Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad, en lo referente al procedimiento para la obtención de Licencia Municipal de Funcionamiento ORDENANZA MUNICIPAL N 000039 Callao, 31 de julio de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión fecha 31 de julio de 2007; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú; Qué, la Ley Orgánica de Municipalidades N 27972, en su artículo 9 inciso 8, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, el artículo 42 señala que los decretos de alcaldía, establecen normas reglamentarías y de aplicación de las ordenanzas, en el artículo 73, referido a las materias de competencia municipal, en el inciso 2 numeral 2.8 establece que son materia de su competencia los servicios públicos locales la promoción del desarrollo económico. local para la generación de empleo y en el artículo 86 inciso 1 numeral 1.2 señala que es función específica y exclusiva de las municipalidades provinciales, en materia de promoción del desarrollo económico local, flexibilizar y simplificar los procedimientos de obtención de licencias y permisos en el ámbito de su jurisdicción, sin obviar las normas técnicas de seguridad; Que, la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento N 28976, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de febrero de 2007, establece el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento expedida por las municipalidades; Que, es necesario modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao - TUPA, en atención a lo dispuesto en la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento - Ley 28976, la misma que en su Primera Disposición Final, Transitoria y Complementaria dispone la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos a efectos de incorporar los procedimientos y requisitos y demás disposiciones previstas en la Ley; Que, la Ley de Procedimiento Administrativo General N 27444, en su artículo 37, establece que todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, deberá de consignarse expresamente en el TUPA; Que, la Ordenanza Municipal N 00007, del 25 de junio de 2001, establece el Reglamento de Licencias y Autorizaciones Municipales de Funcionamiento y sus correspondientes anexos; Que, la Ordenanza Municipal N 000018, del 2 de junio de 2006 aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos, entre ellos los referentes a les procedimientos establecidos para la obtención de la licencia municipal de funcionamiento; Que, el Memorando N 705-2007-MPC-GGDELC, de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, el Informe N 152-2007-MPC/GGPPR, de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y el Memorando N 0798-2007- GGAJC-MPC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación remite el Informe N 793-2007-MPC-GGAJC-SGAA de la Subgerencia de Asuntos Administrativos, se expresan favorablemente a la aprobación de la presente Ordenanza;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N 27972 y la Ley de Marco de Licencias de Funcionamiento N 28976; al Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN LO REFERENTE AL PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Artículo 1.- Apruébase la modificación de la Ordenanza Municipal N 000018 del 2 de junio de 2006, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos, en lo referente a los procedimientos establecidos para la obtención de la licencia municipal de funcionamiento, mediante ítems 1,2,3,4 y 5, cuyos cuadros son parte constitutiva de la presente Ordenanza y suprímase el procedimiento establecido en el ítem 6 de conformidad con lo dispuesto en la Ley Marco de Licencia de funcionamiento N 28796. Artículo 2.- Modifícase el Formato Único de Trámite de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, con carácter de solicitud-declaración jurada (Anexo I), el que se consigna los datos necesarios para la iniciación del trámite correspondiente y el Formato de Licencia Municipal de Funcionamiento (Anexo II), en el que consigna la aprobación de los procedimientos administrativos adecuados a la Ley N 28976. Dichos formatos son parte constitutiva de la presente ordenanza y serán preimpresos y, por la naturaleza de su contenido, serán sujetos de fiscalización posterior. Articulo 3.- Derógase la Ordenanza N 00007 del 25 de junio de 2001 y demás normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 4.- Facúltase al señor Alcalde a dictar, mediante Decretos de Alcaldía, las disposiciones complementarias para la correcta aplicación de presente Ordenanza. Artículo 5.- Encárgase a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización y a la Gerencia General de Desarrollo Local y Comercialización el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 6.- La presente Ordenanza Municipal rige dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao y entrará en vigencia a partir del 06 de agosto del presente año. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao