ADMINISTRACIÓN LOCAL

Documentos relacionados
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA

ORDENANZA REGULADORA DE CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO ELECTRÓNICO MUNICIPAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA

ORDENANZA SOBRE IMPLANTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DE VILLAVICIOSA DE CÓRDOBA

POSIBLE ESQUEMA DE CONTENIDOS A INCLUIR EN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA. Versión de 27/06/06.

ORDENANZA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUELVA

AYUNTAMIENTO DE CHERA PLAZA DE ESPAÑA, CHERA (VALENCIA) TEL / FAX

Texto vigente de la Ordenanza reguladora de la administración electrónica

Ordenanza de Administración Electrónica del Ayuntamiento de Cartagena

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE SEDE ELECTRÓNICA DEL REGISTRO ELECTRÓNICO Y DEL PERFIL DEL CONTRATANTE DEL AYUNTAMIENTO DE PUNTA UMBRÍA.

PROYECTO DE ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE SELAYA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Página 68 BOP de Castellón nº 115 del del 25 de setiembre de DECRETO de regulación del TABLÓN ELECTRÓNICO del Ayuntamiento de Vila-real

DISPOSICIÓN FINAL A ANUNCIO ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE TELDE.

ANEXO 1 OBLIGACIONES QUE CONLLEVA LA APLICACIÓN DE LAS LEYES 39/2015 Y 40/2015: OBLIGACIONES CUYO CUMPLIMIENTO YA ES EXIGIBLE PARA LOS MUNICIPIOS

Las finalidades de la Ley son:

REGLAMENTO UCA/CG04/2011, DE 22 DE JUNIO, POR EL QUE SE CREA Y SE ESTABLECE EL FUNCIONAMIENTO DE LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

Artículo 4. Gestión y mantenimiento del registro

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR

*** Publicada en el BOP nº 81, de fecha *** ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE MOGÁN

Reglamento de la Sede Electrónica de la Universitat Oberta de Catalunya. Reglamento de la Sede Electrónica de la Universitat Oberta de Catalunya

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

IV. Administración Local AYUNTAMIENTOS

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE LA RAMBLA (CÓRDOBA) Exposición de motivos

DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Procedimientos en trámite. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Forma de identificación y autenticación.

ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE CARDEÑA. Exposición de motivos

DECRETO XX/2016, de de, por el que se crea y regula la sede electrónica del Servicio Andaluz de Salud.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Cuál es el ámbito subjetivo de aplicación de estas leyes?

ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA DIRECCION DE PLANIFICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

Artículo 2. Condiciones para el empleo de medios EIT en la justificación de las subvenciones.

ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA EN EL AYUNTAMIENTO DE PONFERRADA

DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL, JUSTICIA E INTERIOR

AYUNTAMIENTO DE PILAR DE LA HORADADA EDICTO

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DE LA GRANJUELA (CORDOBA)

Proyecto de Orden por la que se crea y regula la Sede Judicial Electrónica de Galicia

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

ORDENANZA REGULADORA NUM 12 ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA TÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES

carta de servicios Administración Tributaria Electrónica Municipal salamanca

3. Ot r a s disposiciones

ORDENANZA MUNICIPAL DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA TÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES.

CARTA DE LOS DERECHOS DE LA CIUDADANÍA

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Universidad Carlos III

I. Comunidad Autónoma

CARTA DE SERVICIOS DE LA SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA (

ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE CHILCHES/XILXES Título I. Ámbito de aplicación y principios generales

REGISTRO BOMEH: 5/2011 PUBLICADO EN: BOE núm. 15, de 18 de enero de SEGUROS VIGENCIA: 19 enero 2011

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO TELEMÁTICO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

la presentación de solicitudes, escritos, documentos y comunicaciones por medios informáticos, electrónicos o telemáticos.

Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

ORDENANZA REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE OTROS ANUNCIOS

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

DECRETO DE CREACIÓN DEL REGISTRO PÚBLICO DE FUNCIONARIOS HABILITADOS DEL AYUNTAMIENTO DE GANDIA

V. Anuncios. Otros anuncios. Administración Local. Cabildo Insular de Lanzarote

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

Ley 11/2007, de 22 de junio, Estos derechos pueden de Acceso Electrónico de los reclamarse Ciudadanos a los Servicios Públicos:

Transparencia y acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos

APROBACIÓN DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA ÍNDICE DE DOCUMENTOS

Daniel Sánchez Martínez Proyecto Administración Electrónica Universidad de Murcia Murcia, 13 de octubre de 2009

La firma electrónica en la Administración Pública La Administración electrónica. Dr. Julián Valero Torrijos Universidad de Murcia

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO

DERECHO ADMINISTRATIVO

LA LEY DE ACCESO ELECTRÓNICO: IMPACTO EN LAS ADMINISTRACIONES

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Código de identificación único

Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. índice

1. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos Exposición de motivos Título preliminar.

LA ADMINISTRACION ELECTRONICA PARA LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO TELEMÁTICO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA ( BOJA 15/7/2011) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Exposición de motivos... 15

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

AYUNTAMIENTO DE BÉJAR

Por su parte el artículo 9.1 de la misma Ley 11/2007 prevé en relación con las transmisiones de datos entre Administraciones públicas lo siguiente:

IV. Administración Local

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 21/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 122, de 20 de mayo de Disponible en:

CONSEJERÍA DE EMPLEO. Sevilla, 10 de octubre 2011 BOJA núm. 199 Página núm. 37

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN

Transparenciay acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos

Nº 30. Capítulo I: Disposiciones Generales

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

ORDENANZA REGULADORA DE CREACION Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO ELECTRÓNICO MUNICIPAL

NORMATIVA y jurisprudencia

Por lo expuesto, I. Consideraciones generales


Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

PRESIDENCIA INFORME-PROPUESTA RELATIVO A LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA.-

ORDENANZA REGULADORA DE LA CREACIÓN Y SUPRESIÓN DE FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO VIATOR

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Acuerdo de aprobación del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad Miguel Hernández.

Además, existe un mandato normativo claro y expreso tal y como viene recogido en:

El procedimiento administrativo electrónico. Alberto Palomar Olmeda

Ordenanza Municipal Reguladora del Uso de la Administración Electrònica

Ayuntamiento de Yebes (Guadalajara)

Transcripción:

E S T E B O L E T Í N E S T Á C O N F E C C I O N A D O C O N P A P E L R E C I C L A D O C I E N P O R C I E N Publicación de Lunes a Viernes, excepto festivos - Franqueo concertado N.º 20/1 - Nº de Reg. 1567/76 - Dep. Legal H-1-1958 Viernes, 15 de Diciembre de 2010 Número 237 Edita: Excma. Diputación Provincial Avda. Martín Alonso Pinzón, 11 21003 Huelva. Administración: Oficina Diputación Información al público de 9 a 13h. Tlf. 959 49 47 04 Composición e Impresión: Imprenta de la Diputación Provincial. Dirección Pág. Web: www.diphuelva.es TARIFA VIGENTE PUBLICADA EN EL B.O.P. LOS ANUNCIOS QUE HAYAN DE INSERTARSE EN ESTE B.O.P. DE HUELVA SE DIRIGIRÁN AL ILTMO. SR. PRESIDEN- TE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL A TRAVÉS DEL REGISTRO GENERAL DE LA CORPORACIÓN, DEBIENDO ACOMPAÑARSE DE RESGUARDO DE ABONO DE LA CORRESPONDIENTE TASA OBTENIDA MEDIANTE AUTOLIQUIDACIÓN PROVINCIAL O INDICANDO LA DISPOSICIÓN CON RANGO DE LEY QUE LE EXIMA ADMINISTRACIÓN LOCAL Excma. Diputación Provincial de Huelva Aprobación Definitiva Ordenanza... 18977 Rectificación Anuncio Proyecto FORUM... 18994 Aprobación Definitiva Expte. Modificación de Créditos... 18994 Ayuntamiento de Almonaster la Real Aprobación Definitiva Expte. Imposición y Ordenanza Fiscal... 18995 Aprobación Definitiva Ordenanza Municipal... 18999 Ayuntamiento de Almonte Aprobación Definitiva Modificación de Ordenanzas Fiscales... 19017 Aprobación Inicial Modificación Estudio de Detalle... 19042 Notificaciones... 19043 Ayuntamiento de Aracena Aprobación Definitiva Proyecto de Modificación... 19044 Ayuntamiento de Ayamonte Notificaciones... 19050 Ayuntamiento de Beas Bajas de Oficio Padrón de Habitantes... 19051 Ayuntamiento de Cabezas Rubias Aprobación Inicial Presupuesto General 2010... 19052 Ayuntamiento de Calañas Subasta Parcelas Propiedad Municipal... 19052 Ayuntamiento de Chucena Aprobación Definitiva Expte. Modificación... 19053 Ayuntamiento de Punta Umbría Aprobación Definitiva Proyecto de Urbanización... 19054 Aprobación Inicial Expte. Modificación... 19060 Ayuntamiento de Trigueros Lista Provisional Admitidos y Excluidos Pruebas Selección Promoción Interna de una Plaza Administrativo/ Contabilidad y Presupuesto... 19060 Continúa

Bases Convocatoria Provisión Promoción Interna y Concurso de Méritos de Una Plaza Oficial Policía Local... 19061 Ayuntamiento de Rociana del Condado Bajas de Oficio Padrón de Habitantes... 19066 Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre Inicio Exptes. Baja Padrón de Habitantes... 19067 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Agricultura y Pesca Notificaciones... 19068 Consejería de Economía, Innovación y Ciencia Expediente 15698-AT... 19070 Consejería de Medio Ambiente Expediente AAI/HU/070... 19071 Expediente EAPU 010/10... 19072 ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Tesorería General de la Seguridad Social Providencias de Apremio... 19081 Reclamaciones de Deudas... 19107 Notificaciones... 19108 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Recurso de suplicación 3355/09-AC... 19351 Juzgados de lo Social Huelva número Dos - Procedimiento 703/09. Ejec. 270/2010... 19351 Huelva número Dos - Procedimiento 763/09. Ejec. 231/2010... 19352 Huelva número Dos - Procedimiento 724/08. Ejec. 172/2010... 19353 Huelva número Dos - Procedimiento 854/09. Ejec. 268/2010... 19354 Huelva número Dos - Procedimiento 893/09. Ejec. 11/2010... 19354 Huelva número Tres - Social Ordinario 406/2010... 19355 Huelva número Tres - Despidos/Ceses en General 1182/2010... 19355 NOTARÍA Notaría de Don José Antonio Rey Jiménez Acta Notarial... 19356

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18977 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA ANUNCIO Sometido el expediente de aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora de la utilización de medios electrónicos en la actividad del Servicio de Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, cuyo contenido se transcribe a continuación literalmente, a un periodo de información pública por plazo de 30 días tras su publicación en el Boletín Oficial de esta Provincia núm. 201, de 21 de octubre de 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 2/04, de 5 de marzo, sin que conste la presentación de reclamaciones o sugerencias, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo de fecha 6 de octubre de 2010, de conformidad con lo que este mismo establecía. Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados. ORDENANZA REGULADORA DE LA UTILIZACION DE MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LA ACTIVIDAD DEL SERVICIO DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE HUELVA EN APLICACIÓN DE LA LEY 11/2007, DE 22 DE JUNIO, DE ACCESO ELECTRÓNICO DE LOS CIUDADANOS A LOS SERVICIOS PÚBLICOS. CAPÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo Artículo 3. Ámbito de aplicación objetivo Capítulo segundo. Derechos y deberes Artículo 4. Derechos de los ciudadanos y las ciudadanas en el marco de la Administración electrónica Artículo 5. Deberes de los ciudadanos en el marco de las relaciones administrativas realizadas a través de medios electrónicos Capítulo tercero. Principios generales Artículo 6. Principios rectores de la Administración electrónica en el ámbito del Servicio de Gestión Tributaria Artículo 7. Principios organizativos de la Administración electrónica Artículo 8. Principios generales de la difusión de la información administrativa electrónica Artículo 9. Principios generales del acceso electrónico de los ciudadanos y las ciudadanas al procedimiento administrativo Artículo 10. Principios informadores de fomento y promoción de la cooperación interadministrativa en materia de Administración electrónica Capítulo cuarto. Identificación, acceso a la información y presentación de escritos por parte de los ciudadanos Artículo 11. Instrumentos de identificación y acreditación de la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas Artículo 12. Requisitos de identificación en el acceso de los ciudadanos y las ciudadanas a la información administrativa electrónica Artículo 13. Requisitos de identificación y de acreditación de la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas en la presentación de escritos Capítulo quinto. La difusión de la información administrativa por medios electrónicos Artículo 14. Información sobre la organización y los servicios de interés general Artículo 15. Información administrativa Artículo 16. Calidad y seguridad en la sede electrónica y en la web del Servicio de Gestión Tributaria Artículo 17. Tablón de edictos electrónico Artículo 18. Publicación oficial Artículo 19. Incorporación de contenidos a la información administrativa accesible por medios electrónicos Capítulo sexto. Gestión electrónica del procedimiento administrativo Artículo 20. Procedimientos tramitados por vía electrónica Artículo 21. Identificación y acreditación de la voluntad de los órganos administrativos

18978 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Artículo 22. Iniciación Artículo 23. Actos administrativos, comunicaciones con los ciudadanos y validez de los documentos electrónicos Artículo 24. Exigencia y acreditación de representación Artículo 25. Identificación y acreditación de la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas por parte de personal del Servicio Artículo 26. Tramitación por vía electrónica de los procedimientos Artículo 27. Presentación de documentos y declaración responsable Artículo 28. Certificados administrativos electrónicos y transmisión de datos Artículo 29. Compulsas electrónicas y traslado de documentos en soporte papel Artículo 30. Expediente electrónico Artículo 31. Finalización Artículo 32. La notificación por medios electrónicos Capítulo séptimo. SEDE ELECTRÓNICA DEL SERVICIO DE GESTION TRIBUTARIA Artículo 33. Creación y características de la sede electrónica del Servicio Artículo 34. Contenido de la sede Electrónica del Servicio CAPÍTULO OCTAVO. Registro, archivo y acceso a los documentos electrónicos Artículo 35. Registro telemático Artículo 36. Archivo electrónico de documentos Artículo 37. Preservación y acceso a los registros y archivos administrativos electrónicos Capítulo NOVENO. Trámites y procedimientos accesibles por vía electrónica Artículo 38. Procedimiento de implantación y coordinación de los trámites y procedimientos accesibles por vía electrónica Artículo 39. Documento de implantación y coordinación Artículo 40. Órgano competente Artículo 41. Catálogo de trámites y procedimientos accesibles por vía electrónica Disposiciones transitorias Primera. Trámites y procedimientos actuales Segunda. Procedimiento en curso Tercera. Tablón de edictos electrónico Cuarta. Notificación electrónica Quinta. Archivo electrónico Disposiciones finales Primera. Desarrollo y ejecución de la Ordenanza Segunda. Seguimiento e implantación de la Ordenanza Tercera. Difusión de la Ordenanza Cuarta. Regulación de nuevos procedimientos y trámites Quinta. Entrada en vigor Artículo 1. Objeto Capítulo primero. Disposiciones Generales Esta Ordenanza regula la utilización de los medios electrónicos, en el ámbito territorial de la Provincia de Huelva y de las competencias de Gestión y Recaudación delegadas en el Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, para hacer

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18979 posible la consecución más eficaz de los principios de transparencia administrativa, proximidad y servicio a los ciudadanos y ciudadanas en el marco de lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, que se derivan del artículo 103 de la Constitución y de la legislación general administrativa. 1. Como consecuencia de ello, esta Ordenanza tiene por objeto: a) Establecer los derechos y los deberes que deben regir las relaciones por medios electrónicos de los ciudadanos y las ciudadanas con el Servicio de Gestión Tributaria. b) Fijar los principios generales para el impulso y el desarrollo de la Administración electrónica en el ámbito del mismo. c) Regular las condiciones y los efectos jurídicos del uso de los medios electrónicos en la tramitación de los procedimientos administrativos que le competen al Organismo Provincial. Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo 1. Esta Ordenanza será de aplicación al Servicio de Gestión Tributaria, así como a los Ayuntamientos y entidades cuya Gestión Tributaria o Recaudatoria esté delegada en el Organismo Provincial. 2. Esta Ordenanza será asimismo aplicable a los ciudadanos, entendiendo como tales las personas físicas y jurídicas, cuando utilicen medios electrónicos en sus relaciones con el Servicio y con el resto de entidades referidas al apartado 1 anterior. Artículo 3. Ámbito de aplicación objetivo 1. Esta Ordenanza se aplicará a las actuaciones en que participe la Organismo Provincial que se lleven a cabo por medios electrónicos, y concretamente a las siguientes: a) Las relaciones con los ciudadanos y las ciudadanas que tengan carácter jurídico-tributario cuando existan Convenios de Colaboración con las entidades titulares de los créditos. b) La consulta por parte de los ciudadanos y las ciudadanas de la información pública tributaria y de los datos administrativos que estén en poder del Organismo Provincial. c) La realización de los trámites y procedimientos administrativos accesibles por vía electrónica, de conformidad con lo que prevé esta Ordenanza. d) El tratamiento de la información obtenida por la Organismo Provincial en el ejercicio de sus potestades. 2. Los principios generales contenidos en esta Ordenanza son aplicables a las comunicaciones de los ciudadanos y las ciudadanas no sometidas al ordenamiento jurídico administrativo, y de manera especial la comunicación de avisos y de incidencias, la presentación de reclamaciones y quejas, la formulación de sugerencias, la realización de preguntas a los órganos del Servicio de Gestión Tributaria y las peticiones y otras formas de participación, mientras no sean objeto de una regulación específica. 3. Esta Ordenanza define los principios que deben regir las relaciones del Organismo Provincial con otras administraciones realizadas a través de medios electrónicos. 4. A efectos de lo que dispone esta Ordenanza, se entiende por medio electrónico cualquier mecanismo, equipo, instalación o sistema de tratamiento o transmisión de la información que permita producir, almacenar o tratar datos o informaciones susceptibles de ser incorporados en un soporte electrónico, o transmitir estos datos o informaciones mediante redes de comunicaciones electrónicas. Capítulo segundo. Derechos y deberes Artículo 4. Derechos de los ciudadanos y las ciudadanas en el marco de la Administración electrónica 1. En el marco del acceso y la utilización de la Administración electrónica del Servicio de Gestión Tributaria, se reconoce a los ciudadanos y a las ciudadanas los derechos enunciados por la normativa básica estatal aplicable al acceso electrónico de los ciudadanos y las ciudadanas a los servicios públicos, y, en especial, los siguientes: a) Derecho a relacionarse con el Organismo Provincial a través de medios electrónicos, presentar documentos, hacer trámites y procedimientos y, en general, ejercer los derechos y las facultades que les reconoce el ordenamiento jurídico administrativo, con total validez y seguridad, excepto en los casos en que una norma con rango de ley establezca o infiera la utilización de un medio no electrónico. b) Derecho a exigir del Organismo Provincial que se les dirija a través de estos medios y obtener documentos a través de formatos electrónicos. c) Derecho a no presentar documentos que se encuentren en poder del Organismo Provincial o del resto de administraciones públicas con las cuales el Servicio de Gestión Tributaria haya firmado un convenio de intercambio de información.

18980 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 d) Derecho a gozar de contenidos electrónicos de calidad, accesibles, transparentes y comprensibles. e) Derecho a acceder a la información administrativa, registros y archivos a través de medios electrónicos. f) Derecho a participar en la mejora de la gestión tributaria a través de medios electrónicos y de recibir respuesta a las peticiones y consultas formuladas. g) Derecho a acceder y utilizar la Administración electrónica, con independencia de las disminuciones físicas o psíquicas. h) Derecho a disponer de formación y soporte en la utilización de la Administración electrónica. i) Derecho a acceder y utilizar la Administración electrónica con independencia de las herramientas tecnológicas utilizadas. j) Derecho a la confidencialidad y protección de sus datos personales y en el resto de los derechos que le concede la normativa de protección de datos, en especial el derecho que la información personal entregada no pueda ser destinada a ninguna otra finalidad. k) Derecho a la privacidad y seguridad de sus comunicaciones con el Organismo Provincial y de las comunicaciones que pueda hacer el Servicio en que consten los datos del ciudadano o de la ciudadana. l) Derecho a la conservación en formato electrónico por parte del Organismo Provincial de los documentos electrónicos que formen parte de un expediente. 2. El ejercicio, la aplicación y la interpretación de estos derechos se llevará a cabo según lo previsto en la normativa aplicable y las previsiones de esta Ordenanza. Artículo 5. Deberes de los ciudadanos en el marco de las relaciones administrativas realizadas a través de medios electrónicos 1. En el marco de la utilización de los medios electrónicos en la actividad administrativa y en sus relaciones con el Organismo Provincial, y para garantizar el buen funcionamiento y gestión de la información, comunicaciones, procesos y aplicaciones de la Administración electrónica, la actuación de los ciudadanos debe estar presidida por los siguientes deberes: a) Deber de utilizar los servicios y procedimientos de la Administración electrónica de buena fe y evitando el abuso. b) Deber de facilitar al Organismo Provincial, en el ámbito de la Administración electrónica, información veraz, completa y esmerada, adecuada a los fines para los que se solicita. c) Deber de identificarse en las relaciones administrativas por medios electrónicos con el Organismo Provincial, cuando éste así lo requiera. d) Deber de custodiar aquellos elementos identificativos personales e intransferibles utilizados en las relaciones administrativas por medios electrónicos con el Organismo Provincial. e) Deber de respetar el derecho a la privacidad, confidencialidad y seguridad y el resto de los derechos en materia de protección de datos. 2. El Organismo Provincial velará por el cumplimiento de estos deberes, en el marco de lo previsto en la normativa aplicable y en las previsiones de esta Ordenanza. CAPÍTULO TERCERO. PRINCIPIOS GENERALES Artículo 6. Principios rectores de la Administración electrónica en el ámbito del SERVICIO DE GESTION TRIBUTARIA El Servicio de Gestión Tributaria, en el marco de la utilización de medios electrónicos en la actividad administrativa, está sujeto a los principios enunciados en la normativa básica estatal aplicable al acceso electrónico de los ciudadanos y las ciudadanas a los servicios públicos, que, para el ámbito de esta Ordenanza, se concretan en los enunciados en este capítulo. Artículo 7. Principios organizativos de la Administración electrónica La actuación del Organismo Provincial en general, y la referida al impulso de la Administración electrónica en particular, deberá regirse por los siguientes principios generales: a) Principio de servicio al ciudadano. El Organismo Provincial impulsará el acceso electrónico a la información, los trámites y los procedimientos administrativos para posibilitar la consecución más eficaz de los principios constitucionales de transparencia administrativa, proximidad y servicio a los ciudadanos y a las ciudadanas.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18981 b) Principio de simplificación administrativa. El Organismo Provincial, con el objetivo de alcanzar una simplificación e integración de los procesos, procedimientos y trámites administrativos, y de mejorar el servicio a la ciudadanía, aprovechará la eficiencia que comporta la utilización de técnicas de Administración electrónica, en particular eliminando todos los trámites o las actuaciones que se consideren no relevantes y rediseñando los procesos y los procedimientos administrativos, de acuerdo con la normativa aplicable, utilizando al máximo las posibilidades derivadas de las tecnologías de la información y la comunicación. c) Principio de impulso de medios electrónicos. El Organismo Provincial impulsará de manera preferente el uso de los medios electrónicos en el conjunto de sus actividades y, en especial, en las relaciones con los ciudadanos, por lo que deberá aplicar los medios personales y materiales pertinentes y adoptar las medidas necesarias para que sean efectivos. d) Principio de neutralidad tecnológica. El Organismo Provincial garantizará la realización de las actuaciones reguladas en esta Ordenanza, con independencia de los instrumentos tecnológicos utilizados, de manera que sean la misma evolución tecnológica y la adopción de las tecnologías dentro de la sociedad las que determinen la utilización de los medios tecnológicos que, en cada momento, sean más convenientes. El Organismo Provincial promoverá el uso del software de código abierto en la Administración electrónica. e) Principio de interoperabilidad. El Organismo Provincial garantizará la adopción de los estándares de interoperabilidad y velará, respetando criterios de seguridad, adecuación técnica y economía de medios, para que los sistemas de información utilizados por el Servicio de Gestión Tributaria sean compatibles y se reconozcan con los de los ciudadanos y de otras administraciones. f) Principio de confidencialidad, seguridad y protección de datos. El Organismo Provincial, en el impulso de la Administración electrónica, garantizará la protección de la confidencialidad y seguridad de los datos de los ciudadanos y las ciudadanas, de conformidad con los términos definidos en la normativa sobre protección de datos y en las otras normas relativas a la protección de la confidencialidad de los datos de los ciudadanos y las ciudadanas. Serán objeto de especial protección los datos personales de los ciudadanos y las ciudadanas y toda la información común que deban usar los diferentes departamentos y entidades conveniadas del Organismo Provincial, los cuales estarán obligados a comunicar los datos necesarios para mantenerla debidamente documentada y actualizada. g) Principio de transparencia. El Organismo Provincial facilitará la máxima difusión, publicidad y transparencia de la información que conste en sus archivos y de las actuaciones administrativas, de conformidad con el resto del ordenamiento jurídico y con los principios establecidos en esta Ordenanza. h) Principios de eficacia, eficiencia y economía. La implantación de los medios electrónicos en el Organismo Provincial estará presidida por los principios de eficacia, eficiencia y economía. i) Principio de cooperación. Con el objetivo de mejorar el servicio a la ciudadanía y la eficiencia en la gestión, el Servicio de Gestión Tributaria establecerá convenios, acuerdos y contratos con los colegios profesionales, asociaciones y otras entidades, para facilitar la relación de sus asociados y clientes con el Organismo Provincial. j) Principio de participación. El Organismo Provincial promoverá el uso de los medios electrónicos en el ejercicio de los derechos de participación, en especial el derecho de petición, los derechos de audiencia e información pública, la iniciativa ciudadana, las consultas y la presentación de quejas, reclamaciones y sugerencias. Artículo 8. Principios generales de la difusión de la información administrativa electrónica La difusión por medios electrónicos de la información administrativa de interés general y de la información que el Organismo Provincial está obligada a hacer pública se hará de conformidad con los siguientes principios: a. Principio de accesibilidad y usabilidad. El Organismo Provincial garantizará el uso de sistemas sencillos que permitan obtener información de interés ciudadano, de manera rápida y segura y comprensible. El Organismo Provincial pondrá a disposición de los ciudadanos y las ciudadanas con discapacidades o con dificultades especiales los medios necesarios para que puedan acceder a la información administrativa a través de medios electrónicos, siguiendo los criterios y estándares generalmente reconocidos. b. Principio de compleción y de exactitud de la información que publique el Organismo Provincial. El Servicio de Gestión Tributaria garantizará, en el acceso a la información de forma electrónica, la obtención de documentos con el contenido exacto y fiel al equivalente en soporte papel o en el soporte en que se haya emitido el documento original. La disponibilidad de la información en forma electrónica no debe impedir o dificultar la atención personalizada en las oficinas públicas o por otros medios tradicionales. c. Principio de actualización. Los diferentes órganos del Organismo Provincial mantendrán actualizada la información administrativa que sea accesible por canales electrónicos. En las publicaciones electrónicas constarán las fechas de actualización.

18982 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 d. Principio de garantía de protección de datos de carácter personal. El Organismo Provincial aprovechará la tecnología disponible en cada momento para garantizar los derechos inherentes a la protección de los datos personales, garantizando las medidas de seguridad que impidan cualquiera trazabilidad personal no amparada por la finalidad o el consentimiento. e. Principio de consulta abierta de los recursos de información de acceso universal y abierto. El Organismo Provincial garantizará el acceso a la información administrativa que, de conformidad con la legislación vigente, sea de acceso general, sin exigir ningún tipo de identificación previa. Artículo 9. Principios generales del acceso electrónico de los ciudadanos y las ciudadanas al procedimiento administrativo La realización electrónica de los trámites administrativos en el marco de la Organismo Provincial debe regirse por los siguientes principios generales: a. Principio de legalidad. El Organismo Provincial asegurará el mantenimiento de la integridad de las garantías jurídicas de los ciudadanos y las ciudadanas establecidas en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. b. Principio de no discriminación por razón del uso de medios electrónicos. El uso de los medios electrónicos no podrá comportar ninguna discriminación o perjuicio para los ciudadanos y las ciudadanas en sus relaciones con el Organismo Provincial. En este sentido, en el marco de la legislación vigente y de las disposiciones de esta Ordenanza, los sistemas de comunicación telemática con la Administración sólo podrán configurarse como obligatorios y exclusivos, en las relaciones interadministrativas, en las relaciones juridicotributarias y en las relaciones de sujeción especial. c. Principio de trazabilidad de los procedimientos y documentos administrativos. El Organismo Provincial llevará a cabo las acciones necesarias para establecer sistemas y procedimientos adecuados y comprensibles de trazabilidad, que permitan a los ciudadanos y las ciudadanas conocer en todo momento, y a través de medios electrónicos, las informaciones relativas al estado de la tramitación y el historial de los procedimientos y documentos administrativos, sin perjuicio de la aplicación de los medios técnicos necesarios para garantizar la intimidad y la protección de los datos personales de las personas afectadas. d. Principio de intermodalidad de medios. En los términos previstos en esta Ordenanza y sus normas de despliegue, un procedimiento iniciado por un medio podrá continuarse por otro diferente, siempre y cuando se asegure la integridad y seguridad jurídica del conjunto del procedimiento. Los trámites y los procedimientos accesibles por vía electrónica podrán llevarse a cabo por los canales y medios electrónicos que determine el Servicio. e. Principio de proporcionalidad. El Organismo Provincial garantizará que sólo se exigirán las garantías y medidas de seguridad adecuadas a la naturaleza y circunstancias de los diferentes trámites y actuaciones. Igualmente, únicamente se requerirá a los ciudadanos los datos que sean estrictamente necesarios en consideración a la finalidad para la que se soliciten. Artículo 10. Principios informadores de fomento y promoción de la cooperación interadministrativa en materia de Administración electrónica La cooperación interadministrativa realizada en el marco del Organismo Provincial debe estar informada por los siguientes principios generales: a. Principio de cooperación y de colaboración interadministrativas. Con el objetivo de mejorar el servicio al ciudadano y la eficiencia en la gestión de los recursos públicos, el Servicio impulsará la firma con las administraciones públicas de todos aquellos convenios y acuerdos que sean necesarios para hacer posibles y aplicables las previsiones incluidas en esta Ordenanza, en particular, y entre otros los que tengan por objeto la fijación de estándares técnicos y el establecimiento de mecanismos para intercambiar y compartir información, datos, procesos y aplicaciones. El Servicio de Gestión Tributaria pondrá a disposición de la comunidad, y en particular de las entidades locales y del resto de las administraciones públicas, sus aplicaciones de Administración electrónica. El Servicio de Gestión Tributaria deberá publicar los acuerdos y los convenios que, en cumplimiento de este principio, haya firmado con otras administraciones públicas. b. Principios de acceso y disponibilidad limitada. El Organismo Provincial deberá facilitar el acceso de las restantes administraciones públicas a los datos de que disponga de los interesados y que estén en soporte electrónico, especificando las condiciones, los protocolos y los criterios funcionales o técnicos necesarios para acceder a los datos mencionados con las máximas garantías de seguridad e integridad. La disponibilidad de los datos mencionados en el apartado anterior se limitará estrictamente a los que las administraciones públicas requieran, en el ejercicio de sus funciones, para la tramitación y la resolución de los procedimientos

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18983 que sean de su competencia. El acceso a los datos mencionados estará condicionado al hecho de que el interesado haya dado su consentimiento o que una norma con rango legal así lo prevea. Capítulo cuarto. Identificación, acceso a la información y presentación de escritos por parte de los ciudadanos Artículo 11. Instrumentos de identificación y acreditación de la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas 1. La identificación y acreditación de la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas en las relaciones con el Organismo Provincial se podrá producir por medio de los siguientes mecanismos: a. Firma electrónica reconocida, en todo caso, salvo que una norma específica añada requisitos adicionales para la identificación y la acreditación de la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas. b. Otros sistemas de firma electrónica admitidos legalmente y que sean adecuados para garantizar la identificación de los ciudadanos y las ciudadanas y, si procede, la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos. 2. El Servicio de Gestión Tributaria, directamente o mediante convenios, acuerdos o contratos con otras entidades, podrá suministrar los mecanismos de identificación y de acreditación de la voluntad a los ciudadanos y las ciudadanas que lo soliciten, habiendo comprobado previamente la identidad de manera específica. 3. La utilización del DNI electrónico permitirá identificar a los ciudadanos y las ciudadanas en los términos definidos en la normativa que sea aplicable. 4. El Organismo Provincial promoverá la utilización de los medios de identificación electrónica más extendidos en el ámbito social y establecerá acuerdos con las entidades de certificación correspondientes. 5. El Organismo Provincial admitirá los certificados electrónicos reconocidos emitidos por prestadores de servicios de certificación, siempre y cuando el prestador de servicios de certificación ponga a disposición del Organismo Provincial la información que sea necesaria en condiciones que resulten tecnológicamente viables y sin que comporte ningún coste para el Servicio de Gestión Tributaria. 6. El Servicio de Gestión Tributaria admitirá los sistemas de firma electrónica utilizados o admitidos por otras administraciones públicas, diferentes de los referidos en el apartado anterior, de conformidad con los principios de reconocimiento mutuo y reciprocidad. 7. El Servicio de Gestión Tributaria publicará la relación de sistemas de firma electrónica admitidos en sus relaciones con los ciudadanos y las ciudadanas. Esta relación incluirá, al menos, información sobre los elementos de identificación utilizados, así como, si procede, las características de los certificados electrónicos admitidos, los prestadores que los expiden y las especificaciones de la firma electrónica que puede realizarse con los certificados mencionados. Artículo 12. Requisitos de identificación en el acceso de los ciudadanos y las ciudadanas a la información administrativa electrónica 1. Será de libre acceso para los ciudadanos y las ciudadanas, sin necesidad de identificación, la siguiente información: a. Información sobre la organización del Servicio Provincial y los servicios de interés general. b. Consultas de disposiciones generales e información normativa. c. Información incluida en el tablón de edictos electrónico. d. Publicaciones oficiales del Servicio de Gestión Tributaria. e. Expedientes sometidos a información pública. f. Otra información de acceso general. Sin perjuicio del derecho de acceso libre y anónimo que ampara a los ciudadanos y las ciudadanas que quieran acceder a la información a que se refiere este apartado, el Organismo Provincial podrá, para la mejora de los servicios que se prestan o a los efectos estadísticos, solicitar de los ciudadanos datos que no tengan carácter personal. 2. De conformidad con lo que dispone el apartado 1 del artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se garantiza a los ciudadanos y las ciudadanas la consulta libre de los documentos electrónicos que estén archivados por el Servicio y que hagan referencia a procedimientos finalizados en la fecha de la consulta. Para garantizar el ejercicio cuidadoso y no abusivo del derecho de consulta descrito, será necesario que los ciudadanos y las ciudadanas se identifiquen a través de los medios electrónicos que determine el Servicio de Gestión Tributaria y que permitan dejar constancia de la identidad de la persona solicitante y de la información solicitada.

18984 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 3. De conformidad con los apartados 2, 3, 5 y 6 del artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el acceso a los documentos nominativos, a los documentos que contengan datos relativos a la intimidad de las personas, a los expedientes no finalizados y a los expedientes y archivos referidos a los apartados 5 y 6 del artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, queda reservado a las personas que acrediten las condiciones que la Ley prevé en cada caso. Para garantizar que el derecho de consulta es ejercido por los ciudadanos y las ciudadanas que se encuentran legalmente habilitados para hacerlo, el Servicio exigirá su identificación por medio de cualquier procedimiento electrónico de identificación seguro, entre los especificados en el artículo 10 de esta Ordenanza. Artículo 13. Requisitos de identificación y de acreditación de la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas en la presentación de escritos 1. La utilización de firma electrónica reconocida será un requisito suficiente para identificar y entender acreditada la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas que presenten por vía electrónica escritos en cualquier procedimiento o trámite de conformidad con lo previsto en esta Ordenanza. 2. El Servicio podrá establecer otros tipos de firma electrónica que permitan garantizar la seguridad y la integridad en la identificación y la acreditación de la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas, considerando los siguientes criterios: Las características de los canales electrónicos que se hayan habilitado para la realización del trámite. La proporcionalidad entre el requisito impuesto y la trascendencia que pueda tener el trámite en concreto, en la esfera jurídica de la ciudadanía. La exigencia formal de firma, del escrito presentado por el ciudadano o la ciudadana, en la normativa de procedimiento administrativo general. El nivel de seguridad jurídica, en función de los riesgos asociados a la operativa. La disponibilidad de la tecnología y los recursos del Servicio de Gestión Tributaria. 3. Los escritos y los documentos electrónicos que presenten los ciudadanos y las ciudadanas deberán incorporar el mecanismo de identificación y de acreditación de la voluntad del ciudadano o la ciudadana que en cada caso se defina, de conformidad con el apartado 2 anterior. 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Organismo Provincial requerirá de los particulares la enmienda de cualquier defecto formal ocasionado por el incumplimiento de los requisitos de identidad, integridad y autenticidad que prevé este artículo. Capítulo quinto. La difusión de la información administrativa por medios electrónicos Artículo 14. Información sobre la organización y los servicios de interés general 1. El Organismo Provincial facilitará por medios electrónicos, y como mínimo a través de la página web del Servicio, información sobre: a. Su organización y competencias. b. Los servicios que tiene encomendados o asumidos, con la indicación de las prestaciones concretas y la disponibilidad de cada uno de los servicios. c. Los procedimientos administrativos que tramitan, precisando los requisitos esenciales y los plazos de resolución y notificación, como también el sentido del silencio. d. Los datos de localización, como por ejemplo la dirección postal, el teléfono y el correo electrónico. 2. Se podrá difundir a través de medios electrónicos cualquier otra información relativa a asuntos o cuestiones de interés general para los ciudadanos y las ciudadanas en el marco de las actividades del Servicio. 3. La información facilitada hará constar el órgano administrativo proveedor de la información y las fechas de actualización. Artículo 15. Información administrativa El Organismo Provincial facilitará a través de medios electrónicos toda la información administrativa que por prescripción legal o resolución judicial deba hacerse pública, especificando en cualquier caso el órgano administrativo autor del acto o disposición publicados. A manera de ejemplo, el Organismo Provincial hará pública la siguiente información: a. Los anuncios de información pública.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18985 b. Los procedimientos de contratación administrativa. c. Los procedimientos de selección de personal. d. Los impresos y formularios de los trámites y procedimientos municipales. Artículo 16. Calidad y seguridad en la sede electrónica y en la web DEL SERVICIO DE GESTION TRIBUTARIA 1. Los servicios en la sede electrónica estarán operativos 24 horas al día, todos los días del año. Cuando por razones técnicas se prevea que la sede electrónica, o algunos de sus servicios, puede no estar operativa, deberá anunciarse a los usuarios y las usuarias con la máxima antelación que sea posible, indicando los medios alternativos que estén disponibles. 2. Se garantizarán la autenticidad, la actualización y la integridad de la información y los servicios que sean accesibles a través de la sede electrónica. 3. La sede electrónica cumplirá los estándares de accesibilidad de conformidad con la normativa aplicable, y en particular se garantizará que sea accesible desde los principales navegadores y sistemas operativos de código abierto. Artículo 17. Tablón de edictos electrónico 1. La publicación de actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria, deban publicarse en el tablón de edictos municipal, podrá ser sustituida o complementada por su publicación en el tablón de edictos electrónico. 2. El acceso al tablón de edictos electrónico no requerirá ningún mecanismo especial de acreditación de la identidad del ciudadano o la ciudadana. 3. El tablón de edictos electrónico se publicará en la sede electrónica del Servicio de Gestión Tributaria y podrá consultarse desde los terminales instalados en la sede del Servicio de Gestión Tributaria y en otros puntos de acceso electrónico que se determinen. En cualquier caso, se garantizará el acceso de todo el mundo y la ayuda necesaria para realizar una consulta efectiva. 4. El tablón de edictos electrónico dispondrá de los sistemas y mecanismos que garanticen la autenticidad, la integridad y la disponibilidad del contenido, en los términos previstos en el artículo 45.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En especial, a los efectos del cómputo de los plazos que corresponda, se establecerá el mecanismo que garantice la constatación de la fecha y la hora de la publicación de los edictos. 5. El tablón de edictos electrónico estará disponible todos los días del año y durante las veinticuatro horas del día, a través de la web del Servicio. Cuando por razones técnicas se prevea que el tablón de edictos electrónico puede no estar operativo, deberá anunciarse a los usuarios y las usuarias con la máxima antelación que sea posible, e indicarles los medios alternativos de consulta del tablero que estén disponibles. Artículo 18. Publicación oficial El Organismo Provincial facilitará, a través de la sede electrónica regulada en esta Ordenanza, el acceso a los diarios oficiales en que se publique información pública del Servicio de Gestión Tributaria. La publicación de estos diarios o boletines oficiales por medios electrónicos tendrá los mismos efectos que los atribuidos a la publicación de su edición impresa. Artículo 19. Incorporación de contenidos a la información administrativa accesible por medios electrónicos La incorporación de contenidos a la información administrativa accesible por medios electrónicos se realizará conforme a los principios establecidos en esta Ordenanza, y se dará en todo caso prioridad a la publicación de la información administrativa que por ley o por resolución judicial deba ser publicada. Artículo 20. Procedimientos tramitados por vía electrónica 1. El Servicio de Gestión Tributaria garantiza el ejercicio del derecho a relacionarse con la Administración por medios electrónicos y del resto de los derechos reconocidos en el artículo 4 de esta Ordenanza con relación a los trámites y procedimientos cuya tramitación se haga por medios electrónicos. 2. Por medio de los trámites y los procedimientos mencionados en el apartado anterior, podrá pedirse información, hacer consultas, formular solicitudes, presentar pretensiones, practicar alegaciones, emitir y recibir facturas, hacer pagos, oponerse a las resoluciones y actos administrativos y, en general, ejercer los derechos y las facultades que reconoce el ordenamiento jurídico administrativo. 3. En el marco de la legislación vigente y de los principios de esta Ordenanza, mediante un decreto de la Presidencia, podrán determinarse los supuestos y las condiciones en que será obligatorio comunicarse con el Organismo Pro-

18986 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 vincial a través de medios electrónicos, cuando los interesados sean personas jurídicas o colectivos de personas físicas que por razones de capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados, tengan garantizados el acceso a los medios tecnológicos adecuados y la disponibilidad de estos medios. Capítulo sexto. Gestión electrónica del procedimiento administrativo Artículo 21. FIRMA ELECTRÓNICA, Identificación y acreditación de la voluntad de los órganos administrativos 1. El personal y los órganos del Servicio de Gestión Tributaria podrán utilizar los sistemas siguientes para su identificación electrónica y para la autenticación de los documentos electrónicos que produzcan: a. Sistemas de firma electrónica basados en la utilización de certificados de dispositivo seguro o un medio equivalente que permita identificar la sede electrónica del Servicio y el establecimiento de comunicaciones seguras. b. Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada. c. Firma electrónica del personal al servicio del Organismo Provincial. d. Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación. 2. La sede electrónica del Servicio de Gestión Tributaria utilizará para identificarse y garantizar una comunicación segura sistemas de firma electrónica basados en certificados de dispositivo seguro o un medio equivalente. 3. Los actos administrativos del Organismo Provincial podrán dictarse de forma automatizada, siempre y cuando se dé cumplimiento a los requisitos establecidos para los actos administrativos en la normativa administrativa aplicable y en esta Ordenanza. A tales efectos, el Departamento de Informática podrá determinar para cada supuesto la utilización de los siguientes sistemas de firma electrónica: a. Sello electrónico del órgano correspondiente, basado en un certificado electrónico que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. b. Código seguro de verificación vinculado al órgano o entidad de derecho público correspondiente y, si procede, a la persona firmante del documento. 4. La identificación y el ejercicio de la competencia de las entidades integradas en la Organismo Provincial se realizará mediante los sistemas de firma electrónica de que haya sido provisto el personal a su servicio, de acuerdo con las previsiones de la normativa básica aplicable. 5. El intercambio de datos electrónicos transmitidos en entornos cerrados de comunicación será válido de conformidad con las condiciones y garantías que acuerde el Servicio de Gestión Tributaria, las cuales deberán garantizar la integridad y el no repudio de los datos electrónicos transmitidos. Artículo 22. Iniciación 1. En las condiciones establecidas en esta Ordenanza, los procedimientos administrativos sólo podrán iniciarse a instancia de parte a través de medios electrónicos, mediante la presentación de solicitud en el Registro telemático regulado en ésta Ordenanza. A tales efectos, el Servicio de Gestión Tributaria pondrá a disposición de los interesados los correspondientes modelos o sistemas electrónicos de solicitud, que deberán ser accesibles sin más restricciones que las derivadas de la utilización de los estándares de interoperabilidad enunciados en esta Ordenanza. Para los trámites y procedimientos para los cuales no se haya establecido un modelo o sistema electrónico de solicitud específico, el Servicio de Gestión Tributaria se obliga expresamente a poner a disposición de los interesados un modelo o sistema electrónico de solicitud genérico. 2. Cuando utilicen los modelos y las solicitudes electrónicas a que hace referencia el apartado anterior, los ciudadanos y las ciudadanas deberán utilizar la firma electrónica reconocida o cualquier otro mecanismo de identificación y de acreditación de la voluntad que se establezca de conformidad con esta Ordenanza, y con lo previsto en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sin embargo, cuando utilice el modelo o sistema electrónico de solicitud genérico descrito en el apartado anterior, el ciudadano o ciudadana deberá utilizar, al menos, la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido. Artículo 23. Actos administrativos, comunicaciones con los ciudadanos y validez de los documentos electrónicos 1. Los actos administrativos y las resoluciones dictados por el Organismo Provincial y las comunicaciones con los ciudadanos y las ciudadanas que se hagan por medios electrónicos deberán cumplir los requisitos de seguridad, integridad y conservación previstos en el artículo 45.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18987 de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como los previstos en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. 2. Las previsiones contenidas en este artículo no serán aplicables a las comunicaciones que se produzcan al margen de los procedimientos administrativos, cuya regulación corresponda al Servicio, y donde no sea necesario garantizar los requisitos mencionados anteriormente, teniendo en cuenta la sensibilidad de la comunicación realizada. 3. Se considerarán válidos los documentos emitidos por los particulares en sus relaciones con la Administración que hayan sido producidos por medios electrónicos, siempre y cuando se acredite su autenticidad, integridad y conservación, de conformidad con los términos previstos en esta Ordenanza y con las normas que la desplieguen. El Organismo Provincial promoverá la utilización de formatos estándar internacionalmente reconocidos. 4. Las comunicaciones a través de medios electrónicos serán válidas siempre y cuando exista constancia de la transmisión y recepción, de la fecha, de su contenido íntegro y se identifiquen las personas remitentes y destinatarias. 5. Las personas interesadas podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de la firma electrónica avanzada. El Organismo Provincial puede solicitar en cualquier momento la confrontación del contenido de las copias aportadas. Artículo 24. Exigencia y acreditación de representación 1. Los ciudadanos y las ciudadanas podrán actuar por medio de representantes en los procedimientos y trámites administrativos que se realicen ante el Organismo Provincial por medios electrónicos, de acuerdo con lo previsto por la legislación general y esta Ordenanza. En estos supuestos, la validez de las actuaciones realizadas estará sujeta a la acreditación de la representación. 2. El procedimiento de acreditación de la representación cuando se realicen actuaciones por medios electrónicos podrá llevarse a cabo a través de cualquiera de los procedimientos siguientes alternativos: a. Mediante la presentación de apoderamientos en soporte electrónico. b. Mediante los certificados de firma electrónica que incluyan la relación de representación y que sean aceptados por el Servicio de Gestión Tributaria de conformidad con lo que establecido en esta Ordenanza. c. Mediante la declaración del apoderamiento por parte del representante y la posterior comprobación de la representación en los registros de la Organismo Provincial o de otras administraciones o entidades con las cuales el Servicio de Gestión Tributaria haya firmado un convenio de colaboración. d. Cualquier otro sistema de acreditación de la representación que habilite el Servicio en el marco de las leyes y de esta Ordenanza. 3. Cuando el procedimiento lo permita y se considere conveniente, el Organismo Provincial podrá, en cualquier momento, pedir al apoderado o apoderada la justificación del apoderamiento. Artículo 25. Identificación y acreditación de la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas por parte de PERSONAL DEL SERVICIO DE GESTION TRIBUTARIA 1. En el supuesto de que los ciudadanos y las ciudadanas no dispongan de los instrumentos electrónicos de identificación o acreditación de la voluntad que prevé esta Ordenanza, esta identificación o acreditación de la voluntad la podrá hacer válidamente un funcionario municipal, a través del uso del sistema de firma electrónica de que esté dotado. Para la eficacia de lo que dispone el párrafo anterior, el ciudadano o ciudadana deberá identificarse y prestar su consentimiento expreso, y debe quedar constancia para los casos de discrepancia o litigio. 2. El Servicio de Gestión Tributaria mantendrá actualizado un registro del personal habilitado para la identificación o acreditación de la voluntad de los ciudadanos y las ciudadanas regulada en este artículo. Artículo 26. Tramitación por vía electrónica de los procedimientos 1. Los programas, las aplicaciones y los sistemas de información que en cada caso se utilicen para la realización por medios electrónicos de los trámites administrativos deberán garantizar el control de los plazos, la constancia de la fecha y la hora y la identificación de las personas responsables de las actuaciones, aparte del respeto al orden de tramitación de los expedientes. 2. Los órganos administrativos deberán garantizar que los derechos de audiencia a las personas interesadas y de información pública a los ciudadanos y las ciudadanas se puedan ejercer a través de medios electrónicos, cuando proceda.

18988 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 3. La persona interesada, con la identificación previa, podrá solicitar y obtener información al menos sobre el estado de la tramitación de los procedimientos administrativos gestionados electrónicamente en su totalidad, de acuerdo con las condiciones del servicio de acceso restringido establecido a tal efecto. La información sobre el estado de tramitación del procedimiento comprenderá la relación de los actos de trámite realizados, con indicación de su contenido, así como la fecha en que se dictaron. 4. El Servicio podrá remitir a la persona interesada avisos sobre el estado de la tramitación, a las direcciones telemáticas de contacto que ésta le haya indicado. Artículo 27. Presentación de documentos y declaración responsable 1. No deberá aportarse documentos que estén en poder del Organismo Provincial o de otras administraciones públicas con las cuales el Servicio de Gestión Tributaria haya firmado un convenio de colaboración. El ejercicio de este derecho se hará de acuerdo con la normativa aplicable a cada procedimiento, y con la normativa aplicable a la protección de datos de carácter personal. 2. Las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza promoverán la sustitución de la aportación de documentos acreditativos del cumplimiento de requisitos para una declaración responsable de la persona interesada que exprese la concurrencia de los requisitos mencionados y el compromiso de aportar los justificantes, a requerimiento de la Administración. 3. La comprobación de la información contenida en estas declaraciones podrá efectuarse en los registros del Organismo Provincial o en los de otras administraciones o entidades con las cuales el Servicio de Gestión Tributaria tenga firmado un convenio de colaboración. Artículo 28. Certificados administrativos electrónicos y transmisión de datos 1. De acuerdo con los principios de simplicidad administrativa e interoperabilidad entre administraciones, el Servicio promoverá la eliminación de certificados y, en general, de documentos en papel, que se sustituirán, siempre y cuando sea posible, por certificados y documentos electrónicos o por transmisiones de datos. Tanto en el caso de certificados electrónicos y documentos electrónicos como en el de transmisiones de datos, su expedición, tratamiento y efectos se regirán por lo que dispone esta Ordenanza, con sujeción estricta a la normativa de protección de datos de carácter personal, así como al resto de la normativa aplicable al procedimiento administrativo. 2. El Servicio de Gestión Tributaria se compromete a facilitar el acceso de otras administraciones públicas a los datos relativos a los interesados que estén en su poder y se encuentren en soporte electrónico. En todo caso, se establecerán las máximas garantías de seguridad, integridad y disponibilidad, de conformidad con lo que dispone la normativa aplicable a la protección de datos de carácter personal. La disponibilidad de los datos se limitará estrictamente a los que el resto de administraciones requieran a los ciudadanos y las ciudadanas para la tramitación y resolución de los procedimientos y las actuaciones de su competencia de acuerdo con su normativa reguladora. El acceso a los datos de carácter personal estará en cualquier caso sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en la normativa de protección de datos de carácter personal. 3. En el marco de los principios regulados en esta Ordenanza, el Servicio promoverá el establecimiento de convenios con las entidades públicas o privadas tanto emisoras como receptoras de certificados o documentos administrativos, para simplificar la obtención, la transmisión y, si procede, la convalidación de documentos o certificados electrónicos por transmisiones de datos. La aportación de certificados que prevén las normas reguladoras vigentes de procedimientos y actuaciones administrativas se podrá realizar a través de certificados electrónicos, con plena validez y eficacia, de acuerdo con las siguientes previsiones: a. En el marco de un procedimiento administrativo, el Servicio de Gestión Tributaria, como responsable del trámite, podrá solicitar telemáticamente la transmisión de datos en poder de otras administraciones que sean necesarios para el ejercicio de sus competencias. b. Para dar respuesta a las peticiones de las administraciones conveniadas, el Servicio dispondrá de mecanismos automáticos de transmisión de datos en tiempo real. c. Para la sustitución de un certificado en papel por la transmisión de los datos correspondientes, la persona titular de estos datos debe haber consentido la realización de la transmisión de acuerdo con lo previsto en la normativa de protección de datos de carácter personal, excepto en los casos previstos en una norma con rango de ley. Si no presta su consentimiento, la persona interesada deberá solicitar y aportar el certificado correspondiente. d. Cualquier transmisión de datos, ya sea hecha por el Servicio de Gestión Tributaria u otras administraciones conveniadas, se efectuará a solicitud del órgano o la entidad tramitadora, en la cual se identificarán los datos requeridos y sus titulares, como también la finalidad para la que se requieren. En la solicitud debe constar

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18989 que se dispone del consentimiento de los titulares afectados, de la manera prevista en el apartado anterior, salvo que este consentimiento no sea necesario, en virtud de una norma con rango de ley. e. Se dejará constancia de la petición y la recepción de los datos en el expediente, por parte del órgano o el organismo receptor. A los efectos de la verificación del origen y la autenticidad de los datos por parte de los órganos de fiscalización y control, se habilitarán mecanismos para que los órganos mencionados puedan realizar los controles que consideren oportunos. f. Para garantizar la identidad de la Administración peticionaria y la de la Administración emisora, así como la integridad, la autenticidad y la confidencialidad de los datos transmitidos, tanto la petición como la transmisión de datos deberán ir acompañadas de la firma electrónica reconocida del órgano administrativo competente. 4. El Servicio de Gestión Tributaria establecerá los mecanismos necesarios para la elaboración de certificados administrativos electrónicos, que tendrán los mismos efectos que los expedidos en soporte papel. El contenido de éstos podrá imprimirse en soporte papel y la firma manuscrita se sustituirá por un código de verificación generado electrónicamente, que permitirá comprobar su autenticidad accediendo telemáticamente a los archivos del órgano u organismo emisor. 5. El Servicio emitirá certificados electrónicos sobre los datos que figuran en su poder, a petición de los ciudadanos. 6. Los ciudadanos y las ciudadanas, en sustitución de los certificados en papel, podrán presentar al Organismo Provincial certificados en soporte electrónico de otras administraciones obtenidos telemáticamente o bien mediante la compulsa electrónica del certificado en papel. Artículo 29. Compulsas electrónicas y traslado de documentos en soporte papel 1. La compulsa electrónica de documentos electrónicos y en soporte papel se realizará a través de un procedimiento de digitalización seguro, que incluya, en los términos del artículo 21 de esta Ordenanza, la firma electrónica del personal al servicio de la Organismo Provincial que haya realizado la compulsa y que garantice la autenticidad y la integridad de la copia. Los documentos compulsados electrónicamente tendrán la consideración de copias auténticas, a los efectos de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. 2. La incorporación de documentos en soporte papel en los trámites y procedimientos administrativos que se tramiten por vía electrónica se hará mediante la compulsa electrónica de los documentos en soporte papel. 3. Los documentos compulsados electrónicamente podrán ser válidos tanto en el procedimiento concreto para el cual se ha realizado la compulsa como para cualquier otro procedimiento tramitado por el Organismo Provincial. 4. Cuando un procedimiento iniciado electrónicamente no se tramite totalmente en soporte electrónico, el órgano competente procederá a la reproducción en soporte papel de las solicitudes, comunicaciones u otros documentos electrónicos, mediante compulsa, para continuar la tramitación del expediente. 5. En el traslado de documentos electrónicos a copias en soporte papel, se hará constar la diligencia del personal competente que acredite la correspondencia y la exactitud con el documento original electrónico, mediante la compulsa. Estos documentos tendrán la consideración de copias auténticas, a los efectos de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. 6. Los documentos electrónicos podrán trasladarse a copias en soporte papel mediante procedimientos automatizados. En este caso, el documento en soporte papel incorporará un mecanismo que permitirá validar su contenido con la identificación del documento electrónico original. Artículo 30. Expediente electrónico 1. El expediente electrónico es el conjunto de documentos electrónicos correspondientes a un procedimiento administrativo, sea cual sea el tipo de información que contengan. 2. La foliación de los expedientes electrónicos se llevará a cabo mediante un índice electrónico, firmado por el órgano actuante. Este índice garantizará la integridad del expediente electrónico y permitirá su recuperación siempre y cuando sea necesario. Es admisible que un mismo documento forme parte de diferentes expedientes electrónicos. 3. La remisión de expedientes podrá sustituirse a todos los efectos por la puesta a disposición del expediente electrónico, y la persona interesada tiene derecho a obtener una copia de conformidad con las previsiones de esta Ordenanza.

18990 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Artículo 31. Finalización 1. Los procedimientos que se tramiten y se finalicen en soporte electrónico garantizarán la identificación y el ejercicio de la competencia por parte del órgano que en cada caso esté reconocido como competente. 2. El acto o resolución que ponga fin a un procedimiento electrónico deberá cumplir los requisitos que prevé el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, e ir acompañado de los sistemas de firma electrónica previstos en esta Ordenanza. 3. El traslado de documentos electrónicos, abarcando los que deben figurar en los libros de resoluciones y en los libros de actas, mientras estos no tengan el formato en soporte electrónico, se hará de acuerdo con el procedimiento de compulsa previsto en esta Ordenanza. Artículo 32. La notificación por medios electrónicos 1. La notificación electrónica se practicará utilizando medios electrónicos cuando la persona interesada haya señalado estos medios como preferentes o exprese su consentimiento a su utilización, en los procedimientos administrativos que se tramiten por vía electrónica. 2. La aceptación de los interesados podrá tener carácter general para todos los trámites que los relacionen con el Organismo Provincial o para uno o diversos trámites, según lo que se haya manifestado. En los procedimientos administrativos electrónicos iniciados a instancia de parte, se presumirá la existencia de la aceptación, salvo que la misma persona interesada haya manifestado lo contrario a través de los medios telemáticos que el Servicio le facilite. 3. Para la eficacia de lo que se dispone en este artículo, toda persona interesada que manifieste su voluntad de ser notificada por medios electrónicos dispondrá en la dirección de la sede electrónica del Servicio de Gestión Tributaria de un buzón electrónico en el que recibirá las notificaciones electrónicas correspondientes a aquellos procedimientos a los que voluntariamente decida suscribirse. Para utilizar éste servicio, voluntario y gratuito, el interesado deberá disponer de un Certificado digital de firma avanzada. 4. Una vez manifestada la voluntad del interesado para ser notificado por medios electrónicos, ésta vía mantendrá vigencia indefinida válida a efectos de notificación, excepto en los supuestos que la persona titular solicite su revocación o modificación, por defunción de la persona física o extinción de la personalidad jurídica, cuando una resolución administrativa o judicial lo ordene o por el transcurso de tres años sin que se utilice para la práctica de las notificaciones. En este caso, se comunicará a la persona interesada para que pueda expresar su interés en mantenerla activa; en caso contrario, se inhabilitará. 5. La notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales en el momento que se produzca el acceso a su contenido en la sede del Servicio. El sistema de notificación deberá acreditar las fechas y las horas en que se produzca la recepción de la notificación a la dirección electrónica de la persona interesada y el acceso al contenido del acto notificado por parte del ciudadano o ciudadana, así como cualquier causa técnica que imposibilite alguna de las circunstancias anteriores. 6. Cuando exista constancia de la puesta a disposición de la notificación en el buzón electrónico del interesado y transcurran diez días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que la notificación ha sido rechazada a los efectos de lo previsto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, excepto que de oficio o a instancia de la persona interesada se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso a su dirección electrónica. 7. Durante la tramitación de los procedimientos, la persona interesada podrá requerir al órgano correspondiente que las notificaciones sucesivas no se practiquen por medios electrónicos. En este caso, deberá usarse cualquier otro medio admitido por el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Este requerimiento no será efectivo cuando se aprecie mala fe o abuso de derecho por parte del ciudadano o la ciudadana. 8. El acceso electrónico por parte de las personas interesadas al contenido de las actuaciones administrativas correspondientes tendrá los efectos propios de la notificación por comparecencia, siempre que quede constancia de este acceso. CAPÍTULO SÉPTIMO. SEDE ELECTRÓNICA DEL SERVICIO DE GESTION TRIBUTARIA ARTÍCULO 33. CREACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA SEDE ELECTRÓNICA DEL SERVICIO 1. Se crea la sede electrónica del Servicio de Gestión Tributaria. 2. La sede electrónica del Servicio de Gestión Tributaria es la dirección electrónica disponible para los ciudadanos y ciudadanas, cuya titularidad, gestión y administración corresponden al Servicio de Gestión Tributaria en el ejercicio de sus competencias.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18991 3. El Departamento de Informática del Servicio de Gestión Tributaria determina las condiciones de creación y funcionamiento de su sede electrónica, la cual debe someterse a los siguientes principios: a) Integridad, veracidad y actualización de los contenidos de la sede electrónica. b) Publicidad oficial. c) Responsabilidad. d) Calidad. e) Seguridad. f) Disponibilidad. g) Accesibilidad y usabilidad. h) Neutralidad tecnológica. i) Interoperatividad. 4. La sede electrónica estará disponible para los ciudadanos y las ciudadanas a través de Internet en la dirección electrónica <<https://www.sgth.es>>. 5. La sede electrónica del Servicio de Gestión Tributaria utilizará, para identificarse y garantizar una comunicación segura, sistemas de firma electrónica basados en certificados de dispositivo seguro o un medio equivalente. 6. Los trámites y procedimientos accesibles por medios electrónicos, se realizarán a través de la sede electrónica del Servicio de Gestión Tributaria. ARTÍCULO 34. CONTENIDO DE LA SEDE ELECTRÓNICA 1. En la sede electrónica se accederá de manera sencilla a las informaciones necesarias para su correcta identificación y utilización, a los datos relacionados con el tratamiento de la información de carácter personal y a las condiciones de reutilización relacionadas con la propiedad intelectual que, en general, deberán respetar la atribución del contenido y su inalterabilidad. 2. La sede electrónica tendrá el siguiente contenido: a) La norma de su creación, directamente o mediante enlace a su publicación. b) Un catálogo único de los servicios, procedimientos, trámites y convocatorias que se realicen por medios electrónicos. c) Un sistema de verificación gratuito de la autenticidad e integridad de los documentos emitidos electrónicamente. d) La relación de sistemas de firma electrónica que sean admitidos o utilizados en la sede. e) El sistema de consulta del estado de tramitación de los procedimientos. f) El sistema de acceso a las comunicaciones y notificaciones con la Administración y al tablón de anuncios electrónico. g) Los formularios para iniciar los procedimientos administrativos o solicitar la prestación de servicios. h) Los compromisos de calidad de la prestación de servicios y cartas de servicios. i) El formulario único de sugerencias, reclamaciones y quejas. j) El acceso al Boletín Oficial de la Provincia de Huelva. k) La estructura orgánica del Servicio de Gestión Tributaria y la identificación de sus responsables con una dirección de correo electrónico. l) Los contenidos que, en razón de su importancia e interés social, apruebe el órgano responsable de la sede electrónica. 3. La Presidencia del Servicio a propuesta de la Gerencia podrá determinar y homologar herramientas comunes para garantizar la eficacia de los contenidos de la sede electrónica del Servicio de Gestión Tributaria. CAPÍTULO OCTAVO. REGISTRO, ARCHIVO Y ACCESO A LOS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS ARTÍCULO 35. REGISTRO ELECTRÓNICO 1. Se crea el Registro electrónico del Servicio de Gestión Tributaria.

18992 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 2. El Registro electrónico se integrará a todos los efectos en el Registro general del Organismo y tendrá carácter voluntario para los administrados, excepto los supuestos de utilización obligatoria establecidos por ley o por las normas de creación de futuros procedimientos telemáticos en que se regule la presentación de solicitudes, escritos o comunicaciones a través del registro mencionado. 3. El acceso al Registro electrónico será posible durante las 24 horas del día, todos los días del año. La fecha de entrada y/o de salida se acreditará mediante un servicio de consignación electrónica de fecha y hora. A los efectos del cómputo de plazos, la recepción de documentos en un día inhábil se entenderá efectuada el primer día hábil siguiente. El Registro electrónico se regirá por la fecha y la hora oficiales. 4. La presentación de solicitudes, escritos o comunicaciones al Registro electrónico tendrá los mismos efectos que la presentación efectuada por el resto de medios admitidos por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. 5. El Registro electrónico no admitirá la presentación de solicitudes, escritos o comunicaciones que no cumplan todos los mecanismos de identificación y de acreditación de la voluntad de los ciudadanos que fije el Servicio de conformidad con las previsiones de esta Ordenanza. 6. El Registro electrónico realizará las comprobaciones oportunas sobre la integridad y autenticidad de los documentos y emitirá automáticamente un recibo consistente en una copia autenticada del escrito, solicitud o comunicación presentados, así como de los documentos presentados, que comprenderá la fecha y la hora de presentación y el número de entrada en el registro. 7. Cuando, por razones técnicas, se pueda prever que el registro no podrá estar operativo, deberá anunciarse a los usuarios con la máxima antelación posible y mientras dure esta situación. Artículo 36. Archivo electrónico de documentos 1. El Organismo Provincial podrá archivar por medios electrónicos todos los documentos que se produzcan en el ejercicio de sus funciones, de manera que se cumplan los términos previstos en el artículo 45.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La reproducción en soporte electrónico de documentos en soporte papel se hará de conformidad con el procedimiento de compulsa previsto en ésta Ordenanza. 2. En el supuesto de documentos emitidos originariamente en papel, de los que se hayan efectuado copias electrónicas de acuerdo con lo dispuesto por la normativa aplicable, podrá procederse a la destrucción de los originales, en los términos y con las condiciones que establezca el Servicio. 3. El Organismo Provincial debe garantizar la conservación de los documentos electrónicos originales, recibidos, producidos y gestionados en el desarrollo de sus procesos administrativos, y a lo largo de su ciclo de vida. 4. Los medios o soportes en que se almacenen los documentos electrónicos dispondrán de las medidas de seguridad que garanticen la integridad, la autenticidad, la confidencialidad, la calidad, la protección y la conservación de los documentos archivados, y en particular la identificación de los usuarios y el control de acceso. 5. El Servicio de Gestión Tributaria podrá establecer convenios o acuerdos con otras entidades para el archivo definitivo de sus documentos electrónicos, siempre y cuando cumplan las garantías del apartado anterior. Artículo 37. Preservación y acceso a los registros y archivos administrativos electrónicos La preservación y el acceso a los documentos almacenados en medios electrónicos se regirá por las previsiones de esta Ordenanza relativas al acceso a la información y por los principios y normas aplicables a la protección de la confidencialidad y privacidad de datos. CAPÍTULO NOVENO. TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS ACCESIBLES POR VÍA ELECTRÓNICA Artículo 38. Procedimiento de IMPLANTACIÓN Y coordinación de los trámites y procedimientos accesibles por vía electrónica 1. El Presidente aprobará las instrucciones internas aplicables a la implantación y coordinación del cumplimiento de los criterios de legalidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad tecnológica e interoperatividad, entre otros, de los trámites y procedimientos accesibles por vía electrónica. 2. Las características de los procedimientos y trámites accesibles por medios electrónicos deberán definirse en el documento descrito en el siguiente artículo. 3. Las instrucciones internas descritas en el apartado 1 anterior deberán respetar los principios de competencia, legalidad, eficacia, transparencia y simplificación.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18993 Artículo 39. Documento de IMPLANTACIÓN Y COORDINACIÓN El documento de coordinación y supervisión deberá contener todos los elementos necesarios para que el órgano competente pueda evaluar el cumplimiento de los criterios enunciados en el apartado 1 del artículo 37 y, en especial, la oportunidad, la legalidad, la solvencia técnica y las implicaciones organizativas del acceso por vía electrónica de los ciudadanos y las ciudadanas en los trámites y procedimientos administrativos. Artículo 40. Órgano competente La verificación sobre el cumplimiento de los criterios enunciados en el artículo 35 corresponde al órgano designado a tal efecto por el Presidente. Artículo 41. Catálogo de trámites y procedimientos accesibles por vía electrónica Los trámites y procedimientos accesibles por vía electrónica se incluirán, a los efectos de información a los ciudadanos y las ciudadanas, en el correspondiente Catálogo, que se publicará en la sede electrónica prevista en esta Ordenanza. Primera. Trámites y procedimientos actuales Disposiciones transitorias Los trámites y procedimientos accesibles actualmente por vía electrónica, ya sea a través de la web del Servicio o a través de otros canales telemáticos, deberán incluirse en el Catálogo previsto en el artículo 38 desde el momento de entrada en vigor de esta Ordenanza, sin necesidad de cumplir las previsiones mencionadas en el documento de coordinación y supervisión contenidas en el capítulo IX. La sede electrónica del Servicio de Gestión Tributaria deberá permitir, desde el momento de su creación, la realización de las actuaciones previstas en los trámites y procedimientos incluidos en el Catálogo mencionado. Segunda. Procedimientos en curso Esta Ordenanza no se aplicará a los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor. Tercera. Tablón de edictos electrónico El tablón de edictos electrónico que regula esta Ordenanza entrará en funcionamiento cuando se aprueben las disposiciones que desarrollen las previsiones de esta Ordenanza y el Servicio de Gestión Tributaria haya puesto en marcha los sistemas y las tecnologías correspondientes. Cuarta. Notificación electrónica El Servicio pondrá en marcha la notificación electrónica, para los procedimientos y trámites que lo requieran, cuando se aprueben las disposiciones que desarrollen las previsiones de esta Ordenanza y el Servicio de Gestión Tributaria haya puesto en marcha los sistemas y las tecnologías correspondientes. Quinta. Archivo electrónico El archivo electrónico del Servicio de Gestión Tributaria entrará en funcionamiento cuando se apruebe la disposición que regule su organización y el Servicio de Gestión Tributaria haya puesto en marcha los sistemas y las tecnologías correspondientes. Primera. Desarrollo y ejecución de la Ordenanza Disposiciones finales Se faculta al Presidente como órgano competente para dictar las disposiciones de desarrollo y ejecución que sean necesarias de esta Ordenanza. Segunda. Seguimiento e implantación de la Ordenanza Se encarga a los Servicios Informáticos para proponer a los órganos de gobierno de la Organismo Provincial las acciones de desarrollo, seguimiento y evaluación de la aplicación de esta Ordenanza, previa autorización de la Gerencia. Tercera. Difusión de la Ordenanza Una vez sea aprobada esta Ordenanza, el Servicio hará difusión de ella a través de medios electrónicos y preparará una edición en soporte papel para distribuirla entre los ciudadanos y, en particular, entre los colectivos y entidades especialmente afectados por su aplicación. El desarrollo de esta Ordenanza preverá las acciones de difusión y de formación para el personal al servicio del Organismo Provincial.

18994 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Cuarta. Regulación de nuevos procedimientos y trámites A partir de la entrada en vigor de esta Ordenanza, cualquier regulación que se efectúe de nuevos procedimientos y trámites administrativos, o modificación de los existentes, deberá prever la posibilidad de su tramitación por medios telemáticos y se ajustará a las condiciones y a los requisitos previstos en esta ordenanza. Su regulación se ajustará al procedimiento de incorporación previsto en el capítulo noveno de la Ordenanza. Quinta. Entrada en vigor Esta Ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación. En Huelva, a 9 de diciembre de dos mil diez.- El Secretario General. Oficina de Planificación y Seguimiento de Proyectos ANUNCIO DE RECTIFICACIÓN En el Boletín Oficicial de la Provincia de Huelva nº 48 de 12 de marzo de 2010, se publicó el anuncio de adjudicación definitiva de las obras "de Acondicionamiento de la CP 8128, de la N 433 a Cañaveral de León. Programa FORUM.- A GÉVORA CONSTRUCCIONES S.A. en la cantidad de 415.893,66 el 5 de octubre de 2009"; En el mismo Boletín, se publicó igualmente anuncio de adjudicación definitiva de las obras "de refuerzo de Firme en al CP HU 5101, Calañas a El Cerrro del Andévalo. Programa FORUM.- A PROBISA TECONOLOGÍA Y CONSTRUCCIONES S.A. en la cantidad 545.513,23, el 21 de septiembre de 2009". Observada la omisión del fondo cofinanciador, se añade para ambos casos "Proyecto Integrado para la Corrección de los Desequilibrios Territoriales de la Provincia de Huelva - FORUM - cofinanciado en un 70% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Programa Opertivo de Andalucía 2007/2013". Huelva, 9 de diciembre de 2010.- LA PRESIDENTA.- EL SECRETARIO GENERAL. Intervención ANUNCIO Aprobado el expediente de modificación de créditos nº 4/10 de Pleno, se expone al público de conformidad a lo dispuesto en los arts. 169, en relación al 177, ambos del RDL 2/04, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, siendo su resumen a nivel de capítulos, el siguiente:

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18995 Contra esta aprobación sólo cabe recurso contencioso administrativo en la forma y plazos establecidos en las normas reguladoras de dicha jurisdicción. Huelva, 7 de diciembre de 2010.- LA PRESIDENTA. AYUNTAMIENTOS ALMONASTER LA REAL IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LA TASA POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. A) NO HAY ALEGACIONES: ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Almonaster la Real sobre imposición de la tasa por realización de actividades administrativas con motivo de la apertura de establecimientos, así como la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. "ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACUIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Exposición de Motivos La Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, impone a los Estados miembros la obligación de eliminar todas las trabas jurídicas y barreras administrativas injustificadas a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios que se contemplan en los artículos 49 y 57 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, respectivamente, establece un principio general según el cual el acceso a una actividad de servicios y su ejercicio no estarán sujetos a un régimen de autorización. La transposición parcial al ordenamiento jurídico español realizada a través de la Ley 17/2009, de 23 noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, dispone que únicamente podrán mantenerse regímenes de autorización previa, por ley, cuando no sean discriminatorios, están justificados por una razón imperiosa de interés general y

18996 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 sean proporcionados. En particular, se considerará que no está justificada una autorización cuando sea suficiente una comunicación o una declaración responsable del prestador, para facilitar, si es necesario, el control de la actividad. En el ámbito local, la licencia de apertura de establecimiento ha constituido un instrumento de control municipal con el fin de mantener el equilibrio entre la libertad de creación de empresa y la protección del interés general justificado por los riesgos inherentes de las actividades de producir incomodidades, alterar las condiciones normales de salubridad y medioambientales, incidir en los usos urbanísticos, o implicar riesgos graves para la seguridad de las personas o bienes. Sin embargo, las recientes modificaciones otorgan a la licencia de apertura un carácter potestativo para el municipio, salvo cuando se trate del acceso y ejercicio de actividades de servicios incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, en cuyo caso los regímenes de autorización previa se encuentran limitados conforme a lo indicado en el párrafo anterior. Por otra parte, del análisis del procedimiento administrativo en orden a la concesión de licencias, pone de manifiesto aspectos de la burocracia administrativa que suponen demoras y complicaciones, no siempre necesarias, que han de ser superadas en atención al principio de eficacia que consagra el art. 103.1 de la Constitución Española y al principio de celeridad expresado en los arts. 74 y 75 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en aplicación de la Ley 17/2009, de 23 noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, por la que se deberán revisar los procedimientos y trámites para eliminar los que no sean necesarios o sustituirlos por alternativas que resulten menos gravosas para los prestadores. Como consecuencia, este Ayuntamiento, dentro de las medidas de adaptación a la nueva normativa, ha regulado una Ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el desarrollo de actividades económicas, por la que se pretende facilitar y facultar la puesta en marcha de actividades económicas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, así como otras actividades no incluidas de menor impacto medioambiental con el fin de extender la eliminación de trabas y agilización administrativa a otras actividades, de forma que podrán iniciarse sin previa licencia municipal desde el mismo día de la presentación de la declaración responsable, sin necesidad de esperar a la finalización del control municipal, el cual se mantiene aunque se articule a posteriori. De este modo, la mencionada presentación, y la toma de conocimiento por parte de la Administración no supone una autorización administrativa para ejercer una actividad, sino un medio para que la Administración conozca la existencia de dicha actividad y activar las comprobaciones pertinentes. El mantenimiento de la licencia previa en la apertura de determinadas actividades se justifica por razones imperiosas de interés general, de orden público, seguridad pública, salud pública, seguridad de los destinatarios de bienes y servicios, de los trabajadores, protección del medio ambiente y el entorno urbano. Se hace necesario ahora regular una nueva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por realización de actividades administrativas con motivo de la apertura de establecimientos, para adaptar a la mencionada Directiva y a la Ordenanza General, la vigente Ordenanza Fiscal reguladora de esta materia, no suponiendo la presente ordenanza modificación de las actuales tarifas. Por tanto, en virtud de la autonomía local constitucionalmente reconocida, que garantiza a los Municipios personalidad jurídica propia y plena autonomía en el ámbito de sus intereses, y que legitima el ejercicio de competencias de control de las actividades que se desarrollen en su término municipal, se dicta la presente Ordenanza previa observancia de la tramitación establecida al efecto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 1º. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 15 a 19 y 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento ha establecido la Tasa por la realización de actividades administrativas para la apertura de establecimientos, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal conforme a lo establecido en los artículos 20 a 27 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 2º. Hecho imponible 1. Constituye el hecho imponible el desarrollo de la actividad municipal, técnica y administrativa de control y comprobación a efectos de verificar si la actividad realizada o que se pretende realizar se ajusta al cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación sectorial, urbanística y medioambiental que resulte aplicable en cada momento a cualquier establecimiento industrial, comercial, profesional, de servicios y espectáculo público o actividad recreativa, así como sus modificaciones ya sean de la actividad o del titular de la actividad, al objeto de procurar que los mismos tengan las condiciones de tranquilidad, seguridad, salubridad, medio ambientales y cualesquiera otras exigidas por las normas reguladoras de licencias de instalación y de apertura o funcionamiento. Todo ello de acuerdo con las facultades de intervención administrativa conferidas por el articulo 84 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 5 y 22,1 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 15 de junio de 1955, modificado por el Real Decreto 2009/2009, de 23 de diciembre

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18997 2. Estarán sujetos a esta Tasa todos los supuestos establecidos en la Ordenanza Reguladora de la Intervención Municipal en el inicio de Actividades Económicas, en los que resulte obligatoria la solicitud y obtención de licencia, o en su caso la realización de la actividad de verificación o control posterior del cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación sectorial cuando se trate de actividades no sujetas a autorización o control previo y, entre otros, los siguientes: a) La primera instalación de un establecimiento o actividad industrial, comercial, profesional o de servicios. b) Ampliación de superficie de establecimientos con licencia de apertura. c) Ampliación de actividad en establecimientos con licencia de apertura. d) Ampliación de actividad con ampliación de superficie en establecimientos con licencia de apertura. e) Reforma de establecimientos con licencia de apertura, sin cambio de uso. f) La reapertura de establecimiento o local, por reiniciar la misma el titular que obtuvo licencia en su día, si la licencia no hubiere caducado. g) Estarán sujetos a la Tasa también la apertura de pequeños establecimientos, las licencias temporales de apertura para locales o actividades que se habiliten con ocasión de fiestas de la ciudad, los que se habiliten para la celebración de fiestas especiales, los destinados a ferias de muestras, rastrillos, puestos o análogos. h) La puesta en conocimiento de la administración de cualquier modificación de una actividad que ya realizó la preceptiva declaración responsable i) Cambio de titular en las actividades en las que ya se realizó la preceptiva declaración responsable, teniendo tal consideración la puesta en conocimiento de la administración de dicho cambio por persona distinta que para seguirá ejerciéndola en un establecimiento siempre que tanto la propia actividad, el establecimiento donde se desarrolla y sus instalaciones no hubiesen sufrido modificaciones respecto a la desarrollada por el anterior responsable y conforme a su declaración, salvo las que expresamente se impongan por precepto legal. 3. A los efectos de esta Tasa, se entenderá por establecimiento toda edificación, instalación o recinto cubierto, o al aire libre, está o no abierto al público, o como complemento o accesorio de otro establecimiento, o actividad principal, destinado habitual o temporalmente al ejercicio de actividades económicas por cuenta propia Artículo 3º. Exenciones Estarán exentos del abono de la Tasa los siguientes supuestos de traslado de local, siempre que se mantenga en el nuevo establecimiento, la actividad anterior al traslado: a) como consecuencia de derribo, b) declaración de estado ruinoso b) expropiación forzosa realizada por el Ayuntamiento. Artículo 4º. Sujetos pasivos 4.1- Son sujetos pasivos a título de contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria y articulo 23,1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, titulares o responsables de la actividad que se pretende desarrollar o ya se está desarrollando en cualquier establecimiento industrial, mercantil o de servicios en general, que inicien expediente de solicitud de licencia o similar para la misma, o en su caso, por quienes presenten Declaración Responsable. 4.2- Tendrán la condición de sustitutos del contribuyente las personas físicas o jurídicas a que se refiere el articulo 23, 2, a) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, propietarios de los inmuebles en que se pretende desarrollar o ya se está desarrollando la actividad industrial, mercantil o de servicios en general. Artículo 5º. Base imponible. Constituye la Base imponible de la Tasa la cuota tarifa del Impuesto sobre Actividades Económicas por la actividad o actividades que se realicen en el local sujeto a apertura o a declaración responsable para su posterior control por la Administración. Artículo 6º. Cuota tributaria 1. La cuota por la Tasa de Licencia de Apertura será igual al 200% de la Base Imponible establecida en el artículo anterior. 2. La cuota tributaria se exigirá por unidad de local.

18998 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 3. En los casos de variación o ampliación de actividades a desarrollar en establecimiento sujeto de la cuota que resulte, se deducirá lo devengado por este concepto tributario con ocasión de la 1ª apertura, y de ulteriores variaciones o ampliaciones de la actividad, así como de la ampliación del local. La cantidad a ingresar será la diferencia resultante. 4. En el supuesto de traspasos y cambio de titular de los establecimientos, la cuota a liquidar será del 200% de la Base Imposible establecida en el artículo anterior. 5. En caso de desistimiento formulado por el solicitante con anterioridad a la concesión de la licencia, la cuota a liquidar será del 50%, siempre que la actividad municipal se hubiera iniciado efectivamente. Coeficientes de incremento de la cuota tributaria por la superficie del local: Aquellas actividades que se desarrollen en un establecimiento permanente tributarán por la tarifa básica incrementada por la aplicación de los siguientes coeficientes: SUPERFICIE DEL LOCAL Coeficiente de incremento Menor de 200 metros cuadrados 1 Entre 200 y 1.000 metros cuadrados 2 Mayor de 1.000 metros cuadrados 3 Artículo 7º. Devengo 1. Se devenga la tasa y nace la correspondiente obligación de contribuir, cuando se inicie la actividad municipal que constituye el hecho imponible. A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad: a) En actividades sujetas a licencia de apertura en la fecha de presentación de la oportuna solicitud de la licencia. b) En actividades no sujetas a autorización o control previo, en el momento de presentación de la declaración responsable de inicio de la actividad. Momentos en su caso, en el que deberá ingresarse la totalidad del importe de la misma, mediante el modelo de autoliquidación correspondiente que facilitará el Ayuntamiento a tal efecto. 2. Cuando la apertura haya tenido lugar sin haber obtenido la oportuna licencia o haber realizado la declaración responsable, la Tasa se devengará cuando se inicie efectivamente la actividad municipal conducente a determinar si el establecimiento reune o no las condiciones exigibles, con independencia de la iniciación del expediente administrativo que pueda instruirse para autorizar la apertura del establecimiento o decretar su cierre, si no fueran autorizable dicha apertura. 3. La obligación de contribuir, una vez nacida, no se verá afectada en modo alguno por la denegación de la licencia solicitada o por la concesión de ésta condicionada a la modificación de las condiciones del establecimiento, ni por la renuncia o desistimiento del solicitante una vez concedida la licencia. Artículo 8º. Gestión 1. Si después de formulada la solicitud de licencia de apertura o declaración de inicio y practicada la autoliquidación y su ingreso, se variase o ampliase la actividad a desarrollar en el establecimiento, o se ampliase el local inicialmente previsto; estas modificaciones habrán de ponerse en conocimiento de la Administración municipal con el mismo detalle y alcance que se exigen en la declaración prevista en el número anterior. 2. Las autoliquidaciones presentadas por el contribuyente, a los efectos de esta Ordenanza, están sometidas a comprobación administrativa. Finalizada la actividad municipal y una vez dictada la Resolución que proceda, se practicará si procede, la liquidación definitiva correspondiente, que será notificada al sujeto pasivo, debiendo ser abonada, en periodo voluntario, en los siguientes plazos: a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Disposición derogatoria Quedan derogadas cuantas disposiciones municipales de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ordenanza.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 18999 Disposición final. Entrada en vigor La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días hábiles siguientes al de su completa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva." Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En Almonaster la Real, a 22 de noviembre de 2010.- El Alcalde, Fdo.: Manuel A. Barroso Trujillo APROBACIÓN DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA APERTURA ESTABLECIMIENTOS ACTIVIDADES ECONÓMICAS A) NO HAY ALEGACIONES: ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza municipal reguladora de de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. SUMARIO ORDENANZA REGULADORA DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Artículo 1. Objeto Artículo 2. Definiciones Artículo 3. Ámbito de aplicación Artículo 4. Exclusiones Exposición de Motivos CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 5. Normas comunes para el desarrollo de las actividades Artículo 6. Consulta previa Artículo 7. Documentación necesaria para las distintas actuaciones Artículo 8. Toma de conocimiento Artículo 9. Comprobación Artículo 10. Instrucción CAPÍTULO SEGUNDO Régimen de declaración responsable CAPÍTULO TERCERO Procedimiento de concesión de licencia de apertura de establecimientos Artículo 11. Instrumentos de prevención y control ambiental previstos en la Ley 7/2007, de 9 julio, de Gestión de la Calidad Ambiental de Andalucía Artículo 12. Espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario Artículo 13. Resolución de la licencia de apertura de establecimientos

19000 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Artículo 14.- Potestad de inspección Artículo 15.- Actas de comprobación e inspección Artículo 16. Suspensión de la actividad Artículo 17. Infracciones y sanciones Artículo 18. Tipificación de infracciones Artículo 19. Sanciones Artículo 20. Sanciones accesorias Artículo 21. Responsables de las infracciones Artículo 22. Graduación de las sanciones Artículo 23. Medidas provisionales Artículo 24. Reincidencia y reiteración CAPÍTULO CUARTO Inspección CAPÍTULO QUINTO Régimen sancionador Disposición adicional única. Modelos de documentos Disposición transitoria primera Disposición transitoria segunda Disposición derogatoria Disposición final. Entrada en vigor Anexos Exposición de Motivos La Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, impone a los Estados miembros la obligación de eliminar todas las trabas jurídicas y barreras administrativas injustificadas a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios que se contemplan en los artículos 49 y 57 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, respectivamente, establece un principio general según el cual el acceso a una actividad de servicios y su ejercicio no estarán sujetos a un régimen de autorización. La transposición parcial al ordenamiento jurídico español realizada a través de la Ley 17/2009, de 23 noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, dispone que únicamente podrán mantenerse regímenes de autorización previa, por ley, cuando no sean discriminatorios, estén justificados por una razón imperiosa de interés general y sean proporcionados. En particular, se considerará que no está justificada una autorización cuando sea suficiente una comunicación o una declaración responsable del prestador, para facilitar, si es necesario, el control de la actividad. En el ámbito local, la licencia de apertura de establecimiento ha constituido un instrumento de control municipal con el fin de mantener el equilibrio entre la libertad de creación de empresa y la protección del interés general justificado por los riesgos inherentes de las actividades de producir incomodidades, alterar las condiciones normales de salubridad y medioambientales, incidir en los usos urbanísticos, o implicar riesgos graves para la seguridad de las personas o bienes. Sin embargo, las recientes modificaciones otorgan a la licencia de apertura un carácter potestativo para el municipio, salvo cuando se trate del acceso y ejercicio de actividades de servicios incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, en cuyo caso los regímenes de autorización previa se encuentran limitados conforme a lo indicado en el párrafo anterior. Por otra parte, del análisis del procedimiento administrativo en orden a la concesión de licencias, pone de manifiesto aspectos de la burocracia administrativa que suponen demoras y complicaciones, no siempre necesarias, que han de ser superadas en atención al principio de eficacia que consagra el art. 103.1 de la Constitución Española y al principio de celeridad expresado en los arts. 74 y 75 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en aplicación de la Ley 17/2009, de 23 noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, por la que se deberán revisar los procedimientos y trámites para eliminar los que no sean necesarios o sustituirlos por alternativas que resulten menos gravosas para los prestadores.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19001 Como consecuencia, este Ayuntamiento, dentro de las medidas de adaptación a la nueva normativa, mediante la presente Ordenanza, pretende facilitar y facultar la puesta en marcha de actividades económicas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, así como otras actividades no incluidas de menor impacto medioambiental con el fin de extender la eliminación de trabas y agilización administrativa a otras actividades, de forma que podrán iniciarse sin previa licencia municipal desde el mismo día de la presentación de la declaración responsable, sin necesidad de esperar a la finalización del control municipal, el cual se mantiene aunque se articule a posteriori. De este modo, la mencionada presentación, y la toma de conocimiento por parte de la Administración no supone una autorización administrativa para ejercer una actividad, sino un medio para que la Administración conozca la existencia de dicha actividad y activar las comprobaciones pertinentes. El mantenimiento de la licencia previa en la apertura de determinadas actividades se justifica por razones imperiosas de interés general, de orden público, seguridad pública, salud pública, seguridad de los destinatarios de bienes y servicios, de los trabajadores, protección del medio ambiente y el entorno urbano. Se ha optado por establecer sólo el régimen de declaración responsable y no hacer uso de la comunicación previa debido a que ambos instrumentos son igualmente ágiles para el ciudadano aunque con la ventaja de que la declaración responsable contiene una mayor garantía de información de los requisitos y responsabilidades que implica la actuación. Por tanto, en virtud de la autonomía local constitucionalmente reconocida, que garantiza a los Municipios personalidad jurídica propia y plena autonomía en el ámbito de sus intereses, y que legitima el ejercicio de competencias de control de las actividades que se desarrollen en su término municipal, se dicta la presente Ordenanza previa observancia de la tramitación establecida al efecto por el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Artículo 1. Objeto CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales 1. La presente Ordenanza tiene por objeto regular los procedimientos de intervención municipal sobre los establecimientos, locales, o lugares estables, ubicados en el término municipal de Almonaster la Real, destinados al ejercicio de actividades económicas por cuenta propia, prestada normalmente a cambio de una remuneración económica, o su modificación, a través de los medios establecidos en el artículo 84 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como la comprobación del cumplimiento y mantenimiento de los requisitos establecidos para el ejercicio de dichas actividades. 2. La finalidad de esta Ordenanza es garantizar que los establecimientos dedicados a actividades económicas cumplen con las condiciones técnicas de seguridad, de higiene, sanitarias, de accesibilidad y confortabilidad, de vibraciones y de nivel de ruidos que reglamentariamente se determinen en las normas específicas de cada actividad, en las Normas Básicas de Edificación y Protección contra Incendios en los Edificios y con la normativa aplicable en materia de protección del medio ambiente y de accesibilidad de edificios. Artículo 2. Definiciones A los efectos de esta Ordenanza se entenderá por: 1. «Actividad Económica»: Toda aquella actividad industrial o mercantil consiste en producción de bienes o prestación de servicios conforme a lo previsto en el art. 22.1 del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales. 2. «Servicio»: cualquier actividad económica por cuenta propia, prestada normalmente a cambio de una remuneración, contemplada en el artículo 57 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. 3. «Declaración responsable»: el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. 4. «autorización»: cualquier acto expreso o tácito de la autoridad competente que se exija, con carácter previo, para el acceso a una actividad económica o su ejercicio. Artículo 3. Ámbito de aplicación 1. El régimen de declaración responsable y control posterior se aplica a: a) Apertura de establecimientos para el ejercicio de las actividades económicas incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, de 23 noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. b) Apertura de establecimientos para el ejercicio de las actividades económicas no incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, de 23 noviembre, cuando no se encuentren sometidas a instrumentos de prevención

19002 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 y control ambiental de competencia autonómica conforme a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía. c) Modificaciones de las actividades sometidas a declaración responsable. d) El cambio de titularidad de las actividades. 2. Por razones imperiosas de interés general, de orden público, seguridad pública, salud pública, seguridad de los destinatarios de bienes y servicios, de los trabajadores, protección del medio ambiente y el entorno urbano, el procedimiento de concesión de licencia municipal de apertura se aplica a: a) Los supuestos previstos en normas con rango de ley de actividades incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, de 23 noviembre, y concretamente las referidas a espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario de acuerdo con los apartados 2,3 y 5 del artículo 6 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía. b) Apertura de establecimientos para el ejercicio de las actividades económicas no incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, de 23 noviembre, cuando se encuentren sometidas a instrumentos de prevención y control ambiental de competencia autonómica conforme a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía. c) Modificaciones de las actividades sometidas a licencia municipal. 3. Sin perjuicio del régimen y procedimientos previstos en los anteriores apartados, las actividades en ellos referidas deberán obtener las demás autorizaciones que fueran preceptivas de acuerdo con la normativa sectorial aplicable. Artículo 4. Exclusiones Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Ordenanza los siguientes establecimientos y actividades, que se ajustarán a lo establecido en la normativa sectorial de aplicación: a) El ejercicio de actividades profesionales relacionadas en la sección segunda de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, siempre que se trate de uso de oficina o despacho profesional, siempre que no produzcan en su desarrollo residuos, vertidos o radiaciones tóxicas o peligrosas, ni contaminantes a la atmósfera no asimilables a los producidos por el uso residencial. No están amparadas expresamente de esta exclusión aquellas actividades de índole sanitario o asistencial que incluyan algún tipo de intervención quirúrgica, dispongan de aparatos de radiodiagnóstico o en cuyo desarrollo se prevea la presencia de animales. b) Los establecimientos situados en puestos de mercado de abastos municipales, así como los ubicados en instalaciones, parcelas u otros inmuebles de organismos o empresas públicas, que se encuentren dentro de la misma parcela o conjunto residencial y sean gestionados por éstos, por entenderse implícita la licencia en la adjudicación del puesto, sin perjuicio de garantizar su sometimiento a la normativa medio ambiental e higiénico-sanitaria que le sea de aplicación. c) Los quioscos para venta de prensa, revistas y publicaciones, golosinas, flores y otros de naturaleza análoga situados en los espacios de uso público del municipio. d) La venta ambulante, situada en la vía y espacios públicos. e) El uso del dominio público que pueda realizarse en el ejercicio de una actividad económica. Artículo 5. Normas comunes para el desarrollo de las actividades 1. Las personas responsables de las actividades y establecimientos están obligadas a desarrollarlas y mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y calidad ambiental, reduciendo la posible afección de los espacios públicos y empleando las mejores técnicas disponibles, que en su caso, resultaren necesarias para el cumplimiento de las condiciones expresadas. 2. La licencia de apertura o la declaración responsable caducarán en el caso de que se suspenda la actividad o cese el ejercicio de la misma por un período superior a un año. En tal caso, para poder reanudar el ejercicio de la actividad correspondiente se requerirá el otorgamiento de nueva licencia de apertura o la presentación de declaración responsable. Artículo 6. Consulta previa 1. Sin perjuicio de lo señalado en la ventanilla única prevista en el art. 18 de la Ley 17/2009, de 23 noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, los interesados podrán presentar solicitudes de consulta previa sobre aspectos concernientes a un proyecto de apertura de establecimiento o inicio de actividad, que acompañarán de una memoria descriptiva o de los datos suficientes que definan las características generales de la actividad proyectada y del inmueble en el que se pretenda llevar a cabo.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19003 2. La contestación a la consulta se realizará de acuerdo con los términos de la misma y la documentación aportada, y se hará indicación al interesado de cuantos aspectos conciernan a la apertura del establecimiento o inicio de la actividad, y en concreto: a) Requisitos exigidos. b) Documentación a aportar. c) Administración que sea competente en cada caso, en atención al tipo de actividad de que se trate. d) Otros aspectos que sean de interés para la apertura del establecimiento o el inicio de la actividad. 3. El sentido de la respuesta a las consultas formulada no tendrá carácter vinculante para la Administración. 4. Si se presentara la declaración responsable, o se solicitara licencia en un momento posterior, se hará referencia clara al contenido de la consulta previa y su contestación. Artículo 7. Documentación necesaria para las distintas actuaciones 1. Se adoptarán modelos normalizados para facilitar a los interesados la aportación de los datos y la documentación requerida. Dichos modelos deberán estar a disposición de los ciudadanos por medios electrónicos en la ventanilla única prevista en el art. 18 de la Ley 17/2009, de 23 noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y en la oficina municipal de información al ciudadano. 2. En las actuaciones sometidas a licencia municipal se presentará con carácter general la siguiente documentación, además de la exigida, en su caso, por la normativa sectorial aplicable: a) Modelo normalizado de solicitud de licencia debidamente cumplimentado, que podrá incluir un apartado de declaración responsable con el único fin de simplificar la aportación de datos. b) Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante, así como el documento en el que conste la representación en los casos en que proceda. c) Indicación que permita la identificación, o copia del abono de la tasa correspondiente a la concesión de licencia. 3. Complementariamente se exigirá la siguiente documentación en las actuaciones sometidas a licencia municipal: a) En las actuaciones sometidas a licencia municipal de apertura: - Indicación que permita la identificación, o copia de la licencia urbanística de obras, ocupación, primera utilización, instalación o modificación de uso, según corresponda, que faculte para el pretendido destino urbanístico del establecimiento. - Indicación que permita la identificación, o copia de la Autorización Ambiental Integrada (AAI), o de la Autorización Ambiental Unificada (AAU), según proceda, y un ejemplar idéntico de la documentación entregada a la Consejería competente en materia de medio ambiente, en las actuaciones sometidas a instrumentos de prevención y control ambiental de competencia autonómica conforme a la Ley 7/2007. b) En las actuaciones sometidas a licencia municipal para el ejercicio de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario. - Indicación que permita la identificación, o copia de la licencia urbanística de obras, ocupación, primera utilización, instalación o modificación de uso, según corresponda, que faculte para el pretendido destino urbanístico del establecimiento, en el supuesto de que la actividad se desarrolle en un establecimiento. - Título o autorización de ocupación del local o espacio destinado al desarrollo de la actividad. - Memoria Técnica descriptiva y gráfica de la actividad, el establecimiento y sus instalaciones, que incluya los certificados acreditativos requeridos por la normativa sectorial de aplicación. - Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil obligatorio en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, y justificante del pago del último recibo. - Documentación complementaria exigida en la normativa sectorial que regule la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario. 4. En las actuaciones sometidas a declaración responsable se aportará la siguiente documentación: a) Modelo normalizado de Declaración responsable debidamente cumplimentado, en relación con el cumplimiento previo al inicio efectivo de la actividad y mantenimiento de los requisitos que fueran de aplicación al ejercicio de la misma. Asimismo, incluirá una autorización para la comprobación telemática con otras Administraciones públicas de los datos declarados.

19004 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 b) Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante, así como el documento en el que conste la representación. 5. Complementariamente, se deberá identificar o se podrá aportar con carácter voluntario, según se indique, la siguiente documentación, sin perjuicio del posible requerimiento de la documentación que proceda en el momento de la comprobación o de la inspección de la actividad: - Indicación que permita la identificación, o copia de la licencia urbanística de obras, ocupación, primera utilización, instalación o modificación de uso, según corresponda, que faculte para el pretendido destino urbanístico del establecimiento, o indicación que permita su identificación. - Certificado técnico de cumplimiento de normativa urbanística y técnica para aquellos locales que cuenten con licencia de primera utilización o licencia de apertura anterior a la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación. - Indicación que permita la identificación, o copia del instrumento de prevención y control ambiental, y un ejemplar idéntico de la documentación entregada a la Consejería competente en materia de medio ambiente, en las actuaciones sometidas a instrumentos de prevención y control ambiental de competencia autonómica conforme a la Ley 7/2007, de 9 de julio. - Memoria Técnica descriptiva y gráfica de la actividad, el establecimiento y sus instalaciones. - En caso de cambios de titularidad, copia del documento acreditativo de la transmisión, e indicación que permita la identificación o copia de la licencia de apertura o en su caso de la toma de conocimiento. Artículo 8. Toma de conocimiento CAPÍTULO SEGUNDO Régimen de declaración responsable 1. La declaración responsable debe formalizarse una vez acabadas las obras e instalaciones necesarias, y obtenidos los demás requisitos sectoriales y autorizaciones necesarios para llevar a cabo la actividad. 2. La presentación de la correspondiente declaración responsable faculta al interesado al inicio de la actividad proyectada desde el mismo día de la presentación o desde la fecha manifestada de inicio, para cuya validez no se podrá postergar más allá de tres meses. 3. La copia de la documentación presentada y debidamente sellada o el recibo emitido por el registro electrónico tendrá la consideración de toma de conocimiento por la Administración. Este documento deberá estar expuesto en el establecimiento objeto de la actividad. 4. La toma de conocimiento no es una autorización administrativa para ejercer una actividad sino un medio para que la Administración conozca la existencia de dicha actividad y posibilitar un control posterior, distinto de la facultad de inspección ordinaria, mediante las oportunas actuaciones administrativas que permiten exigir una tasa por la actividad administrativa conforme se establezca en la correspondiente ordenanza fiscal. Artículo 9. Comprobación 1. Si la declaración responsable no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de la inmediata suspensión de la actividad en caso de requisitos de carácter esencial. Asimismo, se indicará que si no subsanara la declaración responsable en el plazo establecido se le tendrá por no presentada, conllevando la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada, y la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al inicio de la actividad correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar. 2. Podrá requerirse al interesado la aportación o exhibición de la documentación que haya declarado poseer así como la demás que sea pertinente para la comprobación de la actividad. 3. En caso de que se realicen visitas de comprobación de la actividad se levantará acta de comprobación. 4. El control realizado posteriormente a la presentación de la declaración responsable se formalizará en un informe técnico que verifique la efectiva adecuación de la actividad a la normativa aplicable, sin perjuicio del procedimiento de protección de la legalidad que en su caso pudiera iniciarse.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19005 Artículo 10. Instrucción CAPÍTULO TERCERO Procedimiento de concesión de licencia de apertura de establecimientos 1. Los servicios técnicos competentes comprobarán que la documentación aportada se ajusta a la actividad solicitada, emitiéndose informe sobre si el local o establecimiento e instalaciones donde se pretende ubicar la actividad reúnen las condiciones adecuadas de tranquilidad, seguridad, salubridad y medio ambiente, y demás de aplicación conforme a la normativa vigente, si resulta compatible con el régimen urbanístico del suelo, y si se debe adoptar alguna medida correctora, terminando con una propuesta de concesión o denegación de la licencia solicitada. 2. Si la solicitud de licencia no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución. 3. Cuando la actuación no esté incluida entre las previstas para ser tramitadas por el procedimiento solicitado, o cuando no se ajuste al planeamiento vigente, se notificará esta circunstancia al solicitante indicándole, en su caso, cuál sería el procedimiento adecuado y la documentación que debería aportar. Artículo 11. Instrumentos de prevención y control ambiental previstos en la Ley 7/2007, de 9 julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía 1. En las actuaciones sometidas a instrumentos de prevención y control ambiental de competencia autonómica, Autorización Ambiental Integrada y Autorización Ambiental Unificada, se deberá aportar un ejemplar idéntico de la documentación que se entregue a la Consejería competente en materia de medio ambiente, sin perjuicio del resto de documentación exigida para la licencia municipal. Asimismo, una vez obtenida la autorización correspondiente se deberá aportar copia de la misma o indicación que permita su identificación. 2. La resolución desfavorable del instrumento de prevención y control ambiental determinará en todo caso la denegación de la licencia solicitada. Por su parte, la resolución ambiental favorable de una actuación no será óbice para la denegación de la licencia de apertura por otros motivos. 3. El acto de otorgamiento de la licencia de apertura incluirá las condiciones impuestas en la resolución del instrumento de prevención y control ambiental correspondiente. Artículo 12. Espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario 1. De conformidad con los apartados 2,3 y 5 del artículo 6 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, están sometidas a licencia municipal previa las siguientes actuaciones: a) La instalación de estructuras no permanentes o desmontables destinadas a la celebración de espectáculos públicos o al desarrollo de actividades recreativas. b) La instalación de atracciones de feria en espacios abiertos, previa comprobación de que las mismas reúnen las condiciones técnicas de seguridad para las personas, a tenor de la normativa específica aplicable. c) Los establecimientos públicos destinados ocasional y esporádicamente a la celebración de espectáculos públicos o al desarrollo de actividades recreativas no sujetas a autorización autonómica, cuando no disponga de licencia de apertura adecuada a dichos eventos o se pretenda su celebración y desarrollo en vías públicas o zonas de dominio público. 2. En ningún caso se considerarán extraordinarios, aquellos espectáculos o actividades que respondan a una programación cíclica o se pretendan celebrar y desarrollar con periodicidad. En estos casos, si el correspondiente establecimiento se pretende destinar ocasional o definitivamente a otra actividad distinta de aquélla para la que originariamente fue autorizado, se habrán de obtener las autorizaciones necesarias en cada supuesto. 3. No se otorgará ninguna autorización sin la previa acreditación documental de que la persona titular o empresa organizadora tiene suscrito y vigente el contrato de seguro de responsabilidad civil obligatorio en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, debiendo contar este Ayuntamiento con una copia de la correspondiente póliza suscrita vigente y justificante del pago de la misma. 4. En todas las autorizaciones de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales y extraordinarias se hará constar, como mínimo, los datos identificativos de la persona titular y persona o entidad organizadora, la denominación establecida en el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la actividad que corresponda, el período de vigencia de la autorización, el aforo de personas permitido y el horario de apertura y cierre aplicable al establecimiento en función del espectáculo público o actividad recreativa autorizados.

19006 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 5. La licencia se extingue automáticamente a la terminación del período de tiempo fijado en la autorización concedida. Artículo 13. Resolución de la licencia de apertura de establecimientos 1. El plazo máximo en el que debe dictarse y notificarse la resolución de la licencia de apertura de establecimientos será de dos meses, salvo que se establezca otro distinto en la legislación sectorial, y podrá quedar condicionada, en su caso, al cumplimiento de las posibles medidas correctoras, además de las previstas en la resolución del instrumento de prevención y control ambiental correspondiente. El plazo comienza a contar desde la fecha en que la solicitud, tenga entrada en el registro municipal, y se interrumpe en los casos previstos en la legislación sobre procedimiento administrativo. En los casos de autorización ambiental de competencia autonómica, el plazo para resolver se entenderá suspendido mientras no se reciba la correspondiente autorización ambiental. 2. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa legitima al interesado que hubiera deducido la solicitud para entenderla estimada por silencio administrativo, excepto cuando se transfieran facultades relativas al dominio público o al servicio público, o venga establecido por la normativa sectorial de aplicación, como es el caso de los espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, que habrán de entenderse desestimadas. Asimismo, la resolución presunta del instrumento de prevención y control ambiental correspondiente no podrá amparar el otorgamiento de licencia en contra de la normativa ambiental aplicable. 3. La licencia o, en su caso, el documento que justifique la concesión de la misma por silencio administrativo deberá estar expuesta en el establecimiento objeto de la actividad. 4. No se podrán entender obtenidas licencias para actuaciones distintas a las previstas en esta ordenanza, o que vayan en contra de la legislación o del planeamiento urbanístico vigentes. 5. Las licencias se entenderán otorgadas salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero. Serán transmisibles conforme a los requisitos establecidos por la normativa de régimen local. Artículo 14. Potestad de inspección CAPÍTULO CUARTO Inspección 1. Las actuaciones de comprobación e inspección se ajustarán a las normas sectoriales que correspondan. En ausencia de las mismas serán de aplicación los preceptos contenidos en el presente Capítulo. 2. Los servicios municipales competentes realizarán, en cualquier momento, las inspecciones y comprobaciones que se consideren necesarias en relación con las actividades objeto de la Ordenanza, en el ejercicio de las competencias atribuidas por la legislación vigente, sin perjuicio de que pueda exigirse la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de cualquier extremo basado en la normativa de aplicación. 3. En caso de apreciación de indicios de la comisión de una posible infracción, se advertirá a la persona responsable, dejando constancia de dicha advertencia en el acta, y se formulará propuesta de adopción de cuantas medidas resulten pertinentes. Artículo 15. Actas de comprobación e inspección 1. De la actuación de comprobación o inspección se levantará acta, cuyo informe podrá ser: a) Favorable: Cuando la actividad inspeccionada se ejerza conforme a la normativa de aplicación. b) Condicionado: Cuando se aprecie la necesidad de adoptar medidas correctoras. c) Desfavorable: Cuando la actividad inspeccionada presente irregularidades sustanciales y se aprecie la necesidad de suspensión de la actividad hasta que se adopten las medidas correctoras procedentes, en caso de que fueran posibles. En caso contrario se propondrá el cese definitivo de la actividad. 2. En el supuesto de informe condicionado o desfavorable, los servicios competentes determinarán el plazo para la adopción de las medidas correctoras que señalen. Se podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de plazo establecido, que no exceda de la mitad del mismo, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero, conforme al artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3. Transcurrido el plazo concedido a que se refiere el número anterior sin que por los requeridos se hayan adoptado las medidas ordenadas, se dictará, por el órgano competente, resolución acordando la suspensión de la actividad hasta que se adopten las medidas correctoras ordenadas, sin perjuicio de iniciar el procedimiento sancionador que pudiera corresponder. Artículo 16. Suspensión de la actividad 1. Toda actividad a que hace referencia la presente Ordenanza podrá ser suspendida por no ejercerse conforme a los

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19007 requisitos establecidos en la normativa de aplicación, sin perjuicio de las demás medidas provisionales que procedan de acuerdo con el artículo 23. 2. Las denuncias que se formulen darán lugar a la apertura de las diligencias correspondientes a fin de comprobar la veracidad de los hechos denunciados. 3. Las actividades que se ejerzan sin la obtención de previa licencia o autorización, o en su caso sin la presentación de la correspondiente declaración responsable, o contraviniendo las medidas correctoras que se establezcan, serán suspendidas de inmediato. Asimismo, la comprobación por parte de la Administración Pública de la inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación o documento, de carácter esencial, que se hubiere aportado o del incumplimiento de los requisitos señalados en la legislación vigente determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar 4. La resolución por la que se ordene la suspensión de los actos a los que se refiere al apartado anterior, que tendrá carácter inmediatamente ejecutivo, deberá notificarse al interesado. No será preceptivo para la adopción de esta medida cautelar el trámite de audiencia previa, sin perjuicio de que en el procedimiento sancionador puedan presentarse las alegaciones que se estimen pertinentes. Artículo 17. Infracciones y sanciones CAPÍTULO QUINTO Régimen sancionador 1. En defecto de normativa sectorial específica, tienen la consideración de infracciones administrativas las acciones y omisiones que vulneren las normas contenidas en la presente Ordenanza, así como la desobediencia de los mandatos y requerimientos de la Administración municipal o de sus agentes dictados en aplicación de la misma. 2. Las infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves, de conformidad con la tipificación establecida en los artículos siguientes. Artículo 18. Tipificación de infracciones 1. Se consideran infracciones muy graves: a) El ejercicio de la actividad sin la obtención de previa licencia o autorización, o en su caso sin la presentación de la correspondiente declaración responsable. b) El incumplimiento de la orden de cese o suspensión de la actividad previamente decretadas por la autoridad competente. c) El incumplimiento de las sanciones accesorias previstas en el artículo 21. d) La reiteración o reincidencia en la comisión de faltas graves. e) Aquellas conductas infractoras que determinen especiales situaciones de peligro o grave riesgo para los bienes o para la seguridad e integridad física de las personas, o supongan una perturbación relevante de la convivencia que afecte de forma grave, inmediata y directa a la tranquilidad o al ejercicio de derechos legítimos de otras personas o al normal desarrollo de las actividades. 2. Se consideran infracciones graves: a) El ejercicio de la actividad contraviniendo las condiciones de la licencia. b) La falsedad en cualquier dato, manifestación o documento, de carácter esencial, que se hubiere aportado. c) El mal estado de los establecimientos públicos en materia de seguridad, cuando disminuya el grado de seguridad exigible. d) La dedicación de los establecimientos a actividades distintas de las autorizadas. e) El ejercicio de las actividades en los establecimientos excediendo de las limitaciones fijadas en la licencia. f) La modificación sustancial de los establecimientos y sus instalaciones sin la correspondiente autorización o toma de conocimiento. g) El incumplimiento de las medidas correctoras establecidas, en su caso. h) El funcionamiento de la actividad o del establecimiento incumpliendo el horario autorizado. i) El incumplimiento del requerimiento efectuado para la ejecución de las medidas correctoras que se hayan fijado. j) El incumplimiento de las condiciones de seguridad que sirvieron de base para la apertura del establecimiento o el inicio de la actividad.

19008 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 k) La presentación de la documentación técnica final o la firma del certificado final de instalación sin ajustarse a la realidad existente a la fecha de la emisión del documento o certificado. l) La reiteración o reincidencia en la comisión de infracciones leves. 3. Se consideran infracciones leves: a) Las acciones u omisiones tipificadas como infracciones graves cuando por su escasa significación, trascendencia o perjuicio ocasionado a terceros no deban ser calificadas como tales. b) El funcionamiento de la actividad con puertas, ventanas u otros huecos abiertos al exterior, cuando la actividad cause perjuicios o molestias al entorno. c) No encontrarse en el establecimiento el documento acreditativo de la concesión de la licencia de apertura, autorización, toma de conocimiento, o del silencio administrativo estimatorio, según corresponda. d) La modificación no sustancial de las condiciones técnicas de los establecimientos sin la correspondiente toma de conocimiento cuando ésta sea preceptiva. e) La modificación no sustancial de los establecimientos y sus instalaciones sin la correspondiente autorización o toma de conocimiento, cuando proceda. f) Cualquier incumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza y en las leyes y disposiciones reglamentarias a las que se remita, siempre que no esté tipificado como infracción muy grave o grave. Artículo 19. Sanciones La comisión de las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza llevará aparejada, en defecto de normativa sectorial específica, la imposición de las siguientes sanciones: a) Infracciones muy graves: multa de mil quinientos un euros a tres mil euros. b) Infracciones graves: multa de setecientos cincuenta y un euros a mil quinientos euros. c) Infracciones leves: multa de cien euros a setecientos cincuenta euros. Artículo 20. Sanciones accesorias Sin perjuicio de las sanciones pecuniarias previstas, las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza llevarán aparejada las siguientes sanciones accesorias, cuando se deriven efectos perjudiciales para la salud, seguridad, medio ambiente, o intereses públicos o de terceros: a) Suspensión temporal de las actividades y clausura temporal de los establecimientos de uno a tres meses para las infracciones graves y de tres a seis meses para las infracciones muy graves. b) Inhabilitación del promotor para la realización de la misma o análoga actividad en que se cometió la infracción durante el plazo de uno a tres meses para las infracciones graves y de tres a seis meses para las infracciones muy graves. c) Revocación de las licencias para las infracciones graves y muy graves. Artículo 21. Responsables de las infracciones 1. Son responsables de las infracciones, atendiendo a las circunstancias concurrentes, quienes realicen las conductas infractoras o quienes resulten legalmente responsables y, en particular: a) Los titulares de las actividades. b) Los encargados de la explotación técnica y económica de la actividad c) Los técnicos que suscriban la documentación técnica. 2. Cuando el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ordenanza corresponda a varias personas conjuntamente, responderán solidariamente de las infracciones que se cometan y de las sanciones que se impongan. En el caso de extinción de personas jurídicas, se exigirá en su caso la responsabilidad a los administradores de las mismas, en la forma prevista en las normas por las que se rijan aquéllas. 3. Cuando los responsables de las infracciones sean técnicos para cuyo ejercicio profesional se requiera la colegiación, se pondrán los hechos en conocimiento del correspondiente Colegio Profesional para que adopte las medidas que considere procedentes, sin perjuicio de las sanciones que puedan imponerse por la Administración municipal como consecuencia de la tramitación del oportuno procedimiento sancionador. Artículo 22. Graduación de las sanciones 1. Las multas correspondientes a cada clase de infracción se graduarán teniendo en cuenta la valoración de los siguientes criterios:

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19009 a) El riesgo de daño a la salud o seguridad exigible. b) El beneficio derivado de la actividad infractora. c) La existencia de intencionalidad del causante de la infracción. d) La reiteración y la reincidencia en la comisión de las infracciones siempre que, previamente, no hayan sido tenidas en cuenta para determinar la infracción sancionable. e) La comisión de la infracción en Zonas Acústicamente Saturadas. 2. Tendrá la consideración de circunstancia atenuante de la responsabilidad la adopción espontánea por parte del autor de la infracción de medidas correctoras con anterioridad a la incoación del expediente sancionador. Artículo 23. Medidas provisionales En los términos y con los efectos previstos en el artículo 72 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrán adoptarse medidas de carácter provisional cuando sean necesarias para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, las exigencias de los intereses generales, el buen fin del procedimiento o evitar el mantenimiento de los efectos de la infracción. Artículo 24. Reincidencia y reiteración 1. A los efectos de la presente Ordenanza, se entenderá que existe reincidencia en los casos de comisión de una segunda infracción de la misma naturaleza en el plazo de un año desde que haya adquirido firmeza la resolución administrativa. 2. A los efectos de la presente Ordenanza, se considerará que existe reiteración en los casos de comisión de una segunda infracción de distinta naturaleza en el plazo de dos años desde que haya adquirido firmeza la resolución administrativa. Disposición adicional única. Modelos de documentos 1. Se establecen los correspondientes modelos normalizados de declaración responsable, solicitud de licencia, y consulta previa en los anexos I, II, y III. 2. Se faculta al Alcalde para la aprobación y modificación de cuantos modelos normalizados de documentos requiera el desarrollo de esta Ordenanza. Disposición transitoria primera. Procedimientos en tramitación En relación con los procedimientos de autorización iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ordenanza, los interesados podrán continuar la tramitación de los mismos por los procedimientos o regímenes regulados en la presente, mediante comunicación a este Ayuntamiento. Disposición transitoria segunda. Mantenimiento temporal de la licencia de apertura 1. El régimen de sometimiento a licencia municipal de apertura se mantendrá para las actividades sometidas al procedimiento de Calificación ambiental previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía, hasta que se modifiquen las referencias a dicha licencia en la normativa medioambiental. 2. El régimen de sometimiento a licencia municipal de apertura se mantendrá, para las actividades dentro del ámbito de aplicación de la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía, hasta que se modifiquen las referencias a dicha licencia o se establezca de manera expresa el sometimiento a declaración responsable por parte de la Junta de Andalucía. Disposición derogatoria Quedan derogadas cuantas disposiciones municipales de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ordenanza. Disposición final. Entrada en vigor La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días hábiles siguientes al de su completa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.

19010 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Anexo I DECLARACIÓN RESPONSABLE EN MATERIA DE ACTIVIDADES

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19011 5 DECLARACIÓN RESPONSABLE El/La abajo firmante DECLARA, bajo su responsabilidad, que son ciertos los datos que figuran en el presente documento, que posee la documentación que así lo acredita, y: Que cuenta con la documentación de aportación voluntaria. Que el establecimiento reúne las condiciones establecidas en el Código Técnico de la Edificación, el Reglamento electrotécnico para Baja Tensión, la normativa de protección contra el ruido y contra la contaminación acústica, el Decreto 293/2009 de 7 de julio por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad en las infraestructuras, el Urbanismo, la Edificación y el Transporte en Andalucía y las disposiciones legales aplicables, para que la actividad en cuestión pueda ser ejercida en el referido emplazamiento. Que ha realizado o realizará antes del inicio de la actividad el Alta en la Declaración Censal (modelo 036 de la Agencia Tributaria), y la correspondiente inscripción de la empresa en la Seguridad Social y apertura de la cuenta de cotización, o en su caso el Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Que ha presentado el Boletín de instalación eléctrica en el Servicio de industria de la Consejería de Innovación. Que cuenta con un contrato de mantenimiento de las instalaciones de protección contraincendios con una empresa autorizada, en caso de ser legalmente exigible. Que cuenta con la documentación específica de la actividad según la normativa sectorial de aplicación. Que cumple con todos los requisitos exigidos para el ejercicio de la actividad, incluida la habilitación profesional correspondiente. Que mantendrá el cumplimiento de los requisitos legalmente exigidos durante todo el periodo de tiempo inherente al ejercicio de la actividad. Que dispone del título posesorio que legitima la ocupación del local o establecimiento. Que a los efectos de la normativa sobre protección de datos personales, autorizo a esta administración a la comprobación telemática con otras administraciones públicas de los datos declarados y demás circunstancias relativas al ejercicio de esta actividad. Que comunica que ejercerá la actividad a partir del día / /, o en cualquier caso, a partir del día de presentación de esta Declaración.

19012 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 NOTA INFORMATIVA: el apartado 4 del artículo 71 bis de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común dispone que: La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable o a una comunicación previa, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable o comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar. Asimismo, la resolución de la Administración Pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un periodo de tiempo determinado, todo ello conforme a los términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación. En a de de Fdo: PROTECCIÓN DE DATOS: En cumplimiento del artículo 5 de la ley 15/1999 de 13 de diciembre Orgánica de Protección de Datos, se le informa que los datos personales obtenidos por la cumplimentación del presente formulario y demás documentos que, en su caso se adjunten al mismo, serán incluidos para su tratamiento, en un fichero automatizado del que es responsable este ayuntamiento. Asimismo le informamos que la finalidad de dicho fichero es la tramitación de los expedientes administrativos de esta administración pública y la notificación de los actos administrativos a los interesados. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley, los interesados tienen reconocidos, y podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición al tratamiento, uso y cesión de sus datos mediante comunicación dirigida a este ayuntamiento. Anexo II MODELO DE SOLICITUD PARA LA CONCESIÓN DE LICENCIA DE APERTURA.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19013

19014 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 5 FIRMA: EL/LA ABAJO FIRMANTE SOLICITA LA CONCESIÓN DE LA LICENCIA CORRESPONDIENTE A LA ACUACIÓN DESCRITA Y DECLARA, BAJO SU RESPONSABILIDAD, QUE SON CIERTOS LOS DATOS QUE FIGURAN EN EL PRESENTE DOCUMENTO, ASÍ COMO EN LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA, Y: Que el establecimiento reúne las condiciones establecidas en el Código Técnico de la Edificación, el Reglamento electrotécnico para Baja Tensión, la normativa de protección contra el ruido y contra la contaminación acústica, el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las Infraestructuras, el Urbanismo, la Edificación y el Transporte en Andalucía y disposiciones legales en vigor aplicables, para que la actividad en cuestión pueda ser ejercida en el referido emplazamiento. Que ha realizado, o realizará antes del inicio de la actividad, el Alta en la Declaración Censal (modelo 036 de la Agencia Tributaria), y la correspondiente inscripción de la empresa en la Seguridad Social y apertura de cuenta de cotización, o en su caso, Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Que ha presentado el Boletín de instalación eléctrico en el servicio de industria de la Consejería de Innovación. Que cuenta con contrato de mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, por empresa autorizada, en caso de ser legalmente exigible. Que cuenta con la documentación específica de la actividad según la normativa sectorial de aplicación. Que cumple con todos los requisitos exigidos por la normativa para el ejercicio de la actividad incluida la habilitación profesional de... Que mantendré el cumplimiento de los requisitos legalmente exigidos durante todo el periodo de tiempo inherente al ejercicio de la actividad. Que dispone de título posesorio que legitima la ocupación del local o establecimiento. Que a los efectos de la normativa sobre protección de datos personales autorizo a esta Administración a la comprobación telemática con otras Administraciones públicas de los datos declarados y demás circunstancias relativas al ejercicio de la actividad a desarrollar. En..., a de... de...

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19015 Fdo.:. PROTECCIÓN DE DATOS: En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, se le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este formulario y demás documentos que, en su caso, se adjunten con el mismo, serán incluidos, para su tratamiento, en un fichero automatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Almonaster la Real Asimismo, le informamos que la finalidad del citado fichero es la tramitación de los expedientes administrativos de esta Administración pública y notificación de actos administrativos a los interesados. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del tratamiento, dirigiendo una comunicación a Ayuntamiento de Almonaster la Real, Plaza de la Constitución nº 1, 21350, o correo electrónico dirigido a info@almonasterlareal.es. Anexo III

19016 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 4 FIRMA: EL/LA ABAJO FIRMANTE SOLICITA CONTESTACIÓN A LA PRESENTE CONSULTA PREVIA A LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTO DESTINADO AL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DESCRITA. En..., a de... de... Fdo.:. PROTECCIÓN DE DATOS: En cumplimiento del artículo 5 de la ley 15/1999 de 13 de diciembre Orgánica de Protección de Datos, se le informa que los datos personales obtenidos por la cumplimentación del presente formulario y demás documentos que, en su caso se adjunten al mismo, serán incluidos para su tratamiento, en un fichero automatizado del que es responsable este ayuntamiento. Asimismo le informamos que la finalidad de dicho fichero es la tramitación de los expedientes administrativos de esta administración pública y la notificación de los actos administrativos a los interesados. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley, los interesados tienen reconocidos, y podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición al tratamiento, uso y cesión de sus datos mediante comunicación dirigida a este ayuntamiento. Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Huelva, en el plazo de dos meses a contar

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19017 desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En Almonaster la Real, a 22 de noviembre de 2010.- El Alcalde, Fdo.: Manuel Angel Barroso Trujillo. ALMONTE EDICTO En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo inicial de aprobación de la modificación, revisión y actualización de Ordenanzas Fiscales Municipales, según acuerdo de Pleno de fecha 8 de Octubre de 2010, publicado en B.O.P. de fecha 18 de Octubre de 2010, el acuerdo se considera definitivo, procediéndose a la publicación del texto modificado en las mismas: PRIMERO.- Modificar los artículos 6, 7 y 8 de la Ordenanza Fiscal nº 2-01 reguladora de la Tasa por expedición de documentos, que quedan redactados así: Artículo 6º.- Cuota Tributaria 1.- La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la naturaleza de los documentos o expedientes a tramitar, de acuerdo con la Tarifa que contiene el artículo siguiente. 2.- La cuota de Tarifa corresponde a la tramitación completa, en cada instancia del documento o expediente de que se trate, desde su iniciación hasta su resolución final, incluida la certificación y notificación al interesado del acuerdo recaído. 3.- Las cuotas resultantes por aplicación de las anteriores tarifas podrán incrementarse en un 50 por 100 cuando los interesados solicitasen con carácter de urgencia la tramitación de los expedientes que motivasen el devengo. Artículo 7º.- Tarifa. La tarifa a que se refiere el artículo anterior se estructura en los siguientes epígrafes: - Por documentos que se expida en fotocopias, hasta 5 folios: 1,00 euro. (Aumentando en 1,00 euro por cada grupo de 5 copias o fracción) - Por cada certificación de antigüedad positiva: 105,00 euros. - Por cada Certificado o informe elaborado por el Departamento de Estadística (empadronamiento, convivencia y similares), con excepción de los certificados destinados a la obtención del paro agrícola y renta agraria: 1,00 euro. - Por cada bastanteo de poderes, cédula urbanística, informe de compatibilidad urbanística de actividad (Consulta Previa), certificado de indivisibilidad, certificación de titularidad de concesiones administrativas, certificación de acuerdos municipales de más de un año de antigüedad: Si no requiere desplazamiento del Técnico Si requiere desplazamiento del Técnico 22,00 euros. 105,00 euros. - Por cada declaración de innecesariedad: 157,00 euros. - Por copia de planos (en papel y por copia) 15,70 euros - Por certificados sobre situación de tramitación de expedientes y certificados catastrales: 12,60 euros - Por certificación emitida de verificación de las instalaciones provisionales y/o eventuales, con el fin de velar por la seguridad ciudadana 85,00 euros - Por otro tipo de informes y/o certificados de carácter urbanístico, no recogido anteriormente 50,00 euros - Por otro tipo de informes y/o certificados expedidos, y no contemplados en los anteriores 30,00 euros En estos dos últimos casos, si fuese necesario desplazamiento del Técnico, la cuota se incrementaría en 100,00 euros. - Compulsas, por cada grupo de 5 copias 1,00 euro - Certificado digital: 2,00 euros. - Remisión de documentación a otras Administraciones según Convenio Oficinas 060: 4,00 euros.

19018 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 - Expedición de tarjetas de armas de cuarta categoría y sus renovaciones 20,00 euros. Expedición de autorización municipal para poder acceder al recinto de El Rocío durante la Romería: Pases de no residentes (para toda la Romería) 25,00 Pases de 40 minutos 25,00 Los pases de no residentes, se expedirán hasta el periodo que marque el Art. 48 de la ordenanza general de Pases de circulación durante la Romería. Quedan excluidas las autorizaciones municipales expedidas a los vehículos oficiales, los de seguridad, los de prestación de servicios autorizados por empresas concesionarias del Ayuntamiento, los de prensa, los de hermandades (hasta el límite que esté contemplado en la ordenanza general de pases de circulación durante la Romería) y los que se expidan a quienes estén empadronados en El Rocío para vehículos que estén censados en el Municipio. Expedición de autorización municipal para poder acceder y circular por el recinto de El Rocío durante la Romería mediante cualquier tipo de enganches y carruajes: 20,00 euros Solo podrán acceder y permanecer en el recinto de El Rocío los enganches que cuenten con la correspondiente autorización, acompañado de la tarjeta o matrícula expedida al efecto que deberá portar en lugar visible. La autorización podrá ser requerida por los servicios de vigilancia y control y los agentes que ejercen la autoridad. Quedan excluidas las autorizaciones expedidas a favor de quienes estén empadronados en el Municipio de Almonte. Artículo 8º.- Exenciones de la tarifa. Quedan exentos los certificados que sean necesarios para finalizar la tramitación de expedientes ya iniciados, que hayan abonado otra tasa y que no se refieran a los del artículo 7 de la presente ordenanza. SEGUNDO.- Modificar los artículos 6 y 8 de la ordenanza fiscal nº 2-02 reguladora de la tasa de cementerio municipal, que quedan redactados así: Artículo 6º.- Cuota Tributaria. a) La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa: 1.- Por cada colocación de lápida 14,18 euros 2.- Por cada apertura de enterramientos 35,46 euros 3.- Por concesión de derecho funerario a 6 años 131,69 euros 4.- Por concesión de derecho funerario a 75 año 420,00 euros b) La utilización del tanatorio municipal, 13,17 euros/día o fracción Artículo 8º.- Declaración, liquidación e ingreso. 1.- Los sujetos pasivos solicitarán la prestación de los servicios de que se trate. La solicitud de permiso para construcción de mausoleos y panteones irá acompañada del correspondiente proyecto y memoria, autorizados por facultativos competentes. 2.- Cada servicio será objeto de liquidación individual y autónoma. TERCERO.- Modificar los artículos 5, 6 y 7 de la ordenanza fiscal nº 2-03 reguladora de la tasa de saneamiento, que quedan redactados así: Artículo 5º.-Cuota Tributaria. 1.- La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red de alcantarillado se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad fija de 116,10 euros por vivienda o local. 2.- La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de saneamiento, se determinarán por la suma de las cuotas de alcantarillado y de depuración, tal como se detalla a continuación: En El Rocío y Matalascañas Cuotas de alcantarillado Cuota fija del servicio de alcantarillado: Se aplicará la que resulte mayor de los dos casos siguientes: Cuota fija de servicio = al cuadrado de, el diámetro del contador instalado dividido por trece, y el resultado multiplicado por la cuota fija de servicio establecida a continuación.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19019 Cuota fija de servicio: Uso doméstico... 2,1700 Uso comercial-industrial... 2,7800 Uso establecimientos hoteleros... 1,9500 Euros/usuario/bimestre Cuota variable (según consumo medido en el contador de agua de consumo): Uso doméstico: Euros/m3 Entre 0 y 10 m3 (bimestre)... 0,1190 Entre 11 y 30 m3 (bimestre)... 0,1630 Más de 30 m3 (bimestre)... 0,2170 Uso comercial-industrial... 0,1850 Uso establecimientos hoteleros... 0,1410 Cuotas de depuración Cuotas fijas de servicio de depuración: Se aplicará la que resulte mayor de los dos casos siguientes: Cuota fija de servicio = al cuadrado de, el diámetro del contador instalado dividido por trece, y el resultado multiplicado por la cuota fija de servicio establecida a continuación. Cuota fija de servicio: Euros/usuario/bimestre Uso doméstico... 4,5341 Uso comercial-industrial... 5,8006 Uso establecimientos hoteleros... 4,0146 Cuota variable (según consumo medido en el contador de agua de consumo): Uso doméstico: Euros/m3 Entre 0 y 10 m3 (bimestre)... 0,2564 Entre 11 y 30 m3 (bimestre)... 0,3344 Más de 30 m3 (bimestre)... 0,4181 Uso comercial-industrial... 0,3143 Uso establecimientos hoteleros... 0,2462 En Almonte Cuotas de alcantarillado Cuota fija del servicio de alcantarillado: Se aplicará la que resulte mayor de los dos casos siguientes: Cuota fija de servicio = al cuadrado de, el diámetro del contador instalado dividido por trece, y el resultado multiplicado por la cuota fija de servicio establecida a continuación. Cuota fija de servicio: Euros/usuario/bimestre Uso doméstico... 2,1700 Uso comercial-industrial... 2,7800 Uso establecimientos hoteleros.. 1,9500 Cuota variable (según consumo medido en el contador de agua de consumo): Euros/m3

19020 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Uso doméstico: Entre 0 y 10 m3 (bimestre)... 0,1190 Entre 11 y 30 m3 (bimestre)... 0,1630 Más de 30 m3 (bimestre)... 0,2170 Uso comercial-industrial... 0,1850 Uso establecimientos hoteleros... 0,1410 Cuotas de depuración Cuotas fijas de servicio de depuración: Se aplicará la que resulte mayor de los dos casos siguientes: Cuota fija de servicio = al cuadrado de, el diámetro del contador instalado dividido por trece, y el resultado multiplicado por la cuota fija de servicio establecida a continuación. Cuota fija de servicio: Uso doméstico... 4,1378 Uso comercial-industrial... 5,2936 Uso establecimientos hoteleros... 3,6637 Euros/usuario/bimestre Cuota variable (según consumo medido en el contador de agua de consumo): Uso doméstico: Entre 0 y 10 m3 (bimestre)... 0,2340 Entre 11 y 30 m3 (bimestre)... 0,3051 Más de 30 m3 (bimestre)... 0,3815 Uso comercial-industrial... 0,2869 Uso establecimientos hoteleros... 0,2247 Todo ello, teniendo en cuenta lo siguiente: Euros/m3 Usuario doméstico: cada chalet, casa, piso, apartamento, apartamento turístico o apartotel. Usuario comercial-industrial: cada local comercial e industrial de todo tipo. Usuario hotelero: cada habitación de hotel, hostal o pensión. Y todo independientemente de que se encuentren en un edificio destinado principalmente a otro uso. Las fincas que tengan la condición de solar o terreno sin edificar o en construcción, y el resto que no estén conectadas a la red de suministro de agua sólo deberán abonar las cuotas fijas de alcantarillado y depuración establecidas para el uso doméstico en esta ordenanza. En caso de grupo de viviendas o módulos de temporeros, etc, computará una cuota fija por cada módulo. En los casos de consumos elevados por avería en las instalaciones interiores, se le aplicará a todo el consumo registrado el precio del segundo bloque de las tarifas, siempre que quede demostrado el hecho de la avería mediante informe de la Policía Municipal o del Servicio de Aguas que den fe de la existencia de dicha avería en las instalaciones interiores. Artículo 6º.- Devengo 1.- Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la actividad municipal que constituye su hecho imponible, entendiéndose iniciada la misma. a) En la fecha de presentación de la oportuna solicitud de la licencia de acometida, si el sujeto pasivo la formula expresamente. b) Desde que tenga lugar la efectiva acometida a la red de alcantarillado municipal. El devengo por esta modalidad de la Tasa se producirá con independencia de que se haya obtenido o no la licencia de acometida y sin perjuicio de la iniciación del expediente administrativo que pueda instruirse para su autorización.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19021 c) La tasa surtirá efecto desde el momento en que se tenga constancia de la realización de hecho imponible, coincidiendo con bimestres naturales. Siendo la naturaleza material de la tasa de carácter periódico, el devengo tendrá lugar el 1 de enero de cada año y el período impositivo comprenderá el año natural, salvo en los supuestos de inicio o cese de la prestación o el uso del servicio o actividad, en cuyo caso el período impositivo se ajustará a esa circunstancia con el consiguiente prorrateo bimestral de la cuota. 2.- Los servicios de evacuación de excretas, aguas pluviales, negras y residuales, y de su depuración tienen carácter obligatorio para todas las fincas del Municipio que tengan fachada a calles, plazas o vías públicas en que exista cien metros, y se devengará la Tasa aún cuando los interesados no procedan a efectuar la acometida a la red. Artículo 7º.- Declaración, liquidación e ingreso. 1.- Los sujetos pasivos sustitutos del contribuyente formularán las declaraciones de alta y baja en el censo de sujetos pasivos de la Tasa, en el plazo que media entre la fecha en que se produzca la variación en la titularidad de la finca y el último día del mes natural siguiente. Estas últimas declaraciones surtirán efectos a partir de la primera liquidación que se practique una vez finalizado el plazo de presentación de dichas declaraciones de alta y baja. La inclusión inicial en el Censo se hará de oficio una vez concedida la licencia de acometida a la red. 2.- Las cuotas exigibles por esta Tasa se efectuaran mediante recibo. La lectura del contador, facturación y cobro del recibo se hará bimestralmente, y al efecto de simplificar el cobro, podrán ser incluidos en un recibo único que incluya de forma diferenciada, las cuotas o importes correspondientes a otras tasas o precios públicos que se devengan en el mismo periodo, tales como agua, basuras, etc. El cobro de las cuotas se efectuará bimensualmente mediante recibo en período voluntario durante los dos meses naturales siguientes a la fecha de expedición del mismo. Transcurrido dicho período se procederá al cobro de las cuotas en vía de apremio. 3.- En el supuesto de licencia de acometida, el sujeto pasivo vendrá obligado a presentar ante este Ayuntamiento declaración-liquidación según el modelo de determinado por el mismo, que contendrá los elementos tributarios imprescindibles para la liquidación procedente. Dicha declaración liquidación, deberá ser presentada conjuntamente a la solicitud de acometida, acompañando justificante de abono en bancos o cajas de ahorros. CUARTO.- Modificar los artículos 2, 6, 8 y 9 de la ordenanza fiscal nº 2-04 que pasa a denominarse Tasa reguladora por licencia de actividad, autorización previa y por la actuación municipal de control posterior al inicio de la actividad de establecimientos sometidos a declaración responsable, y que quedan redactados así: Artículo 2º.- Hecho imponible. 1.- Constituye el hecho imponible la prestación de los servicios técnicos y administrativos necesarios para la tramitación de la correspondiente licencia de actividad, Autorización Previa y de las actuaciones sujetas a declaración responsable precisas para la entrada en funcionamiento de actividades o apertura de cualquier establecimiento industrial, comercial profesional, de servicios y espectáculo publico o actividad recreativa, así como sus modificaciones ya sean de la actividad o de la persona responsable al objeto de unificar si dichos establecimientos reúnen las condiciones de tranquilidad, sanidad, salubridad y cualesquiera otras exigidas por las correspondientes Ordenanzas y Reglamentos municipales o generales para su normal funcionamiento, como presupuesto necesario y previo para el otorgamiento por este Ayuntamiento de la licencia de actividad. 2.- A tal efecto estarán sujetos a tasa todos los supuestos que, regulados en la Ordenanza reguladora del Ejercicio de Actividades Industriales y de Prestación de Servicios en el término municipal de Almonte. (BOP Huelva nº 122 de 28 de junio de 2010), en los que resulte obligatoria la solicitud y obtención de licencia, o en su caso, la presentación de la Declaración Responsable de inicio de actividad, y entre otros, los siguientes: a) La instalación por vez primera del establecimiento o actividad industrial, comercial, profesional o de servicios. b) La variación o ampliación de la actividad desarrollada en el establecimiento aunque continúe el mismo titular. c) La ampliación del establecimiento y cualquier alteración que se lleve a cabo entre este y que afecte a las condiciones señaladas en el número 1 de este artículo, exigiendo nueva verificación de las mismas. d) La reapertura de establecimientos, cuando para ello sea necesario la asistencia del técnico municipal. e) El cambio de titularidad de establecimientos con licencia de actividad, o en su caso, actividad sujeta a la previa presentación de la Declaración Responsable. 3.- Se entenderá por establecimiento industrial o mercantil toda edificación habitable, esté o no abierta al público, que no se destine exclusivamente a vivienda y que:

19022 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 a) Se dedique al ejercicio de alguna actividad empresarial, fabril, artesanal, de la construcción, comercial y de servicios que este sujeta al Impuesto sobre Actividades Económicas. b) Aún sin desarrollarse aquellas actividades que sirvan de auxilio o complemento para las mismas, o tengan relación con ellas de forma que les proporcionen beneficios o aprovechamiento, como por ejemplo, sedes sociales, agencias, delegaciones o sucursales de entidades, escritorios, oficinas, despachos o estudios. Artículo 6º.- Cuota tributaria. 1.- a. La cuota por la Tasa de Licencia de Actividad sujeta a Autorización Previa será igual a la suma, por un lado, del 160% de la cuota mínima descrita en el artículo 5 y, por otro lado, del resultante de aplicar los siguientes importes a la superficie del local. SUPERFICIE DEL LOCAL EUROS POR METRO CUADRADO 0 A 500 M2 0,21 500,1 A 3.000 M2 0,16 3.000,1 A 6.000 M2 0,12 6.000,1 A 10.000 M2 0,10 EXCESO DE 10.000M2 0,09 1.- b. Para establecimientos o locales incluidos dentro del Anexo I, de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (Actividades calificadas), la cuota será el resultante de la suma del 150% de la cuota mínima descrita en el artículo 5, más el 4% para actividades comerciales o el 3% para actividades industriales del importe del presupuesto de maquinaria e instalaciones que figure en el proyecto que han de presentar estas empresas, más el resultante de aplicar a la superficie del establecimiento las cantidades descritas en el apartado 1.b). 1.- c. La cuota por la tasa de tramitación y control posterior de actividades sujetas a Declaración Responsable será igual a 142,55.-. 2.- La cuota tributaria se exigirá por unidad de local. 3.- En los casos de variación o ampliación de actividades a desarrollar en establecimientos sujetos a la cuota que resulte, se deducirá lo devengado por este concepto tributario con ocasión de la 1ª apertura, y de ulteriores variaciones o ampliaciones de la actividad así como de la ampliación del local. La cantidad a ingresar será la diferencia resultante. 4.- La cuota por reapertura será de 250,00 euros. 5.- Cambios de Titularidad: - Actividades sujetas a Autorización Previa 182,34 - Actividades sometidas a Declaración Responsable. 142,55 - Actividades calificadas... 500,00 6.- En caso de desistimiento formulado por el solicitante con anterioridad a la concesión de la licencia, la cuota a liquidar será el 50% siempre que la actividad municipal se hubiera iniciado efectivamente. Artículo 8º.- Devengo 1.- Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir, cuando se inicie la actividad municipal que constituye el hecho imponible. A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad en la fecha de presentación de la oportuna solicitud de la licencia de actividad, Autorización Previa o presentación, en su caso, de la previa Declaración Responsable si el sujeto pasivo formulase expresamente ésta. Se devengará, así mismo, la tasa cuando la actividad o la instalación se desarrollen sin haber presentado Comunicación Previa o Declaración Responsable o cuando la actividad desarrollada no sea la comunicada y este Ayuntamiento lleva a cabo actuaciones inspectoras a resulta de las cuales se descubra y compruebe la actividad privada desarrollada. 2.- Cuando la apertura haya tenido lugar sin haber obtenido la oportuna licencia, la tasa se devengará cuando se inicie efectivamente la actividad municipal conducente a determinar si el establecimiento reúne o no las condiciones exigibles, con independencia de la iniciación del expediente administrativo que pueda instruirse para autorizar la apertura del establecimiento o decretar su cierre, si no fuera autorizable dicha apertura.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19023 3.- La obligación de contribuir, una vez nacida, no se verá afectada en modo alguno por la denegación de la licencia solicitada o por la concesión de esta condicionada a la modificación de las condiciones del establecimiento, ni por la renuncia o desistimiento del solicitante una vez concedida la licencia. Artículo 9º.- Declaración. 1.- Los sujetos pasivos vendrán obligados a presentar ante este Ayuntamiento declaración-liquidación, según el modelo determinado con el mismo, que contendrá los elementos tributarios imprescindibles para la liquidación procedente. 2.- Dicha declaración-liquidación deberá ser presentada conjuntamente con la solicitud de Licencia de actividad, Autorización Previa o presentación, en su caso, de la previa Declaración Responsable, acompañando justificante de abono en Caja de Ahorros o Bancos a favor del Ayuntamiento. QUINTO.- Modificar los artículos 3, 8 y 10 de la ordenanza fiscal nº 2-05 reguladora de la Tasa por licencia urbanística, que quedan redactados así: Artículo 3º.- Sujeto pasivo 1.- Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, que sean propietarios o poseedores, o, en su caso, arrendatarios de los inmuebles en los que se realicen las construcciones, instalaciones, ocupaciones o parcelaciones. 2.- En todo caso, tendrán la condición de sustitutos del contribuyente los constructores y contratistas de las obras. Artículo 8º.- Devengo 1.- Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la actividad municipal que constituye su hecho imponible. A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad en la fecha de presentación de la oportuna solicitud de la licencia urbanística, si el sujeto pasivo formulase expresamente ésta. 2.- Cuando las obras se hayan iniciado o ejecutado sin haber obtenido la oportuna licencia, la Tasa se devengará cuando se inicie efectivamente la actividad municipal conducente a determinar si la obra en cuestión es o no autorizable, con independencia de la iniciación del expediente administrativo que pueda instruirse para la autorización de esas obras o su demolición si no fueran autorizables. 3.- La obligación de contribuir una vez nacida, no se verá afectada en modo alguno por la denegación de la licencia solicitada, por la concesión de ésta, condicionada a la modificación del proyecto del solicitante o por renuncia a su ejecución total o parcial. Artículo 10º.- Gestión. 1.- Los sujetos pasivos vendrán obligados a presentar ante este Ayuntamiento declaración-liquidación, según el modelo determinado por el mismo, que contendrá los elementos tributarios imprescindibles para la liquidación procedente. 2.- Dicha declaración-liquidación deberá ser presentada conjuntamente con la solicitud de Licencia Urbanística, acompañando justificante de abono en Caja de Ahorros o Bancos, a favor del Ayuntamiento. 3.- Las liquidaciones complementarias que, en su caso, proceda practicar conforme al anexo de esta ordenanza, serán notificadas al obligado tributario para su ingreso directo en las arcas municipales, utilizando los medios de pago y los plazos que señala el Reglamento General de Recaudación. 4.- Finalizada la construcción, instalación u obra, se procederá a girar la liquidación definitiva por el Servicio de Inspección Tributaria Municipal, previa comprobación e investigación de los elementos de la obligación tributaria. SEXTO.- Modificar los artículos 6 Y 8 de la ordenanza fiscal nº 2-06 reguladora de la tasa por recogida domiciliaria de residuos sólidos urbanos, que quedan redactados así: Artículo 6º.- La cuota tributaria Las cuotas tributarias o tarifas serán las siguientes, anualmente: - Por cada vivienda unifamiliar: - Apartamento en Matalascañas... 150,00 euros - Chalet en Matalascañas... 185,00 euros - Almonte... 105,00 euros - El Rocío... 110,00 euros Por cada unidad urbana de características o aprovechamientos agropecuarios, por cada 500 m2 o fracción.. 105,00 euros

19024 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Por construcciones en suelo rústico. 60,00 euros Por cada bar o restaurante radicados dentro del casco urbano (independientemente del que le corresponda por vivienda de estar en el mismo edificio), salas de fiestas, celebraciones, discotecas, establecimientos de venta menor, garajes de alquiler, farmacias y similares, se establece una cuota de 500,00 euros si está en Almonte o en el Rocío y de 750,00 euros si está en Matalascañas. Los supermercados cualquiera que sea el núcleo donde se encuentren pagarán 1000,00 euros cuando tengan una superficie igual o inferior a 500 metros cuadrados, incrementándose dicha cuantía en 1,44 euros por cada metro cuadrado que se añada a la citada superficie. Industrias de elaboración de pan, vino, aceite, bodega, taller, gasolinera y similares ubicados en el casco urbano: Almonte /El Rocío... Matalascañas... - Hoteles, fondas y otros similares: Por habitación año... 500,00 euros 600,00 euros 50,00 euros Aquellos establecimientos que hayan transformado su explotación a sistema de apartamentos turísticos o apartahoteles, pasará a tributar por cada apartamento conforme a la tarifa indicada más arriba de Apartamento en Matalascañas. - Por cada establecimiento industrial comercial y otros fuera del casco urbano: - Empresas de restauración... 800,00 euros - Gasolineras... 1.300,00 euros - Empresas ubicadas en el polígono industrial tendrán un coste adicional de... 0,22 euros/m2 (Se incrementará en el coste de los servicios extraordinarios que se le presten) - Empresas agropecuarias (actividades de transformación de productos agrícolas y ganaderas, envasado y similares)... 2.500,00 euros - Viviendas de temporeros (por cada módulo)... 55,00 euros. - Resto de puntos de recogida, (Parque Nacional, Estación Biológica, Centro de recepción del Acebuche, Campamento de juventud etc...).. 3.500,00 euros. Los puntos de recogida se establecerán por el Ayuntamiento. En base a sus especiales circunstancias, el Ayuntamiento podrá establecer convenios con los sujetos pasivos afectados en los que se fije la aplicación de estas tarifas para cada caso concreto. - Hermandades en el Rocío con una superficie igual o inferior a 500 metros cuadrados pagarán 1.800,00 euros, debiendo pagar 0,55 euros por cada metro cuadrado que exceda de dicho límite. - Lotes de aprovechamiento temporales (Chiringuitos, Kioscos) de más de 20 metros cuadrados... 600,00 euros menos de 20 metros cuadrados... 350,00 euros En el servicio de limpieza de foso aséptico, pozos negros y polígono industrial, la tarifa se aplicará conforme coste del servicio prestado. Solares sin edificar 60,00 euros Los edificios en construcción que cuenten con contador de suministro de agua provisional para la ejecución de la misma 105,00 euros Sacas para la recogida de estiércol: Precio por saca entregada... 4,00 euros Por los servicios de recogida a domicilio, a través de los servicios municipales, de muebles y enseres, a solicitud del contribuyente (por cada servicio prestado - con un máximo de 5 muebles o enseres -)... 5,00 euros. (La recogida de muebles y enseres se realizará en la puerta, a pie de calle, del domicilio solicitado). No contemplados en los apartados anteriores: Almonte / El Rocío...... 142,00 euros

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19025 Matalascañas... Artículo 8º.- Gestión Tributaria a) ingresos por padrón: 192,00 euros Cuando las cuotas tributarias correspondan a servicios de carácter general y obligatorio, el Ayuntamiento formará un padrón anual con especificación del sujeto pasivo y de los elementos tributarios que sirven para determinar la cuota. Los sujetos pasivos están obligados a presentar declaración de las altas y bajas que se produzcan durante el plazo improrrogable de 30 días hábiles desde que se produzca el hecho imponible. Una vez determinadas las inclusiones, altas, bajas y en su caso, variaciones realizadas de oficio o a petición de parte en los elementos tributarios, se anunciará por edictos la exposición al público del nuevo padrón por el plazo de 15 días a efectos de posibles modificaciones, Además, las alteraciones de los datos consignados en el padrón de la tasa, se notificaran individualmente a los contribuyentes afectados cuando no sean consecuencias matemáticas de nuevas cuotas tributarias establecidas en la última modificación de la Ordenanza fiscal. b) Ingresos directos: En todo los demás supuestos las tasas tendrán el carácter de ingresos directos, sin perjuicio de que puedan formarse relaciones anuales o existan conciertos fiscales por periodos determinados. En consecuencia, se liquidarán y notificarán individualmente. c) Recaudación: El cobro de las cuotas se efectuará bimensualmente mediante recibo en período voluntario durante los dos meses naturales siguientes a la fecha de expedición del mismo. Transcurrido dicho período se procederá al cobro de las cuotas en vía de apremio. d) Para el caso de las sacas de estiércol, será necesario proporcionar los datos previstos en la base de información municipal para el correcto control de las sacas. Para ello deberá presentar los documentos exigidos para el control de entrega de la saca, siendo necesarios al menos el DNI del solicitante o Recibo del agua o de IBI a nombre del solicitante. En el caso de proceder la solicitud desde otra persona o empresa ajena al titular de la vivienda deberá presentar un certificado o autorización a su nombre con todos los datos del propietario, además de un teléfono de confirmación. En caso de tratarse viviendas en alquiler, será suficiente con la presentación del contrato de arrendamiento. Hay que tener en cuenta que es un servicio municipal de gestión de residuos, se recoge selectivamente y únicamente el estiércol, por lo que no se podrá mezclar el estiércol con otros residuos con el fin de proceder a su reciclaje. El día de recogida será fijado por el propio Ayuntamiento, dando aviso previo, en el caso de variación, para proceder a la recogida de la saca. Se depositarán las sacas junto a la puerta del solicitante, como viene siendo habitual en el callejón de servicio, con el fin de poder verificar la recogida en la domicilio correspondiente al solicitante, y permitir una nueva solicitud de nueva saca cuando sea necesario (una vez sea recogida la anterior). Tan solo se proporcionarán dos sacas como máximo por ciudadano y vivienda. SEPTIMO.- Modificar los artículos 3 y 5 de la ordenanza fiscal nº 2-12 reguladora de la tasa por la prestación de servicios del mercado municipal, que quedan redactados así: Artículo 3º.- Cuantía El importe de las Tasas por la ocupación y uso de los servicios del Mercado Municipal de Abastos, será la correspondiente a la aplicación de las siguientes tarifas: A) La ocupación permanente de un puesto del Mercado Mpal 105,26 /mes. B) El uso de la cámara frigorífica de forma permanente.. 50,53 /mes. C) El uso de la cámara frigorífica de forma puntual. 5,58 / día. Este importe se corresponde con el uso de un gancho de los instalados en la cámara frigorífica. La cuantía a satisfacer por el usuario de forma mensual será la suma de la correspondiente a la ocupación y, en su caso, al uso de la cámara frigorífica. En el caso de la utilización puntual de la cámara, su importe se abonará diariamente, según el número de ganchos utilizados. Artículo 5º.- Bonificaciones. Atendiendo al Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

19026 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Reguladora de las Haciendas Locales, se establece una bonificación del 5 % de la cuota a favor de los sujetos pasivos que domicilien el pago de la tasa en una entidad financiera, colaborando así en la recaudación de ingresos. OCTAVO.- Modificar el artículo 3 e incorporar el 6 de la ordenanza fiscal nº 2-13 reguladora de la tasa por acceso al centro lúdico doñanita, que quedan redactados así: Artículo 3º.- Cuantía. 1.- La tarifa del servicio de ludoteca será de 1,00 euro por niño/a y hora. 2.- Para uso de actividades infantiles, con reserva del Local con cinco días de antelación, y en los días que la organización establezca. - Hasta 15 niños-as... 45,00 Euros. - de 16 a 25 niños-as... 75,00 Euros. - de 26 a 40 niños-as... 95,00 Euros. Para más de cuarenta niños no se permitirá el uso en esta modalidad. Para esta modalidad se ofrecerán solo las actividades fijas del Centro y el espacio de juego al aire libre y el salón de música y celebraciones. 3.- Bonos descuento Doñanita: Se establece un único bono de 20 horas cuyo precio será de 16,00 euros. Artículo 6º.- Horario: Durante el período escolar, el horario será de lunes a viernes de 17 a 21 horas. Durante las vacaciones escolares el horario será de lunes a viernes de 9 a 14 horas. NOVENO.- Modificar los artículos 1, 3, 4, 5 y 6 de la ordenanza fiscal nº 2-14 que pasa a denominarse reguladora de la tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y del dominio público, las reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, que quedan redactados así: Artículo 1º.- Concepto De conformidad con lo previsto en el artículo 57, y en relación con artículo 20, ambos del R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por utilizaciones privativas o aprovechamiento especiales por entradas de vehículos a través de las aceras y del dominio público, las reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, que se regirá por la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Cuantía Las tarifas de la tasa serán las siguientes: - Tarifa primera: La entrada de vehículos en cocheras o garajes comerciales, en talleres de reparación de vehículos, en establecimientos para la venta y exhibición de los mismos, agencia de transporte, contribuirán con arreglo a la siguiente tarifa anual: Por las primeras 10 plazas... 120,00 euros Por las plazas que excedan de las anteriores, por cada plaza... - Tarifa segunda: 10,00 euros La entrada de vehículos en cocheras que formen parte de edificios o recintos de comunidades de propietarios por plaza y año... 7,00 euros Esta cuota nunca será inferior a la tarifa cuarta -Tarifa tercera: Por reserva de espacios en la vía pública y terrenos de la vía pública concedido a Hoteles, entidades o particulares para aparcamientos exclusivos, carga y descarga: Por cada licencia para establecimiento de un vado en entrada de vehículos... Por reserva de vía pública para vados: Euros/metro lineal 37,72 euros/año

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19027 a) Para estacionamiento permanente 10,14 euros b) Para carga y descarga (horario comercial) 6,20 euros c) Pintado o repintado de bordillos: por la tramitación del expediente y ejecución material 15,20 euros - Tarifa cuarta: Entrada de vehículos en cocheras particulares a través de las aceras o desde el dominio público, al año... 9,02 euros. - Tarifa quinta: Paso por dominio público local para acceder a áreas protegidas, parques naturales o nacionales: - Vehículos a motor con acceso periódico a las áreas descritas, por día... 2,00 euros. - Vehículos a motor de acceso esporádico o puntual a las áreas descritas, por acceso... 10,00 euros. - Tarifa sexta: Expedición placa de vado... 20,00 euros. Artículo 4º.- Normas de gestión. 1º.- Las cantidades exigibles con arreglo a las tarifas se liquidarán por cada aprovechamiento solicitado o realizado y serán irreducibles por los periodos naturales de tiempo. 2º.- Las personal o entidades interesadas en la concesión de aprovechamiento regulados en esta Ordenanza deberán solicitar previamente la correspondiente licencia, y formular declaraciones acompañando un plano detallado del aprovechamiento y de su situación dentro del municipio. 3º.- Los servicios técnicos de este Ayuntamiento pasarán copia de la solicitud a la Jefatura de Policía Local para que efectúe informe vial o circulatorio al respecto, el cual se pasará a los servicios técnicos del Ayuntamiento. 4º.- Los servicios técnicos de este Ayuntamiento comprobarán e investigarán las declaraciones formuladas por los interesados, concediéndose por el Órgano correspondiente en su caso, las autorizaciones de no encontrar diferencias con las peticiones de licencias y, de no existir circunstancias de tipo técnico, vial o circulatorio que la desaconsejaren, apreciadas libremente por la Administración. Si se dieran diferencias, se notificarán las mismas a los interesados. 5º.- Una vez autorizado se liquidará el importe correspondiente de la tasa para el año en curso que deberá abonarse en la Tesorería Municipal antes de retirar la licencia. 6º.- Una vez autorizada la ocupación se entenderá prorrogada mientras no se presente la declaración de baja por el interesado. 7º.-La presentación de la baja surtirá efectos a partir del día primero del año natural siguiente al de su presentación, la no presentación de la baja determinará la obligación de continuar abonando la tasa. Al presentar la baja habrá de entregarse la placa identificativa con el nº y formato correspondiente. 8º.- Los titulares de las licencias de reservas exclusivas, de vehículos, carga y descarga deberán proveerse en la Administración Municipal, previo pago de su importe, de una placa según diseño oficial, que habrá de ser colocados en lugar visible de la entrada autorizada, indicativa de la prohibición de aparcamiento. En el caso de calles o zonas particulares se situarán en la confluencia de estas con la vía pública. Así mismo, los titulares de los restantes aprovechamiento objeto de la Ordenanza, deberán proveerse también de las placas reglamentarias, delimitando la longitud o superficie del aprovechamiento. La falta de instalación de las placas o el empleo de otras distintas a las reglamentarias, impedirá a los titulares de las licencias el ejercicio de su derecho de aprovechamiento. Dichas placas habrán de ser devueltas al Ayuntamiento una vez producida la baja. 9º.- Los interesados en la concesión de los aprovechamientos regulados por esta Ordenanza, presentarán en el Ayuntamiento declaración detallada de la extensión, capacidad, numero de plazas, nombre de los titulares, carácter del aprovechamiento y demás elementos necesarios para la determinación de la Tarifa correspondiente. La Administración Municipal, en cualquier momento, podrá comprobar la veracidad de los datos declarados. 10º.- En el caso de paso por dominio público local para acceder a inmuebles particulares, áreas protegidas, parques naturales o nacionales, se podrá llevar a cabo un control para velar por el cumplimiento tanto del correcto uso del dominio público como por el número de vehículos que transitan por él, pudiéndose liquidar en el momento de dicho aprovechamiento.

19028 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Artículo 5º.- Devengo 1.- La tasa surtirá efecto desde el momento en que se tenga constancia de la realización de hecho imponible, coincidiendo con bimestres naturales. Siendo la naturaleza material de la tasa de carácter periódico, el devengo tendrá lugar el 1 de enero de cada año y el período impositivo comprenderá el año natural, salvo en los supuestos de inicio o cese de la prestación o el uso del servicio o actividad, en cuyo caso el período impositivo se ajustará a esa circunstancia con el consiguiente prorrateo bimestral de la cuota. 2.- La obligación del pago de la tasa de esta Ordenanza nace: A).- Tratándose de concesiones de nuevos aprovechamientos de la vía pública, en el momento de solicitar la correspondiente licencia, y el pago se realizará por ingresos directos en la Depositaría Municipal o donde estableciese el Iltmo. Ayuntamiento, pero siempre antes de retirar la correspondiente licencia. B).- Tratándose de concesiones de aprovechamiento ya autorizados y prorrogados, una vez incluidos en los padrones o matrículas de este tasa, por bimestres vencidos. C).- En el caso de aprovechamientos puntuales, en el momento de llevarse a cabo dicho aprovechamiento. Artículo 6º.- Vía de apremio. El cobro de las cuotas se efectuará bimensualmente mediante recibo en período voluntario durante los dos meses naturales siguientes a la fecha de expedición del mismo. Transcurrido dicho período se procederá al cobro de las cuotas en vía de apremio. DECIMO.- Modificar el artículo 8.5.1 y el artículo 8.6 de la ordenanza fiscal nº 2-17 reguladora de la tasa por la prestación de servicios en las instalaciones municipales deportivas del municipio de Almonte, que quedan redactados así: 5.1.- PISCINAS DESCUBIERTAS 5.1.1.- SOCIOS ABONADOS: 5.1.1.1.- Por día... 1,50. Para sacar esta entrada es totalmente indispensable la presentación del carnet de socio abonado del complejo deportivo a la persona que realiza las labores de venta de entradas en conserjería. 5.1.2.- NO SOCIOS ABONADOS: 5.1.2.1.- Mayores 15 años y menores 60 años... 3,50 /día 5.1.2.2.- Menores 15 años y mayores 60 años... 2,50 /día 5.1.2.3.- Mayores 15 años y menores 60 años... 60,00 /mes 5.1.2.4.- Menores 15 años y mayores 60 años... 40,00 /mes 5.1.2.5.- Familiar... 80,00 /mes 5.1.2.6.- Mayores 15 años y menores 60 años... 90,00 /temporada 5.1.2.7.- Menores 15 años y mayores 60 años... 60,00 /temporada 5.1.2.8.- Familiar... 120 /temporada 5.1.3. USO DE PISCINA PARA CURSOS DE FORMACION (cursos de socorrismo, curso de buceo, etc.) POR OTRAS ENTIDADES: 5.1.3.1. Uso de calle/hora... 10,00 5.1.4.- Los niños y niñas abonarán la entrada a las Piscinas Municipales una vez tengan cumplidos los 3 años de edad. 5.1.5.- Los niños de acogida en las familias de Almonte (Vacaciones en paz de Saharauis, o similar) abonarán la entrada de 1 5, considerándose como si fueran Socios Abonados. 6) PISTAS DE PADEL 6.1. - Abonados...sin iluminación 2 50 EUROS / hora. 6.2. - Abonados...con iluminación 3,00 EUROS / hora. 6.3. - No abonados...sin iluminación 12,00 EUROS / hora. 6.4. - No abonados...con iluminación 15,00 EUROS / hora.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19029 Para el alquiler de las pistas de Padel se realizará como máximo con 24 horas de antelación, así como se entregará indispensablemente el carnet de abonado, el cual se dejará en depósito hasta la fecha de juego. Asimismo existen las siguientes particularidades: a) Si en una pista alquilada jugaran durante 1 hora un socio abonado y un no socio abonado, abonará el precio estipulado en la presente Ordenanza el no socio abonado. b) Si en una pista alquilada jugaran durante 2 horas un socio abonado y un no socio abonado, abonará el precio que le corresponde según su condición de abonado o no abonado una hora cada uno. c) Si en una pista alquilada jugaran 3 ó 4 personas el precio de la hora dependerá del número de socios abonados y no abonados, de manera que si más del 50% de los jugadores son socios se pagará la hora al precio de abonado, de lo contrario se pagará el precio de no socio. En caso de igual número de socios abonados que de no abonados el criterio a seguir será el mismo que en los apartados a) y b). DECIMOPRIMERO.- Modificar el artículo 3 de la ordenanza fiscal nº 2-21 reguladora de la tasa por el suministro de agua, que queda redactado así: Artículo 3º.- Cuantía. 1.- La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza será fijada en las Tarifas contenidas en el apartado siguiente: 2.- Las tarifas de esta tasa serán las siguientes: A) Cuotas fijas de servicio de abastecimiento: Se aplicará la que resulte mayor de los dos casos siguientes: 1.- Cuota fija de servicio = al cuadrado de, el diámetro del contador instalado dividido por trece, y el resultado multiplicado por la cuota fija de servicio establecida a continuación. 2.- Cuota fija de servicio Euros/usuario/bimestre Uso doméstico... 6,1433 Uso comercial-industrial... 9,1323 Uso establecimientos hoteleros... 6,4104 B) Cuota variable del servicio de abastecimiento: Uso doméstico: Entre 0 y 10 m3 (bimestre)... 0,5458 Entre 11 y 30 m3 (bimestre)... 0,7846 Más de 30 m3 (bimestre)... 0,8983 Uso comercial-industrial... 0,7103 Uso establecimientos hoteleros... 0,5727 Todo ello, teniendo en cuenta lo siguiente: Euros/m3 Usuario doméstico: cada chalet, casa, piso, apartamento, apartamento turístico o apartahotel. Usuario comercial-industrial: cada local comercial e industrial de todo tipo. Usuario hotelero: cada habitación de hotel, hostal o pensión. Y todo independientemente de que se encuentren en un edificio destinado principalmente a otro uso, En los casos de consumos elevados por avería en las instalaciones interiores, se le aplicará a todo el consumo registrado el precio del segundo bloque de las tarifas, siempre que quede demostrado el hecho de la avería mediante informe de la Policía Municipal o Informe del Servicio de Aguas que den fe de la existencia de avería en las instalaciones interiores. C) Derechos de Acometida: - parámetro A... 11,00 euros /mm. - parámetro B... 200,00 euros/litro/seg.

19030 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 D) Cuota de Contratación y de Reconexión, según se deduce de la expresión establecida en el Art. 56 del Decreto 120/1991 de 11 de junio Cc=600 x d - 4500 x (2-P/T) E) Fianzas: Se determina según el Art. 57 del Decreto 120/1991 de 11 de junio. F= d x Cs x 2, siendo: d= calibre del contador expresado en mm, Cs = Cuota de servicio que corresponda al suministro solicitado. DECIMOSEGUNDO.- Modificar el artículo 4.1, 4.2, 4.5 y 4.7, así como el artículo 9 de la ordenanza fiscal nº 2-22 reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situadas en terrenos de uso público e industrial callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico, que quedan redactados así: Artículo 4º.- Cuantía: La cuantía de la tasa, se regulará con la siguiente tarifa: 1.- En puestos, barracas, casetas, espectáculos de recreo y otros, una vez instalados y abiertos al público: 1.a).-Puestos de avellanas, castañas, garbanzos tostados, frutos secos y otros análogos siempre que no excedan de dos metros cuadrados y no estén cubiertos, limitándose a un simple mostrador portátil, metros lineales/ día... 1,91 euros 1.b).- Puestos de dulces, turrones, tejidos, zapatos, quincallas, bisutería, encajes, bordados, churros, patatas fritas, loza fina, cántaros de barro, alfarería y puestos de rifas que no excedan de dos metros cuadrados, metros lineales/ día... 2,65 euros 1.c).- Los puestos reseñados anteriormente y que ocupen más de dos metros cuadrados de la vía pública, y para los demás puestos y barracas y elementos de catering para celebraciones y eventos, así como hinchables e instalaciones recreativas, metros lineales / día 3,29 euros. El metro lineal supone un máximo de 2 metros de fondo. La superficie ocupada que exceda de dos metros de fondo, deberá abonar por cada dos metros o fracción de exceso, 3,29 euros /metro lineal /día. 1.d).- Los puestos reseñados anteriormente y que se establezcan, durante los días de peregrinación de Hermandad de Triana, Huelva, la Candelaria, Rocío Chico, fiestas navideñas y Semana Santa en la vía pública, por metro lineal y día... 15,00 euros Los metros lineales se miden por el lateral de mayor longitud. 2.- Industrias callejeras y ambulantes: 2.a).- 1ª Categoría: Mercadillo La Peña de verano y mercadillo de frutas, ambos de Matalascañas, así como mercadillo Rocío-Acebrón de El Rocío y otros mercadillos ocasionales en el municipio (bisutería, artesanía, etc). Licencia industrias callejeras y ambulantes, metros lineales/ día... 2,79 euros 2.b).- 2ª Categoría: el mercadillo La Placita y el mercadillo de frutas de Almonte. Licencia industrias callejeras y ambulantes metros lineales/ día... 2,01 euros 5.- Los puestos ubicados durante la Romería del Rocío en las zonas siguientes, se abonarán por metro lineal de fachada o línea de venta: Zona A)... Zona B)... 79,70 euros 119,02 euros (Zona A.- Plaza del Acebrón y Camino del Puente del Rey) (Zona B.- Resto de zonas susceptibles de aprovechamiento especial con puestos) 7.- Rodajes cinematográficos o estudios de investigación en el dominio público, al día... 238,03 euros La grabación durante la romería del Rocío u otro evento supondrá un coste de 39,64 euros por cada metro cuadrado utilizado. Artículo 9º.- Exenciones y Bonificaciones. Para los supuestos establecidos en el artículo 4.2 de la presente ordenanza (Industrias callejeras y ambulantes), atendiendo al Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece una bonificación del 5 % de la cuota a favor de los sujetos pasivos que domicilien el pago de la tasa en una entidad financiera, colaborando así en la recaudación de ingresos. DECIMOTERCERO.- Modificar los artículos 4 y 6 de la ordenanza fiscal nº 2-25 reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas, que quedan redactados así:

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19031 Artículo 4º.- Cuantía. La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza se hará efectiva conforme a la siguiente tarifa: a) Por la ocupación de terrenos de uso público con materiales de construcción, escombros, pagarán por m2 y día... 0,37 euros b) Por ocupación de terrenos de uso público, con mercancías pagarán por m2 y día... 0,37 euros c) Por cada puntales o asnilla y otros elementos de apeos abonarán por día...0,37 euros d) Ocupación con vallas, x m2 y día... 0,37 euros e) Por ocupación andamios, x m2 y día... 0,37 euros f) Por ocupación de la vía pública con cubas para recogida de escombros, cada empresa registrada y autorizada bajo Licencia Municipal de Contenedores de Obra, abonará... 60,00 euros/cuba/año. Las cubas han de estar identificadas según se recoge en el artículo 8º de la Ordenanza Municipal de Gestión de los Residuos de Construcción y Demolición aprobada en el pleno de 8 de julio de 2002 g) Por cortes de calles, Artículo 6º.-Devengo. De una sola dirección, por día o fracción Dos direcciones, por día o fracción Con presencia policial, suplemento 30,00 euros 50,00 euros 20,00 euros 1) La obligación de pago de la tasa regulada en esta Ordenanza nace, tratándose de concesiones de nuevos aprovechamientos en la vía pública, en el momento de solicitar la correspondiente licencia. Se procederá a liquidar los meses restantes hasta la finalización del año natural. Los siguientes meses se liquidarán por periodos trimestrales. 2) Los contenedores de obra o cubas, se devengarán el uno de enero de cada ejercicio, y se abonará por periodos anuales. 3) El pago de la tasa se realizará, tratándose de autorizaciones de nuevos aprovechamientos con duración limitada, por ingreso directo en la Tesorería Municipal o donde estableciese por el Ilmo. Ayuntamiento, pero siempre antes de retirar la licencia o la denominación que corresponda. DECIMOCUARTO.- Modificar el artículo 9 de la ordenanza fiscal nº 3-01 reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, que queda redactado así: Artículo 9º.- Regímenes de declaración y de ingresos. 1.- El sujeto pasivo podrá optar por cualquiera de estas dos opciones: OPCIÓN A.- El impuesto se exigirá en régimen de autoliquidación, conforme a los establecido en el Art. 103.4 del R.D. Legislativo 2/2004. A tal fin, el sujeto pasivo deberá presentar el ingreso de la cantidad autoliquidada junto con la documentación relativa a la solicitud de licencia. Con carácter previo a la concesión de la licencia, se verificará dicha autoliquidación según los datos declarados, procediéndose a efectuar la correspondiente liquidación provisional, en caso de que el importe no estuviese correctamente calculado, que deberá ser ingresado antes de la concesión definitiva de la licencia. OPCIÓN B.- El sujeto pasivo vendrá obligado a presentar, junto con la solicitud de licencia, toda la documentación necesaria para el cálculo del impuesto, que será objeto de liquidación provisional y que una vez notificada, deberá ser ingresada en la Tesorería Municipal antes de la concesión de la propia licencia. 2.- Las liquidaciones complementarias que, en su caso, proceda practicar conforme al anexo de esta ordenanza, serán notificadas al obligado tributario para su ingreso directo en las arcas municipales, utilizando los medios de pago y los plazos que señala el Reglamento General de Recaudación. 3.- Finalizada la construcción, instalación u obra, se procederá a girar la liquidación definitiva por el Servicio de Inspección Tributaria Municipal, previa comprobación e investigación de los elementos de la obligación tributaria. 4.- La gestión, liquidación, inspección y recaudación de este tributo, se realizará de acuerdo con lo prevenido en la Ley General Tributaria, en la Ley de Derechos y Garantías del Contribuyente, Reglamento General de Recaudación, R.D.

19032 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y en las demás Leyes del Estado reguladora de la materia, así como en las disposiciones dictadas para su desarrollo. DECIMOQUINTO.- Modificar el Art. 4, apartado 3 la ordenanza 5-02, reguladora del precio público por vigilancia de vehículos en aparcamientos, que queda redactado así: 3.- TARIFA APLICABLE EN MATALASCAÑAS. a) Por cada minuto de estancia... 0,030 Euros. c) Bono día completo... 18,00 Euros. d) Tarjeta para vehículos residentes/vehículo... 40,00 Euros/mes e) Abono mensual vehículos no residentes... 100,00 Euros. Se entenderá por día completo desde la hora de entrada hasta las 24:00 horas del mismo día. El número de plazas para discapacitados y vehículos residentes, serán en cada aparcamiento las que determine la ley. Tendrá la consideración vehículo residente aquel en cuyo permiso de circulación conste un domicilio de Matalascañas. Las tarifas recogidas en los apartados 1, 2, 3 anteriores, siempre se entenderán con el Impuesto sobre el Valor Añadido Incluido (IVA INCLUIDO). DECIMOSEXTO.- Modificar la ordenanza 5-05, que pasa a denominarse reguladora del precio público para la explotación de las instalaciones culturales del municipio, que queda redactado así: Artículo 1º. Fundamento y naturaleza. CAPÍTULO I: Disposiciones generales. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 142 de la Constitución y por el artículo 16 de la Ley 7/85 del 2 de abril, reguladora de las Bases de régimen Local y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece los Precios Públicos para la explotación de las instalaciones culturales del municipio que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 57 del citado R. D. Legislativo 2/2004. Artículo 2º. Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de los precios públicos por la prestación de Servicios o realización de Actividades y/o la utilización privativa del dominio público local de las diversas instalaciones de Ciudad de la Cultura que se enumeran a continuación y otras Instalaciones Culturales distribuidas en los tres núcleos de población del municipio: Almonte, El Rocío y Matalascañas, de acuerdo a las tarifas que se establece en la presente Ordenanza. INSTALACIONES DE CIUDAD DE LA CULTURA 1.Salón de Exposiciones de Centro Polivalente Réplica Iglesia de Baler 2. Escuela Elemental de Música y Danza. Talleres Culturales 3. Sala Polivalente Templete 4. Espacio abierto. Boulevard Ciudad de la Cultura 5. Espacio Escénico (Instalaciones completas) 5.1. Sala de Exposiciones de Espacio Escénico 5.2. Bar - Cafetería de Espacio Escénico 5.3. Sala de Ensayo de Espacio Escénico OTRAS INSTALACIONES CULTURALES DEL MUNICIPIO 6. Casa de la Cultura de Almonte, El Rocío y Matalascañas 6.1 Salón de Actos 6.2 Aulas de trabajo 7. Centro Cultural de la Villa de Almonte 9.1 Salón de Actos y Exposiciones

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19033 9.2 Aulas de trabajo Artículo 3º. Sujeto Pasivo. Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria que disfruten, usen o aprovechen especialmente el dominio público local en beneficio particular y a quienes el Ayuntamiento autorice la utilización de las instalaciones citadas en el Artículo 2. Artículo 4º. CAPÍTULO II: Solicitudes La solicitud de cesión de cualquiera de las instalaciones culturales descritas en la presenta ordenanza se presentará en las oficinas administrativas del Ayuntamiento, y con una antelación mínima de 40 días sobre la fecha en la que se desee disponer de la instalación, siendo remitida a la dirección técnica responsable de la misma para su tramitación. El Ayuntamiento comunicará la autorización o no de lo solicitado. En el caso de existir coincidencia en los días de uso, tendrán preferencia las actividades culturales organizadas por el Ayuntamiento. Artículo 5º. La solicitud deberá ir acompañada obligatoriamente de los siguientes documentos: a) Impreso de solicitud específico, correcta y completamente cumplimentado. b) Fotocopia del D.N.I/ N.I.F del solicitante y /o entidad organizadora. c) Memoria descriptiva de la actividad a desarrollar, aportando como mínimo lo siguiente: Artículo 6º. - Copia del cartel anunciador o en su defecto borrador del mismo. - Uso concreto que se pretende dar a la dependencia solicitada que deberá exponerse con total claridad mediante proyecto de montaje y desmontaje y programa de actividades a realizar. - Número de espectadores máximo previstos. - Número de entradas máximas a la venta y precio al público. Si la recaudación va dirigida a una entidad benéfica, detallar cuál. - Medios auxiliares previstos (catering, seguridad, azafatas...) CAPÍTULO III: Formalización de la cesión. Desde el Ayuntamiento, la dirección correspondiente a las instalaciones culturales o la Junta de gobierno Local procederá a otorgar las cesiones, teniendo en cuenta las características de la instalación a utilizar y calidad del acto, a estos efectos se consideran como criterios para la cesión: Artículo 7º. Actividades culturales y/ o socioculturales de interés general para el municipio Fecha de entrada de la solicitud. Aprobada la cesión por la dirección de las instalaciones culturales se comunicará a la mayor brevedad a los interesados quienes deberán ingresar la fianza correspondiente y justificar el seguro de responsabilidad civil correspondiente en el plazo establecido en el Artículo 4º de la presente ordenanza. Artículo 8º. La cesión de la instalación solicitada se formalizará una vez sea justificado el ingreso por parte del interesado tanto del abono íntegro de la fianza que corresponda como el seguro de responsabilidad civil previsto en el Artículo13 en las oficinas administrativas del Ayuntamiento. Artículo 9º. En todo momento el Ayuntamiento a través de la dirección correspondiente a las instalaciones culturales se reserva la posibilidad de revocar la cesión, caso de precisar la utilización de las dependencias en cuyo caso se le reintegrará al interesado la fianza depositada y se le notificará con la suficiente antelación. Artículo 10º. No será procedente la devolución de la fianza en los supuestos de la no celebración o suspensión de la actividad, por causas imputables al cesionario. Los usuarios deberán avisar con una antelación mínima de 15 días en el supuesto

19034 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 de suspensión de los actos programados, a fin de posibilitar el uso de las dependencias por parte de alguna persona o entidad que pudiera estar interesada en ello. Artículo 11º. CAPÍTULO IV: Cuota tributaria (Precio Público). La cuantía de la precio público de esta ordenanza será la fijada en el Capítulo VIII de la misma, tomando para ello como referencia el valor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utilización si los bienes afectados no fuesen de dominio público. Artículo 12º. Para garantizar el buen uso de las instalaciones se establece una fianza equivalente al 20% de la cuota íntegra que corresponda a cada caso, que será reintegrada al finalizar la cesión previo informe de la dirección específica de la instalación, con detracción en todo caso de la suma necesaria de los desperfectos que hayan podido ocasionarse. Artículo 13º. Los usuarios tendrán la obligación de concertar por su cuenta y a su cargo un seguro de responsabilidad civil para la cobertura de daños a terceros como consecuencia de los perjuicios causados por un hecho de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el cesionario (asegurado) de las instalaciones, conforme a derecho. Artículo 14º. CAPÍTULO V: Exención de pago. Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local y dependiendo de la naturaleza de la entidad organizadora, el Ayuntamiento tendrá la facultad, con carácter excepcional, de establecer exención de pago a todos aquellos actos cuya naturaleza supongan un bien social, cultural o de interés público siempre que las actividades a desarrollar no supongan el cobro de cantidad alguna en los actos organizados o cuando su recaudación sea destinada a entidades declaradas legalmente como benéficas. Aún en estos casos sigue siendo responsabilidad de la organización la limpieza del edificio. Artículo 15º. Son causas de resolución de la cesión: CAPÍTULO VI: Denegación de la cesión. a) La falta de prestación en plazo de la fianza establecida en el Artículo 12. b) La demora en el cumplimiento de las instrucciones que se le indiquen por el personal a cargo del edificio. c) El incumplimiento de las restantes obligaciones establecidas en la presente ordenanza. Artículo 16º. CAPÍTULO VII: Responsabilidad de uso. El beneficiario de la licencia de uso y disfrute de las instalaciones y servicios será responsable del uso de los mismos, como también de las actuaciones o usos de otras empresas por él subcontratadas. Esta misma responsabilidad alcanzará al beneficiario en los casos de cesión gratuita. El régimen de uso o normas de utilización de las instalaciones culturales del municipio se encuentran detalladas en la presente Ordenanza. Artículo 17º Las normas de cesión contenidas en la presente ordenanza serán entregadas a los cesionarios con la notificación de la resolución de la cesión. El organizador firmará un documento acreditativo de ser conocedor del dicho reglamento y de la aceptación de lo que en él se dispone. CAPÍTULO VIII: UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES CULTURALES Y APROVECHAMIENTO DE ACTIVIDADES CULTURALES. Artículo 18º. Tarifas 18.1. Cesión / alquiler de instalaciones Dependiendo de la naturaleza de la entidad organizadora será de aplicación general para las actividades organizadas por Sociedades Mercantiles, Administraciones Públicas distintas del Ayuntamiento de Almonte y cualquier otra Asociación, Fundación, Cooperativa o Entidad de Derecho Público o Privado, así como fundaciones, asociaciones y demás entidades sin fines de lucro declaradas de utilidad pública, pudiendo ser éstas últimas objeto de bonificación de hasta un 50%. Para ello junto a la solicitud deberán presentar fotocopia acreditativa de la declaración de utilidad pública

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19035 Las tarifas de esta tasa son las siguientes: INSTALACIÓN Jornada Completa Euros Media Jornada Euros Salón de Exposiciones de Centro Polivalente Réplica Iglesia de Baler 150 100 Sala Polivalente Templete 150 100 Espacio abierto. Boulevard Ciudad de la Cultura 200 120 Espacio Escénico (Instalaciones Completas) 1.800 900 Sala de Exposiciones de Espacio Escénico 250 200 Bar - Cafetería de Espacio Escénico 300 220 Sala de Ensayos de Espacio Escénico 150 100 Salón de Actos Casa de Cultura Almonte, El Rocío y Matalascañas Aulas de trabajo Casa de Cultura Almonte, El Rocío y Matalascañas Salón de Actos y Exposiciones Centro Cultural de la Villa de Almonte Aulas de trabajo Centro Cultural de la Villa de Almonte Uso de Aulas e instalaciones en edificios culturales para cursos UNED (por alumno) 175 90 50 25 175 90 50 25 60 18.2 Abonados al servicio municipal de cultura. Los beneficiarios de éste Carné de Servicios Municipales en la modalidad de Cultura obtendrán un 20% de descuento a la hora de inscribirse en las actividades formativas organizadas por la Concejalía de Cultura, programación del Teatro Municipal y demás oferta cultural. CARNÉ CULTURAL MODALIDAD A: Adultos de 18 a 65 años 20 CARNÉ CULTURAL MODALIDAD B: Menores de 18.. 10 Mayores de 65 años.. 10 Poseedores de Carné Joven.. 10 Artículo 19. ESCUELA ELEMENTAL DE MÚSICA Y DANZA. TALLERES CULTURALES. 19.1 Precios de inscripción en cualquiera de las materias de la Escuela de Música y Danza de Almonte, así como de los Talleres Culturales: Matriculación en una sola materia: Sin Carné: 30 Euros Trimestre

19036 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Con Carné: 24 Trimestre. Matriculación en más de una materia: Sin carné: 45 Euros Trimestre Con carné: 36 Euros Trimestre 19.2 Normas Generales de Inscripción Escuela de Música y Talleres Culturales. 1.- La admisión de alumnos se llevará a cabo por riguroso orden de inscripción y siempre sujeto a las posibilidades. 2.- Para que la matrícula sea tramitada y admitida deberá ir acompañada del justificante bancario del ingreso del importe de la misma. 3.- Las personas no admitidas quedarán en una lista de espera según orden de inscripción. 4.-Todas las solicitudes entregadas fuera de plazo de inscripción pasarán a la lista de espera por orden de inscripción. 5.-Tendrán prioridad de plaza en las materias ofertadas, los que obtengan el carné cultura. 6.-Las cuotas de enseñanzas, con carácter general, se abonarán a lo largo de nueve mensualidades divididas en 3 trimestres, pagando dentro del período de formalización de la inscripción en el primer trimestre. 1 Trimestre del 1 de octubre al 19 del Diciembre 2 Trimestre 8 de Enero al 27 de Marzo 3 Trimestre 5 de mayo 19 de Junio. 7.-Los interesados, en el momento de formalizar la inscripción, deberán autorizar la domiciliación del pago del importe trimestral de las cuotas de enseñanza en una cuenta de entidad bancaria, o de ahorro, cumplimentando para ello la documentación que se facilite. 8.- Las cuotas se cargarán en la cuenta facilitada por el interesado dentro de los diez primeros días del trimestre corriente. 9.- El alumnado matriculado que no comunicara, mediante escrito entregado a la Concejalía de Cultura, su baja antes del 16 de Octubre en el primer trimestre, 15 de Enero en el segundo trimestre, 16 de Abril para el tercer trimestre, se le cobrará completo el trimestre siguiente. 10.- Cualquier cambio en los datos bancarios deberá ser comunicado por escrito a través del Registro General del Ayuntamiento de Almonte antes de las fechas fijadas para el cobro de cada trimestre. 11.- Para realizar cualquier reclamación en relación con las bajas será imprescindible presentar, a través del Registro General una instancia y adjuntar a la solicitud la copia de la baja cursada. 12.- Una vez formalizada la matrícula y en caso de que el alumno/a solicitase la baja, solo procederá la devolución de dicho importe en el único supuesto de que las clases no se hayan iniciado. 13.- Cuando una vez iniciado el curso existieran vacantes en el mes de alta se abonará la cuota que corresponda prorrateada en función de las clases recibidas ese trimestre. 14.- Cuando por causas no imputables al obligado al pago de este precio público no se preste el servicio objeto, se procederá a la devolución del importe correspondiente. Artículo 20. TEATRO MUNICIPAL 20.1 Entradas /Taquilla La tarifa de precios públicos estipulados por función en el Espacio Escénico o Teatro de Almonte se distinguirán por franjas en relación con el caché y proyección del espectáculo y/o producción programada. Modalidad A Espectáculos y/o producciones de ámbito internacional y/ o nacionales de gran formato. Precio por entrada..18 Modalidad B Espectáculos y/ o producciones de ámbito nacional, gran formato. Precio por entrada..12 Modalidad C

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19037 Espectáculos y/ o producciones de ámbito regional, pequeño, gran y mediano formato y espectáculos y/o producciones locales. Precio por entrada 6 Bonificaciones Será de aplicación la reducción de un 20% sobre la franja de la tarifa anteriormente prevista, en relación a los diferentes grupos de públicos que a continuación se detallan: Mayores de 65 años (pensionistas) Menores de 18 años Poseedores del Carné Cultural y/o Carné Joven Alumnos matriculados en el Taller Cultural de Teatro. Alumnos matriculados en el Taller Cultural de Baile. Alumnos matriculados en el Taller Cultural de Música. 20.2 Otras modalidades de uso del espacio escénico (Teatro) Alquiler / Cesión. Esta modalidad se aplicará a actividades de artes escénicas organizadas por entidades y grupos profesionales de artes escénicas así como a actividades organizadas por entidades privadas: Precio - Utilización del teatro por día completo: 1.800,00 - Utilización por ½ día: 900,00 - Día montaje o ensayo: 236,21 - Por cada día de alquiler con el mismo montaje: 243,69 Se harán constar también en la solicitud o en un anexo las necesidades técnicas necesarias para el buen desarrollo de la actividad, teniendo en cuenta las dotaciones con que cuenta la instalación: Uso de Cabina Técnica del Teatro Uso de camerinos Acceso a carga/descarga (para depositar los elementos en el Teatro) Utilización de Equipos de Sonido Utilización de Equipos de Iluminación Utilización de Micrófonos Asistencia de público Venta de entradas Precio de las entradas (en su caso) Mesas, sillas, atriles, Otras necesidades: equipos multimedia, proyecciones, etc Deberán figurar los datos del responsable de montaje de iluminación y sonido, así como plano de luces en aquellos espectáculos que así lo requieran. Así mismo deberán abonar las tasas correspondientes al alquiler de equipos y personal técnico necesario para el desarrollo de la actividad en los casos en los que hayan sido solicitados. 20.3 Servicios y Horarios del Teatro Los servicios básicos incluidos en la tasa de utilización del Teatro son los siguientes: - Suministros: electricidad, aire climatizado. - Dotación técnica: equipamiento de luz y sonido y maquinaria escénica. - Escenario dispuesto: cámara negra e iluminación general simple.

19038 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 El horario de utilización del teatro deberá ajustarse a las siguientes franjas horarias: - Matinal: de 9:00 a 14:00 h - Tarde: de 16:00 a 22:00 h. para el público - Día completo: de 9:00 a 14:00 h y de 16:00 a 22:00 para el público En los días de función el horario se prolongará hasta la finalización del espectáculo y, en su caso el desmontaje. 20.4 Normas Generales de uso del Teatro de Almonte 1.- Una vez confirmado el acceso al Teatro, la Concejalía de Cultura se pondrá en contacto con la entidad solicitante para concretar todos los aspectos necesarios para el desarrollo de la actividad. 2.- La Concejalía de Cultura establecerá en función de las características técnicas del espectáculo el personal técnico y de acomodación necesario para el desarrollo del mismo. Para ello se hace necesario adjuntar plano de luces y/o necesidades técnicas. 3.- La Concejalía de Cultura se encargará de disponer del personal técnico así como del equipamiento escénico necesario para la puesta en escena del espectáculo, así como del alquiler de equipamiento escénico y personal técnico a una empresa especializada, en el caso de que el teatro no disponga del material necesario para el buen desarrollo de la actividad. Dentro de este personal se incluirá un/a técnico/a de sala quien se encargará de abrir y cerrar las puertas del teatro (solamente a efectos de la realización del montaje-desmontaje-carga, descarga etc.) y del uso del teatro en todos sus aspectos técnicos, como manipulación de equipos, forma de funcionamiento de los mismos, etc. Sin su presencia no se permitirá bajo ningún concepto el acceso al teatro, salvo autorización expresa de la Concejalía de Cultural. La utilización del Teatro contará siempre y como mínimo con la presencia de un/a técnico/a de sala responsable del montaje-desmontaje, acomodación, seguridad, y un/a técnico de luz y sonido. 4.- La entidad solicitante se compromete a respetar las normas de seguridad, en especial las referidas a uso de fuego y taponamiento de puertas, pasillos y salidas de emergencia y tendrá en cuenta todas las indicaciones que les haga el personal de acomodación y de coordinación técnica. 5.- En ningún caso se podrá sobrepasar el aforo máximo permitido en la sala. Para ello, se establece como obligatorio el reparto de entradas por parte de la entidad solicitante. 6. El aforo del Teatro de Almonte es de 512 localidades. 7. En el caso de actividad escénica, queda prohibida la grabación de los espectáculos en audio-vídeo durante las representaciones, sin autorización. En caso de autorizarse, esta grabación se realizará desde los lugares indicados para ello, con el fin de no perturbar al público. 8.- La entidad solicitante deberá rellenar por completo las fichas que se le soliciten, respetando en todo momento los horarios que se pacten. 9. Cualquier excepción a estas normas deberá ser autorizada por el/la Responsable competente de la Concejalía de Cultura. 20.5 Obligaciones de la entidad solicitante 1. En toda publicidad sonora o escrita de la actividad a realizar deberá figurar la colaboración del Ayuntamiento de Almonte, con su correspondiente logo. 2. Deberá respetar el aforo del teatro y cumplir las normas de seguridad, en especial las referidas a uso de fuego y taponamiento de puertas, pasillos y salidas de emergencia. Para ello tendrá en cuenta todas las indicaciones que les haga el personal de acomodación y técnico/a de sala. 3. La entidad solicitante se hará responsable de todas las reclamaciones y de los desperfectos que pudieran realizarse derivadas de su utilización. 4. Una vez finalizado el desmontaje, la entidad solicitante dispondrá de una semana como máximo para la recogida del material y/o elementos escenográficos del teatro, Esta recogida se hará siempre en horario de mañana salvo que se pacte algún horario alternativo. Una vez finalizado ese plazo, el teatro no se hará responsable de dicho material. 5. Se indicarán los horarios de la actividad y del comienzo del montaje y desmontaje.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19039 En caso de incumplimiento de las presentes normas, el Ayuntamiento podrá iniciar las acciones sancionadoras que estime oportunas así como la posible denegación del acceso en futuras solicitudes. Artículo 21. EXPOSICIÓN COMERCIAL BOULEVARD CIUDAD DE LA CULTURA. Tarifas: - Stands... 30 / u. - A razón de... 30 /m2/ jornada. Artículo 22. Variación de Tarifas: Cuando las instalaciones se utilicen en días no laborables la tarifa de ocupación se incrementará un 30% sobre la tarifa aplicada. Si el acto que se celebre finaliza en día laborable más tarde de las 24 horas la tarifa de ocupación se verá incrementada en un 20%. En caso de que la jornada abarque los horarios de comida y/o cena se añadirá una dieta de 12 / persona para el personal de conserjería, siempre y cuando la organización no asuma este concepto. 22.1.- Recargos: - Sábados, Domingos y Festivos... 30% - Día laborable a partir de las 24h... 20% - Dietas... 12 22.2.- Reducciones: - Montajes y Desmontajes... 50% Cuando las instalaciones se utilicen para montaje y/o desmontaje se aplicará el 50% de la tarifa en jornada completa. - Usos culturales... 50% Cuando las instalaciones se utilicen para actos culturales podrá aplicarse una reducción del 50% según tarifa. Esta bonificación no se aplicará cuando medie precio por localidad o cobro de inscripción. - Organizaciones Juveniles... 50% Cuando un acto sea organizado por Entidades Juveniles se les aplicará una reducción del 50%, no acumulable a la derivada del uso cultural. CAPÍTULO IX. RÉGIMEN DE USO. NORMAS GENERALES DE UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES. 1. El Ayuntamiento de Almonte determina las condiciones para el uso y disfrute de las instalaciones de Cultura, así como del equipamiento y servicios de que se disponga y pueda poner a disposición del organizador para el correcto desarrollo de las actividades que se programen. 2. En todo momento el organizador habrá de atender a las indicaciones de la gerencia del edifico, del conserje municipal, o el personal que para ello se haya dispuesto, realice, quienes podrán adoptar las decisiones convenientes para el uso adecuado de las instalaciones con el objeto de garantizar el correcto estado de las mismas. 3. Si fuese necesario disponer de la instalación para la preparación de la actividad, carga y descarga de material, etc., esto se hará en el horario propuesto por la dirección del edificio, y según la disponibilidad del mismo. 4. El organizador se compromete a realizar exclusivamente las tareas y actividades que sean estrictamente necesarias para el desarrollo de los eventos propuestos, quedando totalmente prohibido el uso de las instalaciones para actividades extras. 5. En todo momento se respetará la capacidad máxima de las instalaciones, pudiendo ser ampliada únicamente mediante la disposición de elementos apropiados para ello y en los lugares que la dirección disponga, en todo caso sin perjuicio del tránsito normal por las instalaciones y el acceso apropiado a las salidas de emergencia. La dirección se reserva el derecho a vetar todo material que no estime apropiado ni de acorde con las características del equipamiento. 6. El coste del servicio de limpieza necesario para el mantenimiento de las instalaciones durante la celebración de las actividades, así como después de las mismas, deberá ser sufragado por el organizador, en función del tiempo y personal que dichas tareas hayan requerido. Dicho servicio será realizado por la empresa con la que la dirección de las instalaciones contacte para ello, sin posibilidad de ser efectuado por particulares o personas ajenas a las disposiciones de la dirección de las instalaciones. 7. Cuando sea necesario el uso del material técnico de iluminación, imagen y sonido, éste deberá ser manipulado por el técnico con el que la dirección de las instalaciones contacte, siendo indispensable la presencia de dicho técnico para el uso de dicho material así como para la adaptación y posibles modificaciones que se pudiesen necesitar. Igualmente

19040 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 las posibles ampliaciones técnicas que se necesitasen sobre el equipamiento base de las instalaciones deberán ser puestas en conocimiento de la dirección de las instalaciones, así como del técnico que la dirección proponga. 8. Todos los demás gastos que se deriven del desarrollo de las actividades (decoración, montaje-desmontaje, catering, etc.,) deberán ser sufragados por el organizador. 9. Cuando sean necesarios permisos especiales, pago de impuestos o del canon derivado de los derechos de autor, estos tienen que ser gestionados y sufragados por la entidad organizadora incluso en los casos de exención del precio público. 11. Una vez finalizadas las actividades, todas las instalaciones, mobiliario y equipamiento del que se haya disfrutado deberán encontrarse en las mismas condiciones en las que se les fue entregadas, estando el usuario obligado a afrontar los gastos correspondientes a la subsanación de las deficiencias que pudiesen presentar o en el caso de haber pagado la fianza no se procederá a la devolución de la misma siempre y cuando los gastos generados no superen la fianza entregada. 12. Si fuese necesario realizar modificaciones en la disposición del mobiliario de las instalaciones, las mismas deberán ser realizadas por el organizador, así como los trabajos necesarios para dejarlo en su situación normal. Se deberán respetar los horarios y plazos que se determinen para ello. 13. Por el incumplimiento de las presentes normas o por otras causas que la dirección de las instalaciones estime oportuno se procederá a la apertura de expediente informativo con perjuicio para el desarrollo de futuras actividades propuestas por el organizador así como otras de igual naturaleza que se pudiesen proponer. 14. El organizador firmará documento acreditativo de ser conocedor del presente reglamento y de la aceptación de lo que en él se dispone, sin lo cual la dirección de las instalaciones no aceptará la cesión de las instalaciones, equipamiento y servicios para la celebración de las actividades. Dicho documento forma parte de la solicitud a cumplimentar por el interesado y que le será proporcionado en las oficinas administrativas del Ayuntamiento en el momento de formalizar su petición. 15. Las normas de cesión contenidas en la presente ordenanza se entregarán a los cesionarios con la notificación de la resolución de la cesión. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza fiscal aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 8 de Octubre de 2010, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, comenzará a aplicarse el 01 de enero de 2011, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. DECIMOSEPTIMO.- Modificar la ordenanza 5-06, que pasa a denominarse reguladora del precio público por la celebración de bodas y ceremonias civiles de declaración de ciudadanía en dependencias municipales, en sus artículos 1, 2, 3, 4 y 6, que quedan redactados así: Articulo 1.- Naturaleza y fundamento Jurídico. En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con lo dispuesto en el artículo 20 del mismo Texto Legal, este Ayuntamiento establece el precio público por utilización de las dependencias e instalaciones municipales para la celebración de matrimonios y ceremonias civiles de declaración de ciudadanía, que hayan de autorizarse por el Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Almonte. Artículo 2.- Objeto. Será objeto de este precio público la prestación de servicios que el Ayuntamiento de Almonte tiene que realizar para la celebración de bodas y ceremonias civiles de declaración de ciudadanía en la sede de la Casa Consistorial, Plaza Virgen del Rocío nº 1 de Almonte, en la Casa Ayuntamiento de El Rocío, Muñoz y Pavón nº 1 y en la Casa Ayuntamiento de Matalascañas, Plaza del Pueblo s/n. Artículo 3.- Hecho Imponible. Constituye el hecho imponible de este precio público, la utilización de las dependencias e instalaciones municipales y demás medios materiales, personales y servicios necesarios, para la celebración de matrimonios y ceremonias civiles de declaración de ciudadanía, que hayan de celebrarse por el Sr. Alcalde-Presidente o Concejal Delegado. La obligación de contribuir nace por la presentación del escrito de solicitud para la celebración del matrimonio o ceremonia civil de declaración de ciudadanía, en el que conste la fecha de utilización de dichas dependencias y demás medios materiales y personales.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19041 Artículo 4.- Sujetos Pasivos. Son sujetos pasivos del precio público las personas físicas que soliciten la utilización de las dependencias municipales y medios para la celebración del matrimonio o ceremonia civil de declaración de ciudadanía. Artículo 6.- Cuota Tributaria. Cuando al menos uno de los interesados que vayan a utilizar dichas instalaciones esté empadronado en Almonte, la tarifa será de 90, para el resto de los casos será de 230. Las celebraciones de las bodas a cargo del Alcalde o Concejales será durante todos los viernes (excepto festivos) en horario de tarde 17.00 h-20.30 h y los sábados por la mañana (excepto festivos) en horario de 11.00 h -14-00 h Durante el mes de agosto no habrá celebraciones. Así mismo, en el mismo acuerdo plenario de fecha 8 de Octubre de 2010, publicado en B.O.P. de fecha 18 de Octubre de 2010, se acordó el establecimiento de la ordenanza fiscal reguladora nº 2-37, reguladora de la tasa por el uso de la escuela infantil de tráfico (cursos) y tasas por utilización del PITA (Parque infantil de tráfico de Almonte), cuyo acuerdo se considera definitivo al no haberse producido reclamaciones contra el mismo. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 17.4 del R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la publicación del texto completo de dicha ordenanza: Ordenanza Fiscal nº 2-37 reguladora de la tasa por el uso de la escuela infantil de tráfico (cursos) y tasas por utilización de instalaciones del PITA (Parque infantil de tráfico de Almonte): Artículo 1º.- Concepto. De conformidad con las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, por el artículo 106 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y de acuerdo con lo previsto en los artículos 15 a 19 del R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por uso de la Escuela Infantil de Trafico así como la utilización de instalaciones del parque infantil de tráfico de Almonte (PITA), que se regirá por la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Obligados al pago. La entrada al recinto del Parque Infantil de Tráfico de Almonte será gratuita. Están obligados al pago de la tasa en esta Ordenanza, las personas o entidades que soliciten el uso de sus instalaciones en cualquiera de las modalidades disponibles, alquiler de vehículos o accesorios para su uso en las instalaciones, así como las personas o entidades que realicen cualquiera de los cursos que se impartan. Artículo 3º.- Cuantía. Las tarifas de la Tasa serán las siguientes por módulos: Módulo A.- Uso individual de las instalaciones. Sujeto a disponibilidad de monitores y horarios. Módulo B.- Niños-as... Adultos... 2,00 Euros por hora. 3,00 Euros por hora. Curso de Educación Vial teórico-práctico para grupos de escolares concertados con anterioridad con los centros educativos. La visita se concertará con antelación. Tiempo de duración aproximado del curso: 2 horas. Cada grupo se estima por el ratio real del aula. Módulo C.- Grupo Clase... 8 Euros por niño/a. Curso de Educación Vial teórico-práctico para grupos concertados con anterioridad con las asociaciones o centros no escolares. La visita se concertará con antelación. Tiempo de duración del curso: 2 horas. Cada grupo tendrá un mínimo de 15 personas. Módulo D.- La cuota de este servicio será de 10 Euros por persona. Uso de las instalaciones para actividades, previa reserva con antelación, para grupos no incluidos en los módulos anteriores y en los días que la organización establezca: -Hasta 15 usuarios... 3,00 Euros/hora.

19042 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 -de 16 a 25 usuarios... -de 26 a 40 usuarios... 2,50 Euros/hora. 2,00 Euros/hora. Para grupos de más de cuarenta niños no se permitirá el uso en esta modalidad, por razones de aforo y control de monitores. Para los cuatro módulos anteriores se ofertarán las actividades y contenidos fijos del Centro, así como aquellos flexibles y de nueva creación que se organicen. Se podrá solicitar la exención de la correspondiente tasa, por compensación de ésta con posibles actividades o acciones, a desarrollar en los distintos centros escolares o sedes/locales de las distintas asociaciones que lo soliciten por parte del Ayuntamiento. Módulo E.- El parque podrá disponer de karts, bicicletas, motocicletas y cualquier tipo de elementos utilizables en las instalaciones en régimen de alquiler para los usuarios. El alquiler de los mismos para su uso en las instalaciones incluye el derecho a utilización de las mismas; es decir libera al usuario del pago de la tasa por utilización de las instalaciones. El precio del alquiler de vehículos y accesorios los fijará la dirección del parque o su concesionario. Módulo F.- Previa petición de Ayuntamientos, Clubs, Asociaciones o grupos de usuarios a la dirección del Parque, se podrá realizar cursos o actividades a la carta. En estos casos, los precios de los servicios se establecerán en cada caso en concreto. Artículo 4º.- Bonificaciones. Se establece un bono descuento sobre el módulo A, con una validez de 30 días desde su expedición: 1.- Bono 20 horas... 30,00 Euros. 2.- Bono 30 horas... 45,00 Euros. Artículo 5º.- Devengo de las tasas. Las cantidades exigibles con arreglo a las tarifas se liquidarán por cada solicitud de uso. La reserva previa se confirmará previo pago del 50% del importe de la misma. El resto del pago se realizará con carácter previo al uso de las instalaciones o del servicio. Artículo 6º.- Liquidación de las tasas. La liquidación de las tasas se realizará en las mismas instalaciones del Parque o con ingreso en cuenta bancaria establecida por la Tesorería Municipal o, en su caso, del adjudicatario de la concesión de las instalaciones, si así estuviese estipulado. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza, aprobada definitivamente por el Ayuntamiento Pleno de 08 de Octubre de 2010, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, aplicándose a partir del 1º de enero de 2011 y permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. El presente acuerdo de modificación, revisión y actualización de Ordenanzas Fiscales Municipales, entrará en vigor, y por tanto será de aplicación a partir del 1 de enero de 2011. En Almonte a 26 de Noviembre de 2010.- EL ALCALDE, Fdo.: FRANCISCO BELLA GALAN Departamento de Planeamiento ANUNCIO Aprobación Inicial, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local (delegación de competencias, Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 18/06/07) en Sesión Ordinaria celebrada el día 23 de septiembre de 2010, el MODIFICADO AL ESTUDIO DE DETALLE DEL SOLAR SITO EN C/ ARROYO DE LOS ARRAYANES S/N DE ALMONTE, promovido por la entidad TRECEMASUNO S.C.A. y redactado por el arquitecto D. Manuel Jesús Gonzalvez Flores. ; se somete dicho expediente al trámite de información pública por plazo de VEINTE DIAS, a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, con llamamiento los titulares, tanto registrales como catastrales incluido en el ámbito del proyecto.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19043 La documentación referida al citado Modificado del Estudio de Detalle estará a disposición de los interesados que deseen consultarla, durante el plazo indicado, en el edificio de la sede del Área de Urbanismo Departamento de Planeamiento - de este Iltmo. Ayuntamiento, sito en calle Sevilla 43-45 de Almonte y en horario de 10 a 14 horas. Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con el Art. 43.1 c) de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (L.O.U.A.). Almonte a 20 de octubre de 2010.- El Tte. de Alcalde Delegado del Área de Urbanismo, Fdo.: Francisco Agustín Periañez Limón. POLICÍA LOCAL ANUNCIO En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, por el presente anuncio se notifica a los encausados que seguidamente se relacionan el acto administrativo que se cita, haciéndoles constar que para conocimiento íntegro del acto y constancia de tal conocimiento podrán comparecer en el Ayuntamiento de Almonte, C/ Concepción, n 7 de Almonte (Huelva), para Notificación Acuerdo de Iniciación de los Exp. Sancionadores que a continuación se relacionan sobre infracción a la Ley de Seguridad Vial, en este término municipal, concediéndoles el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación del Acuerdo de Iniciación pava presentar alegaciones. EXPTE. DENUNCIADO/A IDENTIF LOCALIDAD CUANTÍA 2010002811 AJVAZ SALIJE X3103282H TAVERNES DE LA 90.00 VALLDIGNA( VAL) 2010002534 GOMEZ AGUILAR JOSE A. 74001203 TORREVIEJA(ALICANTE) 90.00 2010002600 STUDIOS ZYMAN SL B82896317 MADRID 90.00 2010002747 SANCHEZ MORENO JOSE M. 50964564 MADRID 90.00 2010002224 GONZALEZ SIERRA MENENDEZ 28681326G SEVILLA 90.00 LEONCIO 2010002460 CASTAÑO MENACHO FERNANDO 48875976X PINZON(SE VILLA) 90.00 2010002815 ROMERO MARTINEZ ANA 40600516L MURCIA 90.00 2010002547 RICHARTE BERMUDO JOSE LUIS 75382383K ECIJA(SEVILLA) 90.00 2010002986 MATEOS GALLEGO JOSE M. 4881348P GELVES(SEVILLA) 90.00 0177/2010 HEREDIA NIETO GABRIEL 52222559 CAMAS(SEVILLA) 200.00 2010002986 GARCIA RASO FCO. JAVIER 28475390X SEVILLA 90.00 0309/2010 ANTA RUIZ PLÁCIDA 28487565 ALCALA DEL RIO(SE) 200.00 0365/2010 TOMA NICOLAE C9632326H BOLLULLOS DE LA MTCON (S) 200.00 2009006433 ALVAREZ GARCIA ANTONIO 75302026 DOS HERMANAS(SE) 150.00 2010002983 AUTOS NAVAGAR RONDA SL B92477959 RONDA(MA) 90.00 0326/2010 SKOOTER GUERRERO SL B11502911 CH CLANADE LA FROT(CA) 200.00 0257/2010 VALLEJO ROLDAN JUAN CRUZ 28789560 CORDOBA 200.00 0354/2010 BRATU ADRIAN GIORGIAN C6262216Y BOLLULLO PAR DEL CDO(HU) 200.00 0162/2010 FLORIDO QUINTERO DOMINGO 29365074 HUELVA 200.00 2010000005 RODRIGUEZ RUIZ RAMON 34054936D PILAS(SE) 150.00 Almonte, a 20 de octubre de 2010.- EL TENIENTE DE ALCALDE, Decreto fecha 26/12/2008, Fdo.: Manuel Vázquez Pérzez.

19044 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 ARACENA DON MANUEL GUERRA GONZÁLEZ, ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ESTA CIU- DAD DE ARACENA. HUELVA. HACE SABER: Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión ordinaria, el día 24 de noviembre de 2.010, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar DEFINITIVAMENTE el PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ARACENA, sobre las normas urbanísticas y ordenanzas, relacionadas con el equipamiento comunitario, especialmente sobre los arts. III.37.4 y III.38 de las citadas Ordenanzas, promovido por este Excmo. Ayuntamiento. Artículos que una vez rectificados, su contenido es el siguiente: Artículo III.37.4 4. Especificación del uso global de equipamiento comunitario: a los efectos de la aplicación de estas Normas el equipamiento comunitario se descompone en los siguientes usos concretos: 4.1. Educativo: acoge las actividades pedagógicas o de formación de la población e incluye a las enseñanzas siguientes: a) Preescolar y guarderías. b) Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria c) Bachillerato. d) Formación Profesional. e) Educación Especial. f) Enseñanza Superior e Investigación. 4.2. Sanitario: acoge los servicios y actividades médicas o quirúrgicas, contemplándose, según dispongan o no de camas, las clases siguientes. a) Hospitalario. b) Extrahospitalario. 4.3. Sociocultural: acoge las actividades y servicios propios del ocio y la vida de relación de los ciudadanos, contemplándose las siguientes clases: a) Bibliotecas. b) Cines, teatros y espectáculos. c) Museos y archivos. d) Centros culturales. e) Centros sociales. 4.4. Asistencial: acoge las actividades y servicios de asistencia no sanitarias a la población infantil y disminuida y a los ancianos o marginados, contemplándose las siguientes clases: a) Local de reunión asistencial. b) Residencia asistencial. 4.5. Deportivo: acoge las actividades y servicios destinados a la práctica, enseñanza y xhibición del deporte y la cultura física, contemplándose las siguientes clases: a) Pistas y campos. b) Gimnasios y polideportivos cubiertos. 4.6. Religioso: acoge las actividades y servicios destinados o vinculados al culto, incluyendo las siguientes clases: a) Iglesias y centros parroquiales b) Conventos. 4.7.- Alojamientos protegidos.- destinados a dar servicio a las personas que reuniendo los requisitos exigidos por la legislación estatal y autonómica de vivienda y suelo, sean calificados de acuerdo con dicha normativa 4.8 Servicios Públicos: acoge las actividades y servicios públicos prestados a la población, distintos de las infraestructurales básicos o de comunicación y no incluidos en las anteriores categorías, se desglosa en las siguientes clases:

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19045 a) Servicios municipales. b) Servicios supramunicipales e institucionales. c) Policía y Guardia Civil. 4.9. Equipamiento de contingencia: acoge a cualquiera de los usos de equipamiento comunitario anteriores, sin previa especificación de categoría la cual resultará de las demandas generadas por la dinámica urbana correspondiéndose en tal caso las determinaciones de la categoría de uso que se asigne. Artículo III.38.- 1. Condiciones Generales. Las actividades terciarias contempladas en la normas anteriores deberán ajustarse a los Reglamentos de Seguridad e Higiene del Trabajo y de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas, así como a cualesquiera otras reglamentaciones legales específicas que estén vigentes. El almacenamiento o depósito de materiales combustibles o inflamables deberá cumplir las condiciones establecidas en estas normas para el uso industrial. Los suelos calificados como equipamiento de contingencia cumplirán las determinaciones del uso al que se destinen en el desarrollo de este NN.SS.. La carga y descarga de mercancías deberá efectuarse respetando las determinaciones que se establezcan en la Ordenanza Municipal de Circulación. 1.1. Condiciones de los locales. a) Comercio. Todos los locales de uso comercial deberán observar las siguientes condiciones: a.1. La zona destinada al público en el local no podrá servir de paso, ni tener comunicación directa con ninguna vivienda. a.2. En el caso de que en el edificio exista uso de viviendas, deberán disponer éstas de accesos, escaleras y ascensores independientes. a.3. Los locales comerciales y sus almacenes no podrán comunicar con las viviendas, cajas de escaleras, ni portales, salvo a través de una habitación o paso intermedio, con puerta de salida inalterable al fuego. a.4. Los comercios que se establezcan en nivel inferior a la planta baja, no podrán ser independientes del local inmediato superior, debiendo estar unido éste por una escalera de ancho mínimo de un metro. a.5. Las escaleras de servicio al público, en los locales comerciales, tendrán un ancho mínimo de un metro, debiendo en todo caso dimensionarse de acuerdo con la intensidad de uso previsible en el establecimiento. a.6. Los locales comerciales dispondrán de servicios higiénicos de acuerdo con la legislación vigente relativa a Seguridad e Higiene en el Trabajo. En todo caso, a partir de los 100 metros cuadrados se instalarán con absoluta independencia para cada sexo. Los servicios no podrán comunicar directamente con el resto de los locales y, por consiguiente, deberán instalarse con un vestíbulo o zona de aislamiento. a.7. En los locales comerciales que formen un conjunto, como ocurre en los Mercados de Abastos, Galerías de Alimentación y Pasajes Comerciales, podrán agruparse los servicios higiénicos correspondientes a cada local, en número tal que permita cubrir la demanda previsible, suma de la de los locales comerciales. a.8. La luz y ventilación de los locales comerciales podrá ser natural o artificial, de acuerdo con la normativa legal vigente para cada categoría de uso. Si el local solo cuenta con luz y ventilación naturales, los huecos de luz y ventilación deberán tener una superficie total no inferior a un octavo de la que tenga la planta del local. Se exceptúan los locales exclusivamente destinados a almacenes, trasteros y pasillos. Se prohíbe que los locales comerciales compartan con las viviendas la ventilación por los patinejos, que establece la normativa del uso de alojamiento. Se exigirá la presentación de los proyectos detallados de las instalaciones de iluminación y acondicionamiento de aire, que deberá cumplir las disposiciones vigentes, quedando estas instalaciones sometidas a revisión antes de la apertura del local y en todo momento mientras permanezcan abiertos. En el supuesto de que no fuesen satisfactorias o no funcionaran correctamente, en tanto no se adopten las medidas correctoras oportunas, el Ayuntamiento podrá ordenar el cierre total o parcial del local. a.9. Dispondrán de las salidas de urgencia, accesos, aparatos especiales para extinción, instalación y útiles que, en cada caso, determine la legislación vigente, de acuerdo con la naturaleza y características de la actividad.

19046 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 a.10. Las estructuras de la edificación serán resistentes al fuego y los materiales deberán ser incombustibles de acuerdo con la legislación vigente de aplicación y de características tales que no permitan llegar al exterior vibraciones o ruidos de niveles que superen los 55 DBA. a.11. Se exigirán las instalaciones necesarias para garantizar, la supresión de molestias, olores, humos vibraciones, etc., al vecindario y viandantes. a.12. En las categorías T1 y T2 en todos los casos, y en las TOA y TOB cuando la superficie total de los locales, incluidas sus dependencias, sobrepase los 500 metros cuadrados, dispondrán en el interior de la parcela, además de los aparcamientos obligatorios, de espacios expresamente habilitados para las operaciones de carga y descarga de los vehículos de suministro y reparto, con un número de plazas mínimas del 10 por 100 de los aparcamientos obligatorios. a.13. Dada su peculiar naturaleza, los locales comerciales del ramo de la alimentación podrán ser objeto de una reglamentación municipal específica, que en cualquier caso observará como mínimo las prescripciones contenidas en las presentes Normas. a.14. Así mismo, los locales en los que se emplacen actividades de la categoría TOA(peluquerías, talleres de confección, academias, sedes sociales, despachos, estudios y similares) podrán ser tolerados por encima de la primera planta de un edificio de viviendas, siendo de aplicación en este caso la normativa relativa al uso de alojamiento contenida en estas Ordenanzas. b) Hostelería. b.1. Los locales y dependencias destinadas a esta categoría de uso deberán cumplir las disposiciones legales de aplicación relativas a la infraestructura de los alojamientos turísticos. b.2. Serán así mismo de aplicación las disposiciones contenidas en estas Ordenanzas relativas al uso de alojamiento. c) Oficinas. c.1. En los locales de oficinas que se establezcan en semisótanos y tengan entrada por la vía pública, se salvará el desnivel mediante una escalera que deje una meseta de un metro de fondo como mínimo, al nivel del batiente. Esta escalera tendrá un ancho no inferior a un metro. La altura libre de la entrada tendrá una dimensión mínima de 1,90 metros y la del local no será inferior a 2,70 metros. c.2. Las oficinas que se establezcan en semisótano no podrán ser independientes del local inmediato superior, debiendo estar unido a éste por escaleras con un ancho mínimo de un metro, cuando tengan utilización por el público. La altura libre de este local en semisótano no será inferior a tres metros. c.3. En los restantes pisos, la altura mínima de los locales de oficinas será la que se fije en las Normas para las plantas de viviendas. c.4. Los locales de oficina tendrán los siguientes servicios: hasta 100 metros cuadrados, un retrete y un lavabo. Por cada 100 metros cuadrados más, o fracción, se aumentará un retrete y un lavabo. A partir de los 100 metros cuadrados se instalarán con entera independencia para cada sexo. Estos servicios no podrán comunicar directamente con el resto de los locales, disponiéndose con un vestíbulo de aislamiento. c.5. La iluminación y ventilación de los locales y oficinas podrá ser natural o artificial de acuerdo con la normativa legal vigente para cada categoría de uso. Si el local solo cuenta con iluminación y ventilación naturales, los huecos de luz y ventilación deberán tener una superficie total no inferior a un octavo de la que tenga la planta del local. Se exigirá la presentación de los proyectos detallados de las instalaciones de iluminación y acondicionamiento de aire, que deberán cumplir las disposiciones legales vigentes, quedando estas instalaciones sometidas a revisión antes de la apertura del local, y en cualquier momento mientras éste permanezca abierto o en uso. En el supuesto de que no fuesen satisfactorias o no funcionaran correctamente, en tanto no se adopten las medidas correctoras oportunas, el Ayuntamiento podrá ordenar el cierre total o parcial del local. c.6. Dispondrán de los accesos, aparatos, instalaciones y útiles que, en cada caso, determine la legislación vigente, de acuerdo con la naturaleza y características de la actividad. c.7. Los materiales que constituyen la fábrica de la edificación deberán ser incombustibles, y la estructura resistente al fuego de acuerdo con la normativa vigente y con características tales que no permitan la llegada al exterior de ruidos ni vibraciones. c.8. Se exigirán las instalaciones necesarias para garantizar al vecindario y viandantes la supresión de molestias, olores, humos, ruidos, vibraciones, etc.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19047 c.9. En edificios de oficinas de categoría T2, cuando las escaleras hayan de ser utilizadas por el público, tendrán un ancho mínimo de 1,30 metros. En las oficinas de categoría TOA y TOB, cuando las escaleras hayan de ser utilizadas por el público, tendrán un ancho mínimo de 1,10 metros. En las oficinas profesionales de categoría TOC se dará cumplimiento, además a las condiciones establecidas por el uso de alojamiento que les fueran de aplicación. d) Equipamiento comunitario. d.1. Deberán cumplir las disposiciones y reglamentaciones legales vigentes específicas de cada una de las categorías de usos en los relativos a condiciones de los locales y edificaciones que les den acogida. d.2. Los usos de equipamiento comunitario con carácter de residencia (asilos, residencias asistenciales, etc.) deberán cumplir la normativa relativa al alojamiento contenida en estas Ordenanzas. d.3.- Los alojamientos protegidos deberán, además de cumplir con las determinaciones que se contemplen en la normativa sectorial que le sea de aplicación, y en los casos en los que no exista conflicto con ella, la regulada para la edificación residencial en las presentes Normas y Ordenanzas. 1.2. Aparcamientos. Los usos comerciales dispondrán como mínimo de una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos, destinados a espacio de venta. Los usos hoteleros dispondrán de una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos y, en todo caso, por cada habitación de una o más camas. Las oficinas y los servicios públicos deberán disponer como mínimo de una plaza de aparcamiento por cada 50 m2 construidos totales. Se excluyen de las exigencias anteriores las actividades integradas en la categoría TOC. El equipamiento religioso, socio-cultural y el deportivo deberá dotarse de una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos o por cada 20 personas o localidades de capacidad, ateniéndose al caso más desfavorable. En los casos de uso educativo, sanitario y asistencial deberá preverse una plaza deaparcamiento por cada 50 m2 construidos. Los alojamientos protegidos podrán no disponer de plazas de aparcamiento reservados según las condiciones de las parcelas en las que se asiente, siendo aconsejable el que se contemple un aparcamiento por cada TRES (3) alojamientos. 1.3. Supresión de barreras arquitectónicas y urbanísticas. En tanto el Ayuntamiento no formule y apruebe una Normativa de supresión de barreras, todos los lugares destinados a usos incluidos en esta categoría de usos terciarios y de carácter público tendrán previstos en sus elementos de uso común medidas suficientes para garantizar la accesibilidad de los mismos para minusválidos físicos y sensoriales y cochecitos de niños, así como los medios mecánicos de elevación oportunos, si fuesen necesarios. 1.4. Condiciones generales de composición. 1. la publicidad exterior en locales, edificios, instalaciones o espacios destinados a estos usos dará cumplimiento a lo dispuesto en estas Normas en relación con la protección del espacio exterior. 2. Los locales destinados a usos contenidos en esta sección que se sitúen en los bajos o pisos de la edificación deberán adaptar sus elementos de proyección exterior (escaparates, rótulos, marquesinas, toldos, etc.) a las características que configuran a la edificación que les acoge, respetando su composición, materiales, texturas, proporciones, colores y acabados. 3. Tanto las paredes medianeras como los paramentos susceptibles de posterior ampliación deberán tratarse como una fachada, debiendo ofrecer calidad de obra terminada. 1.5. Compatibilidades de uso. Se establecen las siguientes determinaciones en orden a la relación del uso terciario con los restantes usos: 1ª) Alojamiento: se permite el uso de alojamiento en las categorías TOA, TOB y TOC y hasta un 40% en la categoría T2, excluyéndose en las categorías restantes, con excepción de una vivienda para personal encargado de la vigilancia y conservación por cada agrupación de actividades terciarias en galerías o pasajes o por edificio o conjunto de edificios destinados a comercio mixto en grandes superficies o a equipamiento comunitario (ateniéndose en cada caso a la opción más restrictiva) y el alojamiento colectivo vinculado al uso escolar.

19048 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 2ª) Industrial: se permite de acuerdo con las compatibilidades establecidas al regular este uso y las que se indican en la Tabla de compatibilidades. 3ª) Terciario: las categorías de uso comercial, hotelero y de oficinas se consideran plenamente compatibles entre sí; los equipamientos comunitarios podrán ubicarse en localización compartida con las categorías de uso comercial, hotelero y de oficinas, de acuerdo con la normativa específica de los mismos. Los usos específicos en que se descompone el global de equipamiento comunitario se consideran plenamente compatibles entre sí, a excepción del tipo g( servicios públicos) para el que se dictarán disposiciones municipales específicas; estos usos (exceptuando el g) no admitirán otros usos en los ámbitos destinados a ellos salvo los siguientes: - oficinas exclusivamente para su administración propia. - comercio, exclusivamente en los tipos socio-cultural y deportivo, en los locales con espectáculo integrado en ellos y en proporción no superior al 5% de la superficie construida. - En la subcategoría del socio cultural de cines-teatros, de propiedad privada, el Ayuntamiento a solicitud de parte podrá autorizar su transformación, total o parcial, a otros usos terciarios o de vivienda, característicos de la manzana o unidad morfológica en la que se ubique el uso, siempre que se demuestre fehacientemente la inviabilidad de su explotación y existan en su área de servicio suficientes equipamientos de esa categoría y no se causen problemas urbanísticos al área próxima a la del uso de que se trate por congestión de tráfico u otros que puedan ser apreciados objetivamente, en el momento de la solicitud. La transformación de uso no supondrá en ningún caso incremento de volumen en relación con el existente y no significará la exigencia de incremento de espacios libres en la medida en la que el efecto de este tipo de transformación sobre el acopio general de espacios libres ya ha sido tenido en cuenta en las reservas operadas por el presente NN.SS.. 4ª) Infraestructuras de comunicación y transporte: se permite el uso de garaje en las proporciones necesarias demandadas por el uso terciario que lo acoja. 2.- Condiciones propias de la categoría TOA. Dentro de las actividades clasificadas, sólo las siguientes podrán localizarse en planta superior a la primera de edificación compartida con uso de alojamiento y otros en proporción de terciario inferior al 60%. GRUPO ACTIVIDAD 2 - Estudios fotográficos. 3 - Pensiones y hostales sin restaurante. - Apartamentos amueblados para turistas. 4 - Servicios privados detelecomunicaciones. - Entidades aseguradoras. - Auxiliares financieras y de seguros y actividades inmobiliarias. - Servicios prestados a las empresas. - Administración pública. - Sanidad y servicios sanitarios. 5 - Asistencia social y servicios a la colectividad. - Profesiones liberales, artísticas y literarias. - Bibliotecas. - Educación e investigación. Las condiciones que deberán cumplir las actividades señaladas son las siguientes: a) Ausencia de potencia mecánica instalada. b) El nivel acústico transmitido medio en el interior de los restantes usos que comparten el inmueble no superará los 30DBA. c) No se permite la jornada laboral nocturna. d) El acceso deberá ser independiente salvo en las actividades de los grupos 3 y 5 siguientes: pensiones y hostales sin restaurante hasta 10 plazas y apartamentos amueblados para turistas, oficinas profesionales anexas a la vivienda del titular.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19049 e) Las actividades de hostelería deberán cumplir las determinaciones contenidas en la ordenanza de alojamiento. f) Las actividades regladas deberán dar cumplimiento a sus respectivas reglamentaciones legales vigentes. 3.- Condiciones propias de la categoría TOB. Las actividades incluidas en esta categoría podrán localizarse en primer sótano, semisótano, planta baja y primera de inmueble compartido con alojamiento. Sin embargo, habrán de cumplirse las siguientes condiciones: a) Se prohíbe la instalación de potencia mecánica en primera planta, limitándose a 2 KWA la instalada en baja y sótanos. b) El nivel acústico transmitido, medido en el interior de los restantes usos que compartan el inmueble, no superará los 30 DBA. c) El acceso deberá ser independiente. d) La superficie de la actividad en el caso de comercio minorista no podrá superar los 1000 m2. 4. Categoría TOC. Las actividades pertenecientes a los grupos 4º y 5º (oficinas y despachos) del uso terciario podrán localizarse en situación anexa a la vivienda del titular de las mismas. Deberán cumplir las determinaciones del número anterior, a excepción de la condición de acceso que podrá ser común y de la superficie de la actividad, que no podrá superar los 100 m2 sin que se justifique con información objetiva la necesidad de superar esa dimensión. 5. Categoría T1: Podrán localizarse agrupadas en galerías o pasajes todas las actividades terciarias con las siguientes condiciones: 5.1. Deberán cumplir las determinaciones que se establecen para la categoría TOB, excepto las referentes al acceso a los locales que en esta situación será compartido. 5.2. Los locales que formen un conjunto podrán agrupar los servicios sanitarios requeridos para cada local; el número de servicios se determinará en función de la suma de la superficie de los locales, incluyendo los espacios comunes de uso público. 6. Categoría T2: Todas las actividades del uso global terciario podrán localizarse en inmueble exclusivo o compartido (con ocupación superior al 60%), con cumplimiento de las condiciones y determinaciones contenidas en estas Normas y la pertinente aplicación de la legislación vigente reguladora de las actividades específicas. Así mismo, deberán respetar las limitaciones que la proximidad de otros uso puedan establece y, en particular, las derivadas del uso de alojamiento. La localización de las actividades y usos no terciarios que compartan el inmueble o la parcela deberá en todo caso ajustarse a las determinaciones propias y a las relativas al uso terciario. El alojamiento deberá localizarse en alguna de las tres situaciones siguientes: a) En edificio anexo dentro de la parcela; b) En planta baja o intermedia con acceso independiente; c) En plantas superiores sin otros usos por encima de él en el inmueble. 7. Categoría TI. Dentro de esta categoría se incluyen las actividades terciarias de los grupos 1 y 2, que podrán localizarse compartiendo el polígono con actividades industriales o de almacenamiento, con las limitaciones que establezca el Plan o proyecto que desarrolle el suelo en el que se autorice esta categoría de uso. Lo que se hace público, para general conocimiento, en esta Ciudad de Aracena a veinticinco de noviembre de dos mil diez, de conformidad con el art. 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el art. 41 de la Ley 7/02 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

19050 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 AYAMONTE ANUNCIO No habiéndose podido efectuar, por causas no imputables a este Ayuntamiento, las notificaciones de las resoluciones sancionadoras de los expedientes sancionadores en materia de Circulación, Determinación y Regulación de Zonas de Estacionamiento Limitado en la Ciudad de Ayamonte, a las personas que se determinan en la relación adjunta, de conformidad con lo previsto en el Art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por medio del presente se hace pública citación para ser notificados mediante comparecencia en el plazo de QUINCE DIAS naturales, contados desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, en las oficinas del departamento de la Policía Local de este Ayuntamiento, sita en Calle Rio Tinto N 1, para notificarle las respectivas resoluciones. Asimismo, se significa que de no comparecer personalmente o por medio de representante debidamente autorizado, la notificación se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. En Ayamonte, a 22 de noviembre de 2010.- EL ALCALDE - PRESIDENTE, Fdo.: Antonio Javier Rodríguez Castillo.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19051 ANUNCIO No habiéndose podido efectuar, por causas no imputables a este Ayuntamiento, las notificaciones de las resoluciones sancionadoras de los expedientes sancionadores en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial a las personas que se determinan en la relación adjunta, de conformidad con lo previsto en el Art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por medio del presente se hace pública citación para ser notificados mediante comparecencia en el plazo de QUINCE DIAS naturales, contados desde el siguiente a su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia de Huelva, en las oficinas del departamento de la Policía Local de este Ayuntamiento, sita en Calle Rio Tinto N 1, para notificarle las respectivas resoluciones. Asimismo, se significa que de no comparecer personalmente o por medio de representante debidamente autorizado, la notificación se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. En Ayamonte, a 22 de noviembre de 2010.- EL ALCALDE - PRESIDENTE, Fdo.: Antonio Javier Rodríguez Castillo. BEAS ANUNCIO BAJA DE OFICIO EN PADRÓN DE HABITANTES De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en la nueva redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, se tramita en la actualidad expediente de baja de oficio, por inscripción indebida, al figurar empadronados incumpliendo el requisito de residencia en esta localidad establecido en el artículo 54 de dicho Reglamento, las siguientes personas: - D. Joao Edmundo Correia Antunez Dos Santos. - Dña. Carla Veronica Da Silva Sousa. - Dña. Katia Marisa Bravi. - Dña. Tatiana Isabel López Antunez Dos Santos.

19052 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 - D. Joao Rafael Silva Santos. - D. Marco Edmundo Silva Santos. Intentada notificación sin efecto a los interesados en el domicilio de Avda. Belén Viviente, número 84 Pta. B, de la comunicación relativa a la necesidad de poner en conocimiento de este Ayuntamiento el domicilio en el que reside habitualmente y de solicitar por escrito el alta en el Padrón Municipal de habitantes correspondiente al domicilio de su residencia habitual; se procede a la notificación mediante edictos prevista en la Resolución conjunta de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial del Ministerio de la Presidencia de 1 de abril de 1997, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el trámite que se interesa deberá ser cumplimentado en el plazo de diez días a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo declararse a los interesados decaídos en su derecho de no manifestarse al respecto en el plazo señalado anteriormente. Lo que se hace público para general conocimiento en Beas, a 19 de noviembre de 2010.- EL ALCALDE-PRESI- DENTE, Fdo.: D. Juan Elías Beltrán Beltrán. CABEZAS RUBIAS ANUNCIO En la Intervención de esto Entidad Local y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el Presupuesto General para el ejercicio 2.010, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de noviembre de 2.010. Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 el Real Decreto Legislativo 2.004, y por los motivos taxativamente enumerados en el numero 2 de dicho artículo 170 podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes tramites: A) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. B) Oficina de presentación: Registro General C) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno. Se hace constar expresamente que en su caso de no presentarse expresamente reclamaciones, el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesidad de nuevo Acuerdo Plenario. Cabezas Rubias, a 29 de noviembre de 2010.- EL ALCALDE, Fdo.: ESTEBAN NARANJOR BORRERO. CALAÑAS ANUNCIO Aprobado por el Ayuntamiento-Pleno, en Sesión de 29 de octubre de 2010, el Pliego de Cláusulas Económico- Administrativas para la adjudicación mediante subasta pública de varias parcelas en la localidad la Zarza, quedando expuesto al público durante el plazo de ocho días, contados a partir del siguiente al de la Inserción de este anuncio en el B.O.P., para que puedan presentarse reclamaciones. Simultáneamente se anuncia Subasta, si bien la licitación se aplazará en el caso de que se formulen alegaciones al Pliego de Condiciones. Entidad Adjudicataria: Excmo. Ayuntamiento de Calañas, Secretaría-Intervención. Plaza España, 1, 21300 Huelva. OBJETO DEL CONTRATO: La presente subasta tiene por objeto la enajenación por parte del Ayuntamiento de Calañas de varias parcelas propiedad municipal sitas en distintos lugares de La Zarza. DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES Y TIPO DE LICITACIÓN: El tipo de licitación, mejorable al alza es:

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19053 PARCELA 1: A continuación C/ Gayarre. Superficie: 5.103,00 M2. Licitación: 45.927,00. PARCELA 2: C/ Zarzuela. Superficie: 330 M2, cada una. Licitación: 14.850,00 cada una. PARCELA 3-4-5: c/ Zarzuela. Superficie parcela 3: 480 M2. Licitación: 21.600. Superficie parcela 4: 420 M2. Licitación: 18.900,00. Superficie parcela 5: 427,50. Licitación: 19.237,50 PARCELA 6-7: c/ Alameda. Superficie: 600 m2/cada una. Licitación: 27.000 /cada una. PARCELA 8: C/ Alameda. Superficie: 700 m2. Licitación: 31.500 DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN: En la Secretaría del Ayuntamiento hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de Proposiciones. Las proposiciones se presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, en horas de oficina durante el plazo de VEINTISEIS DÍAS NATURALES (art. 79.2 LCAP), contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el B.O.P.. Cuando se presenten por correo, el remitente lo habrá de comunicar por teles o telegrama al Ayuntamiento en el mismo día que se efectúe la imposición del envío en la oficina de correos. CONSTITUCIÓN DE LA MESA Y APERTURA DE PLICAS: Tendrá lugar en el Salón de actos del Ayuntamiento a las 12,00 horas del día hábil siguiente al que termine el plazo señalado en la cláusula anterior, y el acto será público. Calañas, a 22 de noviembre de 2010.- EL ALCALDE-PRESIDENTE, FDO. FERNANDO RECIO JACINTO. CHUCENA ANUNCIO En cumplimiento de lo preceptuado artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace publico para general conocimiento, que esta Corporación en sesión plenaria celebrada el día 15 de julio de 2.010, adoptó acuerdo inicial, que se ha elevado a definitivo, cuya parte dispositiva es la siguiente: NOVENO.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR TRATAMIENTO DE ESCOMBROS Y OTROS MATERIALES SÓLIDOS DESECHABLES. Se somete a consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el expediente tramitado en cumplimiento de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, referente a la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por tratamiento de escombros y otros materiales sólidos desechables y en donde consta: Moción de la Alcaldía; informe técnico-económico de costes del servicio, texto íntegro de las normas afectadas por la modificación de dicha Ordenanza Fiscal e informe de la Secretaria-Interventora. Tras breve deliberación se acordó por unanimidad: Primero.- Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal de la Tasa que a continuación se indica, quedando redactadas las normas de la misma afectadas de la forma que se detalla: Única.- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por tratamiento de escombros y otros materiales sólidos desechables: Artículo 6º.- Cuota tributaria La cuota tributaria se determinará aplicando las siguientes tarifas: 1) Por descarga de escombros u otros materiales limpios: CONCEPTO Por cada descarga de vehículos o cubas con capacidad de hasta 3 metros cúbicos 10,00 Por cada descarga de vehículos o cubas con capacidad de hasta 10 metros cúbicos 25,00 Por cada descarga de vehículos o cubas con capacidad superior a 10 metros cúbicos 50,00 2) Por descarga de escombros u otros materiales sucios (materiales mezclados, etc.): CONCEPTO Por cada descarga de vehículos o cubas con capacidad de hasta 3 metros cúbicos 15,00 Por cada descarga de vehículos o cubas con capacidad de hasta 10 metros cúbicos 40,00 Por cada descarga de vehículos o cubas con capacidad superior a 10 metros cúbicos 75,00

19054 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Segundo.- Las modificaciones aprobadas comenzarán a aplicarse a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio del acuerdo definitivo en el Boletín Oficial de la Provincia. Tercero.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia por plazo de 30 días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Cuarto.- En el caso de que no se presentasen reclamaciones en el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Quinto.- Facultar a la Sra. Alcaldesa, tan ampliamente como en derecho fuera preciso, para adoptar cuantas decisiones requieran el mejor desarrollo del presente acuerdo. Contra este acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en las formas y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción. Chucena, 18 de noviembre de 2010.- LA ALCALDESA, Fdo.: Teresa Mª Rodríguez Montes. PUNTA UMBRÍA EDICTO De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a efectuar el siguiente Edicto relativo a la APROBACIÓN DEFINITIVA de los Proyectos que se indican: PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL SECTOR SUO-1, AMPLIACIÓN DEL BARRIO ROMANO PROYECTO DE ESTACIÓN DE BOMBEO Y COLECTOR GENERAL DE EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES DEL SECTOR SUO-1 PROYECTO DE LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN DESDE EL CENTRO DE SECCIONAMIENTO PINOS DEL MAR HASTA EL SECTOR SUO-1. ACUERDO ADOPTADO EN JUNTA DE GOBERNO LOCAL DE FECHA 15/11/2010 SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL SECTOR SUO-1, AMPLIACIÓN DEL BARRIO ROMANO, DE PUNTA UMBRÍA En relación con el PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL SECTOR SUO-1 AMPLIACIÓN DEL BARRIO ROMANO, se da cuenta de los Informes (INF117GAR10) emitido por el Arquitecto Municipal el cual se transcribe a continuación: (...) En fecha 11 de junio se emitió informe al documento de Proyecto de Urbanización presentado en su día en el que se indicaban aquellas cuestiones que debían resolverse antes de su aprobación definitiva. Durante la tramitación de los expedientes, se han solicitado los informes pertinentes a las Compañías suministradoras gestoras de los servicios de abastecimiento, saneamiento, residuos sólidos (Giahsa), electricidad (Endesa) y telecomunicaciones (Telefónica), realizándose asimismo las rectificaciones oportunas derivadas del informe de fecha 11 de junio al Proyecto de Urbanización y de la supervisión de Giahsa al Proyecto de Estación de Bombeo. No se ha realizado ninguna modificación al Proyecto de Línea de Media Tensión indicado en el encabezamiento. Constan en el expediente los siguientes informes y documentación que se adjuntan como Anexos al presente informe: (...) Proyecto de Urbanización *0 Informe de modificaciones realizadas en el Proyecto de Urbanización del SUO-1 para su aprobación definitiva. Octubre de 2010. Informe redactado por D. Ángel Díez Fernández, Arquitecto redactor del proyecto. No se modifica el presupuesto de las obras. (Octubre 2010) *1 Informe de Giahsa sobre el punto de entronque de la red de fecales del sector SUO-1 de Punta Umbría (Huelva), estableciendo unas condiciones de ejecución del mismo que no alteran las condiciones del proyecto. (03-11-2010) *2 Informe de Giahsa a la Separata de Abastecimiento, Saneamiento y Residuos Sólidos Urbanos del Proyecto de Urbanización en sentido Favorable. (03-11-2010)

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19055 *3 Informe de conformidad a las Separatas de red de distribución de energía eléctrica de Media y Baja Tensión. (10-11-2010) *4 Convenio con Telefónica. (...) Tras supervisar los documentos presentados ahora, se considera que procede su Aprobación Definitiva. Todo lo cual se informa, en Punta Umbría a 12 de Noviembre de 2.010. Y la Técnico de Administración General y la Asesora Jurídica Municipal de Urbanismo de fecha 12 de noviembre de 2010, en el que se señala lo siguiente: Con fecha 6 de octubre de 2008 se acuerda por el pleno de la Corporación, estando completo el expediente administrativo, la aprobación inicial del documento de Modificación Puntual SUO- 1, suelo urbanizable ordenado para la construcción de viviendas de protección oficial. Un vez dictado se acuerda por el pleno de esta Corporación la aprobación provisional del documento de Modificación SUO-1. Con fecha 27 de enero de 2010 mediante Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo se aprueba definitivamente la Modificación de referencia, respecto a la ordenación estructural. Con respecto a la pormenorizada lo informa favorablemente siendo competencia del municipio su aprobación definitiva. Consta en expediente informe emitido por el Arquitecto Municipal de fecha de 7 de mayo de 2010 en el se informa favorablemente la aprobación definitiva de la ordenación pormenorizada del documento de Modificación Puntual SUO-1 del documento de Adaptación Parcial de las Normas a la LOUA. Con fecha 13 de mayo de 2010, mediante acuerdo de pleno de esta Corporación se ratifica la aprobación definitiva de la ordenación estructural y se aprueba definitivamente la ordenación pormenorizada de la modificación puntual denominada SUO-1 para la construcción de viviendas de protección oficial, se queda registrado y depositado en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos dependiente de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Viviendas de la Junta de Andalucía, según se desprende certificado expedido por dicha Delegación provincial con fecha 8 de junio de 2010. Publicado en el Boletín Oficial de la Provincial de fecha 29 de junio de 2010. Consta informe del Arquitecto Municipal de fecha 23 de junio (INF 72GAR2010), en el que se informa favorablemente la aprobación inicial del Proyecto de Urbanización, Proyecto de Estación de Bombeo y Proyecto de colector de media tensión del SUO-1, constando asimismo con informe jurídico favorable, se aprueba por Junta de Gobierno Local de fecha 24 de junio de 2010, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia nº 146 de fecha 30 de julio de 2010 y en el periódico Huelva Información de fecha 5 de julio de 2010. Sometido pues a información pública en los términos legales establecidos, se hace constar que no se han producido alegaciones al documento aprobado inicialmente. Obra en expediente informe favorable de las compañías suministradoras Giahsa, Endesa y firmado convenio con Telefónica, al proyecto de urbanización, proyecto de estación de bombeo y Proyecto de colector de red de media tensión, así como informe del arquitecto redactor del proyecto en el que se hace constar los cambios introducidos en el documento en aprobación inicial. Consta por otro lado, informe del Arquitecto Municipal de fecha 12 de noviembre de 2010, en el que se comprueba la adecuación del proyecto de urbanización al planeamiento previamente aprobado, siendo el informe favorable, proponiendo por tanto la aprobación definitiva del documento. Además se indica que el Proyecto de Urbanización ha sufrido cambios no sustanciales de acuerdo con los cambios introducidos en la tramitación de la Modificación Puntual SUO-1 y a lo indicado por la compañías suministradoras. Al indicarse que los cambios no son sustanciales y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.1.3ª de la LOUA, no es necesario volver a someter a información pública el documento. Por todo ello, no existe inconveniente alguno desde el punto de vista jurídico para que se proceda a la aprobación definitiva del documento del Proyecto de Urbanización de referencia, así como el Proyecto de Estación de Bombeo y de Colector de red de media tensión. En cuanto a la tramitación del proyecto de urbanización, remitiéndose la LOUA en su artículo 99 a lo que establezcan las Ordenanzas Municipales, y no existiendo tal ordenanza, habrá de acudirse con respecto a los plazos de la información pública, a lo establecido en el artículo 128.3 en relación con el 141.2 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, declarado expresamente normativa supletoria por la LOUA en su Disposición Transitoria Novena. Indicándose en el apartado 4 del artículo 141 que la publicación del acuerdo de aprobación definitiva se realizará en el «Boletín Oficial» de la provincia. Señalar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.q) de la Ley de Bases de Régimen Local, corresponde al Alcalde de la Corporación quien en virtud de acuerdo de pleno de 2 de julio de 2007, tiene delegadas las competencia a la Junta de Gobierno Local, por lo que le corresponde a ésta su aprobación definitiva.

19056 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 En virtud de todo lo anterior, procede informar FAVORABLEMENTE el Proyecto de Urbanización presentado para su aprobación definitiva, que deberá aprobarse mediante Resolución de la Junta de Gobierno Local, si así lo estima oportuno, además de Aprobación definitiva del Proyecto de Estación de Bombeo y Proyecto de colector de media tensión del SUO-1. Asimismo deberá procederse a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva (...). Finalmente, indicar que el documento aprobado deberá diligenciarse por el Secretario Accidental, haciendo constar que se aprueban definitivamente.. Es cuanto tengo el honor de informar, salvo mejor criterio en derecho. Por todo lo expuesto, esta Junta de Gobierno Local acuerda: PRIMERO.- Aprobar definitivamente el PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL SECTOR SUO-1 AMPLIACIÓN DEL BARRIO ROMANO de Punta Umbría. SEGUNDO.- Ordenar la publicación del citado Proyecto en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva. TERCERO.- Que el documento se diligencie por el Secretario Accidental, haciendo constar que el mismo es aprobado definitivamente. CUARTO.- Dar traslado del presente documento a Secretaría y Servicios Técnicos (Asesoría Jurídica de Servicios Técnicos). (Obra en el expte. Informe aclaratorio de los Servicios Técnicos Municipales INF117BISGAR10 respecto al presupuesto de las obras de Urbanización). ACUERDO ADOPTADO EN JUNTA DE GOBERNO LOCAL DE FECHA 15/11/2010 SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE ESTACIÓN DE BOMBEO Y COLECTOR GENERAL DE EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES DEL SECTOR SUO-1, DE PUNTA UMBRÍA En relación con el PROYECTO DE ESTACIÓN DE BOMBEO Y COLECTOR GENERAL DE EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES DEL SECTOR SUO-1, se da cuenta de los Informes (INF117GAR10) emitido por el Arquitecto Municipal el cual se transcribe a continuación: (...) En fecha 11 de junio se emitió informe al documento de Proyecto de Urbanización presentado en su día en el que se indicaban aquellas cuestiones que debían resolverse antes de su aprobación definitiva. Durante la tramitación de los expedientes, se han solicitado los informes pertinentes a las Compañías suministradoras gestoras de los servicios de abastecimiento, saneamiento, residuos sólidos (Giahsa), electricidad (Endesa) y telecomunicaciones (Telefónica), realizándose asimismo las rectificaciones oportunas derivadas del informe de fecha 11 de junio al Proyecto de Urbanización y de la supervisión de Giahsa al Proyecto de Estación de Bombeo. No se ha realizado ninguna modificación al Proyecto de Línea de Media Tensión indicado en el encabezamiento. Constan en el expediente los siguientes informes y documentación que se adjuntan como Anexos al presente informe: (...) Proyecto de Estación de Bombeo y Colector General de Evacuación de Aguas Pluviales del Sector SUO-1. *5 Informe de Giahsa indicando modificaciones en en dos partidas de las mediciones y presupuesto que habría que realizar. (05-10-2010) *6 Informe técnico Anexo al Proyecto, corrigiendo las referidas partidas. (12-11-2010) *7 Informe de Giahsa Favorable tras comprobar las modificaciones realizadas. (12-11-2010) (...) Tras supervisar los documentos presentados ahora, se considera que procede su Aprobación Definitiva. Todo lo cual se informa, en Punta Umbría a 12 de Noviembre de 2.010. Y la Técnico de Administración General y la Asesora Jurídica Municipal de Urbanismo de fecha 12 de noviembre de 2010, en el que se señala lo siguiente: Con fecha 6 de octubre de 2008 se acuerda por el pleno de la Corporación, estando completo el expediente administrativo, la aprobación inicial del documento de Modificación Puntual SUO- 1, suelo urbanizable ordenado para la construcción de viviendas de protección oficial. Un vez dictado se acuerda por el pleno de esta Corporación la aprobación provisional del documento de Modificación SUO-1.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19057 Con fecha 27 de enero de 2010 mediante Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo se aprueba definitivamente la Modificación de referencia, respecto a la ordenación estructural. Con respecto a la pormenorizada lo informa favorablemente siendo competencia del municipio su aprobación definitiva. Consta en expediente informe emitido por el Arquitecto Municipal de fecha de 7 de mayo de 2010 en el se informa favorablemente la aprobación definitiva de la ordenación pormenorizada del documento de Modificación Puntual SUO-1 del documento de Adaptación Parcial de las Normas a la LOUA. Con fecha 13 de mayo de 2010, mediante acuerdo de pleno de esta Corporación se ratifica la aprobación definitiva de la ordenación estructural y se aprueba definitivamente la ordenación pormenorizada de la modificación puntual denominada SUO-1 para la construcción de viviendas de protección oficial, se queda registrado y depositado en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos dependiente de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Viviendas de la Junta de Andalucía, según se desprende certificado expedido por dicha Delegación provincial con fecha 8 de junio de 2010. Publicado en el Boletín Oficial de la Provincial de fecha 29 de junio de 2010. Consta informe del Arquitecto Municipal de fecha 23 de junio (INF 72GAR2010), en el que se informa favorablemente la aprobación inicial del Proyecto de Urbanización, Proyecto de Estación de Bombeo y Proyecto de colector de media tensión del SUO-1, constando asimismo con informe jurídico favorable, se aprueba por Junta de Gobierno Local de fecha 24 de junio de 2010, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia nº 146 de fecha 30 de julio de 2010 y en el periódico Huelva Información de fecha 5 de julio de 2010. Sometido pues a información pública en los términos legales establecidos, se hace constar que no se han producido alegaciones al documento aprobado inicialmente. Obra en expediente informe favorable de las compañías suministradoras Giahsa, Endesa y firmado convenio con Telefónica, al proyecto de urbanización, proyecto de estación de bombeo y Proyecto de colector de red de media tensión, así como informe del arquitecto redactor del proyecto en el que se hace constar los cambios introducidos en el documento en aprobación inicial. Consta por otro lado, informe del Arquitecto Municipal de fecha 12 de noviembre de 2010, en el que se comprueba la adecuación del proyecto de urbanización al planeamiento previamente aprobado, siendo el informe favorable, proponiendo por tanto la aprobación definitiva del documento. Además se indica que el Proyecto de Urbanización ha sufrido cambios no sustanciales de acuerdo con los cambios introducidos en la tramitación de la Modificación Puntual SUO-1 y a lo indicado por la compañías suministradoras. Al indicarse que los cambios no son sustanciales y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.1.3ª de la LOUA, no es necesario volver a someter a información pública el documento. Por todo ello, no existe inconveniente alguno desde el punto de vista jurídico para que se proceda a la aprobación definitiva del documento del Proyecto de Urbanización de referencia, así como el Proyecto de Estación de Bombeo y de Colector de red de media tensión. En cuanto a la tramitación del proyecto de urbanización, remitiéndose la LOUA en su artículo 99 a lo que establezcan las Ordenanzas Municipales, y no existiendo tal ordenanza, habrá de acudirse con respecto a los plazos de la información pública, a lo establecido en el artículo 128.3 en relación con el 141.2 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, declarado expresamente normativa supletoria por la LOUA en su Disposición Transitoria Novena. Indicándose en el apartado 4 del artículo 141 que la publicación del acuerdo de aprobación definitiva se realizará en el «Boletín Oficial» de la provincia. Señalar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.q) de la Ley de Bases de Régimen Local, corresponde al Alcalde de la Corporación quien en virtud de acuerdo de pleno de 2 de julio de 2007, tiene delegadas las competencia a la Junta de Gobierno Local, por lo que le corresponde a ésta su aprobación definitiva. En virtud de todo lo anterior, procede informar FAVORABLEMENTE el Proyecto de Urbanización presentado para su aprobación definitiva, que deberá aprobarse mediante Resolución de la Junta de Gobierno Local, si así lo estima oportuno, además de Aprobación definitiva del Proyecto de Estación de Bombeo y Proyecto de colector de media tensión del SUO-1. Asimismo deberá procederse a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva (...). Finalmente, indicar que el documento aprobado deberá diligenciarse por el Secretario Accidental, haciendo constar que se aprueban definitivamente.. Es cuanto tengo el honor de informar, salvo mejor criterio en derecho. Por todo lo expuesto, esta Junta de Gobierno Local acuerda: PRIMERO.- Aprobar definitivamente el PROYECTO DE ESTACIÓN DE BOMBEO Y COLECTOR GENERAL DE EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES DEL SECTOR SUO-1. SEGUNDO.- Ordenar la publicación del citado Proyecto en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva. TERCERO.- Que el documento se diligencie por el Secretario Accidental, haciendo constar que el mismo es aprobado definitivamente.

19058 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 CUARTO.- Dar traslado del presente documento a Secretaría y Servicios Técnicos (Asesoría Jurídica de Servicios Técnicos). (El documento a que se refiere el presente acuerdo es un ANEXO DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL SECTOR SUO 1, AMPLIACIÓN DEL BARRIO ROMANO DE PUNTA UMBRÍA). (Obra en el expte. Informe aclaratorio de los Servicios Técnicos Municipales INF117BISGAR10 respecto al presupuesto de las obras de Urbanización).. ACUERDO ADOPTADO EN JUNTA DE GOBERNO LOCAL DE FECHA 15/11/2010 SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN DESDE EL CENTRO DE SECCIONAMIENTO PINOS DEL MAR HASTA EL SECTOR SUO-1, DE PUNTA UMBRÍA En relación con el PROYECTO DE LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN DESDE EL CENTRO DE SECCIONAMIENTO PINOS DEL MAR HASTA EL SECTOR SUO-1, se da cuenta de los Informes (INF117GAR10) emitido por el Arquitecto Municipal el cual se transcribe a continuación: (...) En fecha 11 de junio se emitió informe al documento de Proyecto de Urbanización presentado en su día en el que se indicaban aquellas cuestiones que debían resolverse antes de su aprobación definitiva. Durante la tramitación de los expedientes, se han solicitado los informes pertinentes a las Compañías suministradoras gestoras de los servicios de abastecimiento, saneamiento, residuos sólidos (Giahsa), electricidad (Endesa) y telecomunicaciones (Telefónica), realizándose asimismo las rectificaciones oportunas derivadas del informe de fecha 11 de junio al Proyecto de Urbanización y de la supervisión de Giahsa al Proyecto de Estación de Bombeo. No se ha realizado ninguna modificación al Proyecto de Línea de Media Tensión indicado en el encabezamiento. Constan en el expediente los siguientes informes y documentación que se adjuntan como Anexos al presente informe: (...) Proyecto de Línea de Media Tensión desde el Centro de Seccionamiento Pinos del Mar hasta el Sector SUO-1. *8 Informe de conformidad al Modificado de Línea de Media Tensión desde Centro de Seccionamiento (C.S. 81013) Pinos del Mar a Urbanización SUO-1 Rev 1, este último con nº de visado 00738/10-1277, y fecha 15/06/2010, y Anexo de fecha 09/11/2010 por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Huelva. (10-11-2010) Se adjunta cuadro resumen de los presupuestos de las obras contempladas en los proyectos y en las actuaciones indicadas, los cuales no han sido modificados respecto al documento de Aprobación Inicial. (...) OBRA PEM GG+BI (19%) PC IVA (18%) URBANIZACIÓN SECTOR 809.130,21 LÍNEA DE M.T. A C.S. 62.231,73 389.767,17 70.158,09 459.925,26 272.805,71 REFORMA C.S. PINOS 57.080,74 10.845,34 67.926,08 12.226,69 80.152,77 DESVÍO L.M.T. SECTOR 33.864,99 6.434,35 40.299,34 7.253,88 47.553,22 TOTALES 1.161.447,35 Tras supervisar los documentos presentados ahora, se considera que procede su Aprobación Definitiva. Todo lo cual se informa, en Punta Umbría a 12 de Noviembre de 2.010. Y la Técnico de Administración General y la Asesora Jurídica Municipal de Urbanismo de fecha 12 de noviembre de 2010, en el que se señala lo siguiente: Con fecha 6 de octubre de 2008 se acuerda por el pleno de la Corporación, estando completo el expediente administrativo, la aprobación inicial del documento de Modificación Puntual SUO- 1, suelo urbanizable ordenado para la construcción de viviendas de protección oficial. Un vez dictado se acuerda por el pleno de esta Corporación la aprobación provisional del documento de Modificación SUO-1.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19059 Con fecha 27 de enero de 2010 mediante Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo se aprueba definitivamente la Modificación de referencia, respecto a la ordenación estructural. Con respecto a la pormenorizada lo informa favorablemente siendo competencia del municipio su aprobación definitiva. Consta en expediente informe emitido por el Arquitecto Municipal de fecha de 7 de mayo de 2010 en el se informa favorablemente la aprobación definitiva de la ordenación pormenorizada del documento de Modificación Puntual SUO-1 del documento de Adaptación Parcial de las Normas a la LOUA. Con fecha 13 de mayo de 2010, mediante acuerdo de pleno de esta Corporación se ratifica la aprobación definitiva de la ordenación estructural y se aprueba definitivamente la ordenación pormenorizada de la modificación puntual denominada SUO-1 para la construcción de viviendas de protección oficial, se queda registrado y depositado en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos dependiente de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Viviendas de la Junta de Andalucía, según se desprende certificado expedido por dicha Delegación provincial con fecha 8 de junio de 2010. Publicado en el Boletín Oficial de la Provincial de fecha 29 de junio de 2010. Consta informe del Arquitecto Municipal de fecha 23 de junio (INF 72GAR2010), en el que se informa favorablemente la aprobación inicial del Proyecto de Urbanización, Proyecto de Estación de Bombeo y Proyecto de colector de media tensión del SUO-1, constando asimismo con informe jurídico favorable, se aprueba por Junta de Gobierno Local de fecha 24 de junio de 2010, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia nº 146 de fecha 30 de julio de 2010 y en el periódico Huelva Información de fecha 5 de julio de 2010. Sometido pues a información pública en los términos legales establecidos, se hace constar que no se han producido alegaciones al documento aprobado inicialmente. Obra en expediente informe favorable de las compañías suministradoras Giahsa, Endesa y firmado convenio con Telefónica, al proyecto de urbanización, proyecto de estación de bombeo y Proyecto de colector de red de media tensión, así como informe del arquitecto redactor del proyecto en el que se hace constar los cambios introducidos en el documento en aprobación inicial. Consta por otro lado, informe del Arquitecto Municipal de fecha 12 de noviembre de 2010, en el que se comprueba la adecuación del proyecto de urbanización al planeamiento previamente aprobado, siendo el informe favorable, proponiendo por tanto la aprobación definitiva del documento. Además se indica que el Proyecto de Urbanización ha sufrido cambios no sustanciales de acuerdo con los cambios introducidos en la tramitación de la Modificación Puntual SUO-1 y a lo indicado por la compañías suministradoras. Al indicarse que los cambios no son sustanciales y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.1.3ª de la LOUA, no es necesario volver a someter a información pública el documento. Por todo ello, no existe inconveniente alguno desde el punto de vista jurídico para que se proceda a la aprobación definitiva del documento del Proyecto de Urbanización de referencia, así como el Proyecto de Estación de Bombeo y de Colector de red de media tensión. En cuanto a la tramitación del proyecto de urbanización, remitiéndose la LOUA en su artículo 99 a lo que establezcan las Ordenanzas Municipales, y no existiendo tal ordenanza, habrá de acudirse con respecto a los plazos de la información pública, a lo establecido en el artículo 128.3 en relación con el 141.2 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, declarado expresamente normativa supletoria por la LOUA en su Disposición Transitoria Novena. Indicándose en el apartado 4 del artículo 141 que la publicación del acuerdo de aprobación definitiva se realizará en el «Boletín Oficial» de la provincia. Señalar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.q) de la Ley de Bases de Régimen Local, corresponde al Alcalde de la Corporación quien en virtud de acuerdo de pleno de 2 de julio de 2007, tiene delegadas las competencia a la Junta de Gobierno Local, por lo que le corresponde a ésta su aprobación definitiva. En virtud de todo lo anterior, procede informar FAVORABLEMENTE el Proyecto de Urbanización presentado para su aprobación definitiva, que deberá aprobarse mediante Resolución de la Junta de Gobierno Local, si así lo estima oportuno, además de Aprobación definitiva del Proyecto de Estación de Bombeo y Proyecto de colector de media tensión del SUO-1. Asimismo deberá procederse a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva (...). Finalmente, indicar que el documento aprobado deberá diligenciarse por el Secretario Accidental, haciendo constar que se aprueban definitivamente. Es cuanto tengo el honor de informar, salvo mejor criterio en derecho. Por todo lo expuesto, esta Junta de Gobierno Local acuerda: PRIMERO.- Aprobar definitivamente el PROYECTO DE LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN DESDE EL CENTRO DE SEC- CIONAMIENTO PINOS DEL MAR HASTA EL SECTOR SUO-1. SEGUNDO.- Ordenar la publicación del citado Proyecto en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva. TERCERO.- Que el documento se diligencie por el Secretario Accidental, haciendo constar que el mismo es aprobado definitivamente.

19060 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 CUARTO.- Dar traslado del presente documento a Secretaría y Servicios Técnicos (Asesoría Jurídica de Servicios Técnicos). (El documento a que se refiere el presente acuerdo es un ANEXO DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL SECTOR SUO 1, AMPLIACIÓN DEL BARRIO ROMANO DE PUNTA UMBRÍA). (Obra en el expte. Informe aclaratorio de los Servicios Técnicos Municipales INF117BISGAR10 respecto al presupuesto de las obras de Urbanización).. Contra los Acuerdos transcritos, definitivos en vía administrativa, se podrán interponer potestativamente, los Recursos que procedan en los plazos legalmente establecidos. Punta Umbría, a 18 de noviembre de 2010.- Alcalde-Presidente, Fdo.: Gonzalo Rodríguez Nevado. INTERVENCIÓN ANUNCIO El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Punta Umbría HACE SABER: Que en sesión plenaria de fehca 25 de Noviembre del corriente ha sido aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos nº 12 del presupuesto de 2010. Dicho expediente queda expuesto al público por plazo de 15 días a efecto de reclamaciones, tal como queda determinado en los artículos 169 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Si transcurrido el perirodo de exposición pública no se hubiesen presentado reclamaciones, el expediente se entenderá aprobado definitivamente. Punta Umbría a 25 de Noviembre de 2010.- EL ALCALDE, Fdo.: Gonzalo Rodríguez Nevado. TRIGUEROS ANUNCIO La Alcaldía de esta Corporación, por Resolución núm. 598/2010, dictada en el día 23 de Noviembre de 2010, ha resuelto lo siguiente: «Resolución de la Alcaldía núm. 598/2010. Expte nº 2010/090/SGR/Subexpte 2/FUNC. Expirado el plazo de presentación de solicitudes de admisión en las pruebas de selección personal para la provisión en propiedad, por promoción interna mediante concurso-oposición, de la plaza siguiente: Plaza: ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA ADMINISTRATIVA. Denominación: ADMINISTRATIVO-Contabilidad y presupuesto. Código R.P.T.: L4.3.1. Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2009 y su modificación. Número de vacantes: 1 (jornada completa). Grupo: C1, Nivel 20. De conformidad con las bases aprobadas junto con la convocatoria aprobadas junto con la convocatoria en Resolución de Alcaldía núm. 346/2010, de fecha 13-07-2010, y en virtud del artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y del artículo 21.1.g), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, RESUELVO: PRIMERO.- Aprobar la siguiente relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos: RELACIÓN DE ASPIRANTES ADMITIDOS:

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19061 Dª. MARÍA DOLORES RODRÍGUEZ GARCÍA. EXCLUIDOS: Ninguno. SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en Boletín Oficial de la Provincia por un plazo de diez días hábiles para formular reclamaciones o, en su caso, subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. Cristóbal Romero Márquez, en Trigueros, a 23 de Noviembre de 2.010; de lo que, como Secretario, doy fe. EL ALCALDE, Cristóbal Romero Márquez, firmado. Ante mí EL SECRETARIO, Francisco A. Gómez Banovio, firmado.» Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, a los efectos de que durante el plazo de diez días hábiles los aspirantes excluidos puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión. En Trigueros, a 24 de Noviembre de 2.010.- EL ALCALDE, Fdo.: Cristóbal Romero Márquez. ANUNCIO D. CRISTÓBAL ROMERO MÁRQUEZ, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Trigueros (Huelva), HAGO SABER: Que mediante Decreto de la Alcaldía núm. 581/2010, de fecha 17/11/2010, se aprueban las Bases para la provisión en propiedad, mediante el sistema de PROMOCIÓN INTERNA y el procedimiento de CONCURSO DE MÉRITOS, de una plaza de Oficial (Cabo) de Policía Local de este Ayuntamiento de Trigueros (Huelva), siendo la máxima categoría de la plantilla, cuyo texto es el siguiente: <<Bases para cubrir en propiedad, y mediante concurso de méritos por el sistema de promoción interna, una (1) plaza de Oficial (Cabo) de la Policía Local de este Ayuntamiento (máxima categoría de la plantilla): 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso de PROMOCIÓN INTERNA y a través del procedimiento de selección de CONCURSO DE MÉRITOS, de una (1) plaza vacante en la plantilla y relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Oficial del Cuerpo de la Policía Local (Código RPT: F7.1), de conformidad con la Resolución de la Alcaldía núm. 581/2010, de fecha 17/11/2010. 1.2.- Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el art. 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, se encuadran, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo C, Subgrupo C1, dotadas con las retribuciones correspondientes, y resultantes de la Oferta de Empleo Público del año 2009. 2.- LEGISLACIÓN APLICABLE Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

19062 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local. 3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en el Cuerpo de la Policía Local de Trigueros, en la categoría inmediata anterior a la que se aspira, computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo. b) No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad, salvo que sea por causa de embarazo. c) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente. d) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas. Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente junto con la solicitud para participar en el proceso selectivo. Antes de realizar el curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales, deberá reunir y acreditar documentalmente de nuevo los requisitos b) y d). 4.- SOLICITUDES 4.1.- En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, acompañada de la documentación acreditativa de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos 4.2.- Con la solicitud se presentará la documentación justificativa de los méritos alegados, a valorar en el concurso de méritos. 4.3.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 4.4.- Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ya citada. 5.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES 5.1.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación 5.2.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios. 6.- TRIBUNAL CALIFICADOR 6.1.- El Tribunal calificador estará constituido por un Presidente, cuatro Vocales y un Secretario Presidente: A designar por la persona titular de la Alcaldía. Vocales: Cuatro, a designar por la persona titular de la Alcaldía. Secretario: El titular de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto. 6.2.- No podrán formar parte del Tribunal: El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre a titulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. 6.3.- Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas. 6.4.- Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos. 6.5.- El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19063 6.6.- El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y el Secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes. 6.7.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos del art. 28.2 de la Ley 30/92 ya mencionada. 6.8.- A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda. 7.- INICIO DE CONVOCATORIA Y CELEBRACIÓN DE PRUEBAS 7.1.- La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme al resultado del sorteo público que a tal efecto se celebrará. 7.2.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal. 7.3.- El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad. 7.4.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio. 7.5.- Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles. 8.- PROCESO SELECTIVO El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas: 8.1. Primera fase: concurso Esta fase consiste en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos alegados y justificados por los aspirantes, en el que se tendrá en cuenta el historial profesional, los cursos de formación realizados, los títulos y diplomas conseguidos, los trabajos publicados y la antigüedad, estableciéndose finalmente el orden de prelación de los participantes en el concurso según la puntuación que corresponda en aplicación del baremo establecido. El baremo a que se hace referencia en el apartado anterior, es el previsto en el Anexo a la Orden 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y que se detalla en el Anexo I de las presentes Bases. En el supuesto de que los aspirantes obtuvieran igual puntuación total, el orden de prelación de los aspirantes se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida, sucesivamente, en los siguientes apartados: 1º.- Antigüedad. 2º.- Formación. 3º.- Titulaciones académicas. 4º.- Otros méritos. En caso de persistir el empate se decidirá por sorteo público. 8.2. Segunda fase: curso de capacitación Superar con aprovechamiento el curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Escuelas Concertadas o Escuelas Municipales de Policía Local. Estarán exentos de realizar el curso de capacitación quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación del concurso. 9.- RELACIÓN DE APROBADOS Una vez terminada la baremación de los méritos a valorar en el concurso de méritos, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, (con la suma y desglose de las calificaciones correspondientes a ambas fases, en su caso), del proceso selectivo, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo. 10.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS 10.1.- Los aspirantes que hubieran aprobado la primera fase del proceso selectivo, presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:

19064 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 a) No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad, salvo que sea por causa de embarazo. b) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas. 10.2.- Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos obtenidos, no podrán ser nombrados alumnos para la realización del curso de capacitación, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. 11.- PERIODO DE PRÁCTICA Y FORMACIÓN 11.1.- El Alcalde, una vez acreditados documentalmente los requisitos exigidos en la Base 3 de la convocatoria, nombrará alumnos para la realización del curso de capacitación, a los aspirantes propuestos por el Tribunal, con los deberes y derechos inherentes a los mismos. 11.2.- Para obtener el nombramiento como funcionario de carrera, será necesario superar con aprovechamiento el curso de capacitación correspondiente en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Escuela Concertada o Escuela Municipal de Policía Local. 11.3.- La no incorporación al curso de capacitación o el abandono del mismo, sólo podrá excusarse por causas excepcionales e involuntarias, debidamente justificadas y apreciadas por el titular de la Alcaldía, debiendo el interesado incorporarse al primer curso que se celebre, una vez desaparecidas tales circunstancias. En este caso, el posterior escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice el curso. 11.4.- La no incorporación o el abandono del curso, por causa que se considere injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias. 11.5.- Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente, que de no superar, producirá la pérdida de los resultados en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias. 12.- PROPUESTA FINAL, NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN 12.1.- Finalizado el curso de capacitación, la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o, en su caso, la Escuela Municipal de Policía Local o Escuela Concertada, enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes que superen el correspondiente curso de capacitación, les hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en las pruebas selectivas (concurso de méritos) y el curso selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al titular de la Alcaldía, para su nombramiento con funcionario de carrera de las plazas convocadas 12.2.- Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes aprobados superior al número de plazas convocadas, los alumnos serán nombrados funcionarios de carrera en la categoría a la que se aspira, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas. 12.3.- El escalafonamiento como funcionario se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida en el concurso y curso de capacitación. 13.- RECURSOS Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30 /1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses. Trigueros, Noviembre 2010.- EL ALCALDE, Fdo.: Cristóbal Romero Márquez.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19065 V.A.1. Titulaciones académicas: V.A.1.1. Doctor: 2,00 puntos. ANEXO I BAREMOS PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS. V.A.1.2. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1,50 puntos. V.A.1.3. Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado superior en criminología o Experto universitario en criminología o equivalente: 1,00 punto. V.A.1.4. Bachiller, Técnico superior en formación profesional, acceso a la universidad o equivalente: 0,50 puntos. No se valorará la titulación requerida para el acceso a la categoría a la que se aspira, salvo que se posea más de una. Tampoco se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones necesarias o las que se hubieran empleado como vía de acceso para la obtención de una titulación superior ya valorada. A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición en la que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica. Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismos. V.A.2. Antigüedad: V.A.2.1. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o superior a la que se aspira: 0,20 puntos. V.A.2.2. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado a la que se aspira: 0,10 puntos. V.A.2.3. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: 0,10 puntos. V.A.2.4. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos. V.A.3. Formación y docencia: V.A.3.1. Formación: Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan la condición de concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y los cursos de contenido policial, impartidos dentro del Acuerdo de Formación Continúa de las Administraciones Públicas, serán valorados, cada uno, como a continuación se establece: V.A.3.1.1. Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos. V.A.3.1.2. Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos. V.A.3.1.3. Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos. V.A.3.1.4. Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos. V.A.3.1.5. Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos. Los cursos en los que solamente se haya obtenido «asistencia» se valorarán con la tercera parte. No se tendrá en cuenta, a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado V.A.1 de la presente Orden, ni la superación de asignaturas de los mismos. V.A.3.2. Docencia, ponencias y publicaciones. La impartición de cursos de formación, comprendidos en el apartado V.A.3.1., dirigidos al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de: Por cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto.

19066 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Se podrán acumular fracciones inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho número, si se han impartido en cursos distintos. Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación, o dirección de curso, sólo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas. Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20 puntos, en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un máximo de: 1,00 punto. V.A.4. Otros méritos: V.A.4.1. Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía, según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación: Medalla de Oro: 3 puntos. Medalla de Plata: 2 puntos. Cruz con distintivo verde: 1 punto. Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos. V.A.4.2. Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial: 0,50 puntos. V.A.4.3. Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos. V.A.4.4. Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno (máximo 4 felicitaciones), cada una: 0,25 puntos.>> Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento de Trigueros, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En Trigueros, a 18 de Noviembre de 2010.- EL ALCALDE, Fdo.: Cristóbal Romero Márquez. ROCIANA DEL CONDADO ANUNCIO De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se publica el presente anuncio para hacer saber a las personas que a continuación se relacionan, cuyo último domicilio se especifica y actualmente en paradero desconocido, que por esta Entidad conforme a lo establecido en el art. 72 del Reglamento de Población, se tramita expediente de bajas de oficio por inscripción indebida, habiéndose intentado su notificación sin que se haya podido practicar. Durante el plazo de 15 días contado desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, en el Boletín Oficial de la Provincia los interesados podrán manifestar su disconformidad y efectuar las alegaciones que estime procedentes. NOMBRE Y APELLIDOS ULTIMO DOMICILIO MOULBAB EN NJIMI C/. Amargura, núm. 28 RAFAELA GARCIA LOPEZ C/. Carril de los Moriscos, núm. 81 DMYTRO DIKHTYAREMKO C/. Carril de los Moriscos, núm. 81 ABDERRAHIM BENIDA C/. Juan Ramón Jiménez, núm. 25 ZAHRA MANZAOUI C/. Santa Bárbara, núm. 5 ZHOUR MIMOUNI EP ET TIBARY C/. Santa Bárbara, núm. 5

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19067 Rociana del Condado, a 23 de noviembre de 2010.- EL ALCALDE, Fdo.: Amaro Huelva Betanzos. ANUNCIO Conforme al procedimiento del art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en el Servicio de Estadística se están instruyendo los expedientes de bajas de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de las personas menores de edad relacionados en la lista que se adjunta. Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal a los representantes legales de los interesados, procede, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación del presente anuncio a fin de que en el plazo de quince días, contados desde el siguiente a su publicación, los representantes legales de los interesados en los procedimientos puedan comparecer en el Servicio de Estadística, sito en Rociana del Condado, para conocimiento y constancia del contenido íntegro del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones y justificaciones que estime oportunas e interponer los recursos procedentes. N Expte/Iniciales Domicilio Representante Legal D.N.I./N.I.E 59/I.B.G. 59/A.J.B.G.. C/. Carril de los Moriscos, núm. 81 RAFAELA GARCIA LOPEZ 52691449J C/. Carril de los Moriscos, núm. 81 RAFAELA GARCIA LOPEZ 52691449J Rociana del Condado, 23 de noviembre de 2010.- EL ALCALDE, Fdo.: Amaro Huelva Betanzos. SAN BARTOLOMÉ DE LA TORRE EDICTO Habiendo iniciado este Ayuntamiento expediente para proceder a la baja de oficio en el padrón municipal de habitantes de Nombre Documento Nacionalidad (País) SZYMONNIEMIEC X08485751Q POLONIA con último domicilio de inscripción padronal en C/ GLORIA FUERTES N 3 PLANTA 1 de esta localidad, mediante el presente anuncio, se informa al afectado que en la Secretaría del Ayuntamiento se encuentra a disposición del mismo el expediente completo, así como que a partir de la publicación del presente anuncio en el BOP de Huelva y tablón de edictos del Ayuntamiento, dispone de un plazo de quince días hábiles para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo alegar y presentar los documentos y justificantes que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside la mayor parte de días del año. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54 y 72 del R.D. 1690 / 1986, de 11 de junio, modificado por el R.D. 2612 / 1996, de 20 de diciembre, y la Resolución de 9 de abril de 1997, del Ministerio de la Presidencia. (BOE n 87 de 11-04-1997). León. En San Bartolomé de la Torre, a 23 de noviembre de 2010.- El Alcalde Presidente, Fdo.: Manuel Domíguez EDICTO Habiendo iniciado este Ayuntamiento expediente para proceder a la baja de oficio en el padrón municipal de habitantes de Nombre Documento Nacionalidad (País) RITA ARISTITA MORARU X05682101C RUMANIA CONSTANTIN MORARU 254583 RUMANIA GEORGIANA DRAGUSIN 401284 RUMANIA

19068 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 con último domicilio de inscripción padronal en AV. ANDALUCIA N 69 de esta localidad, mediante el presente anuncio, se informa al afectado que en la Secretaría del Ayuntamiento se encuentra a disposición del mismo el expediente completo, así como que a partir de la publicación del presente anuncio en el BOP de Huelva y tablón de edictos del Ayuntamiento, dispone de un plazo de quince días hábiles para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo alegar y presentar los documentos y justificantes que estime pertinentes, al objeto de acreditar qtie es en este municipio en el que reside la mayor parte de días del año. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54 y 72 del R.D. 1690 / 1986, de 11 de junio, modificado por el R.D. 2612/1996, de 20 de diciembre, y la Resolución de 9 de abril de 1997, del Ministerio de la Presidencia. (BOE n 87 de 11-04-1997). León. En San Bartolomé de la Torre, a 23 de noviembre de 2010.- El Alcalde Presidente, Fdo.: Manuel Domíguez JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA Delegación Provincial de Huelva ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE AGRICULTURA Y PESCA DE HUELVA. RELATIVO A INTENTOS DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCION DE BAJA DE LA EXPLOTACIÓN GANADERA OVINA FINCA DE LEANDRO. CON CÓDIGO 010 H-00104. Habiendo resultado infructuoso los intentos de notificación de la Resolución de baja de la explotación ganadera ovina Finca de Leandro (término municipal de Ayamonte), provista de código de explotación n 010 H-00104. inscrita por D. IGNACIO GONZALEZ MARTIN, con domicilio en Ayamonte Bda. Isla Canela s/n, por medio de la presente, en virtud de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica dicho documento. Asimismo, se comunica que para acceder el contenido integro del mencionado documento y quedar constancia de su conocimiento, podrá personarse en el plazo de 15 dias en la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca, C/ Los Mozárabes, n 8, Departamento de Sanidad Animal Expedientes REGA. Huelva, 24 de noviembre de 2010.- LA DELEGADA PROVINCIAL, Fdo.: María Esperanza Cortés Cerezo. ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE AGRICULTURA Y PESCA DE HUELVA. RELATIVO A INTENTOS DE NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE INACTIVACIÓN DE OFICIO DE LAS UNIDADES PRODUCTIVAS OVINA / CAPRINA DE LA EXPLOTACIÓN GANADERA EL COBICO. CON CÓDIGO 023 H-00629. Habiendo resultado infructuoso los intentos de notificación de la Resolución de inactivación de oficio de las unidades productivas ovina / caprina de la explotación ganadera El Cobico (término municipal de El Cerro de Andevalo), provista de código de explotación n 023 H-00629, inscrita por D. FRANCISCO BORRERO MARQUEZ, con domicilio en el Cerro de Andevalo C/ Pozo 43, por medio de la presente, en virtud de lo previsto en el articulo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica dicho documento. Asimismo, se comunica que para acceder el contenido integro del mencionado documento y quedar constancia de su conocimiento, podrá personarse en el plazo de 15 dias en la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca, C/ Los Mozárabes, n 8, Departamento de Sanidad Animal Expedientes REGA. Huelva, 24 de noviembre de 2010.- LA DELEGADA PROVINCIAL, Fdo.: Maria Esperanza Cortés Cerezo. ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE AGRICULTURA Y PESCA DE HUELVA, RELATIVO A INTENTOS DE NOTIFICACIÓN DE COMUNICACIÓN DE BAJA DE UNIDAD PRODUCTIVA OVINA DE LA EXPLOTACIÓN GANADERA FINCA VALDEMARINA. CON CÓDIGO 021 H-02213. Habiendo resultado infructuoso los intentos de notificación de la comunicación de baja de la unidad productiva ovina de la explotación ganadera Finca Valdemarina" (término municipal de Cartaya), provista de código de explotación nº 021 H-02213, inscrita por D. ANTONIO LUIS GONZALEZ RODRIGUEZ, con domicilio en Cartaya C/ Faisan 8 Bajo A, por

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19069 medio de la presente, en virtud de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica dicho documento. Asimismo, se comunica que para acceder el contenido integro del mencionado documento y quedar constancia de su conocimiento, podrá personarse en el plazo de 15 días en la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca, C/ Los Mozárabes, a 8, Departamento de Sanidad Animal Expedientes REGA. Huelva, 24 de noviembre de 2010.- LA DELEGADA PROVINCIAL, Fdo.: Maria Esperanza Cortés Cerezo. ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE AGRICULTURA Y PESCA DE HUELVA. RELATIVO A INTENTOS DE NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE BAJA DE LA EXPLOTACIÓN GANADERA OVINA MARGAZUELA. CON CÓDIGO 040 H-00077. Habiendo resultado infructuoso los intentos de notificación de la Resolución de baja de la explotación ganadera ovina Margazuela (término municipal de Hinojos), provista de código de explotación n 040 H-00077, inscrita por D. ANTONIO RIENDA AGUILAR, con domicilio en Hinojos C/ Gloria Fuertes 6, por medio de la presente, en virtud de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica dicho documento. Asimismo, se comunica que para acceder el contenido integro del mencionado documento y quedar constancia de su conocimiento, podrá personarse en el plazo de 15 días en la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca, C/ Los Mozárabes, n 8, Departamento de Sanidad Animal Expedientes REGA. Huelva, 24 de noviembre de 2010.- LA DELEGADA PROVINCIAL, Fdo.: Maria Esperanza Cortés Cerezo. ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE AGRICULTURA Y PESCA DE HUELVA. RELATIVO A INTENTOS DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCION DE CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA EXPLOTACIÓN GANADERA BOVINA EL ALMORRANAL. CON CÓDIGO 070 H-00043. Habiendo resultado infructuoso los intentos de notificación de la Resolución de cambio de titularidad de la explotación ganadera bovina El Almorranal (término municipal de Trigueros), provista de código de explotación n 070 H-00043, inscrita por D. MIGUEL ANGEL DELGADO ROMERO, con domicilio en Gibraleón (Huelva) C/ Trigueros n 11 10 izq., por medio de la prescnte, en virtud de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica dicho documento. Asimismo, se comunica que para acceder el contenido íntegro del mencionado documento y quedar constancia de su conocimiento, podrá personarse en el plazo de 15 días en la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca, C/ Los Mozárabes, n 8, Departamento de Sanidad Animal Expedientes REGA. Huelva, 25 de noviembre de 2010.- LA DELEGADA PROVINCIAL, Fdo.: Maria Esperanza Cortés Cerezo. ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE AGRICULTURA Y PESCA DE HUELVA. RELATIVO A INTENTOS DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA EXPLOTACIÓN GANADERA BOVINA EL ALMORRANAL. CON CÓDIGO 070 11-00044. Habiendo resultado infructuoso los intentos de notificación de la Resolución de cambio de titularidad de la explotación ganadera bovina El Atmorranal (término municipal de Trigueros), provista de código de explotación nº 070 H-00044, inscrita por D. MIGUEL ANGEL DELGADO ROMERO, con domicilio en Gibraleón (Huelva) C/ Trigueros nº 11 10 izq., por medio de la presente, en virtud de lo previsto en el articulo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica dicho documento. Asimismo, se comunica que para acceder el contenido integro del mencionado documento y quedar constancia de su conocimiento, podrá personarse en el plazo de 15 días en la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca, C/ Los Mozárabes, n 8, Departamento de Sanidad Animal Expedientes REGA.

19070 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Huelva, 25 de noviembre de 2010.- LA DELEGADA PROVINCIAL, Fdo.: Maria Esperanza Cortés Cerezo. Fecha: 15/11/2010 De acuerdo con lo previsto en el articulo 1 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, L.R.J.A.P. y P.A.C., intentada sin efecto la notificación personal en el domicilio que consta en el expediente de los actos administrativos que se identifican a continuación, adjunto se remite un extracto de los mismos a fin de que sea tramitada su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. ANTONIO MANUEL DOS SANTOS CORIEL, 10198625, HU-0719/10, RESOLUCIÓN DE SANCIÓN DE LA DELEGADA PROVINCIAL DE 22/10/2010, RECURSO DE ALZADA 1 MES. JUAN MARÍA SÁNCHEZ NAVARRO, 75561867-J, HU-0508/10, RESOLUCIÓN DE SANCIÓN DE LA DELEGADA PRO- VINCIAL DE 03/11/2010, RECURSO DE ALZADA 1 MES. JOSÉ FRANCISCO GÓMEZ GONZÁLEZ, 29484303-M, HU-0776/10, TRAMITE DE AUDIENCIA DE 26/10/2010, 15 DIAS. JOAQUÍN VALENTÍN AUDIENCIA DE 21/10/2010, 15 DIAS. ANTONIO GONZÁLEZ AGUADED, 29483571-D, HU-0785/10, TRAMITE DE AUDIENCIA DE 28/10/2010, 15 DIAS. Acceso al texto integro: Avda. Julio Caro Baroja, s/n. Edificio de la Escuela Náutico-Pesquera, 2ª Planta, 21071 HUELVA. EL SECRETARIO GENERAL Fecha: 18/11/2010 De acuerdo con lo previsto en el artículo 1 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, L.R.J.A.P. y P.A.C., intentada sin efecto la notificación personal en el domicilio que consta en el expediente de los actos administrativos que se identifican a continuación, adjunto se remite un extracto de los mismos a fin de que sea tramitada su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Nombre y apellidos / razón social: D. JAMAI EL JAZID, ALI D.N.l.:49057713R Procedimiento: Solicitud de Ayuda Socioeconómica Identificación del acto a notificar: Resolución Denegatoria. Recursos o plazo de alegaciones: un mes. Acceso al texto íntegro: Avda. Julio Caro Baroja, s/n. Edificio de la Escuela Náutico-Pesquera, 2ª Planta, 21071 HUELVA. EL SECRATARIO GENERAL CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y CIENCIA Delegación Provincial de Huelva Resolución de autorización administrativa de instalación eléctrica y aprobación de proyecto de ejecución De acuerdo con lo previsto en el título VII del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y de la ley 54/1997 de 27 de noviembre de sector eléctrico (BOE n 285 de 28.11.97), esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica de Linea aérea media tensión denominada El Salto, doble circuito 15/20 KV, LA-110 de 4500 m. de longitud, con origen

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19071 en subestación El Repilado hasta apoyo fin de línea, en los términos municipales de Jabugo Cortegana y La Nava (Huelva), cuyas características principales se relacionan a continuación: a) Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L. b) Domicilio: Paseo de la Glorieta, n 8 Huelva. c) Lugar donde se va a establecer: Términos municipales de Jabugo, La Nava y Cortegana. d) Finalidad de la misma: Construcción LAMT denominada El Salto doble circuito con LA-110 en el término municipal de Jabugo. e) Procedencia de los materiales: Nacional. fi Presupuesto en euros: 82.075,96. g) Línea eléctrica: Origen: Subestación El Repilado. Final: Apoyo fin de línea n 28. Términos municipales afectados: Jabugo, La Nava y Cortegana. Tipo: Aérea. Longitud en km: 4,5. Tensión de servicio; 15 Kv. Conductores: LA 110. Apoyos: Celosia. Aisladores: U4OBS. h) Expediente n ; 15698 - AT. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la autorización de puesta en marcha, previo los trámites que señalan en el titulo VII del RD 1955/2000 de 1 de diciembre. La aprobación del proyecto de ejecución se concede de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de 21/1992 de 16 de julio de Industria, la Ley 54/1997 de 27 de noviembre, del sector eléctrico y el RD 1955/2000 de 1 de diciembre; y las condiciones especiales siguientes: 1ª Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su se soliciten y autoricen. 2ª El plazo de puesta en marcha será de 12 meses contados a partir de la presente resolución. 3ª El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras al departamento de energia de esta delegación provincial a efectos de réconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha. 4ª La administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. 5ª En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes. 6ª El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excelentísimo Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad, con lo establecido en el art. 1.14.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. La Delegada Provincial, CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Delegación Provincial de Huelva INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA Y SOLICITUD DE LICENCIA MUNICIPAL DEL PROYECTO DE INSTALACIONES GANADERAS EN LA FINCA COTO COVADONGA NORTE, EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE AYAMONTE, LEPE Y SAN SILVESTRE DE GUZMÁN (HUELVA), PROMOVIDO POR PAQUITO ELOY, S.L. (EXPEDIENTE AAI/HU/070)

19072 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 De conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 16/ 2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y en el articulo 22 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y en la Ordenanza Municipal correspondiente, se somete a información pública, durante un periodo de cuarenta y cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA, la solicitud de Autorización Ambiental Integrada y solicitud de Licencia Municipal del Proyecto de Instalaciones Ganaderas en la Finca Coto Covadonga Norte, en los términos municipales de Ayamonte, Lepe y San Silvestre de Guzmán (Huelva), promovido por Paquito Eloy, S.L. Durante dicho plazo, cualquier interesado podrá formular las alegaciones que estime oportunas por escrito en la propia Delegación Provincial de medio Ambiente de Huelva, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 38.4 de la ley 30/1992. de 26 de noviembre, de Régimen Juridico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y ser dirigidas a la Ilma. Sr. Delegado Provincial. El expediente citado estará a disposición de los interesados, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, en el Servicio de Protección Ambiental de esta Delegación Provincial de la Consejeria de Medio Ambiente, sita en C/ Sanlúcar de Barrameda, 3 (2ª planta). Expediente: AAI/HU/070 Peticionario: PAQUITO ELOY, S.L. FINCA COTO COVADONGA NORTE AYAMONTE, LEPE Y SAN SILVESTRE DE GUZMÁN (HUELVA) Instalación: EXPLOTACIÓN AVÍCOLA Y PORCINA INTENSIVA EL DELEGADO PROVINCIAL DE MEDIO AMBIENTE INFORME DE VALORACIÓN AMBIENTAL SOBRE EL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DE LAS MARISMAS DE ISLA CRISTINA (HUELVA), CUYO TITULAR ES EL AYUNTAMIENTO DE ISLA CRISTINA. En Cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Caildad Ambiental de Andalucía BOJA 143/07 de 20 de filo, BOE 190/07 de 9 de agosto y en los artículos 9.1, 25 y 40 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucla aprobado mediante el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre (BOJA 166/1995 de 28 de diciembre de 1995), se realiza el Informe de Valoración Ambiental sobre el PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DE LAS MARISMAS DE ISLA CRISTINA (HUELVA), cuyo titular es el AYUNTA- MIENTO DE ISLA CRISTINA. 1.- OBJETO La Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Caildad Ambiental de Andalucía, establece en su articulo 36 la necesidad de someter al procedimiento de Evaluación Ambiental los instrumentos del planeamiento urbanístico señalados en las categorias 12.3, 12.4, 12.5, 12.6 y 12.7 de su Anexo I. Dado que el Proyecto presentado, PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DE LAS MARISMAS DE ISLA CRISTINA (HUELVA), se encuentra incluido en la categoría 12.5 del Anexo primero de la citada Ley 7/2007 (Planes Especiales que puedan afectar al suelo no urbanizable), se formula el presente Informe de Valoración Ambiental conforme a lo establecido en el articulo 40 de la citada Ley 7/2007 2.- TRAMITACIÓN El expediente se ha tramitado de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, según lo establecido en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Caildad Amblental Mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 21/09/09 se aprobó inicialmente el documento del Plan Especial de Protección de las Marismas de Isla Cristina. El Estudio de Impacto Ambiental se aprueba inicialmente igualmente, mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 14/04/10. El Plan Especial de Protección de las Marismas de Isla Cristina, fue sometido a información pública por el Ayuntamiento de Isla Cristina, mediante anuncios publicados en el BOP de Huelva núm. 195 de 09/10/09 y en el periódico Huelva Información de 15/10/09. De igual modo se publica anuncio de notificación a los interesados por intentos infructuosos en el BOP de Huelva núm. 30 de 15/02/10. En total se reciben nueve alegaciones en el citado trámite, las cuales carecen de contenido ambiental respecto de las propuestas objeto de Evaluación Ambiental, según consta en el certificado de Exposición Pública y Resultado obrante en el expediente. Por su parte el Estudio de Impacto Ambiental, ha sido sometido a información pública por el Ayuntamiento de Isla Cristina, mediante anuncios publicados en el BOP de Huelva núm. 73 de 20/04/10 y en el periódico Huelva Información

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19073 de 21/04/10, no recibiéndose ninguna alegación en citado tramite, según consta el certificado de Exposición Pública y Resultado, obrante en el expediente. El 06/10/09 se recibe en esta Delegación Provincial el Plan Especial de Protección de las Marismas de Isla Cristina. Mediante escritos de fechas 13/11/09 y 02/07/10 se comunicaron de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental el tramite exigible al Plan Especial y las deficiencias detectadas en el expediente. Con fechas 4/05/10, 11/05/10, 16/06/10 y 5/07/10 se recibe documentación adicional del Ayuntamiento de Isla Cristina, con la que se da por completado el expediente, emitiéndose con fecha 023/07/10 el correspondiente Informe Previo de Valoración Ambiental, el cual fue enviado al Ayuntamiento de Isla Cristina con fecha de salida 26/07/10. El 19/10/10 se realiza la Aprobación Provisional del expediente por el Pleno del Ayuntamiento de Isla Cristina, recibiéndose en esta Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente el 27/10/10. 3.- NORMATIVA DE APLICACIÓN El presente Informe de Valoración Ambiental se emite en base a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental aplicando el procedimiento establecido en el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado mediante el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, en aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la citada Ley en la que se recoge que hasta que se desarrolle reglamentariamente el procedimiento de evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento urbanístico será de aplicación el Decreto 292/1995, de 12 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la ComunidadAutónoma de Andalucía. Analizada la documentación aportada y los informes recibidos, así como los valores ambientales del ámbito de actuación, esta Delegación Provincial de la Consejeria de Medio Ambiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/2007, de 9 de julo, de Gestión Integrada de la Cal/dad Ambiental; formula, a los solos efectos ambientales, el siguiente Informe de Valoración Ambiental sobre el PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DE LAS MARISMAS DE ISLA CRISTINA (HUELVA). En el Anexo I dei presente Informe de Valoración Ambiental se describen las características básicas del Proyecto. 4.- CONDICIONADOS DEL INFORME DE VALORACIÓN AMBIENTAL Se incluyen en el presente Informe Previo de Valoración Ambiental las condiciones ambientales a las que queda sujeto el PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DE LAS MARISMAS DE ISLA CRISTINA (HUELVA). El Plan Especial de referencia se ha formulado para dar cumplimiento de lo establecido en la DECLARACIÓN DEFINITIVA DE IMPACTO AMBIENTAL DE 27 DE MAYO DE 2008 SOBRE LA REVISIÓN-ADAPTACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE ISLA CRISTINA (HUELVA) emitida por esta Delegación Provincial, siéndole exigibles los condicionantes ambientales establecidos en la misma. Por otra parte, las medidas establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental del Plan Especial objeto de Evaluación Ambiental, en su apartado Medidas de protección y corrección ambiental del Planeamiento serán exigibles al desarrollo y ejecución del mismo, debiendo tomarse en cada momento, las medidas que se estimen necesarias para garantizar su efectividad. Además de las medidas correctoras establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental y las protectoras y correctoras establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental emitida sobre la Adaptación-Revisión del PGOU de Isla Cristina, se establecen las siguientes: ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS Y HÁBITATS AFECTADOS El conjunto de los sectores afectados por el Plan Especial tiene la siguiente localización con respecto al Paraje Natural Protegido: - Sector Norte y Sur: Perimetrales - Sector Este: Contiene superficies pertenecientes al Paraje Natural y perimetrales al mismo. En consecuencia, parte de la superficie está sometida al régimen protección del Paraje Natural Marismas de Isla Cristina, declarado por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de espacios naturales protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección. Dicho espacio fue incluido en la lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), aprobada por la Decisión de la Comisión, de 19 de julo de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de Lugares de Importancia Comunitana de la región biogeográfica mediterránea, bajo la denominación de Marismas de Isla Cristina (E56150005). Además este espacio protegido ha sido designado como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), en cumplimiento de la Directiva 79/409/CE4 relativa a la Conseivación de las Aves Silvestres.

19074 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Los artículos 45.8 y 45.9 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establecen el sometimiento de este LIC a lo dispuesto en los apartados 4, 5 y 6 del articulo 45. En particular, se deben evaluar las repercusiones del Plan sobre la Red Natura, asegurar que no se causen perjuicios a la integridad del lugar y se recoge la necesidad de que se establezcan medidas compensatorias en el caso de que un Plan de interés público deba ejecutarse con afecciones negativas y a falta de soluciones alternativas Los hábitats naturales del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE que están presentes y pueden verse afectados por el desarrollo del Plan son: - 1140 Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja - 1310 Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas - 1320 Pastizales de Spaftina (Spart/nion maritiml) - 1340 *Pastizales salinos continentales - 1420 Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosi) - 1510 * Estepas salinas mediterráneas (Linionietalia) - 2110 Dunas móviles embrionarias - 2120 Dunas móviles de litoral con Ammophilia arenaria (dunas blancas) - 2130 *Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (dunas grises) (*) Hábitats de interás prioritarios Además, el listado de las especies del anexo II de la Directiva 92/43/CEE que pueden verse afectadas por el proyecto que se informa, se encuentra en el formulario normalizado de la Red Natura 2000 correspondiente al LIC E56150005 Marismas de Isla Cristina. En dicho documento, en el apartado 4.2. CALIDAD E IMPORTANCIA, se define el lugar como Importante área de reproducción de ardeidas y otras aves de zonas húmedas. Gran importancia para paso e invernada de limícolas, gaviotas y charranes. Y en el apartado 4.3. VULNERABILIDAD se puntualiza que La elevada presión urbanística de los alrededores del espacío también están afectando la viabilidad futura de estas marismas. El Plan Especial de Protección de las Marismas de Isla Cristina tiene como principal finalidad la conservación y protección de los espacios y bienes naturales presentes en el área afectada, procurando al tiempo corregir y minimizar los efectos que el futuro desarrollo de la Revisión-Adaptación del PGOU pudiera ocasionar sobre los espacios naturales de mayor valor existentes en el término municipal. Con carácter general, el documento presentado aborda satisfactoriamente dicha determinación estableciendo para cada sector contemplado los principios generales de protección y conservación de los mismos. En este sentido, resulta especialmente favorable el planteamiento de recuperación de ambientes degradados por diversas actividades (principalmente agrícolas) en el entorno de las Marismas y la puesta en valor de los recursos naturales del área mediante la orientación de actividades de uso público e interpretación a través de un entramado de senderos y rutas no motorizadas que permiten el acceso de usuarios a una buena representación de los espacios naturales incluidos dentro del ámbito. No obstante y de cara a una optimización en la consecución de los fines previstos por el documento, se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones: Sobre las medidas generales propuestas Teniendo en cuenta que la planificación se articula en diversos sectores contemplándose medidas y actuaciones diversas, cabe referir sobre las mismas lo siguiente: - Las medidas propuestas en la Ordenación tipo Ribera SUR A, se consideran favorables para la conservación y uso público del Paraje Natural. - Las medidas propuestas en la zona de Ordenación tipo Ribera SUR B, se adaptan igualmente a criterios de restauración y uso público, incluyendo un embarcadero. En cuento a la Ordenación tipo Ribera Este A, se sigue sin argumentar la necesidad de aparcamientos, entendiéndose, aún reduciéndose el número de plaza respecto al anterior documento (de 1205 a 600), que la propuesta, no se corresponde con la demanda deducible del uso público de la Ribera y los principios de protección y restauración que justifica el Plan. Estas bolsas de aparcamiento y, en consecuencia, su superficie, deben estar justificadas en análisis de indicadores objetivos que debidamente, sean tratados como base de una adecuada planificación, sobre todo, en un marco territorial tan sensible como el que nos atañe. Por otro lado, las medidas propuestas en la zona de Ordenación tipo Ribera Este B, son actuaciones de restauración y mejora en el ámbito de las zonas delimitadas por el deslinde provisional del dominio público marítimo terrestre. En consecuencia, se sitúan dentro del Paraje Natural. Éstas, aunque se consideren ambientalmente viables, deberán

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19075 someterse, en su caso, al régimen de autorización de la Ley 2/1989. De cualquier modo, los criterios generales serán de utilización de especies y formaciones autóctonas, adaptación paisajística y normalización interpretativa de la Consejeria de Medio Ambiente. En la zona de Ordenación Tipo Ribera Este C se proyectan edificaciones de equipamiento público y restauraciones de la parcela, todo ello fuera de la zona de servidumbre del deslinde provisional del DPMT. En la zona de Ordenación Tipo Ribera Norte B, se prevé la restauración de una zona degradada con residuos en el ámbito de un arroyo. En la zona de Ordenación Tipo Ribera Norte A, la bolsa de aparcamientos prevista e igualmente reducida al 50% respecto de la considerada en el expediente de aprobación inicial, sigue careciendo igualmente de justificación de su necesidad en función de parámetros objetivos de análisis previo. En general, para el conjunto de actuaciones que inciden dentro de los limites del espacio natural, requerirán de la correspondiente autorización en aplicación de la Ley 2/89 por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para suproteccíón así, la construcción y puesta en funcionamiento de los embarcaderos, y sin perjuicio de la oportunidad de la actuación en el marco actual de análisis, se debe someter a una autorización expresa en la que se establezcan las prescripciones constructivas y las condiciones de uso en aplicación de la Ley 2/89 mencionada. En especial, se establecerá condiciones sobre las zonas del Paraje excluidas por razones de conservación de valores naturales y la tipología de embarcaciones permitidas que deberán ser deportivas sin motor. En este sentido, se recuerda igualmente la necesidad de que toda la señalización interpretativa se adapte a la normalización de la Consejería de Medio Ambiente. Sobre la calificación del suelo Uno de los elementos de mayor controversia en el desarrollo del PGOU de Isla Cristina, en lo que se refiere a su incidencia sobre los espacios naturales vinculados a las Marismas, y que fueron puestos de manifiesto en la DIA formulada sobre el mismo, así como en el informe Previo de Valoración Ambiental del Plan Especial, es el relativo al tratamiento de los terrenos definidos como SUBLENS 4 y SUBLES 2, localizados en el denominado Sector Rivera Este y vinculados al limite del Dominio Público Marítimo Terrestre. En el documento de aprobación provisional, sí se incorpora el deslinde provisional del Dominio Público Marítimo Terrestre efectuado en abril de 2010, si bien, condiciona a la aprobación definitiva del mismo, y a la consideración consecuente final de suelo no urbanizable de especial protección, por ejemplo, el sistema general viario SGV.3 que pasaría a formar parte del sistema general de espacios libres, así como al resto de actuaciones vinculantes. Ello origina no cierta confusión en la cartografía utilizada, donde, en base a lo dispuesto en el PGOU y la presente planificación, se mantiene para la zona definida en la Ribera Este Tipo 3, distintas consideraciones, debiendo entenderse claramente, y por el propio deslinde efectuado, como suelo no urbanizable de especial protección por legislación específica correspondiente al Paraje Natural. Se reitera en este aspecto la certificación emanada de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales en función del registro de la Red de Espacio Naturales Protegidos de Andalucía, de la pertenencia de las parcelas situadas en el SUBLENS 4, SUBLENS 2 y del viario SGV.3 al Paraje Natural Marismas del Odiel, y el cual se sustenta, entre otros argumentos, en el informe jurídico del Letrado de la Junta de Andalucia. En todo caso, supone una consideración más la incorporación de dicho deslinde asi como la interpretación de la clasificación del suelo en función del resultado firme del mismo para la zona en cuestión (plano 1.9), aunque, por otro lado, se contemplan calificaciones no compatibles con las clasificaciones entendibles de acuerdo con dicho planteamiento (plano 1.10). Se reitera la necesidad de corregírse convenientemente en toda la planimetría y redacción correspondiente la clasificación y calificación del suelo para la zona ribera Este tipo B afectada por el deslinde provisional. Sobre la conectividad del sector En general, la ejecución de las infraestructuras de comunicaciones, requerirán a nivel de proyecto, una análisis de afecciones sobre la RED NATURA 2000, con análisis de alternativas y en su caso, medidas preventivas, correctoras y, si procede, compensatorias, dirigidas a los hábitats y especies. Respecto a la conexión desde La Redondela a la A-5053 (SGV.3), a la que ya nos referimos con anterioridad, que aún incorporando el nuevo documento el deslinde provisional del Dominio Público Marítimo Terrestre, continua condicionando a su aprobación definitiva su reconsideración al sistema general de espacios libres, vinculando las actuaciones sobre él planificadas. Utilización del espacio para aparcamientos de vehículos Según se refleja en la información cartográfica (Plano 01 Ordenación General), se prevé la adecuación en torno a unas 3 has destinadas a aparcamientos de vehículos, distribuidos en un conjunto de bolsas localizadas en la periferia de los sectores Rivera Norte y Rivera Este, todas ellas situadas en la periferia de los Sistemas Generales. Estas bolsas

19076 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 y superficie, reducida al 50% en el expediente de aprobación provisional respecto del que fue objeto de aprobación inicial y teniendo en cuenta los usos previstos para estos terrenos (recreativos e interpretativos), el índice esperado de afluencia de visitantes y el principio de protección y restauración que justifica el Plan, no se justifican adecuadamente y máxime, teniendo en cuenta que determinadas bolsas aparecen con localización no vinculante; por ello, se hace necesario un análisis adecuado y oportuno que determine de forma totalmente objetiva los posibles requerimientos de plazas en función de la orientación del apoyo de dichas bolsas al uso recreativo e interpretativo de las instalaciones anexas. En base a lo anterior, se deberá llevar a cabo el referido análisis con carácter previo a la ejecución de las actuaciones propuestas por el Plan Especial, quedando las dimensiones, ubicación y características de las bolsas de aparcamientos condicionadas a la obtención de informe favorable por parte de esta Delegación Provincial. Áreas recreativas El Plan plantea la instalación de varias áreas de recreo como forma de facilitar el uso público del espacio, incorporando en el documento de aprobación provisional un área en la ribera Sur Tipo 3 en torno al recorrido previsto en dicha zona con vocación de facilitar el descanso. Aunque se reconoce como actuaciones tradicionales en los equipamientos para uso recreativo en el medio natural, el Plan Especial debería servir para definir un modelo de gestión integral en el que se interrelacionen equipamientos y espacios naturales con su correspondiente información ambiental, sin embargo, se evidencia una cierta desconexión entre los equipamientos previstos con los ya existentes en el entorno (espacios recreativos al sur de la Carretera de Islantilla). De la misma manera, se hace necesario valorar aspectos como la gestión, mantenimiento y conservación de estas instalaciones de uso público, para lo cual, el Plan habria de considerarse como un instrumento en el que se aclara el compromiso firme de la entidad Local para llevar a cabo las competencias del compromiso contraído y garantizar, no sólo la implantación de las infraestructuras en él contempladas, sino la garantía de su adecuada gestión y mantenimiento; aspectos fundamentales para su adecuado uso y disfrute. En este sentido, únicamente se recogen las propuestas de actuación, no constando planificación, en tiempo y forma de su ejecución y gestión. Interpretación y Educación Ambiental Las actuaciones dirigidas a la educación ambiental deben constituir un pilar básico para el desarrollo de del Plan Especial. Además de las indicaciones señaladas en el punto anterior, la complejidad de los espacios incluidos en el ámbito del Plan y la interrelación entre los diferentes ecosistemas presentes en el área deben ser objeto de especial atención en el modelo de educación e interpretación ambiental. No resultaría lógico ni adecuado a los fines previstos, el diseño de modelos aislados y sin conexión entre sí, en los que se identificasen por separado los diferentes valores presentes en la zona. Por el contrario, si bien es evidente que la interpretación ambiental debe reconocer la existencia de los principales recursos y sistemas naturales existentes (Marismas mareales, Áreas inundables, Medio Hidrológico, Monte Público, Salinas, etc), no es menos cierto que para una mejor comprensión de todo el complejo natural, es necesario ofrecer información al usuario sobre las relaciones entre unos ecosistemas y otros, el papel que cada uno ejerce tanto de forma individual como en relación con los demás, la evolución histórica de cada uno y los efectos de la misma sobre el modelo de paisaje actual. Eliminación de infraviviendas en el Sector Rivera Sur Se trata de una de las medidas más urgentes a desarrollar dada su presencia en las proximidades del Paraje Natural en su colindancia con el límite noroccidental del Monte Público Dunas de Isla Cristina. En este caso, en el expediente de aprobación provisional incluye un calendario máximo de ejecución con las pertinentes actuaciones correctoras, incluido el camping Giralda, donde se recoge el desalojo completo y un plan de desmantelamiento a 5 años, si bien y no obstante, se señala la posibilidad de que las edificaciones, en el marco de la Ley 2/92, forestal de Andalucía, y en base a la posible compatibilidad con la gestión del monte, puedan permanecer si así lo estima en su momento esta Consejería. En cualquier caso el calendario para el desmantelamiento del camping mencionado no es coincidente con la fecha de finalización del plazo de ocupación de las instalaciones a la cual habría de limitarse como máximo. Tratamiento de las edificaciones aisladas localizadas en el entorno de la Marisma A lo largo del perímetro de la marisma y en especial en la colindancia de ésta con el Sector Rivera Sur se localizan una serie de edificaciones la mayoría de las cuales invaden la zona de servidumbre del dominio público, e incluso, los terrenos pertenecientes al Monte Dunas de Isla Cristina. En este sentido y respecto al expediente de aprobación inicial, el documento de aprobación provisional, aunque relaciona algunas de estas construcciones, deja bastantes edificaciones sin inventariar y, consiguientemente se desconoce el futuro que el Plan Especial tiene previsto para las mismas, si bien lo más consecuente con la finalidad de sus objetivos sería proponer su desmantelamiento a fin de favorecer la liberación del frente marismeño que se pretende proteger. DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE Y ZONA DE SERVIDUMBRE Gran parte del ámbito de aplicación del Plan se encuentra dentro de la zona de servidumbre de protección; en caso de que el deslinde definitivo del dominio público marítimo-terrestre en la zona de Ribera Este Tipo 3 confirme la

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19077 línea de deslinde provisional de abril de 2010, una parte importante de esta zona pasaría a estar incluida en dominio público marítimo-terrestre. Según el artículo 48.1 dei Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre (modificado por el Real Decreto 1112/1992, de 18 de septiembre), por el que se establece el Reglamento general para el desarrollo y aplicación de la Ley 22/88, de Costas, Los usos permitidos en la zona de servidumbre de protección estarán sujetos a autorización de la Comunidad Autónoma correspondiente, que se otorgará con sujeción a lo dispuesto en la Ley de Costas y en las normas que se dicten, pudiéndose establecer las condiciones que se estimen necesarias para la protección del dominio público. Respecto a las actuaciones previstas que no están prohibidas expresamente por el articulo 25.1 de la Ley de Costas, pero que lógicamente necesitarán obtener, previamente a su ejecución, la correspondiente autorización de uso en la zona de servidumbre de protección, puntualizamos lo siguiente: - Instalaciones a mantener o rehabilitar: para su autorización, en su momento, se estará a lo dispuesto en la Ley de Costas y su normativa de desarrollo, con especial atención, en su caso, a lo establecido en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley; advirtiéndose especialmente que esta Disposición Transitoria no permite el aumento de volumen de edificaciones existentes con anterioridad a la Ley que estuvieran destinadas a habitación, vivienda u otros usos incompatibles con la misma, a no ser que no pudieran tener otra ubicación (artículo 25.2 y Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 22/1 988, de Costas). Se deberá cambiar en los artículos 50.7, 50.9, 53.18, 55.10, 58.10, 61.11 de las Normas de Protección, Ordenación, Uso y Gestión, la referencia que se hace del Decreto 33/1994, por el Decreto 334/1994. VIAS PECUARIAS El Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Isla Cristina fue aprobado por la Resolución de 20 de diciembre de 1989 (BOJA n 13 de 09/02/1990) contemplando entre otras, la existencia de las siguientes vías pecuarias: Vereda del Camino de la Playa Estado legal: Se encuentra deslindada por Resolución de 12 de junio de 2.007, de la Secretaria General Téc nica, por la cual se aprueba el deslinde de la vía pecuaria, en el tramo en su totalidad en el término municipal de Isla Cristina en la provincia de Huelva. (BOJA & 130 de 03/06/07). Anchura legal: 20,89 m. Longitud total aprox.: 1483,62 m Orientación: N - S Vereda del Camino de los Huertos Estado legal: Se encuentra deslindada por Resolución de 4 de noviembre de 2.005, de la Secretaría General Técnica, por la cual se aprueba el deslinde de la vía pecuaria y sus lugares asociados, en el termino municipal de Isla Cristina, en la provincia de Huelva. (BOJA n 237 de 05/12/05). Anchura legal: 20,89 m Longitud total aprox.: 6.689,29 m Orientación: O - E La Vereda del Pozo del Camino a Lepe se encuentra deslindada, pero no ha sido incluida por encontrarse fuera del ámbito de planificación, si bien se encuentra relativamente próxima a las zonas situadas al norte, siendo coincidente con una carretera. El artículo 57 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencia exclusiva en materia de Vías Pecuarias. En base a esa potestad, mediante el Decreto 155/98 (BOJA de 4/08/98,) de 21 de julio, se aprobó el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en desarrollo de la Ley 3/95 de Vías Pecuarias de 23 de marzo (8.01 de 24/03/95). Esta legislación contempla que las vías pecuarias que discurren por la Comunidad Autónoma de Andalucía son bienes de dominio público, teniendo como prioridad principal el tránsito de ganado y otros usos rurales, inspirándose en el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, al paisaje y al patrimonio natural y cultural (Art. 2 y 3 del Decreto 155/98) teniendo por sus características intrínsecas la consideración de suelo no urbanizable de especial protección (art. 39 del Decreto 155/98). El promotor del proyecto deberá: - Respetar la integridad superficial de las vias pecuarias en todas sus anchuras legales, las cuales han sido determinadas con exactitud con el acto administrativo del deslinde. - No instalar cualquier tipo de cerramiento o similar que obstaculice de alguna forma el paso de personas, ganado o vehículos autorizados, preservando así el uso público de estas vías pecuarias. - No está autorizado en las vías pecuarias el tránsito de vehículos a motor que no sean de carácter agrícola, propiedad de las fincas colindantes o de los trabajadores de las mismas. Excepcionalmente y para uso específico y concreto, se podrán autorizar la circulación de aquellos otros que no tengan las anteriores características. En cualquier caso se mantendrá la prohibición de circular en el momento del tránsito del ganado u otras circunstancias

19078 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 que revistan interés de carácter ecológico y cultural de la misma, siendo compatible con otros usos complementarios de la vía pecuaria. En los tramos de vias pecuarias afectados por sectores delimitados como suelo urbano consolidado con posterioridad al 1/01/00, o en suelo urbanizable, que se incorporen total o parcialmente al proceso de urbanización, se les dará uno de estos tratamientos: - Desafectación del dominio público pasando a ser un bien patrimonial de la Comunidad Autónoma de Andalucía prevaleciendo sobre ellos el interés público o social. - Modificación de trazado con las características establecidas en la legislación sobre vías pecuarias. - Integración en un Sistema General de Espacios Libres, no computables a efectos de aprovechamientos urbanísticos y con las características que la legislación sectorial le permite a este tipo de suelo, por ejemplo, no servir para el tráfico rodado, formar parte de un parque periurbano, paseo peatonal, carril bici, etc... Al encontrarse ambas vías deslindadas, la descripción y trazado de las mismas se encuentra en coordenadas UTM, según publicación indicada en BOJA. OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Durante las obras de construcción de las distintas actuaciones propuestas desde el Plan Especial, se deberán tener en cuenta las medidas correctoras y protectoras, que sean de aplicación al mismo, establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental emitida sobre la Revisión-Adaptación del PGOU de Isla Cristina en sus apartados Atmósfera, Sistema Hidrológico, Residuos, Geología y Geomorfología y por último Vías Pecuarias, con las siguientes salvedades: Con carácter general, deberá desarrollarse con detalle un estudio y las soluciones previstas para el problema de la gestión de los residuos de construcción y demolición de obra mayor, atendiendo a las previsiones del Art. 104 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental así como del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, teniendo en cuenta la base de partida establecida en el art. 1 en el que se indica el fomento preferente de la reutilización, reciclado y otras formas de valorización, asegurando que los destinados a la eliminación reciban un tratamiento previo adecuado. Por otro lado la legislación vigente (RD. 105/2008, de 1 de febrero) contempla la obligación de elaborar un Estudio de Gestión para estos residuos por el productor de los mismos, estableciendo la posibilidad de aplicar por parte de los Ayuntamientos una fianza o garantía en la licencia de obra que permita acreditar una adecuada gestión con los mismos en instalaciones de valorización autorizadas y por gestores de residuos autorizados, y que deberá ser reintegrada al productor cuando acredite el destino de las mismas. Solamente podrán emplearse como acondicionamiento/relleno las tierras y piedras no contaminadas por sustancias peligrosas o bien los residuos inertes generados en las actividades de construcción o demolición, bajo las condiciones del art. 13 del R.D. 105/2008. En cualquier caso, la zona de acondicionamiento/relleno no deberá ser un suelo contaminado, a efectos del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Los materiales de construcción que fueran necesarios para la ejecución de las obras a realizar, deberán proceder de canteras o instalaciones debidamente legalizados según la normativa medioambiental vigente, sin perjuicio del cumplimiento de la legislación sectorial que corresponda. Se deberán adoptar todas las medidas de prevención, que eviten la infiltración o escorrentía de vertidos en el terreno, al objeto de garantizar la ausencia de riesgo de contaminación de los suelos, así como de las aguas superficiales y subterráneas. Se deberá dar cumplimiento de los informes que ha de emitir la Agencia Andaluza del Agua sobre el Plan Especial de referencia, en aplicación de la normativa vigente, en las distintas fases de su tramitación, incluido su planeamiento de desarrollo y consiguiente proyecto de urbanización. PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Si durante el transcurso de cualquier actividad relacionada con los proyectos de referencia se produjera un hallazgo arqueológico casual, seré obligada la comunicación a la Delegación Provincial de Cultura en el transcurso de 24 horas, tal y como establece el Art 81.1 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, par el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Hi9tórico de Andalucía, y en los términos del Art 50 de la Ley 14/2007 de 26 de Noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía. OTRAS En el caso de que para el desarrollo y ejecución del Plan Especial sea necesario llevar a cabo actuaciones o actividades encuadradas en el Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, éstas deberán someterse previamente a los instrumentos de prevención y control ambiental que les sea preceptivo.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19079 En el documento de aprobación provisional se hace referencia a que se autorizan las instalaciones básicas establecidas en el Plan Especial de Infraestructuras del Termino Municipal y en el PGOU, que necesariamente deban discurrir por el ámbito, previa aprobación de las administraciones y organismos afectados. En relación con lo anterior se deberá tener en cuenta que el referido Plan Especial de Infraestructuras del Termino Municipal deberá ser objeto de Evaluación Ambiental de acuerdo a lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Caildad Ambiental 5.- PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL AMBIENTAL El Programa de Vigilancia y Control Ambiental tiene como finalidad el seguimiento ambiental del desarrollo y ejecución de las determinaciones urbanísticas. El Ayuntamiento debe vigilar para que se cumplan los objetivos del Programa, que debe contener, entre otros, los siguientes aspectos: - Comprobación de que las actuaciones contienen, en proyecto, todas aquellas medidas ambientales, ya sean protectoras o correctoras que se definen en el Estudio de Impacto Ambiental y en el Informe de Valoración Ambiental. Dichas medidas aparecerán debidamente presupuestadas y programadas. - Controlar que la eficacia de las medidas ambientales es la esperada y se ajusta a los umbrales establecidos. En caso contrario, y cuando los objetivos ambientales no sean previsiblemente alcanzables, el Ayuntamiento lo comunicará a esta Delegación Provincial. - Vigilar para que en la zona no se lleven a cabo actuaciones, que estando obligadas a ello, no adopten las oportunas medidas ambientales. - Las licencias de obras concedidas por el Ayuntamiento deberán hacer mención expresa de las condiciones de las obras y actuaciones complementarias de ellas, como puedan ser instalaciones auxiliares, vertederos o escombreras, formas de utilizar los materiales de las obras, red de drenaje, accesos, carreteras utilizadas por la maquinaria pesada, etc. Todo ello de forma que tanto la programación de las obras como la ejecución de las mismas garantice las mínimas molestias para la población. Además, durante la ejecución de las distintas actuaciones urbanísticas previstas se considerarán las siguientes medidas: - Si se originaran procesos erosivos como consecuencia de los movimientos de tierras a efectuar, el responsable de las obras valorará su incidencia, comunicando a esta Delegación de Medio Ambiente las medidas que se adoptarán caso de ser necesarias. - Se efectuará un control del destino de los residuos generados, en consonancia con lo establecido en los distintos condicionantes establecidos en el presente Informe de Valoración Ambiental. - Se vigilará la presencia de partículas sólidas sobre la vegetación afectada durante la realización de las obras derivadas de la ejecución del planeamiento, así como las posibles afecciones de éstas a la población o la fauna, mediante controles periódicos a lo largo de la duración de las mismas. - Se controlarán los niveles sonoros provocados durante la realización de las actuaciones urbanísticas planteadas, así como la eficacia de las medidas protectoras y correctoras planteadas sobre este factor ambiental. - Se realizará un seguimiento, control y mantenimiento de las labores de restauración de las áreas ajardinadas, plantaciones existentes, etc. que hayan sido afectadas por las obras. Aquellas actuaciones posteriores consecuencia del desarrollo y ejecución del planeamiento, y que se encuentren incluidas en el Anexo Ide la Ley 7/2007, de 9 dejuio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental se someterán al correspondiente procedimiento de prevención ambiental establecidos en dicha Ley. El Ayuntamiento comprobará que en el proyecto se determinan los procesos, ámbitos y etapas de urbanización y edificación buscando minimizar las molestias a la población existente o prevista. Si a través del Programa de Vigilancia y Control Ambiental se detectara una desviación de los objetivos ambientales diseñados, el Ayuntamiento lo comunicará a esta Delegación Provincial a fin de establecer nuevos mecanismos correctores que aseguren la consecución final de dichos objetivos. En última instancia se podrá instar al Ayuntamiento a que modifique o revise su planeamiento para que, desde el punto de vista ambiental, no se causen perjuicios permanentes o irreversibles. 6.- VALORACIÓN AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO PROPUESTO Analizada, estudiada y valorada la documentación generada en el expediente: INFORMO FAVORABLEMENTE, a los solos efectos ambientales, el PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DE LAS MARISMAS DE ISLA CRISTINA (HUELVA), cuyo titular es el AYUNTAMIENTO DE ISLA CRISTINA, siempre y cuando se cumplan

19080 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 las especificaciones indicadas en el presente Informe de Impacto Ambiental y aquellas incluidas en el Proyecto y en el Estudio de Impacto Ambiental que no se opongan a las anteriores. EL DELEGADO PROVINCIAL DESIGNACIÓN: ANEXO CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL PROYECTO PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DE LAS MARISMAS DE ISLA CRISTINA (HUELVA), cuyo titular es el AYUN- TAMIENTO DE ISLA CRISTINA. OBJETO DE LA MODIFICACIÓN: La finalidad del Plan Especial de Protección de las Marismas de Isla Cristina es desarrollar los denominados espacios libres de carácter supramunicipal colindantes con el Paraje Natural Marismas de Isla Cristina, cumpliendo con los criterios establecidos en la Declaración Definitiva de Impacto Ambiental de la Revisión-Adaptación del PGOU de Isla Cristina, emitida mediante Resolución de 27 de mayo de 2008. El ámbito territorial del Plan Especial de Protección comprende varias áreas que rodean el Paraje Natural de las Marismas de Isla Cristina En función de los valores ambientales del territorio, el Plan Especial define las siguientes zonas homogéneas, sobre la que se apoya la propuesta de ordenación: RIBERA SUR (SG-EL-2) Además de ampliar la protección del Paraje Natural de las Marismas de Isla Cristina, su función es integrar los pinares del monte público situado al Norte de la carretera A-5054, y dotar el Parque de un recorrido perimetral de uso público que permita la contemplación y el disfrute de la ría y las marismas, de forma compatible con su conservación. La prohibición de nuevas edificaciones en todo el istmo litoral Gunto con el parque litoral), mediante la obtención de la titularidad pública de todos los montes existentes en el mismo, es otro de los objetivos. Dentro de este ámbito, el cual incluye los suelos adscritos al SUBLES-1, se establece una subdivisión que atiende a una ordenación específica para cada sub-zona: Zona de Ordenación tipo Sur-A Se trata de la zona de pinar que constituye la zona de dominio público forestal, situada en la franja norte adyacente a la carretera A-5054, y que debe estar dedicada a la conservación de los valores naturales y al uso público de bajo impacto. Zona de Ordenación tipo Sur-B: Se trata de la zona excluida del monte público situada en la franja adyacente al limite sur del Paraje Natural, y que debe estar dedicada a recuperación de áreas degradadas y al uso público y recreativo ligado a la marisma. RIBERA ESTE (SG-EL-3) El ámbito abarca desde el deslinde de las marismas, y la ribera del mar, por el oeste, hasta la carretera HU-3400 por el este, y desde la nueva circunvalación de la Redondela, por el norte, hasta el nuevo Viario de Conexión entre La Viña y Urbasur, porel sur. Su función es el de anipliar la protección del Paraje natural, facilitando la contemplación y el disfrute del mismo por los ciudadanos, de forma compatible con la conservación de sus valores ambientales. Dentro de este ámbito, el cual comprende los ámbitos del SUBLES-2 y SUBLENS-4, se establece una subdivisión que atiende a una ordenación específica para cada sub-zona: Zona de Ordenación tipo Este-A: Se trata fundamentalmente de un área de cultivos herbáceos ubicada entre la actual carretera HU-3400, la futura circunvalación de La Redondela y la delimitación provisional del deslinde de dominio público marítimo-terrestre de fecha julio de 2006. El objetivo es la creación de una cubierta vegetal integrada en el paisaje, que sea compatible con el uso recreativo de la zona, tanto por parte de los visitantes como, fundamentalmente, por los habitantes del núcleo de La Redondela. Zona de Ordenación tipo Este-B: Se trata fundamentalmente de la zona de marisma localizada entre la línea de dominio público marítimo-terrestre recogida en el PGOU y la delimitación provisional de deslinde del dominio público marítimo-terrestre de fecha julio de 2006.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19081 El objetivo es la recuperación de los valores naturales de la marisma y el uso público de bajo impacto. Zona de Ordenación tipo Este-C: Se trata de la superficie de la zona de equipamientos del SG-EL-3 (SUBLES 2) situada fuera de la zona de servidumbre de protección de la delimitación provisional del deslinde del dominio público marítimo-terrestre, y por tanto, con vocación de acoger edificaciones dedicadas a equipamientos públicos complementarios al uso de sistema general de espacios libres. RIBERA NORTE (SG-EL4). El ámbito abarca toda la ribera norte del Paraje Natural incluida en los ámbitos SUBLES 6 y SUBLENS 3. La función es ampliar la protección del Paraje natural, facilitando la contemplación y el disfrute del mismo por los ciudadanos, de forma compatible con la conservación de sus valores ambientales. Dentro de este ámbito se establece una subdivisión que atiende a una ordenación específica para cada subzona: Zona de Ordenación tipo Norte-A: Se trata fundamentalmente de cultivos extensivos monoespecíficos de frutales en regadío, localizados en la franja adyacente al límite norte del Paraje Natural, y que debe estar dedicada a la eliminación de impactos agricolas sobre la marisma y recuperación de la cubierta vegetal de carácter natural y al uso recreativo ligado al funcionamiento de lamisma. Zona de Ordenación tipo Norte-B: Se trata de un área degradada por la presencia de un vertedero en el entorno de un arroyo que desemboca en las marismas del Carreras, localizado junto al SUBLES 6, y que debe ser dedicada a la eliminación de dicha fuente de impactos ambientales y paisajísticos y la recuperación de la cubierta vegetal de carácter natural. TRAMOS DE CONEXIÓN. Fuera del ámbito de la zonificación expuesta anteriormente, el Plan Especial requiere una ordenación exterior que recoja una serie de actuaciones encaminadas a la conexión entre las distintas áreas que conforman los espacios libres de carácter supramunicipal ubicados en el entorno del Paraje Natural y la con la red de itinerarios para tránsitos no motorizados prevista en el PGOU. Conexión Ribera Sur Ribera Este: La conexión entre la zona de Ribera Sur y Ribera Este precisa la creación de un tramo de trazado del sendero perimetral, adyacente a la carretera A-5054. Conexión Ribera Este Ribera Norte: La conexión entre la zona de Ribera Este y Ribera Norte se realiza dando continuidad al sendero perimetral mediante las siguientes actuaciones: Creación de un primer tramo de sendero adyacente al SG.V.4 por su margen exterior o Creación de un segundo tramo de sendero adyacente a la carretera HU-3300, hasta alcanzar la vía verde. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EDICTO PUBLICACIÓN B.O. P. PROVIDENCIAS DE APREMIO El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada relación, ha dictado la siguiente PROVIDENCIA DE APREMIO: En uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. 29-06-94) y el artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. 25-06-04), ordeno la ejecución contra el patrimonio del deudor. Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

19082 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente. La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de QUINCE DÍAS hábiles ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo, intereses en su caso, y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 del citado Reglamento General de Recaudación. Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Administración correspondiente dentro del plazo de 1 mes a partir del día siguiente a su notificación, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.3 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución del recurso. Dichas causas son: pago; prescripción; error material o aritmético en la determinación de la deuda; condonación o aplazamiento de la deuda; suspensión del procedimiento; falta de notificación de la reclamación de la deuda, cuando esta proceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que las mismas o las autoliquidaciones de cuotas originen. Transcurridos 3 meses desde la interposición del recurso de alzada sin que se haya resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92). Huelva, 25 noviembre 2010.- EL JEFE DE SECCIÓN, Fdo.: Francisco Pérez Moreno DIRECCION PROVINCIAL : 21 HUELVA DIRECCION: CL PUERTO 50 21001 HUELVA TELEFONO: 959 0492500 FAX: 959 0492539 JEFE DE SECCION FRANCISCO PÉREZ MORENO REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL 0111 10 21003344259 AGROFRESAS,S.A. PG INDUST.ALGARROBIT 21800 MOGUER 03 21 2010 026251451 0709 1209 1.596,01 0111 10 21003680628 ROJAS RODRIGUEZ JOSE JES PZ DEL CAUDILLO 21410 ISLA CRISTIN 02 21 2010 025866784 0310 0310 625,87 0111 10 21005187562 COM.PROP.ISLANTILLA SOL UR ISLANTILLA SOL 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 025854458 0110 0110 80,00 0111 10 21100293495 CONSTRUCCIONES NUÑEZ MOG CL PINO DE LA CORONA 21800 MOGUER 03 21 2010 026264181 0410 0410 6.876,29 0111 10 21100738887 COM.PROP.JOSE MARIA III UR EL PORTIL 21450 CARTAYA 03 21 2010 026269841 0410 0410 320,18 0111 10 21100887825 ITS-MONTAJES ELECTRICOS, PG INDUSTRIAL LA LUZ 21007 HUELVA 03 21 2010 026271356 0410 0410 3.059,60 0111 10 21101203982 VAZQUEZ ZAMORANO JOSEFA CL CARPA 55 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 026274790 0410 0410 497,45 0111 10 21101485181 MOGUER TELEVISION, S.L. CL LA PALMA 11 21800 MOGUER 03 21 2010 026278632 0410 0410 1.549,60 0111 10 21101755872 HERMANOS PEREZ CAMACHO,S CL CAMINO MONTEMAYOR 21800 MOGUER 03 21 2010 026282470 0410 0410 802,19 0111 10 21102230263 ASTM, CONTROL Y MEDIO AM PG LA LUZ PP. C2. PG 21007 HUELVA 03 21 2010 026287726 0410 0410 7.220,98 0111 10 21102230263 ASTM, CONTROL Y MEDIO AM PG LA LUZ PP. C2. PG 21007 HUELVA 03 21 2010 026287827 0410 0510 1.111,88 0111 10 21102528842 HERMANOS RAMIREZ MARTAGO ZZ APARTADO CORREOS 21005 HUELVA 03 21 2010 026293079 0410 0410 1.027,40 0111 10 21102573605 GONZALEZ GARCES JOSE R CL 29 DE JULIO 4 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026293988 0410 0410 2.112,95 0111 10 21102757501 JOSE ANTONIO RODRIGUEZ V UR VERDELUZ 20 21005 HUELVA 03 21 2010 025857791 0110 0110 120,00 0111 10 21102941595 MARTINEZ VIEJO MANUEL LG SECTOR K PARCELA 21760 TORRE DE LA 03 21 2010 026300355 0410 0410 14,99 0111 10 21103327373 JPSHDR SUMINISTROS INDUS AV DE NIEBLA 2 21720 NIEBLA 02 21 2010 026306520 0410 0410 600,62 0111 10 21103427710 GARYFIL SEVILLA,S.L. AV FUENTEPIñA 26 21130 MAZAGON 03 21 2010 026308237 0410 0410 5.363,24 0111 10 21103430740 CARMONA RUIZ MANUEL AV CARNALIEGA S/N 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026308338 0410 0410 545,40 0111 10 21103671624 JIMENEZ CARO ANGEL CL ALFONSO XII 37 21003 HUELVA 03 21 2010 026313590 0410 0410 517,85 0111 10 21103805707 BERRIES SPAIN DISTRIBUTI CL LIMONES 49 21800 MOGUER 03 21 2010 026316523 0410 0410 2.309,86 0111 10 21103836625 ADRIMAR PUNTA UMBRIA,S.L CL ANCHA 80 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 026316927 0410 0410 867,01 0111 10 21103855419 GIL DOMINGUEZ JUAN CARLO CL COSTAMAR 6 21130 MAZAGON 02 21 2010 025934179 0310 0310 2.466,80 0111 10 21103940493 EL TEMPLO DE HUELVA,S.L. CL GINES MARTIN 26 21002 HUELVA 03 21 2010 026319553 0410 0410 742,56 0111 10 21103966058 FELIX GEY JUAN MANUEL CL BAJA 36 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026320260 0410 0410 1.064,32 0111 10 21103987478 EMILIA MONTERO,S.L. ZZ CENTRO COMERCIAL 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026320866 0410 0410 452,24 0111 10 21104030423 MONTENEGRO PEREZ CARLOS CL PORTUGAL 7 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 026321876 0410 0410 1.018,64 0111 10 21104217854 EMILIA MONTERO,S.L. PO BARRANCO DEL MORO 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026324708 0410 0410 370,30 0111 10 21104221995 FALSA ESCUADRA,S.L. UR LOS ALMENDROS 4 21450 CARTAYA 03 21 2010 026324809 0410 0410 599,84 0111 10 21104304750 EL HASSAN --- NOURI CL ANTONIO MACHADO 4 21800 MOGUER 03 21 2010 026326526 0410 0410 1.287,23 0111 10 21104308588 PARRA RODRIGUEZ MANUEL AV LA CANALIEGA 6 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026326627 0410 0410 1.567,44 0111 10 21104365273 MARQUEZ RASCO FRANCISCO CL DESCUBRIDORES 15 21800 MOGUER 03 21 2010 026328142 0410 0410 1.619,68 0111 10 21104433476 RODRIGUEZ ROMERO ELOY CL ALMIRANTE 19 21800 MOGUER 03 21 2010 026328849 0410 0410 504,00 0111 10 21104472781 PULIMENTOS MANOTA,S.L. PZ AMAPOLAS 2 21006 HUELVA 03 21 2010 026329859 0410 0410 1.034,62 0111 10 21104584131 HUELVA JARH TRANSPORT,S. CL JORGE JUAN 3 21005 HUELVA 03 21 2010 026332586 0410 0410 1.073,12 0111 10 21104687801 DIONISIO RODRIGUEZ MARGA CL FERNANDO EL CATOL 21001 HUELVA 03 21 2010 026335115 0410 0410 286,72 0111 10 21104769946 HOLL RENE PROMOCIONES,S. CL TRES DE AGOSTO 15 21003 HUELVA 03 21 2010 026336731 0410 0410 1.370,02 0111 10 21104779040 HORMIFERRUM,S.L.UNIPERSO CL SANTA OLALLA 52 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026337034 0410 0410 370,99 0111 10 21104851586 ASESORIA CARLOS COLUME,S CL SERAFIN ROMEU POR 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026339054 0410 0410 436,04 0111 10 21105042354 DE LA O LARES MARIA CARM CL CAÑABATE 18 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026344714 0410 0410 1.387,57 0111 10 21105097726 GONZALEZ GARRIDO RAUL CL SANLUCAR DE GUADI 21007 HUELVA 03 21 2010 026346532 0410 0410 376,63 0111 10 21105133391 CONSTRUMAR SUR,S.L. AV CONSTITUCION 1 21800 MOGUER 03 21 2010 026347744 0410 0410 1.456,70 0111 10 21105140263 FACE LA NUIT S.L. CL CONSTITUCION 4 21200 ARACENA 03 21 2010 026347845 0410 0410 479,44

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19083 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0111 10 21105167545 PVC ACEVEN,S.L. CL GONGORA 15 21500 GIBRALEON 03 21 2010 026112520 1106 1106 71,56 0111 10 21105168656 BRIZO ALVAREZ JOSE ANGEL BD MARIA AUXILIADORA 21420 POZO DEL CAM 03 21 2010 026348249 0410 0410 1.151,76 0111 10 21105212712 STANDEN --- ANDREW CL LA BARRERA 3 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 026349865 0410 0410 275,52 0111 10 21105257471 CONSTRUCCIONES HERMANOS CL SANTO CRISTO 42 21800 MOGUER 03 21 2010 026350673 0410 0410 2.281,42 0111 10 21105279093 RODRIGUEZ REVIEJO ADALBE CL GRAN VIA 23 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026351077 0410 0410 10,13 0111 10 21105305163 EXCAVACIONES BRIZO,S.L. CL APAREJADOR MANUEL 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026351784 0410 0410 1.582,91 0111 10 21105305163 EXCAVACIONES BRIZO,S.L. CL APAREJADOR MANUEL 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026351885 0410 0410 87,05 0111 10 21105571309 MOMBASSA COFEE HUELVA,S. CL GINES MARTIN 20 21002 HUELVA 03 21 2010 026360777 0410 0410 3.120,24 0111 10 21105590204 SILVA MARTINEZ MANUEL CL GARCIA LORCA 22 21430 REDONDELA L 03 21 2010 026361282 0410 0410 177,14 0111 10 21105650020 KAUR SIDHU PERMINDER UR NUEVA HUERTA 14 21400 AYAMONTE 03 21 2010 020616862 0709 0709 280,40 0111 10 21105669521 PEREZ NIEVES ALBERTO CL DE LOS SAUCES 24 21400 AYAMONTE 03 21 2010 026363609 0410 0410 355,06 0111 10 21105713876 CORDERO MANHUALAYA MANUE AV FEDERICO MOLINA 5 21004 HUELVA 03 21 2010 026365326 0410 0410 1.039,70 0111 10 21105765713 CONSTRUCCIONES Y REFORMA CL BRASIL 12 21007 HUELVA 03 21 2010 026366639 0410 0410 1.767,44 0111 10 21105775615 ANDRADES NUÑEZ MARIA TER CL BAJA 131 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026367447 0410 0410 147,96 0111 10 21105786123 CONSTRUCCIONES Y PROMOCI CL MASTIL 2 21007 HUELVA 03 21 2010 026367851 0410 0410 667,12 0111 10 21105811583 CABALLERO VAZQUEZ JOSE L CL MARINA ESPAñOLA 9 21260 SANTA OLALLA 03 21 2010 026368659 0410 0410 217,50 0111 10 21105817344 OCIO Y BELLEZA HUELVA 20 CL MENENDEZ PELAYO 1 21002 HUELVA 04 21 2009 000042375 0109 1209 751,20 0111 10 21105875544 INSTITUTO DE INGENIERIA CL CONDE DE BARBATE 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026370578 0410 0410 1.102,90 0111 10 21105885143 ESTRUCTURAS LAS SALINAS, AV RAZA 23 21002 HUELVA 03 21 2010 026370881 0410 0410 755,28 0111 10 21106018923 GUARCH PRIETO, COM.B. PZ AYUNTAMIENTO 1 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026376844 0410 0410 344,34 0111 10 21106020438 EL RINCOCITO DE BELLAVIS CL HERRERA - LOCAL C 21122 BELLAVISTA 03 21 2010 026376945 0410 0410 477,38 0111 10 21106072271 ROMERO ROMERO HORACIO CL MURILLO 19 21122 BELLAVISTA 02 21 2010 025994605 0310 0310 1.029,82 0111 10 21106072271 ROMERO ROMERO HORACIO CL MURILLO 19 21122 BELLAVISTA 02 21 2010 026378258 0410 0410 996,60 0111 10 21106119054 GONZALEZ GARCIA DAVID ZZ C.C. ISLANTILLA 3 21449 ANTILLA LA 04 21 2008 000089280 0108 1208 751,20 0111 10 21106148053 AGUA Y CAFE DISTRIBUCION CL VALDEFLORES DEL C 21450 CARTAYA 03 21 2010 026382605 0410 0410 849,30 0111 10 21106195947 VALERO OBRAS DEL SUR,S.L CL ISLAS MALVINAS 13 21007 HUELVA 03 21 2010 026385029 0410 0410 1.558,51 0111 10 21106257076 GRAN VIA MONTATE,S.L. CL GRAN VIA 11 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026386948 0410 0410 940,56 0111 10 21106320532 NUEVO ESTILO ANDALUZ,S.L CL ANTONIO DELGADO 8 21007 HUELVA 03 21 2010 026388463 0410 0410 768,28 0111 10 21106323966 FRUTAS MORENO MOGUER, S. PG DE LOS ARROYOS 21800 MOGUER 03 21 2010 026388766 0410 0410 5.981,11 0111 10 21106326592 TELECOMUNICACIONES ANLUC CL FRAY ANGEL ORTEGA 21450 CARTAYA 03 21 2010 026388968 0410 0410 655,34 0111 10 21106331040 MARQUES DOS SANTOS EMILI CL ALBAHACA 3 21400 AYAMONTE 02 21 2010 026389271 0410 0410 268,58 0111 10 21106339427 MONTAJES E INSTALACIONES CL PADRE ANDIVIA 9 21002 HUELVA 03 21 2010 026389675 0410 0410 2.832,24 0111 10 21106353975 MULTICALZADOS COSTA DE L ZZ CENTRO COMERCIAL 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 026391291 0410 0410 3.654,72 0111 10 21106360140 DIAZ MARTIN MARIA PILAR CL DEL PRADO 2 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026391594 0410 0410 1.108,55 0111 10 21106393684 ALROMACONS,S.L. CL JAGUARZO 1 21730 ALMONTE 03 21 2010 026394022 0410 0410 1.605,61 0111 10 21106426121 KARLIN PALACIOS, S.L.U. CL FILON NORTE B - F 21120 CORRALES 03 21 2010 026395133 0410 0410 422,05 0111 10 21106480277 SANTOS Y MARTINUSSEN PRO UR HOYO CUATRO 70 21450 CARTAYA 03 21 2010 026398264 0410 0410 585,29 0111 10 21106482705 BIEDMA RODRIGUEZ LUIS MA CL ABOGADO FLORENCIO 21440 LEPE 03 21 2010 026017944 0310 0310 714,62 0111 10 21106511094 POSYTRANS 2009,S.L. PG IND. EXPASA - NAV 21610 SAN JUAN DEL 03 21 2010 026400082 0410 0410 3.537,55 0111 10 21106517461 LOPEZ MASOLIVER MONICA CL NICOLAS ORTA (LOC 21006 HUELVA 02 21 2010 026400789 0410 0410 1.499,72 0111 10 21106517461 LOPEZ MASOLIVER MONICA CL NICOLAS ORTA (LOC 21006 HUELVA 02 21 2010 026453535 0510 0510 1.021,09 0111 10 21106585361 SOLUCIONES KOSMETICAS,S. CL JAEN 23 21004 HUELVA 03 21 2010 026405742 0410 0410 384,31 0111 10 21106594859 54INNOVA24H,S.L. UR ALBATROS GOLF II 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026406449 0410 0410 1.621,10 0111 10 21106594859 54INNOVA24H,S.L. UR ALBATROS GOLF II 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026406550 0410 0410 28,19 0111 10 21106644874 BELLA IGLESIA EDUARDO CL CONCEPCION 2 21730 ALMONTE 03 21 2010 026409782 0410 0410 194,39 0111 10 21106654978 LA CANALIEGA,S.I. CL MARTIN VILLA 2 21730 ALMONTE 03 21 2010 026410893 0410 0410 1.343,34 0111 10 21106676095 CIALEBLA,S.L.U. CL ENCRUCIJADA 1 21850 VILLARRASA 02 21 2010 026412412 0410 0410 755,22 0111 10 21106676196 CIALEBLA,S.L.U. CL ENCRUCIJADA 1 21850 VILLARRASA 02 21 2010 026412513 0410 0410 948,86 0111 10 21106683169 CIALEBLA,S.L.U. CL ENCRUCIJADA 1 21850 VILLARRASA 02 21 2010 026413119 0410 0410 346,79 REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS 0521 07 030106528969 MARTIN MARTIN ROSA MARIA CL PALACIO 7 21500 GIBRALEON 03 21 2010 028450725 0510 0510 312,14 0521 07 041001523215 GARCIA LAMARCA DIEGO CT NAL. 430, KM.636 21007 HUELVA 03 21 2010 028552169 0510 0510 311,14 0521 07 050018438274 LOPEZ MARTIN JAVIER AV PARQUE 59 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028451129 0510 0510 368,71 0521 07 071002374137 SANCHEZ MATINUSSEN GREGO UR HOYO 4 21459 LAGUNA DEL P 03 21 2010 028451735 0510 0510 302,04 0521 07 080290393269 FERNANDEZ MOYA TEODOSIO CL ACACIA 16 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028451937 0510 0510 302,04 0521 07 080311272925 GALBARRO CAPOTE FRANCISC CL SAN JUAN XXIII 19 21500 GIBRALEON 03 21 2010 028452139 0510 0510 302,04 0521 07 081113305240 BIRYUKOV --- EDUARD UR SANTA MARIA DEL P 21005 HUELVA 03 21 2010 028553482 0510 0510 368,71 0521 07 161004751293 JACOME QUIRANZA VICTORIA CL LAS ROSAS 9 21440 LEPE 03 21 2010 025650859 0310 0310 302,04 0521 07 161004751293 JACOME QUIRANZA VICTORIA CL LAS ROSAS 9 21440 LEPE 03 21 2010 025650960 0410 0410 302,04 0521 07 170060152458 RODRIGUEZ ALVAREZ JOSE M AV ESPAÑA 82 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028456280 0510 0510 302,04 0521 07 191001658056 ZHOU --- XIAOZHONG CL CONCHA ALVAREZ FE 21440 LEPE 03 21 2010 025651768 0410 0410 302,04 0521 07 210017013642 GONZALEZ GARCES JOSE R CL BAJA, 4 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028457795 0510 0510 302,04 0521 07 210017076993 MILLAN VAZQUEZ MANUEL CL HERMANOS MACHADO 21122 BELLAVISTA 03 21 2010 028331594 0510 0510 317,70 0521 07 210018230586 MORENO BAEZ MANUEL UR VERDELUZ 5 21005 HUELVA 03 21 2010 028557122 0510 0510 302,04 0521 07 210019535642 SILVA MARTINEZ MANUEL CL GARCIA LORCA 22 21430 REDONDELA L 03 21 2010 028459112 0510 0510 302,04 0521 07 210020428143 MACIAS RASTROJO FRANCISC CL RODRIGO DE CASTRO 21004 HUELVA 03 21 2010 028559950 0510 0510 302,04 0521 07 210020825439 BLANCO SANTOS VICENTE CL ROGELIO BUENDIA 7 21005 HUELVA 03 21 2010 028560859 0510 0510 302,04 0521 07 210020842415 MARTIN MORA JOSE MARIA CL JACINTO BENAVENTE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 028459819 0510 0510 302,04 0521 07 210021290231 MARTIN CORREA JUAN CL LAS FLORES 16 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028460021 0510 0510 302,04 0521 07 210021415422 LOZANO GARCIA MANUEL BD DEL ROCIO 2 21110 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028460122 0510 0510 319,73 0521 07 210022007324 MANOTA GOMEZ JOSE MARIA PZ LAS AMAPOLAS 2 21005 HUELVA 03 21 2010 028561768 0510 0510 302,04 0521 07 210022129986 GARCIA LUIS MANUEL CL REDEROS 4 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028461132 0510 0510 498,05 0521 07 210022138878 HERNANDEZ QUINTERO JOSE CL ARQUITECTO PEREZ 21003 HUELVA 03 21 2010 017672813 0110 0110 268,70 0521 07 210022138878 HERNANDEZ QUINTERO JOSE CL ARQUITECTO PEREZ 21003 HUELVA 03 21 2010 018305333 0210 0210 268,70

19084 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0521 07 210022138878 HERNANDEZ QUINTERO JOSE CL ARQUITECTO PEREZ 21003 HUELVA 03 21 2010 022705796 0310 0310 268,70 0521 07 210022138878 HERNANDEZ QUINTERO JOSE CL ARQUITECTO PEREZ 21003 HUELVA 03 21 2010 023422283 0410 0410 268,70 0521 07 210022138878 HERNANDEZ QUINTERO JOSE CL ARQUITECTO PEREZ 21003 HUELVA 03 21 2010 023422384 0510 0510 268,70 0521 07 210022179395 CABALLERO GIL INMACULADA CL PEPE PIRFO, EDIF. 21002 HUELVA 03 21 2010 028334628 0510 0510 302,04 0521 07 210022287614 MOLINA CORTES JUAN JOSE CL AMAPOLA 65 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028461536 0510 0510 302,04 0521 07 210022294078 GOMEZ LIMON JUAN CL LOS BARROS 5 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 028461637 0510 0510 688,98 0521 07 210022440689 PEREIRA RIVERA DIAMANTIN CL VILLACISNEROS 14 21120 CORRALES 03 21 2010 028461738 0510 0510 302,04 0521 07 210022496566 RODRIGUEZ LOPEZ JOSE ANT CL CERVANTES 106 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028461940 0510 0510 302,04 0521 07 210022533144 MATEO PINO SEBASTIAN CL PEZ 34 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028462041 0510 0510 302,04 0521 07 210022818686 ALFONSO ROSARIO JOSE CL SAN PEDRO 17 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028462647 0510 0510 583,14 0521 07 210022927915 MORALES CABALLERO JOSE L CL LISA 1 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028462950 0510 0510 302,04 0521 07 210023445146 JACINTO PEREZ MANUEL JOA CL DOCTOR MARAÑON 38 21730 ALMONTE 03 21 2010 028335133 0510 0510 302,04 0521 07 210023462425 PALOMINO RODRIGUEZ RAMON CL DIEGO PEREZ PASCU 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028463455 0510 0510 368,71 0521 07 210023506376 PEREZ MARTIN LEONOR CL BONARES 5 21007 HUELVA 03 21 2010 028564394 0510 0510 302,04 0521 07 210023559526 ARIAS RAMOS FERNANDO AV DE LOS GALEOTES 5 21007 HUELVA 03 21 2010 028564596 0510 0510 302,04 0521 07 210023715332 MURILLO BARBA PABLO JOSE CL VILA REAL 3 21007 HUELVA 03 21 2010 028564802 0510 0510 368,71 0521 07 210023750795 AGUILAR GARCIA MANUEL PA CL MONCAYO 23 21006 HUELVA 03 21 2010 028565004 0510 0510 302,04 0521 07 210024560747 DE LA O LARES MARIA CARM CL CAÑAVATE 18 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028464465 0510 0510 541,64 0521 07 210024876096 CORREA PELAEZ MANUEL AV MAGALLANES 52 TOR 21459 LAGUNA DEL P 03 21 2010 028465273 0510 0510 302,04 0521 07 210024905200 MAESTRE RODRIGUEZ TRUJIL CL ROMPEOLAS SN 21130 MAZAGON 03 21 2010 028566216 0510 0510 302,04 0521 07 210025099503 MARTIN GARRIDO JOSE CL PLATERO 18 21800 MOGUER 03 21 2010 028566418 0510 0510 302,04 0521 07 210025193772 ROJAS RODRIGUEZ JOSE JES PZ DEL CAUDILLO, 2 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028465576 0510 0510 597,73 0521 07 210026390512 PEREZ NAVARRO ROMAN PZ CAUDILLO 10 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028467091 0510 0510 302,04 0521 07 210026541870 PARRALES GUTIERREZ JOSE CL ODON BETANZO 47 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 028338163 0510 0510 433,44 0521 07 210026551469 CARDENAS RODRIGUEZ JOSE ZZ FINCA LA CERQUILL 21430 REDONDELA L 03 21 2010 028467394 0510 0510 259,12 0521 07 210027305039 CABALLERO NAVARRO FRANCI CL MARINA ESPAÑOLA 5 21260 SANTA OLALLA 03 21 2010 028417379 0510 0510 302,04 0521 07 210027345758 PALOMEQUE PIOSA MANUEL CL SAN JUAN DEL PUER 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028468509 0510 0510 313,66 0521 07 210027511870 MUNUERA PEREZ JUAN MANUE CL MANUEL SANCHEZ 28 21004 HUELVA 03 21 2010 028571165 0510 0510 302,04 0521 07 210027788322 CALERO FLORES PEDRO JOSE CL NUñEZ DE BALBOA 5 21004 HUELVA 03 21 2010 028571670 0510 0510 302,04 0521 07 210027823987 GONZALEZ BRIHUEGA MARIA CL ROMPEOLAS SN 21130 MAZAGON 03 21 2010 028571872 0510 0510 302,04 0521 07 210027844805 RODRIGUEZ RODRIGUEZ FRAN CL CANARIO 5 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028469216 0510 0510 302,04 0521 07 210027853188 PEREZ PEREZ JOSE MANUEL CL VALDEFLORES DEL C 21450 CARTAYA 03 21 2010 028469317 0510 0510 302,04 0521 07 210028038094 DOMINGUEZ LOPEZ JOAQUIN CL SAN SEBASTIAN 40 21850 VILLARRASA 03 21 2010 028340486 0510 0510 302,04 0521 07 210028420640 GONZALEZ BORRERO JOSE CL VAZQUEZ DIAZ 2 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028572579 0510 0510 368,71 0521 07 210028609384 CARRASCO MARQUEZ JOSE TO CL REAL 43 21440 LEPE 03 21 2010 028470832 0510 0510 325,62 0521 07 210029182189 CABRERA TORRES AGUSTIN CL RABIDA 47 21730 ALMONTE 03 21 2010 028341904 0510 0510 313,66 0521 07 210029443382 GAVIRA LLANCE AGUSTIN CL JUAN RAMON JIMENE 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 028342409 0510 0510 302,04 0521 07 210029544022 PEVIDAD VIZCAINO JOSE CL NUEVA 100 21850 VILLARRASA 03 21 2010 028342611 0510 0510 302,04 0521 07 210030072973 CHAVES CRUZ JUAN CL CAñADA PEDRO GONZ 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028473963 0510 0510 302,04 0521 07 210030118342 MUÑOZ BARRERA ANTONIO AV ALEMANIA 120 21002 HUELVA 03 21 2010 028343924 0510 0510 302,04 0521 07 210030263135 MEDINA MARTIN ANTONIO DI CL ALCANTARILLA 23 21730 ALMONTE 03 21 2010 028344631 0510 0510 302,04 0521 07 210030298396 MEDINA DOMINGUEZ ANTONIO CL APARICION 59 21850 VILLARRASA 03 21 2010 028344833 0510 0510 302,04 0521 07 210030340735 GONZALEZ PEREZ FRANCISCO CL FINCA VALLE SAN F 21450 CARTAYA 03 21 2010 028474468 0510 0510 302,04 0521 07 210030564845 CACERES FERNANDEZ ANA CL HERMANOS MACHADO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028576926 0510 0510 249,01 0521 07 210030734593 GONZALEZ TORILO JUAN MAN CL JUAN RAMON JIMENE 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 028420817 0510 0510 302,04 0521 07 210031040650 PONCE DE LEON DOMINGUEZ CL CANARIO 5 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028475579 0510 0510 317,70 0521 07 210031090160 GALAN VAZQUEZ JOAQUIN AN CL ALFONSO XII 37 21001 HUELVA 03 21 2010 028345641 0510 0510 302,04 0521 07 210031160080 MARTINEZ PELAEZ ROSARIO CL SANTIAGO 23 21730 ALMONTE 03 21 2010 028345843 0510 0510 302,04 0521 07 210031313664 PRIETO CAMACHO JUAN JOSE CL CARABELA 10 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028476387 0510 0510 327,30 0521 07 210031652053 LOPEZ VALERO JOSE MANUEL CL ISLAS MALVINAS 13 21006 HUELVA 03 21 2010 028421928 0510 0510 302,04 0521 07 210031701664 MORA PEREZ MANUEL CL VIRGEN DEL ROCIO 21610 SAN JUAN DEL 03 21 2010 028579148 0510 0510 317,70 0521 07 210031794624 ESTEVEZ DIAZ JUAN CL DAMA DE NOCHE 3 21440 LEPE 03 21 2010 025671168 0410 0410 302,04 0521 07 210031833222 PEREIRA SERRANO MARIA AN CL ERMITA 66 21420 POZO DEL CAM 03 21 2010 028477296 0510 0510 368,71 0521 07 210032012872 PEREIRA SERRANO JOSE MAN CT POZO DEL CAMINO 3 21420 POZO DEL CAM 03 21 2010 028478108 0510 0510 302,04 0521 07 210032015704 SARE RODRIGUEZ BELLA CL CONDE DE VALLELLA 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028478209 0510 0510 302,04 0521 07 210032086634 BARROSO RODRIGUEZ MANUEL PZ DE LA CIGUEñA 18 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028478512 0510 0510 368,71 0521 07 210032175752 CONDE GALLARDO FRANCISCO CL PERAL 4 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028479219 0510 0510 302,04 0521 07 210032197374 NDOYE --- DJIBRIL CL ANDEVALO 29 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028479320 0510 0510 265,12 0521 07 210032255978 RODRIGUEZ DURAN ESTHER D CL ARGONAUTAS 6 21007 HUELVA 03 21 2010 028580461 0510 0510 317,70 0521 07 210032358638 ALFONSO RODRIGUEZ FRANCI PZ DEL POZO 54 21440 LEPE 03 21 2010 028479623 0510 0510 302,04 0521 07 210032435329 AMEZQUITA PEREZ JUAN MAN CL DAVID CLARK 33 21120 CORRALES 03 21 2010 028480027 0510 0510 302,04 0521 07 210032495549 OJUELOS PICON MARIA ANGE CL MALVA 18 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028581168 0510 0510 337,40 0521 07 210032503027 SOLTERO DELGADO JOSE IGN CL SEBASTIAN CONDE 2 21730 ALMONTE 03 21 2010 028348671 0510 0510 368,71 0521 07 210032811710 RUFO BELTRAN MATIAS CL FENICIOS 17 21007 HUELVA 03 21 2010 028582077 0510 0510 302,04 0521 07 210032848284 ABREU MURIEL JUAN MANUEL CL PENSAMIENTO 4 21440 LEPE 03 21 2010 025675010 0410 0410 259,12 0521 07 210032854146 RODRIGUEZ BORREGO JOSE M CL CALERA 8 21800 MOGUER 03 21 2010 028582279 0510 0510 337,40 0521 07 210032858994 MOLINA FERRADANES RAFAEL CL MARQUES DE DOSFUE 21004 HUELVA 03 21 2010 028582380 0510 0510 302,04 0521 07 210032888502 LOPEZ VALDAYO ANTONIO MA CL NTRA.SRA. DE LAS 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 028349782 0510 0510 302,04 0521 07 210032974182 MARQUEZ RAMOS ANTONIO CL ALMIRANTE 11 21800 MOGUER 03 21 2010 028582784 0510 0510 302,04 0521 07 210033071990 MUÑOZ MARQUEZ ANTONIO PZ NARDOS 3 21005 HUELVA 03 21 2010 025773626 0410 0410 302,04 0521 07 210033071990 MUÑOZ MARQUEZ ANTONIO PZ NARDOS 3 21005 HUELVA 03 21 2010 028583188 0510 0510 302,04 0521 07 210033094323 VAZQUEZ MARTIN JOSE MANU CL CIGUEÑA 24 21459 LAGUNA DEL P 03 21 2010 028481744 0510 0510 302,04 0521 07 210033572552 SOUSA-CALE GARCIA MANUEL CL APARTADO DE CORR 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028483259 0510 0510 302,04 0521 07 210033772919 MORENO PONCE FRANCISCO M AV CRISTOBAL COLON 1 21002 HUELVA 03 21 2010 028351604 0510 0510 368,71 0521 07 210033866986 VELASCO NEVADO MIGUEL AN CL HERNAN CORTES 1 21001 HUELVA 03 21 2010 028352008 0510 0510 302,04 0521 07 210033874161 MEDEL ILLESCA JOSE MANUE CL DIEGO BERMUDEZ 2 21002 HUELVA 03 21 2010 028352109 0510 0510 334,37

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19085 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0521 07 210033932159 FORTES GOMEZ ANTONIO CL VAZQUEZ LOPEZ, 43 21001 HUELVA 03 21 2010 028353523 0510 0510 342,49 0521 07 210034095847 MARAVER MORENO ANA MARIA CL ESTACADILLA 71 21730 ALMONTE 03 21 2010 028353725 0510 0510 302,04 0521 07 210034106456 MESA FERNANDEZ SEBASTIAN CL JULIO ROMERO DE T 21122 BELLAVISTA 03 21 2010 028484370 0510 0510 313,66 0521 07 210034331273 TINOCO MARTIN JOSEFA MAR CL RAMON CAMPOAMOR, 21005 HUELVA 03 21 2010 028586121 0510 0510 302,04 0521 07 210034988752 DELGADO ESTEBAN MIGUEL A PZ DEL MAYOR DOLOR 1 21200 ARACENA 03 21 2010 028425463 0510 0510 302,04 0521 07 210035055238 LOPEZ CORDERO PEDRO LUIS CL AVDA. SANTA CLARA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028588242 0510 0510 302,04 0521 07 210035144760 JIMENEZ CARO ANGEL CL ALFONSO XII 37 21003 HUELVA 03 21 2010 028355442 0510 0510 302,04 0521 07 210035374631 CARRASCO JIMENEZ JUAN VI CL LA PAZ 4 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028487707 0510 0510 302,04 0521 07 210035586718 VILLA TORRE RAFAEL JESUS CL BEGONIA - ALJAPAR 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028488313 0510 0510 302,04 0521 07 210035591768 ALFONSO RODRIGUEZ ANGUST CL CARLOS CANO 27 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028488515 0510 0510 302,04 0521 07 210035693519 MAESTRE LIMON FELISA PZ DE ESPAñA, 16 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 028488818 0510 0510 332,57 0521 07 210036205595 REDONDO PORTILLO EMILIO CL BULEVAR DE LOS AZ 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028491040 0510 0510 302,04 0521 07 210036257331 MACIAS LOPEZ JOSE LUIS PG SAN DIEGO C/ B NA 21007 HUELVA 03 21 2010 028589959 0510 0510 318,20 0521 07 210036774764 SANCHEZ PINTO INMACULADA CL CRISANTEMO 7 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028491949 0510 0510 302,04 0521 07 210036852263 FERNANDEZ MONTES ANTONIO CL RIO GUADIANA 21591 SAN SILVESTR 03 21 2010 028492252 0510 0510 302,04 0521 07 210037068895 CORDERO RODRIGUEZ JOSE L CL MAR DE LEVA 43 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028492858 0510 0510 302,04 0521 07 210037273407 RODRIGUEZ MANOTA FELIX AV LAS MAGNOLIAS 70 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028360900 0510 0510 319,73 0521 07 210037345246 TORO GARCIA CRISTOBAL CL EL PILAR 64 21830 BONARES 03 21 2010 028591878 0510 0510 317,70 0521 07 210037380713 VIEJO MUÑOZ PEDRO CL POCITO 55 21730 ALMONTE 03 21 2010 028361001 0510 0510 302,04 0521 07 210037519341 PEÑA GIL JOSE LUIS CL MATIAS CABOT 21 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028494676 0510 0510 317,70 0521 07 210037623516 PADILLA CANO CARLOS CL GINES MARTIN 11 21002 HUELVA 03 21 2010 028361607 0510 0510 302,04 0521 07 210037693840 SILVERA VIVAS MIGUEL ANG CL HNOS.ALVAREZ QUIN 21005 HUELVA 03 21 2010 028592989 0510 0510 326,36 0521 07 210038096388 PEREIRA GUERRERO MANUEL CL URUGUAY 19 21450 CARTAYA 03 21 2010 028496595 0510 0510 302,04 0521 07 210038141757 SIERRA OLIVA JOSE ANTONI CL ROSA 41 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028496700 0510 0510 302,04 0521 07 210038146912 PARDO GONZALEZ SEBASTIAN CL CONCEPCION 23 21730 ALMONTE 03 21 2010 028362314 0510 0510 249,01 0521 07 210038164490 GIL DOMINGUEZ JUAN CARLO CL COSTAMAR 6 21130 MAZAGON 03 21 2010 028594912 0510 0510 368,71 0521 07 210038225219 GARRIDO DOMINGUEZ MARIAN AV CONSTITUCION 1 21800 MOGUER 03 21 2010 028595013 0510 0510 302,04 0521 07 210038347881 GONZALEZ MORENO FATIMA AV CRISTOBAL COLON 1 21002 HUELVA 03 21 2010 028362819 0510 0510 319,73 0521 07 210038440942 JIMENEZ FERNANDEZ JUAN R CL FENICIOS, 4 21006 HUELVA 03 21 2010 028595518 0510 0510 331,34 0521 07 210038578661 PEREZ RIVERA CONCEPCION CL BLAS INFANTE 77 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028497811 0510 0510 313,66 0521 07 210038865520 TOME MARTIN JERONIMO JAV CL ISLA SALTES 1 21005 HUELVA 03 21 2010 028596629 0510 0510 302,04 0521 07 210038899872 LUIS ESTEVEZ TERESA JESU CL JESUS DEL GRAN PO 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028498720 0510 0510 302,04 0521 07 210038947867 VAZQUEZ CABALLERO JESUS CL PALOS DE LA FRONT 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028498922 0510 0510 302,04 0521 07 210039061742 MARTIN GUTIERREZ SEBASTI CL PABLO NERUDA 50 21610 SAN JUAN DEL 03 21 2010 028597134 0510 0510 302,04 0521 07 210039307272 GALDAMEZ MEGA PLACIDO UR VILLA ANTONIA C/ 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028499326 0510 0510 302,04 0521 07 210039331019 HENARES MEDEL JUAN MARIA CL MARQUES DE DOSFUE 21004 HUELVA 03 21 2010 028597639 0510 0510 302,04 0521 07 210039378509 RIVERA RAMIREZ MARIA EST CL RIO TINTO 15 21120 CORRALES 03 21 2010 028499629 0510 0510 342,49 0521 07 210039514006 CARRASCO MARTIN CRISTOBA CL NARDOS, 4 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028499932 0510 0510 302,04 0521 07 210039548863 ORNEDO MULERO ROSA MARIA PZ ALTISIDORA 2 21007 HUELVA 03 21 2010 028598447 0510 0510 302,04 0521 07 210039813894 DIEZ ALMEIDA MARIA CARME CL GRANADA URB. URBE 21459 ROMPIDO EL 03 21 2010 028500740 0510 0510 302,04 0521 07 210039975764 ARROYO GRAJERA FAUSTO JO CL HERMANOS MACHADO 21122 BELLAVISTA 03 21 2010 028501245 0510 0510 302,04 0521 07 211000031656 BOTELLO ROJAS CARMEN CL ESPAñA, 141 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028502255 0510 0510 325,62 0521 07 211000131585 MORENO SANCHEZ JUAN MANU CL GLORIA FUERTES 27 21130 MAZAGON 03 21 2010 028599760 0510 0510 302,04 0521 07 211000142804 VARGAS JIMENEZ JUAN MANU CL PATERNA 24 21860 VILLALBA DEL 03 21 2010 028502659 0510 0510 265,12 0521 07 211000233033 LARGO CARDENAS TEOFILO CL VARADERO 10 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028503467 0510 0510 337,40 0521 07 211000339228 FERNANDEZ VAZQUEZ MANUEL CL AL. LUIS HDEZ. PI 21006 HUELVA 03 21 2010 028369081 0510 0510 313,66 0521 07 211000358022 BIANCO PEREZ GUILLERMO AV ALEMANIA 122 21002 HUELVA 03 21 2010 028369182 0510 0510 313,66 0521 07 211000431174 GARCIA RODRIGUEZ ANTONIO CL MOLINOS 53 21800 MOGUER 03 21 2010 028600568 0510 0510 317,70 0521 07 211000507663 BRIZO ALVAREZ JOSE ANGEL BD MARIA AUXILIADORA 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028504275 0510 0510 313,66 0521 07 211000589711 GARRIDO DOMINGUEZ JOAQUI CL ANCHA 46 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028504578 0410 0410 313,66 0521 07 211000589711 GARRIDO DOMINGUEZ JOAQUI CL ANCHA 46 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028504679 0510 0510 313,66 0521 07 211000640837 BORRERO LOPEZ ESPERANZA CL GIRASOL 14 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028600972 0510 0510 311,14 0521 07 211000667816 PAZO GONZALEZ ANGEL CL ANTONIO DELGADO 2 21006 HUELVA 03 21 2010 028601073 0510 0510 317,70 0521 07 211000725511 GARRIDO MARQUEZ JOSE ANT UR LA GOLETA CL BUIT 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028505386 0510 0510 302,04 0521 07 211000822006 VARELA GARRIDO ANTONIO J CL VAZQUEZ LOPEZ 29 21001 HUELVA 03 21 2010 028370091 0510 0510 302,04 0521 07 211000963765 VIUDES GOMEZ MANUEL CL SANLUCAR 3 21550 PUEBLA DE GU 03 21 2010 028431931 0510 0510 302,04 0521 07 211001067536 PEREZ MARQUEZ FRANCISCO CL OBISPO DIAZ BERNA 21007 HUELVA 03 21 2010 028601578 0510 0510 302,04 0521 07 211001084916 RUIZ ORTA MANUEL UR LOS ARCOS 9 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028506396 0310 0310 302,04 0521 07 211001084916 RUIZ ORTA MANUEL UR LOS ARCOS 9 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028506400 0410 0410 302,04 0521 07 211001084916 RUIZ ORTA MANUEL UR LOS ARCOS 9 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028506501 0510 0510 302,04 0521 07 211001394205 BRIZO ALVAREZ JUAN RAMON CL APAREJADOR MANUEL 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028507107 0510 0510 302,04 0521 07 211001555263 CORTIJO ROMERO JUAN MANU CL ORENSE, 20 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028507511 0510 0510 302,04 0521 07 211001572037 VAZQUEZ ZAMORANO JOSEFA CL CARPA 55 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028507612 0510 0510 317,70 0521 07 211001636196 PEVIDAD GARCIA ANTONIO CL NUEVA 61 21850 VILLARRASA 03 21 2010 028371105 0510 0510 318,67 0521 07 211001698440 REGIDOR PEREZ MANUEL CL ANTONIO MACHADO 5 21800 MOGUER 03 21 2010 028602891 0510 0510 368,71 0521 07 211001803322 MORENO PEDRERO FRANCISCO UR TORREONES DE CART 21459 LAGUNA DEL P 03 21 2010 028508117 0510 0510 302,04 0521 07 211002156461 GONZALEZ RODRIGUEZ JACOB CL AMAPOLA, 12 21440 LEPE 03 21 2010 025701177 0410 0410 259,12 0521 07 211002396234 CARMONA RUIZ MANUEL CL BALTASAR III 6 21750 ROCIO EL 03 21 2010 028373024 0510 0510 574,58 0521 07 211002762814 FELIX GEY JUAN MANUEL CL BAJA 36 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028510339 0510 0510 302,04 0521 07 211002899220 MUÑOZ ALVAREZ JOSE MANUE AV CRISTOBAL COLON 1 21002 HUELVA 03 21 2010 028605016 0510 0510 302,04 0521 07 211002943171 MONTES MOLINA MARIA CINT CL CAMINO REAL DE LA 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028510844 0510 0510 302,04 0521 07 211003050578 DIAZ CERVERA MONSERRAT CL SECTOR A URB. COT 21760 TORRE DE LA 03 21 2010 028374236 0510 0510 302,04 0521 07 211003296415 RODRIGUEZ MIGUEL JUAN CA CL GALINDO MORENO 63 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 028511955 0510 0510 321,24 0521 07 211003428171 RODRIGUEZ SAVIOTE FRANCI CL GONZALO RAMIREZ 8 21500 GIBRALEON 03 21 2010 028512157 0510 0510 302,04 0521 07 211003690374 CORDERO MANHUALAYA MANUE AV FEDERICO MOLINA 5 21004 HUELVA 03 21 2010 028606531 0510 0510 302,04 0521 07 211003760601 GERTRUDIS MARTIN SERGIO CL CARLOS CANO 24 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028513268 0510 0510 302,04

19086 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0521 07 211004062109 DELGADO FERNANDEZ RAUL CL SANLUCAR DE GUADI 21006 HUELVA 03 21 2010 028514177 0510 0510 302,04 0521 07 211004308245 MARQUEZ RASCO FRANCISCO AV DESCUBRIDORES 15 21800 MOGUER 03 21 2010 028607743 0510 0510 302,04 0521 07 211004470014 NOURI --- ABDELMAJID CL BOLIVIA 10 21007 HUELVA 03 21 2010 028376862 0510 0510 317,70 0521 07 211004718574 MARQUEZ VERA CARMEN AV PIO XII 22 21006 HUELVA 03 21 2010 025799591 0410 0410 302,04 0521 07 211004825274 MAYA BARRENO RAUL GL BACUTA 1 21120 CORRALES 03 21 2010 028515389 0510 0510 302,04 0521 07 211005436778 CABALLERO ILLESCA ANTONI UR VERDELUZ 16 21005 HUELVA 03 21 2010 028610066 0510 0510 368,71 0521 07 211005669073 GARROCHENA BORRERO ROSAR AV ADORATRICES 31 21004 HUELVA 03 21 2010 028610571 0510 0510 302,04 0521 07 211005689281 MORENO DOMINGUEZ MARIA O CL LIMONES 28 21800 MOGUER 03 21 2010 028610672 0510 0510 306,88 0521 07 211006098095 MARTIN MARIANO MANUELA CL SANTOS 47 21520 ALOSNO 03 21 2010 028437082 0510 0510 332,52 0521 07 211007159843 BANDO GIL GLORIA AV ALCALDDE FEDERICO 21007 HUELVA 03 21 2010 028613403 0510 0510 302,04 0521 07 211007908662 DIONISIO RODRIGUEZ MARGA CL FERNANDO EL CATOL 21001 HUELVA 03 21 2010 028381714 0510 0510 302,04 0521 07 211008448832 VIZCAINO RAMIREZ FRANCIS CL GORRION 38 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028519736 0510 0510 13,73 0521 07 211008727506 PARRA RODRIGUEZ MANUEL AV LA CANALIEGA 6 21750 ROCIO EL 03 21 2010 028382118 0510 0510 313,66 0521 07 211008746805 ORTA FLORES JUAN MANUEL AV ALCALDE NARCISO M 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028520241 0410 0410 313,66 0521 07 211008916654 RAYA GONZALEZ MARIA JOSE CL JUAN MIRABENT GUT 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028520342 0510 0510 302,04 0521 07 211009638696 TIRADO FERNANDEZ MANUEL UR HUERTA PRIMERA 68 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028521251 0510 0510 302,04 0521 07 211009671234 DIAZ ADSUAR ANTONIA CL GIBRALEON 7 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028521352 0510 0510 325,62 0521 07 211010779357 BELLA IGLESIA EDUARDO CL CONCEPCION 2 21730 ALMONTE 03 21 2010 028383027 0510 0510 302,04 0521 07 211011134722 JIMENEZ LEIVA MARIA JESS CL LOS ORIENTALES 14 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028522160 0510 0510 96,48 0521 07 211011438553 LOPEZ RAMOS FERNANDO CAR CL BLASCO IBAÑEZ 50 21730 ALMONTE 03 21 2010 028383633 0510 0510 302,04 0521 07 211011509281 SANTANA MORGADO FRANCISC CL MESANA 11 21440 LEPE 03 21 2010 025714820 0410 0410 302,04 0521 07 211011845145 RODRIGUEZ VIDES DANIEL CL VILLA REAL 8 21007 HUELVA 03 21 2010 028617039 0510 0510 302,04 0521 07 211012176056 FANECA LOPEZ VANESA CL MURCIA 4 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028522665 0410 0410 302,04 0521 07 211012176056 FANECA LOPEZ VANESA CL MURCIA 4 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028522766 0510 0510 302,04 0521 07 211012787156 CABALLERO CARRASCO ISRAE CL SANTA MARIA 23 21520 ALOSNO 03 21 2010 028439712 0410 0410 302,04 0521 07 211012787156 CABALLERO CARRASCO ISRAE CL SANTA MARIA 23 21520 ALOSNO 03 21 2010 028439813 0510 0510 302,04 0521 07 211013359658 COBOS CABEZON JESUS CL MANZANILLA 5 21891 CHUCENA 03 21 2010 028385552 0510 0510 302,04 0521 07 211013978640 GIL MADRID ANA PJ DELFIN 9 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028386461 0510 0510 302,04 0521 07 211014537705 CABRERA MORO JESUS MARIA CL HERNAN CORTES 26 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028619665 0510 0510 337,40 0521 07 211014550536 MONGE VERA JOSE MANUEL CL VIRGEN DE LA ESTR 21891 CHUCENA 03 21 2010 028387370 0410 0410 302,04 0521 07 211014614796 MOLINA PEREZ JUAN ANTONI PZ NARDO 5 21005 HUELVA 03 21 2010 025813840 0310 0310 331,34 0521 07 211014663502 BRAVO TOSCANO SUSANA CL ENCINASOLA 14 21007 HUELVA 03 21 2010 028620372 0510 0510 302,04 0521 07 211015333711 GOMEZ MORON ALBERTO CL TRES CARABELAS 4 21002 HUELVA 03 21 2010 028387875 0510 0510 302,04 0521 07 211015340680 SUKU DUQUE DANIEL CL PUEBLA DE SANABRI 21006 HUELVA 03 21 2010 025814951 0410 0410 313,66 0521 07 211015340680 SUKU DUQUE DANIEL CL PUEBLA DE SANABRI 21006 HUELVA 03 21 2010 028620877 0510 0510 313,66 0521 07 211015744444 GONZALEZ GARRIDO RAUL CL SANLUCAR DE GUADI 21007 HUELVA 03 21 2010 028621281 0510 0510 302,04 0521 07 211015749700 CHAREUN --- JUAN MANUEL CL CHARRAN 11 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028525392 0510 0510 313,66 0521 07 211015750407 JESUS VENTURA ANTONIO FE AV DEL GOLF ISLANTIL 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028525493 0510 0510 325,62 0521 07 211015835279 MARQUEZ GARCIA JOSE ANTO CL TARANTO 20 21130 MAZAGON 03 21 2010 028621685 0510 0510 313,66 0521 07 211016221259 ROMERO ROMERO IVAN ZZ APTDO.CORREOS 106 21500 GIBRALEON 03 21 2010 028526810 0510 0510 302,04 0521 07 211016953712 LO --- BATHIE CL ANDEVALO 29 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028527315 0510 0510 265,12 0521 07 211017231170 RIVERO GONZALEZ JULIO AL AV DESCUBRIMIENTO 47 21440 LEPE 03 21 2010 025720375 0410 0410 302,04 0521 07 211017765680 FERNANDEZ REDONDO ALEJAN CL BULEVAR DE LOS AZ 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028623204 0510 0510 302,04 0521 07 211018942717 OJEDA BAENA FRANCISCO PZ ROGELIO BUENDIA 6 21007 HUELVA 03 21 2010 028624618 0510 0510 368,71 0521 07 211019018192 ARROYO CONCEPCION MARIA AV FUERZAS ARMADAS 1 21007 HUELVA 03 21 2010 028624820 0510 0510 302,04 0521 07 211019488139 MORENO SOLER RUT PZ TERESA PANZA 1 21007 HUELVA 03 21 2010 028625325 0510 0510 340,73 0521 07 211019503495 EL HASSAN --- NOURI AV COSTA RICA 5 21800 MOGUER 03 21 2010 028391919 0510 0510 302,04 0521 07 211020261816 LORENZO GOMEZ AZUCENA CL COFA 1 21004 HUELVA 03 21 2010 028625931 0510 0510 14,39 0521 07 211020450863 DA ENCARNACAO MARTINS LU CL BAR EL GOLPE, S/N 21800 MOGUER 03 21 2010 028626133 0510 0510 317,70 0521 07 211020670630 MUZYKA --- TETYANA PZ CAYETANO VALDES 4 21005 HUELVA 03 21 2010 028626335 0510 0510 302,04 0521 07 211021042159 ESTEBAN SILVA DOMINGO CL MALAGA S/N 21270 CALA 03 21 2010 028442843 0510 0510 302,04 0521 07 211021509779 ARGANDOÑA DE LA BARRA ME AV ALCALDE FEDERICO 21006 HUELVA 03 21 2010 028626941 0510 0510 302,04 0521 07 211021986901 GIL MORENO AUGUSTA CL VARADERO 2 21007 HUELVA 03 21 2010 028627244 0510 0510 302,04 0521 07 211022129165 NIRMAN --- RAMANINDER CL ESPERANZA 48 21830 BONARES 03 21 2010 028627345 0510 0510 302,04 0521 07 211022346306 FERNANDEZ MORENO MARIA I PZ SANCHICA 3 21006 HUELVA 03 21 2010 028627547 0510 0510 302,04 0521 07 211024236186 DOS REIS DIMAS MARIA JOS CL ALHELIES 21800 MOGUER 03 21 2010 028630072 0510 0510 278,86 0521 07 211024702190 LE CORRE --- PHILIPPE CL LA MADRUGA 6 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028532365 0510 0510 321,35 0521 07 211025171632 YÑIGUEZ PALOMAR MARIA RO AV LOS CABEZUDOS 6 21730 ALMONTE 03 21 2010 028394242 0510 0510 302,04 0521 07 211025252363 SUAREZ PULIDO FRANCISCO CL INCA GARCILASO 7 21005 HUELVA 03 21 2010 028632496 0510 0510 302,04 0521 07 211025584385 FRANCO FERNANDEZ JAVIER CL BLAS INFANTE 11 21891 CHUCENA 03 21 2010 028394848 0510 0510 302,04 0521 07 211025618236 BEJARANO VALDAYO MARINA CL VETALENGUA 55 21730 ALMONTE 03 21 2010 028394949 0510 0510 302,04 0521 07 211025836787 LOPEZ SANCHEZ ESTHER RL SANTA MARIA DEL P 21005 HUELVA 03 21 2010 028633005 0510 0510 302,04 0521 07 211025983196 MOLINA MONTES NATANAEL CL PILAR MIRO, 6ª FA 21002 HUELVA 03 21 2010 028395151 0510 0510 278,86 0521 07 211028438512 MARTIN DIAZ ELENA ROCIO CL VARADERO 2 21007 HUELVA 03 21 2010 028634116 0510 0510 302,04 0521 07 211029279378 DA SILVA RODRIGUES ALEXA CT DE GIBRALEON - SA 21500 GIBRALEON 03 21 2010 028535193 0510 0510 302,04 0521 07 211029779132 GIL --- CESAR CL LOS ORIENTALES 36 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028535803 0510 0510 717,60 0521 07 211031673965 GAINA --- DANILA LAZAR CL COLON 10 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 028395959 0510 0510 302,04 0521 07 211031753787 DA SILVA FERREIRA SERGIO CL ORILLAS DEL PIEDR 21459 ROMPIDO EL 03 21 2010 028536712 0510 0510 368,71 0521 07 211034123116 RODRIGUEZ GARCIA DOMINGO CL EMPEDRADA 3 21850 VILLARRASA 03 21 2010 028396666 0510 0510 302,04 0521 07 211034378346 STANDEN --- ANDREW CL LA BARRERA 3 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 028538328 0510 0510 302,04 0521 07 211034514348 SALAMANCA ORTA EVA MARIA CL CASTILLO EDIF.MIR 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028538429 0510 0510 302,04 0521 07 211034640448 ROOTSEY --- JENNIFER CL ACEBUCHE 36 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 028538732 0510 0510 342,50 0521 07 211035573062 SINGH SIDHU JAGIR UR NUEVA HUERTA 14 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028539136 0510 0510 313,66 0521 07 211036191842 CODRUT --- CIOCIRLAN CL SANTIAGO 35 21730 ALMONTE 03 21 2010 028397878 0510 0510 368,71 0521 07 211036784249 ESANU --- FLORENTINA ROD CL BONARES 2 21007 HUELVA 03 21 2010 028636540 0510 0510 302,04 0521 07 211037100511 RADUCAN --- MARIANA AV VILLARRASA 4 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 028398686 0510 0510 302,04

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19087 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0521 07 211038320788 DA ROCHA CABRITA ALBERTO AV ANDALUCIA 37 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028541156 0510 0510 325,62 0521 07 211038364541 VARGAS DIAZ PIEDAD JULIA CL RODRIGO PEREZ ACE 21440 LEPE 03 21 2010 028541459 0510 0510 302,04 0521 07 211038494984 DE SOUSA ALVES ANTONIO CL PERRUNAL 21 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028541964 0510 0510 302,04 0521 07 211038540757 DA SILVA FERRAO ARTUR JO AV MIRADOR DEL ATLAN 21459 ROMPIDO EL 03 21 2010 028542166 0510 0510 317,70 0521 07 211040933526 CRECEA --- MARIAN CL PEREZ GALDOS 39 21730 ALMONTE 03 21 2010 028400003 0410 0410 302,04 0521 07 221004381482 RAMOS DIMAS NELSON CL FUENTES 98 21800 MOGUER 03 21 2010 028637752 0510 0510 278,86 0521 07 230039373312 GARCIA VALLEJO JOSEFA PZ ANDEVALO 6 21005 HUELVA 03 21 2010 028637853 0510 0510 302,04 0521 07 271010169571 GUERRERO CASTRO VICTOR H UR SANTA MARIA DEL P 21005 HUELVA 03 21 2010 028638560 0510 0510 317,70 0521 07 271011769566 CORREIA DE CASTRO EDUARD CL JUAN ANTONIO DE L 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 028543479 0510 0510 302,04 0521 07 280369744691 SALCEDO GUTIERREZ FRANCI ED EL FARO, PLAYA DE 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028544186 0510 0510 317,70 0521 07 280381435518 TEJERA ZAMORANO ANDRES PZ PUERTO MORAL 1 21007 HUELVA 03 21 2010 028638964 0510 0510 302,04 0521 07 301038593351 NADIF --- AHMED CL RIO AMAZONA 77 21130 MAZAGON 03 21 2010 028640479 0510 0510 302,04 0521 07 331029386383 RODRIGUEZ CASADO BELKY I CL COSTA RICA 1 21006 HUELVA 03 21 2010 025834250 0410 0410 268,70 0521 07 331029386383 RODRIGUEZ CASADO BELKY I CL COSTA RICA 1 21006 HUELVA 03 21 2010 028640883 0510 0510 268,70 0521 07 360073979795 OMIL GANDARA JOSE RAMON CL AGUSTIN CONCIGLIE 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028546008 0510 0510 302,04 0521 07 401005697453 COBZARU --- GHEORGHE CL PAULA SANTIAGO 2 21002 HUELVA 03 21 2010 028404245 0510 0510 337,40 0521 07 410093350182 MATEO RUIZ CARLOS CL CLAVEL-URBANIZACI 21440 LEPE 03 21 2010 025738866 0410 0410 302,04 0521 07 410094170137 MATEO RUIZ JOSE ANTONIO CL SUSPIRO 1 21440 LEPE 03 21 2010 025738967 0410 0410 302,04 0521 07 410111111690 GALAN SANCHEZ JOAQUIN CL RAFAEL TENORIO 47 21860 VILLALBA DEL 03 21 2010 028404952 0510 0510 313,66 0521 07 410166243561 VALENCIANO ALMEIDA JOSE CL NARDOS 4 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028548331 0510 0510 313,66 0521 07 410170263203 SANCHEZ LOPEZ MANUEL CL BRASIL, 12 21007 HUELVA 03 21 2010 028642200 0510 0510 368,71 0521 07 411003569602 GALLARDO GUERRERO JOSE J PZ ORQUIDEA 2 21005 HUELVA 03 21 2010 025835361 0410 0410 368,71 0521 07 411003569602 GALLARDO GUERRERO JOSE J PZ ORQUIDEA 2 21005 HUELVA 03 21 2010 028642402 0510 0510 368,71 0521 07 411003581827 PEREZ MARRERO FRANCISCO CL URBANIZACION PARA 21459 LAGUNA DEL P 03 21 2010 028548836 0510 0510 302,04 0521 07 411027098566 GARRIDO CONCEPCION ROCIO CL LA PESETA 3 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028549442 0510 0510 302,04 0521 07 411106124466 MOREIRA BAPTISTA ADRIANO CL BARRIONUEVO 143 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028550654 0510 0510 302,04 0521 07 431024376672 ESTEBAN LORENZO ANTONIO CL EL PERRUNAL- URB 21120 CORRALES 03 21 2010 028550755 0510 0510 302,04 0521 07 450021980629 ORTIZ ZAZO JUAN MANUEL ED PARQUE 2 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028550957 0510 0510 302,04 0521 07 460121903944 RODRIGUEZ SABIOTE ANTONI PZ ALTISADORA, EDIF. 21007 HUELVA 03 21 2010 028643614 0510 0510 302,04 0521 07 471022509962 CRECEA --- FLORIN CL PEREZ GALDOS 39 21730 ALMONTE 03 21 2010 028409905 0410 0410 302,04 0521 07 490024110501 URRECHA ECHEVARRI GERARD UR LOS ALMENDROS 4 21459 LAGUNA DEL P 03 21 2010 028643816 0510 0510 302,04 REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 011008309223 LAKHAL --- MOHAMMED BD CORTIJO 4 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026984510 0410 0410 97,54 0611 07 021012412610 AZZEDINE --- KAMEL CT PLAYA CENTRAL. TO 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026985217 0410 0410 101,96 0611 07 021017279380 DUMITRU --- POPESCU CL HERMANO CARLOS 4 21002 HUELVA 03 21 2010 026494658 0410 0410 62,06 0611 07 021018051542 ILIEV --- VELIN TINKOV CL QUINTERO 11 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026897412 0410 0410 88,67 0611 07 021018655063 BOLAJ --- NICOLAE CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026495062 0410 0410 18,47 0611 07 021018655669 VARGA --- VICTOR CL ODON BETANZOS PAL 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026495163 0410 0410 39,89 0611 07 021018655871 VARGA --- VIORICA CL ODON BETANZOS PAL 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026495264 0410 0410 44,33 0611 07 021018656578 CIOBAN --- CLAUDIA DANIE CL ODSON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026495668 0410 0410 84,23 0611 07 021018656578 CIOBAN --- CLAUDIA DANIE CL ODSON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 032361744 0210 0210 101,96 0611 07 031036980367 GHOBRINI --- AHMED CL NUEVA 1 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 026987035 0410 0410 22,15 0611 07 031042141474 BOUTERAA --- LEMNOUAR CL JUAN DIAZ DE SOLI 21440 LEPE 03 21 2010 026987237 0410 0410 57,62 0611 07 031073100339 HAJJI --- TARIK CL ESPAñA 16 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026987843 0410 0410 66,49 0611 07 041019945939 DRIOUICH --- MILOUDI CL SANTA CLARA 20 21130 MAZAGON 03 21 2010 027501236 0410 0410 39,89 0611 07 041019945939 DRIOUICH --- MILOUDI CL SANTA CLARA 20 21130 MAZAGON 03 21 2010 033604354 0210 0210 101,96 0611 07 041026833343 GAGGA --- HAMID CL SAN SEBASTIAN 33 21890 MANZANILLA 03 21 2010 026497284 0410 0410 8,86 0611 07 041029787803 ZAIBER --- MHAMMED CL LANZAROTE, 1 21800 MOGUER 03 21 2010 027504670 0410 0410 22,15 0611 07 041031888760 LAHFIDI --- ILHAM CL PERAL 6 21450 CARTAYA 03 21 2010 026991782 0410 0410 39,89 0611 07 041032903119 RUS --- IOAN MARIAN CL JUAN MIRABENT GUT 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026991984 0410 0410 75,36 0611 07 041036635700 KUMIH --- MICHAEL YAW CL MANZANO 8 21450 CARTAYA 03 21 2010 026992691 0410 0410 17,72 0611 07 041036635700 KUMIH --- MICHAEL YAW CL MANZANO 8 21450 CARTAYA 03 21 2010 033018213 0210 0210 101,96 0611 07 041037371381 ACHEAMPONG --- KWABENA CL SAN CRISTOBAL 42 21830 BONARES 03 21 2010 027506690 0410 0410 57,62 0611 07 041037887808 EL KOUHI --- EL HASSAN CL ARENAL 107 21830 BONARES 03 21 2010 027507296 0410 0410 35,46 0611 07 041038786975 TUDOR --- IULIANA CL COSTA DE LAS PERL 21130 MAZAGON 03 21 2010 033612943 0210 0210 13,28 0611 07 041038910348 SEKKAL --- HASSAN CL NUESTRA SEÑORA DE 21450 CARTAYA 03 21 2010 026994715 0410 0410 56,75 0611 07 041040693431 BROASCA --- NICOLETA CL CANDELARIA CORONE 21730 ALMONTE 03 21 2010 033614155 0210 0210 101,96 0611 07 041041977265 ZDURCEA --- ALINA IONELA CL MORERA 38 21730 ALMONTE 03 21 2010 026498496 0410 0410 34,28 0611 07 041043831884 JARDA --- DUMITRU CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026498904 0410 0410 49,21 0611 07 041043993047 JARDA --- MARICICA CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026499409 0410 0410 49,21 0611 07 041044270105 BIRSAN --- LILIANA CL PASCUALES 4 21620 TRIGUEROS 03 21 2010 027510633 0410 0410 98,57 0611 07 041044344570 BZAETE --- LAHCEN CL ECUADOR 4 21007 HUELVA 03 21 2010 027510734 0410 0410 13,28 0611 07 071023553277 BENACHOUR --- ALI CL HERMANOS MACHADO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027513057 0410 0410 26,59 0611 07 080325021966 RECIO DOMINGUEZ ANTONIO CL REAL 6 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026501530 0410 0410 35,46 0611 07 081037405568 TOVAR GABARRO TERESA CAR CL EL PINO 28 21891 CHUCENA 03 21 2010 026502439 0410 0410 101,96 0611 07 081062497246 GUERRERO GONZALEZ DAVID CL MALAGA 1 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026899937 0410 0410 26,59 0611 07 091009710739 IVANCU --- PAULINA CL VAZQUEZ DIAZ 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027516087 0410 0410 57,62 0611 07 091013157673 KALLOU --- MOHAMMED CL BARBATE 18 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027000674 0410 0410 35,46 0611 07 101002943153 ORGAZ FERNANDEZ ANGEL CL RAFAEL ALBERTI 8 21860 VILLALBA DEL 03 21 2010 026502944 0410 0410 39,89 0611 07 101004772918 CHENNOUF --- BEKKAY CL ESCALERILLA 24 21450 CARTAYA 03 21 2010 027001179 0410 0410 17,72 0611 07 101007069996 AZRIF --- MOURAD CL ARENAL 42 21830 BONARES 03 21 2010 027516794 0410 0410 75,36 0611 07 101007714240 GADVAY GUANANGA JOSE MAN CL VAZQUEZ DIAZ 3 21730 ALMONTE 03 21 2010 026503247 0410 0410 53,20 0611 07 101008865611 MOREANO CENTENO MARIA IN CL VAZQUEZ DIAZ 3 21730 ALMONTE 03 21 2010 026503348 0410 0410 26,59 0611 07 101008894610 MOUGHLI --- ABDELMAJID CL PLAYA CENTRAL - T 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027002492 0410 0410 31,02

19088 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 101009649186 BENALI --- SOUAD CL SAN PEDRO 60 21450 CARTAYA 03 21 2010 027003102 0410 0410 48,76 0611 07 110071418534 FERNANDEZ GROSSO RICARDO CL CAMINO DE VILLAMA 21750 ROCIO EL 03 21 2008 014980501 0108 0108 96,59 0611 07 110076466271 CARBALLAR DOMINGUEZ VICT CL VIRGEN DEL ROCIO 21260 SANTA OLALLA 03 21 2010 026900644 0410 0410 44,33 0611 07 111001731243 EL HAMIDI --- ABDERRAHIM CL SAN SEBASTIAN 15 21890 MANZANILLA 03 21 2010 026504459 0410 0410 101,96 0611 07 111037524849 FLORES FLORES LEONOR VL VIOLETA 18 21440 LEPE 03 21 2010 024115936 0310 0310 101,96 0611 07 121018966309 PADUREAN --- MUGUREL NIC CL TARIFA 8 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027007142 0410 0410 57,62 0611 07 121020303087 NEDELNIK --- PETR AV CONQUISTADORES 54 21130 MAZAGON 03 21 2010 027519828 0410 0410 13,28 0611 07 121024858754 GRIGORAS --- IULIANA CL SALTILLO 62 21730 ALMONTE 03 21 2010 032374575 0210 0210 35,46 0611 07 131015041328 ILIES --- GABRIEL AV DE LA PLAYA 2 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027007647 0410 0410 13,28 0611 07 131015081239 ILIES --- NATALIA AV DE LA PLAYA 2 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027007748 0410 0410 13,28 0611 07 131016777224 POMPARAU --- MARGARETA CL SANTA BARBARA 5 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 013105527 1109 1109 62,80 0611 07 131016777224 POMPARAU --- MARGARETA CL SANTA BARBARA 5 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 015794548 1209 1209 62,80 0611 07 131016777224 POMPARAU --- MARGARETA CL SANTA BARBARA 5 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 018657159 0110 0110 84,23 0611 07 131016777224 POMPARAU --- MARGARETA CL SANTA BARBARA 5 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 020772971 0210 0210 84,23 0611 07 131016777224 POMPARAU --- MARGARETA CL SANTA BARBARA 5 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 023222728 0310 0310 57,62 0611 07 131017434396 SIMION --- VETUTA CL COLON 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 027520737 0410 0410 17,72 0611 07 131018955276 NIKOLOVA --- KREMENA KOL CL RINCON 12 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026505671 0410 0410 79,80 0611 07 131019755427 MFITIH --- YAHYA CL BONANZA 1 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027008960 0410 0410 97,54 0611 07 131020987933 TENE --- FANI MARIN AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027009162 0410 0410 78,18 0611 07 131021251853 LACATOS --- CODIN CALIN CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026506277 0410 0410 84,23 0611 07 131022755050 IVANOVA --- GINKA GEORGI AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027009364 0410 0410 22,15 0611 07 131022803853 SAVA --- GRATIAN TRAIAN CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026507085 0410 0410 75,36 0611 07 131022914694 CRECEA --- NATALIA VIORI CL RIOTINTO, 14 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027522252 0410 0410 79,80 0611 07 131022917526 VADUVA --- STEFAN CLAUDI CL RIO TINTO 14 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027522353 0410 0410 79,80 0611 07 131023179527 COTOVELEA --- ELISABETA CL LOPE DE VEGA 12 21730 ALMONTE 03 21 2010 026507590 0410 0410 35,46 0611 07 131023223074 UNGRI --- TIBERIU CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026507691 0410 0410 84,23 0611 07 131023603091 MEGHELES --- CIPRIAN DAR CL ODON BETANZOS, 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026508301 0410 0410 101,96 0611 07 131023603701 DRAGHIA --- IOAN LAZARIC CL ODON BETANZOS, 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026508402 0410 0410 101,96 0611 07 131023666648 DRAGHIA --- IONUT FLAVIU CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026508705 0410 0410 101,96 0611 07 140066620607 BENITO DE BLAS JUAN CARL UR ALBATROS GOLF II 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027011485 0410 0410 10,79 0611 07 141003173360 PEREZ ALCUDIA ALICIA EST CL TORRECARBONERO, 6 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026509513 0410 0410 101,96 0611 07 141042130681 EPURAN --- AURELIA CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 027523464 0410 0410 13,28 0611 07 141042130883 STINGACIU --- REMUS CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 027523565 0410 0410 13,28 0611 07 141043837477 GHINDARU --- ANDREI DANU CL GUADALETE, 10 21440 LEPE 03 21 2010 027524070 0410 0410 62,06 0611 07 141045359064 CODREANU --- CRISTIAN AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027013812 0410 0410 17,72 0611 07 141045424944 JIANU --- STEFAN VIOREL CL OLIVOS 18 21800 MOGUER 03 21 2010 033636484 0210 0210 22,15 0611 07 141045473949 YURIEV GOCHEV ALEKSANDAR AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027014317 0410 0410 22,15 0611 07 141045524267 TODOROV --- ILIAN IGNOV CL PABLO PICASSO 8 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026901149 0410 0410 101,96 0611 07 141045611870 KAMENOV --- SUETLIN LINK CL PABLO PICASSO 8 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026901250 0410 0410 101,96 0611 07 141045612476 BORISOVA --- VAENTINA VE CL PABLO PICASSO 8 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026901351 0410 0410 101,96 0611 07 161007488515 GHEORGHE --- ROZALIA AV CONQUISTADORES - 21130 MAZAGON 03 21 2010 027526191 0410 0410 17,72 0611 07 161009981415 CALIN --- TRAIAN CL PABLO PICASSO, 9 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027528316 0410 0410 66,49 0611 07 161010101956 REZEANU --- MIHAI AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 024126848 0310 0310 66,49 0611 07 161010101956 REZEANU --- MIHAI AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027017246 0410 0410 26,59 0611 07 161010111959 PAUN --- IOAN CL VAZQUEZ DIAZ, 20 21830 BONARES 03 21 2010 027528518 0410 0410 57,62 0611 07 161010223309 VARGA --- IOAN CL SAN FRANCISCO 11 21800 MOGUER 03 21 2010 027529326 0410 0410 22,15 0611 07 161012268187 KNIUBAS --- EDVINAS CL PINAR DUNAMAR II 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027017549 0410 0410 47,88 0611 07 171025718132 DIB --- MOHAMED CL BONANZA 1 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027018357 0410 0410 35,46 0611 07 171026145538 BOUAICH --- MIMOUN AV AV PLAYA 3 3 B 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027018458 0410 0410 74,77 0611 07 171027243557 IDRISSI --- ABDELKADER CL REAL 13 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027018559 0410 0410 31,02 0611 07 181049223337 DIA --- NDAP CL HAITI 3 21002 HUELVA 03 21 2010 026513856 0410 0410 101,96 0611 07 191003691319 GRUDNIEWSKI --- DARIUSZ PO DE LAS CUMBRES - 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027019670 0410 0410 39,89 0611 07 201001201736 KASSAM --- MOHAMED CL NUEVA 130 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026514361 0410 0410 17,72 0611 07 210018273127 PEREZ ROMO JULIAN CL NUEVA 11 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026517189 0410 0410 22,15 0611 07 210018739131 ALCANTARA LOPEZ JOSE CL ENRIQUE ACOSTA 8 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026517593 0410 0410 62,06 0611 07 210019671745 PIOZAS PICON JOSE FRANCI CL HERMANOS MACHADO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027534275 0410 0410 39,89 0611 07 210020570512 DIAZ LIMON JOSE UR SIERRA DE SANTA B 21220 HIGUERA DE L 03 21 2010 026903775 0410 0410 101,96 0611 07 210021196160 DIAZ MARQUEZ ANTONIO CL DALIA 17 21005 HUELVA 03 21 2010 027535184 0410 0410 93,10 0611 07 210021322361 PEQUENIS CASTILLA LUIS CL SAN QUINTIN 3 21260 SANTA OLALLA 03 21 2010 026903876 0410 0410 101,96 0611 07 210021521011 ORTIZ RODRIGUEZ DAMASO BD ESTACION, 24 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027022704 0410 0410 13,28 0611 07 210023402003 GOMEZ CORREA JOSE CL LA PAZ 12 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027025330 0410 0410 101,96 0611 07 210023562253 HALDON DOMINGUEZ FLORES CL RIOS 5 21520 ALOSNO 03 21 2010 026904785 0410 0410 101,96 0611 07 210025135269 PELAEZ CAMACHO ANTONIO CL POZO DEL PILAR 12 21730 ALMONTE 03 21 2010 026523253 0410 0410 35,46 0611 07 210025154568 RASCO GONZALEZ ANDRES CL VALVERDE 16 21800 MOGUER 03 21 2010 027537612 0410 0410 35,74 0611 07 210025468911 CORREA ROMERO FRANCISCO AV DE LA TORRE 8 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027027653 0410 0410 79,80 0611 07 210026250466 PEREZ ZURERA JOSE ANTONI CL CABEZO GORDO 3 21730 ALMONTE 03 21 2010 026524970 0410 0410 79,80 0611 07 210026891474 RUFO GONZALEZ GABRIEL CL PROLONGACION VIRG 21220 HIGUERA DE L 03 21 2010 026907920 0410 0410 101,96 0611 07 210027235220 ELVIRA ALVAREZ ANGEL AV DE LA LIBERTAD 27 21830 BONARES 03 21 2010 027539834 0410 0410 26,59 0611 07 210027241179 VAZQUEZ MAESTRE MANUEL BD CHANZA 6 21230 CORTEGANA 03 21 2010 026908425 0410 0410 101,96 0611 07 210027413961 PEREZ CEJUDO MANUEL CL NUEVA 157 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026527293 0410 0410 101,96 0611 07 210027775487 GOMEZ JIMENEZ JUAN CL COLOMBIA 4 21007 HUELVA 03 21 2010 027540339 0410 0410 22,15 0611 07 210029155315 CORONEL MEDINA MANUEL CL EVANGELISTA, 7 21730 ALMONTE 03 21 2010 026531337 0410 0410 101,96 0611 07 210029238672 MARTIN MARTIN JOSE CL CTE.HARO 10 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027032808 0410 0410 31,02 0611 07 210029340019 FRIAS SANCHEZ JAVIER CL CONDE DE REGLA 11 21230 CORTEGANA 03 21 2010 026910647 0410 0410 57,62 0611 07 210029747015 ESCOBAR ROMERO MANUEL CL PASTORCITO 39 21730 ALMONTE 03 21 2010 026532448 0410 0410 66,49 0611 07 210030268488 FERNANDEZ RODRIGUEZ ANTO CL FLORENCIO GARCIA 21440 LEPE 03 21 2010 024144026 0310 0310 22,31

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19089 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 210030292134 RUIZ SUAREZ MANUEL ANGEL CT ROCIANA 10 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026533761 0410 0410 31,02 0611 07 210031498873 GARCIA VAZQUEZ FRANCISCO CL CILLA 9 21240 AROCHE 03 21 2010 026912566 0410 0410 88,67 0611 07 210031602139 SUAREZ MARTIN ILDEFONSA AV DE LA LIBERTAD 27 21830 BONARES 03 21 2010 027544682 0410 0410 31,02 0611 07 210031744508 JIMENEZ VARGAS BELLA UR CHORRILLO BLQ. 2 21440 LEPE 03 21 2010 027037757 0410 0410 101,96 0611 07 210032653880 ESCOBAR ROMERO CARLOS CL PASTORCITO, 39 21730 ALMONTE 03 21 2010 026541643 0410 0410 57,62 0611 07 210032866472 SOUSA PALOMINO MARIA CAR CL PANAMA 14 21450 CARTAYA 03 21 2010 027044932 0410 0410 39,89 0611 07 210032883751 GARCIA FERNANDEZ TOMAS F CL NUEVA 54 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026542754 0410 0410 62,06 0611 07 210033231537 DELGADO ALFONSO ANTONIO CL ROGER DE LAURIA 9 21005 HUELVA 03 21 2010 027548322 0410 0410 17,72 0611 07 210033532136 ASENCIO JUNQUERA JUANA CL ISLAS MALVINAS 13 21007 HUELVA 03 21 2010 027549635 0410 0410 17,72 0611 07 210033940041 PALANCO GARCIA ANTONIO CL EMPEDRADA 19 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026547404 0410 0410 101,96 0611 07 210034070787 REGIDOR ORIHUELA CRISTOB CL MALVA 18 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027551857 0410 0410 22,15 0611 07 210034108779 REINA MONTERO MARIA CARM CL ERMITA 28 21420 POZO DEL CAM 03 21 2010 027049780 0410 0410 101,96 0611 07 210034354414 REYES CRUZ MARIA CL VALVERDE 16 21800 MOGUER 03 21 2010 027552160 0410 0410 101,96 0611 07 210034398769 ROMERO GONZALEZ MANUELA PZ DEL SOCORRITO 5 21400 AYAMONTE 03 21 2010 027051400 0410 0410 101,96 0611 07 210034939545 CASTILLEJA SANCHEZ FRANC PZ DE LOS GALEOTES, 21007 HUELVA 03 21 2010 027554180 0410 0410 101,96 0611 07 210035007546 PANCHO PICON MANUEL CL MONASTERIO DE LA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 026552656 0410 0410 88,67 0611 07 210035162241 MARTINEZ GOMEZ FRANCISCO CL ALVARO DE BAZAN 3 21005 HUELVA 03 21 2010 019788827 0110 0110 98,57 0611 07 210035177294 PERELES ROMERO DIEGO CL ALTA 74 21450 CARTAYA 03 21 2010 027056046 0410 0410 44,33 0611 07 210035218421 VAZQUEZ MACERA JUANA CIN BD JUAN CARLOS I, BL 21610 SAN JUAN DEL 03 21 2010 027554584 0410 0410 33,84 0611 07 210035655628 FERNANDEZ DOMINGUEZ MANU CL AMAPOLA-BLOQUE AL 21800 MOGUER 03 21 2010 027555594 0410 0410 93,10 0611 07 210035762126 AGUSTIÑO BORRERO MARIA C CL TENIENTE PEREZ MA 21560 PAYMOGO 03 21 2010 026916812 0410 0410 17,72 0611 07 210035908838 LIMON GUTIERREZ ESPERANZ CL ANCHA-_PASAJE DEL 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 027059278 0410 0410 17,72 0611 07 210036083438 JIMENEZ MORENO BELLA CL PINTA 35 21440 LEPE 03 21 2010 027060086 0410 0410 101,96 0611 07 210036617039 MALDONADO CARMONA ISABEL CL SANLUCAR DE GUADI 21007 HUELVA 03 21 2010 027557719 0410 0410 101,96 0611 07 210036852263 FERNANDEZ MONTES ANTONIO CL RIO GUADIANA 21591 SAN SILVESTR 03 21 2010 027061706 0410 0410 21,86 0611 07 210036854182 SANCHEZ RODRIGUEZ REGINO CL STA LUCIA 5 21200 ARACENA 03 21 2010 026918529 0410 0410 101,96 0611 07 210036965330 OJEDA VEGA JUAN ANTONIO CL CLARA CAMPOAMOR B 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026560942 0410 0410 101,96 0611 07 210037027368 CINTADO FERNANDEZ FRANCI CL ARENAL, 105 21830 BONARES 03 21 2010 027558426 0410 0410 62,06 0611 07 210037199948 BLANCO BLANCO JUAN CL DALIA 16 21005 HUELVA 03 21 2010 027559032 0410 0410 17,72 0611 07 210037291692 ROMERO PALEAN JOSE CL ALANIS DE LA SIER 21007 HUELVA 03 21 2010 027559133 0410 0410 101,96 0611 07 210037314328 GARCIA CARRASCO JOSE CL SANTA MARIA 109 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027063524 0410 0410 66,49 0611 07 210037409308 LABRADOR PASCUAL CATALIN CL PIÑON 10 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026562558 0410 0410 101,96 0611 07 210037549350 BRAVO FRANCO URBANA CL EL CASTAÑO 58 21230 CORTEGANA 03 21 2010 026919943 0410 0410 93,10 0611 07 210037596537 PIOJAN BRITO ESPERANZA CL AYAMONTE 5 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027064332 0410 0410 101,96 0611 07 210037662619 MACIAS GARCIA MARIA SOCO CL ARENAL 12 21830 BONARES 03 21 2010 027560345 0410 0410 57,62 0611 07 210037672824 GOMEZ HERNANDEZ DOMINGA CL CAMILO TORRE 2 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027064534 0410 0410 101,96 0611 07 210037691113 RODRIGUEZ DAZA BELLA CL DE LA PESETA 4 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027064635 0410 0410 48,76 0611 07 210037879453 MARTINEZ MARTINEZ MIGUEL BD NUEVA 25 21730 ALMONTE 03 21 2010 026565184 0410 0410 101,96 0611 07 210038237545 RODRIGUEZ NARANJO FRANCI BD EL PINO, 28 21891 CHUCENA 03 21 2010 026566400 0410 0410 93,10 0611 07 210038271594 MARTIN SANTANA AMALIA CL CORTEGANA 14 21440 LEPE 03 21 2010 024179489 0310 0310 26,16 0611 07 210038296351 ROSADO ROLDAN M CARMEN CL LEON FELIPE 8 21730 ALMONTE 03 21 2010 026566703 0410 0410 101,96 0611 07 210038552490 MORENO PONCE MIGUEL CL ALONSO SOLTERO, 6 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027067766 0410 0410 93,10 0611 07 210038662729 GARCIA MORENO DIONISIA CL LA HUERTA, 11 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026569026 0410 0410 101,96 0611 07 210038678489 FLORES DIAZ MANUEL CL ARQUITECTO ARAMBU 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027068877 0410 0410 97,54 0611 07 210039133480 GOMEZ GOMEZ GEMA CL MIGUEL DE UNAMUNO 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027070392 0410 0410 101,96 0611 07 210039251496 CASTILLO MONJE SERGIO AL CL PINO 13 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027070800 0410 0410 101,96 0611 07 210039587461 LOPEZ CONDE MARIA ALONSO UR VERDELUZ BL. 8 21005 HUELVA 03 21 2010 027565496 0410 0410 26,59 0611 07 210039760142 PICHARDO MARQUEZ EMILIO CL JOSE HIERRO 7 21730 ALMONTE 03 21 2010 026571349 0410 0410 97,54 0611 07 211000014781 RODRIGUEZ GONZALEZ FRANC CL ISLA CANELA 10 21440 LEPE 03 21 2010 027073325 0410 0410 44,03 0611 07 211000140073 SOSA FANECA JUAN LUIS CL NARCISO 9 21440 LEPE 03 21 2010 024188179 0310 0310 13,28 0611 07 211000899505 CARRASCO CACERES FATIMA CL BLASCO IBAÑEZ 23 21730 ALMONTE 03 21 2010 026575793 0410 0410 14,18 0611 07 211001681565 MARTINS COELHO CRUZ MARI AV ANDALUCIA 101 21400 AYAMONTE 03 21 2010 027078678 0410 0410 84,23 0611 07 211001829085 HERMOSO RODRIGUEZ ANTONI CL ERMITA 15 21420 POZO DEL CAM 03 21 2010 027079082 0410 0410 88,67 0611 07 211001863946 ORTEGA RAMOS ESPERANZA R CL RINCON 1 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026577817 0410 0410 101,96 0611 07 211001880821 RODRIGUEZ SANTANA MARIA CL TAVIRA 40 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027079688 0410 0410 22,15 0611 07 211001942556 SANTOS LOPEZ JOSE ANTONI CL CENTRAL 9 21730 ALMONTE 03 21 2010 026578221 0410 0410 79,80 0611 07 211001967919 GOMEZ FERNANDEZ FATIMA CL EMPEDRADA 19 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026578322 0410 0410 46,10 0611 07 211002498688 LOPEZ CASTILLO ANDRES CL EMILIANO CABOT 55 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027082015 0410 0410 62,81 0611 07 211002827882 MARTIN MARTIN MANUEL CL PABLO VI 44 21440 LEPE 03 21 2010 027082722 0410 0410 35,46 0611 07 211002859107 DIAZ JESUS SOLEDAD MARIA CL ALMENDRAL 14 21450 CARTAYA 03 21 2010 019297359 0110 0110 7,39 0611 07 211003011576 VALIENTE GONZALEZ JOAQUI CL CALMA 11 21450 CARTAYA 03 21 2010 027084136 0410 0410 13,28 0611 07 211003072204 RODRIGUEZ EUGENIO JEMIMA CL AYAMONTE 15 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027084843 0410 0410 101,96 0611 07 211003117468 ROMERO SOLIS FRANCISCO M CL VIRGEN DEL CARMEN 21891 CHUCENA 03 21 2010 026581554 0410 0410 35,46 0611 07 211003129289 MARTIN ACEVEDO JOSE MANU CL MURCIA 3 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027085045 0410 0410 44,33 0611 07 211003178803 RODRIGUEZ GONZALEZ MIGUE CL MANUEL DE FALLA 1 21730 ALMONTE 03 21 2010 026582261 0410 0410 70,93 0611 07 211003817888 RIVERA PICHARDO MARIA RO CL ROCIANA DEL CONDA 21800 MOGUER 03 21 2010 027577119 0410 0410 101,96 0611 07 211003861439 CRUZ HERRERO ANA ISABEL CL AYAMONTE 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027087166 0410 0410 53,20 0611 07 211003990973 SERA ROSILLO LAUREANO CL ANTONIO MACHADO, 21007 HUELVA 03 21 2010 027577624 0410 0410 32,95 0611 07 211004077566 LOPEZ MORENO FRANCISCO J CL CHILE 1 21450 CARTAYA 03 21 2010 027087873 0410 0410 10,49 0611 07 211004083529 ROMERO FERNANDEZ DIEGO CL TRES CARABELAS 4 21002 HUELVA 03 21 2010 026585796 0410 0410 31,02 0611 07 211004176485 HIDALGO BRAVO FRANCISCO CL CUMBRES MAYORES 2 21007 HUELVA 03 21 2010 027578634 0410 0410 101,96 0611 07 211004289956 CARMEN RODRIGUEZ AMALIA CL CERANTES 22 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027088277 0410 0410 79,80 0611 07 211004339163 HERNANDEZ MARTIN ANTONIO CL ROCIANA DEL CONDA 21800 MOGUER 03 21 2010 027578836 0410 0410 66,49 0611 07 211005028671 GONZALEZ HUELVA JOSE ANT CL MENENDEZ PELAYO, 21730 ALMONTE 03 21 2010 026588830 0410 0410 44,33 0611 07 211005046253 GALLOSO GOMEZ ANTONIA AV DEPORTE, RESIDENC 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027090200 0410 0410 84,23 0611 07 211005135573 CONTIOSO FANECA AURORA CL MURCIA 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027090705 0410 0410 24,67

19090 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211005473255 DOMINGUEZ CRUZADO MARIA CL POZO NUEVO BDA LA 21860 VILLALBA DEL 03 21 2010 026591254 0410 0410 31,02 0611 07 211005657252 PONCE LOPEZ ILDEFONSO CL CANDAO 82 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026591759 0410 0410 93,10 0611 07 211005890557 RASTROJO LUNAR ROSA MARI CL NUESTRA SEÑORA DE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027093230 0410 0410 101,96 0611 07 211006009886 VAZQUEZ LEON CARLOS CL BOCINA 5 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027093735 0410 0410 31,02 0611 07 211006208435 ARZA MARTINEZ MARIA DEL CL ROGELIO BUENDIA 8 21005 HUELVA 03 21 2010 027585607 0410 0410 17,72 0611 07 211006454773 SANCHEZ RODRIGUEZ JOSE A CL BECQUER 49 21730 ALMONTE 03 21 2010 026595904 0410 0410 70,93 0611 07 211007234009 JIMENEZ AGUILERA MERCEDE CL CHANZAR 18 21560 PAYMOGO 03 21 2010 026935707 0410 0410 101,96 0611 07 211007437305 MARRUFO HERNANDEZ JOSE M CL SANTIAGO 103 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027097977 0410 0410 39,89 0611 07 211007530362 GONZALEZ GOMEZ ROCIO BD DEL ROCIO 4 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027098078 0410 0410 11,82 0611 07 211008513601 JESUS SANTOS ARTUR CL SEBASTIAN URBANO 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027101112 0410 0410 35,46 0611 07 211008909479 GOMEZ SUEIRO ANA MARIA CL TRES CARABELAS 15 21002 HUELVA 03 21 2010 026599237 0410 0410 13,44 0611 07 211008931206 MORA PATA CARMEN MARIA CL ANDEVALO 23 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 027102021 0410 0410 101,96 0611 07 211009256457 QUILES FLORES JOSE CL VILA REAL 2 21007 HUELVA 03 21 2010 027590859 0410 0410 101,96 0611 07 211009538363 ARROYO GRANERO SARA CL DE LAS HERMANDADE 21006 HUELVA 03 21 2010 027592273 0410 0410 24,97 0611 07 211009559480 RIERA ALVAREZ CARLOS SAL AV DE ANDALUCIA 34 21260 SANTA OLALLA 03 21 2010 026938737 0410 0410 75,36 0611 07 211010887774 VAZQUEZ JIMENEZ FRANCISC UR VERDELUZ 1 21005 HUELVA 03 21 2010 027594701 0410 0410 14,93 0611 07 211011061263 PEREZ PEREZ JOSE ANTONIO AV MAGALLANES_(URB. 21459 LAGUNA DEL P 03 21 2010 026602671 0410 0410 22,15 0611 07 211011180895 PEREZ PEREZ FRANCISCO JA CL JUAN CARLOS 1 21610 SAN JUAN DEL 03 21 2010 027595711 0410 0410 79,80 0611 07 211011268300 MARTIN BRITO JOSE IGNACI BD DE LA PEÑA 4 21550 PUEBLA DE GU 03 21 2010 026940757 0410 0410 93,10 0611 07 211011277693 CONTIOSO MARQUEZ MANUEL CL SANTA BARBARA, 14 21440 LEPE 03 21 2010 024224252 0310 0310 79,80 0611 07 211011439664 TRUJILLO PERIAÑEZ FRANCI CL GRUPO NTRA. SRA. 21730 ALMONTE 03 21 2010 026605095 0410 0410 101,96 0611 07 211011485538 DACOSTA FORQUE DANIEL PP EXTREMADURA 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027108687 0410 0410 70,93 0611 07 211011528984 MARQUEZ RODRIGUEZ JAVIER CL ELISA FERNANDEZ 1 21800 MOGUER 03 21 2010 027597024 0410 0410 101,96 0611 07 211011664784 ALMANSA JIMENEZ JOSEFA CL CAMPANA 33 21560 PAYMOGO 03 21 2010 026941868 0410 0410 13,28 0611 07 211011664885 ALMANSA JIMENEZ JOSE MAN CL CAMPANA 33 21560 PAYMOGO 03 21 2010 026941969 0410 0410 93,10 0611 07 211012007419 CARRASCO MARQUEZ VANESA CL PINO DE LA CORONA 21800 MOGUER 03 21 2010 027599044 0410 0410 75,36 0611 07 211012313775 PALANCO CERREJON JACOBO CL BATALLA DE SAN QU 21500 GIBRALEON 03 21 2010 030110536 0410 0410 12,85 0611 07 211012400166 JIMENEZ CAMPOS JOSE CL ERETA 44 21560 PAYMOGO 03 21 2010 026943484 0410 0410 101,96 0611 07 211012742700 REBOLLO ANTONIO MANUELA CL MUÑOZ Y PAVON 35 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026612270 0410 0410 11,82 0611 07 211012789378 SUAREZ VAZQUEZ ANGEL CL MURCIA 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027112428 0410 0410 44,33 0611 07 211013317424 FERNANDEZ VILLA MARIA MA CL PUEBLA DE SANABRI 21007 HUELVA 03 21 2010 027602175 0410 0410 35,46 0611 07 211013641463 SAAVEDRA MORENO AGUEDA CL SANLUCAR DE GUADI 21007 HUELVA 03 21 2010 027602983 0410 0410 31,76 0611 07 211013721184 DE LA ROSA ALVAREZ JUAN PZ LOS GALEOTES 6 21007 HUELVA 03 21 2010 027603286 0410 0410 75,36 0611 07 211013894976 RAMOS VALLEJO ENRIQUE CL LARGA 23 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026618637 0410 0410 39,89 0611 07 211014457374 RODRIGUEZ FREIRE EZEQUIE CL EJIDO 43 21830 BONARES 03 21 2010 027606017 0410 0410 26,75 0611 07 211014549829 MONTAÑO MILLAN NURIA CL TRES CARABELAS 13 21002 HUELVA 03 21 2010 026620859 0410 0410 26,59 0611 07 211014571249 MELLADO VALLEJO RAQUEL CL ROSALIA DE CASTRO 21730 ALMONTE 03 21 2010 026620960 0410 0410 17,88 0611 07 211015041495 GHAYOUT --- NOOREDDINE ZZ FINCA LA PIñUELA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027608340 0410 0410 35,46 0611 07 211015174669 CANDON LAZARO FRANCISCO CL LIRIOS 112 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 030120438 0410 0410 23,80 0611 07 211015267528 ELVIRA SUAREZ ANGEL AV DE LA LIBERTAD 27 21830 BONARES 03 21 2010 027609148 0410 0410 35,46 0611 07 211015270154 DIAZ HUELVA MARIA SHEILA CL AJOLI 65 21730 ALMONTE 03 21 2010 026623889 0410 0410 101,96 0611 07 211015492648 DE LA CRUZ SUAREZ JOSE M CL EXTREMADURA 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027122330 0410 0410 97,54 0611 07 211015714031 MARQUEZ SANCHEZ SERGIO L CL TOMAS PEREZ ROMEU 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027122936 0310 0310 76,10 0611 07 211015751114 JIMENEZ VARGAS MARIA CAR CL CALA (BARRIADA SA 21130 MAZAGON 03 21 2010 027611572 0410 0410 101,96 0611 07 211015772029 RODRIGUEZ HERNANDEZ MARI PZ PARCHILENA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027611774 0410 0410 77,44 0611 07 211015805068 FERNANDEZ HORNERO JUAN M CL JUAN NICOLAS MARQ 21005 HUELVA 03 21 2010 027611976 0410 0410 16,55 0611 07 211015956430 LAKNIFI --- BOUCHAIB CL MARIA AUXILIADORA 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026627428 0410 0410 23,80 0611 07 211016543278 CANO GARCIA SORAYA CL ELOY PICON 10 21005 HUELVA 03 21 2010 027613592 0410 0410 48,76 0611 07 211016546110 MARTIN AMADOR ROCIO CL NIEBLA 52 21830 BONARES 03 21 2010 027613693 0410 0410 39,89 0611 07 211016777593 GONCALVES LIMA DINIS MAN CL ARQUITECTO ARAMBU 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027126673 0410 0410 13,28 0611 07 211016811848 RIOUACH --- ABDELKADER CL ESPAÑA 8 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027127380 0410 0410 101,96 0611 07 211016932086 RODRIGUEZ GOMEZ MARIA RO CL SAN JOSE 17 21800 MOGUER 03 21 2010 027614707 0410 0410 26,59 0611 07 211016939766 HERNANDEZ GOMEZ MARIA RO PZ PENSAMIENTO 7 21005 HUELVA 03 21 2010 027614909 0410 0410 66,49 0611 07 211017201969 BOULIM --- MOHAMED CL JOAQUIN COSTA 15 21440 LEPE 03 21 2010 027130515 0410 0410 88,67 0611 07 211017425877 LOPEZ CARRASCO ROCIO FAT CL BLASCO IBAÑEZ 27 21730 ALMONTE 03 21 2010 026632781 0410 0410 14,18 0611 07 211018074161 RAMOS PINO ALMUDENA PL ESTIBADORES 9 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027134353 0410 0410 33,84 0611 07 211018338384 CINTADO TEJADA MANUELA CL DALIA, 9 21005 HUELVA 03 21 2010 027618848 0410 0410 31,02 0611 07 211018662528 DOMINGUEZ BOGADO VERONIC CL MIGUEL DE UNAMUNO 21130 MAZAGON 03 21 2010 027620262 0410 0410 13,28 0611 07 211018913112 ORTEGA RAMOS JESUS CL ESPAÑA 8 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027138090 0410 0410 11,82 0611 07 211019337282 RAFIG RAFIG MOSTAPHA CL BOLIVIA 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027623494 0410 0410 57,62 0611 07 211019337282 RAFIG RAFIG MOSTAPHA CL BOLIVIA 5 21800 MOGUER 03 21 2010 033767032 0210 0210 70,93 0611 07 211019337585 ATIQ --- KHALID CL BOLIVIA 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027623696 0410 0410 57,62 0611 07 211019337585 ATIQ --- KHALID CL BOLIVIA 5 21800 MOGUER 03 21 2010 033767234 0210 0210 70,93 0611 07 211019344154 PANCHO BUENO MARIA DOLOR CL SACRIFICIO 29 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026636522 0410 0410 101,96 0611 07 211019353955 AMRANE --- MILOUD PZ JORGE JUAN 4 21005 HUELVA 03 21 2010 027623902 0410 0410 97,54 0611 07 211019682846 JIMENEZ RAMIREZ JOSE MAR CL FRANCISCO GARCIA 21450 CARTAYA 03 21 2010 027143447 0410 0410 31,02 0611 07 211019695576 MALIUSIENE --- VIRGINIJA CL BLAS INFANTE 2 21450 CARTAYA 03 21 2010 027143750 0410 0410 93,10 0611 07 211019725383 SUAREZ GARCIA DIEGO CL DOCTOR FLEMING 1 21830 BONARES 03 21 2010 027626932 0410 0410 44,33 0611 07 211019809653 HAFIANE --- JILLALI CL PARROCO JOSE LORA 21440 LEPE 03 21 2010 027144457 0410 0410 35,46 0611 07 211019850978 VALDEZ VELAZQUEZ NELLY L CL FRANCISCO GARCIA 21450 CARTAYA 03 21 2010 027144659 0410 0410 101,96 0611 07 211019914535 ZUK --- DOROTA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027628144 0410 0410 101,96 0611 07 211019984455 GLOWACKA --- WIOLETA UR CIPARSA STA.MARIA 21130 MAZAGON 03 21 2010 027628649 0410 0410 10,92 0611 07 211020075795 KLIKS --- MONIKA JULIA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 027629053 0410 0410 22,15 0611 07 211020077516 SKOCZYLAS --- GRAZYNA JO CL PUNTALES 6 21800 MOGUER 03 21 2009 035682704 0809 0809 100,48 0611 07 211020077516 SKOCZYLAS --- GRAZYNA JO CL PUNTALES 6 21800 MOGUER 03 21 2009 038491357 0909 0909 100,48 0611 07 211020077516 SKOCZYLAS --- GRAZYNA JO CL PUNTALES 6 21800 MOGUER 03 21 2010 011989825 1009 1009 100,48

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19091 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211020077516 SKOCZYLAS --- GRAZYNA JO CL PUNTALES 6 21800 MOGUER 03 21 2010 014556281 1109 1109 100,48 0611 07 211020077516 SKOCZYLAS --- GRAZYNA JO CL PUNTALES 6 21800 MOGUER 03 21 2010 027629154 0410 0410 66,49 0611 07 211020088832 RODRIGUEZ MARTIN JOSE AN PZ ESTIBADORES 10 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027146275 0410 0410 45,52 0611 07 211020104895 BELTRAN DE BAYAS ANTONIA CL BOLLULLOS 6 21860 VILLALBA DEL 03 21 2010 026639350 0410 0410 26,59 0611 07 211020179263 GALAN --- ELENA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027630568 0410 0410 22,15 0611 07 211020388623 ESCOBAR SALAS ESPERANZA CL RAFAEL ALBERTI, 3 21860 VILLALBA DEL 03 21 2010 026640461 0410 0410 101,96 0611 07 211020454503 WOJTASZEWSKA --- IWONA ZZ APARTADO DE CORRE 21440 LEPE 03 21 2010 027147588 0410 0410 88,67 0611 07 211020621827 WOJCIK --- BOZENA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 024268813 0310 0310 35,46 0611 07 211020621827 WOJCIK --- BOZENA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027149309 0410 0410 17,72 0611 07 211020769145 DIENG --- AWA CL DOCTOR ELOY PICON 21005 HUELVA 03 21 2010 027637440 0410 0410 101,96 0611 07 211020816029 PILAT --- GRAZYNA TERESA CL FRANCISCO GARFIAS 21800 MOGUER 03 21 2010 027637844 0410 0410 13,28 0611 07 211020825224 ANTONETE FERNANDEZ PATRI CL JAZMIN 15 21440 LEPE 03 21 2010 024269722 0310 0310 79,80 0611 07 211020989619 KRASICKA --- ANNA MALGOR CL EXTREMADURA 28 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027150723 0410 0410 53,20 0611 07 211021082575 CHAPARRO CARBAJO SERGIO CL SAN ISIDRO 9 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026644101 0410 0410 101,96 0611 07 211021215446 ALONSO RODRIGUEZ CONSOLA CL PALMERA 39 21450 CARTAYA 03 21 2010 024272247 0310 0310 101,96 0611 07 211021499776 BELYAMANI --- FATNA ZZ FINCA LAS PALMERI 21440 LEPE 03 21 2010 027154056 0410 0410 13,28 0611 07 211021732374 HABRAOU --- ABDELILAH BD GUADIANA 6 21400 AYAMONTE 03 21 2010 027155975 0410 0410 22,15 0611 07 211021839276 CABALEIRO RAMOS VICTOR M PZ JACARANDAS 1 21006 HUELVA 03 21 2010 024827369 0310 0310 101,96 0611 07 211022091880 GIL GARCIA ROCIO CL FEDERICO GARCIA L 21860 VILLALBA DEL 03 21 2010 026646525 0410 0410 31,02 0611 07 211022269918 DE LOS SANTOS DE LA CERD BD REINA SOFIA 7 21450 CARTAYA 03 21 2010 027158706 0410 0410 84,23 0611 07 211022321852 GRANADO PEREZ ANA CL CARTUJA 46 21891 CHUCENA 03 21 2010 026647232 0410 0410 8,86 0611 07 211022767446 MARTINEZ JIMENEZ HERMINI CL EL CHORRITO 18 21550 PUEBLA DE GU 03 21 2010 026959147 0410 0410 28,37 0611 07 211023087546 IVANOV --- GABRIELA ELEN CL SAN CRISTOBAL 42 21830 BONARES 03 21 2010 027651887 0410 0410 57,62 0611 07 211023205663 PLAIAS --- PARASCHIVA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027654113 0410 0410 22,15 0611 07 211023220215 ION --- EUGENIA CT LA REDONDELA FINC 21440 LEPE 03 21 2010 027165574 0410 0410 8,86 0611 07 211023362378 COVAR --- MIHAELA MARIUT CL MARIA AUXILIADORA 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026650666 0410 0410 66,49 0611 07 211023369654 ALMAGRO MARRUFO MIKEL CL SANTIAGO 103 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027167291 0410 0410 101,96 0611 07 211023394714 CHAVEZ BORRALLO MARIA PA PZ JORGE JUAN 3 21005 HUELVA 03 21 2010 027657143 0410 0410 19,66 0611 07 211023440281 GRIGORUTA --- MIHAELA EL CL MIGUEL DE CERVANT 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027658658 0410 0410 48,76 0611 07 211023749368 CYGAL --- MALGORZATA CT LEPE-AYAMONTE (FI 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027168507 0410 0410 57,62 0611 07 211023831719 KUSTON --- ANGELIKA EWA CL COLON 12 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026652686 0410 0410 62,06 0611 07 211023832022 MACIEJEWSKA --- KRYSTYNA CL COLON 12 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026652787 0410 0410 8,86 0611 07 211023971357 PIERUCKA --- BOGUSLAWA M CL OLIVOS 11 21800 MOGUER 03 21 2010 027666136 0410 0410 101,96 0611 07 211024021776 CUREA --- ILEANA LACRAMI CL SANTIAGO 19 21730 ALMONTE 03 21 2010 026653696 0410 0410 8,86 0611 07 211024195063 CABRERA JACINTO PABLO CL ANTONIO MACHADO 1 21730 ALMONTE 03 21 2010 026654306 0410 0410 35,46 0611 07 211024517789 MANUEL MARQUEZ VICTOR CL VIRGEN DEL ROSARI 21800 MOGUER 03 21 2010 027670580 0410 0410 13,28 0611 07 211024644495 TAHAR DJEBBAR BENSAADIA CL MANZANO 13 21450 CARTAYA 03 21 2010 027173759 0410 0410 101,96 0611 07 211024644495 TAHAR DJEBBAR BENSAADIA CL MANZANO 13 21450 CARTAYA 03 21 2010 033223226 0210 0210 31,02 0611 07 211024932364 FRANCISCO MARQUEZ MONICA CL GONZALO RAMIREZ 3 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027174466 0410 0410 70,93 0611 07 211024959141 KASSAM --- RACHID CL NUEVA 130 21850 VILLARRASA 03 21 2010 026656528 0410 0410 8,86 0611 07 211025074632 MOGHLI --- MHAMMED BD DE LA ESTACION 34 21420 POZO DEL CAM 03 21 2010 027175375 0410 0410 48,76 0611 07 211025690075 BALAN --- GHEORGHE CL CONDADO DE NIEBLA 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026658447 0410 0410 101,96 0611 07 211025873466 PUNTE DIAZ JAVIER CL TOMILLO 9 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027674321 0410 0410 22,15 0611 07 211026357153 SANCHEZ SANCHEZ VERONICA PZ RAMON DE BONIFAZ 21005 HUELVA 03 21 2010 027675432 0410 0410 57,62 0611 07 211026444150 SELIMOVA --- RENGINAR HA CL RINCON 12 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026660669 0410 0410 22,15 0611 07 211026589246 DEMKOWICZ-DOBRZANSKA --- CL EL PILAR 82 21830 BONARES 03 21 2010 027677250 0410 0410 35,46 0611 07 211026624107 RADLAK --- WIESLAWA ANNA ZZ APDO.CORREOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027181439 0410 0410 101,96 0611 07 211026677657 OLECH --- LIDIA CL CANARIAS 8 21440 LEPE 03 21 2010 027181843 0410 0410 57,62 0611 07 211026681293 SAMBORSKA --- MARTA CL PICAZO 4 21440 LEPE 03 21 2010 027182045 0410 0410 57,62 0611 07 211026697360 PELC --- TERESA ZZ APTDO DE CORREOS 21440 LEPE 03 21 2010 027182348 0410 0410 13,28 0611 07 211026779610 AMBROZIEWICZ --- ANNA CL CRISTOBAL DOMINGU 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027680179 0410 0410 22,15 0611 07 211026780115 PIETRZAK --- MALGORZATA CL SAN PEDRO 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027680280 0410 0410 101,96 0611 07 211026783650 KRAWCZYK --- AGNIESZKA M CL MALVA 28 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027680482 0410 0410 35,46 0611 07 211026877923 MUNTEANU --- NICULINA CL HERNAN CORTES 26 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027681694 0410 0410 35,46 0611 07 211026902777 BODOR --- MARIANA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 027682607 0410 0410 13,28 0611 07 211026934204 PIRVAN --- ELENA CL EL SALVADOR 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027683112 0410 0410 79,80 0611 07 211026947540 LACATUS --- FELICIA NELI CL RIO TINTO 14 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027683213 0410 0410 48,76 0611 07 211026958452 TUDOR --- ELENA CL EL SALVADOR 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027683617 0410 0410 79,80 0611 07 211027075458 TOTOI --- MARIA ZZ FINCA LAS MALVINA 21800 MOGUER 03 21 2010 026664309 0410 0410 53,20 0611 07 211027076569 DAICU --- VALENTINA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027687051 0410 0410 35,46 0611 07 211027077882 POPA --- ELENA CL EL SALVADOR, 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027687152 0410 0410 79,80 0611 07 211027109612 ZAMFIRACHE --- NICOLETA CL VIRGEN DE LA LUZ 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027688061 0410 0410 13,28 0611 07 211027140126 ILIE --- ECATERINA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 027689374 0410 0410 13,28 0611 07 211027205400 GHIONOIU --- MICSUNICA CL LIMONES 34 21800 MOGUER 03 21 2010 027692004 0410 0410 26,59 0611 07 211027213581 CIOLAC --- IOANA CL TENERIAS 16 21450 CARTAYA 03 21 2010 027185681 0410 0410 13,28 0611 07 211027229648 PLETEA --- GICA CL PIZARRO 70 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026666329 0410 0410 8,86 0611 07 211027272488 ARON --- IULIANA CL EL SALVADOR 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027692913 0410 0410 79,80 0611 07 211027353728 RUSU --- CRISTINA ELENA BD LAS ROCIANAS 21 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026666935 0410 0410 88,67 0611 07 211027374138 RODILA --- DUMITRU CL FLORES 46 21800 MOGUER 03 21 2010 027696347 0410 0410 35,46 0611 07 211027378885 CAIAN --- ELENA CL CARDENAL ALMARAZ 21730 ALMONTE 03 21 2010 026667238 0410 0410 97,54 0611 07 211027389292 NITULESCU --- ELENA CL VALDEFLORES DEL C 21450 CARTAYA 03 21 2010 027186691 0410 0410 44,33 0611 07 211027395558 UNGHIANU --- ELENA CL EL PILAR 45 21830 BONARES 03 21 2010 027697458 0410 0410 13,28 0611 07 211027428193 MOLDOVEANU --- GABRIELA CL COLON 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026667642 0410 0410 17,72 0611 07 211027452546 BURZA --- IOAN CL LIMONES 34 21800 MOGUER 03 21 2010 027700084 0410 0410 22,15 0611 07 211027541159 ROTARU --- MARIANA CL ALMENDRAL 10 21450 CARTAYA 03 21 2010 027187503 0410 0410 17,72 0611 07 211027548536 STANCIU --- MARILENA CL GUADALETE 2 21440 LEPE 03 21 2010 027187604 0410 0410 22,15

19092 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211027715961 STROE --- RODICA CL SANTA MARIA, 66 21450 CARTAYA 03 21 2010 027188513 0410 0410 13,28 0611 07 211027720409 MEMET --- MIRODANA CL THARSIS 3 21440 LEPE 03 21 2010 027188715 0410 0410 93,10 0611 07 211027821954 KOLISNYK --- YAN CL COLON, 4 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026670369 0410 0410 22,15 0611 07 211027904507 BAIARAM --- PAUL ED NAUTICO 12 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027190432 0410 0410 31,02 0611 07 211027927240 BARBULESCU --- MIHAELA CL CRISTOBAL COLON 1 21130 MAZAGON 03 21 2010 027708673 0410 0410 13,28 0611 07 211027928351 BRASOV --- NELUTA AV FINCA LA PEñUELA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027708774 0410 0410 101,96 0611 07 211028006961 CLOPOTIVEANU --- CRISTIA CL NORIA, 5 21450 CARTAYA 03 21 2010 027191947 0410 0410 39,89 0611 07 211028184793 CANO ACEITON MIGUEL CL PJA RDGUEZ. BEJAR 21730 ALMONTE 03 21 2010 026676029 0410 0410 17,72 0611 07 211028198335 CIOBAN --- ADRIANA MIREL CL TORRE DE LORO 14 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027712010 0410 0410 70,93 0611 07 211028241579 ZAKRZEWSKA --- KATARZYNA CL FERIA 1 21450 CARTAYA 03 21 2010 027193866 0410 0410 17,72 0611 07 211028245421 PRZYBYLSKA --- MARTA MAR CL FERIA 1 21450 CARTAYA 03 21 2010 027194068 0410 0410 17,72 0611 07 211028259666 GOMEZ MARTIN EVA MARIA CL VIRGEN DE FATIMA 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027194169 0410 0410 101,96 0611 07 211028334741 WOJCIESZAK --- ZANETA BE ZZ PASEO BAJO DE LAS 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027194876 0410 0410 31,02 0611 07 211028526014 SALI --- CLAUDIA PZ DE LAS FLORES 1 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027195583 0410 0410 37,24 0611 07 211028878648 ZAHIR --- MOHAMED CL SALVADOR 4 21450 CARTAYA 03 21 2010 027196900 0410 0410 53,20 0611 07 211029208549 CARMELINO FREIRE PAULO J UR COSTA PORTIL CAL 21459 LAGUNA DEL P 03 21 2010 027197809 0410 0410 39,89 0611 07 211029847739 GONZALEZ GALLARDO SERGIO BD DOÑA SOFIA 17 21450 CARTAYA 03 21 2010 027201647 0410 0410 22,15 0611 07 211029898057 MITROFAN --- AURORA CL LVIRA DE AYALA 5 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 027723326 0410 0410 17,72 0611 07 211029972425 BRADU --- VIORICA ELEONO CL BALMES, 13 21440 LEPE 03 21 2010 024335905 0310 0310 7,24 0611 07 211029988791 LEPADATU --- ELENA CL OLIVOS 17 21800 MOGUER 03 21 2010 027727063 0410 0410 13,28 0611 07 211030009205 BRANDUSOIU --- DANIELA J CL PINTOR VAZQUEZ DI 21830 BONARES 03 21 2010 027728174 0410 0410 13,28 0611 07 211030009306 BRAHASESCU --- MARIA CL PINTOR VELAZQEZ 5 21830 BONARES 03 21 2010 027728275 0410 0410 13,28 0611 07 211030110245 COMAN --- FLOAREA CL AZUCENA 17 21800 MOGUER 03 21 2010 027730905 0410 0410 35,46 0611 07 211030126716 COZMA --- FLORIN CL ARACENA 2 21450 CARTAYA 03 21 2010 027204475 0410 0410 97,54 0611 07 211030168849 ANDRAS --- MARICICA CL BLAS INFANTE 13 21440 LEPE 03 21 2010 027205081 0410 0410 7,24 0611 07 211030169960 CULITA --- LUCICA ZZ FINCA LA PIÑUELA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027732824 0410 0410 13,28 0611 07 211030170667 CALARASU --- GABRIELA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027205182 0410 0410 17,72 0611 07 211030242712 DEDU --- CATI CL DOS DE MAYO 4 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026685426 0410 0410 8,86 0611 07 211030266354 GRABOSCHI --- SANDA NICO CL REVUELO 1 21830 BONARES 03 21 2010 027735551 0410 0410 13,28 0611 07 211030267162 DIONISE --- GEORGETA CL MALVA 128 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027735652 0410 0410 63,54 0611 07 211030294545 ILIE --- PAULINA CL BETANZOS 20 21800 MOGUER 03 21 2010 027736359 0410 0410 48,76 0611 07 211030298585 CADAR --- ELENA SIMINA CL BETANZOS 20 21800 MOGUER 03 21 2010 027736460 0410 0410 22,15 0611 07 211030318288 IGNAT --- VERA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027737369 0410 0410 35,46 0611 07 211030334456 ANTOHI --- OANA ALEXANDR CL RAMON Y CAJAL 28 21730 ALMONTE 03 21 2010 026686234 0410 0410 62,06 0611 07 211030378411 FANDARAC --- IONELA CL ALMIRANTE PINZON 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027739187 0410 0410 84,23 0611 07 211030382148 DECU --- MARIANA CL MIGUEL DE CERVANT 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027740096 0410 0410 48,76 0611 07 211030393060 CALOTA --- IONELA ELISAB CL ACACIA, 20 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027207509 0410 0410 13,28 0611 07 211030446614 DRAGOI --- ILINCA CL FRANCISCO GARFIAS 21800 MOGUER 03 21 2010 027742625 0410 0410 62,06 0611 07 211030473488 NICOLAE --- MARIAN CL COLON 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026687951 0410 0410 19,79 0611 07 211030492888 RADU --- ILEANA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027743736 0410 0410 35,46 0611 07 211030590696 POENARU --- ADRIANA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027745554 0410 0410 35,46 0611 07 211030649910 TUDORACHE --- IOANA CL PUEBLA DE SANABRI 21007 HUELVA 03 21 2010 024961856 0310 0310 101,96 0611 07 211030770148 RADOI --- ELENA CL CRISTOBAL COLON, 21800 MOGUER 03 21 2010 027750911 0410 0410 22,15 0611 07 211030784696 JAMEL --- HAFIDA CL PALO DULCE 1 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 027751517 0410 0410 22,15 0611 07 211030787124 RADU --- MARIANA PZ ANDALUCIA 5 21730 ALMONTE 03 21 2010 026690476 0410 0410 13,28 0611 07 211030796723 NEGRILA --- IULIANA AV MONTENEGRO 2 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 027751618 0410 0410 35,46 0611 07 211030797632 SANDU --- VALERIA ZZ APART.CORREOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027212559 0410 0410 22,15 0611 07 211030812483 MACIUCA --- AURICA CL PARCHILENA 2 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027752729 0410 0410 13,28 0611 07 211030824712 CRETU --- GHEORGHITA CL MARTIN ALONSO PIN 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 027752931 0410 0410 33,54 0611 07 211030830065 ANDREI --- LENUTA CL COLON 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026690981 0410 0410 17,72 0611 07 211030831681 GRIGORE --- NELA CL RUIZ DE ALDA 18 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 027753133 0410 0410 13,28 0611 07 211030866441 MARIN --- ELENA CL MALVA 28 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027753941 0410 0410 101,96 0611 07 211030866643 DRAGU --- AURELIA CL MALVA 28 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027754042 0410 0410 35,46 0611 07 211030882306 SIMION --- MARINELA CL COLON 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026691688 0410 0410 13,28 0611 07 211030901908 STEFAN --- NICOLETA CL VICENTE YAÑEZ PIN 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 027754850 0410 0410 8,86 0611 07 211030942425 FILIMON --- NICOLETA MIH CL URUGUAY 5 21450 CARTAYA 03 21 2010 027755557 0410 0410 39,89 0611 07 211030953539 RADUCAN --- IOANA CL LOPE DE VEGA 12 21730 ALMONTE 03 21 2010 026692193 0410 0410 79,80 0611 07 211030967077 MATEOIU --- RUXANDRA CL HERMANOS NIÑO 8 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 027756365 0410 0410 22,15 0611 07 211030974959 VASILE --- VIORICA CL EL SALVADOR 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027756668 0410 0410 79,80 0611 07 211031072464 PELIVAN --- VALERIU AV INGENIERO MONTENE 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 027757678 0410 0410 22,15 0611 07 211031081659 DICU --- DANIELA CL LOPE DE VEGA 12 21730 ALMONTE 03 21 2010 026692803 0410 0410 101,96 0611 07 211031123287 JABOUR --- ABDELMALEK CL ANTONIO MACHADO 1 21800 MOGUER 03 21 2010 027758688 0410 0410 39,76 0611 07 211031239990 HOLINSKA --- URSZULA BEA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027759395 0410 0410 53,20 0611 07 211031274245 HAIDARA --- MAMADOU CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027760005 0410 0410 8,86 0611 07 211031332647 HANIS --- ABED CL AVENIDA DE LA DIP 21440 LEPE 03 21 2010 027218623 0410 0410 8,86 0611 07 211031334970 DIAKE --- AMADOU CL GLADIOLO 2 21440 LEPE 03 21 2010 024356214 0310 0310 101,96 0611 07 211031352047 RHALLAB --- NOUR EDDINE CL SAN FRANCISCO 11 21800 MOGUER 03 21 2010 027761520 0410 0410 22,15 0611 07 211031364272 KCHACHLAA --- YOUSSEF CL THARSIS 1 21440 LEPE 03 21 2010 027219532 0410 0410 84,23 0611 07 211031379632 CAICEDO BASTIDAS EDDY FA CL CARDENAL ALMARAZ 21730 ALMONTE 03 21 2010 026694722 0410 0410 31,02 0611 07 211031443488 KANTE --- NAMAN CL ANTONIO MACHADO 2 21800 MOGUER 03 21 2010 027763540 0410 0410 39,89 0611 07 211031460565 LOPEZ --- GIANCARLO X CL ARQUITECTO ARAMBU 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027221047 0410 0410 20,83 0611 07 211031468851 SLIMANI --- MOHAMED CL FRAILE 26 21450 CARTAYA 03 21 2010 027221451 0410 0410 101,96 0611 07 211031470366 ABDERRAZZAK --- LOURIGA CL FRAILE 26 21450 CARTAYA 03 21 2010 027221653 0410 0410 66,49 0611 07 211031470871 CHEBIRA --- AHMED CL PRICES 26 21450 CARTAYA 03 21 2010 027221754 0410 0410 48,76 0611 07 211031513008 TRUJILLO GRANADA BERTHA CL CUMBRES MAYORES 5 21007 HUELVA 03 21 2010 027764651 0410 0410 21,56 0611 07 211031518664 ZITOUNI --- KHALIFA CL MOLINOS 53 21800 MOGUER 03 21 2010 027765055 0410 0410 8,86

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19093 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211031527657 IVANOVA --- ZLATKA GEORG CL ENCARNACION 51 21440 LEPE 03 21 2010 027224885 0410 0410 48,76 0611 07 211031595052 HAMDAOUI --- RABAH CL LA ESPAÑOLA 7 21800 MOGUER 03 21 2010 027767883 0410 0410 101,96 0611 07 211031627990 ZHELYAZKO MITKOV DIMITRO CL POZO 21 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027226505 0410 0410 13,28 0611 07 211031640623 CHEKANOVSKIY --- MYKOLA AV CONQUISTADORES 46 21130 MAZAGON 03 21 2010 027768792 0410 0410 35,46 0611 07 211031682352 MONCAYO NAVARRETE GABRIE CL ECUADOR 7 21450 CARTAYA 03 21 2010 027228222 0410 0410 97,54 0611 07 211031735300 IVANOV --- IVAN ASENOV CL ENCARNACION 51 21440 LEPE 03 21 2010 027229838 0410 0410 70,93 0611 07 211031742269 TODOROVA --- RADKA GEORG PZ PEREZ QUINTERO 2 21006 HUELVA 03 21 2010 027771422 0410 0410 15,52 0611 07 211031783089 JAFNI --- YOUNESS CL EL RINCON 3 21730 ALMONTE 03 21 2010 026699873 0410 0410 101,96 0611 07 211031800570 HOROPCIUC --- GELU FLORI CL ALMERIA 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026700479 0410 0410 35,46 0611 07 211031802388 ANGELOVA --- MINKA GEORG CL MERCEDES 50 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026700681 0410 0410 79,80 0611 07 211031824115 EL HADI --- ABDELONAHAD CL EXTREMADURA 28 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027233272 0410 0410 53,20 0611 07 211031835835 PACA CHACAGUASAY SEGUNDO CL PARROCO JOSE LARA 21440 LEPE 03 21 2010 027233474 0410 0410 79,80 0611 07 211031868167 PERALTA REYES TEOFILO ED CL VAZQUEZ DIAZ 3 21730 ALMONTE 03 21 2010 026702503 0410 0410 26,59 0611 07 211031875342 SUCIU --- IULIANA CL CONCEPCION 37 21730 ALMONTE 03 21 2010 026703008 0410 0410 48,76 0611 07 211031882214 NIANG --- MOUNIROU BD DEL CARMEN, AV DE 21002 HUELVA 03 21 2010 026703412 0410 0410 11,66 0611 07 211031886557 GRIGORE --- CONSTANTIN CL ALMENDRAL 6 21450 CARTAYA 03 21 2010 027234989 0410 0410 88,67 0611 07 211031890500 FRUNZA --- MARIUS CORNEL CL LAGUNA DE ABALARI 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027775361 0410 0410 22,15 0611 07 211031898479 GHAYOUT --- AHMED ZZ FINCA LA PIñUELA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027775866 0410 0410 93,10 0611 07 211031904038 KOLISNYK --- VITALI CL COLON 4 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026704018 0410 0410 35,46 0611 07 211031913940 BOUMAZA --- MOHAMMED CL MOLINOS 53 21800 MOGUER 03 21 2010 027776573 0410 0410 22,15 0611 07 211031921721 MERROUN --- OMAR CL REAL ESC.AND.ARTE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027235700 0410 0410 93,10 0611 07 211031975069 LOUIZ --- RACHID CL ESTORNINO 23 21830 BONARES 03 21 2010 027778492 0410 0410 57,62 0611 07 211031980123 AINA --- LAHOUARI CL VELARDE 5 21440 LEPE 03 21 2010 027237013 0410 0410 101,96 0611 07 211031991843 SIMEONOV --- RUMEN IVANO CL REVUELO 1 21830 BONARES 03 21 2010 027778900 0410 0410 28,81 0611 07 211032164524 DIAW --- DAME CL PUEBLA DE SANABRI 21007 HUELVA 03 21 2010 027781425 0410 0410 14,93 0611 07 211032188368 BALAN --- CORNELIU CL CONDADO DE NIEBL 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026707452 0410 0410 101,96 0611 07 211032198169 STANICA --- IONUT ALEXAN CL LUIS BENJUMEA 32 21730 ALMONTE 03 21 2010 026707755 0410 0410 70,34 0611 07 211032211004 BOUKHELLAD --- DJELLOUL CL ANTONIO MACHADO 2 21800 MOGUER 03 21 2010 027781728 0410 0410 13,28 0611 07 211032401566 LOUFTITE --- HMDNAH CL PALMERA ANTIGUA 1 21006 HUELVA 03 21 2010 027783142 0410 0410 101,96 0611 07 211032412781 BAYOUD --- HASSAN CL MERCADO 13 21800 MOGUER 03 21 2010 027783243 0410 0410 13,28 0611 07 211032439457 KHAMRICH --- ABDELKABIR CL LOS ALMENDROS 1 21200 ARACENA 03 21 2010 026967130 0410 0410 31,02 0611 07 211032461584 STARUIALA --- IONICA CL NUEVA 22 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027243275 0410 0410 48,76 0611 07 211032691051 DACZO --- ANA MARIA CL LOS MORCELOS 42 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027245194 0410 0410 70,93 0611 07 211032727528 MUSCALU --- ION ADRIAN CL CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027245396 0410 0410 26,59 0611 07 211032780977 BAHADDOU --- IMAD CL LOS ALMENDROS 1 21200 ARACENA 03 21 2010 026967433 0410 0410 101,96 0611 07 211032803209 ANDREI --- NUTI PG EL TOMILLAR 54 21730 ALMONTE 03 21 2010 026710179 0410 0410 16,84 0611 07 211032803310 BUTURUGARU --- ANISOARA PG EL TOMILLAR 54 21730 ALMONTE 03 21 2010 026710280 0410 0410 22,75 0611 07 211032810683 NEAGU --- IRINA CL FRANCISCO GARFIAS 21800 MOGUER 03 21 2010 027788600 0410 0410 22,15 0611 07 211032812606 SPUNEI --- ANA FRIDA CL LA FUENTE 11 21830 BONARES 03 21 2010 027789105 0410 0410 17,72 0611 07 211032822609 CARAMIZARU --- RODICA MI ZZ FINCA LAS PALMERI 21440 LEPE 03 21 2010 027248127 0410 0410 101,96 0611 07 211032839379 CONSTANTIN --- MARGARETA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027790418 0410 0410 31,02 0611 07 211032848069 NEACSU --- MARIANA MIHAE CL MARIA AUXILIADORA 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026710684 0410 0410 31,02 0611 07 211032851002 WASYLOW --- MARZENA CL JUAN PABLO I 21440 LEPE 03 21 2010 027248531 0410 0410 66,49 0611 07 211032871513 CZYJT --- ALINA AGNIESZK CL LIMONES 28 21800 MOGUER 03 21 2010 027792135 0410 0410 35,46 0611 07 211032927992 VOICHESCU --- FILOFTEIA CL PARCHILENA 2 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027794559 0410 0410 13,28 0611 07 211032934258 DULGHERU --- MARCELA CL ODON BETANZOS PAL 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026711391 0410 0410 48,76 0611 07 211032938201 CRACIUN --- EUGENIA CL HERNAN CORTES 26 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027795064 0410 0410 53,20 0611 07 211032986091 DRAGAN --- LELIOARA CL FRANCISCO GARFIAS 21800 MOGUER 03 21 2010 027796781 0410 0410 22,15 0611 07 211032986495 GEICU --- CONSTANTINA CL FRANCISCO GARFIAS 21800 MOGUER 03 21 2010 027796882 0410 0410 22,15 0611 07 211033076627 ION --- ELENA CL TRANQUILIDAD 7 21450 CARTAYA 03 21 2010 027250652 0410 0410 70,93 0611 07 211033089862 TOPCHIEVA --- SOFKA MITK AS APDO.CORREO 79 21440 LEPE 03 21 2010 027250955 0410 0410 17,72 0611 07 211033098350 ARAMA --- MARIANA CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 027800926 0410 0410 101,96 0611 07 211033203232 DEDELYANOVA --- SABKA RO ZZ APARTADO DE CORRE 21440 LEPE 03 21 2010 027252167 0410 0410 39,89 0611 07 211033216669 STEBEL --- DANUTA ZZ APARTADO DE CORRE 21440 LEPE 03 21 2010 027252369 0410 0410 101,96 0611 07 211033221420 ANTOS --- CLAUDIA RAMONA CL CARABELA STA MARI 21130 MAZAGON 03 21 2010 027805976 0410 0410 30,43 0611 07 211033221521 FURTUNA --- ILONA CL CARABELA STA MARI 21130 MAZAGON 03 21 2010 027806077 0410 0410 31,02 0611 07 211033407942 NASTASE --- VALENTINA CL BETANZOS 20 21800 MOGUER 03 21 2010 027812444 0410 0410 8,86 0611 07 211033408851 NASTASIA --- VICTORITA CL VALVERDE 35 21800 MOGUER 03 21 2010 027812646 0410 0410 88,67 0611 07 211033412184 MILCON --- ELENA CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 027812747 0410 0410 13,74 0611 07 211033446742 DINCA --- RITA MARGARETA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027254086 0410 0410 15,22 0611 07 211033473014 ALEXANDRU --- ADRIANA CL FLORES 46 21800 MOGUER 03 21 2010 027814464 0410 0410 22,15 0611 07 211033493424 CULITA --- MARIANA ZZ FINCA LA PIÑUELA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027815070 0410 0410 13,28 0611 07 211033542631 MINAMOALE --- MARIA CL VAZQUEZ DIAZ 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027817090 0410 0410 44,77 0611 07 211033545358 ARDELIANU --- VALENTINA CL MOGUER 7 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027817494 0410 0410 57,62 0611 07 211033571125 DAN --- RODICA CL CANDAO 123 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026714324 0410 0410 17,72 0611 07 211033574054 MIHALACHE --- SENIA CL CANDAO 123 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026714425 0410 0410 17,72 0611 07 211033574256 GRADINA --- LENUTA CL CANDAO 123 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026714526 0410 0410 22,15 0611 07 211033590525 PETRICA --- FLOAREA CL CRISTOBAL COLON 2 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027819922 0410 0410 8,86 0611 07 211033601538 VELA --- CICI CL CRISTOBAL COLON, 21800 MOGUER 03 21 2010 027820629 0410 0410 22,15 0611 07 211033605174 TUDOR --- LUCIA CL VAZQUEZ DIAZ 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027820831 0410 0410 57,62 0611 07 211033611743 MARCULESCU --- ELENA CL LIMONES 28 21800 MOGUER 03 21 2010 027821235 0410 0410 35,46 0611 07 211033701063 MOGA --- ELENA ZZ APARTADO DE CORRE 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026717152 0410 0410 14,03 0611 07 211033749159 IVASCU --- ELENA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027256716 0410 0410 31,02 0611 07 211033765731 ZAHRI --- DRISSIA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027829622 0410 0410 35,46 0611 07 211033770882 NACHET --- FATIHA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 027830329 0410 0410 8,27 0611 07 211033822416 KONOPELSKA --- ANNA JADW CL PERAL 9 21450 CARTAYA 03 21 2010 027257322 0410 0410 8,86

19094 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211033936893 PLOCH --- MALGORZATA ZZ APTDO CORREOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027258433 0410 0410 13,28 0611 07 211034013281 RUSU --- MARIA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027833662 0410 0410 35,46 0611 07 211034071077 ERRIS --- FATIMA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027834672 0410 0410 35,46 0611 07 211034071683 ES-SAHRAOUY --- FATIMA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027834773 0410 0410 35,46 0611 07 211034071885 KIOUF --- MILOUDA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027834874 0410 0410 35,46 0611 07 211034159791 CANACHE --- IULIANA CL BETANZOS 20 21800 MOGUER 03 21 2010 027836793 0410 0410 22,15 0611 07 211034168380 BICHI --- ILHAM CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 019516015 0110 0110 26,59 0611 07 211034285285 TECZA --- AGNIESZKA CL RIO FRIO EDF EL V 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027260554 0410 0410 26,59 0611 07 211034525159 PEREZ CEBREIRO JESUS CL NTRA.SRA. DE LA L 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027839928 0410 0410 53,20 0611 07 211034526876 BUDREVICIUS --- ALEKSAS CL ISAAC PERAL 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027840029 0410 0410 62,06 0611 07 211034587201 BENSEDDIQ --- ZOUHIR CL ESPAÑA 132 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027263483 0410 0410 101,96 0611 07 211034605587 SKRICKAS --- RAMUÑAS UR VIRGEN BELLA PLA 21440 LEPE 03 21 2010 024411683 0310 0310 79,80 0611 07 211034607106 BRUZAUSKAITE --- RASA PZ DE LOS GERANIOS U 21440 LEPE 03 21 2010 024412087 0310 0310 79,80 0611 07 211034613469 ALEKNA --- NERIJUS CL PINAR - PBJ 19 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027265103 0410 0410 70,93 0611 07 211034643882 GAWRONSKA --- JANINA ZZ APDO.79 21440 LEPE 03 21 2010 027265810 0410 0410 101,96 0611 07 211034806156 DERUCKA --- MALGORZATA E CL BALTAZAR TERCERO 21730 ALMONTE 03 21 2010 026723115 0410 0410 79,80 0611 07 211034827677 KRYSIAK --- MARLENA KATA CL MONASTERIO DE LA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027845685 0410 0410 8,86 0611 07 211034828384 MOSOR --- ALEXANDRA CL VELARDE 1 21440 LEPE 03 21 2010 027268537 0410 0410 8,86 0611 07 211034828485 MATEI --- MARITA CL VELARDE 1 21440 LEPE 03 21 2010 027268638 0410 0410 8,86 0611 07 211034867083 SLOMKA --- EDYTA ZZ APTDO CORREOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027268941 0410 0410 53,20 0611 07 211034901742 LAZAR --- IZABELA JOLANT CL MIGUEL REDONDO 34 21003 HUELVA 03 21 2010 026723620 0410 0410 13,28 0611 07 211034921950 DABROWSKA --- RENATA CL TENERIAS 46 21450 CARTAYA 03 21 2010 024419464 0310 0310 48,76 0611 07 211034928620 SULCA --- MIRELA CL VAZQUEZ DIAZ 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027849123 0410 0410 53,20 0611 07 211034952565 DANILCZYK --- MONIKA PG LOS ARROYOS PARC 21800 MOGUER 03 21 2010 027850032 0410 0410 66,49 0611 07 211034954787 FERARU --- IONELA ZZ APART.CORREOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027270254 0410 0410 101,96 0611 07 211034981766 VOJTEKOVA --- ALENA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 027850941 0410 0410 35,46 0611 07 211035014809 MANGIREA --- MIRELA CL OLIVOS 17 21800 MOGUER 03 21 2010 027852860 0410 0410 13,28 0611 07 211035021475 KRAJNIK --- KRZYSZTOF KR CL LIMONES 28 21800 MOGUER 03 21 2010 027853062 0410 0410 35,46 0611 07 211035022182 POLITOWICZ --- MARCIN PA CL ISAAC PERAL 15 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027853264 0410 0410 48,76 0611 07 211035022283 KRZYZANOWSKI --- ROBERT CL ISAAC PERAL 15 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027853365 0410 0410 57,62 0611 07 211035049969 MATYJASIK --- KATARZYNA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 027854274 0410 0410 22,15 0611 07 211035086042 SZYMANSKA --- MARTA CL LAS AZUCENAS 13 21800 MOGUER 03 21 2010 027855587 0410 0410 22,15 0611 07 211035087254 PENAR --- PIOTR JOSEF CL NIEBLA 9 21830 BONARES 03 21 2010 027855688 0410 0410 22,15 0611 07 211035096045 SERAFIN --- RENATA CL FRANCISCO GARFIAS 21800 MOGUER 03 21 2010 027855991 0410 0410 17,72 0611 07 211035137067 VILCAN --- VALERICA CL BALME 13 21440 LEPE 03 21 2010 024424518 0310 0310 101,96 0611 07 211035150407 ZAHARESCU --- SIMONA VIC CL PASCUALE 4 21620 TRIGUEROS 03 21 2010 027858621 0410 0410 13,28 0611 07 211035160208 VLAD --- CONSTANTIN MARI AV DE ANDALUCIA 18 21260 SANTA OLALLA 03 21 2010 026969655 0410 0410 8,86 0611 07 211035166268 WAWIROWICZ --- LUIZA CL FCO.GARFIAS(GARRI 21800 MOGUER 03 21 2010 027859328 0410 0410 13,28 0611 07 211035177685 COSTACHE --- ANISOARA CL COLON 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026725438 0410 0410 17,72 0611 07 211035179608 BOUDALA --- TOURIA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 027860338 0410 0410 8,27 0611 07 211035181325 DRAGOMIR --- DOINA CL VAZQUEZ DIAZ 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027860540 0410 0410 53,20 0611 07 211035189106 CRISTEA --- NICOLETA CL LA FUENTE, 66 21830 BONARES 03 21 2010 027861449 0410 0410 13,28 0611 07 211035194762 VACARITA --- RODICA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027861853 0410 0410 22,15 0611 07 211035203149 ARGINT --- VERONICA ZZ APARTADO DE CORRE 21440 LEPE 03 21 2010 027273486 0410 0410 9,01 0611 07 211035203250 BALACI --- ELISABETA CL ODON BETANZOS 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026725539 0410 0410 79,80 0611 07 211035208607 STOICA --- IRINA CL VELARDE, 3 21440 LEPE 03 21 2010 027273789 0410 0410 66,49 0611 07 211035211738 BABOUCHCHANE --- ATIKA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 027862661 0410 0410 8,27 0611 07 211035258016 YORDANOVA --- TODORKA GE AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027275005 0410 0410 26,59 0611 07 211035264783 RUSHANOVA --- ROZA IVANO CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 027866196 0410 0410 26,59 0611 07 211035318943 PETKU --- LINAS CL ISAAC PERAL 15 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027868321 0410 0410 39,89 0611 07 211035319145 BUCATARU --- GEORGETA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027868422 0410 0410 35,46 0611 07 211035355622 VASILEVA --- MILENA TSAN CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027275712 0410 0410 44,48 0611 07 211035356632 MANOLOVA --- MILKA MILAN CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027275813 0410 0410 17,72 0611 07 211035361581 TURSKA --- SYLWIA RENATA PZ ANDALUCIA 12 21830 BONARES 03 21 2010 027870442 0410 0410 31,02 0611 07 211035366433 IORDACHE --- GHEORGHITA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027870543 0410 0410 35,46 0611 07 211035397755 OLTEANU --- GHEORGHITA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027276217 0410 0410 15,52 0611 07 211035398866 BLAGOEVA --- MARUSYA KRA CL FINCA VALDEFORES 21450 CARTAYA 03 21 2010 027276318 0410 0410 31,02 0611 07 211035421300 AHADAS --- AYADA CL MALVA 128 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027872664 0410 0410 22,15 0611 07 211035421704 MILOUDA --- ABIRESSABIL CL COLON 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026728165 0410 0410 17,72 0611 07 211035421906 AINANI --- FATIMA CL COLON 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026728266 0410 0410 17,72 0611 07 211035435646 BAIDA --- MIRA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027276722 0410 0410 22,15 0611 07 211035435949 BOUMAHRACHA --- EL KEBIR ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027276823 0410 0410 22,15 0611 07 211035436151 SMIDA --- CHAHBA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027276924 0410 0410 22,15 0611 07 211035436555 EDDOUKALI --- TOURIA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027277025 0410 0410 22,15 0611 07 211035436757 EL BAHY --- LAKBIRA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027277126 0410 0410 22,15 0611 07 211035436959 EL BARJAOUI --- HABIBA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027277227 0410 0410 22,15 0611 07 211035437262 EL AZRAK --- AICHA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027277328 0410 0410 22,15 0611 07 211035437363 EL HIRECH --- SAADIA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027277429 0410 0410 22,15 0611 07 211035437464 ERRABI --- SAADIA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027277530 0410 0410 22,15 0611 07 211035437565 ERRAYHANY --- FATIMA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027277631 0410 0410 22,15 0611 07 211035439383 SFIA --- HAMMOUCHE CL MARQUES 69 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027277732 0410 0410 9,89 0611 07 211035440696 HEDDAJI --- RABIA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027277833 0410 0410 22,15 0611 07 211035461009 YAZADZHIEVA --- HATIDZHE CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 027873270 0410 0410 31,02 0611 07 211035463029 MOCANU --- FLORICA FLORE CT HUELVA - AYAMONTE 21450 CARTAYA 03 21 2010 027278237 0410 0410 35,46 0611 07 211035463231 NACU --- AURICA ZZ CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027278338 0410 0410 26,59 0611 07 211035464039 PEICEA --- ATENA AP DE CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027278540 0410 0410 26,59

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19095 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211035466766 STOIAN --- GINA AP DE CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027278742 0410 0410 13,28 0611 07 211035514357 KAMENOVA --- EMILIYANA S AV DE LA FERIA 1 21450 CARTAYA 03 21 2010 027278843 0410 0410 10,92 0611 07 211035518805 BORISOVA --- STANKA HRIS AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027279348 0410 0410 31,02 0611 07 211035519108 SEMOVA --- PETRA HRISTOV ZZ FINCA VALDEFLORES 21450 CARTAYA 03 21 2010 027279449 0410 0410 31,02 0611 07 211035519310 IVANOV --- EMIL SHANKOV ZZ FINCA VALDEFLORES 21450 CARTAYA 03 21 2010 027279550 0410 0410 22,15 0611 07 211035527390 SHERIF --- SHYUKRAN SHEF AS AP. DE CORREOS 90 21440 LEPE 03 21 2010 027280257 0410 0410 8,86 0611 07 211035534868 LUKASZCZUK --- MALWINA E CT NACIONAL 431, KM. 21450 CARTAYA 03 21 2010 027280459 0410 0410 101,96 0611 07 211035537595 EL GUADIRI --- ZHOR CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027877314 0410 0410 22,15 0611 07 211035538104 EL FAHSI --- AICHA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027877415 0410 0410 22,15 0611 07 211035540023 EL GNAOUI --- TAMOU CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027877516 0410 0410 22,15 0611 07 211035540730 EL GHAZZALY --- FATIMA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027877617 0410 0410 22,15 0611 07 211035542548 WROBEL --- ANNA MARIA ZZ APTDO CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027280762 0410 0410 48,76 0611 07 211035566089 LEZRAK --- RAHMA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027879132 0410 0410 13,28 0611 07 211035567507 LEBIED --- EL HASSANIA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027879334 0410 0410 12,11 0611 07 211035573365 VASILE --- LILIANA AP CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027280964 0410 0410 26,59 0611 07 211035589735 DUMITRU --- CONSTANTA CL ESCRIBANO 40 21800 MOGUER 03 21 2010 027880546 0410 0410 97,54 0611 07 211035603879 SARHRANI --- FATIMA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027281368 0410 0410 13,00 0611 07 211035604788 KOUISS --- KHADIJA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027281469 0410 0410 26,59 0611 07 211035607115 LAMALLAN --- RABIA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027281570 0410 0410 22,15 0611 07 211035608529 MAATAOUI --- ZAHRA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027281671 0410 0410 22,15 0611 07 211035608933 MANSOURI --- EL ALIA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027281772 0410 0410 17,42 0611 07 211035609236 MESSAOUDI --- ZAIDA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027281873 0410 0410 17,42 0611 07 211035609438 MGADDADE --- YAMNA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027281974 0410 0410 22,15 0611 07 211035609842 MGHARRI --- HASSANA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027282075 0410 0410 22,15 0611 07 211035610347 MOUBSSIT --- FATIMA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027282176 0410 0410 22,15 0611 07 211035610953 NACIRI --- AYADA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027282277 0410 0410 22,15 0611 07 211035611256 NAJI --- HLIMA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027282378 0410 0410 17,42 0611 07 211035611660 OUCHEDIH --- HNIA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027282479 0410 0410 22,15 0611 07 211035612468 ZAHARI --- ES SEDIYA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027282681 0410 0410 22,15 0611 07 211035612569 ZAIRI --- FATIMA ZZ A. CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027282782 0410 0410 22,15 0611 07 211035689361 ESSAT --- KABLOURA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027883879 0410 0410 22,15 0611 07 211035689664 CHENAA --- HALIMA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027883980 0410 0410 22,15 0611 07 211035707145 BOLDI --- SORINA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027884889 0410 0410 35,46 0611 07 211035707246 GYURKA --- ANITA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027884990 0410 0410 13,28 0611 07 211035739275 COSTEA --- LENUTA CL CANDAO 123 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026730690 0410 0410 17,72 0611 07 211035746450 BOUDOUYA --- ILHAM ZZ APDO.91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027283792 0410 0410 22,15 0611 07 211035746652 BOUKHRISS --- HOURIA ZZ APDO.91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027283893 0410 0410 22,15 0611 07 211035746854 BOURHIL --- KHADIJA ZZ APDO.91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027283994 0410 0410 22,15 0611 07 211035752817 TOMA --- DOINITA ZZ CASA EL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027284095 0410 0410 26,59 0611 07 211035753625 ENUTA --- FELICIA ZZ CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027284196 0410 0410 26,59 0611 07 211035758675 BELARABI --- FATNA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027886610 0410 0410 7,38 0611 07 211035758978 BARHROUSS --- KHADOUJ CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027886711 0410 0410 13,28 0611 07 211035768678 JALOUANE --- MINA CL ABAJO 27 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027886913 0410 0410 19,66 0611 07 211035829205 BOURHAIBA --- ZOUHRA CL MARQUES 69 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027284503 0410 0410 9,89 0611 07 211035836780 LAHLYMY --- KARIMA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027892064 0410 0410 8,86 0611 07 211035836982 EL MOKHTARI --- MOUNA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027892165 0410 0410 12,11 0611 07 211035863961 EZZAHIR --- FATIMA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027893276 0410 0410 13,28 0611 07 211035910340 VASILE --- VALI CL VAZQUEZ DIAZ 38 21730 ALMONTE 03 21 2010 026731704 0410 0410 35,46 0611 07 211035923171 LOUALI --- MALIKA CL ABAJO 27 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027895502 0410 0410 19,66 0611 07 211035926609 HAMANI --- ZINEB CL VAZQUEZ DIAZ 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027895704 0410 0410 48,76 0611 07 211035927316 HAMDOUCHI --- HADHOUM CL VAZQUEZ DIAZ 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027895805 0410 0410 48,76 0611 07 211035937420 ALIOUI --- KHADIJA CL MALVA 128 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027896108 0410 0410 22,15 0611 07 211036014010 BARBU --- ANISOARA CL XANDRO VALERIO 40 21800 MOGUER 03 21 2010 027898128 0410 0410 13,28 0611 07 211036027144 BEN IHIA --- YAMINA CL VAZQUEZ DIAZ 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027898633 0410 0410 35,46 0611 07 211036191135 DURLAN --- CONSTANTIN GA CL JUAN XXIII 16 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026734633 0410 0410 21,72 0611 07 211036198007 CLINCIU --- DORU CL SANTIAGO, 39 21730 ALMONTE 03 21 2010 026734734 0410 0410 62,06 0611 07 211036207202 MLYNSKI --- DANIEL CL SEVILLA 6 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027287634 0410 0410 39,89 0611 07 211036208111 BARAC --- MARIUS CL PARROCO JOSE LORA 21440 LEPE 03 21 2010 027287735 0410 0410 53,20 0611 07 211036261661 KANE --- SERIGNE FALOU CL FONTANILLA 2 21002 HUELVA 03 21 2010 026736350 0410 0410 101,96 0611 07 211036293286 DIMACHE --- MARIAN CL ALFONSO HUELVA 17 21730 ALMONTE 03 21 2010 026737259 0410 0410 26,59 0611 07 211036332288 RADU --- TANTA CL VAZQUEZ DIAZ 38 21730 ALMONTE 03 21 2010 026737764 0410 0410 13,28 0611 07 211036342800 ISACHE --- GABRIELA CL VAZQUEZ DIAZ 10 21730 ALMONTE 03 21 2010 026737865 0410 0410 35,46 0611 07 211036356843 PLAMENOVA VACHEVA PETYA CL QUINTERO 11 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026970766 0410 0410 53,35 0611 07 211036430201 NICOARA --- ION CL VEREDILLA 50 21730 ALMONTE 03 21 2010 026740289 0410 0410 93,10 0611 07 211036435453 STOIAN --- FLORINA MADAL CL SANTA ISABEL 7 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026740794 0410 0410 79,80 0611 07 211036437675 VESEA --- DELIA ANDREEA AV CASTILLA. EDIFICI 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027294607 0410 0410 70,93 0611 07 211036437978 HAJMAN --- HENRYK BOGDAN CL VAZQUEZ DIAZ 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027905000 0410 0410 57,62 0611 07 211036452530 FRATILA --- FLORICA AV ISLA CRISTINA. ED 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027295314 0410 0410 101,96 0611 07 211036471728 ANGERU --- LILI CL BALLESTARES 18 21730 ALMONTE 03 21 2010 026741606 0410 0410 44,33 0611 07 211036483751 SIMA --- FLORENTINA CL SANTIAGO 18 21730 ALMONTE 03 21 2010 026742111 0410 0410 66,49 0611 07 211036501333 MANKOWSKI --- DAWID RAFA AV CASTILLA 11 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027296627 0410 0410 13,28 0611 07 211036521440 PAWLOWSKA --- ANNA CL MONASTERIO DE LA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027907020 0410 0410 8,86 0611 07 211036525480 MUSTAFA --- ANGHEL FLORI CL CONDADO DE NIEBLA 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026744737 0410 0410 51,28 0611 07 211036529928 TCHOUGANG --- ALBERTINE CL NIEBLA 80 21830 BONARES 03 21 2010 027907222 0410 0410 101,96 0611 07 211036715541 ION --- SORIN CL MARIA AUXILIADORA 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026746151 0410 0410 48,76 0611 07 211036720793 MEMET --- ALEXANDRU CL THARSIS 15 21440 LEPE 03 21 2010 027298546 0410 0410 93,10

19096 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211036721908 MEMET --- GHEORGHE CL THARSIS 2 21440 LEPE 03 21 2010 027299051 0410 0410 93,10 0611 07 211036722110 MIRZAC --- MIOARA CL THARSIS 2 21440 LEPE 03 21 2010 027299152 0410 0410 93,10 0611 07 211036722615 ADIR --- REMUS COSMIN CL THARSIS 3 21440 LEPE 03 21 2010 027299253 0410 0410 93,10 0611 07 211036722716 ADIR --- LUCIAN CL THARSIS 3 21440 LEPE 03 21 2010 027299354 0410 0410 93,10 0611 07 211036737365 GHERMAN --- VASILE CRIST CL SANTA INES 15 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026746757 0410 0410 53,60 0611 07 211036770610 EL AZHARI --- SOUAD CL MANZANO 6 21450 CARTAYA 03 21 2010 027300667 0410 0410 36,49 0611 07 211036805366 MSSAK --- FATIHA CL CRISTOBAL DOMINGU 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027923689 0410 0410 22,15 0611 07 211036805568 BITA --- FATIMA CL CRISTOBAL DOMIHGU 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027923790 0410 0410 22,15 0611 07 211036840126 SZCZEPANSKA --- JUSTYNA ZZ APTDO CORREOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027302081 0410 0410 53,20 0611 07 211036869327 MUNCIOIU --- LEONTINA CL CAMPOS DE LEPE S/ 21450 CARTAYA 03 21 2010 027302990 0410 0410 75,36 0611 07 211036869529 SOIMU --- MIHAELA MARIAN AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027303091 0410 0410 75,36 0611 07 211036887515 EL KASTALI --- SOUAD CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027928642 0410 0410 22,15 0611 07 211036889737 EL KACRI --- TAMOU CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027928743 0410 0410 22,15 0611 07 211036942681 SFETCU --- CLAUDIU MARIN CL NIEBLA 59 21730 ALMONTE 03 21 2010 026749282 0410 0410 26,59 0611 07 211036948745 MAHFOUD --- RACHIDA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027304206 0410 0410 40,79 0611 07 211037008056 HOUR EDDINE --- ZOHRA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027935918 0410 0410 22,15 0611 07 211037010076 NASUFOVA --- SEVIM REDZH CL BALMES 13 21440 LEPE 03 21 2010 024462611 0310 0310 17,72 0611 07 211037010884 LUNGU --- GEORGIANA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027305014 0410 0410 101,96 0611 07 211037033621 KRAKOWSKA --- JOANNA ZZ APTDO CORREOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027305216 0410 0410 48,76 0611 07 211037035237 MARINICA --- LILIANA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 024463419 0310 0310 57,62 0611 07 211037035237 MARINICA --- LILIANA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027305418 0410 0410 17,72 0611 07 211037040590 MAJEWSKA --- BOZENA ZZ APTDO CORREOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027305519 0410 0410 31,02 0611 07 211037071613 ANGELOVA --- MARIYA YORD AV DE LA FERIA 21450 CARTAYA 03 21 2010 027306024 0410 0410 22,15 0611 07 211037105965 PASA --- CONSTANTIN CL PANAMA 25 21800 MOGUER 03 21 2010 027941473 0410 0410 8,86 0611 07 211037125567 BRINCUS --- SORINA CERAS CL ESCRIBANO 40 21800 MOGUER 03 21 2010 027943291 0410 0410 17,72 0611 07 211037138095 COCILNAU --- GABRIELA CL VAZQUEZ DIAZ, 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027944002 0410 0410 57,62 0611 07 211037142846 MOSOR --- MARIA CL VELARDE 1 21440 LEPE 03 21 2010 027306933 0410 0410 8,86 0611 07 211037144361 GHEORGHE --- IRINA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 027944709 0410 0410 13,28 0611 07 211037147391 IOAN --- ELENA CL CARRANZO 12 21800 MOGUER 03 21 2010 027945012 0410 0410 31,02 0611 07 211037169926 EL MANSRI --- MAHJOUBA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027945719 0410 0410 22,15 0611 07 211037207009 SKUBISZ --- DOROTA CL POZO LARGO 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027307640 0410 0410 35,46 0611 07 211037251162 GERMANOVA --- SVETLA GEO CL BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027308145 0410 0410 10,92 0611 07 211037251566 ASENOVA --- MARIYA ASENO AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027308246 0410 0410 26,59 0611 07 211037291275 DESPINA --- MARIOARA ZZ FINCA LA PIÑUELA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027950668 0410 0410 53,35 0611 07 211037298046 ESSAKKAY --- ZHOUR CL PABLO RADA 9 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 027951173 0410 0410 32,80 0611 07 211037298248 RAMI --- SOUAD CL PABLO RADA 9 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 027951274 0410 0410 32,80 0611 07 211037303504 MATYJASIK --- BEATA DORO CL REAL 35 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027308650 0410 0410 101,96 0611 07 211037304211 KOLODZIEJCZYK --- BARBAR AV EXTREMADURA 155 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027308751 0410 0410 35,46 0611 07 211037311483 KHOUIDER --- TOURIA CL FCO. GARFIAS 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027951779 0410 0410 9,46 0611 07 211037312291 EL HOMAYDY --- SAMIRA CL FCO. GARFIAS 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027951880 0410 0410 9,46 0611 07 211037312594 EL HAJJAMY --- ZAHRA CL FCO. GARFIAS 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027951981 0410 0410 9,46 0611 07 211037318557 SAIDI --- MBARKA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027952284 0410 0410 35,46 0611 07 211037336139 RUSIMOVA --- SEDEFKA MET CL QUINTERO 11 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026972584 0410 0410 101,96 0611 07 211037361094 SUHAN --- PAULINA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 027954005 0410 0410 35,46 0611 07 211037382821 STOICA --- MIRELA CARMEN CL CARRANZO 12 21800 MOGUER 03 21 2010 027954611 0410 0410 35,46 0611 07 211037383124 OPREA --- NICOLETA CL CARRANZO 12 21800 MOGUER 03 21 2010 027954712 0410 0410 31,02 0611 07 211037385447 BOLTASU --- CRISTINA CL SANTA MARIA 19 21450 CARTAYA 03 21 2010 027309559 0410 0410 5,17 0611 07 211037414648 DIMA --- CLAUDIU CL RAFAEL ALBERTI 20 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026754538 0410 0410 48,76 0611 07 211037420207 SAVOVA --- ANTOANETA GEO CL CARMELO GONZALEZ 21440 LEPE 03 21 2010 024469277 0310 0310 31,02 0611 07 211037421318 CIOBANU --- GHEORGHITA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027310165 0410 0410 31,02 0611 07 211037421722 RADUT --- GEORGE MARIUS AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 024469580 0310 0310 66,49 0611 07 211037421924 NICU --- MARIN AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027310468 0410 0410 35,46 0611 07 211037422025 DOBRE --- PETRICA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027310569 0410 0410 31,02 0611 07 211037424853 PETKOVA --- IVANKA IVANO AV DE LA FERIA 21450 CARTAYA 03 21 2010 027310771 0410 0410 22,15 0611 07 211037543980 POPESCU --- IULIANA ZZ CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027312387 0410 0410 35,46 0611 07 211037575912 DUMITRESCU --- CORNEL IO CL VALDEFLORES 1 21450 CARTAYA 03 21 2010 027312791 0410 0410 26,59 0611 07 211037587733 KAVALDZHIEVA --- RUMYANA ZZ FINCA VALDEDLORES 21450 CARTAYA 03 21 2010 027313502 0410 0410 22,15 0611 07 211037599857 DAUD --- FEVZIE REMZI CL BALMES 13 21440 LEPE 03 21 2010 024474230 0310 0310 17,72 0611 07 211037608648 NIDBOUFKER --- FATIMA PZ ESPAñA 16 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027313906 0410 0410 22,15 0611 07 211037617540 ZHEKOVA --- NELI EMILOVA CL JARA 51 21450 CARTAYA 03 21 2010 027314108 0410 0410 35,16 0611 07 211037746872 VASII --- VALERICA UR LA JARA 11 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027314916 0410 0410 48,76 0611 07 211037789514 BACHEV --- NIKOLAY IVANO CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 027974617 0410 0410 13,28 0611 07 211037806991 ET TAZI --- FATIHA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027976334 0410 0410 22,15 0611 07 211037807294 ALLAOUI --- FADMA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 027976435 0410 0410 11,38 0611 07 211037890352 MLYNSKI --- KAROL CL SEVILLA 1 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027315724 0410 0410 101,96 0611 07 211037914095 RAMILI --- KHADIJA CL FUENTE 56 21440 LEPE 03 21 2010 027315825 0410 0410 88,37 0611 07 211037933091 ECH CHAGDY --- FATIHA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 027983812 0410 0410 7,68 0611 07 211037947441 GHALLAB --- AICHA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027985933 0410 0410 18,47 0611 07 211037956232 MLYNARCZYK --- LUKASZ CL VAZQUEZ DIAZ 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027986741 0410 0410 101,96 0611 07 211037971487 EL HLAISSI --- JAOUHARA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027316027 0410 0410 40,79 0611 07 211038014028 NABBOUR --- ZAHRA CL ABAJO 29 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027989468 0410 0410 22,15 0611 07 211038014129 NABBOUR --- NADIA CL ABAJO 29 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027989569 0410 0410 19,66 0611 07 211038041613 ESSAHEL --- RKIA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027316330 0410 0410 22,15 0611 07 211038041815 BENAGIDA --- SAADIA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027316431 0410 0410 22,15 0611 07 211038042219 BOUSSEKSSOU --- AICHA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027316532 0410 0410 26,59 0611 07 211038042320 JAFA --- AICHA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027316633 0410 0410 17,42

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19097 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211038042421 NAOURI --- ASMAA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027316734 0410 0410 17,42 0611 07 211038042522 NAOURI --- BOUCHRA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027316835 0410 0410 17,42 0611 07 211038042724 ATANANE --- FATIMA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027316936 0410 0410 26,59 0611 07 211038044441 MESLY --- HALIMA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027317037 0410 0410 17,42 0611 07 211038044643 SANOUSSI --- HALIMA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027317138 0410 0410 17,42 0611 07 211038044845 YATIM --- HANANE ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027317239 0410 0410 17,42 0611 07 211038045047 LAHRACH --- JEMIAA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027317340 0410 0410 26,59 0611 07 211038051515 LAABADLI --- AMINA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 027991286 0410 0410 13,28 0611 07 211038056565 EL OUARDY --- FATNA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 027992296 0410 0410 35,46 0611 07 211038057777 MBARKI --- ABLA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027318552 0410 0410 22,15 0611 07 211038059696 MAATAOUI --- NAIMA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027318754 0410 0410 22,15 0611 07 211038059700 SEKHRAOUI --- NAIMA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027318855 0410 0410 22,15 0611 07 211038060104 EL HAIK --- SARAH ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027318956 0410 0410 22,15 0611 07 211038060407 MRAMDA --- ZAHRA ZZ APARTADO DE CORRE 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027319057 0410 0410 22,15 0611 07 211038066871 EL HASNAOUI --- MALIKA ZZ APART.CORREOS 6 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026760602 0410 0410 12,11 0611 07 211038164982 EL ARFAOUI --- SOUAD ZZ APART.CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027319865 0410 0410 17,42 0611 07 211038165285 AIT EL GHAZI --- FATIMA ZZ APART.CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027319966 0410 0410 22,15 0611 07 211038165386 AMLIL --- FATIMA ZZ APART.CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027320067 0410 0410 26,59 0611 07 211038166295 OWAD --- KHADIJA ZZ APART.CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027320168 0410 0410 17,42 0611 07 211038182362 EL BAHRAOUI --- TAMOU ZZ APART.CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027320976 0410 0410 22,15 0611 07 211038182564 SADDIKI --- TARCHKIKTE ZZ APART.CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027321077 0410 0410 22,15 0611 07 211038183170 BENKRIKCH --- ZAYNAB ZZ APART.CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027321178 0410 0410 22,15 0611 07 211038184382 AFDEL --- ZAHRA ZZ APART.CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027321279 0410 0410 22,15 0611 07 211038184483 EL KADIRI --- ZAHRA ZZ APART.CORREOS 91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027321380 0410 0410 22,15 0611 07 211038334431 PIRVU --- IONEL ADRIAN CL GRANDE 61 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027322996 0410 0410 13,28 0611 07 211038340592 FUTRYK --- JUSTYNA AV ANDALUCIA, 55 21440 LEPE 03 21 2010 027323101 0410 0410 101,96 0611 07 211038344333 BADEA --- MIHAIL CONSTAN CL BLASCO IBAÑEZ 24 21730 ALMONTE 03 21 2010 026763228 0410 0410 97,54 0611 07 211038354942 TRANDAFIR --- ILEANA CL EL CERRO 26 21730 ALMONTE 03 21 2010 026763834 0410 0410 35,46 0611 07 211038376362 DRAGHICI --- ION CL SANTIAGO 19 21730 ALMONTE 03 21 2010 026764440 0410 0410 17,72 0611 07 211038403038 TISTOI --- ALEXANDRU CL AZUCENA 21 21440 LEPE 03 21 2010 024481910 0310 0310 53,20 0611 07 211038406674 MILITARU --- MIHAI CL MURILLO, 22 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026765551 0410 0410 31,02 0611 07 211038445878 DOMINGUEZ MACIAS SERGIO CL ARENAL 12 21830 BONARES 03 21 2010 027999370 0410 0410 35,46 0611 07 211038447393 SAVA --- IOAN CODRUT CL ODON BETANZOS PAL 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026765854 0410 0410 22,15 0611 07 211038458208 MIHAI --- CERNOVALENCO CL CAMIONETA 12 21560 PAYMOGO 03 21 2010 026973800 0410 0410 101,96 0611 07 211038466389 VANDZHURA --- OLHA CL ENRIQUE MIRANDA 1 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026766157 0410 0410 13,28 0611 07 211038474978 KIBILDIS --- JUSTINAS ZZ VALDEFLORES DEL C 21450 CARTAYA 03 21 2010 027327141 0410 0410 53,20 0611 07 211038484173 GABARA --- ILIUTA CL EL SALVADOR 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028000077 0410 0410 79,80 0611 07 211038490540 DA ROSA MARTINS MARIA SO CL MALAGON 1 21560 PAYMOGO 03 21 2010 026973901 0410 0410 48,91 0611 07 211038514384 YOUSSOUPHA --- LO CL PUEBLA DE SANABRI 21007 HUELVA 03 21 2010 028000683 0410 0410 101,96 0611 07 211038547528 DULIS --- ALIKAS CL BLAS INFANTE 2 21450 CARTAYA 03 21 2010 027330676 0410 0410 23,80 0611 07 211038562379 KNIUBAS --- SAULIUS CL PINAR DUNAMAR II 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027331484 0410 0410 54,97 0611 07 211038601179 RADUT --- MIHAI AV BLAS INFANTE 65 21440 LEPE 03 21 2010 027333407 0410 0410 101,96 0611 07 211038615832 MAAMAR --- MIMOUNE CL ALBA 8 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027334316 0410 0410 48,76 0611 07 211039650294 DRAGOTA --- ELISABETA CL CALMA, 25 21450 CARTAYA 03 21 2010 027335932 0410 0410 48,76 0611 07 211039650395 BUNESCU --- GHEORGHE FLO CL VALENCIA 2 21440 LEPE 03 21 2010 027336033 0410 0410 18,32 0611 07 211039650500 DRAGOTA --- FLOREA CL CALMA, 25 21450 CARTAYA 03 21 2010 027336134 0410 0410 62,06 0611 07 211039659691 LUCHIANOV --- VASILE CL ALTA 11 21450 CARTAYA 03 21 2010 027339265 0410 0410 44,33 0611 07 211039661917 MILIAN --- MARIUS PETRU CL PIZARRO 32 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026770605 0410 0410 62,06 0611 07 211039674344 GHERMAN --- TRAIAN CL SANTA INES 15 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026771110 0410 0410 79,80 0611 07 211039750227 CERNUSCA --- VIOLETA CL SANTA INES 15 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026772019 0410 0410 35,46 0611 07 211039756489 DAVIDOIU --- LOREDANA DI CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028004626 0410 0410 35,46 0611 07 211039759018 MUNTEANU --- VASILE AV DE LA FERIA 42 21450 CARTAYA 03 21 2010 027343814 0410 0410 13,28 0611 07 211039763159 GALAN --- DUMITRU ANDREI CL REAL ESCUELA AND. 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027344319 0410 0410 39,89 0611 07 211039764876 ZAMFIRACHE --- GHEORGHE CL COOPERATIVISTA AN 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028005232 0410 0410 22,15 0611 07 211039765583 CAZACU --- MIHAELA AV DE LA FERIA 42 21450 CARTAYA 03 21 2010 027344521 0410 0410 39,89 0611 07 211039773869 MACAMETE --- JANE CL FLOR 31 21450 CARTAYA 03 21 2010 027344824 0410 0410 9,16 0611 07 211039776192 TANDEA --- GAVRILA CL SANTO DOMINGO 85 21440 LEPE 03 21 2010 027345329 0410 0410 93,10 0611 07 211039777206 PETCU --- IULIAN LAURENT CL MALVA 28 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028005838 0410 0410 75,36 0611 07 211039777509 SAVIN --- ELENA CL MALVA 28 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028005939 0410 0410 66,49 0611 07 211039777812 LAZAR --- GHEORGHE CL LEPE 9 21450 CARTAYA 03 21 2010 027345632 0410 0410 31,02 0611 07 211039789229 MACINIC --- DANIEL CL CESAR BARRIOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027345834 0410 0410 17,72 0611 07 211039809235 DANAILOVA --- FRANKA ILI AV ANDALUCIA 55 21440 LEPE 03 21 2010 027346945 0410 0410 53,20 0611 07 211039809336 DANAILOV --- ROZI NEYCHO AV ANDALUCIA 55 21440 LEPE 03 21 2010 027347046 0410 0410 53,20 0611 07 211039825403 VESEA --- ILEANA CL CASTILLA - EDF. C 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027347652 0410 0410 62,06 0611 07 211039825908 ILIEVA --- SONYA CL QUINTERO 11 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026975618 0410 0410 101,96 0611 07 211039833281 ILIE --- MIRELA CL BLAS OTERO 59 21730 ALMONTE 03 21 2010 026781618 0410 0410 31,02 0611 07 211039833382 ENE --- DANIELA CL BLASCO IBAñEZ 24 21730 ALMONTE 03 21 2010 026781719 0410 0410 48,76 0611 07 211039838133 STANCU --- MARIAN AV SAN FRANCISCO JAV 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027348561 0410 0410 62,06 0611 07 211039844904 LUNGU --- ELENA MIHAELA CL ANTONIO DELGADO 1 21007 HUELVA 03 21 2010 028008464 0410 0410 57,62 0611 07 211039848237 PATACHIA --- MARIUS CL SAN SEBASTIAN 38 21890 MANZANILLA 03 21 2010 026782830 0410 0410 101,96 0611 07 211039859452 DAVID --- IONELA CL OREGON 1 21007 HUELVA 03 21 2010 028009676 0410 0410 62,81 0611 07 211039859553 VASILE --- NELU CATALIN CL OREGON 1 21007 HUELVA 03 21 2010 028009777 0410 0410 79,80 0611 07 211039861876 CERNUSCA --- CONSTANTIN CL SANTA INES 15 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026784446 0410 0410 35,46 0611 07 211039862381 IRIMIA --- MIHAI PAUL CL PALOS FTRA. 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028009979 0410 0410 7,97 0611 07 211039869960 STAMATIE --- MARIUS EUGE PZ DE LA NAVA 4 21007 HUELVA 03 21 2010 028010282 0410 0410 101,96 0611 07 211039874913 TODOSE --- DOREL CL URUGUAY 5 21450 CARTAYA 03 21 2010 027349470 0410 0410 84,23

19098 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211039906437 POPA --- PETRICA AV DE CASTILLA 19 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027350379 0410 0410 27,78 0611 07 211039906538 VESEA --- DANIELA CRINA CL CASTILLA - EDIF. 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027350480 0410 0410 62,06 0611 07 211039907144 TANASIE --- GABRIELA CL CRISTOBAL COLON 2 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028013215 0410 0410 22,15 0611 07 211039908457 KIRCU --- GHEORGHE CL SALVADOR 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028013316 0410 0410 79,80 0611 07 211039908659 TUDOR --- MARIAN CL SALVADOR 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028013417 0410 0410 79,80 0611 07 211039917248 SEPTIMIU --- NONEA CL VENDIMIADORES57 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026790308 0410 0410 48,76 0611 07 211039934729 GLOWACIUK --- LIDIA ALEK PZ DE PARCHILENA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028015740 0410 0410 13,28 0611 07 211039937557 DULIS --- VERA CL BLAS INFANTE 2 21450 CARTAYA 03 21 2010 027350884 0410 0410 20,39 0611 07 211039937759 GOLUMBU --- ALINA CLAUDI CL PABLO PICASSO 9 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028015841 0410 0410 11,82 0611 07 211039939274 MEHEDINTEANU --- STEFANI CL MALVA 28 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028016346 0410 0410 57,62 0611 07 211039939375 MEHEDINTEANU --- BITA CL MALVA 28 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028016447 0410 0410 26,59 0611 07 211039939678 ALMAJANU --- FLORINA CL MALVA, 28 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028016548 0410 0410 22,15 0611 07 211039947156 LUPUSORU --- CRISTINA ZZ FINCA LOS ALCALAR 21800 MOGUER 03 21 2010 028017457 0410 0410 22,15 0611 07 211039947358 CARP --- ECATERINA CL GARCIA LORCA, 10 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026791419 0410 0410 70,93 0611 07 211039948671 CIOBANU --- FLORENTINA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028017861 0410 0410 35,46 0611 07 211039980401 IONESCU --- ADRIAN CL BAJA 35 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027352504 0410 0410 57,62 0611 07 211039986259 CALIN --- MARIUS CATALIN CL ISAAC PERAL 17 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028020891 0410 0410 53,20 0611 07 211039988784 ILIE --- MARIN CL CRISTOBAL COLON 2 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028020992 0410 0410 37,24 0611 07 211039999090 ISTRATIE --- GHEORGHE AD AV DE PORTUGAL 81 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027353312 0410 0410 26,59 0611 07 211039999191 PLATARESCU --- CARMEN NI CL DR.JUAN NICOLAS M 21005 HUELVA 03 21 2010 028021194 0410 0410 53,20 0611 07 211040006063 RASZEWSKA --- JOLANTA JA ZZ APDO. CORREO 79 21440 LEPE 03 21 2010 027353413 0410 0410 39,89 0611 07 211040024251 LUPU --- GIGI CL DOMINGUEZ GARRIDO 21890 MANZANILLA 03 21 2010 026795762 0410 0410 39,89 0611 07 211040078815 ION --- MARIAN CIPRIAN CL PANAMA 25 21800 MOGUER 03 21 2010 028026652 0410 0410 22,15 0611 07 211040080027 ROMAN --- ZAMFIR CL ANTONIO DELGADO 1 21007 HUELVA 03 21 2010 028026753 0410 0410 88,67 0611 07 211040080835 SERBAN --- MITEL CL NIEBLA 28 21730 ALMONTE 03 21 2010 026796873 0410 0410 62,06 0611 07 211040089020 PANTEA --- MARILENA CL SAN JORGE 10 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028027359 0410 0410 57,62 0611 07 211040089121 ANTON --- DUMITRU GABRIE CL SAN JOSE 10 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028027460 0410 0410 57,62 0611 07 211040101952 VOINEA --- AUREL FLORIN CL P.JOSE A. RGUEZ B 21730 ALMONTE 03 21 2010 026797479 0410 0410 8,86 0611 07 211040104174 CIRTICIOIU --- LILIANA CL MANZANO 10 21450 CARTAYA 03 21 2010 027355736 0410 0410 70,93 0611 07 211040110339 GURAU --- ALINA CARMEN CL ANTONIO MACHADO 2 21800 MOGUER 03 21 2010 028028066 0410 0410 21,86 0611 07 211040116908 PRISECARU --- FLORICA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028028672 0410 0410 35,46 0611 07 211040118322 VENCZEL --- FLORIN ERNES CL VAZQUEZ DIAZ, 20 21830 BONARES 03 21 2010 028028773 0410 0410 57,62 0611 07 211040118423 CERNICA --- GABRIELA LG PARAJE EL RIVER 7 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027356443 0410 0410 48,76 0611 07 211040118524 NEGRUTA --- AMALIA CT PARAJE EL RIVERO 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027356544 0410 0410 48,76 0611 07 211040118726 BALAS --- CLAUDIA ETELA CL VAZQUEZ DIAZ, 20 21830 BONARES 03 21 2010 028028874 0410 0410 57,62 0611 07 211040122867 BOSHNAK --- MEHMED CL RICO 42 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027356645 0410 0410 31,02 0611 07 211040125493 TITOIU --- MARIANA CL GRANADA 42 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028029682 0410 0410 17,72 0611 07 211040135294 NOROCEL --- MARIA CL MANZANO 10 21450 CARTAYA 03 21 2010 027357049 0410 0410 22,15 0611 07 211040139136 GAINA --- GABRIELA CL LUIS BENJUMEA 32 21730 ALMONTE 03 21 2010 026798893 0410 0410 93,10 0611 07 211040140449 VASILE --- NICOLETA CL VICENTE YAñEZ PIN 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028030995 0410 0410 17,72 0611 07 211040140651 CIOTIRCA --- DANIELA CL VICENTE YAñEZ PIN 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028031096 0410 0410 22,15 0611 07 211040143580 TATARASANU --- VERONICA CL PEÑA DEL VIENTO 1 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028031100 0410 0410 15,06 0611 07 211040143782 RADU --- MARIANA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028031201 0410 0410 35,46 0611 07 211040154391 VAGA --- VIOREL CL ODON B. PALACIOS 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026799402 0410 0410 79,80 0611 07 211040154492 VARGA --- TEREZIA CL ODON B. PALACIOS 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026799503 0410 0410 79,80 0611 07 211040174094 ALEXE --- TANTICA CL GARCI FERNANDEZ 1 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028033524 0410 0410 8,86 0611 07 211040194003 MICLEA --- LILIANA FLORE CL ALFONSO HUELVA 17 21730 ALMONTE 03 21 2010 026800917 0410 0410 66,49 0611 07 211040201982 CALDARARU --- CAMELIA CL MENENDEZ 65 21730 ALMONTE 03 21 2010 026801321 0410 0410 66,49 0611 07 211040202184 MOSTOFIRLA --- ELENA CL MENENDEZ PELAYO 6 21730 ALMONTE 03 21 2010 026801422 0410 0410 35,46 0611 07 211040202588 MOCANU --- GHEORGHITA CL MENENDEZ PELAYO 6 21730 ALMONTE 03 21 2010 026801523 0410 0410 13,28 0611 07 211040211177 GHENCEA --- NICOLETA DAN CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028037463 0410 0410 13,28 0611 07 211040211278 LEPADATU --- MIOARA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028037564 0410 0410 13,28 0611 07 211040211379 ZIDARU --- LENUTA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028037665 0410 0410 13,28 0611 07 211040211581 ANGHEL --- GHERGHINA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028037766 0410 0410 13,28 0611 07 211040233611 ANDREI --- GEORGIANA CL ARACENA 40 21800 MOGUER 03 21 2010 028039988 0410 0410 11,38 0611 07 211040256748 GHENEA --- MIRELA CL BENAFIQUE 28 21890 MANZANILLA 03 21 2010 026802028 0410 0410 35,46 0611 07 211040269579 URIASU --- NICOLETA CL EL PILAR 45 21830 BONARES 03 21 2010 028044133 0410 0410 13,28 0611 07 211040269983 AMARINEI --- TUDORITA CL EL PILAR 45 21830 BONARES 03 21 2010 028044234 0410 0410 13,28 0611 07 211040283828 MIHU --- MARICEL CL CARRANZO, 12 21800 MOGUER 03 21 2010 028045850 0410 0410 48,76 0611 07 211040287060 MOSCU --- NICOLAE CL PASADERAS, 11 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028046355 0410 0410 79,80 0611 07 211040291306 VARGA --- PETRU CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026803341 0410 0410 84,23 0611 07 211040292619 MEZEI --- MARIA CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026803644 0410 0410 88,67 0611 07 211040325860 CIOBAN --- IOANA CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 029771743 0410 0410 28,37 0611 07 211040327274 BOJANI --- VIORICA CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026804149 0410 0410 66,49 0611 07 211040330106 CHIRITA --- GHEORGHE CL ESTORNINO 23 21830 BONARES 03 21 2010 028051914 0410 0410 48,76 0611 07 211040364559 IANCULOVICI --- MARIA CL ARACENA 40 21800 MOGUER 03 21 2010 028055853 0410 0410 35,46 0611 07 211040393659 SZYDLOWSKA --- IRENA ZZ APARTADO CORREOS 21440 LEPE 03 21 2010 027361291 0410 0410 31,02 0611 07 211040409019 NICULAE --- FLORENTINA M CL ODON BETANZOS 5 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026806169 0410 0410 93,10 0611 07 211040422052 GYURKA --- AURELIA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 028060705 0410 0410 48,76 0611 07 211040443977 IVANCESCU --- ELENA VALE CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026806876 0410 0410 35,46 0611 07 211040475808 ANTONESCU --- FLORIANA CL EL PILAR 45 21830 BONARES 03 21 2010 028063836 0410 0410 13,28 0611 07 211040481565 MEZEI --- IOAN MARIUS CL ODON BETANZOS, 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026808593 0410 0410 88,67 0611 07 211040483686 VASILESCU --- ZINICA CL MALVA 128 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028064442 0410 0410 22,15 0611 07 211040503793 HARBUZARIU --- ELENA CRI AV EXTREMADURA 95 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027362406 0410 0410 31,02 0611 07 211040503894 COTOVANU --- LENUTA AV EXTREMADURA 95 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027362507 0410 0410 31,02 0611 07 211040503995 IONITA --- MARIANA AV EXTREMADURA 95 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027362608 0410 0410 31,02

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19099 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211040504096 POPESCU --- MONICA GIANI AV EXTREMADURA 95 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027362709 0410 0410 31,02 0611 07 211040504100 OPRISAN --- DANIELA AV EXTREMADURA 95 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027362810 0410 0410 31,02 0611 07 211040512281 ZAMFIR --- TUDOR CL JUAN RAMON JIMENE 21260 SANTA OLALLA 03 21 2010 026976426 0410 0410 26,59 0611 07 211040512685 SOLZARU --- LENUTA AV EXTREMADURA 95 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027363012 0410 0410 31,02 0611 07 211040513089 CALU --- GEORGIAN CL CASA DE GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027363113 0410 0410 26,59 0611 07 211040513190 FLOREA --- CONSTANTIN ZZ APDO.91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027363214 0410 0410 39,89 0611 07 211040513695 BRATOSIN --- VIORICA ZZ APDO.91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027363416 0410 0410 35,46 0611 07 211040517638 RADU --- CATALIN ALEXAND ZZ CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027364527 0410 0410 26,59 0611 07 211040517941 ARON --- IRINEL CL EL SALVADOR 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028068280 0410 0410 79,80 0611 07 211040518042 ANGHEL --- DUMITRU BOGDA ZZ APDO.91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027364628 0410 0410 35,46 0611 07 211040518143 FUEREA --- TONEL ZZ CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027364729 0410 0410 26,59 0611 07 211040518850 MURESAN --- MARIANA ZZ APDO.91 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027364931 0410 0410 26,59 0611 07 211040519860 CEASNOG --- DAN CL XANDRO VALERIO 40 21800 MOGUER 03 21 2010 028068482 0410 0410 84,23 0611 07 211040523092 LEWANDOWSKA --- KATARZYN CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028068684 0410 0410 101,96 0611 07 211040526732 KEREZSI --- OLGA CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026809607 0410 0410 8,56 0611 07 211040528247 VASILE --- MARIAN LIVIU CL CONCEPCIóN 23 21730 ALMONTE 03 21 2010 026809910 0410 0410 97,54 0611 07 211040554721 RUSIMOVA --- SILVINA RAD ZZ CAMPOS DE LEPE 21450 CARTAYA 03 21 2010 027365537 0410 0410 17,72 0611 07 211040555226 GURAU --- RALUCA MARIA CL BAJA 35 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027365739 0410 0410 57,62 0611 07 211040557549 SCISLOWSKA --- JOANNA ZZ APDO.79 21440 LEPE 03 21 2010 027365941 0410 0410 35,46 0611 07 211040566946 CARAMET --- ELENA CL ANTONIO MACHADO 1 21800 MOGUER 03 21 2010 028072223 0410 0410 97,54 0611 07 211040584730 YISSEF --- HABIBA CL JUAN RAMON JIMENE 21730 ALMONTE 03 21 2010 026811122 0410 0410 13,28 0611 07 211040625449 MOUMOU --- AICHA AV DE LA FERIA 21450 CARTAYA 03 21 2010 027366749 0410 0410 22,15 0611 07 211040625550 LAQRAQBA --- AICHA AV DE LA FERIA 21450 CARTAYA 03 21 2010 027366850 0410 0410 22,15 0611 07 211040638078 COSTEANU --- FLORENTINA UR PUERTA DE ISLANTI 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027367355 0410 0410 48,76 0611 07 211040646566 TIRDOIU --- VASILICA DEL CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028078081 0410 0410 22,15 0611 07 211040647172 PRODAN --- ZORINA IONELA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028078182 0410 0410 22,15 0611 07 211040663239 LACRARU --- ANISOARA ANC CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 028078990 0410 0410 33,84 0611 07 211040677181 BAUTISTA SIERRA VALERIA AV CASTILLA 14 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027368163 0410 0410 62,06 0611 07 211040699110 TROSIN --- VIRGIL BARNA CL ANTONIO DELGADO 1 21007 HUELVA 03 21 2010 028082226 0410 0410 57,62 0611 07 211040699312 LUNGU --- GHEORGHE PZ PARCHILENA 4 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028082428 0410 0410 57,62 0611 07 211040717395 POPESCU --- ANDITA ZZ CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027369072 0410 0410 35,46 0611 07 211040721136 TICU --- GAROFITA CL MARIA AUXILIADORA 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026814657 0410 0410 48,76 0611 07 211040728412 DYK --- JUSTYNA AGNIESZ CL JOSE FERRER ROBLE 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028084448 0410 0410 13,28 0611 07 211040732856 FURDUI --- ANDREI ALIN CL ISAAC PERAL 15 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028085155 0410 0410 57,62 0611 07 211040733563 CHIRPA --- ANAMARIA CL ISAAC PERAL 15 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028085256 0410 0410 57,62 0611 07 211040733866 SCLIPCEA --- IONELA TRAI CL ISAAC PERAL 15 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028085357 0410 0410 57,62 0611 07 211040735280 GHENEA --- SILVICA CT TARIQUEJO VALDEFL 21450 CARTAYA 03 21 2010 027369779 0410 0410 13,28 0611 07 211040736795 TACHOVA --- ANA GEORGIEV CL CARMELO GONZALEZ 21440 LEPE 03 21 2010 024537076 0310 0310 31,02 0611 07 211040749327 STOICA --- SIMONA CL LA MORERA 15 21730 ALMONTE 03 21 2010 026815768 0410 0410 13,28 0611 07 211040750438 PARA --- LENUTA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028086569 0410 0410 22,15 0611 07 211040750842 BSSILA --- BAHIJA CL FRANCISCO GARFIAS 21800 MOGUER 03 21 2010 028086670 0410 0410 9,46 0611 07 211040752458 EL KOHAYIL --- AZIZA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028086771 0410 0410 22,15 0611 07 211040753670 EL MAJDOUL --- DRISSIA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028086973 0410 0410 22,15 0611 07 211040754680 JAOUT --- BOUCHA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028087175 0410 0410 22,15 0611 07 211040754983 JLIDA --- DAOUIA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028087478 0410 0410 22,15 0611 07 211040755185 LASSFAR --- DRISSIA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028087579 0410 0410 22,15 0611 07 211040761148 PITIGOI --- VICTORIA CL RUIZ DE ALDA 6 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028087680 0410 0410 35,46 0611 07 211040762360 BITICA --- GABRIELA IULI CL LA MORERA 15 21730 ALMONTE 03 21 2010 026815869 0410 0410 17,72 0611 07 211040771252 COADA --- CORNICA CL PINTA 5 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028088488 0410 0410 17,72 0611 07 211040776710 CALIN --- AURICA PZ AUDIENCIA 3 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028088589 0410 0410 17,72 0611 07 211040777215 PETRICA --- MIHAELA CL PARAJE DEL RIVERO 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027370082 0410 0410 48,76 0611 07 211040777417 NEAGU --- ELENA CL PARAJE DEL RIVERO 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027370183 0410 0410 48,76 0611 07 211040777720 STINGHE --- NICOLETA CL PARAJE DEL RIVERO 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027370284 0410 0410 48,76 0611 07 211040777821 MARC-CONSTANTINESCU --- CL PARAJE DEL RIVERO 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027370385 0410 0410 48,76 0611 07 211040805002 POPESCU --- GABRIELA MON PZ AUDIENCIA 3 21810 PALOS DE LA 03 21 2010 028088993 0410 0410 17,72 0611 07 211040816722 BARARA --- KARIMA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028089300 0410 0410 35,46 0611 07 211040817025 EL QORCHY --- JAMILA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028089401 0410 0410 35,46 0611 07 211040827129 PAPA --- IONELA ZZ APARTADO DE CORRE 21440 LEPE 03 21 2010 027370890 0410 0410 22,15 0611 07 211040860067 LAKHROUF --- MALIKA CL CRISTOBAL DOMINGU 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028093946 0410 0410 22,15 0611 07 211040861077 MICHOU --- KHADIJA CL CRISTOBAL DOMINGU 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028094249 0410 0410 22,15 0611 07 211040863000 SLIMANI --- NAIMA CL SAN CRISTOBAL 87 21830 BONARES 03 21 2010 028094653 0410 0410 31,02 0611 07 211040863202 SLILIM --- RACHIDA CL SAN CRISTOBAL 87 21830 BONARES 03 21 2010 028094754 0410 0410 31,02 0611 07 211040863404 ZANTAR --- MILOUDA CL SAN CRISTOBAL 87 21830 BONARES 03 21 2010 028094956 0410 0410 17,42 0611 07 211040865424 LASFAR --- ZHOUR CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028095158 0410 0410 22,15 0611 07 211040865626 LGHENOUNI --- RHARIBA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028095259 0410 0410 22,15 0611 07 211040866030 HAMMOU ALI --- RABIAA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028095360 0410 0410 22,15 0611 07 211040866131 LAKHAL --- RACHIDA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028095461 0410 0410 22,15 0611 07 211040870575 TENE --- STEFANIA OLGUTA ZZ FINCA GUAPERO, 35 21450 CARTAYA 03 21 2010 027370991 0410 0410 31,02 0611 07 211040913015 BOGDAN --- VASILICA CL SAN JUAN 48 21440 LEPE 03 21 2010 027371092 0410 0410 84,23 0611 07 211040914833 HARAJ --- FATIMA CL MALVA 128 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028096875 0410 0410 22,15 0611 07 211040914934 HAJLI --- AMINA CL MALVA 128 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028096976 0410 0410 22,15 0611 07 211040915136 EL OUARDI --- FATIMA CL CRISTOBAL DOMINGU 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028097077 0410 0410 8,56 0611 07 211040916348 KHALLADI --- RABI CL SALAMANCA 47 21440 LEPE 03 21 2010 027371193 0410 0410 22,15 0611 07 211040929886 LHIMRI --- ZOHRA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028097986 0410 0410 60,73 0611 07 211040951512 CRISTEA --- ELENA AV DEL DEPORTE - RES 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027371496 0410 0410 51,28 0611 07 211040968686 MOUMEN --- BAHIJA CL COLON 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026818903 0410 0410 17,72

19100 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211040996574 MEHMED --- MIKEREM SELIM CL EL PILAR 45 21830 BONARES 03 21 2010 028104656 0410 0410 13,28 0611 07 211041017085 NEGREA --- ILIUTA MADALI CL LA GOMERA 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028107181 0410 0410 53,20 0611 07 211041023250 BALTARU --- DUMITRITA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 028107484 0410 0410 35,46 0611 07 211041023553 SZABO --- ANGELA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 028107585 0410 0410 35,46 0611 07 211041023654 BADEA --- ELENA ANDREEA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 028107686 0410 0410 35,46 0611 07 211041050128 BOGDANOVA --- DANIELA MI PG 32 PARCELA 78, VA 21450 CARTAYA 03 21 2010 027372005 0410 0410 26,59 0611 07 211041052956 SHTEREVA --- ANGELINA SA ZZ FINCA VALDEFLORES 21450 CARTAYA 03 21 2010 027372106 0410 0410 39,89 0611 07 211041053057 DONEV --- DONYO HRISTOV AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027372207 0410 0410 22,15 0611 07 211041058717 ENACHE --- MARIA DENISA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027372308 0410 0410 35,46 0611 07 211041058919 MUSTAFA --- AYSHE DZHEMI CL CAMPOS DE LEPE 21450 CARTAYA 03 21 2010 027372409 0410 0410 26,59 0611 07 211041059323 RADUT --- NICUSOR VIOREL AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 024541322 0310 0310 66,49 0611 07 211041059424 LUPU --- DANIEL EUGEN CL REAL 39 21440 LEPE 03 21 2010 027372611 0410 0410 13,28 0611 07 211041067912 EL HOUDNA --- KHADIJA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028109710 0410 0410 22,15 0611 07 211041071750 TOUIK --- DRISSIA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028109811 0410 0410 22,15 0611 07 211041072659 MIRCEA --- FLOREA CT DEL ROCIO 206 21730 ALMONTE 03 21 2010 026821630 0410 0410 42,71 0611 07 211041073366 MIHAI --- RAZVAN ALIN CL BAJA 81 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027372813 0410 0410 97,54 0611 07 211041082763 EL GAHATTAS --- NORA CL VAZQUEZ DIAZ 3 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028110619 0410 0410 48,76 0611 07 211041094281 ZZIDANE --- HADDA AV DE LA FERIA 1 21450 CARTAYA 03 21 2010 027372914 0410 0410 22,15 0611 07 211041102769 EDU --- ELENA CRISTINA CL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028112942 0410 0410 13,28 0611 07 211041153895 KACHICHE --- SOUMIA CL ABAJO 27 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028114861 0410 0410 22,15 0611 07 211041154101 GUERMATI --- RACHIDA CL ABAJO 27 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028114962 0410 0410 22,15 0611 07 211041154909 MIMI --- KHADDOUJ CL ABAJO 27 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028115164 0410 0410 22,15 0611 07 211041155313 HAJJI --- ZAHRA CL ABAJO 27 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028115366 0410 0410 19,66 0611 07 211041155717 QEZZIOU --- KENZA CL ABAJO 27 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028115467 0410 0410 16,25 0611 07 211041155818 MOURICH --- RKIA CL ABAJO 27 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028115568 0410 0410 22,15 0611 07 211041165518 IDBELGDIF --- NADIA CL MALVA 36 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028116275 0410 0410 7,97 0611 07 211041165619 MEGHRAOUI --- LOUBNA CL MALVA 36 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028116376 0410 0410 7,97 0611 07 211041165821 LAGHLIQE --- ZINEB CL MALVA 36 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028116477 0410 0410 7,97 0611 07 211041166427 OUTASSOU --- ZAHRA CL MALVA 36 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028116578 0410 0410 7,97 0611 07 211041166629 NABIH --- NABIHA CL MALVA 36 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028116679 0410 0410 7,97 0611 07 211041170164 FAZACHAS --- MARIA MAGDA CL MARQUEZ 59 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027373823 0410 0410 35,46 0611 07 211041171679 VADUVA --- MARINELA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028117386 0410 0410 13,28 0611 07 211041175723 DRAGHICI --- IONEL CL LA FUENTE 66 21830 BONARES 03 21 2010 028117790 0410 0410 70,93 0611 07 211041201587 HAJJI --- LEKBIRA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027374328 0410 0410 40,79 0611 07 211041229475 KUKULKA --- LUCYNA ZZ FINCA CIGÜEÑA VI 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027374732 0410 0410 8,86 0611 07 211041235741 CHAKIR --- KHADIJA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027375035 0410 0410 26,59 0611 07 211041290507 PETCU --- VIOREL ZZ APARTADO CORREOS 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027375540 0410 0410 26,59 0611 07 211041307277 PETRICA --- SANDA CL ANDALUZ UNIVERSAL 21800 MOGUER 03 21 2010 028126278 0410 0410 22,15 0611 07 211041356989 AMEUR --- SOUAD ZZ APARTADO CORREOS 21500 GIBRALEON 03 21 2010 027376348 0410 0410 22,15 0611 07 211041369218 CIOBANU --- MARIUS CRIPR CL JILGUERO 6 21830 BONARES 03 21 2010 028128605 0410 0410 48,76 0611 07 211041398015 ABIR ESSABIL --- MALIKA CL COLON 22 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026826983 0410 0410 12,11 0611 07 211041409331 MARIN --- CRISTINA CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028129009 0410 0410 62,06 0611 07 211041409836 MARIN --- VASILICA CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028129211 0410 0410 62,06 0611 07 211041471975 WOJCIESZAK --- MARTIN KR PO DE LAS CUMBRES, H 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027378267 0410 0410 97,54 0611 07 211041517041 LUPU --- ION CL DOMINGUEZ CONDE 3 21890 MANZANILLA 03 21 2010 026828195 0410 0410 57,62 0611 07 211041557861 EL KHALIFA --- EL KHEIR CL MARIA AUXILIADORA 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026829209 0410 0410 15,22 0611 07 211041673554 DITA --- ADRIAN MIHAIL CL RIO TINTO 14 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028134059 0410 0410 88,67 0611 07 211041683052 STROIEA --- FLORIN VICTO CL BLASCO IBAÑEZ 24 21730 ALMONTE 03 21 2010 026832340 0410 0410 22,15 0611 07 211041683557 KRAMEK --- KRZYSZTOF WLA CL FONTANILLA, 10 21002 HUELVA 03 21 2010 026832542 0410 0410 35,46 0611 07 211041698109 COCOLOS --- ALEXANDRU GA CL PABLO RUIZ PICASS 21800 MOGUER 03 21 2010 028134665 0410 0410 97,54 0611 07 211041733471 MIHU --- DANIEL GEORGE CL CARRANZO 12 21800 MOGUER 03 21 2010 028135978 0410 0410 57,62 0611 07 211041741252 TIMPU --- COCA RALUCA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028136079 0410 0410 22,15 0611 07 211041741353 MAZURU --- NELA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028136180 0410 0410 22,15 0611 07 211041744585 GEORGIEVA --- ALBENA NIK CL QUINTERO 11 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026977941 0410 0410 101,96 0611 07 211041744686 RUSIMOV --- GEORGI METOD CL QUINTERO 11 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026978042 0410 0410 88,67 0611 07 211041748528 TENE --- VIOREL ZZ FINCA GUAPERO 35 21450 CARTAYA 03 21 2010 027383220 0410 0410 13,28 0611 07 211041751154 ALEKSANDROV --- ANATOLIY CL QUINTERO 11 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026978648 0410 0410 88,67 0611 07 211041789954 BAJAÑA JURADO CHRISTHIAN CL NUEVA, 33 21450 CARTAYA 03 21 2010 027387361 0410 0410 37,24 0611 07 211041791267 MARDARE --- VALENTIN CAT CL ALTA 11 21450 CARTAYA 03 21 2010 027387664 0410 0410 75,36 0611 07 211041798139 NOWAKOWSKA --- BEATA CL RIO FRIO EDIFICIO 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027389381 0410 0410 17,72 0611 07 211041820569 NEAGU --- MIHAELA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027391001 0410 0410 31,02 0611 07 211041824209 BUZEA --- ELENA LOREDANA CL JAZMINEZ 20 21800 MOGUER 03 21 2010 028138709 0410 0410 26,59 0611 07 211041828047 MARGARIT --- GINA CL SANTA INES 15 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026843050 0410 0410 57,62 0611 07 211041829057 PASCU --- TINCUTA CL ALTA 11 21450 CARTAYA 03 21 2010 027392314 0410 0410 70,93 0611 07 211041836636 SIMON --- CLAUDIA CAMELI CL LOPE DE VEGA 12 21730 ALMONTE 03 21 2010 026843353 0410 0410 79,80 0611 07 211041840979 MARUNTEL --- ELVIRA MARI CL NUEVA 62 21450 CARTAYA 03 21 2010 027393930 0410 0410 13,28 0611 07 211041849467 GHENEA --- CRISTIAN MARI CL BENEFIQUE 31 21890 MANZANILLA 03 21 2010 026843757 0410 0410 22,15 0611 07 211041851386 TRYPUC --- KRYSTYNA CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028139416 0410 0410 62,06 0611 07 211041854622 POPA --- MARIA CL VIRGEN DEL ROCIO 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028140729 0410 0410 35,46 0611 07 211041854824 GRANCEA --- ION CL VAZQUEZ DIAZ 11 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028140931 0410 0410 13,28 0611 07 211041855228 UDREA --- ILIE BOGDAN CL VAZQUEZ DIAZ 11 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028141032 0410 0410 13,28 0611 07 211041855632 MACEVICIUTE --- AURELIJA CL BLAS INFANTE 2 21450 CARTAYA 03 21 2010 027395142 0410 0410 93,10 0611 07 211041855733 JONAITIS --- MARIUS CL BLAS INFANTE 2 21450 CARTAYA 03 21 2010 027395243 0410 0410 101,96 0611 07 211041856137 BALTRUSIS --- MARIUS CL BLAS INFANTE 2 21450 CARTAYA 03 21 2010 027395445 0410 0410 101,96 0611 07 211041856844 LATVAITIS --- SAULIUS CL BLAS INFANTE 2 21450 CARTAYA 03 21 2010 027395849 0410 0410 101,96 0611 07 211041867150 IAMBOR --- PETRISOR CL CAMINO RURAL 20 21450 CARTAYA 03 21 2010 027396758 0410 0410 26,59

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19101 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211041888873 CALDARARU --- GHEORGHE CL BLASCO IBAñEZ 24 21730 ALMONTE 03 21 2010 026844666 0410 0410 101,96 0611 07 211041889277 VELEV --- YORDAN IVANOV PZ PINTOR SOROLLA 1 21800 MOGUER 03 21 2010 028143860 0410 0410 70,93 0611 07 211041902516 PIOSA BENITEZ ISMAEL CL JUAN CARLOS I 1 21610 SAN JUAN DEL 03 21 2010 028144163 0410 0410 97,54 0611 07 211041924643 DORMIDONTOVS --- ALEKSAN CL ANCHOA 14 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027404640 0410 0410 87,34 0611 07 211041924845 GALKUTE --- ILONA CL ANCHOA 14 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027404842 0410 0410 79,80 0611 07 211041940205 MILANOVA PAVLOVA EMILIYA CL LA MORERA 34 21730 ALMONTE 03 21 2010 026846383 0410 0410 17,72 0611 07 211041940306 VASIL KAMENOV DIMITROV CL LA MORERA 34 21730 ALMONTE 03 21 2010 026846484 0410 0410 17,72 0611 07 211041944144 JASINSKA --- NATALIA CL NIEBLA 9 21830 BONARES 03 21 2010 028144769 0410 0410 22,15 0611 07 211041958793 JESKINA --- LIENA UR VOSA, 12 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027406963 0410 0410 46,55 0611 07 211041959096 DEICE --- IEVA UR VOSA 12 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027407266 0410 0410 101,96 0611 07 211041959100 VITOLINS --- ARMANDS UR VOSA 12 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027407367 0410 0410 97,54 0611 07 211041982439 NICOLAE --- MIRELA CL MIGUEL DE CERVANT 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028145476 0410 0410 13,28 0611 07 211041982540 ANGHEL --- GEORGE EMIL CL MIGUEL DE CERVANT 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028145577 0410 0410 13,28 0611 07 211041988200 NITULESCU --- ANDREI RAZ CL VALDEFLORES DEL C 21450 CARTAYA 03 21 2010 027408680 0410 0410 39,89 0611 07 211041988301 NITULESCU --- ALEXANDRU CL VALDEFLORES DEL C 21450 CARTAYA 03 21 2010 027408781 0410 0410 35,46 0611 07 211042036292 KLAVINS --- OLAFS CL ANCHOA 14 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027413027 0410 0410 70,93 0611 07 211042036393 PLAIPA --- EGIDIJUS PZ DE LOS GERANIOS 3 21440 LEPE 03 21 2010 024582950 0310 0310 84,23 0611 07 211042060544 MIHAI --- MARIUS OLIVIU CL ESTRELLA 14 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027413835 0410 0410 97,54 0611 07 211042094694 STEFAN --- GHEORGHITA CL LIMONES 28 21800 MOGUER 03 21 2010 028150631 0410 0410 35,46 0611 07 211042094795 STATE --- VASILE CL LIMONES 28 21800 MOGUER 03 21 2010 028150732 0410 0410 44,33 0611 07 211042094896 SERBAN --- NICOLAE CL LIMONES 28 21800 MOGUER 03 21 2010 028150833 0410 0410 62,06 0611 07 211042121168 ILINCA --- CAMELIA CL PASCUALES 4 21620 TRIGUEROS 03 21 2010 028151944 0410 0410 36,49 0611 07 211042121269 ICHIM --- NICOLETA MARIA CL PASCUALES 4 21620 TRIGUEROS 03 21 2010 028152045 0410 0410 13,28 0611 07 211042172294 NONOVA --- NEDYALKA GEOR CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028157705 0410 0410 93,10 0611 07 211042172395 DIMITROVA --- ROSITSA DI CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028157806 0410 0410 93,10 0611 07 211042204832 DOBRE --- VIOLETA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028160331 0410 0410 22,15 0611 07 211042221606 DARAKCHI --- ZEKIE FUATO CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028164573 0410 0410 62,06 0611 07 211042232518 ZELECHOWSKI --- ROMAN AD CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028166900 0410 0410 8,86 0611 07 211042241208 ZIELINSKI --- ADAM AV EXTREMADURA, 8 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027423636 0410 0410 31,02 0611 07 211042246157 CUZMA --- PETRUS CL PÌO XII 20 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026854669 0410 0410 45,07 0611 07 211042251312 RAICU --- PETRICA DANIEL CL PLACETA DE LA CRU 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028170435 0410 0410 40,63 0611 07 211042251413 DINU --- PETRUTA MIRELA CL PLACETA DE LA CRU 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028170536 0410 0410 40,63 0611 07 211042269496 VEISMANIS --- JANIS CL URB.LA VOSA 12 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027425757 0410 0410 75,36 0611 07 211042281624 MAGHIAR --- DOREL CL ODON BETANZOS 49 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026855881 0410 0410 54,97 0611 07 211042284048 COMAN --- GEORGE CL AZUCENAS 17 21800 MOGUER 03 21 2010 028176293 0410 0410 94,14 0611 07 211042289405 TUDOR --- TITA CL EL SALVADOR 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028176701 0410 0410 79,80 0611 07 211042289607 TUDOR --- VIOREL CL EL SALVADOR 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028176802 0410 0410 79,80 0611 07 211042298600 IBISH --- SHERIN GALIBOV CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028176903 0410 0410 62,06 0611 07 211042298701 SHUKRI --- SEVIE MUHAREM CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028177004 0410 0410 62,06 0611 07 211042298802 STELMACH --- ANNA TATIAN PZ PARCHILENA 5 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028177105 0410 0410 62,06 0611 07 211042302539 FLOCEA --- JOAN CL ARZOBISPO ALMARAZ 21800 MOGUER 03 21 2010 028177307 0410 0410 13,28 0611 07 211042305165 BUSICA --- ZIZI EUGENIA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027427474 0410 0410 8,86 0611 07 211042353867 LATA --- IULIANA CLAUDIA CL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028185589 0410 0410 22,15 0611 07 211042355180 FOKSINSKA --- ELZBIETA M CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 028186296 0410 0410 8,86 0611 07 211042356493 SWIDER ZEMBROWSKA --- ES CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 028186603 0410 0410 88,67 0611 07 211042357002 WYSOCKA --- ARLETA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 028186906 0410 0410 88,67 0611 07 211042357406 HEJNOSZ --- BOZENA MARIA CL OBISPO INFANTE 5 21800 MOGUER 03 21 2010 028187007 0410 0410 88,67 0611 07 211042364981 CARHAT --- LUCRETIA ALEX CL FLORES 46 21800 MOGUER 03 21 2010 028187815 0410 0410 22,15 0611 07 211042365385 MOTOGNA --- VICA MARIA CL FLORES 46 21800 MOGUER 03 21 2010 028187916 0410 0410 22,15 0611 07 211042381654 CURELEA --- IONUT LAUREN AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027431316 0410 0410 75,36 0611 07 211042381755 BARABAS --- GYORGY AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027431417 0410 0410 8,86 0611 07 211042381856 BARABAS --- AGNES ILONA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027431518 0410 0410 26,59 0611 07 211042384583 MUSAT --- VASILICA ZZ CAMINO DE SEVILLA 21730 ALMONTE 03 21 2010 026858309 0410 0410 13,28 0611 07 211042384785 NEDELCU --- MIHAI-VALENT CL CAMINO DE SEVILLA 21730 ALMONTE 03 21 2010 026858410 0410 0410 13,28 0611 07 211042395701 IONITA --- LUCIAN GHEORG PZ PARCHILENA 4 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028191855 0410 0410 97,54 0611 07 211042408532 SIBINSKA --- ALINA DANUT ZZ APDO.79 21440 LEPE 03 21 2010 027432730 0410 0410 84,23 0611 07 211042410653 OLOWIECKA --- EWELINA ZZ APDO.79 21440 LEPE 03 21 2010 027432831 0410 0410 26,59 0611 07 211042413178 BINIASZCZYK --- DANUTA K ZZ APDO.79 21440 LEPE 03 21 2010 027432932 0410 0410 14,03 0611 07 211042415000 VASILE LUCA CIPRIAN CL CATALANES 22 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027433033 0410 0410 97,54 0611 07 211042453190 KOLUMBAN --- ERNO AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027435154 0410 0410 17,72 0611 07 211042453291 KOLUMBAN --- KAROLY ZZ FINCA VALDEFLORES 21450 CARTAYA 03 21 2010 027435255 0410 0410 17,72 0611 07 211042456527 ZYSK --- JAROSLAW CL TORRE DEL ORO 4 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028200444 0410 0410 57,62 0611 07 211042456931 GHITA --- ANA MARIA CL CIUDAD DE HUELVA 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028200747 0410 0410 8,86 0611 07 211042458446 CURELARU --- MONICA RAMO CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028201454 0410 0410 22,15 0611 07 211042458547 BALTARIU --- ROZICA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028201555 0410 0410 22,15 0611 07 211042458749 STAN --- IOANA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028201757 0410 0410 13,28 0611 07 211042459860 SCAUNASU --- RAMONA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028202868 0410 0410 22,15 0611 07 211042459961 GHELMEGIANU --- MARIA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028202969 0410 0410 22,15 0611 07 211042460062 BONCEA --- MARIA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028203070 0410 0410 13,28 0611 07 211042460163 CALIN --- IONELA CL OLIVOS 20 21800 MOGUER 03 21 2010 028203171 0410 0410 13,28 0611 07 211042462587 MITITELU --- MARIAN CL TORRE DEL ORO 4 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028203676 0410 0410 57,62 0611 07 211042462890 JANCSO --- ERIKA ZZ FINCA VALDEFLORES 21450 CARTAYA 03 21 2010 027435760 0410 0410 22,15 0611 07 211042470166 IGNAT --- MIHAELA CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 028203878 0410 0410 35,46 0611 07 211042471378 NIKOLOV --- SASHO NIKOLO AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027435861 0410 0410 35,46 0611 07 211042471479 DACZO --- JANKA VILMA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027435962 0410 0410 22,15 0611 07 211042471580 AMBRUS --- CSILLA TIMEA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027436063 0410 0410 31,02

19102 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211042472287 VERES --- MIKLOS AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027436265 0410 0410 31,02 0611 07 211042472691 VERES --- MONICA EUGENIA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027436366 0410 0410 26,59 0611 07 211042473095 BOER --- SANDOR AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027436467 0410 0410 26,59 0611 07 211042474109 IVANOF --- NICULAE AV CASTILLA 47 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027436568 0410 0410 48,76 0611 07 211042482088 TUDOR --- ADRIANA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027436669 0410 0410 79,80 0611 07 211042482391 DINULESCU --- GHEORGHITA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027436871 0410 0410 84,23 0611 07 211042482492 ILIE --- MARIA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027436972 0410 0410 79,80 0611 07 211042482694 STOIAN --- GIANINA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027437174 0410 0410 79,80 0611 07 211042482795 BADEA --- VICTORITA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027437275 0410 0410 13,28 0611 07 211042485324 STRIGOIU --- MARIANA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028208124 0410 0410 22,15 0611 07 211042485829 VOICAN --- ELENA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028208225 0410 0410 22,15 0611 07 211042486637 DIMITROV --- TIHOMIR YOR AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027437881 0410 0410 26,59 0611 07 211042489465 BARABAS --- SANDOR AV BLAS INTANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027438083 0410 0410 17,72 0611 07 211042489566 BOGYOR --- KAROLY AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027438184 0410 0410 17,72 0611 07 211042489869 COVACS VARGAS --- MOZES AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027438285 0410 0410 17,72 0611 07 211042490172 BUTAK --- ROBERT LAJOS AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027438487 0410 0410 31,02 0611 07 211042498458 PLOPAN --- LAVINIA LENUT AV EXTREMADURA 95 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027439194 0410 0410 31,02 0611 07 211042498559 HARBUZARIU --- RODICA AV EXTREMADURA 95 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 027439295 0410 0410 31,02 0611 07 211042504017 ANTAL --- ADEL AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027440208 0410 0410 31,02 0611 07 211042504421 DOMBI --- TIMEA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027440410 0410 0410 39,89 0611 07 211042505431 VISOIU --- DIANA MONICA CL SALAMANCA 10 21440 LEPE 03 21 2010 027440511 0410 0410 84,23 0611 07 211042510380 GROPOVA --- SEMA ISMET CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028212770 0410 0410 31,02 0611 07 211042516646 VASILE --- MIHAI CL REAL 19 21440 LEPE 03 21 2010 027441016 0410 0410 63,84 0611 07 211042517757 ASENOV --- GEORGI MITKOV AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027441117 0410 0410 17,72 0611 07 211042517959 IVANOVA --- IVANKA DIMIT AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027441218 0410 0410 17,72 0611 07 211042518666 CHIRIAC --- CORINA CL ANDALUZ UNIVERSAL 21800 MOGUER 03 21 2010 028213679 0410 0410 35,46 0611 07 211042520282 RUS --- IONUT CL TOMILLO 7 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028213982 0410 0410 35,46 0611 07 211042522811 SIMEONOV --- IVAN ANGELO AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027441420 0410 0410 13,28 0611 07 211042522912 VASILEV --- GEORGI ZAPRY AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027441521 0410 0410 17,72 0611 07 211042523013 IVANOVA --- PETRANA ASEN AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027441622 0410 0410 13,28 0611 07 211042523114 YANKOVA --- LILI STOYANO AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027441723 0410 0410 13,28 0611 07 211042526750 CAZACU --- ELEONORA CL OLIVOS 17 21800 MOGUER 03 21 2010 028215194 0410 0410 66,49 0611 07 211042527053 PREDA --- TANTA CL OLIVOS 17 21800 MOGUER 03 21 2010 028215400 0410 0410 22,15 0611 07 211042527154 NOVAC --- ALINA SIMONA CL OLIVOS 17 21800 MOGUER 03 21 2010 028215501 0410 0410 13,28 0611 07 211042527255 PREDA --- NICOLETA CL OLIVOS 17 21800 MOGUER 03 21 2010 028215602 0410 0410 22,15 0611 07 211042529073 ANDREI --- STEFANIA CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028216309 0410 0410 31,02 0611 07 211042529174 CIOBANU --- ELENA CARMEN CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028216410 0410 0410 53,20 0611 07 211042531804 GUSITA --- MIHAELA VICTO CL ACACIA, 20 21510 SAN BARTOLOM 03 21 2010 027441925 0410 0410 48,76 0611 07 211042536652 RADANTU --- MARIANA CL SALVADOR 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028217218 0410 0410 79,80 0611 07 211042536753 VASILE --- EMIL CL SALVADOR 6 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028217319 0410 0410 79,80 0611 07 211042536955 NAGY --- BARNA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027442026 0410 0410 10,92 0611 07 211042537157 NAGY --- SANDOR JOZSEF AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027442127 0410 0410 37,52 0611 07 211042537561 KOLCZA --- LEVENTE AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027442329 0410 0410 10,92 0611 07 211042538369 IUREA --- LENUTA ZZ APART.CORREOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027442430 0410 0410 13,28 0611 07 211042544534 ROMANOVA --- ANKA IVANOV CL PABLO PICASSO, 4 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028217622 0410 0410 28,66 0611 07 211042556153 PETRE --- IONELA ANDREEA CL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028220551 0410 0410 22,15 0611 07 211042556355 PETRE --- ALEXANDRA OLGU CL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028220652 0410 0410 75,36 0611 07 211042560702 BENKO --- TUNDE BORBALA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027443945 0410 0410 10,92 0611 07 211042560803 NAGY --- NANDOR ZOLTAN AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027444046 0410 0410 19,79 0611 07 211042561409 NAGY --- NANDOR ZOLTAN AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027444248 0410 0410 33,10 0611 07 211042566560 MANDITA --- CORNEL CL SANTA MARIA 66 21450 CARTAYA 03 21 2010 027444349 0410 0410 13,28 0611 07 211042572422 MIHAI --- DOBRITA CL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028225100 0410 0410 22,15 0611 07 211042581819 SZEKELY --- ISTVAN LAJOS AV BLAS INFANTAE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027444652 0410 0410 19,79 0611 07 211042582425 PAIZS --- ATTILA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027444854 0410 0410 15,36 0611 07 211042582627 CZINTOS --- JANOS AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027444955 0410 0410 19,79 0611 07 211042583536 KONE --- ADAMA CL RAMON Y CAJAL 39 21440 LEPE 03 21 2010 027445359 0410 0410 79,50 0611 07 211042592731 PROKOPENKO --- ANDREJS CL ANCHOA 14 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027445561 0410 0410 75,36 0611 07 211042593539 TEGLAS --- ENIKO MARIA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027445662 0410 0410 33,10 0611 07 211042593842 TEGLAS --- JANOS SZILARD AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027445763 0410 0410 19,79 0611 07 211042598589 ALIEVA --- RESHIDE MEHME CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028231160 0410 0410 75,36 0611 07 211042598690 IVANOVA --- ELENKA NENCH CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028231261 0410 0410 79,80 0611 07 211042598993 AHMED --- EMINE MUSTAFA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028231362 0410 0410 70,93 0611 07 211042603643 MIREA --- MARIA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028233281 0410 0410 22,15 0611 07 211042603845 TIGANILA --- FLORINELA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028233483 0410 0410 22,15 0611 07 211042609606 YORDANOVA --- ATANASKA D ZZ APARTADO CORREOS 21440 LEPE 03 21 2010 027445864 0410 0410 57,62 0611 07 211042620316 MIHAI ALECU --- ANNA MAR AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027445965 0410 0410 15,06 0611 07 211042625972 TUDORASCU --- CONSTANTIN CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027446066 0410 0410 57,34 0611 07 211042626477 FLOREA --- MIHAELA LORED CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027446167 0410 0410 61,76 0611 07 211042628602 MEHMEDOVA --- HATIDZHE A CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028237729 0410 0410 17,42 0611 07 211042628905 MUSOVA --- FATME AHMEDOV CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028237931 0410 0410 17,42 0611 07 211042629006 MECHKARSKA --- FATIME DZ CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028238032 0410 0410 17,42 0611 07 211042629107 KONAREVA --- HATIDZHE ME CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028238133 0410 0410 17,42 0611 07 211042629309 CHITU --- ALEXANDRA CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028238234 0410 0410 16,84 0611 07 211042643352 URKON BORBELY --- JULIA CL BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027449096 0410 0410 28,37 0611 07 211042652345 ANTALKA --- GEZA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027449201 0410 0410 7,24 0611 07 211042652446 DEAK --- ZOLTAN LEHEL AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027449302 0410 0410 11,66

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19103 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 211042657601 RADUCIOIU --- ELENA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028245005 0410 0410 73,74 0611 07 211042666388 ENACHE --- CRISTINA ELEN CL PANAMA 14 21800 MOGUER 03 21 2010 028245712 0410 0410 33,84 0611 07 211042687105 MITRICA --- FLORENTINA D CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027450009 0410 0410 39,30 0611 07 211042708121 VADUVA --- LILIANA VERON CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028251368 0410 0410 13,74 0611 07 211042708222 VADUVA --- MARIANA CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028251469 0410 0410 13,74 0611 07 211042708323 MOSOR --- MIHAELA CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028251570 0410 0410 13,74 0611 07 211042716407 BIZGAN --- MIHAI ADRIAN CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028253186 0410 0410 23,34 0611 07 211042721659 LATRACH --- AICHA CL ROSARIO, 10 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027451423 0410 0410 40,04 0611 07 211042727925 MICU --- ANA MARIA CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028253994 0410 0410 31,48 0611 07 211042728026 NENCIU --- ROMANA MARIAN CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028254095 0410 0410 31,48 0611 07 211042728127 BURLAN --- ELENA CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028254196 0410 0410 31,48 0611 07 211042728228 IONELE --- GETA CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028254200 0410 0410 31,48 0611 07 211042728329 STEFANESCU --- MADALINA CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028254301 0410 0410 31,48 0611 07 211042728430 MICU --- GEORGETA CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028254402 0410 0410 31,48 0611 07 211042728531 VASILE --- IRINA IONICA CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028254503 0410 0410 31,48 0611 07 211042739645 CRETU --- GEORGETA CL PLACETA DE LA CRU 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028256119 0410 0410 19,94 0611 07 211042744796 ZALAR --- ANA CL SAN FRANCISCO 11 21800 MOGUER 03 21 2010 028257432 0410 0410 12,41 0611 07 211042745103 LACATUS --- ANA CL SAN FRANCISCO 11 21800 MOGUER 03 21 2010 028257533 0410 0410 7,97 0611 07 211042750052 NICOLA --- ILINCA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027451524 0410 0410 35,62 0611 07 211042751365 SIMION --- FLORICA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027451625 0410 0410 22,31 0611 07 211042754702 STANCIU --- FLORENTA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028258038 0410 0410 35,62 0611 07 211042755005 BRUSTUR --- NICOLETA CL LANZAROTE 1 21800 MOGUER 03 21 2010 028258240 0410 0410 9,01 0611 07 211042758136 BUNEA --- NICOLETA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 028258947 0410 0410 26,75 0611 07 211042760560 MANASIA --- ILEANA CL ANTONIO MACHADO 2 21800 MOGUER 03 21 2010 028260260 0410 0410 40,04 0611 07 211042760762 COCIOBAN --- DOMNICA CL ANTONIO MACHADO 2 21800 MOGUER 03 21 2010 028260361 0410 0410 40,04 0611 07 211042760863 PANTAZI --- VIORINA STEL CL ANTONIO MACHADO 2 21800 MOGUER 03 21 2010 028260462 0410 0410 48,91 0611 07 211042760964 IVASCU --- CLARA MARIANA CL ANTONIO MACHADO 2 21800 MOGUER 03 21 2010 028260563 0410 0410 48,91 0611 07 211042761974 IORDACHE --- NARCISA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028260664 0410 0410 13,44 0611 07 211042762075 GAFITA --- NICOLETA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028260765 0410 0410 13,44 0611 07 211042768543 CUZMA --- MIOARA CL PIO XII 20 21710 BOLLULLOS PA 03 21 2010 026863460 0410 0410 56,00 0611 07 211042782283 DOBRE --- MARIANA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028264001 0410 0410 15,22 0611 07 211042782384 MITRACHE --- ELENA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028264102 0410 0410 15,22 0611 07 211042782485 DEACONESCU --- MARINELA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028264203 0410 0410 15,22 0611 07 211042782586 DAVIDOIU --- DIDINA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028264304 0410 0410 15,22 0611 07 211042794916 TUDOR --- ANDRABA CL COSTA DE LAS PERL 21130 MAZAGON 03 21 2010 028265011 0410 0410 33,25 0611 07 211042808050 RADULESCU --- AURELIA CL ANTONIO MACHADO 2 21800 MOGUER 03 21 2010 028265920 0410 0410 27,48 0611 07 211042808151 DIACONU --- MARIANA CL ANTONIO MACHADO 2 21800 MOGUER 03 21 2010 028266021 0410 0410 27,48 0611 07 211042818154 KONOPKA --- ANNA KAZIMIE CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028268647 0410 0410 24,38 0611 07 211042818356 RASHIDOVA --- GYULSHEN R CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028268748 0410 0410 18,61 0611 07 211042818558 AHMEDOVA --- GYUNESH HYU CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028268849 0410 0410 18,61 0611 07 211042818760 YORDANOVA --- ASYA RUMEN CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028268950 0410 0410 23,05 0611 07 211042820477 NAIDIN --- ELISABETA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028269253 0410 0410 18,61 0611 07 211042820679 OLTEANU --- RALUCA LORED CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028269354 0410 0410 18,61 0611 07 211042820780 POPESCU --- IONELA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028269455 0410 0410 18,61 0611 07 211042820982 BINZOIU --- ADRIANA CL COSTA RICA 6 21800 MOGUER 03 21 2010 028269556 0410 0410 18,61 0611 07 211042825935 MANCHEVA --- RADKA ASENO AV DE LA FERIA 1 21450 CARTAYA 03 21 2010 027452231 0410 0410 18,61 0611 07 211042856853 ILINCA --- ANDREEA STANC CL CARRANZO 12 21800 MOGUER 03 21 2010 028274711 0410 0410 8,42 0611 07 211042870391 TAMAS --- ATTILA AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027452635 0410 0410 9,01 0611 07 211042873829 ONEA --- MARIOARA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027452837 0410 0410 18,32 0611 07 211042876253 BORLAN --- FELICIA STELU CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027453039 0410 0410 22,75 0611 07 211042876354 BORLAN --- DIDINA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027453140 0410 0410 22,75 0611 07 221004919935 ROMANAS --- SAROCKA CL MURILLO 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028275620 0410 0410 101,96 0611 07 221007460123 SAVU --- NICOLAE ZZ FINCA LA CERILLA 21800 MOGUER 03 21 2010 028276529 0410 0410 57,62 0611 07 221008953923 KLIMKO --- WIOLETA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028277943 0410 0410 35,46 0611 07 221009533701 STANCIU --- IONELA SIMON CL PATERNA DEL CAMPO 21800 MOGUER 03 21 2010 028278246 0410 0410 11,08 0611 07 221009679201 BARANOWSKA --- ANNA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028278953 0410 0410 35,46 0611 07 221010419330 TRANDAFIR --- ELENA CL COLON MARALEJO S 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026867807 0410 0410 17,72 0611 07 221010420946 NITA --- ELENA MIHAELA CL MIRLO 55 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 027455059 0410 0410 26,59 0611 07 231018461321 BOUASBIYA --- EL HASSANE BD CORTIJO 3 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027455463 0410 0410 53,20 0611 07 231028286916 BOUNAOUI --- JALAL CL SAN JOSE 9 21450 CARTAYA 03 21 2010 027455766 0410 0410 35,46 0611 07 231037377937 MARIKO --- SITAN CL FONTANILLA 2 21002 HUELVA 03 21 2010 026868817 0410 0410 101,96 0611 07 231039776968 AZRIF --- SAMIR CL ARENAL 42 21830 BONARES 03 21 2010 028282185 0410 0410 101,96 0611 07 231040552968 GHEORGHE --- COSMIN CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028282387 0410 0410 13,28 0611 07 231042100726 CHIRU --- MIHAELA RAFAEL CL LA VIñA 21730 ALMONTE 03 21 2010 034661553 0210 0210 93,10 0611 07 251016113380 CHAMMAKH --- MOHAMMED CL PADRE JOSE ANTONI 21730 ALMONTE 03 21 2010 026871948 0410 0410 75,36 0611 07 251016289394 TAMIRJAN --- CRISTIAN MA CL CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027461426 0410 0410 39,89 0611 07 251016519164 PITIGOI --- NICOLETA CL COLON MARALEJO S 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026872049 0410 0410 17,72 0611 07 251016586660 PIRVU --- IULIA MARIA CL MALVA 128 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028286330 0410 0410 22,15 0611 07 251016785916 DIOURI --- ABDELLAH CL ARENAL 107 21830 BONARES 03 21 2010 028286532 0410 0410 48,76 0611 07 251016815622 MIU --- DANIELA ZZ ALOJAMIENTO CASA 21450 CARTAYA 03 21 2010 027461527 0410 0410 31,02 0611 07 251016972236 CRISTEA --- NICOLAE ZZ CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 21 2010 027461628 0410 0410 39,89 0611 07 251017138651 MOKHTARI --- MOUNIR AV DE LA PAYA,ED. BO 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027461729 0410 0410 33,25 0611 07 261010263759 GARCIA CARAPINHA FERNAND CL FUENTE, 98 21800 MOGUER 03 21 2010 028288451 0410 0410 101,96 0611 07 280366614423 CACERES OLMO JUAN ANTONI CL CATALANES 10 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027462133 0410 0410 46,55 0611 07 281142414507 ORREGO NARANJO MIYER LAD CL BONARES 5 21006 HUELVA 03 21 2010 028289259 0410 0410 78,18 0611 07 290091195531 ROMERO BUENO JOSE CL CUNA 8 21400 AYAMONTE 03 21 2010 027465466 0410 0410 35,46

19104 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0611 07 290091195531 ROMERO BUENO JOSE CL CUNA 8 21400 AYAMONTE 03 21 2010 033567574 0210 0210 57,62 0611 07 291047055306 OUALD CHAIB --- EL HOCEI CL FERNANDO EL CATOL 21003 HUELVA 03 21 2010 026875887 0410 0410 88,67 0611 07 301034433768 MORHLI --- EL HOUSSINE CL ROSARIO, 10 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027468294 0410 0410 57,62 0611 07 301034438115 BELGACEM --- BELGACEM CL VELARDE 6 21440 LEPE 03 21 2010 027468395 0410 0410 8,86 0611 07 301045146309 BEN EL FAQIR --- ABDELHA CL ORQUIDEA 33 21440 LEPE 03 21 2010 024628622 0310 0310 57,62 0611 07 301047746515 MORHLI --- ABDESSAMAD CL DEL PRADO 37 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027469914 0410 0410 48,76 0611 07 301052731002 PIRVU --- IOANA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028294616 0410 0410 22,15 0611 07 301059485838 MORHLI --- MOHAMMED CL DEL PRADO, 37 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027470924 0410 0410 48,76 0611 07 301066774982 MORHLI --- YAMINA CL ROSARIO, 10 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027471126 0410 0410 17,88 0611 07 311015256145 MEDDAHI --- HADJ CL RAMON Y CAJAL 39 21440 LEPE 03 21 2010 027471429 0410 0410 26,59 0611 07 351040808002 DIALLO --- IBRAHIMA CL GLADIOLO 2 21440 LEPE 03 21 2010 024630844 0310 0310 35,46 0611 07 351045637285 MUNTEANU --- DANIELA CL OLIVOS 21 21800 MOGUER 03 21 2010 028297141 0410 0410 26,59 0611 07 360068585989 MEAÑOS OJEDA MARIA CARME CL SAN JOSE 5 21450 CARTAYA 03 21 2010 027473348 0410 0410 8,86 0611 07 401004503646 DIBU --- DANIELA ZZ APDO.79 21440 LEPE 03 21 2010 027474358 0410 0410 79,80 0611 07 401005682295 DUMITRACHE --- ALINA CL JUAN RAMON JIMENE 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028299363 0410 0410 50,83 0611 07 401005715035 PENEA --- VIRGINIA ZZ APDO.CORREOS 79 21440 LEPE 03 21 2010 027474762 0410 0410 35,46 0611 07 410099560610 DIAZ ROLDAN JOSE LUIS CL PALMERA 39 21450 CARTAYA 03 21 2010 024633874 0310 0310 13,28 0611 07 410104387772 DIAZ SALINAS JOSE MANUEL CL PLAZA 23 21430 REDONDELA L 03 21 2010 027475772 0410 0410 57,62 0611 07 411058968423 PEREIRA SANTOS JUAN CL AJOLI 151 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026884779 0410 0410 66,49 0611 07 411100375804 DOMNITIU - - - ALEXANDRU PZ LLANO 13 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 026886702 0410 0410 101,96 0611 07 411100394291 GURALIUC --- VIOREL ZZ APARTADO DE CORRE 21890 MANZANILLA 03 21 2010 026886803 0410 0410 79,80 0611 07 411105722726 ASENOV --- ASEN BORISLAV CL QUINTERO 11 21650 CAMPILLO EL 03 21 2010 026983395 0410 0410 53,35 0611 07 411110914246 CARUNTU --- NECULAI CL LUIS BENJUMEA 32 21730 ALMONTE 03 21 2010 026889530 0410 0410 75,36 0611 07 411112183734 KOZLOWSKA --- KATARZYNA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028305730 0410 0410 44,33 0611 07 430058158540 OULAYACHI --- LARBI CL DIEGO LEAL 7 21800 MOGUER 03 21 2010 028305831 0410 0410 26,59 0611 07 431021166275 TAHRI --- ABDERRAHMANE CL FIGUEREO 2 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027483250 0410 0410 101,96 0611 07 441003250763 EL MORSLI --- AHMED CL MANZANO 6 21450 CARTAYA 03 21 2010 027483452 0410 0410 79,80 0611 07 451019251808 CZYJT --- PIOTR CL LIMONES 28 21800 MOGUER 03 21 2010 028308861 0410 0410 35,46 0611 07 451019254636 DRAGHICI --- CRISTACHE CL URUGUAY 5 21450 CARTAYA 03 21 2010 027484967 0410 0410 97,54 0611 07 451019256252 LUNA --- CRISTINEL CONST CL CARABELA SANTA MA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028308962 0410 0410 31,02 0611 07 451019664763 DAVID --- ELENA CL FUENTES 56 21440 LEPE 03 21 2010 027485270 0410 0410 8,86 0611 07 451023481311 GRABOSCHI --- MARIAN CL REVUELO 1 21830 BONARES 03 21 2010 028311588 0410 0410 13,28 0611 07 451023495960 STOIAN --- MARIUS CL SANTA ISABEL 7 21750 ROCIO EL 03 21 2010 026892459 0410 0410 79,80 0611 07 451025797284 CIOCAN --- MARIAN VIOREL CL ANTONIO MACHADO 2 21800 MOGUER 03 21 2010 034702777 0210 0210 101,96 0611 07 451026062117 DANCIU --- ANILIA CL RABIDA 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028312396 0410 0410 35,46 0611 07 451026131128 STRUGARI --- IOAN DANIEL CL TOMILLO, 7 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028312602 0410 0410 22,15 0611 07 451026234390 MITKOV --- DIMITAR KOLEV AV BLAS INFANTE 3 21440 LEPE 03 21 2010 027488607 0410 0410 17,72 0611 07 451026250457 ASENOV --- STRAHIL ASENO CL PEPE LUIS EL PRAC 21440 LEPE 03 21 2010 027488809 0410 0410 22,15 0611 07 451026552167 HOUBBADI --- BOURAHLA CL ALTA 86 21450 CARTAYA 03 21 2010 027489011 0410 0410 53,20 0611 07 451027219851 BENBALLAH --- ABDELDUAHA CL JUAN RAMON JIMENE 21440 LEPE 03 21 2010 027489415 0410 0410 97,54 0611 07 451028115685 AHMED --- EKSANE REFIK CL EL PILAR 45 21830 BONARES 03 21 2010 028313309 0410 0410 13,28 0611 07 460079323469 RICHART JUAN ANTONIO AV CRISTO DE LA SANG 21500 GIBRALEON 03 21 2010 019717590 0110 0110 15,74 0611 07 461058065936 JOHARI --- SAID CL TRES CARABELAS 9 21002 HUELVA 03 21 2010 026893772 0410 0410 101,96 0611 07 461078091281 EL FARISY --- ABDELAZIZ CL GUADALETE 2 21440 LEPE 03 21 2010 027491334 0410 0410 13,28 0611 07 461078671968 LETCA --- OANA VIOLETA UR MONTECARLO 30 21449 ANTILLA LA 03 21 2010 027491435 0410 0410 26,59 0611 07 461081119200 KAMARAUSKAS --- KASTYTIS CL BLAS INFANTE 2 21450 CARTAYA 03 21 2010 027491536 0410 0410 48,76 0611 07 461083287451 BIRONIENE --- AUDRONE CL MANZANO 8 21450 CARTAYA 03 21 2010 027492142 0410 0410 97,54 0611 07 461086410851 MIAUTA --- GHEORGHE CL VELARDE 11 21440 LEPE 03 21 2010 033594452 0210 0210 84,23 0611 07 461086666687 BUCOVANU --- CONSTANTIN BD LAS ROCIANAS 21 21720 ROCIANA DEL 03 21 2010 029888143 0410 0410 31,92 0611 07 461087778046 PLETEA --- NICULINA CL CRISTOBAL COLON 4 21800 MOGUER 03 21 2010 028314420 0410 0410 22,15 0611 07 461100356017 PETRESCU --- CONSTANTIN CL VELARDE 11 21440 LEPE 03 21 2010 033596371 0210 0210 84,23 0611 07 481011112345 VALCARCEL ABELLAN MARIA CT DEL ROCIO, 208 21730 ALMONTE 03 21 2010 021225740 0210 0210 4,80 0611 07 501019985183 RAHOUI --- RACHID CL SAN JOSE 12 21800 MOGUER 03 21 2010 028316137 0410 0410 35,46 0611 07 501020422693 HASSAK --- AMAR CL MANZANO 21 21450 CARTAYA 03 21 2010 027496485 0410 0410 17,72 0611 07 501021276091 BELBACHIR --- AHMED CL SANLUCAR DE GUADI 21007 HUELVA 03 21 2010 028316238 0410 0410 44,33 0611 07 501031135739 NICOLAE --- GHEORGHE CL COSTA DE LA BARCA 21130 MAZAGON 03 21 2010 028317450 0410 0410 35,46 0611 07 501033433326 PETCU --- MARIAN CL VAZQUEZ DIAZ 1 21820 LUCENA DEL P 03 21 2010 028317854 0410 0410 75,36 0611 07 510003946983 SANCHEZ LOPEZ FRANCISCO CL TREBOL 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 027499014 0410 0410 79,80 0613 10 21104651122 MARTIN ALFONSO ANTONIO CL PALMERA 13 21450 CARTAYA 03 21 2010 026482534 1209 1209 59,50 REGIMEN 08 REGIMEN ESPECIAL DEL MAR 0811 10 21106651847 RAMOS RODRIGUEZ JOSEFA CL SAN FRANCISCO (PU 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026410590 0410 0410 8,28 0813 10 21103368496 PRIETO FRANCO JOSE M AV ESPAñA 14 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026307429 0410 0410 29,10 0813 10 21104312026 VAZQUEZ FERRAMACHE MANUE CL ALAMO 15 21400 AYAMONTE 04 21 2009 000027726 0109 1209 751,20 0813 10 21104585646 RAMOS RODRIGUEZ JOSEFA CL SAN FRANCISCO 19 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026332687 0410 0410 37,40 0813 10 21104974858 HERMANOS PRIETO FRANCO, AV ESPAÑA 14 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026343094 0410 0410 1.324,03 0813 10 21105958804 EXPLOTACIONES PESQUERAS AV RIA 25 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 026374420 0410 0410 1.150,26 0814 10 21103851678 LOSADA PRIETO MANUEL CL PINTA IV 2 21410 ISLA CRISTIN 02 21 2010 026317331 0410 0410 217,66 0814 10 21105829367 JIMENEZ MUÑOZ ENRIQUE CL PATO REAL 11 21730 ALMONTE 02 21 2010 026368962 0410 0410 489,06 0814 10 21106586472 SANTANA LOPEZ FRANCISCO BD MARIA AUXILIADORA 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026405944 0410 0410 669,78 0823 10 21103368500 PRIETO FRANCO JOSE M AV ESPAñA 14 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026307530 0410 0410 9,91 0823 10 21104585747 RAMOS RODRIGUEZ JOSEFA CL SAN FRANCISCO 19 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 026332788 0410 0410 19,82 0823 10 21105962945 EXPLOTACIONES PESQUERAS AV RIA 25 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 026374622 0410 0410 249,64 0825 07 070071534618 GARCIA PRIETO JOSE CL POZO NUEVO 30 21620 TRIGUEROS 03 21 2010 028653920 0410 0410 189,79 0825 07 170056780696 CANELA PEDRO MANUEL CL ECUADOR 21 21450 CARTAYA 03 21 2010 028645230 0410 0410 189,79

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19105 REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE 0825 07 210029631524 LOSADA PRIETO MANUEL CL PINTA 4 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028647957 0410 0410 207,40 0825 07 210031761783 MAYOR RODRIGUEZ JOSE CL REINA SOFIA 26 21450 CARTAYA 03 21 2010 028648462 0410 0410 189,79 0825 07 210033487373 LUZ BELLIDO ANDRES CL MURCIA 2 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028649068 0410 0410 207,40 0825 07 210035849931 RODRIGUEZ MORGADO JUAN J BD SANTA CRUZ 21100 PUNTA UMBRIA 03 21 2010 028649573 0410 0410 207,40 0825 07 211000594963 OLAYA GARCIA JAVIER CL ANTONIO MACHADO, 21800 MOGUER 03 21 2010 028654526 0410 0410 189,79 0825 07 211007968478 SANTANA LOPEZ FRANCISCO BD Mª AUXILIADORA 4 21420 POZO DEL CAM 03 21 2010 028651492 0410 0410 189,79 0825 07 211009603940 VIDES SANCHEZ EMILIO JAV AV LA JARA 4 21819 RABIDA LA 03 21 2010 028654930 0410 0410 189,79 0825 07 211012402590 ORTA DIAZ RAFAEL CL ARNAU 66 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028651593 0410 0410 189,79 0825 07 211018903917 MARTIN MENA JOSE CL LIRIO-URBANIZACIO 21440 LEPE 03 21 2010 025844859 0310 0310 189,79 0825 07 211023477566 ZIEMAK --- WIOLETTA CL ISLAMAR 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028652708 0410 0410 189,79 0825 07 211025699674 VAZQUEZ FERIA JOSE MANUE CL BEAS 19 21110 ALJARAQUE 03 21 2010 028652809 0410 0410 189,79 0825 07 211033354489 DIAZ MONTES BENITO CL OBISPO JUAN DEL R 21400 AYAMONTE 03 21 2010 028652910 0410 0410 189,79 0825 07 211036510124 MARIN FERNANDEZ FERNANDO CL ISLAMAR 2 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028653314 0410 0410 189,79 0825 07 411047303767 PUERTO CRISTOBAL MARCOS CL FINCA EL VALLE (C 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 028653819 0410 0410 189,79 REGIMEN 12 REGIMEN ESPECIAL EMPLEADOS DEL HOGAR 1211 10 21106605569 ANDUJAR HIDALGO MARIA CA CL ALONSO DE ERCILLA 21005 HUELVA 03 21 2010 028327150 0410 0410 195,96 1221 07 211021973157 ARIAS HENAO FLOR YANITH CL MASTIL 3 21007 HUELVA 03 21 2010 028324524 0410 0410 195,96 1221 07 211031005776 PEREZ DE LA CRUZ GALICIA CL BLIVIA 5 21007 HUELVA 03 21 2010 028324928 0410 0410 195,96 1221 07 211031640219 GARCIA ALBARRACIN EDGAR CL MAESTRA ISABEL FR 21120 CORRALES 03 21 2010 028322706 0410 0410 195,96 1221 07 211031964864 GRAJALES VALLEJO FRANCY PZ LA NORIA DEL PALM 21007 HUELVA 03 21 2010 028325332 0410 0410 195,96 1221 07 211036745651 GUERRERO MEDINA RENE CL LUIS DE VARGAS 2 21001 HUELVA 03 21 2010 028319369 0410 0410 195,96 DIRECCION PROVINCIAL : 41 SEVILLA DIRECCION: CL PABLO PICASSO 0 41018 SEVILLA TELEFONO: 095 4591700 FAX: 095 4591749 JEFA SERVICIO TECNICO NOT./IMPG MARIA CARMEN PEREZ CANO REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL 0111 10 41122625893 RODRIGUEZ CID PAZ JESUS CL SANTA ZITA S/Nº 21007 HUELVA 03 41 2010 033521806 0410 0410 7.031,09 REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS 0521 07 210029871600 SOLIS FRANCO CARMELO CL NIñO PEREZ, S/N 21891 CHUCENA 03 41 2010 035101791 0510 0510 302,04 0521 07 240055755880 CARBAJO ALONSO JOSE LUIS CL GONDOLA 23 21130 MAZAGON 03 41 2010 035333884 0510 0510 302,04 0521 07 410090134331 MOLINA NAVARRO LUIS CL NIÑO JESUS 2 21002 HUELVA 03 41 2010 035149584 0510 0510 265,12 REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 211023550217 ANDREI --- FLORIAN CL ALGARROBITO 13 21730 ALMONTE 03 41 2010 034078140 0410 0410 101,96 0611 07 211033141800 MOGA --- VOCHITA CL LA UNION 25 21710 BOLLULLOS PA 03 41 2010 034459975 0410 0410 93,10 0611 07 211034666922 MYSZEWSKI --- KRZESLAW P SC QUERCUS-ALCORNOQU 21760 TORRE DE LA 03 41 2010 034460278 0410 0410 39,89 0611 07 411099256462 BAATI --- ABDERRAHMANE ZZ FINCA EL PUNTAL 3 21450 CARTAYA 03 41 2010 034413192 0410 0410 13,28 0611 07 411110599604 BOUAICHI - - - MOHAMED CL ALMENDRAL 16 21450 CARTAYA 03 41 2010 034057932 0410 0410 101,96 0611 07 411112355102 MARIN --- STEFAN CL REYES 21 21730 ALMONTE 03 41 2010 034557581 0410 0410 88,67 0611 07 411112368842 NICOLAE --- MIHAI CL FAISAN, 8 21450 CARTAYA 03 41 2010 033908287 0410 0410 31,02 DIRECCION PROVINCIAL : 26 LA RIOJA DIRECCION: CL SAGASTA 2 26001 LOGROÑO TELEFONO: 941 0276000 FAX: 941 0276058 JEFA SERVICIO TECNICO NOT./IMPG GISELA CLAVIJO BLANCO REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 261006265440 JALAL --- SOUHAYL CL BEAS 10 21440 LEPE 03 26 2010 013970419 0410 0410 53,20 DIRECCION PROVINCIAL : 22 HUESCA DIRECCION: CL SAN JORGE 34 22003 HUESCA TELEFONO: 901 0502050 FAX: 974 0294360 SUBDIRECTOR PROVINCIAL MARIA PILAR AGUIRRE SANCHEZ REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 221009679908 STOICA --- MARCELA CL HINOJOS 14 21730 ALMONTE 03 22 2010 011840319 0410 0410 13,28 DIRECCION PROVINCIAL : 14 CORDOBA DIRECCION: AV RONDA DE LOS TEJARES 23 14008 CORDOBA TELEFONO: 957 0499600 FAX: 957 0499641 SUBDIRECTOR PROVINCIAL JUAN MUÑOZ MOLINA REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 131020944382 TARUS --- ION ZZ CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 14 2010 022864588 0410 0410 39,89 0611 07 141043841218 BUTA --- ALEXANDRU ALIN CL ESPAÑOLA 11 21810 PALOS DE LA 03 14 2010 023126690 0410 0410 35,62 0611 07 141044774842 PREDA --- GHEORGHE CL RABIDA 59 21810 PALOS DE LA 03 14 2010 023466392 0410 0410 8,86 0611 07 141046037963 CHIRIGOI --- ION CZ ASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 14 2010 023173877 0410 0410 31,02 0611 07 141048147210 FLOAREA --- NICOLAE ZZ CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 14 2010 023513579 0410 0410 39,89 0611 07 141048212581 TIRIZICA --- VIOREL ION ZZ CASA DEL GATO 21450 CARTAYA 03 14 2010 022662003 0410 0410 39,89

19106 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 DIRECCION PROVINCIAL : 29 MALAGA DIRECCION: CL INGENIERO DE LA TORRE ACOSTA 5 29007 MALAGA TELEFONO: 095 2619500 FAX: 095 2619556 JEFA DE SECCION CONCEPCION OLIVA URBIZU REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 291100140372 CIOBANU --- CLAUDIU ZZ FINCA GUAPERO 21450 CARTAYA 03 29 2010 027153835 0410 0410 26,59 DIRECCION PROVINCIAL : 45 TOLEDO DIRECCION: PZ DE SAN AGUSTIN 3 45001 TOLEDO TELEFONO: 925 0396500 FAX: 925 0396501 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. FRANCISCO MACIAS PEREZ REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 211032730558 BOGATU --- IULIAN CL GAVIA 35 21450 CARTAYA 03 45 2010 017984061 0410 0410 26,59 0611 07 211033985090 CIEPIERSKA --- WIOLETTA CL ALCALDE RODRIGUEZ 21810 PALOS DE LA 03 45 2010 017984970 0410 0410 26,59 0611 07 451013723818 LAFSAHI --- HASSAN CL REYES CATOLICOS 2 21810 PALOS DE LA 03 45 2010 017924952 0410 0410 22,15 0611 07 451021272236 ENE --- TITUS CL ALTA 63013 21450 CARTAYA 03 45 2010 018038221 0410 0410 57,62 DIRECCION PROVINCIAL : 30 MURCIA DIRECCION: CL ORTEGA Y GASSET S/N 0 30009 MURCIA TELEFONO: 968 0395000 FAX: 968 0392000 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. REMIGIO ESTEBANEZ DUEÑAS REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 211036484458 MANAILA --- DORINA CL CHANZA 19 21720 ROCIANA DEL 03 30 2010 039582195 0410 0410 101,96 0611 07 301028711980 BENTOUMIA --- MOHAMMED AV AMERICA 6 21810 PALOS DE LA 03 30 2010 041002641 0410 0410 17,72 DIRECCION PROVINCIAL : 23 JAEN DIRECCION: AV DE MADRID 70 23008 JAEN TELEFONO: 953 0216700 FAX: 953 0216681 SUBDIRECTOR PROVINCIAL MANUEL VIEDMA GARCIA REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 031012861925 LAHEROURI --- HAKKOUM CL LARGA 48 21830 BONARES 03 23 2010 025309512 0410 0410 101,96 0611 07 231040559941 BURCEA --- LAURENTIU AV BAYONA REAL 35 21810 PALOS DE LA 03 23 2010 026527365 0410 0410 101,96 0611 07 231043176517 NEHOIANU --- DUMITRU ALE CL OLIVILLO 36 21810 PALOS DE LA 03 23 2010 026598295 0410 0410 10,20 0611 07 311016890795 MEDDAHI --- DJILALI CL SALAMANCA 43 21440 LEPE 03 23 2010 023961212 0310 0310 79,80 DIRECCION PROVINCIAL : 07 ILLES BALEARS DIRECCION: RB DELS DUCS DE PALMA DE MALLORCA 18 07003 PALMA DE MALLORCA TELEFONO: 971 0218300 FAX: 971 0218350 JEFE DE SECCION NADAL MASCARO SALVA REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 071046169738 FARDI --- MIMOUN CL ARAGON 13 21440 LEPE 03 07 2010 021073074 0410 0410 70,93 DIRECCION PROVINCIAL : 12 CASTELLO DIRECCION: PZ JUEZ BORRULL 14 12003 CASTELLON TELEFONO: 964 0727300 FAX: 964 0727333 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. ROSA MARíA GUTIERREZ ROIG REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 041001815528 KARDIDDA --- MOSTAPHA CL GUALDAQUIVIR 21 21440 LEPE 03 12 2010 017317433 0410 0410 97,54 0611 07 110061024780 GONZALEZ AVECILLA ROSARI CL GARCIA SARMIENTO 21810 PALOS DE LA 03 12 2010 017322079 0410 0410 17,72 0611 07 281225108219 PERVIZ --- KHALID CL ANDEVALO 2 21591 SAN SILVESTR 03 12 2010 017389878 0410 0410 75,36 DIRECCION PROVINCIAL : 01 ALAVA DIRECCION: CL POSTAS 42 01004 VITORIA TELEFONO: 945 0162700 FAX: 945 0162710 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. ANA BELLO DIEZ REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 011012205185 BADAOUI --- ABDENNOUR CL PRADO 31 21410 ISLA CRISTIN 03 01 2010 012488160 0410 0410 101,96 DIRECCION PROVINCIAL : 28 MADRID DIRECCION: CL AGUSTIN DE FOXA 28 28036 MADRID TELEFONO: 091 3348500 FAX: 091 3348704 JEFA DE SECCION ADELINA GARCIA SOLER REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS 0521 07 211032614966 CANTERLA VAZQUEZ MARIA J PS INDEPENDENCIA 46 21002 HUELVA 03 28 2010 057246938 0510 0510 302,04

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19107 REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 041037077149 DEMBELE --- OUMAR PZ VENEZUELA 2 21810 PALOS DE LA 03 28 2010 054471021 0410 0410 14,47 0611 07 211031439549 BODNARUK --- MYKHAYLO AV RAMON Y CAJAL, 15 21720 ROCIANA DEL 03 28 2010 054634507 0410 0410 75,36 0611 07 370032485804 SANCHEZ SANCHEZ FRANCISC CL P.I. SAN JORGE 13 21810 PALOS DE LA 03 28 2010 054542153 0410 0410 26,59 DIRECCION PROVINCIAL : 43 TARRAGONA DIRECCION: RB NOVA 84 43003 TARRAGONA TELEFONO: 977 0259600 FAX: 977 0259659 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. ALFONSO ARQUED SANMARTIN REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 211032027714 LO --- ABDOU CL PUEBLA DE SANABRI 21007 HUELVA 03 43 2010 017963983 0410 0410 27,04 DIRECCION PROVINCIAL : 07 ILLES BALEARS DIRECCION: RB DELS DUCS DE PALMA DE MALLORCA 18 07003 PALMA DE MALLORCA TELEFONO: 971 0218300 FAX: 971 0218350 JEFE DE SECCION NADAL MASCARO SALVA REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 211029319390 GOLOVAN --- MYKOLA AV DE ANDALUCIA 89 21440 LEPE 03 07 2010 017088600 0210 0210 48,76 DIRECCION PROVINCIAL : 44 TERUEL DIRECCION: CL GLORIETA 1 44001 TERUEL TELEFONO: 901 0502050 FAX: 978 0609811 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. RAMON LOPEZ RAJADEL REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 441006155915 GETA --- ENE CL LA ESPAÑOLA 9 21810 PALOS DE LA 03 44 2010 011317295 0410 0410 35,16 0611 07 441006272517 CIPLIENE --- DAIVA CL NORIA, 5 21450 CARTAYA 03 44 2010 011138049 0310 0310 101,96 0611 07 441006272517 CIPLIENE --- DAIVA CL NORIA, 5 21450 CARTAYA 03 44 2010 011322450 0410 0410 101,96 0611 07 441006272517 CIPLIENE --- DAIVA CL NORIA, 5 21450 CARTAYA 03 44 2010 011502306 0510 0510 22,15 DIRECCION PROVINCIAL : 29 MALAGA DIRECCION: CL INGENIERO DE LA TORRE ACOSTA 5 29007 MALAGA TELEFONO: 095 2619500 FAX: 095 2619556 JEFA DE SECCION CONCEPCION OLIVA URBIZU REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS 0521 07 211009540181 PEREIRA MARTIN EVA MARIA CL LA HIGUERA 8 21510 SAN BARTOLOM 03 29 2010 028181328 0510 0510 327,30 DIRECCION PROVINCIAL : 38 SANTA CRUZ TENERIFE DIRECCION: CL JOSE MANUEL GUIMERá 8 38003 SANTA CRUZ DE TENERIFE TELEFONO: 901 0502050 FAX: 922 0601415 SUBDIRECTORA PROVINCIAL ELENA OTERO SOMOZA REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 211032761880 NICOLAE --- AURELIA CL CUATRO CAMINO 9 21810 PALOS DE LA 03 38 2010 020108721 0410 0410 26,59 EDICTO PUBLICACIÓN B.O.P. RECLAMACIONES DE DEUDA El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92), a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidas contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.3 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E. 29/06/94), según la redacción dada al mismo por el artículo 5.seis de la ley 52/2003, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E. 11/12/03), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos ), 9 (Reclamación acumulada de deuda) y 10 (Reclamación de deuda por derivación de responsabilidad): a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso. b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso.

19108 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 55.2, 66 y 74 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (R.D. 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. 25/06/04), los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación. Se previene de que, caso de no obrar así, se iniciará el procedimiento de apremio, mediante la emisión de la providencia de apremio, con aplicación de los recargos previstos en el artículo 27 de la mencionada ley y el artículo 10 de dicho Reglamento General. Contra el presente acto, y dentro del plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración correspondiente; transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92), que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Huelva, 25 noviembre 2010.- EL JEFE DE SECCIÓN, Fdo.: Francisco Pérez Moreno DIRECCION PROVINCIAL : 21 HUELVA DIRECCION: CL PUERTO 50 21001 HUELVA TELEFONO: 959 0492500 FAX: 959 0492539 JEFE DE SECCION FRANCISCO PÉREZ MORENO REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.RECLAMACION PERIODO IMPORTE REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL 0111 10 21003612324 CATALAN NAVARRO MANUEL CL MARINA 16 21001 HUELVA 04 21 2010 000031846 0110 0910 6.251,00 0111 10 21005289313 ANGULO GUTIERREZ JOSE MA BD LA REDONDELA 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 035115635 0607 0607 25,66 0111 10 21005289313 ANGULO GUTIERREZ JOSE MA BD LA REDONDELA 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 035115736 0807 0807 62,21 0111 10 21005289313 ANGULO GUTIERREZ JOSE MA BD LA REDONDELA 21410 ISLA CRISTIN 03 21 2010 035115837 0907 0907 968,86 0111 10 21103064463 GRUAS LOZANO HUELVA,S.L. CL ALONSO DE OJEDA S 21002 HUELVA 03 21 2010 035200006 0407 0407 1.364,94 0111 10 21103499044 DOS SANTOS SUAREZ MANUEL CL PIEDRAS ALBA 10 21540 VILLANUEVA D 06 21 2010 038045136 0307 0707 1.402,80 0111 10 21104288683 COMUNIDAD PROPIETARIOS M CL MAGALLANES 2 21004 HUELVA 02 21 2010 032198561 0610 0610 238,36 0111 10 21104472781 PULIMENTOS MANOTA,S.L. PZ AMAPOLAS 2 21006 HUELVA 03 21 2010 035257091 0507 0507 268,03 0111 10 21104479552 EUROSERVICIOS ESURY,S.L. AV EXTREMADURA 8 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 035257293 0807 0807 1.131,96 0111 10 21105083780 PROMOCIONES Y CONSTRUCCI AV EXTREMADURA 137 21590 VILLABLANCA 04 21 2009 005000489 0208 0508 2.504,00 0111 10 21105083780 PROMOCIONES Y CONSTRUCCI AV EXTREMADURA 137 21590 VILLABLANCA 03 21 2010 035278010 0407 0407 115,86 REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0613 10 21104675168 MARQUEZ GARCIA JOSE ANTO CL TARANTOS 20 21130 MAZAGON 02 21 2010 029043334 0310 0310 1.214,57 REGIMEN 08 REGIMEN ESPECIAL DEL MAR 0814 10 21106096119 ALFONSECA GOMEZ EDUARDO CL ALMENDRAL 16 21450 CARTAYA 02 21 2010 032269390 0610 0610 243,98 REGIMEN 23 RECURSOS DIVERSOS 2300 07 211029584526 GONZALEZ ROMAN CONSOLACI CL FLOR 31 21450 CARTAYA 08 21 2010 035358640 0107 1009 3.010,97 Edicto del Ministerio de Trabajo e Inmigración sobre notificación a (deudores) EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los articulas 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según le redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001,de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalle al domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, asi como su teléfono y número de fax.

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19109 Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. HUELVA, e 23 de NOVIEMBRE de 2.010.- EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A,

19110 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19111

19112 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19113

19114 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19115

19116 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19117

19118 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19119

19120 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19121

19122 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19123

19124 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19125

19126 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19127

19128 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19129

19130 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19131

19132 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19133

19134 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19135

19136 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19137

19138 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19139

19140 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19141

19142 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19143

19144 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19145

19146 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19147

19148 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19149

19150 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19151

19152 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19153

19154 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19155

19156 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19157

19158 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19159

19160 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19161

19162 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19163

19164 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19165

19166 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19167

19168 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19169

19170 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19171

19172 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19173

19174 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19175

19176 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19177

19178 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19179

19180 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19181

19182 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19183

19184 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19185

19186 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19187

19188 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19189

19190 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19191

19192 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19193

19194 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19195

19196 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19197

19198 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19199

19200 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19201

19202 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19203

19204 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19205

19206 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19207

19208 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19209

19210 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19211

19212 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19213

19214 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19215

19216 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19217

19218 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19219

19220 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19221

19222 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19223

19224 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19225

19226 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19227

19228 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19229

19230 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19231

19232 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19233

19234 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19235

19236 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19237

19238 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19239

19240 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19241

19242 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19243

19244 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19245

19246 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19247

19248 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19249

19250 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19251

19252 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19253

19254 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19255

19256 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19257

19258 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19259

19260 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19261

19262 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19263

19264 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19265

19266 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19267

19268 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19269

19270 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19271

19272 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19273

19274 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19275

19276 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19277

19278 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19279

19280 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19281

19282 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19283

19284 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19285

19286 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19287

19288 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19289

19290 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19291

19292 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19293

19294 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19295

19296 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19297

19298 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19299

19300 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19301

19302 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19303

19304 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19305

19306 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19307

19308 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19309

19310 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19311

19312 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19313

19314 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19315

19316 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19317

19318 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19319

19320 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19321

19322 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19323

19324 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19325

19326 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19327

19328 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19329

19330 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19331

19332 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19333

19334 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19335

19336 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19337

19338 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19339

19340 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19341

19342 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19343

19344 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19345

19346 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19347

19348 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237 15 de Diciembre de 2010 19349

19350 15 de Diciembre de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 237