JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

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1 Secretaria general JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Código de identificación único Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) autenticidad verificable mediante código en Plaza Mayor, Segovia Tel Sesión número 51/2018 Ref. AYS_JGL_ _ACT ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA VEINTE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO Lugar: En Segovia, en Sala de Comisiones de su Casa Consistorial Salón de la Chimenea-, sita en la Plaza Mayor, nº 1 de Segovia Fecha: 20 de diciembre de 2018 Carácter de la sesión: Ordinaria Fecha de la convocatoria: Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 18 de diciembre de 2018, Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) autenticidad verificable mediante código Hora de Inicio: ocho horas y treinta y ocho minutos (8:38 h) Constitución: En Primera convocatoria Hora de finalización: nueve horas y doce minutos (9:12 h) del mismo día Asistentes: DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS, Alcaldesa y Presidenta de la Junta de Gobierno Local. DON ANDRÉS-JESÚS TORQUEMADA LUENGO, Primer Teniente de Alcalde y Concejal Delegado de Servicios Sociales, Igualdad, Sanidad y Consumo y Participación Ciudadana. DOÑA MARÍA LUISA DELGADO ROBLEDO, segunda Teniente de Alcalde y Concejala Delegada de Gobierno Interior y Personal, Patrimonio y Contratación. DOÑA MARÍA ÁNGELES RUEDA CAYÓN, Tercera Teniente de Alcalde Concejala Delegada de Deportes. DOÑA PALOMA MAROTO MORENO, Cuarta Teniente de Alcalde Concejala Delegada de Obras, Servicios e Infraestructuras. DOÑA Mª FERNANDA SANTIAGO BOLAÑOS, Concejala Delegada de Cultura. DOÑA CLAUDIA DE SANTOS BORREGUERO, Concejala Delegada de Patrimonio Histórico y Turismo y Urbanismo.

2 DON JESÚS GARCÍA ZAMORA, Concejal Delegado de Medio Ambiente y de Desarrollo Económico, Empleo e Innovación y Economía y Hacienda. DOÑA MARTA GUTIERREZ GÓMEZ, Concejala de Juventud. Asisten a la sesión, con voz y sin voto, DOÑA AZUCENA SUAREZ DEL POZO, VicePortavoz del Grupo municipal Popular, DOÑA MARÍA JOSE GARCÍA OREJANA, Portavoz del Grupo municipal Ciudadanos, DON COSME ARANGUREN GALLEGO, Portavoz del Grupo municipal UPYD y DON ÁNGEL GALINDO HEBRERO, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida. Orden del día de la sesión: ORDEN DEL DIA COMPRENSIVO DE LOS ASUNTOS A TRATAR EN LA SESIÓN ORDINARIA CONVOCADA PARA EL DIA 20 DE DICIEMBRE DE º.- Dación de cuenta del acta de la sesión anterior, celebrada el 13 de diciembre de 2018 con el carácter de ordinaria, y aprobación de las rectificaciones que, en su caso, procedan. A. EJERCICIO DE COMPETENCIAS DELEGADAS. A.1. POR DELEGACION DE LA ILMA. SRA. ALCALDESA.- Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa- Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación en la Junta de Gobierno Local de atribuciones Alcalde (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015) y Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 16 de marzo de 2018, de delegación de atribuciones en materia de contratación (BOP de Segovia núm. 37, de 26 de marzo de 2018). 2º.- Disposiciones, anuncios y comunicaciones oficiales. GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL 3º.- Propuesta de concesión de excedencia maternal para cuidado de hijo menor, solicitada por funcionaria municipal, psicóloga. AREA 3: URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS AREA 3 A: URBANISMO URBANISMO: PLANEAMIENTO Y GESTIÓN LICENCIAS 4º.- Expediente PAC 1215/ Propuesta de concesión de licencia urbanística de obras para la reforma parcial y adecuación a normativa del edificio del Torreón de Lozoya sito en la Plaza de San Martín nº 5 de Segovia, y concesión de la excepcionalidad de la exigencia de cumplimiento de condiciones de accesibilidad, en base al art de la parte I del Código Técnico de la Edificación 5º.- Expediente PAC 2435/ Propuesta de aprobación de licencia de primera ocupación para vivienda unifamiliar sita en Calle Bachilleres, Zamarramala, Segovia. C.S.V.: Página : 2

3 6º.- Expediente PAC 2282/ Propuesta de aprobación de licencia de primera ocupación para vivienda unifamiliar sita en Calle Pregoneros, Zamarramala, Segovia. 7º.- Expediente PAC 614/ Propuesta de aceptación de renuncia y devolución de fianza por gestión de residuos, relativos a la licencia de obras de ejecución de la escalera para conexión entre dos viviendas en la calle San Valentín, Segovia 8º.- Expediente PAC 719/ Propuesta de concesión de prórroga de licencia urbanística para finalización de obra de reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en Calle Pintor Herrera, de Segovia. AREA 3 B: OBRAS E INFRAESTRUCTURAS VIAS Y OBRAS: VIAS Y OBRAS, AGUA, ALUMBRADO, MANTENIMIENTO Y EDIFICIOS MUNICIPALES 9º.- Expediente PAC 556/ Propuesta de abono de liquidaciones de residuos pertenecientes a las fracciones: orgánica-resto, residuos de barredora, envases ligeros y enseres y voluminosos correspondientes a julio y agosto de º.- Expediente PAC 1290/ Propuesta de aprobación de la justificación parcial de la inversión de la subvención de las obras de Urbanización de la Travesía del Calvario de Revenga, realizada a través de la Certificación nº 1 aportada por la Entidad Local Menor de Revenga, y del abono de la parte de la misma subvencionada por el Ayuntamiento de Segovia. SERVICIOS SOCIALES, SANIDAD Y CONSUMO 11º.- Expediente de e-pac 4/2018-PG Propuesta de aprobación de justificación y abono del resto de la subvención justificada por la Asociación Andrés Laguna para la promoción de las ciencias de la salud. Ejercicio º.- Expediente e-pac 9/2018-PG Propuesta de celebración de Convenio de colaboración con el Obispado de Segovia para la prestación de servicios religiosos en el cementerio municipal. 13º.- Expediente e-pac 8/2018-PG Propuesta de aprobación de prórroga del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Segovia con la Fundación Secretariado Gitano. 14º.- Expediente e-pac 11/2018-PG Propuesta de aprobación de prórroga del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Segovia y la Comunidad de Propietarios Centro Comercial Almuzara de Segovia. 15º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de renovación del título de ocupación de vivienda social, en régimen de alquiler, garaje y trastero, refª inmueble º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de renovación del título de ocupación de vivienda social, en régimen de alquiler, dúplex y garaje, refª inmueble º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de renovación del título de ocupación de vivienda social, en régimen de alquiler, refª inmueble C.S.V.: Página : 3

4 18º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de renovación del título de ocupación de vivienda social, en régimen de alquiler y garaje, refª inmueble º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de renovación del título de ocupación de vivienda social, en régimen de alquiler, y trastero, refª inmueble º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de renovación del título de ocupación de vivienda social, en régimen de alquiler, garaje, refª inmueble º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de renovación del título de ocupación de vivienda social, en régimen de alquiler, refª inmueble º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de renovación del título de ocupación de vivienda social, en régimen de alquiler, refª inmueble º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de renovación del título de ocupación de vivienda social, en régimen de alquiler, refª inmueble º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de renovación del título de ocupación de vivienda social, en régimen de alquiler, y garaje, refª inmueble º.- Expediente PAC /2017-subentsoc.- Propuesta de aprobación de justificación del 100% y abono del 25% restante de la ayuda concedida a la Fundación Anar. Ejercicio º.- Expediente PAC /2018-subentsoc.- Propuesta de aprobación de justificación del 100% y abono del 25% restante de la ayuda concedida a Caritas Diocesana para la atención a transeúntes. Ejercicio º.- Expediente PAC /2018-general.- Propuesta de aprobación del protocolo de implementación del Programa de Acompañamiento Voy Contigo. PARTICIPACION CIUDADANA 28º.- Expediente e-pac 37/2018/PG Propuesta de aprobación de la justificación del 100% y abono del 40% restante de la subvención para actividades Festivas de los Barrios, ejercicio 2018, a la Asociación de Peñas de Puente de Hierro. 29º.- Expediente e-pac 33/2018/PG Propuesta de aprobación de la justificación del 100% y abono del 100% de la subvención para actividades para Fomento del Asociacionismo, ejercicio 2018, a la Asociación de Vecinos de San José. 30º.- Expediente e-pac 31/2018/PG Propuesta de aprobación de la justificación del 100% y abono del 100 % de la subvención para actividades para Fomento del Asociacionismo, ejercicio 2018, a la Asociación de Vecinos de Nueva Segovia. 31º.- Expediente e-pac 78/2018/PG Propuesta de aprobación de la justificación del 100 % y abono del 40% restante de la subvención para actividades Festivas de los Barrios, ejercicio 2018, a la Asociación de vecinos San Sebastián de Revenga. C.S.V.: Página : 4

5 32º.- Expediente e-pac 79/2018/PG Propuesta de aprobación de la justificación del 100 % y abono del 40% restante de la subvención para actividades para Fomento del Asociacionismo, ejercicio 2018, a la Asociación de vecinos San Sebastián de Revenga. 33º.- Expediente Pac / Propuesta de aprobación de la justificación y abono de la totalidad de la ayuda según convenio de colaboración, de fecha 29 de noviembre de 2018 entre el Excmo. Ayuntamiento de Segovia, y la Asociación de Vecinos La Parrilla de San Lorenzo. 34º.- Expediente Pac / Propuesta de abono de recibos a la Asociación de vecinos Santa Eulalia correspondientes a los gastos de mantenimiento en local sito en calle José Zorrilla, 31 destinado a ser de la Asociación en cumplimiento de la adenda al convenio de colaboración de fecha 14 de diciembre de º.- Expediente Pac / Propuesta de abono de recibos a la Asociación de vecinos Santa Teresa correspondientes a los gastos de mantenimiento en local sito en calle Buenavista, 22 destinado a ser de la Asociación en cumplimiento de la adenda al Convenio de colaboración de fecha 14 de diciembre de º.- Expediente Pac / Propuesta de aprobación de la documentación presentada por la Asociación de vecinos Santa Teresa-Puente Hierro, correspondiente al pago del alquiler mensual, en cumplimiento del convenio de colaboración suscrito el 14 de septiembre de 2017, prorrogado por el período de un año mediante acuerdo número 700 en Junta de Gobierno Local de fecha 23 de agosto de 2018, ordenando el abono del mismo. 37º.- Expediente PAC / Propuesta de aprobación de la documentación presentada por la Asociación de vecinos Santa Eulalia, correspondiente al pago del alquiler mensual, en cumplimiento del convenio de colaboración suscrito el 10 de agosto de 2017, prorrogado por el período de un año mediante acuerdo número 699 en Junta de Gobierno Local de fecha 23 de agosto de 2018, ordenando el abono del mismo. CULTURA 38º.- Expediente Pac /2018-GENERAL.- Propuesta relativa a la aprobación de la documentación justificativa y abono de la subvención, concedida a la Real Academia de Historia y Arte de San Quirce, para apoyar la celebración del Curso Pintores Pensionados Palacio de Quintanar, Ejercicio Según acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 26 de julio de º.- Expediente PAC /2018-GENERAL.- Propuesta relativa a la aprobación de la documentación justificativa y abono de las subvención concedida a Hay Festival of Literature and The Limited en el ejercicio Según acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 6 de septiembre de º.- Expediente PAC /2017-GENERAL.- Propuesta relativa a la aprobación de la documentación justificativa y abono de la subvención, concedida a la Asociación Cultural Son de Segovia, en virtud del convenio de colaboración firmado con el Ayuntamiento de Segovia para los ejercicios 2017 y Según acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 14 de diciembre de C.S.V.: Página : 5

6 41º.- Expediente PAC /2018-GENERAL.- Propuesta relativa a la aprobación de la documentación justificativa y abono de la subvención, concedida a la Real Academia de Historia y Arte de San Quirce, para el desarrollo de sus actividades Culturales en el ejercicio Según acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 26 de julio de º.- Expediente PAC /2018-GENERAL.- Propuesta relativa a la aprobación de la celebración de un Convenio entre la Diputación Provincial de Segovia, la Sociedad Filarmónica de Segovia y el Ayuntamiento de la capital, para la organización en el Teatro Juan Bravo de los Tradicionales Conciertos de Navidad, º.- Expediente PAC: /2018-GENERAL.- Propuesta relativa a la aprobación de la celebración de un Convenio entre el Ayuntamiento de Segovia y la Asociación Cultural Grupo de Acuarelistas Aqua. Ejercicio PATRIMONIO HISTÓRICO Y TURISMO 44º.- Expediente e-pac 2/2018/PG Propuesta de desestimación del recurso potestativo de reposición interpuesto contra acuerdo número 912 de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de octubre de º.- Expediente e-pac 3/2018/PG Propuesta de desestimación del recurso potestativo de reposición interpuesto por la Asociación San Miguel y San Frutos representada por su presidenta, contra acuerdo número 912 de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de octubre de EDUCACION Y JUVENTUD 46º.- Propuesta para la aprobación de la prórroga del Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Segovia para el desarrollo del Programa Conciliamos durante ECONOMÍA Y HACIENDA 47º.- Expediente e-pac 467/2018/PG Propuesta de Modificación Presupuestaria por Transferencia de Crédito para el abono del 3º y 4º trimestre de la aportación municipal a la Entidad Local Menor de Revenga para 2018, por un importe total de ,11. 48º.- Propuesta de aprobación de facturas y certificaciones de obras 49º.- Expediente e-pac 450/2018/PG Propuesta de aprobación de gastos por convalidación C. RUEGOS Y PREGUNTAS Ruegos y preguntas. En la Ciudad de Segovia, en el lugar y fecha indicados, se reunieron bajo la presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa, DOÑA CLARA ISABEL LUQUERO DE NICOLÁS, los componentes de la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión, con el carácter más arriba indicado, habiendo sido convocados a tal efecto por Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa, convocatoria que, acompañada del orden del día de la sesión, fue debidamente notificada a todos sus C.S.V.: Página : 6

7 integrantes -Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) autenticidad verificable mediante código en de conformidad con lo acordado por el Pleno en sesión de fecha 30 de enero de 2009, Ac. Núm. 20, y la disposición transitoria Cuarta de la Ordenanza municipal reguladora de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Segovia: Concurriendo inicialmente los NUEVE integrantes de este órgano, con lo que se alcanza el quórum de asistencia de la mayoría absoluta de sus componentes, y teniéndose por convocados en tiempo y forma, se constituyó, la Junta de Gobierno Local, asistida por mí la Secretaria General, doña M. Eva Martín Minguela, que doy fe del acto como secretaria del órgano. Asimismo, asistió a la sesión el Interventor municipal, don Luis Miguel Palacios Albarsanz. Abierta la sesión por la Presidencia se procedió a la consideración de los asuntos que integran el orden del día, adoptándose al respecto los siguientes acuerdos: 1º/ DACIÓN DE CUENTA DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR, CELEBRADA EL 13 DE DICIEMBRE DE 2018 CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA, Y APROBACIÓN DE LAS RECTIFICACIONES QUE EN SU CASO PROCEDAN. La Presidencia da cuenta de haberse remitido a los señores y señoras Concejales el Borrador del acta correspondiente a la anterior sesión ordinaria celebrada el 13 de Diciembre. Y no formulándose observaciones, por unanimidad de los asistentes, RESULTÓ APROBADA EL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 13 DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO. A. EJERCICIO DE COMPETENCIAS DELEGADAS. A.1. POR DELEGACION DE LA ILMA. SRA. ALCALDESA.- Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación en la Junta de Gobierno Local de atribuciones Alcalde (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015) y Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 16 de marzo de 2018, de delegación de atribuciones en materia de contratación (BOP de Segovia núm. 37, de 26 de marzo de 2018). 2º/ DISPOSICIONES, ANUNCIOS Y COMUNICACIONES OFICIALES. A) DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA RELATIVAS A NOMBRAMIENTOS DE FUNCIONARIOS INTERINOS. En cumplimiento de las previsiones contenidas en el Decreto del Alcalde de fecha 17 de junio de 2015, apartado 4.A 6.5 de delegaciones en la Junta de Gobierno en materia de Personal, se da cuenta a la Junta de Gobierno de las siguientes resoluciones: C.S.V.: Página : 7

8 Dación de cuenta Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa, de fecha 18 de diciembre de 2018, relativo al nombramiento de funcionario interino en Vías y Obras Se eleva a la Junta de Gobierno Local para su conocimiento Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa, de fecha 18 de diciembre de 2018, Refª Expte: /2018-PERSONAL, RELATIVO A NOMBRAMIENTO FUNCIONARIO INTERINO, en virtud del cual se aprueba el nombramiento de funcionario interino de obra regulado en el art. 10 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Peón Albañil, al quedar constatado en el expediente el cumplimiento de los requisitos legalmente exigidos en la legislación vigente. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJSP, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: QUEDAR ENTERADA B) Procedimiento Ordinario 51/2017. (EXPTE. PAC 1641/2017).- Oficio del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 de Segovia de fecha 12 de diciembre de 2018, remitiendo certificación de la Sentencia de fecha 17 de abril de 2018, número 74/2018, correspondiente al procedimiento ordinario núm. 51/2017, interpuesto contra legalización de obras ejecutadas sin licencia y demolición de cobertizo en parcela 73 del polígono 19 de Revenga (Segovia), dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Segovia, así como certificación literal de la sentencia estimatoria parcial de apelación nº 225/2018 dictada con fecha 08 de octubre de 2018 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, junto con el expediente administrativo correspondiente en formato CD, para que en el plazo previsto en la Ley se lleve a puro y debido efecto lo en ella acordado, adoptándose las resoluciones procedentes para el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, debiendo en el plazo de DIEZ DÍAS acusar recibo y comunicar el órgano responsable de su cumplimiento. Fue dada cuenta de esta sentencia estimatoria parcial de apelación a la JGL en su sesión celebrada con fecha 18 de octubre de 2018 (Acuerdo núm. 876 B). Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la Ley 40/2015 de 01 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: C.S.V.: Página : 8

9 Quedar enterada, dar traslado al Área 3, Urbanismo, Obras e Infraestructuras y Servicios para que se lleve a puro y debido efecto lo acordado, debiendo acusar recibo en el plazo de diez días y comunicar que el órgano responsable del cumplimiento del fallo es la Junta de Gobierno Local. C) Procedimiento Abreviado 255/2018. (EXPTE. epac 14/2018/P17501).- Oficio del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 de Segovia de fecha 05 de diciembre de 2018, remitiendo certificación de la Sentencia desestimatoria de fecha 23 de noviembre de 2018, número 232/2018, correspondiente al procedimiento abreviado núm. 255/2018, interpuesto contra la desestimación de reclamación patrimonial por daños patrimoniales sufridos por vehículo en vía pública, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Segovia, con el carácter de firme, para que en el plazo previsto en la Ley se lleve a puro y debido efecto lo en ella acordado, adoptándose las resoluciones procedentes para el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, debiendo en el plazo de DIEZ DÍAS acusar recibo y comunicar el órgano responsable de su cumplimiento. Fue dada cuenta de esta sentencia desestimatoria a la JGL en su sesión celebrada con fecha 29 de noviembre de 2018 (Acuerdo núm C). Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la Ley 40/2015 de 01 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Quedar enterada, dar traslado a la Sección de Patrimonio y Contratación Administrativa para que se lleve a puro y debido efecto lo acordado, debiendo acusar recibo en el plazo de diez días y comunicar que el órgano responsable del cumplimiento del fallo es la Junta de Gobierno Local. D) Procedimiento Abreviado 280/2018. (EXPTE. epac 84/2018/P26001).- Oficio del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 de Segovia de fecha 05 de diciembre de 2018, remitiendo certificación de la Sentencia desestimatoria de fecha 23 de noviembre de 2018, número 233/2018, correspondiente al procedimiento abreviado núm. 280/2018, interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de recurso de reposición interpuesto para la devolución de ingresos indebidos por el Impuesto de Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, con el carácter de firme, para que en el plazo previsto en la Ley se lleve a puro y debido efecto lo en ella acordado, adoptándose las resoluciones procedentes para el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, debiendo en el plazo de DIEZ DÍAS acusar recibo y comunicar el órgano responsable de su cumplimiento. Fue dada cuenta de esta sentencia desestimatoria a la JGL en su sesión celebrada con fecha 29 de noviembre de 2018 (Acuerdo núm D). C.S.V.: Página : 9

10 Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la Ley 40/2015 de 01 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Quedar enterada, dar traslado a la Sección de Tributos para que se lleve a puro y debido efecto lo acordado, debiendo acusar recibo en el plazo de diez días y comunicar que el órgano responsable del cumplimiento del fallo es la Junta de Gobierno Local. E) Procedimiento Abreviado 257/2018. (EXPTE. epac 36/2017/P25006).- Sentencia núm. 257/18, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Segovia, con fecha 10 de noviembre de 2018, recaída en procedimiento Abreviado núm. 257/2018 interpuesto contra Decreto del Ayuntamiento de Segovia de fecha 01 de junio de 2018 por el que se estima parcialmente los recursos de reposición y en consecuencia la anulación de liquidaciones en concepto pérdida de agua así como las resoluciones posteriores. Igualmente se impugna indirectamente la Ordenanza Fiscal de Servicios Especiales contenida en el artículo 2.1.e) de la citada Ordenanza, planteando cuestión de ilegalidad. El Juzgado falla la estimación parcial del recurso contencioso-administrativo, declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada. No procede elevar la cuestión de ilegalidad sobre el artículo 2.1.e) de la Ordenanza Fiscal de Servicios Especiales del Ayuntamiento de Segovia. No se hace especial mención sobre condena en costas. Contra la presente sentencia no cabe recurso, de conformidad con el artículo 81 de la LJCA al no exceder el litigio de los euros, salvo en lo relativo a la impugnación indirecta de la ordenanza, en cuyo caso puede formularse apelación al amparo del artículo 81.1.d) siempre sin perjuicio de lo que decida sobre su admisibilidad el tribunal superior. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Quedar enterada, pasar a la Sección de Tributos para adoptar las medidas que procedan en ejecución de la sentencia. C.S.V.: Página : 10

11 F) Procedimiento Ordinario 762/1994. (EXPTE. PAC 605/2014).- Auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, Sala lo contencioso-administrativo con sede en Burgos, con fecha 11 de diciembre de 2018, relativo al incidente de fijación de indemnización debida como consecuencia de auto de inejecución de sentencia de fecha de 26 de mayo de 2017, dictada en procedimiento ordinario 762/1994 seguido contra el Ayuntamiento de Segovia como consecuencia de la concesión de licencia de obras en la Calle de la Parra nº 4. La Sala acuerda que se fija como indemnización que debe abonar el Ayuntamiento a la parte actora-ejecutante en las cantidades siguientes: a) Los honorarios de letrado y derechos de procurador calculados teniendo en cuenta las partidas que se recogen en las correspondientes minutas aportadas en este incidente con aplicación, para el letrado, de los criterios orientadores aprobados por el Colegio de Abogados de Segovia y, para el Procurador, de los Aranceles correspondientes, considerando la cuantía del pleito como indeterminada. b) El importe de 580 por honorarios de Perito. c) Las cantidades siguientes por daños materiales: a uno de los recurrentes: ,98, a otro de los recurrentes: ,98, y a otros dos recurrentes la cantidad de ,92. d) El importe de en la forma indicada en el fundamento de derecho cuarto (indemnización de daños morales a cada una de las personas físicas integrantes de la parte actora ejecutante). No ha lugar a fijar indemnización a favor del Grupo Municipal de Izquierda Unida del Ayuntamiento de Segovia. No ha lugar a lo demás solicitado por ninguna de las partes. No ha lugar a la imposición de costas causadas en este incidente de imposibilidad de ejecución. Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, previo al recurso de casación, en el plazo de cinco días, a interponer ante esta Sala a contar desde la notificación del auto. Emitido informe por la Asesoría Jurídica de este Ayuntamiento con fecha 17 de diciembre de 2018, se considera necesario recurrir este Auto impugnando la indemnización otorgada aprovechando el recurso para indicar a los promotores del incidente que los honorarios han de ajustarse a lo dispuesto en los criterios de valoración. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. C.S.V.: Página : 11

12 La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Quedar enterada, dar traslado al Área 3, Urbanismo, Obras e Infraestructuras y Servicios y que se proceda por nuestro letrado a la interposición de recurso de reposición ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, previo al recurso de casación de acuerdo con lo indicado por la asesoría jurídica del Ayuntamiento. G) Procedimiento Abreviado 366/2018. (EXPTE. 2018/006721).- Auto núm. 188/2018 de fecha 13 de diciembre de 2018, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Segovia, en el que se hace constar que por el Ayuntamiento de Segovia se ha dictado resolución de la Alcaldía de fecha 05 de diciembre de 2018, por el que se anula por prescripción el expediente sancionador 2018/006721, que era el objeto de impugnación del recurso contencioso 366/2018. En base a lo anterior, se declara que se ha satisfecho fuera del proceso las pretensiones de la parte actora al dictarse resolución por la que se anula el expediente sancionador 2018/6721. Se ordena el archivo del presente recurso y la devolución del expediente administrativo a la administración demandada. No se hace una especial condena en costas. Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este Juzgado. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Quedar enterada, dar traslado a la Sección de Tráfico, Transportes y Movilidad para su conocimiento y oportunos efectos. H) Procedimiento Ordinario 64/2018. (EXPTE 37/2018/P17501).- Oficio del Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 1 de Segovia de fecha 12 de diciembre de 2018, recaído en el recurso contencioso administrativo, interpuesto contra la presunta denegación por silencio administrativo de reclamación patrimonial y consecuente indemnización presentada con fecha 17 de mayo de 2018 por daños y perjuicios ocasionados por actuación del Ayuntamiento de Segovia en relación a licencia municipal de obras en edificio situado en la calle de la Parra nº 4 de Segovia, y en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 48 de la LJCA. C.S.V.: Página : 12

13 La Sala requiere la remisión del expediente en el plazo improrrogable de VEINTE DÍAS, preferiblemente en soporte CD o por correo electrónico a la siguiente dirección: contencioso1.segovia@justicia.es, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado y en su caso, con los documentos e índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regula el procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el artículo 48.7 de la LJCA, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático o al correo electrónico contencioso1.segovia@justicia.es Se requiere al Ayuntamiento de Segovia a fin de que en el plazo de CINCO DÍAS desde la recepción del presente oficio, remita a este Juzgado póliza de la Compañía Aseguradora que cubra el siniestro. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: - Remitir el expediente administrativo en tiempo y forma y practicar las notificaciones para emplazamiento conforme dispone el art. 49 de la LJCA. - Personarse en el recurso contencioso administrativo, designando como Letrados a los Letrados adscritos a la ejecución del contrato para la prestación de los Servicios jurídicos del Ayuntamiento de Segovia y como procuradora a quien tenga poder al efecto. - Comunicar al Juzgado que el responsable de la remisión del expediente administrativo es el/la Jefe/a de Patrimonio y Contratación Administrativa, que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar al órgano judicial la existencia de otros recursos contencioso-administrativos, en los que pueda concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal. C.S.V.: Página : 13

14 I) Procedimiento Abreviado 381/2018 (EXPTE. e-pac 459/2018/PG1000).- Oficio del Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 1 de Segovia de fecha 05 de diciembre de 2018, recaído en el recurso contencioso administrativo, interpuesto por PROMOCIONES Y GESTIÓN DE SERVICIOS URBANOS Y OTRA contra la desestimación de recurso de reposición interpuesto, confirmando las liquidaciones correspondientes a la tasa de paso de vehículos a través de aceras, el impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana, la tasa de recogida y tratamiento de basura y la tasa de servicio del agua, correspondiente al aparcamiento público de vehículos, turismos, furgones y otros en el subsuelo del espacio libre de uso público-estancia de juegos de la calle José Zorrilla de Segovia y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 48 de la LJCA. La Sala requiere la remisión del expediente en el plazo improrrogable de QUINCE DÍAS de antelación al señalado para la vista, por correo electrónico a la siguiente dirección: contencioso1.segovia@justicia.es, completo, foliado y en su caso autentificado, acompañado de índice de los documentos que contenga. Si el expediente fuera reclamado por diversos órganos judiciales, deberán enviarse copias autentificadas del original o de la copia que se conserve (art LJCA). El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la LJCA, la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notificará, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común. Deberá comunicarse al órgano judicial si existen otros recursos contenciosos-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el artículo 38.1 de la LJCA. Se cita a las partes para la celebración de la vista que tendrá lugar el próximo día 23 de enero de 2019 a las 10,15 horas. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: C.S.V.: Página : 14

15 - Remitir el expediente administrativo en tiempo y forma y practicar las notificaciones para emplazamiento conforme dispone el art. 49 de la LJCA. - Personarse en el recurso contencioso administrativo, designando como Letrados a los Letrados adscritos a la ejecución del contrato para la prestación de los Servicios jurídicos del Ayuntamiento de Segovia y como procuradora a quien tenga poder al efecto. - Comunicar al Juzgado que el responsable de la remisión del expediente administrativo es el/la Jefe/a de la Sección de Tributos, que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar al órgano judicial la existencia de otros recursos contenciosoadministrativos, en los que pueda concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal. GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL 3º/ PROPUESTA DE CONCESIÓN DE EXCEDENCIA MATERNAL PARA CUIDADO DE HIJO MENOR, SOLICITADA POR FUNCIONARIA MUNICIPAL, PSICÓLOGA. Visto el informe emitido por la Jefa de Servicio de Gobierno Interior y Personal, con el visto bueno de la Concejala Delegada de Gobierno Interior y Personal, de fecha 17 de diciembre de 2018, en el que se hace constar: Visto el escrito presentado por funcionaria de este Ayuntamiento de Segovia, Psicóloga adscrita a la Concejalía de Servicios Sociales, por el que solicita le sea concedida excedencia maternal por cuidado de hijo menor de tres años, a disfrutar entre el 23 de enero de 2019 y el 22 de enero de 2020, como consecuencia de haber tenido una hija el 28 de junio de Considerando, asimismo, que en todo caso queda constancia en el expediente que no existe inconveniente ni se produce ningún perjuicio para las funciones que se desempeñan en la Concejalía afectada, según informe emitido por la jefa de servicio. Recogido en el art. 71 del Acuerdo del Personal Funcionario al servicio de la Corporación que: A todo el personal fijo al servicio de esta Corporación, cualquiera que sea su relación jurídica les será de aplicación los artículos 85 al 92 del Estatuto del Empleado Público y normas de función pública que les sea de desarrollo y de aplicación, ello sin perjuicio de la aplicación transitoria de la normativa existente hasta tanto se produce el desarrollo normativo señalado. Así, considerando de aplicación la Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que en su artículo 89.1 c) establece la posibilidad de la modalidad de excedencia de los funcionarios de carrera de cuidado de familiares, desarrollándose su régimen jurídico en el apartado 4 del propio artículo en el sentido de que: C.S.V.: Página : 15

16 Los funcionarios de carrera tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo (...), a contar desde la fecha de nacimiento. ( ) El tiempo de permanencia en esta situación será computable a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de seguridad social que sea de aplicación. El puesto de trabajo desempeñado se reservará, al menos, durante dos años. Transcurrido este período dicha reserva lo será a un puesto en la misma localidad y de igual retribución. Los funcionarios en esta situación podrán participar en los cursos de formación que convoque la Administración. Considerándose que con motivo de la inicial situación de baja fue nombrada funcionaria interina sin que se hayan dado las circunstancias necesarias para la finalización de dicho nombramiento, ante la falta de incorporación del titular de la plaza con este acuerdo que ahora se propone. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Alcaldía Presidencia de fecha 17 de junio de 2015, de delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local (B.O.P., num. 76, de 26 de junio de 2015). Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJSP, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, en base a los informes emitidos, de lo que se dará traslado a los interesados en el procedimiento, acordó: Primero.- Conceder a Psicóloga municipal, excedencia maternal para el cuidado y atención de su hija a partir del día 23 de enero de 2019 hasta el 22 de enero de Que dicha excedencia tendrá los siguientes requisitos: - Duración según solicitud hasta 21/01/2020 sin perjuicio de que podría llegar hasta tres años para atender al cuidado de la hija a contar desde la fecha de nacimiento de ésta. - En cualquier momento mientras permanezca en esta situación podrá la funcionaria solicitar el reingreso al servicio activo. C.S.V.: Página : 16

17 La solicitud de reingreso, bien por el transcurso del tiempo, bien por voluntad propia, se realizará en el plazo de 30 días anteriores a la finalización de la excedencia maternal, declarándose en situación de excedencia voluntaria por interés particular de no solicitar dicho reingreso. El período en que se permanezca en situación de excedencia para el cuidado de los hijos tendrá el régimen jurídico anteriormente señalado y establecido en el art de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Segundo.- Mantener el nombramiento conferido a la funcionaria interina con motivo de la inicial situación de baja de la titular del puesto al mantenerse las circunstancias que dieron origen al mismo en los términos en que fue concedido. AREA 3: URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS AREA 3 A: URBANISMO LICENCIAS 4º/ EXPEDIENTE PAC 1215/ PROPUESTA DE CONCESIÓN DE LICENCIA URBANÍSTICA DE OBRAS PARA LA REFORMA PARCIAL Y ADECUACIÓN A NORMATIVA DEL EDIFICIO DEL TORREÓN DE LOZOYA SITO EN LA PLAZA DE SAN MARTÍN Nº 5 DE SEGOVIA, Y CONCESIÓN DE LA EXCEPCIONALIDAD DE LA EXIGENCIA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD, EN BASE AL ART DE LA PARTE I DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN Visto el informe emitido por el Técnico de la Administración General, de departamento de Urbanismo, de fecha 17 de diciembre de 2018, en el expediente de referencia PAC 1215/2017, en el que se hace constar: I. ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- Con fecha 31 de julio de 2017, se presentó por la Fundación Caja Segovia, declaración responsable para la realización de obras de adaptación de puertas antiguas a nuevos espacios, barnizado con producto ignífugo y bandas táctiles en escalera en el Torreón de Lozoya, con un presupuesto de ejecución material de 2.081,20. Segundo.- Consta en el expediente documento de autoliquidación de tasa por licencias urbanísticas por cuantía de 36,16 (abonada con fecha 31 de julio de 2017), calculada sobre el presupuesto inicial previsto en la declaración responsable, de 2.081,20. Tercero.- Con fecha 22 de septiembre de 2017, la Fundación Caja Segovia, en relación con la licencia de apertura del edificio del Torreón de Lozoya sito en la Plaza de San Martín nº 5, presenta un Proyecto básico y de ejecución. Reforma parcial y adecuación a normativa. Documentación descriptiva y justificativa de actividad, suscrito por arquitecto visado el 11/09/2017 por el COACYLE. C.S.V.: Página : 17

18 Cuarto.- En fecha 12 de febrero de 2018, el Arquitecto Municipal requiere al solicitante varias justificaciones y modificaciones. El día 12 de marzo de 2018 se emite informe favorable por parte del Arquitecto Municipal para la realización de las obras: Quinto.- Visto el informe favorable de la Ingeniera Técnica Industrial Municipal, de 8 de mayo de 2018: Séptimo.- Visto el escrito presentado por la Fundación Caja Segovia, de 9 de agosto de 2018: Octavo.- Visto informe del Arquitecto Municipal, de 22 de agosto de 2018: Noveno.- Visto el Anexo III al proyecto presentado, firmado por el Arquitecto de fecha 25 de agosto de 2018, en el que expone la inviabilidad técnica de los posibles medios alternativos para asegurar la accesibilidad al sótano del inmueble, solicitando la excepcionalidad de exigencia de cumplimiento de condiciones de accesibilidad en base al art de la parte I del Código Técnico de la Edificación. Décimo.- Visto el Acuerdo de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Segovia, de 30 de octubre de 2018, en el que se ratifica en su acuerdo de 21 de junio de Decimoprimero.- Visto el Informe del Arquitecto Municipal de 29 de noviembre de 2018: Decimoprimero.- Con fecha 4 de diciembre de 2018, se ha constituido fianza por valor de 2.413,80 como garantía de la correcta gestión de los residuos derivados de la concesión de licencia urbanística de obra de conformidad con la Disposición Adicional Séptima de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. Dicha fianza se cancelará produciéndose su devolución una vez se halla acreditado, mediante la presentación de los certificados de gestión, la entrega de los residuos al gestor autorizado. II. NORMATIVA DE APLICACIÓN - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP). - Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante LRBRL). - Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León (en adelante LUCYL). - Decreto 22/2004, de 29 de enero por el que se aprueba el Reglamento Urbanístico de Castilla y León (en adelante RUCYL). - Plan General de Ordenación Urbana de Segovia. - Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras del Excmo. Ayuntamiento de Segovia. - Ordenanza Fiscal de la Tasa por Licencias Urbanísticas del Excmo. Ayuntamiento de C.S.V.: Página : 18

19 Segovia. III. CONSIDERACIONES Primera.- En virtud del artículo 25 de la LRBRL el Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación. ( ). Considerando lo establecido en el artículo 292 del RUCYL la competencia para otorgar las licencias urbanísticas corresponde al órgano municipal competente conforme a la legislación sobre régimen local, y su ejercicio debe ajustarse a lo dispuesto en dicha legislación y en las demás normas aplicables. Segunda.- Considerando lo dispuesto en el artículo b y d) de la LUCYL requieren la obtención de licencia urbanística la ampliación, modificación, reforma o rehabilitación de construcciones e instalaciones de todas clases. Considerando lo dispuesto en el artículo 98 de la LUCYL las licencias urbanísticas se otorgarán conforme a lo dispuesto en la legislación y en el planeamiento urbanístico vigente. Considerando lo dispuesto en el artículo del RUCYL establece que el procedimiento para el otorgamiento de las licencias urbanísticas debe tramitarse y resolverse conforme a la legislación sobre régimen local y procedimiento administrativo y a las reglas particulares establecidas en los siguientes apartados. En su apartado 2. establece que las solicitudes deben dirigirse al Ayuntamiento, acompañadas de la documentación que permita conocer suficientemente su objeto. En particular: a) Las solicitudes deben adjuntar un proyecto técnico suscrito por facultativo competente en los supuestos y con el grado de detalle que establezca la legislación sectorial. Cuando no sea exigible un proyecto técnico, las solicitudes pueden acompañarse simplemente de una memoria descriptiva que defina las características generales de su objeto. b) Las solicitudes que tengan por objeto construcciones o instalaciones de nueva planta, así como ampliaciones de las mismas, deben indicar el uso al que vayan a destinarse, que debe ser conforme a las características de la construcción o instalación. En su apartado 3. recoge que, si la documentación presentada está incompleta o presenta deficiencias formales, debe requerirse al solicitante para que la subsane, otorgándole un plazo de diez días prorrogable conforme a la legislación sobre procedimiento administrativo, con advertencia de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que debe notificarse al interesado. C.S.V.: Página : 19

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