PRIMERA CONVOCATORIA DE APOYO AL DOCTORADO EN LAS ESCUELAS UNIVERSITARIAS DE LA U.P.M.
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- Juana Miranda Palma
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1 (1) PRIMERA CONVOCATORIA DE APOYO AL DOCTORADO EN LAS ESCUELAS UNIVERSITARIAS DE LA U.P.M. Es un objetivo compartido por la Comunidad Universitaria la necesidad de aumentar el número de doctores entre el Profesorado de Escuelas Universitarias al objeto de permitir la incorporación de este profesorado a las nuevas figuras previstas en la LOU, mayoritariamente doctores, a la vez que potenciar las actividades de investigación y desarrollo en nuestra universidad. Se proponen diferentes medidas con carácter experimental que tienden a facilitar la incorporación de estos profesores en Programas de Doctorado de Departamentos de la Universidad. Se potencia la impartición de asignaturas de doctorado en las Escuelas Universitarias, se estimula la dirección de tesis doctorales por Profesores doctores de Escuela Universitaria a Profesores no doctores de las mismas Escuelas y se apoya la creación de Programas de Doctorado interdepartamentales con inclusión de Departamentos adscritos a Escuelas Universitarias. Entre las posibles alternativas estudiadas se opta por subvencionar económicamente a los Programas de Doctorado que se incorporen a este plan de apoyo tal como se detalla a continuación en el articulado. Por todo lo expuesto el Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid, en su reunión de 16 de julio de 2004 aprueba las siguientes medidas: Artículo 1 Estas medidas de apoyo son de aplicación desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2004 y se refieren a Profesores de Escuela Universitaria, ya sean funcionarios, interinos o contratados y a Programas de Doctorado oficiales de la Universidad Politécnica de Madrid. Artículo 2 Los Programas de Doctorado podrán solicitar una ayuda máxima de euros siempre y cuando incluyan en su oferta académica un mínimo de 12 créditos correspondientes a asignaturas del periodo de docencia y de 18 1
2 CD créditos de trabajos tutelados, impartidos todos ellos por Profesores Doctores de Escuelas Universitarias en sus centros de origen. Esta ayuda se elevará hasta un máximo de euros SiE!mpre que, una vez finalizado el periodo de matrícula, el número de alumnos matriculados permita la impartición efectiva de, al menos, 12 créditos de los ofertados en el párrafo anterior.. Artículo 3 Los Programas de Doctoradopodrán solicitar una ayudé! máxima de euros por cada Profesor de Escuela Universitaria que se matricule en los mismos, ya sea en asignaturas del periodo de docencia o en trabajos tutelados de investigación. Artículo 4 Los Programas de Doctorado podrán solicitar una ayuda máxima de euros por cada alumno del mismo que, siendo Profesor de Escuela Universitaria de nuestra Universidad, supere el Examen de Suficiencia Investigadora, obteniendo el correspondiente Diploma de Estudios Avanzados (DEA). Artículo 5 Los Programas de Doctorado podrán solicitar una ayuda máxima de euros por cada Profesor de Escuela Universitaria que obtenga el grado de doctor. Artículo 6 El Director del Departamento responsable del programa o en su caso el Coordinador del Programa de Doctorado interdepartamental afectado por las disposiciones recogidas en los artículos anteriores, podrá solicitar entre el 1 y el 31 de enero de 2005, las ayudas indicadas, haciendo constar los datos determinantes para su concesión, según los modelos de instancias por modificación de programas o por incorporación de Profesores de Escuela Universitaria que se indican en los anexos 1 y 2. Artículo 7 La Comisión de Doctorado de la U.P.M. en su reunión de febrero de 2005 resolverá las solicitudes presentadas, estableciendo para cada Programa de Doctorado las ayudas concedidas. 2
3 1) Las solicitudes que no estén debidamente cumplimentadas o no cumplan los requisitos de esta convocatoria, serán desestimadas por la Comisión de Doctorado, siéndoles devueltas a los remitentes junto con las causas que motivaron dicha desestimación. Artículo 8 Las cantidades a las que hacen referencia los artículos 2, 3, 4, Y 5 serán máximas y su importe se fijará en función del número de solicitudes y de la disponibilidad presupuestaria. En caso de que la suma de todas las solicitudessuperara la disponibilidad presupuestaria asignada para esta convocatoria, se Irealizará un prorrateo entre todas ellas. Artículo 9 La Comisión de Doctorado de la UPM hará pública la relación provisional de concesiones, pudiendo presentarse reclamaciones a la misma en un plazo no superior a quince días naturales. La Comisión de Doctorado de la UPM resolverá las reclamaciones presentadas a la relación provisional en su reunión de marzo de Artículo 10 El listado final de ayudas será remitida por la Comisión de Doctorado al Excmo. Sr. Rector de la UPM, quien procederá a formalizar la concesión definitiva de las ayudas mediante la emisión de la oportuna resolución rectora!. Contra dicha resolución no cabe recurso de alzada. Artículo 11 Las cantidades concedidas con motivo de las presentes medidas de apoyo serán ---"' : 1: _1 '""---'---..1_1 '"' ' "- yt:::>liuiiouo:> Ut:: I UIIIIO ~t::iili OIlL.OUO jjui t::1 UII t::~l\)1 Ut::1 Ut::jJOI LOIIIt::IILU responsable del programa o por el Coordinador del Programa de Doctorado interdepartamental subvencionado y deberán aplicarse en gastos de inversión en equipo y maquinaria, viajes y dietas para asistencia a congresos, ayudas para publicaciones internacionales, becas de investigación pre o postdoctorales, y otros gastos de la misma naturaleza, excluidos expresamente los de remuneraciones al personal. 3
4 (j) El Director del Departamento o el Coordinador del Programa, en su caso, deberá dar cuenta de la gestión y aplicación de las ayudas a la Comisión de Doctorado del Departamento responsable del Programa () a la Comisión del Programa de Doctorado interdepartamental, según corresponda. Disposición final. Las presentes medidas de apoyo al doctorado en las Escuelas Universitarias entrarán en vigor el día siguiente de su aprobación en el Consejo de Gobierno de la U.P.M 4
5 . Anexo 1 (1) UNIVERSIDAD POLlTECNICA DE MADRID MEDIDAS DE APOYO AL DOCTORADO EN ESCUELAS UNIVERSITARIAS SOliCITUD DE SUBVENCION POR INCORPORACIÓN DE PROFESORES Director del Departamento Coordinador del Programa de Doctorado EXPONE: Que los siguientes profesores de E.U. de la U.P.M. participan en el citado Programa de Doctorado: l"rolesores ae b. U. matnculaaos en octuore-nov1emore ae L.U~ en el per A- matriculados en octubre-noviembre de 2004 en el periodo de docencia o de trabajos tutelados tutelados B.- C.- Profesores de E.U. que han obtenido el DEA entre ellde septiembre y el 31 de diciembre de 2004 Profesores de E.U. que han obtenido el grado de doctor entre ellde septiembre y el 31 de diciembre de 2004 D Director de tesj tesis Director de tesj tesis Director de tesj tesis Centro Centro Centro y que en virtud de las Medidas de apoyo para aumentar ell número de profesores doctores en las escuelas universitarias ~ de la U.P.M aprobadas por su Consejo de Gobierno con fecha 16 de julio de 2004 considera que le se cumplen los requisitos establecidos, por lo que: SOliCITA le sea concedida al Programa de Doctorado las a: ayudas económicas que derivan de la obtención de los anteriores objetivos. EXCMO. SR.RECTORMAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID 5
6 Anexo 2 UNIVERSIDAD POLlTECNICA DE MADRID MEDIDAS DE APOYO AL DOcrORADO EN ESCUElAS UNIVERSITARIAS SOLICITUD DE SUBVENCION POR MODIFICACION DE PROGRAMAS Director del Departamento Coordinador del Programa de Doctorado EXPONE: Que los siguientes Departamentos de E.U. de la U.P.M. han sido incluidos en el Programa de Doctorado arriba mencionado eon las siguientes asignaturas del periodo de docencia y la siguiente oferta de trabajos tutelados: Asignaturas del periodo de docencia: Título: N> er.: Prof: Centro: Impartida: sí no Título: N> cf.: Prof.: Centro: Impartida: sí no Título: N> cf.: Prof.: Centro: Impartid:. sí no Trabajos Tutelados: Título: N'cr.: Prof.: Centro: Realizado: sí no Título: N'cr.: Prof.: Centro: Realizado: sí no Título: N'cr.: Prof.: Centro: Realizado: sí no y que en virtud de las Medidas de apoyo para aumentar el número de profesores doctores en las escuelas universitarias de la U.P.M aprobadas por su Consejo de Gobierno con fecha 16 de julio de 2004 considera que se cumplen los requisitos establecidos, por lo que: SOliCITA le sea concedida al Programa de Doctorado las ayudas económicas que derivan de la obtención de los anteriores objetivos. En, a de de 200- EXCMO. SR. RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID 6
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