PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSEJO DE LA JUDICATURA

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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSEJO DE LA JUDICATURA ACUERDO GENERAL NÚMERO EX13-180815-02, QUE MODIFICA AL ACUERDO GENERAL NÚMERO OR08-140804-01, DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, RELATIVOS A LA INTEGRACIÓN DE SUS COMISIONES. C O N S I D E R A N D O PRIMERO. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 y 72, párrafos decimocuarto y primero, respectivamente, de la Constitución Política del Estado de Yucatán, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, órgano dotado de autonomía técnica y de gestión, estará a cargo de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado, con excepción del Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con las bases que establezcan la Constitución y las leyes. SEGUNDO. Por mandato otorgado en los artículos 72, párrafo quinto de la Constitución Política del Estado de Yucatán y 115, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Pleno del Consejo de la Judicatura tiene, entre otras atribuciones, la de emitir acuerdos generales y demás disposiciones para el adecuado ejercicio de sus funciones de conformidad con lo que establezca la ley. TERCERO. Según lo establecen los artículos 123 y 124 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, ejercerá sus atribuciones mediante el Pleno o bien a través de las Comisiones, clasificándose éstas en permanentes, transitorias y especiales y a las cuales les corresponderá la supervisión y vigilancia de las direcciones, unidades, órganos técnicos, desconcentrados y descentralizados que se encuentren bajo la competencia del Consejo de la Judicatura. 1

CUARTO. En cuanto a las Comisiones Especiales, el artículo 42 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán determina que el Consejo contará con la Comisión Especial del Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios, integrada por dos Consejeros y la preside el Magistrado nombrado en dicho Tribunal. Lo anterior, en correspondencia con la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de fecha 18 de julio de 2017, en donde el artículo 15 determina que a partir de esta fecha, el ejercicio de la función jurisdiccional del Poder Judicial del Estado se deposita en el Tribunal Constitucional, el Tribunal Superior de Justicia, el Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios, los tribunales y juzgados de primera instancia y los juzgados de paz. QUINTO. De acuerdo con el artículo 125 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, las Comisiones para que funcionen deben reunirse todos sus miembros, previa convocatoria y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos. Según lo disponen los artículos 40 y 41, párrafo segundo del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, las Comisiones funcionarán como órganos colegiados y se integran con por lo menos tres Consejeros de la Judicatura. SEXTO. En la Cuarta Sesión Extraordinaria, celebrada el 12 de julio de 2018, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, en el uso de sus atribuciones legales ratificó a la Maestra en Derecho Sara Luisa Castro Almeida y nombró al Maestro en Derecho Luis Alfredo Solís Montero, Consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, para fungir durante el período comprendido del 01 de agosto de 2018 al 31 de julio de 2022. 2

Por lo anterior y con fundamento en los artículos 64 y 72 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 105 y 115 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán; se emite el siguiente: ACUERDO GENERAL NÚMERO EX13-180815-02, QUE MODIFICA AL ACUERDO GENERAL NÚMERO OR08-140804-01, DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, RELATIVOS A LA INTEGRACIÓN DE SUS COMISIONES. Artículo Único. Se modifican los artículos Segundo y Tercero del Acuerdo General Número OR08-140804-01, mismo que reformó el Acuerdo General número OR09-130904-01, mismo que anteriormente reformó el Acuerdo General Número EX04-110311-01, todos del Pleno del Consejo de la Judicatura, para quedar como sigue: Artículo Segundo. Las Comisiones Permanentes del Consejo de la Judicatura quedarán integradas de la siguiente manera: COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Presidenta.- Consejera M. D. Melba Angelina Méndez Fernández Consejera M.D. Sara Luisa Castro Almeida COMISIÓN DE DESARROLLO HUMANO Presidente.- Consejera M.D. Sara Luisa Castro Almeida Consejero M.C.P. Luis Jorge Parra Arceo 3

COMISIÓN DE DISCIPLINA Presidenta.- Consejera M.D. Sara Luisa Castro Almeida Consejera M.D. Melba Angelina Méndez Fernández Consejero M.C.P. Luis Jorge Parra Arceo COMISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Presidente.- Consejero M.C.P. Luis Jorge Parra Arceo Consejera M. D. Melba Angelina Méndez Fernández Artículo Tercero. La Comisión Especial del Consejo de la Judicatura quedará integrada de la siguiente manera: COMISIÓN ESPECIAL DEL TRIBUNAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y DE LOS MUNICIPIOS Presidente.- Magistrado Lic. César Andrés Antuña Aguilar Consejera M.D. Melba Angelina Méndez Fernández ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo General del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, entrará en vigor el día de su aprobación. 4

SEGUNDO.- Con fundamento en el artículo 115 fracción XXIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado se instruye al Secretario Ejecutivo para que realice las gestiones para la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán y en la página electrónica del Poder Judicial del Estado de Yucatán. ASÍ LO APROBÓ EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO EN LA DÉCIMA TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, REALIZADA EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, CAPITAL DEL ESTADO DE YUCATÁN ATENTAMENTE (RÚBRICA) Dr. Marcos Alejandro Celis Quintal Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán. ESTA HOJA FORMA PARTE DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO EX13-180815-02, QUE MODIFICA AL ACUERDO GENERAL NÚMERO OR08-140804-01, DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, RELATIVOS A LA INTEGRACIÓN DE SUS COMISIONES. 5