CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN"

Transcripción

1 CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN APORTACIONES DEL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN PARA LA INTEGRACIÓN DEL INFORME INICIAL DE MÉXICO EN TORNO A LA APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Introducción: 20 de julio del 2010 El Estado mexicano se ha destacado a nivel internacional por su rol determinante para la elaboración y la negociación de diversos instrumentos de derechos humanos. Un ejemplo de ello es la aprobación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad del Sistema de Naciones Unidas (la Convención), es en este contexto que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) jugó un papel sobresaliente en su aprobación y posterior ratificación e influyo decisivamente en que otros países se pronunciaran por tan relevante herramienta. A raíz de la entrada en vigor de la Convención el 3 de mayo del 2008, se derivaron una serie de compromisos y obligaciones que buscaban garantizar el respeto y la protección de los derechos de las personas con discapacidad. En esta tarea intervinieron diferentes dependencias de la Administración Pública Federal, los Congresos (federal y locales) y diversas organizaciones civiles. Como parte de su mandato y en seguimiento al trabajo activo que desempeñó durante las negociaciones de la Convención, este Consejo Nacional ha llevado a cabo una serie de acciones integrales tendientes a ordenar su actuación en relación con las obligaciones contenidas en la Convención. El CONAPRED se ha involucrado de manera directa en la implementación de la Convención a través de la realización de estudios y la emisión de múltiples opiniones legislativas al respecto, pero también ha realizado acciones de divulgación sobre una cultura de no discriminación, respeto e integración de las personas con discapacidad. Estamos convencidos que aún falta mucho para lograr la implementación total e irrestricta de este instrumento internacional, por lo que reencausaremos nuestros esfuerzos institucionales con el objetivo de construir una plan de acción con instancias gubernamentales y civiles que logre una mayor difusión de las obligaciones y derechos contenidos en la Convención y establezca criterios concretos para su seguimiento y aplicación en todo el territorio nacional

2 Artículos 1 a 4 de la Convención Propósito, definiciones, principios generales y obligaciones del Estado En consonancia con la Convención, el CONAPRED reconoce que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que cualquier otra persona, pero no las mismas oportunidades para ejercerlos. Las barreras de actitud y contexto evitan que quien tiene alguna discapacidad pueda participar plena y efectivamente en la sociedad. En este sentido, no se presenta a la discapacidad como un problema, una enfermedad, una situación a mejorar o una necesidad a enfrentar, sino como el cúmulo de barreras que impiden el pleno desarrollo y la participación efectiva de las personas que viven con discapacidad. El término personas con discapacidad fue incorporado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el 4 de diciembre del 2006, cuando se sustituyó el término capacidades diferentes, expresión que había sido incorporada en su artículo primero, después de la reforma constitucional en materia indígena publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto del Con la reforma constitucional del 2006 se cambió la expresión capacidades diferentes por el de las discapacidades en concordancia con el marco internacional y en armonización al marco jurídico mexicano. La modificación del artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consistió en la adición del tercer párrafo en el cual se incorporó una cláusula que prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, la discapacidad, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. El párrafo íntegro se transcribe a continuación: Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Esta reforma constituye un avance importante para establecer las bases del uso correcto del término personas con discapacidad y algunas leyes, tal como la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación, ya incorporan algunos de los conceptos de la Convención. A pesar de lo anterior, todavía existen ordenamientos vigentes, tanto a nivel Federal como a nivel local, que utilizan términos no aceptables de acuerdo a los preceptos de la Convención tales como invalidez, discapacitados o impedidos entre otros, y que tampoco reflejan un uso del lenguaje con perspectiva de género. En ese sentido el - 2 -

3 Estado Mexicano tiene como tarea hacer una revisión exhaustiva para llevar a cabo un proceso integral de armonización legislativa para incorporar los conceptos de la Convención, entre otros pendientes que se irán identificando en el presente documento. También está pendiente la revisión exhaustiva de los contenidos de la legislación vigente tanto a nivel Federal como local para asegurar que sus contenidos estén armonizados con la Convención. Esta tarea implica una cuidadosa revisión con base en consultas a organizaciones de personas con discapacidad para poder identificar puntos de mejora y nuevas propuestas legislativas que respondan a los compromisos internacionales. En el año 2002, el Poder Ejecutivo Federal presentó la iniciativa de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, misma que fue aprobada por unanimidad y publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de junio del Derivado de esta Ley se creó el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), que formalmente entró en funciones el 27 de marzo del 2004 como órgano del Estado Mexicano encargado de aplicar la política antidiscriminatoria en todo el territorio nacional. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación establece disposiciones para prevenir y eliminar todas las formas de discriminación, así como para promover la igualdad de oportunidades y de trato. Asimismo, enumera la prohibición de las conductas discriminatorias y dispone las medidas positivas y compensatorias que los órganos públicos y las autoridades federales deberán adoptar a favor de la igualdad de oportunidades de diversos grupos históricamente sometidos a una situación de vulnerabilidad. En el artículo 4 de la Ley General para Prevenir la Discriminación se estipula que se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas. También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones. El artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir la Discriminación especifica las conductas consideradas como discriminatorias, situaciones que pueden ser aplicables a las personas con discapacidad que sean víctimas de discriminación y en base a las cuales se pueden iniciar los procedimientos administrativos a los que se hace referencia en lo concerniente a la aplicación del artículo 5º de la Convención. 1 1 I. Impedir el acceso a la educación pública o privada, así como a becas e incentivos para la permanencia en los centros educativos, en los términos de las disposiciones aplicables; II. Establecer contenidos, métodos o instrumentos pedagógicos en que se asignen papeles contrarios a la igualdad o que difundan una condición de subordinación; III. Prohibir la libre elección de empleo, o restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo; - 3 -

4 La Primera Encuesta Nacional sobre Discriminación en México (2005) elaborada por el CONAPRED y la Secretaría de Desarrollo Social, refleja el agudo contraste entre la IV. Establecer diferencias en la remuneración, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales; V. Limitar el acceso a los programas de capacitación y de formación profesional; VI. Negar o limitar información sobre derechos reproductivos o impedir el libre ejercicio de la determinación del número y espaciamiento de los hijos e hijas; VII. Negar o condicionar los servicios de atención médica, o impedir la participación en las decisiones sobre su tratamiento médico o terapéutico dentro de sus posibilidades y medios; VIII. Impedir la participación en condiciones equitativas en asociaciones civiles, políticas o de cualquier otra índole; IX. Negar o condicionar el derecho de participación política y, específicamente, el derecho al sufragio activo o pasivo, la elegibilidad y el acceso a todos los cargos públicos, así como la participación en el desarrollo y ejecución de políticas y programas de gobierno, en los casos y bajo los términos que establezcan las disposiciones aplicables; X. Impedir el ejercicio de los derechos de propiedad, administración y disposición de bienes de cualquier otro tipo; XI. XII. XIII. XIV. XV. XVI. XVII. XVIII. XIX. XX. XXI. XXII. XXIII. XXIV. XXV. XXVI. Impedir el acceso a la procuración e impartición de justicia; Impedir que se les escuche en todo procedimiento judicial o administrativo en que se vean involucrados, incluyendo a las niñas y los niños en los casos que la ley así lo disponga, así como negar la asistencia de intérpretes en procedimientos administrativos o judiciales, de conformidad con las normas aplicables; Aplicar cualquier tipo de uso o costumbre que atente contra la dignidad e integridad humana; Impedir la libre elección de cónyuge o pareja; Ofender, ridiculizar o promover la violencia en los supuestos a que se refiere el artículo 4 de esta Ley a través de mensajes e imágenes en los medios de comunicación. Limitar la libre expresión de las ideas, impedir la libertad de pensamiento, conciencia o religión, o de prácticas o costumbres religiosas, siempre que éstas no atenten contra el orden público; Negar asistencia religiosa a personas privadas de la libertad, que presten servicio en las fuerzas armadas o que estén internadas en instituciones de salud o asistencia; Restringir el acceso a la información, salvo en aquellos supuestos que sean establecidos por las leyes nacionales e instrumentos jurídicos internacionales aplicables; Obstaculizar las condiciones mínimas necesarias para el crecimiento y desarrollo saludable, especialmente de las niñas y los niños; Impedir el acceso a la seguridad social y a sus beneficios o establecer limitaciones para la contratación de seguros médicos, salvo en los casos que la ley así lo disponga; Limitar el derecho a la alimentación, la vivienda, el recreo y los servicios de atención médica adecuados, en los casos que la ley así lo prevea; Impedir el acceso a cualquier servicio público o institución privada que preste servicios al público, así como limitar el acceso y libre desplazamiento en los espacios públicos; Explotar o dar un trato abusivo o degradante; Restringir la participación en actividades deportivas, recreativas o culturales; Restringir o limitar el uso de su lengua, usos, costumbres y cultura, en actividades públicas o privadas, en términos de las disposiciones aplicables; Limitar o negar el otorgamiento de concesiones, permisos o autorizaciones para el aprovechamiento, administración o usufructo de recursos naturales, una vez satisfechos los requisitos establecidos en la legislación aplicable; XXVII. Incitar al odio, violencia, rechazo, burla, difamación, injuria, persecución o la exclusión; XXVIII. Realizar o promover el maltrato físico o psicológico por la apariencia física, forma de vestir, hablar, gesticular o por asumir públicamente su preferencia sexual, y XXIX. En general cualquier otra conducta discriminatoria en términos del artículo 4 de esta Ley

5 percepción que la sociedad tiene sobre el estado de la discriminación en México y la percepción que las personas en situación de vulnerabilidad tienen al respecto. La Encuesta encontró que los grupos considerados por la sociedad como más desprotegidos son las y los adultos mayores (40.5%), las y los indígenas (15.6%), las personas con discapacidad (14.5%), las personas que viven con VIH/SIDA (10.8%), las y los niños (9%), las madres solteras (4.4%), las y los desempleados (3 %), las y los extranjeros que viven en México (1.3%), los jóvenes (0.5%) y las y los no católicos (0.2%). En promedio, 9 de cada 10 mujeres, personas con discapacidad, indígenas, homosexuales, adultos mayores y personas pertenecientes a minorías religiosas opinan que existe discriminación por su condición. Consideran que al menos una vez en su vida han sido personas discriminadas, pero en la misma proporción han también discriminado a otros mexicanos/as. De ellas, el 42.8% de las y los homosexuales, el 32.9% de las personas con discapacidad, el 31.5% de las y los indígenas, el 24.5% de las y los adultos mayores, el 21.4% de las minorías religiosas y el 15.1% de las mujeres encuestadas indicaron haber sufrido algún acto de discriminación por su condición en el último año. Para el caso de las personas con discapacidad, la encuesta arrojó los siguientes resultados: En las percepciones generales de la encuesta se encontró lo siguiente: Casi el 24% de las personas encuestadas aceptan que las personas con discapacidad sufren por su condición; el 22% reconoció que las personas con discapacidad tienen mayores dificultades para conseguir un empleo; 65% de las y los mexicanos encuestados dijeron respetar siempre los lugares asignados a las personas con discapacidad. Estas percepciones contrastan con las siguientes respuestas: El 41% opinó que las personas con discapacidad no trabajan tan bien como las demás; Uno de cada tres mexicanos/as está de acuerdo con la idea de que en las escuelas donde hay niños/as con problemas físicos o psicomotores la calidad de la enseñanza disminuye; El 42% opinó estar de acuerdo en que dadas las dificultades de oferta de empleo que hay actualmente en México, sería preferible dar trabajo a las personas sin discapacidad que a las personas con discapacidad; Las personas con discapacidad opinaron lo siguiente: el 94.4% dijo que hay discriminación en su contra; 52.1% dijo que no se le han respetado sus derechos en México; 32.9% dijo haber sido víctima de un acto de discriminación en el último año; 58.7% se siente rechazada por la sociedad; una de cada dos personas se siente incapaz de tener un rol importante en la sociedad; para el 82.8% de las personas con discapacidad, la discriminación hacia su condición se asocia con menores oportunidades de empleo, por el temor de la empresa a disminuir su productividad; - 5 -

6 tres de cada cuatro personas con discapacidad cree tener menores oportunidades de ir a la escuela que el resto de las personas; el 88.5% cree tener menores oportunidades para conseguir un trabajo que el resto de las personas; las personas con discapacidad creen tener menores libertades para tomar sus propias decisiones que el resto de las personas; al 37.9% le han pagado un salario menor por desempeñar un trabajo similar que una persona sin discapacidad; al 41.8% les han negado trabajo por motivo de su discapacidad; Los espacios donde perciben las personas con discapacidad mayor discriminación son: el trabajo, la escuela, hospitales públicos y en la familia; dentro de la familia, uno de cada tres ha sido víctima de discriminación; entre las situaciones de discriminación que se destacan en la encuesta, se encuentran: a) Darle menos libertad que a sus hermanos/as; b) Darle preferencia o prioridad a sus hermanos/as por ser personas sin discapacidad, c) Que las tareas de casa las realicen sólo ellos o ellas, d) Que no se les permita estudiar, e) Mandarles a una escuela especial para personas con discapacidad y f) Obligarle a entender a sus hermanos/as (por encima de sus propias opiniones o deseos). El CONAPRED, en el ejercicio de sus atribuciones y en respuesta a los compromisos en materia de la armonización legislativa nacional e internacional derivados de la implementación de la Convención, emitió en el periodo de mayo del 2008 a mayo del 2010 más de 90 opiniones legislativas respecto a iniciativas de reforma a las siguientes leyes: 1. Ley Federal del Trabajo 2. Ley General de Salud 3. Código Civil Federal 4. Código Penal Federal 5. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 6. Ley General de las Personas con Discapacidad 7. Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales 8. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental 9. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal 10. Ley de Asistencia Social 11. Ley de Aguas Nacionales 12. Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes 13. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación 14. Ley del Seguro Social 15. Ley Federal del Derecho de Autor 16. Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa - 6 -

7 17. Ley General de Bibliotecas 18. Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos 19. Ley Federal para la Regulación de los Centros de Apoyo y Rehabilitación en Materia de Adicciones y Discapacidades 20. Leyes Generales de Turismo 21. Ley General de Infraestructura Física Educativa En el CONAPRED también se revisaron iniciativas de ley, por ejemplo: la Ley Federal que Protege los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad del Estado de Yucatán. El CONAPRED, al aportar sus opiniones sobre las propuestas de reforma legislativa o propuestas de ley, toma como base de análisis los compromisos incluidos en la Convención así como las recomendaciones contempladas en la Guía para Parlamentarios sobre la Convención, emitida por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Por lo tanto, el CONAPRED manifiesta su acuerdo o desacuerdo con las propuestas legislativas que se le remiten para revisión, y aprovecha para sugerir modificaciones a las propuestas sobre los criterios contenidos de la Convención. Adicionalmente, el CONAPRED ha elaborado siete estudios en el periodo de revisión. Entre ellos, en el 2009 se realizo el estudio Discriminación y discapacidad mental e intelectual con la finalidad de analizar la problemática que viven las personas con discapacidad y ofrecer alternativas de análisis para ambas formas de discapacidad. Es relevante mencionar que, aunque no corresponde al periodo de revisión, en el año 2007 el CONAPRED elaboró el estudio denominado Análisis de la legislación nacional vigente a la luz de la Convención Internacional sobre Personas con Discapacidad, en el que compiló más de 400 instrumentos normativos federales y estatales relacionados con los derechos de las personas con discapacidad. Este documento fue presentado en la sede de la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra en mayo del 2008, con motivo de la entrada en vigor de la Convención, así como ante el Consejo de Derechos Humanos. En el marco de la estrategia de vinculación nacional e internacional y de la coordinación institucional para la atención al fenómeno discriminatorio que viven las personas con discapacidad, el CONAPRED estableció desde el 2004 y hasta diciembre del 2008, el Programa para la Defensa de los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad. El objetivo fue impulsar la lucha contra la discriminación hacia las personas con discapacidad. Dicho programa tuteló, durante los primeros cuatro años de existencia del Consejo, las acciones estratégicas para la atención de las personas con discapacidad. Además el CONAPRED tiene la facultad de emitir el Programa Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación (PNPED), que propone una serie de objetivos, líneas estratégicas y de acción, así como mecanismos de seguimiento y verificación que a corto, mediano y largo plazo permitan consolidar la política nacional de combate a la discriminación

8 El PNPED está diseñado con la intención de articular un frente común de combate a la discriminación desde el Estado y se asume como un esfuerzo innovador de política general del gobierno mexicano en materia de no discriminación. Entre enero y febrero del 2010 se elaboró la propuesta general del PNPED Durante ese periodo se mantuvo comunicación y retroalimentación con los integrantes de la Junta de Gobierno del CONAPRED para integrar comentarios y observaciones al Programa. El 17 de marzo del 2010, durante la 1ra sesión ordinaria de la Junta de Gobierno se aprobó el proyecto de Programa Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación , mediante el acuerdo 5/2010. Una vez aprobado en lo general el PNPED, se envió para revisión a diversas instancias federales. A la fecha se están incorporando comentarios y sugerencias recibidos y consolidando el sistema de monitoreo y evaluación del mismo. El PNPED contiene un número importante de líneas de acción enfocadas a aportar en la garantía de diversos derechos de las personas con discapacidad. El CONAPRED ha realizado actividades de divulgación, sensibilización, capacitación y asesoría dirigidas a las instituciones públicas, privadas y sociales, previa solicitud de la parte interesada para que asuman el compromiso de revisar sus políticas y prácticas internas para reorientar y redefinir mecanismos que incorporen el derecho a la no discriminación de las personas con discapacidad e instrumenten medidas que transformen su cultura, coadyuvando a disminuir, prevenir y erradicar la discriminación. De acuerdo con el Artículo 85, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, el CONAPRED tiene la facultad de otorgar un reconocimiento a las instituciones públicas y privadas, así como a los particulares que se distingan por llevar a cabo programas y medidas para prevenir la discriminación en sus prácticas, instrumentos organizativos y presupuestos. Con el mismo fundamento también se estableció el Reconocimiento por la Cultura de la No Discriminación que consiste en la aplicación de un sistema de gestión institucional con características de universalidad, transparencia, flexibilidad y objetividad, al tiempo que fomenta la responsabilidad y el compromiso social de las instituciones públicas, privadas y sociales, promoviendo la cultura de no discriminación como componente propio de la lucha por la igualdad de oportunidades y de trato. Los criterios para diferenciar y advertir con mayor precisión los espacios y situaciones susceptibles a la acción discriminatoria para poder evaluar el avance de las instituciones en el desarrollo de medidas que prevengan o eliminen la discriminación en sus espacios. Estos criterios son: Edad, Género, Identidad Sexual, Apariencia, Condición de Salud, Condición Económica, Condición Social, Discapacidad, Embarazo, Situación civil, Origen Étnico, Lengua, Maternidad y Paternidad, Religión y Xenofobia. El Reconocimiento es de carácter honorífico y tiene una vigencia de un año. Dicho reconocimiento puede servir de base para la obtención de beneficios que, en su caso, establezca el Estado, en los términos de la legislación aplicable

9 Este reconocimiento ha distinguido de manera especial a aquellas instituciones que han establecido como política laboral la inclusión de personas con discapacidad y la adaptación de sus instalaciones para hacerlas accesibles a dichas personas. 2 Entre las acciones realizadas por las instituciones que han participado para la obtención del Reconocimiento por la Cultura de la No Discriminación destacan: la creación de comités por la no discriminación; el diseño de manuales de procedimientos administrativos que incorporan el derecho a la no discriminación y la adecuación de las instalaciones que permiten la accesibilidad de todas las personas. En el Modelo para la obtención del Reconocimiento se conceptualizaron los criterios que permiten diferenciar y advertir con mayor precisión los espacios y situaciones susceptibles a la acción discriminatoria para poder evaluar el avance de las instituciones en el desarrollo de medidas que prevengan o eliminen la discriminación en los diferentes espacios y situaciones. Actualmente como medida pertinente para que ninguna persona, organización o empresa privada discrimine por motivos de discapacidad se han gestionado los reconocimientos para tres generaciones de instituciones, dando un total de 55 las acreedoras a dicho distintivo: 11 son instituciones públicas, 41 privadas y 3 de corte social. La primera generación estuvo conformada por 15 instituciones, la segunda generación por 11 y la tercera generación por En cuanto a la obligación de consultar a organizaciones de la sociedad civil, el CONAPRED ha firmado convenios de colaboración con la Fundación Teletón, Libre Acceso A.C. y la Universidad de Santa Catarina en Nuevo León, con el objeto de realizar actividades conjuntas para combatir la discriminación hacia las personas con discapacidad. Asimismo, se han sostenido reuniones de trabajo con organizaciones de la sociedad civil que atienden la temática de la discapacidad, con el objetivo de identificar acciones y mecanismos de colaboración futura en la integración de personas con discapacidad en los ámbitos laborales, educativos y de acceso a la salud y la justicia. En este sentido en el 2009 se llevó a cabo un proceso de diálogo con organizaciones de la sociedad civil que trabajan con grupos de población en situación de vulnerabilidad, entre ellos el de personas con discapacidad. Este proceso consistió en tres rondas de mesas de trabajo, realizadas en marzo, junio y noviembre, que iniciaron con propuestas de acciones conjuntas en beneficio de ese sector de la sociedad, continuaron con los avances en esas acciones y concluyeron con propuestas de acciones futuras de colaboración. A estas mesas de trabajo asistieron 42 asistentes de 30 organizaciones que trabajan por los derechos de las personas con discapacidad. 2 Ver anexo 1-9 -

10 En el 2010, la presidencia del CONAPRED sostuvo diversas reuniones de trabajo y entrevistas con miembros de organizaciones que trabajan con y para personas con discapacidad y con personas interesadas en el tema, que representan a organizaciones de la sociedad civil, comisiones legislativas de diversos estados y e instituciones académicas. También se han sostenido reuniones de trabajo con el grupo Personas con Discapacidad, de la Subcomisión de Grupos Vulnerables, de la Comisión de Política Gubernamental en materia de Derechos Humanos. Destaca también la participación del Presidente del CONAPRED en el Foro Internacional sobre Capacidad Jurídica y Toma de Decisiones con Apoyo, que fue convocado por: Inclusion International en alianza con la Fundación Saldarriaga Concha y la colaboración de Asdown Colombia, Fundación PAIIS y Handicap International, en Bogotá, Colombia, los días 20 y 21 de abril del Se asistió al II Congreso Internacional de Personas con Discapacidad: Por una sola sociedad que se celebró en la en la ciudad de Guadalajara, Jalisco el 26 de mayo del presente año, en donde se presentó la conferencia titulada: La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad. De igual forma el Consejo organizó la conferencia magistral Estrategias para implementar la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad impartida por Favio Ianaselli en el museo Franz Mayer de la ciudad de México. Dentro de las actividades de coordinación interinstitucional que se desarrollan con instancias federales, se encuentran las realizadas con el Secretariado Técnico del Consejo CONADIS de la Secretaría de Salud, en la elaboración de comentarios, observaciones y sugerencias para enriquecer el Programa Nacional para el Desarrollo de las Personas con Discapacidad (PRONADDIS), documento que integra un conjunto de acciones interinstitucionales e intersectoriales para contribuir el desarrollo e inclusión plena de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la vida, en un marco de igualdad de derechos humanos y oportunidades, con perspectiva de género y de no discriminación. Artículo 5 Igualdad y No Discriminación México ha realizado una serie de esfuerzos nacionales para atender al fenómeno de la discriminación en cualquiera de sus modalidades: racial, etárea, de género, por condiciones de salud, discapacidad, por preferencia sexual o aquella relacionada con las oportunidades de empleo. Además, con motivo de la entrada en vigor de la Convención, se está revisando la legislación vigente para garantizar a las personas con discapacidad la protección legal igual y efectiva. Asimismo, se han realizado diversas acciones que conforman la política antidiscriminatoria 4 del Estado Mexicano. 4 Entendida como: 1.- La instalación el 27 de marzo del 2001 de la Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación, 2.- La adición en el año 2001, de un tercer párrafo al artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de incluir el derecho a quedar libre de cualquier forma de discriminación en el catálogo de garantías individuales que establece la ley suprema, 3.- La publicación el 12 de junio de 2003, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la

11 Con la reforma constitucional al artículo 1º citada anteriormente se busca proteger y compensar, con disposiciones de carácter constitucional, a todas aquellas personas y grupos que se hallan en situación de desventaja por prejuicios de distinta índole y condiciones estructurales diversas,. Con la incorporación de ésta cláusula antidiscriminatoria en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se derivaron disposiciones que comprometen al Estado a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas. 5 En el artículo 4 de la Ley General para Prevenir la Discriminación se estipula que se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil y/o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas. También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación establece disposiciones para prevenir y eliminar todas las formas de discriminación, así como para promover la igualdad de oportunidades y de trato. La ley también enumera las conductas discriminatorias que quedan prohibidas y dispone las medidas positivas y compensatorias que los órganos públicos y las autoridades federales deberán adoptar en favor de la igualdad de oportunidades de diversos grupos históricamente sometidos a una situación de vulnerabilidad. En algunos supuestos se hace alusión específica a lineamientos relacionados con los derechos de las personas con discapacidad Cabe mencionar que en el Capítulo III de la Ley Federal para Prevenir la Discriminación contiene una serie de medidas en favor de la igualdad de oportunidades; el artículo 13 reúne las medidas que se deben implementar para favorecer a las personas con discapacidad y que se transcriben a continuación: Artículo 13.- Los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo, entre otras, las siguientes medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad: Discriminación, instrumento legal para reglamentar la cláusula antidiscriminatoria incorporada previamente al texto constitucional y 4.- La creación, el 26 de abril de 2004 del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), que es el órgano del Estado encargado de combatir la discriminación a nivel institucional y promover condiciones de igualdad para todas las personas. 5 En el año 2002, el Poder Ejecutivo Federal presentó la iniciativa de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, misma que fue aprobada por unanimidad y publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de junio de Derivado de esta Ley se creó el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), que formalmente entró en funciones el 27 de marzo de 2004 como órgano del Estado Mexicano encargado de aplicar la política antidiscriminatoria en todo el territorio nacional

12 I. Promover un entorno que permita el libre acceso y desplazamiento; II. Procurar su incorporación, permanencia y participación en las actividades educativas regulares en todos los niveles; III. Promover el otorgamiento, en los niveles de educación obligatoria, de las ayudas técnicas necesarias para cada discapacidad; IV. Crear programas permanentes de capacitación para el empleo y fomento a la integración laboral; V. Crear espacios de recreación adecuados; VI. Procurar la accesibilidad en los medios de transporte público de uso general; VII. Promover que todos los espacios e inmuebles públicos o que presten servicios al público, tengan las adecuaciones físicas y de señalización para su acceso, libre desplazamiento y uso; VIII. Procurar que las vías generales de comunicación cuenten con señalamientos adecuados para permitirles el libre tránsito; IX. Informar y asesorar a los profesionales de la construcción acerca de los requisitos para facilitar el acceso y uso de inmuebles, y X. Promover que en las unidades del sistema nacional de salud y de seguridad social reciban regularmente el tratamiento y medicamentos necesarios para mantener y aumentar su capacidad funcional y su calidad de vida. En base a lo establecido en la ley, el CONAPRED hace uso de medidas efectivas para garantizar a las personas con discapacidad protección legal contra todo tipo de discriminación. Para lograr esto, se cuenta con un área especializada para la atención de quejas y reclamaciones por presuntos actos de discriminación cometidos en el primer caso por particulares, y en el segundo por servidores públicos federales. Así se reciben de manera permanente denuncias por presuntos actos de discriminación de toda índole y se da seguimiento a cada expediente buscando la conciliación de las partes o, en su caso, se aplican medidas administrativas establecidas por la Ley. El Consejo también se encarga de atender los casos de los individuos o grupos objeto de discriminación mediante asesorías gratuitas. Toda persona podrá presentar ante el CONAPRED reclamaciones o quejas respecto de presuntas conductas discriminatorias, ya sea directamente o por medio de un representante. Ambos son mecanismos no jurisdiccionales y por medio de ellos se tutela el derecho a la igualdad y a no ser discriminado/a, basando su actuación en la buena voluntad de las partes para dirimir la controversia planteada. El proceso a una queja presentada concluye con un procedimiento conciliatorio, y en la recepción de una reclamación, en caso de que no exista la conciliación entre las partes, es posible que se continúe con la investigación hasta emitir una resolución por disposición. Frente a presuntos actos de discriminación, el Consejo puede iniciar sus actuaciones a petición de parte, es decir, a partir de que exista una denuncia, pero también puede actuar de oficio

13 En relación a lo anterior se informa que, en términos cuantitativos, el CONAPRED la ha dado cauce a un total de 163 recomendaciones y quejas entre el 2008 y el Las cifras desagregadas, por tipo de reclamo, por estatus, por sexo de personas peticionarias, por tipo de discapacidad, por género y/o colectivas, son las siguientes: QUEJAS Y RECLAMACIONES CALIFICADAS COMO PRESUNTOS ACTOS DE DISCRIMINACIÓN (DISCAPACIDAD) Mayo 2008 a Mayo 2010 INFORME GENERAL TIPO DE EXPEDIENTE TOTALES QUEJAS 96 RECLAMACIONES 67 TOTAL 163 ESTATUS DEL PROCEDIMIENTO DE QUEJAS Y RECLAMACIONES RECIBIDAS Mayo 2008 a Mayo 2010 QUEJAS RECLAMACIONES ESTATUS Mayo Mayo CONCLUIDAS EN TRÁMITE TOTAL CIFRAS DE QUEJAS Y RECLAMACIONES POR GÉNERO Y/O COLECTIVAS QUEJAS RECLAMACIONES GENERO Mayo Mayo MUJER HOMBRE COLECTIVA Es relevante hacer notar que aunque generalmente las mujeres son mayormente discriminadas, los hombres con discapacidad son quienes superan el número de peticiones presentadas. Este patrón refleja de cierta manera que la cultura de la denuncia no forma parte de las prácticas de las mujeres con discapacidad en México y posiblemente implique falta de empoderamiento por parte de las mismas

14 QUEJAS POR TIPO DE DISCAPACIDAD 6 De Mayo de 2008 a Mayo de 2010 Tipo de Mayo TOTAL Discapacidad Auditiva Intelectual Motriz Visual TOTAL RECLAMACIONES POR TIPO DE DISCAPACIDAD De Mayo 2008 a Mayo 2010 Tipo de Mayo TOTAL Discapacidad Auditiva Intelectual Motriz Visual Discapacidad En General TOTAL La proporción de quejas y reclamaciones por tipo de discapacidad presentadas es congruente con los porcentajes de población con discapacidad presente en el país, es decir, el número de quejas presentadas por personas con discapacidad motriz supera en gran número a las demás discapacidades, seguida por las presentadas por personas con discapacidad intelectual y luego por aquellas presentadas por personas con las llamadas discapacidades sensoriales (visual o auditiva). Se aclara que no se tomaron cifras para registrar las quejas y reclamaciones presentadas por personas con discapacidad mental o psicosocial, que es otro de los pendientes a retomar para dar cumplimiento a los compromisos plasmados en la Convención. Ahora bien, en términos cualitativos, las quejas y reclamaciones recibidas ante el CONAPRED durante el 2010 nos muestran que los derechos por los que las personas con discapacidad presentan sus reclamos son los siguientes: Accesibilidad de espacios públicos, Educación y/o prestación de servicios educativos, 6 Nota Informativa: Al sumar las quejas y reclamaciones tomando en cuenta el tipo de discapacidad, nos muestra un resultado superior al total de expedientes de quejas y reclamaciones quejas 96 y reclamaciones 67, debido a que el o la peticionario (a), presenta más de una discapacidad

15 Derecho al trabajo y sus diversas modalidades como ascenso, capacitación o permanencia en el empleo, Trato digno e igualdad de oportunidades, Recreación y/o esparcimiento, Derechos de los niños y las niñas, Derechos de las personas con discapacidad Derechos de las y los adultos mayores. Solamente se analizan los porcentajes de quejas y reclamaciones presentadas ante el CONAPRED durante el 2010, debido a que en términos numéricos, las quejas presentadas en lo que va del año superan el número de los años anteriores, lo que nos permite inferir se debe al reposicionamiento de la institución en la defensa y exigibilidad de éste tipo de derechos. PORCENTAJES DE QUEJAS REALIZADAS EN EL AÑO 2010:. Lo referente a las cifras de reclamaciones 7 radicadas en este Consejo del 1 de enero al 31 de mayo del presente año, se presentaron 21 reclamos, calificados en tiempo y forma como presuntas conductas discriminatorias en razón de la Discapacidad. Toda vez que se trata de instituciones de carácter público, los sectores con mayor afluencia en materia de discriminación hacia personas con discapacidad son: Sector Educativo Sector Salud Sector Laboral (Empleo en dependencias, organismos u órganos de la Administración Pública Federal). Dicho lo anterior, se informa que los derechos potencialmente vulnerados de las peticionarias que presentan una reclamación, se señalan los siguientes: 7 Denuncia o petición formulada por conductas presuntamente discriminatorias atribuidas a autoridades o servidores públicos de carácter federal

16 Libre acceso a espacios públicos, Trabajo y sus diversas modalidades como ascenso, capacitación o permanencia en el empleo, Educación o la prestación de servicios educativos, Salud, Seguridad social, Atención médica y medicamentos Igualdad de trato. Una manera adicional en la que el CONAPRED contribuye para garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a la justicia, es la capacitación en el tema de administración de justicia, para ello se impartieron los siguientes cursos en materia de los derechos de las personas con discapacidad: Curso de sensibilización a personal de la Secretaría de Seguridad Pública Federal en San Luis Potosí (21 mandos medios y superiores) relacionado con la Formación de instructores en Derechos Humanos y Principios Humanitarios Aplicable a la función policial en el marco de la difusión del tema: los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y las personas con discapacidad. Impartición de 2 cursos en Ciudad Juárez y en Guadalajara eliminación de la discriminación en la Procuración de Justicia Federal y los derechos humanos de las personas con discapacidad junto con la Procuraduría General de la República. Impartición de 2 cursos en Monterrey, Nuevo León y Acapulco, Guerrero sobre la eliminación de la discriminación en la Procuración de Justicia Federal y los derechos humanos de las personas con discapacidad junto con la Procuraduría General de la República. Impartición de 1 curso en Cuernavaca Morelos sobre la Eliminación de la Discriminación en la Procuración de Justicia Federal y los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad junto con la Procuraduría General de la República. Contribución en el desarrollo de un proyecto que tiene como propósito el impulsar la denuncia de la discriminación que padecen las personas con discapacidad en los edificios de la Administración Pública Federal, particularmente la relativa a la carencia de accesibilidad universal. En el 2009, se impartieron 105 cursos de sensibilización a 3,466 personas, como resultado de medidas administrativas, a dependencias del gobierno e instituciones privadas, entre los cuales se encuentran. Por discapacidad: Administración Palacio Federal de Durango; NH Hoteles centro; Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STyPS); Bar Gabanna 945;

17 Hospital Regional Adolfo López Mateos del ISSSTE; dirección número 1 de Educación Primaria en el D. F., (SEP); Colegio Frida Kahlo; Restaurante Contamar; Restaurante Puerto Madero; Universidad de la República Mexicana; Escuela Primaria República de Yugoslavia; Universidad Icel; Clínica Indianilla ISSSTE; CeCyt número 4 (IPN); Escuela Secundaria número 35; Cineteca Nacional; Empresa Corsa, S.A., de C.V.; Escuela Activa; Escuela Primaria Simitrio Ramírez Hernández; Escuela Primaria Obras del Valle de México; Multiproductos de Seguridad Privada S.A. de C.V.; Centro de Recreación y Estimulación temprana, S.C.; Jardín de niños Quetzalli; Agencias Funerarias Gayosso. Impartición de dos cursos en las instalaciones de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad de la PGR y en Morelia, Michoacán sobre la Eliminación de la Discriminación en la Procuración de Justicia Federal y los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad en el marco del Seminario Interinstitucional en Materia de Atención a Víctimas del Delito (35 personas, 15 de enero de 2009). Impartición de un curso en Mérida, Yucatán sobre la Eliminación de la Discriminación en la Procuración de Justicia Federal y los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad a invitación de la PGR( 90 personas, 05 de febrero del 2009). Dos cursos en las instalaciones de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad de la PGR sobre No Discriminación y Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad. (17 personas). Dos cursos de sensibilización sobre Derecho a la No Discriminación en la Procuración de Justicia Federal y sobre Los Derechos de las Personas con Discapacidad dirigido a 25 servidores públicos de la PGR en el marco del Seminario sobre Discriminación y los Derechos de las Personas con Discapacidad que organizó dicha institución (25 y 26 de agosto 2009). De igual forma el CONAPRED ha diseñado una estrategia de intervención que le ha facilitado el logro de las atribuciones que le confiere la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y que se pueden dividir en cuatro acciones fundamentales: 1. Atención de denuncias por presuntos actos discriminatorios 2. Difusión de una nueva cultura de la igualdad 3. Fomento y generación de estudios y políticas públicas que incluyan medidas positivas y compensatorias. 4. Vinculación nacional e internacional y coordinación institucional. Finalmente, como otra manera de contribuir a la garantía del ejercicio y goce del derecho de acceso a la justicia el CONAPRED emitió análisis, comentarios y

18 sugerencias respecto de las siguientes iniciativas presentadas en el H. Congreso de la Unión: 1. Proyecto de decreto que reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 20, apartado B, fracción VIII, la cual tiene por objeto garantizar la asistencia de un intérprete certificado para las personas imputadas en un proceso penal que por alguna discapacidad, o bien, por razón de su pertenencia a un pueblo o comunidad indígena lo requieran. 2. Proyecto de decreto que reforma la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (adiciona un artículo 45 Bis), con la finalidad de garantizar que la asesoría u orientación que brinde el CONAPRED a las personas presuntamente discriminadas que pertenezcan a un pueblo o comunidad indígena, o se trate de una persona con discapacidad que le impida oír o hablar, se realice con ayuda de intérpretes y/o traductores. Artículo 6 Mujeres con Discapacidad La situación de la mujer con discapacidad en México tiene que ser considerada de manera especial, ya que la mujer con discapacidad resulta particularmente afectada en comparación con el hombre, lo que es un reflejo de la situación de discriminación en la que se encuentra por la sucesión de desventajas, el ser mujer y el tener una discapacidad. 34.6% de los niños con discapacidad de 6 a 14 años no asiste a la escuela. En el caso de las niñas, este porcentaje se eleva al 36.5%. 8 Entre los hombres de 15 años y más, 7.4% se declaró sin instrucción, en comparación, entre las mujeres esta cifra se acerca al 10%. 9 De cada 100 mujeres con discapacidad, 46 son adultas mayores. En hombres el porcentaje es de El 14.7 por ciento de los hombres y el 11.4 por ciento de las mujeres con alguna discapacidad no perciben ingresos en la ocupación que desempeñan. 11 Ante estas cifras es claro que las mujeres con discapacidad enfrentan la desigualdad agravada en diversos campos: 8 INMUJERES, Discapacidad y género, disponible en: consultado el 1 de julio de Ídem. 10 De acuerdo a cifras del Censo realizado en el 2000 por el Instituto Nacional de Geografía e Informática y el documento El Envejecimiento de la Población en México, CONAPO realizado en el Ídem

19 Mayor exclusión educativa a mujeres Menor índice de años de escolaridad Mayor discapacidad en edad adulta mayor Menor acceso al empleo Mayor falta de oportunidades El CONAPRED ha intentado atender estas problemáticas en base a su propio mandato a través de la realización de 10 talleres en Centros de Atención e Integración del Distrito Federal, que son parte de los programas educativos del CONAPRED, 12 a los cuales asistieron un total de 192 personas que atienden a población en situación de abandono social, que entre otros, incluyeron a mujeres con alguna discapacidad. Artículo 7 Niños y niñas con discapacidad En junio del 2010, el Consejo inició una reclamación de oficio debido a que el Nuevo Reglamento de Servicios de Estancias para el Bienestar y Desarrollo Infantil del ISSSTE, contempla diversas limitantes para el acceso o permanencia de las niñas y niños en esas estancias, por causa de diversas condiciones de salud y/o discapacidad que presentan y que están señaladas en ese ordenamiento. El caso se encuentra en análisis para buscar de manera conjunta una solución que permita modificar o eliminar criterios discriminatorios en el citado Reglamento y las niñas y niños con discapacidad puedan gozar de este servicio público. Artículo 8 Toma de conciencia El CONAPRED tiene a su cargo tareas de promoción, estudio y divulgación vinculadas al derecho a la no discriminación. De esta manera, realiza acciones de capacitación y sensibilización en todo el territorio nacional a través de la realización de cursos, talleres, seminarios y conferencias, entre otros, dirigidos a servidores públicos, al público en general y a Organizaciones de la Sociedad Civil. Entre los temas que se desarrollan, se encuentra el tema de la discriminación a grupos en situación de discriminación y/o exclusión y en particular el grupo de personas con discapacidad. Lo anterior con objeto de promover en la sociedad el reconocimiento a la diversidad y el respeto por la igualdad. Durante el periodo del reporte, el CONAPRED ha realizado diversas acciones de sensibilización hacia la población sobre la discriminación y los derechos de las personas con discapacidad. Tal como la participación en el Ciclo de Conferencias: Los derechos de las niñas y los niños, la Discriminación hacia las personas con discapacidad ; y Yo tengo derecho a vivir libre de toda discriminación. 12 Ver artículo 40 del Estatuto del CONAPRED

Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS)

Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Decreto Ejecutivo : 36524 del 07/04/2011 Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Ente emisor: Fecha de vigencia desde: Poder Ejecutivo 10/06/2011 Versión de la norma: 1 de 1 del 07/04/2011

Más detalles

Marco Jurídico Nacional de la Inclusión Laboral

Marco Jurídico Nacional de la Inclusión Laboral Marco Jurídico Nacional de la Inclusión Laboral Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Art. 1º.- Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la

Más detalles

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Preámbulo Los Estados Partes en la presente Convención, a. Recordando que los principios de la Carta de las Naciones Unidas que proclaman

Más detalles

LEY PARA PREVENIR, COMBATIR Y ELIMINAR ACTOS DE DISCRIMINACIÓN EN EL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

LEY PARA PREVENIR, COMBATIR Y ELIMINAR ACTOS DE DISCRIMINACIÓN EN EL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES LEY PARA PREVENIR, COMBATIR Y ELIMINAR ACTOS DE DISCRIMINACIÓN EN EL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las disposiciones de esta ley son de orden público, interés social

Más detalles

CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Aprobada en Ciudad de Guatemala, Guatemala el 7 de junio de 1999, en el vigésimo

Más detalles

Primera edición: abril, 2012

Primera edición: abril, 2012 Primera edición: abril, 2012 D. R. Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada: Éricka Toledo

Más detalles

LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN PARA EL ESTADO DE HIDALGO. GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO

LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN PARA EL ESTADO DE HIDALGO. GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN PARA EL ESTADO DE HIDALGO. TEXTO ORIGINAL Ley publicada en el Periodico Oficial del 10 de marzo de 2008. GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO MICUEL

Más detalles

PROPUESTAS DEL COMITÉ COORDINADOR DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PNDH * RELATIVAS A DERECHOS HUMANOS DE GRUPOS VULNERABLES

PROPUESTAS DEL COMITÉ COORDINADOR DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PNDH * RELATIVAS A DERECHOS HUMANOS DE GRUPOS VULNERABLES PROPUESTAS DEL COMITÉ COORDINADOR DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PNDH * RELATIVAS A DERECHOS HUMANOS DE GRUPOS VULNERABLES Presentación El Comité Coordinador de Seguimiento y Evaluación del Programa Nacional

Más detalles

Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)

Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) Lic. Graciela Vargas García, Subdirectora de Protección Laboral Infantil de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social El Gobierno de la República ha planteado

Más detalles

COMISIÓN DE POLÍTICA GUBERNAMENTAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS

COMISIÓN DE POLÍTICA GUBERNAMENTAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS EJERCICIO DE RENDICIÓN DE CUENTAS A LA SOCIEDAD. (Documento de información básica) COMISIÓN DE POLÍTICA GUBERNAMENTAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS En el marco de la Comisión Intersecretarial para la

Más detalles

Informe sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes en México Segundo ciclo del Examen Periódico Universal, México 2013

Informe sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes en México Segundo ciclo del Examen Periódico Universal, México 2013 Informe sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes en México Segundo ciclo del Examen Periódico Universal, México 2013 México cuenta con una población total de 112 millones 336 mil 538 personas.

Más detalles

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad - Art. 1 al 15

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad - Art. 1 al 15 Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad - Art. 1 al 15 Categoría: Nuestros Derechos Artículo 1. Propósito El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar

Más detalles

ILTRE. AYUNTAMIENTO DE MOGÁN

ILTRE. AYUNTAMIENTO DE MOGÁN *** Publicada en el BOP Nº 13 de fecha 28 de enero de 2.009. *** ORDENANZA POR LA IGUALDAD DE GENERO EN EL MUNICIPIO DE MOGAN. CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto, Objetivo Y Ámbito

Más detalles

Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad

Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad 1. Clase de Instrumento: Tratado internacional Fecha de firma: 7 de junio de 1999

Más detalles

JURISPRUDENCIA Y ACTIVIDAD JURISDICCIONAL

JURISPRUDENCIA Y ACTIVIDAD JURISDICCIONAL DERECHO A UN NIVEL DE VIDA ADECUADO JURISPRUDENCIA Y ACTIVIDAD JURISDICCIONAL Registro No. 166607 Localización: Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXX,

Más detalles

Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)

Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) Primer Módulo para adultos: La Convención sobre los Derechos del Niño Temas desarrollados en este módulo: La Convención: significado, cronología, marco, Naciones Unidas, Asamblea General Enlaces de interés

Más detalles

(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007)

(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007) (Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007) NORMATIVA PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Título I. De la Igualdad de Oportunidades

Más detalles

Ministerio de Relaciones Exteriores. República de Colombia

Ministerio de Relaciones Exteriores. República de Colombia CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS Mayo 25 de 2011 1. CONTEXTO INTERNACIONAL 2. INCORPORACION AL ORDENAMIENTO INTERNO COLOMBIANO 3. LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 4. PASOS

Más detalles

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Implicaciones sociales, jurídicas y políticas Lic. Jesús E. Toledano Landero Fundación Dime, A.C 1 Temario Que es la Convención? Implicaciones

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ ESTATAL INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACION DE RECURSOS HUMANOS E INVESTIGACIÓN PARA LA SALUD.

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ ESTATAL INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACION DE RECURSOS HUMANOS E INVESTIGACIÓN PARA LA SALUD. REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ ESTATAL INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACION DE RECURSOS HUMANOS E INVESTIGACIÓN PARA LA SALUD. CAPITULO I De la organización y objeto del Comité. ARTICULO

Más detalles

MODELO DE ORDENANZA PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÒN PERMANENTE Y UNIDAD TÈCNICA DE IGUALDAD Y GÈNERO

MODELO DE ORDENANZA PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÒN PERMANENTE Y UNIDAD TÈCNICA DE IGUALDAD Y GÈNERO MODELO DE ORDENANZA PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÒN PERMANENTE Y UNIDAD TÈCNICA DE IGUALDAD Y GÈNERO EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON... (EXPOSICIÓN

Más detalles

Resumen de la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y. disposiciones de la Ley General de Educación.

Resumen de la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y. disposiciones de la Ley General de Educación. Resumen de la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Educación. Aprobada por la Cámara de Diputados el 22 de agosto de 2013 Comisión de

Más detalles

XI CONFERENCIA RIICOTEC La autonomía personal de los adultos mayores y personas con discapacidad, un reto del siglo XXI

XI CONFERENCIA RIICOTEC La autonomía personal de los adultos mayores y personas con discapacidad, un reto del siglo XXI XI CONFERENCIA RIICOTEC La autonomía personal de los adultos mayores y personas con discapacidad, un reto del siglo XXI Situación y perspectivas de las políticas públicas de atención a los adultos mayores

Más detalles

Accesibilidad para personas con discapacidad

Accesibilidad para personas con discapacidad Accesibilidad para personas con discapacidad La movilidad de una persona con discapacidad, no solo se relaciona con la posibilidad de desplazarse por si mismo, se relaciona con el entorno físico del hogar,

Más detalles

RESUMEN. DE LA LEY PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES.

RESUMEN. DE LA LEY PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. RESUMEN. DE LA LEY PARA LA IGUALDAD EFECTIVA Extracto de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres LEY PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. Aspectos

Más detalles

Minuta de Posición. Consulta Ciudadana. Sobre Adecuaciones Normativas. Plazo para participar: Entre el 31 de julio y el 21 de agosto de 2012.

Minuta de Posición. Consulta Ciudadana. Sobre Adecuaciones Normativas. Plazo para participar: Entre el 31 de julio y el 21 de agosto de 2012. Minuta de Posición Consulta Ciudadana Sobre Adecuaciones Normativas I. Antecedentes de la actividad Modalidad de participación: Virtual. Plazo para participar: Entre el 31 de julio y el 21 de agosto de

Más detalles

DERECHOS DE LAS PERSONAS MIGRANTES, REFUGIADAS Y SOLICITANTES DE ASILO Priorización para la construcción de la Agenda

DERECHOS DE LAS PERSONAS MIGRANTES, REFUGIADAS Y SOLICITANTES DE ASILO Priorización para la construcción de la Agenda DERECHOS DE LAS PERSONAS MIGRANTES, REFUGIADAS Y SOLICITANTES DE ASILO Priorización para la construcción de la Agenda Presentación El presente documento funge como una propuesta de agenda para el Derecho

Más detalles

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE.

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE. LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE. México, DF, a 22 de febrero de 2013. Con fecha 22 de enero de 2013, el Presidente de los Estados Unidos

Más detalles

Exposición de Motivos

Exposición de Motivos QUE EXPIDE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS PORTADORES Y LA PREVENCIÓN DEL VIH-SIDA, A CARGO DEL DIPUTADO JUAN ABAD DE JESÚS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA El suscrito, Juan Abad de Jesús; diputado

Más detalles

Ley No. 238 Ley de Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos ante el SIDA

Ley No. 238 Ley de Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos ante el SIDA NICARAGUA Ley No. 238 Ley de Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos ante el SIDA Capítulo I. Del objeto y ámbito de la Ley. Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto garantizar el

Más detalles

Carta de derechos y deberes de los Estudiantes del Centro Universitario EDEM

Carta de derechos y deberes de los Estudiantes del Centro Universitario EDEM Carta de derechos y deberes de los Estudiantes del Centro Universitario EDEM Preámbulo El artículo 46 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, proclama en su apartado primero que

Más detalles

4.2 Mecanismos de consulta. Recomendación

4.2 Mecanismos de consulta. Recomendación Complemento respuesta institucional Chile sobre Mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil y de las organizaciones no gubernamentales en los esfuerzos destinados a prevenir la corrupción

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL CAPITULO I GENERALIDADES

REGLAMENTO INTERIOR DE DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL CAPITULO I GENERALIDADES Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 24 de agosto de 2001 CAPITULO I GENERALIDADES ARTÍCULO 1.- El presente ordenamiento tiene como objetivo reglamentar la estructura administrativa

Más detalles

SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ABRIL DE 2015

SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ABRIL DE 2015 SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA SONIA VILLATORO ABRIL DE 2015 Tratados y convenios internacionales los tratados y convenios internacionales garantiza de manera plena y especifica

Más detalles

GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO C O N S I D E R A N D O

GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO C O N S I D E R A N D O 1 GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS

Más detalles

FOROS. Lo más emocionante del futuro, es que podemos darle forma. Charles Handy ESTUDIOS AGRARIOS

FOROS. Lo más emocionante del futuro, es que podemos darle forma. Charles Handy ESTUDIOS AGRARIOS FOROS FORO INTERNACIONAL TRATADOS INTERNACIONALES L. GABRIELA SOBRE CORTÉS DERECHOS RUIZ* Foro Internacional Tratados internacionales sobre derechos humanos de las mujeres, personas con discapacidad y

Más detalles

FUNCIONES Y PRIORIDADES DEL IMES

FUNCIONES Y PRIORIDADES DEL IMES FUNCIONES Y PRIORIDADES DEL IMES FUNCIONES Y PRIORIDADES DEL IMES Las funciones del Instituto de las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, son implementadas de acuerdo a los planes Estatal y Nacional,

Más detalles

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Los Estados Partes en el presente Protocolo, Alentados por el inmenso apoyo

Más detalles

Convención sobre los Derechos del Niño (Aprobada mediante Resolución No. 8-91 del 23 de junio de 1991, Gaceta Oficial No. 9805)

Convención sobre los Derechos del Niño (Aprobada mediante Resolución No. 8-91 del 23 de junio de 1991, Gaceta Oficial No. 9805) Convención sobre los Derechos del Niño (Aprobada mediante Resolución No. 8-91 del 23 de junio de 1991, Gaceta Oficial No. 9805) ÚNICO: APROBAR la Convención sobre los Derechos del Niño, suscrita por nuestro

Más detalles

Ley Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011.

Ley Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011. TEXTO ORIGINAL Ley Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011. AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO DE LA NACIÓN.-

Más detalles

Artículos de la Ley General de Educación en materia de Servicio Profesional Docente

Artículos de la Ley General de Educación en materia de Servicio Profesional Docente Artículos de la Ley General de Educación en materia de Servicio Profesional Docente Artículo 2o.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación de calidad y, por lo tanto, todos los habitantes del país

Más detalles

IMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO

IMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO ANEXO IMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO CAPÍTULO PRIMERO ASPECTOS GENERALES ARTÍCULO 1º (DEFINICIÓN) El presente

Más detalles

PROGRAMA DE BIENESTAR E INCENTIVOS

PROGRAMA DE BIENESTAR E INCENTIVOS PROGRAMA DE BIENESTAR E INCENTIVOS TIBIRITA CUNDINAMARCA Diciembre 2014 RESOLUCION No. 037 (De 17 de Diciembre de 2014) Por el cual se adopta el Programa de Bienestar Social Laboral para el concejo municipal

Más detalles

EN MÉXICO LOS DERECHOS DE LA INFANCIA AÚN SON VULNERADOS: PERSISTE VIOLENCIA CONTRA LA NIÑEZ.

EN MÉXICO LOS DERECHOS DE LA INFANCIA AÚN SON VULNERADOS: PERSISTE VIOLENCIA CONTRA LA NIÑEZ. CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACION Dirección de Educación, Divulgación y Comunicación Social Documento Informativo México D.F., 29 de abril de 2011. EN MÉXICO LOS DERECHOS DE LA INFANCIA

Más detalles

Conclusiones. A través de este amplio recorrido hemos llegado al final de la realización de nuestra

Conclusiones. A través de este amplio recorrido hemos llegado al final de la realización de nuestra Conclusiones A través de este amplio recorrido hemos llegado al final de la realización de nuestra tesis, con la finalidad de presentar las situación en la que se encuentran las mujeres, como es la problemática

Más detalles

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES El 04 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se expidió la Ley General de los Derechos de

Más detalles

Ley de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco

Ley de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto contribuir en la formación

Más detalles

Propuestas al proyecto de Observación General sobre el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC)

Propuestas al proyecto de Observación General sobre el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) Propuestas al proyecto de Observación General sobre el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) María Verónica Del Mastro Puccio Alberto Vásquez Encalada

Más detalles

DESPACHO DEL MINISTRO/OFICINA DE ASUNTOS MULTILATERALES Y DE INTEGRACIÓN

DESPACHO DEL MINISTRO/OFICINA DE ASUNTOS MULTILATERALES Y DE INTEGRACIÓN Cuestionario enviado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas de Derechos Humanos (OACNUDH), en el que se nos solicita información sobre los derechos humanos de las personas mayores,

Más detalles

NORMAS GENERALES DE CONTROL ESCOLAR

NORMAS GENERALES DE CONTROL ESCOLAR NORMAS GENERALES DE CONTROL ESCOLAR ASPECTOS GENERALES I. OBJETO Regular y, en su caso, proponer y recomendar a las autoridades e instituciones educativas que conforman el sistema educativo nacional, las

Más detalles

DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EL ALUMNADO o Derechos del alumnado Artículo 6.- Derecho a una formación integral. El alumnado tiene el derecho a recibir una formación integral

Más detalles

Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 29 DE ENERO DE 2016 No. 270 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno Decreto por el que se reforman

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 76 Miércoles 30 de marzo de 2011 Sec. I. Pág. 33041 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 5714 Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LAS REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS

PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LAS REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS Legislación PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LAS REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS Procedimiento 1 Todos los Estados cuyas normas de protección para todas las personas sometidas

Más detalles

A/HRC/28/15/Add.1. Asamblea General. Informe del Grupo de Trabajo sobre el. Eslovenia. Naciones Unidas

A/HRC/28/15/Add.1. Asamblea General. Informe del Grupo de Trabajo sobre el. Eslovenia. Naciones Unidas Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 4 de marzo de 2015 Español Original: inglés A/HRC/28/15/Add.1 Consejo de Derechos Humanos 28º período de sesiones Tema 6 de la agenda Examen Periódico Universal

Más detalles

Propuestas para la Inclusión de Ciudadanos con Discapacidad

Propuestas para la Inclusión de Ciudadanos con Discapacidad Propuestas para la Inclusión de Ciudadanos con Discapacidad Por qué exigimos lo que exigimos? Por dos razones que desarrollamos: somos ciudadanos mexicanos con plenos derechos, queremos y podemos contribuir

Más detalles

DICTAMEN. La Comisión se abocó al examen de la Proposición con Punto de Acuerdo descrita, al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES

DICTAMEN. La Comisión se abocó al examen de la Proposición con Punto de Acuerdo descrita, al tenor de los siguientes: ANTECEDENTES DICTAMEN A DISCUSIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA FEDERACIÓN, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A LOS MUNICIPIOS Y A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL A PUBLICITAR Y DARLE

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 2034-2PO2-14 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

Más detalles

Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do?

Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do? NOMBRE DE LA LÍNEA: Derecho Ambiental Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do?cod_rh=0000640182 1. ANTECEDENTES DE

Más detalles

Participación de la niñez y la adolescencia en la escuela: Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y normativa colombiana

Participación de la niñez y la adolescencia en la escuela: Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y normativa colombiana Participación de la niñez y la adolescencia en la escuela: Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y normativa colombiana Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, 1989 1 La libertad,

Más detalles

GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION

GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION DISEÑO DE SISTEMAS DE TOMA DE DECISIONES CON APOYO: UNA GUÍA PARA EL DIÁLOGO Febrero de 2009 INTRODUCCIÓN El artículo 12 de la Convención de

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O EL CONSEJO DIRECTIVO DEL UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN V DEL DECRETO DE CREACIÓN DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO

Más detalles

COMISIÓN DE JUVENTUD Y DEPORTE PROYECTO DE PLAN DE TRABAJO PRIMER AÑO DE LA LEGISLATURA (2009 2010)

COMISIÓN DE JUVENTUD Y DEPORTE PROYECTO DE PLAN DE TRABAJO PRIMER AÑO DE LA LEGISLATURA (2009 2010) COMISIÓN DE JUVENTUD Y DEPORTE PROYECTO DE PLAN DE TRABAJO PRIMER AÑO DE LA LEGISLATURA (2009 2010) 1.- Introducción. El papel de las y los jóvenes en el contexto nacional es de suma importancia, no solamente

Más detalles

SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA

SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA DECRETO que crea la Universidad Abierta y a Distancia de México. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Más detalles

ANEXO NO. 10 (MODIFICADO MEDIANTE EL DOCUMENTO COMPLEMENTARIO)*

ANEXO NO. 10 (MODIFICADO MEDIANTE EL DOCUMENTO COMPLEMENTARIO)* ANEXO NO. 10 (MODIFICADO MEDIANTE EL DOCUMENTO COMPLEMENTARIO)* ORIENTACIONES PARA LA FORMACIÓN DE TALENTO HUMANO VINCULADO A LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA 1. Contexto A través

Más detalles

PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL.

PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL. PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL. El Gobierno Federal ante la imperiosa necesidad de impulsar

Más detalles

LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. (BOE de 31 de diciembre de 2003)

LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. (BOE de 31 de diciembre de 2003) LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. (BOE de 31 de diciembre de 2003) JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA A todos los que la presente vieren y entendieren.

Más detalles

1. OBJETO Y RÉGIMEN NORMATIVO

1. OBJETO Y RÉGIMEN NORMATIVO 14-2013 Diciembre, 2013 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2003, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE SU INCLUSIÓN SOCIAL

Más detalles

Declaración de Ottawa de la Asociación Médica Mundial sobre el derecho del niño a la atención médica

Declaración de Ottawa de la Asociación Médica Mundial sobre el derecho del niño a la atención médica Declaración de Ottawa de la Asociación Médica Mundial sobre el derecho del niño a la atención médica Creación: Asociación Médica Mundial Fuente: Asociación Médica Mundial Lengua original: Inglés. Copyright

Más detalles

MANDATOS JURÍDICOS GENERALES

MANDATOS JURÍDICOS GENERALES MANDATOS JURÍDICOS GENERALES MANDATOS EN MATERIA DE IGUALDAD Prohibir toda discriminación basada en el sexo de las personas, tanto directa como indirecta. Considerar nulos los actos y las cláusulas de

Más detalles

LEY PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE COLIMA

LEY PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE COLIMA LEY PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE COLIMA TEXTO ORIGINAL. Ley publicada en el Suplemento No. 4 del Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 9 de mayo de 2009. LIC. JESÚS

Más detalles

Núm. 185 Martes, 22 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 22235 III. PERSONAL DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL

Núm. 185 Martes, 22 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 22235 III. PERSONAL DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL Núm. 185 Martes, 22 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 22235 Resolución 430/12509/15 Cód. Informático: 2015018530. III. PERSONAL DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL PERSONAL MILITAR Plan de apoyo a la discapacidad

Más detalles

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Naciones Unidas Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad CRPD/C/PRY/Q/1 Distr. General 15 de octubre de 2012 Original: español Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Más detalles

LEY N 6830. TÍTULO I Principios Generales. CAPÍTULO I Objetivos, Conceptos y Certificación de la Discapacidad

LEY N 6830. TÍTULO I Principios Generales. CAPÍTULO I Objetivos, Conceptos y Certificación de la Discapacidad LEY N 6830 TÍTULO I Principios Generales Objetivos, Conceptos y Certificación de la Discapacidad Artículo 1.- Por la presente Ley se instituye un Régimen de Protección Integral en favor de las Personas

Más detalles

5.1.2.2 Subtema: Mujeres

5.1.2.2 Subtema: Mujeres 5.1.2.2 Subtema: Mujeres Diagnóstico De acuerdo con el INEGI, en el año 2010 vivían 7.7 millones de mujeres en el Estado de México, 51.3% del total de la población de la población estatal; en nuestro municipio

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCUELA PARA PADRES.

REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCUELA PARA PADRES. REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCUELA PARA PADRES. TOMAS YARRINGTON RUVALCABA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo

Más detalles

Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra Las Personas con Discapacidad

Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra Las Personas con Discapacidad Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra Las Personas con Discapacidad (Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 1999, y pendiente

Más detalles

Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria

Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria Propuesta de Reformas al Marco Jurídico de las Bibliotecas en México presentada por la Dirección General de Bibliotecas del Consejo Nacional para

Más detalles

Planeación Estratégica para implementar el Programa de Cultura Institucional y Gestión Pública del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.

Planeación Estratégica para implementar el Programa de Cultura Institucional y Gestión Pública del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit. Planeación Estratégica para implementar el Programa de Cultura Institucional y Gestión Pública del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit. Clima Laboral 1 Introducción. El Instituto para la Mujer Nayarita

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAL

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración y Finanzas Dirección de Administración y Desarrollo de Personal DEL DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAL TOLUCA DE LERDO

Más detalles

Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia Unidad de Asistencia e Integración Social Dirección General de Rehabilitación

Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia Unidad de Asistencia e Integración Social Dirección General de Rehabilitación Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia Unidad de Asistencia e Integración Social Dirección General de Rehabilitación XI CONFERENCIA RIICOTEC La autonomía personal de los adultos mayores

Más detalles

ANEXO I DOCUMENTOS INTERNACIONALES QUE PROTEGEN A LA MUJER TRABAJADORA. Declaración Universal de los Derechos Humanos

ANEXO I DOCUMENTOS INTERNACIONALES QUE PROTEGEN A LA MUJER TRABAJADORA. Declaración Universal de los Derechos Humanos ANEXO I DOCUMENTOS INTERNACIONALES QUE PROTEGEN A LA MUJER TRABAJADORA Declaración Universal de los Derechos Humanos Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de

Más detalles

PROPUESTA PROGRAMA DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD, GÉNERO Y FAMILIA ÍNDICE: PRESENTACIÓN: 03 MISIÓN:. 05 VISIÓN:.. 05 OBJETIVOS:.

PROPUESTA PROGRAMA DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD, GÉNERO Y FAMILIA ÍNDICE: PRESENTACIÓN: 03 MISIÓN:. 05 VISIÓN:.. 05 OBJETIVOS:. PLAN DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD,. DIP. PATRICIA FLORES GONZÁLEZ PRESIDENTA DIP. LIZ AGUILERA GARCÍA SECRETARIA DIP. INÉS AURORA MARTÍNEZ BERNAL DIP. BENJAMÍN GARCÍA RUIZ DIP. GLORIA GUADALUPE

Más detalles

Municipalidades Modernas con Equidad de Género Cuadernos de Formación Municipal La necesidad de generar igualdad de oportunidades para hombres y mujeres es un tema que cada día toma más importancia en

Más detalles

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS ÍNDICE PREÁMBULO... 2 TÍTULO I. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 Artículo 1.- Objeto... 3 Artículo 2.- Ámbito de aplicación... 3 TÍTULO II. NORMAS DE CONDUCTA... 4 CAPÍTULO

Más detalles

CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República

Más detalles

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA Normativa Artículo 2, 3 y 4 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid Artículo 14 y 82 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

Más detalles

Ley 35 de Asistencia Social, la Ley 109 de Salud en el Estado de Sonora y el Reglamento Interior del Organismo.

Ley 35 de Asistencia Social, la Ley 109 de Salud en el Estado de Sonora y el Reglamento Interior del Organismo. CAPÍTULO I ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE DIF SONORA, SU FUNCIÓN DENTRO DE LA ASISTENCIA SOCIAL 6 CAPÍTULO I ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE DIF SONORA, SU FUNCIÓN DENTRO DE LA ASISTENCIA SOCIAL 1.1. Antecedentes

Más detalles

COMENTARIO A LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

COMENTARIO A LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Revista Mexicana de Derecho Constitucional Núm. 32, enero-junio 2015 COMENTARIO A LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Fabiola Edith Pérez Álvarez* I. Hacia una garantía integral

Más detalles

Leyes reglamentarias de la reforma al artículo 3 constitucional en materia educativa

Leyes reglamentarias de la reforma al artículo 3 constitucional en materia educativa Leyes reglamentarias de la reforma al artículo 3 constitucional en materia educativa Se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación y se expiden la Ley del Instituto Nacional

Más detalles

LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 9 /1 Civil Gonzalo A. López Ebri LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Las personas con discapacidad; la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. I. LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Más detalles

TÍTULO II: De los derechos de los valencianos y valencianas

TÍTULO II: De los derechos de los valencianos y valencianas 3. DERECHOS ESTATUTARIOS Y PRINCIPIOS RECTORES 3.B) PRINCIPIOS RECTORES 3.B) 8 IGUALDAD DE GÉNERO. NO DISCRIMINACIÓN COMUNITAT VALENCIANA L.O. 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O. 5/1982, de 1

Más detalles

LEY ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA TITULO PRIMERO DE LA PREVENCIÓN DEL DELITO CAPITULO UNICO DISPOSICIONES GENERALES

LEY ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA TITULO PRIMERO DE LA PREVENCIÓN DEL DELITO CAPITULO UNICO DISPOSICIONES GENERALES LEY ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA TITULO PRIMERO DE LA PREVENCIÓN DEL DELITO CAPITULO UNICO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia

Más detalles

CONVOCATORIA CONACYT-MOST

CONVOCATORIA CONACYT-MOST 1 de 7 A N T E C E D E N T E S La cooperación bilateral científica y tecnológica entre la República Popular China y los Estados Unidos Mexicanos, se enmarca en el Convenio Básico sobre Cooperación Científica

Más detalles

Primera edición: abril, 2012

Primera edición: abril, 2012 Primera edición: abril, 2012 D. R. Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada: Éricka Toledo

Más detalles

Lineamiento para la Operación y Acreditación del Servicio Social versión 1.0 Planes de estudio 2009-2010

Lineamiento para la Operación y Acreditación del Servicio Social versión 1.0 Planes de estudio 2009-2010 Lineamiento para la Operación y Acreditación del Servicio Social versión 1.0 Planes de estudio 2009-2010 Septiembre de 2011 1. Propósito Establecer el lineamiento para la operación y acreditación del Servicio

Más detalles

Construyendo la Izquierda Alternativa Socialista

Construyendo la Izquierda Alternativa Socialista Construyendo la Izquierda Alternativa Socialista PROGRAMA MUNICIPAL DE IGUALDAD DE GÉNERO Aunque es cierto que en las últimas décadas en España hemos conseguido un avance importante en la igualdad de oportunidades

Más detalles

Adopción: Asamblea General de la ONU Resolución 53/144, 09 de diciembre de 1998

Adopción: Asamblea General de la ONU Resolución 53/144, 09 de diciembre de 1998 DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO Y EL DEBER DE LOS INDIVIDUOS, LOS GRUPOS Y LAS INSTITUCIONES DE PROMOVER Y PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES UNIVERSALMENTE RECONOCIDOS Adopción:

Más detalles

Acciones en la presente Administración en materia de Derechos Humanos

Acciones en la presente Administración en materia de Derechos Humanos Repartición de víveres a la población afectada por un desastre natural (lluvias), por personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, como parte de las actividades del Plan de Defensa Nacional (DN)-III-E.

Más detalles

ACUERDO MARCO PARA LA EDUCACION DE JÓVENES Y ADULTOS

ACUERDO MARCO PARA LA EDUCACION DE JÓVENES Y ADULTOS Ministerio de Cultura y Educación de la Nación Consejo Federal de Cultura y Educación DOCUMENTOS PARA LA CONCERTACION Serie A, N 21 ACUERDO MARCO PARA LA EDUCACION DE JÓVENES Y ADULTOS Introducción El

Más detalles