2ª JORNADA DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL 2018

Documentos relacionados
Convalidaciones. FP Principado de Asturias

Pasarela sobre Convalidaciones

QUÉ HACE EL CENTRO ANTES DEL REGISTRO DE LAS SOLICITUDES DEL ALUMNADO?

INFORMACIÓN SOBRE CONVALIDACIONES DE MÓDULOS PROFESIONALES DE CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

2ª JORNADA DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL 2018

ese momento el centro debe realizar el registro que son responsabilidad del ministerio

Instrucciones convalidaciones de módulos profesionales de ciclos

INTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA TRAMITACIÓN DE CONVALIDACIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm Boletín Oficial de Aragón

CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014

PROTOCOLO DE CONVALIDACIONES EN LA FORMACIÓN PROFESIONAL

EL ALUMNADO DEBE ASISTIR A CLASE Y DEMÁS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN DE LOS MÓDULOS CUYA CONVALIDACIÓN HA SOLICITADO.

Convalidaciones de módulos formativos de Formación Profesional y exención de inglés técnico

CONVALIDACIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL

Decreto 138/2017, de 5 de septiembre, y previo informe del Consejo Escolar de Aragón, dispongo:

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

IES Ginés Pérez Chirinos IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL

Acreditación de competencias

Familia profesional de ADMINISTRACION Y GESTION

CENTROS EDUCATIVOS QUE

2ª MESA. Organización de mesas. Hora Actividad Responsable

G UÍA Y NORMAS T RAMITACIÓN A DMINISTRATIVA

CENTROS EDUCATIVOS QUE

Núm Boletín Oficial de Aragón

INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN ENSEÑANZAS DE MÁSTER

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

8326 Boletín Oficial de Canarias núm. 94, lunes 16 de mayo de 2005

Certificados de profesionalidad

G UÍA Y NORMAS T RAMITACIÓN A DMINISTRATIVA

Núm Boletín Oficial de Aragón

NIVEL II: Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o 45

Las asignaturas adaptadas o convalidadas se considerarán superadas a todos los efectos y por tanto, no susceptibles de nuevo examen.

Oferta de Ciclos Formativos

Núm Boletín Oficial de Aragón

BOJA. 1. Disposiciones generales. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Consejería de Educación

2. Relación de ciclos formativos LOE con el primer curso en común

NORMATIVA SOBRE LA DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL NIVEL ACADÉMICO DE DOCTOR

CONDICIONES DE ACCESO AL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR, MODALIDAD DUAL, AUTOMATIZACIÓN Y ROBÓTICA INDUSTRIAL curso

UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Vicerrectorado de Estudiantes y Deportes

El Reglamento de gestión académica se regula en el título IV de la Normativa académica de la UOC.

TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES

Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015

PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS DE TÉCNICO Y TÉCNICO SUPERIOR DE FP CURSO 2015/2016

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA

Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica

GUÍA DE TRÁMITES CONCEPTOS:

III OTRAS RESOLUCIONES

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA COMPENSACIÓN CURRICULAR

Consejería de Educación y Cultura

ALMUDENA RODRÍGUEZ MOYA, SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA,

Formación Profesional

NORMATIVA DE HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS A TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER Y DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA

FORMACIÓN PROFESIONAL

certificación de nivel básico en

2ª MESA. Organización de mesas. Hora Actividad Responsable

NORMATIVA TÉCNICO SUPERIOR EN INTEGRACIÓN SOCIAL (a distancia)

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2017

PLAZO DE INSCRIPCIÓN A LAS PRUEBAS DEL 19 AL 23 DE MARZO QUIENES PUEDEN PRESENTARSE Destinatarios de las pruebas libres en el IES VEGA DEL TURIA

Por ello DISPONGO: Artículo 1.- Objeto

A N E X O II a) Datos personales del/de la solicitante: 1º Apellido: 2º Apellido: Nombre: DNI/Tarjeta Extranjero: (vigente)

EIE de cualquier ciclo.

Curso Edición del 5 de octubre de Página 1 de 13. Instrucciones para la implantación de nuevos ciclos formativos

CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE INSTRUCCIONES DE INICIO DE CURSO PARA LOS

Sólo se admitirán doctorandos en los programas regulados por el R.D. 99/2011, de 28 de enero.

1-. MÓDULOS PROFESIONALES DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO.

Artículo 1.- Objetivo y alcance del procedimiento de equivalencia.

1. ENSEÑANZAS DE MÁSTER OFICIALES DEL CURSO

INSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2012

NORMATIVA BÁSICA: Organización y Funcionamiento: Ordenación y disposiciones generales de las enseñanzas de la ESO:

NORMATIVA INTERNA SOBRE RECONOCIMIENTO, TRANSFERENCIA Y CONVALIDACIÓN CRÉDITOS.

FORMACIÓN PROFESIONAL

Primero. Objeto. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Dirección General de Ordenación Educativa

CURSOS DE TÉCNICOS DEPORTIVOS 2011 (PERÍODO TRANSITORIO) BLOQUE COMÚN

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

EQUIVALENCIAS CON EL TÍTULO DE GRADUADO ESCOLAR APLICACIÓN DIRECTA CON LA PRESENTACIÓN DEL TÍTULO O CERTIFICADO ACADÉMICO CORRESPONDIENTE

I. Disposiciones generales

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2015

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. viernes 4 de noviembre de 2016

Página 1 de 5. Ref: 09/ /16. La autenticidad de este documento se puede comprobar en

el sistema educativo, hayan obtenido la certificación académica que acredite la superación de la totalidad de los módulos

INSTRUCCIONES. Primera: Acceso

Dictar el procedimiento de convalidación parcial de estudios extranjeros en la Universidad de Vigo, sujeto a las siguientes normas:

ANTECEDENTES DE HECHO

Sevilla, 10 de agosto 2007 BOJA núm. 158 Página núm. 71

Núm. 68. La Orden de 26 de octubre de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte,

EQUIVALENCIAS, CONVALIDACIONES Y EXENCIONES PARA LA PRUEBA PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL TÍTULO DE BACHILLER PARA PERSONAS MAYORES DE 20 AÑOS

REQUISITOS PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DE LOS TÍTULOS DE TÉCNICO/ TÉCNICO SUPERIOR

EQUIVALENCIAS DE LA FORMACIÓN DE LAS FFAA Y CUERPOS DE SEGURIDAD CON FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO

Calendario de admisión y matrícula 2018, junio-julio

2. No podrán convalidarse los títulos o estudios que incurran en alguna causa de exclusión previstas en el art. 5: del RD 285/2004, de 20 de

NÚMERO 137 Lunes, 16 de julio de 2018

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

Pautas para el proceso de inscripción en las pruebas libres de FP por Comunidades Autónomas

Transcripción:

2ª JORNADA DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL 2018 Organización de mesas Hora Contenido Responsable/Ponente 9:00-9:30 Acreditación Primera mesa (autoridades) 9:30-9:45 Inauguración SEPEPA, DGEEPPyAP, DGOAeIE Manuel Capellán Pérez, Director General de Enseñanzas Profesionales y Aprendizaje Permanente (día 7) / Francisco Óscar Laviana Corte, Director General de Ordenación Académica e Innovación Educativa (día 9) Segunda mesa Instrumentos y acciones del Sistema Nacional de Cualificaciones Preside y presenta José Martínez Evaristo Tercera mesa Pasarelas Preside y presenta Eva Ledo Cabaleiro Cuarta mesa La oferta en el Ppdo. de Asturias Preside y presenta Eva Ledo Cabaleiro 9:45-10:00 Competencias, cualificaciones, módulos Eva Ledo Cabaleiro 10:05-10:20 Acreditación de competencias José Luis Fernández Martínez 10:25-10:40 Certificados de Profesionalidad Carmen Benito del Pozo 10:45-11:15 Títulos y Sistema Integrado José Martínez Evaristo 11:15-11:45 Descanso/Café 11:45-12:00 Enseñanzas deportivas y enseñanzas Eduardo Madrera y Roberto Crespoartísticas Joglar 12:00-12:15 Itinerarios profesionales Juan Carlos Quirós Quirós 12:15-12:30 Convalidaciones Eva Ledo Cabaleiro 12:30-12:45 Reconocimiento de créditos ECTS Eduardo Madrera 12:45-13:00 Descanso 13:00-13:20 Admisión Ricardo Galán Fernández 13:20-13:45 Oferta ciclos formativos Eva Ledo Cabaleiro 13:45-14:15 Oferta certificados Jorge Cabo Pérez 14:15-14:30 Clausura SEPEPA, DGEEPPyAP, DGOAeIE

Convalidaciones FP Principado de Asturias

La Formación Profesional: Sistema integrado Aprendizajes no formales (Acreditación de unidades de competencia) Empleo (Certificados de profesionalidad) Capitalización Convalidación Formación (Títulos) Títulación

Normativa de aplicación: Ley orgánica del sistema educativo (LOGSE). LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (LOE). Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. Orden ECD/1055/2017, de 26 de octubre, por la que se modifica la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Anexos de la Orden de 20 de diciembre de 2001 por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Cómo se pueden solicitar convalidaciones de formación profesional? El alumno o alumna presentará al director del centro docente en el que se encuentre matriculado, al comienzo del curso escolar o excepcionalmente, en el momento de hacerse efectiva dicha matriculación, la solicitud de convalidación de los módulos profesionales que desee. Se indicará de forma expresa en la solicitud el código y denominación exacta de los módulos profesionales Se presentará en el centro docente donde esté matriculado la certificación académica oficial de los estudios cursados que aporta. Se presentará, en su caso, la certificación oficial de la Administración competente de poseer la acreditación de alguna unidad de competencia obtenida mediante el Procedimiento de Evaluación y Acreditación de las Competencias Profesionales o mediante un certificado de profesionalidad. El Director del Centro resolverá de forma favorable o desfavorable la convalidación solicitada y, en su caso el mismo centro educativo remitirá a la Subdirección General de Orientación y Formación Profesional las que no sean de su responsabilidad. El alumnado que haya superado módulos profesionales de ciclos formativos conforme a LOE y decida matricularse en ciclos formativos conforme a LOGSE, si desea solicitar la convalidación de algún módulo profesional deberá presentar la documentación en el centro educativo, y será el centro educativo el que lo remitirá al MECD para su resolución. Los estudios que tengan concedida la equivalencia específica o genérica, a efectos académicos y/o profesionales, con títulos de Formación Profesional no podrán ser utilizados a su vez para la convalidación de módulos profesionales.

Cómo se pueden solicitar convalidaciones de formación profesional? A tener en cuenta: Con el objetivo de agilizar el trámite de la resolución de convalidación de módulos profesionales de títulos de formación profesional del sistema educativo, se utiliza la Sede electrónica del MECD para la notificación de la resolución de las convalidaciones que son responsabilidad del ministerio. De esta manera el solicitante descargará directamente la resolución de la SEDE electrónica del ministerio en cuanto le llegue, vía correo electrónico, la notificación de que la misma se encuentra disponible. Asimismo, la Subdirección General de Orientación y Formación Profesional, comunicará por correo electrónico al centro público o privado autorizado, que dicha resolución ha sido notificada al solicitante, enviando además una copia de la misma en un archivo adjunto para conocimiento de la misma, con la salvedad de que el centro no podrá hacerla efectiva mientras el alumno no se lo comunique oficialmente. Por todo lo cual, es imprescindible incluir en la solicitud de convalidación, el correo electrónico tanto del interesado como del centro público o privado autorizado para posibilitar la notificación de la resolución. (Sede electrónica: https://sede.educacion.gob.es/portada.html)

Sistema de Convalidaciones Cuáles son las convalidaciones de formación profesional establecidas? Son únicamente objeto de convalidación los módulos profesionales de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo, que están establecidos en la Orden de 20 de diciembre de 2001, en la Orden ECD/1055/2017Enlace externo, se abre en ventana nueva, de 26 de octubre, así como en los Reales Decretos de títulos publicados posteriormente a esta última orden citada. Estas convalidaciones las resuelve directamente la dirección del centro educativo donde el solicitante esté efectivamente matriculado y conste su expediente académico. En caso de que el solicitante aporte estudios universitarios u otras enseñanzas de planes extinguidos de formación profesional del sistema educativo, el centro educativo las remitirá al MECD para su resolución Las orientaciones sobre diversas convalidaciones entre estudios universitarios oficiales y módulos profesionales de formación profesional del sistema educativo se pueden consultar en este enlace http://www.todofp.es/pruebas-convalidaciones/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/convalidaciones/convalidaciones-uni-fp.html Tambien puede consultar las convalidaciones entre las enseñanzas de Formación Profesional LOGSE y LOE a través de nuestra herramienta informativa de convalidaciones. http://www.todofp.es/pruebas-convalidaciones/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/convalidaciones/herramienta-convalidaciones.html

Efectos de la concesión de convalidación de módulos profesionales Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media. Los módulos profesionales que hayan sido previamente convalidados, o los títulos extranjeros homologados no podrán ser causa de una nueva convalidación con otros módulos profesionales

Herramientas de convalidaciones y transversalidad La herramienta ofrece información de carácter orientativo sobre la convalidación de los módulos profesionales incluidos en títulos LOGSE que se tengan aprobados, con los correspondientes de los actuales ciclos formativos LOE. La regulación de estas convalidaciones se realiza en la Orden Orden ECD/1055/2017, de 26 de octubre

Herramientas de convalidaciones El módulo profesional de Formación y Orientación Laboral (FOL) de los ciclos formativos de los planes de estudios LOGSE, una vez superado, y previa matriculación del alumno, podrá ser convalidado por cualquier módulo profesional de FOL en los actuales ciclos formativos LOE, siempre que se cuente con la certificación de prevención de riesgos laborales de nivel básico. El ciclo formativo completo de Grado Superior en Prevención de Riesgos Profesionales conforme a LOGSE, una vez superado, y previa matriculación del alumno, podrá ser convalidado por el módulo profesional de FOL en todos los ciclos formativos de grado medio y superior conforme a LOE.

Herramientas de convalidaciones El ciclo formativo completo de Grado Medio de Gestión Administrativa conforme a LOGSE, una vez superado y, previa matriculación del alumno, podrá ser convalidado por el módulo profesional de Empresa e Iniciativa Emprendedora (EIE) en todos los ciclos formativos de grado medio conforme a LOE. El ciclo formativo completo de Grado Superior en Administración y Finanzas conforme a LOGSE, una vez superado, y previa matriculación del alumno, podrá ser convalidado por el módulo profesional de EIE en todos los ciclos formativos de grado superior conforme a LOE. Los módulos profesionales que hayan sido previamente convalidados, o los títulos extranjeros homologados no podrán ser causa de una nueva convalidación con otros módulos profesionales. Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media

Herramientas de transversalidad Esta herramienta ofrece información de carácter orientativo, para los centros educativos, sobre aquellos módulos de los ciclos formativos LOE que son comunes a varias titulaciones LOE y que, por tanto, si ya se han superado, el alumno no tendría que volver a cursarlos en estudios posteriores LOE en los que se encuentren incluidos. Los módulos profesionales de Formacion y Orientación Laboral y Empresa e Iniciativa Emprendedora, no se recogen en la herramienta de transversalidad, ya que conforme a la Orden ECD/2159/2014, no se trasladan las calificaciones obtenidas. Dichos módulos, deberán ser consultados en las tablas informativas de convalidaciones entre modulos profesionales LOE-LOE y de convalidaciones de ciclos formativos completos LOE por módulos profesionales LOE, y podrá ser solicitada su convalidación, previa matriculación del alumno. La resolución positiva, conllevará la calificación de un 5 en el expediente académico del solicitante.

Tablas informativas Como complemento a la herramienta anterior, puede consultar la siguiente tabla informativa dónde encontrará las convalidaciones entre módulos profesionales LOE, también recogidas en la Orden ECD/2159/2014. http://www.todofp.es/pruebas-convalidaciones/convalidaciones-equivalenciashomologaciones/convalidaciones/herramienta-convalidaciones/convalidaciones-loeloe/convalidaciones-modulos.html

Tablas informativas

Tablas informativas Además, si un alumno ha superado un Ciclo Formativo completo conforme LOE, puede consultar, en el siguiente enlace, las posibilidades de convalidación de módulos profesionales, en el caso de que desee seguir estudiando, y matricularse en otro Ciclo Formativo LOE. http://www.todofp.es/pruebas-convalidaciones/convalidaciones-equivalenciashomologaciones/convalidaciones/herramienta-convalidaciones/convalidaciones-loeloe/convalidaciones-ciclos-completos.html

Tablas informativas

Qué solicitudes de convalidación no admitirá el centro educativo y, por tanto, no remitirá al MECD? El centro rechazará las solicitudes de convalidación o la documentación que no se ajuste a lo establecido. Es decir, no se admitirán en ningún caso, y por tanto no se tramitarán: Solicitudes de convalidación de módulos profesionales de Formación en Centros de Trabajo y Módulos profesionales de Proyecto correspondientes a títulos LOE. Solicitudes que demanden un número de módulos que supongan más del 60% de los créditos ECTS de un ciclo (solo < 60%) aportando estudios universitarios. Solicitudes que aporten: Títulos propios no oficiales de universidad. Certificados de idiomas no oficialmente aceptados. Experiencia laboral. Formación no formal. Titulaciones extranjeras homologadas. Títulos equivalentes LOGSE. Formaciones de otros ministerios que tienen concedida por normativa la equivalencia general o específica.

En resumen, es responsabilidad de la dirección del centro: Convalidación de módulos profesionales LOGSE aportando un título LOGSE. LOGSE LOGSE (Anexo I de la Orden de convalidaciones de 2014 y de la Orden de 2001). Convalidación de módulos profesionales LOE aportando un título LOGSE. LOGSE LOE (Anexo III de la Orden de convalidaciones de 2014). Convalidación de módulos profesionales LOE aportando un título LOE. LOE LOE (Anexo II de la Orden de 2014). Convalidación de módulos profesionales LOE aportando Unidades de Competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones. (ANEXO V A) DE LOS RRDD DE LOS TÍTULOS) Unidad de Competencia LOE.

Cuáles son las solicitudes que el centro debe remitir al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte? Solicitudes de convalidación de módulos profesionales LOGSE o LOE aportando estudios universitarios oficiales de grado. (Universidad LOGSE o LOE). Solicitudes de convalidación de módulos profesionales LOGSE aportando un título LOE. (LOE LOGSE) Solicitudes de convalidación de módulos profesionales LOGSE o LOE, aportando un título de FP1 o FP2 de la Ley 14/1970, de agosto, General de Educación y Financiamiento de la reforma Educativa. (FP1er. grado o FP2º grado LOGSE o LOE).

Qué puede hacer el solicitante cuando no está de acuerdo con la resolución de las convalidaciones? En el caso de las resoluciones emitidas por el MECD, puede interponer recurso ante el MECD. La Subdirección General de Recursos y Relaciones con los tribunales (MECD) resuelve los recursos interpuestos ante las resoluciones de la Subdirección General de Orientación y formación profesional (MECD). Para ello es imprescindible que la resolución haya sido efectivamente descargada de la SEDE por el solicitante. En el caso de que las resoluciones las haya emitido el Director del centro educativo autorizado para este trámite, el órgano superior que disponga cada comunidad debe resolver los recursos interpuestos ante las resoluciones de la dirección de cada centro. En ningún caso se debe remitir al MECD.

NOTAS: El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo no se convalida, solamente se exime, parcial o totalmente, de cursarlo siempre que se aporten evidencias de que ha tenido un trabajo que cubre parcial o totalmente los Resultados de Aprendizaje de dicho módulo. La justificación de la experiencia laboral se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

GRACIAS POR SU ATENCIÓN