Ante-Proyecto de ley: Derechos laborales frente a la violencia de género.
|
|
- Ángeles Aguilera Juárez
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Ante-Proyecto de ley: Derechos laborales frente a la violencia de género. ARTÍCULO 1 : La presente ley tiene por objeto promover y garantizar derechos en el ámbito laboral para las trabajadoras sobre las cuales se ejerce violencia de género. A los fines previstos en esta ley, se entiende por violencia la definición contenida en el art. 4 de la Ley de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y por identidad de género, la definición contenida en el art. 2 de la Ley de Derecho a la identidad de género de las personas. ARTÍCULO 2 : Quedan comprendidos en esta ley, en sus normas reglamentarias y complementarias, toda trabajadora que preste un servicio laboral y que como contraprestación reciba retribución monetaria y/o en especie, que se desempeñen en el ámbito privado, así como las que se desempeñen en el sector público, dependiente de cualquiera de los tres poderes del Estado Nacional, cualquiera sea su régimen de contratación o revista. Quedan comprendidas las trabajadoras rurales, las trabajadoras de casas particulares y quienes presten cualquier forma de trabajo en establecimientos penitenciarios en régimen de privación de libertad. Se aplicará del mismo modo a las relaciones alcanzadas por el Sistema de Pasantías Educativas regidas por la ley y demás normas complementarias, becarias, residentes médicos y miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. ARTÍCULO 3 : La trabajadora que sufriere violencia de género en los ámbitos que desarrollen sus relaciones interpersonales y deba ausentarse de su lugar de trabajo por tal motivo, debido a su situación física o psicológica, dichas faltas o
2 licencias serán consideradas justificadas cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o centros de salud. En igual sentido, serán justificadas las faltas de puntualidad en el horario de trabajo. ARTÍCULO 4 : Una vez efectuada la comunicación al empleador, éste procurará preservar el derecho a la intimidad de la trabajadora que padeciere violencia de género. ARTÍCULO 5 : La remuneración que en estos casos corresponda abonar a la trabajadora se liquidará conforme a lo que perciba al momento de la interrupción de los servicios, con más los aumentos que durante el período de interrupción fueren acordados a los de su misma categoría por aplicación de una norma legal, convención colectiva de trabajo o decisión del empleador. ARTÍCULO 6 : A opción de la trabajadora, ésta tendrá derecho a la reducción de la jornada, a la re ordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica y a la suspensión de la relación laboral, con la reserva de su puesto de trabajo. ARTICULO 7 : Ninguna trabajadora podrá ser despedida ni podrán alterársele sus condiciones de trabajo por haber padecido violencia de género y haber usufructuado de los derechos laborales que se prevén en la presente ley. El despido de la trabajadora que comunicare y/o hiciere uso de los derechos que le confieren los arts. 3 y 6 de la presente dentro de los dos (2) años subsiguientes de la comunicación realizada al empleador, será indicio suficiente que presumirá, salvo prueba en contrario, que dicho despido es consecuencia del mencionado acto realizado por la trabajadora. Si el empleador produjera igualmente el despido en los lapsos indicados, deberá abonar a la trabajadora una indemnización equivalente a un año de remuneraciones, la que se acumulará a la establecida en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. A solicitud de la trabajadora, podrá requerir la reinstalación en su puesto de trabajo.
3 Se presume que las modificaciones en las condiciones de trabajo se originan en la comunicación prevista en el art. 4, cuando la víctima deba sufrirlas dentro de los dos (2) años subsiguientes. La trabajadora tendrá derecho a hacer uso de las opciones previstas en el artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo y sus modificatorias y en la Ley ARTÍCULO 8 : Comuníquese al Poder Ejecutivo. FUNDAMENTOS La violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige hacia las mujeres por el sólo hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión. Nuestra Constitución Nacional establece los derechos de libertad e igualdad para todas las personas sin distinción alguna, e incorpora, a través de las normas internacionales de Derechos Humanos que ostentan jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional) Tratados y Convenios Internacionales que atienden de forma particular la situación de discriminación y desigualdad en que se coloca a las mujeres en la vida política, social, económica y cultural (Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer Convención de Belem Do Pará). Entendemos que la violencia de género, constituye la máxima expresión en la violación de los derechos humanos a las mujeres e impide su realización y reconocimiento como persona. El presente proyecto de ley tiene por objeto establecer instancias que promuevan la igualdad de oportunidades en los ámbitos laborales donde se desempeñan las trabajadoras víctimas de violencia de género, evitando la profundización de la desigualdad que el hecho mismo de la violencia genera.
4 Con la instauración de derechos laborales a las mujeres víctimas de violencia de género, también se pretende generar instancias de políticas públicas, observatorios de estadísticas oficiales e índices de femicidios, para el correcto diseño de políticas públicas integrales, indispensables para poder prevenir y asistir a las víctimas de violencia de género, posibilitando la atención psíquica, física y legal de cada trabajadora víctima de violencia. Dicha modificación apunta a reconocer que la violencia de género no es una enfermedad ni un asunto particular sino que es una manifestación cultural, estructural, creciente, de desigualdad y poder en la que aún el Estado tiene profundos vacíos legales para dar respuesta. Si bien hubo avances en la legislación nacional y en las legislaciones provinciales tendientes a erradicar la violencia, como ser la sanción de la Ley Nacional N de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, la incorporación del tipo penal de Femicidio en el Código Penal, la promulgación de leyes provinciales referidas a violencia familiar; aún quedan pendientes reglamentaciones de sus articulados, cumplimiento efectivo de su contenido, diseño e implementación de políticas públicas que acompañen dichas normativas, como así también impulsar la transversalización de políticas de género y la necesaria articulación en los diferentes ministerios y organismos del estado a fin de promover la igualdad de derechos y oportunidades en los ámbitos estatales, así como un abordaje integral de esta gravísima problemática que afecta principalmente a las mujeres. Vale mencionar que las recientes declaraciones de Emergencia Social en Violencia de Género en la Provincia de Santa Fe, en las ciudades de Rosario y de San Lorenzo son también producto de la lucha llevada a cabo por las organizaciones sociales, sindicales, políticas. Nos valemos de lo dicho, en virtud de la información pública que nos otorga la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través de la Oficina de Violencia Familiar, que asevera un claro aumento en las denuncias recibidas y en donde se
5 pueden evidenciar con claridad la procedencia vincular, el origen, y el género denunciado. También existen organizaciones que se encargan de desarrollar investigaciones y estudios a través de denuncias que aún se encuentran solapadas en el ámbito de lo público, como por ejemplo el Observatorio de Femicidios en la Argentina Adriana Marisel Zambrano que según Informe de Investigación de Femicidios en Argentina -1 de Enero al 31 de Diciembre del detalla que se registraron en ese año 255 Femicidios y 24 Femicidios "Vinculados" de hombres y niños. Tampoco se puede ignorar que hay 357 hijas e hijos que quedaron sin madre y que representan las víctimas colaterales del femicidio. En 2 años (2011 y 2012) 703 hijos e hijas fueron víctimas colaterales. De ellos/as 460 son menores de edad 1 La violencia de género es un problema cultural que requiere de intervenciones múltiples, desde la atención inmediata de las víctimas hasta la transformación de los estereotipos culturales que las perpetúan. Para efectivizar estos abordajes, se debe contar con buenas legislaciones y con mejores políticas públicas. Los diferentes tipos de violencias hacia las mujeres llevan siglos de práctica y perfeccionamiento en las sociedades patriarcales y son una expresión brutal de los estereotipos fijos y las discriminaciones con las que son concebidas las mujeres. La sanción a este tipo de conductas, en cambio, tiene apenas décadas y aún no está afianzada culturalmente, en gran medida porque además de las normas son imprescindibles transformaciones profundas del imaginario colectivo y los mandatos culturales. La violencia contra las mujeres constituye un dispositivo eficaz y disciplinador de las mujeres en su rol subordinado y es por tanto un componente fundamental en el sistema de dominación, no un mero acto de abuso individual 2. 1 En 2 En 5, informe Estudio de la información sobre la violencia contra la mujer en América latina y el Caribe,
6 Pueden mencionarse diferentes antecedentes en los cuales la legislación regula las licencias en el ámbito laboral incorporando la licencia por violencia de género, de modo tal que las trabajadores pueden hacer uso de un derecho legítimo, al mismo tiempo que se visibiliza la problemática y la realidad padecida por dichas víctimas. En España, la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de Diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género aborda, con una visión integral y multidisciplinar, el gravísimo problema de la violencia ejercida contra las mujeres, abarcando aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales, laborales, sanitarios, penales y procesales, adoptando medidas tanto de carácter preventivo como de sensibilización e intervención. Así, la ley establece la justificación de las faltas laborales motivadas en situaciones de violencia de género, el derecho a la reducción o a la reordenación del tiempo de trabajo, así como el derecho a la movilidad geográfica, entre otros derechos. El Departamento de Estado de Washington, en el año 2008, promulgó la Ley de Permiso de Ausencia por Violencia Domestica 3, para víctimas y miembros de su familia. En el Estado de Kansas -E.E.U.U- existe la Licencia Laboral para atender asuntos relacionados con Violencia Domestica y Sexual, establecida la misma bajo la administración de la gobernadora Kathleen Sebelius. La organización The Legal Aid Society, de California, también se encarga de promover el cumplimiento de los derechos laborales para las supuestas minorías, en función que los mismos no sean vulnerados en términos de igualdad ante la Ley. 4 realizado en 2010 por Lorena Fríes y Victoria Hurtado para la Comisión Económica para América Latina y el caribe (CEPAL). 3 Para ampliar ver: 4 Para ampliar ver: elc.org
7 En nuestro país, recientemente en la provincia de Chubut se logró mediante el ejercicio del derecho de negociación colectiva el reconocimiento de una Licencia específica de violencia de género impulsada por la lucha de las y los docentes de esas provincias. En virtud de lo expuesto, entendemos que la violencia de género es inherente al sistema social, cultural, económico, político, y jurídico vigente, y que nos afecta en todos los ámbitos cotidianos de nuestra vida, de modo que también en el ámbito laboral esta problemática real y acuciante debe ser tenida en cuenta como otro aspecto sobre el cual incidir para mejorar la calidad de vida de las trabajadores, siendo éste el objetivo principal del presente proyecto de ley. Por ello, es que instamos la aprobación del presente proyecto.
PROYECTO DE LEY. La legislatura de la Provincia de Santa Fe sanciona con fuerza de LEY
PROYECTO DE LEY La legislatura de la Provincia de Santa Fe sanciona con fuerza de LEY Artículo 1º: Objeto. La presente Ley tiene por objeto promover y garantizar derechos en el ámbito laboral para las
Más detallesCómo atajarla dentro del ámbito laboral
Violencia de género Cómo atajarla dentro del ámbito laboral Acciones y medidas en los planes de igualdad de los sectores de la FeSMC-UGT Secretaría Federal para la Igualdad No hace tanto tiempo. El tema
Más detallesCapacitación sobre abordaje integral de la violencia de género y trata de personas con fines de explotación sexual.
Capacitación sobre abordaje integral de la violencia de género y trata de personas con fines de explotación sexual. 1. Propuesta. Desde que el Estado ha asumido la problemática de la Violencia de Género
Más detallesConvención de Belém do Pará
1 Los Estados Partes condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar
Más detallesINFORME DE INVESTIGACIÓN DE FEMICIDIOS EN ARGENTINA 1º de Enero al 31 de Diciembre de Femicidios y Femicidios Vinculados de mujeres y niñas.
INFORME DE INVESTIGACIÓN DE FEMICIDIOS EN ARGENTINA 1º de Enero al 31 de Diciembre de 2013 OBSERVATORIO DE FEMICIDIOS EN ARGENTINA ADRIANA MARISEL ZAMBRANO" Coordinado por La Asociación Civil La Casa del
Más detallesEl valor social de las medidas de igualdad de género
El valor social de las medidas de igualdad : derechos de El valor social de las medidas de igualdad La igualdad : derecho fundamental e inviolable de la persona Trabajar a favor de la igualdad efectiva
Más detallesLima, mayo 11 de 2016 La violencia contra las mujeres: Antecedentes, conceptualización y efectos...
Lima, mayo 11 de 2016 La violencia contra las mujeres: Antecedentes, conceptualización y efectos... Alejandra Valdés Barrientos División de Asuntos de Género - CEPAL Coordinadora Observatorio Igualdad
Más detallesEn el periodo citado, los Juzgados de Violencia sobre la Mujer dictaron sentencias, de las que el 77% resultaron condenatorias
Las cifras que se publican no son solo números, son cada uno de los casos de sufrimiento y dolor de cada una de las mujeres que piden socorro a la sociedad ante el maltrato Según el Observatorio contra
Más detallesLA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SANCIONA CON FUERZA DE LEY: EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SANCIONA CON FUERZA DE LEY: EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL Artículo 1 - Todos y todas los y las estudiantes tienen derecho a recibir educación sexual integral en los
Más detallesCOMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RELATORÍA SOBRE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES
COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RELATORÍA SOBRE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DE ACCESO A LA JUSTICIA DE LAS MUJERES EN LAS AMÉRICAS CUESTIONARIO INTRODUCCIÓN Objetivos:
Más detallesInstrumentos internacionales de lucha contra la violencia de género. Javier Truchero iuslab Estudio Legal
Instrumentos internacionales de lucha contra la violencia de género Javier Truchero iuslab Estudio Legal Javier Truchero Objetivo: erradicar la violencia, promover la igualdad VCM como violación de los
Más detallesPanel 6 El derecho a vivir una vida libre de violencia
Decimotercera Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe Montevideo, 25 a 28 de octubre de 2016 Panel 6 El derecho a vivir una vida libre de violencia Fabiana Tuñez Presidenta del
Más detallesLa Legislatura de la Provincia de Córdoba. Sanciona con fuerza de LEY
La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de LEY UNIDAD DE REGISTRO, SISTEMATIZACIÓN Y SEGUIMIENTO DE FEMICIDIOS Y DE HOMICIDIOS AGRAVADOS POR EL GÉNERO ARTICULO 1.- Créase la Unidad
Más detallesBuenos Aires, Argentina 30 de noviembre de 2012.
Buenos Aires, Argentina 30 de noviembre de 2012. DECLARACIÓN DE BUENOS AIRES ARGENTINA DE LAS MAGISTRADAS DE LOS MÁS ALTOS ÓRGANOS DE JUSTICIA DE IBEROAMÉRICA Por Una Justicia de Género PREAMBULO Nosotras,
Más detallesI) Normativa Internacional incorporada a la legislación nacional:
NORMATIVA REFERIDA A GÉNERO I) Normativa Internacional incorporada a la legislación nacional: La siguiente normativa internacional da cuenta de los compromisos asumidos para la protección de los derechos
Más detallesQUEREMOS Y NECESITAMOS PARA ENFRENTAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES LA LEY QUE
LA LEY QUE QUEREMOS Y NECESITAMOS PARA ENFRENTAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES La Constitución de la República en su artículo 42, condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas
Más detallesRESOLUCIÓN 1515/2012. VISTO la Ley Nº , el Decreto Nº 395 del 20 de febrero de 1975, y
RESOLUCIÓN 1515/2012 Ministerio de Seguridad Buenos Aires, 28/12/2012. Fecha de publicación: B.O. 15/01/2013. VISTO la Ley Nº 26.485, el Decreto Nº 395 del 20 de febrero de 1975, y CONSIDERANDO: Que el
Más detalles2 3 4 5 6 7 9 10 11 12 13 14 15 16 Definieron a la violencia de género como patriarcal y estructural, sucede a todas las mujeres por estar subordinadas a esta estructura patriarcal. Lo cual hace necesario
Más detalles(S-4270/12) PROYECTO DE DECLARACION DECLARA:
Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección general de Publicaciones VERSION PRELIMINAR SUJETA A MODIFICACIONES UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL El Senado de la Nación (S-4270/12)
Más detallesINSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
BASES GENERALES EN MATERIA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL ESTADO DE CAMPECHE. El Instituto Electoral del Estado de Campeche tiene la voluntad y convicción de implementar
Más detallesPOLÍTICA PÚBLICA CONTRA LA VIOLENCIA BASADA EN GÉNERO. Dirección General contra la Violencia de Género
POLÍTICA PÚBLICA CONTRA LA VIOLENCIA BASADA EN GÉNERO Dirección General contra la Violencia de Género Tratados internacionales vinculantes Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Más detallesIndicadores de planes nacionales Artículos 1, 2, 7 y 8 c), d) y f) de la Convención de Belém do Pará
Indicadores de planes nacionales Artículos 1, 2, 7 y 8 c), d) y f) de la Convención de Belém do Pará ESTRUCTURAL PROCESO RESULTADO RECEPCIÓN DEL DERECHO Indicador Plan nacional, política, acción, estrategia
Más detallesSECRETARIA ADMINISTRATIVA COMUNICA LA ACORDA- DA DICTADA POR LA SALA TERCERA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
ACORDADA N 24.292 lun, 11 de jun de 2012 10:00 SECRETARIA ADMINISTRATIVA COMUNICA LA ACORDA- DA DICTADA POR LA SALA TERCERA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ACORDADA Nº 24.292 Mendoza, 04 de junio de 2.012
Más detallesPublicado en el Diario Oficial La Gaceta No.27, 431 de 20 de agosto de 1994.
1. CONVENIO PARA MEJORAR LA SUERTE DE LOS HERIDOS Y ENFERMOS EN LAS FUERZAS ARMADAS EN CAMPAÑA. (CONVENIO I) (Convenio de Ginebra de 12 de agosto de 1949) Publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.27,
Más detallesCOSTA RICA PRINCIPALES TRATADOS INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS 1. PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES.
COSTA RICA PRINCIPALES TRATADOS INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS A. ORGANIZACIÓN DE LAS L NACIONES UNIDAS 1. PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES. (1966) Ratificación:
Más detallesPERU. fntervencion de la Dra. Marcela Huaita, Viceministra de la Mujer del Peru,
PERU fntervencion de la Dra. Marcela Huaita, Viceministra de la Mujer del Peru, en el 57. Penodo de Sesiones de la Comision de la Condicion Juridica y Social de la Mujer Nueva York, 6 de marzo de 2013
Más detallesViolencia contra las mujeres y el femicidio feminicidio. 1
Violencia contra las mujeres y el femicidio feminicidio. 1 Los derechos de las mujeres han avanzado impulsados por la presión política y las nuevas argumentaciones filosóficas que tienen un objetivo claro
Más detallesTABLA DE CONTENIDOS CAPITULO I. MULTIDISCRMINACIÓN Y DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
TABLA DE CONTENIDOS INTRODUCCIÓN CAPITULO I. MULTIDISCRMINACIÓN Y DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 1. El Principio de Universalidad y El Principio de Igualdad y No Discriminación. 2. Individuo
Más detallesVinculación de las recomendaciones con el Programa Nacional y Estatales de Derechos Humanos
Vinculación de las recomendaciones con el Programa Nacional y Estatales de Derechos Humanos 25 de noviembre de 2015 ASPECTOS GENERALES DEL PNDH Y EPU La segunda participación de México en el EPU coincidió
Más detallesPolítica Nacional de Promoción y Desarrollo Integral de las Mujeres PNPDIM- y Plan de Equidad de Oportunidades PEO
Política Nacional de Promoción y Desarrollo Integral de las Mujeres PNPDIM- y Plan de Equidad de Oportunidades PEO-2008-2023 La PNPDIM y PEO es un instrumento político por medio del cual las niñas, adolescentes,
Más detallesIndicadores de acceso a la justicia Artículos 7 d), f) y 8 c) y d) de la Convención de Belém do Pará
Indicadores de acceso a la justicia Artículos 7 d), f) y 8 c) y d) de la Convención de Belém do Pará ESTRUCTURAL PROCESO RESULTADO RECEPCIÓN DEL DERECHO Indicador Prohibición explícita en la legislación
Más detallesDECLARACIóN SOBRE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO POLíTICOS CONTRA LAS MUJERES
ORGANIZACIóN DE LOS ESTADOS AMERICANOS COMISIóN INTERAMERICANA DE MUJERES Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) DECLARACIóN SOBRE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO POLíTICOS CONTRA
Más detallesCorte Interamericana de Derechos Humanos Documentos Básicos en Materia de Derechos Humanos en el Sistema Interamericano
Corte Interamericana de Documentos Básicos en Materia de en el Sistema Interamericano 2017 Actualizado a marzo de 2017 1 Organización de los Estados Americanos Corte Interamericana de Documentos Básicos
Más detallesLos objetivos más importantes que el Plan Nacional para la erradicación de la violencia de género plantea son:
INFORMACIÓN EN RELACIÓN AL REQUERIMIENTO DE LA ONU SOBRE LA INVESTIGACIÓN Y PERSECUCIÓN DEL ASESINATO DE MUJERES Y NIÑAS POR RAZONES DE GÉNERO EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCION ADOPCIÓN DE MEDIDAS CONTRA
Más detalles(Shirln Ebadi, premio Nobel de la Paz)
II CUMBRE DE MUJERES JURISTAS. Octubre de 2014 LAS MUJERES JURISTAS COMO DEFENSORAS DE MUJERES VULNERABLES Y DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES Y LAS NIÑAS 'Mientras se nieguen los derechos humanos
Más detallesUna vida libre de violencia: Derechos de todas las mujeres. Convención de Belém do Pará y su Mecanismo de Seguimiento
Una vida libre de violencia: Derechos de todas las mujeres Convención de Belém do Pará y su Mecanismo de Seguimiento La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra
Más detallesCAPITULO 3: CÓDIGO ÉTICO 5.- PROTOCOLOS ESPECÍFICOS DE ACTUACIÓN
CAPITULO 3: CÓDIGO ÉTICO 5.- PROTOCOLOS ESPECÍFICOS DE ACTUACIÓN 5.6. PROTOCOLO PARA EL DESARROLLO DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO ÍNDICE 5.6.0.- Preámbulo... 1 5.6.1.-
Más detallesViolencia y Autonomía de las mujeres
Violencia y Autonomía de las mujeres Mesa redonda de políticas: Empoderamiento económico y monitoreo integral del ejercicio de los derechos de las mujeres Comisión Interamericana de Mujeres, Washington,
Más detallesIndicadores de legislación Artículos 1, 2, 3 y 7 c), e) y g) de la Convención de Belém do Pará
Indicadores de legislación Artículos 1, 2, 3 y 7 c), e) y g) de la Convención de Belém do Pará ESTRUCTURAL PROCESO RESULTADO RECEPCIÓN DEL DERECHO Indicador Incorporación de Belém do Pará en el ordenamiento
Más detallesXV Encuentro Internacional de Estadísticas de Género Alejandra Valdés Barrientos
XV Encuentro Internacional de Estadísticas de Género Alejandra Valdés Barrientos Coordinadora Observatorio Igualdad de Género de América Latina y el Caribe. XV Encuentro Internacional de Estadísticas de
Más detallesDECLARACIÓN SOBRE EL FEMICIDIO
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS COMISIÓN INTERAMERICANA DE MUJERES Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) DECLARACIÓN SOBRE EL FEMICIDIO DECLARACIÓN
Más detallesDenunciar la violencia contra las mujeres, es defender su derecho a la igualdad.
Denunciar la violencia contra las mujeres, es defender su derecho a la igualdad. Las reparaciones deben ir más allá de las razones y consecuencias inmediatas de los crímenes y las violaciones; deben apuntar
Más detallesCOAUTORES: DIPUTADO JOSE BARRIGON DIPUTADA LILIANA VIETTI DIPUTADA TERESA MAZA DIPUTADA MARINA FEMENIA
NOMBRE: GA-pl-Reglamento Elección de Reinas Vendimiales. TIPO: Proyecto de Ley. AUTOR: DIPUTADO GUSTAVO ARENAS COAUTORES: DIPUTADO JOSE BARRIGON DIPUTADA LILIANA VIETTI DIPUTADA TERESA MAZA DIPUTADA MARINA
Más detallesFEMICIDIO Y DATOS. 2 de marzo de Webinar Cómo están los ecosistemas y el uso de datos abiertos en las Américas y cuál es su incidencia?
FEMICIDIO Y DATOS 2 de marzo de 2018 - Webinar Cómo están los ecosistemas y el uso de datos abiertos en las Américas y cuál es su incidencia? SANDRA ELENA Programa Justicia Abierta Ministerio de Justicia
Más detallesESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S de junio de Presentado por la señora González López
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma Asamblea da Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. de junio de 0 Presentado por la señora González López Referido a la Comisión de Salud y
Más detallesCiudad de México, México 7 de febrero de 2014
Declaración de los Mecanismos de la Mujer de América Latina y el Caribe frente al 58º Período de Sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW) Ciudad de México, México 7 de
Más detallesPROGRAMA 232B IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES
PROGRAMA 232B IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES 1. DESCRIPCIÓN El progreso de las mujeres en los años de democracia ha sido espectacular. Las mujeres han conseguido logros decisivos en
Más detallesEl término Femicidio es político, es la denuncia de la. naturalización de la violencia sexista en nuestra sociedad.
Estos datos corresponden al informe de Investigación de Femicidios en Argentina y han sido recopilados de las Agencias informativas: Télam y DyN y 120 diarios de distribución nacional y/o provincial así,
Más detallesDECLARACIÓN INTERAMERICANA PARA ENFRENTAR LA TRATA DE PERSONAS.
DECLARACIÓN INTERAMERICANA PARA ENFRENTAR LA TRATA DE PERSONAS. DECLARACIÓN INTERAMERICANA PARA ENFRENTAR LA TRATA DE PERSONAS. Aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 5 de diciembre de 2014.
Más detallesAvances y desafíos en la aplicación de la Estrategia de Montevideo en Costa Rica
55º Reunión de la Mesa Directiva de la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe Avances y desafíos en la aplicación de la Estrategia de Montevideo en Costa Rica Alejandra Mora
Más detallesCosta Rica: Avances, limitaciones y retos en la producción de estadísticas desagregadas por sexo y en la producción de indicadores de género
Costa Rica: Avances, limitaciones y retos en la producción de estadísticas desagregadas por sexo y en la producción de indicadores de género Lorena Camacho De la O Unidad Investigación del Area Especializada
Más detallesPrograma de Asuntos de la Mujer
Programa de Asuntos de la Mujer A través de este programa, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala interviene en la atención a los casos de violencia contra las mujeres, brinda atención inmediata
Más detallesLey Delitos contra la Integridad Sexual. Código Penal. Modificación (1998). Ley , Título XVIII. Régimen Especial Seguridad Social para
La Mesa #NIUNAMENOS SANTA FE -de la foto a la acción- ", es un espacio transversal constituido por organizaciones feministas, académicas, sindicales, agrupaciones políticas y organismos de gestión con
Más detallesINTEGRACIÓN LABORAL NORMATIVA. I. Bloque constitucional
INTEGRACIÓN LABORAL NORMATIVA I. Bloque constitucional 1. Constitución Española 2. Estatuto de Autonomía de Cataluña, Ley Orgánica 6/2006 de 19 de julio de 2006. DOGC nº 4680 de 20 de julio de 2006, (artículo
Más detallesPROTOCOLO RELATIVO AL CONVENIO SOBRE EL TRABAJO FORZOSO, 1930
CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO Protocolo al Convenio 29 PROTOCOLO RELATIVO AL CONVENIO SOBRE EL TRABAJO FORZOSO, 1930 La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo: Convocada
Más detallesINSTITUTO COLIMENSE DE LAS MUJERES
INSTITUTO COLIMENSE DE LAS MUJERES Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas PAIMEF Proyecto: Por una Sociedad Libre de Violencia contra las Mujeres TÉRMINOS DE REFERENCIA
Más detallesLicda. Alejandrina Germán Ministra de la Mujer de la República Dominicana 1
Licda. Alejandrina Germán Ministra de la Mujer de la República Dominicana 1 Avanzamos en la comprensión de que los cambios culturales requieren de políticas públicas transformadoras, sostenidas e integrales,
Más detallesSEGUNDO INFORME NACIONAL SOBRE LA
SEGUNDO INFORME NACIONAL SOBRE LA SITUACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN EL SALVADOR Julia Evelyn Martínez Directora Ejecutiva ANTECEDENTES Principales atribuciones del ISDEMU: Según el Artículo
Más detallesSeguimiento de la sociedad civil a la implementación de las políticas públicas del gobierno nacional. Teresita Silvero Directora Gabinete SMPR
Seguimiento de la sociedad civil a la implementación de las políticas públicas del gobierno nacional Teresita Silvero Directora Gabinete SMPR 17 de Noviembre, 2010 1 1. Principales logros de la SMPR en
Más detalles51 REUNION DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CONFERENCIA REGIONAL SOBRE LA MUJER DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE
51 REUNION DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CONFERENCIA REGIONAL SOBRE LA MUJER DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE 17 al 19 de noviembre de 2014 Alejandra Valdés Barrientos Coordinadora Observatorio Igualdad de Género
Más detallesDECRETO 2733 DE (Diciembre 27) Por medio del cual se reglamenta el artículo 23 de la Ley 1257 de 2008 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
DECRETO 2733 DE 2012 (Diciembre 27) Por medio del cual se reglamenta el artículo 23 de la Ley 1257 de 2008 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales,
Más detallesPunto 5 del Temario: Preparativos de la XIII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe
La importancia de los acuerdos emanados de las XII versiones anteriores de la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe. Una mirada hacia la próxima Conferencia Punto 5 del Temario:
Más detallesFamilia y violencia. Irma Saucedo González *
Familia y violencia Irma Saucedo González * Violencia doméstica y sexual La violencia contra la mujer, recientemente conceptualizada como violencia de género, ha sido definida como "todo acto de violencia
Más detallesAlba Luz Ramos Vanegas.
Alba Luz Ramos Vanegas. En Nicaragua la violencia hacia la mujer es un problema cuyas secuelas afectan la salud, integridad física y psíquica, la seguridad, libertad y la vida de miles de mujeres a quienes
Más detallesTortura: Conceptos. Instituto de Terapia e Investigación sobre las Secuelas de la Tortura y la Violencia Estatal
Instituto de Terapia e Investigación sobre las Secuelas de la Tortura y la Violencia Estatal Tortura: Conceptos Emma Bolshia Bravo Cladera Coordinadora ITEI Concepto de Tortura Declaración sobre la Protección
Más detallesCONSEJO CONSULTIVO DE POLÍTICAS PENITENCIARIAS Y POSTPENITENCIARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SOBRE LA POLÍTICA PENITENCIARIA Y POSTPENITENCIARIA EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LINEAMIENTOS PARA LA REFORMA Documento consensuado en el marco del Consejo Consultivo de Políticas Penitenciarias y Postpenitenciarias
Más detallesTest General sobre la Igualdad de Género DERECHOS HUMANOS E IGUALDAD 1
Test General sobre la Igualdad de Género DERECHOS HUMANOS E IGUALDAD 1 1.- El Título V de la Ley Orgánica 1/2.004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se
Más detallesEncuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2011
Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2011 Septiembre de 2010 Ma. Eugenia Medina Domínguez Instituto Nacional de las Mujeres MEXICO Antecedentes 2003 Dimensionar, caracterizar
Más detallesLA NECESIDAD DE INCORPORAR EL TEMA DE LA
LA NECESIDAD DE INCORPORAR EL TEMA DE LA VIOLENCIA DE GENERO CONTRA LAS MUJERES EN LA AGENDA DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS Julia Evelyn Martínez Directora Ejecutiva del ISDEMU X Encuentro Regional de Mujeres
Más detallesDerechos Laborales de las Víctimas de Violencia de Género
Derechos Laborales de las Víctimas de Violencia de Género Los derechos laborales de las mujeres víctimas forman parte de su protección social y de su recuperación integral y son reconocidos por la Ley
Más detallesPoder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 8
///n la Ciudad de Buenos Aires, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil diecisiete. Y VISTOS: Para dictar veredicto de sentencia y escuchadas que han sido las partes durante la audiencia de
Más detallesDiputada Martha Lilia Chávez González Presidenta
Informe de los Asuntos Relevantes Atendidos por la Comisión de Equidad, Género y Familia Diputada Martha Lilia Chávez González Presidenta 8 de Mayo de 2013 1 CONTENIDO 1. Nuevas Leyes y Reformas. 2. Institutos
Más detallesObservatorio de Femicidios en Argentina Adriana Marisel Zambrano. Asociación Civil La Casa del Encuentro
Observatorio de Femicidios en Argentina Adriana Marisel Zambrano Asociación Civil La Casa del Encuentro 1º de Enero al 31 de Diciembre de 2014 Realizado con el apoyo de: Global Fund For Women (Fondo Global
Más detallesA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
EL DERECHO HUMANO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Campo Algodonero. Análisis y propuestas para el seguimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado
Más detallesDiseño e implementación de medidas para la igualdad
Diseño e implementación de medidas para la igualdad Curso de Alta Formación 2015 Mireya Del Pino-Pacheco Dirección de Estudios y Políticas Públicas La igualdad se opone al privilegio, no a las diferencias
Más detallesLEY CREACION DEL SERVICIO DE ASISTENCIA A LA VICTIMA DEL DELITO. La Legislatura de la Provincia del Chubut sanciona con fuerza de ley:
Chubut LEY 4.031 CREACION DEL SERVICIO DE ASISTENCIA A LA VICTIMA DEL DELITO La Legislatura de la Provincia del Chubut sanciona con fuerza de ley: Artículo 1º.- Créanse en las ciudades de Trelew, Comodoro
Más detallesConvención de Belém do Pará: la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la erradicación de la violencia contra las mujeres
Convención de Belém do Pará: la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la erradicación de la violencia contra las mujeres La Comisión Nacional de los Derechos Humanos tiene como objeto esencial la
Más detallesUNIDAD FISCAL ESPECIALIZADA EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
UNIDAD FISCAL ESPECIALIZADA EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES MINISTERIO PÚBLICO FISCAL PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN R E P Ú B L I C A ARGENTINA PRESENTACIÓN La Unidad Fiscal Especializada en violencia
Más detallesLey 474 PLAN DE IGUALDAD REAL DE OPORTUNIDADES
Ley 474 Buenos Aires, 5 de agosto de 2000. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley PLAN DE IGUALDAD REAL DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO ENTRE MUJERES Y VARONES Capítulo
Más detallesConsejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia
Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia El Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia es un Organismo Público descentralizado, que tiene
Más detallesPermiso por situaciones de violencia de género sobre la mujer funcionaria
Permiso por situaciones de violencia de género sobre la mujer funcionaria RH 30.25 1/5 RH 30.25 Permiso por situaciones de violencia de género sobre la mujer funcionaria RH 30.25.1 Hecho causante Que la
Más detallesJUSTICIA ESPECIALIZADA CON ENFOQUE DE GÉNERO
JUSTICIA ESPECIALIZADA CON ENFOQUE DE GÉNERO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y FEMICIDIO Licda. Ninfa Crisol Gómez Urízar Metodología para el Análisis de Género del Fenómeno legal La finalidad de efectuar un
Más detallesACUERDO 007/2015, MEDIANTE EL CUAL SE EMITE EL PROTOCOLO DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA LA INVESTIGACIÓN DE DELITOS SEXUALES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO
ACUERDO 007/2015, MEDIANTE EL CUAL SE EMITE EL PROTOCOLO DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA LA INVESTIGACIÓN DE DELITOS SEXUALES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO OBSERVACIONES GENERALES.- LICENCIADO RODRIGO DORANTES
Más detallesCOMUNICACIÓN CONJUNTA N 2/16. Jornada Nacional Educar en igualdad: Prevención y erradicación de la violencia de género
DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN INICIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DIRECCIÓN
Más detallesPrimera Parte ESTUDIO PRELIMINAR. Introducción EL PAPEL DE LA ADMINISTRACIÓN Y EL DERECHO ADMINISTRATIVO EN MATERIA DE IGUALDAD DE GÉNERO i
ÍNDICE Abreviaturas 17 Primera Parte ESTUDIO PRELIMINAR Introducción EL PAPEL DE LA ADMINISTRACIÓN Y EL DERECHO ADMINISTRATIVO EN MATERIA DE IGUALDAD DE GÉNERO i EVA M a MENÉNDEZ SEBASTIÁN Profa. Titular
Más detallesLa Violencia contra la mujer en Haiti.
La Violencia contra la mujer en Haiti. Una mirada a las Metas del Milenio y la incorporación n de indicadores desde el género. g Inés s C. Reca, Consultora Unidad Mujer y Desarrollo, CEPAL La perspectiva
Más detallesOficina Regional ONU Mujeres para las Américas y el Caribe Abril 2016 /os
Evaluación Regional de Acceso a Justicia como mecanismo de prevención para acabar con las violencias contra las mujeres 2011-2015 Oficina Regional ONU Mujeres para las Américas y el Caribe Abril 2016 /os
Más detallesObservatorio Nacional de Violencia contra las Mujeres INFORME SOBRE PERSONAS ADULTAS MAYORES EN SITUACIÓN DE VIOLENCIA
PERSONAS ADULTAS MAYORES EN SITUACIÓN DE VIOLENCIA Introducción Presentación de la Línea 144 La Ley 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en
Más detallesN 076 CONSIDERANDO: D E C R E T O:
REF.: Aprueba Política de prevención y sanción del acoso, violencia y discriminación en la Comunidad Universitaria. N 076 VALDIVIA, 17 de diciembre de 2015 VISTOS: Lo acordado en el Consejo Académico en
Más detallesVIOLENCIA DE GENERO EN LA ARGENTINA. Estadísticas, Legislación y Propuestas desde el cooperativismo
VIOLENCIA DE GENERO EN LA ARGENTINA Estadísticas, Legislación y Propuestas desde el cooperativismo Violencia de Género Referencias Corte Suprema de Justicia de la Nación Asociación Civil La Casa del Encuentro
Más detallesEficiencia, innovación y competitividad: género y liderazgo inteligente. Sevilla, 7 de mayo de 2009
Eficiencia, innovación y competitividad: género y liderazgo inteligente Sevilla, 7 de mayo de 2009 IBERDROLA EN EL MUNDO 2 ENFOQUE DE LAS POLÍTICAS DE RECURSOS HUMANOS EN IBERDROLA 3 ENFOQUE DE LAS POLÍTICAS
Más detallesANEXO 1 POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
ANEXO 1 POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Presentación La presente política institucional responde al mandato constitucional y convencional de garantizar
Más detallesSocial e Igualdad Secretaría de Política social e Igualdad UGT FICA
Social e Igualdad Secretaría de Política social e Igualdad UGT FICA 1 1 3 4 Derechos sociolaborales de la trabajadora víctima de violencia de género Recomendaciones en Negociación Colectiva Mejoras en
Más detallesAcoso Sexual: Primeras nociones de las disposiciones de la nueva normativa (Ley Nº )
Acoso Sexual: Primeras nociones de las disposiciones de la nueva normativa (Ley Nº 18.561) Dra. Ximena Pinto Nerón. La Ley Nº 18.561 (publicada en el Diario Oficial el 21/9/09), establece normas para la
Más detallesSistema Integrado Provincial para el Abordaje de la Violencia Familiar y de Género
Sistema Integrado Provincial para el Abordaje de la Violencia Familiar y de Género /1 AUTORIDADES Gobernadora María Eugenia Vidal Vicegobernador Daniel Marcelo Salvador Secretario de Derechos Humanos Santiago
Más detallesDECLARACIÓN. Constatamos:
DECLARACIÓN En la ciudad de Lima, a los 20 días del mes de julio de 2007, nosotros, dirigentes de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), Confederación de Trabajadores del Perú (CTP),
Más detallesPROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y SANCIÓN AL ACOSO SEXUAL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y SANCIÓN AL ACOSO SEXUAL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Ibeth Huerta D. Asistente académica de la Cátedra UNESCO de Derechos Humanos de la UNAM
Más detallesPROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE LA POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA 2014
PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE LA POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA 2014 La Secretaría de Educación Pública, en el Marco del Federalismo Educativo, ha considerado importante
Más detalles