Unidad de Estudios Económicos y Financieros
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- Domingo Contreras Franco
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1 Unidad de Estudios Económicos y Financieros Iniciativa de Ley que establece el Derecho a contar con una Beca para los jóvenes residentes en el Estado de Sinaloa, que estudien en los planteles de Educación Media Superior y Superior del Gobierno del Estado de Sinaloa. Presentada el 09 de Septiembre Por: El Ciudadano Fernando Pucheta Sánchez (PRI). Mayo 2015
2 El costo de la estructura organizacional propuesta, se formula a partir de la siguiente: Premisa.- El monto del impacto total anual estimado en el gasto debe ser equivalente a lo establecido como fuente de financiamiento, para cumplir con los principios de equilibrio presupuestario y responsabilidad fiscal.
3 En los artículos 1 al 8, se plantea la creación de la Iniciativa de Ley que establece el Derecho a contar con una Beca para los jóvenes residentes en el Estado de Sinaloa, que estudien en los planteles de Educación Media Superior y Superior del Gobierno del Estado de Sinaloa.
4 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Las características socioeconómicas de una sociedad, son el reflejo de la educación recibida desde los primeros años de edad y reforzada en la juventud, etapa de la vida en la que se aceptan los grandes desafíos. Las etapas de formación medio superior y superior, son en las que se prepara al joven estudiante hacia la vida profesional, esta etapa se desarrolla principalmente entre los 15 y los 23 años, edad en la que toman las decisiones que marcarán la vida futura del estudiante, en la que se aceptan los grandes desafíos o se abandonan. Por ello, nos preocupa el alto índice de reprobación, deserción escolar y de eficiencia terminal de estos jóvenes en Sinaloa. El Plan Estatal de Desarrollo para el Estado de Sinaloa, señala que en bachillerato la deserción es del 15% y la eficiencia terminal del 64.9%. Asimismo, señala que de cien alumnos que ingresan a primaria, solo once logran obtener el título profesional. Estos indicadores dejan claro el grave problema al que se enfrenta el sistema educativo estatal, pues ubica a Sinaloa en un nivel desfavorable en comparación con los promedios nacionales. Para mejorar esos estándares es necesario que tengamos la capacidad de admisión de todos los jóvenes que desean ingresar a la educación media superior y superior, impulsar además que desarrollen sus capacidades intelectuales, deportivas y/o artísticas, capacidades de integración y compromiso a la sociedad, buscando que la educación sea para ellos el espacio en el que encuentran una razón de compromiso personal y social.
5 Pero también es fundamental otorgarles apoyos económicos que les permitan solventar sus necesidades más apremiantes en estas etapas educativas y que les ayuden a concluir sus estudios. Las Autoridades educativas en el Estado y el Ejecutivo como órgano rector de la educación en la Entidad deben garantizar la oportunidad a cada joven a cursar la educación media superior y superior en Sinaloa, por ello propongo el siguiente: DECRETO No. ARTÍCULO ÚNICO: Se expide la Ley de becas para jóvenes residentes en el Estado de Sinaloa, que estudien en los planteles de educación media superior y superior del gobierno del estado de Sinaloa. LEY DE BECAS PARA JOVENES RESIDENTES EN EL ESTADO DE SINALOA, QUE ESTUDIEN EN LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo Io.- Los jóvenes residentes en el Estado de Sinaloa, que estudien en los planteles de educación Media Superior y Superior del Gobierno del Estado de Sinaloa, tendrán derecho a recibir de parte de estas Instituciones, una Beca no menor a medio salario mínimo mensual vigente en el Estado. Artículo 2.- Tendrán derecho a la Beca a la que se refiere el artículo anterior, los y las jóvenes que residan en el Estado de Sinaloa y cumplan con los siguientes requisitos:
6 I. Estar inscrito en los planteles de educación Media Superior y Superior del Gobierno del Estado de Sinaloa. II. III. IV. Ser alumno regular de acuerdo con los planes y programas de estudio. Acreditar la residencia en la entidad, comprobable. No contar con apoyo económico de otras Instituciones públicas o privadas. V. Haber alcanzado un promedio mínimo de calificación de 8 o su equivalente utilizando una escala del 0 al 10. VI. Provenir de familias cuyo ingreso familiar sea igual o menor a tres salarios mínimos mensuales vigentes en el Estado de Sinaloa. Las autoridades en los planteles de educación Media Superior y Superior deberán revisar previo otorgamiento de la Beca, la documentación necesaria en un plazo no mayor de treinta días hábiles. Artículo 3.- Todos los planteles de educación Media Superior y Superior, deberán elaborar y actualizar anualmente el padrón de beneficiarios, el cual será remitido por la Secretaria Educación Pública y Cultura del Estado de Sinaloa. Artículo 4.- El Ejecutivo estatal deberá incluir en el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa, la asignación que garantice, efectivamente, el derecho a este apoyo económico para los jóvenes. Así mismo, el Ejecutivo estatal, deberá garantizar el pago oportuno de las obligaciones a las que se refiere esta Ley.
7 Artículo 5.- El Ejecutivo estatal en Sinaloa deberá aprobar, en el Decreto de Presupuesto Anual, el monto suficiente para hacer efectivo este derecho. Artículo 6.- La forma como se hará valer la Beca, la verificación de la residencia, la elaboración y actualización permanente del padrón de beneficiarios y demás requisitos y procedimientos necesarios para el ejercicio del derecho establecido en esta Ley, se fijara en el reglamento correspondiente, cumpliendo con los plazos establecidos. CAPÍTULO II SANCIONES Artículo 7.- Los servidores públicos, responsables de la ejecución de esta Ley, que no cumplan con la obligación de actuar con apego a los principios de igualdad e imparcialidad, incurrirán en falta grave y serán sancionados conforme a los ordenamientos legales aplicables. Así mismo, los servidores públicos no podrán en ningún caso condicionar o negar el otorgamiento del apoyo económico a los estudiantes que cumplan con los requisitos señalados en la presente Ley, ni podrán emplearlo para hacer proselitismo partidista, en caso contrario, serán sancionados de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior. Artículo 8.- La persona que para solicitar o conservar el apoyo económico proporcione información y/o documentación falsa, pagará una multa equivalente a los 50 días de salario mínimo vigente en el Estado.
8 TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente decreto entrara en vigor a partir del día siguiente de publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". SEGUNDO.- En tanto no se expida el Reglamento de la presente Ley, el procedimiento para tener el derecho a recibir la Beca seguirá los mismos pasos establecidos y practicados en los diversos programas que con el mismo fin tiene a su cargo el Gobierno del Estado de Sinaloa. Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil catorce.
9 Beca para los Estudiantes Educación Media Superior y Superior No. De Estudiantes Categoría Apoyo Económico mensual Apoyo Económico Anual 127, ,706 Jóvenes residentes en el Estado de Sinaloa que estudien en los planteles de educación Media Superior tendrán derecho a recibir una Beca no menor a medio salario mínimo.* Jóvenes residentes en el Estado de Sinaloa que estudien en los planteles de educación Superior tendrán derecho a recibir una Beca no menor a medio salario mínimo. ** $ , $ , ,363, ,304 Total $ , $ , Artículo 1.- Las Jóvenes residentes en el Estado de Sinaloa, que estudien en los planteles de educación Media Superior y Superior del Gobierno del Estado de Sinaloa, tendrán derecho a recibir de parte de estas instituciones, una Beca no menor a medio salario mínimo mensual vigente en el Estado. Salario mínimo diario $68.28 * Fuente: INEGI 2013/14 **Fuente: INEGI 2012/13
10 Conclusión El costo presupuestal que tendrá la implementación de esta nueva estructura organizativa en el presupuesto de egresos en el Gobierno del Estado de Sinaloa será de $ , El número de jóvenes residentes en el Estado de Sinaloa, que estudian en los planteles de educación Media Superior es de 127, 598 alumnos y de 116,706 para educación Superior danto un toral de 244,304 estudiantes que tendrán derecho a recibir de parte de estas instituciones, una Beca no menor a medio salario mínimo mensual vigente en el Estado. Con esta nueva política presupuestaria para el ejercicio 2016, los presupuestos parten de cero y son únicamente para las estructuras y programas ya establecidos; que deberán ser recortados al máximo, por lo que esta propuesta de corto y mediano plazo no es viable. Tomando en consideración los precriterios de la SHCP para elaborar y ajustar el presupuesto base cero, para el 2015 y 2016, enviados a la Cámara de Diputados, con fecha 31 de Marzo del 2015, en donde se contempla para este año un recorte de 124 mil millones de pesos, y para el 2016 un ajuste al gasto de 135 mil millones de pesos.
11 LXI Legislatura H. Congreso del Estado de Sinaloa Unidad de Estudios Económicos y Financieros
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