Ley 1/2013 de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Ley 1/2013 de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social"

Transcripción

1 Ashurst Madrid Ley 1/2013 de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social El pasado 15 de mayo se publicó en el BOE el texto de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social (en adelante la "Ley"), que entró en vigor el mismo día de su publicación. La Ley modifica ciertos aspectos de las ejecuciones judiciales y extrajudiciales de hipotecas con el objetivo de (i) reforzar la protección de los deudores con hipotecas sobre su vivienda habitual (ii) obtener mejores precios de remate en las subastas de los bienes hipotecados y (iii) suspender las ejecuciones hipotecarias en los casos en los que existan cláusulas abusivas. Adicionalmente la Ley contiene importantes modificaciones de lo establecido en el Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. El real Decreto Ley 6/2012 establecía una serie de medidas especiales para la ejecución de hipotecas de deudores situados en el "umbral de exclusión" (tal y como éste se define en el propio Real Decreto Ley) e introducía un Código de Buenas Prácticas al que podían adherirse, voluntariamente, las entidades de crédito. En el caso de que así lo hicieran, lo establecido en el Código de Buenas Prácticas devenía entonces obligatorio. La Ley contiene otras normas, por ejemplo relativas a ciertos requisitos de transparencia relacionados con las sociedades de tasación, y otras modificaciones de menor calado que no son objeto de esta nota. Modificaciones a los procedimientos de ejecución hipotecaria Lanzamiento Durante los dos años siguientes a la entrada en vigor de la Ley se suspende el lanzamiento del deudor hipotecario en situaciones de especial vulnerabilidad 1 de su vivienda habitual cuando en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria el inmueble se hubiera adjudicado al acreedor, o a persona que actúe por su cuenta. Procedimiento de ejecución extrajudicial En relación al procedimiento de ejecución hipotecaria extrajudicial previsto en el articulo 129 de la Ley Hipotecaria, esto es, la ejecución mediante subasta notarial, la Ley incluye las siguientes novedades: Se limita la posibilidad de acudir al procedimiento de ejecución extrajudicial a las hipotecas constituidas en garantía de obligaciones cuya cuantía aparezca inicialmente determinada. Esto es, no cabe ejecución extrajudicial para las hipotecas de máximo. La venta se realizará mediante una única subasta, de carácter electrónico, que tendrá lugar en el portal de subastas que a tal efecto se establece que dispondrá la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, pero que todavía no está en funcionamiento. El valor en que los interesados tasen la finca para que sirva de tipo en la subasta no podrá ser distinto del que, en su caso, se haya fijado para el procedimiento de ejecución judicial directa, y 1 Las situaciones de especial vulnerabilidad son aquellas descritas como tales en el Real Decreto Ley 6/2012 que se enumeran en el apartado Umbral de Exclusión. AUSTRALIA BELGIUM CHINA FRANCE GERMANY HONG KONG SAR INDONESIA (ASSOCIATED OFFICE) ITALY JAPAN PAPUA NEW GUINEA SAUDI ARABIA SINGAPORE SPAIN SWEDEN UNITED ARAB EMIRATES UNITED KINGDOM UNITED STATES OF AMERICA

2 tampoco podrá, en ningún caso, ser inferior al 75 por cien del valor señalado en la tasación. aplicación de aquéllas cláusulas consideradas abusivas. El Notario suspenderá la venta extrajudicial cuando cualquiera de las partes (i) alegue que el préstamo hipotecario contiene cláusulas abusivas y (ii) acredite haber planteado ante el Juez competente una demanda relativa al carácter abusivo de dichas cláusulas contractuales. Es más, el propio notario tiene obligación de advertir a las partes, a los efectos oportunos, si considera que alguna de las cláusulas del préstamo hipotecario que constituya el fundamento de la venta extrajudicial o que hubiese determinado la cantidad exigible pudiera tener carácter abusivo. Estas nuevas reglas son de aplicación a todos los procesos en curso en los que aún no se haya producido el lanzamiento. Además, la Ley concede un plazo excepcional de un mes -a contar desde la entrada en vigor de la norma, esto es, el 15 de mayo de a todos aquellos deudores que no hayan sido desalojados todavía de su vivienda para formular oposición sobre la base de la existencia de las cláusulas abusivas que por primera vez se reconocen como causa de oposición. Es posible que esta facultad de lugar a un alto número de este tipo de incidentes excepcionales de oposición. Si una vez subastados los bienes hipotecados o pignorados el producto fuera insuficiente para cubrir la deuda, el artículo 579 de la LEC sigue estableciendo la posibilidad de que el ejecutante pida despacho de ejecución por la cantidad que falte, pero: Procedimientos judiciales La Ley introduce modificaciones en las normas que rigen los procedimientos judiciales de ejecución hipotecaria, entre ellas las siguientes: Si el bien subastado fuera la vivienda habitual del deudor, el deudor quedará liberado si su responsabilidad queda cubierta (esto es, si paga o garantiza el pago) de: Se reduce el depósito necesario para participar como licitador en la subasta del veinte al cinco por ciento del valor de tasación del bien que se subasta. Al igual que el procedimiento extrajudicial, el tipo de la subasta será el determinado en la escritura de constitución de hipoteca, pero no podrá ser inferior, en ningún caso, al 75 por ciento del valor de tasación. o o El 65 por ciento de la cantidad total que quedara pendiente tras la ejecución, incrementada en el interés legal del dinero en el momento del pago, dentro del plazo de los cinco años siguientes a la ejecución, o El 80 por ciento de dicha cantidad en el plazo de diez años. En el caso de que la subasta resultara desierta, el bien subastado podrá ser adjudicado al ejecutante (o a un tercero designado por éste) por: El 70 por ciento del valor de tasación si se trata de la vivienda habitual del deudor (o el 60 por ciento si la cantidad que se deba por todos los conceptos es inferior al setenta por ciento). El 50 por ciento del valor de tasación en el resto de los casos. En relación al procedimiento ejecutivo del artículo 557 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (en adelante "LEC"), que establece motivos tasados de oposición, la Ley introduce uno nuevo: que el título ejecutivo contenga cláusulas abusivas. En ese caso, establece la Ley que cuando se apreciase el carácter abusivo de una o varias cláusulas, el auto que se dicte determinará las consecuencias de tal carácter, decretando bien la improcedencia de la ejecución, bien despachando la misma sin Si en estos mismos plazos se produce una ejecución dineraria, por la parte que queda por satisfacer del crédito, y lo obtenido en la misma excede del importe por el que el deudor podría quedar liberado según las reglas anteriores, se pondrá el remanente a disposición del deudor. Si el bien ejecutado era la vivienda habitual del deudor y éste bien ha sido adjudicado al ejecutante o a aquél a quien el ejecutante hubiera cedido su derecho y éstos (o cualquier sociedad de su grupo) enajenan la vivienda en el plazo de 10 años desde la aprobación del remate, se reducirá el importe de la deuda pendiente de satisfacer en un 50 por cien de la plusvalía obtenida en tal venta (tras deducir todos los costes que debidamente acredite el ejecutante). Incluso si el deudor es condenado en costas, en el supuesto de ejecución de vivienda habitual, las costas exigibles al deudor ejecutado no podrán

3 superar el 5 por cien de la cantidad que se reclame en la demanda ejecutiva. Si el poseedor de la vivienda consiente la inspección del inmueble y colabora adecuadamente con el tribunal para facilitar el mejor desarrollo de la subasta, entonces podrá solicitar al tribunal una reducción de la deuda hipotecaria de hasta un 2 por cien del valor por el que el bien hubiera sido adjudicado. Vencimiento anticipado de deudas a plazos: Sólo podrán ejecutarse hipotecas por incumplimiento de la obligación de pago de deudas a plazos si vencieren al menos tres plazos mensuales sin cumplir el deudor su obligación de pago (o un número de cuotas tal que suponga que el deudor ha incumplido su obligación por un plazo al menos equivalente a tres meses). Si el bien hipotecado fuese la vivienda habitual, el deudor podrá, aun sin el consentimiento del acreedor, liberar el bien mediante la consignación de las de la cantidad exacta que por principal e intereses estuviere vencida en la fecha de presentación de la demanda, incrementada, en su caso, con los vencimientos del préstamo y los intereses de demora que se vayan produciendo a lo largo del procedimiento y resulten impagados en todo o en parte. Si no fuera su vivienda habitual será necesario el consentimiento del acreedor para poder hacer esto. Liberado un bien por primera vez, podrá liberarse en segunda o ulteriores ocasiones siempre que, al menos, medien tres años entre la fecha de la liberación y la del requerimiento de pago judicial o extrajudicial efectuada por el acreedor. (antes eran cinco años) Otros asuntos en relación a las deudas hipotecarias que se devenguen con posterioridad a la misma, y (iii) los que habiéndose devengado antes del 15 de mayo de 2013, no hubieran sido satisfechos. En los procedimientos de ejecución o venta extrajudicial iniciados y no concluidos a la entrada en vigor de esta Ley, y en los que se haya fijado ya la cantidad por la que se solicita que se despache ejecución o la venta extrajudicial, se dará al ejecutante un plazo de 10 días para que recalcule aquella cantidad conforme a la nueva limitación de intereses. Las hipotecas que se constituyan a partir del 15 de mayo de 2013 deberán indicar si la finca hipotecada es o no la vivienda habitual del deudor. Si así se estableciera, se presumirá, salvo prueba en contrario, que lo sigue siendo al momento de la ejecución. Si las partes quieren tener acceso a la ejecución extrajudicial, la Ley exige que ésta posibilidad se haga constar expresamente y en una cláusula separada en la escritura de constitución de hipoteca. Se modifica igualmente la Ley del Mercado Hipotecario para establecer un tope del 60 por ciento del valor de tasación del bien hipotecado en el importe de los préstamos o créditos concedidos para que éstos sean susceptibles de ser titulizados. Cuando se financie la construcción, rehabilitación o adquisición de viviendas, el préstamo o crédito podrá alcanzar el 80 por ciento del valor de tasación pero en estos casos el plazo de amortización, si se trata de una vivienda habitual, no podrá exceder de treinta años Durante un plazo de dos años desde la entrada en vigor de la Ley, y de manera excepcional, los partícipes de los planes de pensiones podrán hacer efectivos sus derechos consolidados en el supuesto de procedimiento de ejecución sobre la vivienda habitual del partícipe, siempre que concurran las condiciones establecidas en la Ley. Los intereses de demora de préstamos o créditos para la adquisición de vivienda habitual, garantizados con hipotecas constituidas sobre la misma vivienda, se limitan a tres veces el interés legal del dinero y sólo podrán devengarse sobre el principal pendiente de pago. El interés legal del dinero es, desde 2009, el 4 por ciento. Esta limitación es aplicable a (i) las hipotecas constituidas con posterioridad al 15 de mayo de 2013 (ii) los intereses de demora previstos en los préstamos con garantía de hipoteca sobre vivienda habitual anteriores al 15 de mayo de 2013 pero Modificaciones al Real Decreto-Ley 6/2012 de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. El Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, introdujo una serie de medidas de protección de los deudores hipotecarios situados en un umbral de exclusión. Entre estas medidas se establecía la posibilidad de solicitar al banco la restructuración de su crédito y, en algunos casos, cuando esto no fuera viable, la posibilidad de la dación del bien hipotecado en pago de la deuda.

4 Algunas de las opciones previstas en el Real Decreto- Ley 6/2012 pasaban por la adhesión previa, por parte de la institución financiera acreedora, a un Código de Buenas Prácticas que fijaba el propio Real Decreto-Ley. A día de hoy la práctica totalidad de las instituciones financieras se han adherido al Código de Buenas Prácticas. La Ley modifica aspectos importantes del Real Decreto-Ley 6/2012 tales como los siguientes: Umbral de exclusión Las disposiciones del Real Decreto-Ley 6/2012 se dirigen especialmente a los deudores situados en el umbral de exclusión. La Ley modifica la definición de umbral de exclusión y establece que se encuentran en él aquellos deudores de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca sobre su vivienda habitual, cuando concurran en ellos todas las circunstancias siguientes: Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar 2 no supere el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). El IPREM para 2013 es de 532,51 al mes, así que los ingresos de la unidad familiar no han de superar los 1.597,53 euros mensuales. El límite sube a cuatro veces el IPREM (esto es 2.130,04 euros mensuales) en caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral. Se aplica un límite de cinco veces el IPREM (esto es 2.662,55 euros) cuando el deudor hipotecario sea persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, o persona con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento, así como en los casos de enfermedad grave que incapacite acreditadamente, a la persona o a su cuidador, para realizar una actividad laboral. Que, en los cuatro años anteriores al momento de la solicitud: la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas, en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda. Se entiende que se ha producido una alteración significativa de las circunstancias económicas cuando el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,5 (salvo que la entidad acredite que la carga hipotecaria en el momento de la concesión del préstamo era igual o superior a la carga hipotecaria en el momento de la solicitud de la aplicación del Código de Buenas Prácticas), o hayan sobrevenido en dicho período circunstancias familiares de especial vulnerabilidad. Se entiende que se encuentran en una circunstancia familiar de especial vulnerabilidad: o La familia numerosa, de conformidad con la legislación vigente. o La unidad familiar monoparental con dos hijos a cargo. o La unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente, de forma acreditada, para realizar una actividad laboral. o La unidad familiar de la que forme parte un menor de tres años. Que la cuota hipotecaria resulte superior al 50 por cien de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar. Dicho porcentaje será del 40 por cien cuando alguno de dichos miembros sea una persona en la que concurren las circunstancias previstas en el segundo párrafo del primer supuesto. En todo caso, para que sean de aplicación las medidas previstas en el Código de Buenas Prácticas, han de tratarse de hipotecas constituidas en garantía de préstamos o créditos concedidos para la compraventa de viviendas cuyo precio de adquisición no hubiese excedido de los siguientes valores: 2 Se entiende por unidad familiar la compuesta por el deudor, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita y los hijos, con independencia de su edad, que residan en la vivienda, incluyendo los vinculados por una relación de tutela, guarda o acogimiento familiar para municipios de más de de habitantes: euros para viviendas habitadas por una o dos personas, ampliándose dicho valor en euros adicionales por cada persona a cargo, hasta un máximo de tres; esto es

5 hasta un máximo de si hay tres personas a cargo. para municipios de entre y de habitantes o los integrados en áreas metropolitanas de municipios de más de de habitantes: euros para viviendas habitadas por una o dos personas, ampliándose dicho valor en euros adicionales por cada persona a cargo, hasta un máximo de tres; ; esto es hasta un máximo de si hay tres personas a cargo. para municipios de entre y habitantes: euros para viviendas habitadas por una o dos personas, ampliándose dicho valor en euros adicionales por cada persona a cargo, hasta un máximo de tres; esto es hasta un máximo de si hay tres personas a cargo para municipios de hasta habitantes: euros para viviendas habitadas por una o dos personas, ampliándose dicho valor en euros adicionales por cada persona a cargo, hasta un máximo de tres; esto es hasta un máximo de si hay tres personas a cargo Reestructuración de deuda y dación en pago El Real Decreto-Ley 6/2012 establece una serie de medidas complementarias y sustitutivas de la ejecución hipotecaria que son (i) la aplicación de una serie de medidas para reestructurar la deuda, entre las que se incluye una quita y (ii) la posibilidad, cuando la restructuración sea inviable, de aceptar la dación en pago del inmueble hipotecado. Sin embargo, para que éstas medidas resulten de aplicación, además de estar dentro del umbral de exclusión, se exige que el deudor cumpla con los siguientes requisitos: En el caso de que existan codeudores que no formen parte de la unidad familiar, deberán estar incluidos en los supuestos anteriores. Adicionalmente el precio máximo satisfecho en la compraventa de la vivienda habitual hipotecada de la que se trate se reduce a las siguientes cantidades: para municipios de más de de habitantes: euros; para municipios de entre y de habitantes o los integrados en áreas metropolitanas de municipios de más de de habitantes: euros; para municipios de entre y habitantes: euros; para municipios de hasta habitantes: euros. Los deudores hipotecarios que cumplan todas las condiciona anteriores pueden solicitar a la entidad financiera acreedora, firmante del Código de Buenas Prácticas, una restructuración de su deuda que incluirá una serie de medidas, entre ellas, la aplicación de una espera que el Real Decreto-Ley fijaba en cuatro años y que la Ley amplía a cinco. Si de las medidas de restructuración resulta una cuota hipotecaria superior al cincuenta por ciento de los ingresos familiares (antes este límite era del sesenta por ciento, pero la Ley lo reduce al cincuenta por ciento) entonces los deudores podrán solicitar la dación en pago de su vivienda habitual en los términos previstos en este apartado. En estos casos la entidad estará obligada a aceptar la entrega del bien hipotecado por parte del deudor, a la propia entidad o tercero que ésta designe, quedando definitivamente cancelada la deuda 3. Limitación de los intereses de demora Que el conjunto de los miembros de la unidad familiar carezca de cualesquiera otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que hacer frente a la deuda. Que se trate de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca que recaiga sobre la única vivienda en propiedad del deudor o deudores y concedido para la adquisición de la misma. Que se trate de un crédito o préstamo que carezca de otras garantías, reales o personales o, en el caso de existir estas últimas, que carezca de otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que hacer frente a la deuda. En todos los contratos de crédito o préstamo garantizados con hipoteca inmobiliaria en los que el deudor se encuentre situado en el umbral de exclusión, el interés moratorio aplicable desde el momento en que el deudor solicite a la entidad la aplicación de cualquiera de las medidas del código de buenas prácticas y acredite ante la entidad que se encuentra en dicha circunstancia, será, como máximo, el resultante de sumar a los intereses remuneratorios 3 El deudor, si así lo solicitara en el momento de pedir la dación en pago, podrá permanecer durante un plazo de dos años en la vivienda en concepto de arrendatario, satisfaciendo una renta anual del 3 por cien del importe total de la deuda en el momento de la dación. Durante dicho plazo el impago de la renta devengará un interés de demora del 10 por cien.

6 pactados en el préstamo un 2 por cien sobre el capital pendiente del préstamo. Control y régimen disciplinario La Ley crea una nueva comisión de control constituida para supervisar el cumplimiento del Código de Buenas Prácticas por parte de las entidades adheridas al mismo. Además, se establece que el cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto-Ley 6/2012 para aquellas entidades que se hayan adherido al Código de Buenas Prácticas podrá ser objeto de control y sanciones disciplinarias por parte del Banco de España. Contacto Cristina Calvo Socia y directora del Departamento de Derecho inmobiliario T.: E.: cristina.calvo@ashurst.com Ismael Fernández Antón Socio del Departamento de Derecho inmobiliario T.: E.: ismael.fernandezanton@ashurst.com Daniel Jiménez Socio y director del Departamento de Derecho procesal y arbitraje T.: E.: daniel.jimenez@ashurst.com Esta nota es únicamente un resumen y no un análisis exhaustivo de las cuestiones objeto de la misma. Para más información, se ruega contacten con nuestras oficinas en Alcalá, 44, Madrid T: F: /02 Ashurst LLP y sus despachos asociados operan comercialmente bajo el nombre Ashurst. Ashurst LLP es una sociedad de responsabilidad limitada debidamente inscrita en el correspondiente registro de Inglaterra y Gales bajo el número OC Se trata de un despacho de abogados regulado y autorizado por la Autoridad Regulatoria de la Abogacía (Solicitors Regulation Authority) de Inglaterra y Gales con el número El término "socio" se utiliza para referirse tanto a un miembro de Ashurst LLP como a un empleado o consultor de Ashurst LLP que cuente con idéntico status y titulación, así como, también, a una persona con status equivalente en alguno de los despachos asociados a Ashurst LLP. Pueden encontrar información adicional sobre Ashurst LLP y sus despachos afiliados en Ashurst LLP 2013 Ref: May 2013

La Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios,

La Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS La Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social está dirigida a establecer mecanismos

Más detalles

Hijos mayores de 18 años. Hasta qué edad pueden incluirse en la declaración de los padres?

Hijos mayores de 18 años. Hasta qué edad pueden incluirse en la declaración de los padres? C/ Fuente del Real, 4 Bj Gijón - Tlfno. 985 15 25 66 Fax 984 19 27 18 gestion@arguellesflorez.com www.arguellesflorez.com Preguntas frecuentes sobre la declaración de la Renta 2012 Agencia Estatal de Administración

Más detalles

Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social

Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social Ámbito de aplicación (situación de vulnerabilidad ) Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos Artículo 3.1 Se considerarán situados

Más detalles

1.Sujeción al Código de Buenas Prácticas.

1.Sujeción al Código de Buenas Prácticas. La Entidad se encuentra acogida al CODIGO DE BUENAS PRACTICAS en la versión dada al mismo por Ley 1/2013, de 14 de Mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración

Más detalles

Se considera que un deudor hipotecario está dentro del umbral de exclusión cuando concurran en él todas las circunstancias siguientes:

Se considera que un deudor hipotecario está dentro del umbral de exclusión cuando concurran en él todas las circunstancias siguientes: INFORMACIÓN A CLIENTES SOBRE EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS (REAL DECRETO LEY 6/2012 DE 9 DE MARZO) Bankia está adherida

Más detalles

G A Y C A N O & P A L A C Í N R A M O S Abogados NOTA INFORMATIVA A CLIENTES 02/2013

G A Y C A N O & P A L A C Í N R A M O S Abogados NOTA INFORMATIVA A CLIENTES 02/2013 NOTA INFORMATIVA A CLIENTES 02/2013 El pasado 15 de mayo entró en vigor la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler

Más detalles

En fecha 10 de marzo de 2012 se publicó en el BOE el RDL 6/2012 de 9 de marzo para que se

En fecha 10 de marzo de 2012 se publicó en el BOE el RDL 6/2012 de 9 de marzo para que se CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS En fecha 10 de marzo de 2012 se publicó en el BOE el RDL 6/2012 de 9 de marzo para que se aprobaran medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. Posteriormente

Más detalles

PROTECCIÓN A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS

PROTECCIÓN A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS Consorcio de Viviendas de Gran Canaria PROTECCIÓN A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS Guía rápida Índice de la Guía 1. Objetivo de la Guía 2. Evolución de la normativa 3. Esquema de los mecanismos de protección

Más detalles

DOCUMENTO INFORMATIVO CODIGO DE BUENAS PRACTICAS CAJA RURAL DEL SUR, S.COOP. DE CREDITO

DOCUMENTO INFORMATIVO CODIGO DE BUENAS PRACTICAS CAJA RURAL DEL SUR, S.COOP. DE CREDITO DOCUMENTO INFORMATIVO CODIGO DE BUENAS PRACTICAS CAJA RURAL DEL SUR, S.COOP. DE CREDITO La Entidad se encuentra acogida al CODIGO DE BUENAS PRACTICAS en la versión dada al mismo por Ley 1/2013, de 14 de

Más detalles

ROMERO REY A B O G A D O S

ROMERO REY A B O G A D O S NOTA SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 27/2012, DE 15 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS El pasado viernes 16 de noviembre de 2012, se publicó el Real Decreto-ley

Más detalles

Préstamos o créditos hipotecarios sobre vivienda habitual con deudor en el umbral de exclusión y vigentes a 11 de marzo de 2012.

Préstamos o créditos hipotecarios sobre vivienda habitual con deudor en el umbral de exclusión y vigentes a 11 de marzo de 2012. Ámbito de aplicación.- Préstamos o créditos hipotecarios sobre vivienda habitual con deudor en el umbral de exclusión y vigentes a 11 de marzo de 2012. Se aplica también a avalistas hipotecarios respecto

Más detalles

CaixaBank esta adherida al Código de Buenas Prácticas

CaixaBank esta adherida al Código de Buenas Prácticas CaixaBank esta adherida al Código de Buenas Prácticas Legislación aplicable Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, modificado por

Más detalles

Resumen de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores

Resumen de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores Hoy, 15 de mayo de 2013 se publica en el BOE la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. Esta Ley entrará

Más detalles

JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 ALMANSA

JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 ALMANSA JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 ALMANSA AUTO: 00047/2018 A U T O 47/18 En Almansa, a 9 de Mayo de 2018. D. Juan Miguel Paños Villaescusa, Magistrado- Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

Más detalles

2.- APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE BUENAS PRACTICAS BANCARIAS.

2.- APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE BUENAS PRACTICAS BANCARIAS. 2.- APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE BUENAS PRACTICAS BANCARIAS. (RD LEY 6/2012 de 9 de Marzo, tras Reforma de la Ley 1/2013 de 14 de Mayo y RD Ley 1/2015 de 27 de Febrero) OBJETIVO: Establecer medidas conducentes

Más detalles

CIVIL. Ars Iuris Salmanticensis, vol. 1, diciembre 2013, 151-226 eissn: 2340-5155 Ediciones Universidad de Salamanca

CIVIL. Ars Iuris Salmanticensis, vol. 1, diciembre 2013, 151-226 eissn: 2340-5155 Ediciones Universidad de Salamanca Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social [boe n.º 116, de 15-V-2013] La denominada popularmente «ley antidesahucios»

Más detalles

NORMATIVA HIPOTECARIO MEDIDAS DE PROTECCIÓN DEL DEUDOR FRENTE A LAS CONSECUENCIAS DE LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA

NORMATIVA HIPOTECARIO MEDIDAS DE PROTECCIÓN DEL DEUDOR FRENTE A LAS CONSECUENCIAS DE LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA HIPOTECARIO MEDIDAS DE PROTECCIÓN DEL DEUDOR FRENTE A LAS CONSECUENCIAS DE LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA ÍNDICE 1.- INTRODUCCIÓN Pg. 3 2.- EXÁMEN DE LA CONCRETA APLICABLE A LOS DISTINTOS SUPUESTOS DE LOS DEUDORES

Más detalles

Revista CESCO de Derecho de Consumo Nº 2/2012

Revista CESCO de Derecho de Consumo Nº 2/2012 Nº 2/2012 http://www.revista.uclm.es/index.php/cesco II. Novedades Normativas REAL DECRETO-LEY 6/2012, DE 9 DE MARZO POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS URGENTES DE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS

Más detalles

PRINCIPIO REGISTRAL DE ROGACIÓN. Conclusiones foro 8-2014

PRINCIPIO REGISTRAL DE ROGACIÓN. Conclusiones foro 8-2014 PRINCIPIO REGISTRAL DE ROGACIÓN Conclusiones foro 8-2014 1. Cómo se manifiesta el principio de rogación en la legislación guatemalteca, tanto en el registro de la propiedad como en otros registros. 2.

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Real Decreto-ley 5/2017, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y la Ley 1/2013, de 14

Más detalles

DIFUSIÓN DEL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS. UNIÓN DE CRÉDITOS INMOBILIARIOS, S.A., ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CRÉDITO.

DIFUSIÓN DEL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS. UNIÓN DE CRÉDITOS INMOBILIARIOS, S.A., ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CRÉDITO. DIFUSIÓN DEL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS. UNIÓN DE CRÉDITOS INMOBILIARIOS, S.A., ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CRÉDITO. Ponemos expresamente en conocimiento de nuestros clientes y de cualquier interesado,

Más detalles

Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.

Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. MODIFICACIONES AL REAL DECRETO-LEY 6/2012, de medidas urgentes

Más detalles

Ley de protección de consumidores mediante transparencia en contratación hipotecaria en Madrid

Ley de protección de consumidores mediante transparencia en contratación hipotecaria en Madrid (Disposición Vigente) Ley de protección de consumidores mediante transparencia en Ley 1/2012, de 26 de marzo LCM 2012\60 HIPOTECAS. Protección de los Derechos de los Consumidores Mediante el Fomento de

Más detalles

11. PERMISO POR ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO 11.1 HECHO CAUSANTE

11. PERMISO POR ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO 11.1 HECHO CAUSANTE 11. PERMISO POR ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO 11.1 HECHO CAUSANTE Que el empleado público efectúe una de las siguientes acciones en los términos del Código Civil o de las leyes civiles de las Comunidades Autónomas

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO SERVICIO DE TRIBUTOS Y EXACCIONES ANUNCIO

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO SERVICIO DE TRIBUTOS Y EXACCIONES ANUNCIO EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO SERVICIO DE TRIBUTOS Y EXACCIONES ANUNCIO Aprobación de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre

Más detalles

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., domiciliada en Bilbao, Plaza de San Nicolás número 4, inscrito en el Registro Mercantil de

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., domiciliada en Bilbao, Plaza de San Nicolás número 4, inscrito en el Registro Mercantil de DOCUMENTO INFORMATIVO REAL DECRETO LEY 6/2012, DE 9 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES DE PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS (BOE 10 DE MARZO DE 2012) ADAPTADO A LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS

Más detalles

LEY DE INCLUSION FINANCIERA, VIGENCIA DEL ARTICULO 39: ARRENDAMIENTO, SUBARRENDAMIENTO Y CREDITO DE USO DE INMUEBLES

LEY DE INCLUSION FINANCIERA, VIGENCIA DEL ARTICULO 39: ARRENDAMIENTO, SUBARRENDAMIENTO Y CREDITO DE USO DE INMUEBLES LEY DE INCLUSION FINANCIERA, VIGENCIA DEL ARTICULO 39: ARRENDAMIENTO, SUBARRENDAMIENTO Y CREDITO DE USO DE INMUEBLES Por Escribano Jorge Machado El día 19 de mayo de 2014 entró en vigencia como ya hemos

Más detalles

PRF. PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO. 1. Materia objeto de investigación estadística

PRF. PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO. 1. Materia objeto de investigación estadística PRF. PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO 1. Materia objeto de investigación estadística La información que se incluye en este apartado se refiere a las prestaciones familiares por hijo a cargo de

Más detalles

BANCO DE SABADELL SE HA ADHERIDO AL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS

BANCO DE SABADELL SE HA ADHERIDO AL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS BANCO DE SABADELL SE HA ADHERIDO AL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS El Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos (modificado por la Ley

Más detalles

Real Decreto-Ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios.

Real Decreto-Ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios. Real Decreto-Ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios. Madrid, 16 de noviembre de 2012 INTRODUCCION. Con fecha 16 de Noviembre de 2012

Más detalles

Medidas de protección de deudores hipotecarios contenidas en la Ley 1/2013, de 14 de mayo; aplicación del concepto de cláusulas abusivas.

Medidas de protección de deudores hipotecarios contenidas en la Ley 1/2013, de 14 de mayo; aplicación del concepto de cláusulas abusivas. JUSTICIA Deudores hipotecarios Medidas de protección de deudores hipotecarios contenidas en la Ley 1/2013, de 14 de mayo; aplicación del concepto de cláusulas abusivas. Antecedente normativo Cita: -Ley

Más detalles

Lo que necesito saber de mi crédito de consumo. informativo para administración de créditos

Lo que necesito saber de mi crédito de consumo. informativo para administración de créditos Lo que necesito saber de mi crédito de consumo informativo para administración de créditos Qué es lo primero que debo saber de un crédito de consumo? 1 2 3 Qué es un crédito de consumo? Es un préstamo

Más detalles

BANCO DE SABADELL SE HA ADHERIDO AL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS

BANCO DE SABADELL SE HA ADHERIDO AL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS BANCO DE SABADELL SE HA ADHERIDO AL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS El Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos (modificado por la Ley

Más detalles

Código de Buenas Prácticas pág. 1/6

Código de Buenas Prácticas pág. 1/6 Código de Buenas Prácticas pág. 1/6 En fecha 10 de marzo de 2012 se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 6/2012 de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos cuyo

Más detalles

Modificaciones relativas al ISD, ITP y AJD introducidas el 6 de agosto del 2013

Modificaciones relativas al ISD, ITP y AJD introducidas el 6 de agosto del 2013 DOCUMENTO TRABAJO Nº 348 2013 Modificaciones relativas al ISD, ITP y AJD introducidas el 6 de agosto del 2013 1 Estimado Cliente, A lo largo del presente trabajo podrán ver las modificaciones introducidas

Más detalles

HIPOTECA INVERSA VITALICIA DEFINICIÓN PRODUCTO

HIPOTECA INVERSA VITALICIA DEFINICIÓN PRODUCTO HIPOTECA INVERSA VITALICIA DEFINICIÓN PRODUCTO Dada la mayor esperanza de vida y la mayor calidad de ésta, nuestros clientes tienen la necesidad de acumular ahorro pensando en el futuro. Por ello, el Grupo

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNAH

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNAH REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS AUTOMÁTICOS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS INPREUNAH CAPÍTULO I DE LA CREACIÓN Artículo 1.- Créase el Servicio

Más detalles

Protección de los Derechos de los Consumidores Mediante el Fomento de la Transparencia en la Contratación Hipotecaria en la Comunidad de Madrid

Protección de los Derechos de los Consumidores Mediante el Fomento de la Transparencia en la Contratación Hipotecaria en la Comunidad de Madrid Ley para la Protección de los Derechos de los Consumidores Mediante el Fomento de la Transparencia en la Contratación Hipotecaria en la Comunidad de Madrid Actualizado a mayo de 2013 Índice Ley 1/2012,

Más detalles

FASE 3: ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL

FASE 3: ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL REAL DECRETO-LEY 6/2012, DE 9 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES DE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSO FASE 3: ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL (modificado por la Ley

Más detalles

GUÍA RÁPIDA DE ACCESO AL REGISTRO PERMANENTE DE SOLICITANTES DE VIVIENDA (RPSV)

GUÍA RÁPIDA DE ACCESO AL REGISTRO PERMANENTE DE SOLICITANTES DE VIVIENDA (RPSV) GUÍA RÁPIDA DE ACCESO AL REGISTRO PERMANENTE DE SOLICITANTES DE VIVIENDA (RPSV) Esta publicación pretende facilitar la solicitud de inscripción en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda. Ten

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Nota relativa a la aplicación de la disposición transitoria décima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL) La disposición transitoria

Más detalles

a) Para municipios de más de 1.000.000 de habitantes: 200.000 euros c) para municipios de entre 100.001 y 500.000 habitantes: 150.

a) Para municipios de más de 1.000.000 de habitantes: 200.000 euros c) para municipios de entre 100.001 y 500.000 habitantes: 150. INFORME SOBRE LOS REQUISITOS PARA LA DACIÓN EN PAGO Y SUSPENSIÓN DE LOS DESAHUCIOS POR EJECUCIONES HIPOTECARIAS Requisitos para la dación en pago. El Gobierno realizó un decreto que el 10 de marzo de 2012

Más detalles

INSTRUCCIÓN. Primero.- Régimen general.

INSTRUCCIÓN. Primero.- Régimen general. INSTRUCCIÓN DE 31 DE JULIO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, RELATIVA AL RÉGIMEN DE LICENCIAS, PERMISOS Y VACACIONES APLICABLE AL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Y

Más detalles

A Y U N T A M I E N T O

A Y U N T A M I E N T O A Y U N T A M I E N T O D E VILLA DEL PRADO AÑO 2013 ORDENANZA Núm.1 IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y RÚSTICA ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACION DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEL

Más detalles

RENTA 2010 BENEFICIOS FISCALES AUTONOMICOS

RENTA 2010 BENEFICIOS FISCALES AUTONOMICOS RENTA 2010 BENEFICIOS FISCALES AUTONOMICOS DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA 2 Para beneficiarios de ayudas familiares en aplicación de la normativa de la Comunidad Autónoma Andaluza. 2 Por adopción de hijos

Más detalles

Documento Informativo

Documento Informativo Documento Informativo REAL DECRETO LEY 6/2012, DE 9 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES DE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS (BOE 10 DE MARZO DE 2012) ADAPTADO A LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS

Más detalles

reestructuración de deuda y alquiler social. (Modif. Ley 1/2013)

reestructuración de deuda y alquiler social. (Modif. Ley 1/2013) Real Decreto-ley 5/2017, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y la Ley 1/2013, de 14

Más detalles

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓ N PÚ BLICA CONSULTA: 02/2012 ÓRGANO: DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIACIÓN Y TRIBUTOS FECHA SALIDA: 14/02/2012

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓ N PÚ BLICA CONSULTA: 02/2012 ÓRGANO: DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIACIÓN Y TRIBUTOS FECHA SALIDA: 14/02/2012 CONSULTA: 02/2012 ÓRGANO: DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIACIÓN Y TRIBUTOS FECHA SALIDA: 14/02/2012 NORMATIVA: Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las

Más detalles

CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR DEL AYUNTAMIENTO DE FABERO PARA EL CURSO 2012-2013

CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR DEL AYUNTAMIENTO DE FABERO PARA EL CURSO 2012-2013 CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR DEL AYUNTAMIENTO DE FABERO PARA EL CURSO 2012-2013 1.- NATURALEZA De acuerdo con la Ordenanza General de Subvenciones del

Más detalles

ANEXO N 1 CÁLCULO DE LA TCEA PARA OPERACIONES ACTIVAS BAJO EL SISTEMA DE CUOTAS

ANEXO N 1 CÁLCULO DE LA TCEA PARA OPERACIONES ACTIVAS BAJO EL SISTEMA DE CUOTAS ANEXO N 1 CÁLCULO DE LA TCEA PARA OPERACIONES ACTIVAS BAJO EL SISTEMA DE CUOTAS Para homogeneizar el cálculo de la tasa de costo efectivo anual se deberá aplicar la siguiente fórmula: i = k ( 1+ ) 1 a

Más detalles

PLANIFICACIÓN FISCAL IRPF 2013

PLANIFICACIÓN FISCAL IRPF 2013 PLANIFICACIÓN FISCAL IRPF 2013 Próximos a finalizar el año conviene tener una serie de pautas con el fin de recordar en qué se puede mitigar la carga fiscal del ejercicio 2013 en el Impuesto sobre la Renta

Más detalles

ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS

ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS ANTICIPOS 1.- Anticipo de una mensualidad: previa petición motivada. Cualquier trabajador tendrá derecho a que se le anticipe la mensualidad en curso. La empresa ha resuelto suprimir

Más detalles

BOLETÍN ESPECIAL ENERO 2014

BOLETÍN ESPECIAL ENERO 2014 BOLETÍN ESPECIAL ENERO 2014 ÍNDICE I. Análisis a la actualidad Laboral II. Modificaciones en el Contrato a Tiempo Parcial III. Medidas de flexibilidad en la Jornada Laboral IV. Modificaciones en el Contrato

Más detalles

ES NECESARIO TENER HIJOS PARA SOLICITAR LA SUSPENSIÓN DEL LANZAMIENTO

ES NECESARIO TENER HIJOS PARA SOLICITAR LA SUSPENSIÓN DEL LANZAMIENTO ES NECESARIO TENER HIJOS PARA SOLICITAR LA SUSPENSIÓN DEL LANZAMIENTO (CUESTIONABLE INTERPRETACIÓN DEL TC EN SU AUTO 129/2014, DE 5 DE MAYO DE 2014, SOBRE LA LEY 1/2013) 1 1. Los hechos Alicia Agüero Ortiz

Más detalles

RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. ESTIMACION DIRECTA NORMAL. Doña Rocío tiene una mercería, del cual a final de año tiene los siguientes datos:

RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. ESTIMACION DIRECTA NORMAL. Doña Rocío tiene una mercería, del cual a final de año tiene los siguientes datos: RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. ESTIMACION DIRECTA NORMAL Planteamiento: Doña Rocío tiene una mercería, del cual a final de año tiene los siguientes datos: Ventas del ejercicio: 150.000 Sueldos

Más detalles

INFORME DE TESORERIA SOBRE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS PREVISTOS EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, CON REFERENCIA AL SEGUNDO TRIMESTRE DE 2013.

INFORME DE TESORERIA SOBRE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS PREVISTOS EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, CON REFERENCIA AL SEGUNDO TRIMESTRE DE 2013. Tesorería 2T2013 INFORME DE TESORERIA SOBRE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS PREVISTOS EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, CON REFERENCIA AL SEGUNDO TRIMESTRE DE 2013. El funcionario que suscribe, en cumplimiento

Más detalles

La finalidad de esta Nota es aclarar el contenido objetivo de dicha cobertura y sus referencias temporales.

La finalidad de esta Nota es aclarar el contenido objetivo de dicha cobertura y sus referencias temporales. NOTA EXPLICATIVA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CAPTURA DE SOLICITUDES DE ADHESION A LOS COMPARTIMENTOS FONDO DE ORDENACIÓN Y FONDO DE IMPULSO ECONÓMICO, DEL FONDO DE FINANCIACIÓN A ENTIDADES LOCALES La presente

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO JEFATURA DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO JEFATURA DEL ESTADO Núm. 66 Sábado 18 de marzo de 2017 Sec. I. Pág. 19786 I. DISPOSICIONES GENERALES JEFATURA DEL ESTADO 2985 Real Decreto-ley 5/2017, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de

Más detalles

Nuevo sistema de liquidación. e ingreso de cuotas

Nuevo sistema de liquidación. e ingreso de cuotas Nuevo sistema de liquidación e ingreso de cuotas OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL Ley 34/2014, de 26 de diciembre, de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas

Más detalles

En esencia es una compra reversible de una vivienda por parte del banco pagado por regla general en mensualidades.

En esencia es una compra reversible de una vivienda por parte del banco pagado por regla general en mensualidades. HIPOTECAS INVERSAS Qué es una hipoteca inversa? Es un crédito con la vivienda como garantía hasta un importe máximo fijado en tasación. La hipoteca inversa tendrá por tanto un número de rentas máximas

Más detalles

1º Capitulo: Suspensión Lanzamientos

1º Capitulo: Suspensión Lanzamientos Planteamiento Se modifican las medidas del Decreto-Ley 6/2012 (Código de Buenas Prácticas). Se deberá crear un parque de viviendas propiedad de las entidades de crédito para familias desahuciadas con escasez

Más detalles

IGUALDAD EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

IGUALDAD EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES IGUALDAD EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES MATERNIDAD/PATERNIDAD Suspensión del contrato de trabajo Art. 45.1 ET El contrato de trabajo podrá suspenderse por las siguientes causas: d) Maternidad, paternidad,

Más detalles

Resumen Ley 11/2013 de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación del empleo

Resumen Ley 11/2013 de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación del empleo Siempre cerca de ti Resumen Ley 11/2013 de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación del empleo Capítulo I. El art. 1 señala que a los autónomos incorporados

Más detalles

Plan Director de Vivienda 2006-2009

Plan Director de Vivienda 2006-2009 8. FISCALIDAD 8.1. INTRODUCCIÓN Se considera de especial importancia el tratamiento fiscal de la vivienda como factor claramente influyente en la problemática de este bien inmueble. La adquisición de una

Más detalles

FICHA DE LEGISLACIÓN NORMATIVA

FICHA DE LEGISLACIÓN NORMATIVA FICHA DE LEGISLACIÓN Real Decreto- ley 5/2017, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decretoley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos,

Más detalles

1ª Opción: REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA HIPOTECARIA

1ª Opción: REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA HIPOTECARIA Planteamiento Establecer medidas para la reestructuración de la deuda hipotecaria de quienes padecen dificultades extraordinarias para atender su pago (cuyo deudor esté en el umbral de exclusión) y para

Más detalles

PROPOSICIÓN DE LEY DE MEDIDAS PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS, REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA Y ALQUILER SOCIAL 1

PROPOSICIÓN DE LEY DE MEDIDAS PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS, REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA Y ALQUILER SOCIAL 1 PROPOSICIÓN DE LEY DE MEDIDAS PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS, REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA Y ALQUILER SOCIAL 1 Alicia Agüero Ortiz Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA (IIVTNU).

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA (IIVTNU). ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA (IIVTNU). FUNDAMENTO LEGAL. Artículo 1º. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 104

Más detalles

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO BIEN INMUEBLE PARA USO COMERCIAL ENTRE PERSONAS JURÍDICAS

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO BIEN INMUEBLE PARA USO COMERCIAL ENTRE PERSONAS JURÍDICAS CONTRATO DE ARRENDAMIENTO BIEN INMUEBLE PARA USO COMERCIAL ENTRE PERSONAS JURÍDICAS En,, el día de del año, comparecen a celebrar contrato de arrendamiento por una parte a quien en lo sucesivo se le denominará

Más detalles

CONVOCATORIA Y BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES AL

CONVOCATORIA Y BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES AL T T T CONVOCATORIA Y BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES AL UPROGRAMA DE AYUDAS A LA CONTRATACIÓN LABORAL PLAN EXTRAORDINARIO DE ACCIÓN SOCIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA DECRETO LEY 7/2013, DE 30 DE

Más detalles

Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo por el que se aprueban medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos

Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo por el que se aprueban medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo por el que se aprueban medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos Iuliana Raluca Stroie Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La

Más detalles

www.estudionotarialmachado.com

www.estudionotarialmachado.com DECRETO 264/2015 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 2 8 SEP 2015 VISTO: el artículo 39 de la Ley N 19.210 de 29 de abril de 2014. RESULTANDO: que el referido artículo establece el modo en que

Más detalles

Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Reinversión en inmovilizado material de segunda mano.

Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Reinversión en inmovilizado material de segunda mano. Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Reinversión en inmovilizado material de segunda mano. En la medida en que los beneficios que la entidad consultante pretende invertir en la adquisición

Más detalles

Régimen General del Incumplimiento Contractual

Régimen General del Incumplimiento Contractual Régimen General del Incumplimiento Contractual En materia de incumplimiento contractual, el ordenamiento colombiano ha dispuesto que en todo contrato de naturaleza bilateral se encuentra implícita la condición

Más detalles

INFOHABITATGE: GUÍA DE COMPRA

INFOHABITATGE: GUÍA DE COMPRA Qué son las cláusulas abusivas? Según el Real Decreto Ley 1/2007, de 16 de noviembre, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones

Más detalles

II.- OBLIGACIÓN DE PAGAR

II.- OBLIGACIÓN DE PAGAR 16.- NORMA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, SERVICIO DE LAVANDERIA, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA. I.- CONCEPTO Artículo 1.- Se establecen

Más detalles

MEDIDAS URGENTES DE PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS ( REAL DECRETO LEY 6/2012 ).-

MEDIDAS URGENTES DE PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS ( REAL DECRETO LEY 6/2012 ).- MEDIDAS URGENTES DE PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS ( REAL DECRETO LEY 6/2012 ).- El Real Decreto Ley 6/2012, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos que

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNAH

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNAH REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS PERSONALES DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS INPREUNAH CAPÍTULO I DE LA CREACIÓN Artículo 1.- Créase el Servicio

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE LA ACTIVIDAD HIPOTECARIA (NEGOCIOS EN ESPAÑA)

INFORMACIÓN SOBRE LA ACTIVIDAD HIPOTECARIA (NEGOCIOS EN ESPAÑA) ESTADO S.3-1 Pág 1 de 8 Total operaciones registradas en el balance (a) Año Mes P Estado E 6 3 9 0 Código entidad RIESGO SOBRE IMPORTE ULTIMA TASACIÓN DISPONIBLE (loan to value ) (b) Inferior o igual al

Más detalles

Rendimientos de capital inmobiliario

Rendimientos de capital inmobiliario Rendimientos de capital inmobiliario V Í C T O R M. S Á N C H E Z B L Á Z Q U E Z P R O F E S O R T I T U L A R D E D E R E C H O F I N A N C I E R O Y T R I B U T A R I O U L P G C Rendimientos de capital

Más detalles

NORMATIVA Y JURISPRUDENCIA

NORMATIVA Y JURISPRUDENCIA NORMATIVA Y JURISPRUDENCIA Abril 2007 Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre

Más detalles

Pago de prestaciones económicas en caso de baja por enfermedad común sin cotizar 180 días en los últimos 5 años. 171/13

Pago de prestaciones económicas en caso de baja por enfermedad común sin cotizar 180 días en los últimos 5 años. 171/13 ASUNTO:PERSONAL /RETRIBUCIONES Pago de prestaciones económicas en caso de baja por enfermedad común sin cotizar 180 días en los últimos 5 años. 171/13 MF ************ INFORME I. ANTECEDENTES. Mediante

Más detalles

CAJA RURAL DE GUISSONA SOC.COOP.CREDITO

CAJA RURAL DE GUISSONA SOC.COOP.CREDITO Pág.1 TARIFAS MÁXIMAS DE COMISIONES, CONDICIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES POR TRANSFERENCIAS DE FONDOS CON EL EXTERIOR 80.1 CONDICIONES GENERALES 1 DEFINICIÓN DE TRANSFERENCIAS CON EL EXTERIOR

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 1.5. Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

ORDENANZA FISCAL Nº 1.5. Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana EXCMO. AYUNTAMIENTO de la VILLA DE LA OROTAVA ORDENANZA FISCAL Nº 1.5 Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana Artículo 1º. Fundamento y naturaleza 1. En

Más detalles

USC-SSO2-98 1/5 DECLARACIONES

USC-SSO2-98 1/5 DECLARACIONES USC-SSO2-98 1/5 CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. (1), EN SU CARACTER

Más detalles

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Caracas, viernes 16 de junio de 1995 Numero 4.920 Extraordinario EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente; LEY DE HOMOLOGACION DE LAS PENSIONES

Más detalles

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS RÉGIMEN DE LAS APORTACIONES A SISTEMAS DE PREVISIÓN SOCIAL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS APORTACIONES LÍMITES GENERALES LÍMITES MAYORES 50 AÑOS LÍMITES MAYORES 52 AÑOS DOBLE LÍMITE LÍMITE

Más detalles

Estructura de la Ley. 100 artículos 8 Títulos 11 Disposiciones Adicionales, 8 D. Transitorias, 1 D. Derogatoria Única y 4 D.

Estructura de la Ley. 100 artículos 8 Títulos 11 Disposiciones Adicionales, 8 D. Transitorias, 1 D. Derogatoria Única y 4 D. Tema 7 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público: derechos y deberes de los empleados públicos, el código de conducta. Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del Estatuto marco del

Más detalles

D50 Acreedores financieros Mensual 10 D51 Créditos para el financiamiento de estudios superiores

D50 Acreedores financieros Mensual 10 D51 Créditos para el financiamiento de estudios superiores Manual del Sistema de Información ARCHIVOS MAGNÉTICOS Catálogo de archivos hoja 2 SISTEMA DEUDORES Código NOMBRE Periodicidad Plazo (días hábiles) D02 Deudas Específicas Mensual 7 D03 Características de

Más detalles

EDICTO. D/Dª GRACIA ÁGUEDA MORALES PAYÁN Secretario/a del JUZGADO DE 1ª INSTANCIA 4 DE MÁLAGA. BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:

EDICTO. D/Dª GRACIA ÁGUEDA MORALES PAYÁN Secretario/a del JUZGADO DE 1ª INSTANCIA 4 DE MÁLAGA. BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA 4 DE MÁLAGA CIUDAD DE LA JUSTICIA. C/ FISCAL LUIS PORTERO S/N. 2º. MALAGA (TEATINOS) Fax: 951 939 124. Tel.: 951 939 024 N.I.G.: 2906742C20090047049 Procedimiento: Ejecución hipotecaria

Más detalles

Creación de la Red de Bolsas de Viviendas para el alquiler social como complemento del Fondo social estatal de viviendas.

Creación de la Red de Bolsas de Viviendas para el alquiler social como complemento del Fondo social estatal de viviendas. VIVIENDAS Alquiler social Creación de la Red de Bolsas de Viviendas para el alquiler social como complemento del Fondo social estatal de viviendas. Antecedente normativo Cita: -Decreto 102/2013, de 11

Más detalles

FICHAS DE LEGISLACIÓN

FICHAS DE LEGISLACIÓN FICHAS DE LEGISLACIÓN OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LEY 35/2015, DE 22 DE SEPTIEMBRE, DE REFORMA DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A

Más detalles

Epígrafe 15. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS.

Epígrafe 15. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. Página 1 de 6 Epígrafe 15. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO, Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. Especificación Comisión 1- APERTURA DE

Más detalles

Superintendencia de Seguros y Reaseguros

Superintendencia de Seguros y Reaseguros Montevideo, 4 de agosto de 2000 Ref.: Ley de Urgencia - Modificaciones de la Recopilación de Normas de Seguros y Reaseguros Se pone en conocimiento del mercado asegurador que el Banco Central del Uruguay

Más detalles

Boletín sobre Principales novedades de la Ley de Emprendedores que afectan a la Ley Concursal

Boletín sobre Principales novedades de la Ley de Emprendedores que afectan a la Ley Concursal Boletín sobre Principales novedades de la Ley de Emprendedores que afectan a la Ley Concursal NOVEDADES EN LEY CONCURSAL Nos complace informarles acerca de las importantes modificaciones concursales recientemente

Más detalles

COMO PLANIFICAR NUESTRA JUBILACION A PARTIR DEL AÑO 2013?

COMO PLANIFICAR NUESTRA JUBILACION A PARTIR DEL AÑO 2013? COMO PLANIFICAR NUESTRA JUBILACION A PARTIR DEL AÑO 2013? La aportación anual máxima que usted puede realizar dependerá básicamente de su edad. Así, para menores de 50 años de edad, la aportación anual

Más detalles

CODIGO DE BUENAS PRACTICAS DE CAJA RURAL DE GIJON

CODIGO DE BUENAS PRACTICAS DE CAJA RURAL DE GIJON BENEFICIARIOS DEL CÓDIGO DE BUENAS PRACTICAS Podrán beneficiarse de las medidas contenidas en este Código de Buenas Prácticas los deudores hipotecarios situados en riesgo de exclusión, siendo considerados

Más detalles

FONDO SOCIAL DE VIVIENDAS CX

FONDO SOCIAL DE VIVIENDAS CX FONDO SOCIAL DE VIVIENDAS CX 1. Requisitos exigidos 2. Criterios de valoración 3. Documentación a presentar por los solicitantes 4. Términos arrendamiento 1. REQUISITOS EXIGIDOS PARA PODER ACCEDER AL FONDO

Más detalles