Iniciativa de Ley del Instituto para la Evaluación de la Educación de Sinaloa.
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- Raúl Gabriel Padilla Franco
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1 Unidad de Estudios Económicos y Financieros H. Congreso del Estado de Sinaloa Iniciativa de Ley del Instituto para la Evaluación de la Educación de Sinaloa. Presentada el 26 de febrero de 2014 Por el Dip. Héctor Melesio Cuén Ojeda, María del Rosario Sánchez Zataráin y Robespierre Lizárraga Otero, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Sinaloense. Abril 2015
2 En los artículos 24 al 39 de la Iniciativa de Ley del Instituto para la Evaluación de la Educación de Sinaloa, se plantea la creación de la siguiente estructura.
3 Estructura Orgánica del Instituto JUNTA PRESIDENTE CONTROL INTERNO ÓRGANOS COLEGIADOS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
4 El costo de la estructura organizacional propuesta, se formula a partir de la siguiente: Premisa.- El monto del impacto total anual estimado en el gasto debe ser equivalente a lo establecido como fuente de financiamiento, para cumplir con los principios de equilibrio presupuestario y responsabilidad fiscal.
5 Atribuciones
6 J u n t a I. Expedir a propuesta del Presidente, el Estatuto, los manuales de organización y de procedimientos, así como las demás normas de aplicación general necesarias para el funcionamiento y operación del Instituto. II. III. IV. Nombrar, a propuesta del Presidente, al Secretario Técnico, quien también fungirá como secretario de la Conferencia; Aprobar, a propuesta del Presidente, el proyecto de presupuesto del Instituto que se someterá al pleno del Congreso del Estado dentro del presupuesto estatal del ejercicio fiscal correspondiente; Aprobar, a propuesta del Presidente, los programas anual y de mediano plazo del Instituto, así como los objetivos, proyectos, metas y acciones de las unidades administrativas y conocer los informes de desempeño de éstas; V. Aprobar los proyectos y acciones para el cumplimiento del objeto del Instituto y para la colaboración y coordinación con las autoridades educativas; VI. VII. Aprobar los instrumentos, lineamientos, directrices, criterios y demás medidas y actos jurídicos a los que se refiere esta Ley; Establecer los mecanismos para la coordinación y funcionamiento del Sistema Estatal de Evaluación Educativa; VIII. Constituir mecanismos de interlocución con autoridades educativas para analizar los alcances e implicaciones de los resultados de las evaluaciones, así como las directrices que de ellos se deriven; IX. Establecer los criterios para procesar, interpretar y difundir de manera oportuna y transparente la información que se obtenga de los procesos de evaluación;
7 X. Aprobar los proyectos de medición y evaluación que correspondan a componentes, procesos o resultados del Sistema Educativo Estatal, en el ámbito de su competencia; XI. XII. XIII. Determinar y aprobar el contenido del informe anual de la gestión del Instituto, el cual deberá presentarse con la información correspondiente al ejercicio fiscal; Determinar y aprobar el contenido del informe anual por ciclo lectivo sobre el estado que guardan los componentes, procesos y resultados del Sistema Educativo Estatal; Aprobar las bases para establecer los vínculos necesarios para formalizar la participación, colaboración y coordinación en materia de evaluación educativa con las autoridades educativas, instituciones académicas y de investigación, organizaciones estatales, nacionales y extranjeras, así como con organismos nacionales e internacionales; XIV. Conocer y, en su caso, aprobar el informe y evaluación anual que, respecto de su gestión, rinda su Presidente ante la Comisión de Educación y Cultura del Congreso del Estado; XV. Aprobar los actos jurídicos de coordinación y colaboración a que se refiere la presente Ley; XVI. Designar, a propuesta del Presidente, a los titulares de las unidades administrativas previstas en el reglamento, así como de la Contraloría Interna; XVII. Aprobar las políticas y normas para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales del Instituto, con apego a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; XVIII. Desahogar los asuntos relacionados con la aplicación de esta Ley, que sometan a su consideración sus integrantes;
8 XIX. Conocer y aprobar, en su caso, los estados financieros respecto del ejercicio fiscal del Instituto, autorizar su publicación, así como el dictamen del Contralor Interno; XX. Emitir las normas y procedimientos para la regulación del servicio profesional al interior del Instituto; XXI. Declarar la nulidad de los procesos y resultados de las evaluaciones que no se sujetan a los lineamientos que expida el Instituto, previa audiencia que se conceda a la autoridad educativa responsable para que manifieste lo que a su derecho convenga; y XXII. Las demás que confiera esta Ley y otras disposiciones aplicables.
9 Presidente I. Tener a su cargo la administración del Instituto; II. III. IV. Representar legalmente al Instituto y otorgar, sustituir y revocar poderes para pleitos y cobranzas, de conformidad con las disposiciones aplicables y previa autorización de la Junta; Convocar y conducir las sesiones de la Junta, así como acatar y hacer cumplir los acuerdos de la misma; Convocar y conducir las sesiones de la Conferencia V. Celebrar los actos jurídicos que al efecto resulten necesarios para la colaboración y coordinación con las autoridades educativas u otras personas físicas o morales previo acuerdo de la Junta; VI. VII. Presentar a la Junta, para su aprobación, el Estatuto, los manuales de organización y de procedimientos, así como las demás normas de aplicación general necesarias para el funcionamiento y operación del Instituto; Proponer a la Junta, para su designación, a los titulares de las unidades administrativas previstas en el reglamento y de la Contraloría Interna; VIII. Proponer a la Junta, para su aprobación, los programas anual y de mediano plazo del Instituto, así como los objetivos, programas, metas y acciones de las unidades administrativas del Instituto y los informes de desempeño de éstas; IX. Elaborar y presentar a la Junta para su aprobación, el proyecto de presupuesto del Instituto. X. Enviar con la oportunidad requerida a la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno del Estado, el proyecto de presupuesto del Instituto aprobado por la Junta, en los términos de la Ley de la materia.
10 XI. Coordinar la integración del informe anual respecto del estado que guardan los componentes, procesos y resultados del Sistema Educativo Estatal; XII. XIII. Presentar al Congreso de la Unión, a la Conferencia y a la sociedad en general, el informe anual a que se refiere la fracción anterior, aprobado por la Junta. Presentar anualmente a la Junta, dentro de los sesenta días siguientes a la conclusión del ejercicio fiscal, un informe de la gestión y de los estados financieros del Instituto; XIV. Recibir del Contralor Interno los informes de las revisiones y auditorías que se realicen para verificar la correcta y legal aplicación de los recursos y bienes del Instituto, así como hacerlos del conocimiento a la Junta, y XV. Las demás que resulten de esta Ley, del reglamento y de otras disposiciones aplicables.
11 Contralor Interno XI. XII. XIII. Vigilar que las erogaciones y gastos del Instituto se ajusten al presupuesto autorizado y se ejerza en términos de la normativa aplicable. Vigilar y supervisar que los servidores públicos del Instituto cumplan con las normas y disposiciones en material administrativa, de sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de persona, contratación de servicios y adquisiciones; Realizar auditorías de desempeño, con las que se evaluará el resultado del plan de trabajo y el logro de los objetivos y metas aprobados por la Junta; XIV. Practicar auditorías económico financieras, que comprenderán el examen de las transacciones, operaciones y registros financieros, para determinar si la información que se produce al respecto es confiable y oportuna; XV. Promover y sugerir en el ámbito de su competencia, la aplicación de medidas o programas que contribuyan a mejorar, agilizar o modernizar aquellos procesos, sistemas o procedimientos de carácter administrativo que permitan un flujo más eficiente de los recursos presupuestarios, así como una administración de los recursos humanos, materiales y técnicos; XVI. Recibir y atender las quejas y denuncias en contra de los servidores públicos del Instituto, derivadas de inconformidades en materia de adquisiciones, así como realizar los procedimientos correspondientes, turnándolos en su caso, a la Auditoría Superior de la Federación para los efectos a que haya lugar, debiendo informar a la Junta lo conducente; XVII. Recibir y registrar las declaraciones patrimoniales que deban presentar los servidores públicos del Instituto, así como, verificar y practicar las investigaciones que fueran pertinentes de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y las disposiciones reglamentarias aplicables; y XVIII. Las demás que le confieran las disposiciones aplicables.
12 Propuesta de Presupuesto Concepto Monto Servicios Personales $ 8 334, Servicios Generales 1 170, Materiales y Suministros 502, Bienes Muebles e Inmuebles 1 545, Pasajes, viáticos y gastos de presentación 240, Total $11,792,827.99
13 Servicios Personales No. Categoría Ingreso Nominal Bruto 1 Presidente $ 583, Consejeros 4 770, Contralor Interno 376, Asistente A 2 092, Total 3 Secretarias $37,530, , Personal de limpieza 168, Total $8 334,708.76
14 Servicios Generales No. Concepto Monto Mantenimiento de Equipo de Transporte $ 180, Mantenimiento de Equipo de Cómputo 18, Mantenimiento de Aire Acondicionado 15, Mantenimiento de Oficina 42, Seguros de Vehículos 30, Seguro de oficina 15, Renta de Local 540, Servicio de Agua 18, Servicio de Luz 180, Servicio de Teléfono e Internet 120, Tenencia y Placas 12, Total $ 1 170,306.39
15 Materiales y Suministros Concepto Monto Papelería y utensilios de oficina $ 342, Suscripciones 10, Consumibles y Lubricantes 108, Artículos de limpieza 42, Total $ 502,000.00
16 Bienes Muebles e Inmuebles No. Concepto Costo Unitario Monto 25 Equipo de Cómputo $ 14, $ 372, Equipo de Aire Acondicionado 200, , Impresoras 3, , Escritorios de Oficina 4, , Sillas Secretariales 1, , Sillón Ejecutivo 2, , Teléfono 2, , Archivero metálico 5, , Sillas 1, , Mesa Redonda 2, , Libreros 4, , Vehículos 180, , Nobreak 1, , Total 1 545,812.84
17 TABULADOR DE SUELDOS DESCRIPCIÓN DEL PUESTO PERCEPCIÓN MENSUAL BRUTA PRESIDENTE $ 41, CONSEJEROS 37, CONTRALOR INTERNO 26, ASISTENTE A 13, SECRETARIA 8, LIMPIEZA 4, Fuente: Secretaria de Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Sinaloa
18 Conclusión En virtud que los presupuestos se vuelven irreductibles, y las fuentes de ingresos no crecen en la misma proporción que los gastos, la creación de nuevas figuras institucionales traen consigo creación de plazas, aumento en servicios personales, materiales y suministros y servicios generales necesarios para la operación, con lo cual se acelera el crecimiento del gasto operativo en un mayor porcentaje que el gasto en inversión. Por lo tanto, el costo presupuestal que tendrá la implementación de esta nueva estructura organizativa en el presupuesto de egresos en el Gobierno del Estado de Sinaloa será de: $11 792, Sin embargo, los programas que contempla, son enunciativos y no nos proporciona elementos para costearlos. Por lo tanto el presente presupuesto se verá incrementado al momento en que se tengan que llevar a cabo los proyectos enunciados. Con esta nueva política presupuestaria para el ejercicio 2016, los presupuesto parten de cero y son únicamente para las estructuras y programas ya establecidos; que deberán ser recortados al máximo, por lo que esta propuesta de corto y mediano plazo no es viable. Tomando en consideración los pre-criterios de la SHCP para elaborar y ajustar el presupuesto base cero, para el 2015 y 2016, enviados a la Cámara de Diputados, con fecha 31 de Marzo del 2015, en donde se contempla para este año un recorte de 124 mil millones de pesos, y para el 2016 un ajuste al gasto de 135 mil millones de pesos.
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