SUMARIO. BOP de Guadalajara, nº. 125, fecha: lunes, 02 de Julio de 2018 SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA

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1 de Guadalajara, nº. 125, fecha: lunes, 02 de Julio de 2018 SUMARIO SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN EDICTO PADRÓN IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA 2018 BOP-GU DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA ANUNCIO PROYECTO OBRAS CARRETERA GU-205 TRAMO DEL PK 0.00 AL PK BOP-GU AYUNTAMIENTO DE ESPINOSA DE HENARES BASES PEÓN OPERARIO SERVICIOS MÚLTIPLES BOP-GU AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL M.C. NÚM BOP-GU AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL M.C. NÚM BOP-GU AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES ANUNCIO DEDICACIÓN PARCIAL MIEMBRO DE LA CORPORACIÓN BOP-GU cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

2 AYUNTAMIENTO DE VIANA DE JADRAQUE PRESUPUESTO GENERAL 2018 BOP-GU AYUNTAMIENTO DE MORENILLA APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2018 BOP-GU AYUNTAMIENTO DE MEGINA CUENTA GENERAL 2017 BOP-GU AYUNTAMIENTO DE JADRAQUE PLAN DE EMPLEO 2018 BOP-GU AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA ANUNCIO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LAS OBRAS DE EJECUCIÓN DE CAMINOS ESCOLARES SEGUROS EN DIVERSOS COLEGIOS DE GUADALAJARA, COFINANCIADO AL 80% MEDIANTE EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE BOP-GU AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA ANUNCIO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS INTELIGENTES DE SEGURIDAD VIAL EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, COFINANCIADO AL 80% MEDIANTE EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE BOP-GU AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA ANUNCIO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN INTELIGENTE DEL APARCAMIENTO EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, COFINANCIADO AL 80% MEDIANTE EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE BOP-GU AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA ANUNCIO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN EL PROYECTO DE EJECUCIÓN DE NUEVOS TRAMOS DE CARRIL BICI, RESOLUCIÓN DE PUNTOS NEGROS E IMPLANTACIÓN DE APARCAMIENTOS Y SEÑALIZACIÓN VIARIA EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, COFINANCIADO AL 80% MEDIANTE EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE BOP-GU AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA CONVOCATORIA POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES DE SOCIO-SANITARIAS DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA PARA EL EJERCICIO 2018 BOP-GU cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

3 AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA ANUNCIO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN EL PROYECTO CONSTRUCTIVO PARA LA MODIFICACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE CLIMATIZACIÓN DEL PALACIO MULTIUSOS DE GUADALAJARA Y LA DOTACIÓN DE AIRE ACONDICIONADO DEL MISMO. BOP-GU MANCOMUNIDAD CAMPIÑA ALTA CUENTA GENERAL 2017 BOP-GU TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA. PRESIDENCIA ANUNCIO VACANTE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DE YEBES BOP-GU cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

4 DIPUTACION PROVINCIAL SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN EDICTO PADRÓN IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA EXPOSICIÓN PUBLICA DE LISTAS COBRATORIAS DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES, DE NATURALEZA RUSTICA, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DE 2018, DE LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA QUE HAN ENCOMENDADO LAS FACULTADES DE GESTIÓN, LIQUIDACIÓN Y RECAUDACIÓN DEL MISMO A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL, ASÍ COMO DEL ESTABLECIMIENTO DEL PERIODO DE INGRESO (COBRANZA EN PERIODO VOLUNTARIO). Aprobadas las listas cobratorias del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de naturaleza rústica, correspondientes al ejercicio de 2018, de todos los Ayuntamientos de la provincia de Guadalajara que han encomendado las facultades de gestión, liquidación y recaudación del Impuesto a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara, y que son todos los de la provincia a excepción de Alcocer, Almonacid de Zorita, Arbancón, Azuqueca de Henares, Casa de Uceda, Espinosa de Henares, Fuentenovilla, Galápagos, Guadalajara, Hontoba, Illana,, Pareja, Sacedón, Tamajón, Trijueque, Trillo, Uceda, Valdeaveruelo, Yebra y Yunquera de Henares. Dichas listas cobratorias quedarán expuestas al público en el Servicio Provincial de Recaudación y en los Ayuntamientos respectivos, para su examen por los legítimamente interesados durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. La exposición al público de las listas cobratorias producirá los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, pudiendo interponerse por los interesados en caso de disconformidad con los actos liquidatorios de las cuotas tributarias (entendiéndose por tal el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen, así como exenciones y bonificaciones) recurso de reposición ante el Sra. Diputada-Delegada de Economía y Hacienda, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del período de exposición al público. De conformidad con lo dispuesto en el art de la Ley General Tributaria, se establece como plazo de ingreso en periodo voluntario para dicho Impuesto, también en el caso de tener encomendada únicamente la recaudación del mismo, el comprendido entre el día 20 de julio y el 20 de septiembre de 2018, ambos inclusive.. La comunicación del periodo se llevará a cabo también de forma colectiva, y se publicarán los respectivos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, y en las oficinas de los ayuntamientos respectivos. También se cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

5 divulgarán estos edictos mediante la inserción de anuncios en la prensa provincial. En los municipios que a continuación se citan, al haberse establecido en sus ordenanzas fiscales una bonificación a favor de los sujetos pasivos que domicilien las deudas por este tributo en una entidad financiera, las liquidaciones que se cobren mediante esta modalidad tendrán la bonificación en cuota que también se indica: : ALARILLA (3%), ALBALATE DE ZORITA (3%), ALBARES, (3%), ALMOGUERA (3%), ALOVERA (3%), ARMUÑA DE TAJUÑA (3%), ATANZÓN (3%), BARRIOPEDRO (3%), BRIHUEGA (3%), CABANILLAS DEL CAMPO (5%), CASAR EL (3%), CASTILFORTE (3%), CENTENERA (3%), COGOLLOR (3%), CHILOECHES (5%), DRIEBES (3%), DURÓN (5%), FONTANAR (3%), FUENCEMILLAN (2%), FUENTELVIEJO (3%), HENCHE (3%), HORCHE (3%), HUMANES (5%), MALAGUILLA (3%), MASEGOSO DE TAJUÑA (3%), MONTARRON (4%), MORATILLA DE LOS MELEROS (3%), OLMEDA DE JADRAQUE (5%), OREA (3%), PASTRANA (3%), PIOZ (3%), POZO DE GUADALAJARA (3%), QUER (5%), RENERA (3%), ROBLEDILLO DE MOHERNANDO (3%), SAYATON (3%), TORIJA (5%), TÓRTOLA DE HENARES (3%), TORTUERO (4%), VALDEAVELLANO (3%), VALDECONCHA (3%), VALDEGRUDAS (3%), VALDERREBOLLO (3%), VALFERMOSO DE TAJUÑA (3%), VALVERDE DE LOS ARROYOS (3%), VIANA DE JADRAQUE (3%), y ZORITA DE LOS CANES (3%). A tal fin se remitirán por correo a los contribuyentes los recibos del mencionado Impuesto (salvo que se encuentre domiciliado el pago o que la cuota liquida del recibo sea inferior a 1 ), de acuerdo con el Anexo 2 del Cuaderno 60 del Consejo Superior Bancario, que se componen de dos ejemplares: el primero para el contribuyente, con poder liberatorio una vez validado mecánicamente o con sello y firma autorizada de la entidad colaboradora; y el segundo para la entidad colaboradora, que le servirá de justificante de la operación realizada. Mediante la presentación de dichos recibos, los contribuyentes podrán efectuar el pago del Impuesto, con independencia del municipio al que corresponda, mediante ingreso en efectivo o cargo en cuenta, durante los días y horas hábiles de ingreso, única exclusivamente en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras siguientes: CAIXABANK, S.A. IBERCAJA BANCO S.A.U CAJA RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA BBVA BANCO SANTANDER BANKIA Los contribuyentes que no reciban el juego de impresos o que los hubieren extraviado podrán solicitar una segunda copia en Servicio Provincial de Recaudación u oficinas de las zonas sitas en los municipios de Molina de Aragón, Sigüenza y Brihuega. Según lo previsto en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria se exigirán las deudas por el procedimiento de apremio, con los recargos, intereses de demora y gastos de procedimiento que correspondan. cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

6 A todos los efectos el Servicio Provincial de Recaudación se halla en Guadalajara (19004), calle Atienza, 4 (Centro San José) (teléfono: , fax: , correo electrónico: inforecaudacion@dguadalajara.es). Guadalajara, 20 de junio de LA DIPUTADA DELEGADA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Fdo: Ana Guarinos López DIPUTACION PROVINCIAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA ANUNCIO PROYECTO OBRAS CARRETERA GU-205 TRAMO DEL PK 0.00 AL PK Tomado en consideración el proyecto de obras de la carretera que a continuación se señala, por Resolución del Diputado-Delegado de Obras y Servicios num.: 1270 de fecha 27 de junio de 2017, se somete a información pública por el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia: - CARRETERA: GU DENOMINACIÓN: ENSANCHE DE LA CARRETERA GU-205 (TRAMO: DE PK A PK PRESUPUESTO: ,07 Euros. - PRESUPUESTO EXPROPIACIONES: 1.855,94 euros. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias de la Diputación Provincial, Servicio de Infraestructuras Provinciales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Dicho proyecto contienen la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos de necesaria expropiación, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 15, 17, 18 y 19 de la Ley de 16 de diciembre de de Expropiación Forzosa (LEF) y 16, 17 y 18 de su Reglamento (REF). Por lo que, simultáneamente, se abre información pública durante el plazo de quince días, en el que cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación. En este caso indicará los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

7 y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin que se persigue. En Guadalajara, a 27 de junio de EL DIPUTADO-DELEGADO DE OBRAS Y SERVICIOS. Fdo.: José Angel Parra Mínguez AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE ESPINOSA DE HENARES BASES PEÓN OPERARIO SERVICIOS MÚLTIPLES 2041 RESOLUCIÓN de veintiocho de junio de 2018 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Espinosa de Henares (Guadalajara), referente a la convocatoria y aprobación de las Bases del proceso selectivo para la provisión de una plaza de "Peón Operario de Servicios Múltiples", de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Espinosa de Henares y de una Bolsa de Trabajo para suplencias. El plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en los procesos selectivos será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado. En Espinosa de Henares, a 28 de junio de EL ALCALDE, Pedro Rubio Vaquero *** BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA SELECCIÓN POR CONCURSO- OPOSICION DE UN PUESTO DE TRABAJO DE PEÓN OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES COMO PERSONAL LABORAL FIJO Y CREACION DE BOLSA DE TRABAJO PARA SUPLENCIAS PRIMERA. Normas Generales Se convocan pruebas selectivas para la provisión de UNA PLAZA de PEÓN OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES, a jornada completa, en régimen de personal laboral fijo. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición de acceso libre. Así como proceder a la creación de una bolsa de trabajo a fin de cubrir de manera rápida y ágil el puesto cuando éste pudiera quedar vacante temporalmente a consecuencia de bajas por enfermedad, maternidad, sustituciones por vacaciones etc. Las funciones a realizar serán: 1.- Limpieza, mantenimiento y reparaciones de todo tipo de espacios públicos y edificios municipales, entre ellos el cementerio, dependencias municipales, vías cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

8 públicas, escuelas, polideportivo y demás edificios municipales. 2.- Control y mantenimiento de llaves, herramientas, máquinas y vehículos que se hallen en las dependencias municipales. 3.- Apertura y cierre de las dependencias municipales, así como de puertas y ventanas, luces, calefacción, aire acondicionado, etc., así como la preparación de salas, aulas u otras instalaciones. 4.- Colaboración en trabajos relacionados con fiestas, actividades culturales y deportivas y otros trabajos afines que le sean encomendados por la corporación municipal y sean necesarias por razón de servicio. 5.- Control, limpieza, reparaciones y mantenimiento de diversos servicios: Agua y alcantarillado (cloración, elevadores, redes, sumideros, depósito de abastecimiento, etc.). 6.- Colaboración con los servicios municipales en la recaudación de tasas, impuestos y exacciones, incluyendo la lectura de contadores de agua. 7.- Colaboración en la atención al público en las dependencias municipales, haciendo fotocopias, mostrando padrones, planos catastrales. 8.- Traslado, recepción entrega y recogida de enseres y documentos relacionados con la actividad del Ayuntamiento, tanto dentro como fuera del término municipal; depósito y recogida de correo. 9.- Colaboración en todo tipo de obras e instalaciones municipales que les sean encomendadas por la Alcaldía conforme a su categoría profesional tanto en inversión nueva y de reposición como de reparaciones, mantenimiento y conservación Entrega y recogida de herramientas municipales y control de determinados trabajos, bajo las órdenes del Alcalde, de las brigadas de trabajadores temporales del Ayuntamiento Cuidado de jardines y zonas de ocio así como acondicionamiento de los mismos con manejo del material necesario para el desempeño de tales funciones Enterrador La prestación de cualquier otro servicio propio de su función y que le sea encomendado por el Ayuntamiento y para el que reciba la instrucción correspondiente Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido. La modalidad del contrato es la de contrato laboral indefinido a tiempo completo, regulada por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

9 La jornada de trabajo será de 40 horas semanales, el horario que deberá realizar el trabajador seleccionado será el legalmente determinado por la Alcaldía en función de las necesidades del servicio, ajustándose a las necesidades del servicio, sin perjuicio de la distribución horaria establecida, incluyendo tardes, domingos y festivos. La plaza se halla dotada con las siguientes remuneraciones: agrupados en salario bruto, complementos y extras, sin perjuicio de las adaptaciones o modificaciones que se deriven de lo que establezca anualmente a través de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. Según lo dispuesto en el artículo 14 E.T. se establece un periodo de prueba de dos meses, durante los cuales la Alcaldía de este Ayuntamiento podrá dejar sin efecto el contrato, mediante Resolución motivada y contratar al siguiente aspirante de la bolsa por orden de puntuación, aplicándole también a éste lo establecido anteriormente sobre el período de prueba y así sucesivamente. SEGUNDA. Normativa aplicable La Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. El artículo 177 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. La Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local. Los artículos 21.1.g), 91, 103 y 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Los artículos 51 y 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes Para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 38 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, en relación con el artículo en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: a. Poseer la nacionalidad española o la de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 del Real cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

10 b. c. d. e. f. g. Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 39 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. Asimismo, podrán participar los extranjeros con residencia legal en España. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. No hallarse comprendido en ninguna de las causas de incompatibilidad o incapacidad establecidas en la legislación vigente para el personal al servicio de las Administraciones Públicas. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública. Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente, con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, la equivalencia u homologación de titulaciones deberá ser aportada por el aspirante, mediante certificación expedida al efecto, por el organismo oficial competente. Tener carnet de conducir tipo B en vigor, debiendo presentar fotocopia del mismo junto con la solicitud de admisión a la presente convocatoria. Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. Asimismo, deberán poseerse todos ellos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento. CUARTA. Forma, Plazo de Presentación de Instancias y Admisión de aspirantes Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su página web. La solicitud deberá ir acompañada por: - Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte. - Fotocopia de la titulación requerida y de carnet de conducir tipo B. - Documentos acreditativos de los méritos cuya valoración se pretende sea tenida en cuenta. - Declaración responsable de que el aspirante reúne todas las condiciones exigidas en estas Bases y, en concreto, de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

11 hallarse incapacitado mediante resolución judicial firme para el desempeño de empleo o cargo público. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía en el plazo máximo de un mes, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas. QUINTA. Comisión de Selección La Comisión de selección se ajustará a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público donde se establece que el personal de elección o designación política, los funcionario interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. Estará compuesta por cinco miembros, y sus respectivos suplentes: el Presidente, Secretario y tres vocales. La Comisión no podrá constituirse válidamente ni actuar sin la presencia al menos, de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones sobre las posibles incidencias que se produzcan se resolverán por mayorías de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente de la Comisión. Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, notificándolo a la Alcaldía-Presidencia. Los aspirantes podrán recusarlos, conforme establece el artículo 24 del citado cuerpo legal. Los miembros de la Comisión de selección serán designados por la Alcaldía y tendrá la siguiente composición: - Un Presidente, designado por la Alcaldía de este Ayuntamiento, entre funcionarios de carrera o personal laboral fijo, que cumplan con los requisitos de titulación. - Un Secretario, el del Ayuntamiento o funcionario que le sustituya. - Tres Vocales, designados por Alcaldía entre funcionarios de carrera o personal laboral fijo: Uno, a propuesta de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; uno, a propuesta de la Excma. Diputación Provincial; y, uno, a propuesta de cualquier Administración Pública. En caso de que no se propongan por dichas Administraciones la Alcaldía los designará libremente entre personal funcionario de carrera y laboral fijo de cualquier Administración Pública, conforme al EBEP. El Tribunal tendrá la categoría tercera, de conformidad con el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

12 cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal, acordado por mayoría de sus miembros. SEXTA. Sistema de Selección El procedimiento de Selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: a. b. Oposición. Concurso. La fase de la oposición supondrá el 66,6 % del total del sistema selectivo y la fase de concurso el 33,4 %. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir. El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal. El orden de actuación de los aspirantes será el determinado por la Resolución de 11/04/2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, según el resultado del sorteo al que al que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración del Estado (artículo 17 del Real Decreto 364/1995), que se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "Ñ". FASE DE OPOSICION: La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud eliminatoria y obligatoria para los aspirantes. 1º Prueba: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 30 preguntas, más 3 preguntas de reserva para posibles anulaciones, relativas a las materias contempladas en el Anexo II, con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solamente una de ellas será la correcta, durante el tiempo máximo de 40 minutos. El ejercicio se calificará de cero a diez puntos, se penalizará con -0,10 puntos por cada respuesta incorrecta, no puntuándose las respuestas no contestadas, siendo cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

13 necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para superarla. 2º Prueba: Consistirá en la ejecución de una actividad específica relacionada con las funciones a realizar en el puesto de trabajo: albañilería, mantenimiento de edificios, electricidad básica, redes de agua potable y alcantarillado, jardinería, limpieza viaria, cementerio, manejo de herramientas. La Comisión de selección explicará suficientemente esta prueba, con anterioridad a su inicio, quien además señalará el tiempo máximo para su realización. Esta prueba, que podrá constar de varias partes, y se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para superarla. FASE DE CONCURSO: Para sumar esta fase a la de Oposición deberán haberse superado las pruebas obligatorias de la fase oposición. Se valorarán los siguientes méritos, que deberán ser justificados por los aspirantes antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, hasta un máximo de 10 puntos: 1. Estar en posesión de la Tarjeta Profesional de la Construcción o cualquier otra titulación profesional, acorde a las tareas del puesto de trabajo que se va a desempeñar: 2 puntos. 2. Poseer un carnet de conducir superior al de clase B1: 2 puntos. 3. Cursos o seminarios y formación complementaria, impartidos por organismos públicos o concertados, relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo, de hasta 25 horas 0,20 puntos por cada uno; y de más de 25 y hasta 50 horas, 0,40 puntos, con un máximo de 2 puntos. 4. Por servicios prestados: En la Administración Local en plazas de carácter similar, 0,2 punto por mes trabajado, hasta un máximo de 2 puntos. En otras Administraciones en plazas de carácter similar, 0,1 punto por mes trabajado, hasta un máximo de 2 puntos. Los méritos alegados y no justificados con la documentación determinada en este punto no se valorarán. De acuerdo con este baremo, para cada mérito alegado se presentarán los siguientes documentos: a. Las titulaciones académicas se justificarán con el correspondiente título o, certificado de notas b. Los cursos de formación recibidos o impartidos con el certificado o diploma de asistencia o docencia y programa oficial de curso con indicación del número de horas lectivas. c. La experiencia en la Administración deberá justificarse mediante la aportación obligatoria de informe de vida laboral correspondiente, acompañada de certificación del órgano competente de la Administración Pública. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

14 d. proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. Estos documentos serán aportados junto con la solicitud. La experiencia en el sector privado deberá justificarse mediante la aportación obligatoria de informe de la vida laboral correspondiente, acompañada del certificado de empresa, que serán aportados junto con la solicitud. SÉPTIMA. Calificación final La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y los puntos obtenidos en la fase de concurso. Concluidos cada uno de los ejercicios la Comisión de selección hará públicas en el Tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Espinosa de Henares. Concluido el proceso selectivo la Comisión de selección hará público el resultado provisional. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días para presentar alegaciones, trascurridos los cuales la Comisión resolverá los que se hubieran presentado y hará pública la lista definitiva de resultados. El empate de la puntuación obtenida por 2 o más aspirantes se dirimirá a favor de aquel que hubiera obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición. De persistir el empate, por la puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición y, de persistir éste, se dirimirá por sorteo. OCTAVA. Relación de Aprobados, Presentación de Documentos y Formalización del Contrato Concluidas las pruebas y resueltas las alegaciones, la Comisión de selección elevará al órgano competente la propuesta con el candidato con mayor puntuación, para la formalización del contrato, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho. El contrato llevará implícito un periodo de prueba de 3 meses conforme a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores con las condiciones establecidas en el mismo. El órgano competente procederá a la formalización del contrato previa justificación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Y en tal sentido, el aspirante seleccionado, deberá aportar dentro de los diez días siguientes a la publicación de las listas con el resultado definitivo de la calificación final: a. Declaración de no hallarse comprendido en los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para ser contratado por este Ayuntamiento. b. Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. c. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones del puesto. d. Titulación exigida en la convocatoria debidamente compulsada. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

15 presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación, llamando al candidato siguiente. De igual forma de procederá en caso de renuncia, o en caso de producirse vacante posterior, para lo cual la relación de aspirantes que hayan superado las pruebas, con el orden de puntuación obtenida funcionará como bolsa de trabajo. La participación en el proceso selectivo no confiere derecho a ser contratado. Si el interesado no firmara el contrato, perderá todos los derechos derivados de este procedimiento selectivo. NOVENA. Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo La gestión de esta Bolsa de Trabajo se regirá por las reglas establecidas en el artículo 48 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo de Empleo Público de Castilla-La Mancha y, supletoriamente, por los artículos 10 y ss. del Decreto 40/2005, de 19 de abril. Los aspirantes integrarán la Bolsa de trabajo por orden de puntuación, de mayor a menor y serán llamados a ocupar el puesto para sustituciones, suplencias, vacantes, etc. La Bolsa tendrá vigencia con carácter rotativo hasta que se cree una nueva bolsa de trabajo resultante de un proceso selectivo o de su renovación. DÉCIMA. Incidencias En lo no previsto en las presentes bases, será de aplicación lo regulado en la Ley 4/2011 de 10 de marzo de Empleo Público en Castilla-La Mancha, el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, con carácter supletorio. El Tribunal está facultado, durante todo el proceso selectivo, para adoptar resoluciones, criterios y medidas para el buen desarrollo del procedimiento de selección con relación a aquellos aspectos no regulados en la presente convocatoria o en la Legislación Vigente. En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá las cuestiones que surjan en la aplicación de las normas establecidas en estas bases. La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los/las interesados/as en los casos y forma establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

16 ANEXO I MODELO DE SOLICITUD D/Dª...., con D.N.I. nº..., y domicilio a efectos de notificación en el municipio de...., calle...., nº, y teléfono móvil y correo electrónico:... EXPONE PRIMERO.- Que habiendo sido convocado proceso selectivo para PEÓN OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES, del Ayuntamiento de Espinosa de Henares mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, número.. de fecha... SEGUNDO.- DECLARO: BAJO JURAMENTO Y MI RESPONSABILIDAD: Que he leído las presentes Bases de esta Convocatoria y dispongo de plena capacidad de obrar en el ámbito de la contratación y el empleo público, no estando incurso en causa alguna de incapacidad, o incompatibilidad, no he sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni estoy inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas o funciones similares en el caso del personal laboral.- Asimismo, acepto y cumplo a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, todas y cada una de las bases que componen la presente Convocatoria. TERCERO.- Que para acreditar los méritos señalados en la Base Novena, adjunta: - Fotocopia compulsada del DNI. -Titulaciones exigidas - Documentación acreditativa de los méritos requeridos, para su valoración. Por todo ello, SOLICITA que se admita esta solicitud para el proceso de selección y Bolsa de trabajo indicada. En, a de.de El solicitante, Fdo.:.. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Espinosa de Henares (Guadalajara).- cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

17 ANEXO II TEMARIO OPOSICIÓN Tema 1: La Constitución Española de Estructura y Principios Generales. Tema 2: La organización Territorial del Estado. El Municipio. Órganos de Gobierno Municipal. Funcionamiento y Competencias. Tema 3: El Personal al Servicio de la Administración Local: Deberes y Derechos. Tema 4: Funciones del operario de Servicios múltiples. Tema 5: Herramientas habituales de trabajo. Tema 6: Mantenimiento de jardines. Compostaje. Tema 7: Redes Locales de Abastecimiento y Saneamiento. Tema 8: Construcción. Conocimientos Generales. Tema 9: Mantenimiento de edificios e instalaciones municipales. Tema 10: Nociones Básicas de Seguridad e higiene en el Trabajo. Tema 11: Operaciones Aritméticas. AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL M.C. NÚM El Pleno del Ayuntamiento de Chiloeches, en sesión extraordinaria celebrada el 26 de junio de 2018 acordó la aprobación inicial del expediente n.º 667/2018, de modificación de créditos n.º 5/2018, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, por importe total de ,40 euros, con destino a obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto y a inversiones financieramente sostenibles y financiado con el superávit presupuestario. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo por remisión del del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

18 este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. En Chiloeches, 27 de junio de 2018 El Alcalde, Fdo.: Juan Andrés García Torrubiano AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL M.C. NÚM El Pleno del Ayuntamiento de Chiloeches, en sesión extraordinaria celebrada el 26 de junio de 2018 acordó la aprobación inicial del expediente n.º 697/2018, de modificación de créditos n.º 6/2018, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, por importe total de ,05 euros, financiado con cargo Remanente líquido de tesorería para gastos generales. La modificación de crédito implica una modificación de la base de ejecución trigésimo primera, punto primero, otorgamiento de subvenciones. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo por remisión del del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Chiloeches, 27 de junio de 2018 El Alcalde, Fdo.: Juan Andrés García Torrubiano cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

19 AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES ANUNCIO DEDICACIÓN PARCIAL MIEMBRO DE LA CORPORACIÓN 2044 De conformidad con el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local se hace público el acuerdo plenario en sesión celebrada el día 26 de junio de 2018 referente a retribución de cargo con dedicación parcial y régimen de dedicación. «SEGUNDO.- Expediente 698/2018. Dedicación parcial miembro de la Corporación. Aquellos miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial, desarrollando actividades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, asumiendo la Corporación las cargas sociales a cargo de la empresa. En los acuerdos plenarios de determinación de los cargos que lleven aparejada dedicación parcial, se fijarán las retribuciones de los mismos y el régimen de dedicación mínima necesaria para la percepción de dichas retribuciones. Las retribuciones a percibir por los cargos públicos deberán consignarse en los presupuestos de las Corporaciones locales y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Edictos, conforme establece el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local (LBRL). El volumen de servicios, actividades y expedientes de diversa naturaleza en esta Corporación hacen necesario, para su adecuado seguimiento y atención específica, que diversos miembros del equipo de gobierno desempeñen su cargo en régimen de dedicación parcial y/o exclusiva. Considerando lo dispuesto en los artículos 73.3 y 75 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local (LRBRL), en los artículos 23 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre (ROF), y normas concordantes y generales de aplicación. Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Asuntos Generales, por seis votos a favor (5 Ahora Chiloeches y 1 PSOE) y tres votos en contra (3 PP) se ADOPTA el siguiente ACUERDO: PRIMERO. Será desempeñado en régimen de dedicación parcial con las retribuciones brutas anuales que se indican, el cargo de Primera Teniente de Alcalde, Concejala de Educación y Cultura, Servicios Sociales y Cooperación cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

20 Internacional, además de las previsibles representaciones en otros organismos en los que el Ayuntamiento forma parte; Retribución anual: ; pagaderos en 14 mensualidades. El régimen de la parcialidad se determina en un 75 % de la jornada. Se solicitará ante la Tesorería General de la Seguridad Social la afiliación y/o alta. SEGUNDO. Las indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de los distintos cargos se regularán por las reglas de aplicación general en las Administraciones públicas, constituidas por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, en la categoría de Grupo 2. Determinando aplicable a los gastos de locomoción los desplazamientos dentro del término municipal. TERCERO. Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia el Acuerdo del Pleno, a los efectos de su general conocimiento. CUARTO. Notificar dicho Acuerdo a los interesados y al Servicio de personal e intervención para su conocimiento y efectos.». Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [ En Chiloeches, 27 de junio de 2018 El Alcalde AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE VIANA DE JADRAQUE PRESUPUESTO GENERAL Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2018 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos: cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

21 ESTADO DE GASTOS A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 51500,97 A.1. OPERACIONES CORRIENTES CAPÍTULO 1: Gastos de Personal 12617,80 CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios 13962,97 CAPÍTULO 3: Gastos Financieros 50 CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes 4230 A.2. OPERACIONES DE CAPITAL CAPÍTULO 6: Inversiones Reales 17536,52 CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital 3103,68 B) OPERACIONES FINANCIERAS 0,00 CAPÍTULO 8: Activos Financieros 0,00 CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros 0,00 TOTAL: 51500,97 ESTADO DE INGRESOS A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 52110,77 A.1. OPERACIONES CORRIENTES CAPÍTULO 1: Impuestos Directos 20509,02 CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos 2186,47 CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos 18716,07 CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes 10184,21 CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales 515 A.2. OPERACIONES DE CAPITAL 0,00 CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales 0,00 CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital 0,00 B) OPERACIONES FINANCIERAS 0,00 CAPÍTULO 8: Activos Financieros 0,00 CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros 0,00 TOTAL: 52110,77 CATEGORÍA-GRUPO Funcionario PUESTOS DE TRABAJO Secretario Interventor en acumulación al estar eximido de su mantenimiento Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

22 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción. Viana de Jadraque, 27 de junio de 2018.Fdo.El Alcalde. AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE MORENILLA APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO EDICTO Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento el Presupuesto General para el ejercicio 2018, se anuncia que estará de manifiesto al público, en la Secretaría de este Ayuntamiento, por espacio de QUINCE días contados a partir del siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, durante cuyo plazo podrán presentarse contra el mismo, en dicha dependencia, las reclamaciones que se estimen convenientes. Si no se produjera ninguna reclamación el Presupuesto quedará definitivamente aprobado por haberlo dispuesto así el Acuerdo de aprobación inicial. En Morenilla, a 27 de junio de 2018 EL ALCALDE Fdo. Vicente Pérez Pascual AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE MEGINA CUENTA GENERAL E D I C T O Rendidas las Cuentas Generales del Presupuesto y de Administración del Patrimonio, correspondientes al ejercicio de 2017, e informadas debidamente por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad, en cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

23 Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedan expuestas al público en la Secretaría de esta Entidad, por plazo de quince días hábiles, para que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados presentar por escrito los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes. En Megina, a 26 de junio de 2018.EL ALCALDE-PRESIDENTE AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE JADRAQUE PLAN DE EMPLEO Aprobada mediante Resolución de Alcaldía número , la Convocatoria para La contratación de 2 personas desempleadas, dentro del Plan de Empleo 2018 del Ayuntamiento de Jadraque, Proyecto Regeneración de espacios verdes, en el marco de la Orden 60/2018, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, reguladora de las Bases para la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciada por el Fondo Social Europeo (DOCM nº 82, de 27/04/2018) y la Resolución de 22/05/2018, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se convocan para el ejercicio 2018, las subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciada por el Fondo Social Europeo (DOCM n.º 103, de 28/05/2018), se publica el texto íntegro que también podrá consultarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Jadraque y en la página web del Ayuntamiento Jadraque, 26 de Junio de El Alcalde, Alberto Domínguez Luis PLAN DE EMPLEO 2018, PROYECTO: REGENERACIÓN DE ESPACIOS VERDES BASES REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL MARCO DE LA ORDEN 60/2018 DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO, COFINANCIADA POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, DIPUTACIÓN DE GUADALAJARA Y AYUNTAMIENTO DE JADRAQUE, CORRESPONDIENTE AL PROYECTO DE REGENERACIÓN DE ESPACIOS VERDES. PRIMERA. Objeto de la convocatoria El objeto de las presentes bases es regular la convocatoria para la contratación de 2 trabajadores, en el marco de la Orden 60/2018, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, reguladora de las bases para la concesión de subvenciones a cve B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 125 fecha: lunes, 02 de Julio de

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