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Transcripción:

PARLAMENTO EUROPEO 2014-2019 Comisión de Transportes y Turismo 17.4.2015 2015/2040(INI) OPINIÓN de la Comisión de Transportes y Turismo para la Comisión de Asuntos Constitucionales sobre los procedimientos y las prácticas relativas a las audiencias de los comisarios - lecciones del procedimiento de 2014 (2015/2040(INI)) Ponente de opinión: Michael Cramer AD\1057578.doc PE549.387v02-00 Unida en la diversidad

PA_NonLeg PE549.387v02-00 2/6 AD\1057578.doc

SUGERENCIAS La Comisión de Transportes y Turismo pide a la Comisión de Asuntos Constitucionales, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe: 1. Toma nota de que la formación de la Comisión Juncker sufrió retrasos debido a la designación tardía de algunos candidatos a comisarios por parte de sus Estados miembros respectivos, y de que solo se consiguió un grado aceptable de equilibrio de género a última hora gracias a la firme insistencia del Parlamento en que la nueva Comisión constara, como mínimo, del mismo número de mujeres que la Comisión saliente; considera que este tipo de situaciones podrían evitarse en el futuro fijando un plazo para que los Estados miembros designen a sus candidatos y alentando a los Estados miembro a que presenten al menos dos candidatos a la consideración del Presidente electo de la Comisión, teniendo debidamente en cuenta el equilibrio de género designando, por ejemplo, una mujer, como mínimo; señala que, de este modo, el Presidente electo podría seleccionar a los candidatos más adecuados, tomando en consideración sus cualificaciones específicas y su ámbito de conocimientos, así como la necesidad de velar por un grado adecuado de equilibrio de género; 2. Considera que también debe fijarse un plazo para que el Presidente electo y el Consejo adopten, de común acuerdo, la lista de personas propuestas para ser designadas miembros de la Comisión, para que el Parlamento disponga de tiempo suficiente para preparar y celebrar adecuadamente sus audiencias, incluidas las audiencias complementarias, en caso necesario; 3. Reconoce que las audiencias públicas de los comisarios propuestos brindan al Parlamento y a los ciudadanos de la UE una valiosa oportunidad para evaluar las prioridades de cada uno de los candidatos así como su idoneidad para el puesto; 4. Considera que, cuando un vicepresidente de la Comisión tenga responsabilidades fundamentalmente horizontales, la audiencia podrá adoptar excepcionalmente un formato diferente, como el de una reunión de la Conferencia de Presidentes de Comisión, siempre que dicha reunión esté abierta a todos los diputados, o el de una reunión conjunta de las comisiones competentes; 5. Opina que debe exigirse al comisario propuesto que exponga claramente en su declaración preliminar las prioridades del programa para la cartera para la cual está siendo considerado; 6. Destaca que la regla general aplicable de 45 preguntas de tres minutos, decidida por la Conferencia de Presidentes, no permitió a las comisiones suficiente flexibilidad para variar sus prácticas en caso necesario, por ejemplo para introducir un procedimiento de solicitud incidental de uso de la palabra («catch the eye») o asignar más tiempo de uso de la palabra a los candidatos en la primera ronda, mientras que los tres minutos resultaron totalmente insuficientes para intercalar una pregunta complementaria; considera que en el futuro deben adoptarse medidas por las que se dote a las comisiones de mayor flexibilidad, garantizando, al mismo tiempo, el carácter inquisitivo de las AD\1057578.doc 3/6 PE549.387v02-00

audiencias a través de la aplicación efectiva del principio de «ping-pong»; 7. Opina que el comisario propuesto debe responder (al menos en parte) en un idioma que no sea su lengua materna a las preguntas que se le formulen en la audiencia; 8. Observa que, finalmente, fueron la Conferencia de Presidentes y los grupos políticos quienes decidieron, respectivamente, la distribución del tiempo de uso de la palabra entre los grupos y el número de preguntas que podían formular las comisiones invitadas/asociadas, aunque en anteriores ocasiones estas cuestiones se habían dirimido en comisión; observa que el procedimiento resultó confuso, ya que la Conferencia de Presidentes de Comisión sugirió en un principio a las comisiones que decidiesen de manera bilateral el número de preguntas que formularían las comisiones asociadas/invitadas; 9. Hace hincapié en que debe aplicarse rigurosamente el sistema d'hondt para distribuir el tiempo de uso de la palabra entre los grupos políticos; 10. Considera que, si la evaluación no da como resultado una mayoría clara, o si existe una mayoría en contra del candidato pero no hay consenso, los coordinadores, como siguiente paso, deben solicitar una audiencia adicional de una hora y media; 11. Pone de relieve que debe tenerse totalmente en cuenta la solicitud del Parlamento de que, sobre la base de la evaluación realizada por la comisión o las comisiones competentes, se sustituya a un candidato a comisario o se le asigne una cartera diferente; considera que, cuando el Parlamento solicite la sustitución de un candidato a comisario, deberá fijarse un plazo para la designación de un nuevo candidato por el Estado miembro afectado; se opone a un enfoque de «todo o nada» en una situación excepcional en la que el segundo candidato propuesto por un Estado miembro también se considere inapropiado para pasar a formar parte del Colegio o para desempeñar las tareas especiales que se le asignen; opina que puede resultar aceptable una prórroga limitada del mandato de la Comisión saliente, como último recurso, y únicamente en casos excepcionales en los que la necesidad de preparar adecuadamente las audiencias complementarias no permite al Parlamento dar su aprobación a la nueva Comisión antes del 1 de noviembre; 12. Expresa su descontento con respecto a un procedimiento que llevó a la sustitución de un comisario propuesto para la cartera de transportes con muy poca antelación y sin consultar previamente a la Comisión competente; deplora que no la candidata propuesta a continuación no disfrutara de unas condiciones igualitarias y justas a la hora de presentarse ante la comisión, ya que solo contó con un plazo muy corto para prepararse para la audiencia; reitera que el ámbito de los transportes es un ámbito político clave que no debe verse afectado por cambios de última hora; 13. Subraya que, de conformidad con el anexo XVI del Reglamento, las opiniones de todas las comisiones asociadas a una audiencia deben incluirse en la declaración de evaluación única; observa, no obstante, que este requisito no se cumplió siempre; considera, por tanto, que debe reforzarse la disposición correspondiente especificando que las opiniones de las comisiones asociadas deben adjuntarse en su totalidad a la declaración de evaluación única, sin modificación alguna; PE549.387v02-00 4/6 AD\1057578.doc

14. Recuerda que, de conformidad con el anexo XVI del Reglamento, las declaraciones de evaluación deben adoptarse y hacerse públicas en un plazo de veinticuatro horas tras la audiencia; observa, no obstante, que en la práctica no se respetó dicha disposición, ya que las declaraciones de evaluación solo se hicieron públicas una vez que la Conferencia de Presidentes hubo declarado clausuradas las audiencias; hace hincapié en la necesidad de aclarar dicha disposición para que sea posible publicar las declaraciones de evaluación en un lugar visible del sitio web del Parlamento veinticuatro horas tras la evaluación; 15. Pide que se aclaren las siguientes disposiciones del anexo XVI del Reglamento: «En la medida de lo posible, las preguntas formuladas durante la audiencia se agruparán por temas.» Esta disposición ha sido interpretada en el sentido de que las preguntas de las comisiones asociadas/invitadas deben agruparse, pero no debe conocerse de antemano el tema en cuestión de cada una de las preguntas ya que estas no pueden divulgarse antes de la audiencia. «La presidencia, como último recurso, someterá a votación secreta ambas decisiones.» Se supone que «ambas decisiones» hace referencia a si «los Comisarios propuestos poseen las cualificaciones necesarias para ser miembros del Colegio de Comisarios y para desempeñar las funciones específicas para las que hayan sido propuestos». Sin embargo, el vínculo entre estas dos frases del anexo XVI no es evidente, lo que podría dar lugar a interpretaciones erróneas. AD\1057578.doc 5/6 PE549.387v02-00

RULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN Fecha de aprobación 14.4.2015 Resultado de la votación final +: : 0: 44 1 0 Miembros presentes en la votación final Suplentes presentes en la votación final Daniela Aiuto, Lucy Anderson, Inés Ayala Sender, Georges Bach, Izaskun Bilbao Barandica, Deirdre Clune, Michael Cramer, Luis de Grandes Pascual, Andor Deli, Karima Delli, Isabella De Monte, Ismail Ertug, Jacqueline Foster, Bruno Gollnisch, Tania González Peñas, Dieter-Lebrecht Koch, Stelios Kouloglou, Merja Kyllönen, Miltiadis Kyrkos, Bogusław Liberadzki, Peter Lundgren, Georg Mayer, Gesine Meissner, Cláudia Monteiro de Aguiar, Renaud Muselier, Jens Nilsson, Markus Pieper, Salvatore Domenico Pogliese, Tomasz Piotr Poręba, Christine Revault D Allonnes Bonnefoy, Dominique Riquet, Massimiliano Salini, David-Maria Sassoli, Claudia Schmidt, Claudia Tapardel, Keith Taylor, Pavel Telička, István Ujhelyi, Wim van de Camp, Kosma Złotowski, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska Rosa D Amato, Markus Ferber, Olga Sehnalová, Patricija Šulin PE549.387v02-00 6/6 AD\1057578.doc