Proyecto del Reglamento de Servicios Bibliotecarios y Documentales

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1 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES Coordinación de Servicios Bibliotecarios y Documentales (COSEBIDO) Biblioteca Isidro Fabela Proyecto del Reglamento de Servicios Bibliotecarios y Documentales Abril 2010

2 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Rector Dr. José Narro Robles Secretario General Dr. Sergio M. Alcocer Martínez Secretario General Administrativo Mtro. Juan José Pérez Castañeda Abogado General Lic. Luis Raúl González Pérez Director General de Bibliotecas Dr. Adolfo Rodríguez Gallardo FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES Director Dr. Fernando Rafael Castañeda Sabido Secretario General Mtro. Roberto Peña Guerrero Secretaria del Personal Académico Mtra. Rina Aguilera Hintelholher Coordinadora de Extensión Universitaria Mtra. Consuelo Dávila Pérez Coordinador de Servicios Bibliotecarios y Documentales Lic. Luis Juventino Portilla Rivera Área de Orientación Académica Lic. Ignacio Aguilar Peña Lic. Fernando Franco López Prof. Francisco Tirso Migueles Tenorio Lic. Nieves Pliego Mendoza c Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. UNAM 2

3 COMISIÓN DE LA BIBLIOTECA Facultad de Ciencias Políticas y Sociales Dr. Fernando Rafael Castañeda Sabido PRESIDENTE Mtro. Roberto Peña Guerrero SECRETARIO GENERAL Lic. Luis Juventino Portilla Rivera SECRETARIO DE LA COMISIÓN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN RELACIONES INTERNACIONALES CIENCIA POLÍTICA SOCIOLOGÍA POSGRADO SISTEMA UNIVERSIDAD ABIERTA BIBLIOTECA REPRESENTANTES ESTUDIANTILES 3

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5 CONTENIDO Presentación CAPÍTULO PRIMERO Coordinación de Servicios Bibliotecarios y Documentales Artículo 1º. Objetivos y funciones Artículo 2º. Estructura de la Biblioteca I. Estructura y organización II. Organigrama III. Personal Artículo 3º. Comisión de Biblioteca Artículo 4º. Recursos Patrimoniales CAPÍTULO SEGUNDO Acceso Artículo 5º. Horarios de servicios Artículo 6º. Usuarios internos y externos Artículo 7º. Catálogos automatizados CAPÍTULO TERCERO Registro de usuarios internos Artículo 8º. Credencial Artículo 9º. Resello de credencial Artículo 10º. Reposición de credencial Artículo 11º. Cancelación del registro CAPÍTULO CUARTO Servicios Préstamo de materiales bibliohemerográficos Artículo 12º. Sección de Atención al Público I. Préstamo a) Sala de lectura general b) Domicilio c) Renovación II. Devolución III. Multas Artículo 13º. Sección de Consulta I. Préstamo II. Préstamo de mapas Artículo 14º. Sección de Hemeroteca I. Préstamo II. Préstamo Interbibliotecario para otras Instituciones

6 Artículo 15º. Sección de Recuperación de Materiales I. Constancia de no adeudo de material bibliográfico II. Recepción de tesis y tesinas profesionales III. Extravío de material bibliohemerográfico IV. Préstamo interbibliotecario a) Para usuarios registrados en la Coordinación de Servicios Bibliotecarios y Documentales b) Para otras instituciones b.i. Acervo general b.ii. Suspensión de convenios V. Avisos para devolución del material bibliográfico Artículo 16º. Apoyo a las actividades académico administrativas de la Facultad CAPÍTULO QUINTO Servicios de información automatizada Artículo 17º. Área de Orientación Académica I. Orientación y asesoría II. Búsqueda automatizada III. Asesorías especiales Artículo 18º. Área de Investigaciones Documentales I. Servicio de búsqueda CAPÍTULO SEXTO Disposiciones generales Artículo 19º. Sanción y suspensión de los servicios bibliotecarios Artículo 20º. Sustracción de materiales bibliohemerográficos y de cómputo CAPÍTULO SÉPTIMO Otros servicios Artículo 21º. Fotocopiado CAPÍTULO OCTAVO Disposiciones anexas Artículo 22º. Vigilancia Artículo 23º. Orden, disciplina y comportamiento

7 PRESENTACIÓN La Coordinación de Servicios Bibliotecarios y Documentales, Biblioteca Isidro Fabela, presenta a la comunidad de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales la nueva edición del Proyecto de Reglamento de Servicios. El presente Proyecto de Reglamento, es con base a lo dispuesto al Reglamento General del Sistema Bibliotecario de la Universidad Nacional Autónoma de México, constituye un conjunto ordenado de reglas y preceptos que se establecen para tener una observancia obligatoria y normativa para los usuarios que hagan uso de los servicios y materiales bibliohemerográficos y documentales, así como de las instalaciones de la biblioteca. La actual edición del Reglamento estuvo a cargo del Coordinador de Servicios Bibliotecarios y Documentales, del personal del Área de Orientación Académica y de la Comisión de Biblioteca de la FCPyS que a través de su intervención y de sus valiosos comentarios y observaciones hizo posible la realización del presente Reglamento. Coordinación de Servicios Bibliotecarios y Documentales 7

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9 CAPÍTULO PRIMERO Coordinación de Servicios Bibliotecarios y Documentales Artículo 1º. Objetivos y funciones Los objetivos principales de la Biblioteca son las de satisfacer las demandas y necesidades de acceso a la información, al conocimiento y difusión de las ciencias sociales necesarias para el quehacer académico que se desarrolla en esta Institución. Las funciones esenciales son la de adquisición, resguardo, conservación, organización, difusión y servicio del material bibliohemerográfico en correspondencia con las actividades académicas de docencia e investigación, de acuerdo con los planes y programas de estudio de esta Facultad. Artículo 2º. Estructura de la Biblioteca I. La estructura y organización de la Biblioteca es la siguiente: a) Coordinación b) Área de Orientación Académica c) Área de Investigaciones Documentales d) Sección de Atención al Público e) Sección de Hemeroteca f) Sección de Consulta g) Sección de Recuperación de Materiales h) Sección de Adquisiciones i) Sección de Procesos Técnicos j) Vigilancia k) Fotocopiado La Coordinación dará a conocer, en su oportunidad, cualquier cambio o modificación de la actual estructura organizativa. II. Organigrama 9

10 III. Personal La Coordinación de Servicios Bibliotecarios y Documentales está integrada por personal administrativo de base, académico y de confianza, todos desempeñan sus actividades y funciones en base a los lineamientos estipulados por la Universidad Nacional Autónoma de México. Dicho personal dará cumplimiento y respeto cabal a las normas y artículos del presente Reglamento. Artículo 3º. Comisión de Biblioteca La Biblioteca cuenta para el mejor desarrollo de sus labores y actividades con el apoyo de una Comisión de Biblioteca, como se establece en los Artículos 18, 19 y 20 del Reglamento General del Sistema Bibliotecario de la Universidad Nacional Autónoma de México. La Comisión de Biblioteca es un Órgano Colegiado que, en cumplimiento con el Capítulo VII, Artículo 18, del Reglamento General del Sistema Bibliotecario de la UNAM, aprobado por el Consejo Universitario el 19 de julio de 1990, se constituyó en nuestra Facultad el 18 de junio de 1992 y sus funciones se basan de acuerdo al Artículo 20 del citado ordenamiento. Artículo 4º. Recursos Patrimoniales Para cumplir con los objetivos y funciones de la Biblioteca Isidro Fabela se cuenta con los siguientes acervos: a) General (material bibliográfico). b) Obras de consulta (enciclopedias, diccionarios, atlas, anuarios, tesis, mapas, etc.). c) Publicaciones periódicas (revistas, periódicos, boletines, censos, etc.). d) Recursos electrónicos (bases de datos, libros electrónicos, etc.). Se cuenta con los bienes muebles e inmuebles necesarios para proporcionar los servicios y materiales a la comunidad universitaria y de esta Facultad. CAPÍTULO SEGUNDO Acceso Artículo 5º. Horarios de servicios DE LUNES A VIERNES SÁBADOS 9:00 a 20:00 hrs. 9:00 a 15:00 hrs. Artículo 6º. Usuarios internos y externos Tienen derecho al acceso a la Biblioteca todos los usuarios internos como son: estudiantes, pasantes, personal académico y administrativo de esta Facultad, así como usuarios externos que requieran de los servicios y materiales bibliohemerográficos de esta Coordinación. 10

11 Los usuarios externos de dependencias universitarias o instituciones de carácter privado o público que soliciten los servicios de esta Biblioteca, se ajustarán a los lineamientos comprendidos en el presente Reglamento, de no ser así, se dará aviso a su dependencia para que proceda y sea sancionado de acuerdo al caso de que se trate. Artículo 7º. Catálogos automatizados La consulta de los Catálogos de la Biblioteca y Hemeroteca deberá ser breve, haciendo uso adecuado y correcto de los mismos. El usuario no deberá introducir diskettes a las computadoras de los catálogos, debido a que el sistema tiene cancelada la opción de transferencia de datos. Se sancionará y suspenderá los servicios bibliotecarios y documentales al usuario que sea sorprendido haciendo mal uso del equipo de cómputo. CAPÍTULO TERCERO Registro de usuarios internos Artículo 8º. Credencial Tienen derecho al registro en la Biblioteca exclusivamente los usuarios internos como son: alumnos y pasantes de licenciatura y posgrado de la Facultad, así como también el personal académico y administrativo de la misma. La credencial de la Biblioteca es de carácter personal. Queda estrictamente prohibido el préstamo o transferencia de la credencial a otra persona que no sea el titular para hacer uso de los servicios bibliotecarios. Para adquirir la credencial de la Biblioteca se deberá pagar en la caja general (edificio G ) de la Facultad la cantidad correspondiente vigente, además de proporcionar una fotografía reciente tamaño infantil, presentando en la Coordinación los siguientes documentos: I) Alumnos de Licenciatura y Posgrado Comprobante de inscripción o tira de materias actualizada e identificación vigente con fotografía. II) Pasantes de Licenciatura y Posgrado Historial académico o constancia con el 100% de créditos cubiertos en esta Facultad e identificación vigente con fotografía. III) Personal académico y administrativo Presentar el último talón de cheque e identificación vigente con fotografía. IV) Personal académico visitante Presentar carta de aceptación como estudiante o personal académico visitante expedida por la instancia correspondiente en esta Facultad e identificación vigente con fotografía. V) Entrega de credenciales La entrega de la credencial de la Biblioteca con código de barras se hará de la siguiente forma: a) A los alumnos de nuevo ingreso se les entregará su credencial al presentar los documentos solicitados y comprobatorios de su inscripción en el período determinado y autorizado por la Coordinación b) La entrega de la credencial para los demás usuarios se hará de un día hábil a otro a partir de la fecha en que inició el trámite 11

12 Todas las credenciales tienen como vigencia un año. El usuario será responsable por el mal uso que se haga de la misma. Artículo 9º. Resello de credencial El resello de la credencial es anual y se deberán cubrir los requisitos y documentos como marca el Capítulo Tercero, Artículo 8º. En el caso de los pasantes de licenciatura y posgrado tienen derecho exclusivamente a un resello más después de haberse dado de alta nuevamente como usuarios de esta Biblioteca. Artículo 10º. Reposición de credencial Por pérdida, extravío o robo de credencial, el usuario deberá seguir los siguientes pasos: I. Reportarla inmediatamente al personal de la Sección de Recuperación de Materiales de la Biblioteca con objeto de proceder a su cancelación y evitar que sea utilizada por otra persona. Al no reportar con oportunidad la pérdida de la credencial, el usuario se hace responsable de los libros cargados a su nombre. En caso de haber reportado la pérdida de su credencial y posteriormente haberla encontrado, tendrá que darla de alta nuevamente en la sección antes mencionada, presentando una credencial vigente con fotografía. II. III. Pagar en la caja general de la Facultad la cantidad correspondiente. Presentar los documentos comprobatorios en la Coordinación solicitados en el Artículo 8º. del presente Reglamento, dependiendo del caso que se trate. La entrega de la nueva credencial se hará de un día hábil a otro, a partir de la fecha en que se inició el trámite. Artículo 11º. Cancelación del registro El registro queda cancelado por las siguientes causas: I. Al concluir el alumno su ciclo de estudios profesionales. II. Al no reinscribirse al semestre en curso. III. Al recibir su carta de no adeudo de libros para trámites de titulación. IV. Por cambio de carrera o baja de la Facultad. V. Al personal académico y administrativo que haya dejado de laborar en la Facultad. VI. Por robo del equipo de cómputo y mobiliario en general, por sustracción y mutilación del material bibliohemerográfico y documental. VII. Por incurrir en actitudes y/o comportamiento violento e irrespetuoso hacia el personal que labora en esta Coordinación. VIII. Por hacer uso incorrecto e inadecuado del equipo de cómputo de los catálogos automatizados e instalaciones de la Biblioteca. 12

13 CAPÍTULO CUARTO Servicios Préstamo y devolución de materiales bibliohemerográficos I. Préstamo Artículo 12º. Sección de Atención al Público a) Sala de lectura general En la sala de lectura general, el usuario podrá consultar tres libros como máximo cada vez que requiera del material bibliográfico del acervo general que se encuentra en estantería abierta. b) Domicilio El préstamo a domicilio se aplica exclusivamente a los libros del acervo bibliográfico general y se proporciona únicamente a los usuarios internos registrados en la Biblioteca. Para utilizar este servicio, el usuario deberá presentar la credencial de la Biblioteca. Se pueden solicitar hasta tres libros que no sean de un mismo título y autor, por un plazo de siete días naturales. c) Renovación La renovación o refrendo del préstamo de cada libro es hasta por una ocasión más. Para ello, el usuario deberá cumplir previamente con la fecha de devolución o vencimiento del libro prestado. En este servicio no es necesaria la presentación de la credencial de la Biblioteca. II. Devolución Es obligatorio para todos los usuarios la devolución puntual del material bibliohemerográfico en buen estado y dentro de los plazos fijados por la Coordinación. De lo contrario el usuario se hará acreedor a sanciones o multas, la Sección de Atención al Público, es la encargada de expedir el recibo correspondiente. En este servicio no se requiere de la presentación de la credencial de la Biblioteca. III. Multas El usuario que entregue extemporáneamente el material bibliohemerográfico se hará acreedor a las siguientes multas: A. Material bibliohemerográfico a) Libros y préstamo interbibliotecario para usuarios registrados en la CoSeBiDo $1.00 por día b) Material de las Secciones de Consulta y Hemeroteca $1.00 por hora El pago de la multa se hará en efectivo directamente en la caja general (edificio G ) de la Facultad, y se dará un recibo exclusivamente por los libros atrasados. Cuando el usuario incurra en un atraso en la devolución de libros que excedan los 60 días naturales, la multa se tendrá que cubrir por medio de la reposición de material bibliográfico que le asignen en la Sección de Recuperación de Materiales. El usuario que acumule multa y/o vencimiento en la renovación del préstamo de libros, no podrá sacar el título que recién entregó. 13

14 Los alumnos del Sistema de Universidad Abierta podrán realizar los días sábados el pago de multas por atraso en la devolución de libros en las oficinas administrativas del SUA de la Facultad. Artículo 13º. Sección de Consulta I. Préstamo Los materiales de esta sección sólo se prestan para su consulta interna en la sala de lectura correspondiente, no se prestan a domicilio. Para la obtención de este servicio se requiere de la revisión previa de los catálogos automatizados o del catálogo manual de tesis y la presentación de una identificación vigente con fotografía (en primera instancia la credencial de la FCPyS y como excepción la credencial de elector). Sólo se prestan tres obras por usuario. En esta sección el acervo bibliográfico se encuentra en estantería abierta y cerrada, los materiales que se encuentren en la estantería cerrada se deberá solicitar el servicio directamente al bibliotecario en turno y cubrir los requisitos antes mencionados, en el caso de los materiales que se encuentran en estantería abierta se podrán consultar libremente. Los materiales se pueden reproducir en las fotocopiadoras que se encuentran en el interior de la Biblioteca. II. Préstamo de mapas Para hacer uso de este servicio, es necesaria la presentación y depósito de la credencial de la FCPyS en la Sección de Consulta. Si el material es requerido para uso en clase, el solicitante deberá llenar dos papeletas de préstamo y le será proporcionado por el tiempo que dure esta. Cuando la clase sea de 20:00 a 22:00 horas, el usuario deberá entregar el mapa a la Biblioteca al día siguiente antes de la 11:00 horas. Cuando el interesado requiera el mapa para la clase de 7:00 a 9:00 horas, éste podrá solicitarlo la noche anterior a partir de las 19:00 horas. Este servicio se proporciona exclusivamente a los usuarios internos registrados en esta Coordinación. Artículo 14º. Sección de Hemeroteca I. Préstamo Los materiales hemerográficos sólo se prestan para su consulta interna en la sala de lectura correspondiente, no se prestan a domicilio. El usuario sólo puede solicitar tres revistas; en el caso de los periódicos sólo se prestan tres por fecha determinada o bien por quincena. Para tener derecho a estos servicios, el usuario deberá presentar una identificación vigente con fotografía (en primera instancia la credencial de la FCPyS y como excepción la credencial de elector). En esta sección el acervo se encuentra en estantería cerrada y por lo tanto debe solicitarse el servicio directamente al bibliotecario en turno. Se solicita que el material periodístico se entregue ordenado después de su consulta. Los materiales se podrán reproducir en las fotocopiadoras que se encuentran en el interior de la hemeroteca. II. Préstamo interbibliotecario para otras Instituciones El trámite se llevará a cabo, previa comprobación del convenio vigente entre ambas Instituciones, al presentar el usuario la forma de préstamo se le proporcionará la publicación solicitada. Sólo se prestan tres obras como máximo por un plazo de siete días naturales con opción a un resello. 14

15 Artículo 15º. Sección de Recuperación de Materiales I. Constancias de no adeudo de material bibliográfico La CoSeBiDo extiende la constancia de no adeudo de libros para los siguientes trámites: examen profesional a nivel licenciatura y posgrado y para darse de baja en la FCPyS. Para la obtención de esta constancia, el usuario deberá llenar un formato con sus datos personales. El trámite se realiza de un día hábil a otro. II. Recepción de tesis y tesinas profesionales Para los trámites de titulación es obligatorio que los pasantes entreguen a la Biblioteca un ejemplar impreso de la tesis o tesina, ya sea de licenciatura o posgrado (individual o colectiva) y dos CDs con el contenido de la tesis o tesina. Es obligatorio que el ejemplar de la tesis o tesina entregada cuente con los requisitos que se mencionan a continuación: a) Estar impresa con letra de molde legible. b) Encuadernada en rústico o en tela, bien pegada y cosida (preferentemente en pasta dura). c) No se aceptará el ejemplar de la tesis o tesina engargolada, engrapada, perforada o con faltantes de páginas en el contenido. d) Deberá contener un índice numerado, que debe coincidir con la numeración del contenido de la obra. e) Deberá tener en la portada el título completo de la tesis o tesina, la carrera y especialidad, nombre del autor o autores, el nivel de grado (licenciatura, maestría o doctorado), nombre del asesor y el año vigente. Los ejemplares en CDs deberán estar grabados en Microsoft Word en archivos (.DOC) y agruparlos en una carpeta, posteriormente convertir los archivos a formato (.PDF). Los lineamientos específicos se consultarán en esta sección, además deberán tener una etiqueta impresa con los siguientes datos: a) Título de la tesis o tesina. b) Nombre completo del autor o autores. c) Carrera y especialidad, especificando nivel de grado (licenciatura, maestría o doctorado). d) Año de titulación. III. Extravío de material bibliohemerográfico Es responsabilidad y obligación del usuario comunicar a la Sección de Recuperación de Materiales y en un plazo no mayor de tres días hábiles el extravío del material bibliohemerográfico. El usuario tiene un plazo de 10 días hábiles para llevar a cabo la reposición del material extraviado. Durante este período le quedan suspendidos los servicios bibliotecarios. De no cumplir con esta disposición se procederá a aplicar la multa correspondiente al Artículo 12, Inciso III del presente Reglamento. De continuar esta situación, se procederá a informar a la Secretaría de Servicios Escolares para llevar a cabo la suspensión del usuario infractor de todo trámite escolar de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. En relación al extravío o pérdida de material bibliográfico, es obligación del usuario deudor reponer la obra con las mismas características de autor, título, editorial, lugar y año de edición. 15

16 En el caso de extravío de publicaciones periódicas, es obligación del usuario deudor reponer el material hemerográfico con las mismas características de título, volumen, año de edición, mes y número. IV. Préstamo interbibliotecario a) Para usuarios internos registrados en la Coordinación de Servicios Bibliotecarios y Documentales Mediante el convenio de préstamo interbibliotecario con otras instituciones, los usuarios registrados en la Biblioteca Isidro Fabela tienen derecho a solicitar este servicio. Para poder hacer uso de este servicio, los usuarios requieren contar con la credencial vigente de la Biblioteca, no deberán adeudar libros y sólo podrán tener en préstamo un total de tres libros incluyendo los libros de préstamo a domicilio. Asimismo, los usuarios serán responsables de recoger y devolver la obra en el tiempo establecido por la institución a la que se le solicite. Una vez concluida la consulta es obligatoria la presentación de la forma de préstamo cancelada (aún cuando el servicio no se hubiera llevado a cabo) por la Biblioteca a la que se solicitó dicho préstamo y entregarla en la sección antes mencionada de esta Coordinación. El trámite se realiza de un día hábil a otro b) Para otras instituciones b.i. Acervo general A las instituciones con las que existe un convenio establecido se proporcionan tres obras como máximo por un piazo de siete días naturales, con la posibilidad de un resello más. El usuario que requiera este servicio deberá localizar previamente el material bibliográfico en el acervo general y presentarlo junto con las formas de préstamo interbibliotecario correspondiente en la Sección de Recuperación de Materiales. b.ii. Suspensión de convenios Quedará suspendido el convenio de préstamo interbibliotecario con las instituciones que no cumplan con el presente Reglamento en lo concerniente a los tiempos de préstamo, devolución, multas, etc. V. Avisos para la devolución del material bibliográfico Cuando el usuario no haya entregado la(s) obra(s) bibliográfica(s) en los plazos de préstamo establecidos en el presente Reglamento, se llevarán a cabo los siguientes procedimientos: a) Se le informará telefónicamente al usuario deudor para que efectúe la devolución del material que adeuda. La suspensión del servicio la realiza el Sistema Aleph automáticamente hasta que el usuario devuelva el material y pague la multa correspondiente. b) De no existir respuesta alguna, se informará a la Secretaría de Servicios Escolares para llevar a cabo la suspensión del usuario deudor de todo trámite escolar de la Facultad. 16

17 Artículo 16º. Apoyo a las actividades académico administrativas de la Facultad El Coordinador de Servicios Bibliotecarios y Documentales autoriza exclusivamente el préstamo a corto plazo del material bibliohemerográfico que requieran las unidades académicas y administrativas de la Facultad. El procedimiento se llevará a cabo mediante un oficio firmado por el responsable de dichas unidades. CAPÍTULO QUINTO Servicios de información automatizada Artículo 17º. Área de Orientación Académica El servicio de orientación y asesoría se proporciona tomando como base el perfil académico-temático de los usuarios, previa entrevista con el personal académico del área en cualquiera de las siguientes modalidades: I. Orientación y asesoría Este servicio se proporciona a todos los usuarios ya sean internos o externos que requieran orientación y asesoría sobre los materiales y servicios que ofrece la CoSeBiDo a través de sus diferentes secciones y áreas académicas de trabajo, así como también brinda el apoyo para la localización de material bibliográfico que se encuentra en algunas otras Instituciones de educación superior. II. Búsqueda automatizada Cuando se solicite el servicio de búsqueda automatizada a través de las bases de datos nacionales e internacionales, en CD-ROM, libros y revistas electrónicas, catálogos en red y vía INTERNET, los procedimientos serán los siguientes: a) Entrevista con el personal académico del área para determinar el perfil académico-temático de interés del usuario. b) Efectuar el pago de $3.00 como anticipo a la búsqueda solicitada. c) Solicitar en el área el servicio por medio de la solicitud correspondiente. d) Las solicitudes se atenderán en orden progresivo y de acuerdo a la capacidad del sistema, y se entregarán de dos a tres días hábiles dependiendo de la magnitud de los trabajos. e) El personal académico del área se encargará de realizar la búsqueda correspondiente. f) Efectuar el pago total por la búsqueda terminada que le será indicada por el personal del área y, finalmente se le entregarán al usuario los resultados de la investigación impresa o en diskette. III. Asesoría especiales El servicio de asesorías especiales sobre las bases de datos contenidas en tecnología CD-ROM (Compact Disk-Ready Only Memory) nacionales e internacionales, libros y revistas electrónicas, catálogos en red y vía INTERNET, dirigidas al personal académico y unidades académico-administrativas de esta Facultad, se brindará a través de una solicitud dirigida a la CoSeBiDo, para de esta manera programar su realización. 17

18 Artículo 18º. Área de Investigaciones Documentales I. Servicio de búsqueda El servicio de búsqueda a través de las bases de datos SOCYPOL y FCPyS se proporciona a estudiantes, profesores e investigadores de la UNAM, así como al personal académico de otras instituciones de educación superior, mediante los procedimientos que se señalan a continuación: a) Entrevistas con el personal del área para determinar el perfil académicotemático de interés del usuario. b) Llenar la solicitud de búsqueda de información correspondiente. c) El personal académico del área se encargará de realizar esta búsqueda. d) Las solicitudes se atenderán en orden progresivo y de acuerdo a la capacidad del sistema. e) Las referencias obtenidas se entregarán al usuario en un plazo de dos a tres días hábiles. f) Efectuar el pago total por la búsqueda terminada que le será indicada por el personal del área. CAPÍTULO SEXTO Disposiciones generales Artículo 19º. Sanción y suspensión de los servicios bibliotecarios Las causas que ameritan sanción y suspensión de los servicios al usuario de esta Biblioteca se norman en los siguientes criterios: I. Cuando el usuario trate de sustraer materiales bibliohemerográficos en forma ilícita se hará acreedor a la suspensión de los servicios bibliotecarios por 30 días y a una sanción consistente en la reposición de 3 libros del listado que se encuentra en la Sección de Recuperación de Materiales. II. Cuando el usuario sea sorprendido en actos de maltrato y subrayado del material bibliohemerográfico se hará acreedor a la suspensión de los servicios bibliotecarios por 10 días y a una sanción consistente en la reposición de 1 libro del listado que se encuentra en la sección anteriormente citada. III. Cuando el usuario sea sorprendido solicitando material bibliohemerográfico con la credencial de otra persona se hará acreedor a la suspensión de los servicios bibliotecarios por 15 días y a una sanción consistente en la reposición de 3 libros del listado que se encuentra en esta sección, esta sanción será aplicada tanto al titular de la credencial, así como al usuario que haga mal uso de ella. Artículo 20º. Sustracción de materiales bibliohemerográficos y de cómputo Cuando el usuario sustraiga material bibliohemerográfico y/o de cómputo, será objeto de las siguientes sanciones: I. Suspensión de los servicios bibliotecarios y documentales. II. Informar a la Secretaría de Servicios Escolares para llevar a cabo la suspensión del usuario infractor como alumno regular de la Facultad. III. Informar por escrito a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la UNAM, para el procedimiento correspondiente a que haya lugar. 18

19 CAPÍTULO SÉPTIMO Otros servicios Artículo 21º. Fotocopiado El servicio interno de fotocopiado es exclusivamente para reproducir materiales bibliohemerográficos de la Biblioteca. En el caso de usuarios de otras instituciones, sólo mediante el préstamo interbibliotecario podrán en forma externa reproducir o fotocopiar el material bibliohemerográfico de su interés. CAPÍTULO OCTAVO Disposiciones anexas Artículo 22º. Vigilancia Antes de salir de la Biblioteca, es obligación del usuario mostrar el material bibliográfico con el sello vigente de préstamo al personal de vigilancia para su revisión. En caso necesario, se tendrán que revisar mochilas o portafolios. El usuario que no cumpla con esta disposición será reportado a la Coordinación. Artículo 23º. Orden, disciplina y comportamiento Queda estrictamente prohibido fumar, introducir comida y bebidas a las diferentes secciones y áreas que conforman la Biblioteca, así como consultar el material bibliográfico en los pasillos. Se recomienda mantener apagados teléfonos celulares, radio localizadores y bipers. El usuario tendrá que solicitar los servicios bibliotecarios al personal de esta Coordinación con respeto y en forma correcta. La Coordinación de Servicios Bibliotecarios y Documentales de la FCPyS, solicita a los usuarios mantener el orden, la disciplina y el respeto a las normas establecidas en el presente REGLAMENTO. Todos los casos no contemplados en el presente Reglamento serán tratados y resueltos por el Coordinador de Servicios Bibliotecarios y Documentales. 19

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