AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RÍO
|
|
- Silvia Méndez Castilla
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HABRA DE REGIR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADQUISICION DE VIVIENDAS EN PALMA DEL RIO QUE REÚNAN LOS REQUISITOS, CONFORME A LA NORMATIVA DE APLICACIÓN, PARA SER CALIFICADAS DE VIVIENDAS PROTEGIDAS DE INICIATIVA MUNICIPAL O AUTONÓMICA. INDICE PRIMERA: OBJETO. SEGUNDA.- UBICACIÓN. TERCERA.- NORMAS URBANISTICAS DEL PGOU. CUARTA.- NÚMERO MÁXIMO DE VIVIENDAS A ADQUIRIR. QUINTA.- PROGRAMA Y SUPERFICIE. SEXTA.- CONDICIONES TÉCNICAS SEPTIMA.- TIPO DE LICITACION Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. OCTAVA.- PLAZO DE ENTREGA NOVENA.- NORMATIVA TECNICA DE APLICACIÓN. PRIMERA: OBJETO Es objeto del presente pliego, fijar las condiciones técnicas que han de reunir el Concurso, por tramitación ordinaria y procedimiento abierto, para la Adquisición de Viviendas en Palma del Río que reúnan los requisitos, conforme a la normativa de aplicación, para ser Calificadas de Viviendas Protegidas de Iniciativa Municipal o Autonómica convocado por el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río reguladas en el art. 31 de la Orden de 7 de julio de 2009, por el que se publica el Texto Integrado del Plan Concertado de Viviendas y Suelo , aprobado por Decreto 395/2008, de 24 de junio, con las modificaciones introducidas por el Decreto 266/2009, de 9 de junio. SEGUNDA.- UBICACIÓN: Zona Area Central de la ciudad de Palma del Río, definidas en el Plano de Calificación, Sistemas y Alineaciones del Plan General de Ordenación Urbanística de Palma del Río (en adelante PGOU) aprobado Definitivamente de manera parcial por Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 24 de mayo de 2005 (publicado en el BOJA nº 223, de 15 de noviembre de 2005), con una serie de suspensiones que han sido subsanadas en el Documento de Subsanación de Deficiencias y Texto Refundido aprobado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo con fecha 3 de noviembre de 2005, y publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 77 de fecha 19 de abril de TERCERA.- NORMAS URBANISTICAS DEL PGOU: - Artículo Aplicación.
2 1. Estas condiciones particulares se aplicarán en todas las zonas interiores al área central de la ciudad de Palma del Río, definidas en el Plano de Calificación, Sistemas y Alineaciones del presente Plan General con las siguientes denominaciones: CN Zona Centro Tradicional. CT Zona Centro en Transformación. CE Zona Centro Extensión. 2. Las condiciones particulares definidas en este apartado se aplicarán sin perjuicio de las que se establecen para cada zona en los artículos siguientes. - Artículo Unidad edificatoria. - Artículo Alineación a vial. - Artículo Retranqueos. - Artículo Espacio libre de parcela. - Artículo Altura y número de plantas. - Artículo Construcciones por encima de la altura máxima. - Artículo Tolerancias en el cumplimiento de las condiciones de posición y forma de los edificios. - Artículo Condiciones generales de composición de fachadas. - Artículo Cuerpos salientes en fachada. - Artículo Regulación de entrantes en fachada. - Artículo Regulación de los cuerpos salientes de fachada. - Artículo Áticos. - Artículo Cubiertas. - Artículo Tratamiento de medianerías. - Artículo Tratamiento de los locales en planta baja. - Artículo Instalaciones exteriores a los edificios.
3 Con independencia de lo anterior y la zonificación donde se encuentre, habrá de cumplir las condiciones particulares del PGOU. CUARTA.- NÚMERO MÁXIMO DE VIVIENDAS A ADQUIRIR: Quince Viviendas (15 ). Los garajes estarán vinculados a las viviendas en la Declaración de Obra Nueva y División en régimen de Propiedad Horizontal, hasta el máximo del número de viviendas ofertadas. QUINTA.- PROGRAMA Y SUPERFICIE. Habrá de cumplir la Orden de 21 de julio de 2008, por lo que se modifica las ordenanzas técnicas de diseño y calidad aplicable a las viviendas protegidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se agilizan los procedimientos establecidos para otorgar las Calificaciones de vivienda Protegidas, que queda como sigue: - Artículo 3. Composición, programas y habitaciones de las viviendas La vivienda familiar constará, como mínimo, de una habitación capaz para estar, comer y cocinar, un dormitorio y un cuarto de aseo, compuesto de baño o ducha, lavabo e inodoro. En viviendas de más de 70 m² útiles, existirán, al menos, dos cuartos de aseo. Como mínimo, uno de ellos será completo y el otro con lavabo e inodoro. Las superficies útiles serán para cada tipo de vivienda, según su número de dormitorios, las siguientes: Vivienda de Superficie útil máxima (m) Un dormitorio 60 Dos dormitorios 70 Tres dormitorios 90 Cuatro o más dormitorios Se exceptúa del cumplimiento de las determinaciones anteriores a los alojamientos, en los que será de aplicación lo siguiente: a) La superficie útil mínima de los alojamientos será de 25 m², excluidos los servicios comunes.
4 b) La relación entre la superficie útil de un alojamiento y el número de personas a que vaya destinada no será inferior a 14 metros cuadrados por persona. En el cómputo de esta superficie quedan excluidos los servicios comunes. - Artículo 4. Altura de la edificación. Salvo que las ordenanzas municipales establezcan requisitos mayores: a) La altura estructural libre mínima en cada planta, medida desde la cota superior del forjado de suelo hasta la cota inferior del forjado de techo será de 2,70 m. b) La altura mínima libre general entre pavimento y techo acabado será de 2,50 m. c) En vestíbulo, pasillos y cuartos de aseo la altura libre mínima podrá ser de 2,20 m; en las restantes habitaciones esta altura también puede permitirse, siempre que no sobrepase, como máximo, el 30 por ciento de la superficie útil de la habitación en la que se produzca la reducción de la altura mínima obligatoria. - Artículo 5. Instalación de ascensor en edificios plurifamiliares. Es obligatoria la instalación de ascensor en edificios plurifamiliares que tengan igual o más de tres plantas sobre la rasante, salvo que las normas técnicas sobre accesibilidad vigentes en cada momento establezcan mayores exigencias. - Artículo 6. Dimensiones de los patios. En los patios de viviendas plurifamiliares, se fija una dimensión mínima para luces rectas y diámetro de 3 metros y de 12 m² para la superficie. - Artículo 7. Superficie de iluminación. La superficie de los huecos de iluminación de todas las habitaciones de las viviendas, excepto baños y aseos, no será inferior al 10 por ciento de la superficie útil de su planta, pudiendo reducirse la superficie real de ventilación de dichos huecos hasta un 5 por ciento de la superficie útil de su planta. - Artículo 8. Superficies mínimas de las habitaciones.
5 1. En toda vivienda la superficie útil mínima (E) y la acumulada de estar, comer y cocinar (E+C+K) serán, en función del número de dormitorios, las siguientes: Viviendas de E (m E+C+K (m Un dormitorio Dos dormitorios Tres dormitorios Cuatro dormitorios Más de cuatro 24 dormitorios 28 Si la cocina es independiente de la estancia tendrá, como mínimo 7 m². En el cómputo de esta superficie quedan excluidos los lavaderos. En todas las viviendas existirá la posibilidad del tendido de ropa al exterior, en la propia vivienda o en espacios comunes habilitados al efecto y, en cualquier caso, con protección de vistas desde la calle. En el caso de tendederos comunes ubicados en azoteas o espacios exteriores similares éstos deberán ser accesibles mediante escalera y ascensor. La superficie útil mínima de los dormitorios será de 8 m² y en toda vivienda existirá un dormitorio de superficie útil no menor de 12 m². Los pasillos tendrán una anchura no menor de 0,90 m. 2. En obras de rehabilitación, cuando el cumplimiento de las determinaciones de este artículo suponga una gran dificultad técnica, que deberá justificarse en el proyecto, se podrá permitir una reducción en las superficies mínimas expresadas de hasta un 20 por ciento. 3. Lo dispuesto en este artículo será de aplicación sin perjuicio del cumplimiento de mayores exigencias impuestas por la normativa técnica sobre accesibilidad vigente en cada momento. 4. Se exceptúa del cumplimiento de las determinaciones de este artículo a los alojamientos.
6 - Artículo 9. Garajes. 1. Se denomina garaje a todo local destinado a la guarda, con carácter regular, de vehículos así como a los lugares de paso, espera o estancia de los mismos. 2. Salvo que las ordenanzas municipales demanden mayores exigencias, las dimensiones mínimas, libres de obstáculos, de las plazas de aparcamiento tanto en edificios de viviendas plurifamiliares como unifamiliares serán de 2,50 metros de ancho por 5 metros de largo, considerándose incluidas, en su caso, en dichas dimensiones las zonas ocupadas por motos o bicicletas. 3. La anchura mínima de las calles de circulación de vehículos será de 4,50 metros y la de las rampas rectas será de 4 metros. Las rampas tendrán el sobreancho necesario en las curvas, y su radio de curvatura, medido en el eje, será, como mínimo, de 6 metros. 4. En edificios plurifamiliares, los garajes deberán tener un espacio de acceso y espera en su incorporación al exterior que no invada el espacio público, con una anchura mínima de 4 metros, pudiendo reducirse la anchura de la puerta hasta 3,20 metros. Se exceptúa del cumplimiento de lo anterior a los garajes cuyo acceso se realice a través de un montacoches. 5. En los garajes con capacidad superior a 100 vehículos, el acceso y, en su caso, la correspondiente rampa deberán tener una anchura no inferior a 5 metros libre de obstáculos, o dos accesos independientes, uno de entrada y otro de salida, con las anchuras mínimas indicadas en los párrafos anteriores. 6. Lo dispuesto en este artículo será de aplicación sin perjuicio del cumplimiento de mayores exigencias impuestas por la normativa técnica sobre accesibilidad vigente en cada momento. SEXTA.- CONDICIONES TÉCNICAS Le serán de aplicación la Orden de 20 de Mayo de 1969 por la que se aprueba la adaptación de las Ordenanzas técnicas y normas constructivas, aprobadas por Ordenes de 12 de julio de 1955 y 22 de febrero de 1968, al Texto Refundido y revisado de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial y su Reglamento. Y la Orden 21 de Febrero de 1981 por la que se Modifican las Ordenanzas Técnicas y Normas Constructivas novena, undécima, decimotercera, decimoséptima y trigésimo cuarta, aprobadas por Orden de 20
7 de mayo de 1969, y en su caso, el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. En todo caso se entiende como condición necesaria que las viviendas que se oferten y los elementos vinculados a la misma obtengan la calificación de vivienda protegida. SEPTIMA.- TIPO DE LICITACION Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El importe máximo para cada vivienda que se oferte, impuestos correspondientes no incluidos, no excederá de MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y DOS CENTIMOS DE EUROS (1.394,72 /m 2 ) de su superficie útil. El importe máximo para cada garaje que se oferte, impuestos correspondientes no incluidos, que han de estar vinculados registralmente a cada vivienda que se oferte, no excederá de OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS DE EUROS (836,83 /m 2 ) de su superficie útil, dando cumplimiento a las prescripciones legales que prevén que el precio del metro cuadrado de superficie útil computable será del 60% del correspondiente al precio del metro cuadrado útil de la vivienda. En cualquier caso, se computará un máximo de veinticinco metros cuadrados ( 25 m 2 ) de superficie útil por plaza de garaje a efectos de la determinación de su precio de adquisición, con independencia de que su superficie real sea superior. El precio ofertado no será objeto de actualización. El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS ( EUROS), para el supuesto de que se oferten y adquieran las quince viviendas máximas. En dicha cantidad están excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido; cantidad que se fija como precio del contrato y tipo de licitación, pudiendo ser mejorado a la baja. El gasto máximo que a la Administración puede suponerle la contratación de dicho producto será de la citada cantidad. OCTAVA.- PLAZO DE ENTREGA Se fija como plazo máximo para la elevación a escritura pública el 30 de diciembre de 2011.
8 NOVENA.- NORMATIVA TECNICA DE APLICACIÓN. En lo no previsto en este Pliego se estará a lo dispuesto en al a Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo; el Decreto 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía; la Orden de 7 de julio de 2009, por el que se publica el Texto Integrado del Plan Concertado de Viviendas y Suelo , aprobado por Decreto 395/2008, de 24 de junio, con las modificaciones introducidas por el Decreto 266/2009, de 9 de junio; la Orden de 21 de julio de 2008, sobre Normativa Técnica de Diseño y Calidad aplicable a las Viviendas Protegidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se Agilizan los Procedimientos Establecidos para Otorgar las Calificaciones de Viviendas Protegidas; Orden de 20 de mayo de 1969, publicada en el BOE Nº 123/1969, de 23 de mayo; Orden de 21 de febrero de 1981, publicada en el BOE Nº 53/1981, de 3 de marzo; Orden de 10 de noviembre de 2008, de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan concertado de Vivienda y Suelo ; la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, así como su normativa de desarrollo y las restantes normas de los ordenamientos jurídicos administrativos. Palma del Río a 19 de octubre de 2009 El Técnico de Disciplina y Gestión D. Manuel Palomero Morales
9 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente pliego ha sido aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en Sesión ordinaria de fecha 29 de octubre de Palma del Río,4 de noviembre de La SECRETARIA GENERAL, Fdo: Mª Auxiliadora Copé Ortiz.
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONDA C/. Valdescoba nº 1, Monda, Málaga
ORDENANZA MUNICIPAL QUE FIJA LAS CONDICIONES MÍNIMAS DE SALUBRIDAD Y HABITABILIDAD QUE DEBEN CUMPLIR LAS EDIFICACIONES CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES SITUADAS EN SUELO NO URBANIZABLE DE MONDA PARA PROCEDER
Más detallesCÁLCULO Y CÓMPUTO DE SUPERFICIES CONSTRUIDA Y ÚTIL. NORMATIVA DE REGULACIÓN.
CÁLCULO Y CÓMPUTO DE SUPERFICIES CONSTRUIDA Y ÚTIL. NORMATIVA DE REGULACIÓN. En lo relativo al cálculo de superficies en edificación, y dependiendo del objeto del mismo, el cómputo de determinados elementos
Más detallesHABITABILIDAD
HABITABILIDAD 28-02-2014 NORMATIVA DE HABITABILIDAD La normativa de habitabilidad, es aquella que debe cumplir la vivienda para que se la considere habitable. Varía en función del país, de la comunidad
Más detallesDECRETO 2/2012, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable. AVANCES
DECRETO 2/2012, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable. S 1 SITUACIONES DE LAS EDIFICACIONES SEGÚN SU IMPLANTACIÓN EN EL SUELO NO URBANIZABLE
Más detallesAYUNTAMIENTO DE PEÑÍSCOLA
ANEXO I.- DOCUMENTO DE REFUNDICIÓN DE ORDENACIONES ORDENANZAS GENERALES DEL PGOU ORDENACIÓN ACTUAL I. VOLUMEN DE LA EDIFICACION El volumen queda determinado por las condiciones de ocupación y altura. No
Más detallesESTUDIO DE DETALLE PARCELA R4/A DEL SECTOR SANTA ANA DE BERANGO
ESTUDIO DE DETALLE PARCELA R4/A DEL SECTOR SANTA ANA DE BERANGO NOVIEMBRE 2015 PROMOTOR: ARQUITECTOS: UNIVERSAL INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.L. ARKI-PROJECT NORTE S.L.P. LUCIANO COBALEDA HERNÁNDEZ / RAÚL
Más detallesNúmero: 120/13 Fecha: 2 de octubre de Asunto: ACTUALIZACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE EDIFICACIÓN: DOCUMENTO BÁSICO DB-HE AHORRO DE ENERGIA
Número: 120/13 Fecha: 2 de octubre de 2.013 Tema: Legislación Subtema: Estatal Asunto: ACTUALIZACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE EDIFICACIÓN: DOCUMENTO BÁSICO DB-HE AHORRO DE ENERGIA El pasado 12 de septiembre
Más detallesESTUDIO DE DETALLE DEL SOLAR POLÍGONO PARCELA 4 (Porción incluida en suelo urbano) (Valencia de Don Juan)
ESTUDIO DE DETALLE DEL SOLAR POLÍGONO 214.- PARCELA 4 (Porción incluida en suelo urbano) (Valencia de Don Juan) MEMORIA VINCULANTE 1.- ANTECEDENTES. La redacción del presente Estudio de Detalle es obligatoria
Más detallesAYUNTAMIENTO DE CHAPINERIA
AYUNTAMIENTO DE CHAPINERIA ORDENANZA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO APROBADA 16/10/2014 ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Consejo
Más detallesMODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU DOCUMENTO REFUNDIDO
MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PGOU DOCUMENTO REFUNDIDO AYUNTAMIENTO DE ALGINET JUNIO 2012 ÍNDICE PARTE SIN EFICACIA NORMATIVA 1.- MEMORIA INFORMATIVA 1.1.- ANTECEDENTES 1.2.- OBJETO
Más detallesNORMATIVA URBANÍSTICA
NORMATIVA URBANÍSTICA ÍNDICE PREÁMBULO CAPITULO 1º. DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 2º. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL PLAN CAPITULO 3º. ORDENANZA DE LA ZONA DE EDIFICACIÓN UNIFAMILIAR AISLADA UAS 4 HUERTA
Más detallesLEGISLACIÓN SOBRE DIPUTACIONES PROVINCIALES SIGLO XIX. Instrucción de 23 de junio de 1813, para el gobierno económico-político de las provincias
LEGISLACIÓN SOBRE DIPUTACIONES PROVINCIALES Constitución de 1812 (art. 324 al 337) SIGLO XIX Instrucción de 23 de junio de 1813, para el gobierno económico-político de las provincias Real Decreto de 30
Más detallesORDENANZA URBANÍSTICA MUNICIPAL REGULADORA DE LA EXIGENCIA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EN EL SUELO URBANO CONSOLIDADO
ORDENANZA URBANÍSTICA MUNICIPAL REGULADORA DE LA EXIGENCIA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EN EL SUELO URBANO CONSOLIDADO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Las Normas Transitorias de Planeamiento aprobadas definitivamente
Más detallesANTECEDENTES. - Acuerdos nº 14, 287 y 291 de la Comisión de Seguimiento del Plan General.
Ref: CU 15-12 ASUNTO: Consulta urbanística que plantea el Distrito de Ciudad Lineal relativa a la instalación de un ascensor en un edificio existente de uso residencial reduciendo el ancho de la escalera
Más detallesOrdenanzas de aplicación en toda la zona metropolitana. Capítulo 1. Condiciones de habitabilidad Sección 1.ª. Viviendas
Título ll Ordenanzas de aplicación en toda la zona metropolitana Capítulo 1. Condiciones de habitabilidad Sección 1.ª Viviendas Art. 55. Superficie útil. 1. A los efectos de lo previsto en esta Sección
Más detallesNORMAS URBANISTICAS Plan General de Ordenación de Avilés TITULO VI REGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO URBANIZABLE
TITULO VI REGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO URBANIZABLE Capítulo I Aspectos Generales. 6.01. Definición 1. Constituyen el Suelo Urbanizable aquellas áreas del territorio que sin pertenecer al Suelo Urbano
Más detallesLA NUEVA LEY DE TURISMO DE ANDALUCÍA ( LEY 13/2011 ) HA ENTRADO EN VIGOR EL DIA 31 DE ENERO DE
LA NUEVA LEY DE TURISMO DE ANDALUCÍA ( LEY 13/2011 ) HA ENTRADO EN VIGOR EL DIA 31 DE ENERO DE 2012.- El día 31 de diciembre de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ( BOJA ) la
Más detallesTítulo V REGULACIÓN DEL SUELO APTO PARA URBANIZAR
Título V REGULACIÓN DEL SUELO APTO PARA URBANIZAR Capítulo 1 Título V. REGULACIÓN DEL SUELO APTO PARA URBANIZAR DETERMINACIONES GENERALES DEL SUELO APTO PARA URBANIZAR Art. 214. Definición y ámbito. El
Más detallesPROYECTO DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS PARA ACCEDER A LA PISTA DEPORTIVA EN C.E.I.P. CANCELADA
PROYECTO DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS PARA ACCEDER A LA PISTA DEPORTIVA EN C.E.I.P. CANCELADA ESTEPONA, ENERO 2009 MEMORIA 1 1. OBJETO Se pretende con este proyecto, definir con la mayor
Más detallesEXPTE. DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NN.SS. DE ZIGOITIA REFERENTE A LA CLASIFICACIÓN DE LA PC-915, P-2 DE ONDATEGI
EXPEDIENTE SITUACIÓN: DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NN.SS. DE ZIGOITIA REFERENTE A LA CALIFICACIÓN DE LA PARCELA CATASTRAL 915, POLÍGONO 2 DE ONDATEGI ONDATEGI, ZIGOITIA, ALAVA MEMORIA PROPIEDAD: JUNTA
Más detallesA N E X O I EXPEDIENTE Nº
A N E O I EPEDIENTE Nº CUADRO-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Órgano que tramita el expediente: GERENCIA DEL MUSEO
Más detallesVIVIENDAS PLANTA Nº TOTAL VIVIENDAS OCUPADAS DESOCUPADAS REGIMEN DE OCUPACION PROPIEDAD ALQUILER SUPERFICIE MEDIA DE LAS VIVIENDAS
1. SITUACIÓN, PRESENTADOR Y AUTORES SITUACIÓN DATOS DEL PRESENTADOR NOMBRE DIRECCIÓN TELÉFONO EN SU CALIDAD DE AUTORES ARQUITECTO ARQUITECTO TÉCNICO Nº COLEG. Nº COLEG. 2. DATOS ES VIVIENDAS PLANTA Nº
Más detallesDIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS JURIDICOS COORDINACIÓN TERRITORIAL E INTERNACIONAL
El destino del Patrimonio Público del Suelo tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL). NORMATIVA APLICABLE.
Más detallesESTUDIO DE DETALLE LA ORDENACIÓN DE PARCELA DOTACIONAL Nº 32 DEL PLAN PARCIAL Nº 8 SEMINARIO
MEMORIA INFORMATIVA 1. OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLLE 2. PLANEAMIENTO DE APLICACIÓN Y DETERMINACIONES URBANÍSTICAS 3. PROPIEDAD DEL SUELO MEMORIA JUSTIFICATIVA 4. CONVENIENCIA DE LA REDACCIÓN DEL ESTUDIO
Más detallesNº1 Especial oficinas
Mayo 2015 Conocimiento y métricas Código de Medición Nº1 Especial oficinas 1. Superficie total construída 2. Superficie total alquilable 3. Superficie interior neta (SIN) 1. Superficie total construida
Más detallesCASA LLOMBET. Memoria y Planos. Dossier comercial: Situación: Rambla de Santa Cruz nº87, Avda.25 de Julio nº 28, Santa Cruz de Tenerife.
Dossier comercial: CASA LLOMBET Situación: Rambla de Santa Cruz nº8, Avda. de Julio nº 8, Santa Cruz de Tenerife. Promotor: FAMILIA MACHADO CARRILLO Redacción: CORREA + ESTEVEZ ARQUITECTOS Documento: Memoria
Más detallesORDENANZA SOBRE EL INFORME DE EVALUACIÓN DEL EDIFICIO ( IEE )
JUAN FERNANDO PEREZ ESTÉVEZ. ARQUITECTO JEFE DEL SERVICIO DE URBANISMO MARIO HIDALGO DE VICENTE. ARQUITECTO TÉCNICO JEFE CONSERVACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. 1 1.- EL INFORME DE EVALUACIÓN : El Informe de Evaluación
Más detallesBoletín oficial de la Provincia de valladolid
Núm. 83 Miércoles, 9 de abril de 2014 Pág. 27 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA ALCALDIA No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MADRID OTROS ANUNCIOS
BOCM SÁBADO 6 DE AGOSTO DE 2016 Pág. 7 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 2 MADRID OTROS ANUNCIOS Acuerdo de 14 de julio de 2016, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba
Más detallesNormativa municipal de usos y edificación
Normativa municipal de usos y edificación Según texto del Decreto Nº 29.471 del 17 de mayo de 2001, con las correcciones introducidas por el Decreto Nº 29.714 del 22 de noviembre del 2001. TITULO III Normativa
Más detallesSEPTIMA MODIFICACION PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR (P.E.R.I.) DE ALEGRIA-DULANTZI
SEPTIMA MODIFICACION PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR (P.E.R.I.) DE ALEGRIA-DULANTZI PROMOTOR: AYUNTAMIENTO DE ALEGRIA-DULANTZI REDACTOR: IGNACIO PEDREIRA RUIZ DE ARCAUTE. ARQUITECTO FECHA:
Más detallesDOCUMENTO Nº 1; MEMORIA VALORADA INDICE 1) ANTECEDENTES 2) OBJETO DE LA MEMORIA VALORADA 3) SITUACIÓN DE LAS OBRAS
DOCUMENTO Nº 1; MEMORIA VALORADA INDICE 1) ANTECEDENTES 2) OBJETO DE LA MEMORIA VALORADA 3) SITUACIÓN DE LAS OBRAS 4) NORMATIVA URBANÍSTICA DE APLICACIÓN. 5) DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS 6) PLAZO DE EJECUCIÓN
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art L.O.U.A.
ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art. 52.5 L.O.U.A.) Art. 1. Objeto. De acuerdo con lo establecido en el
Más detalles4. PROTOCOLO ACLARATIVO SOBRE LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑAR A LA DECLARACIÓN RESPONSABLE
PROTOCOLO ACLARATIVO SOBRE LA DOCUMENTACIÓN Aprobado por el Presidente del Consejo Rector de la Agencia de Actividades Fecha: 12 de mayo de 2014 Control de modificaciones Nº edición Fecha Versión 1 12
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE
ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
Más detallesAYUDAS A PARA LA REALIZACIÓN DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS Y DE LAS OBRAS DERIVADAS DE ÉSTA. OBJETIVO CÓRDOBA INTEGRA.
AYUDAS A PROPIETARI@S PARA LA REALIZACIÓN DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS Y DE LAS OBRAS DERIVADAS DE ÉSTA. OBJETIVO CÓRDOBA INTEGRA. Artº. 1.- Objetivos.- Las ayudas se destinarán a aquellos edificios
Más detallesTexto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid
Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid Actualizado a enero de 2011 Índice Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre,
Más detalles1.- MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA
1.- MEMORIA 1.1.- MEMORIA DESCRIPTIVA 1.1.1.- ORDEN DE REDACCIÓN La orden de redacción del presente Proyecto de: ACONDICIONAMIENTO DE LA INSTALACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL NEVADO DEL CUMBAL. DISTRITO DE HORTALEZA
Más detalles(Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, nº 19, de fecha 10 de febrero de 2006) ANUNCIO
(Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, nº 19, de fecha 10 de febrero de 2006) ANUNCIO DON ANTONIO MORALES MÉNDEZ, Alcalde Presidente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Agüimes, hace saber:
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL
ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL Artículo 1. Sujeción a la licencia ambiental 1. El ejercicio de las actividades comprendidas en el Anexo de la presente Ordenanza precisará la previa obtención
Más detallesExcm. Ajuntament de Sagunt RH i PERSONAL
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE CONTRATACIÓN TEMPORAL O NOMBRAMIENTO INTERINO DE AUXILIAR DE TURISMO PRIMERA.- DEL OBJETO DE LA CONVOCATORIA, Es objeto
Más detallesANTEPROYECTO DECRETO NÚMERO Referencia: SO Período: Acuerdo: 1641
ANTEPROYECTO DECRETO NÚMERO Referencia: SO-011116 Período: 2015-2018 Acuerdo: 1641 El Concejo Municipal de Santa Tecla, CONSIDERANDO: I. Que según La Constitución de la Republica de El Salvador en el Art.
Más detallesLA VIVIENDA ACCESIBLE
3 LA VIVIENDA ACCESIBLE 3.1 Concepto Vivienda Accesible. 3.2 Viviendas: Convertibles. Practicables. Adaptadas. Guía del consumidor con discapacidad en Extremadura 3.1 VIVIENDA ACCESIBLE Según establece
Más detallesOrdenanza 7: Industrial La Postura.
Artículo. 8.12 Ordenanza 7: Industrial La Postura. 8.12.1. Ámbito de aplicación El ámbito de esta ordenanza es el grafiado como tal en las correspondientes hojas del Plano de Ordenación. Coincide con el
Más detallesCURSO/GUÍA PRÁCTICA ESTUDIOS DE DETALLE Y PROYECTOS DE URBANIZACIÓN
SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. CURSO/GUÍA PRÁCTICA ESTUDIOS DE DETALLE Y PROYECTOS DE URBANIZACIÓN PARTE PRIMERA. Estudio de detalle. Capítulo 1.
Más detallesEstatuto Básico del Empleado Público
Estatuto Básico del Empleado Público Tabla de equivalencias Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
Más detallesAGENTES PROPIEDAD INDUSTRIAL
AGENTES PROPIEDAD INDUSTRIAL MODIFICACIONES LEGISLATIVAS LEY 11/1986, DE 20 DE MARZO, DE PATENTES Art. 96: Redacción que con efectos del 01/01/2011 y vigencia indefinida, modifica el Anexo de tarifas de
Más detallesCALCULADORA DE TASAS POR ACTUACIONES Y SERVICIOS EN
CALCULADORA DE TASAS POR ACTUACIONES Y SERVICIOS EN MATERIA DE VIVIENDA PROTEGIDA Instrucciones de utilización Modo de empleo de la Calculadora Los colores le ayudan a interpretar la Calculadora Qué cálculos
Más detallesEstatuto Básico del Empleado Público
Estatuto Básico del Empleado Público Tabla de equivalencias Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
Más detallesB.- ANEXOS DE MEMORIA. RST ARQUITECTURA S.L.P. B av. de Portugal 27/29 3º_ Logroño La Rioja
B.- ANEXOS DE MEMORIA ANEXO 01.- SI. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias
Más detallesANEXO I. FICHAS DE ZONAS SECUNDARIAS
TOMO III ANEXO I. FICHAS DE ZONAS SECUNDARIAS ZONA ACA-1 Ampliación de casco Arrabal 1.- ZONA DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA NOMBRE DE ZONA ZONA PRIMARIA ZONA SECUNDARIA AMPLIACIÓN DE CASCO - ARRABAL ZPEC
Más detallesACUERDOS DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
ACUERDOS DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 229.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento
Más detallesORDENANZA PARA LA GESTION LOCAL DE LA ENERGIA DE SEVILLA.
SERVICIO DE LICENCIAS URBANISTICAS. SECCION TECNICA. Ref.: IE ORDENANZA PARA LA GESTION LOCAL DE LA ENERGIA DE SEVILLA. 1. INTRODUCCION. La Ordenanza para la Gestión Local de la Energía de Sevilla fue
Más detallesAsí que se ha de contar con los porches, y la escalera que va desde el parking a la casa (así salen los 195 m 2 que nos imputan)
EXPLICACION CALCULO IBI FASE III SUPERFICIE STRUIDA: De aquí sale todo el cálculo del valor del suelo y de la construcción, ya que el valor del suelo se da en función de la superficie construida y no de
Más detallesAumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME
-OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: LICENCIAS/TAXIS Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. F ************
Más detallesESTUDIO DE DETALLE para ordenación de volúmenes en Parcela E-F de la U.E. CORR en Ciudad Real 2007
ESTUDIO DE DETALLE para ordenación de volúmenes en Parcela E-F de la U.E. CORR en Ciudad Real 2007 Arquitecto Gaspar Sánchez Moro Estudio de Arquitectura, S.L. Propiedad UTE Aldesa, S.A. y Aldesa Home,
Más detallesLEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
LEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LA INTERVENCIÓN JUDICIAL EN LOS CASOS DE DESACUERDO CONYUGAL Y EN LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES
Más detalles1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio de limpieza en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Prioro.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DEL AYUNTAMIENTO. 1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio
Más detallesIII. Otras Resoluciones
85 III. Otras Resoluciones Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda 6 Secretaría General Técnica.- Resolución de 21 de diciembre de 2015, por la que se ordena la publicación de la adenda séptima
Más detallesORDENANZA REGULADORA PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA EN VIVIENDA
ORDENANZA REGULADORA PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA EN VIVIENDA EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS Debido a la gran demanda de vivienda en el municipio de Ermua, se redacta una ordenanza reguladora
Más detallesÍndice de cuadros. 1.6 Edificación de nueva planta. Superficie de los edificios no residenciales a construir según destino
Índice de cuadros 1. Estadística de construcción de edificios Información regional 1.1 Licencias concedidas según tipo de obra 2006 2013. Asturias 1.2 Edificación de nueva planta. Características de las
Más detallesREVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Discapacidad ESPAÑA * REAL DECRETO 4/1999, de 8 de enero, por el que se modifica el artículo 7 del REAL DECRETO 1451/1983, de 11 de mayo, por el que, en cumplimiento de lo previsto en la LEY 13/1982, de
Más detalles(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General) (B.O.E. de 2
Más detallesDirección General de Recursos Humanos
Dirección General de Recursos Humanos BASES ESPECÍFICAS PARA PROVEER UNA 1 PLAZA DE ENCARGADO DE ALMACÉN PARA EL CENTRO MUNICIPAL DE INICIATIVAS PARA LA FORMACIÓN Y EL EMPLEO, PROMOCIÓN INTERNA HORIZONTAL,
Más detalles2is VIVIENDA UNIFAMILAR
1 En la presente 2is analizamos las singularidades de la aplicación de la normativa estatal a una vivienda unifamiliar, aislada o entre medianeras, referentes a las condiciones de seguridad y accesibilidad.
Más detallesAYUNTAMIENTO DE ALBAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 12 DEL PLAN GENERAL DE ALBAL JULIO DE 2013 MEMORIA INFORMATIVA
URBANISME I MEDI AMBIENT AYUNTAMIENTO DE ALBAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 12 DEL PLAN GENERAL DE ALBAL JULIO DE 2013 INDICE PARTE SIN EFICACIA NORMATIVA 1. Antecedentes 2. Legislación aplicable 3. Alcance
Más detallesMODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS
MODELO DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE GASTOS SUNTUARIOS ARTÍCULO 1. Normativa Aplicable Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142
Más detallesExposición de Motivos
ORDENANZA REGULADORA Nº 29 DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE (art. 52.5 L.O.U.A.) Exposición de Motivos La Ley de Ordenación Urbanística
Más detallesSobre licencia de segregación o certificación de innecesariedad en finca rústica donde se construyeron edificaciones clandestinamente INFORME
-OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: LICENCIAS Sobre licencia de segregación o certificación de innecesariedad en finca rústica donde se construyeron
Más detallesMEMORIA EXPOSITIVA PROPIEDAD INTELECTUAL
MEMORIA EXPOSITIVA OBJETO DEL EXPEDIENTE Se trata de realizar un Proyecto Básico y de Ejecución, en el que se describan las actuaciones necesarias para la realización de la Casa Consistorial de Yunquera
Más detalles3. Otras disposiciones
22 de marzo 2013 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 57 página 47 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente Resolución de 18 de marzo de 2013, de la Delegación
Más detallesBORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 8 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN
BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 8 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Española en su artículo
Más detallesCURSO DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y APLICACIÓN DEL PROGRAMA IEE.CV, INFORME DE EVALUACION DE EDIFICIOS EN LA COMUNIDAD VALENCIANA.
DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y APLICACIÓN DEL DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y APLICACIÓN DEL PROGRAMA IEE.CV, INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS EN LA COMUNIDAD VALENCIANA IEE.CV
Más detallesNorma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana.
Real Decreto 1054/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada Sumario: Artículo único. Aprobación de la
Más detallesEXTRACTO DE ACUERDOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL SESION ORDINARIA DEL DIA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016
EXTRACTO DE ACUERDOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL SESION ORDINARIA DEL DIA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016 SE ACUERDA: 1º.- Aprobar el acta de la sesión anterior, celebrada el 23 de septiembre de 2016.- CONCEJALÍA
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221 Jueves 13 de septiembre de 2012 Sec. V-A. Pág. 41865 V. Anuncios A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones OTROS PODERES ADJUDICADORES 30593 Edicto de la Notaría de Don Francisco Javier
Más detallesORDENANZAS DE EDIFICACION
PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA GUARDAMAR DEL SEGURA ORDENANZAS DE EDIFICACION ÍNDICE TÍTULO PRIMERO. GENERALIDADES CAPÍTULO PRIMERO. OBJETO Y ALCANCE Artículo 1....Objeto Artículo 2....Alcance CAPÍTULO
Más detallesCuadro de enfermedades profesionales
Página 1 de 7 English Français Português mapa del web contactar buscador del ministerio ir Novedades y Presentación Documentación Normativa Organizaciones actualidad INSHT Inicio Estudios e Homologación
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA Primera.- Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto el fomento de la natación como
Más detallesLOTE 1. INTRODUCTORES PARA ELECTRODOS.
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN GERENCIA DE ADJUDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PUBLICIDAD Y TRAMITACION ORDINARIA POR LA QUE SE ADJUDICA EL SUMINISTRO DE PROTESIS DE CARDIOLOGÍA (MARCAPASOS, ELECTRODOS
Más detallesOrdenanza nº 28 Ordenanza reguladora para la implantación de viviendas en locales comerciales en planta baja y entreplantas de edificios de viviendas
BOLETÍN Nº 100-25 de mayo de 2016 Ordenanza nº 28 Ordenanza reguladora para la implantación de viviendas en locales comerciales en planta baja y entreplantas de edificios de viviendas El Pleno del Ayuntamiento
Más detallesPRECIOS MÁXIMOS DE VENTA
ORDEN por la que se adecuan los PRECIOS MÁXIMOS DE VENTA Y ARRENDAMIENTO DE LAS VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PÚBLICA (Actualizado a Abril/2008) ÍNDICE ORDEN 116/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Vivienda,
Más detallesINSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
(Disposición Vigente) Resolución de 11 abril 2006 RCL 2006\814 INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN TRABAJO
Más detallesTÍTULO II: RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO...32
NORMATIVA...22 TÍTULO I: ÁMBITO, VIGENCIA, INNOVACIÓN, CONTENIDO Y VALOR DE LOS DOCUMENTOS....22 Artículo 1.1 Naturaleza y Ámbito Territorial...22 Artículo 1.2 Vigencia del documento...23 Artículo 1.3
Más detallesASUNTO: SERVICIOS/ SERVIDUMBRE ELÉCTRICA
-OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: SERVICIOS/ SERVIDUMBRE ELÉCTRICA Cableado eléctrico exterior en fachada que causa daños en esta. Posibilidad
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
DISPOSICIONES GENERALES DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES 2386 DECRETO 80/2014, de 20 de mayo, de modificación del Decreto por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad
Más detallesBOICAC Nº 20 BOE
ORDEN de 28 de diciembre de 1994, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas inmobiliarias.("ver orden de 11 de Mayo de 2001") BOICAC Nº 20 BOE 04.01.95
Más detallesBOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Page 1 of 5 Página 10155.- Núm. 152 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Lunes, 24 de noviembre de 2008 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN Y EMPLEO Orden 28/2008 de 17 de noviembre de 2008 de la Consejería de
Más detallesAPARTAMENTOS RÍO ULLA
APARTAMENTOS RÍO ULLA Dirección: Bamio Campanario, 67 36618 Villagarcía de Arousa (Pontevedra) Teléfono: 986505430 Web: www.campingrioulla.com Fachada de los apartamentos Información General Se encuentra
Más detallesServicio de Información
BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades
Más detallesEn las poblaciones que dispongan de más de un contenedor, se establecerán los puntos concretos de recogida.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA RECOGIDA, TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO TEMPORAL Y ELIMINACIÓN DE PILAS USADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Más detallesCONSEJERÍA DE EMPLEO CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA
Página núm. 78 BOJA núm. 209 Sevilla, 25 de octubre 2011 Urbanización, o bien en un nuevo Proyecto de mejoras. Las medidas que no puedan presupuestarse deberán incluirse en los pliegos de prescripciones
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL GARAJE APARCAMIENTO. La presente ordenanza comprende la regulación del uso de garaje aparcamiento.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL GARAJE APARCAMIENTO OBJETO.- La presente ordenanza comprende la regulación del uso de garaje aparcamiento. Su objetivo fundamental es llenar el vacío existente por la
Más detallesCOLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CANARIAS Demarcación de La Palma Normativa de obligado cumplimiento
NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN PROYECTOS Y EN EJECUCIÓN DE OBRAS ÍNDICE 1 GENERALES 1.1 CONSTRUCCIÓN 1.2 URBANISMO 2 BARRERAS ARQUITECTÓNICAS 3 CIMENTACIONES 4 ESTRUCTURAS 4.1 ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN
Más detallesCIRCULAR FIS 08/16 IMPUESTO SOBRE ESTANCIAS TURISTICAS EN LAS ISLAS BALEARES LA LLAMADA ECOTASA
EDIFICIO SANT ANTONI Vía Sindicato 67, 3ºª 07002 Palma de Mallorca T. 97 24 66 F. 97 425 490 www.fis3.es CIRCULAR FIS 08/6 IMPUESTO SOBRE ESTANCIAS TURISTICAS EN LAS ISLAS BALEARES LA LLAMADA ECOTASA Palma,
Más detalles24 VIVIENDAS PROTEGIDAS EN VENTA EN Venta Del Rayo LOJA FASE III Y IV RESIDENCIAL ALCANTAR
1 Residencial Alcantar - Venta del Rayo 24 VIVIENDAS PROTEGIDAS EN VENTA EN Venta Del Rayo LOJA FASE III Y IV RESIDENCIAL ALCANTAR La presente documentación tiene por objeto informar a las personas interesadas
Más detallesDICTAMEN 104/2011. (Pleno)
DICTAMEN 104/2011 (Pleno) La Laguna, a 15 de febrero de 2011. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Canarias en relación con la Proposición de Ley por la que se propone la
Más detallesCapítulo 2.º. De las disposiciones comunes a los tipos de ordenación. Sección 1.ª
Capítulo 2.º De las disposiciones comunes a los tipos de ordenación Sección 1.ª Normas aplicables a todos los tipos de ordenación de la edificación. Art. 223. Significado de los conceptos utilizados. 1.
Más detallesConsejería de Educación 872 ORDEN 513/2008, de 7 de febrero, de la Consejera de
B.O.C.M. Núm. 50 JUEVES 8 DE FEBRERO DE 008 Pág. 5 Consejería de Educación 87 ORDEN 5/008, de 7 de febrero, de la Consejera de Educación, por la que se modifica la Orden 497/006, de 4 de septiembre, por
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL QUE EMITE LA INSTRUCTORA RELATIVO A LA CONVOCATORIA DE LA SUBVENCIÓN A FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO EN EL ÁMBITO DE LA FORMACIÓN Y EMPLEO, DIRIGIDAS A LA REALIZACIÓN
Más detalles