Procuración General de la Nación

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Procuración General de la Nación"

Transcripción

1 S u p r e m a C o r t e : - I - Los magistrados integrantes de Sala "C" de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, a fs. 272/275 confirmaron la resolución de la juez de grado que, a fs.236/245, desestimó las excepciones deducidas por los ejecutados en los términos del artículo 64, incisos a) y b) de la ley , con costas; desestimó los planteos de inconstitucionalidad de las leyes , , decretos 214/02 y 320/02, así como de la ley , modificada por la ley y decreto 1286/03, con costas por su orden; declaró inoponible al acreedor hipotecario el mutuo suscripto entre el deudor y el fiduciario; y dispuso la prosecución de estos actuados debiendo adecuar la liquidación aplicando el esfuerzo compartido y convirtiendo los dólares a razón de $ 1 más el 50 % de la brecha entre $ 1 y en valor del dólar libre a la cotización de la fecha en que aquella se practique de modo definitivo. Para así decidir, los jueces de la Sala "C", entendieron que lo resuelto respecto de la legislación de emergencia (pesificación), en cuanto a que el monto de la ejecución debe prosperar de acuerdo con el denominado esfuerzo compartido, no fue materia de agravios y por tanto se encuentra firme para las partes. Desestimaron las críticas referidas a la inexistencia de mora en los términos del artículo 64, inciso a), de la ley , atento a que la consideraron reconocida por los accionados en las manifestaciones efectuadas por ellos a fs. 92/105 (en especial apartado I b. de fs. 93 y vta.), y a que el fundamento del planteo está basado en lo normado por las leyes de pesificación que, como sostuvieron precedentemente, no fueron materia de agravios. En cuanto a las quejas referidas al rechazo de la -1-

2 excepción de inexistencia de la intimación al pago (inc. b, del art. 64, de la ley ), basadas en que las sumas reclamadas eran superiores a las que determina la legislación vigente sobre pesificación, señalaron, por un lado, que en las presentes actuaciones no corresponde se ordene intimación alguna, sin perjuicio de la extrajudicial habilitante de la acción; y por otro (según jurisprudencia de la propia Cámara que allí citaron), que frente a la petición de obtener la devolución en su moneda de origen, la accionada puede contradecir la misma y realizar los planteos que hagan a su derecho, en tanto no corresponde cerrar al accionante la posibilidad de debatir cuál es el objeto de la prestación debida, resolviéndose ulteriormente y en ocasión de dictar sentencia, lo conducente a los planteos que se hubieren verificado una vez trabada la litis, con mayor razón cuando se ha cuestionado la constitucionalidad de la norma en que se sustenta la decisión impugnada. Con relación a la inoponibilidad del mutuo suscripto con el banco fiduciario en virtud de lo normado por la ley , señalaron que esta ley prevé la conversión de la divisa extranjera a una paridad distinta a la definitivamente fijada en autos y consentida por la quejosa, suma que constituye un derecho adquirido para el acreedor, por lo que el régimen implementado por la normativa deviene inaplicable al supuesto de autos, e inoponible el mutuo referido. Sostener lo contrario -concluyeron- produciría una colisión evidente con una decisión que ha pasado en autoridad de cosa juzgada. Respecto a las costas, expusieron que no cabe en el caso apartarse del principio establecido en la primera parte del artículo 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, por lo que confirmó, por ser ajustada a derecho, la imposición de costas por la desestimación de las excepciones -2-

3 articuladas. - II - Contra este pronunciamiento, los demandados interpusieron el recurso extraordinario de fs. 278/291, cuya denegatoria de fs. 300 y vta. motiva la presente queja. Afirman que, contrariamente a lo dicho en la sentencia, la doctrina del esfuerzo compartido no fue consentida por la demandada. Alegan que las excepciones opuestas tienen como presupuesto legal y fáctico, el sostenimiento de la existencia, legitimidad y aplicabilidad al caso de la legislación de emergencia que pesificó su crédito y no del híbrido que parte diferencia al medio. Agregan que han defendido la aplicación al caso de las normas pesificadoras dictadas en la emergencia, sosteniéndolo a lo largo de toda la expresión de agravios. En cuanto a la desestimación de la excepción de inexistencia de mora, expresan que en ningún momento han reconocido la mora, antes bien, la imputan al acreedor por no querer percibir su crédito con las modificaciones impuestas por las layes de emergencia. Critican el rechazo de los agravios sobre la inexistencia de intimación de pago. Sostienen que no resulta ajustado a derecho que los montos que se le reclaman al deudor sean superiores a los adeudados, por cuanto ello impide material y legalmente el cumplimiento que pudiera liberarlo. En el caso -prosiguen- la intimación del 8 de julio de 2002 expresada en dólares estadounidenses, contrariaba la normativa vigente, lo que significa que los montos que se le reclamaban al deudor no eran los debidos y, por lo tanto la intimación había perdido el sentido liberatorio que su cumplimiento podría acarrear al obligado. Acerca de que la ley (modificada por la ley -3-

4 25.908) deviene inaplicable al supuesto de autos e inoponible, en consecuencia, el mutuo suscripto con el fiduciario, aducen que la suscripción de dicho mutuo resulta de la aplicación lisa y llana de una ley, que se sancionó justamente con el objeto de modificar las condiciones de las ejecuciones hipotecarias. Finalmente critican la imposición de costas, en lo sustancial, pues aseveran que no puede aplicarse la regla general del artículo 68 del Código Procesal, sin contemplar los espacios de debate que abrió la cuestión nacional derivada de la emergencia, y a los que las partes acudieron, no en perjuicio de la contraria, sino para hallar una solución que encuadrara dentro del abrupto cambio de normativa. - III - A los fines de una mejor comprensión del presente dictamen, trataré los agravios en un orden diferente al que fueron expuestos, ocupándome inicialmente de los relativos a las normas denominadas de "pesificación", y su relación con las que establecieron el régimen de refinanciación hipotecaria, para considerar luego las quejas referidas al rechazo de las excepciones y a la imposición de costas. Al seguir el desarrollo propuesto, se advierte, en primer lugar, que asiste razón a los apelantes cuando exponen que no consintieron la doctrina del esfuerzo compartido. En efecto, la afirmación de los sentenciadores en tal sentido, se encuentra desprovista de sustento, toda vez que las excepciones opuestas por los demandados, cuya desestimación fue objeto de la apelación ordinaria, tienen como innegable presupuesto, el sostenimiento y defensa de la aplicación textual de las leyes de pesificación, sin modificación alguna. Se observa al respecto (al margen de cómo se resuelvan, en definitiva, estas cuestiones), que los demandados cimentaron la -4-

5 inexistencia de mora y de intimación, en el hecho de que el acreedor pretendía el pago en una moneda que contrariaba la normativa vigente (v. fs. 249 vta., tercer párrafo, fs. 250, penúltimo párrafo). Asimismo, en el punto Cuarto del memorial, expresaron que la decisión impugnada vulnera el derecho de propiedad de su parte por cuanto dispone más allá de las leyes vigentes -cuya inconstitucionalidad no declara- que los deudores no solo deben compartir con los acreedores la diferencia de cotización del dólar, sino que también les priva del beneficio del salvataje hipotecario del que son legítimos destinatarios (v. fs. 252, el subrayado me pertenece). En tales condiciones, cabe razonar que la Alzada debía pronunciarse no solamente sobre la aplicabilidad al caso del régimen de refinanciación hipotecaria, sino también acerca del cuestionamiento al esfuerzo compartido y de la invocada aplicación al caso de la legislación de emergencia. En consecuencia, no pudo juzgar que (admitiendo la refinanciación) se produciría una colisión con una decisión que había pasado en autoridad de cosa juzgada, toda vez que tal pronunciamiento, lejos de encontrarse firme y consentido, se hallaba en pleno debate. A partir de lo expuesto, corresponde tener presente que esta Procuración General se ha pronunciado en la causa S.C. P. 122, L. XXXIX, caratulada "Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución Hipotecaria" en cuyo dictamen del día 26 de octubre de 2004, se ha sostenido, en la sustancial, la constitucionalidad y aplicabilidad del plexo normativo de la emergencia. Por lo tanto, contrariamente a las conclusiones del pronunciamiento impugnado, la controversia sobre la moneda de pago no se encontraba cerrada y, de la articulación armónica de las normas de emergencia precedentemente aludidas (leyes , , decretos 214/02, 320/02 y demás referidas a la -5-

6 "pesificación") con las leyes que conforman el Sistema de Refinanciación Hipotecaria (leyes y , decreto reglamentario N 1284/03), surge que, al aplicar dicho régimen, no se producirá colisión con decisión alguna, pues la que había propuesto el esfuerzo compartido, no fue consentida, ni había pasado en autoridad de cosa juzgada como erróneamente juzgaron los magistrados de la Alzada en el punto IV de su decisorio (v. fs. 273 y vta.). En este aspecto, entonces, el recurso ha de prosperar. - IV - Ahora bien, en cuanto a los agravios relativos al rechazo de las excepciones de inexistencia de mora y de inexistencia de intimación, estimo que solo traducen diferencias con el criterio de los sentenciadores y reciben suficiente respuesta en las consideraciones reseñadas en el primer ítem de este dictamen, las que no son refutadas mediante argumentos conducentes para poner en evidencia una decisiva falta de fundamentación en el decisorio. Se observa, asimismo, que reiteran asertos vertidos en instancias anteriores desechados sobre la base de fundamentos que no compete a la Corte revisar, ya que se encuentran vinculadas a cuestiones de hecho, y derecho común (v. doctrina de Fallos:312:1859; 313: 473 y sus citas, entre otros). A todo evento, cabe recordar que V.E. tiene dicho que son cuestiones de hecho, prueba y derecho común, propias de los jueces de la causa y ajenas al recurso extraordinario, las que sólo traducen la discrepancia del apelante con el criterio del sentenciador en cuanto a la apreciación de las circunstancias respecto a la conducta de las partes, a la mora en el cumplimiento de las obligaciones contractuales, a la existencia de factores extraordinarios e imprevisibles en -6-

7 relación con el art del Código Civil, por lo que no sustentan la tacha de arbitrariedad articulada (v. doctrina de Fallos: 302:999). Ha establecido, igualmente, que las discrepancias de la recurrente en orden a la constitución en mora de las partes y sus consecuencias legales, son cuestiones opinables de derecho, ajenas al recurso extraordinario, cuyo carácter es excepcional y no tiende a sustituir a los jueces de la causa en la decisión de cuestiones que les son privativas ni a corregir en tercera instancia fallos equivocados o que se reputen tales (v. doctrina de Fallos:302:499). Otro tanto cabe decir en relación con las quejas acerca de la imposición de costas por el rechazo de las excepciones articuladas, toda vez que el Tribunal ha determinado en numerosas oportunidades, que la imposición de las costas en las instancias ordinarias es una cuestión fáctica y procesal, propia de los jueces de la causa y ajena al remedio federal (v. doctrina de Fallos: 322:1716; 324:3421; 325:2276, entre muchos otros). - V - Por todo lo expuesto, opino que corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada, con el alcance indicado. Buenos Aires, 7 de diciembre de Esteban Righi Es copia -7-

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación P. 20. XXXVIII. Procuración General de la Nación Suprema Corte: Los integrantes de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social resolvieron declarar desierto el recurso de apelación interpuesto

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación KERN ALDO C/ ANSES S.C. K.47; L. XLII. Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : - I - El actor planteó la acción que prevé el artículo 15 de la ley 24.463 a fin de obtener la revocación

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : -I- Contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que confirmó la de la instancia anterior e hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta

Más detalles

CSJ 1697/2012(48-C)/CSl RECURSO DE HECHO CORONEL FRANCISCO EMILIO el ANSES si REAJUSTE DE HABERES.

CSJ 1697/2012(48-C)/CSl RECURSO DE HECHO CORONEL FRANCISCO EMILIO el ANSES si REAJUSTE DE HABERES. CSJ 1697/2012(48-C)/CSl RECURSO DE HECHO CORONEL FRANCISCO EMILIO el ANSES si REAJUSTE DE HABERES. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Coronel, Francisco Emilio cl ANSeS

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ FPA 12333/2015/CA1 ///raná, 07 de septiembre de 2017. Y VISTOS: Estos autos caratulados: FONTANETTO, IRIS LAURA Y OTROS CONTRA AFIP SOBRE ACCIÓN MERAMENTE

Más detalles

P XXXIII. RECURSO DE HECHO Policlínica Privada de Medicina y Cirugía S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

P XXXIII. RECURSO DE HECHO Policlínica Privada de Medicina y Cirugía S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. P. 169. XXXIII. RECURSO DE HECHO Policlínica Privada de Medicina y Cirugía S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. Buenos Aires, 11 de junio de 1998. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido

Más detalles

ALPARGATAS TEXTIL S.A. s/concurso preventivo s/incidente de verificación de crédito por GRAIFF, Elena

ALPARGATAS TEXTIL S.A. s/concurso preventivo s/incidente de verificación de crédito por GRAIFF, Elena ALPARGATAS TEXTIL S.A. s/concurso preventivo s/incidente de verificación de crédito por GRAIFF, Elena (CSJN, 8 de abril de 2008) Dictamen de la Procuradora General de la Nación Suprema Corte: I Los integrantes

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : - I - Contra la sentencia de la Sala II, de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que revocó el decisorio del Juez de Grado, el accionante interpuso recurso extraordinario

Más detalles

el art. 21 de la ley 48.

el art. 21 de la ley 48. Buenos Aires, 14 de octubre de 2008 Vistos los autos: A de la Provincia de Buenos Aires s/ amparo - med. cautelar@. Considerando: 1 ) Que la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, al revocar el

Más detalles

S XXXI. S XXXI. RECURSO DE HECHO Servotron S.A.C.I.F.I. c/ Metrovías S. A. y otros s/ amparo - ley

S XXXI. S XXXI. RECURSO DE HECHO Servotron S.A.C.I.F.I. c/ Metrovías S. A. y otros s/ amparo - ley S. 1067. XXXI. Buenos Aires, 10 de diciembre de 1996. Vistos los autos: "Servotron S.A.C.I.F.I. c/ Metrovías S.A. y otros s/ amparo - ley 16.986". Considerando: 1 ) Que contra la sentencia de la Sala III

Más detalles

Bubis Dodera Saúl e/ Panatel S.A yotros s/ Despido -1-

Bubis Dodera Saúl e/ Panatel S.A yotros s/ Despido -1- Bubis Dodera Saúl e/ Panatel S.A yotros s/ Despido SCJ29/2014(50-B)/CSl SupremaCorte -1- La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia

Más detalles

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Corte Suprema de Justicia de la Nación D. 478. XXXIX. Daus, Oscar Normando c/ M del Interior y otros s/ daños y perjuicios. Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de julio de 2006. Vistos los autos: ADaus, Oscar Normando c/

Más detalles

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa N 3.354/15/CA1 P.N.A. c/ Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación s/ amparo de salud Buenos Aires, 28 de junio de 2016. VISTOS: los recursos de apelación interpuestos

Más detalles

la pesificación impuesta por la normativa de emergencia.

la pesificación impuesta por la normativa de emergencia. S u p r e m a C o r t e : - I - La Inspección General de Justicia, mediante Resolución Nº 1636/03 (v. fs. 89/95), denegó la inscripción del aumento del capital y la reforma del estatuto de Empresa, que

Más detalles

Risuglia Maria c/ Zarate Rosario Elena s/ Cumplimiento de Contrato. Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I

Risuglia Maria c/ Zarate Rosario Elena s/ Cumplimiento de Contrato. Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I SENTENCIA Principio de Congruencia Reserva de derecho Risuglia Maria c/ Zarate Rosario Elena s/ Cumplimiento de Contrato Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I Causa: 46.883 R.S.:

Más detalles

Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I

Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I COMPETENCIA Apremio ART Ley 24.457 Competencia Ordinaria Asunto Patrimonial Prórroga Competencia Provincia Art. S.A. c/ Baudey Gustavo s/ Apremio Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial

Más detalles

Buenos Aires, y 61,,,,olyb,

Buenos Aires, y 61,,,,olyb, CNT 34047/2014/2/RH1 Villanueva, Silvia Marcela y otros c/ La Gruta S.R.L. s/ accidente - ley especial. Buenos Aires, y 61,,,,olyb, 20,Ág Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Superintendencia

Más detalles

Causa N : 43115/ NUÑEZ EDUARDO DANIEL c/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DELTRABAJO SA s/accidente - LEY ESPECIAL

Causa N : 43115/ NUÑEZ EDUARDO DANIEL c/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DELTRABAJO SA s/accidente - LEY ESPECIAL Causa N : 43115/2014 - NUÑEZ EDUARDO DANIEL c/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DELTRABAJO SA s/accidente - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 13 de diciembre de 2018. se procede a votar en el siguiente orden:

Más detalles

Serrudo, Leonor Beatriz c/ ANSES s/ Reajustes varios S, 620, XLVII. Procuración General de la Nación 08/08/2012

Serrudo, Leonor Beatriz c/ ANSES s/ Reajustes varios S, 620, XLVII. Procuración General de la Nación 08/08/2012 Serrudo, Leonor Beatriz c/ ANSES s/ Reajustes varios S, 620, XLVII Procuración General de la Nación 08/08/2012 SEGURIDAD SOCIAL Prestación Adicional por Permanencia y la Prestación Complementaria del haber

Más detalles

Casa de Moneda s/ despido", para decidir sobre su procedencia.

Casa de Moneda s/ despido, para decidir sobre su procedencia. CSJ 498/2012 (48-L)/CS1 RECURSO DE HECHO Luque, Rolando Baltazar e/ Sociedad del Estado Casa de Moneda s/ despido. Buenos Aires, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa

Más detalles

s U P r e m a C o r t e

s U P r e m a C o r t e s U P r e m a C o r t e ELENA MARGARITA ARANDA Y OTRO el LUIS ANGEL FERREYRA Y lo BATALLON DE INGENIEROS DE COMBATE 141 E.A. si beneficio de lit-igar sin gastos - indem. por daños y perjuicios - -I- A

Más detalles

Poder Judicial de la Nación HONORARIOS. EJECUCIÓN FISCAL. PROCEDENCIA DE LA REGULACIÓN. ADHESIÓN DEL DEUDOR AL PLAN DE

Poder Judicial de la Nación HONORARIOS. EJECUCIÓN FISCAL. PROCEDENCIA DE LA REGULACIÓN. ADHESIÓN DEL DEUDOR AL PLAN DE HONORARIOS. EJECUCIÓN FISCAL. PROCEDENCIA DE LA REGULACIÓN. ADHESIÓN DEL DEUDOR AL PLAN DE FACILIDADES DE PAGO PARA CANCELACIÓN DE DEUDAS IMPOSITIVAS. RES. GEN. 1966 AFIP. PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN ///Plata

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación S. 995. XXXVI. RECURSO DE HECHO Sorba, Luis Esteban y otros c/ Superintendencia de Seguros de la Nación y Estado Nacional s/ daños y perjuicios CsumarioC. Procuración General de la Nación S u p r e m a

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : I La Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal declaró mal concedido el recurso interpuesto contra lo resuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la provincia

Más detalles

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n 4.075/00/CA4 Molino Navarro SRL c/ Banco de la Nación Argentina y otro s/ daños y perjuicios Buenos Aires, 16 de marzo de 2016. VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a

Más detalles

s U P r e m a e o r t e:

s U P r e m a e o r t e: CNT 64722/2013/1IRHl "Páez Alianza, Matilde y otro el Asociart ART SA y otro si indemn. por fallecimiento" s U P r e m a e o r t e: -1- La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó

Más detalles

.". Buenos Aires, ~~~~ d ~uh. d ~/~...

.. Buenos Aires, ~~~~ d ~uh. d ~/~... .". CIV 114719/2009/1/RH1 B., O. F. el N., V. C. si divorcio arto 214, inc. 2, del Código Civil. Buenos Aires, ~~~~ d ~uh. d ~/~... Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la parte actora en la

Más detalles

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Corte Suprema de Justicia de la Nación Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de febrero de 2004. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Universidad Nacional de Tucumán", para decidir sobre

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Córdoba, 8 de agosto de 2016. Y VISTOS: Estos autos caratulados Incidente de regulación de honorarios de AZAR, Jorge Letrado: De Cerezo, Liliana del Valle Heredia s/defraudación por administración fraudulenta

Más detalles

Año del Bicentenario

Año del Bicentenario Buenos Aires, 28 de septiembre de 2010 Vistos los autos: "ENTEL Cen liquidaciónc c/ TEYMA S.A. s/ contrato administrativo". Considerando: 1 ) Que la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso

Más detalles

S.C. M.1488, L.XXXVI.-

S.C. M.1488, L.XXXVI.- S u p r e m a C o r t e: I La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala VI), al revocar la sentencia de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad del art. 7º del convenio colectivo de trabajo

Más detalles

Buenos Aires, Y L ca ()~t(/brt (Jl.t.20.,4 1-

Buenos Aires, Y L ca ()~t(/brt (Jl.t.20.,4 1- CSJ 300/2012 (48-T)/CS1 RECURSO DE HECHO Tubet, Ricardo Luis el Aerolíneas Argentinas S.A. si despido... Buenos Aires, Y L ca ()~t(/brt (Jl.t.20.,4 1- Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el

Más detalles

VISTO los AUTOS: Slatapolsky Jorge Alberto c/banco do Brasil S.A. s/ordinario ; y

VISTO los AUTOS: Slatapolsky Jorge Alberto c/banco do Brasil S.A. s/ordinario ; y JURISPRUDENCIA Divisas. Mercado cambiario. Emergencia económica. Pesificación de deudas en moneda extranjera. Ley 25.561 y Dto. 214/02. Contrato de caja de seguridad. Responsabilidad contractual. Incumplimiento

Más detalles

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 58049 / 1998 CITIBANK N.A. c/ LANDINO RODOLFO OSVALDO Y OTRO s/ejecutivo Juzg. 17 Sec. 34 14-15-13 Buenos Aires, 30 de

Más detalles

71è$è$%k87Š Expte. Nro.:

71è$è$%k87Š Expte. Nro.: Expte. Nro.: 142.745.- Nro. de orden: Libro de Sentencias Nro.: En la ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, a los días del mes de abril de 2014, reunidos en acuerdo los señores Jueces de la

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación ///la ciudad de Paraná, capital de la provincia de Entre Ríos, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil diecisiete, reunidos en la Sala de Audiencias de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones,

Más detalles

Condena menor a la reclamada. Teste S.A. c/ Panabello Angel s/ cobro de pesos. Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I

Condena menor a la reclamada. Teste S.A. c/ Panabello Angel s/ cobro de pesos. Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I COSTAS Condena menor a la reclamada Teste S.A. c/ Panabello Angel s/ cobro de pesos Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I Causa: 51.640 R.S.: 25/05 Fecha: 24/02/05 Firme /// la

Más detalles

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I Causa Nº 2322/15/CA1 S.I. GENERAL MOTORS LLC c/ Red Link S.A. s/ Cese de Oposición al Registro de Marca Juzgado Nº 8 Secretaría Nº 16 Buenos Aires, 2 de mayo de 2017. Y VISTOS: Los recursos de apelación

Más detalles

Corte Suprema de Justicia de la Nación, 17/03/2009, Picapau S.R.L. Publicado en: La Ley Online, AR/JUR/4349/2009

Corte Suprema de Justicia de la Nación, 17/03/2009, Picapau S.R.L. Publicado en: La Ley Online, AR/JUR/4349/2009 Corte Suprema de Justicia de la Nación, 17/03/2009, Picapau S.R.L. Publicado en: La Ley Online, AR/JUR/4349/2009 Texto Completo: DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL Suprema Corte: - I - La Sala B de la

Más detalles

R. 754. XLIV. Rectificaciones Rivadavia S.A. c/ AFIP s/ ordinario. Buenos aires, 12 de julio de 2011 Vistos los autos: Rectificaciones Rivadavia S.A. c/ AFIP s/ ordinario. Considerando. Que las cuestiones

Más detalles

MODULO II RECURSO DE APELACIÓN APELACIÓN EN RELACIÓN APELACIÓN LIBRE EFECTOS SUSPENSIVO, DEVOLUTIVO Y DIFERIDO REMISIÓN DEL EXPEDIENTE O ACTUACIÓN

MODULO II RECURSO DE APELACIÓN APELACIÓN EN RELACIÓN APELACIÓN LIBRE EFECTOS SUSPENSIVO, DEVOLUTIVO Y DIFERIDO REMISIÓN DEL EXPEDIENTE O ACTUACIÓN MODULO II RECURSO DE APELACIÓN APELACIÓN EN RELACIÓN APELACIÓN LIBRE EFECTOS SUSPENSIVO, DEVOLUTIVO Y DIFERIDO REMISIÓN DEL EXPEDIENTE O ACTUACIÓN FACULTAD DEL TRIBUNAL DE REVISAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS

Más detalles

//Plata, 11 de Marzo de AUTOS Y VISTOS: enfermedad profesional. Sobre dicho monto, dispuso

//Plata, 11 de Marzo de AUTOS Y VISTOS: enfermedad profesional. Sobre dicho monto, dispuso "ZOCARO, TOMAS ALBERTO C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS". //Plata, 11 de Marzo de 2015. AUTOS Y VISTOS: Los señores Jueces doctores Soria, Genoud, Kogan y Pettigiani dijeron: I.

Más detalles

E XXXII. RECURSO DE HECHO Exportadora Buenos Aires Sociedad Anónima c/ Holiday Inn's Worldwide Inc.

E XXXII. RECURSO DE HECHO Exportadora Buenos Aires Sociedad Anónima c/ Holiday Inn's Worldwide Inc. E. 347. XXXII. RECURSO DE HECHO Exportadora Buenos Aires Sociedad Anónima c/ Holiday Inn's Worldwide Inc. Buenos Aires, 20 de octubre de 1998. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora

Más detalles

CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 10 de octubre de 2018.- Visto en Acuerdo de la Sala A el expediente Nº FRO 34732/2016/2 caratulado Incidente- ZERGONI, JULIO C/ A.N.SE.S S/ ORDINARIO, (originario del Juzgado Federal Nº 2 de la

Más detalles

s U P r e m a DEFENSOR DEL PUEBLO Y OTRO CI PODER EJECUTIVO NACIONAL - DE LA NACION y OTRO si amparo Ley FRE /2013/3/RH3.

s U P r e m a DEFENSOR DEL PUEBLO Y OTRO CI PODER EJECUTIVO NACIONAL - DE LA NACION y OTRO si amparo Ley FRE /2013/3/RH3. FRE 11002690/2013/3/RH3. s U P r e m a C o r t e -1- A fs. 191/197 de los autos principales (foliatura a la que me referiré en adelante), la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia revocó la sentencia

Más detalles

s U P r e m a C o r t e

s U P r e m a C o r t e ASOCIACION DE CONSUMIDORES DEL NOA cl TELECOM ARGENTINA S.A. si daños y perjuicios. FTU 6514/2016/CS1. s U P r e m a C o r t e - 1 - A fs. 28/35, la Asociación de Consumidores del NOA - ACONOA promovió,

Más detalles

Buenos Aires, '} tie- é>'bn".e,{/i.t..20,45

Buenos Aires, '} tie- é>'bn.e,{/i.t..20,45 CSJ 94/2012 (48-F) /CS1 RECURSO DE HECHO Federación Única de Viajantes de la República Argentina y otro e/ Yell Argentina SA s/ cobro de salarios. Buenos Aires, '} tie- é>'bn".e,{/i.t..20,45.vistos los

Más detalles

Buenos aires, 12 de julio de Vistos los autos: Rectificaciones Rivadavia S.A. c/ AFIP s/ ordinario.

Buenos aires, 12 de julio de Vistos los autos: Rectificaciones Rivadavia S.A. c/ AFIP s/ ordinario. R. 754. XLIV. Rectificaciones Rivadavia S.A. c/ AFIP s/ ordinario. Buenos aires, 12 de julio de 2011 Vistos los autos: Rectificaciones Rivadavia S.A. c/ AFIP s/ ordinario. Considerando. Que las cuestiones

Más detalles

CAMARA CIVIL - SALA F

CAMARA CIVIL - SALA F Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F R.7933/2015 -Sala F -Expte.: A., J. A. y ot. c/ P. M. S.A. s/ ejecución hipotecaria (J.93) Buenos Aires, de octubre de 2015 Y VISTOS: CONSIDERANDO: Estos

Más detalles

CAMARA FEDERAL DE SALTA

CAMARA FEDERAL DE SALTA Morales, Rubén Elías c/ AFIP s/contencioso administrativo Expte. FSA N 11000038/2011 Juzgado Federal de Salta N 1 ///ta, 8 de abril de 2016 VISTO: El recurso de apelación deducido por la actora contra

Más detalles

Buenos Aires, 10 de abril de 2012

Buenos Aires, 10 de abril de 2012 B. 638. XLVI. RECURSO DE HECHO Brugo, Marcela Lucila c/ Eskenazi, Sebastián y otros s/ simulación. Buenos Aires, 10 de abril de 2012 Vistos los autos: Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa

Más detalles

Año del Bicentenario

Año del Bicentenario V. 300. XLIV. Videla, Jorge Rafael s/ recurso de inconstitucionalidad de los decretos 1002/89 y 2745/90. Año del Bicentenario Buenos Aires, 27 de abril de 2010 Vistos los autos: Videla, Jorge Rafael s/

Más detalles

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Corte Suprema de Justicia de la Nación M. 447. XXXIX. RECURSO DE HECHO Méndez, Nancy Noemí s/ homicidio atenuado Ccausa n 862C. Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 22 de febrero de 2005. Vistos los autos: "Recurso de hecho

Más detalles

solicitaron que, por razones "de decoro y delicadeza", los magistrados

solicitaron que, por razones de decoro y delicadeza, los magistrados oo. S. 1092. XLV. RECURSO DE HECHO Sindicato Trabajadores de ndustrias de la Alimentación y otro el Gate Gourmet Argentina S.A. s/ acción de amparo. Buenos Aires, 5 do, 11(J1/ t!yjn 6re (;/~ el.) 3. vistos

Más detalles

Buenos Aires, 27 de agosto de Vistas: las actuaciones indicadas en el epígrafe, resulta: Fundamentos. La jueza Ana María Conde dijo:

Buenos Aires, 27 de agosto de Vistas: las actuaciones indicadas en el epígrafe, resulta: Fundamentos. La jueza Ana María Conde dijo: Expte. nº 8344/11 Asociación Argentina Hanmaum Seon Center del Budismo Coreano s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: GCBA c/ Hee Soon Park s/ Ej. Fisc. ABL Buenos Aires, 27 de agosto

Más detalles

Viner Sergio s/ Quiebra V. 361, L. XLVI Procuración General de la Nación 27/6/2011

Viner Sergio s/ Quiebra V. 361, L. XLVI Procuración General de la Nación 27/6/2011 Viner Sergio s/ Quiebra V. 361, L. XLVI Procuración General de la Nación 27/6/2011 Derecho Constitucional. Poderes Constituidos. Poder Legislativo. Congreso. Atribuciones. Económicas y Financieras. Ley

Más detalles

NULIDAD CONTRATO DE LOCACION

NULIDAD CONTRATO DE LOCACION JURISPRUDENCIA NULIDAD CONTRATO DE LOCACION SENTENCIA NÚMERO: 118 En la ciudad de Córdoba, a los veintitrés días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve, reuniéronse en Acuerdo Público

Más detalles

B. 59. XLI. Binotti, Julio César c/ E.N. - Honorable Senado de la Nación (mensaje 1412/02) s/ amparo ley

B. 59. XLI. Binotti, Julio César c/ E.N. - Honorable Senado de la Nación (mensaje 1412/02) s/ amparo ley Buenos Aires, 15 de mayo de 2007 Vistos los autos: " amparo ley 16.986". Considerando: 1 ) Que Julio César Binotti promovió acción de amparo contra el Estado Nacional (Honorable Senado de la Nación), en

Más detalles

-1- s U P r e m a C o r t e

-1- s U P r e m a C o r t e RUGGERI HECTOR HORACIO C/ EN - M O ECONOMIA y PRODUCCION - RESOL 818/06 Y OTRO s/ s U P r e m a C o r t e -1- A fs. 171/174, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (sala

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación EXPTE. 18.407 SALA 3 FD. N* CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES BOL_ 66 DE LA PLATA.OF. DE JURISPRUDENCIA PUBLICACIÓN EN SITIO WWW.PJN.GOV.AR Carpeta : DERECHO PROCESAL CIVIL RECURSO EXTRAORDINARIO.RECHAZO.DOCTRINA

Más detalles

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VIII Expediente Nº CNT 25431/2011/CA1

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VIII Expediente Nº CNT 25431/2011/CA1 JUZGADO Nº 5 AUTOS: SAVARINO, MARIA FLORENCIA c. ESTUDIO ALVAREZ Y ASOCIADOS S.H. y otro s. Despido En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de mayo de 2015, se reúnen en acuerdo los

Más detalles

s U P r e m a se la competencia federal en razón de la materia, ya que en el

s U P r e m a se la competencia federal en razón de la materia, ya que en el ASOCIACION DE BANCOS PRIVADOS DE CAPITALES ARGENTINOS Y OT.RO CI MUNICIPALIDAD DE CORDOBA si acción meramente declarativa de derecho. FCB 34856/2014/1/RHl. (RECURSO DE HECHO) s U P r e m a C o r t e -

Más detalles

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO SALA X

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO SALA X SENT. DEF. EXPTE. Nº 45164/2011/CA1 (34737) JUZGADO Nº: 74 SALA X DESPIDO AUTOS: CORIMAYO LUIS ALBERTO C/PERTENECER S.R.L. S/ Buenos Aires, 13-02-15 El Dr. GREGORIO CORACH dijo: I- Llegan los autos a conocimiento

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación Procuración General de la Nación Suprema Corte: Las cuestiones materia de recurso guardan sustancial analogía con las examinadas en la causa C.1757.XL. ACasal, Matías Eugenio y otro s/ robo en grado de

Más detalles

/1" ;'/. /U1JY1'~ r;4 2o/J-' -

/1 ;'/. /U1JY1'~ r;4 2o/J-' - CSJ 623/2013 (49-B)/CS1 RECURSO DE HECHO Buján, Juan Pablo e/ UGOFE LSM y otros s/ daños y perjuicios. /1" ;'/. /U1JY1'~ r;4 2o/J-' - Buenos Aires, / O ~ vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por

Más detalles

Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires Fiscalia General

Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires Fiscalia General Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires Fiscalia General Expte. N 11421/14 "Telecom Argentina SA sl queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Telecom Argentina SA cl

Más detalles

Buenos Aires, 17 de mayo de 2011

Buenos Aires, 17 de mayo de 2011 A. 941. XLV. RECURSO DE HECHO Aráoz, Héctor José s/ causa n 10.410. Buenos Aires, 17 de mayo de 2011 Vistos los autos: Recurso de hecho deducido por la Defensora Oficial de Héctor José Aráoz en la causa

Más detalles

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL SALA B

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL SALA B //doba, 8 de noviembre del 2017. Y VISTOS: Estos autos caratulados: JUÁREZ, CANDIDA AURORA C/ ANSES MORA ADMINISTRATIVA (/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación articulado

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación "García, José Martín s/ causa n1 97.999" S.C. G. 772, L. XLIV Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : I La Sala III del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó

Más detalles

Vistos los autos: "Societé Air France SA cl Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Dirección de Protección del Trabajo si

Vistos los autos: Societé Air France SA cl Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Dirección de Protección del Trabajo si CSJ 318/2014 (50-S) ICS1 Societé Air France SA cl Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Dirección de Protección del Trabajo si acción declarativa. Buenos Aires, Vistos los autos: "Societé Air France SA

Más detalles

s U P r e m a C o r t e

s U P r e m a C o r t e DISTRIBUIDORA ESTEBAN ECHEVERRIA CI MUNICIPALIDAD DE EZEIZA si acci6n meramente S.C., Comp.l047, L.XLVIII. s U P r e m a C o r t e -I- A fs. 268 y vta., la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata (Sala

Más detalles

HIPOTECA-EJECUCION HIPOTECARIA-ACREEDOR HIPOTECARIO-REFINANCIACION DE DEUDAS

HIPOTECA-EJECUCION HIPOTECARIA-ACREEDOR HIPOTECARIO-REFINANCIACION DE DEUDAS Decreto Nº 1176/2007 Estado de la Norma: Vigente DATOS DE PUBLICACIÓN Fecha de Emisión: 03 de Septiembre de 2007 Boletín Oficial: 05 de Septiembre de 2007 Boletín AFIP Nº 123, Octubre de 2007, página 2044

Más detalles

Responsabilidad contractual. Privación de Uso de un bien. Entrega de la cosa: art. 513 C.P.C.C. Indemnización de Daños y Perjuicios: Fijación

Responsabilidad contractual. Privación de Uso de un bien. Entrega de la cosa: art. 513 C.P.C.C. Indemnización de Daños y Perjuicios: Fijación CONTRATO Responsabilidad contractual Privación de Uso de un bien Entrega de la cosa: art. 513 C.P.C.C. Imposible Cumplimiento Indemnización de Daños y Perjuicios: Fijación Prematura Compemac S.A. c/ Generadores

Más detalles

7dè^f18:]CŠ "C.F. ARG C/ J. G. Y OTRO S/ EJECUTIVO" Expte.: B (J. 8) Registro Nº 316

7dè^f18:]CŠ C.F. ARG C/ J. G. Y OTRO S/ EJECUTIVO Expte.: B (J. 8) Registro Nº 316 7dè^f18:]CŠ 236800627017242661 "C.F. ARG C/ J. G. Y OTRO S/ EJECUTIVO" Expte.: B-1955-00 (J. 8) Registro Nº 316 En la Ciudad de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, a los 30días del mes de Junio de 2016,

Más detalles

s u p r e m a C o r t e

s u p r e m a C o r t e ALPEMAR SRL el PNA si recurso directo de organismo externo. CAF 1477/2016/CA1-CS1. s u p r e m a C o r t e -1- Mediante disposición DJPM AN. 1 507/2014, el Prefecto Nacional Naval declaró la responsabilidad

Más detalles

CIV 80230/2004/1/RH1 P., V. A. S/ arto 152 ter código civil.

CIV 80230/2004/1/RH1 P., V. A. S/ arto 152 ter código civil. CIV 80230/2004/1/RH1 P., V. A. S/ arto 152 ter código civil. = Buenos Aires, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la parte actora en la causa P., V. A. ~I arto 152 ter código civil N, para

Más detalles

en la causa ARFINETTI VICTOR HUGO c/ ESTADO NACIONAL - MI- NISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO Y OTRO s/ ACCION DECLA-

en la causa ARFINETTI VICTOR HUGO c/ ESTADO NACIONAL - MI- NISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO Y OTRO s/ ACCION DECLA- CSJ 468/2011{47-A)/CSl RECURSO DE HECHO ARFINETTI VICTOR RUGO el ESTADO NACIONAL - MI- NISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO Y OTRO si ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA. Buenos Aires, 7 o( r~-20~s:' vistos

Más detalles

s.e. O. 33, L. XLIX O, A G sjcausa no

s.e. O. 33, L. XLIX O, A G sjcausa no s.e. O. 33, L. XLIX O, A G sjcausa no 16.150 Suprema Corte: -1- La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal declaró mal concedido el recurso de casación deducido por la defensa de A G O contra la

Más detalles

representante de la parte actora.

representante de la parte actora. Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación USO OFICIAL //la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, a los veintinueve días del mes de junio de 2016,

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación C. 1291. XLI. Clara, Luis Juan Bartolomé y otros c/ Est. Nac. - M? de Des. Soc. y Med. Amb. - Com. Nac. Pen. Asis. s/ personal militar y civil de las FF.AA. y de seg. Procuración General de la Nación S

Más detalles

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 13 de marzo de 2001. Vistos los autos:?capizzano de Galdi, Concepción c/ I.O.S. s/ amparo@. Considerando: 1 ) Que la señora Concepción María Constantina Capizzano de Galdi, inició una acción

Más detalles

Perdida de condición de beneficiario de la obra social. Concurrencia a la escuela especial.

Perdida de condición de beneficiario de la obra social. Concurrencia a la escuela especial. Salud Educación Perdida de condición de beneficiario de la obra social. Concurrencia a la escuela especial. P. C. H. E. y otro c/ Obra Social del Personal de la Sanidad 05/03/2002 AUTOS Y VISTOS: El recurso

Más detalles

Buenos Aires, 27 de diciembre de Vistos los autos: Kang, Yoong Soo s/ rec. extraordinario.

Buenos Aires, 27 de diciembre de Vistos los autos: Kang, Yoong Soo s/ rec. extraordinario. Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 Vistos los autos: Kang, Yoong Soo s/ rec. extraordinario. 1 ) Que la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal, al tomar intervención en la presente causa a raíz

Más detalles

Buenos Aires, d~ de- ~ ~ '1tO""~

Buenos Aires, d~ de- ~ ~ '1tO~ CSJ 24/2011 (47-Y)/CS1 RECURSO DE HECHO YPF S.A. el ACUMAR si medida cautelar autónoma. Buenos Aires, d~ de- ~ ~ '1tO""~ Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa YPF S.A.

Más detalles

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII SENTENCIA Nº 40088 JUZGADO Nº 33 AUTOS: SILVA JORGE LUIS C/ BLANQUICELESTE S.A. Y OTRO S/ DESPIDO En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 días del mes de marzo de 2014, se reúnen en acuerdo los

Más detalles

2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Dictamen jurídico C.E.E MGEYA-DGALP/2015.

2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Dictamen jurídico C.E.E MGEYA-DGALP/2015. G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S P R O C U R A C I Ó N G E N E R A L 2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Dictamen jurídico

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación S.C. O.416, L.XLI. Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : -I- A fs. 79/80, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, al entender que correspondía aplicar

Más detalles

one ~ de ~ de k 9A!aeidn

one ~ de ~ de k 9A!aeidn CSS 29467/2007/CSl SUÁREZ SXTO AXEL C/ANSES S/ EJECUCÓN PREV- SONAL..~ one ~ de ~ de k 9A!aeidn ~io del ffiüxyj1mwumrio.de k PJ)eelwJtacúm/ de k C2%ue/u»u/.Mwta Q//íacwnd Buenos Aires,..1f d.t. ~~. d..

Más detalles

Considerando: UAN CARLOS MAQUEDA -1-

Considerando: UAN CARLOS MAQUEDA -1- CSJ 175/2012 (48-V)/CS1 RECURSO DE HECHO Varela, Norberto e/ Transportes Automotores Plaza y otros s/ daños y perjuicios. Buenos Aires, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la

Más detalles

Considerando: De acuerdo con los hechos que el a quo dio por probados, la actora poseía al 31/12/81 acciones de Sucesores S.A.

Considerando: De acuerdo con los hechos que el a quo dio por probados, la actora poseía al 31/12/81 acciones de Sucesores S.A. PARTES: Navarro Viola de Herrera Vegas, María c. Estado Nacional TRIBUNAL: Corte Suprema de Justicia de la Nación (CS) FECHA DE SENTENCIA: 1989/12/19 PUBLICACION: REVISTA IMPUESTOS 1990-A-738; REVISTA

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación "YAPUR ELVIO C/CAJA DE PREVISION Y SEG MEDICO" S.C. Y. 36; L. XLIII Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : - I - La actora interpuso una acción de amparo ante la justicia en lo contencioso

Más detalles

s u p r e m a C o r t e:

s u p r e m a C o r t e: S.C. C. n 387, L. XLV. J}g.oott/'acúf/& Jleae/'a/ ele { g/(íacto/& s u p r e m a C o r t e: -1- La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo suyo el dictamen del fiscal general ante

Más detalles

SENTENCIA A.A. Nº PIURA

SENTENCIA A.A. Nº PIURA Lima, veintiuno de octubre del dos mil diez.- VISTOS; y CONSIDERANDO: Primero: Que, es materia de apelación la sentencia de fojas trescientos noventa y dos, expedida por la Primera Sala Civil de la Corte

Más detalles

Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional

Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional En Buenos Aires, a 7 de junio de dos mil dieciséis, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para conocer los

Más detalles

s U P r e m a C o r t e

s U P r e m a C o r t e CIENFUEGOS SA el EN - CAF 68144/2016/CAI-CS1. (RECURSO EXTRAORDINARIO) s U P r e m a C o r t e - I A fs. 268, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (sala I) confirmó

Más detalles

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VIII

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VIII 18829/2012 JUZGADO 70 AUTOS: VELAZQUEZ PAREDES, FAUSTINO c. MAPFRE ARGENTINA ART S.A. s. ACCIDENTE LEY ESPECIAL En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de octubre de 2018, se reúnen

Más detalles

CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A

CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A En la Ciudad de Córdoba a veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho, reunida en Acuerdo la Sala A de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para

Más detalles

s U P r e m a C o r t e lixiviación con sustancias tóxicas, como lo prescribe la

s U P r e m a C o r t e lixiviación con sustancias tóxicas, como lo prescribe la MINAS ARGENTINAS S.A. CI MUNICIPLIDAD DE ESQUEL si contencioso administrativo. s U P r e m a C o r t e - 1 - A fs. 295/314 (del expediente principal, al que me referiré en adelante s alvo aclaración en

Más detalles

RESOLUCION OA/DPPT Nº 60

RESOLUCION OA/DPPT Nº 60 RESOLUCION OA/DPPT Nº 60 Buenos Aires, 8 de enero de 2001. 001157/2000, y Y VISTOS: Las actuaciones del Ministerio de Infraestructura y Vivienda Nro. 399- CONSIDERANDO: 1. Que en las actuaciones citadas

Más detalles