REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DE LA CARRERA DE DERECHO, SACDUAA A.C.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DE LA CARRERA DE DERECHO, SACDUAA A.C."

Transcripción

1 REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DE LA CARRERA DE DERECHO, SACDUAA A.C. TITULO UNICO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto regular el proceso electoral de la renovación de la Asamblea General de Asociados de la Sociedad de Alumnos de la Carrera de Derecho, SACDUAA A.C. Artículo 2. Los procesos internos para la elección de la Asamblea General de Asociados; se regirán por lo dispuesto en el presente Reglamento y su respectiva convocatoria, bajo los principios democráticos de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, equidad, objetividad y transparencia, garantizando así, lo dispuesto por su Estatuto. Artículo 3. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por: I. Estatutos: Estatutos de la Sociedad de Alumnos de la Carrera de Derecho de la Universidad Autónoma de Aguascalientes II. Convocatoria: Convocatoria para la renovación de la Asamblea General de Asociados de la Sociedad de Alumnos de la Carrera de Derecho. III. Planilla: Grupo de alumnos que pretenden postularse para desempeñar un cargo estudiantil IV. Comité Electoral: Comité Electoral de la Sociedad de Alumnos de la Carrera de Derecho. V. Comité Directivo: Comité Directivo de la Sociedad de Alumnos de la Carrera de Derecho VI. Alumno: alumno inscrito en la carrera de derecho de la Universidad Autónoma de Aguascalientes.

2 Artículo 4. Durante el proceso electoral de la Asamblea General de Asociados, todos los días y horas son hábiles. CAPITULO II DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 5. El Comité Electoral es un órgano autónomo y tiene como finalidad, la celebración y calificación de los comicios que elijan a los miembros de la asamblea general de asociados, y las demás funciones que se susciten para asegurar el debido cumplimiento de su objeto. En el ejercicio de esta función académica, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores. Artículo 6. El Comité Electoral será dirigido, representado y administrado por: I. Un representante de la sociedad de alumnos de la carrera de derecho de la universidad autónoma de Aguascalientes; II. Un representante de cada planilla que contienda por el Consejo Directivo de la sociedad de alumnos de la carrera de derecho de la universidad autónoma de Aguascalientes; III. Un representante elegido por los grupos de primer y segundo semestre de la licenciatura en derecho de la universidad autónoma de Aguascalientes; IV. Un representante elegido por los grupos de tercero y cuarto semestre de la licenciatura en derecho de la universidad autónoma de Aguascalientes; V. Un representante elegido por los grupos de quinto y sexto semestre de la licenciatura en derecho de la universidad autónoma de Aguascalientes; VI. Un representante elegido por los grupos de séptimo y octavo semestre de la licenciatura en derecho de la universidad autónoma de Aguascalientes; VII. Un representante elegido por los grupos de noveno y décimo semestre de la licenciatura en derecho de la universidad autónoma de Aguascalientes; VIII. En caso de que sea par la suma de los alumnos mencionados en las fracciones anteriores, por otro representante de la sociedad de alumnos de la carrera de derecho de la universidad autónoma de Aguascalientes

3 Los miembros del Comité Electoral tendrán voz y voto en las sesiones que celebren, excepto los representantes de las planillas contendientes por el Consejo Directivo de la sociedad de alumnos de la carrera de derecho de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, quienes solo tendrán voz. Artículo 7. Son fines del Comité Electoral. I. Contribuir al desarrollo de la vida democrática en el ámbito estudiantil, a través de las normas y principios que establece el presente reglamento y su Estatuto. II. Velar por la autenticidad y efectividad del sufragio. III. Garantizar, aplicar y fomentar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de los alumnos, en los términos estatutarios. IV. Llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión cívica y la cultura democrática académica. V. Cualquier otra función que resulte necesaria para el debido cumplimiento de su objeto. Artículo 8. El comité Electoral tendrá las siguientes atribuciones: I. Establecer las reglas y lineamientos del proceso electoral, conforme a las normas y principios que previene el Estatuto, la convocatoria y el presente reglamento. II. Revisar la fiscalización de los ingresos y egresos de las diversas planillas. III. Admitir, desechar o prevenir las solicitudes que se consideren necesarias para el Registro de las diversas Planillas. IV. Supervisar las elecciones e imponer las sanciones que se consideren pertinente para garantizar los principios de la democracia durante el proceso electoral. V. Coordinar y Organizar el debate, en el cual participaran los representantes de las planillas participantes. VI. Resolver las consultas, recursos y reclamaciones que se susciten con motivo de la violación de disposiciones o principios del proceso electoral, sin que ello amerite suspender la continuidad del mismo.

4 VII. VIII. Declarar la validación de los resultados del proceso electoral Cualquier otra función que resulte necesaria para el debido cumplimiento de sus funciones. Artículo 9. Las reuniones del Comité Electoral serán convocadas por su Presidente, debiendo celebrarse en los casos contemplados en el presente reglamento para la adopción de cada uno de los acuerdos que se conforman en el proceso electoral, así como en todos aquellos supuestos en que el Presidente estime necesario. Artículo 10. Para la celebración valida de las reuniones será necesario que exista quórum de la mitad más uno de los miembros integrantes del Comité Electoral. Artículo 11. Los acuerdos se adoptaran por mayoría simple. En caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad. Artículo 12. En cada sesión el Secretario levantará acta en la que se hará constar el nombre de los asistentes, de los no presentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias de lugar y tiempo en que se haya celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, aquellas intervenciones cuya constancia se haya solicitado y un resumen sucinto del resto de las intervenciones, así como el resultado de las votaciones y por último, el contenido de los acuerdos adoptados. Artículo 13. Es facultad exclusiva del Comité Electoral regular el material que podrá ser utilizado por las planillas, como publicidad para el proceso electoral. Artículo 14. Queda estrictamente prohibido que cualquier planilla denosté, por cualquier motivo y/o por cualquier circunstancia al Comité Electoral como a cualquiera de sus miembros, se tendrá por desconocida de facto a la planilla involucrada. CAPITULO III DE LAS CASILLAS ELECTORALES Artículo 15. En cada proceso electoral se constituirán las correspondientes Casillas Electorales, observando los lineamientos que previene el Comité Electoral, acorde con su convocatoria y el presente reglamento.

5 Artículo 16. Corresponde a los integrantes que conformen cada Casilla, presidir la votación, conservar el orden durante la misma, vigilar las urnas y velar por la efectividad del sufragio, todo ello conforme al procedimiento y reglas establecidas en este Reglamento. Artículo 17. Los alumnos deberán ejercer su derecho al sufragio activo en la Casilla Electoral correspondiente. Artículo 18. El número, ubicación y modalidad de las Casillas Electorales será determinado por el Comité de Electoral. Artículo 19. Los miembros de las Casillas Electorales serán elegidos por los integrantes del Comité Electoral. Artículo 20. Los miembros de cada Casilla Electoral se reunirán media hora antes del inicio de la votación en el lugar asignado por el órgano electoral competente. El Secretario del Comité Electoral extenderá acta del inicio de las votaciones, firmada por el mismo y por todos los miembros presentes. CAPITULO IV DE LOS REPRESENTANTES DE CASILLA Artículo 21. Los candidatos de las diferentes planillas podrán designar un representante por Casilla en el proceso electoral. La designación se formalizara ante el Comité Electoral por escrito en un plazo no mayor a un día antes de la fecha de la votación. Artículo 22. Los representantes no podrán pertenecer al Comité Electoral ni haber sido designados miembros de una Planilla. Artículo 23. Los representantes de casilla tendrán derecho a acceder libremente a la urna, según la modalidad que se adopte, a formular reclamaciones. Solo el represéntate de planilla del Comité Electoral podrá asistir a la sesión en la cual se realice el escrutinio.

6 CAPITULO V DE LAS LISTAS NOMINALES Artículo 24. Las listas nominales de electores, corresponden al registro del total de los alumnos inscritos en la carrera de derecho. Artículo 25. Para el ejercicio del derecho al sufragio será necesario la inclusión en las correspondientes listas nominales. Artículo 26. En las listas nominales se harán constar el nombre y apellido de cada elector, ID y Semestre al que pertenece. CAPITULO VI CAMPAÑA ELECTORAL Artículo 27. Se entiende por campaña electoral, para los efectos de este reglamento, el conjunto de actividades que pueden desarrollar las planillas para la obtención del voto, mediante la presentación de plan de trabajo. Para los efectos de este Reglamento se entiende por: I. Actos de campaña: Los actos de proselitismo realizados en las instalaciones de la universidad en que las planillas se dirigen al electorado para promover sus candidaturas y; II. Propaganda Electoral: el conjunto de, escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante la campaña electoral producen y difunden las planillas y el propósito de presentar ante el alumnado, las candidaturas registradas, aprobadas por el Comité Electoral. Artículo 28. Los candidatos podrán utilizar durante el proceso electoral, cuantos medios publicitarios estimen oportunos para difundir sus proyectos y planilla, siempre y cuando estén permitidos por lo dispuesto en la Universidad Autónoma de Aguascalientes, la Secretaria General, sus Estatutos, el presente Reglamento y por lo que pueda llegar a normar el Comité Electoral.

7 I. La publicidad deberá contener únicamente la información que caracterice a cada una de las planillas. II. En ningún momento la publicidad podrá utilizarse como agresión entre las planillas contendientes. El incumplimiento o violación de una o ambas fracciones del presente numeral, tendrá como consecuencia que la planilla responsable se hará acreedora a una sanción, prevista por el capítulo VX del presente ordenamiento. La cual se impondrá según la gravedad de la misma. Artículo 29. Los gastos que realice cada planilla en la propaganda electoral y actos de campaña, no podrán rebasar los topes que marca el Estatuto, y deberá atender las siguientes disposiciones: I. El presupuesto de campaña de cada planilla deberá estar integrado principal y mayormente por las aportaciones de sus integrantes. II. Ninguna campaña podrá exceder en costo al equivalente a quince salarios mínimos vigentes en el Estado de Aguascalientes. III. Las planillas candidatas para integrar el Comité Directivo, deberán de entregar facturas al Comité Electoral del material que se utilizará durante la campaña en el que se haga saber el costo equivalente del mismo IV. Queda estrictamente prohibido el financiamiento directo o indirecto de algún partido político o funcionario público, así mismo la promoción de programas de beneficencia social o de gobierno de cualquier índole. V. Durante el periodo de votaciones no deberá existir ningún tipo de publicidad que haya sido colocada por las planillas contendientes en los edificios de Ciudad Universitaria. VI. Queda estrictamente prohibido que la planilla contendiente declare públicamente en contra de otra o de sus integrantes todo tipo de ofensas o de vinculación a estos a partidos políticos. El incumplimiento o violación de lo dispuesto por la fracción II, IV y VII, la planilla responsable será desconocida en automático. El incumplimiento o violación de una o más de las fracciones del presente numeral, genera como consecuencia que la planilla responsable se hará acreedora a una sanción,

8 prevista por el capítulo VX del presente ordenamiento. La cual se impondrá según la gravedad de la misma. Artículo 30. Los candidatos podrán utilizar en la campaña electoral aquellos recursos financieros y medios materiales, que no rebasen los montos establecidos por los Estatutos, ni sean contrarios al presente Reglamento, y deberá atender a las disposiciones del presente numeral. Ninguna planilla contendiente podrá utilizar imágenes, logotipos, publicidad o mensajes alusivos a algún partido político, culto religioso o empresa dedicada a la venta de alcohol o que haga referencia a cualquier modalidad a la imagen Institucional de la Asociación o de la Universidad Autónoma de Aguascalientes El Comité de Electoral en cualquier momento del proceso electoral puede solicitar a las planillas información de cualquier índole, así como sobre aspectos presupuestales de la campaña, tanto de rendición de cuentas. En caso de que se actualice el supuesto del párrafo segundo. Será desconocida en automática para participar en el proceso electoral. El incumplimiento o violación de lo dispuesto en el presente numeral, tendrá como consecuencia que la planilla responsable se hará acreedora a una sanción, prevista por el capítulo VX del presente ordenamiento. La cual se impondrá según la gravedad de la misma. Artículo 31. Los candidatos podrán celebrar cuantos actos de contenido electoral precisen en las instalaciones de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, siempre y cuando no vayan en contra de lo establecido en el presente Reglamento y en los Estatutos. El incumplimiento o violación de esta disposición, tendrá como consecuencia que la planilla responsable se hará acreedora a una sanción, prevista por el capítulo VX del presente ordenamiento. La cual se impondrá según la gravedad de la misma. Artículo 32. En las instalaciones de la Universidad se habilitaran espacios destinados a la colocación de la publicidad electoral de las planillas, debiendo garantizarse su distribución en condiciones de igualdad, conforme a las disposiciones establecidas por la Secretaria General de la Universidad Autónoma de Aguascalientes.

9 Artículo 33. Durante el periodo de votación no se permitirá la existencia de publicidad electoral en ningún lugar de la Universidad Autónoma de Aguascalientes. Corresponde al presidente del Comité Electoral ordenar la retirada de la publicidad no autorizada. Artículo 34. Ningún miembro de la planilla podrá militar en algún partido político durante el año inmediato anterior a la publicación de la convocatoria, para efectos de este artículo se entenderá por militancia, únicamente a la que este sustentada en un documento de algún partido político, credencial de partido, o registro de militancia de partido político. Si algún miembro de la planilla milita en algún partido político, se tendrá por desconocida de facto a la planilla en la cual participe el militante de algún partido. Artículo 35. No se permite la intromisión de persona ajena a la carrera de derecho de la universidad autónoma de Aguascalientes, de ser así, se desconocerá a la planilla la cual sea a poyada por persona que no sea de la carrera de Derecho. CAPITULO VII DE LA VOTACION Artículo 36. El voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible. El mismo, se efectuara sin que se genere presión o coacción alguna. Artículo 37. Tendrán derecho al sufragio, todos los alumnos de la Carrera de Derecho de la Universidad Autónoma de Aguascalientes que se encuentren inscrititos. Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación que se ejerce para integrar el Comité Directivo o en su caso, la Asamblea General de Asociados, de la SACDUAA A.C. Artículo 38. Constituida la Casilla se abrirá la votación a las 16:00 horas, que continuará sin interrupción hasta las 20:00 horas, salvo que con anterioridad hubiesen emitido el voto la totalidad de los electores.

10 Artículo 39. Se deberá comprobar por los miembros de casilla que el alumno figura en la lista de asistencia, posteriormente el alumno pasará a emitir su voto, el cual depositara en la urna destinada a tal efecto. Las urnas deberán de tener las características necesarias para garantizar la integridad en la votación. Artículo 40. A la hora fijada para finalizar la votación, el Presidente anunciara que se va a concluir la votación y no permitirá que nadie más se acerque a las urnas. CAPITULO VIII EL ESCRUTINIO Y DECLARACIÓN DE VALIDEZ. Artículo 41. El proceso para la elección de la Asamblea General de Asociados, inicia al expedirse la convocatoria respectiva y concluye con la declaración de validez del proceso y la entrega de la constancia de mayoría a la planilla electa Artículo 42. Finalizada la votación, el Presidente ordenará la impresión de los resultados y en junta con los candidatos, el Comité Electoral y el Presidente en turno de la Sociedad de Alumnos de la Carrera de Derecho, SACDUAA A.C., entregará a este los resultados y los anunciará, especificando el número de votantes y el de votos obtenidos por cada candidato, así como los votos nulos. Artículo 43. Cualquier controversia o inconformidad con los resultados, el Comité Electoral resolverá sobre el conteo de papeletas dentro de las urnas. Artículo 44. Concluidas las operaciones anteriores, los miembros del Comité Electoral extenderán un acta, en la cual se expresará detalladamente el número de electores según las listas nominales, el número de votantes, votos nulos y el de los votos válidos obtenidos por cada planilla. Se consignarán sumamente las reclamaciones y protestas formales realizadas por los candidatos o su representante, sobre la votación, así como las resoluciones motivadas de las Casillas si las hubiere. Se entregará un acta a cada candidato.

11 Artículo 45. Cualquier reclamación o impugnación sobre los resultados deberán presentarse por escrito dentro de las 24 horas siguientes al resultado de la elección. Solo estará legitimado para hacerlo el candidato a presidente de la Sociedad de Alumnos de la Carrera de Derecho, SACDUAA A.C. El recurso deberá resolverse por el Comité Electoral, dentro de las 24 horas siguientes, y resolver en única instancia, la misma resolución será definitiva e inapelable. CAPITULO IX DE LAS SANCIONES Artículo 46. El Comité de Electoral está facultado para imponer las siguientes sanciones: I. Amonestaciones verbales o escritas. II. Desconocimiento de Planilla. III. Retirar propaganda autorizada y no autorizada. IV. Suspender el saloneo de una planilla. V. Las que puedan llegar a considerar convenientes según el incumplimiento o violación grave al proceso electoral, las cuales deberán ser convenidas por mayoría de los miembros del Comité Electoral. Artículo 47. El Comité Electoral podrá a oficio o a petición de parte, resolver sobre cualquier cuestión donde se crea que se vulnere cualquier principio, derecho o garantía del proceso electoral. Siendo este, el único facultado para resolver en única instancia, la misma resolución será definitiva e inapelable. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor en el momento de la publicación de la Convocatoria a Elecciones para el nuevo Comité Directivo, o en su caso la Asamblea General de Asociados, de la Sociedad de Alumnos de la Carrera de Derecho, SACDUAA A.C.

12 SEGUNDO. Su observancia es obligatoria para todas las planillas inscritas en dicha Convocatoria. TERCERO. Todo lo dispuesto que contravenga al contenido del presente ordenamiento es nulo.

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP Huancayo - Perú 2018 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El objeto del presente Reglamento es regular los procesos de elección estipulados por

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ 1 H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARÍA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO, EXPEDIDO EL DÍA 9 ENERO

Más detalles

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria Página1 INSTRUCCIONES ELECTORALES ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I De la convocatoria Artículo 1. Las Asambleas Locales y de Distrito podrán ser ordinarias o extraordinarias. La Asamblea

Más detalles

Copia de Internet. Consejo Local Electoral IEEN-CLE-026/2017

Copia de Internet. Consejo Local Electoral IEEN-CLE-026/2017 IEEN-CLE-026/2017 ACUERDO DEL CONSEJO LOCAL ELECTORAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE VINCULACIÓN CON LA UNIDAD TÉCNICA

Más detalles

UNIVERSIDAD DE QUINTANA ROO

UNIVERSIDAD DE QUINTANA ROO UNIVERSIDAD DE QUINTANA ROO División de Ciencias Sociales y Económico Administrativas Chetumal, Q. Roo, a 22 de enero de 2018 Por acuerdo de la Comisión Electoral se establece la Convocatoria para la elección

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTICULO 1. El presente Reglamento Electoral se aplicará

Más detalles

ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.

ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C. MODIFICACIÓN DE LOS INCISOS a), d), j), k), l), m), n), y r) DEL ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.

Más detalles

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018)

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018) NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (Octubre de 2017- Enero de 2018) De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá

Más detalles

REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE

REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE DA CORUÑA Aprobado en Xunta de Escola o día 2 de marzo

Más detalles

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA Se informa que de acuerdo con los Estatutos y Reglamentos de COIAE se ha acordado convocar

Más detalles

Monterrey, Nuevo León, a veinticuatro de febrero de dos mil quince.

Monterrey, Nuevo León, a veinticuatro de febrero de dos mil quince. PROYECTO DE ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DE LA COMISIÓN ESTATAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL REGISTRO DE LA PLATAFORMA ELECTORAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Monterrey, Nuevo León, a veinticuatro de

Más detalles

Centro Asociado Madrid-Sur

Centro Asociado Madrid-Sur NORMATIVA ELECTORAL DE CONVOCATORIA DEL CLAUSTRO DEL CENTRO ASOCIADO DE MADRID-SUR COMPLEMENTARIA AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO ASOCIADO TÍTULO I: ELECCIONES DE LOS MIEMBROS

Más detalles

DIRECCION GENERAL DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICA CONVOCAN BASES:

DIRECCION GENERAL DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICA CONVOCAN BASES: De conformidad con lo dispuesto en el Marco Normativo y Reglamentos vigentes para alumnos del Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica (SNEST), la Dirección General de Educación Superior Tecnológica

Más detalles

Reglamento de la Comisión Permanente del Consejo Nacional. Capítulo I. Disposiciones Generales

Reglamento de la Comisión Permanente del Consejo Nacional. Capítulo I. Disposiciones Generales Reglamento de la Comisión Permanente del Consejo Nacional Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento de la Comisión Permanente señalada

Más detalles

BASES SEGUNDA: TERCERA:

BASES SEGUNDA: TERCERA: CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DEL PERSONAL ACADÉMICO Y DE LOS ALUMNOS ANTE EL CONSEJO DIVISIONAL DE CIENCIAS Y ARTES PARA EL DISEÑO DE LA UNIDAD XOCHIMILCO, DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA

Más detalles

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO DE INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD UNIVERSITARIA

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO DE INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD UNIVERSITARIA LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO DE INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD UNIVERSITARIA José Gerardo Tinoco Ruíz, Rector de la Universidad Abierta y a Distancia de México, con fundamento

Más detalles

C O N V O C A T O R I A

C O N V O C A T O R I A C O N V O C A T O R I A Para el inicio y desarrollo de los trabajos deliberativos en las reuniones estatales de las filiales del Instituto de Capacitación, A.C. (ICADEP), el proceso de elección de los

Más detalles

El Proceso Electoral es el conjunto de actos ordenados por la Constitución Política del Estado y

El Proceso Electoral es el conjunto de actos ordenados por la Constitución Política del Estado y 1 PROCESO ELECTORAL El Proceso Electoral es el conjunto de actos ordenados por la Constitución Política del Estado y por el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Campeche,

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONTROL INTERNO Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONTROL INTERNO Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL 2018 MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONTROL INTERNO Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL ADMINISTRACION MUNICIPAL 2016-2020 JALTOCÁN, HIDALGO 24/03/2018 De conformidad a lo previsto por el artículo

Más detalles

REGLAMENTO DEL XII CONGRESO LOCAL DEL PP DE VIGO TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL XII CONGRESO LOCAL DEL PP DE VIGO TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL XII CONGRESO LOCAL DEL PP DE VIGO TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º De conformidad con los vigentes Estatutos nacionales del PP y con el Reglamento Marco de Congresos

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES EL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN X, DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA

Más detalles

CAPITULO PRIMERO Del nombre, objeto, domicilio, nacionalidad y duración

CAPITULO PRIMERO Del nombre, objeto, domicilio, nacionalidad y duración MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE EN CANDIDATURA INDEPENDIENTE, A LOS CARGOS DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LOS CAPÍTULOS ESTATALES DEL COLEGIO MEXICANO DE NUTRIÓLOGOS, A.C.

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LOS CAPÍTULOS ESTATALES DEL COLEGIO MEXICANO DE NUTRIÓLOGOS, A.C. REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LOS CAPÍTULOS ESTATALES DEL COLEGIO MEXICANO DE NUTRIÓLOGOS, A.C. Capítulo Primero DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las elecciones del Vicepresidente

Más detalles

CONSEJO NACIONAL DE POLITICAS PUBLICAS DE LA PERSONA JOVEN

CONSEJO NACIONAL DE POLITICAS PUBLICAS DE LA PERSONA JOVEN CONSEJO NACIONAL DE POLITICAS PUBLICAS DE LA PERSONA JOVEN PROCEDIMIENTO PARA PRE ASAMBLEAS DE ELECCION DE REPRESENTANTES DE SECTORES PARA LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA RED NACIONAL CONSULTIVA DE LA PERSONA

Más detalles

REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1

REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1 REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1 Por medio de la cual se adopta el Reglamento para la Elección

Más detalles

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. REGIMEN Y PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. La Junta Directiva acordará la promoción del proceso electoral en los siguientes supuestos:

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR UNIDAD TÉCNICA DE ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS

INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR UNIDAD TÉCNICA DE ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS INSTITUTO DE PREVISIÓN UNIDAD TÉCNICA DE ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE Y SUSTITUTO LEGAL DE LOS PENSIONADOS ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN TEGUCIGALPA,

Más detalles

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE

Más detalles

CG507/2003 ANTECEDENTES

CG507/2003 ANTECEDENTES CG507/2003 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL CUAL SE AUTORIZA AL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL PARA SOLICITAR LA COLABORACIÓN DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS FEDERALES,

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES EL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN X, DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA

Más detalles

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (Corregido) REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS

Más detalles

C O N V O C A T O R I A

C O N V O C A T O R I A CONVOCATORIA PARA ELEGIR A LA PRESIDENTA DEL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL DEL ORGANISMO NACIONAL DE MUJERES PRIISTAS EN EL ESTADO DE SAN LUIS POSTOSI, PARA EL PERIODO 2016-2020. La Comisión Política Permanente

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 21 DE DICIEMBRE DE 2010 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 21 DE DICIEMBRE DE 2010 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 21 DE DICIEMBRE DE 2010 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJO PARA LA PREVENCIÓN Y LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL VIH/SIDA EN EL DISTRITO

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS ELECTORALES DE LA COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS ELECTORALES DE LA COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS ELECTORALES DE LA COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO CAPÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Y PARTICULARES Artículo 1 Del objeto El presente

Más detalles

Monterrey, Nuevo León, a veintiocho de febrero de dos mil quince.

Monterrey, Nuevo León, a veintiocho de febrero de dos mil quince. PROYECTO DE ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DE LA COMISIÓN ESTATAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL REGISTRO DE LA PLATAFORMA ELECTORAL DEL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO Monterrey, Nuevo León, a veintiocho

Más detalles

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO C A P I T U L O DISPOSICIONES GENERALES

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO C A P I T U L O DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO DISPOSICIONES GENERALES I ARTÍCULO 1.- Las actividades del Consejo Técnico tendrán como propósito obtener la armonía, equilibro e integración

Más detalles

NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO

NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO CAPITULO I.- DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO Art.1.- La condición de elector corresponde a las Asociaciones

Más detalles

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Santiago Gangotena G. RECTOR CONSEJO UNIVERSITARIO Fecha:

Más detalles

REGLAMENTO DEL PATRONATO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ELDORADO

REGLAMENTO DEL PATRONATO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ELDORADO REGLAMENTO DEL PATRONATO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ELDORADO Teléfonos (667) 7242432, 7242434. www.itseldorado.edu.mx ÍNDICE PÁGINA CAPITULO I: Disposiciones Generales.........3. CAPITULO II:

Más detalles

REGLAMENTO EN QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LAS CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN DEL VOTO

REGLAMENTO EN QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LAS CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN DEL VOTO REGLAMENTO EN QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LAS CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN DEL VOTO REGLAMENTO EN QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LAS CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN DEL VOTO REGLAMENTO EN QUE SE ESTABLECEN LAS

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Página 1 Las y los CC. Miembros del Sistema Estatal de Prevención, atención, sanción y

Más detalles

REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS FACULTAD DE CIENCIAS

REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS FACULTAD DE CIENCIAS REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES Y SU ORGANIZACIÓN CAPÍTULO PRIMERO De los Representantes de estudiantes de la Facultad Art. 1. Condición

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO Y DE VINCULACIÓN SOCIAL

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO Y DE VINCULACIÓN SOCIAL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO Y DE VINCULACIÓN SOCIAL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO Y DE VINCULACIÓN SOCIAL CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DE

Más detalles

1.2. Los aspirantes deben registrarse y participar en el proceso, en los términos de estos lineamientos y la convocatoria de la elección.

1.2. Los aspirantes deben registrarse y participar en el proceso, en los términos de estos lineamientos y la convocatoria de la elección. REGLAS PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. 1. Disposiciones generales 1.1. El Presidente

Más detalles

INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016

INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016 INSTRUCTIVO DE ELECCIONES PARA RENOVAR EL DIRECTORIO DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL 2016 DE LA CONVOCATORIA Art. 1.- De acuerdo a la Resolución adoptada por el Consejo

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL. Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL. Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones Artículo 1. De acuerdo a lo establecido en el Estatuto General, el Consejo de Difusión Cultural

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO Artículo 1: El sufragio es un derecho y un deber, que tienen todos los alumnos

Más detalles

Asociación Solidarista de Trabajadores del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y Afines. Reglamento de Elecciones

Asociación Solidarista de Trabajadores del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y Afines. Reglamento de Elecciones CAPÍTULO N 1. Disposiciones Generales Artículo N 1: Objeto: El presente reglamento tiene como objeto la regulación de los procesos electorales de las Asambleas Ordinarias: organización, desarrollo y conclusión;

Más detalles

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES 19 de octubre 20 de octubre MARTES 22 de octubre 27 de octubre MARTES 28 de octubre 11 de noviembre 12 de noviembre JUEVES 16 de noviembre 26 de noviembre JUEVES 27 de noviembre VIERNES 30 de noviembre

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DEL FUNCIONAMIENTO CAPÍTULO III DE LAS COMISIONES TRANSITORIOS

Más detalles

CONFEDERACIÓN NACIONAL DE ORGANIZACIONES POPULARES

CONFEDERACIÓN NACIONAL DE ORGANIZACIONES POPULARES CONFEDERACIÓN NACIONAL DE ORGANIZACIONES POPULARES El Comité Ejecutivo Nacional de la Confederación Nacional de Organizaciones Populares, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 9, 26 y 85 fracción XII

Más detalles

ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día

ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día PUNTO UNICO - Elección de Presidente y Junta Directiva de la Federación Vasca de Futbol DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA EFF-FVF

Más detalles

REGLAMENTO DE ASAMBLEA

REGLAMENTO DE ASAMBLEA REGLAMENTO DE ASAMBLEA La Asamblea General Ordinaria de Asociados del FONDO DE EMPLEADOS DE REDES Y PROYECTOS DE ENERGIA FONREDES, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas por el artículos 47

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA, EN ESPECIAL LA QUE SE PRODUCE CONTRA LAS MUJERES

REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA, EN ESPECIAL LA QUE SE PRODUCE CONTRA LAS MUJERES REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA, EN ESPECIAL LA QUE SE PRODUCE CONTRA LAS MUJERES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO I. El presente

Más detalles

Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y Facultades. Aprobado el 29 de agosto de 2002

Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y Facultades. Aprobado el 29 de agosto de 2002 Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y Facultades Aprobado el 29 de agosto de 2002 Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación

Más detalles

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC Elecciones para la renovación del sector de: 1) Los Profesores de los programas

Más detalles

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. De conformidad con el artículo 62 y capítulo VI de los Estatutos del Colegio

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE ALTAMIRA ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE ALTAMIRA ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE ALTAMIRA ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DEL FUNCIONAMIENTO CAPÍTULO III DE LAS COMISIONES

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE INSTITUCIONES DEL MUNICIPIO DE TEPATITLAN DE MORELOS, JALISCO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE INSTITUCIONES DEL MUNICIPIO DE TEPATITLAN DE MORELOS, JALISCO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO Leonardo García Camarena, Presidente Constitucional del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que en Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, celebrada el 09 de diciembre

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS

REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Suplemento del Periódico

Más detalles

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES. Capítulo I Del Reglamento. Capítulo II Del Comité Electoral TÍTULO SEGUNDO DEL PROCESO ELECTORAL

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES. Capítulo I Del Reglamento. Capítulo II Del Comité Electoral TÍTULO SEGUNDO DEL PROCESO ELECTORAL REGLAMENTO ELECTORAL DEL INAP (Armonizado a las modificaciones de los Estatutos del INAP aprobados en la Asamblea General Estatutaria del 20 de Noviembre de 2014) TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El

Más detalles

Título I Disposiciones Preliminares CAPÍTULO ÚNICO. Disposiciones Generales

Título I Disposiciones Preliminares CAPÍTULO ÚNICO. Disposiciones Generales Reglas del Instituto Estatal Electoral para la Promoción del Voto por parte de Organizaciones Ciudadanas Aprobado en la Sesión del Consejo General de fecha 26 de Febrero de 2015 Título I Disposiciones

Más detalles

INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE TABASCO

INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE TABASCO CE/2009/031 ACUERDO QUE EMITE EL DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN, MEDIANTE EL CUAL DETERMINA LOS COLORES QUE IDENTIFICARÁN LA DOCUMENTACIÓN Y MATERIAL ELECTORAL DE LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS

Más detalles

COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO

COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO PROCESO INTERNO DE POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTES MUNICIPALES, PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2015-2018. CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA ELECTORAL TERRITORIAL PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS ELECTORES

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES AL CLAUSTRO

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES AL CLAUSTRO NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES AL CLAUSTRO I) Constitución de la Mesa electoral. 1. Todos los miembros titulares y suplentes de la

Más detalles

CAPÍTULO PRIMERO. DEL NOMBRE; OBJETO; DOMICILIO; NACIONALIDAD Y DURACIÓN.

CAPÍTULO PRIMERO. DEL NOMBRE; OBJETO; DOMICILIO; NACIONALIDAD Y DURACIÓN. MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS PARA LA ASOCIACIÓN CIVÍL ANEXO 2 CAPÍTULO PRIMERO. DEL NOMBRE; OBJETO; DOMICILIO; NACIONALIDAD Y DURACIÓN. Artículo 1. Nombre de la Asociación Civil. La Asociación Civil se denominará,

Más detalles

ACUERDO DEL CONSEJO LOCAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES POR EL QUE SE APRUEBA LA UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS

ACUERDO DEL CONSEJO LOCAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES POR EL QUE SE APRUEBA LA UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS ACUERDO DEL CONSEJO LOCAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES POR EL QUE SE APRUEBA LA UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS O MAGNÉTICOS, EN CONGRUENCIA CON EL PROGRAMA DE GESTIÓN

Más detalles

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO SANTIAGO DE CHILE, DICIEMBRE DE 2012 CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES

FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de La Junta Directiva del

Más detalles

Capítulo Primero. Del nombre; objeto; domicilio; nacionalidad y duración.

Capítulo Primero. Del nombre; objeto; domicilio; nacionalidad y duración. MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LOS CIUDADANOS (AS) INTERESADOS (AS) EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS (AS) INDEPENDIENTES. Capítulo Primero. Del nombre; objeto; domicilio;

Más detalles

Reglamento del Consejo Nacional. del Partido Acción Nacional. Capítulo I

Reglamento del Consejo Nacional. del Partido Acción Nacional. Capítulo I Disposiciones Generales Reglamento del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional Capítulo I Artículo 1. El Consejo Nacional del Partido Acción Nacional estará integrado por miembros electos por la Asamblea

Más detalles

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL REGLAMENTO ELECTORAL 1 CONVOCATORIA Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos 1 mes de antelación a su fecha de celebración, expresando los puestos a cubrir si se

Más detalles

FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ZARAGOZA DIRECCIÓN

FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ZARAGOZA DIRECCIÓN FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ZARAGOZA DIRECCIÓN La Dirección de la Facultad de Estudios Superiores Zaragoza, con base en los Artículos 12 de la Ley Orgánica; 19, 45 y 46 del Estatuto General, y el Reglamento

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO I. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS ATRIBUCIONES CAPÍTULO TERCERO DE

Más detalles

ÓRGANOS ELECTORALES LOCALES Y CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR A RENOVARSE 2015

ÓRGANOS ELECTORALES LOCALES Y CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR A RENOVARSE 2015 ÓRGANOS ELECTORALES LOCALES Y CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR A RENOVARSE 2015 ÓRGANOS ELECTORALES LOCALES INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA A partir de la reforma político-electoral del año 2014, el

Más detalles

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de los Estatutos de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica y con el artículo 29 sobre la composición

Más detalles

ESTATUTOS DE LA SECCIÓN DE ABOGADOS ESPECIALISTAS EN MATERIA EN DERECHO DE CONSUMO

ESTATUTOS DE LA SECCIÓN DE ABOGADOS ESPECIALISTAS EN MATERIA EN DERECHO DE CONSUMO ESTATUTOS DE LA SECCIÓN DE ABOGADOS ESPECIALISTAS EN MATERIA EN DERECHO DE CONSUMO TÍTULO PRIMERO Denominación, objeto, domicilio y ámbito. PRIMERO.- Con la denominación de Abogados especialistas en Derecho

Más detalles

Propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Formación

Propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Formación Propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Formación Continua del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga. La formación en su conjunto y en todas sus

Más detalles

CAPITULO I Disposiciones Generales CAPITULO II Objeto CAPITULO III Constitución de la Comisión del Jugador... 2

CAPITULO I Disposiciones Generales CAPITULO II Objeto CAPITULO III Constitución de la Comisión del Jugador... 2 I N D I C E PÁGINA CAPITULO I Disposiciones Generales... 2 CAPITULO II Objeto... 2 CAPITULO III Constitución de la Comisión del Jugador... 2 CAPITULO IV Vigencia de los miembros de la Comisión del Jugador...

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO 1 2 3 4 Disposiciones Generales CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LA LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA, EN SU CAPÍTULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD, DEL ARTÍCULO 6o., FRACCIÓN I; DE LOS ARTÍCULOS 7o.,

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO Y AYUDA AL DEFENSOR UNIVERSITARIO.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO Y AYUDA AL DEFENSOR UNIVERSITARIO. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO Y AYUDA AL DEFENSOR UNIVERSITARIO. ÍNDICE CAPÍTULO I: NATURALEZA Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN. Artículo 1. Naturaleza. Artículo 2. Funciones.

Más detalles

CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria)

CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria) REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES PROFESORALES Y ESTUDIANTILES A LOS CUERPOS COLEGIADOS DE LA UNIVERSIDAD EAFIT CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria) Artículo

Más detalles

ANEXO III. 1. Mesas electorales Ubicación

ANEXO III. 1. Mesas electorales Ubicación ANEXO III CLAUSTRO UNIVERSITARIO INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES EN LA JUNTA ELECTORAL GENERAL, COMISIÓN DE PROYECTOS NORMATIVOS, COMISIÓN DE DOCTORADOS HONORIS CAUSA, CONSEJO DE GOBIERNO,

Más detalles

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes. REGLAMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS DE FONDO DE EMPLEADOS DE GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA FONCRYOGAS La Junta Directiva del Fondo De Empleados De Gases Industriales

Más detalles

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Artículo 1. 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general en el territorio nacional y para los Ciudadanos que ejerzan su derecho

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTONOMA CHAPINGO REGLAMENTO DEL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE ECONOMÍA AGRICOLA

UNIVERSIDAD AUTONOMA CHAPINGO REGLAMENTO DEL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE ECONOMÍA AGRICOLA UNIVERSIDAD AUTONOMA CHAPINGO REGLAMENTO DEL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE ECONOMÍA AGRICOLA Aprobado por el Consejo Departamental el 29 de Octubre de 1991, Sesión Ordinaria 6o REGLAMENTO DEL CONSEJO DEPARTAMENTAL

Más detalles

C o n s i d e r a n d o

C o n s i d e r a n d o Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se establecen los Lineamientos Generales para la aplicación del Libro Sexto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos

Más detalles

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (AESSS) 2014

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (AESSS) 2014 1 ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (AESSS) 2014 De conformidad con el artículo 14 de los Estatutos de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social

Más detalles

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS FORMATOS DE ACTAS Y BOLETAS ELECTORALES PARA EL PROCESO LOCAL ELECTORAL 2004.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS FORMATOS DE ACTAS Y BOLETAS ELECTORALES PARA EL PROCESO LOCAL ELECTORAL 2004. ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS FORMATOS DE ACTAS Y BOLETAS ELECTORALES PARA EL PROCESO LOCAL ELECTORAL 2004. Reunidos en Sesión Extraordinaria en la sede del Consejo General del Instituto Estatal

Más detalles

CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO

CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO 1 CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO Artículo 1.- FECHA DE LAS ELECCIONES: La elección de los vocales principales y suplentes del directorio se realizará la tercera

Más detalles

RESOLUCION No. 232 (Marzo 7 de 2006)

RESOLUCION No. 232 (Marzo 7 de 2006) RESOLUCION No. 232 (Marzo 7 de 2006) Por la cual se reglamentan los procesos para la elección de los Representantes Docentes y Estudiantiles ante el Consejo Directivo, el Consejo Académico y los Consejos

Más detalles