Inconstitucionalidad

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Inconstitucionalidad"

Transcripción

1 Inconstitucionalidad Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San Salvador, a las trece horas y cincuenta minutos del once de julio de dos mil catorce. Analizada la demanda presentada por el ciudadano Herbert Danilo Vega Cruz, mediante la cual solicita que se declare la inconstitucionalidad de: (i) "Acta número dos, del escrutinio final de la segunda elección de Presidente y Vicepresidente de la República de El Salvador, realizadas el 9 de marzo de 2014", acta emitida por el Tribunal Supremo Electoral a las 20:00 horas del 16-III-2014, según la demanda; y (ii) art. 216 inc. 1 e inciso final del Código Electoral (Decreto Legislativo n 413, de 3-VII-2013, publicado en el Diario Oficial n 183, Tomo n 400, de 26-VII-2013), por la supuesta contradicción con el art. 80 inc. 2 Cn.; esta Sala considera: La disposición legal impugnada prescribe: "Convocatoria a Segunda Elección Art El Tribunal, en el acta de escrutinio final declarará electos a los candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República, que hayan sido postulados por el partido político o coalición contendiente que hayan obtenido mayoría absoluta de votos, entendiéndose por tal, la mitad más uno de los votos válidos emitidos [...] El ganador de la segunda elección será el partido político o coalición que haya obtenido mayor número de votos, de acuerdo al escrutinio practicado." I. El ciudadano Vega Cruz, sin anexar copia del acta impugnada ni trascribir su contenido íntegro, afirma, en lo relevante, que dicho documento y el artículo del Código Electoral citado son inconstitucionales. Para argumentar esa idea expresa que: "La inconstitucionalidad consiste en la contradicción existente entre el art. 80 Cn., inciso 2, parte final de la primera frase y la parte final del inciso 1, e inciso último del art. 216 del Código Electoral, en que la primera establece (art. 80 Cn.) el término 'mayoría absoluta de votos' para que un partido político gane una elección presidencial y en la segunda (art. 216 C.E.) establece que debe de entenderse como mayoría absoluta 'la mitad más uno de los votos válidos' y en el inciso último establece como ganador de las elecciones al partido político que alcance 'la mayor cantidad de votos obtenidos'. Hay que establecer que se debe de entender por mayoría absoluta en el art. 80 Cn., y lo que significa mayoría simple, relacionado en el art. 123 Cn." Con relación a esto último, el demandante agrega que: "El término 'mayoría' significa el mayor número y el término absoluta, significa que no quede duda, que sea rotundo, preciso,

2 completo y determinante. Mayoría absoluta significa que no debe de quedar duda de que la mayoría de personas que han votado, expresan sin equivocación alguna, que la decisión tomada es rotunda, completa, precisa y terminante. Que exista una cantidad de personas lo suficientemente numerosa que hagan determinar sin duda alguna de que esa mayoría hace valer su decisión por sobre la minoría. En cambio la mayoría simple, significa que basta que las personas al tomar una decisión, lo hagan por votación y esa decisión sea tomada por la mitad de los votos más uno que haga la diferencia sobre la minoría." En el mismo sentido, el ciudadano Vega Cruz continúa afirmando que: "La mayoría calificada o mayoría absoluta, se aplica a aquellos temas de gran importancia para los pueblos, y que deben ser discutidos, en los parlamentos, de una manera suficiente, de forma plena, temas en los cuales deben ser escuchadas las minorías parlamentarias, ya que son tema que van a afectar la vida material y con efectos jurídicos para todos los ciudadanos de un país. La misma legislación constitucional salvadoreña hace la diferenciación entre mayoría simple y mayoría calificada, por ejemplo en el art. 123 Cn., establece la mitad más uno de los votos de los diputados electos, para tomar resoluciones, como mayoría simple y [...] como la mayoría calificada consistente en por lo menos dos tercios de los votos de los Diputados electos". Según el demandante, "la inconstitucionalidad de la disposición impugnada consiste en que el legislador estableció erradamente e incurrió en confusión con los términos mayoría absoluta' que expresa la Constitución en el art. 80 inc. 2, con `la mitad más uno de los votos' que expresa el art. 216 del Código Electoral y que equivale a 'mayoría simple' [...] violando el inciso 2, del art. 80 Cn., ya que dicha disposición exige mayoría absoluta de los votos válidos [...] y no mayoría simple, ni el mayor número de votos obtenidos. Desde la interpretación del art. 216 del Código Electoral, tomando como parámetro la diferencia de votos válidos de dicha elección, de 6, 604 votos de personas, el partido FMLN fue el ganador de las segundas elecciones presidenciales [...] pero desde la interpretación del art. 80 inc. 2, Cn., esos seis mil seiscientos cuatro votos válidos de diferencia, a favor del FMLN, no expresan el espíritu de la Constitución, como es la 'mayoría absoluta' de los votos válidos [...] Sin embargo cabe mencionar que la diferencia de votos válidos obtenidos entre el partido FMLN y ARENA, en las primeras elecciones [...] fue de más de votos [...] lo que podría calificarse como mayoría absoluta, de conformidad con el art. 80 Cn." II.- Antes de analizar los motivos expuestos por el demandante, se hará una referencia a

3 las condiciones que debe cumplir una pretensión de inconstitucionalidad para justificar el inicio de este proceso. El proceso de inconstitucionalidad tiene por objeto realizar un análisis sobre la estimación o no de una pretensión de inconstitucionalidad. Esta pretensión consiste en un alegato sobre la supuesta contradicción entre el 'contenido normativo de una disposición o acto identificado como objeto de control y el contenido normativo de una disposición constitucional propuesta como parámetro. El inicio y desarrollo de este proceso solo es procedente cuando dicha pretensión está fundada. El fundamento de la pretensión radica en los motivos de inconstitucionalidad, es decir, en la exposición suficiente de argumentos que demuestren la probabilidad razonable de una contradicción o confrontación entre normas derivadas de las disposiciones invocadas. De lo contrario, una pretensión sin fundamento es improcedente. Para no banalizar el control de constitucionalidad, la tesis o idea de que existe una incompatibilidad o contradicción entre el objeto y el parámetro de control debe ser plausible, es decir, aceptable en principio, mínima o tentativamente, o por lo menos no rechazable de modo manifiesto o inmediato. El fundamento de la pretensión no puede ser solo aparente o sofisticado, como sería el construido con base en una patente deficiencia interpretativa, cuyo resultado sea ajeno al sentido racional ordinario de los contenidos lingüísticos analizados, según su contexto, finalidad y alcance jurisprudencial; o cuando en lugar de contenidos normativos se contraponen especulaciones personales sobre las posibles desviaciones de la aplicación del objeto de control. Una pretensión en esas condiciones es insustancial o improcedente, incapaz de justificar el desenvolvimiento de una amplia actividad jurisdiccional sobre la existencia de la inconstitucionalidad alegada. III.1. La aplicación de los criterios antes expuestos al contenido relevante de la demanda planteada por el ciudadano Vega Cruz indica que, por una parte, no se ha formulado una argumentación suficiente de contraste entre el acta impugnada y la disposición constitucional invocada como parámetro de control. La razón básica de este defecto consiste en que el demandante no expone ninguna argumentación para demostrar que sea posible controlar dicha acta en un proceso de inconstitucionalidad, que está dirigido a realizar un control abstracto de actos normativos (es decir, que no se refiere a hechos, situaciones o casos particulares), así como a verificar la validez formal y material de actos de aplicación directa de la Constitución. Sobre estos últimos, la jurisprudencia ha precisado que: "Los actos de aplicación directa

4 de la Constitución, aunque no contengan pautas de conducta generalizables a través de normas jurídicas impersonales y abstractas, sí constituyen normas individuales, cuya regularidad jurídica está directamente determinada, sin intermediación de otra fuente, por la Constitución; por tanto, las condiciones, requisitos -formales o materiales- y procedimientos para su producción son prescritos únicamente por la Ley Suprema." (Sentencia de 5-VI-2012, Inc ). De acuerdo con este criterio, cuando se trate de actos concretos, la posibilidad de control constitucional depende de que el demandante demuestre que dicho acto fue realizado en aplicación directa o inmediata de la Constitución, "sin intermediación de otra fuente". En el presente caso, el ciudadano Vega Cruz impugna un "acta de escrutinio" electoral sin exponer ninguna razón por la que podría considerarse que dicha acta fue emitida en aplicación directa e inmediata de la Constitución. Por el contrario, los.arts. 214 y 215 del Código Electoral parecen indicar que el régimen normativo aplicable a las actuaciones del Tribunal Supremo Electoral (TSE) que tienen como objetivo documentar los resultados de las elecciones, corresponde a la legislación secundaria, sin perjuicio de la obligación genérica de que dicha legislación sea compatible con la Constitución aspecto que el demandante no cuestiona y de que los actos públicos de aplicación de la ley respeten los derechos fundamentales lo que debe ser controlado mediante el proceso de amparo y no de inconstitucionalidad. 2. Por otra parte, en relación con la impugnación del art. 216 inc. 1 y final del Código Electoral, la falta de un auténtico contraste normativo se debe a que el ciudadano Vega Cruz no justifica de manera razonable el significado que le atribuye al art. 80 inc. 2 Cn., que propone como parámetro de control. El argumento central del demandante es que la "mayoría absoluta" implica una decisión "rotunda, completa, precisa y terminante" y que, a su juicio, esto no se logra con solo un voto de diferencia entre los partidos contendientes, como lo dispone el artículo impugnado. Luego afirma que 6,604 votos de diferencia no constituyen mayoría absoluta, pero más de 300,000 sí podrían configurarla. Como puede observarse, el razonamiento del ciudadano Vega Cruz se basa en una interpretación aislada y literalista de los términos "mayoría" y "absoluta", en lugar de atender al uso convencional de la expresión compuesta, en el contexto de las formas cuantitativas de determinación de las decisiones colectivas. Incluso en el ámbito del uso común de las palabras, el Diccionario de la Real Academia Española (bajo el término "mayoría") define esa fórmula compuesta, como "La que consta de más de la mitad de los votos". Asimismo, la pretendida

5 diferencia entre mayoría absoluta y mayoría simple, así como la asimilación entre mayoría absoluta y mayoría calificada son meras afirmaciones del demandante, sin ninguna justificación, que las sostenga. El art. 123 Cn. ni siquiera utiliza estos términos y el ciudadano Vega Cruz tampoco ha demostrado que la regla de votación que contiene dicho artículo respalde su opinión particular sobre lo que significa "mayoría absoluta" en el art. 80 inc. 2 Cn. La sola referencia a disposiciones constitucionales que establecen distintas reglas de votación es insuficiente para fundamentar la tesis del demandante. Dichos vacíos argumentativos y el ejemplo que contiene la demanda sobre lo que considera una "mayoría absoluta" indican que en realidad el ciudadano mencionado se limita a expresar una preferencia personal sobre cómo debería definirse legalmente esa expresión, pero sin exponer la argumentación necesaria para que su opinión pueda ser considerada como una interpretación aceptable del parámetro de control propuesto. Debido a todo lo anterior, se concluye que la pretensión de inconstitucionalidad carece de fundamento y por eso es improcedente. IV. Con base en lo antes expuesto y de conformidad con el artículo 6 ordinal 3 de la Ley de Procedimientos Constitucionales, esta Sala RESUELVE: 1. Declárase improcedente por falta de fundamento la pretensión contenida en la demanda del ciudadano Herbert Danilo Vega Cruz, mediante la cual solicita la inconstitucionalidad de: (i) "Acta número dos, del escrutinio final de la segunda elección de Presidente y Vicepresidente de la República de El Salvador, realizadas el 9 de marzo de 2014", acta emitida por el Tribunal Supremo Electoral a las 20:00 horas del 16-III-2014, según la demanda; y (ii) art. 216 inc. 1 e inciso final del Código Electoral (Decreto Legislativo n 413, de 3-VII-2013, publicado en el Diario Oficial n 183, Tomo n 400, de 26-VII-2013), por la supuesta contradicción con el art. 80 inc. 2 Cn. 2. Notifíquese J. B. JAIME E.S.BLANCO R R.E. GONZALEZ -----FCO. E. ORTIZ R G.A. ALVAREZ PRONUNCIADO POR LOS SEÑORES MAGISTRADOS QUE LO SUSCRIBEN------E SOCORRO C.-----SRIA RUBRICADAS.-

48-2014 Inconstitucionalidad

48-2014 Inconstitucionalidad 48-2014 Inconstitucionalidad Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San Salvador, a las diez horas con veinte minutos del día veintinueve de septiembre de dos mil catorce. Analizada

Más detalles

RESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS

RESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS SERIE: RENOVACIÓN JURISPRUDENCIAL RESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS 2 Programa Estado de Derecho para Latinoamérica - - - Presentación - - - - - - - - - - - 3 - - - - - - - - - - 4 5 Aviso - 6 Contenido

Más detalles

jurídica, dando satisfacción al tiempo al derecho de los ciudadanos a la igualdad en la aplicación de la ley.

jurídica, dando satisfacción al tiempo al derecho de los ciudadanos a la igualdad en la aplicación de la ley. Preámbulo El articulo 149, 1,6º de la Constitución Española, después de establecer que la legislación procesal es competencia exclusiva del Estado, añade: sin perjuicio de las necesarias especialidades

Más detalles

GRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD. Test FE DE ERRATAS

GRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD. Test FE DE ERRATAS GRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD Test ISBN: 9788467628111 DEPÓSITO LEGAL: SE 5063-2009 FECHA DE EDICIÓN: OCTUBRE 2009 FE DE ERRATAS Tras la revisión de los test

Más detalles

Interpretación y Argumentación Jurídica

Interpretación y Argumentación Jurídica Interpretación y Argumentación Jurídica INTERPRETACIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA 1 Sesión No. 10 Nombre: La Argumentación Jurídica Contextualización Como ya se ha visto, un argumento es una afirmación que

Más detalles

Calle Las Garzas 250, San Isidro Telefax (511) 222-3815 93501119 93501120 central@galvezconsultores.com www.galvezconsultores.

Calle Las Garzas 250, San Isidro Telefax (511) 222-3815 93501119 93501120 central@galvezconsultores.com www.galvezconsultores. Calle Las Garzas 250, San Isidro Telefax (511) 222-3815 93501119 93501120 central@galvezconsultores.com www.galvezconsultores.com 13/12/2001.- Ley Nº 27598.- Modifica el Decreto Legislativo Nº 716, norma

Más detalles

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DE INSTALACIONES DE RÉGIMEN ESPECIAL 7 de julio de 2011

Más detalles

ASPECTOS FISCALES DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS.

ASPECTOS FISCALES DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS. ASPECTOS FISCALES DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS. María Teresa Garza Lozano. 12- mayo-2011 Fundamento Constitucional y sus implicaciones fiscales. Artículo 123,

Más detalles

LECCIÓN 5. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO. (I)

LECCIÓN 5. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO. (I) LECCIÓN 5. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO. (I) Derecho Financiero I Dra. Pura Peris Dra. Purificación Peris García Derecho Financiero y Tributario I Curso 2010/2011 SUMARIO Valor

Más detalles

Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional

Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional Concurso Público de Méritos convocado por Resolución Administrativa 126-2015-P/TC Nombre: Nota: Fecha:

Más detalles

Disposiciones sobre Información de Acceso Limitado en Panamá. Por: Erasmo Pinilla C. Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Panamá

Disposiciones sobre Información de Acceso Limitado en Panamá. Por: Erasmo Pinilla C. Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Panamá VI ENCUENTRO IBEROAMERICANO DE PROTECCION DE DATOS Disposiciones sobre Información de Acceso Limitado en Panamá. Por: Erasmo Pinilla C. Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Panamá Cartagena,

Más detalles

IMPUGNACIÓN DE DECISIONES DE ASAMBLEA TRÁMITES PROCESALES

IMPUGNACIÓN DE DECISIONES DE ASAMBLEA TRÁMITES PROCESALES IMPUGNACIÓN DE DECISIONES DE ASAMBLEA 5 CONGRESO NACIONAL DE PROPIEDAD HORIZONTAL Marco Normativo Ley 1564 de 2012 Código General del Proceso Acuerdo PSAA15-10392 de la Sala Administrativa del Consejo

Más detalles

PÁGINAS JURÍDICAS Actualidad Jurídico Laboral

PÁGINAS JURÍDICAS Actualidad Jurídico Laboral Actualidad Jurídico Laboral Número 12/2015 Mayo 2015 DOCTRINA JUDICIAL LA CONFIGURACIÓN DEL CENTRO DE TRABAJO, COMO ÁMBITO PARA DELIMITAR LA EXISTENCIA DE DESPIDO COLECTIVO. Análisis de la Sentencia del

Más detalles

CONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA

CONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA Lección 2 Concepto y clases de competencia.- Competencia objetiva y determinación del procedimiento.- La competencia objetiva: por razón de la materia y por razón de la cuantía; determinación del valor.-

Más detalles

Derechos y garantías. David Ibaceta Medina* Breves ideas acerca del reforzamiento de las acciones constitucionales. I. Las garantías fundamentales

Derechos y garantías. David Ibaceta Medina* Breves ideas acerca del reforzamiento de las acciones constitucionales. I. Las garantías fundamentales David Ibaceta Medina* Breves ideas acerca del reforzamiento de las acciones constitucionales Derechos y garantías Hemos sido convocados por el Departamento de Derecho Público de la Facultad de Derecho

Más detalles

Inconstitucionalidad

Inconstitucionalidad 200-2016 Inconstitucionalidad Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia: San Salvador, a las catorce horas con veinte minutos del día siete de diciembre de dos mil dieciséis. Analizada

Más detalles

Es o no la Jurisprudencia una fuente de Derecho? Valencia 30 de octubre de 2009 Purificación n Martorell Zulueta

Es o no la Jurisprudencia una fuente de Derecho? Valencia 30 de octubre de 2009 Purificación n Martorell Zulueta Es o no la Jurisprudencia una fuente de Derecho? Valencia 30 de octubre de 2009 Purificación n Martorell Zulueta Punto de partida Jurisprudencia Qué se entiende por Jurisprudencia Concepto amplio: Arte

Más detalles

Elecciones Generales

Elecciones Generales Elecciones Generales 20 de 2011 Calendario Electoral JUNTA ELECTORAL CENTRAL 2011 ÍNDICE Publicación en B.O.E. del... 3 Real Decreto de Convocatoria... 3 Juntas Electorales... 3 Rectificación del Censo

Más detalles

TEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL

TEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL TEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL La jurisprudencia en materia electoral federal está regulada por la Constitución, por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Más detalles

DICTAMEN 104/2011. (Pleno)

DICTAMEN 104/2011. (Pleno) DICTAMEN 104/2011 (Pleno) La Laguna, a 15 de febrero de 2011. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Canarias en relación con la Proposición de Ley por la que se propone la

Más detalles

MANUAL DE ATENCIÓN A MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

MANUAL DE ATENCIÓN A MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO OBJETIVO: MANUAL DE ATENCIÓN A MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO Realizar la tramitación, sustanciación y seguimiento de los medios de impugnación en materia electoral,

Más detalles

FACULTAD DE REEXAMEN ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES

FACULTAD DE REEXAMEN ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES María Eugenia Caller Noviembre, 2012 Código Tributario promulgado D.S. 263-H de 12.08.1966 Libro III, Capitulo III De las Reclamaciones - Artículo 120 Ubicación

Más detalles

CONTROL DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL

CONTROL DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL SERIE: RENOVACIÓN JURISPRUDENCIAL CONTROL DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL 1 Programa Estado de Derecho para Latinoamérica - - - Presentación - - - - - - - - - - - 3 - - - - - - - - - - 4 5 Aviso - 6 Contenido

Más detalles

Asunto:!nconstituc onalidad de ley de carácter general, total. Solicitantes: Efrén Emigdio Sandoval Sanabria, Lesbia Guadalupe

Asunto:!nconstituc onalidad de ley de carácter general, total. Solicitantes: Efrén Emigdio Sandoval Sanabria, Lesbia Guadalupe Página 1 CORTE DE CONSTITUCTONALIDAD REPÚBLICA DE GUATEMALA. C. A. Expediente 3952-2014 Oficia! 5o de Secretaría Genera!. Asunto:!nconstituc onalidad de ley de carácter general, total. Solicitantes: Efrén

Más detalles

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por: ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO

Más detalles

SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL.

SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL. SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL. Antecedentes de la formulación del principio de supremacía constitucional. La Era Marshall. John Marshall, Presidente de la Corte Suprema de E.E. U.U. (1801). El motivo de su

Más detalles

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: INFORME N. 101-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. En el caso de

Más detalles

]âütwé atv ÉÇtÄ wx XÄxvv ÉÇxá Resolución N JNE

]âütwé atv ÉÇtÄ wx XÄxvv ÉÇxá Resolución N JNE Lima, nueve de abril de dos mil dieciséis VISTOS el cronograma del proceso de Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino, aprobado mediante Resolución N. 0338-2015- JNE,

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A DECANA O DECANO DE FACULTAD Y DIRECTOR O DIRECTORA DE ESCUELA

PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A DECANA O DECANO DE FACULTAD Y DIRECTOR O DIRECTORA DE ESCUELA PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A DECANA O DECANO DE FACULTAD Y DIRECTOR O DIRECTORA DE ESCUELA ÍNDICE 1 ELECTORES Y ELEGIBLES... 3 2 CONVOCATORIA, CALENDARIO ELECTORAL Y CAUSA DE ABSTENCIÓN.. 3 3 CÓMPUTO

Más detalles

FACTORES SALARIALES PARA LIQUIDAR PENSIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. Beneficiarios del Régimen de Transición

FACTORES SALARIALES PARA LIQUIDAR PENSIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. Beneficiarios del Régimen de Transición FACTORES SALARIALES PARA LIQUIDAR PENSIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS By Yuliet Medina Beneficiarios del Régimen de Transición Es muy común ver a los potenciales prepensionados sumergidos en la incertidumbre

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación

Más detalles

LECCION 3. PODER CONSTITUYENTE, PROCESO CONSTITUYENTE Y CONSTITUCION. Pr. Dr. Juan J. Bonilla Sánchez

LECCION 3. PODER CONSTITUYENTE, PROCESO CONSTITUYENTE Y CONSTITUCION. Pr. Dr. Juan J. Bonilla Sánchez LECCION 3. PODER CONSTITUYENTE, PROCESO CONSTITUYENTE Y CONSTITUCION. Pr. Dr. Juan J. Bonilla Sánchez EL PODER CONSTITUYENTE Concepto. Se denomina Poder Constituyente (PC) al autor que con un acto de voluntad

Más detalles

DERECHO DEL TANTO Y POR EL TANTO

DERECHO DEL TANTO Y POR EL TANTO DERECHO DEL TANTO Y POR EL TANTO Tesis: El derecho del tanto y por el tanto son lo mismo. Respuesta: Falso Preferencia SE VENDE Tercero Tercero SE VENDE Preferencia Daños y perjuicios Nulidad relativa

Más detalles

Sucesión de empresa en contrato de gestión de servicios públicos. 315/12

Sucesión de empresa en contrato de gestión de servicios públicos. 315/12 ASUNTO: CONTRATACIÓN/SUCESIÓN DE EMPRESA Sucesión de empresa en contrato de gestión de servicios públicos. 315/12 FC ************ INFORME I. HECHOS. ANTECEDENTES Por el Ayuntamiento de referencia se nos

Más detalles

Auditoría Laboral. El proyecto de auditoría.

Auditoría Laboral. El proyecto de auditoría. Auditoría Laboral El proyecto de auditoría.! Nos dirigimos a Ustedes a efecto de presentar un proyecto de auditoría laboral, como una técnica para realizar el control de legalidad y la comprobación de

Más detalles

COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES. DICTAMEN No. 184

COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES. DICTAMEN No. 184 COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES DICTAMEN No. 184 HONORABLE ASAMBLEA Se recibió en esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, para su estudio, análisis y dictaminación, Minuta

Más detalles

ÍNDICE INTRODUCCIÓN 17 CAPITULO 1: ORIGEN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO EN EL DERECHO PROCESAL PENAL ALEMÁN 19

ÍNDICE INTRODUCCIÓN 17 CAPITULO 1: ORIGEN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO EN EL DERECHO PROCESAL PENAL ALEMÁN 19 ÍNDICE INTRODUCCIÓN 17 CAPITULO 1: ORIGEN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO EN EL DERECHO PROCESAL PENAL ALEMÁN 19 CAPITULO 2: EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN EL DERECHO PENAL 27 CAPITULO 3: EL PRINCIPIO

Más detalles

- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias.

- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias. INFORME N. 118-2014-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si, aun con la dación del Decreto Supremo N. 008-2011-EF, se mantiene vigente para los ejercicios gravables anteriores al 2011, el criterio contenido

Más detalles

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: TRIJEZ-JDC-181/2016 ACTOR: ADÁN HUIZAR MARTÍNEZ Y OTROS

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: TRIJEZ-JDC-181/2016 ACTOR: ADÁN HUIZAR MARTÍNEZ Y OTROS JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: TRIJEZ-JDC-181/2016 ACTOR: ADÁN HUIZAR MARTÍNEZ Y OTROS RESPONSABLE: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y CONSEJO

Más detalles

Ministerio Público/Procuraduría de la Administración

Ministerio Público/Procuraduría de la Administración C-No.186 Panamá, 18 de junio de 2002. Licenciada Oris Soto Núñez Directora General de Asesoría Legal del Órgano Judicial de la Corte Suprema de Justicia. E. S. D. Señora Directora: Cumpliendo con nuestras

Más detalles

Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco

Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco Resultados Evaluación de la Publicación de Información Fundamental Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco METODOLOGÍA Qué se evalúa? Publicación de la

Más detalles

INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN

INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN 23-2013 Inconstitucionalidad Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, San Salvador, a las quince horas y treinta minutos del día nueve de agosto de dos mil trece. Analizada la demanda,

Más detalles

INSTRUCCIÓN TÉCNICA: PLAN DE AUTOPROTECCIÓN ESTUDIO DE RIESGOS NATURALES

INSTRUCCIÓN TÉCNICA: PLAN DE AUTOPROTECCIÓN ESTUDIO DE RIESGOS NATURALES PLAN DE AUTOPROTECCIÓN ESTUDIO DE RIESGOS PAUT-13-INS-018-1.0 Edición_Versión 1.0 19/02/2013 INSTRUCCIÓN TÉCNICA: PLAN DE AUTOPROTECCIÓN ESTUDIO DE RIESGOS Cualquier versión impresa o en soporte informático,

Más detalles

Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales. Informe 434/2004

Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales. Informe 434/2004 Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales. Informe 434/2004 Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales La consulta plantea dudas sobre el consentimiento

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Junio de 2015. ÍNDICE Introducción..2 1.-Trámite de desahogo de solicitudes de información

Más detalles

La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando. existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal

La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando. existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal La separación de hecho solo excluye la sociedad de gananciales cuando existe una voluntad efectiva e inequívoca de romper la relación conyugal a estos efectos La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha

Más detalles

CONFERENCIA: Lic. Carlos Francisco Huitz Gutiérrez Magistrado. Lic. William Antonio Pech Navarrete Secretario Proyectista

CONFERENCIA: Lic. Carlos Francisco Huitz Gutiérrez Magistrado. Lic. William Antonio Pech Navarrete Secretario Proyectista 2016 CONFERENCIA: 2016 Lic. Carlos Francisco Huitz Gutiérrez Magistrado Lic. William Antonio Pech Navarrete Secretario Proyectista Mtra. Alejandra Moreno Lezama Secretaria Proyectista Naturaleza Jurídica

Más detalles

Formas de notificación fiscal y procedimientos de desahogo

Formas de notificación fiscal y procedimientos de desahogo Formas de notificación fiscal y procedimientos de desahogo A. Notificaciones ordinarias Las notificaciones ordinarias se conforman por: 1. Notificación personal 2. Citación al afectado 3. Notificación

Más detalles

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) Ley 27/2014

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) Ley 27/2014 IMPUESTO SORE SOCIEDADES (2015) Ley 27/2014 Fecha: 20/01/2015 (1) HECHO IMPONILE: CONCEPTO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA Y ENTIDAD PATRIMONIAL La regulación normativa del nuevo Impuesto sobre es incluye dentro

Más detalles

ÍNDICE PRIMERA PARTE METODOLOGÍA JURÍDICA

ÍNDICE PRIMERA PARTE METODOLOGÍA JURÍDICA ÍNDICE INTRODUCCIÓN... 15 PRIMERA PARTE METODOLOGÍA JURÍDICA INTRODUCCIÓN... 21 CAPÍTULO I. LA APLICACIÓN DEL DERECHO. CASOS FÁCILES, CASOS DIFÍCILES Y JUSTIFICACIÓN DE LA RESPUESTA... 25 1. INTRODUCCIÓN...

Más detalles

Marco Jurídico de la Comunicación

Marco Jurídico de la Comunicación Programa de Comunicación y Medios Digitales La Jerarquía Normativa de las Leyes CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TITULO SEPTIMO PREVENCIONES GENERALES Artículo 133 ARTICULO 133. ESTA

Más detalles

DERECHO DE RETIRO DE LA OPA. Tablemac 2015

DERECHO DE RETIRO DE LA OPA. Tablemac 2015 DERECHO DE RETIRO DE LA OPA Tablemac 2015 Cancelación de la inscripción en el RNVE y en la BVC Cuando se decida cancelar la inscripción de una acción en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE)

Más detalles

Programas de Estudio por Competencias Formato Base D

Programas de Estudio por Competencias Formato Base D 1. IDENTIFICACIÓN DEL CURSO Programas de Estudio por Competencias Formato Base Centro Universitario CENTRO UNIVERSITARIO DE LOS ALTOS Departamento: DEPARTAMENTO DE CIENCIAS SOCIALES Y DE LA CULTURA Academia:

Más detalles

RECOMENDACIÓN SOBRE LA CORRECCIÓN DE LAS ACTAS. PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA SU CORRECCIÓN.

RECOMENDACIÓN SOBRE LA CORRECCIÓN DE LAS ACTAS. PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA SU CORRECCIÓN. RECOMENDACIÓN SOBRE LA CORRECCIÓN DE LAS ACTAS. PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA SU CORRECCIÓN. En relación con diversas quejas que han llegado a la Oficina de esta Defensora Universitaria, y diversas solicitudes

Más detalles

http://www.editorialgpt.cl

http://www.editorialgpt.cl 1 TRIBUTACION DE LAS INDEMNIZACIONES POR AÑOS DE SERVICIO TIPOS DE INDEMNIZACIONES POR TÉRMINO DE CONTRATO Resulta necesario, para los efectos de precisar la exacta situación tributaria de las indemnizaciones

Más detalles

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...

Más detalles

Modelo 1: Informe de auditoría sobre las cuentas anuales de un ejercicio con opinión favorable

Modelo 1: Informe de auditoría sobre las cuentas anuales de un ejercicio con opinión favorable Modelo 1: Informe de auditoría sobre las cuentas anuales de un ejercicio con opinión favorable Versión en castellano Ejemplo 1 de la NIA-ES 700: Ejemplo 1: Informe de auditoría sobre cuentas anuales formulados

Más detalles

DERECHO PROCESAL CIVIL 1 CLASE 1

DERECHO PROCESAL CIVIL 1 CLASE 1 DERECHO PROCESAL CIVIL 1 CLASE 1 LOS PRESUPUESTOS FORMALES Para que en un proceso se produzca una relación jurídica procesal válida no basta la interposición de la demanda, la presencia de las partes y

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0035/2010

Gabinete Jurídico. Informe 0035/2010 Informe 0035/2010 La consulta plantea diversas dudas respecto a la adecuación a la normativa de protección de datos de la publicación en la página web de un club deportivo de las clasificaciones de los

Más detalles

VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y. REPÚBLICA ARGENTINA se consulta a esta OFICINA ANTICORRUPCIÓN

VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y. REPÚBLICA ARGENTINA se consulta a esta OFICINA ANTICORRUPCIÓN RESOLUCIÓN OA/DPPT Nº 57 BUENOS AIRES, 18 de diciembre de 2000. VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº 128.352/00, y CONSIDERANDO: Que por Nota 382c/1148

Más detalles

CURRÍCULUM VITAE ANTONIO IGNACIO MATUTE GONZÁLEZ. NOMBRE: FECHA DE NACIMIENTO: 24 DE MAYO DE 1977 CÉDULA PROFESIONAL:

CURRÍCULUM VITAE ANTONIO IGNACIO MATUTE GONZÁLEZ. NOMBRE: FECHA DE NACIMIENTO: 24 DE MAYO DE 1977 CÉDULA PROFESIONAL: CURRÍCULUM VITAE NOMBRE: ANTONIO IGNACIO MATUTE GONZÁLEZ. FECHA DE NACIMIENTO: 24 DE MAYO DE 1977 NACIONALIDAD: LUGAR DE NACIMIENTO: ESTADO CIVIL: MEXICANO MÉRIDA, YUCATÁN. CASADO CÉDULA PROFESIONAL: 4595538

Más detalles

FUNDAMENTO DE DERECHO. LOS ARTICULOS 46 y 19 DE LA LEY DE CARRERA ADMINISTRATIVA ESTATAL, establece:

FUNDAMENTO DE DERECHO. LOS ARTICULOS 46 y 19 DE LA LEY DE CARRERA ADMINISTRATIVA ESTATAL, establece: Ciudadana: Lic. NORY BELL DUNO. Jefe de Recursos Humanos de la Secretaría de Administración. Su despacho.- Honorable Licenciada. Luego de saludarla, la presente tiene por objeto dar respuesta a comunicación

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES Abril 2009-1 - ÍNDICE 1. Objetivo Pág. 3 2. Extensión Pág. 3 3. Documento de Apoyo Pág. 3 4. Definiciones Pág. 3 5. Método Operativo Pág. 3 6. Documentación Pág. 5-2 - 1.- OBJETIVO

Más detalles

AUDITORIA FINANCIERA. Dirección de Control. VHEG/SFB/mhl. Puente Alto, Octubre de Auditoría Financiera

AUDITORIA FINANCIERA. Dirección de Control. VHEG/SFB/mhl. Puente Alto, Octubre de Auditoría Financiera Dirección de Control AUDITORIA FINANCIERA VHEG/SFB/mhl Dirección de Control - Departamento de Auditorias Puente Alto, Octubre de 2014 Página 1 TABLA DE CONTENIDO 1. RESUMEN EJECUTIVO.... 2 2. COMPETENCIA

Más detalles

(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL

(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL (PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA 30-11-2007 Y 14-12-2007) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL PARA LA COOPERACION Y LA SOLIDARIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE

Más detalles

PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN NO DIVULGADA CASO COLOMBIA

PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN NO DIVULGADA CASO COLOMBIA PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN NO DIVULGADA CASO COLOMBIA CAROLINA CONTRERAS OCTUBRE 23 DE 2007 AGENDA 1. LA ENTIDAD. 2. CONTEXTO DATOS DE PRUEBA 3. TRÁMITES ASOCIADOS 4. ACUERDOS COMERCIALES Es un establecimiento

Más detalles

LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES EN LOS DELITOS CULPOSOS EN LOS CASOS DE CONCURSO IDEAL DE DELITOS.

LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES EN LOS DELITOS CULPOSOS EN LOS CASOS DE CONCURSO IDEAL DE DELITOS. LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES EN LOS DELITOS CULPOSOS EN LOS CASOS DE CONCURSO IDEAL DE DELITOS. INTRODUCCION.- En tratándose de los delitos culposos, es frecuente que sean varios los delitos cometidos con

Más detalles

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 600. USO DEL TRABAJO DE OTRO AUDITOR (Esta declaración está en vigor) CONTENIDO. Párrafos Introducción...

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 600. USO DEL TRABAJO DE OTRO AUDITOR (Esta declaración está en vigor) CONTENIDO. Párrafos Introducción... NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 600 USO DEL TRABAJO DE OTRO AUDITOR (Esta declaración está en vigor) CONTENIDO Párrafos Introducción... 1-5 Aceptación corno auditor principal... 6 Los procedimientos del

Más detalles

INFORME DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE EN RELACIÓN A LOS CAMBIOS SOLICITADOS POR LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE R. EN EL PROCESO ELECTORAL.

INFORME DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE EN RELACIÓN A LOS CAMBIOS SOLICITADOS POR LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE R. EN EL PROCESO ELECTORAL. Y º Expediente Tribunal Administrativo del Deporte 30/2016 INFORME DEL EN RELACIÓN A LOS CAMBIOS SOLICITADOS POR LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE R. EN EL PROCESO ELECTORAL. En Madrid, a 19 de febrero de 2016,

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD AGROFRUSE MEDITERRANEAN AGRICULTURAL GROUP, S.A

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD AGROFRUSE MEDITERRANEAN AGRICULTURAL GROUP, S.A INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD AGROFRUSE MEDITERRANEAN AGRICULTURAL GROUP, S.A., EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA DENOMINACIÓN SOCIAL Y CONSECUENTE MODIFICACIÓN

Más detalles

INFORME DE LA ASESORIA JURIDICA COAM

INFORME DE LA ASESORIA JURIDICA COAM INFORME DE LA ASESORIA JURIDICA COAM SOBRE LAS INCOMPATIBILIDADES DE LOS ARQUITECTOS MUNICIPALES HONORIFICOS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL EN LA DEMARCACION DEL MUNICIPIO. 1.- NORMATIVA El régimen de incompatibilidades

Más detalles

- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias.

- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias. INFORME N. 034-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si tratándose de solicitudes de devolución de saldos no aplicados de percepciones debe computarse el plazo de prescripción de forma independiente tomando

Más detalles

LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS DEL PROCEDIMIENTO

LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS DEL PROCEDIMIENTO LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS DEL PROCEDIMIENTO Definición Los medios impugnativos dentro del procedimiento se expresan mediante los recursos, lo que pueden considerarse como un remedio contra la actuación de

Más detalles

Resultados Encuesta ENADE 2012 Compromiso por la democracia. Febrero 2012

Resultados Encuesta ENADE 2012 Compromiso por la democracia. Febrero 2012 Resultados Encuesta ENADE 2012 Compromiso por la democracia Febrero 2012 Datos demográficos Lugar de recolección Evento ENADE 40.4% Empresarios interior 16.8% Universidades 42.8% Datos demográficos Edad

Más detalles

Formación del censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España

Formación del censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España Oficina del Censo Electoral Elecciones al Parlamento Europeo 2014 Formación del censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España Normativa Directiva 93/109/CE del Consejo de 6 de

Más detalles

ELECCIONES EN EL PARLAMENTO DE CATALUÑA 2015

ELECCIONES EN EL PARLAMENTO DE CATALUÑA 2015 ELECCIONES EN EL PARLAMENTO DE CATALUÑA 2015 ACTIVIDAD ARTÍCULOS (*) FECHA Decreto de convocatoria (DT 4ª Estatuto y art. 47 Ley 3/1982) 42 3 de agosto Publicación del Decreto de convocatoria en el DOGC

Más detalles

FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE ARTICULO 271

FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE ARTICULO 271 SENTENCIA DE UNIFICACION JURISPRUDENCIAL - El solo hecho de que existan varios procesos que versen sobre un mismo tema no constituye razón suficiente que amerite unificar jurisprudencia sobre el asunto

Más detalles

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL MARIO HERNÁNDEZ RAMOS (USAL)

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL MARIO HERNÁNDEZ RAMOS (USAL) MARIO HERNÁNDEZ RAMOS (USAL) 1.- LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL EN ESPAÑA - La ausencia de tradición: el caso de la II República: el Tribunal de Garantías Constitucionales: su fracaso. - Los modelos posibles

Más detalles

BONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012

BONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012 BONOS, PAPELES COMERCIALES-SERVICIOS FINANCIEROS-TLC Concepto 2012013790-004 del 4 de abril de 2012 Síntesis: En virtud de TLC con Estados Unidos 3, Colombia asumió obligaciones de apertura relativa en

Más detalles

Primero. Aplicaciones Informáticas para actuación administrativa automatizada.

Primero. Aplicaciones Informáticas para actuación administrativa automatizada. RESOLUCIÓN DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2011, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA POR LA QUE SE APRUEBAN NUEVAS APLICACIONES INFORMÁTICAS PARA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

Más detalles

DON JESÚS S. PÁRRAGA PEREIRA, SECRETARIO DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA, PROVINCIA DE BADAJOZ.

DON JESÚS S. PÁRRAGA PEREIRA, SECRETARIO DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA, PROVINCIA DE BADAJOZ. DON JESÚS S. PÁRRAGA PEREIRA, SECRETARIO DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE TORREFRESNEDA, PROVINCIA DE BADAJOZ. cargo. CERTIFICA: que la presente es fiel a la original que se archiva en esta Secretaría de mi

Más detalles

no informó por escrito las condiciones económicas del servicio

no informó por escrito las condiciones económicas del servicio PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE LA LIBERTAD PROCEDIMIENTO : DE OFICIO DENUNCIADA : CENTRO DE SERVICIOS EDUCATIVOS INMACULADA VIRGEN DE LA PUERTA S.A.C. MATERIAS : INFORMACIÓN

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

ASAMBLEA LEGISLATIVA REPÚBLICA DE EL SALVADOR COMISIÓN FINANCIERA PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, 22 de julio del 2015 DICTAMEN No. 2 FAVORABLE Señores Secretarios y Secretarias Asamblea Legislativa Presente La Comisión Financiera se refiere al

Más detalles

Acceso a Recursos Genéticos. Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos Grupo Recursos Genéticos 2015

Acceso a Recursos Genéticos. Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos Grupo Recursos Genéticos 2015 Acceso a Recursos Genéticos Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos Grupo Recursos Genéticos 2015 1974 Código Nal RN 2015 Ley 1753 PND 1991 Constitución Politica 2014 Resolución 1348

Más detalles

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos de carácter personal efectuado por organizaciones

Más detalles

C. Dip. Luis Felipe Luna Obregón Presidente del Congreso del Estado. P r e s e n t e.

C. Dip. Luis Felipe Luna Obregón Presidente del Congreso del Estado. P r e s e n t e. C. Dip. Luis Felipe Luna Obregón Presidente del Congreso del Estado. P r e s e n t e. La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales recibió para efectos de su estudio y dictamen, los escritos formulados

Más detalles

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo V SECTORES ESTRATÉGICOS, SERVICIOS Y EMPRESAS PÚBLICAS Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores

Más detalles

EXAMEN ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

EXAMEN ORGANIZACIÓN TERRITORIAL EXAMEN ORGANIZACIÓN TERRITORIAL 1.- Qué artículo de la Constitución recoge el principio de autonomía? a) El artículo 3. b) El artículo 2. c) El artículo 5. d) El articulo 1. 2.- A quién se reconoce autonomía

Más detalles

Denominación de la materia. N créditos ECTS = 18 carácter = MIXTA ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

Denominación de la materia. N créditos ECTS = 18 carácter = MIXTA ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN Denominación de la materia ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN N créditos ECTS = 18 carácter = MIXTA Ubicación dentro del plan de estudios y duración La materia está formada por 3 asignaturas de 6 créditos ECTS cada

Más detalles

LEY DE NACIONALIDAD LEY Nº 26574

LEY DE NACIONALIDAD LEY Nº 26574 LEY DE NACIONALIDAD LEY Nº 26574 CONCORDANCIAS: CONST. (1993) Art. 2 Inc. 21 D.S. Nº 002-90-IN Art. 1; 2 D.S. Nº 002-96-IN Art. 36 A 44 D.S. N 3-97-IN Art. 41 A 49 ALCANCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Más detalles

Transparencia y acceso a la información de los partidos políticos

Transparencia y acceso a la información de los partidos políticos Transparencia y acceso a la información de los partidos políticos Experiencia del Instituto Federal Electoral como autoridad reguladora noviembre / 2012 1. Status actual La reforma política de 2007-2008

Más detalles

ÍNDICE ROJO DE LA MESA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE FECHA 25/05/2016

ÍNDICE ROJO DE LA MESA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE FECHA 25/05/2016 ÍNDICE ROJO DE LA MESA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE FECHA 25/05/2016 Pág: 1 (000) ACTA DE DIPUTADO. (000) ACTA DE DIPUTADO. 000/000339/0003 17/05/16 7549 AUTOR: Junta Electoral Central Comunicación del

Más detalles

A N T E C E D E N T E S:

A N T E C E D E N T E S: Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, por el que se autoriza la destrucción de la documentación electoral sobrante para el presente proceso electoral del año de dos

Más detalles

Qué es una sentencia constitucional?

Qué es una sentencia constitucional? Qué es una sentencia constitucional? Es un acto procesal, una decisión de un cuerpo judicial colegiado que pone fin a un proceso. Hacer jurisprudencia sirve para interpretar o llenar vacios (crear) Las

Más detalles

Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón. Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Asunto: Posibilidad de considerar un negocio jurídico excluido de la legislación de contratos públicos. I. ANTECEDENTES

Más detalles

É1lfRNST & YOUNG. TorrePicasso Plaza Pablo Ruiz Picasso, 1 28020 Madrid

É1lfRNST & YOUNG. TorrePicasso Plaza Pablo Ruiz Picasso, 1 28020 Madrid INFORME ESPECIAL SOBRE EXCLUSIÓN DEL DERECHO DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE EN EL SUPUESTO DEL ARTÍCULO 159 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE SOCIEDADES ANÓNIMAS * * * * BANCO POPULAR, S.A. E1l frnst & YOUNG

Más detalles

ELECCIONES PRIMARIAS 2008 INSTRUCTIVO DE INSCRIPCION DE MOVIMIENTOS INTERNOS Y CANDIDATOS

ELECCIONES PRIMARIAS 2008 INSTRUCTIVO DE INSCRIPCION DE MOVIMIENTOS INTERNOS Y CANDIDATOS ELECCIONES PRIMARIAS 2008 INSTRUCTIVO DE INSCRIPCION DE MOVIMIENTOS INTERNOS Y CANDIDATOS El presente instructivo servirá como guía a los Partidos Políticos como a los Movimientos Internos que deseen participar

Más detalles

Consulta 1. Respuesta

Consulta 1. Respuesta Consulta 1 Sobre si un auditor de cuentas, persona física, podría aceptar el nombramiento de auditor suplente para auditar las cuentas anuales de una entidad encontrándose registrado en situación de no

Más detalles