DENOMINACIÓN DEL CONVENIO PARTES FIRMANTES OBJETO OBLIGACIÓN ECONÓMICA (en su caso) FECHA FIRMA CONVENIO VIGENCIA

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Transcripción:

CONVENIOS: ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN: DENOMINACIÓN DEL CONVENIO PARTES FIRMANTES OBJETO OBLIGACIÓN ECONÓMICA (en su caso) FECHA FIRMA CONVENIO VIGENCIA Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General de Catastro) y la Diputación Provincial de Ávila, de colaboración en materia de gestión catastral. Convenio de colaboración entre la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior y la Diputación de Ávila sobre acceso de los registros de vehículos y personas del Organismo Autónomo Jefatura Provincial de Tráfico. - Director General de Catastro. - Presidente de la Diputación Provincial de Ávila. - Ministro del Interior. - Presidente de la Diputación Provincial de Ávila. - Delegación de la tramitación de los expedientes de transmisión de dominio (901) de IBI Urbana, llegando a la adopción de acuerdos de cambio de titular. - Tramitación de los expedientes de alteraciones de orden físico y económico de IBI Urbana con entrega de información y notificación de los acuerdos de la Gerencia de Catastro. - Actuaciones de notificación de los valores catastrales. - Actuaciones de atención al público en el proceso de revisión de valores catastrales. - Actuaciones de colaboración para el mantenimiento de la base de datos del Catastro. - Conexión telemática directa al registro de vehículos de la DGT. Abono de la totalidad del coste de las notificaciones de los valores catastrales derivados de los procesos de revisión o modificación. 16 de junio de 1999. 31 de diciembre de 1999, prorrogándose tácitamente por sucesivos periodos anuales, mientras no sea denunciado 8 de diciembre de 2008 (Pleno de Diputación 22 de septiembre de 2008). 9 de diciembre de 2008, vigencia por un año que se prorroga de manera automática por idéntico plazo salvo resolución. p o r

Acuerdo marco entre La Federación Española de Municipio y Provincias y el Consejo General del Notariado en relación con las trasmisiones de dominio. Acuerdo de adhesión al Convenio marco de colaboración entre la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León y la Federación de Municipios y Provincias de Castilla y León para la utilización y funcionamiento del servicio del pago telemático en las Entidades Locales de Castilla y León. Adhesiones entidades bancarias: Caja de Ahorros del Mediterráneo 1, Caja Circulo 2, Caja Burgos, Caja Mar, Caja Duero y Caja España 3. Convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Federación Española de Municipio y Provincias en materia de intercambio de información tributaria y colaboración en la gestión recaudatoria con las entidades locales. - Decano Presidente del Colegio Notarial de Castilla y León. - Presidente de la Diputación Provincial de Ávila. - Consejera de Hacienda de la Junta de Castilla y León. - Presidente de la Diputación Provincial de Ávila - Presidenta Federación Española de Municipios y Provincias. - Ministro de Hacienda. - Secretario de Estado de Hacienda y Presidente Agencia Estatal de Administración Tributaria. - Diputación Provincial de Ávila. - Simplificación procedimental en el cumplimiento de las obligaciones formales para los contribuyentes en relación con la titularidad y cargas de los inmuebles, con facilitación de información sobre las transmisiones a efectos del IIVTNU y del IBI. - Implantación del servicio de pago telemático en la modalidad integración vía servicios web, con adaptación de los servicios informáticos y facilitación de información. - Información suministrada al amparo del art.113.1 LGT (datos identificativos, censo contribuyentes, censo obligados, censo IAE, información depósitos bancarios y participaciones en fondos de inversión. - Altas, bajas y modificaciones en el I.A.E. - Liquidación del IIVTNU. - Colaboración en la gestión recaudatoria (embargo devoluciones). - Embargo devoluciones con deudas locales no tributarias. 12 de noviembre de 2010. De un año a partir de la firma prorrogado automáticamente en periodos de un año, excepto denuncia en el plazo de tres meses anterior a la fecha de finalización de cada plazo. 8 de noviembre de 2011 (acuerdo marco 2 de marzo de 2007). 1 Consejo Rector de 19 de abril de 2011. 2 Consejo Rector de 20 de junio de 2012. 3 Consejo Rector de 20 de abril de 2012. 15 de abril de 2003/Pleno Diputación de 29 de septiembre 2003. Addenda 13 de diciembre de 2016. Prórroga automática, salvo renuncia expresa. 31 de diciembre de 2003, renovándose de manera automática anualmente salvo denuncia expresa de un mes de antelación a la finalización de plazo de vigencia. Convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Federación Española de Municipio y Provincias para la recaudación en vía ejecutiva de los - Presidente AEAT. - Presidente FEMP - Diputación de Ávila. - Recaudación de deudas en vía ejecutiva. - Coste inicio gestión 3. - 9% Ingresos. - 4% Bajas. - Etc., conforme a la Cláusula 8ª. Aceptación el 8 de noviembre de 2016, a la solicitud del Pleno de 29 de abril de 2016 (Convenio 28 de noviembre de 2011). Desde el día siguiente a la aceptación prórroga anual salvo denuncia con 6 meses de antelación.

recursos de derecho público de las Corporaciones Locales por parte de la Agencia Estatal de Administración. Protocolo de prestación de servicios tributarios a través de Internet entre el Colegio de Gestores Administrativos de Madrid delegación de Ávila y OAR. Protocolo de prestación de servicios tributarios a través de Internet entre la Asociación Empresarial de Concesionarios de Automóviles y Motocicletas y OAR. Normas básicas de actuación a que deben ajustarse las entidades de depósito, para prestar el servicios de entidad colaboradora en la recaudación en período voluntario y ejecutivo de los valores recibo de cobro periódico, liquidaciones, autoliquidaciones, multas de tráfico y demás ingresos de derecho público que se autoricen por Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Ávila, en este caso adaptadas para Caja de Ahorros de Ávila, que ostentará la condición de entidad colaboradora/gestora con el O.A.R. Convenio de colaboración entre el Organismo Autónomo de Recaudación de la Excma. Diputación Provincial de Ávila y la Caja de Ahorros de Ávila para la prestación de Servicios Tributarios a través de Internet. - Representante del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid-delegación de Ávila. - Representante de la Asociación Empresarial de Concesionarios. de Automóviles y Motocicletas. - Presidente del OAR de la Diputación de Ávila. - Director General de la Caja de Ahorros de Ávila. - Representante de Caja de Ávila. - Presidente del OAR - Gestión en remoto para la generación de autoliquidaciones del IVTM. - Gestión en remoto para la generación de autoliquidaciones del IVTM. - Operaciones de Portal tributario a través del servicio de caja electrónica con los siguientes servicios: - Información de recibos y liquidaciones. - Pagos. - Domiciliaciones. - Acceso a objetos tributarios y expedientes administrativos. 25 de mayo de 2007. Desde la fecha de firma. 24 de septiembre de 2013. Desde la fecha de firma. 2 de febrero de 2005. Dos años, prorrogable 16 de mayo de 2008 Estará supeditado a la vigencia de las Normas Básicas de actuación en tanto entidad colaboradora/gestora, duración indefinida hasta la denuncia por alguno de las partes con periodo mínimo de un mes de antelación a la fecha que tenga efecto. Normas básicas de actuación a que deben ajustarse las entidades de - Director Oficina Principal de Ávila de la Caixa. - Operaciones de - Comunicaciones de dichos 21 de noviembre de 2002. Dos años, prorrogable anualmente salvo denuncia efectuada con tres

depósito, para prestar el servicio de entidad colaboradora en la recaudación en período voluntario y ejecutivo de los valores recibo de cobro periódico, liquidaciones, autoliquidaciones, multas de tráfico y demás ingresos de derecho público que se autoricen por Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Ávila La Caixa. Idem anterior respecto al Banco Popular - Director Oficina Principal del Banco Popular. - Operaciones de meses de antelación a la fecha de su BOP 17 de diciembre de 2002. -- de mayo de 2010. Dos años, prorrogable BOP 12 de mayo de 2010. Idem anterior respecto al Banco Sabadell. - Directora Oficina Principal de Ávila del Banco Sabadell. - Operaciones de 25 de julio de 2013 Dos años, prorrogable BOP de 2 de julio de 2013. Idem anterior respecto a la Caja Rural Castilla-La Mancha. - Directora Oficina de Ávila de la Caja Rural Castilla-La Mancha. - Operaciones de 11 de mayo de 2015 Dos años, prorrogable BOP de 28 de abril de 2015. Idem anterior respecto a la Caja Rural Salamanca. - Director Comercial de Caja Rural Salamanca. - Presidente del OAR en funciones. - Operaciones de 12 de junio de 2015. Dos años, prorrogable BOP de 2 de junio de 2015.

Idem anterior respecto al Banco Santander. - Director de Oficina del Banco de Santander. - Operaciones de 25 de abril de 2016. Dos años, prorrogable BOP de 15 de abril de 2016. Idem anterior respecto a la Caja España de Inversiones Salamanca y Soria. - Directores de Oficina de Ávila y del Área de Ávila-Segovia de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria. - Operaciones de 6 de junio de 2018. Dos años, prorrogable BOP de 16 de mayo de 2018. Contrato de prestación de servicios y envíos postales entre la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos y la Diputación Provincial e Ávila - Representante de la entidad empresarial Correos y Telégrafos. - Vicepresidente de la Diputación Provincial de Ávila. - Prestación de los servicios y envíos postales. Condiciones tarifarias que incluyen algunas bonificaciones y descuentos. 1 de enero de 2010. Addenda anual. 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2010, prorrogado de forma automática durante los meses de enero, febrero y marzo del año siguiente, para establecer condiciones aplicables al siguiente periodo de vigencia que es el año natural. Contrato con Auloce SAU, de prestación de servicios GESTIONA, destinado a facilitar medios electrónicos de procesos administrativos Contrato de mantenimiento de la copiadora/impresora Canon modelo IR-2520 nº de serie NZU-19141. - Apoderada Auloce SAU - Presidente del OAR de la Diputación de Ávila - Gerente de Sistemas Oficina de Ávila, SA. - Presidente del OAR de - Realizar el servicio de administración electrónica, para determinados trabajos de la Secretaría, Gerencia e Intervención. - Copia/impresión y escaneo - 0,010989 + IVA por copia - 0.001163 + IVA escaneo - mas toner. - revisión en enero. - 151,25 mensual IVA incluido 18 de enero de 2015 Un año, a contar desde el arranque del servicio. 1 de septiembre de 2013

Contrato administrativo de los servicios auxiliares y complementarios en materia de gestión, liquidación, inspección y recaudación de tributos y otros ingresos de derecho público, con el Organismo Autónomo de Recaudación (OAR.) de la Diputación Provincial de Ávila y Gestión Tributaria Territorial, SAU. - Presidente del OAR - Representante de Gestión Tributaria Territorial SAU. - Servicios auxiliares y complementarios en materia de gestión, liquidación, inspección y recaudación de tributos y otros ingresos de derecho público, con el Organismo Autónomo de Recaudación (OAR.) de la Diputación Provincial de Ávila. - 1.a) 4,2 por ciento del principal por todos los cobros realizados en período voluntario de pago, incluyendo los derivados de liquidaciones de ingreso directo, de reposiciones, de los realizados voluntariamente con aplicación del recargo ejecutivo del art. 28.2 LGT, así como de las liquidaciones correspondiente a entidades no apremiables, 4 de febrero de 2015 La duración del contrato será de cuatro años desde el día 2 de febrero de 2015, prorrogable mediante mutuo acuerdo de las partes por períodos anuales, hasta un máximo de otros dos años. Dichas prórrogas serán formalizadas antes de la expiración del plazo de finalización del contrato o de la última de sus prorrogas. - 1.b) 8 por ciento del recargo

de apremio reducido del art. 28.3 LGT, o del recargo de apremio ordinario a que se refiere el art. 28.4 LGT, así como el 8 por ciento sobre el principal de la deuda e intereses de demora, - 2.a) Por la colaboración en la gestión catastral, el 20,5 por ciento de la/s cuota/s liquidable/s incluida/s en la liquidación de ingreso directo, con un mínimo de 44 euros por unidad urbana en los expedientes de alteraciones catastrales de orden físico y económico, teniendo en cuenta que en el caso de que de la actuación no se derive más que la inclusión en padrón, por no haber ejercicios anteriores pendientes de liquidación, el cálculo se realizará sobre el importe de la incorporación al padrón. - 2.b) Por cada actuación de asistencia que origine la incoación de un acta de inspección por la Diputación y la correspondiente regularización de la deuda tributaria, el 16,5 por ciento sobre el importe total liquidado. Dicho porcentaje se aplicará, de igual modo, a las liquidaciones derivadas del procedimiento sancionador. - 2.c) Por las tareas de comprobación limitada y verificación de datos, el 8 por

ciento sobre liquidada. la cuota - 3. - Por la gestión de bajas comunicadas 4,5 por ciento, sobre el principal de la deuda. - 4. - Por cada actuación de asistencia que origine la tramitación de expedientes sancionadores en materia de Tráfico y Seguridad Vial, con un importe fijo de 15 euros por boletín de denuncia y el 14 por cien to sobre el importe total recaudado por sanciones de Tráfico en periodo voluntario y el 14 por ciento del principal en la recaudación en periodo ejecutivo (sin perjuicio de los porcentajes establecidos en los otros apartados en cuanto a recargos, intereses de demora o bajas).