EL PODER EJECUTIVO. USO Y EXCESO DE FACULTADES EN MATERIA FISCAL

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "EL PODER EJECUTIVO. USO Y EXCESO DE FACULTADES EN MATERIA FISCAL"

Transcripción

1 EL PODER EJECUTIVO. USO Y EXCESO DE FACULTADES EN MATERIA FISCAL Paola Gutiérrez Ruíz Licenciatura en Ciencias Políticas y Administración Pública Universidad del Centro de México Capitán Caldera 75, Col. Tequisquiapan, San Luis Potosí, S.L.P. México Correo electrónico: sol180795@hotmail.com El presente trabajo, tesis de licenciatura, se enfoca esencialmente en la problemática que existe sobre las atribuciones que el Poder Ejecutivo tiene, así como en el uso y exceso de dichas facultades, mismas que ejecuta a través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de Administración Tributaria. Por ende, esta problemática en la ejecución de las facultades del Ejecutivo, radica principalmente en materia fiscal; es aquí donde la teoría del Estado y su finalidad toman relevancia, en relación con el pueblo o con el electorado, dicho de otro modo para nuestros efectos, los contribuyentes. En la especie, podemos señalar, primeramente, que las ideas políticas sustentadas por John Locke y de Montesquieu en la historia moderna, se ven materializadas en nuestro Estado por medio del artículo 49 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que establece que El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La unidad del poder y la división de las funciones en orden a su ejercicio; la prohibición expresamente de la concentración del poder, con las excepciones de los casos de estado de emergencia y la imposición de contribuciones a los exportaciones e importaciones; en que el Ejecutivo está facultado a legislar y/o emitir decretos urgentes, expresamente, sin que esto signifique que su actividad está libre de todo control, son materia esencial de este numeral constitucional. Desde su fondo, esta teoría moderna constitucional y administrativa del Estado, se ha considerado u otorgado por el pueblo al poder público (gobierno) como único e indivisible; y esto determina una colaboración entre funciones: administrativa,

2 jurisdiccional y legislativa, no como una división de poderes, sino como división de las funciones del Estado como uno solo. En consecuencia, en el sentido de estas tres funciones, existen dos criterios para determinar cuál es la actividad que se encomienda a cada una de las funciones del poder público: la formal y la material. En el primero se considera como actividad del órgano del Estado la función que le corresponde jurídicamente; así, según este criterio, al poder legislativo, le corresponde elaborar las leyes; al poder judicial dirimir las controversias y al poder ejecutivo aplicar y ejecutar las leyes en la esfera administrativa. En cambio, en el segundo criterio se atiende a la naturaleza intrínseca de la actividad que realizan cada uno de los órganos que integran el poder público; en este sentido, se afirma que el Poder Legislativo, el Judicial y el Ejecutivo realizan actos que pueden ser considerados de naturaleza administrativa, legislativa y jurisdiccional, formal y materialmente. No existe una división tajante y rígida que permita distinguir de una manera precisa la labor de los órganos; para que sea válido, desde el punto de vista constitucional. En este sentido, para que uno de los Poderes de la Unión ejerza funciones de otro poder, es necesario que en primer lugar lo consigne expresamente la Carta Magna o que la función respectiva sea estrictamente necesaria para hacer efectivas las facultades que le son exclusivas; y en segundo lugar, que la función se ejerza únicamente en los casos expresamente autorizados o indispensables para hacer efectiva una facultad propia. Uno de los poderes o funciones que mayor contacto tiene con la ciudadanía (contribuyentes), puesto que ejerce su actividad en forma cotidiana, es el Poder Ejecutivo (Administración Pública Federal: organizar recursos materiales, financieros y humanos del país, para su mejor rendimiento). A esta función pública se le encomienda la administración pública, esto es, la estructura organizada jerárquicamente que realiza tareas de complejidad técnica diarias, de carácter permanente, prescritas en el orden jurídico, con el propósito de satisfacer las necesidades colectivas. A esta función, para su ejecución, se le dota de recursos humanos, patrimoniales, orden normativo y procedimientos técnicos para el mejor desarrollo de sus tareas. En ese contexto teórico del Estado, no se puede soslayar la importancia que esto tiene para el estudio del tema en comento y la solución a la problemática planteada en el presente tema de investigación. Resulta trascendente tomar en cuenta lo que significa el ejercicio del poder, a través de estas tres funciones para conocer y determinar el exceso en que recae el Poder Ejecutivo en materia fiscal. Por ende, en el estudio de las atribuciones de este Poder, podemos citar las mencionadas en el artículo 89 de nuestra Carta Magna, sin perjuicio de las demás contenidas en otra

3 disposición legal de ese ordenamiento, como las contempladas en el numeral 25, 28 o 131, también en materia económica y de comercio exterior. En esos fundamentos legales del ejercicio del poder (atribuciones) del Poder Ejecutivo, en materia esencialmente fiscal y/o de administración del país (recursos financieros), contemplando desde su origen (imposición), ejecución (gasto público) y rendición de cuentas (cuenta pública), el Estado debe siempre observar el principio de reserva de ley y no caer en excesos en la observancia de la propia ley. En la especie, debe tenerse en cuenta que la Secretaría de Estado con que cuenta el Poder Ejecutivo para la organización de los recursos financieros, es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y a su reglamento interno; es aquí donde nace el organismo descentralizado conocido como Servicio de Administración Tributaria, que es el encargado directamente de recaudar los ingresos públicos en lo general. Por tanto, es en esas tres autoridades donde se sustenta que el ejercicio de las atribuciones del Poder Ejecutivo, son en muchas veces excesivas, sin limitar si son de generación y/o imposición de obligaciones fiscales, como de su propia ejecución y/o cumplimiento forzado a los contribuyentes. Dicho de otra manera, el estudio consiste en que el Ejecutivo realiza a actos o actividades específicas de regulación que afecta a los particulares, sobre todo buscando que estos cumplan con las diversas disposiciones legales de naturaleza fiscal (principio de reserva de ley). En ese sentido, analizando el cúmulo de estas disposiciones en materia fiscal, se cuestiona la legalidad de la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su órgano desconcentrado como es el Servicio de Administración Tributaria; lo anterior porque de manera grave ello vulnera con muchos de los principios de la actividad administrativa como lo es el de economía, reserva de ley, autonomía y separación de poderes, toda vez que incluso este organismo tiene facultades de legislar y/o emitir reglas generales que en distintos momentos vulneran las garantías de seguridad jurídica; toda vez que al emitir éstas, impone a los contribuyentes cargas tributarias o mecanismos que deben ser cumplidos, adquiriendo facultades legislativas, y/o rebasando el alcance de aplicación en cada uno de éstos en la jerarquía de las normas tributarias. Por tanto, en el desarrollo del presente trabajo, se pretende demostrar que a través de la actividad jurisdiccional, se ha remediado parcialmente el problema que se plantea; sin embargo, resulta necesario proponer contrapesos para que se mantenga el equilibrio que divide a los tres poderes y con esto se mantenga el respeto a las garantías de los contribuyentes frente a la actividad del Estado, frente a la obligación de contribuir con el gasto público. En este sentido, la pregunta que se formula es la siguiente:

4 La actuación del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público o del Servicio de Administración Tributaria, se encuentra legitimado o facultado para emitir reglas de carácter general que impongan cargas a los contribuyentes, cuando la ley impositiva no prevea el supuesto de cumplimiento? Para el desarrollo de la investigación y en su materialización, el presente trabajo se divide en capítulos con un título principal, temas y subtemas, cada uno con un objetivo a cumplir y con una conclusión determinante, mismas que nos harán llegar a la comprobación de la tesis que se sostiene y que verá comprobada la problemática que se pretende resolver. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Y MARCO TEORICO Se mencionará el surgimiento de la problemática que existe sobre las atribuciones que el Poder Ejecutivo tiene, así como en el uso y exceso de dichas facultades, mismas que ejecuta a través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de Administración Tributaria. Como antecedente indispensable, es la teoría de la división de Poderes que es de donde surge la problemática. La división de Poderes es el principio básico de la organización de los Estados constitucionales; donde el autor Gabino Fraga menciona dos puntos de vista para examinar esta teoría, que son las modalidades que impone el ordenamiento de los órgano del Estado y la distribución de las funciones del Estado entre esos órganos. En el primer punto de vista, la separación de Poderes implica la separación de los órganos del Estado en tres grupos diversos e independientes unos de otros, se refiere al Legislativo, Ejecutivo y Judicial, donde se ha constituido diversos elementos que integran entre sí la función a desempeñar que les da el carácter de Poderes. El segundo punto de vista, la separación de Poderes impone la distribución de funciones diferentes entre cada uno de los Poderes, de tal manera que cada Poder tiene su función exclusivamente, donde el Poder Legislativo le corresponde crear las leyes, al Poder Ejecutivo le toca aplicarlas o ejecutarlas y al Poder Judicial dirimir las controversias jurídicas que se le planteen. Otra categoría importante que se debe hacer mención es la clasificación de las funciones del Estado, que se divide en dos categorías, llamadas formal y material. Desde el punto de vista formal, las funciones son formalmente legislativas, administrativas o judiciales, según que estén atribuidas al Poder Legislativo, Ejecutivo o Judicial; es decir, el criterio formal es por el carácter del órgano que las realiza; y desde el punto de vista material, las funciones son materialmente legislativas, administrativas o judiciales según tengan los caracteres que la teoría

5 jurídica ha llegado a atribuir a cada uno de esos grupos; es decir que el criterio material es por el contenido mismo de la función. Es importante definir el concepto de atribuciones y función, donde el autor Gabino Fraga lo define como: el contenido de la actividad del Estado; es lo que el Estado puede o debe hacer. El concepto de función se refiere a la forma de la actividad del Estado. Las funciones constituyen la forma de ejercicio de las atribuciones. Las funciones del Estado, son consideradas independientemente del órgano que las realiza, se exterioriza por medio de actos, donde unos producen consecuencia jurídica y otros producen consecuencia de hecho. Gabino Fraga, nos define al acto jurídico como: un acto de voluntad cuyo objeto es producir un efecto de derecho, es decir, crear o modificar el orden jurídico. El acto jurídico se distingue del hecho jurídico y del acto material; donde el hecho jurídico está constituido por un acontecimiento natural al que la ley vincula indiscutibles efectos de derecho (nacimiento o muerte); y el acto material, está constituido por hechos naturales o voluntarios que no transcienden al orden jurídico. Con el avance de la investigación, se hará una pequeña comparación de los Poderes, porque es importante distinguir y a la vez, poder separar las facultades que tiene cada órgano, ya que ellos mismos combinan sus propias funciones que tienen, pero en esta investigación le daremos la importancia a la función administrativa, porque es el tema que nos interesa. Nos enfocaremos en la función administrativa, como ya lo sabemos, la función administrativa se define como la actividad que el Estado realiza por el Poder Ejecutivo. Berthélemy considera la función administrativa como la actividad del Poder Ejecutivo encaminada a la ejecución de la ley. Basándonos en la definición anterior, se indica que la ejecución de las leyes constituye la función administrativa, existen dos criterios para entender la ejecución de la ley; o se requiere indicar que la actividad se encuentra autorizada por una disposición legal, o bien, se entiende por tal ejecución la actividad la actividad necesaria para dar efectividad o realización a la práctica de la norma legislativa. Si nos vamos con el primer criterio, se puede encontrar diferencia con otras funciones del Estado, ya que en nuestra organización constitucional es el de que los Poderes públicos solo pueden obrar en virtud de facultades expresas y limitadas, resulta que toda actividad del Estado debe encontrarse autorizada por una disposición legal. Si nos vamos por el criterio de ejecutar, consiste en realizar las normas legales, entonces se está incurriendo en el extremo contrario, pues en tal caso queda fuera la función administrativa la mayor parte de los actos jurídicos, dejando únicamente los actos materiales encaminados directa e inmediatamente de dar efectividad a las disposiciones legislativas. Sin embargo, cuando el Poder

6 público obra con facultades discrecionales (cuando se celebra un contrato), en todos aquellos casos en donde la ley no impone una obligación, sino que se limita a autorizar determinantes actividades, no puede decidirse que se está ejecutando la ley, por más que se esté obrando dentro de ella. Sin embargo, en el artículo 89 de nuestra Constitución, señala las facultades y obligaciones del Presidente (Poder Ejecutivo), que en primero lugar se hace mención de la ejecución de las leyes, pero además consigna otras facultades cuyo ejercicio no constituye propiamente la ejecución de la ley. JUSTIFICACIÓN El tema que se tratará en esta investigación resulta de una gran importancia, ya que día a día en nuestro país, existe el abuso del uso y abuso de las Facultades del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de Administración Tributaria; en donde el contribuyente, ignora, desconoce o no puede hacer nada al respecto, ya que no existe una regulación, penalidad o una normalidad respecto a esta problemática que es el uso y abuso de las facultades del Poder Ejecutivo, a través de las autoridades ya mencionadas con antelación. OBJETIVOS GENERAL El objetivo del presente trabajo, es poner a discusión las facultades que constitucionalmente se le otorgan al Poder Ejecutivo; en lo particular, en la materia fiscal. Para tal efecto, el objeto de estudio consiste en que el Poder Ejecutivo realiza actos o actividades específicas de regulación que afecta a los particulares, sobre todo buscando que estos cumplan con las diversas disposiciones legales de naturaleza fiscal. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Analizar a fondo las facultades que se les fueron otorgadas, en materia fiscal. Proponer sanciones a los funcionarios cuando abusen de las facultades ya atribuidas. Identificar los casos que hayan existido en donde hubo abuso de las facultades que se le atribuyeron, en materia fiscal.

7 CONTEXTO Como se viene diciendo, la problemática es el uso y abuso de las Facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su órgano desconcentrado como es el Servicio de Administración Tributaria, en donde al Poder Ejecutivo, sin embargo, en el artículo 89 de nuestra Constitución, señala las facultades y obligaciones del Presidente (Poder Ejecutivo), que en primero lugar se hace mención de la ejecución de las leyes, pero además consigna otras facultades cuyo ejercicio no constituye propiamente la ejecución de la ley, además de acuerdo al esquema clásico de la estructura del Estado Mexicano, observamos que al órgano Legislativo le corresponde crear las leyes, al órgano Ejecutivo toca aplicarlas o ejecutarlas y al órgano Judicial dirimir las controversias jurídicas que se planteen con base de dichas leyes. De acuerdo al artículo 49 de la Carta Magna, señala la unidad del poder y la división de las funciones en orden a su ejercicio, y prohíbe expresamente la concentración del poder, con las excepciones de los casos de estado de emergencia y la imposición de contribuciones a los exportaciones e importaciones; en que el Ejecutivo está facultado a legislar y/o emitir decretos urgentes, expresamente, sin que esto signifique que su actividad está libre de todo control. HIPOTESIS La respuesta tentativa al problema. Provee de las bases en que se pretende realizar, así como las condiciones que desarrollaran la investigación. Se analizaran el uso y exceso de las Facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su órgano desconcentrado como es el Servicio de Administración Tributaria de legislar y/o emitir dichas reglas generales que en distintos momentos vulneran las garantías de seguridad jurídica e incluso, la de seguridad tributaria, ya que al emitir éstas, impone a los contribuyentes cargas tributarias o mecanismos que deben ser cumplidos, adquiriendo facultades legislativas, y/o rebasando el alcance de aplicación en cada uno de éstos.

8 BIBLIOGRAFÍA Fraga, Gabino. Derecho Administrativo. Editorial Porrúa, México, UNAM, Carmona Tinoco, Jorge Ulises. La división de poderes y la función jurisdiccional. Página Web: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vigente 2016 Código Fiscal de la Federación, vigente 2016

PROTOCOLO. Fechas Mes/año Clave Semestre

PROTOCOLO. Fechas Mes/año Clave Semestre Programa de Estudios: DERECHO ADMINISTRATIVO PROTOCOLO Fechas Mes/año Clave Semestre Elaboración Julio 2007 Nivel Licenciatura X Maestría Doctorado Aprobación Ciclo Integración Básico Superior x Aplicación

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: TOMA DE DECISIONES

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: TOMA DE DECISIONES UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: TOMA DE DECISIONES Clave: 875 Licenciatura: ADMINISTRACION FINANCIERA Horas por semana: 5 Plan: LAF09 Horas

Más detalles

PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO

PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO A. IDENTIFICACION: ASIGNATURA CARÁCTER : Derecho Tributario : Obligatoria UBICACIÓN DENTRO DEL PLAN DE ESTUDIOS : Noveno semestre NÚMERO DE MÓDULOS POR SEMANA NÚMERO DE CRÉDITOS

Más detalles

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones Misión Visión Organización Antecedentes Funciones Actividades y Proyectos Misión Contribuir a la función legislativa en materia de economía y finanzas públicas, mediante el análisis, seguimiento y evaluación

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.

Más detalles

ELEMENTOS, FUNCIONES Y FINES

ELEMENTOS, FUNCIONES Y FINES EL ESTADO ELEMENTOS, FUNCIONES Y FINES Presenta: Lic. Efraín E. Reyes Romero Asignatura: Análisis Institucional Estado La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público

Más detalles

Marco Jurídico de la Comunicación

Marco Jurídico de la Comunicación Programa de Comunicación y Medios Digitales La Jerarquía Normativa de las Leyes CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TITULO SEPTIMO PREVENCIONES GENERALES Artículo 133 ARTICULO 133. ESTA

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MÉXICO PROGRAMA DE ESTUDIO DE LICENCIATURA PRAXIS MES XXI

UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MÉXICO PROGRAMA DE ESTUDIO DE LICENCIATURA PRAXIS MES XXI UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MÉXICO PROGRAMA DE ESTUDIO DE LICENCIATURA PRAXIS MES XXI NOMBRE DE LA ASIGNATURA: FINANZAS PÚBLICAS FECHA DE ELABORACIÓN: ENERO 2005 ÁREA DEL PLAN DE ESTUDIOS: AS ( ) AC ( ) APOBL

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA. MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.. MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA DEL AYUNTAMIENTO DE AMECAMECA ADMINISTRACIÓN 2013-2015 CONTENIDO. I. INTRODUCCIÓN. II JUSTIFICACIÓN.

Más detalles

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006

Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos de carácter personal efectuado por organizaciones

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2

Más detalles

Programas de Estudio por Competencias Formato Base D

Programas de Estudio por Competencias Formato Base D 1. IDENTIFICACIÓN DEL CURSO Programas de Estudio por Competencias Formato Base Centro Universitario CENTRO UNIVERSITARIO DE LOS ALTOS Departamento: DEPARTAMENTO DE CIENCIAS SOCIALES Y DE LA CULTURA Academia:

Más detalles

HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA:

HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA: COMISIÓN DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS. HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA: A la Comisión de Estudios Legislativos de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Tamaulipas, fue

Más detalles

INGENIERÍA EN LOGÍSTICA INTERNACIONAL EN COMPETENCIAS PROFESIONALES

INGENIERÍA EN LOGÍSTICA INTERNACIONAL EN COMPETENCIAS PROFESIONALES INGENIERÍA EN LOGÍSTICA INTERNACIONAL EN COMPETENCIAS PROFESIONALES ASIGNATURA DE CONTRIBUCIONES AL COMERCIO EXTERIOR UNIDADES DE APRENDIZAJE 1. Competencias Supervisar el tráfico nacional e internacional

Más detalles

LECCIÓN 5. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO. (I)

LECCIÓN 5. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO. (I) LECCIÓN 5. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO. (I) Derecho Financiero I Dra. Pura Peris Dra. Purificación Peris García Derecho Financiero y Tributario I Curso 2010/2011 SUMARIO Valor

Más detalles

Purificación Peris García Derecho Financiero y Tributario I Curso 2010/2011 Universitat de València

Purificación Peris García Derecho Financiero y Tributario I Curso 2010/2011 Universitat de València Purificación Peris García Derecho Financiero y Tributario I Curso 2010/2011 Universitat de València CONCEPTO Los presupuestos consisten en un Ley que recoge la totalidad de ingresos y gastos del Ente público

Más detalles

Auditoría Laboral. El proyecto de auditoría.

Auditoría Laboral. El proyecto de auditoría. Auditoría Laboral El proyecto de auditoría.! Nos dirigimos a Ustedes a efecto de presentar un proyecto de auditoría laboral, como una técnica para realizar el control de legalidad y la comprobación de

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS GACETA MUNICIPAL. No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS

H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS GACETA MUNICIPAL. No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS 2013-2015 GACETA MUNICIPAL No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS RESERVA No. 01238/09 04 DE OCTUBRE DEL 2014 MAESTRO

Más detalles

El poder ejecutivo y la función ejecutiva. El presidente de la república. Jefe de Estado y jefe de gobierno. Facultades y obligaciones Martín Pérez

El poder ejecutivo y la función ejecutiva. El presidente de la república. Jefe de Estado y jefe de gobierno. Facultades y obligaciones Martín Pérez El poder ejecutivo y la función ejecutiva El presidente de la república. Jefe de Estado y jefe de gobierno. Facultades y obligaciones Martín Pérez En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo,

Más detalles

Lección 2 - Conceptos de organización y planeación comunitaria

Lección 2 - Conceptos de organización y planeación comunitaria Lección 2 - Conceptos de organización y planeación comunitaria El grado de efectividad del trabajo que realizan las comunidades depende en gran medida de la forma como ordenan y coordinan internamente

Más detalles

PROGRAMA DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I (CUARTO CURSO DE LICENCIATURA EN DERECHO)

PROGRAMA DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I (CUARTO CURSO DE LICENCIATURA EN DERECHO) PROGRAMA DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I (CUARTO CURSO DE LICENCIATURA EN DERECHO) Prof. Dr. Miquel Dols Roca Prof. Dra. Carmen Fernández González CURSO 2008 / 2009 I. INTRODUCCIÓN Lección 1ª.- El

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA LIC. TOMÁS GARCÍA VILLAR ENCARGADO DE DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MUNCIPAL DE LERMA, ESTADO DE MÉXICO Lic. Tomás García Villar Encargado

Más detalles

Acepciones de la palabra Derecho. La palabra Derecho tiene diversas significaciones; en el ámbito jurídico, las más usuales son:

Acepciones de la palabra Derecho. La palabra Derecho tiene diversas significaciones; en el ámbito jurídico, las más usuales son: Acepciones de la palabra Derecho La palabra Derecho tiene diversas significaciones; en el ámbito jurídico, las más usuales son: Derecho Objetivo y sus diversas ramas El Derecho Objetivo es el conjunto

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 208-1PO1-15 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que adiciona los artículos 83 y 84 del Código Fiscal de la Federación. 2.

Más detalles

PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL III

PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL III PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL III A. IDENTIFICACIÓN DE LA ASIGNATURA. Nombre de la asignatura: Carácter de la asignatura: Ubicación dentro del plan de estudio: Derecho Constitucional III Obligatoria

Más detalles

P.I.E.T Programa Integral de Educación Tributaria

P.I.E.T Programa Integral de Educación Tributaria P.I.E.T Programa Integral de Educación Tributaria Que son los tributos? Para que sirven? Quienes los deben pagar? Que es ARBA? Que son los tributos? Son los aportes que todos los ciudadanos realizamos

Más detalles

PROGRAMA INGRESO LIBRE AL CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO. I - ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

PROGRAMA INGRESO LIBRE AL CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO. I - ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROGRAMA INGRESO LIBRE AL CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO. 6. Programa. I - ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 1.- La Constitución española de 1978: Estructura

Más detalles

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9)

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Normativa vigente a 4/05/2015 Materia: Personal Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Artículo 1º. El presente Decreto será de aplicación

Más detalles

ESTADO, DEMOCRACIA y CIUDADANÍA

ESTADO, DEMOCRACIA y CIUDADANÍA UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA PROGRAMA DE FORMACIÓN DE GRADO EN INFORMÁTICA PARA LA GESTIÓN SOCIAL SEDE BOLÍVAR.- Unidad Curricular ESTADO, DEMOCRACIA y CIUDADANÍA Diseñado por: Abg. Tamara Fuentes

Más detalles

CONCEPTOS DE POLÍTICA PÚBLICA

CONCEPTOS DE POLÍTICA PÚBLICA CONCEPTOS DE POLÍTICA PÚBLICA Maestría en Altos Estudios Estratégicos Universidad Mariano Gálvez Usos del término políticas públicas en el sentido moderno: Etiqueta para referirse a un ámbito de actividades.

Más detalles

DIRECCIÓN DE PROFESIONALIZACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO LOCAL

DIRECCIÓN DE PROFESIONALIZACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO LOCAL INTRODUCCIÓN AL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL CONOCER Y COMPRENDER QUÉ ES Y CÓMO ESTÁ ORGANIZADO EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACION MUNICIPAL HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL CONOCER Y COMPRENDER QUÉ ES,

Más detalles

PROGRAMA DE UNIDAD DE APRENDIZAJE POR COMPETENCIAS. Unidad de Aprendizaje. A2MJN Obligatoria Curso Teórico Presencial Prerrequisitos:

PROGRAMA DE UNIDAD DE APRENDIZAJE POR COMPETENCIAS. Unidad de Aprendizaje. A2MJN Obligatoria Curso Teórico Presencial Prerrequisitos: PROGRAMA DE UNIDAD DE APRENDIZAJE POR S I IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD DE APRENDIZAJE UNIDAD ACADÉMICA: FCAeI, IPRO, IPRES. PROGRAMA EDUCATIVO: Licenciado en Administración. FECHA DE APROBACIÓN POR H. CONSEJOS

Más detalles

CURSO "ACTUALIZACIÓN EN DERECHO TRIBUTARIO Y ADUANERO

CURSO ACTUALIZACIÓN EN DERECHO TRIBUTARIO Y ADUANERO Programa de Perfeccionamiento 1 CURSO "ACTUALIZACIÓN EN DERECHO TRIBUTARIO Y ADUANERO CÓDIGO 431 El concurso docente para la adjudicación de los cursos presenciales de perfeccionamiento de la Academia

Más detalles

Especialista A en las Áreas de Responsabilidades y de Quejas del O.I.C.

Especialista A en las Áreas de Responsabilidades y de Quejas del O.I.C. TEMARIOS CONVOCATORIA PÚBLICA DIRIGIDA A TODO INTERESADO QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA NO. CNBV-015-2013 Nombre de la Plaza: Especialista A en las Áreas de Responsabilidades y de

Más detalles

TEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL

TEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL TEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL La jurisprudencia en materia electoral federal está regulada por la Constitución, por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Más detalles

GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS.

GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD II: TEMA 1: LOS INGRESOS PÚBLICOS. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Educación Superior. Universidad de Falcón. Punto Fijo, Estado Falcón FINANZAS PÚBLICAS SECCION: G8CA01 PROF.FRANKLIN YAGUA. GUÍA DE ESTUDIO DE LA UNIDAD

Más detalles

CONSIDERANDO TRANSITORIOS. PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

CONSIDERANDO TRANSITORIOS. PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos

Más detalles

INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016

INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016 INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016 INGRESOS PÚBLICOS Concepto. Son los recursos que obtiene el estado de forma coactiva (tributos), voluntaria (donación, legado) de la economía de los particulares y del

Más detalles

PROGAMA DE DERECHO DE LA EMPRESA LICENCIATURA EN DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Curso 2009/2010

PROGAMA DE DERECHO DE LA EMPRESA LICENCIATURA EN DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Curso 2009/2010 PROGAMA DE DERECHO DE LA EMPRESA LICENCIATURA EN DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Curso 2009/2010 1. OBJETIVOS La asignatura, que se compone de tres módulos, pretende en su conjunto introducir al

Más detalles

PROPUESTA DE CURSO DE CAPACITACIÓN

PROPUESTA DE CURSO DE CAPACITACIÓN PROPUESTA DE CURSO DE CAPACITACIÓN TÍTULO: PRINCIPIOS DE DERECHO PÚBLICO Duración: 6 semanas l Horas cátedras: 45 hs. OBJETIVO PRINCIPAL Aportar al participante del curso nociones jurídicas básicas relacionadas

Más detalles

c) Poner de manifiesto los movimientos y situación del Tesoro Público.

c) Poner de manifiesto los movimientos y situación del Tesoro Público. REAL DECRETO 578/ 2001, DE 1 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN CONTABLE DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (B.O.E. 22/06/01). El Texto Refundido de

Más detalles

DISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN FISCAL

DISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN FISCAL DISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN FISCAL FACULTAD (ES) CARRERA (S) Ciencias Económicas y Sociales Administración y Contaduría Pública CÓDIGO HORAS TEÓRICAS HORAS PRÁCTICAS UNIDAS CRÉDITO SEMEST RE PRE-REQUISITO

Más detalles

PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013

PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013 PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013 PARTE PRIMERA: EL DERECHO PROCESAL LECCIÓN 1.- EL DERECHO PROCESAL 1. Concepto y características del derecho procesal. 2. La eficacia de las

Más detalles

IGUALITARIO GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

IGUALITARIO GANANCIAS Y BIENES PERSONALES MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria MATRIMONIO IGUALITARIO GANANCIAS Y BIENES PERSONALES SOCIEDAD CONYUGAL Ley Art. 28 a 30 Las disposiciones del Código Civil sobre el carácter

Más detalles

CURRÍCULUM VITAE ANTONIO IGNACIO MATUTE GONZÁLEZ. NOMBRE: FECHA DE NACIMIENTO: 24 DE MAYO DE 1977 CÉDULA PROFESIONAL:

CURRÍCULUM VITAE ANTONIO IGNACIO MATUTE GONZÁLEZ. NOMBRE: FECHA DE NACIMIENTO: 24 DE MAYO DE 1977 CÉDULA PROFESIONAL: CURRÍCULUM VITAE NOMBRE: ANTONIO IGNACIO MATUTE GONZÁLEZ. FECHA DE NACIMIENTO: 24 DE MAYO DE 1977 NACIONALIDAD: LUGAR DE NACIMIENTO: ESTADO CIVIL: MEXICANO MÉRIDA, YUCATÁN. CASADO CÉDULA PROFESIONAL: 4595538

Más detalles

Facultad de Derecho Universidad de Chile Departamento de Ciencias Penales APUNTES DE DERECHO PENAL

Facultad de Derecho Universidad de Chile Departamento de Ciencias Penales APUNTES DE DERECHO PENAL Facultad de Derecho Universidad de Chile Departamento de Ciencias Penales APUNTES DE DERECHO PENAL Cátedra del profesor Carlos Künsemüller L. Ayudante Andrés Valenzuela Donoso. Nota: estos apuntes fueron

Más detalles

CUESTIONARIO. 1. Cual es la diferencia entre factor y dependiente y su fundamento legal?

CUESTIONARIO. 1. Cual es la diferencia entre factor y dependiente y su fundamento legal? CUESTIONARIO 1. Cual es la diferencia entre factor y dependiente y su fundamento legal? 2. Como se clasifica los dependientes fundamento legal? 3. Que entiende por Agentes de Comercio? 4. Indique si los

Más detalles

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N 004-91-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, el Artículo 116 de la Constitución Política del Perú prescribe que el Estado promueve y

Más detalles

Contenido del programa con enfoque nacional e internacional Exigencia académica Calidad de la plantilla docente Reconocimiento nacional del ITAM

Contenido del programa con enfoque nacional e internacional Exigencia académica Calidad de la plantilla docente Reconocimiento nacional del ITAM Diplomado en Aspectos Prácticos en Tributación Internacional y Precios de Transferencia (Experiencia en México) Coordinador: Luis Carlos Ledesma Villar El ITAM, en virtud de su compromiso con el desarrollo

Más detalles

SEMANA 2 LA CONFIGURACION DEL ESTADO DE DERECHO CONSTITUCIONAL

SEMANA 2 LA CONFIGURACION DEL ESTADO DE DERECHO CONSTITUCIONAL SEMANA 2 LA CONFIGURACION DEL ESTADO DE DERECHO CONSTITUCIONAL I. EL ESTADO Y EL DERECHO Existe una amplia referencia entre los dos. El Derecho es históricamente anterior a la aparición del Estado. No

Más detalles

NOTA INFORMATIVA CARTA INVITACÓN

NOTA INFORMATIVA CARTA INVITACÓN NOTA INFORMATIVA CARTA INVITACÓN Estimados clientes y amigos: Nos permitimos informales que el Servicio de Administración Tributaria como parte de su estrategia para recaudar y combatir la informalidad,

Más detalles

FACULTAD DE REEXAMEN ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES

FACULTAD DE REEXAMEN ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES ANTECEDENTES LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES María Eugenia Caller Noviembre, 2012 Código Tributario promulgado D.S. 263-H de 12.08.1966 Libro III, Capitulo III De las Reclamaciones - Artículo 120 Ubicación

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,

Más detalles

Lección 9. HECHO IMPONIBLE Y ESTRUCTURA DE LA RELACION TRIBUTARIA

Lección 9. HECHO IMPONIBLE Y ESTRUCTURA DE LA RELACION TRIBUTARIA Lección 9. HECHO IMPONIBLE Y ESTRUCTURA DE LA RELACION TRIBUTARIA Derecho Financiero I Dra. Pura Peris Dra. Purificación Peris García Derecho Financiero y Tributario I Curso 2010/2011 El hecho imponible.

Más detalles

Cómo se interpretan las leyes fiscales?

Cómo se interpretan las leyes fiscales? 9 Cómo se interpretan las leyes fiscales? Cómo se interpretan las leyes fiscales? Índice I. II. III. IV. V. Introducción Interpretación de normas jurídicas Métodos de interpretación Interpretación de

Más detalles

Considerando: Por las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el presente:

Considerando: Por las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el presente: Acuerdo AAFY xx/2016 por el que se delegan facultades en los Jefes de Departamento:de Control y Evaluación de Obligaciones de la Dirección de Servicios al Contribuyente, de Cobro Coactivo y de Control

Más detalles

Programa de Estudios: DERECHO FISCAL PROTOCOLO. Nivel Licenciatura X Maestría Doctorado

Programa de Estudios: DERECHO FISCAL PROTOCOLO. Nivel Licenciatura X Maestría Doctorado Programa de Estudios: DERECHO FISCAL PROTOCOLO Fechas Mes/a Clave Semestre ño Elaboración Mayo 2008 Nivel Licenciatura X Maestría Doctorado Aprobación Ciclo Integración Básico Superior X Aplicación Colegio

Más detalles

PROCESO METODOLÓGICO Rendición de Cuentas

PROCESO METODOLÓGICO Rendición de Cuentas PROCESO METODOLÓGICO Rendición de Cuentas Período fiscal 01 enero al 31 diciembre 2014 ANTECEDENTES En el marco de un Estado constitucional de derechos y justicia, es esencial construir instituciones públicas

Más detalles

Teoría General del Derecho

Teoría General del Derecho Teoría General del Derecho TEORÍA GENERAL DEL DERECHO 1 Sesión No. 5 Nombre: Los conceptos básicos del derecho Al finalizar la sesión, el participante será capaz de: Distinguir las diferentes teorías existentes

Más detalles

CONSIDERANDO. Alta Especialidad de Chiapas, derivados de la Licitación Pública Nacional Mixta número

CONSIDERANDO. Alta Especialidad de Chiapas, derivados de la Licitación Pública Nacional Mixta número CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A DIECISIETE DE ENERO DE DOS MIL ONCE. VISTO EL ESCRITO RECIBIDO EN ESTE ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA SECRETARÍA DE SALUD, POR EL CUAL EL C. REPRESENTANTE LEGAL DE

Más detalles

Introducción al Derecho Financiero y Tributario GRADO EN CC. JURÍDICAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Curso

Introducción al Derecho Financiero y Tributario GRADO EN CC. JURÍDICAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Curso Introducción al Derecho Financiero y Tributario GRADO EN CC. JURÍDICAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 66013010 Curso 2015-2016 Programa de INTRODUCCION AL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO Facultad de

Más detalles

FEDERALES. Avalado por:

FEDERALES. Avalado por: EN IMPUESTOS FEDERALES Avalado por: Diplomado en Impuestos Federales Objetivo General Conocer las obligaciones de las personas físicas y morales; así como los cambios a la legislación de los impuestos

Más detalles

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS E INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER PERIÓDICO EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA. A) Ayuntamientos DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES

Más detalles

ÍNDICE INTRODUCCIÓN 17 CAPITULO 1: ORIGEN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO EN EL DERECHO PROCESAL PENAL ALEMÁN 19

ÍNDICE INTRODUCCIÓN 17 CAPITULO 1: ORIGEN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO EN EL DERECHO PROCESAL PENAL ALEMÁN 19 ÍNDICE INTRODUCCIÓN 17 CAPITULO 1: ORIGEN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO EN EL DERECHO PROCESAL PENAL ALEMÁN 19 CAPITULO 2: EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN EL DERECHO PENAL 27 CAPITULO 3: EL PRINCIPIO

Más detalles

Las Obligaciones en el Derecho Civil

Las Obligaciones en el Derecho Civil Las Obligaciones en el Derecho Civil 1 Sesión No. 1 Nombre: Obligación Jurídica Contextualización Tomando como base el Derecho subjetivo, tienes que distinguir entre los Derechos reales y los Derechos

Más detalles

UNIVERSIDAD DE MENDOZA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Año 2010 PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO PROGRAMA DE ESTUDIO

UNIVERSIDAD DE MENDOZA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Año 2010 PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO PROGRAMA DE ESTUDIO UNIVERSIDAD DE MENDOZA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Año 2010 PROGRAMA DE DERECHO TRIBUTARIO PROGRAMA DE ESTUDIO Profesor Titular Profesor Adjunto Abog. Francisco J. Bustelo C.P. Álvaro Álvarez UNIDAD

Más detalles

LECCION 3. PODER CONSTITUYENTE, PROCESO CONSTITUYENTE Y CONSTITUCION. Pr. Dr. Juan J. Bonilla Sánchez

LECCION 3. PODER CONSTITUYENTE, PROCESO CONSTITUYENTE Y CONSTITUCION. Pr. Dr. Juan J. Bonilla Sánchez LECCION 3. PODER CONSTITUYENTE, PROCESO CONSTITUYENTE Y CONSTITUCION. Pr. Dr. Juan J. Bonilla Sánchez EL PODER CONSTITUYENTE Concepto. Se denomina Poder Constituyente (PC) al autor que con un acto de voluntad

Más detalles

ACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL

ACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL ACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Señor Presidente del Concejo Municipal Honorables Concejales Las connotaciones

Más detalles

ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL MERCOSUR (Anteproyecto )

ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL MERCOSUR (Anteproyecto ) ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL (Anteproyecto 23.3.07) La resolución del Grupo Mercado Común por la cual se crea la Reunión Especializada de Cooperativas del (RECM) le asigna a ésta la finalidad de desarrollar

Más detalles

Derecho Público y Proceso Juan José Linares San Román. Derecho Público y Proceso. Juan José Linares San Román

Derecho Público y Proceso Juan José Linares San Román. Derecho Público y Proceso. Juan José Linares San Román Derecho Público y Proceso 1 El proceso se encuentra ubicado en forma genérica en lo que se conoce como el Derecho Público, esto es, aquella parte del sistema jurídico que rige la organización del Estado

Más detalles

PROGRAMA 912M PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

PROGRAMA 912M PRESIDENCIA DEL GOBIERNO PROGRAMA 912M PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 1. DESCRIPCIÓN El objetivo del programa es la asistencia política y técnica al Presidente del Gobierno, en colaboración directa con los distintos Departamentos Ministeriales,

Más detalles

El acto jurídico administrativo

El acto jurídico administrativo 4.2.-. El acto jurídico administrativo 4.2.1.-. Acto de administración. Acto de gobierno. Acto político. 4.2.2.-. Elementos y caracteres. 4.2.3.-. Clasificación 4.2.3.1 a 4.2.3.5 Administración pública

Más detalles

DICTAMEN 104/2011. (Pleno)

DICTAMEN 104/2011. (Pleno) DICTAMEN 104/2011 (Pleno) La Laguna, a 15 de febrero de 2011. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Canarias en relación con la Proposición de Ley por la que se propone la

Más detalles

MANUAL PARA LA REALIZACIÓN DE REUNIONES VIRTUALES DE LOS GRUPOS TÉCNICOS, DENTRO DEL PROCESO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANA

MANUAL PARA LA REALIZACIÓN DE REUNIONES VIRTUALES DE LOS GRUPOS TÉCNICOS, DENTRO DEL PROCESO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANA MANUAL PARA LA REALIZACIÓN DE REUNIONES VIRTUALES DE LOS GRUPOS TÉCNICOS, DENTRO DEL PROCESO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANA CAPÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1. El presente Manual

Más detalles

PROCESO DE ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDADES POR PARTE DEL EQUIPO DE DIRECCIÓN

PROCESO DE ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDADES POR PARTE DEL EQUIPO DE DIRECCIÓN Facultad de Ciencias 1 de 5 POR PARTE DEL EQUIPO DE DIRECCIÓN CONTENIDO: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. RESPONSABILIDADES 4. DESARROLLO 4.1. Política de Calidad y Medio Ambiente. 4.2. Enfoque al Cliente. 4.3.

Más detalles

Área en plan de estudios:

Área en plan de estudios: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA. FACULTAD DE DERECHO. Clave: 08USU4051Y PROGRAMA DEL CURSO: DERECHO CONSTITUCIONAL I. DES: Programa(s) Educativo(s): Tipo de materia: Clave de la materia: Semestre: Área

Más detalles

Las OSC desde su marco jurídico e institucional

Las OSC desde su marco jurídico e institucional PROYECTO SOCIEDAD EN ACCIÓN CENTRO DE POLÍTICAS PÚBLICAS P. UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Las OSC desde su marco jurídico e institucional Francisco Soto y Felipe Viveros DERECHO PÚBLICO Y CONSTITUCIONAL

Más detalles

El proceso legislativo en la Unión Europea

El proceso legislativo en la Unión Europea El proceso legislativo en la Unión Europea Cada año, se aprueban entre 50 y 70 Directivas europeas, que todos los Estados Miembro tenemos que trasponer a nuestras respectivas legislaciones y que, por lo

Más detalles

COMISION POR INTERMEDIACION EN LA VENTA DE AUTO USADO EN LA CIUDAD DE SINCELEJO JUSTIFICACIÓN

COMISION POR INTERMEDIACION EN LA VENTA DE AUTO USADO EN LA CIUDAD DE SINCELEJO JUSTIFICACIÓN COMISION POR INTERMEDIACION EN LA VENTA DE AUTO USADO EN LA CIUDAD DE SINCELEJO JUSTIFICACIÓN El resultado del presente estudio permitirá certificar prácticas regularizadas de los comerciantes dedicados

Más detalles

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL LEY No.126-02 SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL Para lograr la correcta implementación de la Infraestructura de Clave Pública de la República Dominicana

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

DECRETO SUPREMO N MINCETUR DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y

Más detalles

GRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD. Test FE DE ERRATAS

GRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD. Test FE DE ERRATAS GRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD Test ISBN: 9788467628111 DEPÓSITO LEGAL: SE 5063-2009 FECHA DE EDICIÓN: OCTUBRE 2009 FE DE ERRATAS Tras la revisión de los test

Más detalles

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CENTRO UNIVERSITARIO DE LOS ALTOS DIVISIÓN DE ESTUDIOS EN FORMACIONES SOCIALES LICENCIATURA: CONTADURÍA PÚBLICA UNIDAD DE APRENDIZAJE POR OBJETIVOS IMPUESTOS III DR.JORGE ALBERTO

Más detalles

ALGUNAS IMPLICACIONES EN MATERIA DE

ALGUNAS IMPLICACIONES EN MATERIA DE Marzo de 2011 Núm.114 ALGUNAS IMPLICACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL POR PAGOS EFECTUADOS A PERSONAS FÍSICAS C.P.C. JOSÉ ANTONIO DE ANDA TURATI Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP DIRECTORIO

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Aprobado mediante Acta de Cabildo No. 44-Bis de fecha 25 de Agosto de 2015. Reglamento Interno De La Dirección de Asentamientos Humanos. Capitulo I

Más detalles

DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA 1/6 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA DECRETO 33/2016, de 19 de enero, de reestructuración del Departamento de la Vicepresidencia

Más detalles

Ley Nacional Nº Ley de Inversiones Extranjeras. Texto Ordenado por Ley y modificatorias

Ley Nacional Nº Ley de Inversiones Extranjeras. Texto Ordenado por Ley y modificatorias Ley Nacional Nº 21382 Ley de Inversiones Extranjeras Texto Ordenado por Ley 21382 y modificatorias Decreto Reglamentario 1853/93 del 02 de septiembre de 1993 Artículo 1. Los inversores extranjeros que

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA. NORMATECA INTERNA Hoja: 1 de 9

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA. NORMATECA INTERNA Hoja: 1 de 9 NORMATECA INTERNA Hoja: 1 de 9 NORMATECA INTERNA DEL INSTITUTO NACIONAL DE PERINATOLOGÍA Abril de 2010 NORMATECA INTERNA Hoja: 2 de 9 INTRODUCCIÓN El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece la

Más detalles

Universidad Autónoma del Estado de México Licenciatura en Contaduría Programa de Estudios: Planeación Fiscal Estratégica

Universidad Autónoma del Estado de México Licenciatura en Contaduría Programa de Estudios: Planeación Fiscal Estratégica Universidad Autónoma del Estado de México Licenciatura en Contaduría 2003 Programa de Estudios: Planeación Fiscal Estratégica I. Datos de identificación Licenciatura Contaduría 2003 Unidad de aprendizaje

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. DECRETO por el que se crea la Comisión Reguladora de Energía como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal. Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

LA LEY FEDERAL DE ARCHIVOS Y SU RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN ESTATAL

LA LEY FEDERAL DE ARCHIVOS Y SU RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN ESTATAL LA LEY FEDERAL DE ARCHIVOS Y SU RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN ESTATAL Ma. del Pilar Pacheco Zamudio Dirección de Investigación y Normatividad Archivística ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN 1 de junio de 2011

Más detalles

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO Ley

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO Ley PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO Ley 11.683 1 AFIP Decreto 618/97 Entidad autárquica en el orden administrativo en lo atinente asu organización yfuncionamiento. Se entiende también que tiene funciones de un organismo

Más detalles

Área Académica: LICENCIATURA EN ADMINISTRACION

Área Académica: LICENCIATURA EN ADMINISTRACION Área Académica: LICENCIATURA EN ADMINISTRACION Tema: FUENTES DEL DERECHO Profesor: LIC. MARCO ANTONIO ARGÜELLES GUTIERREZ alumnas: Elizabeth Morales García y Margarita Gómez Hernández Periodo: Agosto-

Más detalles

PROGRAMA INSTRUCCIONAL COMERCIO EXTERIOR

PROGRAMA INSTRUCCIONAL COMERCIO EXTERIOR UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PROGRAMA INSTRUCCIONAL COMERCIO EXTERIOR CÓDIGO ASIGNADO SEMESTRE U.C DENSIDAD HORARIA

Más detalles

ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL

ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL Cumbayá, mayo 26 de 2015 22/07/2015 1 CONSTITUCIÓN Preámbulo Desde el preámbulo, la Constitución proclama la decisión del Ecuador de construir una nueva

Más detalles

Comisión de Obras y Servicios Públicos

Comisión de Obras y Servicios Públicos H. CONGRESO DEL ESTADO PRESENTE.- La Comisión de Obras y Servicios Públicos, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete a la consideración de este

Más detalles

UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA

UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA Estudios con Reconocimiento de Validez Oficial por Decreto Presidencial del 3 de abril de 1981 PROPUESTA TEMATICA PEDAGOGICA PARA LA MATERIA DIRECCIÓN DEL FACTOR HUMANO ESTUDIO

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación

Más detalles

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP Anexos Anexo I Anexo II Anexo III Contratación de bienes y servicios Deber de lealtad Procedimiento de operación con

Más detalles