ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO

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1 Secretaría general ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO Lugar: En Segovia, en Sala de Comisiones de su Casa Consistorial Salón de la Chimenea-, sita en la Plaza Mayor, nº 1 de Segovia Fecha: 19 de Abril de 2018 Carácter de la sesión: Ordinaria Fecha de la convocatoria: Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 17 de Abril de 2018 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) autenticidad verificable mediante código Hora de Inicio: Ocho horas y treinta y cinco minutos (8:35 h) Constitución: En Primera convocatoria Hora de finalización: Ocho horas y cincuenta y seis minutos (8:56 h) Asistentes: DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS, Alcaldesa y Presidenta de la Junta de Gobierno Local. DON ALFONSO JUAN P. REGUERA GARCÍA, Primer Teniente de Alcalde y Concejal Delegado de Urbanismo, y Economía y Hacienda. DON ANDRÉS-JESÚS TORQUEMADA LUENGO, Segundo Teniente de Alcalde y Concejal Delegado de Servicios Sociales, Igualdad, Sanidad y Consumo y Participación Ciudadana. DOÑA MARÍA LUISA DELGADO ROBLEDO, Tercera Teniente de Alcalde y Concejala Delegada de Gobierno Interior y Personal, Patrimonio y Contratación. DON JOSÉ ANTONIO BAYÓN LÓPEZ, Cuarto Teniente de Alcalde y Concejal Delegado de Desarrollo Económico, Empleo e Innovación. DOÑA PALOMA MAROTO MORENO, Concejala Delegada de Obras, Servicios e Infraestructuras. DOÑA Mª FERNANDA SANTIAG O BOLAÑOS, Concejala Delegada de Cultura. DOÑA MARÍA ÁNGELES RUEDA CAYÓN, Concejala Delegada de Deportes. No asistió a la sesión habiendo justificado su ausencia ante la Ilma. Sra. Alcaldesa, DOÑA CLAUDIA DE SANTOS BORREGUERO, Concejala Delegada de Patrimonio Histórico y Turismo. Asisten a la sesión, con voz y sin voto, DOÑA RAQUEL FERNÁNDEZ GARCÍA, Portavoz del Grupo municipal Popular, DOÑA MARÍA JOSE GARCÍA OREJANA, Portavoz del Grupo municipal Ciudadanos, DON COSME ARANGUREN GALLEGO, Portavoz del Grupo

2 municipal UPYD y DON ÁNGEL GALINDO HEBRERO, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida. Orden del día de la sesión: 1º.- Dación de cuenta del acta de la sesión anterior, celebrada el 12 de abril de 2018 con el carácter de ordinaria, y aprobación de las rectificaciones que en su caso procedan. A. EJERCICIO DE COMPETENCIAS DELEGADAS. A.1. POR DELEGACION DE LA ILMA. SRA. ALCALDESA.- Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación en la Junta de Gobierno Local de atribuciones Alcalde (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015) y Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 16 de marzo de 2018, de delegación de atribuciones en materia de contratación (BOP de Segovia núm. 37, de 26 de marzo de 2018). 2º.- Disposiciones, anuncios y comunicaciones oficiales. GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL 3.- Propuesta de justificación de recursos destinados a entidades locales en materia de empleo, PREPLAN II, aprobación del contenido del modelo Anexo I certificación de justificación de los fondos recibidos. PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 4º.- Expediente PAC /2018-CNT.- Propuesta de determinación de la oferta económicamente más ventajosa del expediente de contratación tramitado mediante procedimiento negociado sin publicidad de servicios de Asistencia Técnica para el desarrollo de las fases de tramitación pendientes de modificación del PGOU/DALS para introducir determinados ajustes en la catalogación en los sistemas generales, en la clasificación y en la categorización del suelo urbano en el ámbito del Plan Especial de las Áreas Históricas (PEAHIS). 5º.- Expediente PAC /2017-RESPAT. Propuesta de resolución de expediente de responsabilidad patrimonial incoado por caída en vía pública. AREA 3: URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS AREA 3 B: OBRAS E INFRAESTRUCTURAS VIAS Y OBRAS: VIAS Y OBRAS, AGUA, ALUMBRADO, MANTENIMIENTO Y EDIFICIOS MUNICIPALES 6º.- Expediente PAC 1168/ Propuesta relativa a la aprobación de proyecto modificado de legalización y reforma de kiosco-bar en piscinas municipales de Revenga. SERVICIOS SOCIALES, SANIDAD Y CONSUMO 7º.- Expediente PAC /2018-General.- Propuesta relativa a la aprobación para participar en el Programa de ayuda alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (FEAD) en España 2018.

3 PARTICIPACION CIUDADANA 8º.- Expediente PAC /2018-General.- Propuesta relativa a la aprobación de la documentación presentada por la Asociación de Vecinos Santa Eulalia, correspondiente al pago del alquiler mensual en cumplimiento del Convenio de Colaboración suscrito el 10 de agosto de 2017, ordenando el abono del mismo. ECONOMÍA Y HACIENDA 9º.- Expediente PAC /2018-Inter.- Propuesta de Modificación Presupuestaria por Transferencia de Crédito para la adquisición de una impresora de tarjetas para el servicio de préstamo de la Biblioteca Municipal, por un importe total de 916,58. 10º.- Propuesta de aprobación de facturas y certificaciones de obras C. RUEGOS Y PREGUNTAS Ruegos y preguntas. Asimismo, al amparo de lo previsto en los artículos 51 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (RD legislativo. 781/1986) y 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades Locales (RD. 2568/1986), FUERA DEL ORDEN DEL DÍA Y CON LA ESPECIAL Y PREVIA DECLARACIÓN DE URGENCIA, acordada por unanimidad de los asistentes, ocho de los nueve miembros que integran la Junta de Gobierno Local lo que constituye el voto favorable de la mayoría absoluta de sus integrantes, se trataron los siguientes asuntos: U1.- Expediente PAC 00116/ Propuesta relativa a la aprobación del Convenio de colaboración con Festival Titirimundi, S.L., ejercicio En la Ciudad de Segovia, en el lugar y fecha indicados, se reunieron bajo la presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa, DOÑA CLARA ISABEL LUQUERO DE NICOLÁS, los componentes de la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión, con el carácter más arriba indicado, habiendo sido convocados a tal efecto por Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa, convocatoria que, acompañada del orden del día de la sesión, fue debidamente notificada a todos sus integrantes, de conformidad con lo acordado por el Pleno en sesión de fecha 30 de enero de 2009, Ac. Núm. 20, y la disposición transitoria Cuarta de la Ordenanza municipal reguladora de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Segovia: Concurriendo inicialmente OCHO de los NUEVE integrantes de este órgano, con lo que se alcanza el quórum de asistencia de la mayoría absoluta de sus componentes, y teniéndose por convocados en tiempo y forma, se constituyó, la Junta de Gobierno Local, asistida por la Secretaria General, que dio fe del acto como secretaria del órgano. Asimismo, asistió a la sesión el Interventor general municipal. Abierta la sesión por la Presidencia se procedió a la consideración de los asuntos que integran el orden del día, adoptándose al respecto los siguientes acuerdos: ACUERDO NÚM DACIÓN DE CUENTA DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR, CELEBRADA EL DOCE DE ABRIL DE 2018 CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA, Y APROBACIÓN DE LAS RECTIFICACIONES QUE EN SU CASO PROCEDAN.

4 RESULTÓ APROBADA EL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 12 DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO. A. EJERCICIO DE COMPETENCIAS DELEGADAS. A.1. POR DELEGACION DE LA ILMA. SRA. ALCALDESA.- Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación en la Junta de Gobierno Local de atribuciones Alcalde (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015) y Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 16 de marzo de 2018, de delegación de atribuciones en materia de contratación (BOP de Segovia núm. 37, de 26 de marzo de 2018). ACUERDO NÚM DISPOSICIONES, ANUNCIOS Y COMUNICACIONES OFICIALES. A) DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA RELATIVAS A NOMBRAMIENTOS DE FUNCIONARIOS INTERINOS. En cumplimiento de las previsiones contenidas en el Decreto del Alcalde de fecha 17 de junio de 2015, apartado 4.A 6.5 de delegaciones en la Junta de Gobierno en materia de Personal, se da cuenta a la Junta de Gobierno de las siguientes resoluciones: Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 10 de Abril de 2018 sobre nombramiento de funcionario interino de un Operario para prestar servicios en la Concejalía de Servicios Sociales Refª Expte: /2018-PERSONAL Procedimiento: Personal: Nombramientos, Acceso administración Actuación: Nombramiento funcionario interino de un Operario para prestar servicios en la Concejalía de Servicios Sociales Vistas las necesidades en materia de personal que existen en la Concejalía de Servicios Sociales de este Ayuntamiento de que se contraten los servicios de un Operario de Cometidos Varios con motivo de la acumulación de tareas que surge en el Centro Integral de Servicios Sociales por la ausencia de dos de los operarios adscritos a dicho centro, por lo que sólo hay dos personas para poder dar cobertura a todas las necesidades que existen en el citado centro. Considerándose se cumplen los requisitos exigidos para llevar a cabo contrataciones/nombramientos temporales establecidos en la Ley 3/2017, de 28 de Junio, de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2017, prorrogado automáticamente para el 2018, que se mantiene en vigor en tanto se apruebe la Ley para el que marca gran parte de las pautas que en esta materia deben de seguir las Administraciones Locales, entre ellas establece una regulación de lo que denomina en el art. 19.2: Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal. ( ) Por la Alcaldesa se ha resuelto:

5 1.- Proceder al nombramiento de funcionario interino de carácter eventual, para prestar servicios en la Concejalía de Servicios Sociales con motivo de las circunstancias arriba epigrafiadas. 2.- Que dicho nombramiento lo sea entre el 10 de abril y el 9 de mayo de 2018, en virtud de lo dispuesto en el art. 10 del Estatuto del Empleado Público. 3.- Dese cuenta de la formalización de este nombramiento a la Junta de Gobierno Local. 4.- Dese cuenta, asimismo, de este nombramiento a los miembros de la Comisión de Control y Seguimiento de las Bolsas de Empleo. Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 13 de Abril de 2018 sobre nombramiento de funcionaria interina en la Concejalía de Servicios Sociales con motivo de la baja maternal de empleada municipal Refª Expte: /2018-PERSONAL Procedimiento: Personal: Nombramientos, Acceso administración Actuación: Nombramiento funcionaria interina en la Concejalía de Servicios Sociales con motivo de la baja maternal de empleada municipal Ante la necesidad de llevar a cabo el nombramiento de funcionario interino de un Trabajador Social con motivo de la baja maternal en que se encuentra la empleada municipal, tal y como se indica en el informe presentado por la Jefa de Sección de Servicios Sociales, con el visto bueno del Concejal del Área. Por la Alcaldesa se ha resuelto: 1.- Se proceda al nombramiento de funcionario interino como Trabajadora Social para prestar servicios en la Concejalía de Servicios Sociales, con motivo de las circunstancias arriba epigrafiadas. 2.- El nombramiento lo será con carácter interino y hasta tanto se incorpore la empleada municipal sustituida, disfrute de licencias y permisos de la misma, cambio de situación administrativa, se provea la plaza por cualquiera de los procedimientos legalmente establecidos, se produzca la situación de vacante de plaza, hasta que esta Administración considere que han desaparecido las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad que han dado lugar a dicho nombramiento, o bien la Administración acuerde la amortización o transformación de la plaza, tomando posesión de la plaza el 16 de abril de Dese cuenta del presente nombramiento a la Junta de Gobierno Local. 4.- Dese cuenta, asimismo, de este nombramiento a los miembros de la Comisión de Control y Seguimiento de las Bolsas de Empleo. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local.

6 La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: QUEDAR ENTERADA. B) Procedimiento Abreviado 114/ Rollo de Apelación 217/2017. Sentencia de apelación 91/2018, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, el día 06 de abril de 2018, en procedimiento abreviado núm. 114/2017. El Tribunal falla que, con desestimación de la causa de inadmisibilidad y entrando a conocer sobre el fondo del recurso de apelación, se desestima el recurso de apelación registro con el número 217/2017, interpuesto contra la sentencia núm. 128/2017, de fecha 19 de septiembre, dictada en el Procedimiento Abreviado núm. 114/2017 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Segovia, por la que se acuerda inadmitir parcialmente el recurso interpuesto contra la diligencia de embargo de fecha 16 de junio de 2016 por importe de 146,22 euros y desestimar el recurso en cuanto que declara no ajustada a derecho la resolución de fecha 22 de febrero de 2017 que desestima el recurso de reposición contra la diligencia de embargo de fecha 2 de febrero de No ha lugar a la imposición de costas. Y se ordena dar al depósito constituido el destino legal. Se hace constar que la presente sentencia es susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y/o ante la Sección de Casación de la Sala de lo contencioso-administrativo con sede en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de conformidad con lo previsto en el artículo 86.1 y 3 de la LJCA siempre y cuando el recurso, como señala el artículo 88.2 y 3 de dicha Ley presente interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, preparándose ante la Sala del TSJ en el plazo de treinta días siguientes a la notificación de la sentencia en la forma señalada en el artículo 89.2 de la LJCA. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Quedar enterada, pasar a la Sección de Recaudación Ejecutiva para adoptar las medidas que procedan en ejecución de la sentencia. C) Procedimiento Ordinario 40/2017. Decreto de fecha 22 de febrero de 2018, dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, en procedimiento ordinario 40/2017. La Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León acuerda archivar provisionalmente los autos, que permanecerán en tal situación mientras no se solicite la continuación del proceso, o se produzca la caducidad de la instancia. Contra la resolución cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de CINCO DÍAS, a contar desde el siguiente al de su notificación.

7 Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Quedar enterada, dar traslado al Área 3, Urbanismo Obras e Infraestructuras y Servicios para su conocimiento y oportunos efectos. D) Procedimiento Ordinario 24/2017. Rollo de Apelación 205/2017. Cédula de emplazamiento dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, con fecha 9 de abril de 2018, por la que se emplaza al Ayuntamiento de Segovia, a través de su representante en sede judicial, para que comparezca en el plazo de treinta días ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el recurso de casación que se ha tenido por preparado, interpuesto, contra la sentencia dictada por este Tribunal Superior de fecha 9 de febrero de Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Quedar enterada, dar traslado al Área 3, Urbanismo Obras e Infraestructuras y Servicios para su conocimiento y comparecer ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo nombrando como procurador de quien tenga poder al efecto. E) Procedimiento Ordinario 82/2016. Cédula de emplazamiento dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, con fecha 26 de marzo de 2018, en el recurso de casación, interpuesto contra la sentencia dictada en el Procedimiento Ordinario 82/2016 por este Tribunal Superior de fecha 19 de enero de Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó:

8 Quedar enterada, dar traslado al Área 3, Urbanismo Obras e Infraestructuras y Servicios para su conocimiento y comparecer ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo nombrando como procurador de quien tenga poder al efecto. F) Procedimiento Abreviado 85/2018. Oficio del Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 1 de Segovia de fecha 09 de abril de 2018, recaído en el recurso contencioso administrativo, interpuesto contra resolución de la Alcaldía de fecha 15 de enero de Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: - Remitir el expediente administrativo en tiempo y forma y practicar las notificaciones para emplazamiento conforme dispone el art. 49 de la LJCA. - Personarse en el recurso contencioso administrativo, designando como Letrados a los Letrados adscritos a la ejecución del contrato para la prestación de los Servicios jurídicos del Ayuntamiento de Segovia, y como procuradora a quien tenga poder suficiente al efecto. - Comunicar al Juzgado que el responsable de la remisión del expediente administrativo es la Jefa del Servicio de Gobierno Interior y Personal, que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar al órgano judicial la existencia de otros recursos contencioso-administrativos, en los que pueda concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal. G) DACIÓN DE CUENTA DE DECRETO DE LA ILMA. SRA. ALCADESA DE FECHA 17 DE ABRIL DE 2018, RELATIVO A LA APROBACIÓN DE ACTAS Y SU PUBL ICACION EN LA SEDE ELECTRÓNICA MUNICIPAL Se eleva a la Junta de Gobierno Local, para su conocimiento Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa, de fecha 17 de abril de 2018, relativo a la aprobación de las actas del Pleno y de la Junta de Gobierno Local y su publicación en la sede electrónica municipal. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó:

9 Quedar enterada del Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa, de fecha 17 de abril de 2018, relativo a la publicación de las actas del Pleno y de la Junta de Gobierno Local en la sede electrónica municipal. H) DACIÓN DE CUENTA DECRETO DE LA ILMA. SRA. ALCALDESA DE FECHA 6 DE ABRIL DE 2018, RELATIVO A LA COMUNICACIÓN PARA QUE POR PARTE DEL MINISTERIO FISCAL SE EJERZAN LAS ACCIONES CIVILES QUE PUDIERAN CORRESPONDER A ESTA ADMINISTRACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 54/2018 Y RECTIFICACIÓN DEL MISMO DE FECHA 17 DE ABRIL DE Se eleva a la Junta de Gobierno Local Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 6 Abril de 20187, relativo a la comunicación para que por parte del Ministerio Fiscal se ejerzan las acciones civiles que pudieran corresponder a esta administración en el Procedimiento Abreviado 54/2018, y la rectificación del mismo, de fecha 17 de abril de Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Quedar enterada de los Decretos de fechas 6 y 17 de abril relativos a la comunicación para que por parte del Ministerio Fiscal se ejerzan las acciones civiles que pudieran corresponder a esta administración en el Procedimiento Abreviado 54/2018. GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL ACUERDO NÚM PROPUESTA DE JUSTIFICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A ENTIDADES LOCALES EN MATERIA DE EMPLEO, PREPLAN II, APROBACIÓN DEL CONTENIDO DEL MODELO ANEXO I CERTIFICACIÓN DE JUSTIFICACIÓN DE LOS FONDOS RECIBIDOS. Visto el informe emitido por la Jefa de Sección de Gobierno Interior y Personal, con el visto bueno de la Concejala Delegada de Gobierno Interior y Personal, de fecha 19 de abril de 2018, en cuya parte expositiva se hace constar lo siguiente: Resolución de 4 de septiembre de 2017, el presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por el que se determinan las condiciones para la gestión de los recursos destinados a entidades locales en materia de Empleo A los efectos de justificación de los recursos concedidos por importe total de 6.646,00, a este Ayuntamiento por Orden PRE/639/2017, de 27 de julio, por la que se determina la cuantía definitiva que corresponde a cada entidad local en la financiación local vinculada a ingresos impositivos de la Comunicad de Castilla y León para el año 2017, y se fija la cuantía que resta por transferir.

10 La Junta de Gobierno Local de 22 de febrero de 2018, se acordó la aprobación de la ejecución de los proyectos, aprobación y justificación de la subvención y remisión del modelo anexo I justificativo del mismo por importe de ,17 euros, (PREPLAN I) que fue remitido a la Junta de Castilla y León con fecha 27 de febrero de La Junta de Gobierno Local de fecha 5 de octubre de 2017 acordó la contratación de diverso personal como consecuencia de la Resolución de 4 de septiembre de 2017 por la que se incrementó la cuantía del PREPLAN I 2017 para esta corporación en cantidad de euros. Por Junta de Gobierno Local de 21 de diciembre de 2017 de selección de personal como consecuencia de la orden PRE/639/2017, acordó la selección de un empleado con la categoría de oficial cantero a través de la presentación de Oferta Pública de Empleo y se determina la forma de la selección. En virtud de Decreto de Alcaldía de 28/12/2017 (Refª Expte /2017), se procede a la contratación laboral de Oficial Carpintero. La resolución de 28 de junio de 2017, del presidente del Servicio público de empleo de Castilla y León, autoriza al Ayuntamiento de Segovia a la adecuación de número de contratos al importe de la subvención concedida Inicia la prestación de servicios el 29 de diciembre de 2017 a 28 de marzo de 2018 con un total de 180 días, vinculado al Ayuntamiento de Segovia, en virtud de un contrato de trabajo laboral temporal de Obra o servicio determinado, regulado en el artículo 15.1 a) del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 2 del Real Decreto 2720/1998., de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el Art.15, modificado por Ley 35/2010, de 17 de septiembre. Siendo la obra ejecutada por el servicio, según decreto de aprobación de la misma, con la finalidad de reforzar los cometidos que le son encomendados en las líneas con lo acordado por Decreto de Alcaldía de 5 junio de Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJSP, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Primero. - Tener por ejecutado el proyecto objeto de la subvención que presta conformidad a las actuaciones realizadas y el cumplimiento de la finalidad de la misma. Segundo. - A los efectos de la aprobación y justificación de esta subvención se hace constar lo siguiente: 2.1. Que los gastos, obligaciones reconocidas y pagos realizados ascienden a 6.810,59 euros.

11 2.2. Que la/s obra/s o servicios/s se ha/n realizado conforme a lo dispuesto en el apartado segundo de la Resolución de concesión Que se ha cumplido la finalidad de la subvención De la veracidad y regularidad de la documentación justificativa de la subvención concedida, que se encuentra en esta Entidad, quedando, al menos durante cinco años, archivada y a disposición de los órganos competentes de la Administración de Castilla y León, en la oficina de Gobierno Interior y Personal Que el desglose detallado de los costes por cada uno de los trabajadores contratados es el que se declara en el documento complementario que se adjunta. Tercero. - Que por parte de la Secretaría general se proceda a certificar y por la intervención a informar los acuerdos adoptados de conformidad con el contenido del modelo facilitado por la Junta de Castilla y León (Anexo I Certificación de justificativa de los fondos recibidos Ayuntamientos de más de habitantes), que asimismo se aprueba, a efectos de su presentación junto con la justificación de subvención. Cuarto. - Remitir la documentación de justificación a la Junta de Castilla y León, según modelo Anexo I. PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ACUERDO NÚM EXPEDIENTE PAC /2018-CNT.- PROPUESTA DE DETERMINACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN TRAMITADO MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE LAS FASES DE TRAMITACIÓN PENDIENTES DE MODIFICACIÓN DEL PGOU/DALS PARA INTRODUCIR DETERMINADOS AJUSTES EN LA CATALOGACIÓN EN LOS SISTEMAS GENERALES, EN LA CLASIFICACIÓN Y EN LA CATEGORIZACIÓN DEL SUELO URBANO EN EL ÁMBITO DEL PLAN ESPECIAL DE LAS ÁREAS HISTÓRICAS (PEAHIS). Visto el informe emitido por la Mesa de Contratación en su sesión celebrada el día 11 de abril de 2018: La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Primero.- Declarar válida la licitación. Segundo.- Declarar que la oferta económicamente más ventajosa en la contratación tramitada mediante procedimiento negociado sin publicidad para los servicios de Asistencia Técnica para el desarrollo de las fase de tramitación pendientes de la modificación del PGOU/DALS para introducir determinados ajuste en la catalogación en los sistemas generales, en la clasificación y en la categorización del suelo urbano en el ámbito del Plan Especial de las Áreas Históricas (PEAHIS), es la presentada por la empresa CENTRO DE OBSERVACIÓN Y TELEDETECCIÓN ESPACIAL S.A.U. (CIF: A ), en la cantidad de ,00 euros IVA excluido. A esta cantidad le cor responde un IVA de 3.755,22 euros. Importe total ,22 euros IVA incluido.

12 Tercero.- Requerir de conformidad con lo previsto en el Art del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a la empresa CENTRO DE OBSERVACIÓN Y TELEDETECCIÓN ESPACIAL S.A.U., para que dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se hubiera recibido el presente requerimiento, presente: A) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva por importe de 894,10 euros, en cumplimiento de lo exigido en la cláusula 13ª del Pliego de cláusulas administrativas que rige en el presente contrato. B) Documentación administrativa: - Acreditación de la personalidad jurídica del empresario y en su caso su representación (D.N.I., Escritura de Constitución y de representación, etc..). Tratándose de personas jurídicas el poder deberá estar inscrito en los Registros Oficiales necesarios según su naturaleza. - Declaración en la que el licitador afirma bajo su responsabilidad que no se halla comprendido en ninguno de los casos de prohibición para contratar con la Administración, a que se refiere el artículo 60 del TRLCSP. - Original o copia debidamente compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matricula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. - Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración tributaria. - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social. - Acreditación de la solvencia económica y técnica exigida conforme a lo dispuesto en la Cláusula 9ª del Pliego de cláusulas administrativas que rige en la presente contratación. Cuarto.- Publicar este requerimiento en el perfil del contratante del Órgano de Contratación. Quinto.- Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención Municipal y al Servicio de Urbanismo (Planeamiento). ACUERDO NÚM EXPEDIENTE PAC /2017-RESPAT. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE EXPEDIENTE DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL INCOADO POR CAÍDA EN VÍA PÚBLICA. Visto el informe emitido por la Jefa del departamento de Patrimonio y Contratación, de fecha 18 de abril de La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Primero.- Desestimar la reclamación patrimonial instada, por falta de prueba de los hechos de los que trae causa la reclamación Segundo.- Dar traslado de la resolución a los interesados en el procedimiento:

13 Tercero.- El presente acuerdo será comunicado a Urbanismo (Área 3 B). AREA 3: URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS AREA 3 B: OBRAS E INFRAESTRUCTURAS VIAS Y OBRAS: VIAS Y OBRAS, AGUA, ALUMBRADO, MANTENIMIENTO Y EDIFICIOS MUNICIPALES ACUERDO NÚM EXPEDIENTE PAC 1168/ PROPUESTA RELATIVA A LA APROBACIÓN DE PROYECTO MODIFICADO DE LEGALIZACIÓN Y REFORMA DE KIOSCO-BAR EN PISCINAS MUNICIPALES DE REVENGA. Visto el informe emitido por el Técnico de la Administración General del Departamento de Urbanismo, de fecha 12 de abril de 2018 en cuya parte expositiva se hace constar lo siguiente: Ilma. Sra. Alcaldesa, examinado el expediente de referencia, y de acuerdo con el art.175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se emite el siguiente INFORME: VISTO el Proyecto Modificado de Legalización y Reforma de Kiosko-Bar en Piscinas Municipales de Revenga, redactado por el aparejador D. Miguel Ángel García Grande, en el mes de diciembre de 2017, y que consta de objeto y descripción del proyecto, descripción de la solución proyectada, presupuesto, seguridad y salud y gestión de residuos, declaración de obra completa y mediciones. RESULTANDO que el presupuesto se divide en dos partes, parte A Presupuesto de ejecución material de edificación a legalizar con un presupuesto de ejecución material de ,00 y un presupuesto de contrata iva incluido de ,78 y parte B Presupuesto de ejecución material de las obras a ejecutar con presupuesto de ejecución material de 8.804,00 y un presupuesto de contrata iva incluido de ,88. El global de ambas partes, Legalización y Reforma asciende a ,66 iva incluido. El presupuesto de seguridad y salud asciende al total de 269,30. Por ello, no será necesaria la clasificación del contratista. CONSIDERANDO el artículo 21.1 o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre (en adelante, LRBRL), donde se habilita a la Alcaldía para la aprobación de proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación. CONSIDERANDO la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), donde se faculta al Alcalde para la contratación, cuando su importe no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, los seis millones de euros incluidos los de carácter plurianual, cuando su duración no sea superior a cuatro años. VISTO el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de 17 de junio de 2015 (BOP nº 76, de 26 de junio), de delegación de competencias, por el que se delega en la Junta de Gobierno Local atribuciones en materia de contratación y aprobación de los proyectos municipales.

14 CONSIDERANDO el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, que establece que las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJSP, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Primero.- Aprobar el Proyecto Modificado de Legalización y Reforma de Kiosko-Bar en Piscinas Municipales de Revenga, redactado por el aparejador D. Miguel Ángel García Grande, con un presupuesto que se divide en dos partes, parte A Presupuesto de ejecución material de edificación a legalizar con un presupuesto de ejecución material de ,00 y un presupuesto de contrata IVA incluido de ,78 y parte B Presupuesto de ejecución material de las obras a ejecutar con presupuesto de ejecución material de 8.804,00 y un presupuesto de contrata IVA incluido de ,88. El global de ambas partes, Legalización y Reforma asciende a ,66 IVA incluido. El presupuesto de seguridad y salud asciende al total de 269,30, con los siguientes condicionantes: A).- Una vez adjudicadas las obras y antes del inicio de las mismas, se incorporará al expediente para su aprobación, el Plan de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, así como el Plan de Gestión de Residuos de obras de la construcción, de conformidad con el Real Decreto 105/2008, de 24 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. B).- Deberá incorporarse al expediente de contratación el acta de replanteo, en cumplimiento del artículo 236 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. C).- Dejar pendiente de designación al Director de las obras, al Director de la ejecución de las obras, al Jefe de obra y al Coordinador de Seguridad y Salud en su caso. Segundo.- Cumplimentado el procedimiento de contratación deberá notificarse a la empresa adjudicataria de las obras la presente resolución. SERVICIOS SOCIALES, SANIDAD Y CONSUMO ACUERDO NÚM EXPEDIENTE PAC /2018-GENERAL.- PROPUESTA RELATIVA A LA APROBACIÓN PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE AYUDA ALIMENTARIA DEL FONDO DE AYUDA EUROPEA PARA LAS PERSONAS MÁS DESFAVORECIDAS (FEAD) EN ESPAÑA 2018.

15 Visto el informe emitido por la Jefa de Servicio del departamento de Servicios Sociales, de fecha 17 de abril de 2018, en cuya parte expositiva se hace constar lo siguiente: Visto el informe emitido por la Jefa de Servicios Sociales, Igualdad, Sanidad y Consumo, en relación con la participación del Ayuntamiento de Segovia en el Programa de Ayuda Alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (FEAD) en España como organización asociada al reparto de los alimentos. Teniendo en cuenta que este programa tiene como objetivo promover la cohesión social, reforzar la inclusión social y, por lo tanto, contribuir a alcanzar el objetivo de erradicar la pobreza en la Unión Europea; se destina a la distribución de alimentos a las personas más desfavorecidas, cofinanciado por el Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (en lo sucesivo FEAD) en un 85 por ciento y en un 15 por ciento por el presupuesto de la Administración General del Estado, que comprende la compra de alimentos adquiridos en el mercado, su suministro a las organizaciones asociadas de distribución (en adelante OAD), quienes los distribuyen entre las organizaciones asociadas de reparto (en adelante OAR) autorizadas para que, a su vez, lo pongan gratuitamente a disposición de las personas más desfavorecidas, junto con medidas de acompañamiento. Considerando que se entiende por personas más desfavorecidas los individuos, familias, hogares o grupos que se encuentren en situación de pobreza económica, así como las personas sin hogar y otras personas en situación de especial vulnerabilidad social. Por ello se han elaborado los criterios de selección de los destinatarios, concretándose en los siguientes: Para poder acceder a la prestación de alimentos del FEAD 2018, es necesario que los beneficiarios reúnan los siguientes requisitos: Estar empadronado y residir en el municipio de Segovia. No ser beneficiario de los Alimentos FEAD en ninguna otra organización asociada al reparto. Ser perceptor de renta garantizada de ciudadanía o bien acreditar ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia que no superen las cuantías que en cuadro adjunto se indican según número de miembros: IPREM Nº MIEMBROS IMPORTE MENSUAL ,84 1, ,40 1, , ,54 1, ,11 2,00 6 y más 1.075,68

16 A los ingresos totales se podrá aplicar una reducción de hasta 350,00 en concepto de pago de alquiler o hipoteca de vivienda. El Programa 2018 de Ayuda alimentaria prevé 3 fases de distribución de alimentos, las dos primeras en el año 2018, en torno a los meses de junio y de octubre, respectivamente, y una tercera en el primer trimestre del año 2019, alrededor del mes de febrero. Este Ayuntamiento reúne los requisitos para participar en el programa, dispone de capacidad administrativa, operativa y financiera para realizar la distribución gratuita de alimentos entre las personas desfavorecidas, de acuerdo con las exigencias establecidas en la orden AAA/2205/2015 de bases reguladoras y en la resolución de convocatoria anual del FEGA. Por otro lado, el Ayuntamiento está en condiciones de cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Orden AAA/2205/2015, de 15 de octubre, destacando las medidas de acompañamiento ya que todos los beneficiarios son valorados por los trabajadores sociales de los CEAS acreditando la procedencia o no de acceder a los alimentos. Junto a la solicitud de participación en el Programa, el Ayuntamiento ha de presentar, entre otros documentos, una memoria/informe que indique la capacidad administrativa, operativa, financiera y medios para asegurar que la entrega de alimentos se realiza a las personas más desfavorecidas que la entidad declara atender. Asimismo, se deberá presentar una certificación de que las personas desfavorecidas que declara atender en su solicitud, disponen del informe establecido en la letra k) del artículo 13 de la orden AAA/2205/2015, de fecha 15 de octubre que realizan los trabajadores sociales de los CEAS. Teniendo en cuenta que el Ayuntamiento de Segovia cuenta con los recursos personales, materiales e instalaciones de la Concejalía de Servicios Sociales, Igualdad, Sanidad y Consumo y con las instalaciones del antiguo parque de bomberos de Avenida del Padre Claret para poder dar cumplimiento a la adecuada entrega de los alimentos, y considerando que la entrega de alimentos se ha de efectuar previa valoración e informe del caso por parte de los trabajadores sociales del CEAS, que justifique su procedencia, Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJSP, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Primero.- Aprobar la participación de este Ayuntamiento de Segovia en el Programa de Ayuda Alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (FEAD) en España Segundo.- Que por la Secretaría General se certifique el presente acuerdo para su presentación en Cruz Roja Española, junto con el resto de documentación prevista en la

17 Resolución de 4 de enero de 2017 del FEGA, publicado en el BOE de fecha 14 de enero de PARTICIPACION CIUDADANA ACUERDO NÚM EXPEDIENTE PAC /2018-GENERAL.- PROPUESTA RELATIVA A LA APROBACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LA ASOCIACIÓN DE VECINOS SANTA EULALIA, CORRESPONDIENTE AL PAGO DEL ALQUILER MENSUAL EN CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 10 DE AGOSTO DE 2017, ORDENANDO EL ABONO DEL MISMO. Visto el informe emitido por la responsable del departamento de Participación Ciudadana, con el visto bueno del Concejal de Participación Ciudadana, de fecha 9 de abril de 2018, en cuya parte expositiva se hace constar lo siguiente: Una vez aprobada en Junta de Gobierno Local de fecha, 10 de agosto de 2017, acuerdo número 687, Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Segovia y la Asociación de Vecinos de Santa Eulalia de Segovia, por un período de 1 año con posibilidad de prórroga por igual período y que, según la cláusula tercera, el Ayuntamiento de Segovia, subvenciona a la Asociación de Vecinos de Santa Eulalia, el pago del alquiler del local sito en calle José Zorrilla nº 31, destinado a actividad de la Asociación de vecinos mencionada, por la presente se comunica lo siguiente: La Asociación de Vecinos de Santa Eulalia, nos presenta el recibo del alquiler correspondiente al mes de abril de 2018, para que se proceda al abono del mismo por parte de este Excmo. Ayuntamiento. Visto por esta Concejalía que, según la Cláusula Tercera del Convenio firmado con la Asociación de Vecinos de Santa Eulalia, en dicha estipulación se especifica que El Ayuntamiento de Segovia, aportará para la realización de los objetivos previstos en el presente Convenio, la cantidad de en 12 meses (IVA INCLUIDO) (500 x 12 meses IVA incluido y se imputará a la partida presupuestaria del capítulo IV, partida nú mero , en la que existe consignación presupuestaria. En el ejercicio de 2017, la cantidad de IVA INCLUIDO, correspondiente al alquiler de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre. El resto, es decir los restantes en el ejercicio 2018 entre los meses de enero a agosto de dicho ejercicio. El Ayuntamiento de Segovia efectuará el abono en la cuenta bancaria designada al efecto por la Asociación de Vecinos, una vez recibidos, los justificantes de pago del alquiler que deberá presentarse mensualmente.. Comprobada la Propuesta y Aprobación de la firma del Convenio en Junta de Gobierno Local, acuerdo número 687 de fecha 10 de agosto de 2017, así como la asunción del alquiler por parte de este Ayuntamiento, imputables a la partida presupuestaria del capítulo IV, partida número Visto el informe favorable de la Intervención General Municipal, de fecha 11 de abril de Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJSP, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

18 Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: La aprobación de la documentación presentada por la Asociación de Vecinos de Santa Eulalia, correspondiente al pago del alquiler mensual, en cumplimiento del Convenio de Colaboración suscrito y firmado el 11 de agosto de 2017, con el número de registro de Secretaria General , ordenando el abono de la cantidad de 500 : Factura 226/2018 Alquiler local mes de abril de ,00 TOTAL A ABONAR 500,00 (QUINIENTOS EUROS). El abono se realizará en la cuenta bancaria facilitada al efecto por la Asociación de Vecinos de Santa Eulalia. ECONOMÍA Y HACIENDA ACUERDO NÚM EXPEDIENTE PAC /2018-INTER.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR TRANSFERENCIA DE CRÉDITO PARA LA ADQUISICIÓN DE UNA IMPRESORA DE TARJETAS PARA EL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE LA BIBLIOTECA MUNICIPAL, POR UN IMPORTE TOTAL DE 916,58. Visto el informe emitido por el Interventor General Municipal, de fecha 16 de abril de 2018, cuyo tenor es el siguiente: Vista la propuesta de la Concejalía Delegada de Cultura de 12 de abril actual, que pone de manifiesto la necesidad de dotar de crédito a aplicaciones presupuestarias mediante modificación por Transferencia, para la adquisición de una impresora de tarjetas para el servicio de préstamo de la Biblioteca Municipal, por un importe total de 916,58, para las que no existe crédito en las correspondientes aplicaciones del vigente presupuesto municipal. Considerando que la Transferencia de Crédito se define, por el artículo 40.1 del R.D. 500/90, como aquella modificación del presupuesto de gastos mediante la que, sin alterar la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas; y vistos el artículo b) del R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 41.b) del R.D. 500/90 y Base 20ª.b) de las de Ejecución del vigente Presupuesto Municipal, que establecen como limitación a la misma, entre otras, que no podrán minorarse los créditos que hayan sido incrementados con suplementos o transferencias, salvo cuando afecten a créditos de personal. Por esta Intervención Municipal se informa que la modificación propuesta mediante transferencia de crédito, por los conceptos, importes y entre las aplicaciones presupuestarias que a continuación se detallan, cumple con los requisitos exigidos en la Base 20ª de las de ejecución del presupuesto, correspondiendo su aprobación a la Junta de Gobierno Local, según la Base 20ª.e), al realizarse dentro del mismo Área de Gasto.

19 APLICACIÓN APLICACIÓN MINORADA IMPORTE Puesta en marcha Biblioteca, Fase II 916,58 APLICACIÓN APLICACIÓN EN AUMENTO IMPORTE Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje 916,58 Segovia, 16 de abril de EL INTERVENTOR,. La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, acordó: Aprobar la modificación propuesta mediante transferencia de crédito, por los conceptos, importes y entre las aplicaciones presupuestarias que a continuación se detallan, cumple con los requisitos exigidos en la Base 20ª de las de ejecución del presupuesto, según la Base 20ª.e), al realizarse dentro del mismo Área de Gasto. APLICACIÓN APLICACIÓN MINORADA IMPORTE Puesta en marcha Biblioteca, Fase II 916,58 APLICACIÓN APLICACIÓN EN AUMENTO IMPORTE Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje 916,58 ACUERDO NÚM PROPUESTA DE APROBACIÓN DE FACTURAS Y CERTIFICACIONES DE OBRAS Visto el informe de la Intervención General Municipal de fecha 17 de Abril de 2018 en el que se relacionan todas las facturas registradas con detalle de Partidas y certificaciones de obras. Considerando lo dispuesto en el art. 9.4 de la LRJAP y PAC, Ley 40/15 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local ha acordado: Aprobar la relación de facturas registrada con detalle de Partidas y certificaciones de obras en la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS ( ,33 ). ASUNTOS SOMETIDOS A LA CONSIDERACIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO, FUERA DEL ORDEN DEL DIA, CON LA PREVIA Y ESPECIAL DECLARACIÓN DE URGENCIA. -

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