PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE HACIENDA DECRETO N 326~. -

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE HACIENDA DECRETO N 326~. -"

Transcripción

1 DECRETO N 326~. - PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N , "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N , "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015". Asunción, J de de 2015 VISTO: El Artículo 238, Numeral 3), de la Constitución, que acuerda potestad al Poder Ejecutivo en la formación, reglamentación y control del cumplimiento de las normas jurídicas. La Ley N 109/1991, "Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley N 15 de fecha 8 de marzo de 1990, "Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda", sus modificaciones, ampliaciones y reglamentaciones vigentes. La Ley N 1535/1999, "De Administración Financiera del Estado", sus modificaciones y reglamentaciones vigentes. El Decreto N , "Por el cual se establecen las disposiciones legales y administrativas que reglamentan la implementación de la Ley N 1535/99, "De Administración Financiera del Estado", y el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración Financiera- S.IAF". La Ley N , "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015 ". El Decreto N , "Por el cual se reglamenta la Ley N 5386/2015, "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015" (Expediente MH N /2015); y CONSIDERANDO: Que la Ley N 109/1991, modificada y ampliada por la Ley N , en su Artículo ] 0 establece: "El Ministerio de Hacienda tendrá, las siguientes funciones y competencias, que serán ejercidas por medio de la Estructura Orgánica prevista en la presente disposición legal:... b) la administración del proceso presupuestario del Sector Público que incluye las fases de programación, formalización, ejecucwn, control y evaluación, así como el perfeccionamiento de su técnica;... d) la aplicación y la administración de todas las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con: los recursos, las disponibilidades, las remuneraciones y demás gastos del Tesoro Público, el Crédito Público y la Contabilidad Gubernamental, incluyendo en esta los mecanismos para rendir cuenta del uso y conservación de los fondos y bienes fiscales;... x) toda otra ~ fonción y competencia que las disposiciones legales pertinentes

2 0 EC RETO N 3h5fP 1 PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N , "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N , "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FJSCAL.2015". -2- le atribuyen directamente o a sus reparticiones dependientes y aquellas que le sean asignadas por el Poder Ejecutivo, en el ejercicio de sus atribuciones". Que la Ley N 5386/2015, en su Artículo 228 dispone: "Autorízase al Poder Ejecutivo a reglamentar la presente Ley, en concordancia con las disposiciones establecidas en la Ley N 1535/99 "De Administración Financiera del Estado", el Decreto del Poder Ejecutivo N 8127 del 30 de marzo de 2000 "Por el cual se establecen las disposiciones legales y administrativas que reglamentan la implementación de la Ley N "De Administración Financiera del Estado y el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración Financiera- SIAF". Que el Decreto No , en su Artículo 4 menciona: "Autorizase al Ministerio de Hacienda para dictar actos de disposición y de gestión, así como a establecer normas y procedimientos complementarios, formularios e instructivos requeridos durante el proceso de ejecución de la Ley N 5386/2015, "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación"; asimismo, el artículo 6 establece: "Autorízase al Ministerio de Hacienda a modificar por resolución los anexos, formularios e instructivos aprobados por el presente Decreto, cuando las circunstancias así lo requieran". Que en toda gestión de recursos financieros públicos debe ser mantenida la vigencia y aplicación de los principios jurídicos de legalidad, transparencia, publicidad, finalidad y control administrativo. Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen N 220 de fecha 25 de marzo de POR 1: '0, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

3 DECRETO N 325f - PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N , npor EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N , nque APRUEBA EL PRESUPUESTO -3- EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA: Art. JO.- Modificase y amplíase el Artículo 32, en sus Incisos f.3), f4), g.4) y x), del Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 2015) del Decreto N 2929 de fecha 8 de enero de 2015, "Por el cual se reglamenta la Ley N 5386/2015, "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015 ", los cuales quedan redactados de la siguiente manera: narl j) 123 Remuneración Extraordinaria (RE)... f.3) Disposiciones aplicables a los funcionarios no ajustados a la nueva matriz salarial Las horas extraordinarias de trabajo serán pagadas con un recargo de por lo menos el cincuenta por ciento (50%) sobre el Sueldo mensual convenido para la jornada ordinaria de trabajo. Fórmula: Precio por hora RE = Sueldo mensual convenido, más un recargo de por lo menos el cincuenta por ciento (50%), dividido entre treinta (30) días y las horas diarias trabajadas en horario ordinario. Hora extraordinaria semanal y mensual: hasta tres (3) horas diarias u ocho (8) horas semanales = hasta treinta y dos (32) horas mensuales. Precio por hora RE x total horas extraordinarias trabajadas = RE devengada. f.4) Disposiciones aplicables a los funcionarios ajustados a la nueva matriz salarial Las horas extraordinarias de trabajo serán pagadas con un recargo de hasta el setenta por ciento (70%) sobre el Sueldo mensual convenido para la jornada ordinaria de trabajo y estarán sujetas a disponibilidad presupuestaria en el respectivo fbjelo del Gasto.

4 DECRETO N 32,5. - PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N , "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N , "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO -4- Fórmula: Precio por hora RE = Sueldo mensual convenido, más un recargo de hasta el setenta por ciento (70%), dividido entre treinta (30) días y las horas diarias trabajadas en horario ordinario. Hora extraordinaria semanal y mensual: hasta tres (3) horas diarias u ocho (8) horas semanales = hasta treinta y dos (32) horas mensuales. No -----f Precio por hora RE x total horas extraordinarias trabajadas = RE devengada. Aporte Jubilatorio. Objeto del Gasto 123, Remuneración Extraordinaria, descuento imponible del dieciséis por ciento (16%), tasa de aporte sobre la asignación del personal con régimen de jubilaciones y pensiones administradas por el MH, de conformidad a los artículos ] 0 y 4 de la Ley N 2345/2003 reglamentada por el Artículo ] 0 del Decreto No , modificado por el Decreto N 2982/2004; con excepción, del personal con regímenes de jubilaciones, pensiones o de seguridad social del IPS o cajas de jubilaciones autónomas, cuyos descuentos que se regirán por sus respectivas Leyes Especiales y reglamentaciones institucionales. g) 125 Remuneración Adicional (RA)... Disposiciones aplicables a los funcionarios ajustados a la nueva matriz salarial... g.4) Será aplicada supletoriamente la reglamentación prevista para el cálculo de precio por hora de RE, por lo que las horas adicionales de trabajo serán pagadas con un recargo de hasta el setenta por ciento (70%), sobre el Sueldo mensual convenido para la jornada ordinaria de trabajo y estarán sujetas a disponibilidad presupuestaria en el respectivo Objeto del Gasto. g.5) Las horas adicionales nocturnas pasadas las 20:00 horas en días hábiles, serán pagadas con recargo del cien por ciento (1 00%) sobre el Sueldo mensual convenido para la jornada ordinaria de trabajo. 1

5 DECRETO N 2Jif!iy - PROCESOS DEL PGN ) DEL DECRETO N , npor EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N 5386/2015, "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO -5- No g.6) Las horas trabajadas en días inhábiles y feriados serán pagadas con recargo de hasta el cien por ciento (100%) sobre el Sueldo mensual convenido para la jornada ordinaria de trabajo. g. 7) Fórmula RA: + Total de horas trabqjadas en horario ordinario semanal, mensual + Total de horas trabajadas en horario extraordinario semanal, mensual + Total de horas trabajadas en horario adicional y días inhábiles semanal, mensual - (menos) Total jornadas ordinarias de trabajo diaria, semanal, mensual - (menos) Total jornadas extraordinarias diaria, semanal, mensual Precio por hora RA x total horas adicionales trabajadas + recargos = RA devengada.... x) 854 Transferencias a Representa~iones Diplomáticas y Consulares. Reglamentación: Los fondos transferidos a las Representaciones Diplomáticas y Consulares deberán ser destinados exclusivamente a gastos de funcionamiento o administrativo, tales como los gastos personales (personal de servicio y de apoyo), gastos de servicios no personales (servicios de provisión de agua, energía eléctrica, comunicaciones, servicios de correos y otros servicios no personales), adquisiciones de bienes de consumo o insumas, transforencias y otros gastos con la aplicación supletoria y aplicable del clqsificador presupuestario de los Grupos de Objetos del Gasto 100 Servicios Personales, 200 Servicios no Personales, 300 Bienes de Consumo e Insumas, 800 Transferencias y 900 Otros Gastos del clasificador presupuestario del PGN Las Representaciones Diplomáticas y Consulares deberán presentar rendición de cuentas en periodos no mayores por / ~imestres del año y la reglamentación del Ministerio de

6 DECRETO N 3!?5(#-. - PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N , ttpor EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N , ttque APRUEBA EL PRESUPUESTO -6- Relaciones Exteriores que será establecida sobre la base del Formulario B Rendición de Cuentas - Representación Consular y/o Representación Diplomática, dispuesto por el presente Decreto. Las Representaciones Diplomáticas y Consulares deberán presentar sus rendiciones de cuentas periódicas a la Dirección General de Administración y Finanzas del MRE con copia a la Dirección de Auditoría Interna del MRE y a la Contraloría General de la República". No Art Modificase el Artículo 55, en su Inciso s), del Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 2015) del Decreto N 2929 de fecha 8 de enero de 2015, "Por el cual se reglamenta la Ley N , "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015 ", el cual queda redactado de la siguiente forma: t~rt Programas y Objetos del gasto que no podrán ser disminuidos:... s) Los créditos presupuestarios asignados para los programas sociales prioritarios definidos por el Gabinete Social de la Presidencia de la República, tal como el Programa Nacional de reducción de la Pobreza y los de protección social podrán ser disminuidos únicamente para financiar otros programas y proyectos prioritarios. La Coordinación General del Gabinete Social deberá remitir al MH, a más tardar siete (7) días hábiles posteriores a la emisión del presente Decreto, la lista de programas, subprogramas y/o proyectos prioritarios de acuerdo a la estructura presupuestaria aprobada en la Ley No ". Art Modificase el Artículo 61 del Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 2015) del Decreto N 2929 de fecha 8 de enero de 2015, "Por el cual se reglamenta la Ley N , "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015 ", el cual queda redactado de la siguiente forma: ttart Traslado Temporal o Comisión. Dentro del marco legal vigente de la movilidad laboral, se establece el Traslado Temporal o Comisión, por el cual se dispone el cambio de sede de funciones del personal nombrado de una Entidad de origen a otra Entidad

7 DECRETO N.3;?,5{i, - PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N , "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N , ((QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO ~ -7- de destino, autorizado por resolución u otra disposición legal institucional por tiempo determinado dentro del período del Ejercicio Fiscal vigente. En caso de continuarse dicho traslado temporal o comisión, por más tiempo del establecido en la resolución respectiva, las resoluciones u otras disposiciones legales institucionales que autorizan el traslado temporal o comisión del personal deben ser renovadas dentro del primer semestre del presente Ejercicio Fiscal, o antes del cumplimiento del término establecido en la resolución respectiva, cuando dicho traslado temporal o comisión hubiera sido dispuesto por un periodo que exceda un Ejercicio Fiscal. El personal nombrado trasladado temporalmente o comisionado no afectado a la nueva matriz salarial tendrá derecho a percibir las remuneraciones temporales o complementarias en la Entidad de destino donde efectivamente presta servicios, en igualdad de condiciones del funcionario que figura en planilla de la Entidad de destino, siempre y cuando no lo perciba en la Entidad de origen y exista disponibilidad presupuestaria suficiente para el efecto en la Entidad de destino, conforme lo establece el presente Decreto. Los funcionarios afectados a la nueva matriz salarial, podrán percibir remuneraciones temporales y complementarias según lo establecido en el artículo 3 7 de la Ley del PGN En caso de necesidad de interrumpir el comisionamiento o traslado temporal será necesaria, según la Entidad que requiera de dicha medida, una resolución institucional de la Entidad de destino, que será comunicada a la Entidad de origen, con copia a lasfp. Para el comisionamiento de los cargos de personal Docente, personal de Blanco, Agentes Especiales y Jurisdiccionales, la Entidad de origen deberá justificar que dicho comisionamiento no afecta el normal desempeño de la Institución. Asimismo, deberá estar autorizado, por resolución pertinente, tanto de la Entidad de origen como la Entidad destino".

8 DECRETO N 325f". PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N , "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N , ttque APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015". -8- Art Modificase el Artículo 62, en su Inciso c.18), del Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 2015) del Decreto N 2929 de fecha 8 de enero de 2015, "Por el cual se reglamenta la Ley N , "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015 ", el cual queda redactado de la siguiente forma: ttart Procedimientos c.18) Las modificaciones presupuestarias que afecten las metas y los productos de los programas, subprogramas o proyectos prioritarios deberán contar con informe favorable previo del Equipo Ejecutivo del Gabinete Social. La solicitud deberá ser dirigida a la STP en su carácter de coordinador del Programa Nacional de Reducción de la Pobreza para canalizar dicho informe ante el Equipo Ejecutivo del Gabinete Social... ". Art Modificase el Artículo 72 del Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 2015) del Decreto N 2929 de fecha 8 de enero de 2015, "Por el cual se reglamenta la Ley N , "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015 ", el cual queda redactado de la siguiente forma: ttart Personal Contratado. De conformidad a lo establecido en el artículo 28 de la Ley N 5386/2015, los contratos celebrados entre el personal y las Entidades serán aprobados u homologados por acto administrativo de la máxima autoridad de la Entidad o por delegación al ordenador de gastos de los OEE, posterior a la firma del contrato. Para las nuevas contrataciones deberá aplicarse obligatoriamente el procedimiento de Concurso de Méritos conforme al artículo 27 de la Ley N y la Resolución SFP N 1221/2014, a excepción del personal de Blanco y personal de Apoyo, para las distintas Entidades prestadoras de Salud". 1

9 DECRETO N 365y - PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N , ''POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N 5386/2015, "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015". -9- No -----f Art. 6~- Modificase el Artículo 74, en su Inciso b), del Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 2015) del Decreto N 2929 de fecha 8 de enero de 2015, "Por el cual se reglamenta la Ley N /2015, "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015 ", el cual queda redactado de la siguiente forma: "Art Procedimientos... b) Artículo 28, inciso b). Hasta tanto se implementen los procedimientos operativos y técnicos para el pago de remuneraciones acumuladas del personal médico y paramédico establecidos dentro del marco legal del artículo 8 de la Ley No , que reglamenta el artículo 105 de la Constitución Nacional, la Ley N 535/94 (modificada por la Ley No 1937/2002), el personal de Blanco nombrado o contratado podrá: b.1) Ocupar hasta tres (3) cargos en centros asistenciales de una misma Entidad de Salud; o, b.2) Ocupar hasta cuatro (4) cargos en distintos centros asistenciales de Entidades de Salud por me-s. En ningún caso, tanto para las situaciones contempladas en los inciso b.1) y b.2) se podrán ocupar más de tres (3) cargos en dichos centros asistenciales por día y en horario diferenciados. Se entenderá por día y hora diferenciada, los turnos de servicios médicos continuos que no resulten superpuestos ni simultáneos para cubrir los 365 días del año, los 7 días de la semana y las 24 horas del día. Los OEE que cuenten con personal de Blanco con categoría "S" en los Objetos del Gasto 111 y 142, deberán a través de las Unidades de Recursos Humanos verificar, monitorear y hacer cumplir lo dispuesto en la presente reglamentación. b.3) Personal de blanco en cargos administrativos de conducción superior. El personal de blanco nombrado en cargos administrativos de conducción superior (Direcciones y Direcciones Generales o fares), podrán prestar servicios además. como profesional

10 DECRETO N.36.5h. ~ 1 PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N , "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N 5386/2015, "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO -10- especializado o para la prestación de servicios en el área de salud en los términos de los incisos b.1) y b.2) precedentes, siempre y cuando sean compatibles con sus funciones administrativas y no exista superposición de carga horaria, debidamente justificadas por la máxima autoridad de la Institución. En ningún caso podrán acumularse cargos de conducción superior. b.4) De conformidad a lo establecido en la última parte del artículo 28, inciso b), de la Ley N 5386/2015, las asignaciones previstas en los incisos b.1), b.2) y b.j) anteriores, el personal de blanco contratado o nombrado podrá ocupar cargos alternativamente e indistintamente, en un mismo centro de salud o en centros de salud de otras Instituciones de salud A los efectos de contabilizar la asignación total de que pueda percibir un personal de salud, se entenderá que cada cargo y asignación es independiente, no pudiéndose establecer topes que en ningún caso podrá sobrepasar cuatro asignaciones. b.5) Inclúyase en la Tabla de Excepciones de la SFP y en el SINARH, todas las categorías- "S" de los OEE tanto en cargos permanentes y contratados, responsabilizando a las unidades de Recursos Humanos del control efectivo de la no superposición ni simultaneidad de los horarios establecidos. Para el control de la Tabla de Excepciones de la SFP y en el SINARH, de todas las categorías "S" del Personal, los OEE deberán presentar la nómina del personal afectado a la SFP, a sus efectos. El Ministerio de Hacienda a través de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública de la Presidencia de la República serán los organismos encargados del cumplimiento de las disposiciones del inciso b) del presente Artículo". Art. r'.- Modificase el Artículo 120 del Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 2015) del Decreto N 2929 de fecha 8 de enero de 2015, "Por el cual se reglamenta la Ley N , "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2015 ", el cual queda redactado de la figuiente forma:..

11 DECRETO N a&sf - PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N , "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N 5386/2015, "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO -11- ~~Art La DGASPyBE será la encargada de habilitar en el SINARH (Legajos) los nuevos nombramientos, promociones y nuevas contrataciones del personal. Los OEE deberán remitir a la DGASPyBE los siguientes documentos: No a) Nota del responsable de la UAF's o SUAF's solicitando la habilitación de nuevos nombramientos y/o contratos en el SINARH dirigida al Señor Viceministro de Administración Financiera del Estado. b) Copia autenticada de la Resolución de la SSEE. e) Copia autenticada det Decreto y/o Resolución de Nombramiento. d) Copia autenticada del Contrato y/o de Resolución por la cual se autoriza la contratación. e) Copia autenticada de la Cédula de Identidad Civil del nombrado/contratado../) Copia autenticada de las Resoluciones y/o Acta de conclusión de Concursos Públicos de Oposición, excepto en los cargos tipificados como de corifianza (para incorporación en cargos permanentes) y Concursos de Méritos salvo que fueran exceptuados (para contrataciones). g) Resolución de Homologación de Perfiles emitido por la SFP. h) Todos estos documentos deberán estar rubricados por un responsable de la Entidad solicitante. En caso de que la Entidad sea incorporada en el presente Ejercicio Fiscal como nueva Entidad, deberá presentar además la ley de creación de la Entidad. La DGASPyBE podrá solicitar cualquier otra documentación adicional que crea conveniente para las habilitaciones. Quedan exceptuados del requisito establecido en los Incisos j) y g) del presente artículo, el personal contratado dentro de los Objetos del Gasto 143 y 146, así como el personal de Blanco que cuente con vínculos activos como. funcionarios permanentes y/o ontratados de los OEE.

12 DECRETO - PROCESOS DEL PGN 2015) DEL DECRETO N 2929/2015, "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N 5386/2015, "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015" Las maxrmas autoridades de los OEE podrán solicitar a la Secretaría de la Función Pública, la excepción a lo dispuesto en los incisos./) y g) del presente artículo, referente a la realización de Concurso de Méritos para las nuevas contrataciones, que serán autorizadas, caso por caso, a través de un dictamen favorable emitido por la Secretaría de la Función Pública para su inclusión en el SINARH". Art. 8.- Establécese que las Agencias Especializadas tales como: PNUD, JICA, IICA, OEA, FAO, OPS, GIZ que administren programas, subprogramas o proyectos de los OEE y que reciban fondos por el monto total asignado en el Plan Financiero en un solo desembolso, deberán presentar rendiciones de cuentas mensuales, al quince (15) de cada mes, a las respectivas UAF's y/o SUAF's y a la DGCP, dependiente de la SSEAF del MH, en el Formulario B "Informe Financiero y Rendición de Cuentas". En caso de incumplimiento la DGCP no emitirá la Constancia de Presentación de Informes. La DGTP informará a la DGCP sobre los desembolsos realizados en estos casos. Art. 9.- Art Art Establécese que las fórmulas de cálculo establecidas en el Artículo 32 del Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 20 15), del Decreto N , modificadas por el presente Decreto, entrarán a regir a partir del 1 de abril del presente año. Déjase sin efecto el Inciso c. 6) del Artículo 58 del Anexo A (Guía de Normas y Procesos del PGN 2015) del Decreto N será refrendado por el Ministro de Hacienda. Art. 12.-

Asunción, í?,t de cc./u/;,re de 2014

Asunción, í?,t de cc./u/;,re de 2014 DECRETO N Z~/ ~qr..jf-f:...:... POR EL CUAL SE AUTORIZA AL, A TRAVÉS DE LA CIVIL Y COMERCIAL DEL DÉCIMO TERCER TURNO, SEGÚN A.L No 750 DEL 14 DE Asunción, í?,t de cc./u/;,re de 2014 VISTO: El Artículo

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico I.- El presente Reglamento Especifico del Sistema de Presupuesto,

Más detalles

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO La Paz, Noviembre 2010 SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS - SEDEM

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico I.- El presente Reglamento Especifico del Sistema de Presupuesto,

Más detalles

CONTENIDO SECCIÓN II... 4

CONTENIDO SECCIÓN II... 4 CONTENIDO TÍTULO I... 1 DISPOSICIONES GENERALES... 1 Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico... 1 Artículo 2 Marco Normativo... 1 Artículo 3 Aprobación del Reglamento Específico... 1 Artículo

Más detalles

REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO 1

REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO 1 REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO 1 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento tiene por objeto regular

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO (RE-SP)

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO (RE-SP) REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO (RE-SP) MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA Noviembre 2010 1 INDICE TÍTULO I... 4 DISPOSICIONES GENERALES... 4 Artículo 1.- (Objeto y Alcance

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE ÁREAS VERDES, PARQUES Y FORESTACIÓN "EMAVERDE"

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE ÁREAS VERDES, PARQUES Y FORESTACIÓN EMAVERDE REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE ÁREAS VERDES, PARQUES Y FORESTACIÓN "EMAVERDE" CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1. Concepto El Reglamento Específico del

Más detalles

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS INSTRUCTIVO PARA EL PAGO DE HORAS SUPLEMENTARIAS Y EXTRAORDINARIAS

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS INSTRUCTIVO PARA EL PAGO DE HORAS SUPLEMENTARIAS Y EXTRAORDINARIAS DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS HORAS SUPLEMENTARIAS Y EXTRAORDINARIAS MM-DARH-001 No está permitida la reproducción total o parcial de esta obra ni su tratamiento o transmisión electrónica

Más detalles

Asunción, ZCf de a};n, f.., de 2014

Asunción, ZCf de a};n, f.., de 2014 AÑO DEL [\!CENTENARIO DE LA PROCLAMACIÓN DE LA REPÚBLICA 1813-2013 DECRETO N /55CJ. - POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N' 509812013 "DE Asunción, ZCf de a};n, f.., de 2014 VISTO: El Artículo 238, Numeral

Más detalles

Asunción, JI de de 2015

Asunción, JI de de 2015 DECRETO N 31Cl.3.- (6 935.000.000.-), A LOS ABOGADOS CARLOS ANÍBAL GÓMEZ NÚÑEZ JUDICIALES), DENTRO DEL PRESUPUESTO 2015 DE LA ENTIDAD 12-06~ Asunción, JI de de 2015 VISTO: El Artículo 238, Numeral 3),

Más detalles

I. GENERALIDADES DEL TIEMPO EXTRAORDINARIO 6 II. DE LOS QUE AUTORIZAN EL GASTO 7 III. DE LOS QUE TRABAJAN HORAS EXTRAORDINARIAS 8

I. GENERALIDADES DEL TIEMPO EXTRAORDINARIO 6 II. DE LOS QUE AUTORIZAN EL GASTO 7 III. DE LOS QUE TRABAJAN HORAS EXTRAORDINARIAS 8 ÍNDICE PÁGINA INTRODUCCIÓN 2 OBJETIVO Y ALCANCE 3 FUNDAMENTO LEGAL 4 DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 5 I. GENERALIDADES DEL TIEMPO EXTRAORDINARIO 6 II. DE LOS QUE AUTORIZAN EL GASTO 7 III. DE LOS QUE TRABAJAN

Más detalles

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME-2015-00099-A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO:

ACUERDO Nro. MINEDUC-ME-2015-00099-A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: ACUERDO Nro. MINEDUC-ME-2015-00099-A AUGUSTO X. ESPINOSA A. MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que el segundo inciso del artículo 344, de la Constitución de la República del Ecuador prevé que: El Estado

Más detalles

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 051-2000-EF-77.15. (Ver Anexo de la presente Resolución, publicado el 05 de diciembre de 2000)

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 051-2000-EF-77.15. (Ver Anexo de la presente Resolución, publicado el 05 de diciembre de 2000) Procedimientos de apertura de cuentas bancarias y acreditación de los responsables de su manejo, en las Unidades Ejecutoras del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2001 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 051-2000-EF-77.15

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº 016 2012 EF

DECRETO SUPREMO Nº 016 2012 EF Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO

Más detalles

RESOLUCIÓN SRT N 475-2011

RESOLUCIÓN SRT N 475-2011 Página1 RESOLUCIÓN SRT 475/11 Programa: Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad Modifícase la Resolución N 559/09. (Publicado en el B.O. de fecha

Más detalles

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales RESOLUCIÓN SBS Nº 6285-2013 Lima, 18 de octubre de

Más detalles

REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO

REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN PARA FISCALES Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO TITULO I... 2 DE LAS DISPOSICIONES GENERALES... 2 TITULO II... 4 DE LA ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CAPACITACIÓN... 4 TITULO

Más detalles

GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE EL ALTO RE-SCP REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO APROBADO POR DECRETO EDIL N 075/2015

GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE EL ALTO RE-SCP REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO APROBADO POR DECRETO EDIL N 075/2015 GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE EL ALTO RE-SCP REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO APROBADO POR DECRETO EDIL N 075/2015 GESTIÓN 2015 Gobierno Autónomo Municipal de El Alto 2 3 4 Í N D

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA (RE ST) Unidad Administrativa y Financiera

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA (RE ST) Unidad Administrativa y Financiera REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA (RE ST) REGLAMENTO ESPECÍFICO DE TESORERÍA ELABORADO POR: Karin Milenka Ticona Puente COORDINADO Y ASESORADO POR: COMPATIBILIZADO POR: Dirección General de

Más detalles

Reformas al Decreto 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto

Reformas al Decreto 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto Reformas al Decreto 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto DECRETO NÚMERO 09-2014 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Que la Constitución Política de la República de Guatemala

Más detalles

Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales LEY Nº 30137

Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales LEY Nº 30137 Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales LEY Nº 30137 CONCORDANCIAS: D.S.N 001-2014-JUS (Reglamento) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 013-2016/SUNAT MODIFICA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA UNIDAD EJECUTORA INVERSIÓN PÚBLICA SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 013-2016/SUNAT MODIFICA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA UNIDAD EJECUTORA INVERSIÓN PÚBLICA SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 013-2016/SUNAT MODIFICA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA UNIDAD EJECUTORA INVERSIÓN PÚBLICA SUNAT Lima, 21 de enero de 2016 VISTO: El Informe N 050-2015-SUNAT/1K2000 emitido

Más detalles

Dirección Técnica del Presupuesto

Dirección Técnica del Presupuesto Plantilla 2.0 MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS MANUAL DE NORMAS, PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS Dirección Técnica del Presupuesto Guatemala, octubre de 2015 Índice Introducción 4 Propósito del manual 4 Normas,

Más detalles

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO SISTEMA DE TESORERÍA

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO SISTEMA DE TESORERÍA SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO SISTEMA DE TESORERÍA Octubre, 2010 REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº 180 2012 EF

DECRETO SUPREMO Nº 180 2012 EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, a favor de diversas entidades públicas, y aprueban criterios y procedimientos para la aplicación de la

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA ÍNDICE TITULO I... 1 CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES... 1 Articulo 1. CONCEPTO Y OBJETO DEL SISTEMA DE TESORERÍA... 1 Articulo 2. OBJETO DEL REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA Y ÁMBITO

Más detalles

Resolución Directoral

Resolución Directoral Resolución Directoral Lima, 30 de enero de 2014 Nº 001-2014-EF/51.01 CONSIDERANDO: Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señalan

Más detalles

REGLAMENTO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMOS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CENTROS DE CUIDADO DIURNO PARA NIÑOS BDE - 012

REGLAMENTO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMOS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CENTROS DE CUIDADO DIURNO PARA NIÑOS BDE - 012 REGLAMENTO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMOS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CENTROS DE CUIDADO DIURNO PARA NIÑOS BDE - 012 Aprobado por la Junta de Directores del BANCO DE DESARROLLO

Más detalles

Martes 18 de marzo de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Martes 18 de marzo de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) LINEAMIENTOS relativos a los dictámenes de los programas y proyectos de inversión a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

SISTEMA DE TESORERIA DEL ESTADO NORMAS BASICAS

SISTEMA DE TESORERIA DEL ESTADO NORMAS BASICAS SISTEMA DE TESORERIA DEL ESTADO NORMAS BASICAS Este documento se ha diseñado para informar al público en general sobre las disposiciones legales aplicadas en el Ministerio de Hacienda. Su validez es solamente

Más detalles

PODER EJECUTIVO ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA DIRECTRIZ D004-2012ENP. Empresas de Seguridad Privada en la Modalidad de Adiestramiento Público en General

PODER EJECUTIVO ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA DIRECTRIZ D004-2012ENP. Empresas de Seguridad Privada en la Modalidad de Adiestramiento Público en General PODER EJECUTIVO DIRECTRIZ MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA DIRECTRIZ D004-2012ENP PARA: Dirección de Servicios de Seguridad Privados Dirección Policial de Apoyo Legal Empresas

Más detalles

CONSIDERANDO: La facultad normativa de la Superintendencia establecida en el Art. 2 literal c), numeral 9 de la Ley;

CONSIDERANDO: La facultad normativa de la Superintendencia establecida en el Art. 2 literal c), numeral 9 de la Ley; RESOLUCIÓN 88-03 SOBRE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS A SER IMPUESTAS A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES AFP, RELATIVAS AL CONTROL DE LAS INVERSIONES LOCALES DE LOS FONDOS DE PENSIONES.

Más detalles

ANEXO R.S. 225558 NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TITULO I CONCEPTO DEL SISTEMA Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO ASPECTOS GENERALES

ANEXO R.S. 225558 NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TITULO I CONCEPTO DEL SISTEMA Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO ASPECTOS GENERALES ANEXO R.S. 225558 NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TITULO I CONCEPTO DEL SISTEMA Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- Concepto y Objeto del Sistema de Presupuesto

Más detalles

Reglamento Específico de Tesorería

Reglamento Específico de Tesorería Reglamento Específico de Tesorería 2010 Sistema de Tesorería 2010 1 REGLAMENTO DEL AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL SOCIAL DE PENSIONES TÍTULO I CONCEPTOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo

Más detalles

Ministerio de ECONOM ÍA FINANZAS PUBLICAS 05AGO201A- RESOLUCION MINISTERIAL N. La Paz, VISTOS Y CONSIDERANDO:

Ministerio de ECONOM ÍA FINANZAS PUBLICAS 05AGO201A- RESOLUCION MINISTERIAL N. La Paz, VISTOS Y CONSIDERANDO: Ministerio de ECONOM ÍA FINANZAS PUBLICAS RESOLUCION MINISTERIAL N La Paz, 05AGO201A- VISTOS Y CONSIDERANDO: Que el artículo 11, parágrafo II de la Ley N 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías

Más detalles

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas Número 30 / Viernes 13 de Febrero de 2015 Página 40 Madroñera ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable de Facturas Reglamento del Registro Contable de Facturas El Pleno de este

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA COMPATIBILIZADO EL 13/08/09 NOTA MEFP/VPCF/DGNGP/USE/Nº 1687/2009 REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

COORDINACIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA INSTRUCTIVO DE REFORMA Y REPROGRAMACIÓN DE FONDOS

COORDINACIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA INSTRUCTIVO DE REFORMA Y REPROGRAMACIÓN DE FONDOS COORDINACIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA INSTRUCTIVO DE REFORMA Y REPROGRAMACIÓN DE FONDOS Introducción El siguiente instructivo constituye una guía

Más detalles

Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 183-C INCISO SEGUNDO DEL CODIGO DEL TRABAJO,

Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 183-C INCISO SEGUNDO DEL CODIGO DEL TRABAJO, Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 183-C INCISO SEGUNDO DEL CODIGO DEL TRABAJO, INCORPORADO POR LA LEY N 20.123, SOBRE ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO

Más detalles

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO QUITO:

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO QUITO: EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO QUITO: Considerando: Que, el Art. 229 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe: Serán servidoras o servidores públicos

Más detalles

LEY DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA

LEY DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA LEY Nº 2042 DE 21 DE DICIEMBRE DE 1999 LEY DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA HUGO BANZER SUÁREZ PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE

Más detalles

informe que deberá emitir el Servicio de Salud correspondiente.".

informe que deberá emitir el Servicio de Salud correspondiente.. Tipo Norma :Ley 20244 Fecha Publicación :19-01-2008 Fecha Promulgación :09-01-2008 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :INTRODUCE MODIFICACIONES EN LA LEY Nº 19.464, QUE ESTABLECE NORMAS Y CONCEDE

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº 039-2001-EF

DECRETO SUPREMO Nº 039-2001-EF Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 27334 y establecen los alcances, períodos y otros aspectos sobre la administración de las aportaciones a ESSALUD y ONP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO

Más detalles

Antes de imprimir este documento piense en el medio ambiente!

Antes de imprimir este documento piense en el medio ambiente! REGISTRO DEL PROGRAMA ANUAL DE CAJA (PAC) Y NACION PR36.MPA1.P2 30/06/2015 Página 1 de 7 1. OBJETIVO Consolidar y distribuir la cuota mensual del programa anual de caja (PAC) a través de SIIF Nación, tanto

Más detalles

Dirección Asuntos Jurídicos

Dirección Asuntos Jurídicos DAJ-058-C-2013 9 de julio, 2013. Señor Juan Antonio Gómez Espinoza Director de Recursos Humanos Ministerio de Educación Pública Asunto: Respuesta al oficio DRH-ASIGRH-UADM-3655-2013 Estimado señor: Reciba

Más detalles

REPUBLlCA DE COLOMBIA

REPUBLlCA DE COLOMBIA REPUBLlCA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓNPÚstlGA DECRETO NÚMERO 109:2 DE 2015 ",_. "~." -," Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos

Más detalles

Obligaciones y requisitos de actuación de las. Agencias de Colocación. Normativa y otros documentos de referencia

Obligaciones y requisitos de actuación de las. Agencias de Colocación. Normativa y otros documentos de referencia Obligaciones y requisitos de actuación de las Agencias de Colocación Normativa y otros documentos de referencia Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo (LE) Ley 3/2012, de 6 de julio, de Medidas urgentes

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº 883.- VISTO:

RESOLUCIÓN Nº 883.- VISTO: RESOLUCIÓN Nº 883.- POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE) Y SE DISPONE LA VIGENCIA DEL MISMO RESOLUCIÓN Nº 883.- POR LA

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009 Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan

Más detalles

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de recursos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social,

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de recursos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de recursos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social y el

Más detalles

ANEXO IV CONCEPTOS DE GASTO 2011

ANEXO IV CONCEPTOS DE GASTO 2011 Entidad Federativa: ANEXO IV CONCEPTOS DE GASTO 2011 A. RECURSOS LÍQUIDOS A TRANSFERIR EN EL EJERCICIO 2011 De conformidad con el artículo 77 bis 15 de la Ley General de Salud (LGS), el Gobierno Federal

Más detalles

Texto Sistematizado del Decreto 754/2000

Texto Sistematizado del Decreto 754/2000 Texto Sistematizado del Decreto 754/2000 Con las modificaciones introducidas mediante los Decretos 3.605/2000, 183/2003, 1.707/2003, 1.438/2004 y 1.309/2011 La Plata, 22 de marzo de 2000 Visto el expediente

Más detalles

Hacia la transparencia de la Gestión Pública

Hacia la transparencia de la Gestión Pública Identificación y Características del organismo auditado. La, es una unidad administrativa funcional adscrita a la Dirección de la Secretaría del Despacho del Gobernador, cuya función principal es la de

Más detalles

REPUBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNcTot~flj'UB'LicÁ" ""'~( :.~, " DECRETO NÚMER{)- 1116 DE 2015

REPUBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNcTot~flj'UB'LicÁ '~( :.~,  DECRETO NÚMER{)- 1116 DE 2015 I, REPUBLICA DE COLOMBIA :} ~ ;:.1~$, t G ;r;, C'f,~ ~~J ~~ Wi@~ t %jt~', Ó~J '~ ~lil :~ a!li'i'i"~ ~~

Más detalles

DECRETO NÚMERO 1001 DE 2013

DECRETO NÚMERO 1001 DE 2013 REPUBLlCA DE COLOMBIA /:" :'I?" C,, "1::. F."::" DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN.PúaJ".fcÁoo._ o- ~."..""' DECRETO NÚMERO 1001 DE 2013 ( Por el cual se modiofica la remuneración de los servidores

Más detalles

Modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Oficina de Normalización Previsional ONP DECRETO SUPREMO Nº 258-2014-EF

Modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Oficina de Normalización Previsional ONP DECRETO SUPREMO Nº 258-2014-EF Modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Normalización Previsional ONP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 258-2014-EF Que, mediante Decreto Ley Nº

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE VIATICOS, SUBSISTENCIAS MINISTERIO AGRICULTURA

REGLAMENTO INTERNO DE VIATICOS, SUBSISTENCIAS MINISTERIO AGRICULTURA REGLAMENTO INTERNO DE VIATICOS, SUBSISTENCIAS MINISTERIO AGRICULTURA Acuerdo Ministerial 492 Registro Oficial 396 de 15-dic.-2014 Estado: Vigente No. 492-A MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA

Más detalles

www.sepe.es Trabajamos para ti 1 c/víctor de la Serna, 43. 28016. Madrid. T.913533564/F.91353555

www.sepe.es Trabajamos para ti 1 c/víctor de la Serna, 43. 28016. Madrid. T.913533564/F.91353555 MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MADRID Expediente nº: 4/12 Aplicación Presupuestaria: 223/251 M HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS

Más detalles

Reglamento sobre el visado de gastos con cargo al Presupuesto de la República

Reglamento sobre el visado de gastos con cargo al Presupuesto de la República La Gaceta 235-5 DIC-2003 Reglamento sobre el visado de gastos con cargo al Presupuesto de la República CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA R-2-2003-CO-DFOE. Despacho del Contralor General, a las ochohoras

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA EL MANEJO DE CAJA CHICA EN UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE NO MANEJAN PRESUPUESTO Y QUE NO SE ENCUENTRE DENTRO DEL PERIMETRO URBANO.

INSTRUCTIVO PARA EL MANEJO DE CAJA CHICA EN UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE NO MANEJAN PRESUPUESTO Y QUE NO SE ENCUENTRE DENTRO DEL PERIMETRO URBANO. INSTRUCTIVO PARA EL MANEJO DE CAJA CHICA EN UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE NO MANEJAN PRESUPUESTO Y QUE NO SE ENCUENTRE DENTRO DEL PERIMETRO URBANO. 1. ANTECEDENTES Y BASE LEGAL La entrega eficiente de los

Más detalles

Acuerdo Gubernativo 253-94

Acuerdo Gubernativo 253-94 ACUERDO GUBERNATIVO DE FOMENTO A LA MICROEMPRESA Acuerdo Gubernativo 253-94 ORGANISMO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPUBLIC A Créase el Consejo nacional para el Fomento de la Microempresa y Pequeña Empresa,

Más detalles

Salario: Número de Copias:

Salario: Número de Copias: página 1 Normas que regulan la solicitud y emisión de la Constancia de Salario y Certificaciones de Tiempo Extraordinario en la Caja Costarricense de Seguro Social La Constancia de salario es el documento,

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD

Más detalles

FONDO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

FONDO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Página 1 de 7 FONDO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Decreto 1277/2003 Creación del mencionado Fondo que tendrá por objeto el financiamiento de Programas y Proyectos a favor de

Más detalles

PORTAL DE TRANSPARENCIA FISCAL

PORTAL DE TRANSPARENCIA FISCAL MINISTERIO DE HACIENDA Programa de Administración Financiera Integrada PORTAL DE TRANSPARENCIA FISCAL El presente documento tiene como finalidad dar a conocer el alcance del Portal de Transparencia Fiscal,

Más detalles

Actualización del Reglamento Financiero

Actualización del Reglamento Financiero Comisión Consultiva Especial para Asuntos Gerenciales (CCEAG) Actualización del Reglamento Financiero IICA/CCEAG/DT-04 (16) Original: español San José, Costa Rica 22 de abril, 2016 ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO

Más detalles

Reconocimiento de Pensión de Jubilación Anticipada y/o Pensión de Vejez

Reconocimiento de Pensión de Jubilación Anticipada y/o Pensión de Vejez Página 1 de 6 1. Objetivo y Alcance Gestionar e informar de los requisitos establecidos en la ley 100 de 1993 que debe cumplir un Empleado Público (Administrativo o Docente). Este procedimiento aplica

Más detalles

1. Disposiciones generales

1. Disposiciones generales 6 de marzo 2014 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 44 página 11 1. Disposiciones generales Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales Orden de 26 de febrero de 2014, por la que se modifican

Más detalles

LEY No. 351, Aprobada el 18 de Mayo del 2000. Publicado en La Gaceta No. 102 del 31 de Mayo del 2000 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

LEY No. 351, Aprobada el 18 de Mayo del 2000. Publicado en La Gaceta No. 102 del 31 de Mayo del 2000 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA LEY DE ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA Y LA DEFENSORÍA DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. LEY No. 351, Aprobada el 18 de Mayo del 2000.

Más detalles

Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos DECRETO SUPREMO N 010-2014-EF

Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos DECRETO SUPREMO N 010-2014-EF Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO N 010-2014-EF Que, la Cuadragésima

Más detalles

ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006

ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006 Acuérdase emitir el REGLAMENTO DE LA LEY PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006 Guatemala, 2 de marzo de 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 44247 I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Generales Presidencia 16112 Ley 9/2012, de 8 de noviembre, de adaptación de la normativa regional en materia de función pública al Real Decretoley 20/2012,

Más detalles

Ministerio de Economía y Finanzas. Dirección General de Ingresos. RESOLUCIÓN No. 201-261 LA DIRECTORA GENERAL DE INGRESOS

Ministerio de Economía y Finanzas. Dirección General de Ingresos. RESOLUCIÓN No. 201-261 LA DIRECTORA GENERAL DE INGRESOS 1 Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos Panamá, 22 de enero de 2007 RESOLUCIÓN No. 201-261 Por la cual se autoriza la inclusión y adopción del Reporte de Donaciones Recibidas,

Más detalles

DECRETO No. -174 DE 2014

DECRETO No. -174 DE 2014 REPUBLlCA DE COLOMBIA DECRETO No. -174 DE 2014 Por el cual se establece la remuneración de los servidores públicos etnoeducadores docentes y directivos docentes que atiendan población indígena en territorios

Más detalles

Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos

Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos Panamá, 22 de enero de 2007 RESOLUCIÓN No. 201-261 Por la cual se autoriza la inclusión y adopción del Reporte de Donaciones Recibidas, dentro

Más detalles

SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN

SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN Febrero 2013 SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN A continuación se acompaña un resumen sobre cuales son las obligaciones de facturación por parte de las empresas una vez aprobado

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE GUARDIAS HOSPITALARIAS PARA EL PERSONAL ASISTENCIAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEL MINISTERIO DE SALUD

REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE GUARDIAS HOSPITALARIAS PARA EL PERSONAL ASISTENCIAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEL MINISTERIO DE SALUD APRUEBA EL REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE GUARDIAS HOSPITALARIAS PARA EL PERSONAL ASISTENCIAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEL MINISTERIO DE SALUD, REFERIDOS A LA CONCEPTUALIZACIÓN, PROGRAMACIÓN, APROBACIÓN,

Más detalles

EMPRESA BOLIVIANA DE INDUSTRIALIZACION DE HIDROCARBUROS EBIH REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA

EMPRESA BOLIVIANA DE INDUSTRIALIZACION DE HIDROCARBUROS EBIH REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA EMPRESA BOLIVIANA DE INDUSTRIALIZACION DE HIDROCARBUROS EBIH REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Concepto y Objeto del Sistema de Tesorería

Más detalles

Reglamento Específico Sistema de Programación de Operaciones (SPO)

Reglamento Específico Sistema de Programación de Operaciones (SPO) ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT) DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Reglamento Específico Sistema de Programación de Operaciones (SPO) La Paz - Bolivia Mayo

Más detalles

E L CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO

E L CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO E L CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO Que, los artículos 226 al 231 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa

Más detalles

LEY N.º 8242 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

LEY N.º 8242 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : LEY N.º 8242 LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE L E Y : ARTÍCULO 1º.- Agrégase el Artículo 19 BIS, elimínase el Artículo 4º BIS y modifícanse los Artículos 4º, 5º,

Más detalles

INSTRUCTIVO SOBRE EL USO DE LA TARJETA ELECTRÓNICA DE COMPRA DE COMBUSTIBLE

INSTRUCTIVO SOBRE EL USO DE LA TARJETA ELECTRÓNICA DE COMPRA DE COMBUSTIBLE INSTRUCTIVO SOBRE EL USO DE LA TARJETA ELECTRÓNICA Aprobado en sesión n.º 117-2014 de 06 de noviembre de 2014 Comunicado por oficio n.º STSE-2064-2014 de 06 de noviembre de 2014 ARTÍCULO 1. Alcance. Este

Más detalles

NORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS

NORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS Martes 28 de julio de 2009 Gaceta Oficial Nº 39.229 NORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Más detalles

MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INFORMÁTICA DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INFORMÁTICA DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA EJECUTIVA UNIDAD TÉCNICA DE SERVICIOS INFORMÁTICOS MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DEL INDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES....... 3 MARCO LEGAL... 3 GENERALIDADES.... 3 CAPÍTULO II DEL COMITÉ

Más detalles

NORMAS DE CONTROL DE PUNTUALIDAD, ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA UAN TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

NORMAS DE CONTROL DE PUNTUALIDAD, ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA UAN TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES NORMAS DE CONTROL DE PUNTUALIDAD, ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA UAN CAPÍTULO I OBJETO TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Las presentes normas establecen

Más detalles

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2016 MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN ESCOLAR PÚBLICA

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2016 MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN ESCOLAR PÚBLICA 09 15 21 22 24 33 35 GLOSAS : INGRESOS APORTE FISCAL 356.758.205 356.757.205 01 Libre 356.757.205 SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS GASTOS EN PERSONAL 01 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Más detalles

REGULACIÓN No. CONELEC 005/09 EL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD CONELEC. Considerando:

REGULACIÓN No. CONELEC 005/09 EL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD CONELEC. Considerando: REGULACIÓN No. CONELEC 005/09 EL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD CONELEC Considerando: Que, en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008 se publicó el texto de la nueva Constitución

Más detalles

Promulgan Decreto Legislativo sobre la Ley General de la Superintendencia Nacional de Aduanas DECRETO LEGISLATIVO Nº 500

Promulgan Decreto Legislativo sobre la Ley General de la Superintendencia Nacional de Aduanas DECRETO LEGISLATIVO Nº 500 Promulgan Decreto Legislativo sobre la Ley General de la Superintendencia Nacional de Aduanas DECRETO LEGISLATIVO Nº 500 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República, de conformidad

Más detalles

NORMAS A APLICAR EN LAS CONTRATACIONES QUE REALICE LA ENTIDAD CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

NORMAS A APLICAR EN LAS CONTRATACIONES QUE REALICE LA ENTIDAD CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO Instrucción Paseo de la Castellana, 32 28046 MADRID TEL: 91 339 55 00 FAX: 91 339 55 79 UNIDAD DE ORIGEN FECHA 16 de abril de 2008 SECRETARÍA GENERAL CÓDIGO DE IDENTIFACIÓN SG-26/2008 TÍTULO NORMAS A APLICAR

Más detalles

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA RESOLUCION

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA RESOLUCION La Gaceta N 66 Miércoles 7 de abril 2010 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA RESOLUCION R-DC-54-2010. Despacho Contralor. Contraloría General de la República. San José, a las ocho horas del doce de marzo

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES Departamento de Contabilidad y Finanzas Asignatura: Contabilidad Pública TEMA 2: PRESUPUESTO PÚBLICO Facilitadora: Prof. Nayibe Ablan

Más detalles

MEMORANDO. Referencia: Resolución UIF N 202/2015 sobre seguros, derogatoria de la Resolución UIF N 230/2011.

MEMORANDO. Referencia: Resolución UIF N 202/2015 sobre seguros, derogatoria de la Resolución UIF N 230/2011. MEMORANDO Destinatario: Exclusivo para clientes de Marteau. Abogados / Attorneys-at-Law. Responsable: MARTEAU. Abogados / Attorneys-at-Law. Lugar y fecha: Buenos Aires, 26 de junio de 2015. Referencia:

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA SECRETARIA GENERAL REFORMA DE NORMATIVA PARA EL CONTROL DE ASISTENCIA DE LOS DOCENTES

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA SECRETARIA GENERAL REFORMA DE NORMATIVA PARA EL CONTROL DE ASISTENCIA DE LOS DOCENTES UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA SECRETARIA GENERAL REFORMA DE NORMATIVA PARA EL CONTROL DE ASISTENCIA DE LOS DOCENTES El Consejo Universitario, en uso de las facultades que le confiere la Ley número

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Economía y Hacienda

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Economía y Hacienda Pág. 143 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda 19 ORDEN de 28 de enero de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, relativa a la gestión de los gastos de

Más detalles

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF 0. Introducción Esta norma, de aplicación a partir

Más detalles

COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA

COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA ACUERDO DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA LXIII LEGISLATURA DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO

Más detalles

RESOLUCIÓN PC No.-77-02. (De 4 de febrero de 2002)

RESOLUCIÓN PC No.-77-02. (De 4 de febrero de 2002) RESOLUCIÓN PC No.-77-02 () El Pleno de los Comisionados de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, en uso de sus facultades legales, y; CONSIDERANDO: Que entre las funciones asignadas

Más detalles

www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile Tipo Norma :Ley 20565 Fecha Publicación :08-02-2012 Fecha Promulgación :23-01-2012 Organismo Título :MINISTERIO DE HACIENDA :MODIFICA LA LEY Nº 20.444, Y LA LEY N 19.885, CON EL OBJETO DE FOMENTAR LAS

Más detalles