I. Principado de Asturias

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1 Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/ Miércoles, 20 de marzo de 2002 Núm. 66 S U M A R I O I. Principado de Asturias OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA: Págs. Resolución de 5 de marzo de 2002, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la publicación de addenda al convenio de cooperación suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo y de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Quirós para el desarrollo del Programa Local de Empleo, en el marco del Pacto Institucional por el Empleo Resolución de 5 de marzo de 2002, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la publicación de addenda al convenio de cooperación suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo y de la Consejería de la Presidencia y el Grupo Local Centro para el Desarrollo de la Comarca Natural Oscos-Eo (CEDER Oscos-Eo) para el desarrollo del Programa Local de Empleo, en el marco del Pacto Institucional por el Empleo Rectificación de error habido en la publicación del convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Asuntos Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización de los programas de ejecución de medidas para menores infractores, medidas alternativas al internamiento dictadas por los jueces de menores y de capacitación de profesionales de las Comunidades Autónomas (BOPA nº 54, de ) Rectificación de error habido en la publicación del convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Asuntos Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización de programas de apoyo a las familias en situaciones especiales (BOPA nº 54, de ) 3525 CONSEJERIA DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS YASUNTOS EUROPEOS: Resolución de 4 de marzo de 2002, de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos, por la que se dispone ejecución de sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso de apelación nº: 40/2001, interpuesto por don José Antonio del Busto Suárez Resolución de 4 de marzo de 2002, de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos, por la que se dispone ejecución de sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso contencioso-administrativo nº 2241/98, interpuesto por doña Beatriz Díaz Pérez CONSEJERIA DE HACIENDA: Resolución de 22 de febrero 2002, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueba el Plan de Actuaciones de Control Financiero del Principado de Asturias para el ejercicio CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICATERRITORIAL: Resolución de 27 de febrero de 2002, de la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial, sobre la convocatoria de los procedimientos de adjudicación de los grupos de vivienda promovidos por el Principado de Asturias que se relacionan en anexos CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE: Págs. Corrección de errores de la Resolución de 13 de febrero de 2002, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se establece que el sorteo público para el reparto de los permisos para cazadores regionales se realice utilizando medios informáticos que sustituyan el procedimiento de insaculación (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias número 57, de 9 de febrero, de 2002)

2 3522 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 20-III-2002 CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO: Resoluciones de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por las que se autorizan y se aprueban los proyectos de alta tensión que se citan ANUNCIOS CONSEJERIA DE HACIENDA SERVICIO DE RECAUDACION: Notificación de actos administrativos a los contribuyentes que se citan Notificación de providencia de apremio y requerimiento al pago por edicto CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICATERRITORIAL: Información pública de las adjudicaciones de contratos de asistencia técnica y suministros, de más de de pesetas realizadas por esta Consejería durante los meses de noviembre y diciembre del año Notificación del expediente sancionador de costas SPGDU 38/ Notificación del procedimiento sancionador en materia de carreteras que se cita Información pública de la expropiación de los bienes afectados por Obras complementarias nº 1 del proyecto de construcción de la variante de Lugo de Llanera-Venta del Jamón CONSEJERIA DE MEDIO RURALY PESCA: Págs. Notificación de los procedimientos sancionadores en materia de pesca marítima en aguas interiores que se citan Información pública del expediente de ocupación de terrenos en monte de utilidad pública núm , instruido a instancia de don Joaquín Sevares Acebal, en representación de Agropecuaria Yateras, S.A Información pública de la licitación, mediante el sistema de subasta, del aprovechamiento maderable que se cita Información pública de los proyectos que se citan y precisan evaluación preliminar de impacto ambiental 3559 CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO: Requerimiento de documentación de subvención directa a la inversión y de intereses de préstamo (Expediente nº 2001/965-CR y CP) Notificación de resolución de los expedientes sancionadores que se citan Notificación de los procedimientos sancionadores en materia de prevención de riesgos laborales que se citan Notificación de los procedimientos sancionadores en materia de infracción en el orden social que se citan CONSEJERIA DE TRABAJO Y PROMOCION DE EMPLEO: Información pública relativa a expedientes tramitados por la Dirección General de Promoción de Empleo en materia de subvención de cuotas para trabajadores perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único (Orden de 13 de abril de 1994, art. 1º de R.D. 1044/1985, de 19 de junio, art.4.2 de dicho R.D. modificado por la Ley 22/1992, de 30 de julio y transferencia a la comunidad autónoma por R.D. 11/2001, de 12 de enero, B.O.E. de 31/1/2001) UNIVERSIDAD DE OVIEDO: Págs. Corrección de error advertido en la Resolución de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso público, con procedimiento abierto y tramitación ordinaria, para la contratación del servicio de transporte de personal para servicios, centros y departamentos de la Universidad de Oviedo Corrección de error advertido en la Resolución de la Universidad de Oviedo, por la que se anuncia concurso público, con procedimiento abierto y tramitación ordinaria, para la contratación del servicio de transporte interno de mercancías III. Administración del Estado IV. Administración Local V. Administración de Justicia I. Principado de Asturias OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA: RESOLUCION de 5 de marzo de 2002, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la publicación de addenda al convenio de cooperación suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo y de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Quirós para el desarrollo del Programa Local de Empleo, en el marco del Pacto Institucional por el Empleo. Habiéndose suscrito con fecha 28 de diciembre de 2001 Addenda al convenio de cooperación entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo y de la Consejería de la Presidencia y el Ayuntamiento de Quirós para el desarrollo del Programa Local de Empleo, en el marco del Pacto Institucional por el Empleo y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución. Lo que se hace público para general conocimiento.

3 20-III-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3523 En Oviedo, a 5 de marzo de La Consejera de la Presidencia Anexo ADDENDAAL CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE QUIROS PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA LOCAL DE EMPLEO, EN EL MARCO DEL PACTO INSTITUCIONAL POR EL EMPLEO En Oviedo, a 28 de diciembre de 2001 Reunidos De una parte, don Graciano Torre González, Consejero de Trabajo y Promoción de Empleo, y doña Mª José Ramos Rubiera, Consejera de la Presidencia, ambos en representación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, estando facultados para la firma de la presente Addenda por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 5 de diciembre de Y de otra, don Agustín Farpón Alonso, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quirós, en representación del mismo, en representación del mismo; reconociéndose ambas partes dicha representación Manifiestan Primero. Que conforme a lo especificado en la cláusula séptima del convenio de cooperación entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Quirós para el desarrollo del Programa Local de Empleo 2000/2002, en el marco del Pacto Institucional por el Empleo en Asturias, firmado el 12 de julio de 2000, cualquier modificación de las cláusulas del mismo deberá ser objeto de un acuerdo expreso entre las partes. Segundo. Que a propuesta del Ayuntamiento de Quirós, se procede a prorrogar por otros seis meses más la duración del contrato de las dos trabajadoras del "Plan ocupacional para la elaboración de productos artesanales agroalimentarios", incluido en la Línea 6. Nuevos yacimientos de Empleo, con el fin de optimizar la cualificación profesional de las dos trabajadoras beneficiarias del Plan y facilitar su transformación en un proyecto de autoempleo con el fin de optimizar la cualificación profesional de las beneficiarias y facilitar su transformación en un proyecto de autoempleo. Esta ampliación requiere una aportación adicional de la Dirección General de Promoción de Empleo de ,15 euros ( ptas.). Por todo ello, de común acuerdo y como Addenda del citado convenio, ambas partes ACUERDAN Primero. Modificar la aportación financiera comprometida por la Dirección General de Promoción de Empleo en la Cláusula Tercera l., cuya cuantía y distribución anual queda como sigue: Año D.G. Promoción D.G. Cooperación Total Empleo Local Total Segundo. Modificar el Anexo con el desglose del cuadro financiero incrementando la aportación para el "Plan ocupacional para la elaboración de productos artesanales agroalimentarios" en ,15 euros ( ptas.), de los que 4.136,89 ( ptas.) corresponden a 2001 y 8.439,26 ( ptas.) a Tercero. Este aumento supone igualmente una elevación proporcional de la aportación local mínima del 15%, que pasa a ser de ,35 euros ( ptas.), como se refleja en el mismo Anexo. Para que conste, y en prueba de conformidad, se firma la presente Addenda al citado convenio por cuatriplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados. El Consejero de Trabajo y Promoción de Empleo. La Consejera de la Presidencia. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quirós. Anexo PROGRAMA LOCAL DE EMPLEO PRINCIPADO DE ASTURIAS-AYUNTAMIENTO DE QUIROS DESGLOSE ANUAL DEL CUADRO FINANCIERO Aportación del Principado de Asturias Línea Total 2. Planes Locales de Empleo Empleo Cooperación Nuevos Yacimientos de Empleo Total Año Aportación del Ayuntamiento de Quirós Coste total del Programa Local de Empleo RESOLUCION de 5 de marzo de 2002, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la publicación de addenda al convenio de cooperación suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo y de la Consejería de la Presidencia y el Grupo Local Centro para el Desarrollo de la Comarca Natural Oscos-Eo (CEDER Oscos-Eo) para el desarrollo del Programa Local de Empleo, en el marco del Pacto Institucional por el Empleo. Habiéndose suscrito con fecha 28 de diciembre de 2001 Addenda al Convenio de cooperación entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo y de la Consejería de la Presidencia y el Grupo Local Centro para el Desarrollo de la Comarca Natural Oscos-Eo (CEDER Oscos-Eo) para el desarrollo del Programa Local de Empleo, en el marco del Pacto Institucional por el Empleo y estableciendo el Art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimento Administrativo Común y el Art de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución. Lo que se hace público para general conocimiento. En Oviedo, a 5 de marzo de La Consejera de la Presidencia

4 3524 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 20-III-2002 Anexo I ADDENDAAL CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y EL GRUPO LOCAL CENTRO PARA EL DESARROLLO DE LA COMARCA NATURAL OSCOS-EO (CEDER OSCOS-EO) PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA LOCAL DE EMPLEO, EN EL MARCO DEL PACTO INSTITUCIONAL POR EL EMPLEO. En Oviedo, a 28 de diciembre de 2001 Reunidos De una parte, don Graciano Torre González, Consejero de Trabajo y Promoción de Empleo, y doña Mª José Ramos Rubiera, Consejera de la Presidencia, ambos en representación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, estando facultados para la firma de la presente Addenda por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 5 de diciembre de Y de otra, doña Servanda García Fernández, Presidenta del Grupo Local Centro para el Desarrollo de la Comarca Natural Oscos- Eo (CEDER Oscos-Eo), en representación del mismo; reconociéndose ambas partes dicha representación. Manifiestan Primero. Que conforme a lo especificado en la Cláusula Séptima del Convenio de Cooperación entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Grupo Local Centro para el Desarrollo de la Comarca Natural Oscos-Eo (CEDER Oscos-Eo) para el desarrollo del Programa Local de Empleo 2000/2002, en el marco del Pacto Institucional por el Empleo en Asturias, firmado el 17 de julio de 2000, cualquier modificación de las cláusulas del mismo deberá ser objeto de un acuerdo expreso entre las partes. Segundo. Que, habiendo renunciado el Ayuntamiento de San Tirso de Abres a la contratación de un técnico forestal, proyecto incluido en la Línea 6. Nuevos yacimientos de Empleo de su Convenio, el Grupo Local Centro para el desarrollo de la Comarca Natural Oscos-Eo (CEDER-Oscos-Eo), a propuesta de la Dirección General de Promoción de Empleo y en la medida en que el Programa Local de Empleo había sido concebido a nivel comarcal, asume la ejecución del mismo, si bien reorientada su finalidad hacia el fenómeno del despoblamiento rural, así como los compromisos presupuestarios correspondientes: una financiacion regional de ptas. y el incremento de la aportación local consiguiente. Por todo ello, de común acuerdo y como Addenda del citado convenio, ambas partes Acuerdan Primero. Modificar la aportación financiera comprometida por la Dirección General de Promoción de Empleo en la Cláusula Tercera l., que pasa a tener la cuantía y distribución por anualidades siguiente: Año Dirección General de Promoción de Empleo Total Segundo. Modificar el anexo con el desglose del cuadro financiero incorporando dicha aportación e incrementando proporcionalmente la aportación mínima del 15% del Grupo Local, como se refleja en el adjunto a la presente. Tercero. Modificar el anexo con la relación de proyectos a ejecutar y empleos directos por crear, añadiendo la contratación referida. Para que conste, y en prueba de conformidad, se firma la presente Addenda al citado convenio por cuatriplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados. El Consejero de Trabajo y Promoción de Empleo. La Consejera de la Presidencia. La Presidencia del CEDER Oscos-Eo. Anexo II PROGRAMA LOCAL DE EMPLEO PRINCIPADO DE ASTURIAS- CENTRO PARA EL DESARROLLO DE LA COMARCA NATURAL (CEDER) OSCOS -EO Desglose del cuadro financiero (en pesetas) Aportación del Principado de Asturias. Dirección General de Promoción de Empleo. Línea Total 1. Proyectos de Desarrollo Local Nuevos Yacimientos de Empleo Total Aportación del CEDER Oscos-Eo Coste total del Programa LocaL de Empleo Anexo III PROGRAMA LOCAL DE EMPLEO PRINCIPADO DE ASTURIAS- CENTRO PARA EL DESARROLLO DE LA COMARCA NATURAL (CEDER) OSCOS -EO Relación de proyectos a ejecutar y empleos directos por crear Línea/Proyecto...Empleos 1. Proyectos de Desarrollo Local Plan Estratégico de la Comarca Oscos-Eo Nuevos Yacimientos de Empleo 6.1. Técnico informático para el programa ARTE PYME Técnico para la elaboración de un estudio sobre el despoblamiento y búsquede de soluciones...1 Total RECTIFICACION de error habido en la publicación del convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Asuntos Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización de los programas de ejecución de medidas para menores infractores, medidas alternativas al internamiento dictadas por los jueces de menores y de capacitación de profesionales de las Comunidades Autónomas (BOPA nº54, de ). Advertido error en la publicación del texto del convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Asuntos Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización de los programas de ejecución de medidas para menores infractores (medidas alternativas al internamiento dictadas por los jueces de menores y de capacitación de profesionales de las Comunidades Autónomas BOLETIN OFICIAL

5 20-III-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3525 del Principado de Asturias núm. 54, de 06/03/02), se procede a su rectificación en el siguiente sentido: Página Donde dice: RESOLUCION de 21 de febrero de 2002, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la inscripción de la revisión de las tablas salariales para el año 2001, del convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Asuntos Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización de los programas de ejecución de medidas para menores infractores (medidas alternativas al internamiento dictadas por los jueces de menores y de capacitación de profesionales de las Comunidades Autónomas). Debe decir: RESOLUCION de 21 de febrero de 2002, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la publicación del convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Asuntos Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización de los programas de ejecución de medidas para menores infractores (medidas alternativas al internamiento dictadas por los jueces de menores y de capacitación de profesionales de las Comunidades Autónomas). Lo que se hace público para general conocimiento RECTIFICACION de error habido en la publicación del convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Asuntos Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización de programas de apoyo a las familas en situaciones especiales (BOPA nº 54, de ). Advertido error en la publicación del texto del convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Asuntos Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización de programas de apoyo a las familias en situaciones especiales (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias núm. 54, de 06/03/02), se procede a su rectificación en el siguiente sentido: Página Donde dice: RESOLUCION de 21 de febrero de 2002, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la publicación de Addenda al convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Asuntos Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización de programas de apoyo a las familias en situaciones especiales. Debe decir: RESOLUCION de 21 de febrero de 2002, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la publicación del convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Asuntos Sociales y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales. Lo que se hace público para general conocimiento CONSEJERIA DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y ASUNTOS EUROPEOS: RESOLUCION de 4 de marzo de 2002, de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos, por la que se dispone ejecución de sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso de apelación nº 40/2001, interpuesto por don José Antonio del Busto Suárez. Vista la Sentencia de 23 de noviembre de 2001 dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso de apelación nº 40/2001, interpuesto por don José Antonio del Busto Suárez, contra la sentencia del día 26 de diciembre de 2000 por el Juzgado de este Orden Jurisdiccional nº 5 de los de Oviedo en el recurso nº 230/2000, Procedimiento Abreviado, seguido contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, de fecha 15 de junio de 2000, desestimatorio del recurso de súplica interpuesto contra la resolución de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos de 10 de diciembre de 1999, por la que se desestimaba la solicitud del demandante sobre el reconocimiento del derecho a percibir el complemento de destino correspondiente a Directores Generales de la Administración del Estado, en aplicación de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 en concreto en su art Visto el dictamen emitido por el Servicio Jurídico y considerando que la mencionada sentencia ha adquirido firmeza, y que, en orden a su ejecución, han de observarse los trámites previstos en el artículo 26 del Decreto 20/97, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias, por la presente dispongo se ejecute en sus propios términos el fallo de la citada sentencia, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal: "En atención a lo expuesto, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha decidido: Estimar el recurso de apelación interpuesto por don José Antonio del Busto Suárez, representado por el Letrado don Miguel Valdés-Hevia Temprano, contra la sentencia dictada el día 26 de diciembre de 2000 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Oviedo, en autos de Procedimiento Abreviado nº 230/2000, habiendo sido parte el Principado de Asturias, representado por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, revocando la citada resolución, estimar el recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, de fecha 15 de junio de 2000, desestimatorio del recurso de súplica contra la resolución de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos de 10 de diciembre de 1999, por la que se desestimaba la solicitud de aquella parte sobre el reconocimiento del derecho a percibir el complemento de destino correspondiente a Directores Generales de la Administración del Estado, en aplicación de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, que anulamos por ser contrario a derecho, reconociendo al recurrente el derecho a la percepción, desde la fecha de reincorporación al servicio y mientras se mantenga en esta situación, del complemento de destino correspondiente a su grado personal incrementado en la cantidad necesaria para igualarlo al valor del complemento de destino que la Ley de Presupuestos fije anualmente para los Directores Generales de la Administración Asturiana; y al abono de las cantidades no percibidas por tal concepto desde la fecha de reincorporación al servicio activo, con los intereses legales que procedan desde la reclamación administrativa. Contra la presente sentencia no cabe interponer recurso ordinario alguno. La que firman sus componentes en el lugar y fecha indicados". En Oviedo, a 5 de marzo de La Consejera de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos

6 3526 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 20-III-2002 RESOLUCION de 4 de marzo de 2002, de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos por la que se dispone ejecución de sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso contencioso-administrativo nº2241/98, interpuesto por doña Beatriz Díaz Pérez. Vista la sentencia de 17 de septiembre de 2001 dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso contencioso-administrativo nº 2.241/98, interpuesto por doña Beatriz Díaz Pérez, funcionaria del Cuerpo de Administración Especial de Técnicos Auxiliares, Escala, Asistentes Sociales y con destino en la Consejería de Servicios Sociales, Dirección Regional de Acción Social, Servicio de Tercera Edad, actuando en su propio nombre y representación; contra la resolución dictada por el Consejero de Cooperación del Principado de Asturias de fecha 19 de enero de 1998, por la que se adjudican con carácter definitivo los puestos de trabajo convocados para su provisión entre funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, por Resolución de 18 de junio de En concreto el nombramiento para el puesto, Código 85, "jefe de sección de programación" al concursante don José Manuel Muro Zofio. En apoyo de sus pretensiones solicitaba la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado, que fue denegada por Auto de 16 de septiembre de Visto el dictamen emitido por el Servicio Jurídico y considerando que la mencionada sentencia ha adquirido firmeza, y que, en orden a su ejecución, han de observarse los trámites previstos en el artículo 26 del Decreto 20/97, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias, por la presente dispongo se ejecute en sus propios términos el fallo de la citada sentencia, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal: "En atención a lo expuesto, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha decidido: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la funcionaria pública doña Beatriz Díaz Pérez contra la resolución presunta del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias del recurso de súplica interpuesto por la recurrente el contra Resolución del Ilmo. Sr. Consejero de Cooperación de fecha por la que se adjudican con carácter definitivo los puestos de trabajo convocados para su provisión entre funcionarios del Principado de Asturias por Resolución de (BOPA de ), estando representada la Administración del Principado de Asturias por el Letrado de su Servicio Jurídico don Samuel Fernández-Miranda Alonso, Resoluciones que se confirman por ser ajustadas al ordenamiento jurídico. Sin costas. Contra la presente sentencia no cabe interponer recurso ordinario alguno. La que firman sus componentes en el lugar y fecha indicados. En Oviedo, a 5 de marzo de La Consejera de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos CONSEJERIA DE HACIENDA: RESOLUCION de 22 de febrero de 2002, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueba el Plan de Actuaciones de Control Financiero del Principado de Asturias para el ejercicio El artículo 56.8 del Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, dispone, en su párrafo primero, que El control financiero y de eficacia de todo el sector público dependiente de la Administración del Principado de Asturias se realizará por la Intervención General mediante la práctica de auditorías, con la extensión, objeto y periodicidad que en los correspondientes planes establezca la Consejería competente en materia económica y presupuestaria, a propuesta de la Intervención General. Dicho control financiero podrá ejercerse con carácter permanente en sustitución de la función interventora. (... ) Para la ejecución de auditorías se podrá recabar la colaboración de empresas especializadas, que se ajustarán a las instrucciones que a tal efecto se le dicten. El artículo 54.2 del Texto Refundido citado establece que en cuanto a las empresas, entidades y particulares, por razón de las subvenciones, créditos, avales y otras ayudas que puedan percibir del Principado o sus organismos autónomos, el control de carácter económico y financiero se ejercerá en la forma que se hubiera establecido o se establezca en cada caso, con independencia de las funciones interventoras que se regulan en la presente Ley. Por lo anterior, a propuesta de la Intervención General y al amparo de lo dispuesto en el artículo 38, letra i) de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias y, el artículo 21.4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, por la presente, RESUELVO Unico: Aprobar el Plan de Actuaciones de Control Financiero del Principado de Asturias para el ejercicio 2002, cuyo texto se inserta a continuación. Disposiciones finales Primera. Se autoriza a la Intervención General a desarrollar e interpretar el presente Plan, a cuyos efectos podrá dictar las instrucciones y aclaraciones que resulten necesarias para su aplicación. Segunda. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. En Oviedo, a 22 de febrero de El Consejero de Hacienda Anexo PLAN DE ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO DE LA INTERVENCION GENERAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS EJERCICIO Introducción Competencias. De acuerdo con las competencias que los artículos 56.8 y 54.2 del Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/98, de 25 de junio, atribuyen a la Intervención General en materia de control financiero y de eficacia de todo el sector público dependiente de la Administración del Principado, así como del control relativo a las empresas, entidades y particulares por razón de las subvenciones, créditos, avales y otras ayudas que puedan recibir del Principado o sus organismos autónomos, se elabora el presente Plan para dar información de las actuaciones que la Intervención General llevará a cabo durante el ejercicio Estructura general del Plan. El Plan anual comprende el conjunto de actividades de control financiero a desarrollar por la Intervención General, que se realizan a través de auditorias de distintos tipos en función de los objetivos de control que se han fijado en cada caso. Las auditorías

7 20-III-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3527 que se realizarán en este Plan responden a la siguiente clasificación: Auditoría de regularidad, que comprende: Auditoría financiera. Su objeto es determinar si la información financiera se presenta adecuadamente, de acuerdo con los principios contables que le son aplicables. Auditoría de cumplimiento. Su objeto es determinar el grado de cumplimiento de la normativa aplicable a la gestión de los fondos públicos que tiene encomendados el órgano gestor del ente auditado. Auditoría de sistemas y procedimientos de gestión financiera. Tiene por objeto el análisis exhaustivo de los procedimientos administrativos con la finalidad de su racionalización, de acuerdo con principios de legalidad, de buena gestión y de conformidad con la realidad social y tecnológica del momento. Las actuaciones de control financiero a desarrollar durante el ejercicio 2002 afectan a la Administración del Principado, organismos públicos del Principado, al organismo pagador de los fondos FEOGA-Garantía, contemplándose, asimismo, actuaciones de control financiero a realizar respecto a empresas, entidades y particulares por razón de las subvenciones y ayudas percibidas con cargo a fondos de la Unión Europea así como fondos de la Comunidad Autónoma. Durante el ejercicio 2002, las actuaciones de control financiero previstas en el presente Plan podrán ampliarse a otros integrantes del sector público autonómico o beneficiarios de subvenciones y ayudas no enumerados en el siguiente apartado, en función tanto de los resultados obtenidos en la ejecución de las actuaciones programadas, como de cualquier otra circunstancia que aconseje su ampliación. 2. Desarrollo del plan de actuaciones 2.1. Administración del Principado y organismos públicos. Las auditorías que se llevarán a cabo serán tanto de regularidad, como de sistemas todas ellas referidas al ejercicio 2001 y realizadas con medios propios y ajenos. Los órganos afectados por estas actuaciones son los siguientes: Auditorías de regularidad. Servicio de Salud del Principado de Asturias: Servicios Centrales y Centros Transferidos. Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias. Instituto de Fomento Regional. Auditorías de sistemas. Hospital Central y Gerencia de Atención primaria del Area IV Subvenciones y ayudas cofinanciadas por Fondos Europeos. Dentro de las actuaciones previstas de control financiero, destacan de forma especial las relativas al control financiero de fondos europeos Organismo pagador de los fondos Feoga-Garantía. El control del organismo pagador se realiza al amparo de lo dispuesto en el Reglamento (CE) 1663/95 de la Comisión, llevándose a cabo con medios propios una auditoría tanto de regularidad como de sistemas para el ejercicio FEOGA que va del 16 de octubre de 2001 a 15 de octubre de Subvenciones y ayudas cofinanciadas con fondos estructurales. El control financiero de las operaciones cofinanciadas con fondos estructurales se realiza al amparo de lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento (CE) 1260/1999 y el Reglamento (CE) 438/2001 de la Comisión. Las auditorías que se prevé realizar son tanto de regularidad como de sistemas y afectan a distintos fondos estructurales, programas y órganos gestores. Estas auditorías se realizarán tanto con medios propios como ajenos. Auditorías de regularidad Fondo Forma de intervención Nº de controles FEDER Programa Operativo Integrado ES PO.004 FSE Programa Operativo Integrado ES PO.004 FEOGA-O Programa Operativo Integrado ES PO.004 IFOP Programa Operativo ES PO.00 1 Total auditorías 65 Auditorías de sistemas Fondo Forma de intervención Organos a auditar FSE Programa Operativo Integrado D. G. Formación 2000.ES PO.004 IFOP Programa Operativo D. G. Pesca 2000.ES PO.00 1 Total auditorías Subvenciones y ayudas financiadas con fondos propios de la Comunidad Autónoma. En relación con las subvenciones y ayudas no cofinanciadas por otras Administraciones, se realizarán controles específicos de las que hayan sido libradas mediante pago anticipado, ya sea total o parcial. Resumen de actuaciones del Plan de Auditorías Administración del Principado y Organismos Públicos (medios propios y ajenos) Auditorías de regularidad. Servicio de Salud del Principado de Asturias: Servicios Centrales y Centros Transferidos Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias Instituto de Fomento Regional Auditorías de sistemas y procedimientos de gestión financiera. Hospital Central y Gerencia de Atención Primaria del Area IV 2. Subvenciones y ayudas cofinanciadas con Fondos Europeos (medios propios y ajenos) Auditoría de regularidad y sistemas y procedimientos de gestión financiera. Organismo pagador fondos FEOGA-Garantía, ejercicio FEOGA 2002 ( a ) Auditorías de regularidad. Fondo Forma de intervención Nº de controles FEDER Programa Operativo Integrado ES PO.004 FSE Programa Operativo Integrado ES PO.004

8 3528 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 20-III-2002 Fondo Forma de intervención Nº de controles FEOGA-O Programa Operativo Integrado ES PO.004 IFOP Programa Operativo ES.14.1.PO.001 Total auditorías Auditorías de sistemas y procedimientos de gestión financiera. Fondo Forma de intervención Organos a auditar FSE Programa Operativo Integrado D. G. Formación 2000.ES PO.004 IFOP Programa Operativo D. G. Pesca 2000.ES PO.00 1 Total auditorías 2 3. Subvenciones y ayudas financiadas con fondos propios de la Comunidad Autónoma (medios propios). Auditoría de expedientes de pago anticipado de subvenciones y ayudas. CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICA TERRITORIAL: RESOLUCION de 27 de febrero de 2002, de la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial, sobre la convocatoria de los procedimientos de adjudicación de los grupos de vivienda promovidos por el Principado de Asturias que se relacionan en anexos. Examinado el desarrollo de las obras de construcción de las viviendas de protección oficial promovidas por el Principado de Asturias, en los concejos que reflejan los anexos a esta resolución, procede convocar el oportuno procedimiento de adjudicación de las mismas. Dicho procedimiento comienza con la publicación del anuncio de las promociones, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo III del Decreto 8/98, de 19 de febrero, habiéndose cumplido las exigencias a que se refiere el artículo 11.3 de dicha norma. Vistos el Decreto 8/98, de 19 de febrero, modificado parcialmente por los Decretos 67/98, de 19 de noviembre y 60/01, de 14 de junio, el Real Decreto 1186/98, de 12 de junio, parcialmente modificado por el Real Decreto 115/2001, de 9 de febrero, el Real Decreto 1/02, de 11 de enero, el Real Decreto 3148/78, de 10 de noviembre y demás normas de general aplicación. El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial, en el ejercicio de las facultades que tiene legalmente conferidas, RESUELVE Primero. Convocar el procedimiento de adjudicación de los grupos de viviendas de protección oficial promovidas por el Principado de Asturias, referidos en los anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI a esta resolución. Segundo. Aprobar los anuncios correspondientes a los grupos de viviendas contenidos en los citados anexos. Tercero. Cualquier notificación que, durante la tramitación del expediente, sea necesario realizar a los interesados, así como las listas de solicitantes adjudicatarios, en reserva y de excluidos se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento donde radique la promoción, dándose cuenta de dicha circunstancia mediante anuncio en el diario de mayor circulación de la provincia. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, parcialmente modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, la referida publicación sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos. Cuarto. Disponer la publicación de la presente resolución en, el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial Anexo I Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a las viviendas de protección oficial en el siguiente grupo promovido en régimen especial. 1. Tipos y condiciones económicas Grupo: A-98/140 (3 viviendas). Panes (Peñamellera Baja). (Destinadas a arrendamiento). Tipo Sup. útil Precio máximo Renta máxima (m²) (euros) (euros/mes) 1 57, ,38 131, , ,53 131, , ,71 172,52 2. Características generales aplicables al grupo contenido en el presente anexo Solicitudes a) En cumplimiento del acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en su reunión del día 31 de enero de 2002, el acceso a estas viviendas queda reservado al colectivo de jóvenes menores de 35 años a que se refiere el artículo 18.1 a) del Decreto 8/98, de 19 de febrero, en cuanto que establece en el 100 por 100 de las viviendas el cupo de la reserva del apartado 1 a) de dicho artículo, siempre que constituyan una unidad familiar, acrediten necesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados no superiores a ,30 euros (2,5 millones de pesetas), de acuerdo con el Decreto 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con la modificación introducida por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, con el fin de su adecuación al plan de vivienda a que están acogidas. b) Las solicitudes, en el modelo oficial que se facilitará, se presentarán en el Ayuntamiento de Peñamellera Baja, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Arrendamiento Los adjudicatarios recibirán la vivienda en régimen de arrendamiento, con una renta anual inicial no superior al 4,5 por 100 del precio de la vivienda, con derecho a la reducción establecida en el citado Decreto. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. Anexo II Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a las viviendas de protección oficial en el siguiente grupo promovido en régimen especial. 1. Tipos y condiciones económicas. Grupo: A-99/010 (8 viviendas con trastero vinculado). Alles, Peñamellera Alta. (Destinadas a arrendamiento). Tipo Sup. útil Precio máximo Renta máxima (m²) (incluido trastero) (euros/mes) (euros) 1 71, ,23 166, , ,12 172,88 Precio trastero: 1.168,99 euros.

9 20-III-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Características generales aplicables al grupo contenido en el presente anexo. Solicitudes a) En cumplimiento del acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en su reunión del día 31 de enero de 2002, el acceso a estas viviendas queda reservado al colectivo de jóvenes menores de 35 años a que se refiere el artículo 18.1 a) del Decreto 8/98, de 19 de febrero, en cuanto que establece en el 100 por 100 de las viviendas el cupo de reserva del apartado 1 a) de dicho artículo, siempre que constituyan una unidad familiar, acrediten necesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados no superiores a ,30 euros (2,5 millones de pesetas), de acuerdo con el Decreto 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con la modificación introducida por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, con el fin de su adecuación al plan de vivienda a que están acogidas. b) Las solicitudes, en el modelo oficial que se facilitará, se presentarán en el Ayuntamiento de Peñamellera Alta, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Arrendamiento Los adjudicatarios recibirán la vivienda en régimen de arrendamiento, con una renta anual inicial no superior al 4,5 por 100 del precio de la vivienda, con derecho a la reducción establecida en el citado Decreto. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. Anexo III Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a las viviendas de protección oficial en el siguiente grupo promovido en régimen especial. 1. Tipos y condiciones económicas. Grupo: A-98/R-10 (7 viviendas con trastero vinculado). Nueva. (Llanes). (Destinadas a arrendamiento). Tipo Sup. útil Precio máximo Renta máxima (m²) (incluido trastero) (euros/mes) (euros) A y C 49, ,34 115,00 B 50, ,75 117,94 D 67, ,52 156,32 E 82, ,26 191,60 F y G 60, ,23 141,02 Precio trastero: 661,21 euros. 2. Características generales aplicables al grupo contenido en el presente anexo. Solicitudes a) En cumplimiento del acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en su reunión del día 31 de enero de 2002, el acceso a estas viviendas queda reservado al colectivo de jóvenes menores de 35 años a que se refiere el artículo 18.1 a) del Decreto 8/98, de 19 de febrero, en cuanto que establece en el 100 por 100 de las viviendas el cupo de reserva del apartado 1 a) de dicho artículo, siempre que constituyan una unidad familiar, acrediten necesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados no superiores a ,30 euros (2,5 millones de pesetas), de acuerdo con el Decreto 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con la modificación introducida por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, con el fin de su adecuación al plan de vivienda a que están acogidas. b) Las solicitudes, en el modelo oficial que se facilitará, se presentarán en el Ayuntamiento de Llanes, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Arrendamiento En virtud del acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 31 de enero de 2002, los adjudicatarios recibirán la vivienda en régimen de arrendamiento, con una renta anual inicial no superior al 4,5 por 100 del precio de la vivienda, con derecho a la reducción establecida en el citado Decreto. En Oviedo, 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. Anexo IV Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a las viviendas de protección oficial en el siguiente grupo promovido en régimen especial. 1. Tipos y condiciones económicas Grupo: A-97/210 (12 viviendas vacantes con trastero vinculado). Avenida de Juan Carlos I, Gijón. (Destinadas a arrendamiento). Tipo Sup. útil Precio máximo Renta máxima (m²) (incluido trastero) (euros/mes) (euros) B 37, ,69 83,70 D 59, ,29 131,37 E 43, ,39 96,35 F 57, ,73 126,04 Precio trastero: 416,65 euros. 2. Características generales aplicables al grupo contenido en el presente anexo. Solicitudes a) En cumplimiento del acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en su reunión del día 31 de enero de 2002, el acceso a estas viviendas queda reservado al colectivo de jubilados o pensionistas mayores de 60 años a que se refiere el artículo 18.1 b) del Decreto 8/98, de 19 de febrero, en cuanto que establece en el 100 por 100 de las viviendas el cupo de reserva del apartado 1 b) de dicho artículo, siempre que sean residentes en la zona Oeste de Gijón (Distritos IV y V) que comprende los barrios de La Calzada, Moreda-Natahoyo y las parroquias de Jove y Tremañes, constituyan una unidad familiar, acrediten necesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados no superiores a ,30 euros (2,5 millones de pesetas), de acuerdo con el Decreto 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con la modificación introducida por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, con el fin de su adecuación al plan de vivienda a que están acogidas. b) Las solicitudes, en el modelo oficial que se facilitará, se presentarán en el Ayuntamiento de Gijón, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Arrendamiento Los adjudicatarios recibirán la vivienda en régimen de arrendamiento, con una renta anual inicial no superior al 4,5 por 100 del precio de la vivienda, con derecho a la reducción establecida en el citado Decreto. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial.

10 3530 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 20-III-2002 Anexo V Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a las viviendas de protección oficial en el siguiente grupo promovido en régimen especial. 1. Tipos y condiciones económicas. Grupo: A-97/220 (65 viviendas con trastero vinculado). Pola de Siero, Siero. (Destinadas a arrendamiento). Tipo Sup. útil Precio máximo Renta máxima (m²) (incluido trastero) (euros/mes) (euros) A 68, ,04 159,39 B 72, ,55 168,09 C 71, ,39 166,38 D 87, ,75 199,32 E 60, ,25 140,64 F 59, ,38 140,42 G 89, ,78 204,20 H 87, ,70 199,73 I 64, ,91 151,06 J 69, ,86 160,02 K 72, ,96 167,74 L 72, ,60 167,68 M 71, ,44 165,97 N (MIN.) 87, ,97 199,30 O (MIN.) 67, ,88 156,05 P 61, ,73 143,14 Q 89, ,31 204,66 R 87, ,00 199,91 S 64, ,05 149,52 T 86, ,81 198,91 U 66, ,21 154,18 V 61, ,05 143,92 Precio trastero ,94 euros. 2. Características generales aplicables al grupo contenido en el presente anexo. Solicitudes a) Pueden solicitar, con el modelo oficial que se facilitará, las personas físicas que constituyan una unidad familiar, acrediten necesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados no superiores a ,30 euros (2,5 millones de pesetas), de acuerdo con el Decreto 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con la modificación introducida por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, con el fin de su adecuación al plan de vivienda a que están acogidas. b) Las solicitudes, se presentarán en el Ayuntamiento de Siero, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Arrendamiento Los adjudicatarios recibirán la vivienda en régimen de arrendamiento, con una renta anual inicial no superior al 4,5 por 100 del precio de la vivienda, con derecho a la reducción establecida en el citado Decreto. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. Anexo VI Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a las viviendas de protección oficial, vacantes en el siguiente grupo promovido en régimen general. 1. Tipos y condiciones económicas. Grupo: A-VS/97-02 (viviendas vacantes con trastero y plaza de garaje vinculados). La Felguera (Langreo). Tipo Sup. útil Precio máximo Préstamo Subvención Resto (m²) (incl. trastero) (euros) (euros) (euros) y plaza garaje) (euros) A 59, , , , ,04 B 71, , , , ,34 D 73, , , , ,14 E 56, , , , ,42 F 72, , , , ,29 G 65, , , , ,65 I , , , ,10 J 67, , , , ,49 K 67, , , , ,96 L 66, , , , ,98 Ñ 70, , , , ,59 P 66, , , , ,39 S 59, , , , ,16 Precio trastero: 3.267,82 euros. Precio plaza garaje: 4.043,93 euros 2. Características generales aplicables al grupo contenido en el presente anexo. Solicitudes a) Al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.4 del Decreto 8/98, de 19 de febrero, pueden solicitar, con el modelo oficial que se facilitará, las personas físicas que constituyan una unidad familiar, acrediten necesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados superiores a 9.015,18 euros (1,5 millones de pesetas) y que no excedan de ,42 euros (3,5 millones de pesetas), de acuerdo con el Decreto 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con la modificación introducida por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, para su adecuación al plan de vivienda a que están acogidas. b) Las solicitudes se presentarán en el Ayuntamiento de Langreo, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Financiación a) Los solicitantes que resulten adjudicatarios en régimen de compraventa, se subrogarán en el préstamo cualificado al promotor, para su amortización en 20 años, mediante cuotas crecientes en un 1 por 100 anual y con una cuota subsidiada según corresponda por aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 1186/98, de 12 de junio, pudiendo sustituirse dicha subsidiación, a elección del interesado, por la Ayuda Estatal Directa a la Entrada, si reúne los requisitos para ello. b) El importe de la subvención, a cargo del Principado de Asturias, se deducirá del precio. c) El concepto que figura como resto será abonado por el adjudicatario en la forma que se indique en la resolución de adjudicación.

11 20-III-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3531 Gastos de escritura e impuestos a) El Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) no se devenga, por estar exenta del pago la Comunidad Autónoma. b) El IVA, por importe del 7 por 100 del precio, será pagado por el adjudicatario antes de la firma de la escritura, en la cuenta del Principado de Asturias que se le indicará. Arrendamiento Los adjudicatarios a los que se refiere el artículo 24 del Decreto 8/98, de 19 de febrero, modificado por el Decreto 60/01, de 14 de junio, recibirán la vivienda en régimen de arrendamiento con una renta anual conforme a lo establecido en el citado Decreto. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. Anexo VII Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a las viviendas de protección oficial en los siguientes grupos promovidos en régimen especial. 1. Tipos y condiciones económicas. Grupo: A-97/130 (13 viviendas vacantes con trastero vinculado). Lada (Langreo). Tipo Sup. útil Precio máximo Préstamo Resto (m²) (incluido trastero) (euros) (euros) (euros) 1 49, , , , , , , , , , , , , , , ,58 Precio de trastero: 1.152,72 euros. Grupo: A-97/150 (13 viviendas vacantes con trastero vinculado). Lada (Langreo). Tipo Sup. útil Precio máximo Préstamo Resto (m²) (incluido trastero) (euros) (euros) (euros) 1 y 4 59, , , , , , , , , , , ,89 Precio trastero: 2.069,35 euros. 2. Características generales aplicables a los dos grupos contenidos en el presente anexo. Solicitudes a) Pueden solicitar, con el modelo oficial que se facilitará, las personas físicas que constituyan una unidad familiar, acrediten necesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados comprendidos entre 2 y 2,5 veces el salario mínimo interprofesional ponderado, de acuerdo con el Decreto 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con las modificaciones introducidas por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, el Decreto 60/01, de 14 de junio y el Real Decreto 1/02, de 11 de enero. b) Las solicitudes se presentarán en el Ayuntamiento de Langreo, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Financiación 1. Los solicitantes que resulten adjudicatarios en régimen de compraventa, deben concertar un préstamo, por el importe que se les indicará en cada caso, en cualquiera de las entidades de crédito que hayan suscrito convenio con el Ministerio de Fomento en el marco del plan de vivienda vigente , para su amortización en 20 años, mediante cuotas constantes que se modificarán únicamente en función de las variaciones de los tipos de interés. Los adquirentes, en caso de reunir los requisitos para ello, podrán optar entre: a) Una subsidiación de las cuotas de amortización del 15 por 100 durante un período de 5 años, prorrogable por otros 5 años, si acredita el cumplimiento de las condiciones que le hacen acreedor a la subsidiación, a la que es acumulable la Ayuda Estatal Directa básica a la entrada establecida en un 8 por 100 del precio de la vivienda, pudiendo ser incrementada en determinadas cuantías en función de las circunstancias personales y familiares. b) Una subsidiación del 30 por 100 de las cuotas de amortización durante un período de 5 años, prorrogable en su caso, por otro período de igual duración. 2. El concepto que figura como resto será abonado por el adjudicatario en la forma que se indique en la resolución de adjudicación. Gastos de escritura e impuestos a) Los derechos arancelarios notariales y registrales tendrán una reducción del 50 por 100, de acuerdo con la Ley 41/1980, de 5 de julio. b) El Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) no se devenga, por estar exenta del pago la Comunidad Autónoma. c) El IVA, por importe del 4 por 100 del precio, será pagado por el adjudicatario antes de la firma de la escritura, en la cuenta del Principado de Asturias que se le indicará. Arrendamiento Los adjudicatarios a los que se refiere el artículo 24 del Decreto 8/98, de 19 de febrero, modificado por el Decreto 60/01, de 14 de junio, recibirán la vivienda en régimen de arrendamiento, con una renta anual inicial no superior al 4,5 por 100 del precio de la vivienda, con derecho a la reducción establecida en el citado Decreto. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. Anexo VIII Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a las viviendas de protección oficial en el siguiente grupo promovido en régimen especial. 1. Tipos y condiciones económicas. Grupo: A-96/040 (viviendas vacantes con trastero vinculado). La Corredoria, Oviedo. (Destinadas a arrendamiento). Tipo Sup. útil Precio máximo Renta máxima (m²) (euros) (euros/mes) A 64, ,59 142,88 B 89, ,46 196,02 C 71, ,90 157,44 D 60, ,65 134,59 E 66, ,32 146,99 F 81, ,09 177,50 G 66, ,83 147,45 H 49, ,54 110,76 Precio trastero: 1.802,11 euros.

12 3532 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 20-III Características generales aplicables al grupo contenido en el presente anexo. Solicitudes a) Pueden solicitar, con el modelo oficial que se les facilitará, las personas físicas que constituyan una unidad familiar, acrediten necesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados no superiores a 9.015,18 euros (1,5 millones de pesetas), en uso de la facultad atribuida por el artículo 8.1 c) del Decreto, 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con la modificación introducida por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, con el fin de su adecuación al plan de vivienda a que están acogidas. b) Las solicitudes, en el modelo oficial que se facilitará, se presentarán en el Ayuntamiento de Oviedo, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Arrendamiento Los adjudicatarios recibirán la vivienda en régimen de arrendamiento, con una renta anual inicial no superior al 4,5 por 100 del precio de la vivienda, con derecho a la reducción establecida en el citado Decreto. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. Anexo IX Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a las viviendas de protección oficial en el siguiente grupo promovido en promoción pública. 1. Tipos y condiciones económicas. Grupo: A-95/120 (viviendas vacantes con trastero vinculado). La Corredoria, Oviedo. (Destinadas a arrendamiento). Tipo Sup. útil Precio máximo Renta máxima (m²) (euros) (euros/mes) 3 65, ,63 91, , ,40 89, , ,56 75, , ,72 74, , ,14 72,08 2. Características generales aplicables al grupo contenido en el presente anexo. Solicitudes a) Pueden solicitar, con el modelo oficial que se les facilitará, las personas físicas que constituyan una unidad familiar, acrediten necesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados no superiores a 9.015,18 euros (1,5 millones de pesetas), en uso de la facultad atribuida por el artículo 8.1 c) del Decreto 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con la modificación introducida por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, con el fin de su adecuación al plan de vivienda a que están acogidas. b) Las solicitudes, en el modelo oficial que se facilitará, se presentarán en el Ayuntamiento de Oviedo, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Arrendamiento Los adjudicatarios recibirán la vivienda en régimen de arrendamiento, con una renta anual inicial no superior al 3 por 100 del precio de la vivienda, con derecho a la reducción establecida en el citado Decreto. Asignación de las viviendas Las viviendas a que se refiere el presente anexo serán adjudicadas a los solicitantes que figuren con mayor puntuación, asignándose las que se recogen en el anexo VIII a los siguientes en puntuación de la lista de admitidos. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. Anexo X Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a la vivienda de protección oficial, régimen especial, vacante en el siguiente grupo 1. Tipo y condiciones económicas. Grupo: A-91/060-2ª fase. (1 vivienda vacante destinada a arrendamiento). Boal. (Boal). Tipo Sup. útil Precio máximo Renta máxima (m²) (euros) (euros/mes) A'1 64, ,17 118,62 2. Características generales aplicables al grupo contenido en el presente anexo. Solicitudes a) Pueden solicitar, con el modelo oficial que se facilitará, las personas físicas que constituyan una unidad familiar, acrediten necesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados no superiores a 2,5 millones de pesetas, de acuerdo con el Decreto 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con la modificación introducida por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, para su adecuación al plan de vivienda a que está acogida. b) Las solicitudes se presentarán en el Ayuntamiento de Boal, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Arrendamiento El adjudicatario recibirá la vivienda en régimen de arrendamiento con una renta anual inicial no superior al 4,5 por 100 del precio de la vivienda, con derecho a la reducción establecida en el citado Decreto 8/98, de 19 de febrero. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. Anexo XI Queda abierto el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a las viviendas de protección oficial en el siguiente grupo promovido en régimen especial. 1. Tipos y condiciones económicas. Grupo: A-98/120 (10 viviendas con trastero vinculado). San Tirso. (Candamo). Tipo Sup. útil Precio máximo Préstamo Subvención Resto (m²) (incluido trastero) (euros) (euros) (euros) (euros) 1 70, , , , ,54 Precio trastero: 2.215,05 euros. 2. Características generales aplicables al grupo contenido en el presente anexo. Solicitudes a) Pueden solicitar, con el modelo oficial que se facilitará, las personas físicas que constituyan una unidad familiar, acrediten ne-

13 20-III-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3533 cesidad de vivienda y obtengan unos ingresos familiares anuales ponderados no superiores a ,30 euros (2,5 millones de pesetas), de acuerdo con el Decreto 8/98, de 19 de febrero (BOPA del ), por el que se rige la adjudicación, con la modificación introducida por el Decreto 67/98, de 19 de noviembre, con el fin de su adecuación al plan de vivienda a que están acogidas. b) Las solicitudes, se presentarán en el Ayuntamiento de Candamo, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Financiación a) Los solicitantes que resulten adjudicatarios en régimen de compraventa, se subrogarán en el préstamo cualificado al promotor, para su amortización en 20 años, mediante cuotas crecientes en un 1 por 100 anual y con una cuota subsidiada del 5 por 100 durante un período de 5 años, prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de 15 años, si acredita el cumplimiento de las condiciones que le hacen acreedor a la subsidiación, pudiendo sustituirse dicha subsidiación, a elección del interesado, por la Ayuda Estatal Directa a la Entrada, si reúne los requisitos para ello. b) El importe de la subvención, a cargo del Ministerio de Fomento, se deducirá del precio. c) El concepto que figura como resto será abonado por el adjudicatario en la forma que se indique en la resolución de adjudicación. Gastos de escritura e impuestos a) Los derechos arancelarios notariales y registrales tendrán una reducción del 50 por 100, de acuerdo con la Ley 41/1980, de 5 de julio. b) El Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) no se devenga, por estar exenta del pago la Comunidad Autónoma. c) El I.V.A., por importe del 4 por 100 del precio, será pagado por el adjudicatario antes de la firma de la escritura, en la cuenta del Principado de Asturias que se le indicará. Arrendamiento Los adjudicatarios a los que se refiere el artículo 24 del Decreto 8/98, de 19 de febrero, modificado por el Decreto 60/01, de 14 de junio, recibirán la vivienda en régimen de arrendamiento, con una renta anual inicial no superior al 4,5 por 100 del precio de la vivienda, con derecho a la reducción establecida en el citado Decreto. En Oviedo, a 27 de febrero de El Consejero de Infraestructuras y Política Territorial. CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE: Corrección de errores de la Resolución de 13 de febrero de 2002, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se establece que el sorteo público para el reparto de los permisos para cazadores regionales se realice utilizando medios informáticos que sustituyan el procedimiento de insaculación (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias número 57, de 9 de febrero de 2002). Advertido error en la Resolución de 13 de febrero de 2002, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se establece que el sorteo público para el reparto de los permisos para cazadores regionales se realice utilizando medios informáticos que sustituyan el procedimiento de insaculación publicada en el BOLETIN OFI- CIAL del Principado de Asturias número 57, de 9 de febrero de 2002, se procede a su corrección en el siguiente sentido: En la página 2980, anuncio número (1), en el apartado primero del Resuelvo (segundo párrafo), donde dice: 5. El reparto se hará proporcionalmente al número total de cazadores de las sociedades que cumplan los requisitos mediante sorteo público que se celebrará el 13 de marzo, o día siguiente laboral en caso de festivo, en la Dirección General de Recursos Naturales y Protección Ambiental. Debe decir: 5. El reparto se hará proporcionalmente al número total de cazadores de las sociedades que cumplan los requisitos mediante sorteo público que se realizará utilizando medios informáticos y se celebrará el 13 de marzo, o día siguiente laboral en caso de festivo, en la Dirección General de Recursos Naturales y Protección Ambiental. Lo que se hace público para general conocimiento CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO: RESOLUCIONES de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por las que se autorizan y se aprueban los proyectos de alta tensión que se citan. Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente AT-6984, incoado en esta Consejería solicitando autorización administrativa y aprobación de proyecto de la siguiente instalación eléctrica: Peticionario: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U. Instalación: Línea Subterránea Alta Tensión 24 kv, de 116 metros de longitud, con conductor DHZ1 15/25 kv lx240 K Al+H16, para alimentar al Centro de Transformación Particular "Centro de Salud". Emplazamiento: Calle Conde Sizo de La Felguera, concejo de Langreo. Objeto: Atender la demanda de energía eléctrica en la zona. Esta Consejería de Industria, Comercio y Turismo, en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 4100/1982, de 29 de diciembre, 386/1985, de 9 de enero y 836/1995, de 30 de mayo, RESUELVE 1. Autorizar la instalación eléctrica solicitada. 2. Aprobar el proyecto de la instalación reseñada. La presente resolución se otorga de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con las condiciones especiales siguientes: Primera. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán estrictamente a los Reglamentos Electrotécnicos de Alta y Baja Tensión que le sean de aplicación. Segunda. El plazo de puesta en servicio será de un año contado a partir de la presente resolución. Tercera. Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de acta de puesta en servicio, acompañada de un certificado de final de obra suscrito por técnico facultativo competente en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia. Cuarta. Se dará cumplimiento, además, a las condiciones técnicas impuestas por los Organismos y Corporaciones cuya jurisdicción resulte afectada por esta instalación, las cuales han sido puestas en conocimiento del titular y aceptadas expresamente por él.

14 3534 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 20-III-2002 Contra esta resolución se puede interponer recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 28 de la Ley 2/95 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico del Principado de Asturias. En Oviedo, a 12 de febrero de El Consejero de Industria, Comercio y Turismo. (P.D. Resolución de , BOPA de ). El Director General de Industria y Minería Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente AT-6988, incoado en esta Consejería solicitando autorización administrativa y aprobación de proyecto de la siguiente instalación eléctrica: Peticionario: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U. Instalación: Centro de Transformación tipo interior, denominado Nuevo Arrabal", en cuyo interior se instalará un transformador de 630 kva de potencia asignada y relación de transformación 22 kv/b2, una celda de protección del transformador contra sobrecargas y cortocircuitos, una celda de línea para el seccionamiento de la línea de entrada, otra celda de línea de reserva, y un cuadro de baja tensión de ocho salidas. Línea Subterránea de Alta Tensión 20 kv, de 204 metros de longitud, con conductor DHZ1 12/20 kv 3(1x240) K AI+16. Emplazamiento: Edificio nueva construcción junto al nº 20 de la Avenida Fernández Ladreda, en el barrio La Matiella de Candás, concejo de Carreño. Objeto: Atender la demanda de energía eléctrica en la zona. Esta Consejería de Industria, Comercio y Turismo, en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 4100/1982, de 29 de diciembre, 386/1985, de 9 de enero y 836/1995, de 30 de mayo, RESUELVE 1. Autorizar la instalación eléctrica solicitada. 2. Aprobar el proyecto de la instalación reseñada. La presente resolución se otorga de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con las condiciones especiales siguientes. Primera. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán estrictamente a los Reglamentos Electrotécnicos de Alta y Baja Tensión que le sean de aplicación. Segunda. El plazo de puesta en servicio será de un año contado a partir de la presente resolución. Tercera. Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de acta de puesta en servicio, acompañada de un certificado de final de obra suscrito por técnico facultativo competente en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia. Cuarta. Se dará cumplimiento, además, a las condiciones técnicas impuestas por los Organismos y Corporaciones cuya jurisdicción resulte afectada por esta instalación, las cuales han sido puestas en conocimiento del titular y aceptadas expresamente por él. Contra esta resolución se puede interponer recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 28 de la Ley 2/95 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico del Principado de Asturias. En Oviedo, a 15 de febrero de El Consejero de Industria, Comercio y Turismo. (P.D. Resolución de , BOPA de ). El Director General de Industria y Minería Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente AT-6936, incoado en esta Consejería solicitando Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de la siguiente instalación eléctrica: Peticionario. Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U. Instalación: Variación de Línea Aérea Alta Tensión 20 kv, denominada Bustio, sobre apoyos metálicos, con conductor LARL-110 y 188 metros de longitud. Reforma de Línea Aérea Alta Tensión 20 kv a C.T. l. Peral Pueblo, sobre apoyos metálicos, con conductor y LARL56 y 113 metros de longitud. Emplazamiento: El Peral en Colombres, concejo de Ribadedeva. Objeto: Posibilitar la construcción de una futura nave industrial Visto que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 38/1994, de 19 de mayo (P.O.R.N.A.), este tipo de actuación está sujeta a evaluación preliminar de impacto ambiental, y que remitido el Estudio Preliminar de Impacto Ambiental (E.P.I.A.) y la Resolución Primaria Aprobatoria al órgano Ambiental competente, éste procedió a su valoración, con determinación Aprobatoria con otras condiciones y recomendaciones: Esta Consejería de Industria, Comercio y Turismo, en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 4100/1982, de 29 de diciembre, 386/1985, de 9 de enero y 836/1995, de 30 de mayo, RESUELVE 1. Autorizar la instalación eléctrica solicitada. 2. Aprobar el proyecto de la instalación reseñada. La presente resolución se otorga de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con las condiciones especiales siguientes: Primera. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán estrictamente a los Reglamentos Electrotécnicos de Alta y Baja Tensión que le sean de aplicación. Segunda. El plazo de puesta en servicio será de un año contado a partir de la presente resolución. Tercera. Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de acta de puesta en servicio, acompañada de un certificado de final de obra suscrito por técnico facultativo competente en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia. Cuarta. Se dará cumplimiento, además, a las condiciones técnicas impuestas por los Organismos y Corporaciones cuya jurisdicción resulte afectada por esta instalación, las cuales han sido puestas en conocimiento del titular y aceptadas expresamente por él. Contra esta resolución se puede interponer recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 28 de la Ley 2/95 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico del Principado de Asturias. En Oviedo, a 15 de febrero de El Consejero de Industria, Comercio y Turismo. (P.D. Resolución de , BOPA de ). El Director General de Industria y Minería

15 20-III-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3535 Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente AT-6921, incoado en esta Consejería solicitando autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación de proyecto de la siguiente instalación eléctrica: Peticionario: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U. Instalación: Variación de cuatro Líneas Aéreas Alta Tensión, sobre apoyos metálicos, con los nombres, conductor y longitudes siguientes: L.A.T. 132 kv D.C. Corredoria-Núnez_Pumarín/Castiello (Herón- LA-455/1.409 metros), L.A.T. 20 kv Piñera (LA-78/621 metros), L.A.T. 20 kv Cenero (LA78/621 metros) y L.A.T. 20 kv Casares (LA-56/26 metros). Reforma de tres Líneas Aéreas Alta Tensión, sobre apoyos metálicos, con los nombres, conductor y longitudes siguientes: L.A.T. (50/20 kv) DC Corredoria-Pumarín/Venta del Jamón (apoyos 42-45) (LA-280/695 metros), L.A.T. (50/20 kv) DC Corredoria-Pumarín/Venta del Jamón (apoyos 50-53) (LA-280/673 metros) y L.A.T. 20 kv Pinzales-Rebollada (LA-78/103 metros). Construcción de Centro Transformación de Intemperie, sobre apoyo metálico, relación 22 kv/b2, con el nombre y potencia siguientes: Casares (250 kva). Emplazamiento: Veranes y Porceyo, concejo de Gijón. Objeto: Facilitar las obras de construcción de la carretera AS-18 en su tramo Veranes-Porceyo. Sometida a información pública la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que el solicitante consideró de necesaria expropiación, se formularon las siguientes alegaciones: 1. Don Manuel Fombona Alvarez, como propietario de las fincas nº 3 y 7, manifiesta que no está conforme con el nuevo trazado propuesto ya que se afectan fincas nuevas, mientras que desplazando hacia el sur el nuevo trazado sólo se afectarían fincas que ya tenían servidumbre. Asimismo, manifiesta que la finca nº 7 no es de su propiedad sino de Manuel Antonio Fombona Alvarez y que la finca nº 3 no incluye una pomarada sobre la que pasa el tendido por lo que la superficie afectada es superior. 2. Don Avelino Díaz Rodríguez, como propietario de la finca nº 10, manifiesta que no se encuentra de acuerdo con el nuevo trazado de la línea, que la finca no tenía apoyo ninguno y ahora se instala el nº 44 y, por último, que resulta incorrecta la calificación urbanística ya que, según el vigente Plan General de Ordenación Urbana, se trata de Suelo Genérico y Protección Prioritaria. 3. Doña Asunción Alvarez Hevia, como propietaria de las fincas nº 2, 9 y 14, manifiesta que no se encuentra conforme con el nuevo trazado de la línea, que se afectan nuevas fincas causándose un impacto ambiental severo sobre arbolado autóctono, que el nuevo trazado se sitúa sobre el suelo con mayor valor donde se sitúan viviendas y edificios agrarios lo que provoca un demérito importante, que el nuevo trazado se aproxima a las Murias de Beloño, consideradas como Suelo de Especial Protección Arqueológica y, por último, que no se ha tenido en cuenta la estabulación de ganado existente. 4. Doña Mª Guillermina Trabanco García, como propietaria de la finca nº 17, manifiesta que no se encuentra de acuerdo con el nuevo trazado de la línea, que el apoyo nº 3 se sitúa incorrectamente al alejarlo del lindero Este de la finca, pudiendo situarse más próximo a dicho lindero, y que la superficie es incorrecta. 5. Don Jesús González Muñiz, como propietario de la finca nº 15, manifiesta que no es correcta la descripción de la finca ya que está compuesta por varias parcelas escrituradas y registradas independientemente, viéndose afectadas dos de ellas y no una sola, tal y como se indica en la información pública. Asimismo, manifiesta que la situación del apoyo nº 2 es incorrecta ya que se sitúa en el lindero de las fincas nº 15 y 16, haciendo imposible el cierre de las mismas, debiendo tenerse en cuenta que la finca nº 16 está totalmente abandonada desde hace años y la nº 15 en plena producción. 6. Doña Pilar García González y doña Ana Isabel Rodríguez García, como propietarias de las fincas nº 18 y 8 respectivamente, manifiestan su oposición a la instalación de la línea de alta tensión debido a los perjuicios para la salud que provocan los campos electromagnéticos, exigiendo su sometimiento a la preceptiva evaluación de impacto ambiental y a las prescripciones del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, al tratarse de una actividad peligrosa para la salud de las personas, animales, cosechas agrícolas y plantas expuestos a la radiación de sus campos electromagnéticos. Asimismo, manifiestan que la instalación de la línea perjudica seriamente el valor de las fincas por lo que solicitan la expropiación total de las mismas. En respuesta a las anteriores alegaciones Hidrocantábrico Distribución Eléctrica S.A. manifestó lo siguiente: 1. A las alegaciones de don Manuel Fombona Alvarez, que no existe error en lo que se refiere a la titularidad de la finca nº 7 y que la finca nº 3 tiene una superficie de m² según medición realizada con ocasión de una visita a la misma. En relación con la variante propuesta, que el trazado elegido es el más idóneo, tanto desde el punto de vista técnico como medioambiental, al discurrir paralelo a la nueva carretera, evitando cruzarlo, lo que hubiera tenido que hacerse en dos ocasiones con la variante propuesta. Asimismo, no se afecta construcción alguna y, en lo que respecta al arbolado, no será necesario cortar o podar en las fincas del alegante. A las alegaciones de don Avelino Díaz Rodríguez, que con arreglo al vigente Plan General de Ordenación Urbana de Gijón dicho terreno se encuentra a caballo entre "Zonificación I Rural Extensivo. No Urbanizable (Protección Prioritaria)" y "Zona Urbana (Baja Densidad)". Con respecto al apoyo nº 44 incluido en el nuevo trazado en la finca del alegante, resulta necesaria la ubicación propuesta ya que deberá situarse al lado del lindero para mantener el gálibo reglamentario de cruce de la carretera. 3. A las alegaciones de doña Asunción Alvarez Hevia, que el trazado elegido es el más idóneo, tanto desde el punto de vista técnico como medioambiental, desechándose la opción de desplazar la línea al sur por ser los perjuicios superiores y mayor el número de fincas afectadas. Con el trazado propuesto no se afecta construcción alguna y, en modo alguno, se causa un impacto ambiental severo sobre arbolado autóctono, discurriendo a más de 350 metros de las Murias de Beloño, tal y como se concluía en el estudio arqueológico. En lo que se refiere a las fincas nº 9 y 14, tan sólo se varía la afección ya existente para cumplir las exigencias de la nueva carretera. 4. A las alegaciones de doña Guillermina y don Juan José Trabanco García, que resulta imposible acceder al cambio de ubicación del apoyo nº 3 para acercarlo al lindero Este de la finca porque ello implicaría tener que modificar la afección de la finca colindante a lo que no está de acuerdo su propietario. Por lo que se refiere a la superficie de la finca habrá de estarse a lo que resulte del levantamiento del acta previa a la ocupación. 5. A las alegaciones de don Jesús González Muñiz, que la situación registral de la finca será debidamente aclarada en el levantamiento del acta previa a la ocupación.

16 3536 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 20-III-2002 Con respecto a la ubicación del apoyo nº 2 que en nada afecta a la explotación de la finca dado que el mismo puede servir de cierre entre las fincas colindantes. 6. A las alegaciones de doña Ana Isabel Rodríguez García y doña Pilar García González que el proyecto cumple todas las prescripciones establecidas en la reglamentación electrotécnica, habiendo sido sometida a evaluación preliminar de impacto ambiental, por lo que carecen de fundamento los temores de las alegantes relativos a los efectos nocivos para la salud de los campos electromagnéticos, máxime al no haber estudios científicos que corroboren dichos prejuicios. En cuanto a los daños y perjuicios reclamados, habrá de estarse a lo que resulte del levantamiento de actas previas y de la pieza de justiprecio, no siendo aceptable la petición de expropiación total del terreno puesto que puede seguir manteniendo el aprovechamiento obtenido hasta el momento. Como quiera que la contestación de la empresa beneficiaria de la expropiación a las alegaciones de los afectados es ajustada a derecho las mismas se entienden desestimadas. Visto el informe de la Sección de Alta Tensión de fecha en el que se determina que la línea no incurre en ninguna de las limitaciones contempladas en el art. 57 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, respecto de las fincas cuyos propietarios no han convenido libremente con el peticionario de la instalación la adquisición o indemnización amistosa. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 38/1994, de 19 de mayo (P.O.R.N.A.), este tipo de actuación está sujeta a evaluación preliminar de impacto ambiental; remitido el Estudio Preliminar de Impacto Ambiental (E.P.I.A.) y la Resolución Primaria Aprobatoria al órgano Ambiental competente, éste procedió a su valoración, con determinación Aprobatoria y las siguientes condiciones: 1. La distancia del nuevo Centro de Transformación de Casares a las dos viviendas próximas, será superior a 30 m. 2. En el plazo de dos meses desde la fecha del Acta de Puesta en Marcha, deberán retirarse todos los materiales procedentes del desmontaje que no hayan sido retirados previamente para la continuación de las obras de la carretera. Esta Consejería de Industria, Comercio y Turismo, en uso de las atribuciones conferidas por los Reales Decretos 4100/1982, de 29 de diciembre, 386/1985, de 9 de enero y 836/1995, de 30 de mayo?, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, RESUELVE 1. Autorizar la instalación eléctrica solicitada. 2. Aprobar el proyecto de la instalación reseñada. 3. Declarar la utilidad pública que lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, implicando la urgente ocupación de los bienes y derechos relacionados en el anexo a la presente, a los efectos previstos en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. La presente resolución se otorga con las condiciones especiales siguientes: Primera. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán estrictamente a los Reglamentos Electrotécnicos de Alta y Baja Tensión que le sean de aplicación. Segunda. El plazo de puesta en servicio será de un año a partir de la presente resolución. Tercera. Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de acta de puesta en servicio, acompañada de un certificado de final de obra suscrito por técnico facultativo competente en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia. Cuarta. Se dará cumplimiento, además, a las condiciones técnicas impuestas por los Organismos y Corporaciones cuya jurisdicción resulte afectada por esta instalación, las cuales han sido puestas en conocimiento del titular y aceptadas expresamente por él. Contra esta resolución se pueden interponer el recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 28 de la Ley 2/1995 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico del Principado de Asturias. Relación de propietarios afectados por la construcción de líneas aéreas de alta tensión ( KV) variante AS-18 tramo Veranes-Porceyo en el término municipal de Gijón. Expte. AT-6921 Finca nº: 1 (Polígono 17, Parcelas 127 y 128). Situación: Cenero (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): 768,2. Propietario: Don Manuel Fombona Alvarez. Dirección: Cenero-Beloño, Gijón. Finca nº: 10 (Polígono 17, Parcela 119 (a y b). Situación: Salcedo (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): 3,80. Propietario: Don Avelino Díaz Rodríguez. Dirección: Salcedo, Gijón. Finca nº: 11 (Ref. catastral 9.085). Situación: Cenero (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²) : 3,60. Propietario: Don Luis Manuel Martínez Rodríguez. Dirección: Alameda de Jove, Gijón. Finca nº: 12 (Polígono 15, Parcela 63 (a, b, c y d). Situación: La Rebollada (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): 284,42. Propietarios: Doña María del Carmen González Fernández y hermano. Dirección: La Rebollada-Pinzales, Gijón. Finca nº: 13 (Polígono 15, Parcela 58). Situación: La Rebollada (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²) : 3,80. Propietario: Don Antonio Bahamonde Fernández. Dirección: Desconocida. Finca nº: 14 (Polígono 15, Parcela 61). Situación: la Rebollada (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): 1.028,25. Propietaria: Doña Asunción Alvarez Hevia. Dirección: Cenero-Beloño, Gijón. Finca nº: 15 (Polígono 15, Parcela 55 (a, b, c y d). Situación: La Rebollada (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²):

17 20-III-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3537 Propietario: Don Jesús González Muñiz. Dirección: La Rebollada-Pinzales, Gijón. Finca nº: 16 (Polígono 15, Parcela 54), Situación: La Rebollada (Gijón). Cultivo: Monte bajo. Superficie total afectada (m²): 312. Propietario: Don Roberto García Peón. Dirección: Calle Tomás Zarracina, nº 1-3º A, Gijón. Finca nº: 17 (Polígono 15, Parcela 53). Situación: La Rebollada (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): 1.990,40. Propietarios: Don Juan José Trabanco García y hermana. Dirección: Caravedo, Gijón. Finca nº: 18 (Polígono 14, Parcela 167). Situación: Casares (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): 1.611,56. Propietaria: Doña Pilar García González. Dirección: Calle Arganda, nº 4-4º E, Gijón. Finca nº: 19 (Polígono 54, Parcela 5 (a y b). Situación: Casares (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): 1,82. Propietaria: Doña María José Forcelledo Rivera. Dirección: Calle Marqués de San Esteban, nº 31-bj Gijón. Finca nº: 2 (Polígono 17, Parcelas 109, (a, b, c, d, e, f, g, h, i y j), 104 (a y b). Situación: Cenero (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): Propietaria: Doña Asunción Alvarez Hevia. Dirección: Cenero-Beloño, Gijón. Finca nº: 3 (Polígono 17, Parcela 101 (a, b y c). Situación: Cenero (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): Propietario: Don Manuel Fombona Alvarez. Dirección: Cenero-Beloño, Gijón. Finca nº: 4 (Polígono 17, Parcela 102 (a y b). Situación: Cenero (Gijón). Cultivo: Monte bajo. Superficie total afectada (m²) : 779. Propietaria: Doña Pilar García Alvarez. Dirección: Cenero-Beloño, Gijón. Finca nº: 5 (Polígono 17, Parcela 89 (a, b, c y d). Situación: Cenero (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): Propietario: Don Manuel Fombona Alvarez. Dirección: Cenero-Beloño, Gijón. Finca nº: 6 (Polígono 17, Parcela 92). Situación: Cenero (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): Propietaria: Doña Pilar García Alvarez. Dirección: Cenero-Beloño, Gijón. Finca nº: 7 (Polígono 17, Parcela 94). Situación: Cenero (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): 265,34. Propietario: Don Manuel Fombona Alvarez. Dirección: Cenero-Beloño, Gijón. Finca nº: 8 (Polígono 17, Parcela 186 a). Situación: Salcedo (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): 1,80. Propietarias: Doña Ana Isabel Rodríguez García y hermana. Dirección: Calle Ezcurdia, nº 184-6º A, Gijón. Finca nº: 9 (Polígono 17, Parcela 187). Situación: Salcedo (Gijón). Cultivo: Prado. Superficie total afectada (m²): 1,80. Propietaria: Doña Asunción Alvarez Hevia. Dirección: Cenero-Beleño, Gijón. En Oviedo,. a 14 de febrero de El Consejero de Industria, Comercio y Turismo. (P.D. Resolución de BOPA de ). El Director General de Industria y Minería Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente AT-6940, incoado en esta Consejería solicitando autorización administrativa y aprobación de proyecto de la siguiente instalación eléctrica. Peticionario: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U. Instalación: Variación de Línea Aérea Alta Tensión 20 kv, denominada Piniella, sobre apoyos metálicos, con conductor LA-78 y 271 metros de longitud. Construcción de Centro Transformación de Intemperie, denominado Piniella, sobre apoyo metálico, de 100 kva de potencia y relación de transformación 22 kv/b2. Emplazamiento: Piniella (Barrio de Juncedo), concejos de Illas y Corvera. Objeto: Facilitar las obras de acondicionamiento de la carretera CV-2. Visto que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 38/1994, de 19 de mayo (P.O.R.N.A.), este tipo de actuación está sujeta a evaluación preliminar de impacto ambiental, y que remitido el Estudio Preliminar de Impacto Ambiental (E.P.I.A.) y la resolución primaria aprobatoria al órgano ambiental competente, éste procedió a su valoración, con determinación aprobatoria y las siguientes condiciones: La ubicación del nuevo apoyo fin de línea, sobre el cual se ubicará el nuevo centro de transformación se realizará a una distancia mínima de la vivienda más próxima de 30 m. Esta Consejería de Industria, Comercio y Turismo, en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 4100/1982, de 29 de diciembre, 386/1985, de 9 de enero y 836/1995, de 30 de mayo, RESUELVE 1. Autorizar la instalación eléctrica solicitada. 2. Aprobar el proyecto de la instalación reseñada. La presente resolución se otorga de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con las condiciones especiales siguientes: Primera. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán estrictamente a los Reglamentos Electrotécnicos de Alta y Baja Tensión que le sean de aplicación. Segunda. El plazo de puesta en servicio será de un año contado a partir de la presente resolución.

18 3538 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 20-III-2002 Tercera. Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de acta de puesta en servicio, acompañada de un certificado de final de obra suscrito por técnico facultativo competente en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia. Cuarta. Se dará cumplimiento, además, a las condiciones técnicas impuestas por los organismos y corporaciones cuya jurisdicción resulte afectada por esta instalación, las cuales han sido puestas en conocimiento del titular y aceptadas expresamente por él. Contra esta resolución se puede interponer recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 28 de la Ley 2/95 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico del Principado de Asturias. En Oviedo, a 18 de febrero de El Consejero de Industria, Comercio y Turismo. (P.D. Resolución de BOPA de ). El Director General de Industria y Minería ANUNCIOS CONSEJERIA DE HACIENDA SERVICIO DE RECAUDACION NOTIFICACION de actos administrativos a los contribuyentes que se citan. A los contribuyentes que se detallan se les ha intentado realizar la notificación de los actos administrativos que se relacionan a continuación, notificación que no ha podido llevarse a cabo después de haberse intentado por dos veces. En consecuencia y de acuerdo con el artículo 105, apartados 6 y 7 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ley General Tributaria), según redacción dada por el artículo 28 de la Ley 66/97, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, se procede a citar a los interesados o a sus representantes legales para que comparezcan en el plazo de diez días contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, y al objeto de ser notificados, en las Oficinas del Servicio de Recaudación. OFICINAS DE RECAUDACION 01. AVILES C/ Cabruñana, AVILES C/ San Antonio, PRAVIA 02. CAUDAL C/ Vital Aza Alvarez-Buylla, MIERES 03 EO-NAVIA C/ La Milagrosa, 16 - bajo VEGADEO 04. GIJON C/ Munuza, 2 - bajo GIJON 05. GRADO Travesía del Ayuntamiento, s/n (Ayuntamiento) GRADO 06. NALON C/ Poeta Alfonso Camín, 3 (Plaza de La Salve) SAMA DE LANGREO Pz. de Armando Palacio Valdés, s/n POLA DE LAVIANA 07. NARCEA C/ Carmen Conde, s/n CANGAS DEL NARCEA Pz. Alonso Martínez, 2 (edificio Audiencia) TINEO 08. ORIENTE Avda. Covadonga, s/n (Ayuntamiento) CANGAS DE ONIS C/ Nemesio Sobrino, s/n (Ayuntamiento) LLANES 09. OVIEDO C/ Víctor Chávarri, OVIEDO 10. SIERO C/ Florencio Rodríguez, POLA DE SIERO C/ Ramón del Valle, VILLAVICIOSA SERVICIOS CENTRALES C/ Julián Clavería, OVIEDO Transcurrido el plazo señalado sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. En Oviedo, a 15 de marzo de El Jefe del Servicio Anexo ZONA RECAUDATORIA DE AVILES CONTRIBUYENTE NIF/CIF DOMICILIO MUNICIPIO ACTOS A NOTIFICAR REFERENCIA ARENAS MONTALVO FERNANDO JOSE N CL CAMARA AVILES AVILES NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE SUELDOS 2002/3713 BASURTO ESTUDIO CREATIVO S.L. B CL GUTIERREZ HERRERO\CURTIDORA AVILES AVILES NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE CREDITOS 2002/5122 BLANCO GOMEZ GLORIA PALMIRA C CL FAVILA-LA TEXIERA DR AVILES. AVILES NOTIF DEUDOR DE LA VALORACION 2002/6305 CATERING SACOAL SL B CL ILDEFONSO SANCHEZ DEL RIO OVIEDO OVIEDO NOTIF RECURSO IAE 2002/5742 EXP 2001/13539 CDAD PROPIETARIOS CONCEPCION ARENAL 5 H CL CONCEPCION ARENAL A AVILES AVILES NOTIF RECURSO AGUA,BASURA,ALCANTARILLADO 2001/ /1/3425 JURI CUESTA MENENDEZ EMILIO LUIS S CL LA CAMARA D AVILES AVILES NOTIF RECURSO IBI 2002/1471 EXP FERNANDEZ ALVAREZ JESUS L CL FAVILA-LA TEIXERA DR AVILES AVILES NOTIF AL CONYUGE DE LA VALORACION 2002/6306 EXPBLANCO GOMEZ GLORIA PALMIRA, DNI C FERNANDEZ HENALES ANTONIO R CL LAGO ERCINA LLARANES AVILES NOTIF DEUDOR DE LA VALORACION 2001/43545 FERNANDEZ PEÑA JULIA BO VEGA FORCINAS PRAVIA PRAVIA NOTIF AL CONYUGE DE LA VALORACION 2002/4240 EXP LOPEZ MENENDEZ MANUEL, DNI T GONZALEZ ALVAREZ PERFECTO ALEJANDRO C CL JULIA DE LA RIVA B AVILES AVILES NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE SUELDOS 2002/1599 GONZALEZ GONZALEZ JOSE MANUEL R CL DOCTOR GRAIÑO A AVILES AVILES NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE SUELDOS 2002/946 GONZALEZ LOPEZ ROCIO Z CL PRINCIPADO C VEGAS CORVERA DE ASTU NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE VEHICULOS 2002/3169 HERNANDEZ HERNANDEZ FCO. ANTONIO H CL LA JOECARA LANGREO LANGREO NOTIF DEUDOR EMBARGO DE SUELDOS 2002/2633

19 20-III-2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3539 CONTRIBUYENTE NIF/CIF DOMICILIO MUNICIPIO ACTOS A NOTIFICAR REFERENCIA HERNANDEZ VARGAS JOSE ANTONIO F CR MOLLEDA MOLLEDA CORVERA DE ASTU NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE SUELDOS 2002/4514 IGLESIAS ALVAREZ RAMON LUIS X LG VILLA-SUCO CORVERA CORVERA DE ASTU NOTIF DEUDOR DE EMBARGOO DE INMUEBLES 2002/3862 INACO ASTURIAS SL B LG JUNCEDO-MOLLEDA CORVERA CORVERA DE ASTU NOTIF RECURSO IAE 2002/5733 EXP 2001/19091 LAMAS YAÑEZ RUPERTO DESIDERIO P CL GOLETA DR AVILES AVILES NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE SUELDOS 2002/4818 LLAMES CANDANEDO M JACQUELINE R CL MARQUES DE PINAR DEL RIO BJ-IZ AVILES AVILES NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE SUELDOS 2002/5259 LOMBAN POMBO MARIA CARMEN R CL ROCICA D AVILES AVILES NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE SUELDOS 2002/4995 LOPEZ MENENDEZ MANUEL T BO VEGA FORCINAS PRAVIA PRAVIA NOTIF DEUDOR DE LA VALORACION 2002/4239 MENENDEZ ALONSO MARIA JOSE E CL CAMARA C AVILES AVILES NOTIF AL CONYUGE DE LA VALORACION 2002/1488 EXP SERRANO DE ASPE JUAN JOSE DNI B MIRANDA GARCIA MANUEL ANGEL A LG SAN JUAN - EL MANTO CUDILLERO CUDILLERO NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE SUELDOS 2002/2993 PEREZ MARTINO GONZALO ANTONIO X CL ESTACION B AVILES AVILES NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE VEHICULOS 2002/3093 RANJAD RANCHAD S.L. B CL SEVERO OCHOA IZ RAICES NUEVO CASTRILLON NOTIF DEUDOR DE LA VALORACION 2002/1491 ROBLES PLATAS FELIX S AV MARQUES DE SUANCES C AVILES AVILES NOTIF DEUDOR DE EMBARGO DE INMUEBLES 2002/648 SERRANO DE ASPE JUAN JOSE B CL CAMARA C AVILES AVILES NOTIF DEUDOR DE LA VALORACION 2002/1489 ZONA RECAUDATORIA DEL CAUDAL CONTRIBUYENTE NIF/CIF DOMICILIO MUNICIPIO ACTOS A NOTIFICAR REFERENCIA CASTRO RIVEIRA HERMINIO T CL ADARO B GIJON GIJON RESOLUCION SOLICITUD DE BAJA/ANULACION ESCOBAR RIESTRA MARIA CONSUELO T CL LUARCA B-IN-DR- MIERES MIERES DILIGENCIA EMBARGO DE SUELDOS, SALARIOS Y PENSIONES 2/33S/2002 GARCIA MARTIN JOSE MARIA J CL LUARCA IN- -1 -DE MIERES MIERES DILIGENCIA EMBARGO DE SUELDOS, SALARIOS Y PENSIONES 2/33S/2002 DEUDOR ESCOBAR RIESTRA MARIA CONSUELO JIMENEZ GABARRI ERNESTO T LG CARDEO DE ABAJO BAIÑA MIERES DEVOLUCION INGRESOS INDEBIDOS PELAEZ LUBEIRO FLORENTINO L LG QUEMADERO B - - FIGAREDO MIERES DILIGENCIA EMBARGO DE SUELDOS, SALARIOS Y PENSIONES 2/30S/2002 PEREZ FERNANDEZ JOSE MANUEL P CL MANOLO PILARES A POLA DE LENA LENA RESOLUCION SOLICITUD DE BAJA/ANULACION ZONA RECAUDATORIA DE GIJON CONTRIBUYENTE NIF/CIF DOMICILIO MUNICIPIO ACTOS A NOTIFICAR REFERENCIA [ACEBAL VAZQUEZ RUBEN DARIO W CL DOMINGO JULIANA IZ- GIJON GIJON NOTIF EMBARGO VEHICULOS ND 2002/3985 ALVAREZ RODRIGUEZ ELIAS ANTON P PZ SEIS DE AGOSTO C - GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND 2002/2495 ARIAS GARCIA MARIA CONCEPCION J CL MANUEL RODRIGUEZ ALVAREZ B GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES 2002/4409 -ND-JFP ARIAS SOUTO AURELIO B PQ VEGA C/D BJ-DR GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO 01/ /62 ARROYO QUIÑONEZ PATRICIA FANNY X S BO PORTUARIOS BJ-DR GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO ARROYO QUIÑONEZ PATRICIA FANNY X S BO PORTUARIOS BJ-DR GIJON GIJON RESOLUCION DEVOLUCION ASTURPAN SA A BO LLOREDA-TREMAÑES GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO 01/ /08 BASCULANTES LARIZ SL B CL SAN PEDRO Y SAN FELICES BJ- - - BURGOS BURGOS NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES 2002/2563-NO-JFP BLANCO ALONSO AZUCENA Z CL MARIA JOSEFA D - GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES 2002/3697 BOTO DIAZ JOSE ANGEL X W CL PEÑA SANTA DE ENOL BJ- GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO BRANDULAS MUIÑO JOSE E CL LABORATORIOS D GIJON GIJON NOTIFICACION DE VALORACION ND-MUL 2001/46720 CABRICANO SANTIAGO LABRADOR Z CL MENENDEZ PELAYO C - GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND 2002/3506 COHEN BACRI PATRICIA GRARIELLE X A UR ALBORADA BJ- CANDAS CARREÑO RESOLUCION DEVOLUCION 2001/ /40-EVAE CONSTRUCCIONES CABRERO S.A. A CL RUIZ GOMEZ GIJON GIJON LEVANTAMIENTO EMBARGO 2001/6496 CONSTRUCCIONES CABRERO S.A. A CL RUIZ GOMEZ GIJON GIJON LEVANTAMIENTO EMBARGO 2001/6495 CONSTRUCCIONES CABRERO S.A. A CL RUIZ GOMEZ GIJON GIJON LEVANTAMIENTO EMBARGO 2001/6494 DEL SOTO JUNCO Mª CARMEN PURIFICACION E AV CONSTITUCION B GIJON GIJON RESOLUCION DEVOLUCION DIAZ FERNANDEZ MERCEDES T TR DEL TEATRO -PTAL A LUARCA VALDES NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND 2001/45601 DOMINGUEZ MENENDEZ EMILIO J CL EZCURDIA GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO EVAE DOMINGUEZ MENENDEZ EMILIO J CL EZCURDIA GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO 2000/ /73-EVAE DURAN MORATINOS ANDRES Z CL ARGAÑOSA B OVIEDO OVIEDO NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND 2002/3470 EZAMA MIRANDA AVELINO C CR SAN MARTIN VEGA MADRID MADRID NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES 2001/ NO/999 FERNANDEZ CANTELI JESUS C CL RAFAEL GALLEGO A GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES 2001/46200 FERNANDEZ GARCIA CAMILO E CL DANIEL CERRA C - GIJON GIJON NOTIF EMBARGO SUELDOS ND 2002/3462 FERNANDEZ IBARBIA FAUSTINO Y RD EXTERIOR B- D- GIJON GIJON NOTIF EMBARGO SUELDOS ND 2002/1515 FERNANDEZ LOPEZ M ASTURINA R CL RIBAGORZA IZ GIJON GIJON NOTIF CONYUGE DE EMBARGO BIENES INMUEBLES NO 2002/3525 FERNANDEZ MARTINEZ DAVID S CL MARQUES DE SAN ESTEBAN C GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO 2001/ /47 FERNANDEZ MONTES EDUARDO C CL RIBAGORZA IZ- GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND 2002/3524 FERNANDEZ VILAS LUIS ALBERTO C CL CARLOS MARX GIJON GIJON NOTIF EMBARGO SUELDOS ND 2002/3548 FUEYO RAWLINGS MARGARET J CL AZCARRAGA IZ GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND 2002/3522 GALLEGO LUEJE RICARDO LUIS F CM CABUEÑES GIJON GIJON NOTIF EMBARGO SUELDOS ND 2002/3374 GARCIA ALCALDE FRANCISCO JAVIER P CL MARQUES DE URQUIJO IZ GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO 2001/ /20 GARCIA ALVAREZ M ANGELES J LG SANTIANES/EL CARBAYO SANTIANES PRAVIA RESOLUCION RECURSO 2001/ /76 GARCIA ALVAREZ M VICTORIA E CL SAN MATEO C OVIEDO OVIEDO NOTIFICACION AL DEUDOR DE LA VALORACION 2002/9121-RM VEHICULO O-3343-BY GARCIA ARNAU M CRISTINA W CL LEON XIII IZ GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND-IVTM 2001/46903 GARCIA CASTRILLON AURORA CONCEPCION H AV HERMANOS FELGUEROSO GIJON GIJON RESOLUCION DEVOLUCION 0004/7474 GARCIA COTO FERNANDO A CL PEÑA SANTA DE ENOL OVIEDO OVIEDO NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND-MOD 2001/46073 GARCIA MEANA MARGARITA F CL ALFONSO I BJ- GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES NO 2002/2415 GARCIA MIGUEL MARGARITA P CL ARRIBA/TORRES BJ- TORRELAVEGA SANTANDER NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES 2002/2482 -NO-JFP GARCIA SUAREZ JOSE LUIS J CL ESPRONCEDA IZ- GIJON GIJON RESOLUCION DEVOLUCION 0004/14456

20 3540 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 20-III-2002 CONTRIBUYENTE NIF/CIF DOMICILIO MUNICIPIO ACTOS A NOTIFICAR REFERENCIA GARCIA SUAREZ JOSE LUIS J CL ESPRONCEDA IZ- GIJON GIJON RESOLUCION DEVOLUCION 0004/14443 GOMEZ MONTEQUIN JOSE MIGUEL Q LG MONTEANA/BLOQUE 2D D FRESNO GIJON NOTIF EMBARGO SUELDOS 2002/3631 GRAÑA FERNANDEZ JOSE LUIS M CL VICENTE INNERARITY R GIJON GIJON RESOLUCION DEVOLUCION 0004/1823 GUTIERREZ RODRIGUEZ ANGEL M AV CERVANTES IZ GIJON GIJON RESOLUCION DEVOLUCION 0004/12111 HERMOSA VICENTE M LUZ Y CL MANSO IZ GIJON GIJON NOTIF EMBARGO SUELDOS NO 2002/3375 ISLA LLERA JAIME CL DOMINGO GARCIA DE LA FUENTE A GIJON GIJON NOTIFICACION CONYUGE DE VALORACION 2002/3658 JIMENEZ ABADIA MANUEL B CL TURINA A OVIEDO OVIEDO NOTIFICACION DE VALORACION ND-MUL 2001/46012 JOUBERT CHRISTOPHE X M CL EZCURDIA A GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO 00/ /15 LOPEZ GARCIA CARLOS B SD ARCEDIANO D GIJON GIJON NOTIFICACION DE VALORACION ND-MUL 2001/46586 LOPEZ MULERO DAVID W CL SANZ CRESPO BQ GIJON GIJON NOTIF EMBARGO SUELDOS 2002/3636 MAMA CASA SL B CL CABRALES-COMERCIO TEXTIL BJ- GIJON GIJON NOTIF EMBARGO CREDITOS ND-JFP 2002/1308 MENDEZ ALVAREZ INMACULADA CONCEPCION Y CL RIO SELLA D - GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND 2002/3501 MENENDEZ RODRIGUEZ RAFAEL L CL FOGONEROS DC GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES 2002/4460 -ND-JFP MUÑIZ FELIZ MARIA UBALDINA V CL RIBAGORZA GIJON GIJON NOTIF CONYUGE DE EMBARGO BIENES INMUEBLES NO 2002/3572 MURIAS LORENZO JOSEFA H CL LASTRES A GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES NO-MOD 2001/42976 MURIAS LORENZO JULIO L CL LASTRES A GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND-MOD 2001/42973 NAVES ANTUÑA HONORIO G CL RIBAGORZA GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND 2002/3571 PALACIOS PRIETO FELIPE SANTIAGO J CL MESTAS P5-4 -A GIJON GIJON RESOLUCION DEVOLUCION 0004/1728 PEREZ ROJAS MAGDA LUCIA X Z CL EZCURDIA C GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND-IVTM 2001/41232 PEREZ ROJO JOSE CL RIO SELLA D GIJON GIJON NOTIF CONYUGE EMBARGO BIENES INMUEBLES NO 2002/3503 RESTAURACIONES DEL NORTE SA A CL MIGUEL DE UNAMUNO E OVIEDO OVIEDO RESOLUCION RECURSO 01/ /32 RIO GARRIDO JAVIER H LG CERCA DE ARRIBA PORCEYO GIJON NOTIFICACION DE VALORACION ND ISA 2001/46267 RIVERO ARIAS JOSE RAMON V CL ANDES B GIJON GIJON NOTIF EMBARGO SUELDOS ND-EJEC2001/46873 RODRIGUEZ BERMEJO INMACULADA H AV ESPAÑA A CACERES CACERES NOTIF EMBARGO CREDITOS ND-MUL 2001/46811 SANZ GONZALEZ PEDRO L CL MARQUES DE URQUIJO A GIJON GIJON RESOLUCION DEVOLUCION 0004/3481 SERVICIO DEL ACERO SA A CL MARQUES DE SAN ESTEBAN EN-IZ GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO /3 TERRON BATALLA TOMAS P CL ARRIBA/TORRES BJ- TORRELAVEGA SANTANDER NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES 2002/2479 -ND-JFP TUERO ORDOÑEZ CRISTINA ISABEL T CL CERIÑOLA IZ- GIJON GIJON NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND 2002/3483 VALLADO ALONSO CARLOS D CM OLMOS/ERIA DEL PILES GIJON GIJON RESOLUCION RECURSO 2001/ /48 VALLE PRADO M PILAR Y CL JOSE ABASCAL IZ MADRID MADRID RESOLUCION RECURSO VIEJO GARCIA JUAN JOSE S LG BERMIEGO BERMIEGO QUIROS NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES ND-EJEC 2001/46261 ZONA RECAUDATORIA DEL NALON CONTRIBUYENTE NIF/CIF DOMICILIO MUNICIPIO ACTOS A NOTIFICAR REFERENCIA BARAGAÑO GOMEZ JULIO CESAR C CL ANTONIO LUCIO VILLEGAS DR SAMA LANGREO NOTIF EMBARGO SUELDOS 06/6644/2002 COSTALES IGLESIAS MARIA ESTHER N CL RAFAEL FERNANDEZ A OVIEDO OVIEDO RESOLUCION DEVOLUCION EXP. GEST 6/125 ESCOBAR FERNANDEZ GREGORIO MANUEL R BO RIAÑO (CASAS REFRACTA) D RIAÑO (LANGREO) LANGREO NOTIF EMBARGO SUELDOS EXP FABRE PERDRIX EVA ANA H CL MELQUIADES ALVAREZ B - LANGREO LANGREO NOTIF EMBARGO SUELDOS 06/6110/2002 FERNANDEZ IGLESIAS JUAN CARLOS S CS POTOXA SANTA BARBARA SAN MARTIN DEL NOTIF EMBARGO VEHICULOS 06/6827/2002 LOPEZ LOPEZ FRANCISCO B LG MOSQUITERA ARENAS DE SANTI SIERO NOTIF EMBARGO SUELDOS EXP VELASCO GUTIERREZ EDUARDO C CL MARQUES DE BOLARQUE D LANGREO LANGREO NOTIF EMBARGO SUELDOS EXP YAÑEZ COUCE JOSE ANTONIO W CL JOVELLANOS D FELGUERA LANGREO NOTIF EMBARGO SUELDOS 06/5938/2002 ZONA RECAUDATORIA DE ORIENTE CONTRIBUYENTE NIF/CIF DOMICILIO MUNICIPIO ACTOS A NOTIFICAR REFERENCIA [BATALLA MUÑOZ ENRIQUE M LG LA GALEA LLANES LLANES ACUERDO I.B.I. 02/5815 BLANCO FALLA FRANCISCO W LG LLOVIO SANTIANES RIBADESELLA EMBARGO DE BIENES INMUEBLES 8390/02 CANDAS TOYOS RAMON N LG TEREÑES RIBADESELLA RIBADESELLA EMBARGO DE SUELDOS, SALARIOS Y PENSIONES 02/8438 FERNANDEZ SUAREZ BAUDILIO L CL ANGEL TARANO D CANGAS DE ONIS CANGAS DE ONIS EMBRGO DE SUELDOS, SALARIOS Y PENSIONES 12/2901/02 SAMPERE PARRONDO SONIA G CL ASTURIAS B VILLAVICIOSA VILLAVICIOSA REQUERIMIENTO DEVOLUCION PRORRATEO IVTM 99/ SUMINISTROS MARCA SA A LG DEVESA LA-INFIE PILOÑA PILOÑA EMBARGO DE BIENES INMUEBLES 49/5845/02 ZONA RECAUDATORIA DE OVIEDO CONTRIBUYENTE NIF/CIF DOMICILIO MUNICIPIO ACTOS A NOTIFICAR REFERENCIA ALONSO VARELA MARIA ROSARIO A CL MARCELINO SUAREZ D OVIEDO OVIEDO NOTIF CONYUGE LEVANTAMIENTO EMBARGO SALARIOS 9/R1610/01 REG 1061/02 ALONSO VARELA MARIA ROSARIO A CL MARCELINO SUAREZ D OVIEDO OVIEDO NOTIF CONYUGE LEVANTAMIENTO EMBARGO INMUEBLES 9/R1683/01 REG 1060/02 ARANZUBIA AZOFA OLGA Z CS SANTO FIRME BJ- LLANERA LLANERA NOTIF EMBARGO CREDITOS 9/R90/02 REG 3106/02 CARBAJO GONZALEZ MARIA CARMEN M CL ALFONSO II EL CASTO OVIEDO OVIEDO NOTIF EMBARGO SUELDOS DILIG 9/R2650/01 JAV CARBAJO GONZALEZ MARIA CARMEN M PZ ALFONSO II EL CASTO OVIEDO OVIEDO NOTIF EMBARGO SUELDOS DILIG 9/R2647/01 JAV CARPRIBERA GARCIA MARTINEZ JESUS ANTONIO L CL MARCELINO SUAREZ D OVIEDO OVIEDO NOTIF LEVANTAMIENTO EMBARGO INMUEBLES 9/R1683/01 REG 1064/02 CARPRIBERA GARCIA MARTINEZ JESUS ANTONIO L CL MARCELINO SUAREZ D OVIEDO OVIEDO NOTIF LEVANTAMIENTO EMBARGO SALARIOS 9/R1610/01 REG 1062/02 CARPRIBERA GARCIA MARTINEZ JESUS ANTONIO L CL MARCELINO SUAREZ D OVIEDO OVIEDO NOTIF LEVANTAMIENTO EMBARGO CREDITOS 9/R1611/01 REG 1063/02 CUERVO GARCIA JOSE MANUEL S CL PIO XII C OVIEDO OVIEDO NOTIF RECURSO IAE REG 47876/1 DIEZ HIDALGO ALEJANDRO W AV LUGO IZ AVILES AVILES NOTIF EMBARGO VEHICULOS 9/R139/02 REG 5006/02 FERNANDEZ DIAZ JOSE ANTONIO W CM DE LA LLOSA LA FRESNEDA SIERO RESOL SOLICITUD BAJA/ANUL 2001/47664 FERNANDEZ VECINO GABRIEL G CL FONCALADA A OVIEDO OVIEDO RESOL SOLICITUD BAJA/ANUL 9/0326/01 FLOREZ GARCIA JESUS E AD VIGAÑA GRADO GRADO NOTIF EMBARGO BIENES INMUEBLES DILIG 9/R162/02 JAV

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