EL REGISTRO PÚBLICO DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA EN ANDALUCÍA

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3 EL REGISTRO PÚBLICO DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA EN ANDALUCÍA Esta es una guía de FACUA Andalucía DEPÓSITO LEGAL: SE andalucia.facua.org

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5 El Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida en Andalucía EL REGISTRO PÚBLICO DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA EN ANDALUCÍA El primer cometido de toda política de vivienda es dar repuesta a las necesidades de los ciudadanos. Para mejorar el acceso a la vivienda de éstos y garantizar la igualdad de oportunidades de forma efectiva se han de crear los instrumentos adecuados, y uno de estos instrumentos, que permitirá además obtener datos reales de cuáles son las necesidades de vivienda y ajustar la oferta de vivienda protegida a las circunstancias, preferencias, necesidades o capacidad económica de las familias y de la ciudadanía en general, es la creación de los registros públicos de demandantes de vivienda acogida a algún régimen de protección pública. A través de estos registros también se deberá garantizar que toda la producción de viviendas protegidas sea adjudicada con criterios de transparencia, publicidad y concurrencia y, además, controlada por la administración pública. El Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación , en su artículo 3, establece como condiciones generales de los demandantes de vivienda y financiación, entre otras, estar inscrito en un registro público de demandantes, creado y gestionado de conformidad con lo que disponga la normativa de las Comunidades Autónomas, en nuestro caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Estos registros tienen que estar ya en funcionamiento, que según el plazo dado por la normativa arriba indicada, era el 26 de diciembre de Qué se entiende por vivienda protegida? Es aquella que cumple las condiciones de uso, destino, calidad, precio de venta o alquiler y, en su caso, superficie y diseño establecidos legalmente, y tiene que ser calificada como tal por la administración competente. andalucia.facua.org 5

6 También se considerarán vivienda protegida los alojamientos que sean calificados como protegidos y que se integren en un conjunto que constituyan fórmulas intermedias entre vivienda habitual y residencia colectiva. Cuáles son las actuaciones protegidas en materia de acceso a la vivienda en Andalucía? Para acceder en propiedad a una vivienda protegida existen las siguientes actuaciones: Viviendas Protegidas de Régimen Especial, Viviendas Protegidas de Régimen General, Viviendas Protegidas de Iniciativa Municipal y Autonómica, Adquisición Protegida de Viviendas Usadas y Fomento de la Adquisición desde el Alquiler. Para acceder en alquiler existen las siguientes modalidades: Viviendas Protegidas en Alquiler de Renta Básica, Viviendas Protegidas en Alquiler con Opción a Compra, Alojamientos Protegidos, Ayudas para el Alquiler. También se prevén actuaciones especiales para jóvenes y personas con riesgo de exclusión social, siendo las primeras: Viviendas Protegidas Joven en Venta, Viviendas Protegidas en Alquiler con Opción a Compra y Alojamientos Protegidos para Universitarios y las segundas Viviendas de Promoción Pública para la Integración Social y Alojamientos de Promoción Pública. Quiénes son los destinatarios de las viviendas protegidas? Son destinatarios las personas cuyos ingresos anuales no excedan de 5,5 veces el Iprem en Andalucía. Qué es el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida? Es un instrumento de inscripción obligatoria de los demandantes de vivienda protegida, sea en propiedad o en alquiler, que garantiza la 6

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8 adjudicación de las mismas según los principios de igualdad, publicidad y concurrencia, a efectos de impedir el fraude en las transmisiones. Qué administración pública debe crear el Registro? Este registro debe crearse por los Ayuntamientos, y gestionarse por ellos. No obstante, esta gestión podrá ser conjunta cuando existan consorcios de vivienda o convenios con entidades de carácter supramunicipal. Cuál es uno de los objetivos generales del Registro? Uno de los objetivos principales es proporcionar información acerca de las necesidades de vivienda en un municipio concreto y, en función de ello, elaborar el Plan Municipal de Vivienda, ya que los mismos deben contener, entre otros aspectos: los estudios de las necesidades de vivienda y el nivel de renta de las familias residentes en el municipio, desagregados por sexo, a fin de determinar las viviendas necesarias, y los tipos de vivienda, cuyos datos podrán ser recabados a través del Registro. Cómo se regulan? Todos los Ayuntamientos, a través de una ordenanza, tienen que constituir y regular el funcionamiento del Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de su propio municipio y establecer las bases y los procedimientos para la inscripción en el Registro, la selección de los demandantes y la adjudicación de las viviendas. Las bases de constitución han de ser aprobadas por la Dirección General de Vivienda y Arquitectura de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía y deben estar sujetas a los principios de igualdad, publicidad y concurrencia. 8

9 El Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida en Andalucía Cómo inscribirse en el Registro? Para inscribirse en el Registro hay que presentar una solicitud de inscripción en el Ayuntamiento donde una persona, unidad familiar o unidad de convivencia tenga su residencia administrativa o donde tenga intención de residir. La solicitud se puede presentar por personas a título individual, o como miembros de una unidad familiar o unidad de convivencia, sin que pueda estar incluida la misma persona en más de una inscripción en el mismo Registro. Cuando alguno de los miembros que integran una solicitud figurara en una inscripción anterior, se denegará la inscripción de dicha solicitud, en tanto no sea modificada la inscripción inicial. Qué se debe adjuntar con la solicitud de inscripción? Junto con la solicitud de inscripción tiene que aportarse: una declaración responsable sobre la composición de la unidad familiar o de la unidad de convivencia, y los siguientes datos de cada uno de los miembros: nombre y apellidos, sexo, nacionalidad, número del documento nacional de identidad o análogo, grupo de especial protección, fecha de nacimiento, ingresos anuales corregidos, declaración responsable de no ser titular del pleno dominio de una vivienda protegida o libre, ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio, o motivos que justifiquen la necesidad de vivienda. De todos los datos de la solicitud se debe adjuntar también la documentación justificativa. Para que la información sea lo más completa posible sobre la necesidad de vivienda, también se indicará el régimen de acceso al que opta: propiedad, alquiler con o sin opción a compra, número de dormitorios de la vivienda que demanda, en La solicitud podrá presentarse por personas a título individual o como miembros de una unidad familiar o de convivencia andalucia.facua.org 9

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11 El Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida en Andalucía relación con su composición familiar o necesidad de una vivienda adaptada. Con respecto al requisito de no ser titular de pleno dominio de una vivienda protegida o libre, ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio existen excepciones? El Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación establece la excepción, cuando se es titular de una vivienda protegida, de que ésta se encuentre en condiciones inadecuadas para habitarla y se demuestre que no es simultáneamente titular de otra vivienda protegida. Con respecto a las viviendas libres, las excepciones a la titularidad de una vivienda libre son el hecho de que el solicitante se haya visto privado del derecho de uso de la misma, por causa no imputable al interesado, o que el valor de la misma, o el derecho calculado según el impuesto de transmisiones patrimoniales, no supere el 40% del valor de la vivienda protegida que se pretenda adquirir, o el 60% en los casos de personas mayores de 65 años, víctimas del terrorismo, víctimas de violencia de género, familiares con situación de dependencia o minusvalía reconocida oficialmente, familias numerosas, familias monoparentales con hijos, personas divorciadas o separadas legalmente y al corriente de pago de las pensiones alimenticias o compensatorias. En Andalucía también existen excepciones adicionales, tales como que se pretenda ser destinatario de una vivienda protegida en alquiler por motivos de movilidad laboral temporal, que sean personas destinatarias de alojamientos o realojos en alquiler como consecuencia de actuaciones en materia de rehabilitación, o que se encuentren en otras situaciones transitorias. En cuántos Registros se puede presentar la solicitud? En la solicitud se puede indicar, por aquellos que así lo deseen, su interés en residir en otros municipios y si han presentado otras solicitudes andalucia.facua.org 11

12 en otros municipios indicando si aquél en el que la presentan tiene carácter de preferencia. La solicitud con el mismo contenido sólo se podrá presentar en otros dos Registros de municipios en los que tenga interés en residir. La inscripción no exime al demandante inscrito de la obligación de cumplir los requisitos exigidos para ser destinatario Cuándo queda inscrita la solicitud en el Registro? La inscripción se practicará una vez completada y comprobada la documentación presentada, previa resolución de la persona responsable del mismo. La inscripción contemplará el grupo de acceso en el que el solicitante se incluye, en función de sus ingresos, pertenencia a grupos de especial protección y preferencias sobre el régimen de tenencia (propiedad, alquiler con o sin opción a compra). La inscripción en el Registro no exime al demandante inscrito de la obligación de cumplir los requisitos exigidos para ser destinatario de vivienda protegida en el momento en que adquiera la condición de adjudicatario. Cómo se modifican y actualizan datos en el Registro? Las personas inscritas en los Registros están obligadas a mantener actualizada la información que figura en el mismo. La modificación de los datos contenidos en la solicitud deberá ser comunicada al Registro, debiendo justificarse documentalmente, en el plazo de tres meses desde la modificación. No será necesario comunicar modificaciones en los ingresos familiares cuando éstos supongan una variación inferior al 10% sobre los inicialmente declarados. El incumplimiento de éste podrá dar lugar, previa audiencia del solicitante, a la pérdida de la antigüedad del demandante en la ins- 12

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14 cripción en el plazo de tiempo que medie entre la falta de comunicación y su subsanación o a la cancelación de la inscripción, cuando de los nuevos datos aportados o comprobados por la Administración resulte que el demandante deja de cumplir los requisitos establecidos para el acceso. Cuál es el periodo de vigencia de la inscripción? La inscripción tendrá un periodo de vigencia de tres años, a contar desde la fecha de la misma o desde la última actualización de los datos realizada por el demandante inscrito, salvo que en los tres meses anteriores a la finalización del periodo señalado, el interesado solicite la renovación. Cuándo se cancela la inscripción en el Registro Público de Demandantes de Viviendas Protegidas? a) Cuando lo solicita el interesado. b) Cuando finalice el periodo de vigencia de la inscripción sin haberla renovado. c) Cuando los nuevos datos aportados o comprobados por la Administración impliquen que el demandante deja de cumplir los requisitos establecidos para el acceso. d) Cuando el demandante resulte adjudicatario definitivo de una vivienda protegida, con la suscripción de los correspondientes contratos de arrendamiento o de compraventa, o de la adjudicación en caso de cooperativas. e) Cuando habiendo resultado adjudicatario en los correspondientes procedimientos, hayan renunciado voluntariamente en dos ocasiones a la vivienda o promoción para la que hubiesen sido seleccionados. Se entiende también renuncia el supuesto de que el adjudicatario no dé respuesta a los requerimientos del promotor en el plazo de diez días. El demandante excluido no podrá volver a ser inscrito hasta que 14

15 El Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida en Andalucía transcurra, desde la última oferta que le fue presentada, el plazo que determinen las bases del Registro. f) La inclusión de un demandante inscrito en una relación de adjudicatarios seleccionados, conllevará la cancelación provisional de la inscripción. La inscripción, actualización y cancelación de datos en el Registro será gratuita. Cuál es el sistema que se utiliza para la adjudicación de viviendas protegidas a los demandantes inscritos? Lo elige el propio Ayuntamiento, por lo que se tendrá que consultar la ordenanza municipal correspondiente, siendo el orden de adjudicación el resultante de la aplicación de alguno de los siguientes sistemas o sus combinaciones: a) Baremación de las solicitudes presentadas conforme a los criterios que deben figurar en las bases de constitución del Registro, y que deben justificarse en relación con los objetivos de los planes municipales, autonómicos y estatales de vivienda. b) Sorteo entre los demandantes que cumplan los requisitos establecidos para cada programa. c) En el caso de que no se hubiesen establecido criterios específicos para la adjudicación, habrá de seguirse el orden de antigüedad establecido en el Registro entre los demandantes que cumplan los requisitos establecidos en el programa de que se trate, salvo que los planes de vivienda y suelo establezcan para determinados programas criterios de preferencia específicos, que tendrán prioridad sobre los arriba indicados. En el caso de que para la selección se exija estar empadronado u otro tipo de vinculación con el municipio, estarán exentas de dicho requisito las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas. andalucia.facua.org 15

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17 El Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida en Andalucía Cuándo y cómo se realiza la adjudicación de vivienda protegida? El demandante excluido no podrá volver a ser inscrito hasta que transcurra el plazo que determinen las bases del Registro La adjudicación se realizará una vez obtenida la calificación provisional de vivienda protegida. Es en ese momento cuando el promotor solicitará al Registro correspondiente, sin coste alguno, la relación de demandantes que se ajusten a la promoción determinada. En el plazo de treinta días desde que el promotor presenta la solicitud al Registro, la persona responsable del mismo le remitirá una relación de demandantes seleccionados conforme al sistema de selección elegido por el Ayuntamiento, con una certificación con validez de seis meses de cada uno de los seleccionados sobre el cumplimiento de los requisitos que permitan el acceso a la vivienda protegida de la promoción, la relación incluirá un número de demandantes suplentes igual al doble del de viviendas a adjudicar. La persona responsable del Registro notificará la expresada relación a los demandantes seleccionados y a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, a efectos de su publicación en su página web. En caso de que existan renuncias, el promotor podrá adjudicar la vivienda siguiendo la relación de suplentes. Agotada la lista de suplentes sin adjudicar todas las viviendas, el promotor podrá solicitar a dicho Registro una nueva relación o adjudicarlas libremente entre quienes cumplan los requisitos establecidos para el acceso a la vivienda y se hallen inscritos en el Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas. La Consejería de Obras Públicas y Vivienda facilitará a los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas información sobre las solicitudes y concesiones de calificación provisional de vivienda protegida en el municipio a fin de que éstos puedan prever las actuaciones que deben realizar para su adjudicación. andalucia.facua.org 17

18 Se utiliza el mismo procedimiento en el caso de cooperativas de viviendas protegidas? En el caso de cooperativas de viviendas protegidas, la persona promotora de la constitución de la misma solicitará del Registro la correspondiente relación de demandantes, conforme al procedimiento indicado anteriormente, pero con carácter previo a la solicitud de la calificación provisional. La persona promotora de la cooperativa podrá resultar adjudicataria de una vivienda protegida siempre que sea seleccionada igual que el resto de los demandantes. Si los demandantes inicialmente seleccionados rechazan constituirse en cooperativa para la promoción de las viviendas, ello no implica renuncia voluntaria. Cómo se formaliza la adjudicación de la vivienda protegida? Mediante contrato de compraventa, arrendamiento o mediante adjudicación en caso de cooperativas. El promotor comunicará al Registro la adjudicación de las viviendas en el plazo de 10 días desde que la misma tenga lugar. Esta información será trasladada a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda por el responsable del Registro. Hay que tener en cuenta que, para acceder a la propiedad, la unidad familiar deberá acreditar unos ingresos familiares superiores a una vez el Iprem. Cómo puede actuar el promotor si no recibe la relación de demandantes seleccionados? El promotor deberá comunicarlo a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía, que instará al Registro la emisión de la relación. Si en 15 días desde la comunicación el Registro no facilita la relación solicitada, el promotor podrá adjudicar libremente las viviendas, siempre que los adjudicatarios cumplan los requisitos establecidos para el acceso a las mismas y se hallen inscritos en el Registro dos meses antes de la fecha 18

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20 de la solicitud de demandantes presentada por la persona promotora en el citado Registro, los posibles adjudicatarios deberán presentar previamente una certificación sobre el cumplimiento de los requisitos que permiten el acceso a las viviendas protegidas de la promoción. Existen excepciones a la obligación de adjudicación mediante el Registro Público Municipal de Demandantes? Sí, previa autorización de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, que se obtiene junto con la calificación provisional y deberá ser comunicada al Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas del correspondiente municipio. Dichas excepciones son: aquellas adjudicaciones destinadas a atender situaciones de emergencia en las prestaciones de los servicios de asistencia y bienestar social, las que tengan como objeto el realojo permanente o transitorio motivado por actuaciones urbanísticas, de rehabilitación o renovación urbana y los alojamientos protegidos destinados a colectivos específicos en los que se justifique que se trata de residencia temporal, la adjudicación de viviendas a unidades familiares en riesgo de exclusión social cuando se justifique su carácter de urgencia. Cómo afecta la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el reglamento que la desarrolla, a la información con tal carácter que contienen estos Registros? Dado que los Registros contienen datos de carácter personal de nivel alto según esta norma, deben cumplir con lo preceptuado en la misma. Teniendo en cuenta lo expuesto, podrán comunicarse datos agregados del Registro a entidades promotoras de vivienda protegida y a los agentes económicos y sociales más representativos, previa 20

21 El Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida en Andalucía Los demandantes inscritos tendrán acceso en cualquier momento a los datos que figuren en su inscripción solicitud de los mismos y a efectos de adecuar las promociones a la demanda existente. Asimismo, en la solicitud presentada por los demandantes se autorizará al órgano gestor del Registro para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía. También conllevará la autorización al órgano gestor para verificar por vía electrónica la identidad y residencia de las personas solicitantes y para recabar los datos sobre titularidad de inmuebles de la Dirección General del Catastro, así como otras que puedan autorizarse en relación con los requisitos que venga obligado a acreditar el demandante. Con el fin de mantener actualizada la lista de demandantes, la persona responsable del Registro solicitará periódicamente, a los organismos correspondientes en cada caso, los datos necesarios para conocer la variación económica y patrimonial de la unidad familiar inscrita en el Registro, comunicando esta circunstancia al demandante cuando suponga cambio en el grupo de acceso a la vivienda protegida en el que se hubiere ubicado. Cómo se tratan las solicitudes inscritas en los Registros de Demandantes de Vivienda Protegida? La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía coordinará y pondrá en relación los distintos registros en una base de datos única con datos estadísticos, previa copia electrónica de las bases de datos de cada Registro Municipal. Los demandantes inscritos tendrán acceso en cualquier momento a los datos que figuren en su inscripción. andalucia.facua.org 21

22 Los registros electrónicos Las solicitudes de los ciudadanos que se realicen de forma telemática deberán registrarse en el correspondiente Registro electrónico del municipio en cuestión. Las entidades locales, mediante convenios de colaboración con la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía, crearán registros electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes telemáticas de los demandantes, escritos y comunicaciones. Convenio entre FACUA Andalucía y la Consejería de Obras Públicas y Vivienda FACUA Andalucía mantiene un Convenio de Colaboración con la Consejería de Obras Públicas y Vivienda que permite mantener un cauce de relaciones ágil y eficiente entre la Consejería y las Federaciones de Consumidores y Usuarios integrantes del Consejo de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, y que tiene la finalidad de garantizar su participación en aquellas materias competencia de la Consejería y que afecten a los derechos e intereses legítimos de los consumidores y usuarios, así como potenciar e impulsar la información y formación de los consumidores andaluces. Esta guía se ha elaborado en el marco de dicho convenio y pretende dar cumplimiento precisamente al compromiso asumido de informar a los consumidores sobre medidas para el acceso a una vivienda protegida. 22

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24 FACUA Almería: Federico García Lorca, Almería - Teléfono: FACUA Cádiz: Avenida de Andalucía, Cádiz - Teléfono: FACUA Córdoba: Doce de Octubre, Córdoba - Teléfono: FACUA Granada: Horno del Espadero, Granada - Teléfono: FACUA Huelva: Duque de Ahumada, Huelva - Teléfono: FACUA Jaén: Pedro Poveda, 1, bajo Linares - Teléfono: FACUA Málaga: Pedro de Toledo, Málaga - Teléfono: FACUA Sevilla: Resolana, Sevilla - Teléfono: Oficinas centrales: Bécquer, 25 A Sevilla Administración: Gabinete de Comunicación y Publicaciones: Gabinete Jurídico: Fax: Correo-e: facua@facua.org andalucia.facua.org Publicación subvencionada por Dep. Legal: SE Publicación impresa en papel ecológico

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