REGLAMENTO DE USO. 2. Los textos que se podrán solicitar serán los comprendidos dentro de la bibliografía de cada nivel.
|
|
- Juan Manuel Torregrosa Rubio
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO DE USO Oficina de Responsabilidad Social 1. El Estudiantil atenderá las solicitudes de préstamos de libros para los estudiantes de Primaria, Secundaria, UTU y Nivel Terciario. 2. Los textos que se podrán solicitar serán los comprendidos dentro de la bibliografía de cada nivel. No se proporcionarán libros de aprestamiento, preescolares, catequesis, de ejercicios de los diferentes idiomas y de nivel first certificate en adelante de idioma inglés. 3. Podrán hacer uso del : A. Todos los funcionarios presupuestados, sus cónyuges y/o concubinos, hijos y/o MENORES a cargo. B. Los hijos y/o MENORES a cargo de los funcionarios presupuestados fallecidos. C. Los ex funcionarios, jubilados en buenos términos con la Institución, sus hijos y/o MENORES a cargo. D. Los hermanos, sobrinos y nietos MENORES de los funcionarios en actividad. 4. Para utilizar los servicios de la Biblioteca, los interesados deberán previamente ser ingresados en la Base de Datos del Servicio. Posteriormente el funcionario activo deberá ingresar en el portal de Biblioteca en Intrabrou a los integrantes de su grupo familiar que harán uso de la Biblioteca, especificando el grado de parentesco. Esta información deberá ser actualizada por el funcionario cada vez que se produzca una modificación. 5. La solicitud de préstamo de libros deberá gestionarse de la siguiente forma: I) Para los usufructuarios comprendidos en el literal A y D del artículo 3: i. El funcionario completará los datos establecidos en el formulario de solicitud que a esos efectos se encuentra en el Sitio Web de la Biblioteca en Intrabrou, y lo hará llegar a la Biblioteca con su firma, tanto en el caso en que sea presentado directamente por el solicitante, como por otra persona. ii. Los funcionarios en actividad cuyos hijos cursan estudios de nivel terciario en Montevideo podrán: a- Enviar al servicio de biblioteca una carta autorizando al estudiante a retirar los libros directamente en el servicio, sin presentar el formulario de solicitud. b- Deberá adjuntar el certificado de estudios de la facultad o instituto al que concurre, fotocopia de la cédula de identidad del estudiante, y una foto carné. c- El estudiante solo podrá solicitar libros que correspondan a los estudios que cursa. II) Para los usufructuarios comprendidos en los literales B y C del artículo 3: i) El pensionista del funcionario fallecido completará con sus datos y los del estudiante el formulario destinado a tal fin proporcionado por el y será el titular de los préstamos.
2 ii) El ex funcionario jubilado completará el formulario destinado a tal fin, proporcionado por el Servicio de Biblioteca, con sus datos y los del estudiante. iii) La firma del titular del formulario, residente en Montevideo, será certificada en el Servicio de Biblioteca contra la presentación del documento de identidad. iv) La firma del titular del formulario, residente en el Interior del país, será certificada por una firma de la sucursal del Banco más próxima. v) El titular del formulario para ser ingresado en la Base de Datos del Servicio, deberá presentar recibo de Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, fotocopia de la Cédula de Identidad, y constancia de domicilio. III) Los usuarios comprendidos en el literal D) del artículo 3 tendrán derecho al uso del Servicio a partir del MES DE MAYO de cada año lectivo. 6. La presentación de los formularios de solicitud de libros y la entrega de los mismos, para los usuarios de Capital se efectuará personalmente en el. 7. La presentación de los formularios de solicitud de libros y la entrega de los mismos, para los usuarios del Interior del país se efectuará a través de los servicios de correspondencia habituales. 8. A los efectos de constatar los parentescos declarados en las solicitudes, se cotejarán los datos proporcionados con la información proporcionada por la División Recursos Humanos o, en su defecto, con fotocopia de la libreta de matrimonio o constancia de tenencia expedida por el juzgado competente (en caso de MENORES a cargo) o certificado notarial expedido por escribano público. 8 bis. Para los casos de parentesco referidos en el literal D del artículo 3, el funcionario deberá completar la declaración jurada proporcionada por el. 9. Al inicio del año lectivo deberá presentarse el certificado de estudio correspondiente, expedidos por el instituto al que concurre, excepto los estudiantes de nivel escolar. 10. La cantidad de obras prestadas a cada estudiante de Primaria, Secundaria o UTU estará limitada solamente por las disponibilidades del acervo bibliográfico, sin perjuicio de proceder a realizar las adquisiciones que fuere menester, las que serán dispuestas exclusivamente por el Coordinador del. 11. En caso de no disponer del libro solicitado el Coordinador de Biblioteca tramitará su compra, de acuerdo a la reglamentación dispuesta a esos efectos. En su defecto podrá autorizar la compra del texto al funcionario solicitante para los usuarios comprendidos en el literal A) del artículo 3, al que luego de cumplir con la tramitación exigida, se le reintegrará el importe de la adquisición. 12. No podrán autorizarse adquisiciones de libros de los que no se posea certeza que correspondan a programas vigentes en cualquier rama de la enseñanza. 13. Los plazos de los préstamos estarán supeditados a su utilización: I) Textos de estudio de enseñanza Primaria, Secundaria y UTU:
3 i. El período comprendido entre el inicio y la finalización oficial del año lectivo. ii. En el mes de febrero los usuarios que ya dispongan de la lista oficial del instituto con el detalle bibliográfico del material a ser usado en el año lectivo, podrán cursar las correspondientes solicitudes, acompañadas de dicha lista. iii. Un período de extensión de plazo para devolución por materias pendientes de examen, que quedará comprendido entre la fecha oficial de finalización de año lectivo, y el 28 de febrero del año siguiente. II) Obras de carácter técnico, literario, o de Nivel Terciario, podrán ser prestadas por un plazo de 15 días renovables. 14. En el caso de que el estudiante deba repetir el curso al año siguiente, igualmente deberá devolver todos los libros en la fecha establecida, y solicitarlos al inicio del siguiente año lectivo, con el correspondiente certificado de estudios. 15. Los prestatarios no podrán retener en su poder más de tres libros de carácter técnico, literario o de nivel terciario. Cuando se trate de revistas, no podrán retenerse más de tres números consecutivos de las mismas. 16. El está facultado para solicitar la máxima cooperación de los usuarios en el cuidado de los libros. 17. El Servicio no aceptará devoluciones de libros que habiendo sido prestados en buen estado sean devueltos en malas condiciones. El funcionario deberá reponer el ejemplar con uno nuevo, de edición vigente en plaza 18. Es un derecho del prestatario advertir al Servicio toda vez que se le entregue un texto escrito o deteriorado. 19. Todo estudiante tendrá derecho a la reserva de obras que se encuentren prestadas en el momento de ser solicitadas. Dicha reserva podrá realizarla el funcionario titular en el sitio web del. El estudiante podrá realizar la misma en forma personal, telefónica, o a través de correo electrónico. En estos casos el registrará la misma en el Sistema de Gestión integral de Bibliotecas y cuando la obra sea devuelta, se emitirá un correo electrónico en forma automática. Tanto el funcionario como el estudiante dispondrán de 72 horas para retirar el libro. 20. Se podrá renovar el préstamo de cualquier libro, bajo las siguientes condiciones: I) Que el texto no se encuentre reservado por otro lector. II) Que el lector se encuentre en situación regular en el cumplimiento de sus obligaciones para con el servicio. 21. La renovación se podrá efectuar directamente por el funcionario en la página de Biblioteca en Intrabrou, al día siguiente del vencimiento asignado; o solicitarla personalmente, en forma telefónica, o mediante correo electrónico.
4 22. Los vencimientos de los préstamos anuales de textos serán comunicados a todos los usuarios por circular. 23. Al mes siguiente al vencimiento se comunicará a los morosos mediante correo electrónico o carta impresa, la situación irregular. Si dentro de los plazos concedidos para regularizar la situación no se procede a la devolución de los libros se aplicará lo dispuesto a tales efectos. 24. Los lectores morosos en la devolución de las obras prestadas no podrán solicitar nuevos libros o publicaciones hasta tanto no regularicen su situación. 25. La no devolución de los textos en los plazos establecidos facultará al a establecer las siguientes sanciones: I) En los casos de atraso se procederá a la suspensión del titular de los préstamos por el doble de tiempo del atraso registrado hasta el momento de la devolución de los textos. II) En los casos de no devolución o reposición de los textos adeudados se retendrá de sus haberes el doble del total del monto adeudado. Para ello se recabarán informes de los precios en plaza de los libros no devueltos. III) En los casos de no devolución o reposición de los textos adeudados por parte de los usuarios de los literales B y C del artículo 3 del presente reglamento, se sancionará con la pérdida definitiva del beneficio del. 26. En caso de reposición de ejemplares extraviados o deteriorados, la misma deberá hacerse con la última edición vigente en plaza, previa consulta con el Servicio. 27. Las reposiciones de libros extraviados podrán hacerse con libros usados en excelentes condiciones, sin escrituras y sin sellos de otra biblioteca previa evaluación del. 28. No siendo posible la reposición de alguna obra en la forma dispuesta precedentemente el prestatario responsable de la pérdida o deterioro deberá pagar el doble del valor del o de los ejemplares de que se trate si dichos volúmenes constituyen la obra completa, o el valor de toda la obra cuando ella conste de varios tomos y se ha deteriorado, no se devuelva uno o varios de ellos, quedando a beneficio de la Biblioteca los demás volúmenes que la integren. En caso que el material no fuese obtenible en plaza, la Biblioteca establecerá su valor ficto. 29. Las sumas que llegaren a percibirse por aplicación de lo dispuesto en los numerales anteriores, serán destinadas, en lo posible, a reponer las obras por cuya pérdida o deterioro hayan sido abonadas. 30. Las enciclopedias, diccionarios, códigos, atlas y otras obras que serán determinadas por el Servicio de Biblioteca, no podrán ser llevadas a domicilio y serán facilitadas solamente durante el horario reglamentario, debiendo ser devueltas en el día o en cuanto el las reclame. 31. En ningún caso podrán ser retirados en préstamo los ejemplares valiosos, raros o agotados ni aquellas obras que, por ser consultadas frecuentemente, deben permanecer en Biblioteca.
5 32. Los casos no previstos en el presente reglamento serán sometidos a la consideración del señor Coordinador de Responsabilidad Social, quien resolverá en definitiva.
PROCEDIMIENTO: FUNCIONAMIENTO DE LA BIBLIOTECA TECNICA
PAGINA: 1 de 6 PROCEDIMIENTO: ELABORADO REVISADO APROBADO FECHA 03/2014 03/2014 03/2014 NOMBRE Lic. Taeko Matsumura Tec. Met. Vania Méndez Met. Beatriz Cuello FIRMA 1. Objetivo. PAGINA: 2 de 6 1.1 El objetivo
Más detallesBiblioteca Central Dto. de Docencia e Investigación Instituto Universitario Hospital Italiano de Buenos Aires Tte. Gral. J. D. Perón º piso
Reglamento de Préstamo de la Biblioteca Central Artículo 1 Usuarios Serán usuarios regulares del préstamo: los profesionales del Hospital Italiano (HI) designados por la Dirección, investigadores, profesionales
Más detallesReglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)
Reglamento de la Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto FLACSO-Sede Académica Argentina Reglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)
Más detallesVicerrectorado de Investigación y RRII. REGLAMENTO 3/2014, de 19 de mayo, DE BIBLIOTECA DE PRESTAMO DOCUMENTAL DE LA BIBLIOTECA DE LA UEMC
Vicerrectorado de Investigación y RRII REGLAMENTO 3/2014, de 19 de mayo, DE BIBLIOTECA DE PRESTAMO DOCUMENTAL DE LA BIBLIOTECA DE LA UEMC Vicerrectorado de Investigación y RRII NORMATIVA DE PRÉSTAMO BIBLIOGRÁFICO
Más detallesD-41 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-41. Código: REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. Fecha efectiva 08/11/2016. Página: 1 de 12. Versión: 00
UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Código: D-41 Versión: 00 Fecha efectiva 08/11/2016 Página: 1 de 12 D-41 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA 1 Por medio del cual
Más detallesNORMAS DE PRÉSTAMO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO DE LA UNED EN BALEARES
NORMAS DE PRÉSTAMO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO DE LA UNED EN BALEARES Podrán hacer uso del servicio de préstamo exclusivamente estudiantes, profesores tutores y PAS de la UNED. Para hacer efectivo un préstamo
Más detallesNORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA.
NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA. El presente documento interno pretende regular explícitamente, el uso del acceso,
Más detallesCONSEJO DIRECTIVO UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SEK
CONSIDERANDO CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SEK QUE: es indispensable reglamentar, en la Biblioteca, el ingreso y préstamo de los libros, así como del material bibliográfico que dispone; QUE:
Más detallesFACULTAD DE TRABAJO SOCIAL REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
FACULTAD DE TRABAJO SOCIAL REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Biblioteca de Trabajo Social Reglamento La Biblioteca tiene como misión facilitar y favorecer el acceso y la difusión de los recursos de información
Más detallesReglamento de la Biblioteca del Instituto Cultural Argentino Britanico
Reglamento de la Biblioteca del Instituto Cultural Argentino Britanico Art. 1º El funcionamiento de la Biblioteca del Instituto Cultural Argentino Británico se regirá por el presente Reglamento. CAPITULO
Más detallesREGLAMENTO PARA EL BUEN USO DE LA BIBLIOTECA
REGLAMENTO PARA EL BUEN USO DE LA BIBLIOTECA La Biblioteca del Colegio Inmaculada, está a disposición de la comunidad educativa del establecimiento, la cual debe sentirse motivada a aprovechar sus materiales,
Más detallesUNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA VIDA Y LA SALUD REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA VIDA Y LA SALUD REGLAMENTO DE BIBLIOTECA DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: La Biblioteca de La Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud
Más detallesLos alumnos del Pregrado de la Universidad ESAN tienen acceso a los servicios y productos de la Biblioteca y Centro de información ESAN/Cendoc.
REGLAMENTO BIBLIOTECA PREGRADO ESAN/Cendoc Biblioteca y Centro de Información 2011 1. Disposiciones generales Los alumnos del Pregrado de la Universidad ESAN tienen acceso a los servicios y productos de
Más detallesREGLAMENTO DE SOCIOS DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE BELGRANO
REGLAMENTO DE SOCIOS DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE BELGRANO 1. Uso de la Biblioteca 1.1 Pueden utilizar los servicios de Biblioteca las autoridades, los alumnos regulares, docentes e investigadores,
Más detallesCapítulo II De los usuarios. Capítulo III Del acceso a los recursos bibliográficos
Capítulo II De los usuarios Art. 7.- Son considerados usuarios internos: Los estudiantes, docentes, investigadores, directivos y empleados de la Universidad. Art. 8.- Son usuarios externos: Todos los estudiantes
Más detallesUNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Centro Universitario de Rivera
UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Centro Universitario de Rivera Ituzaingó 667 Rivera (ciudad) Tel./Fax: +598 62 26313 int 25 e-mail: udelarrivera@adinet.com.uy REGLAMENTO BIBLIOTECA DEL CENTRO UNIVERSITARIO
Más detallesREGLAMENTO PARA USO DE BIBLIOTECA CFT SAN AGUSTÍN
REGLAMENTO PARA USO DE BIBLIOTECA CFT SAN AGUSTÍN Título I: Condiciones Generales: Artículo 1 El presente reglamento tiene por objeto regular el uso de la unidad de Biblioteca y Documentación del Centro
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA CRA basado en el PEI Institucional
Liceo Nº 1 Javiera Carrera Biblioteca CRA Marina Silva Maturana REGLAMENTO BIBLIOTECA CRA basado en el PEI Institucional TITULO I Presentación El presente reglamento tiene como objetivo establecer las
Más detallesREGLAMENTO DE PRÉSTAMO BIBLIOTECARIO BIBLIOTECA ARTURO MARASSO DEPARTAMENTO DE HUMANIDADES U.N.S.
REGLAMENTO DE PRÉSTAMO BIBLIOTECARIO BIBLIOTECA ARTURO MARASSO DEPARTAMENTO DE HUMANIDADES U.N.S. CAPÍTULO I: CONSIDERACIONES GENERALES 1. La Biblioteca Arturo Marasso del Departamento de Humanidades es
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso del Área materia del mismo, y sus disposiciones regirán para todas aquellas personas que utilicen
Más detallesControlar la calidad en el servicio que se ofrece. Cuidar la integridad física del acervo bibliográfico, mobiliario y equipo.
El presente reglamento tiene como propósito presentar las normas y políticas de acceso a los servicios bibliotecarios de la Universidad Pedagógica Nacional Unidad 061 y; el comportamiento que deberán observar
Más detallesUniversidad de Buenos Aires Facultad de Medicina Escuela de Salud Pública Biblioteca Prof. Dr. David Sevlever REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
Universidad de Buenos Aires Facultad de Medicina Escuela de Salud Pública Biblioteca Prof. Dr. David Sevlever REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA Cuentan con el acceso permitido a la Biblioteca, los alumnos regulares,
Más detallesPréstamos Sociales de Caja Notarial
Préstamos Sociales de Caja Notarial 1. Condiciones generales Expresión monetaria unidades indexadas Montos entre UI 7.000 y UI 70.000 Plazo Interés compensatorio Interés moratorio Periodicidad de pagos
Más detallesREGLAMENTO DE PRÉSTAMOS DE LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECAS (Expediente Res. C.D ) INDICE GENERAL
REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS DE LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECAS (Expediente 897.411 Res. C.D. 3401-19-12-2000) INDICE GENERAL Art. 1: Conformación de la Dirección de Bibliotecas y usuarios 1. DE LOS PRESTATARIOS
Más detallesNORMATIVA DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. ANEXO 1
NORMATIVA DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. ANEXO 1 Aprobada en sesión n. 16 del Consejo de Gobierno de 3 de marzo de 2005 Modificada en sesión ordinaria n.
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA ESCOLAR-CRA Colegio Español
REGLAMENTO BIBLIOTECA ESCOLAR-CRA Colegio Español La Biblioteca CRA del Colegio Español, inaugurada en agosto del año 2013, está a disposición de la comunidad educativa del establecimiento, la cual debe
Más detallesLunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado 17:00 a 21:00 17:00 a 21:00 17:00 a 21:00 17:00 a 21:00 17:00 a 21:00 10:00 a 14:00
REGLAMENTO DE USO DE LA BIBLIOTECA Y TELECENTRO I.- DISPOSICIONES GENERALES, ACCESO Y SERVICIOS ARTÍCULO 1. Ámbito de aplicación: El ámbito de aplicación de este reglamento será la biblioteca municipal
Más detallesSERVICIO DE CIRCULACIÓN
SERVICIO DE CIRCULACIÓN USUARIOS Y CARNET Pueden ser usuarios de la Biblioteca todos los alumnos matriculados en la UNED, así como los profesores y el personal de UNED Bizkaia. Todo aquel que desee hacer
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO I...2 DEFINICION...2 CAPÍTULO II...2 RESPONSABILIDAD...2 CAPÍTULO III...2 FUNCIONES...2
TÍTULO I Pág DISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO I...2 DEFINICION...2 CAPÍTULO II...2 RESPONSABILIDAD...2 CAPÍTULO III...2 FUNCIONES...2 TÍTULO II...3 DE LA BIBLIOTECA...3 CAPÍTULO I...3 SERVICIOS...3
Más detallesUniversidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco Biblioteca Central
Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco Biblioteca Central Ciudad Universitaria km 4 - (9000) Comodoro Rivadavia- Chubut Tel. (0297) 455-0073/0934 E-mail: biblio@unpata. edu.ar Fax. http://www.unp.edu.ar/
Más detallesSOLICITUD DE ASIGNACIONES FAMILIARES DECRETO Nº 1516/04. Hijo Menor - cantidad. Apellidos y Nombres. Fecha de Nacimiento. Correo Electronico
SOLICITUD DE ASIGNACIONES FAMILIARES DECRETO Nº 1516/04 ASIGNACIÓN SOLICITADA Marcar con una X e indicar cantidad de asignaciones solicitadas, según corresponda y completar ANEXO 1 (Solicitud de Cónyuge
Más detallesCODIGO DE ETICA DEL USUARIO DE LA BIBLIOTECA
Todo usuario debe: CODIGO DE ETICA DEL USUARIO DE LA BIBLIOTECA 1. Conocer y respetar el Reglamento de la Biblioteca, tomar conocimiento de las indicaciones exhibidas en Biblioteca y actuar de acuerdo
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
CEIP ZUBILETA HLHI Calle Izaro Kalea, z/g Tlf/Fax: 944 307 426 48991-Getxo 014296aa@hezkuntza.net REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR DEL CEIP ZUBILETA HLHI CEIP ZUBILETA HLHI Calle
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO
Enseñar la explotación de la tierra, No la del hombre UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA MECÁNICA AGRÍCOLA Aprobado el 3 de Noviembre de 2004, por
Más detallesANEXO III. (Artículo 1º) ADMISIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS DE ALQUILER PROCEDENTES DE LA REPÚBLICA DE CHILE
(Artículo 1º) ADMISIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS DE ALQUILER PROCEDENTES DE LA REPÚBLICA DE CHILE I. Disposiciones operativas. 1. Autorización para el ingreso de vehículos de alquiler. 1.1. Los vehículos de
Más detallesReglamento Biblioteca UADE
Reglamento Biblioteca UADE 1. Servicios 2. Préstamos y renovaciones 3. Préstamo Interbibliotecario 4. Lista de Espera - Reservas 5. Devolución de documentos 6. Demoras en la devolución de los préstamos
Más detallesAPLICACIÓN CONVENIO DOBLE IMPOSICIÓN ESPAÑA- URUGUAY
APLICACIÓN CONVENIO DOBLE IMPOSICIÓN ESPAÑA- URUGUAY La situación de los uruguayos residentes en España es la siguiente: 1) Ejercicios 2010 y 2011: el Convenio para evitar la doble imposición (CDI) entre
Más detallesREGISTRO INDUSTRIAL DE LA NACIÓN RIN Manual de Usuario Renovación
REGISTRO INDUSTRIAL DE LA NACIÓN RIN Manual de Usuario Renovación 1 de 11 R.I.N. Renovación de la Inscripción El siguiente manual tiene como objetivo detallar el procedimiento para la renovación anual
Más detallesDeclaración Jurada del IRPF (Periodo JUL-DIC 2007)
Declaración Jurada del IRPF 2007 (Periodo JUL-DIC 2007) Entre el 16 de Junio y el 27 de Agosto, vence el plazo de presentación de la Declaración Jurada de IRPF 2007. Esta declaración no es obligatoria
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE MEDICINA
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1. La Biblioteca de la Facultad de Medicina forma parte de la Biblioteca Universitaria de Málaga (Estatutos UMA), y su principal misión es servir
Más detallesCAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES.
REGLAMENTO PARA EL PRESTAMO DE MATERIAL BIBLIOGRAFICO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES.
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO PRIMERO BENEFICIARIOS Art. 1º.- Tienen derecho al uso de la Biblioteca del Instituto: a) Los afiliados del Instituto, activos y pasivos. b) Los escribanos inscriptos
Más detalles1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES
CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 16 16-06-2015 1.0 16-06-2015 DEVOLUCIÓN DE SALDOS ACREEDORES GENERADOS EN PROCESOS DE REBAJA DE CONTRIBUCIONES, QUE EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS REALIZA
Más detallesD E C L A R A C I O N E S
CONVENIO DE PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS DE LA UNAM, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL IIJ, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR
Más detalles1. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
1. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA Préstamo Interno: El préstamo es personal, ya que el carné es intransferible. Al solicitar el material bibliográfico para consulta en la sala o fotocopia, debe dejar el carne
Más detallesNORMATIVA DE PRÉSTAMO
BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA NORMATIVA DE PRÉSTAMO Noviembre, 2007 Última modificación octubre 2017 (Acuerdo Comisión Técnica 3/10/2017) ÍNDICE 1. PRINCIPIOS GENERALES. 2. USUARIOS. 3. RECURSOS
Más detallesBIBLIOTECA BANCO MERCANTIL REGLAMENTO (Actualización Mayo 2013)
BIBLIOTECA BANCO MERCANTIL REGLAMENTO 2007 (Actualización Mayo 2013) BIBLIOTECA BANCO MERCANTIL REGLAMENTO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 La Biblioteca del Banco Mercantil tiene los siguientes objetivos:
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO BIBLIOTECA CRA (ANEXO III) COLEGIO SANTA TERESITA COMUNA COELEMU
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO BIBLIOTECA CRA (ANEXO III) COLEGIO SANTA TERESITA COMUNA COELEMU 89 REGLAMENTO PARA EL USO DEL CENTRO DE RECURSOS PARA EL APRENDIZAJE (C.R.A.) Este reglamento establece las
Más detalles5.4 Lineamientos para el uso de la biblioteca
5.4 Lineamientos para el uso de la biblioteca 5.4.1 Introducción El concepto de biblioteca ha cambiado con la historia del mismo hombre. Quizá evolucionó de una colección de libros y documentos particulares
Más detallesReglamento de Testoteca
Reglamento de Testoteca 1 Índice Introducción 3 Disposiciones generales 3 De los usuarios 4 De los derechos 4 De las obligaciones 5 Faltas y sanciones 6 Transitorios 6 2 Introducción La Testoteca de la
Más detallesUNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Biblioteca Universitaria REGLAMENTO DE PRÉSTAMO
UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Biblioteca Universitaria REGLAMENTO DE PRÉSTAMO Aprobado por la Comisión de Coordinación de la Biblioteca Universitaria, presidida por el Excmo. y Magfco. Rector
Más detallesNORMATIVA DE PRÉSTAMO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
NORMATIVA DE DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (Aprobado en Comisión Permanente del Consejo de Gobierno de 7 de octubre de 06). CONSIDERACIONES GENERALES. La Universidad de Valladolid pone
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
REGLAMENTOS DE SERVICIOS DE BIBLIOTECA TITULO I DE LAS BIBLIOTECAS Art. 1º Art. 2º Art. 3º Art. 4º Las Bibliotecas son el principal depósito oficial del patrimonio bibliográfico, hemerográfico y audiovisual
Más detallesReglamento de la Biblioteca y Hemeroteca Alfonso Palacio Rudas
Reglamento de la Biblioteca y Hemeroteca Alfonso Palacio Rudas La Biblioteca Alfonso Palacio Rudas es un departamento de la Universidad Piloto de Colombia; fue creada para apoyar los programas académicos
Más detallesANEXO II. (Artículo 1º) SALIDA TEMPORAL DE VEHÍCULOS DE ALQUILER HACIA LA REPÚBLICA DE CHILE
(Artículo 1º) SALIDA TEMPORAL DE VEHÍCULOS DE ALQUILER HACIA LA REPÚBLICA DE CHILE I. Disposiciones Operativas. 1. Autorización para la salida temporaria de vehículos de alquiler. 1.1. El representante
Más detallesInstrucciones del Servicio de Préstamo
Biblioteca-CRAI de la Universidad Pablo de Olavide Servicio de Préstamo y Atención al Usuario Instrucciones del Servicio de Préstamo Modificación aprobada en la sesión de la Comisión de Biblioteca de 3
Más detallesArtículo 1 Podrán hacer uso de la biblioteca "Monseñor Vicente F. Zazpe":
Usuarios Artículo 1 Podrán hacer uso de la biblioteca "Monseñor Vicente F. Zazpe": Autoridades Docentes Investigadores Alumnos Personal Administrativo y Personal No Docente UCSF Miembros de la Asociación
Más detallesINSTRUCTIVO SOBRE EL USO DE LA TARJETA PARA COMPRA DE COMBUSTIBLE
PARA COMPRA DE COMBUSTIBLE Aprobado en sesión n.º 88-2017 de 19 de octubre de 2017 Comunicado por oficio n.º STSE-1813-2017 de 19 de octubre de 2017 ARTÍCULO 1. Alcance. Este instructivo es de observancia
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD SALUS INFIRMORUM DE ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA INTEGRADA EN LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA.
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD SALUS INFIRMORUM DE ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA INTEGRADA EN LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA. DEFINICIÓN La Biblioteca de la Escuela Universitaria Salus
Más detallesCentro de Documentación (CEDOP)
Información General Cuál es el horario de apertura del Centro de Documentación? El horario habitual de apertura del Centro de Documentación es de 7:00h. a 15:00h., de Lunes a Viernes. Se necesita carné
Más detallesReglamento de Biblioteca
Reglamento de Biblioteca El propósito de este reglamento, es dar a conocer a los usuarios de la Biblioteca, sus derechos y obligaciones en relación con los servicios bibliotecarios. CAPÍTULO I GENERALIDADES
Más detallesNormativa de Préstamo de la Biblioteca de la Universidad de Valladolid (Aprobado en Comisión Permanente de la UVa de 7 de octubre de 2016) ÍNDICE
ÍNDICE. Consideraciones generales. Tipos de usuarios.. Usuarios tipo A.. Usuarios tipo B.3. Usuarios tipo C.4. Usuarios tipo D 3. Tipos de materiales 4. Condiciones de préstamo 5. Reservas 6. Responsabilidad
Más detallesCIRCULAR N 11 SANTIAGO, 23 DE ABRIL DE
CIRCULAR N 11 SANTIAGO, 23 DE ABRIL DE 2007.- CERTIFICACIÓN DE PAGO DEL IMPUESTO AL GAS LICUADO DE PETRÓLEO Y GAS NATURAL COMPRIMIDO, ESTABLECIDA EN ARTICULO 1 DE LA LEY N 18.502. 1.- MATERIA Confección
Más detallesPROCESO DE MATRICULA 2 SEMESTRE AÑO 2017 Alumnos con Decreto de Reincorporación u Otra Situación Académica
CIRCULAR N 4 JUNIO 2017 PROCESO DE MATRICULA 2 SEMESTRE AÑO 2017 Alumnos con Decreto de Reincorporación u Otra Situación Académica U Sede Santiago Se informa a la comunidad universitaria que con el objeto
Más detallesReglamento de Invitaciones Club Puerto Azul, A.C.
Reglamento de Invitaciones Club Puerto Azul, A.C. Artículo 1: Se dicta el presente Reglamento con el objeto de regular el otorgamiento de invitaciones por parte de los Miembros Propietarios del Club a
Más detallesPara uso exclusivo del BHU. FINANCIACIÓN Completar conjuntamente con el funcionario del Banco. Plazo (meses) PRECIO DE VENTA DEL INMUEBLE 1
Página 1 de 6 Para uso exclusivo del BHU Garantía ID: de Solicitud (SIGB): Expediente: FINANCIACIÓN Completar conjuntamente con el funcionario del Banco Destino Importe solicitado (a) Seguro de Vida (b)
Más detallesBONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001
BONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001 PROCEDIMIENTO PARA INSCRIPCION AL Registro de empresas locales fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución Nº 8 de fecha 23 de marzo
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA C.R.A.
IGNACIO CARRERA PINTO Educación Cristiana Coronel REGLAMENTO DE BIBLIOTECA C.R.A. I. La Biblioteca La biblioteca escolar es de carácter educativo y recreativo, abierta a toda la comunidad escolar: alumnos,
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (aprobado en Consejo de Gobierno de 13 de noviembre de 2007) 1 PREÁMBULO El servicio de préstamo de la Biblioteca de la
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INDOAMÉRICA
UNIVERSIDAD TtCNOIOGSCA INDOAMFRICA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INDOAMÉRICA CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, el artículo Art. 143 de la Ley Orgánica de Educación Superior LOES.- determina
Más detallesBIBLIOTECA SCUOLA ITALIANA VITTORIO MONTGLIO REGLAMENTO INTERNO
BIBLIOTECA SCUOLA ITALIANA VITTORIO MONTGLIO REGLAMENTO INTERNO La biblioteca de la Scuola Italiana Vittorio Montiglio es de gran importancia para los alumnos, profesores y personal administrativo. Pudiendo
Más detallesEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. -actuando en Consejo de Ministros- DECRETA:
MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Más detallesÍNDICE UNIDAD DE BIBLIOTECA CENTRAL
ÍNDICE UNIDAD DE BIBLIOTECA CENTRAL Pág. Carné de Biblioteca Central 2 Duplicado de Carné de Biblioteca 3 Renovación de Carné de Biblioteca 4 Servicio de Sala de Internet 5 Servicio de Biblioteca Virtual
Más detallesC O M I S I O N N A C I O N A L D E R E G U L A C I O N D E L T R A N S P O R T E
C O M I S I O N N A C I O N A L D E R E G U L A C I O N D E L T R A N S P O R T E SUBGERENCIA DE TRANSPORTE URBANO AREA DE OFERTA LIBRE FORMULARIOS PARA LA TRAMITACIÓN DE CERTIFICADOS DE INSCRIPCIÓN EN
Más detallesEl presente reglamento establece normas y procedimientos para los servicios de la Biblioteca.
REGLAMENTO INTERNO Objetivo El presente reglamento establece normas y procedimientos para los servicios de la Biblioteca. Alcance La finalidad que persigue el presente reglamento es normar el uso, aprovechamiento
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REVISION: 04 HOJA 1 DE 8 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-22-01 MISIÓN Brindar eficiencia en la consulta de los materiales informativos que requieren los alumnos y maestros de la Universidad Cuauhtémoc, mediante
Más detallesBIBLIOTECA GABRIEL PUENTES REGLAMENTO
BIBLIOTECA GABRIEL PUENTES REGLAMENTO La Biblioteca Gabriel Puentes, sita en Fontana y Rawson de la ciudad de Trelew, tiene carácter de Biblioteca Universitaria, y presta servicios a todos los alumnos,
Más detallesArtículo Tercero.-El horario de servicio de la biblioteca será el siguiente:
Introducción El presente Reglamento fue elaborado conforme a lo dispuesto en el Artículo 4 del Reglamento General del Sistema Bibliotecario de la Universidad Autónoma de Sinaloa, para los servicios bibliotecarios
Más detallesREGLAMENTO PARA USUARIOS DE LA BIBLIOTECA IGNACIO RAMÍREZ DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA USUARIOS DE LA BIBLIOTECA IGNACIO RAMÍREZ DISPOSICIONES GENERALES 1. El presente Reglamento regula los servicios de préstamo para los usuarios de la Biblioteca Ignacio Ramírez Calzada de
Más detallesCentro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno
Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros
Más detallesBIBLIOTECA CAMPUS GONZALO HERNÁNDEZ ENTRENAMIENTO USUARIOS PRIMER AÑO
BIBLIOTECA CAMPUS GONZALO HERNÁNDEZ ENTRENAMIENTO USUARIOS PRIMER AÑO 2013 INFORMACIÓN GENERAL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y BIBLIOTECAS (SIB) Formado por cinco Bibliotecas: Campus Vicente Kovacevic I Campus
Más detallesGUIA DEL PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO Febrero 2012
Guias de las Bibliotecas GUIA DEL PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO Febrero 2012 Qué es el préstamo interbibliotecario? Es un servicio que da acceso a materiales que no están disponibles en el fondo del catálogo
Más detallesCAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS
BIBLIOTECA CENTRAL REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS ART. 1º. SON USUARIOS INTERNOS DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA, LOS ALUMNOS INSCRITOS EN LA ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS
Más detallesEl maestro seleccionará el material didáctico requerido, el cual quedará registrado en el libro y/o formato correspondiente.
1. OBJETIVO. Prestar el material y/o equipos de apoyo a los estudiantes, maestros y funcionarios de la institución, que requieran de su utilización para apoyar el desarrollo de actividades.. POLÍTICAS..1.
Más detallesLUNES A VIERNES De 8:00 a.m. a 12:00 m. y De 1:30 p.m. a 8:00 p.m.
LUNES A VIERNES De 8:00 a.m. a 12:00 m. y De 1:30 p.m. a 8:00 p.m. Formar parte del Núcleo Coordinador de un Sistema de Información que contribuya con normas y aplicación de políticas de información y
Más detallesde Dinamarca, se gravarán en España por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas mediante retención en la fuente, practicada en los límites
ORDEN de 4 de diciembre de 1978 sobre aplicación de los artículos 10, 11 y 12 del Convenio entre España y Dinamarca para evitar la doble imposición en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio
Más detallesUNIVERSIDAD CATÓLICA DE MANIZALES VICERRECTORÍA ACADÉMICA
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE MANIZALES VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA HERMANA JOSEFINA NÚÑEZ GÓMEZ CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. La presente normatividad de la Biblioteca
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS SECCIÓN LICENCIAS DE CONDUCIR
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SECCIÓN LICENCIAS DE CONDUCIR ENCARGADA LICENCIAS DE CONDUCIR TAREAS Verificar y visar diariamente los libros de registros de exámenes teóricos, médicos y prácticos. Velar por
Más detallesNORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES DE PINTO
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES DE PINTO INDICE A. NORMAS GENERALES 1. - ACCESO 2. - HORARIO 3. - ORIENTACIÓN E INFORMACIÓN B. SERVICIOS A LOS USUARIOS 1. SERVICIO DE INFORMACIÓN
Más detallesEL CCS Y LA ESCUELA SUPERIOR DE CIENCIAS EMPRESARIALES RESUELVEN:
Doc: OSIDS003 Rev: 6 Pág: 1 El Reglamento de Circulación y Préstamo tiene por objeto establecer las pautas que regulan el servicio de consulta y préstamo de material bibliográfico existente en la biblioteca
Más detallesESCUELA DE TECNOLOGIAS DE ANTIOQUIA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
ESCUELA DE TECNOLOGIAS DE ANTIOQUIA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CAPITULO I OBJETIVO GENERAL Artículo No. 1. El presente reglamento tiene como fin normar el ingreso, funcionamiento y uso de la biblioteca de
Más detallesCONVENIO DE PAGO DE CREDITO POR LIBRANZA
CONVENIO DE PAGO DE CREDITO POR LIBRANZA RICARDO SEGOVIA BRID, varón, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 19.077.648, quien actúa como Director Administrativo y por ende Representante
Más detallesReglamento del Área de Biblioteca
I N S T I T U T O U N I V E R S I T A R I O D E C I E N C I A S D E L A S A L U D F U N D A C I Ó N H. A. B A R C E LÓ Reglamento del Área de Biblioteca I. Introducción REGLAMENTO DEL ÁREA BIBLIOTECA Art
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DE BIBLIOTECA DE UNIVERSIDAD PANAMERICANA CAMPUS AGUASCALIENTES.
REGLAMENTO INTERIOR DE BIBLIOTECA DE UNIVERSIDAD PANAMERICANA CAMPUS AGUASCALIENTES. Art. 1 La BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD PANAMERICANA CAMPUS AGUASCALIENTES es un centro de información, estudio e investigación
Más detallesEscuela de Extensión en Canadá Biblioteca Juan Rulfo. Reglamento Interno
Escuela de Extensión en Canadá Biblioteca Juan Rulfo Reglamento Interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La Biblioteca Juan Rulfo de la Escuela de Extensión en Canadá (ESECA), forma
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR / CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS Y APRENDIZAJE (BE/CREA)
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR / CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS Y APRENDIZAJE (BE/CREA) CEIP LAUREADO CAPITÁN TREVILLA ADAMUZ (Aprobado el 7 de enero de 2011) 1 1.
Más detallesPROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA MANUEL RODRÍGUEZ SALES PARA EL CURSO 2016/2017
PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA MANUEL RODRÍGUEZ SALES PARA EL CURSO 2016/2017 PUNTO 1. REQUISITOS Y CONDICIONES DE LOS SOLICITANTES. Estar empadronados ó trabajar
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Versión revisada y actualizada AGOSTO 2013 LIMA - PERU INDICE Pág. TÍTULO I: GENERALIDADES... 1 FINALIDAD. 1 OBJETIVO.. 1 BASE LEGAL..
Más detallesReglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción
Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción Artículo 1 El presente reglamento se establece con la finalidad de salvaguardar el acervo bibliográfico y documental, así como
Más detalles