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Segunda edición: julio, 2015 ISBN: 978-607-729-099-5 D. R. Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada: Éricka Toledo Piñón Impreso en México

Las mujeres adultas mayores y los derechos humanos

Quiénes son las personas adultas mayores? Las personas adultas mayores son aquellas que tienen 60 años o más de edad. Qué es la feminización de la población de personas adultas mayores? En casi todos los países las mujeres viven más que los hombres, y en algunos casos mucho más. La brecha se ensancha a medida que la población envejece. Según datos de la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México 2010 (en adelante Enadis), la población adulta mayor está conformada por 53.42 % de mujeres y 46.58 % de hombres. 5

México vive una transformación demográfica sin precedentes, y el envejecimiento de la población crea la necesidad de generar respuestas institucionales y sociales para encarar los desafíos presentes y futuros. Al respecto, también es importante que las acciones tengan una perspectiva de género que contribuya a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor y gocen de igualdad de derechos y de oportunidades. Qué derechos humanos tienen las mujeres adultas mayores? 6 Toda persona nace libre e igual en dignidad y derechos, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica,

nacimiento o cualquier otra condición. Asimismo, todas las personas gozan de los mismos derechos humanos, los cuales se encuentran reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales obligatorios para México. Entre los derechos humanos se encuentran los derechos a la vida, al nombre, a la nacionalidad, a la igualdad, a la libertad, a la seguridad y a las garantías judiciales; las libertades de tránsito, de religión, de pensamiento, de expresión, de reunión y de asociación; los derechos a la protección de la familia y de la infancia, y los derechos políticos; por otro lado, se prohíbe la discriminación; la esclavitud, y la tortura, o los tratos crueles, inhumanos o degradantes. Asimismo, se incluyen los de- 7

nominados derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, como son el derecho al trabajo, a la seguridad social, a la educación, a la salud, a la cultura y a un medio ambiente sano. En materia de derechos de las mujeres, México es parte de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará). Asimismo, en nuestro país existen la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 8 Con el ánimo de brindar un trato más equitativo a las mujeres adultas mayores,

las instituciones federales, estatales y municipales de gobierno, así como los sectores social y privado, están obligados a implementar programas acordes a sus diferentes etapas, características y circunstancias. Entre las medidas tomadas se expidió la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Qué es la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores? Ésta tiene por objeto garantizar el ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, así como establecer las bases y disposiciones para su cumplimiento mediante la regulación de: 1) la política pública nacional para la observancia de sus derechos; 2) los principios, objetivos, programas, responsabilidades e instru- 9

mentos que la administración pública federal, las entidades federativas y los municipios deberán observar en la planeación y aplicación de la política pública nacional, y 3) el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam). Cuáles son los principios rectores en la observación y aplicación de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores? La Ley, en su artículo 4, señala cinco principios rectores: 10 1. Autonomía y autorrealización. Son todas las acciones que se realicen en beneficio de las personas adultas mayores orientadas a fortalecer su independencia, su capacidad de decisión y su desarrollo personal y comunitario;

2. Participación. Es la inserción de las personas adultas mayores en todos los órdenes de la vida pública. En los ámbitos de su interés serán consultadas y tomadas en cuenta; asimismo, se promoverá su presencia e intervención; 3. Equidad. Es el trato justo y proporcional en las condiciones de acceso y disfrute de los satisfactores necesarios para el bienestar de las personas adultas mayores, sin distinción por sexo, situación económica, identidad étnica, fenotipo, credo, religión o cualquier otra circunstancia; 4. Corresponsabilidad. Es la concurrencia y responsabilidad compartida de los sectores público y social, en especial de las comunidades y familias, para la consecución del objeto de esta Ley, y 11

5. Atención preferente. Es aquella que obliga a las instituciones federales, estatales y municipales de gobierno, así como a los sectores social y privado, a implementar programas acordes a las diferentes etapas, características y circunstancias de las personas adultas mayores. Cuáles son los principales problemas que afectan a las mujeres adultas mayores? En México, según la Enadis 2010, las personas adultas mayores señalaron que las principales problemáticas que les atañen son la cuestión laboral, el acceso a los servicios de salud y la discriminación o maltrato. 12

Cinco de cada 10 personas adultas mayores no trabajan por dedicarse a los quehaceres de su hogar; a 75.6 % de las mujeres adultas mayores las sostiene algún familiar u otra persona; dos de cada 10 personas adultas mayores están pensionadas, y de las mujeres adultas mayores sólo 11.7 % recibe alguna pensión por su trabajo. Las desigualdades entre mujeres y hombres de las distintas edades desafortunadamente aún persisten en las sociedades. Muchas mujeres en el transcurso de su vida no tienen acceso a un trabajo formal ni a la seguridad social, o perciben un salario menor que los hombres. A veces también se les niega el acceso a la educación básica. Por ser personas adultas mayores, la situación de vulnerabilidad puede ser mayor. 13

14 Otro gran problema de las mujeres adultas mayores es la violencia en contra de ellas. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 6, indica que la violencia contra las mujeres puede ser psicológica, física, patrimonial, económica, sexual y de cualquier otra forma análoga que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres. La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en su artículo 8, indica que: Ninguna persona adulta mayor podrá ser socialmente marginada o discriminada en ningún espacio público o privado por razón de su edad, género, estado físico, creencia religiosa o condición social. En su numeral 9 señala que: La familia de la persona adulta mayor deberá cumplir su función social; por tan-

to, de manera constante y permanente deberá velar por cada una de las personas adultas mayores que formen parte de ella, siendo responsable de proporcionar los satisfactores necesarios para su atención y desarrollo integral. Entre las obligaciones que establece se encuentra la de [e]vitar que alguno de sus integrantes cometa cualquier acto de discriminación, abuso, explotación, aislamiento, violencia y actos jurídicos que pongan en riesgo su persona, bienes y derechos. Cuáles son los deberes del Estado con las personas adultas mayores? El Estado garantizará las condiciones óptimas de salud, educación, nutrición, vivienda, desarrollo integral y seguridad social a las personas adultas mayores. 15

Asimismo, deberá establecer programas para asegurar a todos los trabajadores una preparación adecuada para su retiro. Igualmente, promoverá la existencia de condiciones adecuadas para las personas adultas mayores, tanto en el transporte público como en los espacios arquitectónicos. El Estado, a través del Inapam, recabará la información necesaria del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) para determinar la cobertura y características de los programas y beneficios dirigidos a las personas adultas mayores. 16

Cuáles son los deberes de la sociedad con las personas adultas mayores? Ninguna persona adulta mayor podrá ser socialmente marginada o discriminada en ningún espacio público o privado por razón de su edad, género, estado físico, creencia religiosa o condición social. Cuáles son los deberes de la familia con las personas adultas mayores? La familia de la persona adulta mayor deberá cumplir su función social; por tanto, de manera constante y permanente deberá velar por cada una de las personas adultas mayores que formen parte de ella, siendo responsable de proporcionar 17

los satisfactores necesarios para su atención y desarrollo integral, y tendrá las siguientes obligaciones para con ellos: 1. Otorgar alimentos de conformidad con lo establecido en el Código Civil; 2. Fomentar la convivencia familiar cotidiana, donde la persona adulta mayor participe activamente, y promover al mismo tiempo los valores que incidan en sus necesidades afectivas, de protección y de apoyo, y 3. Evitar que alguno de sus integrantes cometa cualquier acto de discriminación, abuso, explotación, aislamiento, violencia y actos jurídicos que pongan en riesgo su persona, bienes y derechos. 18

Qué es el Inapam? El Inapam es el organismo público rector de la política nacional en favor de las personas adultas mayores, cuyo objeto general es coordinar, promover, apoyar, fomentar, vigilar y evaluar las acciones públicas, estrategias y programas que se deriven de ella, de conformidad con los principios, objetivos y disposiciones contenidos en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. El Instituto procurará el desarrollo humano integral de las personas adultas mayores, entendiéndose por éste el proceso tendiente a brindar a dicho sector de la población empleo u ocupación, retribuciones justas, asistencia y las oportunidades necesarias para alcanzar niveles de bienestar y alta calidad de vida, orien- 19

tado a reducir las desigualdades extremas y las inequidades de género, que aseguren sus necesidades básicas y desarrollen su capacidad e iniciativas en un entorno social incluyente. Las personas adultas mayores pueden acudir a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por la violación de sus derechos humanos? 20 Sí, toda persona, incluidas las adultas mayores, pueden acudir a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la cual tendrá competencia en todo el territorio nacional para conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos cuando éstas fueren imputadas a autoridades y servidores públicos de carácter federal, con excep-

ción de los del Poder Judicial de la Federación. Fuentes Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. http://www.inapam.gob.mx/archivos/1/ file/enadis_2010_inapam-conapred.pdf. http://www.un.org/spanish/envejecimiento/newpresskit/mujeres.pdf. http://www.un.org/spanish/conferences/ Beijing/fs1.htm. 21

Para mayor información COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Periférico Sur 3469, colonia San Jerónimo Lídice, Delegación Magdalena Contreras, C. P. 10200, México, D. F. Tel.: (55) 56 81 81 25 Lada sin costo: 01 800 715 20 00 Página electrónica: www.cndh.org.mx 22 INSTITUTO NACIONAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES (Inapam) Petén 419, colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C. P. 03020, México, D. F. Tel.: (55) 55 36 11 43 Página electrónica: http://www.inapam.gob.mx/index/

Área de emisión: CENADEH Fecha de elaboración: enero de 2012 Número de identificación: MUJE/CART/201 Las mujeres adultas mayores y los derechos humanos, editado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se terminó de imprimir en julio de 2015 en los talleres de Corporativo Prográfico, S. A. de C. V., Calle Dos, Bodega 4, col. Granjas San Antonio, Delegación Iztapalapa, C. P. 09070, México, D. F. El cuidado de la edición estuvo a cargo de la Dirección de Publicaciones de esta Comisión Nacional. El tiraje consta de 1,000 ejemplares.

ISBN: 978-607-729-099-5