michoacán, renunciando a cualquier otro que pudiere corresponderles por razón de su domicilio. DECIMA CUARTA.- Las partes señalan como domicilio para todo lo relacionado con este instrumento los siguientes: EL FIDEICOMISO.- Av. Lázaro Cárdenas No. 866, Colonia Ventura Puente de esta ciudad de Morelia, Michoacán. EL ACREDITADO.- Calle ***** #***, Col. ***, en Morelia, Municipio De Morelia, Michoacán LA OBLIGADA SOLIDARIA Y GARANTE HIPOTECARIA.- Calle ********* #*********** En La Col. ********** En Morelia, Michoacán. Todo cambio de domicilio de EL ACREDITADO, deberá de notificarse por escrito a EL FIDEICOMISO, si no lo hicieren dentro de un término de 5 cinco días hábiles después del cambio de domicilio, todos los emplazamientos, notificaciones, avisos y diligencias judiciales o extrajudiciales se harán válidamente en los domicilios señalados en esta cláusula El presente contrato se firma en cinco tantos ante dos testigos comprometiéndose las partes a ratificarlo ante Notario Público e inscribirlo en el Registro Público de la Propiedad Raíz en el Estado y/o en el Registro de Comercio; en la ciudad de Morelia, Michoacán, al día *** de *** del 201*. Página 6 de 7
EL FIDEICOMISO ***************** y ******************* DELEGADOS FIDUCIARIOS EL ACREDITADO ***************** LA OBLIGADA SOLIDARIA Y GARANTE HIPOTECARIA *************** TESTIGOS: ****************** y ********************* Página 7 de 7