ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 4 DE NOVIEMBRE DE 2016

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1 ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 4 DE NOVIEMBRE DE 2016 TOKIKO GOBERNU BATZARRAK 2016KO AZAROAREN 4AN EGINDAKO BILKURAREN AKTA PRESIDENTE /LEHENDAKARIA: Excmo. Sr. D. Gorka Urtaran Agirre jauna. CONCEJALES /ZINEGOTZIAK: Dª Itziar Gonzalo de Zuazo andrea Dª Nerea Melgosa Vega andrea Dª Jaione Aguirre López de Araya andrea D. Peio López de Munain López de Luzuriaga jauna Dª Isabel Martínez Díaz de Zugazúa andrea D. Carlos Zapatero Berdonces jauna Dª Estíbaliz Canto Llorente andrea CONCEJAL SECRETARIO / ZINEGOTZI IDAZKARIA: D. Iñaki Prusilla Muñoz jauna En la Casa Consistorial de la Ciudad de Vitoria-Gasteiz, siendo las 8:15 horas del día 4 de noviembre de 2016, se reunió en sesión ordinaria la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL bajo la Presidencia del Excmo. Sr. Alcalde- Presidente, Don Gorka Urtaran Agirre, con asistencia de los Concejales miembros que más arriba se indican, encontrándose asimismo presente el Concejal Secretario de la misma, D. Iñaki Prusilla Muñoz, que da fe del acto. Vitoria-Gasteizko udaletxean, 2016ko azaroaren 4an, 8:15 zirela, TOKIKO GOBERNU BATZARRA bildu da ohiko bilkuran, Gorka Urtaran Agirre alkate lehendakaria batzarburu zela, eta goian aipatzen diren zinegotzi batzordekideak bertan izanik. Bertan zen, orobat, zinegotzi idazkaria, Iñaki Prusilla Muñoz jauna, zeinek ematen baitu bilkuran jazotakoaren fede. A continuación, se trataron los siguientes asuntos: Ondoren, honako gai hauek aztertu dira:

2 Nº 1 ASUNTO: LECTURA Y APROBACION DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES. Leídas las Actas de las sesiones anteriores, celebradas los días 28 y 31 de octubre de 2016, quedan aprobadas por unanimidad de los asistentes. A continuación, se trataron los asuntos y adoptaron los acuerdos siguientes, aprobándose y haciendo suyos, con el resultado que se expresa en ellos, los siguientes dictámenes y propuestas, cuyo texto íntegro o parte dispositiva a continuación se transcriben:...//...

3 DEPARTAMENTO DE ALCALDÍA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

4 Nº 2 ASUNTO: SELECCIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA Y REQUERIMIENTO AL LICITADOR SELECCIONADO EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE SERVICIO DE AGENCIA DE MEDIOS PARA EL SERVICIO DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ 2016 DIARIO El Correo Edición Álava Diario de Noticias de Álava El Mundo Edición País Vasco En sesión ORDINARIA celebrada por la Junta de Gobierno Local en la fecha de 8 de julio de 2016, se aprobó el expediente de contratación de SERVICIO DE AGENCIA DE MEDIOS PARA EL SERVICIO DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA- GASTEIZ El presupuesto aprobado al efecto fue de ,00 euros IVA incluido. El plazo de ejecución es de DOS AÑOS CONTADOS DE FECHA A FECHA DESDE LA FORMALIZACIÓN,O HASTA AGOTAR PRESUPUE. El procedimiento de adjudicación aprobado fue ABIERTO. En el mismo se presentaron las siguientes proposiciones: Plica Número 1 Suscrita por M.B.N COMUNICACIÓN S.L., presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece lo siguiente: Módulo Laborable B/N Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Módulo Laborable COLOR Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Módulo Domingo B/N Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Módulo Domingo COLOR Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa 92,19 26,00% 138,28 26,00% 129,69 26,00% 194,53 26,00% 84,38 26,00% 126,56 26,00% 123,44 26,00% 185,16 26,00% 105,00 45,00% 120,00 45,00% 139,00 45,00% 156,00 45,00% Berria 93,00 60,00% 139,50 60,00% 119,38 60,00% 179,06 60,00% EMISORA Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) Cuña 20 Laborable OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Cadena Ser Vitoria 54,00 32,50%

5 Radio Vitoria 42,00 40,00% COPE Vitoria 81,81 75,00% Onda Cero Vitoria 70,00 70,00% Radio Gorbea Vitoria 53,82 32,50% BANNER 980X90 PIXEL ROBAPAGINAS 300X250 PIXEL MEDIOS DIGITALES Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa El Correo.com 71,00 60,00% 76,00 60,00% Noticiasdealava.com 35,00 10,00% 25,00 10,00% Plica Número 2 Suscrita por PUBLICIDAD HEDATU S.L.U - PROPAGA, presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece lo siguiente: DIARIO El Correo Edic. Álava Diario de Noticias de Álava El Mundo Edición País Vasco Módulo Laborable B/N Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Módulo Laborable COLOR Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Módulo Domingo B/N Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Módulo Domingo COLOR Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa 92,19 28,00% 138,28 28,00% 129,69 28,00% 194,53 26,00% 84,38 30,00% 126,56 40,00% 123,44 30,00% 185,16 26,00% 105,00 45,00% 120,00 45,00% 139,00 45,00% 156,00 45,00% Berria 93,00 32,00% 139,50 48,00% 119,38 32,00% 89,53 48,00% EMISORA Cuña 20 Laborable Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Cadena Ser Vitoria 54,00 30% Radio Vitoria 42,00 35% COPE Vitoria 81,81 75% Onda Cero Vitoria 70,00 45% Radio Gorbea Vitoria 53,82 25%

6 MEDIOS DIGITALES BANNER 980X90 PIXEL Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa ROBAPAGINAS 300X250 PIXEL Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa El Correo.com 71,00 60,00% 76,00 60,00% Noticiasdealava.com 25,00 10,00% 20,00 10,00% Plica Número 3 Suscrita por MEDIASAL 2000, S.A., presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece lo siguiente: DIARIO El Correo Edic. Álava Diario de Noticias de Álava El Mundo Edición País Vasco Módulo Laborable B/N Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Módulo Laborable COLOR Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Módulo Domingo B/N Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Módulo Domingo COLOR Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa 92,19 28,00% 138,28 35,00% 129,69 28,00% 194,53 35,00% 84,38 28,00% 126,56 28,00% 123,44 28,00% 185,16 28,00% 105,00 50,50% 120,00 50,50% 139,00 50,50% 156,00 50,50% Berria 93,00 70,00% 139,50 75,00% 119,38 75,00% 179,06 75,00% EMISORA Cuña 20 Laborable Precio tarifa oficial del medio (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Cadena Ser Vitoria 54,00 32,50% Radio Vitoria 42,00 43,00% COPE Vitoria 81,81 77,50% Onda Cero Vitoria 70,00 73,00% Radio Gorbea Vitoria 53,82 32,50%

7 MEDIOS DIGITALES BANNER 980X90 PIXEL Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa ROBAPAGINAS 300X250 PIXEL Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa El Correo.com 71,00 64,00% 76,00 64,00% Noticiasdealava.com 35,00 10,00% 25,00 10,00% Plica Número 4 Suscrita por GESTIÓN DE MEDIOS S.A., presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece lo siguiente: DIARIO El Correo Edic. Álava Diario de Noticias de Álava El Mundo Edición País Vasco Módulo Laborable B/N Precio OFERTA: tarifa Porcentaje oficial de del reducción medio sobre (IVA precio excluido) tarifa Módulo Laborable COLOR Precio OFERTA: tarifa Porcentaje oficial de del reducción medio sobre (IVA precio excluido) tarifa Módulo Domingo B/N Precio OFERTA: tarifa Porcentaje oficial de del reducción medio sobre (IVA precio excluido) tarifa Módulo Domingo COLOR Precio OFERTA: tarifa Porcentaje oficial de del reducción medio sobre (IVA precio excluido) tarifa 73,75 10,00% 110,63 15,00% 103,75 10,00% 155,63 15,00% 67,50 10,00% 101,25 30,00% 98,75 10,00% 148,12 30,00% 105,00 40,00% 120,00 40,00% 139,00 40,00% 156,00 40,00% Berria 37,20 12,00% 55,80 30,00% 47,75 12,00% 71,63 30,00% EMISORA Cuña 20 Laborable Precio tarifa oficial del medio OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Cadena Ser Vitoria 81,00 32,50% Radio Vitoria 63,00 37,50% COPE Vitoria 81,81 62,50% Onda Cero Vitoria 70,00 45,00% Radio Gorbea Vitoria 53,82 30,00%

8 MEDIOS DIGITALES BANNER 980X90 PIXEL Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa ROBAPAGINAS 300X250 PIXEL Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa El Correo.com 71,00 20,00% 76,00 20,00% Noticiasdealava.com 35,00 15,00% 25,00 15,00% Plica Número 5 Suscrita por ZOSMAMEDIA, S.A., presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece lo siguiente: DIARIO El Correo Edic. Álava Diario de Noticias de Álava El Mundo Edición País Vasco Módulo Laborable B/N OFERTA: Precio Porcentaje tarifa de oficial reducción del sobre medio precio tarifa Módulo Laborable COLOR OFERTA: Precio Porcentaje tarifa de oficial reducción del sobre medio precio tarifa Módulo Domingo B/N OFERTA: Precio Porcentaje tarifa de oficial reducción del sobre medio precio tarifa Módulo Domingo COLOR OFERTA: Precio Porcentaje tarifa de oficial reducción del sobre medio precio tarifa 92,19 11,00% 138,28 15,00% 129,69 11,00% 194,53 15,00% 84,38 10,00% 126,56 15,00% 123,44 10,00% 185,16 15,00% 105,00 48,00% 120,00 48,85% 139,00 48,00% 156,00 48,85% Berria 116,25 60,00% 174,38 70,00% EMISORA Cuña 20 Laborable Precio tarifa oficial del medio OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Cadena Ser Vitoria 53,00 35,00% Radio Vitoria 42,00 41,00% COPE Vitoria 81,81 65,00% Onda Cero Vitoria 70,00 40,00% Radio Gorbea Vitoria 53,82 45,00%

9 MEDIOS DIGITALES BANNER 980X90 PIXEL Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa ROBAPAGINAS 300X250 PIXEL Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa El Correo.com 71,00 60,00% 76,00 60,00% Noticiasdealava.com 35,00 30,00% 20,00 30,00% Plica Número 6 Suscrita por ARBEX & DIGITAPRINT, S.L., presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones. Ofrece lo siguiente: DIARIO El Correo Edición Álava Diario de Noticias de Álava El Mundo Edición País Vasco Módulo Laborable B/N OFERTA: Precio Porcentaje tarifa de oficial reducción del sobre medio precio tarifa Módulo Laborable COLOR OFERTA: Precio Porcentaje tarifa de oficial reducción del sobre medio precio tarifa Módulo Domingo B/N OFERTA: Precio Porcentaje tarifa de oficial reducción del sobre medio precio tarifa Módulo Domingo COLOR OFERTA: Precio Porcentaje tarifa de oficial reducción del sobre medio precio tarifa 92,19 45,29% 138,28 52,00% 129,69 45,28% 194,53 52,00% 84,38 47,85% 126,56 61,28% 123,44 46,53% 185,16 60,57% 105,00 69,00% 120,00 69,00% 139,00 69,00% 156,00 69,00% Berria 93,00 66,16% 139,50 77,44% 119,38 73,64 % 179,06 82,43% EMISORA Cuña 20 Laborable Precio tarifa oficial del medio OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa Cadena Ser Vitoria 54,00 44,44% Radio Vitoria 42,00 48,40% COPE Vitoria 81,81 81,86% Onda Cero Vitoria 70,00 82,00% Radio Gorbea Vitoria 53,82 72,13%

10 MEDIOS DIGITALES BANNER 980X90 PIXEL Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa ROBAPAGINAS 300X250 PIXEL Precio tarifa oficial (IVA excluido) OFERTA: Porcentaje de reducción sobre precio tarifa El Correo.com 71,00 83,10% 76,00 84,21% Noticiasdealava.com 30,00 66,66% 35,00 71,43% Quedan excluídas todas las licitadoras a excepción de ARBEX&DIGITAPRINT S.L., al no cumplimentar la totalidad de medios indicados en el modelo de proposición, tanto en lo referente al precio de tarifa oficial (presupuesto máximo de licitación), como a la propuesta: porcentaje de reducción sobre el precio de tarifa oficial, recogidos en el Anexo 1. Con relación a la oferta sobre precios de BERRIA no se valora los precios de módulo de domingo por no estar recogido en el modelo de proposición económica. A la vista de lo anterior, la mesa de contratación, con fecha 26 de octubre de 2016, previo informe de los servicios técnicos, propone como oferta económicamente mas ventajosa a la presentada por la empresa ARBEX & DIGITAPRINT, S.L.. obteniendo una puntuación total de 96 puntos. Visto el artículo 23 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, de 1 de octubre; el Concejal o Concejala, declara no estar incurso en ninguna causa de abstención en este procedimiento. Vista la Disposición adicional segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), la Concejala-Delegada del Departamento de Alcaldía y Relaciones Institucionales a la Junta de Gobierno Local formula la siguiente: PROPUESTA DE ACUERDO 1. Seleccionar como oferta económicamente mas ventajosa en el procedimiento de licitación para la contratación de SERVICIO DE AGENCIA DE MEDIOS PARA EL SERVICIO DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ 2016 a la empresa ARBEX & DIGITAPRINT, S.L. con C.I.F. B ,en las condiciones ofertadas, en la cantidad de ,00 euros, IVA incluido, con un plazo de ejecución de 2 AÑOS a contar desde la formalización o hasta agotar el presupuesto, en las condiciones del Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas del expediente y de la Memoria presentada en la Proposición. 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP, el licitador seleccionado en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de notificación de este requerimiento deberá: 2.1. Depositar la cantidad de ,55 euros en concepto de garantía definitiva en cualquiera de los modos señalados en el pliego.

11 2.2. Ingresar la cantidad de 875,56 euros en la cuenta de Kutxabank del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz) nº ES en concepto de pago de los gastos de anuncio de licitación en los Boletines Oficiales Para realizar el citado depósito y para entregar la documentación, deberán ponerse en contacto con el Servicio de Compras y Soporte a la Contratación, llamando al teléfono Entregar en el citado Servicio de Compras y Soporte a la Contratación: Alta referida al ejercicio corriente o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentará declaración responsable haciendo constar tal circunstancia Cuando así se haya comprometido el licitador, certificado acreditativo del seguro de indemnización por riesgos profesionales en el que consten los importes y riesgos asegurados y el plazo de vigencia o fecha de vencimiento Cuando así se haya exigido en el pliego, documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP Indicación del convenio colectivo que es de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato y compromiso de facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a los trabajadores/as. A tales efectos se presentará debidamente cumplimentado y firmado el Anexo XI que se adjunta al pliego En caso de que no se cumplimente adecuadamente este requerimiento en el plazo señalado anteriormente se entenderá que el licitador ha retirado su oferta. En Vitoria-Gasteiz, a 4 de noviembre de 2016 LA CONCEJALA-DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE ALCALDÍA Y RELACIONES INSTITUCIONALES QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

12 Nº 3 ASUNTO: RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA ANUAL DE SUBVENCIONES DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO SECCIÓN E: PROYECTOS DE EQUIPAMIENTO. Con fecha 8 de abril, la Junta Local de Gobierno aprobó las bases de la Convocatoria anual de subvenciones Cooperación al desarrollo, constituida por siete secciones diferenciadas. Una de ellas, la sección E está definida en los siguientes términos: Sección E: para proyectos de equipamiento a realizar en un plazo de seis meses, a la que se destina un total de ochenta mil euros (80.000,00 euros) y con una subvención máxima por solicitud de ,00 euros. La baremación específica de la sección figuraba en el anexo 5 de las bases. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el pasado 16 de septiembre, se presentan en tiempo y forma las siguientes propuestas: ENTIDAD SOLICITANTE TÍTULO DEL PROYECTO PAÍS Subvención solicitada Puntuación obtenida Asociación Unión y Apoyo del hablante del pular HAALY PULAR Promoción de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para la Enseñanza (TICE) en tres centros escolares República de Guinea ,40 60,38 % ONGD Kupu Kupu Renovación del contrato del terreno del Centro de Personas con Discapacidad de la ONG Indonesia ,00 50,00 % Afrique Secours Sans Frontieres Rehabilitación de la biblioteca del barrio New Bell Camerún ,00 Incumple requisitos Centro de Promoción de iniciativas para madres e hijas abandonadas Capacitación agrícola de personas en exclusión social Camerún ,00 Incumple requisitos Asociación Cultural de personas nigerianas Yoruba Salud básica para la gente fuera de la ciudad Nigeria ,00 Incumple requisitos TOTAL ,40 El Servicio de Cooperación al Desarrollo ha analizado las propuestas, elaborando una ficha detallada por solicitud. También ha realizado una entrevista a las entidades solicitantes, con el fin de comprobar si su interpretación de la memoria presentada es la adecuada, y de aclarar aspectos sobre los que tenía dudas. Finalmente ha valorado los proyectos en función de la baremación incluida en las bases.

13 Como parte de la valoración es importante mencionar que el proyecto Salud básica para la gente fuera de la ciudad presentado por la Asociación Yoruba incumple varios de los requisitos exigidos: la falta de documentación sobre la experiencia y capacidad de gestión de la contraparte ejecutora local; la falta de información sobre cómo se ha identificado y formulado el proyecto; la falta de un análisis de impacto de género; y la falta de documentación sobre la viabilidad técnica de las acciones a desarrollar. Por lo que queda excluido de la convocatoria. Además, las dos propuestas a ejecutarse en Camerún: Rehabilitación de la biblioteca del barrio New Bell, presentado por Afrique Secours Sans Frontieres, y Capacitación agrícola de personas en exclusión social, presentado por el Centro de Promoción de iniciativas para madres e hijas abandonadas, también han sido excluidos de esta convocatoria, al detectarse irregularidades que implican que los proyectos son inviables. Ambas solicitudes incluían determinados documentos, en particular avales de las Alcaldías Municipales imprescindibles para la viabilidad de los dos proyectos, que resultaron sospechosos para el Servicio de Cooperación. Desde dicho servicio se han realizado comprobaciones sobre la autenticidad de los documentos, llegando a verificarse su falsificación. Con fecha 19/10/2016, el Servicio de Cooperación al Desarrollo ha dirigido al Servicio de Asesoría Jurídica un informe descriptivo de las irregularidades comprobadas, con el fin de que este determine las medidas que debe tomar el Ayuntamiento. De esta forma, finalizada la fase de análisis y valoración, quedarían como subvencionables únicamente dos proyectos, por un total solicitado de ,40. La consecuencia es que no se agota el importe previsto para la Sección L ( euros) y se genera un sobrante de ,60. Dicha situación está prevista en las bases de la convocatoria que especifican en su cláusula 1ª: Caso de que no se agotase el importe previsto para alguna de las secciones indicadas, el importe no asignado podrá destinarse a subvencionar solicitudes de las secciones que no hayan sido resueltas con anterioridad, siempre que las mismas satisfagan los requisitos y puntuación requeridos en estas bases. Por lo que se sumará el importe de ,60 a alguna de las secciones pendientes de resolución de la convocatoria (DH, AS, O). Se elegirá aquella sección en que este importe adicional permita apoyar algún proyecto o incrementar el importe de las subvenciones concedidas. La comisión de Valoración da el visto bueno al informe presentado por el Servicio de Cooperación al desarrollo de fecha 24 de octubre 2016, y traslada a la Junta de Gobierno Local la siguiente propuesta: 1. Aprobar la concesión de las siguientes subvenciones presentadas a la sección E de la convocatoria anual de subvenciones de cooperación al desarrollo del 2016: ENTIDAD SOLICITANTE TÍTULO DEL PROYECTO PAÍS Subvención solicitada Asociación Unión y Apoyo del hablante del pular HAALY PULAR Promoción de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para la Enseñanza (TICE) en tres centros escolares República de Guinea ,40

14 ENTIDAD SOLICITANTE TÍTULO DEL PROYECTO PAÍS Subvención solicitada ONGD Kupu Kupu Renovación del contrato del terreno del Centro de Personas con Discapacidad de la ONG Indonesia ,00 TOTAL ,40 2. Denegar las siguientes solicitudes de subvención por incumplimiento de requisitos: ENTIDAD SOLICITANTE TÍTULO DEL PROYECTO PAÍS Subvención solicitada Afrique Secours Sans Frontieres Rehabilitación de la biblioteca del barrio New Bell Camerún ,00 Centro de Promoción de iniciativas para madres e hijas abandonadas Capacitación agrícola de personas en exclusión social Camerún ,00 Asociación Cultural de personas nigerianas Yoruba Salud básica para la gente fuera de la ciudad Nigeria ,00 CONSIDERANDO lo dispuesto en las Bases reguladoras de la convocatoria anual de Subvenciones para cooperación al desarrollo 2016, aprobadas por la Junta de Gobierno Local el 8 de abril de CONSIDERANDO lo regulado en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, en el artículo 23 y siguientes del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y en la Ordenanza Municipal de Subvenciones aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz el día 17 de junio de 2005 y publicada en el B.O.T.H.A. nº 5 de 13 de enero de CONSIDERANDO la misión y objetivos estratégicos del Servicio de Cooperación al Desarrollo del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. La Concejala-Delegada del Departamento de Alcaldía y Relaciones Institucionales, en virtud del Decreto de Alcaldía sobre Delegación de Competencias de fecha 24 de mayo de 2016, así como del artículo 5.1 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones y del artículo g) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, eleva a la Junta de Gobierno Local la siguiente: PROPUESTA DE ACUERDO PRIMERO.- Aprobar la propuesta de resolución de la convocatoria anual de subvenciones a cooperación al desarrollo-sección E- por un importe total de ,40 euros a las siguientes entidades y por las cantidades que se relacionan, con cargo a la partida :

15 Entidad solicitante Título del proyecto Subvención Asociación Unión y Apoyo del hablante del pular HAALY PULAR ONGD Kupu Kupu Promoción de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para la Enseñanza (TICE) en tres centros escolares Renovación del contrato del terreno del Centro de Personas con Discapacidad de la ONG , SEGUNDO.- Denegar las subvenciones solicitadas por: Afrique Secours Sans Frontieres, Centro de Promoción de iniciativas para madres e hijas abandonadas, y Asociación Cultural de personas nigerianas Yoruba, por las razones señaladas en la parte expositiva del acuerdo. TERCERO.- De conformidad con la cláusula primera de las bases que regulan esta convocatoria, los ,60 euros sobrantes de esta sección se destinarán a subvencionar solicitudes de las secciones que no hayan sido todavía resueltas (sección DH, AS y O) siempre que las mismas satisfagan los requisitos y puntuación requeridos en estas bases. Se elegirá aquella sección en que este importe adicional permita apoyar algún proyecto o incrementar el importe de las subvenciones concedidas. CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a los interesados haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y contra él puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación presunta del recurso. QUINTO.- Ordenar la publicación de las subvenciones concedidas en la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, con indicación del beneficiario, cantidad otorgada y demás información exigida en el artículo 14 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Publicar asimismo la información que proceda en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. No obstante, Uds. decidirán lo que estimen pertinente. En Vitoria-Gasteiz, a 24 de octubre de LA CONCEJALA DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE ALCALDÍA Y RELACIONES INSTITUCIONALES QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

16 DEPARTAMENTO DE CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTE

17 Nº 4 ASUNTO: APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN AUTISMO ARABA PARA EL DESARROLLO Y AFIANZAMIENTO DE ACTIVIDADES FISICO-DEPORTIVAS PARA PERSONAS CON TRASTORNOS GENERALIZADOS DEL DESARROLLO. (TEMPORADA 2016/2017) Desde el Servicio de Deporte del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz se presenta la tramitación del expediente para la formalización del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y la Asociación Autismo Araba para el desarrollo y afianzamiento de actividades físico-deportivas para personas con trastornos generalizados del desarrollo durante la temporada El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, a través de su Servicio de Deporte, pone especial atención en la promoción y el desarrollo de programas de actividades físicas especialmente destinadas a colectivos de personas discapacitadas. La Asociación Autismo Araba es una entidad sin ánimo de lucro que desarrolla actividades de este tipo en Vitoria-Gasteiz. Ambas partes desean formalizar esta colaboración mediante el preceptivo Convenio que refleja su interés en la promoción del deporte para personas con discapacidad. La entidad está inscrita en el Registro Municipal de entidades ciudadanas con el nº 629. El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, a través del Servicio de Deporte, con la firma del Convenio se compromete a aportar la cantidad de CATORCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON UN CÉNTIMO (14.442,01 ), distribuidos del siguiente modo:? 4.720,66 para el periodo de 1 de octubre a 31 de diciembre de 2016, con cargo a la partida del presupuesto del Servicio de Deporte de 2016.? 9.121,35 para el periodo de 1 de enero a 30 de junio de 2017, con cargo al presupuesto del Servicio de Deporte de 2017 y supeditado a la existencia de crédito en el ejercicio correspondiente. Considerando que se prevé que exista presupuesto disponible en la partida del presupuesto del Departamento de Cultura, Educación y Deporte para el año 2017, el gasto correspondiente al año 2017 no debe incluirse en el estado de crédito de compromiso, sino considerarse de tracto sucesivo, conforme al art N.F.P.E.L. Existe consignación económica suficiente para la suscripción del presente convenio de colaboración. Considerando Que la Ley 14/1998 del Deporte del País Vasco establece en su artículo 2.3n) que "Los poderes públicos... garantizarán el adecuado ejercicio del citado derecho mediante una política deportiva basada en el fomento de las actividades deportivas entre la ciudadanía que padezca minusvalías físicas, psíquicas, sensoriales o mixtas al objeto de contribuir a su plena integración social.

18 Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno local de 24 de mayo de 2016 sobre Delegación de Competencias, la Concejala Delegada del Departamento de Cultura, Educación y Deporte eleva a la Junta de Gobierno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO: Aprobar el expediente para la suscripción del CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ Y LA ASOCIACIÓN AUTISMO ARABA para el desarrollo y afianzamiento de actividades físico-deportivas para personas con trastornos generalizados del desarrollo durante la temporada conforme al texto del borrador adjunto, con una aportación municipal de CATORCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON UN CÉNTIMO (14.442,01 ), distribuidos del siguiente modo:? 4.720,66 para el periodo de 1 de octubre a 31 de diciembre de 2016, con cargo a la partida del presupuesto del Servicio de Deporte de 2016.? 9.121,35 para el periodo de 1 de enero a 30 de junio de 2017, con cargo al presupuesto del Servicio de Deporte de 2017 y supeditado a la existencia de crédito en el ejercicio correspondiente. SEGUNDO: Aprobar el texto del precitado Convenio, facultando a la Concejala Delegada del Departamento de Cultura, Educación y Deporte para la tramitación y firma del Convenio, objeto del presente acuerdo. TERCERO.- Aprobar la consignación y disposición de CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTE EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (4.720,66 ) correspondientes al presupuesto del año 2016, con cargo a la partida CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a la ASOCIACIÓN AUTISMO ARABA determinando día y fecha para su formalización. No obstante, Uds. decidirán como mejor estimen. En Vitoria-Gasteiz, 4 de noviembre de 2016 LA CONCEJALA DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTE QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

19 DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA

20 Nº 5 ASUNTO: ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE CONTRATACION SUMINISTRO DE PRODUCTOS DE ALIMENTACION PARA LAS RESIDENCIAS MUNICIPALES DE MAYORES -FRUTAS Y VERDURAS LOTE 9 En sesión ORDINARIA celebrada por la Junta de Gobierno Local en la fecha de 8 de junio de 2016, se aprobó el expediente de contratación de CONTRATACION SUMINISTRO DE PRODUCTOS DE ALIMENTACION PARA LAS RESIDENCIAS MUNICIPALES DE MAYORES -FRUTAS Y VERDURAS LOTE 9. El presupuesto aprobado al efecto fue de ,00 euros IVA incluido. El plazo de entrega es de DESDE LA FECHA DE ADJUDICACION HASTA EL 19 DE JUNIO DE El procedimiento de adjudicación aprobado fue ABIERTO. La única empresa licitadora y valorada es Plica Número 1 Suscrita por FRUTAS URIARTE VILLEGAS 2015, S.L., presenta completa la documentación exigida por los Pliegos de Condiciones Por la Junta de Gobierno Local, con fecha 20 de septiembre de 2016 y previa propuesta de la Mesa de Contratación, se seleccionó como oferta mas ventajosa a la presentada por la empresa FRUTAS URIARTE VILLEGAS 2015, S.L. y HERMANOS URIARTE. El resultado de valoración de ofertas fue el siguiente: (veáse el anexo I) Por la empresa FRUTAS URIARTE VILLEGAS 2015, S.L. se ha procedido a la entrega de la documentación a la que hace referencia el segundo párrafo del artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP). Vista la Disposición adicional segunda del TRLCSP, la Concejala-Delegada del Departamento de Políticas Sociales a la Junta de Gobierno Local formula la siguiente: PROPUESTA DE ACUERDO 1. Adjudicar el contrato de CONTRATACION SUMINISTRO DE PRODUCTOS DE ALIMENTACION PARA LAS RESIDENCIAS MUNICIPALES DE MAYORES -FRUTAS Y VERDURAS LOTE 9 en las condiciones del Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas del expediente y de la Memoria presentada a FRUTAS URIARTE VILLEGAS 2015, S.L. con C.I.F. B , en la cantidad de ,00 euros, con un plazo de entrega desde la formalización del contrato hasta el 19 de junio de En el supuesto de que así se establezca en el pliego de cláusulas administrativas particulares, la empresa adjudicataria, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de este acuerdo deberá entregar en el Departamento de Políticas Sociales y Salud Pública sito en calle Pablo Neruda nº 7 bajo, Vitoria-Gasteiz, copia de la póliza de seguro. 3. En el supuesto de que se haya establecido en la CARÁTULA la procedencia de la coordinación de actividades empresariales por concurrir en el centro de trabajo trabajadores municipales y trabajadores propios de la empresa seleccionada, esta última deberá presentar, en el plazo de diez días hábiles contados constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

21 a partir del siguiente al de la notificación de este acuerdo, en formato digital, la siguiente información relativa a su empresa: - Descripción de la organización preventiva de la empresa y Mutua de accidentes. - Evaluación de riesgos de los trabajos a realizar. - Indicar los riesgos que derivados de su actividad puedan afectar a los trabajadores del Ayuntamiento. - Relación del personal que va a participar en los trabajos. - Certificado (con sello y firma del representante legal de la empresa contratada), referido a los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el Ayuntamiento, respecto de: o o o o o Haber recibido formación-información de su puesto de trabajo en materia de prevención. Aptitud médica Estar formados y capacitados para el uso de maquinaria específica para su puesto de trabajo. Disponer de EPIs adecuados para su puesto de trabajo. Estar dados de alta en la Seguridad Social - Si durante la ejecución del contrato se producen variaciones en el personal contratado se deberá aportar igualmente la documentación señalada en el apartado anterior relativa a dichos trabajadores. - Certificado, cuando proceda, (con sello y firma del representante legal de la empresa contratada), de que la maquinaria que utilicen sus trabajadores en el Ayuntamiento, cumple con la normativa vigente (Marcado CE y declaración de conformidad, manual de instrucciones, mantenimiento, etc.) Además, como empresa contratada deberá: - Designar a una persona del control y seguimiento de los trabajos contratados en materia de Prevención de Riesgos Laborales. - Entregar acuse de recibo de la documentación proporcionada por el Ayuntamiento. - Informar al Ayuntamiento de los accidentes que tengan lugar durante el desarrollo de los trabajos. - No subcontratar sin autorización expresa y por escrito por parte del Ayuntamiento. - En el supuesto de subcontratación deberá remitir toda la documentación requerida sobre coordinación de actividades empresariales referida a la empresa con la que se pretenda subcontratar con carácter previo a la autorización que pueda emitir el Ayuntamiento. Por su parte, el Ayuntamiento, como titular del centro de trabajo, deberá adoptar, en relación con los otros empresarios concurrentes, las medidas establecidas en los artículos 7 y 8 del R.D. 171/2004. Si el adjudicatario no presentara la documentación sobre la citada coordinación de actividades empresariales en el plazo establecido, y consecuencia de dicho retraso el contrato no se pudiera formalizar en los plazos y de conformidad con el procedimiento establecido en el articulo 156 del TRLCSP, se podrá proceder a la constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

22 incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, hubiere correspondido (2 % del presupuesto de licitacion). 4. La firma del contrato tendrá lugar en el plazo de 10 días hábiles a contar desde la notificación de esta resolución. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. 5. El incumplimiento de este plazo, por causa imputable al contratista constituirá incumplimiento contractual, y podrá dar lugar a la resolución del contrato. 6. En caso de incumplimiento del contrato se impondrán las penalidades previstas el pliego de cláusulas administrativas particulares. 7. La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se deberá notificar a los interesados y publicarse en el perfil del contratante del órgano ed contratación. 8. RECURSOS a) Contra este acuerdo, potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, conforme lo dispuesto en el artículo 123 y ss. de la Ley 39/2015, de PACAP, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativa de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta del recurso. b) Directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativa de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses contados a partir del dia siguiente al de la notificación. c) En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se podrá plantear la interposición de la cuestión de nulidad contractual, en el plazo de 30 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 39 del TRLCSP. Todo ellos sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente conforme a lo previsto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de PACAP. 9. Advertir a las licitadoras que agotados los plazos para interponer recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que se acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados/as. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por las licitadoras cuando éstas no hayan procedido a su retirada. No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen Vitoria-Gasteiz, a 4 de noviembre de 2016 LA CONCEJALA-DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS SOCIALES QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

23 DEPARTAMENTO DE HACIENDA

24 Nº 6 ASUNTO RENUNCIA AL EJERCICIO DEL DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO SOBRE LA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL IDENTIFICADA COMO BULEVAR DE SALBURUA Nº 50 ASUNTO RESERVADO QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

25 Nº 7 ASUNTO: ACEPTACIÓN DE LA REVERSIÓN DE LA CONCESION DEL DERECHO FUNERARIO SOBRE EL NICHO SITUADO EN LA MANZANA 252, NÚMERO 84, DEL CEMENTERIO DE EL SALVADOR DE VITORIA- GASTEIZ. ASUNTO RESERVADO QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

26 Nº 8 ASUNTO RENUNCIA AL EJERCICIO DEL DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO SOBRE LA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL IDENTIFICADA COMO AVDA. REINA SOFÍA Nº 1. ASUNTO RESERVADO QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

27 Nº 9 ASUNTO: ACEPTACIÓN DE LA REVERSIÓN DE LA CONCESION DEL DERECHO FUNERARIO SOBRE EL NICHO SITUADO EN LA MANZANA 154, LETRA A, NÚMERO 96, DEL CEMENTERIO DE EL SALVADOR DE VITORIA- GASTEIZ. ASUNTO RESERVADO QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

28 DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE

29 Nº 10 ASUNTO: CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE ÁLAVA PARA EL APOYO A LA PEEQUEÑA EMPRESA LOCAL (2015/SUB0013). RESOLUCIÓN PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO. I.- Previa solicitud, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de mayo de 2015, se aprobó la suscripción de un convenio de colaboración con la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Álava, para subvencionar con ,00 el desarrollo en 2015 de las siguientes actividades de promoción: 1.- Acciones relativas a la promoción de la internacionalización de empresas locales que consistirá en el acompañamiento de empresas locales a Ferias que se celebren preferentemente en Europa. Las labores de acompañamiento se ajustarán de forma personalizada a cada empresa y a cada destino. 2.- Acciones dirigidas a impulsar la figura de los hermanamientos como herramienta de promoción económica que consistirán en ubicar a 7 personas dentro del programa GLOBAL TRAINING financiado por el Gobierno Vasco, en los destinos y empresas seleccionados por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, mediante la financiación por parte del Ayuntamiento de la prórroga de 2 meses de la beca. 3.- Creación de un sistema de recogida conjunta de residuos peligrosos comunes, para empresas pequeñas productoras de RPs. II.- Con fecha 1 de febrero de 2015, la beneficiaria, presentó Memoria Técnica de las Actividades realizadas, y Memoria Económica con facturas justificativas del gasto y justificantes de abono bancario. III.- Analizada dicha documentación, la jefatura del Servicio municipal de Empresas, mediante escrito de 22 de febrero de 2015, informa sobre la justificación presentada, alegando la existencia de sobrefinanciación de las actividades subvencionadas. IV.- Con fecha 11 de julio de 2016, la Intervención municipal, a la vista de lo actuado, emite Informe de fiscalización con reparos sobre la justificación presentada (art. 70 de la N.F. 3/2004, de 9 de febrero), al apreciar la existencia de falta de documentación en los gastos internos alegados, y sobrefinanciación por importe de ,77 en dos de las actividades subvencionadas que constituyen causa de reintegro de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37, c) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS). V.- Mediante Providencia de la Concejala delegada del departamento de Empleo y Desarrollo Económico Sostenible de 30 de agosto de 2016, se inicio el preceptivo expediente de reversión de la sobrefinanciación detectada, dando traslado a la beneficiaria para efectuar alegaciones. VI.- Con fecha 10 de octubre de 2016, la beneficiaria presenta escrito de alegaciones y documentación acreditativa de los extremos reclamados. VII.- Mediante escrito de 21 de octubre de 2016, la Jefatura del Servicio municipal de Comercio, informa favorablemente sobre la justificación

30 presentada, considerando debidamente acreditado el destino dado a la subvención municipal, habiéndo procedido a la devolución del superavit indicado por la Intervención municipal. La Junta de Gobierno Local es el órgano competente para dictar resolución en el expediente de reintegro de la subvención En virtud de lo expuesto, la Concejala Delegada del Departamento Municipal de Empleo y Desarrollo Económico Sostenible, de conformidad a las competencias delegadas, a la Junta de Gobierno Local propone la adopción del siguiente ACUERDO PRIMERO.- Tras la acreditación de gastos internos alegados y devolución del exceso de financiación (12.977,77 ) expuesto por la Intervención municipal, tener por terminado el procedimiento de reintegro tramitado, sobre la justificación presentada de la subvención de ,00 concedida por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Álava, para el desarrollo en 2015 de un programa de actividades relacionadas con la promoción de la internacionalización de empresas locales; impulso de la figura de los Hermanamientos; y creación de un sistema de recogida conjunta de residuos peligrosos. SEGUNDO.- Acordar el archivo del expediente. TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a la interesada, haciéndole saber que la misma pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta del recurso. En Vitoria-Gasteiz, a 21 de octubre de LA CONCEJALA DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE. QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

31 DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

32 Nº 11 ASUNTO: APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PERSIANAS Y PUERTAS AUTOMÁTICAS BAJO LA MODALIDAD DE GARANTÍA TOTAL Y ASISTENCIA 24 HORAS EN EDIFICIOS MUNICIPALES Por los Servicios Técnicos del Departamento de Administración Municipal, se ha elaborado el proyecto del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PERSIANAS Y PUERTAS AUTOMÁTICAS BAJO LA MODALIDAD DE GARANTÍA TOTAL Y ASISTENCIA 24 HORAS EN EDIFICIOS MUNICIPALES, en el que se justifica la necesidad del mismo al objeto de prestar el mantenimiento preventivo y correctivo de las persianas y puertas automáticas de los edificios municipales, bajo la modalidad de garantía total y asistencia 24 horas todos los días del año, a la finalización del contrato actual. El presupuesto del referido contrato asciende a la cantidad de ,94 euros IVA incluido. La duración prevista del contrato será de dos años, más una o varias posibles prórrogas hasta un plazo máximo de dos años. En el pliego de cláusulas administrativas particulares se establecen los siguientes criterios de valoración de ofertas: (SOBRE C): CRITERIOS QUE NO DEPENDEN DE UNA FÓRMULA MATEMÁTICA Puntuación máxima 45 puntos 4.1. VALORACIÓN TECNICA.- Se valorará hasta un máximo de 45 puntos. Para posibilitar la evaluación y valoración de estos apartados, los licitadores deberán presentar una memoria técnica cuyo contenido tendrá carácter contractual y constará de los siguientes apartados: Calidad del análisis del servicio. Hasta un máximo de 15,00 puntos. Se presentará una descripción del servicio a prestar, valorándose: La planificación del personal destinado a la gestión del contrato a través de un organigrama: gerencia, administración y servicio técnico, para ejercer el contenido de las operaciones descritas en el Pliego Técnico. Se indicarán las funciones a desempeñar por cada uno de ellos. Se valorará el correcto enfoque y planificación de la prestación del servicio: ubicación de instalaciones, distribución de revisiones por zonas y equipos de trabajo destinados a cada una Programa de trabajo. Hasta un máximo de 20,00 puntos. Se presentará un programa de trabajo describiendo la planificación de tareas conforme determina el Pliego de Condiciones Técnicas, valorándose: La correcta organización en lo que respecta al servicio técnico y servicio de guardia así como los medios a disposición de cada uno de los equipos para el desempeño de los trabajos. La previsión de un calendario anual (estimado) de fechas para las revisiones programadas de mantenimiento preventivo de todos los elementos que integran el contrato. constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

33 El diseño de plantillas para registro de datos de las distintas operaciones de mantenimiento preventivo y correctivo. El modo de plantear las tareas y servicios a prestar de cara a las intervenciones de mantenimiento preventivo, correctivo, accidentales, y atención de avisos por incidencias Disponibilidad del servicio. Hasta un máximo de 10 puntos. Se presentará la planificación de los medios que el licitador disponga para prestar todos los servicios de este contrato, valorándose: Horarios de atención de la empresa y en general la calidad de respuesta con referencia a las distintas obligaciones del contrato. Los medios de comunicación de la empresa para garantizar, en todo caso, la recepción de avisos por incidencias que puedan producirse desde cualquier Centro Municipal de los elementos relacionados con este contrato. La disponibilidad y medios materiales que el licitador ofrezca para la prestación del servicio. En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica ni documentos relevantes de su oferta económica, ni documentos relativos a criterios cuantificables por fórmula (Mejora.-punto de la Carátula) Quedarán excluidos del proceso, los licitadores que no alcancen una valoración de 22,50 puntos en este apartado de valoración técnica (Sobre C). SOBRE A): CRITERIOS QUE DEPENDEN DE UNA FÓRMULA MATEMÁTICA. Puntuación máxima 60 puntos PRECIO DEL CONTRATO.- Se valorará hasta un máximo de 50 puntos VALORACIÓN CUANDO EL NÚMERO DE OFERTAS ADMITIDAS SEA IGUAL O SUPERIOR A CINCO. Cuando el número de ofertas a valorar en este apartado sea IGUAL O SUPERIOR A CINCO, la valoración de las OFERTAS ECONÓMICAS se realizará de la siguiente forma en base a las BAJAS presentadas por las licitadoras e incluidas en su proposición económica Se eliminarán, para el cálculo del VALOR PROMEDIO, las BAJAS de las ofertas más barata y más cara. Este valor PROMEDIO se define como la MEDIA ARITMÉTICA DE LAS BAJAS DE LAS OFERTAS RESTANTES Al PRESUPUESTO DE LICITACIÓN se le asignará cero puntos Al VALOR PROMEDIO se le asignará el 70% de la puntuación máxima posible, esto es, 35,00 puntos A las ofertas cuya BAJA PROPUESTA sea SUPERIOR AL VALOR PROMEDIO, obtendrán además de los puntos asignados al constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

34 VALOR PROMEDIO, adicionalmente y de manera lineal a razón de 1,50 puntos o fracción proporcional, por cada 1% de diferencia respecto al valor promedio, hasta un máximo 15,00 puntos (10%). A partir de ese 10% de disminución las ofertas recibirán el máximo de puntos posibles (50 puntos) Las ofertas cuya BAJA PROPUESTA sea INFERIOR AL VALOR PROMEDIO, obtendrán la puntuación de manera lineal, teniendo en cuenta la pendiente de la recta que se forme entre el VALOR PROMEDIO (35,00 puntos) y el PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (cero puntos) VALORACION CUANDO EL NÚMERO DE OFERTAS ADMITIDAS SEA INFERIOR A CINCO Cuando el número de ofertas a valorar en este apartado SEA INFERIOR A CINCO la valoración se realizará de la siguiente forma: Al PRESUPUESTO DE LICITACIÓN se le asignará cero puntos El resto de ofertas se valorarán con la aplicación de la siguiente fórmula: Puntuación Siendo: oferta = Puntuación máxima Baja x Baja Puntuación oferta = Puntuación de la oferta oferta máxima Puntuación maxima = Puntuación máxima posible a obtener Baja oferta = Porcentaje de baja de la oferta a valorar Baja máxima = Mayor porcentaje de baja de las ofertas presentadas. Cuando el mayor porcentaje de baja ofertado por las ofertas admitidas sea inferior a un 10% el valor de este parámetro será 10% MEJORAS.- Se valorará con 10 puntos Capacidad de respuesta frente a avisos de carácter urgente 24 horas, todos los días del año: 10,00 puntos. o 10,00 puntos por atención de cualquier incidencia en casos de urgencia, además de los considerados por el Ayuntamiento como tales en un plazo máximo de 30 minutos desde su notificación. En caso de empate de puntuaciones, se aplicará lo dispuesto en el punto PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN de la Carátula del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Este expediente de contratación se adjudicará a través del procedimiento ABIERTO con varios criterios de adjudicación ya que, dada la naturaleza de las prestaciones objeto de este contrato, resulta de interés para esta Administración adjudicarlo a la proposición más ventajosa sin atender exclusivamente al precio. constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

35 En el pliego de cláusulas administrativas particulares se establecen las siguientes penalidades: Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución de inserción socio-laboral, se impondrán las penalidades establecidas en la cláusula de este pliego. Debido a las características del contrato, y al grave quebranto que causaría una deficiente ejecución del mismo, se impondrán penalidades en caso de demora, incumplimiento, o cumplimiento defectuoso de las prestaciones que constituyen su objeto. Como regla general, su cuantía será del 1% del importe de adjudicación, IVA incluido, salvo que motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar un 5% o hasta el máximo legal del 10% del importe de adjudicación, IVA incluido, respectivamente Se considerará incumplimiento leve todo incumplimiento de las obligaciones de este contrato que no se encuentren tipificadas como graves o muy graves en los apartados siguientes. Los incumplimientos leves serán sancionados con apercibimiento o penalidad del 1% del importe de adjudicación, IVA incluido. Entre otros, se considerarán leves: La no atención de incidencias en el plazo máximo establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas (1hora), sin causa justificada, ni aviso al técnico municipal responsable del contrato. La no atención de incidencias en casos de urgencia, además de los considerados por el Ayuntamiento como tales en el plazo máximo de 30 minutos, sin causa justificada, ni aviso al técnico municipal responsable, en caso de que el Adjudicatario lo haya ofertado así en el apartado de mejoras El retraso en la prestación de las operaciones de mantenimiento preventivo en más de 48 horas respecto a la previsión aprobada al inicio del contrato sin causa justificada ni aviso, y aprobación, por parte del técnico municipal responsable del contrato. El retraso en la entrega de los albaranes de mantenimiento en más de 5 días a la finalización de cada mes, sin causa debidamente justificada y aceptada por parte del técnico municipal responsable del contrato. Se considerará incumplimiento grave el incumplimiento cuya gravedad pueda ocasionar perjuicios a terceros, al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, a personal municipal o a las instalaciones, así como la acumulación de incumplimientos leves. En caso de incumplimiento grave se impondrá una penalidad entre el 1% y el 5% del importe de adjudicación, IVA incluido. Entre otros, se considerarán graves: El retraso no sistemático en la prestación del servicio. Los incidentes del personal de la empresa Adjudicataria y/o subcontratado con terceras personas, tanto por trato incorrecto como por deficiencia en la prestación del servicio. Modificación de un servicio sin causa justificada ni notificación previa. La acumulación de tres faltas leves a lo largo de un año. constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

36 Se considerará incumplimiento muy grave todo incumplimiento que ocasione perjuicios muy graves a terceros, al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, a personal municipal o a las instalaciones, así como la acumulación de faltas graves. En caso de ser calificado como muy grave se impondrá una penalidad de hasta el 10 % del importe de adjudicación del contrato IVA incluido, y se podrá incoar por parte del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz expediente de resolución del contrato. Entre otros, se considerarán muy graves: El retraso sistemático en la prestación del servicio. La desobediencia a las indicaciones realizadas por el técnico municipal responsable del contrato. No adoptar las medidas de seguridad y precaución necesarias en lo que respecta al estado de las instalaciones tras notificación de una incidencia, así como su inmediata comunicación a los responsables municipales. No adoptar las medidas de seguridad necesarias y la precaución debida en lo que respecta al uso de equipos y herramientas adecuadas para la realización de cualquier intervención, y que pueda causar daños a personas o bienes, así como la utilización de aquellos que no estén en correcto estado y disposición del correspondiente marcado CE. La realización de trabajos de mantenimiento sin proteger adecuadamente las zonas de paso y sin aviso y autorización previa de los responsables municipales del contrato. No tener los permisos, seguros, y en general, toda la documentación referente a los vehículos, en vigor. La omisión de información referente a cualquier cuestión relacionada con las instalaciones que pueda implicar riesgo, peligro y/o deterioro para las personas y bienes. La realización de cualquier trabajo de forma negligente por parte de la empresa o el personal que ésta subcontrate. La acumulación de dos faltas graves a lo largo de un año. Una vez calificado el incumplimiento, para la determinación de la penalidad concreta a aplicar se tendrá en cuenta el grado de intencionalidad, la reiteración y la naturaleza de los perjuicios o riesgos causados. Además de los apercibimientos y la imposición de penalidades, la empresa adjudicataria dependiendo de cada caso deberá: a) Reparar, subsanar y resarcir los daños causados. b) Resarcir económicamente los gastos ocasionados por la no prestación del servicio. c) Resarcir los costes ocasionados si otra empresa tuviera que prestar el servicio debido a la dejación de la empresa adjudicataria. La cuantía de las penalidades impuestas se deducirá de las facturas de la empresa adjudicataria o de la garantía definitiva cuando no pudiera deducirse de las facturas, conforme a lo establecido en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). Debiéndose formalizar el contrato en el ejercicio anterior al de la iniciación de la ejecución se someterá ésta a la condición suspensiva de la existencia de crédito constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

37 adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente. Visto el artículo 110. del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP). Vista la Disposición adicional segunda del TRLCSP, el Concejal-Delegado del Departamento de Administración Municipal (Mantenimiento de Edificios Municipales) a la Junta de Gobierno Local presenta la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: Aprobar el expediente de contratación del Servicio de mantenimiento de persianas y puertas automáticas bajo la modalidad de garantía total y asistencia 24 horas en edificios municipales, que comprende la aprobación del gasto, y los pliegos de Claúsulas Administrativas y Técnicas Particulares que obran en el expediente, con un presupuesto de ,94 euros IVA incluido. Aprobar como forma de adjudicación el Procedimiento ABIERTO. Declarar el sometimiento de la adjudicación del contrato a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente. Ordenar la publicación del pliego de condiciones aprobado y su exposición al público y la apertura del procedimiento de adjudicación ABIERTO a cuyos efectos deberá publicarse en los Boletines Oficiales. No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen. Vitoria-Gasteiz, a 26 de octubre de 2016 EL CONCEJAL-DELEGADO DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL (MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS MUNICIPALES) QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

38 DEPARTAMENTO DE URBANISMO

39 Nº 12 ASUNTO: APROBACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA DE CONCERTACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN ARMENTIA 2 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE VITORIA-GASTEIZ ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL A la vista de la solicitud formulada con fecha 10 de junio de 2016 por D. Eduardo Bárbara Gutiérrez, Secretario de la Junta de Concertación de la Unidad de Ejecución Armentia 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Vitoria- Gasteiz para la aprobación de la constitución de la Junta de Concertación de la citada Unidad de Ejecución. Resultando que con fecha 5 de noviembre de 2008 en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava nº 127 se publica el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el 19 de septiembre de 2008 por el que se somete a información pública el Convenio entre el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y los propietarios mayoritarios de la Unidad de Ejecución Armentia 2 para la ejecución de la urbanización del citado ámbito por el sistema de concertación, en el que también se procedió a la aprobación inicial del proyecto de Estatutos. Resultando que se dio cumplimiento al preceptivo trámite de exposición al público sin que en el periodo de tiempo establecido al efecto se haya formulado alegación alguna frente al Acuerdo publicado, por lo que el Convenio quedó aprobado con carácter definitivo en virtud de acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el 5 de diciembre de 2008, publicado con fecha 26 de diciembre de 2008 en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava nº 148, en el que también se procedió a la aprobación definitiva del proyecto de Estatutos. Resultando que con fecha 24 de mayo de 2009 fue objeto de suscripción por los propietarios actuantes, representantes de más del 50% de los terrenos incluidos en la unidad, y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, el Convenio para la ejecución de la urbanización de la Unidad de Ejecución Armentia 2. Resultando que mediante el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el 22 de abril de 2016 se designa al representante del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz en la Junta de Concertación de la Unidad de Ejecución Armentia 2. Resultando que con fecha 30 de mayo de 2016 se formaliza ante notario escritura pública de constitución de la Junta de Concertación de la Unidad de Ejecución Armentia 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Vitoria-Gasteiz, incorporándose al expediente dicho documento. Resultando que la citada constitución de la Junta de Concertación de la Unidad de Ejecución Armentia 2 se publica en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava nº 75 de 4 de julio de Resultando que con fecha 20 de octubre de 2016 Junta de Concertación de la Unidad de Ejecución Armentia 2 formaliza un aval del 7% de la cuantía de

40 las cargas de urbanización, de acuerdo con el informe firmado por técnico competente, en donde se recoge el presupuesto de las cargas de urbanización. Resultando que con fecha 24 de octubre de 2016 se presentan copia de las diligencias llevadas a cabo por el notario, a efectos de notificar fehacientemente a los propietarios no adheridos la constitución de la Junta, así como el plazo de un mes para su incorporación. Considerando que la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo aprobada por el Parlamento Vasco regula los sistemas de actuación en sus artículos 159 y siguientes definiendo en los artículos 160 a 165 el sistema de concertación que el Ayuntamiento podrá elegir por iniciativa propia o a instancia de más del 50% de la propiedad del suelo. Considerando que en el artículo de la citada Ley 2/2006 se dispone que la actuación por el sistema de concertación requiere en todo caso la firma de un convenio en el que más del 50% de la propiedad del suelo, como mínimo, asuma una serie de compromisos que se hacen constar en el mismo artículo. Considerando que el artículo de la citada Ley 2/2006 establece los compromisos asumidos por los propietarios ante la administración serán garantizados por los firmantes del convenio mediante la formalización y entrega del aval del 7% de la cuantía de las cargas de urbanización. Considerando que en el artículo 161 de la citada Ley 2/2006 se dispone que una vez elegido el sistema de concertación y firmado el convenio, los propietarios dispondrán de un mes para constituirse en junta de concertación mediante escritura pública, debiendo esta constitución ser publicada por la propia junta en el boletín oficial del territorio histórico y notificada de forma fehaciente e individual a todos los titulares de bienes y derechos de la unidad de ejecución, concediéndoles un mes de plazo para adherirse a ella, transcurrido el cual se entenderá que renuncian a su participación. Considerando que el carácter de las juntas de concertación queda definido en el artículo 162 de la citada Ley 2/2006 como agrupaciones de interés urbanístico para la ejecución de planeamiento urbanístico en los casos en que el sistema de actuación sea el de concertación y como tales deberán inscribirse en el Registro de Agrupaciones de Interés Urbanístico, añadiendo que formará parte del órgano rector un representante del ayuntamiento en todo caso. Considerando que la junta de concertación tiene naturaleza administrativa, personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar y que asumirá la ejecución del planeamiento y será directamente responsable frente al ayuntamiento de la ejecución completa de la urbanización de la unidad de ejecución, así como del cumplimiento de las restantes cargas urbanísticas de la actuación, repercutiendo los gastos correspondientes a la totalidad de los propietarios adjudicatarios de parcelas resultantes en la proporción y modo establecidos en el proyecto de reparcelación, disponiendo para el cumplimiento de sus fines de una serie de facultades y prerrogativas públicas que se hacen constar en el artículo 163 de la Ley 2/2006. Considerando que la Ley 57/2003 de medidas para la modernización del Gobierno Local modifica la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local y perfila una Junta de Gobierno Local fuerte dotada de amplias funciones de naturaleza ejecutiva enumeradas en el artículo 127 del título X de esta Ley, adicionado por la citada Ley 57/2003.

41 Considerando que el artículo d) de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado por la Ley 57/2003 de Medidas para la modernización del Gobierno Local, atribuye a la Junta de Gobierno Local las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento general no atribuidas expresamente al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. Visto lo anterior, la Concejala Delegada del Departamento de Urbanismo eleva ante la Junta de Gobierno Local la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO 1º. Aprobar la constitución de la Junta de Concertación de la Unidad de Ejecución Armentia 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Vitoria- Gasteiz, formalizada en escritura pública otorgada ante el Notario D. Enrique Arana Ruiz-Cámara, de fecha 30 de mayo de º. Del presente acuerdo se dará traslado a la Excma. Diputación Foral de Álava, junto con copia de las escrituras, para su inscripción en el Registro de Agrupaciones de Interés Urbanístico. Vitoria-Gasteiz, a 4 de noviembre de LA CONCEJALA DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE URBANISMO Fdo.: Itziar Gonzalo de Zuazo QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

42 Nº 13 ASUNTO: INCOACIÓN DE EXPEDIENTE INCIDENTAL PARA LA IMPOSICIÓN DE PENALIDADES A FERROVIAL AGROMAN SA-O.P.ONAINDIA SA UTE LEY 18/1982 ABREV. CC ZABALGANA UTE, POR DEMORA EN LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO CÍVICO EN EL BARRIO DE ZABALGANA ANTECEDENTES En sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local, de fecha 5 de diciembre de 2014, se acordó adjudicar el contrato de OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO CÍVICO EN EL BARRIO DE ZABALGANA EN LA CIUDAD DE VITORIA-GASTEIZ a FERROVIAL AGROMAN SA-O.P.ONAINDIA SA UTE LEY 18/1982 ABREV. CC ZABALGANA UTE, en la cantidad de ,00 euros, IVA incluido, con un plazo de ejecución de 22 MESES, en las condiciones del Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas del expediente y de la Memoria presentada en la Proposición. El contrato fue formalizado el 19 de enero de 2015, iniciándose las obras el día 23 de febrero de Con fecha 25 de octubre de 2016, por los servicios técnicos del Departamento de Urbanismo se emite un informe en el que se solicita la incoación de expediente incidental para la imposición de penalidades a la UTE contratista por importe de ,69 euros. En el informe de 25/10/2016, se indica lo siguiente: 1.- ANTECEDENTES La unión empresarial CC Zabalgana UTE (Ferrovial-Agromán/ Onaindía), resultó adjudicataria en su día del concurso convocado para adjudicar el contrato de ejecución de las obras de construcción del CC Zabalgana de Vitoria-Gasteiz, por un importe total de (IVA incluido) y un plazo de ejecuc ión de las obras de 22 meses. Según el acta de comprobación del replanteo, las obras deberían haber comenzado el , pero debido a la concurrencia de inclemencias climatológicas no se iniciaron realmente hasta 2 semanas después, es decir, el 23 de febrero de 2015, por lo que el plazo oficial de ejecución concluirá el próximo 23 de diciembre de En el expediente 2013/CONOEX0073 de contratación de las obras de construcción del CC Zabalgana, dentro de los CRITERIOS OBJETIVOS DE VALORACIÓN (punto 4 de la carátula del PCAP) que sirvieron de base para la adjudicación del contrato, se exigía a los licitadores la presentación de una MEMORIA TÉCNICA, dentro de la cual y en relación con el punto PROGRAMACIÓN DE EJECUCIÓN PREVISTA Y PLANING (valorable hasta un máximo de 6 puntos), se indicaba: Hitos voluntarios: Se valorará que los licitadores se autoimpongan o asuman hitos parciales de ejecución o fechas límite para la conclusión de la ejecución de determinadas, unidades, capítulos, fases de obra (cota cero, fin de estructura, cubrición, cierre fachadas, conclusión de instalaciones etc), que puedan tener relevancia o resultar críticos en relación con el cumplimiento del plazo final de ejecución. Estos hitos una vez asumidos, tendrán carácter de obligación contractual

43 para el licitador en caso de resultar adjudicatario. Su incumplimiento podrá dar lugar a la aplicación de las penalizaciones previstas en este pliego y obligará además al adjudicatario a disponer de inmediato medios personales y materiales adicionales, en la cantidad y calidad suficiente para recuperar los retrasos producidos en cada uno de ellos. Se valorará que estos hitos voluntarios se refieran a las fechas de conclusión de capítulos o grandes unidades de obra e instalaciones, seleccionándolos de tal forma que -salvo justificación razonada- entre 2 consecutivos no exista un intervalo de tiempo inferior a 2 meses. Además el punto 14 de la carátula del PCAP del concurso, establecía las siguientes penalizaciones para el caso de inc umplimiento de los citados hitos: PUNTO 14.- PENALIDADES CONTRACTUALES 1. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DE PLAZOS DE EJECUCIÓN DE OBRA El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo, así como los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. En caso de demora en la ejecución del contrato, se impondrán las penalidades previstas en el artículo del TRLCSP. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Esta misma facultad tendrá el órgano de contratación respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. En este sentido, por el incumplimiento de los plazos parciales de ejecución de obra o Hitos voluntarios que haya incluido el contratista en su oferta, se establece una penalización diaria equivalente a 0,20 por cada 1000 del importe que hubiese alcanzado el contrato a la fecha de vencimiento del hito, tomando como referencia para su aplicación, el planning valorado que el contratista deberá aportar una vez obtenida la adjudicación del contrato. La penalización diaria se aplicará por cada uno de los días de retraso en el cumplimiento del hito, hasta el cumplimiento de éste y su importe se descontará en las certificaciones mensuales, según los días de retraso comprendidos en el periodo certificado. Estas penalizaciones tratan de forzar al contratista a cumplir los plazos de ejecución de obra desde el mismo inicio de ésta, de cara a facilitar el cumplimiento del plazo final de obra que es el objetivo fundamental que se persigue. Se establecen con la consideración de retenciones a cuenta con carácter recuperable, es decir, que pueden finalmente recuperarse por el contratista si cumple con el plazo final de ejecución de obra, en cuyo caso se le reintegrará su importe en la liquidación final de obra.

44 Si por el contrario, al finalizar la ejecución de la obra existiese incumplimiento en el plazo total de ejecución, se regularizaría el importe de las penalizaciones de forma que si lapenalización final que correspondiese aplicar fuese de menor cuantía que las parciales acumuladas hasta entonces, procedería el reintegro al contratista de la diferencia. Si por el contrario, la penalización final fuese mayor que las parciales acumuladas hasta entonces, se incrementarían éstas hasta alcanzar el valor de la final. La imposición de penalidades no excluye la indemnización a que pueda tener derecho este Ayuntamiento por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista. La plica presentada por la UTE CC ZABALGANA, que resultó finalmente adjudicataria del contrato, incluía dentro del planning presentado para cumplir lo exigido en el apartado del citado Pliego, diez (10) Hitos parciales de ejecución que asumía voluntariamente y convertía por tanto en obligación contractual, los cuales se relacionan en el siguiente cuadro: Una vez iniciada la obra con posterioridad a la fecha prevista en el acta de comprobación del replanteo, a requerimiento de los Servicios Técnicos Municipales la UTE adjudicataria adaptó el planning presentado en su plica a la fecha real de inicio efectivo de la obra (23 de febrero de 2015), con lo que los vencimientos de los Hitos parciales quedaron finalmente establecidos para las siguientes fechas: HITO PARCIAL FECHA DE VENCIMIENTO 1 Comienzo Cimentaciones Fin Vaciados generales Fin muros pista deportiva Fin estructura vestuarios Fin estructura zona D Fin completo de estructura Fin de cubiertas planas y metálicas Fin gres/terrazo y alicatados Instalaciones en tabiques y falsos techos Fin de falsos techos Sin embargo, desde el primer momento de inicio de los trabajos, la UTE adjudicataria planteó ante la Dirección Facultativa de la obra y la Propiedad, una alternativa de ejecución distinta a la planificada hasta entonces, que consistía en acometer la obra no en toda su integridad a la vez,

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