ELABORACIÓN N DEL MANUAL DE EMERGENCIAS
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- Héctor Ramírez Salas
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1 compromiso con el conocimiento ELABORACIÓN N DEL MANUAL DE EMERGENCIAS Organiza:
2 COORDINACION ACTIVIDADES EMPRESARIALES PLAN EMERGENCIAS
3 DEFINICIONES EMERGENCIA CUALQUIER SITUACIÓN NO DESEADA E IMPREVISTA QUE PUEDE PONER EN PELIGRO LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS Y DE LAS DEPENDENCIAS, EXIGIENDO UNA ACTUACIÓN Y/O EVACUACIÓN RÁPIDA DE LAS MISMAS.
4 DEFINICIONES PLAN DE AUTOPROTECCIÓN ES EL DOCUMENTO QUE ESTABLECE EL MARCO ORGÁNICO Y FUNCIONAL PREVISTO PARA UN CENTRO, ESTABLECIMIENTO, INSTALACIÓN O DEPENDENCIA, CON EL OBJETO DE PREVENIR Y CONTROLAR LOS RIESGOS SOBRE LAS PERSONAS Y LOS BIENES Y DAR RESPUESTA A LAS POSIBLES SITUACIONES DE EMERGENCIA.
5 INDICE Legislación Básica en materia de Planes de Autoprotección Real Decreto 393/2007 Actualización de Planes de Autoprotección- Contenido mínimo
6 LEGISLACIÓN BÁSICA
7 LEGISLACIÓN BÁSICA El Plan de Autoprotección pretende constituir un guión simplificado aplicable a cualquier actividad, que sirva de instrumento para lograr los objetivos principales de: PREVER. PREVENIR. PROTEGER FRENTE A LOS RIESGOS. Para su elaboración LEGISLACIÓN GENERAL SECTORES ESPECÍFICOS
8 LEGISLACIÓN GENERAL La implantación de Planes de Emergencia, Manuales de Autoprotección, constituye una obligación legal, de acuerdo con la Ley 31/1995 de Riesgos Laborales, que en su artículo 20 dice: El Empresario, teniendo en cuenta el tamaño y actividad de la Empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia, adoptando las medidas necesarias en materia de: Primeros auxilios. Lucha contra incendios y evacuación de trabajadores. Designación de trabajadores. Formación del personal designado. Medios de extinción. Comprobación periódica del correcto funcionamiento. Organizar las relaciones externas.
9 LEGISLACIÓN GENERAL Orden de 29 de noviembre de 1984, por la que se aprueba el Manual de Autoprotección para el desarrollo del Plan de Emergencia contra incendios y de evacuación de locales y edificios. Guía para el desarrollo del Plan de Emergencia contra incendios y de evacuación de locales y edificios. Voluntario. Criterios orientadores para la elaboración del Plan de Emergencia contra incendios y de evacuación de locales. DEROGADA
10 LEGISLACIÓN ESPECÍFICA Sectores de actividad Espectáculos públicos y actividades recreativas. Establecimientos sanitarios. Centros escolares. Establecimientos para alojamiento turístico. Actividades industriales. Legislación local
11 LEGISLACIÓN ESPECÍFICA Sectores de actividad Espectáculos públicos y actividades recreativas Legislación local Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Real Decreto 769/1993, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento para la prevención de la violencia en los Espectáculos Deportivos. Establecimientos sanitarios. Centros escolares. Establecimientos para alojamiento turístico. Actividades industriales.
12 LEGISLACIÓN ESPECÍFICA Sectores de actividad Espectáculos públicos y actividades recreativas. Establecimientos sanitarios Legislación local Orden de 24 de octubre de 1979, sobre protección anti-incendios en Establecimientos Sanitarios. Centros escolares. Establecimientos para alojamiento turístico. Actividades industriales.
13 LEGISLACIÓN ESPECÍFICA Sectores de actividad Espectáculos públicos y actividades recreativas. Establecimientos sanitarios. Centros escolares. Legislación local Orden de 13 de noviembre de 1984 sobre evacuación de centros docentes de educación general básica, bachillerato y formación profesional. Establecimientos para alojamiento turístico. Actividades industriales.
14 LEGISLACIÓN ESPECÍFICA Sectores de actividad Espectáculos públicos y actividades recreativas. Establecimientos sanitarios. Centros escolares. Establecimientos para alojamiento turístico. Legislación local Orden de 25 de septiembre de 1979, sobre prevención de incendios en establecimientos turísticos. Actividades industriales.
15 LEGISLACIÓN ESPECÍFICA Sectores de actividad Espectáculos públicos y actividades recreativas. Establecimientos sanitarios. Centros escolares. Establecimientos para alojamiento turístico. Actividades industriales Legislación local Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
16 LEGISLACIÓN ESPECÍFICA Sectores de actividad Espectáculos públicos y actividades recreativas. Establecimientos sanitarios. Centros escolares. Establecimientos para alojamiento turístico. Actividades industriales. Legislación local Ordenanzas municipales. Ejemplo: la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Madrid de 28 de junio de 1993.
17 LEGISLACIÓN ESPECÍFICA EL R.D. 393/2007, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección (NBA), y sus posteriores modificaciones. Organizar recursos Materiales y Humanos. Documento con contenidos mínimos: PLAN DE AUTOPROTECCIÓN. Elaboración, implantación y mantenimiento. Legislación autonómica Decreto Autonómico Decreto 171/2010 sobre planes de autoprotección en la Comunidad Autónoma de Galicia.
18 R.D. 393/2007 R.D. 393/2007 NORMA BÁSICA DE AUTOPROTECCIÓN
19 R.D. 393/2007 La Norma Básica de Autoprotección : DEFINE Y DESARROLLA la autoprotección y ESTABLECE los mecanismos de control por parte de las Administraciones Públicas. Respeta la normativa sectorial específica: ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES, ACCIDENTES GRAVES, ETC. Establece la obligación de elaborar, implantar materialmente y mantener operativos los Planes de Autoprotección. Determina el contenido mínimo. Incide en la adopción de medidas preventivas y de control de los riesgos, y la integración de las actuaciones en los correspondientes Planes de Emergencia de Protección Civil.
20 R.D. 393/2007 Ámbito de aplicación: ANEXO I Actividades con reglamentación sectorial específica. Actividades sin reglamentación sectorial específica. Actividades industriales, de almacenamiento y de investigación Actividades e infraestructuras de transporte Actividades e infraestructuras energéticas Actividades de espectáculos públicos Administración Pública puede exigir la elaboración e implantación en actividades no incluidas en el Anexo I. Exentas. Instalaciones dependientes del Ministerio de Defensa, Instituciones Penitenciarias, de las Fuerzas y cuerpos de Seguridad, y Resguardo Aduanero, así como los órganos judiciales.
21 R.D. 393/2007 Elaboración de Planes de Autoprotección Elaboración, implantación y mantenimiento: TITULAR de la Actividad. Elaborado por técnico competente. En caso de actividades temporales en instalaciones con una autorización para actividad distinta: Elaborar con carácter previo al inicio de la nueva actividad, un Plan de Autoprotección complementario. Los establecimientos que deban disponer de un plan de autoprotección deberán integrar en el mismo, los planes de las distintas actividades que se encuentren físicamente en el mismo o desarrollar un plan de autoprotección integral único. Titulares en régimen de arrendamiento, concesión o contrata que se encuentren en instalaciones que deban disponer de plan de autoprotección, deberán elaborar, implantar e integrar sus planes con recursos propios. Deberá acompañar a los restantes documentos necesarios para el otorgamiento de la licencia.
22 R.D. 393/2007 Registro de los planes Los datos, de los Planes de Autoprotección, relevantes para la protección civil deberán ser inscritos en un registro administrativo. El titular de la actividad, será en encargado de remitir ese registro al órgano correspondiente. Actividades existentes Deberán Presentar el Plan de Autoprotección ante el órgano de la Administración Pública competente para la autorización de la actividad, en el plazo que por la misma se establezca.
23 R.D. 393/2007 Obligaciones de los titulares Elaborar el Plan de Autoprotección correspondiente a su actividad, de acuerdo con el contenido mínimo. Presentar el Plan de Autoprotección al órgano de la Administración Pública competente (otorga la licencia o permiso determinante para la explotación o inicio de la actividad). Desarrollar las actuaciones necesarias para su implantación y mantenimiento. Remitir al registro correspondiente los datos previstos en el Anexo IV de esta norma. Informar y formar al personal a su servicio en los contenidos del Plan de Autoprotección.
24 R.D. 393/2007 Obligaciones de los titulares Facilitar la información necesaria para posibilitar la integración del Plan en otros Planes de ámbito superior y en los planes de Protección Civil. Informar de cualquier modificación o cambio en la actividad o en las instalaciones. Colaborar con las autoridades competentes. Informar a Protección Civil de la realización de simulacros.
25 R.D. 393/2007 Criterios para la elaboración del Plan de Autoprotección (PA) Redactado y firmado por el técnico competente. Designación de una persona como responsable única de la gestión de las actuaciones encaminadas a la prevención y el control de riesgos. Establecer una estructura organizada y jerarquizada con funciones y responsabilidades. Designación del Director de la Emergencia: Responsable único, con autoridad y capacidad de gestión. Responsable de: Activar el Plan de acuerdo a lo establecido en el mismo. Notificar la emergencia a Protección Civil. Informar al personal. Adoptar las acciones inmediatas para reducir las consecuencias. El PA debe detallar los posibles accidentes o sucesos > EMERGENCIA.
26 ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECIÓN CONTENIDO MÍNIMO
27 INDICE PAGINADO CAPITULO 1: Identificación de los titulares, emplazamiento de la actividad y del Director de la Emergencia 1.- Emplazamiento de la actividad DENOMINACIÓN: DIRECCIÓN: BARRIO/POLIGO NO: LOCALIDAD: DISTRITO POSTAL: TELÉFONOS: DIRECCIÓN: CENTRALITA: FAX:
28 CAPITULO 1: Identificación de los titulares, emplazamiento de la actividad y del Director de la Emergencia 2.- Titulares de la actividad RAZON SOCIAL: REPRESENTANTE: DIRECCIÓN POSTAL: LOCALIDAD: DISTRITO POSTAL: TELÉFONOS: FAX:
29 CAPITULO 1: Identificación de los titulares, emplazamiento de la actividad y del Director de la Emergencia 3.- Director del Plan de Autoprotección/ Plan de actuación DIRECTOR PLAN AUTOPROTECCIÓN: DIRECCIÓN POSTAL: DIRECCIÓN PARTICULAR: LOCALIDAD: DISTRITO POSTAL: TELÉFONOS: FAX:
30 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Actividades ACTIVIDAD PRINCIPAL ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN EL CENTRO: ACTIVIDADES DISTINTAS DE LA ACTIVIDAD PRINCIPAL Talleres de mantenimiento, almacén residuos, lavanderias, salas climatización LOCALES DE RIESGO ESPECIAL: Salas calderas.
31 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Centro o establecimiento Tipo de establecimiento: edificio, oficinas, comunidad de vecinos, etc. Nº de edificios (si procede) EDIFICIO USO SUPERFICIE SITUACIÓN A M 2 B C D.. M 2 M 2 M 2 M 2
32 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Centro o establecimiento Nº plantas por edificio PLANTA USO SUPERFICIE S1 M 2 BJ 1º 2º 3º M 2 M 2 M 2 M 2
33 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Estructura TIPO Y PROTECCIÓN DE LA ESTRUCTURA EDIFICIO Nº TIPO ESTRUCTURA PROTECCIÓN MUROS PILARES VIGAS FORJADOS CUBIERTAS Describir cualquier otra información sobre la estructura que se considere útil H.A. Para hormigon armado E.M. Para entramados de madera F. Para estructuras de fábrica Mx. Para estructura mixta A. Para estructura metálica
34 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Distribución de las plantas Adjuntar plano
35 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Sectores de incendio ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES R.D 2267/2004 Máxima superficie construida admisible de cada sector de incendio Riesgo intrínseco del sector de incendio Bajo: Medio: Alto: Configuración del establecimiento Tipo A m 2 Tipo B m 2 Tipo C m 2 (1) (2) (3) (2) (3) (5) (3) (4) SIN LIMITE (2) (3) (3) (4) No admitido (3) (3) (4) No admitido 2.000
36 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Sectores de incendio OTROS ESTABLECIMIENTOS Código Técnico de Edificación Residencial- Vivienda Administrativo Hospitalario Comercial Residencial Público Docente Pública concurrencia Aparcamiento Residencial Vivienda Administrativo La superficie construida de todo sector de incendio debe exceder de m 2. Los elementos que separan viviendas entre sí, o a éstas de las zonas comunes del edificio deben ser al menos El 60. La superficie construida de todo sector de incendio no debe exceder de m 2.
37 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Superficies de cada planta o sector PLANTA ZONA ACTIVIDAD SUPERFICIE EN M 2 OCUPACIÓN Adjuntar plano: de cada sector-planta
38 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Vías de comunicación Tipo de vía de comunicación Plantas a las que accede Resistencia al fuego Uso exclusivo de bomberos (en caso de ascensores)
39 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla CALCULO DE LA OCUPACIÓN Oficinas (zona despachos): 1 persona cada 10 m 2 En vestíbulos generales y zonas generales de uso público en plantas de sótano, baja y entreplanta: 1 persona cada 2 m 2 Archivos, almacenes: 40 m 2 Zona Industrial: P= 1,10 p (siendo P la ocupación teórica y p el número de personas que constituyen la plantilla que ocupa el sector de incendio con p 100. Consideramos recintos y zonas de ocupación nula: salas de máquinas, instalaciones, locales de material de limpieza, aseos, etc.)
40 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Vías de evacuación Salidas y longitud de los recorridos de evacuación Plantas o recintos que disponen de una única salida de planta Plantas o recintos que disponen de más de una salida de planta Dimensionado de los medios de evacuación Puertas y pasos Pasillos y rampas Pasos entre filas de asientos fijos en salas para público (cines, teatros, etc.) Escaleras
41 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Usuarios Personal empleado Número, ocupación en cada zona, dedicación, turnos... Personal usuario Número, ocupación en cada zona, movilidad... Personal visitante
42 CAPITULO 2: Descripción detallada de la Actividad y del medio físico en el que se desarrolla Entorno Uso y características generales de las edificaciones colindantes Descripción de las calles o vías de acceso al establecimiento Accesibilidad de los vehículos pesados de los servicios públicos Accesos Son adecuados para la entrada de bomberos? Adjuntar plano de situación
43 CAPITULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos Elementos, instalaciones, procesos de producción Instalaciones propias del edificio Electricidad Fuente de suministro Potencia generada o contratada Generación propia Compañía kw/h Transformador Sí No Potencia transformador kva Ubicación de acometida Ubicación de cuadro general Ubicación de cuadros de zonas
44 CAPITULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos Elementos, instalaciones, procesos de producción Gas Tipos de gas Natural Butano Fuente de suministro Red Depósito Bombonas Uso Doméstico Industrial Tanque Aéreo Enterrado Capacidad m 3 Uso:
45 CAPITULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos Elementos, instalaciones, procesos de producción Aire Acondicionado Calefacción Número de caldera Tipo Combustible de encendido Combustible de trabajo Presión de trabajo kg/cm 3 Temperatura de trabajo ºc Caudal m 3 Ubicación
46 CAPITULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos Elementos, instalaciones, procesos de producción Comunicaciones Radio Buscapersonas Megafonía Teléfono interior Interfonos Timbre Sirena de alarma Adjuntar plano de instalaciones más importantes
47 CAPITULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad y externos Externos o del entorno: industrias, inundaciones, seísmos, vientos huracanados, nevadas, incendios forestales, etc. Internos: incendio, explosión, accidentes graves, derrames o fugas, intoxicación, inundación, etc. Evaluación del riesgo de incendio: Actividad Industrial o de Almacenamiento, se evaluará el nivel de riesgo de incendio en función del cálculo de la carga de fuego corregida y ponderada NBE-96, Código Técnico de Edificación
48 CÁLCULO CARGA DE FUEGO DE CADA SECTOR Establecimientos Industriales NIVEL DE RIESGO INTRÍNSECO Donde: Qs = Densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del sector o área de incendio, en MJ/m 2 o Mcal/m 2. Gi = Masa, en Kg, de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio (incluidos los materiales constructivos combustibles). qi = Poder calorífico, en MJ/kg o Mcal/kg, de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio.
49 CÁLCULO CARGA DE FUEGO DE CADA SECTOR Establecimientos Industriales NIVEL DE RIESGO INTRÍNSECO Donde: Ci = Coeficiente adimensional que pondera el grado de peligrosidad (por la combustibilidad) de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio. Ra = Coeficiente adimensional que corrige el grado de peligrosidad (por la activación) inherente a la actividad industrial que se desarrolla en el sector de incendio, producción, montaje, transformación, reparación, almacenamiento, etc. A = superficie construida del sector de incendio o superficie ocupada del área de incendio, en m 2.
50 CÁLCULO CARGA DE FUEGO DE CADA SECTOR Establecimientos Industriales VALORES DEL COEFICIENTE DE PELIGROSIDAD POR C i ALTA MEDIA BAJA - Líquidos clasificados como clase A en la ITC MIE-APQ1. - Líquidos clasificados como subclase B 1 en la ITC MIE-APQ1. - Sólidos capaces de iniciar su combustión a una temperatura inferior a 100 ºC. - Productos que pueden formar mezclas explosivos con el aire a temperatura ambiente. - Productos que pueden inicial combustión espontánea en el aire a temperatura ambiente. - Líquidos clasificados como subclase B 2 en la ITC MIE-APQ1. - Líquidos clasificados como clase C en la ITC MIE-APQ1. - Sólidos que comienzan su ignición a una temperatura comprendida entre 100 ºC y 200 ºC. - Sólidos que emiten gases inflamables. -Líquidos clasificados como clase D en la ITC MIE-APQ1. -Sólidos que comienzan su ignición a una temperatura superior a 200 ºC. C i = 1,60 C i = 1,30 C i = 1,00
51 CÁLCULO CARGA DE FUEGO DE CADA SECTOR Establecimientos Industriales PROCESOS DE PRODUCCIÓN, TRANSFORMACIÓN, REPARACIÓN Qs, Ci, Ra y A tienen la misma significación que el apartado anterior q si = densidad de carga de fuego de cada zona con proceso diferente según los distintos procesos que se realizan en el sector de incendio (i), en MJ/m 2 o Mcal/m 2. Si = superficie de cada zona con proceso diferente y densidad de carga de fuego, q si diferente, en m 2.
52 CÁLCULO CARGA DE FUEGO DE CADA SECTOR Establecimientos Industriales ALMACENAMIENTO Qs, Ci, Ra y A tienen la misma significación que el apartado anterior qvi = carga de fuego, aportada por cada m 3 de cada zona con diferente tipo de almacenamiento (i) existente en el sector de incendio, en MJ/m 3 o Mcal/m 3. hi = altura del almacenamiento de cada uno de los combustibles, (i), en m. si = superficie ocupada en planta por cada zona con diferente tipo de almacenamiento (i) existente en el sector de incendio en m 2.
53 CÁLCULO CARGA DE FUEGO DE CADA SECTOR Establecimientos Industriales Donde: Qe = densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del edificio industrial, en MJ/m 2 o Mcal/m 2. Q si = densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, de cada uno de los sectores o áreas de incendio, (i), que componen el edificio industrial, en MJ/m 2 o Mcal/m 2. Ai = superficie construida de cada uno de los sectores o áreas de incendio, (i), que componen el edificio industrial, en m 2.
54 CAPITULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos Evaluación del riesgo de incendio Nivel de riesgo intrínseco Densidad de carga de fuego ponderada y corregida Mcal/m 2 MJ/m 2 BAJO MEDIO ALTO 1 Qs 100 Qs < Qs < Qs < Qs < Qs < Qs < Qs < Qs < Qs < Qs < Qs < Qs < Qs < Qs < Qs
55 CAPITULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos Evaluación del riesgo de incendio - Uso del local o zona Uso previsto del edificio o establecimiento Riesgo bajo Riesgo medio Riesgo alto En cualquier edificio o establecimiento: -Talleres de mantenimiento, almacenes de elementos combustibles (p.e.: mobiliario, lenceria, limpieza, etc ), archivos de documentos, depósitos de libros, etc 100 < V 200 m < V 400 m 3 V > 400 m 3 - Almacén de residuos 5 < S 15 m 2 15 < S 30 m 2 S > 30 m 2 - Aparcamiento de vehículos de hasta 100 m 2 En todo caso - Cocinas según su potencia instalada P 20 < P 30 kw 30 < P 50 kw P > 50 kw - Lavanderias. Vestuarios personal. Camerinos 20 < S 100 m < S 200 m 2 S > 200 m 2 - Salas de calderas con potencia útil nominal P 70 < P 200 kw 200 < P 600 kw P > 600 kw - Salas de máquinas de instalaciones de climatización (UTAs, climatizadores y ventiladores) En todo caso -Salas de máquinas frigorífica: * Refrigerante amoniaco * Refrigerante halogenado P 400 kw En todo caso P > 400 kw - Almacén de combustible sólido para calefacción En todo caso - Local de contadores de electricidad En todo caso -Centro de transformación: *aparatos con aislamiento dieléctrico seco o líquido con punto de inflamación mayor que 300 ºC *aparatos con aislamiento dieléctrico con punto de inflamación que no exceda de 300 ºC y potencia instalada P: -Total - En cada transformador En todo caso P 2520 kva P 630 kva 2520 < P 4000 kva 630 < P 1000 kva P > 4000 kva P > 1000 kva - Sala de máquina de ascensores En todo caso
56 CAPITULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos Para qué la evaluación del riesgo de incendio?» Máxima superficie construida por sector de incendio» Estabilidad al fuego de elementos estructurales portantes» Longitud de evacuación máxima permitida» Altura máxima de las escaleras de evacuación» Hidrantes» Eficacia mínima de los extintores» Etc
57 CAPITULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos Ejemplo: Almacén de Placas de Yeso. S= m 2 Q s i t Gi q A I C i R a Mcal 2 / m Gi = Masa, en Kg 5 (palets) x 60 (placas por palet) x 10 (kg por m 2 de placa) = 3000 kg m 2 x 3000 kg= kg qi = Poder calorífico, en MJ/kg o Mcal/kg =0.11 Mcal/kg Ci = Coeficiente adimensional que pondera el grado de peligrosidad= 1 Ra = Coeficiente adimensional que corrige el grado de peligrosidad= 1 A = superficie construida del sector de incendio o superficie ocupada del área de incendio, en m 2 = m 2
58 CAPITULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos Ejemplo: Almacén de Placas de Yeso. S= m 2 Q s Gi q i t I i 2 Ra Mcal / m 330 Mcal/m 2 A C» NIVEL DE RIESGO: 4 (MEDIO)
59 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios materiales: Instalaciones de Protección Detección automática Uso previsto del edificio o establecimiento Condiciones Residencial Vivienda Si la altura de evacuación excede de 50 m. (7) Administrativo Si la superficie construida excede de m 2, detectores en zonas de riesgos alto conforme al capitulo 2 de la Sección 1 de este DB. Si excede de m2, en todo edificio. Residencial Público Si la superficie construida excede de 500m2. (9) Hospitalario Docente En todo caso. El sistema dispondrá de detectores y de pulsadores manuales y debe permitir la transmisión de alarmas locales, de alarma general, y de instrucciones verbales. Si el edificio dispone de más de 100 camas debe contar con comunicación telefónica directa con el servicio de bomberos. Si la superficie construida excede de 2.000m 2, detectores en zonas de riesgo alto conforme al capitulo 2 de la Sección 1 de este DB. Si excede de m, en todo el edificio.
60 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios materiales: Instalaciones de Protección Detección automática Uso previsto del edificio o establecimiento Condiciones Comercial Si la superficie construida excede de m 2. Pública concurrencia Si la superficie construida excede de m 2. (9) Aparcamiento (9) (10) En aparcamientos convencionales cuya superficie construida exceda de 500 m 2. Los aparcamientos robotizados dispondrán de pulsadores de alarma en todo caso. (7) El sistema dispondrá al menos de detectores y de dispositivos de alarma de incendio en las zonas comunes. (9) El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio. (10) La condición de disponer detectores automáticos térmicos puede sustituirse por una instalación automática no exigida.
61 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios materiales: Instalaciones de Protección Detección automática PRODUCCIÓN, MONTAJE, TRANSFORMACIÓN, REPARACIÓN TIPO EDIFICIO RIESGO INTRÍNSECO SUP. CONSTRUIDA (m 2) A - >300 B C Medio > Alto > Medio > Alto > ALMACENAMIENTO A - >150 B C Medio > Alto > 500 Medio > Alto > 1.000
62 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios materiales: Instalaciones de Protección Instalación de alarma Uso previsto del edificio o establecimiento Condiciones Residencial Vivienda Si la altura de evacuación excede de 50 m (7) Administrativo Si la superficie construida excede de m 2 Residencial Público Si la superficie construida excede de 500 m (9) Hospitalario En todo caso. El sistema dispondrá de detectores y de pulsadores manuales y debe permitir la transmisión de alarmas locales, de alarma general y de instrucciones verbales. Si el edificio dispone de mas de 100 camas debe contar con comunicación telefónica directa con el servicio de bomberos. Docente Si la superficie construida excede de m 2 Comercial Si la superficie construida excede de m 2 Pública concurrencia Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía. (7) El sistema dispondrá al menos de detectores y de dispositivos de alarma de incendio en las zonas comunes.
63 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios materiales: Instalaciones de Protección Instalación de alarma y pulsadores (distancia entre dos pulsadores: 25 m.) Uso previsto del edificio o establecimiento Condiciones Residencial Vivienda Si la altura de evacuación excede de 50 m (7) Administrativo Si la superficie construida excede de m 2 Residencial Público Si la superficie construida excede de 500 m (9) Hospitalario En todo caso. El sistema dispondrá de detectores y de pulsadores manuales y debe permitir la transmisión de alarmas locales, de alarma general y de instrucciones verbales. Si el edificio dispone de mas de 100 camas debe contar con comunicación telefónica directa con el servicio de bomberos. Docente Si la superficie construida excede de m 2. Comercial Si la superficie construida excede de m 2. Pública concurrencia Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía. (7) El sistema dispondrá al menos de detectores y de dispositivos de alarma de incendio en las zonas comunes.
64 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios materiales: Instalaciones de Protección Instalación de alarma Instalaciones Industriales PRODUCCIÓN, MONTAJE, TRANSFORMACIÓN, REPARACIÓN 1.º Su superficie total construida es de m2 o superior, o 2.º No se requiere la instalación de sistemas automáticos de detección de incendios. ALMACENAMIENTO 1.º Su superficie total construida es de 800 m2 o superior, o 2.º No se requiere la instalación de sistemas automáticos de detección de incendios.
65 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios materiales: Instalaciones de Protección Instalación FIJAS de extinción-rociadores automáticos Abastecimiento de agua Hidrantes (función de la superficie construida) Columna seca BIE S Uso previsto del edificio o establecimiento En general Condiciones En zonas de riesgo especial alto, conforme al capítulo 2 de la Sección SI 1, en las que el riesgo se deba principalmente a materias combustibles sólidas de 50 m (2) Administrativo Si la superficie construida excede de m 2 Residencial Público Si la superficie construida excede de m 2 o el establecimiento está previsto para dar alojamiento a mas de 50 personas. (8) Hospitalario En todo caso. (8)
66 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección BIE S Uso previsto del edificio o establecimiento Condiciones Docente Si la superficie construida excede de m 2 (8). Comercial Si la superficie construida excede de 500 m 2 (8). Pública concurrencia Si la superficie construida excede de 500 m 2 (8). Aparcamiento Si la superficie construida excede de 500 m 2 (8). Se excluyen los aparcamientos robotizados. (2) Los equipos serán de tipo 45 mm, excepto en edificio de uso Residencial Vivienda, en lo que serán de tipo 25mm. (8) Los equipos seran de tipo 25mm. TIPO EDIFICIO RIESGO INTRÍNSECO SUP. CONSTRUIDA (m 2) A - >300 B Medio > 500 Alto > 200 C Medio > Alto > 500 D o E Alto >5.000
67 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios materiales: Instalaciones de Protección Extintores En general Uno de eficacia 21A B: -Cada 15 m de recorrido en cada planta, como máximo desde todo origen de evacuación. - En as zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección (1) de este DB. Hospitalario Comercial En las zonas de riesgo especial alto, conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB, cuya superficie construida exceda de 500 m 2, un extintor móvil de 25 kg de polvo o de CO 2 por cada 2.500m (8) de superficie o fracción. En toda agrupación de locales de riesgo especial medio y alto cuya superficie construida total excede de m 2, extintores móviles de 50 kg de polvo, distribuidos a razón de un extintor por cada m 2 de superficie que supere dicho límite o fracción
68 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios materiales: Instalaciones de Protección Extintores Grado de riesgo intrínseco del sector de incendio Bajo Medio Alto Eficacia mínima del extintor 21 A 21 A 34 A Área máxima protegida del sector de incendio Hasta 600 m 2 (un extintor más por cada 200 m 2, o fracción, en exceso). Hasta 400 m 2 (un extintor más por cada 200 m 2, o fracción, en exceso). Hasta 300 m 2 (un extintor más por cada 200 m 2, o fracción, en exceso). Volumen máximo, V (1), de combustibles líquidos en el sector de incendio (1) (2) V 20 20< V 50 50< V < V 200 Eficacia mínima del extintor 113 B 113 B 144 B 233B
69 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios materiales: Instalaciones de Protección Alumbrado de emergencia Iluminación de las señales de seguridad Adjuntar plano de instalaciones de protección contra incendios
70 CAPITULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección Medios humanos: Instalaciones de Protección Horarios de trabajo Lugares y puestos de trabajo Etc. Director de Emergencias Jefe de Emergencias EQUIPOS DE INTERVENCIÓN Jefe de Intervención Centro de Control Equipo de Alarma y Evacuación Equipo de Primeros Auxilios Equipo de Primera Intervención Equipo de Segunda Intervención
71 CAPITULO 5: Mantenimiento de las instalaciones Mantenimiento preventivo de las INSTALACIONES DE RIESGO Hay que revisar: la instalación eléctrica y gas natural la instalación de aire acondicionado, tanto de los conductos como de la maquinaria y, si la tuviera, la compartimentación de la instalación y el sistema la instalación de calefacción incluyendo la caldera, el combustible de la misma las conducciones, etc. el sistema de comunicaciones que se tenga implantado en el local aparatos, equipos, bases, etc. los equipos de elevación con todos sus componentes. etc.
72 CAPITULO 5: Mantenimiento de las instalaciones Mantenimiento preventivo de las INSTALACIONES DE RIESGO R.D. 1942/1993 Alumbrado de emergencia-señalización (6 MESES) Inspecciones de seguridad (normativa vigente) Cuadernillo de hojas numeradas donde queden reflejadas: Operaciones de mantenimiento realizadas Inspecciones de seguridad
73 CAPITULO 6: Plan de actuación frente a emergencias Identificación y clasificación de las emergencias Riesgo (incendio, vertido, inundación )R.D. 1942/1993 Gravedad (conato de incendio, emergencia parcial, general ) Ocupación y medios humanos (trabajo a turnos, diferente Procedimiento de actuación en caso de emergencias: 1º Detección y Alerta Mecanismos de alarma Identificación de la persona que dará los avisos Identificación del Centro de Coord. de Atención de Emergencias de Protección Civil Dónde está? Dirección y teléfono 112
74 CAPITULO 6: Plan de actuación frente a emergencias Procedimientos de actuación ante emergencias (cont.) 3. Mecanismos de respuesta frente a la emergencia. 4. Evacuación y/o Confinamiento. 5. Prestación de las Primeras Ayudas. 6. Modos de recepción de las Ayudas externas. Identificación y funciones de los equipos de intervención Modos de operación Responsable de la puesta en marcha DIRECTOR DE LA EMERGENCIA
75 Detección de la Emergencia Equipo de Primera Intervención Comprobación Estado Emergencia Localiza al Jefe de Intervención- Emergencia FIN DE LA EMERGENCIA Si Puede controlarse la situación de emergencia? No Jefe de Emergencia Activación del Plan telefónico Se activa el E. Alarma y Evacuación Recuento en el Punto de Reunión Ayuda Externa FIN DE LA EMERGENCIA
76 CAPITULO 7: Integración del Plan de Autoprotección en otros de ámbito superior Protocolos de notificación de la emergencia Descubrimiento del siniestro al Centro de Control Centro de Control- Equipos de Intervención Centro de Control- trabajadores y usuarios Centro de Control a los Servicios de Ayuda Exterior Coordinación entre la Dirección del PA y y la dirección del P. Protección Civil donde se integre el PA Contactar con el Responsable de Protección Civil Integrar el PA en el Plan Municipal de la localidad. Determinar las formas de colaboración Ejemplo: asesoramiento en la formación, participación en simulacros, etc.
77 CAPITULO 8: Plan de Implantación Responsable de implantación Titular de la actividad. El personal directivo, técnico, mandos intermedios y trabajadores del establecimiento deberán participar en dicho Plan. Formación, información y capacitación del personal Personal que participa de forma activa en el Plan. Todo el personal. Usuarios. Señalización y normas para la actuación de visitantes Adecuación de medios materiales y recursos PROGRAMA DE FORMACIÓN
78 CAPITULO 9: Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan Programa de reciclaje de formación e información. Programa de sustitución de medios y recursos. Programa de ejercicios y simulacros. Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma parte del Plan de Autoprotección. Programa de auditorias e inspecciones.
79 Anexo I. Directorio de comunicación. Teléfonos del Personal de emergencias. Puesto Nombre Teléfono Móvil JEFE DE EMERGENCIAS JEFE DE INTERVENCIÓN Teléfonos de ayuda exterior ENTIDAD NUMERO DE TELÉFONO EMERGENCIAS 112 POLICÍA NACIONAL POLICÍA LOCAL BOMBEROS GUARDIA CIVIL PROTECCIÓN CIVIL CENTRO DE SALUD DE LAS ROZAS
80 Anexo II. Formularios para la gestión de emergencias. Anexo III. Planos. COMO MÍNIMO 2.a Plano de situación, comprendiendo el entorno próximo urbano, industrial o natural en el que figuren los accesos, comunicaciones, etc. 2.b Planos descriptivos de todas las plantas de los edificios, de las instalaciones y de las áreas donde se realizan actividad. 3.a Planos de ubicación por plantas de todos los elementos y/o instalaciones de riesgo, tanto los propios como los del entorno. 4.a Planos de ubicación de los medios de autoprotección, conforme a normativa UNE. 4.b Planos de recorrido de evacuación y áreas de confinamiento, reflejando el número de personas a evacuar o confinar por áreas según los criterios fijados por la normativa vigente. 4.c Planos de compartimentación de áreas o sectores de riesgo.
81 REGISTRO ADMINISTRATIVO COMUNIDAD AUTÓNOMA CORRESPONDIENTE Resumen del Plan de Autoprotección Presentación: Órgano encargado del registro, será nombrado por las CCAA u órgano competente CONTENIDO Datos generales: Nombre establecimiento. Dirección completa. Teléfono, fax, . N.º ocupantes y empleados (clasificación). Actividad o uso del establecimiento. Actividades o usos que convivan en la misma edificación. Datos del titular (nombre, dirección, teléfono ). Fecha de la última revisión del plan.
82 REGISTRO ADMINISTRATIVO CONTENIDO Datos estructurales: Tipo estructura. N.º de plantas sobre y bajo rasante. Superficie útil o construida (por plantas). Número de salidas al exterior. Número de escaleras interiores/ exteriores Sectorización de incendios Información relevante sobre la estructura y/o edificio. Ubicación llaves de corte de suministros energéticos (gas, electricidad, gasoil ).
83 REGISTRO ADMINISTRATIVO CONTENIDO Entorno: Información sobre el entorno: Urbano, Rural, Proximidad a ríos, a rutas por las que transitan vehículos con mercancías peligrosas, a industrias, a zonas forestales Edificio aislado o medianero con otras actividades. Vulnerables existentes en el entorno. Accesibilidad: Datos e información relevante sobre el acceso. Características de los accesos de vehículos a las fachadas del establecimiento. Número de fachadas accesibles a bomberos.
84 REGISTRO ADMINISTRATIVO CONTENIDO Entorno: Tipo de riesgo más significativo que emana del edificio. Tipo y cantidad de productos peligrosos que se almacenan y/o procesan. Instalaciones técnicas de protección contra incendios. Descripción Última revisión
85 NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL DECRETO 171/2010 A los efectos de lo previsto en el apartado 3.5 de la Norma Básica de Autoprotección (sobre los criterios de implantación del Plan de Autoprotección), el titular de la actividad, centro o instalación o su representante legal emitirá un certificado de la implantación del plan de autoprotección de conformidad con el modelo establecido en el ANEXO III y lo remitirá a la dirección xeral con competencias en materia de protección civil. La implantación del plan de autoprotección comprenderá, al menos, la formación y capacitación del personal, el establecimiento de mecanismos de información al público y la provisión de los medios y recursos precisos para la aplicación del plan. GRACIAS POR SU ATENCIÓN La implantación del plan de autoprotección recogida en el artículo 4.3 de este Decreto será inscrita de oficio en el Registro de Planes de Autoprotección.
86 NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL DECRETO 171/2010 ANEXO III. Certificado de la implantación del plan de autoprotección. Datos del centro, establecimiento, espacio, instalación y dependencia: Nombre. Dirección completa. Actividad o uso. Teléfono. Fax. . Datos del titular de la actividad o de su representante legal: Nombre. DNI. Dirección completa. Teléfono. Fax. GRACIAS POR SU ATENCIÓN . Certifico: que se realizó la implantación completa del plan de autoprotección, con fecha..., en los términos que se recogen en el citado plan y siguiendo los criterios establecidos en la Norma básica de autoprotección. En...,... de... de... (Lugar y fecha). Firmado: (El titular de la actividad o su representante legal)
87 compromiso con el conocimiento Gracias por su atención Organiza:
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