1 CASTILiA-LA MANCHA.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "1 CASTILiA-LA MANCHA."

Transcripción

1 Conaejería de Educación, Cultura y Depwtes Warwnsejerla de Educanón, Un~versidades e Invest~gacrón Bulevar Rlo Alberche sin JS071T0LED0 INSTRUCCIONES DE LA VICECONSEJER~A DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN DEL FINAL DEL CURSO E INICIO DEL CURSO DE LOS CENTROS DOCENTES QUE IMPARTEN EDUCACIÓN SECUNDARIA, EDUCAClÓN DE PERSONAS ADULTAS Y ENSENANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE 1 CASTILiA-LA MANCHA. La organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria, escuelas oficiales de idiomas, conservaiorios de música y danza y escuelas de arte, viene regulada por las respectivas Órdenes de 02/07/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Con objeto de proporcionar información actualizada, así como facilitar las actividades más relevantes que los centros educativos deben llevar a cabo de cara a la finalización del curso e inicio det curso y, en virtud de las competencias otorgadas en el artículo 5 del Decreto , de 14 de julio. por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educacibn, Cultura y Deportes, esta Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación dicta las siguientes INSTRUCCIONES: PRIMERA.- DE CARÁCTER GENERAL Finalización de las clases. Se asegurará por parte de los centros educativos la realización de actividades lectivas con los alumnos hasta el día de finalización de las clases establecido en el calendario escolar para cada una de las enseñanzas: Las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, el segundo curso de los Ciclos Formativos de Grado Medio y el segundo curso de los ciclos Formativos de Grado Superior, finalizarán el día 28/06/2017, excepto para el segundo curso de Bachillerato, cuya finalización estará en función de la realización de la EvAU (Evaluación de Acceso a la Universidad) Las enseñanzas de Música y Danza de los Conservatorios y las enseñanzas de Idiomas de las Escuelas Oficiales finalizarán el 13/06/2017. Las enseñanzas artísticas superiores finalizarán el 22/06/2017. Las enseñanzas de Educación de Personas Adultas finalizarán el En caso de realizar sesiones de evaluación antes de dichas fechas, las sesiones de evaluación habrán de celebrarse fuera del horario lectivo Finalización de las tareas en los centros. Los centros docentes permanecerán abiertos durante el mes de julio, con el personal directivo y de administración y servicios suficiente, para garantizar los procesos de matriculación, expedición de certificaciones, tramitación de becas y, en general, para prestar atención y dar información a los usuarios de la educación. Sin perjuicio de lo anterior, los directores comunicarán al Servicio de Inspección de educación la fecha del mes de julio en que dan por concluidas todas las tareas que se hayan de realizar en este período.

2 S Consejen'a de Educación, Culiura y Deportes Vrceconsejerla de Educaclbn, Unrversfdade.5 e Invest@acfón Bulevar Rie Alberche 91" ""'TOL"O Calendario escolar. Curso El período lectivo del curso escolar será el establecido en la correspondiente Resolución de la Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional, por la que se concreta el calendario escolar de las enseñanzas no universitarias para el curso académico 2017/2018 en la Comunidad Autónoma de. Las distintas enseñanzas se iniciarán el día que se establezca en el Calendario Escolar que se apruebe para el curso Horario del profesorado en el periodo en el que no hay clase con el alumnado en junio y septiembre. La permanencia diaria del profesorado en el centro durante el período en el que no hay clase con el alumnado, en los meses de junio y septiembre, no podrá ser inferior a cuatro horas Horario del profesorado funcionario interino a tiempo parcial. Los equipos directivos a la hora de confeccionar el horario del profesorado interino contratado a tiempo parcial reagruparán las horas lectivas y complementarias en un máximo de cuatro días, siempre y cuando las horas asignadas a la materia así lo permitan Regulaoión de las ausencias del profesorado. En base a lo establecido en las Instrucciones de 16 de marzo de 2016 de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, sobre los días de ausencia por enfermedad o accidente que no dan lugar a una situación de incapacidad temporal, el control de los mismos deberá realizarse mediante el sistema de Gestión Delphos, figurando en el parte mensual de faltas del profesorado el número de ausencias por este motivo acumuladas en el año natural. En cuanto a la coexistencia del permiso por asistencia médica regulado en el articulo ) de la Ley , de 10 de marzo, del Empleo Público de y los cuatro días de ausencia por enfermedad o accidente que no dan lugar a incapacidad temporal ("griposoc"), regulados en la Instrucción de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa de 16 de marzo de 2016, la existencia de los cuatro días por ausencia por enfermedad o accidente que no dan lugar a incapacidad temporal no implica la eliminación del permiso regulado en el artículo ) de la Ley 4/2011, en el sentido de que este permiso no queda subsumido en la regulaci6n de los cuatro días de ausencia por enfermedad o accidente que no dan lugar a incapacidad temporal. Es decir, además de los cuatro días ("griposos") cabe disfrutar del permiso por asistencia mádica cuando se dan las circunstancias para ello, de modo que cuando la cita médica esté planificada se tendrá derecho a permiso por asistencia médica (por el tiempo indispensable, que puede abarcar la totalidad de la jornada, y acreditando la imposibilidad de que la cita se lleve a cabo fuera de la jornada de trabajo). por su parte cuando se trate de indisposiciones o enfermedades imprevistas (no planificadas)

3 Consejerla de Educaclán, Cultura y Deportes Viceconsqerla de Eduoacidn, Universfda&s e Invesligacian Castilla.La Mancha Bulevar Rto Albsrcherln '507' TOLEDO hablaremos de días de ausencia por enfermedad o accidente que no dan lugar a incapacidad temporal ("griposos") Delphos - Papás 2.0. Los equipos directivos deberán actualizar en el Sistema de Gestión Delphos los datos del profesorado: nombre y apellidos, dirección, teléfono, correo electrónico, titulaciones,... etc. Por otra parte, también se deben grabar en el mencionado sistema de gestión las convocatorias de claustros, consejos escolares y comisiones de coordinación pedagógica. El artlculo 91 c) de la Ley Orgánica , de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica , de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa establece, dentro de las funciones del profesorado: "La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboracidn con las familias': En base a lo anterior, los centros educativos estarán obligados a hacer uso por parte del profesorado del Programa Papás 2.0 en sus comunicaciones con las familias Recopilación de normativa educativa. En el siguiente enlace (módulo de Inspección de Educación del Portal de Educación) se encuentran disposiciones normativas de ámbito estatal y autonómico que son referentes en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de : Cabe reseñar por la incidencia que su aplicación puede tener en el funcionamiento de los centros educativos, que el pasado 1 de octubre de 2016 entró en vigor la Ley , de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley , de 1 de octubre, de Régimen Juridico del Sector Público. Es especialmente relevante lo establecido en los artículos 15 al 18 de esta última respecto del funcionamiento de los órganos colegiados de las administraciones públicas. SEGUNDA.- EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA- BACHILLERATO Asistencia a las sesiones da evaluación extraordinaria. La asistencia a las sesiones de evaluación extraordinaria será obligatoria para todo el profesorado que imparta materia al grupo, incluyendo aquel profe& o cuyo alumnado hubiera superado la materia correspondiente en la evaluación ordinaria Inicio de curso. En caso de decidirse la incorporación escalonada del alumnado a los centros educativos, en función de su edad o de los distintos niveles, ésta se programará de modo que se garantice que todo el alumnado se incorpore en las fechas de inicio de las clases establecidas en el calendario escolar para cada una de las enseñanzas.

4 Consejería de Educación, Cultura y Deportes VICec0nsejer;a de Educendn, Universidades e Invesifgac16n Bul~sr Rlo Alberrhe al" TOLmo Horario del alumnado. El horario del alumnado se distribuirá, como mínimo, en seis horas diarias para completar las treinta horas semanales, y se organizará en periodos lectivos cuya duración no podrá ser inferior a cincuenta y cinco minutos Documentos Programáticos. Proyecto Educativo. Los centros remitirán junto a la Programación General Anual del curso una copia en formato digital del Proyecto educativo actualizado. Memorial Anual. Será remitida a ta correspondiente Dirección Provincial hasta el 10 de julio, acompañada de la diligencia de aprobaci6n del director y referencia a las actas en que ha sido informada al Claustro y Consejo Escolar. Dicha memoria podrá remitirse, acompañada de los anexos correspondientes. bien en formato papel o por correo electrónico. Como concreción a lo establecido en las ins2rucciones 16 y 17 del Anexo de la Orden de 02l07/2012, de organización y funcionamiento de los IES de la Comunidad Autónoma de, la Memoria Anual contendrá los siguientes apartados: 1. Objetivos programados. 2. Actuaciones desarrolladas para alcanzar los objetivos previstos y del funcionamiento de los servicios complementarios. 3. Aspectos organizativos generales. 4. Actividades extracurriculares y complementarias. 5. Rendimiento escolar del alumnado. 6. Ejecución del presupuesto. 7. Evaluación interna. 8. Informe sobre la gestión de la convivencia. 9. Informe de evaluación externa. 10. Propuestas a la Administración. 11. Propuestas de mejora. Programación General Anual. Será remitida a la correspondiente Dirección Provincial antes del 31 de octubre, acompañada de la diligencia de aprobacidn del director y referencia a las actas en que ha sido informada al Claustro y Consejo Escolar. La PGA podrá remitirse, acompañada de los anexos correspondientes, bien en formato papel o por correo electrónico. Las propuestas de mejora incluidas en los diferentes apartados de la Memoria de fin de curso 2016/17 constituirán el punto de partida para organizar y concretar el contenido de la PGA A partir de ellas, se determinarán las prioridades del centro para el curso escolar

5 h Castilla4.a Mancha Consejería de Educación, Cultura y Oepottes V~c,,csionss]eria de Eduoac~ón, Universidades e Invest1gac16n Bulevar R ~o Alberche un 4507'T0LED0 La PGA recogerá los apartados que se indican en la instrucción 12 del Anexo de la Orden de 02/07/2012, de organización y funcionamiento de los IES de la Comunidad Autónoma de Tutoría. El tutor o tutora será nombrado por el director, a propuesta de la jefatura de estudios, entre los profesores que imparten docencia al grupo, de acuerdo con los criterios establecidos en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento. Los tutores de la ESO y Bachillerato tendrán una hora complementaria para la asistencia a las reuniones con la jefatura de estudios y los responsables de orientación. Asimismo, tendrán otra hora complementaria para la atención a las familias. El horario de tutoría con las familias se pondrá en conocimiento de las mismas y se expondrá en el tablón de anuncios del centro. Se garantizará que cada familia sea convocada por el tutor al menos, a una entrevista individual durante el curso escolar Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento. Estos programas se encuentran regulados por la Orden 14/07/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Asimismo, se estará a lo dispuesto en las Instrucciones de la Inspección General de Educación de, de 17 de febrero de 2017, sobre el alumnado que ha cursado programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento y ha promocionado con ámbitos o materias pendientes a cuarto curso de la educación secundaria obligatoria Consejo Orientador. De acuerdo con lo establecido en el articulo 21 de la Orden 15/04/2016 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de, al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria el equipo docente elaborará, para cada alumno, un consejo orientador, en función de los acuerdos adoptados en las sesiones de evaluación ordinaria y extraordinaria de final de curso y según el procedimiento establecido con carácter general en caso de desacuerdo. A tal efecto los centros cumplimentarán el consejo orientador que se encuentra disponible en el sistema de gestión de centros Delphos Prueba extraordinaria. De acuerdo con lo establecido en las órdenes de , de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de, con el fin de facilitar a los alumnos la recuperación de las materias o ámbitos con evaluación negativa, las pruebas extraordinarias serán elaboradas teniendo en cuenta el programa de refuerzo propuesto al alumno al concluir la evaluación ordinaria.

6 Consejería de Educacibn, Cultura y Deportes Vrceconsejeria de Educandn, Universldades e Invesf~gaolón Castilla.La Mancha BulevarRi~Alberche ah 4S07' Materias pendientes en la ESO Para el alumnado que en se hubiera incorporado a un curso de Educación Secundaria Obligatoria del sistema educativo definido por la Ley Orgánica , de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, con materias no superadas del currículo anterior a su implantación, y continuara el próximo curso con dichas materias pendientes, se estará a lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden ECD/462/2016, de 31 de marzo, por la que se regula el procedimiento de incorporación del alumnado a un curso de Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato del sistema educativo definido por la Ley Orgánica , de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, con materias no superadas del currículo anterior a su implantación, dado que en el curso ya no será de aplicación lo establecido en su disposición transitoria única Materias troncales en bachillerato. La materia troncal no cursada que se oferta en algunas modalidades debe corresponder a las modalidades de Bachillerato autorizadas en el centro, y será considerada específica a todos los efectos. La materia troncal elegida como materia específica de itinerario, podrá ser cualquier materia troncal e incluso del itinerario diferente al escogido por el alumno, siempre y cuando sea de una modalidad de las autorizadas en el centro y la organización del centro lo permita Materias pendientes en Z0 Bachillerato. Para el alumnado que en se hubiera incorporado a un curso de Bachillerato del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 8t2013, de 9 de diciembre, para la Melora de la Calidad Educativa, con materias no superadas del curriculo anterior a su implantación, y continuara el próximo curso con dichas materias pendientes. se estará a lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden ECDl , de 31 de mano, por la que se regula el procedimiento de incorporación del alumnado a un curso de Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato del sistema educativo definido por la Ley Orgánica , de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, con materias no superadas del currículo anterior a su implantación, dado que en el curso ya no será de aplicación lo establecido en su disposición transitoria única. Las materias que los alumnos y alumnas 2" de Bachillerato tengan pendientes de lo podrán ser sustituidas por cualquier otra que imparta el centro dentro del mismo bloque de materias Convaíidaciones entre las enseñanzas profesionales de música y danza con la ESO y bachillerato. En virtud de lo establecido en el artículo 47 de la Ley Orgánica , de 3 de mayo, de Educación, relativo a la correspondencia de las enseñanzas artlsticas con otras enseñanzas, se publicó el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.

7 S Consejería de Educación, Cultura y LIeportes \/iwconsejeria de Educacidn, Universidades e Inved~gamón BuleuaiRio Alberck sin En el ámbito autonómico, esta normativa se complementa con la Orden de W , de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula el régimen de convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza en los centros educativos de. En tanto no se proceda por parte del Ministerio de Educacián, Cultura y Deportes a una posible adecuación normativa en materia de convalídacionec a los nuevos curriculos de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, la normativa citada mantiene su vigencia. Igualmente, sigue vigente el artículo 4, relativo a la exención de la materia de Educación Física en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato. No obstante, respetando el contenido de las normas y considerando que la convalidación se basa en la equivalencia entre materias y asignaturas, resulta factible su adecuación a los nuevos currículos, según queda recogido en los anexos de las Instrucciones de 19/11/2015 de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investiaación. oor la aue se aclaran as~ectos referidos a las calificaciones en ~ducaión secundaria obligatoria y Bach/llerato y a las convalidaciones entre las ensefianzas orofesionales de música v de danza y la educación secundaria obligatoria - y el Bachillerato Documentos oficiales de evaluación. En cuanto a los documentos oficiales de evaluación se estará a lo dispuesto en las respectivas Órdenes de 26/05/2017, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por las que se establecen los elementos y características de los documentos oficiales de evaluación de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato en la comunidad autónoma de. TERCERA.- EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS Curriculo. El curriculo para las Enseñanzas de Educación para Personas Adultas viene establecido mediante la Orden , de 12 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan en las Enseñanzas de Educación secundaria para personas adultas, conducentes a la obtención del titulo de Graduado y Graduada en Educacidn Secundaria Obligatoria. En relación con el nuevo currículo para estas enseñanzas se estará a lo dispuesto en la Resolución de 25 de mayo de 2017, de la Vicecansejeria de Educación, universidades e Investigación, por la que se dictan instrucciones relativas a su calendario de implantación. El tutor será nombrado por el director, a propuesta de la jefatura de estudios, entre los profesores que imparten docencia al grupo, de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de convivencia, organización y funcionamiento o, en su ausencia, según lo dispuesto en la normativa supletoria. Los tutores tendrán una hora complementaria para la asistencia a las reuniones de

8 ConseJería de Educación, Cultura y Deportas Viceconsejeria de Eduoicrdn, Un~versidades e InveS~mción Castilla-LaMancha BulevarRio Alberchcrh 4507'T0LE00 tutores con la jefatura de estudios y los responsables de orientación ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLASTICAS Y DISEÑO Y ENSEÑANZAS SUPERIORES DE DISEÑO Finalización del Proyecto integrado, Obra final y Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres. El proceso de evaluación ordinario del PI, OF y FFP deberá quedar concluido no más tarde del día de finalización de las clases previsto en el calendario escolar, esto es, el día , de conformidad con las Instrucciones de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación relativas a la gestión del módulo de Proyecto integrado, obra final y Fase de formacibn práctica en empresas, estudios o talleres en los ciclos formativos de artes plásticas y diseño que se imparten en las escuelas de arte den la Comunidad Autónoma de Planificación de las actividades de inicio de curso. El curso acadhico se iniciará el 1 de septiembre y finalizará el 31 de agosto del año siguiente. En los primeros dias de septiembre de 2017 se celebrarán las sesiones de evaluación extraordinarias y en su caco, las pruebas de acceso en periodo extraordinario. En los primeros días de septiembre, y en todo caso con antelación suficiente al inicio lectivo del curso, se celebrará el primer claustro al objeto de informar del número de grupos previstos, dictar las normas a desarrollar durante el mes de septiembre y la elaboración de horarios y cuantas actividades sea necesario dar a conocer por la dirección del centro para preparar todas las actuaciones precisas para garantizar el comienzo efectivo de las clases en la fecha prevista. Igualmente, antes de comenzar las actividades lectivas, los órganos de gobierno y de coordinación docente se dedicarán a labores de organización, coordinación y planificación didáctica, que se concretará en un plan de trabajo para dicho mes de septiembre que quedará a disposición de la Inspección de Educación Documentos Programáticos. Proyecto Educativo. Los centros remitirán junto a la Programación General Anual del curso una copia en formato digital de las modificaciones del Proyecto educativo actualizado. Memorial Anual. Será remitida a la correspondiente Dirección Provincial hasta el 10 de julio, acompaíiada de la diligencia de aprobación del director y referencia a las actas en que ha sido informada al Claustro y Consejo Escolar. Dicha memoria podrá remitirse, acompañada de los anexos correspondientes, bien en formato papel o por correo electrónico.

9 Consejeria de Educación, Cultura y Oepa~tes Viccsconse~erle de Educación. Universidades e Inv@sbgacrón Bulerat Rio Albwche sin Como concreción a lo establecido en las instrucciones 16 y 17 del Anexo de la Orden de 02/07/2012, de organización y funcionamiento de las Escuelas de Arte en la Comunidad Autónoma de, la Memoria Anual contendrá los siguientes apartados: 1. Objetivos programados. 2. Actuaciones desarrolladas para alcanzar los objetivos previstos y del func~onamiento de los servicios com~lementarios. 3. Aspectos organizativos generales. 4. Actividades extracurriculares Y com~lementarias. 5. Rendimiento escolar del alumnado.' 6. Ejecución del presupuesto. 7. Evaluación interna. 8. Informe sobre la gestión de la convivencia. 9. Propuestas a la Administración. 10. Propuestas de mejora. Programación General Anual. Será remitida a la correspondiente Dirección Provincial antes del 31 de octubre, acompafiada de la diligencia de aprobación del director y referencia a las actas en que ha sido informada al Claustro y Consejo Escolar. La PGA podrá remitirse, acompafiada de los anexos correspondientes, bien en formato papel o por correo electrónico. Las propuestas de mejora incluidas en los diferentes apartados de la Memoria de fin de curso constituirán el punto de partida para organizar y concretar el contenido de la PGA. A partir de ellas, se determínarán las prioridades del centro para el curso escolar La PGA recogerá los apartados que se indican en la instrucción 12 del Anexo de la Orden de 02/07/ ENSENANZAS ELEMENTALES Y PROFESIONALES DE MÚSICA Y DANZA Documentos Programáticos. Proyecto Educaiivo. Los centros remitirán junto a la Programación General Anual del curso una copia en formato digital del Proyecto educativo actualizado. Memorial Anual. Será remitida a la correspondiente Dirección Provincial hasta el 10 de julio, acompafiada de la diligencia de aprobación del director y referencia a las actas en que ha sido mformada al Claustro y Consejo Escolar. Dicha memoria podrá remitirse, acompañada de los anexos correspondientes, bien en formato papel o por correo electrónico. Como concreción a lo establecido en las instrucciones 16 y 17 del Anexo de la Orden de 02/07/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los

10 Zk? a Conselería de Educacicín, Cultura y Depoties Vfceconsejeria de Educacidn Unrvers~dsldes e lnvestrgac~dn Bulevar Rla Alberche sin 45""0LED0 conservatorios de música y danza en la Comunidad Autónoma de, la Memoria Anual contendrá los siguientes apartados: 1. Objetivos programados. 2. Actuaciones desarrolladas para alcanzar los objetivos previstos y del funcionamiento de los servicios complementarios. 3. Aspectos organizativos generales. 4. Actividades extracurriculares y complementarias. 5. Rendimiento escolar del alumnado. 6. Ejecución del presupuesto. 7. Evaluación interna. 8. Informe sobre la gestión de la convivencia. 9. Propuestas a la Administración. 10. Propuestas de mejora. Programación General Anual. Será remitida a la correspondiente Dirección Provincial antes del 31 de octubre, acompañada de la diligencia de aprobación del director y referencia a las actas en que ha sido informada al Claustro y Consejo Escolar. La PGA podrá remitirse, acompañada de los anexos correspondientes, bien en formato papel o por correo electrónico. Las propuestas de mejora incluidas en los diferentes apartados de la Memoria de fin de curso 2016/17 constituirán el punto de partida para organizar y concretar el contenido de la PGA. A partir de ellas, se determinarán las prioridades del centro para el curso escolar La PGA recogerá los apartados que se indican en la instrucción 12 del Anexo de la Orden de 02/07/2012, de organización y funcionamiento de los IES de la Comunidad Autónoma de Castilta-La Mancha Planificación de las actividades de inicio de curso. El curso académico se iniciará el 1 de septiembre y finalizará el 31 de agosto del año siguiente. En los primeros días de septiembre de 2017 se celebrarán las pruebas y las sesiones de evaluación extraordinarias. En los primeros días de septiembre. y en todo caso con antelación suficiente al inicio lectivo del curso, se celebrará el primer claustro al objeto de dictar las normas a desarrollar durante el mes de septiembre y la elaboración de horarios y cuantas actividades sea necesario dar a conocer por la direccien del centro para preparar todas las actuaciones precisas para garantizar el comienzo efectivo de las clases en la fecha prevista. Igualmente, antes de comenzar las actividades lectivas, los órganos de gobierno y de coordinación docente se dedicarán a labores de organización, coordinación y planificación didáctica, que se concretará en un plan de trabajo para dicho mes de septiembre que quedará a disposición de la Inspección de Educación.

11 Horarios. Consejeria de Educación, Cultura y Deportes Viceconsejeria de Educación. Unrversidades e Investigacrón Bulevar Rio Alberche dn Horario general del centro: El horario lectivo del conservatorio será de lunes a viernes. Horario del alumnado: 1. La duración de las clases individuales y colectivas, con carácter general, se ajustará a la distribución del curriculo establecido, y se tendrán en cuenta las especificaciones de la insfrucción 63 de la Orden de 02/07/ La distribución de las asignaturas en el horario lectivo diario y semanal se realizará atendiendo a razones exclusivamente pedagógicas del alumnado. 3. Los horarios fijados en horario de mañana tendrán carácter excepcional y deberán estar justificados por razones pedagógicas. En todo, deberá quedar garantizada la compatibilidad de horarios para el alumnado que simultanee las enseñanzas profesionales de música con las de régimen general. Horario del profesorado: 1. Con carácter general, de las veintinueve horas semanales de permanencia en el centro, veintiuna tendrán la consideración de lectivas y el resto de complementarias. 2. Para garantizar una adecuada organización de los horarios, en su confecci6n se tendrán en cuenta los siguientes criterios: La presencia diaria mínima obligatoria del profesorado será de cuatro horas, de lunes a viernes. Excepcionalmente, y de manera particular, se podrán realizar horarios con una presencia mínima de cuatro días durante el curso debido a la participación del profesorado en actividades de formación y perfeccionamiento relacionadas directamente con su actividad docente desarrollada en el Conservatorio, pudiendo tener tal consideración la actividad artística. Dicha actividad deberá ser acreditada documentalmente ante la Dirección del centro con carácter previo a la confección del horario y deberá contar con el informe favorable de la Dirección, para su posterior supervisión por la Inspección de Educación. En todo caso, la autorización de horarios con presencia mínima de cuatro días está supeditada a razones pedagógicas del alumnado y organizativas del centro. La distribución ponderada del horario prevista en la instrucción 66 de la Orden de 02/07/2012, deberá estar justificada por la participación en las actividades artisticas formativas previstas en la instrucción 81 de la Orden de 02/07/2012. Dicha distribución deberá tener carácter transitorio y estará supeditada a razones pedagógicas del alumnado y organizativas del centro Formación por participación en actividades aríísficas El profesorado podrá disfrutar de la modalidad especial de formación consistente en la participación en actividades artísticas, según lo establecido en la instrucción 81 de la Orden de 02/07/2012.

12 Consejeria de Educación, Cultura y Deportes Vioewnsejeria de EdocaciOn. Univers~dades e lnvestigacfón Bulevar RIS Alberchs sin La solicitud de autorización deberá solicitarse por escrito al director del centro al menos con quince días de antelacibn, informándole del contenido y fecha de la actividad y del horario que propone de recuperación de clases, convenida previamente con el alumnado. A estos efectos, la solicitud deberá justificar que la actividad favoreoe el perfeccionamiento del profesorado y su formación. Igualmente, se deberá aportar la propuesta de recuperación de clases firmada por el alumnado, en caso de ser mayor de edad, o por los tutores legales del alumnado, en caso de ser menor de edad. Una vez celebrada la actividad. la Dersona solicitante deber6 iustifioar su wartici~ación con el correspondiente justificante expedido por la persóna responsable 'de la actividad, indicando actividad concreta desarrollada y tiempo efectivo de celebración. No se podrán autorizar aquellas actividades que impliquen una modificación horaria continuada con un evidente perjuicio para la organización horaria del alumnado y del centro Convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de música y danza con la ESO y bachillerato. Para las convalidaciones entre las enseñanzas citadas se estará a lo dispuesto en la instrucción Toledo, 7 de junio de 2017 LA VICECONSEJERA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACI~N.

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 115 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 16 ORDEN 2222/2017, de 20 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece

Más detalles

DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación ORDEN DE DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2013/2014 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS

Más detalles

CALENDARIO ESCOLAR CURSO 2016/2017 CALENDARIO

CALENDARIO ESCOLAR CURSO 2016/2017 CALENDARIO RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN DE CÁDIZ, POR LA QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO Y LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO ACADÉMICO 2016/2017 CALENDARIO ESCOLAR

Más detalles

DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación ORDEN 2459/2011 DE 16 DE JUNIO DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2011/2012 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS

Más detalles

d) La finalización del régimen ordinario de clase será el 23 de junio de 2017.

d) La finalización del régimen ordinario de clase será el 23 de junio de 2017. RESOLUCIÓN DE 30 DE MAYO DE 2016 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA

Más detalles

HORARIO SEMANAL DEL PROFESORADO INFANTIL Y PRIMARIA

HORARIO SEMANAL DEL PROFESORADO INFANTIL Y PRIMARIA HORARIO SEMANAL DEL PROFESORADO INFANTIL Y PRIMARIA 2016-2017 HORARIO COMPLETA MEDIA TERCIO DE JORNADA LECTIVAS 25 12 h 30 min 8 h 40 min INFANTIL Y PRIMARIA Obligada permanencia en el Centro COMPLEMENTARIAS

Más detalles

INSTRUCCIONES. Ref: 09/ /16. La autenticidad de este documento se puede comprobar en

INSTRUCCIONES. Ref: 09/ /16. La autenticidad de este documento se puede comprobar en Ref: 09/499249.9/16 INSTRUCCIONES DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA, JUVENTUD Y DEPORTE SOBRE DETERMINADAS DECISIONES QUE PUEDEN ADOPTAR LOS EQUIPOS DOCENTES EN LAS SESIONES DE EVALUACIÓN

Más detalles

El Curso Escolar 2010/2011 se iniciará, con carácter general, el día 1 de septiembre de 2010 y finalizará el día 30 de junio de 2011.

El Curso Escolar 2010/2011 se iniciará, con carácter general, el día 1 de septiembre de 2010 y finalizará el día 30 de junio de 2011. RESOLUCIÓN DE 31 DE MAYO DE 2010 DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE CÁDIZ, POR LA QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Y LAS INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 27842 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 10730 Resolución de 1 de julio de 2013, de modificación de la Resolución de 10 de mayo de 2013, por

Más detalles

Calendario escolar

Calendario escolar Calendario escolar 2014-2015 Septiembre 2014 Octubre 2014 Noviembre 2014 1 2 3 4 5 1 2 8 9 10 11 12 13 14 6 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 15 16 17 18 19 20 21 13 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 22

Más detalles

RESUELVO. 1. La dirección del centro y, en su caso, su titular, serán los responsables de cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en esta orden.

RESUELVO. 1. La dirección del centro y, en su caso, su titular, serán los responsables de cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en esta orden. Pág. 39476 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES ORDEN EDU/449/2015, de 25 de mayo, por la que se establece el calendario escolar para el curso académico 2015/2016 en los centros docentes

Más detalles

En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente, DISPONGO

En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente, DISPONGO ORDEN, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE REGULA LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS DOCENTES QUE IMPARTEN SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA COMUNIDAD

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 33711 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Universidades y Empleo 12586 Resolución de 9 de agosto de 2013, de modificación de la Resolución de 10 de mayo de 2013,

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE Proyecto de Real Decreto por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que

Más detalles

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO. Autonomía pedagógica de los centros

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO. Autonomía pedagógica de los centros II. RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO. Autonomía pedagógica de los centros 1. La autonomía pedagógica de los centros se concretará en el proyecto educativo, el proyecto curricular, las programaciones didácticas,

Más detalles

ESQUEMA DE LOS DOCUMENTOS ESTRATÉGICOS BÁSICOS

ESQUEMA DE LOS DOCUMENTOS ESTRATÉGICOS BÁSICOS Orden 15 de septiembre de 2.008, (DOCM de 25 de septiembre de 2008) de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los colegios

Más detalles

Calendario Escolar

Calendario Escolar Consejería de Educación y Empleo Calendario Escolar 2012-2013 AÑO 2012 AÑO 2013 SEPTIEMBRE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 OCTUBRE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Más detalles

PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES JOAQUÍN A. MORALES DÍAZ

PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES JOAQUÍN A. MORALES DÍAZ PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES JOAQUÍN A. MORALES DÍAZ PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES DE LA LOGSE A LA LOE PROYECTOS LOGSE LOE PLANTEAMIENTO PARALELO PLANTEAMIENTO INTEGRADOR PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES

Más detalles

Promoción y repetición en Bachillerato

Promoción y repetición en Bachillerato Promoción y repetición en Bachillerato La normativa de promoción en 1º de Bachillerato queda regulada por: El artículo 36.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, para la mejora de la calidad educativa.

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 110 Jueves, 9 de junio de 2016 Pág. 25426 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/483/2016, de 1 de junio, por la

Más detalles

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2017, de la Viceconsejera de Educación y del Viceconsejero de Formación Profesional, por la que se dictan normas complementarias que han de regular la elaboración del calendario

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA LOS CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN EN

INSTRUCCIONES PARA LOS CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN EN INSTRUCCIONES PARA LOS CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN EN RELACIÓN CON EL FINAL DEL CURSO 2014-2015 Con objeto de concretar algunas cuestiones

Más detalles

1. PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL

1. PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL INSTRUIONES DE LA DIREIÓN GENERAL DE ENTROS DOENTES POR LAS QUE SE DITAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL ALENDARIO ESOLAR PARA EL URSO ESOLAR 2007/2008 EN LAS ENSEÑANZAS DE EDUAIÓN INFANTIL, EDUAIÓN PRIMARIA,

Más detalles

Durante los meses de septiembre de 2016 y junio de 2017 las clases podrán impartirse únicamente por la mañana.

Durante los meses de septiembre de 2016 y junio de 2017 las clases podrán impartirse únicamente por la mañana. RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2016, de la Viceconsejera de Educación y del Viceconsejero de Formación Profesional, por la que se dictan normas complementarias que han de regular la elaboración del calendario

Más detalles

Consejería de Educación 872 ORDEN 513/2008, de 7 de febrero, de la Consejera de

Consejería de Educación 872 ORDEN 513/2008, de 7 de febrero, de la Consejera de B.O.C.M. Núm. 50 JUEVES 8 DE FEBRERO DE 008 Pág. 5 Consejería de Educación 87 ORDEN 5/008, de 7 de febrero, de la Consejera de Educación, por la que se modifica la Orden 497/006, de 4 de septiembre, por

Más detalles

DOCUMENTOS INSTITUCIONALES

DOCUMENTOS INSTITUCIONALES Las competencias de los directores y directoras tras la LOMCE DOCUMENTOS INSTITUCIONALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES SECRETARÍA GENERAL INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN 1 MODELOS DE GESTIÓN

Más detalles

3. Ot r a s disposiciones

3. Ot r a s disposiciones Página 12098 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 4588 Resolución de 6 de marzo de 2009 de la Dirección General de Ordenación Académica, por la que

Más detalles

C.E.I.P. V CENTENARIO. PLAN DE CENTRO. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ELABORACIÓN DE HORARIOS.

C.E.I.P. V CENTENARIO. PLAN DE CENTRO. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ELABORACIÓN DE HORARIOS. I. La organización del tiempo escolar y extraescolar se basará en los siguientes principios: El respeto a las características del alumnado (edad, necesidades educativas, ritmos de aprendizaje y otras.)

Más detalles

ANEXO I CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA DE CANARIAS 1. LA AUTONOMÍA DE LOS CENTROS Y PROCESOS DE MEJORA

ANEXO I CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA DE CANARIAS 1. LA AUTONOMÍA DE LOS CENTROS Y PROCESOS DE MEJORA Folio 1/8 ANEXO I CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA DE CANARIAS 1. LA AUTONOMÍA DE LOS CENTROS Y PROCESOS DE MEJORA 1.1. El Consejo Escolar de cada uno de los centros fijará los criterios

Más detalles

ORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL ( P.G.A ) CURSO ACADÉMICO 2005/2006

ORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL ( P.G.A ) CURSO ACADÉMICO 2005/2006 ORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL ( P.G.A ) CURSO ACADÉMICO 2005/2006 SERVICIO DE INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN DE ÁREA TERRITORIAL MADRID-NORTE CENTROS DE EDUCACIÓN

Más detalles

CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN. PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE PENDIENTES

CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN. PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE PENDIENTES PROMOCIÓN EN EDUCACIÓN SECUNDARIA De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje

Más detalles

La difusión pública de los contenidos mínimos que se van a exigir y de los criterios de evaluación y promoción que se van a aplicar.

La difusión pública de los contenidos mínimos que se van a exigir y de los criterios de evaluación y promoción que se van a aplicar. SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DIRECCIÓN DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS SOBRE LOS PROCESOS DE REVISIÓN Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES EN LAS ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA,

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 10620 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2011, de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación

Más detalles

Ref: 09/ /17. La autenticidad de este documento se puede comprobar en

Ref: 09/ /17. La autenticidad de este documento se puede comprobar en Ref: 09/135446.9/17 Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Secundaria NUEVAS INSTRUCCIONES SOBRE LA MATRÍCULA EN EL AÑO ACADÉMICO 2016-2017 DE ALUMNOS DE SEGUNDO CURSO DE BACHILLERATO PROCEDENTES

Más detalles

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Miércoles 30 de marzo de 2016

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Miércoles 30 de marzo de 2016 Inicio / BOR Boletines Nuevo Núm. 35 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Miércoles 30 de marzo de 2016 III.802 Resolución de 17 de marzo de 2016, de la Dirección General

Más detalles

PROYECTO A INFORMACIÓN PÚBLICA

PROYECTO A INFORMACIÓN PÚBLICA ORDEN ECD/***/2016, de ** de *********, por la que se modifica la Orden de 16 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de la Educación

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 128 Lunes, 6 de julio de 2015 Pág. 44214 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2015, de la Dirección

Más detalles

ORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL ( P.G.A ) CURSO ACADÉMICO 2004/2005

ORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL ( P.G.A ) CURSO ACADÉMICO 2004/2005 ORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL ( P.G.A ) CURSO ACADÉMICO 2004/2005 SERVICIO DE INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN CENTROS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA 1 PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL 1.

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 18164 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 1 de agosto de 2012 por la que se desarrollan determinados aspectos del Decreto 91/2008, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos de los centros

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 306 Lunes 21 de diciembre de 2009 Sec. II.B. Pág. 107666 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos MINISTERIO DE EDUCACIÓN 20550 Orden EDU/3429/2009, de 11 de diciembre, por la que se

Más detalles

GOBIERNO DE EXTREMADURA

GOBIERNO DE EXTREMADURA Consejería de Educación y Cultura Secretaría General de Educación GOBIERNO DE EXTREMADURA Delgado Valencia, 6 06800 MÉRIDA http://www.juntaex.es Teléfono: 924 00 67 07 Fax: 924 00 67 16 INSTRUCCIÓN Nº16

Más detalles

Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid

Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS PROFESIONALES, POR LAS QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN E IMPARTICIÓN DE CURSOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE COMPETENCIAS EN IDIOMAS

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 11537 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2010, de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación

Más detalles

3. Ot r a s disposiciones

3. Ot r a s disposiciones Página 44127 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 14214 Resolución de 30 de junio de 2010 de la Dirección General de Centros, por la que se dictan

Más detalles

Región de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO

Región de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO Región de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN DE 23 DE ABRIL DE 2012, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES ACERCA

Más detalles

Con objeto de facilitar a los centros docentes el desarrollo de este proceso, se dictan las siguientes INSTRUCCIONES

Con objeto de facilitar a los centros docentes el desarrollo de este proceso, se dictan las siguientes INSTRUCCIONES Resolución de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa por la que se dictan instrucciones relativas al consejo orientador que posibilita la incorporación de los alumnos a los ciclos de

Más detalles

Organización de Centros

Organización de Centros Normativa Organización de Centros Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria (BOE, 21-02-96). Orden de 29 de junio de 1994, sobre organización

Más detalles

CALENDARIO ESCOLAR Y HORARIO Curso

CALENDARIO ESCOLAR Y HORARIO Curso CALENDARIO ESCOLAR Y HORARIO Curso 2016-17 Inicio y finalización del curso El profesorado debe incorporase al centro el día 1 de septiembre a las 9 de la mañana, fecha de celebración del Claustro de inicio

Más detalles

Segundo. Organización curricular del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo. Organización curricular del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria. INSTRUCCIÓN 12/2016, DE 29 DE JUNIO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN EDUCATIVA, SOBRE LA CONFIGURACIÓN DE LA OFERTA EDUCATIVA PARA LA MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO EN LAS ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES ORDEN DE XXXXXXX DE XXXXXXXXX DE 2014, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 14 DE MAYO DE 2013, DE

Más detalles

DISPONGO. 2. Los profesores especialistas podrán impartir módulos completos o partes especializadas de los mismos.

DISPONGO. 2. Los profesores especialistas podrán impartir módulos completos o partes especializadas de los mismos. Decreto /2016, de... de..., por el que se regula la contratación de profesores especialistas para impartir las enseñanzas deportivas de régimen especial. El Estatuto de Autonomía para Cantabria establece

Más detalles

En consecuencia, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: I.- DISPOSICIONES GENERALES. Primero.- Marco normativo.

En consecuencia, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: I.- DISPOSICIONES GENERALES. Primero.- Marco normativo. ORDEN DE 18 DE MAYO DE 1998, POR LA QUE SE ESTABLECEN ORIENTACIONES Y CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS CURRICULARES, ASÍ COMO LA DISTRIBUCIÓN HORARIA Y LOS ITINERARIOS FORMATIVOS DE LOS TÍTULOS

Más detalles

INSTRUCCIONES. 3. Los alumnos del primer curso del Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento deberán cursar:

INSTRUCCIONES. 3. Los alumnos del primer curso del Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento deberán cursar: Ref: 09/665934.9/16 Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Instrucciones de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Secundaria, sobre diversos aspectos de los Programas

Más detalles

Ámbito de aplicación.

Ámbito de aplicación. RESOLUCIÓN DE 4 DE JULIO DE 2008, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y CENTROS DOCENTES Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, POR LA QUE SE DICTAN Y APRUEBAN INSTRUCCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Más detalles

CRITERIOS DE EVALUACIÓN COMUNES EN LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO

CRITERIOS DE EVALUACIÓN COMUNES EN LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO CRITERIOS DE EVALUACIÓN COMUNES EN LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO 1. CRITERIOS GENERALES DE LA EVALUACIÓN Según la orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación,

Más detalles

PLAN DE ACOGIDA DEL I.E.S. «J. Martínez Ruiz (AZORÍN)»

PLAN DE ACOGIDA DEL I.E.S. «J. Martínez Ruiz (AZORÍN)» PLAN DE ACOGIDA DEL I.E.S. «J. Martínez Ruiz (AZORÍN)» ORDEN DEL DÍA 1. Estructura interna del instituto. 2. Oferta educativa en nuestro centro. 3. Estructura y desarrollo de la E.S.O. en nuestro centro.

Más detalles

Normativa Educativa al día (1)

Normativa Educativa al día (1) Normativa Educativa al día (1) Francisco Diez García 26 de enero de 2016 OBJETIVO: Analizar las principales novedades de la LOMCE a nivel curricular, presentando las consecuencias de dichas novedades en

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación y Empleo 1 ORDEN 2774/2011, de 11 de julio, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se desarrollan los Decretos

Más detalles

IES SANTA TERESA DE JESÚS CURSO

IES SANTA TERESA DE JESÚS CURSO IES SANTA TERESA DE JESÚS CURSO 2015-2016 IES Santa Teresa de Jesús Curso 2014-2015 OPCIONES AL FINALIZAR LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Con el título de Graduado en ESO: Ciclos Formativos de Grado

Más detalles

Artículo 2. Oferta de materias del bloque de signaturas de libre configuración autonómica.

Artículo 2. Oferta de materias del bloque de signaturas de libre configuración autonómica. Borrador de Orden por la que se regula la oferta de materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica en tercer y cuarto curso de educación secundaria obligatoria, se establece su currículo

Más detalles

1 INFORMACIÓN DE LOS PROGRAMAS FORMATIVOS PROFESIONALES.

1 INFORMACIÓN DE LOS PROGRAMAS FORMATIVOS PROFESIONALES. Circular de 2 de octubre de 2015 del Director General de Calidad Educativa y Formación Profesional, por la que se informa para la coordinación de ciclos formativos de Formación Profesional Básica con Programas

Más detalles

Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería Página 1 de 9

Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería Página 1 de 9 Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado

Más detalles

Consejería de Educación, Cultura y Universidades. Instrucciones de inicio de curso

Consejería de Educación, Cultura y Universidades. Instrucciones de inicio de curso Instrucciones de inicio de curso 2015 2016 Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre. Orden ECD/65/2015, de

Más detalles

I. COMUNIDAD DE MADRID

I. COMUNIDAD DE MADRID Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 21 ORDEN 2682/2008, de 28 de mayo, por la que se regula para la Comunidad de Madrid la implantación y la carga lectiva semanal

Más detalles

CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS

CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS Jornada escolar y horario del centro: Las actividades escolares lectivas del Colegio de Educación Infantil y Primaria POLICARPO BÁEZ se desarrollarán de lunes

Más detalles

DISPONGO: Artículo 1. Objeto de la norma.

DISPONGO: Artículo 1. Objeto de la norma. 24 de marzo de 2011 Borrador de Real Decreto../2010 por el que se establecen las especialidades del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas de Música y de Danza. La

Más detalles

Calendario escolar

Calendario escolar SEPTIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 DICIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 MARZO 2017 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 JUNIO

Más detalles

Página Núm. 11 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Martes, 22 de enero de 2008

Página Núm. 11 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Martes, 22 de enero de 2008 Página 407.- Núm. 11 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Martes, 22 de enero de 2008 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden 1/2008, de 14 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, sobre

Más detalles

III OTRAS RESOLUCIONES

III OTRAS RESOLUCIONES 13915 III OTRAS RESOLUCIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2016/2017.

Más detalles

CAPÍTULO I Disposiciones generales

CAPÍTULO I Disposiciones generales REAL DECRETO 806/2006, DE 30 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LA NUEVA ORDENACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO, ESTABLECIDA POR LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3-5-2006, DE EDUCACIÓN.

Más detalles

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Orden de DD-06-2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establecen el horario y la distribución de las materias del bachillerato en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. El Decreto

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 22920 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2015, de la Secretaría General de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad, por la que se establece

Más detalles

1. COLEGIOS BILINGÜES

1. COLEGIOS BILINGÜES INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN, BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS EN COLEGIOS PÚBLICOS E INSTITUTOS BILINGÜES ESPAÑOL-INGLÉS DE LA COMUNIDAD DE

Más detalles

ANEXO II: INSTRUCCIONES SOBRE LOS PROCESOS DE REVISIÓN Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES

ANEXO II: INSTRUCCIONES SOBRE LOS PROCESOS DE REVISIÓN Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES ANEXO II: INSTRUCCIONES SOBRE LOS PROCESOS DE REVISIÓN Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES Cada curso escolar se presentan ante los Servicios Provinciales un importante número de reclamaciones contra calificaciones

Más detalles

BACHILLERATO. Qué título se obtiene? El título de Bachiller, una vez aprobadas todas las materias de los dos cursos que lo componen.

BACHILLERATO. Qué título se obtiene? El título de Bachiller, una vez aprobadas todas las materias de los dos cursos que lo componen. Qué es? Son unos estudios no obligatorios a los que pueden acceder los alumnos que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o del título de Técnico correspondiente a las enseñanzas

Más detalles

CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES 2015-2016 DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA (Aprobado en Junta de Facultad; sesión 19 de marzo de 2015) Al amparo de lo dispuesto en

Más detalles

RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2017, de la Secretaría General de Educación, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2017/2018.

RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2017, de la Secretaría General de Educación, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2017/2018. 20191 RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2017, de la Secretaría General de Educación, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2017/2018. (2017061296) El texto consolidado de la Ley Orgánica

Más detalles

13 de octubre de 2008

13 de octubre de 2008 13 de octubre de 2008 PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 2112/1998, DE 2 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CONCURSOS DE TRASLADOS DE ÁMBITO NACIONAL PARA LA PROVISIÓN DE

Más detalles

Programa para la Mejora del Éxito Educativo

Programa para la Mejora del Éxito Educativo Programa para la Mejora del Éxito Educativo ORDEN EDU/872/2014, de 10 de octubre, por la que se regula el Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL de 22 de

Más detalles

DOCUMENTOS ORGANIZATIVOS EN CENTROS DOCENTES

DOCUMENTOS ORGANIZATIVOS EN CENTROS DOCENTES DOCUMENTOS ORGANIZATIVOS EN CENTROS DOCENTES INTRODUCCION La entrada en vigor de la LOE, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; así como la LEA, Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Más detalles

RESUELVO. Primero. Objeto y finalidad.

RESUELVO. Primero. Objeto y finalidad. Resolución de 8 de enero de 2015, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, que establece el procedimiento de participación del profesorado de centros educativos sostenidos con fondos

Más detalles

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA 1/6 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA ORDEN ENS/237/2015, de 22 de julio, de aplicación de la correspondencia entre las enseñanzas profesionales del sistema

Más detalles

PROYECTOS DE FORMACIÓN EN CENTROS

PROYECTOS DE FORMACIÓN EN CENTROS PROYECTOS DE FORMACIÓN EN CENTROS CONVOCATORIA 2009/2010 1 CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE FORMACIÓN EN CENTROS INTRODUCCIÓN El artículo 102.1 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación establece

Más detalles

NORMATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

NORMATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA NORMATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (Aprobada en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 22 de septiembre de 2008) Los mecanismos y condiciones

Más detalles

INSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2012

INSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2012 INSTRUCCIONES CONVOCATORIA PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2012 Requisitos. - Tener como mínimo 17 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realiza

Más detalles

I. COMUNIDAD DE MADRID

I. COMUNIDAD DE MADRID Pág. 6 VIERNES 28 DE AGOSTO DE 09 B.O.C.M. Núm. 4 I. COMUNIDAD DE MADRID 2935 C) Otras Disposiciones Consejería de Educación ORDEN 3694/09, de 28 de julio, por la que se establece para la Comunidad de

Más detalles

CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES

CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES 2012-2013 El calendario de actividades docentes es el marco temporal en el que se desarrolla la planificación del conjunto de las diversas actividades formativas, incluyendo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 29 Lunes 3 de febrero de 2014 Sec. I. Pág. 7330 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 1096 Real Decreto 983/2013, de 13 de diciembre, por el que se establecen cuatro certificados

Más detalles

ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA.

ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA. ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA. La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia compartida

Más detalles

ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD EN LA MODALIDAD DE TELEFORMACIÓN

ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD EN LA MODALIDAD DE TELEFORMACIÓN ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE -Normativa: Resolución de 26 de mayo de 2014, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la acreditación e inscripción de centros y entidades

Más detalles

PROGRAMACIÓN Y CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

PROGRAMACIÓN Y CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA PROGRAMACIÓN Y CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES 2016-2017 DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA (Aprobado en sesión de Comisión de Docencia de 11 de Mayo de 2016 y modificado

Más detalles

ESCOLARIZACIÓN

ESCOLARIZACIÓN BACHILLERATO PARA PERSONAS ADULTAS I.E.S VELÁZQUEZ (SEVILLA) ESCOLARIZACIÓN 2016-17 Solicitudes de admisión: Del 1 al 15 de junio de 2016 Matriculación para los alumnos admitidos: Del 1 al 10 de julio

Más detalles

Guía de estudios y Profesiones 2012

Guía de estudios y Profesiones 2012 Guía de estudios y Profesiones 2012 N 2. E.S.O. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (E.S.O.) El calendario de aplicación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación,

Más detalles

I.E.S. Itaba Proyecto Educativo

I.E.S. Itaba Proyecto Educativo Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente del centro y del horario de dedicación de las personas responsables de los mismos para la realización de sus funciones.

Más detalles

ANPE RIOJA DEFENSOR DEL PROFESOR C/ República de Argentina, 26, 1ºIzq

ANPE RIOJA DEFENSOR DEL PROFESOR C/ República de Argentina, 26, 1ºIzq Proyecto de REAL DECRETO.. /, de de, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñará sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria

Más detalles

Gestión Administrativa

Gestión Administrativa Ciclo Formativo al que afecta esta guía: Gestión Administrativa Curso 2014/2015 Página1 1. Organización de la Formación Profesional 3 2. Asistencia a clase. Pérdida del derecho a la evaluación continua

Más detalles

CEIP Alcalde Rafael Cedrés Plan de absentismo escolar PLAN DE ABSENTISMO Escolar CEIP Alcalde Rafael Cedrés

CEIP Alcalde Rafael Cedrés Plan de absentismo escolar PLAN DE ABSENTISMO Escolar CEIP Alcalde Rafael Cedrés PLAN DE ABSENTISMO Escolar CEIP Alcalde Rafael Cedrés Tías-Lanzarote OBJETIVOS DEL PLAN El presente plan de absentismo escolar del CEIP Alcalde Rafael Cedrés propone como objetivos principales: 1. Reducir

Más detalles

BACHILLERATO DE ARTES DISTRIBUCIÓN DE MATERIAS PRIMER CURSO

BACHILLERATO DE ARTES DISTRIBUCIÓN DE MATERIAS PRIMER CURSO BACHILLERATO DE ARTES DISTRIBUCIÓN DE MATERIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN BLOQUES DE ASIGNATURAS GENERALES (1) DE OPCIÓN (2) PRIMER CURSO OFERTA MATERIAS SESIONES LECTIVAS EL ELEGIR DOS Filosofía 3 Primera

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 51 Sábado 28 de febrero de 2009 Sec. I. Pág. 20522 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE 3424 Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen

Más detalles