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Transcripción:

REGISTRADA BAJO EL Nº 8508/16.- CORRESPONDE EXPTE. C-9251/16.- VISTO: El Expte. D-168/16 D.E. eleva Expte. C-10236/16 SECRETARIO DE HACIENDA. Ref.: Eleva Proyecto Presupuesto de Gastos y Ordenanza Fiscal e Impositiva. Ejercicio 2017.- CONSIDERANDO: Que, las reuniones mantenidas entre los miembros de Comisión de Presupuesto y Cuentas de este Honorable Concejo Deliberante y el Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Pergamino, Cdor. Sergio Tressens. y Que, este presupuesto expresa metas y prioridades en las políticas públicas como plan de gobierno para el período 2017, diseñadas por el Departamento Ejecutivo y Que, el proyecto de Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos refleja el alineamiento político producto del devenir institucional de la República ya que programas que históricamente fueron financiados en su mayor parte por recursos ordinarios de libre disponibilidad, hoy encuentran financiamiento en el gobierno nacional y/o provincial, a través de la firma de importantes convenios que han realizado.- POR LO EXPUESTO: El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Pergamino, en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes realizada el día jueves 22 de diciembre de 2016 aprobó por mayoría la siguiente, O R D E N A N Z A: ARTICULO Nº 1: Apruébese la Ordenanza Fiscal e Impositiva para el Ejercicio 2017, conformada por el texto de la Ordenanza Fiscal Impositiva 2016 con las modificaciones que figuran de fojas 25 a 64 del Expte. Ut Supra mencionado.-

ARTICULO Nº 2: Apruébese el Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2017 por un monto de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES NOVESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS 00/100 ($698.932.300.00), en un todo de acuerdo a lo fijado en el Proyecto de Ordenanza Fiscal e Impositiva.- ARTICULO Nº 3: Apruébese el Proyecto de Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2017 por un monto de SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES NOVESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS 00/100 ($698.932.300.00), de acuerdo a las estimaciones de gastos para la ejecución de las políticas públicas definidas por el Departamento Ejecutivo.- ARTICULO Nº 4: Apruébese los rubros y partidas que componen el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2017, que corren de fs. 65 a fs 346 del Expediente D-168/2016 D.E. eleva Expte. C-10236/2016.- ARTICULO Nº 5: Fíjese la compensación por Gastos de Representación a partir del mes de Enero de 2017 en la suma de PESOS CATORCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($14.350.00).- ARTICULO Nº 6: Los saldos que arrojen al cierre del ejercicio las Cuentas de Recursos con Afectación, serán transferidos al ejercicio siguiente, incorporándose al cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo, correlativamente se ampliará el presupuesto de Gastos reforzando créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos. En ambos casos se respetará el destino al que deben ser aplicados los fondos en cuestión. La incorporación de saldos afectados al Cálculo de Recursos y de nuevos conceptos al Presupuesto de Gastos se efectuará respetando el nomenclador vigente.- ARTICULO Nº 7: Cuando el agente, como consecuencia del cumplimiento de las tareas inherentes al cargo, sufra incompatibilidad mediante el bloqueo total del título para su libre actividad profesional, podrá percibir un adicional que será de un 25% y hasta un 50% del sueldo de su escala.- ARTICULO Nº 8: Los funcionarios políticos, podrán gozar de las mismas bonificaciones previstas para el personal de planta permanente, excepto la bonificación por antigüedad.- ARTICULO 9º: Las horas extras se liquidarán tomando como base el sueldo básico y bonificación por antigüedad exclusivamente.- ARTICULO 10º: El sistema de asignaciones familiares y su funcionamiento, estará sujeto a

las disposiciones que en la materia fije la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) o la repartición pública que la remplace, en lo que no se contraponga al estatuto y escalafón para el personal municipal y disposiciones del Superior Gobierno de la Provincia. El Departamento Ejecutivo podrá convalidar, en la medida de sus posibilidades económicas y financieras, los futuros aumentos que éste Sistema Implemente. Los cargos políticos serán incluidos en la liquidación de las asignaciones familiares.- ARTICULO 11º: Suspéndase con carácter provisorio y hasta tanto se sancione la ordenanza que reglamente las previsiones de las ley 14.656 en su parte pertinente, el adicional por antigüedad al que alude Nº 183 del Estatuto y escalafón para el personal de la Municipalidad de Pergamino, Ordenanza Nº 1286/86 y modificatoria y el artículo 14 inciso D del Estatuto y escalafón para el personal de Obras Sanitarias de la Municipalidad de Pergamino, Ordenanza 1673/87 y sus modificatorias.- ARTICULO 12º: Aféctese de la Recaudación de la Tasa de Alumbrado Público del ejercicio con destino a Seguridad Ciudadana, la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($520.000,00) por mes, a partir del mes en que el aumento de los valores de la tasa sean facturados.- ARTICULO 13º: Aféctese de la recaudación de las Tasa de Seguridad e Higiene del ejercicio con destino al programa Alfabetización Digital, Ordenanza 7054/2009, la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL 00/100 ($2.600.000).- ARTICULO 14º: Transfiérase el saldo del cierre del ejercicio 2016, correspondiente al FONDO AMPLIACION PLANTA DEPURADORA DE LIQUIDOS CLOACALES, al FONDO OBRAS Y EQUIPAMIENTO DE LA DIRECCION DE OBRAS SANITARIAS. Aféctese de la recaudación de la tasa de Servicios Sanitarios del ejercicio con destino a FONDO OBRAS Y EQUIPAMIENTO DE LA DIRECCION DE OBRAS SANITARIAS, la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIEINTOS MIL CON 00/100 ($3.500.000,00).- ARTICULO 15º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a incrementar, a partir del primero de julio de 2017, los valores de las Tasas, Derechos y Contribuciones en hasta un TRES PORCIENTO (3%), sobre el valor de facturación vigente al 30 de Junio de 2017.- ARTICULO 16º: Disminúyase el presupuesto de gastos de la Secretaria de Desarrollo Urbano en las partidas de todas las categorías programáticas vinculadas al inciso 4 (Bienes de Uso), la suma de $ 2.000.000,00 (PESOS DOS MILLONES con 00/100) en proporción a la participación relativa de cada partida, en el total del inciso. Auméntese el presupuesto de gastos de la Secretaria de Seguridad en las partidas de todas las categorías programáticas

vinculadas al inciso 1, (Gastos en personal), la suma de $ 2.000.000,00 (PESOS DOS MILLONES con 00/100), en proporción a la participación relativa de cada partida en el total del inciso.- ARTICULO Nº 17: De forma.- PERGAMINO, 23 de diciembre de 2016.- ORDENANZA Nº 8508/16.- FIRMADO: Lucio Q. TEZON Presidente.- María Fernanda ALEGRE Secretaria.-

REGISTRO Nº 3637/16.- CORRESPONDE EXPTE. C-9251/16.- atribuciones, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PERGAMINO, en uso de sus D E C R E T A: ARTICULO 1º: Promulgase la ordenanza nº 8508/16.- ARTICULO 2º: Regístrese, publíquese, dése al BOLETIN MUNICIPAL y a los fines procedentes intervenga la DIRECCION DE HACIENDA Y RENTAS.- PERGAMINO, 27 de diciembre de 2016.- FIRMADO: Javier Arturo MARTINEZ Intendente Municipal.- C.P.N. Sergio Federico TRESSENS Secretario de Hacienda y Finanzas S.G.