INICIACIÓN DE OFICIO Arts

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1 TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN A PROPIA INICIATIVA Conocimiento directo o indirecto de circunstancias objeto del procedimiento por órgano con competencia de iniciación POR ORDEN SUPERIOR Emitida por el superior jerárquico del órgano competente para la iniciación del procedimiento INICIACIÓN DE OFICIO Arts PETICIÓN RAZONADA DE OTROS ÓRGANOS Órgano sin competencia para iniciarlo, pero que tenga No vinculante - conocimiento ocasional del objeto - funciones de inspección o investigación Aunque habrá que comunicar los motivos por los que no procede identidad quien la presenta Debe expresar relato de los hechos Infracción administrativa fecha de su comisión identificación responsables POR DENUNCIA Si invoca perjuicio de patrimonio La no iniciación debe motivarse y notificar a los denunciantes si se inicia o no Su presentación no confiere, por sí sola, la condición de interesado Si el denunciante participa en la infracción y hay otros infractores Se le eximirá o reducirá el importe de la multa o sanción cuando sea el primero en aportar pruebas Siempre que cese en la participación y no haya destruido pruebas Editorial Jurídica SEPIN

2 SOLICITUDES DE INICIACIÓN CONTENIDO: a) Nombre y apellidos del interesado o representante b) Medio electrónico o lugar físico a efectos de notificación c) Hechos, razones y petición de la solicitud d) Lugar y fecha e) Firma de solicitante o acreditación de autenticidad de voluntad f) Órgano administrativo al que se dirige y código de identificación Pretensiones de pluralidad de personas y contenido idéntico o similar Una única solicitud INICIACIÓN A SOLICITUD DEL INTERESADO Arts Recibo que acredite fecha y hora de presentación Modelos de presentación masiva Modelos específicos para procedimientos concretos Los interesados podrán exigirlo De uso voluntario Uso obligatorio SUBSANACIÓN Y MEJORA DE LA SOLICITUD Si no reúne los requisitos: requerimiento para subsanar Si no: desistido DECLARACIÓN RESPONSABLE: documento suscrito por interesado manifestando, bajo su responsabilidad, que: cumple con los requisitos para obtener reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio que dispone de la documentación que lo acredita que la pondrá a disposición de la Administración si le es requerida compromiso de mantener estas obligaciones durante el tiempo inherente al reconocimiento COMUNICACIÓN: documento por el que el interesado pone en conocimiento de la Administración sus datos identificativos u otro dato relevante para el inicio de una actividad DECLARACIÓN RESPONSABLE Y COMUNICACIÓN Ampliación hasta 5 días si la aportación de documentos presenta dificultad Procedimientos iniciados a solicitud de los interesados: el órgano podrá recabar la modificación o mejora voluntarias Si un sujeto obligado a relacionarse por medios electrónicos presenta solicitud presencial Siempre que NO sean procesos selectivos o de concurrencia competitiva Acta sucinta: se incorporará al procedimiento Se requiere para subsanar a través de presentación electrónica Fecha de presentación: la de la subsanación Efectos desde el día de presentación: sin perjuicio de posteriores facultades de comprobación, control e inspección Inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial: imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho desde el momento en que se tenga constancia Obligación de la Administración de publicación y actualización de modelos fácilmente accesibles a los interesados Solo exigible o una declaración responsable o una comunicación para obtener el reconocimiento de un mismo derecho, sin ser posible la exigencia de ambas acumulativamente Editorial Jurídica SEPIN

3 En formato electrónico y formado por agregación ordenada de documentos, pruebas, notificaciones, etc. Índice numerado + copia electrónica certificada de la resolución EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Si es preciso remitir el expediente electrónico Autentificado, completo, foliado y con índice No forma parte: información auxiliar ni juicios de valor de la Administración Salvo informes solicitados antes de la resolución que finaliza procedimiento IMPULSO Principio celeridad Despacho de expedientes: orden riguroso de incoación en asuntos homogéneos De oficio todos los trámites y por medios electrónicos Si no: responsabilidad disciplinaria e incluso remoción del puesto ORDENACIÓN Arts Responsable directo de la tramitación y cumplimiento de plazos Instructor o titular de la unidad administrativa CONCENTRACIÓN DE TRÁMITES Principio de simplificación administrativa Si se solicitan trámites que deban ser cumplidos por otros órganos Un solo acto todos los trámites que admitan impulso simultáneo y no sea obligado cumplimiento sucesivo Debe consignarse en la comunicación el plazo establecido Trámites que han de ser cumplimentados por los interesados desde el siguiente al de la notificación CUMPLIMIENTO DE TRÁMITES Si la Administración requiere por no reunir los requisitos para cumplimentar Si no se cumplen estos plazos Se podrá declarar decaído su derecho al trámite Se admitirá la actuación y producirá efectos: si se produce antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo CUESTIONES INCIDENTALES Todas, incluso las de nulidad de actuaciones No suspenden tramitación, salvo la recusación Editorial Jurídica SEPIN

4 ALEGACIONES DE LOS INTERESADOS En cualquier momento anterior al trámite de audiencia También se pueden alegar: defectos de tramitación, infracción de plazos u omisión de trámites Pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto Pueden dar lugar a responsabilidad disciplinaria La Administración comunicará con antelación suficiente el inicio de actuaciones necesarias para la realización de las pruebas admitidas PRUEBA NOTIFICACIÓN: lugar, fecha y hora en que se practicará El interesado que puede nombrar técnicos que le asistan Pedidas por el interesado que impliquen gastos que no deba soportar la Administración Podrá exigir el anticipo a reserva de la liquidación definitiva, una vez practicada la prueba INSTRUCCIÓN Arts PETICIÓN: se citará el precepto que los exija (preceptivos) o se fundamentará la conveniencia de reclamarlos (necesarios para resolver) INFORMES EMISIÓN: Facultativos y no vinculantes No emisión Se siguen actuaciones A través de medios electrónicos Salvo si es preceptivo: se podrá suspender plazo para resolver Si tiene que emitir Administración distinta de la que tramita y pasa el plazo sin emisión Se prosiguen actuaciones Informe emitido fuera de plazo Podrá no ser tenido en cuenta AUDIENCIA Se pone de manifiesto a los interesados/representantes: instruido procedimiento y justo antes de redactar propuesta de resolución Anterior a solicitud del informe del órgano competente para asesoramiento jurídico o solicitud del Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente INCOMPARECENCIA: no impide recursos contra la resolución definitiva COMPARECENCIA: no otorga, per se, condición de interesado INFORMACIÓN PÚBLICA no inferior a ni superior a 15 Se puede prescindir de la audiencia Vencimiento sin alegaciones: se tiene por realizado el trámite Si no existen otros hechos ni alegaciones que los aducidos por el interesado Anuncio en Diario Oficial, señalando lugar de exhibición y debiendo estar disponible a través de medios electrónicos Plazo para formular alegaciones nunca inferior a 20 días Derecho a obtener de la Administración respuesta razonada Editorial Jurídica SEPIN

5 TERMINACIÓN PONE FIN AL PROCEDIMIENTO: - La resolución - El desistimiento - La renuncia (cuando no esté prohibida) - La declaración de caducidad - La imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas La resolución deberá ser motivada en todo caso Las Administraciones pueden celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de Derecho público como privado TERMINACIÓN CONVENCIONAL CONTENIDO MÍNIMO: - Identificación de las partes - Intervinientes - Ámbito personal, funcional y territorial - El plazo de vigencia Requieren aprobación expresa del Consejo de Ministros u órgano equivalente de las CC. AA. Deben publicarse o no según su naturaleza y las personas a las que está destinado Acuerdos sobre materias de la competencia directa de dicho órgano Los acuerdos no suponen alteración de las competencias ni de las responsabilidades de autoridades y funcionarios, relativas al funcionamiento de los servicios públicos FINALIZACIÓN Arts Antes de dictar resolución En plazo no superior a 15 días ACTUACIONES COMPLEMENTARIA S No son actuaciones complementarias El acuerdo de realización se notifica a los interesados Los informes que preceden inmediatamente a la resolución 7 días para alegaciones RESOLUCIÓN: - Decidirá todas las cuestiones planteadas - Expresará los recursos que procedan, órgano ante el que presentarlos y plazo de interposición CONTENIDO CUESTIONES CONEXAS NO PLANTEADAS: el órgano podrá pronunciarse plazo no superior a 15 días para alegaciones y proponer prueba Si la competencia para instruir y resolver no recae en un mismo órgano El instructor elevará al competente para resolver una propuesta de resolución PROCEDIMIENTOS A SOLICITUD DEL INTERESADO: resolución congruente con la petición, sin que pueda agravar su situación inicial y sin perjuicio de incoación de oficio de nuevo procedimiento EN NINGÚN CASO ABSTENCIÓN DE RESOLVER: aunque podrá acordarse la inadmisión de solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos o carentes de fundamento LA RESOLUCIÓN SE DICTARÁ ELECTRÓNICAMENTE: sin perjuicio de la forma y lugar señalados por el interesado para notificaciones Editorial Jurídica SEPIN

6 DESISTIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN Procedimientos iniciados de oficio: la Administración podrá desistir motivadamente Cuando no esté prohibido por el ordenamiento jurídico DESISTIMIENTO Y RENUNCIA Arts Escrito de iniciación formulado por dos o más interesados Por cualquier medio que permita su constancia Solo afectará a aquellos que la hubiesen formulado Siempre que incorpore las firmas correspondientes DESISTIMIENTO Y RENUNCIA POR LOS INTERESADOS La Administración lo aceptará de plano y declarará concluso el procedimiento Si la cuestión suscita interés general o es conveniente sustanciarla para su esclarecimiento Salvo personación de terceros interesados que instan su continuación desde notificación del desistimiento o renuncia La Administración podrá limitar los efectos de desistimiento o renuncia y seguirá procedimiento Inicio por el interesado: si se paraliza por causa imputable a él, la Administración le advertirá de que, transcurridos tres meses, producirá caducidad Consumido el plazo sin realizar las actividades para reanudar la tramitación: archivo de las actuaciones y notificación al interesado CADUCIDAD Art. 95 REQUISITOS Y EFECTOS 3 meses Contra la resolución que declare la caducidad procederán los recursos pertinentes PODRÁ NO SER APLICABLE: si la cuestión afecta al interés general o es conveniente sustanciarla para su esclarecimiento No podrá acordarse por simple inactividad del interesado en la cumplimentación de trámites, si no son indispensables para dictar resolución: solo produce la pérdida de su derecho a ese trámite No produce por sí sola la prescripción de acciones pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de prescripción Si es posible la iniciación de nuevo procedimiento por no haberse producido prescripción Podrán incorporarse los actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse producido la caducidad Editorial Jurídica SEPIN

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