REGLAMENTO DE SERVICIOS DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE BALEARES

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1 REGLAMENTO DE SERVICIOS DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE BALEARES La Ley 25/2009 añade a la Ley de Colegios Profesionales el artículo 13 sobre visados estableciendo: «Artículo 13. Visado. 1. Los Colegios de profesiones técnicas visarán los trabajos profesionales en su ámbito de competencia únicamente cuando se solicite por petición expresa de los clientes, incluidas las Administraciones Públicas cuando actúen como tales, o cuando así lo establezca el Gobierno mediante Real Decreto, previa consulta a los colegiados afectados, de acuerdo con los siguientes criterios: a) Que sea necesario por existir una relación de causalidad directa entre el trabajo profesional y la afectación a la integridad física y seguridad de las personas. b) Que se acredite que el visado es el medio de control más proporcionado. En ningún caso, los Colegios, por sí mismos o a través de sus previsiones estatutarias, podrán imponer la obligación de visar los trabajos profesionales. 2. El objeto del visado es comprobar, al menos: a) La identidad y habilitación profesional del autor del trabajo, utilizando para ello los registros de colegiados previstos en el artículo b) La corrección e integridad formal de la documentación del trabajo profesional de acuerdo con la normativa aplicable al trabajo del que se trate. En todo caso, el visado expresará claramente cuál es su objeto, detallando qué extremos son sometidos a control e informará sobre la responsabilidad que, de acuerdo con lo previsto en el apartado siguiente, asume el Colegio. En ningún caso comprenderá los honorarios ni las demás condiciones contractuales, cuya determinación queda sujeta al libre acuerdo entre las partes, ni tampoco comprenderá el control técnico de los elementos facultativos del trabajo profesional. 3. En caso de daños derivados de un trabajo profesional que haya visado el Colegio, en el que resulte responsable el autor del mismo, el Colegio responderá subsidiariamente de los daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiesto por el Colegio al visar el trabajo profesional, y que guarden relación directa con los elementos que se han visado en ese trabajo concreto. 4. Cuando el visado colegial sea preceptivo, su coste será razonable, no abusivo ni discriminatorio. Los Colegios harán públicos los precios de los visados de los trabajos, que podrán tramitarse por vía telemática.» cve: BOE-A Por otra parte la entrada en vigor el pasado día 1 de octubre del Real Decreto 1000/2010 en desarrollo de dicha Ley que establece los visados exigibles con carácter preceptivo ha creado una situación de gran incertidumbre, no sólo por el posible alcance de su contenido, sino también por la interpretación posterior del propio Gobierno al indicar que se trata de un Decreto de mínimos, dejando a criterio de aquellas Comunidades Autónomas que tienen transferidas competencias en determinadas materias como es el caso de Baleares, establecer un mayor alcance de dicha exigencia. 1

2 Como consecuencia de lo anterior nos hallamos en una nueva situación con las siguientes características: 1. Existencia de un visado colegial preceptivo de coste razonable, no abusivo, ni discriminatorio, con precio público y que podrá tramitarse por vía telemática (apartado 4 del art. 13). 2. Existencia de un visado colegial voluntario, a petición expresa de los clientes, incluidas Administraciones Públicas, cuando actúen como tales (apartado 1 del art. 13). 3. Como consecuencia de los apartados anteriores el apartado 2 del artº 13 establece en el visado la obligatoriedad para el Colegio de comprobar en los visados, al menos, el cumplimiento de una serie de requisitos entre los cuales figuran: identidad y habilitación profesional, la correc ción o integridad formal del documento, según la normativa aplicable, haciéndole responsable de dichas comprobaciones. 4. Asimismo, en caso de daños derivados de un trabajo profesional visado, que resulte responsable el colegiado autor del mismo, el Colegio responderá subsidiariamente de los daños, por defectos no manifestados al visar. 5. Por consiguiente la nueva situación creada supone: 1) La desaparición de las anteriores cuotas especiales que abonaban los colegiados por el visado de documentos. 2) La desaparición de las prestaciones de servicios que a cambio de dichas cuotas de visado recibían los colegiados 3) La aprobación de un precio publico por el nuevo Servicio de Visado tanto para el obligatorio como para el voluntario (a petición del Cliente, dirigida al propio Colegio). A dichos efectos el Consejo General de Colegios con carácter provisional ya ha establecido los precios básicos a nivel nacional con efectos a partir del pasado 1 de octubre de ) La contratación de una Póliza de Responsabilidad Civil que cubra la responsabilidad subsidiaria del Colegio por los documentos visados (voluntarios y obligatorios) independientemente de quien sea el técnico autor del documento ( colegiado o no). 5) La necesidad de contratación de una Póliza de Responsabilidad Civil colectiva basica anual cuya cobertura alcance la responsabilidad de los colegiados que ejerzan la profesión en alguna de sus formas, ya que de forma individual o particular 2

3 sería inviable. Existe además la posibilidad de que la misma Póliza colectiva se haga extensiva con carácter voluntario a otros documentos no visados pero presentados por el colegiado a Registro y custodia colegial, así como las posibles ampliaciones que puedan contratar los colegiados individualmente sobre la cobertura básica, o utilizar la franquicia del colegiado asegurado en beneficio de las Polizas de Sociedades profesionales o de intermediación al amparo de la colectiva básica del Colegio. Esta ampliación de la cobertura básica sobre los visados requiere la creación del Servicio de registro, con carácter voluntario a petición del colegiado, el cual debe reunir una serie de requisitos imprescindibles para que se pueda expedir el Certificado de Intervención profesional que acredite las circuntancias del documento a requerimiento de terceros. 6) La necesidad de establecimiento de unos precios de los Servicios que venia dando el Colegio a los colegiados y que al ser voluntarios estarán a cargo de los propios interesados. 7) La derogación de aquellas prestaciones gratuitas o subvencionadas hasta la fecha ( Prestaciones complementarias de previsión social, cursos de formación, colaboraciones con la Administración, donativos, etc) sufragadas hasta entonces a través de las cuotas de visado. Por todo ello se PROPONE a la Junta General la aprobación de los siguientes precios de servicios que ofrece el COEIB: PRECIO DE LOS SERVICIOS VOLUNTARIOS CONTRATADOS POR LOS COLEGIADOS 1.- SERVICIO DE VISADO DOCUMENTAL, CON EL SIGUIENTE ALCANCE: Acredita la intervención profesional del técnico firmante colegiado. Acredita que no consta inhabilitado. Acredita la corrección formal del documento. Garantiza la Responsabilidad Subsidiaria del Colegio. Garantiza la competencia del técnico firmante. Garantiza que el colegiado tiene una cobertura de Responsabilidad Civil básica colectiva y que dicha cobertura será mantenida durante los ejercicios 3

4 siguientes hasta su extinción, salvo que el colegiado pida su baja en el Colegio. Garantiza que el Colegio asume la responsabilidad derivada de la custodia del documento entre 5 y 10 años en su archivos ( según normativa aplicable). Precio del visado: Los precios serán los BÁSICOS aprobados por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales de España (se adjuntan). 2.- SERVICIO DE REGISTRO DOCUMENTAL, CON EL SIGUIENTE ALCANCE: Acredita la intervención profesional del técnico firmante colegiado. Acredita que no consta inhabilitado. Garantiza que el documento sometido a registro es COMPLETO, es decir, incluye los elementos mínimos necesarios para su tramitación posterior. Garantiza que el colegiado tiene una cobertura de Responsabilidad Civil básica colectiva y que dicha cobertura será mantenida durante los ejercicios siguientes hasta su extinción, salvo que el colegiado pida su baja en el Colegio. Garantiza que el Colegio asume la responsabilidad derivada de la custodia del documento entre 5 y 10 años en su archivos ( según normativa aplicable). Precio del registro: Los precios son los presentados y aprobados inicialmente en la Junta de Gobierno del Colegio en fecha ( se adjuntan) y que se tendrían que adaptar, en su caso, a los que se aprueben en el futuro con carácter básico por el Consejo General. NOTA: En relación a la cobertura de Responsabilidad Civil a contratar el 1 de enero de 2011, hay que tener presente que el hecho de figurar en la Póliza no es suficiente para tener cobertura de los documentos, sino que además el colegiado deberá declarar si el documento en particular, desea incluirlo como riesgo añadido, mediante su registro o visado ante el Colegio. Esta cobertura adicional en todo caso solo será posible si se está colegiado. 3.- Certificado de Intervención Profesional sobre documentos registrados/visados( CIP)...25,00 /u. 4.-Otros Certificados solicitados por el colegiado...20,00 /u. 5.- Copias de documentos ( visados o registrados)... 0,10 /hoja 6.- Compulsa de un documento...15,00 /u. 4

5 7.- Modificación de documento ya registrado anteriormente...10,00 /u. 8.- Libro de ordenes y asistencias...25,00 /u. 9.- Libro de incidencias...25,00 /u Envío de renuncia de D. de Obra a la Administración...25,00 /u Alta en el turno colegial de oficio...100,00 /año 12.- Consulta de Norma UNE...5,00 /u Consulta ficha Técnica de Vehículo...5,00 /u Servicio de consultoría jurídica y competencias...250,00 /año 15.- Servicio de consulta Normativa técnica...50,00 /año 16.- Alquiler de Aparatos de Medida... (VerTabla adjunta) 17.- Certificado de firma digital (Camerfirma)...100,00 /año 18.- Tramitación nuevas solicitudes de ampliaciones voluntarias de Pólizas colectivas básicas...10,00 Nuevos servicios a crear. Se seguirá el principio de que los servicios ofrecidos, en su caso, no deberán tener perdidas, y en función del resultado obtenido deberán ajustarse para conseguir dicho objetivo. ANEXOS: Tabla de precios de los Visados aprobados por el Consejo General de Colegios. Tabla de precios del Registro de documentos. Tabla de precios de alquiler de Aparatos de medida. NOTA: ESTE REGLAMENTO FUÉ APROBADO EN JUNTA GENERAL ORDINARIA CELEBRADA EN FECHA

6 TABLA DE PRECIOS PUBLICOS BASICOS DE VISADO DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE ESPAÑA o Anexo 1: Tabla de precios de Visado del Documento Proyecto de los distintos Tipos de Trabajo (ANTES DE REDUCCION ANEXO 5) TIPO DE TRABAJO CRITERIO UNIDAD VALOR VISADO (A: 01/10/2010) DV mínimos ( ) VISADO (A: 01/10/2010) AE APARATOS ELEVADORES AEG Grúas de obra - 45,00 45,00 AER Reforma de ascensores - 45,00 45,00 COMENTARIOS AEV Diversos aparatos elevadores Presupuesto 3 P 45,00 AG APARATOS A GAS AGG Secaderos y generadores de vapor N m 3 /h 1,41 45,00 AGH Hornos N m 3 /h 1,09 45,00 AGM Motores a gas N m 3 /h 0,62 45,00 AGT Turbinas a gas y atomizadores N m 3 /h 0,19 45,00 AGV Aparatos de gas - Diversos Presupuesto 3 P 45,00 CN CONSTRUCCIÓN OBRA CIVIL CNA Vertederos Presupuesto 3 P 45,00 Cualquier tipo de vertedero, incluidos los residuos de construcción. CND Derribos de edificios m 2 0,09 45,00 Se considera la superficie total de plantas y cubiertas. CNN1 CNN2 CNN3 Edificios (industrial, almacenes y similares) 15 m Luz Edificios (industrial, almacenes y similares) 15 m < Luz 30 m Edificios (industrial, almacenes y similares) > 30 m Luz o > 12 m de altura CNO Otros edificios y oficinas de Edificios m 2 (construido ) m 2 (construido ) m 2 (construido ) m 2 (construido ) 0,24 45,00 0,31 45,00 0,44 0,50 45,00 45,00 Cimentaciones, estructura y cerramientos para edificios de uso industrial, almacenamiento o similar y cualquier calidad constructiva. Dentro de las instalaciones sólo incluye saneamiento, agua y pluviales. No incluye urbanización. Incluye el Cálculo estructural. En edificios con luz variable se tomará el baremo del mayor ancho Cimentaciones, estructura y cerramientos para edificios comerciales y oficinas en cualquier calidad constructiva. Incluido saneamiento, agua y pluviales Se aplicará el baremo a otros edificios y oficinas de edificios industriales cuya superficie exceda del 5% de la planta CNR Reforma de locales Presupuesto 3 P 45,00 Reformas o acondicionamiento, sea cambiando o manteniendo el uso primitivo. m 2 aplicable a Tipo de Documento MCE, para otros Tipos de Documentos se CNT Estructuras 0,07 45,00 (superficie) aplicará el Tipo de Trabajo CNV. CNU Urbanizaciones m 2 0,07 45,00 Movimiento de tierras, cierres y pavimentaciones

7 La superficie urbanizada es toda la parcela, incluyendo cierres y pavimentos CNV Diversos construcción y obra civil Presupuesto 3 P 45,00 CNVP Vallas publicitarias - 45,00 45,00 DV OTROS DVCM Diseño y construcción de maquinaria Presupuesto 3 P 45,00 DVH Homologación - Según TD (Anexo 2) Según TD (Anexo 2) DVMP Maquinaria no proyectada - 0,86 P 45,00 DVO Diversos otros Presupuesto 3 P 45,00 DVPG Homologación de aparatos a presión de tipo único o en serie - 45,00 45,00 EL ELECTRICIDAD ELBE Instalaciones de enlace en Edificios de Viviendas. Vivienda o local 2,49 45,00 Todos aquellos no incluidos en los apartados anteriores de Construcción Obra Civil. Se consideran los siguientes tipos de maquinaria: - Maquinaria proyectada (Proyecto de una máquina): para el cálculo de los Derechos de Visado se aplicará el 3,5 al presupuesto de ejecución material del Proyecto. - Maquinaria no proyectada: De proceso: para el cálculo de los Derechos de Visado se aplicará el 1 al presupuesto de la inversión realizada en maquinaria, siempre que sea equipo principal para el proceso, no proyectado y no incluido en ningún TT, cuyo coste supere el 50% del presupuesto del proyecto. Que forma parte de instalaciones, almacenamiento, es decir de trabajos con Derechos de Visado asociados, se considera que la inversión en maquinaria ya está incluida en los mismos. Equipo principal para el proceso, no proyectado y no incluida en ningún TT, cuyo coste supere el 50% del presupuesto del proyecto Son de aplicación los mismos comentarios que para DVCM Comprende toda la parte de instalación eléctrica anterior al punto de entrada a la vivienda o local. ELBES Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión en Edificios Especiales. kw 0,63 45,00 Edificios de Gran Superficie: Hoteles, colegios, institutos, residencias, museos, centros de día, centros culturales, piscinas, polideportivos, campos de fútbol, grandes superficies comerciales, hospitales, etc. ELBI B.T. industria y aparcamientos kw 0,24 45,00 ELBL B.T. locales y oficinas kw (e) 0,47 45,00 Desde la entrada al cuadro principal incluido, hasta los puntos de alimentación a receptores. Se aplicarán los derechos indicados sobre los kw(e) de potencia instalada en obras nuevas. Para el caso de obras de ampliación y reforma, la potencia instalada será la afectada por el proyecto. Incluidos los supermercados Se aplicarán los derechos indicados sobre los kw(e) de potencia instalada en obras nuevas. Para el caso de obras de ampliación y reforma, la potencia instalada será la afectada por el proyecto

8 ELBT. Línea B.T m (de línea) 0,05 45,00 ELBVB Instalación B.T. interior de vivienda en electrificación básica. Vivienda 2,49 45,00 Comprende toda la instalación eléctrica a partir del punto de entrada a la vivienda Instalación B.T. interior de vivienda en ELBVE Vivienda 4,06 45,00 Comprende toda la instalación eléctrica a partir del punto de entrada a la vivienda electrificación elevada Centrales de producción de energía Excluida la maquinaria que deberá valorarse como DVMP. Excluidas las centrales ELC Presupuesto 3 P 45,00 eléctrica de cogeneración. La potencia para el cálculo de los DV será la definitivamente instalada después ELCP C.T. (cambio potencia) KVA 0,05 45,00 de realizado el cambio, tanto en reducción como en ampliación de potencia. 630 KVA ELCT1 kva 0,15 C.T (nuevo) 45,00 37, / ELCT2 >630 KVA kva Kva ELGE Grupos Electrógenos. kva 0,21 45,00 ELFF Instalaciones fotovoltaicas fijas KW(pico) 3,43 45,00 ELFS Instalaciones fotovoltaicas con seguimiento solar KW(pico) 6,81 45,00 ELL1 Línea aérea A.T. de 1ª categoría > 66 kv m (de línea) 0,19 45,00 ELL2 Línea aérea A.T. de 2ª y 3ª categoría 66 m (de kv línea) 0,12 45,00 ELP Alumbrado público kw (e) 6,86 45,00 ELPC Plantas de cogeneración KVA 0,45 45,00 Incluye las placas fotovoltaicas fijas. En los proyectos presentados para instalaciones fotovoltaicas en una misma ubicación, aunque para distintos peticionarios, siempre que se aporte un documento global se calculará la CDV considerándolo como un conjunto Incluye las placas fotovoltaicas con seguimiento solar. En los proyectos presentados para instalaciones fotovoltaicas en una misma ubicación, aunque para distintos peticionarios, siempre que se aporte un documento global se calculará la CDV considerándolo como un conjunto En el caso de trazados especiales, tales como alta montaña, suelos rocosos y suelos urbanizados, entre otros, se considerará ELV En el caso de trazados especiales, tales como alta montaña, suelos rocosos y suelos urbanizados, entre otros, se considerará ELV ELPH Parques eólicos KW 0,83 45,00 Aerogeneradores (máquinas, fustes, transporte y el montaje), la obra civil, la infraestructura eléctrica interna y otros elementos auxiliares de escaso presupuesto. ELPO Alumbrado público ornamental kw (e) 3,31 45,00 Alumbrado de fuentes, fachadas de edificios y monumentos ELS1 Línea subterránea A.T. de 1ª categoría > m (de En el caso de trazados especiales, tales como alta montaña, suelos rocosos y 0,22 45,00 66 kv línea) suelos urbanizados, entre otros, se considerará ELV ELS2 Línea subterránea A.T. de 2ª y 3ª m (de En el caso de trazados especiales, tales como alta montaña, suelos rocosos y 0,15 45,00 categoría 66 kv línea) suelos urbanizados, entre otros, se considerará ELV ELSB Subestaciones Presupuesto 3 P 45,00 ELTC Instalaciones Termosolares mediante KW 4,25 45,00 El resto de instalaciones termosolares se cobrarán según el criterio

9 ELV cilindro parabólico. de separar la maquinaria al 1 y la instalación al 3.5. Diversos electricidad Presupuesto 3 P 45,00 IN INSTALACIONES INA Aire comprimido kw (e) 1,13 45,00 INAC Climatización / Aire acondicionado kw(t) 0,74 45,00 INAI Agua industria Presupuesto 3 P 45,00 Instalaciones contra incendios para uso no INCO residencial. Presupuesto 3 P 45,00 Se incluye la bomba de calor. Se tomará como parámetro la mayor potencia de entre frío y calor. Se excluyen explícitamente las instalaciones de refrigeración criogénica y máquinas de absorción que se considerarán como otros trabajos, según apartado INV. INCR Instalaciones contra incendios para uso Viv/Hab/Ap residencial art 1,51 45,00 INCA Captación y abastecimiento de aguas Presupuesto 3 P 45,00 INCC Instalaciones de Calefacción y ACS con caldera central KW 0,42 45,00 INCCI Instalaciones de Calefacción y ACS con caldera individual KW 0,16 45,00 INCI Instalaciones de calor industrial kw(t) 0,06 45,00 INER Estaciones de regulación y medida, en redes de distribución de gas Presupuesto 3 P 45,00 INES Estaciones de servicio Presupuesto 3 P 45,00 Estaciones de servicio de productos petrolíferos (incluidas las de uso propio) INEX Extracción de minerales Presupuesto 3 P 45,00 La potencia de arrastre es la potencia en el eje del compresor. INFI Instalaciones de frío industrial kw Se excluyen explícitamente las instalaciones de refrigeración criogénica y 1,61 45,00 (arrastre) máquinas de absorción que se considerarán como otros trabajos, según apartado INV. INGI Gas industria N m 3 Incluye desde la entrada al recinto hasta los receptores de gas. /h 0,09 45,00 Incluye la industria hotelera y hostelera INGN Gas locales no industriales Presupuesto 3 P 45,00 Enganche de una caldera central para viviendas con la red de distribución de gas Redes de distribución interiores presentadas sin el proyecto de instalación de INGV Gas viviendas Vivienda 1,47 45,00 calderas individuales INH Agua hoteles Habitación 1,32 45,00 Incluye instalaciones químicas y petroquímicas, desaladoras, papeleras, INII Instalaciones Industriales Singulares Presupuesto 3 P 45,00 fundición, cementeras, desgasificadoras, regasificadoras, depuradoras, etc. INRA Redes de distribución de agua m 0,16 45,00 En el caso de trazados especiales, tales como alta montaña, suelos rocosos y INRG Redes de distribución de gas m 0,15 45,00 suelos urbanizados, entre otros, se considerará INV. INS Saneamiento m 0,15 45,00 INST Instalaciones Solares Térmicas m 2 2,02 45,00

10 INTP Instalaciones temporales (carpas, gradas, sonido,...) - 45,00 45,00 INV Diversos instalaciones Presupuesto 3 P 45,00 INVG Instalación de Ventilación en Garajes m 2 0,02 45,00 Agua viviendas Vivienda INV1 viv<25 2,49 45,00 Agua a locales comerciales se incluirá en INV (Diversos instalaciones) INV2 INV3 INV4 LA ACTIVIDADES LAI LAN Actividades industriales Actividades no industriales 25 viv viv 100 viv>100 de actividad de actividad m 2 m 2 14,75 + 1,98 por viv. 25,95 + 1,74 por viv 56,95 + 1,47 por viv Según Tabla del Anexo 4 Según Tabla del Anexo 3 Según Tabla del Anexo 4 Según Tabla del Anexo 3 LAV Diversos actividades Presupuesto 3 P 45,00 MG ALMACENAMIENTO MGP Depósitos (a presión) m 3 1,25 45,00 MGT Depósitos (atmosféricos) m 3 0,21 45,00 MGV Diversos almacenamiento Presupuesto 3 P 45,00 RV VEHÍCULOS RVR Reforma de vehículos - 45,00 45,00 RVV Diversos vehículos Presupuesto 3 P 45,00 TE TELECOMUNICACIONES Conjunto de instalaciones y medidas correctoras en el interior de un local o edificio, destinado a uso industrial. Se considerarán actividades industriales, a título enunciativo pero no limitativo, las que se indican en el Procedimiento de Visado (apdo ) Conjunto de instalaciones y medidas correctoras en el interior de un local o edificio, destinado a uso no industrial. Se considerarán actividades no industriales, a título enunciativo pero no limitativo, las que se indican en el Procedimiento de Visado (apdo ) Se incluyen dentro de este tipo de trabajo aquellas actividades en las que la superficie necesaria para el desarrollo de la actividad no es fácilmente identificable, o los no incluidos en los dos anteriores. TEC Centrales de telemando y telecontrol Presupuesto 3 P 45,00 TEE Estaciones base de telefonía móvil, nuevas Unidad 49,13 45,00 Estaciones base de nueva instalación.

11 TEI Instalación de estaciones repetidoras de telefonía en edificios Unidad 28,35 45,00 Redes de telecomunicaciones en viviendas TERV Vivienda 0,57 45,00 (I.C.T.) Redes de telecomunicaciones en otros TERO Punto 0,11 45,00 edificios (I.C.T.) TERD Red de distribución de señal m (línea) 0,85 45,00 TEV Diversos telecomunicaciones Presupuesto 3 P 45,00 UR URBANISMO 2 Según TD URP Planificación urbanística h m 45,00 (Anexo 2) URV Diversos urbanismo Presupuesto 3 P 45,00 En este apartado se consignará la superficie del terreno de máxima edificabilidad. El valor del visado dependerá del tipo de documento. Pendiente definir forma de tratarlo. Notas: Cuando el Criterio DV proyecto es, las unidades de las columnas Valor, son /unidad

12 o Anexo 2: Tabla de precios de Visado de los distintos Tipos de Documentos La existencia del registro en todos los Colegios no ha sido acordada por lo que no está definido su alcance ni contenido exacto. No obstante, se aporta una propuesta de Tipos de documentos que podrían ser susceptibles de registro y de su coste fijo ( ) para todos ellos. Sin embargo, queda para cada Colegio su creación o no así como la fijación de sus condiciones. TIPO DE DOCUMENTO CRITERIO UNIDAD VALOR PROPUESTO REGISTRO (A: 01/10/2010) A Asunción de dirección técnica AAI Autorización ambiental integrada AAP Acta de aprobación del plan de seguridad y salud VALOR VISADO (A: 01/10/2010) DV mínimos ( ) VISADO (A: 01/10/2010) ACS Asunción de coordinador de seguridad y salud 45,00 45,00 BRTD Boletín de reconocimiento de líneas eléctricas de transporte y distribución C Certificado diverso. CCP CCR CFO Certificado de construcción o pruebas de aparatos a presión en serie Certificado de características de vehículos (fichas técnicas) Certificado necesario para llevar a efecto la dirección técnica, (incluido el certificado final de obra) 60% de las CDV del Proyecto COMENTARIOS Requerirán autorización ambiental integrada las actividades industriales recogidas en el anejo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. Las CDVs que se propone para el Tipo de Documento AAP es el mismo independientemente del número de Planes que sean 45,00 45,00 aprobados dentro del acta que se deposita para ser visada. Queda fuera de este alcance la presentación posterior de otra AAP de nuevos Planes para el mismo emplazamiento. Si se presenta junto a AAP se considerarán sólo las CDV de esta última Revisiones periódicas de CT y líneas de distribución de energía eléctrica. Cédula de habitabilidad, de adecuación de normativa, de inspecciones eléctricas, de máquinas recreativas, de solidez, revisiones periódicas de instalaciones. CFR Certificado para ferias CIF Certificado de instalaciones frigoríficas (C.I.F.) 60% de las CDV del Proyecto Según TT (Anexo 1) Según TT (Anexo 1) Según TT (Anexo 1) Según TT (Anexo 1) Todas las Certificaciones parciales calculadas aplicando el % que se certifica (del presupuesto total) sobre las CDV totales calculadas (por presupuesto o baremo, según sea el TT) para el total de la Certificación Final. Debiendo aplicarse la regla del mínimo a cada una de las certificaciones. Las CDV s que se propone para el Tipo de Documento CIF debe ser proporcional al 60% de las calculadas para las INFI. En analogía con otros tipos de trabajo no se observa la relación entre proyecto y certificado fin de obra en este tipo de trabajo: Instalaciones frigoríficas. Es equivalente al final de obra de INTP Instalaciones temporales (AR) CITP Certificado de instalaciones temporales CPFN Certificado de pruebas de fonometría Pruebas de fonometría, aislamiento acústico, etc. (VAL) CPGS Certificado de pruebas de aparatos de gas en serie

13 CPGU Certificado de pruebas de aparatos de gas de tipo único CPR Certificado de construcción o pruebas de aparatos a presión de tipo único 60% de las CDV del Proyecto Según TT (Anexo 1) Según TT (Anexo 1) Certificados o Proyectos que sólo incluyan los DATOS BÁSICOS y CRI Certificado o proyecto de registro industrial complementarios que los titulares de las empresas, comprendidas en el ámbito del Registro de Establecimientos Industriales, deban comunicar a los servicios competentes de las Comunidades Autónomas del territorio donde ejerzan su actividad, tal y como se establece en las disposiciones legales vigentes respecto al Registro de Establecimientos Industriales. D Dictamen DVA Declaración de vertido de aguas residuales EBSI Estudio básico de seguridad y salud (realizado por ingeniero/a autor/a del proyecto) 45,00 45,00 EBSO Estudio básico de seguridad y salud (realizado por ingeniero/a diferente al autor del proyecto) 45,00 45,00 ECT Estudio de carga térmica (sin presupuesto) ED Estudio de detalle EIAN Estudio de impacto ambiental que no incluye medidas correctoras EIAC Estudio de impacto ambiental que incluye medidas correctoras EP Estudio previo ESS Estudio de Seguridad y Salud Presupuesto 3 P 45,00 ETAG Estudio sobre tarifas de aguas F Hoja de encargo HD Homologación no incluida en ninguno de los apartados específicos HH Homologación de productos ligeros prefabricados de hormigón HU Homologación de aparatos de tipo único I Informe ITE Inspección Técnica de Edificios LE Libro del edificio LT1 Levantamiento topográfico LT2 Levantamiento topográfico que se presente junto con el proyecto MCE Memoria de Cálculo de Estructuras de Edificación 45,00 45,00 Se considera la superficie total de planta y cubierta. Válido para estructuras nuevas en edificios, quedando fuera del alcance las reformas o las estructuras de silos o similares. MV Memoria valorada

14 O Copia OD P PAUO Otros Documentos El se estudiará para cada caso. o o Según TT (Anexo Proyecto Según TT (Anexo 1) Presupuesto 1) Programa de actuación urbanística para uso no residencial PAUR Programa de actuación urbanística para uso residencial. PB Proyecto básico 50% de las CDV del proyecto Según TT (Anexo 1) Según TT (Anexo 1) PCA Proyecto para concursos de las administraciones PCUO Proyecto de compensación para uso no Hm 2 residencial 6,62 45,00 PCUR Proyecto de compensación para uso Hm 2 residencial 8,50 45,00 PDP Proyecto de delimitación de polígonos Hm 2 13,23 45,00 PDSU Proyecto de delimitación de suelo urbano Hm 2 3,31 45,00 PEM1 Plan de emergencia Sup.< 500 m 2 PEM2 Plan de emergencia Sup. 500 m 2 PER Peritación PERI Plan especial de reforma interior PPAR Plan parcial PR Proyecto reformado o o Según TT (Anexo Presupuesto Según TT (Anexo 1) 1) PRC Parcelación Incluir segregación PRD Plan de ordenación R Renuncia de dirección técnica RCS Renuncia de coordinador de seguridad y salud SCC Solicitud de certificado de compatibilidad A deducir de las CDV del proyecto en el momento en que se facturen urbanística éstas SPI Separata (cuyas CDV se hayan liquidado en el proyecto global) SPN Separata (cuyas CDV no se hayan liquidado o o Según TT (Anexo en el proyecto global) Presupuesto Según TT (Anexo 1) 1) V Anteproyecto 25% de las CDV del Según TT (Anexo proyecto Según TT (Anexo 1) 1) VL Valoración

15 X Anexo que no suponga variación del parámetro de cálculo Notas: Cuando el Criterio es, las unidades de la columna Valor, son /unidad.

16 o Anexo 3: Tabla para el Cálculo de las CDV de Proyectos de Actividades No Industriales Se aplicarán a los proyectos y a las obras de nueva construcción, de reforma de edificios y de establecimientos, o de cambio de uso de los mismos, excluidos los de uso industrial siempre que no exista reforma o acondicionamiento (licencia urbanística) y se aplique, por tanto, otro baremo y no este. Se considerarán actividades no industriales, a título enunciativo pero no limitativo, las que se indican a continuación: Locales destinados a actividades comerciales. Locales destinados a actividades recreativas. Locales de oficinas. Locales destinados a garajes y aparcamientos. Locales destinados a servicios logísticos. Locales destinados a actividades de servicios en general. SUPERFICIE (m 2 ) CDV ( ) VISADO (A: 01/10/2010) S , < S , < S , < S , <S 85,04 Observaciones: 1. Estas cuotas del proyecto de actividad no incluyen las CDV de los proyectos de las diferentes instalaciones que pueda llevar como anexos. Por ejemplo: instalaciones eléctricas, de aire acondicionado, de aparatos a presión, etc. Sí se consideran comprendidas las CDV correspondientes a instalaciones contra incendios, en las que únicamente se instalan extintores. 2. Las CDV para los proyectos de actividad recogidas en las anteriores tablas, incluyen la correspondiente inversión en maquinaria. 3. En ningún caso será de aplicación a estas CDV, la reducción indicada en el apartado Anexo 5: Tabla para el Cálculo de las Cuotas Derivadas del Visado.

17 o Anexo 4: Tabla para el Cálculo de las CDV de Proyectos de Actividades Industriales Se aplicarán a los proyectos y a las obras de nueva construcción, de reforma de edificios y de establecimientos, o de cambio de uso de los mismos, de uso industrial siempre que no exista reforma o acondicionamiento (licencia urbanística) y se aplique, por tanto, otro baremo y no este. Se considerarán actividades industriales, a título enunciativo pero no limitativo, las que se indican a continuación: 1. Las actividades dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados. 2. Los almacenamientos industriales. 3. Los talleres de reparación y los estacionamientos de vehículos destinados al transporte de personas y al transporte de mercancías. 4. Los servicios auxiliares o complementarios de las actividades comprendidas en los puntos anteriores. SUPERFICIE (m 2 ) CDV ( ) VISADO (A: 01/10/2010) S , < S , < S , < S , <S 85,04 Observaciones: 1. Estas cuotas del proyecto de actividad no incluyen las CDV de los proyectos de las diferentes instalaciones que pueda llevar como anexos. Por ejemplo: instalaciones eléctricas, de aire acondicionado, de aparatos a presión, etc. Sí se consideran comprendidas las CDV correspondientes a instalaciones contra incendios, en las que únicamente se instalan extintores. 2. Las CDV para los proyectos de actividad recogidas en las anteriores tablas, incluyen la correspondiente inversión en maquinaria. 3. En ningún caso será de aplicación a estas CDV, la reducción indicada en el apartado Anexo 5: Tabla para el Cálculo de las Cuotas Derivadas del Visado.

18 o Anexo 5: Tabla para el Cálculo de los precios del Visado La reducción de los derechos de visado, según la tabla expuesta a continuación, será de aplicación a todos aquellos trabajos (Memorias Valoradas, Anteproyectos, Proyectos Básicos, Proyectos, etc.) cuyos DV sean calculadas mediante baremos o en función del presupuesto. Para que los importes de los Anteproyectos sean el 25%, de los Proyectos Básicos sean el 50%, y de las Direcciones Técnicas el 60% del proyecto, dichos porcentajes deberán aplicarse a los precios del Visado. COSTES DE VISADO (CDV) (A: 01/10/2010) Desde ( ) Hasta ( ) PRECIOS DEL VISADO (A: 01/10/2010) ,8 DV ,6(DV-150) ,5(DV-600) ,3(DV-1.500) ,25(DV-2.250) ,50 + 0,2(DV-3.000) ,50 + 0,1(DV-9.000) ,50 + 0,05(DV ) ,50 + 0,025(DV ) ,50 + 0,006(DV ) ,50 + 0,0006(DV )

19 TABLA DE PRECIOS PARA EL COLEGIADO DEL REGISTRO VOLUNTARIO DE DOCUMENTOS EN EL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE BALEARES TABLA DE PRECIOS DEL REGISTRO Tipo de EXPEDIENTE PROYECTOS CERTIFICADOS FINALES DE OBRA Y/O INSTALACION ACTIVIDADES 50,00 60,00 ALMACENAMIENTO 50,00 60,00 APARCAMIENTOS 50,00 60,00 CONSTRUCCIÓN 80,00 100,00 CONTRA INCENDIOS 60,00 80,00 DISTRIBUCIÓN DE GAS 60,00 80,00 ELÉCTRICAS DISTRIBUCIÓN 60,00 80,00 ELÉCTRICAS INTERIORES 50,00 60,00 FRIO INDUSTRIAL 50,00 60,00 GRUAS Y A. ELEVADORES 60,00 80,00 INDUSTRIA 50,00 60,00 INSTALACIONES VARIAS 50,00 60,00 PROYECTOS DIVERSOS 50,00 60,00 TELECOMUNICACIONES 50,00 60,00 TÉRMICAS 50,00 60,00 URBANISMO 50,00 60,00 VEHÍCULOS ( Reformas) 50,00 60,00 Otros documentos ACTA PLAN SEG. SALUD ACTUALIZACION ANTEPROYECTO BOLETIN REVISION CERT. COMPAT URBANIS CERTIFICADO CERT HABITABILIDAD CERT REFORMA VEHIC DICTAMEN DICTAMEN SEGURIDAD ESTUDIO BASICO 1

20 ESTUDIO IMPACTO AMB ESTUDIO PREVIO ESTUDIO REF VEHICULO ESTUDIO SEG Y SALUD ESTUDIOS FICHA TEC VEHICULO INFORME LIBRO DEL EDIFICIO MEMORIA SIN PRESUP PERITACION PLAN EMERGENCIA PLAN SEG Y SALUD REFORMA ASCENSORES VALORACION/TASACION OTROS NOTA: Todos los importes indicados son sin IVA 2

21 PRECIOS DE ALQUILER DE APARATOS DE MEDIDA APARATO DE CUOTA DIAS MEDICION UTILIZACION UTILIZACION I.- SONOMETRO INTEGRADOR DIGITAL BRUEL & KJAER DIAS II.- SONOMETRO INTEGRADOR DIGITAL BRUEL & KJAER DIAS III.- SONOMETRO INTEGRADOR ANALOGICO BRUEL & KJAER DIAS IV.- LUXOMETRO GOSSEN MAVELUX DIAS V.- TERMOANEMOMETRO TESTO DIAS VI.- TEODOLITO WILD T-16 E DIAS VII.- DINAMOMETRO ITOWA HANITO SN DIAS VIII.- MEDIDOR DE TIERRAS GOSSEN GEOHM DIAS IX.- RUEDA DE MEDIR PROFESIONAL DIAS X.- MEDIDOR CAMPOS ELECTROMAGNETICOS KAINOS DIAS XI.- GENERADOR RUIDO ROSA BRUEL & KJAER DIAS XII.- COMPROBADOR BAJA TENSION GOSSEN GEOHM DIAS XIII.- VATIMETRO NORMA CLASE 0.5 LM DIAS XIV.- ANALIZADOR ENERGIA ELECTRICA CONTROL MICROBIP MK DIAS

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