Sumario BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN. I. Disposiciones Generales. II. Autoridades y Personal. a) Nombramientos, situaciones e incidencias

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1 BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN AÑO XXXV 24 de agosto de 2016 Número 163 Sumario I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ORDEN HAP/911/2016, de 1 de agosto, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad ORDEN HAP/912/2016, de 4 de agosto, por la que se publica el Acuerdo de 26 de julio de 2016, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de 15 de julio de 2016, de la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se modifica el Acuerdo sobre participación en materia de prevención de riesgos laborales de 30 de junio de DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN ECD/913/2016, de 15 de julio, por la que se aprueba el perfil profesional del título Profesional Básico en Informática de Oficina para la Comunidad Autónoma de Aragón II. Autoridades y Personal a) Nombramientos, situaciones e incidencias DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2016, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se resuelve la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ( Puestos base Ingenieros Técnicos Agrícolas) b) Oposiciones y concursos DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE RESOLUCIÓN de 16 de agosto de 2016, del Director General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes cuya selección fue hecha pública por las comisiones de selección del procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros, convocado por Orden ECD/328/2016, de 20 de abril DEPARTAMENTO DE SANIDAD RESOLUCIÓN de 25 de julio de 2016, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II, por la que se convoca procedimiento de selección, para la provisión, con carácter temporal, de una plaza de la categoría de Facultativo Especialista de Radiofísica Hospitalaria, en el Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza csv: BOA Depósito legal: Z

2 III. Otras Disposiciones y Acuerdos DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA ORDEN PRE/914/2016, de 22 de julio, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón, la Diputación Provincial de Huesca, la Universidad de Zaragoza y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para el desarrollo de actividades de extensión universitaria de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en su centro Pirineos, durante el año ORDEN PRE/915/2016, de 22 de julio, por la que se dispone la publicación del convenio suscrito entre el Instituto Aragonés del Agua (IAA) y la Escuela Politécnica Universitaria de La Almunia de Doña Godina (EUPLA), para la colaboración en actividades de formación, investigación y desarrollo en materias relativas al ciclo del agua ORDEN PRE/916/2016, de 22 de julio, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias (FAMCP), para la financiación del Plan de Formación para el Empleo para empleados de la Administración Local promovido por dicha entidad para ORDEN PRE/917/2016, de 22 de julio, por la que se dispone la publicación del convenio suscrito entre el Instituto Aragonés del Agua (IAA) y el Ayuntamiento de Trasobares, sobre las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de acondicionamiento de la toma de abastecimiento de agua en Trasobares (Zaragoza) DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ORDEN HAP/918/2016, de 1 de agosto, por la que se publica el Acuerdo de 26 de julio de 2016, del Gobierno de Aragón, por el que se fija el índice de distribución de aplicación durante el ejercicio 2016 a las ayudas incluidas en el fondo de acción social de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN ECD/919/2016, de 2 de agosto, por la que se concede una subvención nominativa a la Federación Aragonesa de Montañismo, para el desarrollo de actividades formativas en materia de enseñanzas de técnico deportivo y técnico deportivo superior en las especialidades de los deportes de montaña y escalada, durante el curso RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2016, de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se hace pública la selección de carácter definitivo de los participantes en la convocatoria de la Orden de 27 de abril de 2016, por la que se convocan licencias por estudios destinadas a funcionarios docentes no universitarios DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA ORDEN VMV/920/2016, de 25 de julio de 2016, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, por la que se declara la fiesta Crónicas de un Pueblo: Maluenda, que se celebra en el municipio de Maluenda (Zaragoza), como Fiesta de Interés Turístico de Aragón ORDEN VMV/921/2016, de 28 de julio, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, por el que se acepta la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística efectuada por el municipio de Albarracín (Teruel) a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón ORDEN VMV/922/2016, de 28 de julio, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, por el que se acepta la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística efectuada por el municipio de Cariñena (Zaragoza) a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón csv: BOA

3 ORDEN VMV/923/2016, de 28 de julio, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, por el que se acepta la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística efectuada por el municipio de Gea de Albarracín (Teruel) a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón ORDEN VMV/924/2016, de 28 de julio, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, por el que se acepta la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística efectuada por el municipio de Laluenga (Huesca) a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón ORDEN VMV/925/2016, de 28 de julio, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, por el que se acepta la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística efectuada por el municipio de Litago (Zaragoza) a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón ORDEN VMV/926/2016, de 28 de julio, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, por el que se acepta la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística efectuada por el municipio de Los Fayos (Zaragoza) a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón ORDEN VMV/927/2016, de 28 de julio, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, por el que se acepta la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística efectuada por el municipio de Nonaspe (Zaragoza) a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón ORDEN VMV/928/2016, de 28 de julio,por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, por el que se acepta la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística efectuada por el municipio de Nuez de Ebro (Zaragoza) a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón ORDEN VMV/929/2016, de 28 de julio, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, por el que se acepta la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística efectuada por el municipio de Torrellas (Zaragoza) a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón ORDEN VMV/930/2016, de 28 de julio, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, por el que se acepta la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística efectuada por el municipio de Torrente de Cinca (Huesca) a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón V. Anuncios a) Contratación de las Administraciones Públicas DEPARTAMENTO DE SANIDAD RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2016, del Gerente del Sector Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca el procedimiento 10 HMS/17 - Suministro de reactivos para el laboratorio de Microbiología ANUNCIO del Servicio Aragonés de Salud -Gerencia de Sector Zaragoza III- Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa de Zaragoza, por la que se anuncia procedimiento abierto de contratación 2016-S-024. Suministro de Equipos de Laboratorio para Anatomía Patológica del Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa csv: BOA

4 ANUNCIO del Servicio Aragonés de Salud -Gerencia de Sector Zaragoza III- Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa de Zaragoza, por la que se anuncia procedimiento abierto de contratación 2016-S-025. Suministro de Equipos de Neumología del Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa ANUNCIO del Centro de Gestión Integrada de Proyectos Corporativos del Servicio Aragonés de Salud, por el que se convoca a licitación, mediante acuerdo marco con un único proveedor por procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, el suministro de sondas de gastrostomía y otras sondas con destino a los Centros del Servicio Aragonés de Salud UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA RESOLUCIÓN de 16 de agosto de 2016, de la Universidad de Zaragoza, por la que se anuncia la licitación del contrato b) Otros anuncios DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, por el que se somete al trámite de información pública y de participación pública el plan de restauración de la solicitud de autorización de aprovechamiento para recursos de la Sección A), grava y arena, denominada Used, número 437, sobre una superficie de 2,67 hectáreas, en el término municipal de Used, promovida por Construcciones López Lostalé, S.L DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE EXTRACTO de la orden ECD/919/2016, de 2 de agosto, por la que se concede una subvención nominativa a la Federación Aragonesa de Montañismo, para el desarrollo de actividades formativas en materia de enseñanzas de técnico deportivo y técnico deportivo superior, en las especialidades de los deportes de montaña y escalada, durante el curso DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD ANUNCIO del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por el que, en el proceso de participación pública legalmente previsto, se inicia el trámite de información al público del proyecto y estudio de impacto ambiental para la construcción de una explotación porcina de producción, para madres con lechones hasta 6 kg (864 UGM), a ubicar en el polígono 3, parcela 36, en Chiprana (Zaragoza), y promovida por Torre de Baños, S.C., Expediente INAGA /02/2015/ ANUNCIO del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca, declarando el estado de deslinde parcial de los enclavados de los núcleos urbanos de Aineto y Solanilla en el monte de utilidad pública número 349, denominado Pardinas de la margen izquierda del río Guarga, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Sabiñánigo (Huesca) ANUNCIO del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca, por el que se hace público el inicio de las operaciones de deslinde parcial del monte con número 349 de los del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Huesca, denominado Pardinas de la margen izquierda del río Guarga, de la pertenencia de la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Sabiñánigo (Huesca) ANUNCIO del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por el que se somete a información pública el expediente de cambio de titularidad del coto deportivo de caza Z D, en el término municipal de Purujosa (Zaragoza) promovido por la Sociedad de Cazadores La Serrezuela Expediente INAGA /27/2016/ csv: BOA

5 ANUNCIO del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por el que se pone en público conocimiento la tramitación del procedimiento administrativo de consultas previas de evaluación ambiental estratégica simplificada de la modificación puntual número 4 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcorisa (Teruel), promovido por el Ayuntamiento de Alcorisa. Expediente INAGA /71/2016/ ANUNCIO del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por el que se pone en público conocimiento la tramitación del procedimiento administrativo de consultas previas de evaluación ambiental estratégica simplificada de la modificación aislada número 31 del Plan General de Ordenación Urbana de Calatayud (Zaragoza), promovido por el Ayuntamiento de Calatayud. Expediente INAGA /71/2016/ ANUNCIO de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, relativo al Curso para la utilización de productos fitosanitarios - nivel básico, organizado por Inagropec, S.L., a celebrar en Ejea de los Caballeros (Zaragoza) DEPARTAMENTO DE SANIDAD NOTIFICACIÓN de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, a los interesados en el procedimiento ordinario número 21/2016 B csv: BOA

6 I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ORDEN HAP/911/2016, de 1 de agosto, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad. La Secretaría General Técnica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad ha solicitado la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo y los anexos Presupuestarios de personal de sus Unidades Administrativas. La Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería ha emitido informe respecto a los supuestos de modificación del anexo Presupuestario de Personal, realizando el estudio económico de las propuestas de modificación (Exptes. 123, 124, 145 a 150, 190 a 193 y 205 a 218/2016). Por ello, de conformidad con lo establecido en el Decreto 140/1996, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre Relaciones de Puestos de Trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Orden de 26 de diciembre de 2011, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, de tramitación de las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y conforme a la competencia atribuida por el artículo quinto del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón y el Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, el Departamento de Hacienda y Administración Pública, dispone: Primero. Aprobar la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad en los siguientes términos: - Puesto número R.P.T. 7875, Jefe/a de Negociado de Asuntos Generales I, adscrito a la Secretaría General Técnica, se amortiza. Los créditos liberados financian la dotación del puesto de nueva creación número R.P.T Puestos número R.P.T y 13188, Auxiliar Administrativo/a, adscritos a la Secretaría General Técnica, se amortizan. Los créditos liberados incrementan la ficha 2VAF Variaciones, Reasignaciones y otras Incidencias del Programa Coordinación y Gestión de Servicios Agroambientales. - Puestos número R P.T. 3740, Asesor/a Técnico/a, adscrito a la Dirección General de Desarrollo Rural y número R.P.T , Asesor/a Técnico/a, adscrito al Centro de Transferencia Agroalimentaria, se amortizan. Los créditos liberados financian la dotación de los puestos de nueva creación número R.P.T y La diferencia de retribuciones incrementará las fichas 2VAF y 6SS2 del Programa Mejora de Estructuras Agrarias y Desarrollo Rural. - Puestos número R.P.T y 19606, Secretario/a de Alto Cargo, adscritos a la Dirección General de Sostenibilidad, se amortizan. Los créditos liberados incrementan la ficha 2VAF Variaciones, Reasignaciones y otras Incidencias del Programa Protección y Mejora del Medio Ambiente. - Se crean en la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario los siguientes puestos de trabajo: Número R.P.T Denominación: Jefe/a de Negociado de Gestión Económica III. Nivel: 18. C. Específico: B. Tipo: S. Forma Provisión: CO. Función: G. Admón. Pública: A1. Grupo: A2/C1. Clase Especialidad: , Área Especialización: 020. Características: Funciones propias del puesto en materia de gestión económica y presupuestaria. Situación del puesto: VD. Centro de destino: Secretaría General Técnica. csv: BOA

7 El puesto se dota en el Programa Coordinación y Gestión de Servicios Agroambientales, financiándose con los créditos resultantes de la amortización del puesto número R.P.T Número R.P.T Denominación: Jefe/a de Sección de Cooperación y Grupos Operativos. Nivel: 24. C. Específico: B. Tipo: S. Forma Provisión: CO. Función: G. Admón. Pública: A1. Grupo: A1/A2. Clase Especialidad: , , Área Especialización: 280. Características: Funciones propias del puesto en materia de cooperación y grupos operativos. Situación del puesto: VD. Centro de destino: Dirección General de Desarrollo Rural. Número R.P.T Denominación: Jefe/a de Sección de asesoramiento del Programa de Desarrollo Rural. Nivel: 24. C. Específico: B. Tipo: S. Forma Provisión: CO. Función: G. Admón. Pública: A1. Grupo: A1/A2. Clase Especialidad: , , Área Especialización: 280. Características: Funciones propias del puesto en materia de asesoramiento del Programa de Desarrollo Rural. Situación del puesto: VD. Centro de destino: Dirección General de Desarrollo Rural. Los puestos número R.P.T y se dotan en el Programa Mejora de Estructuras Agrarias y Desarrollo Rural, financiándose con los créditos resultantes de la amortización de los puestos número R.P.T y Número R.P.T Denominación: Asesor/a Técnico/a. Nivel: 24. C. Específico: B. Tipo: S. Forma Provisión: CO. Función: G. Admón. Pública: A1. Grupo: A1. Clase Especialidad: , , , , , Titulación Académica: Área Especialización: 290. Características: Funciones propias del puesto en materia de ingeniería y obras de descontaminación química de espacios. Observaciones: El código de titulación se refiere a la Clase de Especialidad Situación del puesto: VD. Centro de destino: Dirección General de Sostenibilidad. El puesto se dota en el Programa Protección y Mejora del Medio Ambiente, financiándose con la ficha 2VAF del mismo Programa. Número R.P.T Denominación: Asesor/a Técnico/a. Nivel: 24. C. Específico: B. Tipo: S. Forma Provisión: CO. Función: G. csv: BOA

8 Admón. Pública: A1. Grupo: A1. Clase Especialidad: , , , , Titulación Académica: 01030, Formación Específica: Inglés Nivel B2. Área Especialización: 290. Características: Funciones propias del puesto en materia de gestión, comunicación y coordinación institucional de proyectos relacionados con la descontaminación de espacios. Observaciones: Los códigos de titulación se refieren a la Clase de Especialidad Situación del puesto: VD. Centro de destino: Dirección General de Sostenibilidad. El puesto se dota en el Programa Protección y Mejora del Medio Ambiente, financiándose con las fichas 2VAF de los Programas Económicos Protección y Mejora del Medio Ambiente y Coordinación y Gestión de Servicios Agroambientales. - Puesto número R.P.T , Jefe/a de Negociado de Asuntos Generales II, adscrito a la Secretaría General Técnica, se modifica su Denominación a Jefe/a de Negociado de Asuntos Generales. - Puesto número R.P.T. 7792, Facultativo/a Superior Especialista, adscrito al Servicio Provincial de Huesca, se añade en el apartado Titulaciones Académicas 01020, y Puesto número R.P.T , Ingeniero/a Técnico/a en Especialidades Agrícolas, adscrito al Servicio Provincial de Zaragoza, se modifica el apartado Observaciones de OCA Comarca de la Comunidad de Calatayud - Calatayud a OCA Comarca de la Rivera Alta del Ebro - Alagón. - Se amortizan los puestos número R.P.T.1854, 2004, 2005, 2147, 2502 y 11519, Auxiliar Administrativo, número R.P.T. 2158, Arquitecto Técnico, número R.P.T. 2278, Administrativo, número R.P.T y 11754, Agente para la Protección de la Naturaleza, número 9048 y 11125, Peón/a Especializado/a Agrario/a y número R.P.T y 9086, Personal Especializado/a de Servicios Domésticos, incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de carácter especial. El importe resultante de las amortizaciones incrementa el crédito contenido en el Programa Fondo de Gastos de Personal de la Sección 30. Segundo. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el. Zaragoza, 1 de agosto de El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Por suplencia (Decreto 5/07/2016) La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA csv: BOA

9 ORDEN HAP/912/2016, de 4 de agosto, por la que se publica el Acuerdo de 26 de julio de 2016, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de 15 de julio de 2016, de la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se modifica el Acuerdo sobre participación en materia de prevención de riesgos laborales de 30 de junio de La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y las Organizaciones Sindicales presentes en la Comisión Autonómica de Prevención de Riesgos Laborales del 30 de junio de 2016, alcanzaron un acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de la Mesa de Función Pública, de 30 de junio de 2004, sobre participación en materia de prevención de riesgos laborales en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Dicho acuerdo sería ratificado por la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón con el voto favorable de CSIF, UGT y CEMSATSE. En su virtud, Artículo único. Se dispone la publicación del Acuerdo del Gobierno de Aragón de 26 de julio de 2016, cuyo texto se transcribe, así como del Acuerdo de la Mesa General de Negociación, cuyo texto se transcribe como Anexo. Se acuerda: Único. Otorgar la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de 15 de julio de 2016, de la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se modifica el Acuerdo sobre participación en materia de prevención de riesgos laborales de 30 de junio de Zaragoza, 4 de agosto de El Consejero de Hacienda y Administración Pública, (Por Decreto de 5 de julio de 2016, del Presidente). La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA csv: BOA

10 Anexo ACUERDO DE 15 JULIO DE 2016, DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO DE LA MESA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE 30 DE JUNIO DE 2004, SOBRE PARTICIPACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. La participación de los trabajadores en el ámbito de la prevención de riesgos laborales constituye un presupuesto necesario para la integración efectiva de la prevención de riesgos laborales y de la promoción de la salud en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Con esta finalidad, la renovación de la estructura de participación en materia de prevención de riesgos laborales se configura como un proceso de integración de la información, consulta y participación de los trabajadores en las materias y condiciones de trabajo que afectan a su seguridad y salud. El Acuerdo de 6 de julio de 2004, del Gobierno de Aragón, que ratificaba el Acuerdo de la Mesa de Función Pública sobre participación en materia de prevención de riesgos laborales de la Comunidad Autónoma de Aragón, establece la estructura de los distintos órganos de participación en materia de prevención de riesgos laborales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En este acuerdo, se regula la composición y el ámbito de la Comisión Autonómica de Prevención de Riesgos Laborales (CAPRIL), así como de las Comisiones Sectoriales de Prevención de Riesgos Laborales -órganos desconcentrados del anterior- y los Comités de Seguridad y Salud. El apartado VII.3.2 contempla la posibilidad de constituir otros comités o modificar los ya existentes por acuerdo de la CAPRIL, ratificándolo en la Mesa de la Función Pública, órgano extinto cuyas competencias ha heredado la actual Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Por su parte, el Decreto 168/2002, de 14 de mayo, del Gobierno de Aragón, regula la organización de los recursos preventivos especializados en materia de prevención de riesgos laborales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Esta norma reglamentaria viene a establecer, en su disposición adicional segunda, la responsabilidad de los diferentes departamentos y organismos públicos de la Administración autonómica respecto a la protección de la seguridad y salud de sus propios empleados, atendiendo a su condición de empresario, a los efectos previstos en el artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Asimismo, el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, viene a modificar la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, asignando competencias a los departamentos. En desarrollo de este Decreto, el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, viene a renovar la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. csv: BOA

11 Por su parte, los diferentes decretos de estructura orgánica aprobados hasta la fecha incluyen explícitamente la figura de los planes de prevención, como instrumento prioritario de planificación preventiva, ahondado en una visión transversal de la prevención en un modelo integrado de gestión. Se hace necesario, por tanto, avanzar en la adecuación entre los órganos de participación en la materia y la estructura de los Departamentos en la Administración de la Comunidad Autónoma con la finalidad de consolidar estos espacios como marco de diálogo y participación en lo relativo a la protección de la seguridad y la salud de los empleados públicos. Con esta adecuación se favorece la efectiva información, consulta y participación de los trabajadores en la elaboración, actualización, implantación, seguimiento y control de los planes de prevención de cada Departamento y Organismo autónomo. Por todo ello, en el seno de la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en su reunión de 15 de julio de 2016, previa aprobación por unanimidad en la Comisión Autonómica de Prevención de Riesgos Laborales el 30 de junio de 2016, la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y las Organizaciones Sindicales CSIF, UGT y CEMSATSE, acuerdan modificar el Acuerdo de la Mesa de Función Pública, de 30 de junio de 2004, sobre participación en materia de prevención de riesgos laborales en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en los siguientes términos: Primero. Las comisiones sectoriales previstas en el apartado VII.2.1 del Acuerdo pasan a denominarse: Comisión Sectorial de Prevención de Riesgos Laborales de Sanidad. Comisión Sectorial de Prevención de Riesgos Laborales de Educación. Comisión Sectorial de Prevención de Riesgos Laborales de Administración General. Segundo. Los Comités de Seguridad y Salud previstos en el apartado VII.3.2 del Acuerdo serán los siguientes: a) En el ámbito de Sanidad: Se constituye un Comité de Seguridad y Salud por sector sanitario, salvo en los Sectores Zaragoza II y III donde se constituirán un Comité de Seguridad y Salud para el personal de Atención Primaria y otro para el de Atención Especializada. Asimismo, se constituyen dos Comités de Seguridad y Salud, de carácter interprovincial: - Comité de Seguridad y Salud de Urgencias y Emergencias 061, para el personal adscrito a la Gerencia de Urgencias y Emergencias Comité Interprovincial de Seguridad y Salud del Departamento de Sanidad, para el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma adscrito a los servicios centrales y provinciales del Departamento competente en csv: BOA

12 materia sanitaria, a los servicios centrales del Servicio Aragonés de Salud y a los restantes organismos públicos vinculados o dependientes del mencionado Departamento. b) En el ámbito de Educación: Se constituye un Comité de Seguridad y Salud en cada provincia para el personal adscrito a los Centros Educativos. Se constituye un Comité Interprovincial de Seguridad y Salud de Educación, al que se adscribe el personal de los Servicios centrales y provinciales del Departamento competente en materia educativa. c) En el ámbito de Administración General: Se constituye un Comité de Seguridad y Salud por departamento, para el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma adscrito al mismo y a los organismos públicos dependientes o vinculados a aquél. Sin perjuicio de lo anterior, se constituye un Comité de Seguridad y Salud del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, para el personal adscrito a este organismo autónomo. Los empleados públicos adscritos a la Presidencia del Gobierno se incorporarán al Comité correspondiente al Departamento competente de apoyo a la Presidencia. Tercero. Se modifica el apartado VIII.2 del Acuerdo titulado Determinación, que queda redactado en los siguientes términos: En el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se designará un número de delegados de prevención, con la distribución que se reseña en el siguiente cuadro: EDUCACIÓN SANIDAD ADMINISTRACIÓN TOTAL GENERAL CC.OO CSI-F UGT CEMSATSE CGT 3 3 STEA 3 3 STAJ 1 1 CATA 1 1 USAE 1 1 OSTA 1 1 TOTAL csv: BOA

13 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN ECD/913/2016, de 15 de julio, por la que se aprueba el perfil profesional del título Profesional Básico en Informática de Oficina para la Comunidad Autónoma de Aragón. El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado mediante la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece, en su artículo 73, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que lo desarrollen. La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en su capítulo V del Titulo I, la regulación de la formación profesional en el sistema educativo, teniendo por finalidad preparar al alumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática, y permitir su progresión en el sistema educativo y en el sistema de formación profesional para el empleo, así como el aprendizaje a lo largo de la vida. El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. En su artículo 8 se establece que las Administraciones educativas definirán los currículos correspondientes respetando lo dispuesto en el citado Real Decreto y en las normas que regulen los títulos respectivos y que podrán ampliar los contenidos de los correspondientes títulos de formación profesional. Esta ampliación y contextualización de los contenidos se referirá a las cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título, así como a la formación no asociada a dicho Catálogo, respetando el perfil profesional del mismo. La Orden de 29 de mayo de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece la estructura básica de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón, determina la estructura básica de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. El objetivo de las enseñanzas de Formación Profesional Básica es que el alumnado consiga los resultados de aprendizaje a los que se refiere el artículo 40.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, además de las competencias del aprendizaje permanente. El Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, ( Boletín Oficial del Estado, número 130, 29 de mayo de 2014) establece el título profesional básico en Informática de Oficina y fija sus enseñanzas mínimas. El artículo 6.2 de la Orden ECD/701/2016, de 30 de junio de 2016, por la que se regulan los ciclos formativos de Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma de Aragón, determina que el perfil profesional de cada título de Formación Profesional Básica será establecido por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta de la Dirección General competente en materia de formación profesional e indica los apartados que debe contener. El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, atribuye al mismo el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma en materia de enseñanza no universitaria y, en particular, en su artículo 1.2.h), la aprobación, en el ámbito de su competencias, del currículo de los distintos niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo. csv: BOA

14 En la tramitación de esta orden se ha cumplido la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, que establece en su artículo 49 la audiencia pública, y ha sido informada por el Consejo Aragonés de Formación Profesional. Por todo lo expuesto, en el uso de las competencias conferidas por la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, así como por el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y a propuesta de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional, dispongo: CAPÍTULO I Disposición General Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 1. Esta orden tiene por objeto aprobar el perfil del título profesional básico en Informática de Oficina para la Comunidad Autónoma de Aragón. 2. Este currículo se aplicará en los centros educativos que desarrollen este título profesional básico en Aragón a partir del curso CAPÍTULO II Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores Artículo 2. Identificación del título. El título profesional básico en Informática de Oficina queda identificado por los siguientes elementos: - Denominación: Informática de Oficina. - Nivel formativo: Formación Profesional Básica. - Familia Profesional: Informática y Comunicaciones y Administración y Gestión. - Duración: 2000 horas. - Código: FPB Referente europeo: CINE (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación). Artículo 3. Perfil profesional del título. El perfil profesional del título profesional básico en Informática de Oficina queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, por la relación de cualificaciones profesionales y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título. Artículo 4. Competencia general. La competencia general de este perfil profesional consiste en realizar operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de sistemas microinformáticos, periféricos y redes de comunicación de datos, y de tratamiento, reproducción y archivo de documentos, operando con la calidad indicada y actuando en condiciones de seguridad y de protección ambiental con responsabilidad e iniciativa personal y comunicándose de forma oral y escrita en lengua castellana así como en alguna lengua extranjera. Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales. Las competencias profesionales, personales y sociales del perfil profesional son las que se relacionan a continuación: a) Preparar equipos y aplicaciones informáticas para llevar a cabo la grabación, tratamiento, impresión, reproducción y archivado de datos y textos, asegurando su funcionamiento. b) Elaborar documentos mediante las utilidades básicas de las aplicaciones informáticas de los procesadores de texto y hojas de cálculo aplicando procedimientos de escritura al tacto con exactitud y rapidez, archivando la información y documentación, tanto en soporte digital como convencional, de acuerdo con los protocolos establecidos. c) Acopiar los materiales para acometer el montaje y/o mantenimiento en sistemas microinformáticos y redes de transmisión de datos. d) Realizar operaciones auxiliares de montaje de sistemas microinformáticos y dispositivos auxiliares en condiciones de calidad. csv: BOA

15 e) Realizar operaciones auxiliares de mantenimiento y reparación de sistemas microinformáticos garantizando su funcionamiento. f) Realizar las operaciones para el almacenamiento y transporte de sistemas, periféricos y consumibles, siguiendo criterios de seguridad y catalogación. g) Realizar comprobaciones rutinarias de verificación en el montaje y mantenimiento de sistemas y/o instalaciones. h) Montar canalizaciones para cableado de datos en condiciones de calidad y seguridad. i) Tender el cableado de redes de datos aplicando las técnicas y procedimientos normalizados. j) Manejar las herramientas del entorno usuario, proporcionadas por el sistema operativo y los dispositivos de almacenamiento de información. k) Resolver problemas predecibles relacionados con su entorno físico, social, personal y productivo, utilizando el razonamiento científico y los elementos proporcionados por las ciencias aplicadas y sociales. l) Actuar de forma saludable en distintos contextos cotidianos que favorezcan el desarrollo personal y social, analizando hábitos e influencias positivas para la salud humana. m) Valorar actuaciones encaminadas a la conservación del medio ambiente diferenciando las consecuencias de las actividades cotidianas que pueda afectar al equilibrio del mismo. n) Obtener y comunicar información destinada al autoaprendizaje y a su uso en distintos contextos de su entorno personal, social o profesional mediante recursos a su alcance y los propios de las tecnologías de la información y de la comunicación. ñ) Actuar con respeto y sensibilidad hacia la diversidad cultural, el patrimonio históricoartístico y las manifestaciones culturales y artísticas, apreciando su uso y disfrute como fuente de enriquecimiento personal y social. o) Comunicarse con claridad, precisión y fluidez en distintos contextos sociales o profesionales y por distintos medios, canales y soportes a su alcance, utilizando y adecuando recursos lingüísticos orales y escritos propios de la lengua castellana y, en su caso, de la lengua cooficial. p) Comunicarse en situaciones habituales tanto laborales como personales y sociales utilizando recursos lingüísticos básicos en lengua extranjera. q) Realizar explicaciones sencillas sobre acontecimientos y fenómenos característicos de las sociedades contemporáneas a partir de información histórica y geográfica a su disposición. r) Adaptarse a las nuevas situaciones laborales originadas por cambios tecnológicos y organizativos en su actividad laboral, utilizando las ofertas formativas a su alcance y localizando los recursos mediante las tecnologías de la información y la comunicación. s) Cumplir las tareas propias de su nivel con autonomía y responsabilidad, empleando criterios de calidad y eficiencia en el trabajo asignado y efectuándolo de forma individual o como miembro de un equipo. t) Comunicarse eficazmente, respetando la autonomía y competencia de las distintas personas que intervienen en su ámbito de trabajo, contribuyendo a la calidad del trabajo realizado. u) Asumir y cumplir las medidas de prevención de riesgos y seguridad laboral en la realización de las actividades laborales evitando daños personales, laborales y ambientales. v) Cumplir las normas de calidad, de accesibilidad universal y diseño para todos que afectan a su actividad profesional. w) Actuar con espíritu emprendedor, iniciativa personal y responsabilidad en la elección de los procedimientos de su actividad profesional. x) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural. Artículo 6. Relación de Cualificaciones y Unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título. Cualificaciones profesionales completas: Operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de sistemas microinformáticos IFC361_1 (Real Decreto 1701/2007, de 14 de diciembre), que comprende las siguientes unidades de competencia: UC1207_1: Realizar operaciones auxiliares de montaje de equipos microinformáticos. csv: BOA

16 UC1208_1: Realizar operaciones auxiliares de mantenimiento de sistemas microinformáticos. UC1209_1: Realizar operaciones auxiliares con tecnologías de la información y la comunicación. Cualificaciones profesionales incompletas: Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos ADG306_1 (Real Decreto 107/2008, de 1 de febrero), que comprende las siguientes unidades de competencia: UC0974_1: Realizar operaciones básicas de tratamiento de datos y textos, y confección de documentación. UC0971_1: Realizar operaciones auxiliares de reproducción y archivo en soporte convencional o informático. Artículo 7. Entorno profesional en el que el profesional va a ejercer su actividad. 1. Este profesional ejerce su actividad por cuenta ajena en empresas dedicadas a la comercialización, montaje, mantenimiento y reparación de sistemas microinformáticos, equipos eléctricos o electrónicos y en empresas que utilicen sistemas informáticos, para su gestión. 2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes: - Ayudante de montador de sistemas microinformáticos. - Ayudante de mantenimiento de sistemas informáticos. - Ayudante de instalador de sistemas informáticos. - Ayudante de instalador de sistemas para transmisión de datos. - Auxiliar de oficina. - Auxiliar de servicios generales. - Grabador-verificador de datos. - Auxiliar de digitalización. - Operador documental. Artículo 8. Prospectiva del título en sector o sectores. La Administración educativa aragonesa ha tenido en cuenta, al desarrollar este currículo, las siguientes consideraciones: a) El perfil profesional dentro del sector servicios, evoluciona hacia un técnico muy especializado en la solución de los problemas comunes en sistemas microinformáticos y redes locales, en pequeños entornos, donde esta figura puede actuar como ayudante. b) La evolución tecnológica tiende a sistemas cada vez más económicos; esto unido al abaratamiento del acceso a Internet origina que los sistemas informáticos sean considerados como un recurso más en el hogar y la asistencia técnica tiende a realizarse en el propio domicilio. c) Cada vez adquiere más importancia el uso de aplicaciones informáticas de tratamiento de textos y datos en el trabajo asignado a este profesional. d) La tele-operación, asistencia técnica remota, asistencia on line y los telecentros se configuran como un elemento imprescindible en la respuesta a la demanda de asistencia técnica. e) Las tareas de montaje y mantenimiento tendrán que adaptarse a la normativa sobre los tratamientos y gestión de residuos y agentes contaminantes. f) La presencia activa de empresas en Internet está aumentando progresivamente el número de transacciones realizadas por este medio, lo que hace que este perfil sea cada vez más demandado para colaborar en la instalación y mantenimiento de servicios sobre la red. g) Debido a los rápidos avances y cambios tecnológicos del sector se demandan profesionales en los que se hacen imprescindibles actitudes favorables hacia la autoformación. CAPÍTULO III Enseñanzas del ciclo formativo Artículo 9. Objetivos generales. Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes: a) Instalar aplicaciones informáticas, integrándolas en el sistema operativo y red de la oficina, para su uso en red en el tratamiento e impresión de datos, textos y presentaciones y su posterior archivado. csv: BOA

17 b) Utilizar las aplicaciones informáticas para tratamiento de texto y hojas de cálculo aplicando procedimientos de escritura al tacto con exactitud y rapidez, utilizando un sistema de grabación seguro. c) Desarrollar actividades de registro y encuadernación de documentos. d) Ensamblar y conectar componentes y periféricos utilizando las herramientas adecuadas, aplicando procedimientos y normas, para montar sistemas microinformáticos y redes e interpretando y aplicando las instrucciones de catálogos de fabricantes de equipos y sistemas. e) Sustituir y ajustar componentes físicos y lógicos para mantener sistemas microinformáticos y redes locales, aplicando técnicas de localización de averías sencillas en los sistemas y equipos informáticos siguiendo pautas establecidas para mantener sistemas microinformáticos y redes locales. f) Identificar y aplicar técnicas de verificación en el montaje y el mantenimiento siguiendo pautas establecidas para realizar comprobaciones rutinarias. g) Ubicar y fijar canalizaciones y demás elementos de una red local cableada, inalámbrica o mixta, aplicando procedimientos de montaje y protocolos de calidad y seguridad, para instalar y configurar redes locales. h) Aplicar técnicas de preparado, conformado y guiado de cables, preparando los espacios y manejando equipos y herramientas para tender el cableado en redes de datos. i) Reconocer las herramientas del sistema operativo y periféricos manejándolas para realizar configuraciones y resolver problemas de acuerdo a las instrucciones del fabricante. j) Elaborar y modificar informes sencillos y fichas de trabajo para manejar aplicaciones ofimáticas de procesadores de texto. k) Comprender los fenómenos que acontecen en el entorno natural mediante el conocimiento científico como un saber integrado, así como conocer y aplicar los métodos para identificar y resolver problemas básicos en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia. l) Desarrollar habilidades para formular, plantear, interpretar y resolver problemas aplicar el razonamiento de cálculo matemático para desenvolverse en la sociedad, en el entorno laboral y gestionar sus recursos económicos. m) Identificar y comprender los aspectos básicos de funcionamiento del cuerpo humano y ponerlos en relación con la salud individual y colectiva y valorar la higiene y la salud para permitir el desarrollo y afianzamiento de hábitos saludables de vida en función del entorno en el que se encuentra. n) Desarrollar hábitos y valores acordes con la conservación y sostenibilidad del patrimonio natural, comprendiendo la interacción entre los seres vivos y el medio natural para valorar las consecuencias que se derivan de la acción humana sobre el equilibrio medioambiental. ñ) Desarrollar las destrezas básicas de las fuentes de información utilizando con sentido crítico las tecnologías de la información y de la comunicación para obtener y comunicar información en el entorno personal, social o profesional. o) Reconocer características básicas de producciones culturales y artísticas, aplicando técnicas de análisis básico de sus elementos para actuar con respeto y sensibilidad hacia la diversidad cultural, el patrimonio histórico-artístico y las manifestaciones culturales y artísticas. p) Desarrollar y afianzar habilidades y destrezas lingüísticas y alcanzar el nivel de precisión, claridad y fluidez requeridas, utilizando los conocimientos sobre la lengua castellana y, en su caso, la lengua cooficial para comunicarse en su entorno social, en su vida cotidiana y en la actividad laboral. q) Desarrollar habilidades lingüísticas básicas en lengua extranjera para comunicarse de forma oral y escrita en situaciones habituales y predecibles de la vida cotidiana y profesional. r) Reconocer causas y rasgos propios de fenómenos y acontecimientos contemporáneos, evolución histórica, distribución geográfica para explicar las características propias de las sociedades contemporáneas. s) Desarrollar valores y hábitos de comportamiento basados en principios democráticos, aplicándolos en sus relaciones sociales habituales y en la resolución pacífica de los conflictos. t) Comparar y seleccionar recursos y ofertas formativas existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida para adaptarse a las nuevas situaciones laborales y personales. csv: BOA

18 u) Desarrollar la iniciativa, la creatividad y el espíritu emprendedor, así como la confianza en sí mismo, la participación y el espíritu crítico para resolver situaciones e incidencias tanto de la actividad profesional como de la personal. v) Desarrollar trabajos en equipo, asumiendo sus deberes, respetando a los demás y cooperando con ellos, actuando con tolerancia y respeto a los demás para la realización eficaz de las tareas y como medio de desarrollo personal. w) Utilizar las tecnologías de la información y de la comunicación para informarse, comunicarse, aprender y facilitarse las tareas laborales. x) Relacionar los riesgos laborales y ambientales con la actividad laboral con el propósito de utilizar las medidas preventivas correspondientes para la protección personal, evitando daños a las demás personas y en el medio ambiente. y) Desarrollar las técnicas de su actividad profesional asegurando la eficacia y la calidad en su trabajo, proponiendo, si procede, mejoras en las actividades de trabajo. z) Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales para participar como ciudadano democrático. Artículo 10. Módulos profesionales. 1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo son los que a continuación se relacionan y quedan desarrollados en el anexo I de la presente orden: Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación Ofimática y archivo de documentos Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos Ciencias aplicadas I Ciencias aplicadas II Comunicación y sociedad I Comunicación y sociedad II. A123. Prevención de riesgos laborales. A133. Orientación laboral Formación en centros de trabajo. 2. La distribución horaria semanal de los módulos profesionales de este ciclo formativo se recoge en el anexo VI. Artículo 11. Espacios formativos y equipamientos mínimos. 1. Los espacios formativos y equipamientos mínimos necesarios para el desarrollo del perfil profesional del título profesional básico en Informática de Oficina son los establecidos en el anexo II de la presente orden. 2. Los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por diferentes grupos de alumnos que cursen el mismo u otro ciclo formativo, o etapas educativas. 3. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos. Artículo 12. Profesorado. 1. La atribución docente de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el anexo III A) de esta orden. Excepcionalmente, para determinados módulos se podrá incorporar, como profesores especialistas, atendiendo a su cualificación y a las necesidades del sistema educativo, a profesionales, no necesariamente titulados, que desarrollen su actividad en el ámbito laboral. Dicha incorporación se llevará a cabo de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación. 2. Las titulaciones requeridas al profesorado de los cuerpos docentes son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisiciones de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Las titulaciones equivalentes, a efectos de docencia, a las anteriores para las distintas especialidades del profesorado son las recogidas en el anexo III B) de esta orden. 3. Las titulaciones requeridas para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pú- csv: BOA

19 blica de oras administraciones distintas de las educativas, son las incluidas en el anexo III C) de esta orden. 4. No obstante, la relación de especialidades y titulaciones relacionadas en los anexos referidos en este artículo estará sujeta a las modificaciones derivadas de la normativa del Estado. CAPÍTULO IV Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia Artículo 13. Acceso a otros estudios. 1. El título profesional básico permite el acceso directo para cursar cualquier Ciclo formativo de Grado Medio, en las condiciones de admisión que se establezcan. 2. Los Ciclos formativos de grado medio a los que este título permite la aplicación de criterios de preferencia para la admisión en caso de concurrencia competitiva, son los recogidos en el anexo V de esta orden. Artículo 14. Convalidaciones y exenciones. Será de aplicación en materia de convalidación y exención de módulos profesionales incluidos en los títulos profesionales básicos la normativa vigente en las condiciones y mediante los procedimientos establecidos con carácter general para las enseñanzas de Formación Profesional, en los términos previstos en el artículo 19 del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero. Artículo 15. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título profesional básico en Informática de Oficina para su convalidación o exención queda determinada en el anexo IV de esta orden. Disposición adicional primera. Correspondencia de los títulos profesionales básicos con las clasificaciones y marcos internacionales y europeos. 1. Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo. 2. Los títulos profesionales básicos se clasifican en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación como CINE Disposición adicional segunda. Regulación del ejercicio de la profesión. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, los elementos recogidos en la presente orden no constituyen una regulación del ejercicio de profesión regulada alguna. Disposición adicional tercera. Utilización del género gramatical no marcado. Todas las referencias para las que en esta orden se utiliza la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y hombres. Disposición transitoria única. Proyecto curricular y programaciones didácticas. Los centros educativos dispondrán de un período de dos cursos escolares para elaborar el proyecto curricular del ciclo formativo y adecuar las programaciones didácticas a lo dispuesto en esta orden. Disposición final primera. Implantación del nuevo currículo. Este currículo se aplicará en la Comunidad Autónoma de Aragón a partir del curso escolar 2016/2017, en todos los centros docentes autorizados para su impartición y de acuerdo al siguiente calendario: a) En el curso 2016/17, se implantará el currículo de los módulos profesionales del primer curso del ciclo formativo. b) En el curso 2017/2018, se implantará el currículo de los módulos profesionales del segundo curso del ciclo formativo. Disposición final segunda. Habilitación para la ejecución. Se faculta a la Dirección General competente en materia de Formación Profesional a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación de la presente orden. csv: BOA

20 Disposición final tercera. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. Zaragoza, 15 de julio de La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN csv: BOA

21 Anexo I Currículo de los módulos profesionales Módulo Profesional: Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos. Código: Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación: 1. Selecciona los componentes y herramientas para la realización del montaje y mantenimiento de sistemas microinformáticos, describiéndolos y relacionándolos con su función y aplicación en la instalación. Criterios de evaluación: a) Se han descrito las características de los elementos eléctricos y electrónicos utilizados en el montaje de sistemas. b) Se han descrito las operaciones y comprobaciones previas a la manipulación segura de componentes eléctricos y/o electrónicos. c) Se han identificado los dispositivos y herramientas necesarios en la manipulación segura de sistemas electrónicos. d) Se han seleccionado las herramientas necesarias para el procedimiento de montaje, sustitución o conexión de componentes hardware de un sistema microinformático. e) Se han identificado funcionalmente los componentes hardware para el ensamblado y/o mantenimiento de un equipo microinformático. f) Se han descrito las características técnicas de cada uno de los componentes hardware (internos y externos) utilizados en el montaje y/o mantenimiento de un equipo microinformático. g) Se han localizado los bloques funcionales en placas bases utilizadas en los sistemas microinformáticos. h) Se han identificado los tipos de puertos, bahías internas y cables de conexión (de datos y eléctricos, entre otros) existentes de un equipo microinformático. i) Se han seguido las instrucciones recibidas. 2. Ensambla los componentes hardware de un equipo microinformático, interpretando guías e instrucciones y aplicando técnicas de montaje. Criterios de evaluación: a) Se ha comprobado cada componente antes de su utilización, siguiendo las normas de seguridad establecidas. b) Se han interpretado las guías de instrucciones referentes a los procedimientos de integración o ensamblado, sustitución y conexión del componente hardware de un sistema microinformático. c) Se han reconocido en distintas placas base cada uno de los zócalos de conexión de microprocesadores y los disipadores, entre otros. d) Se han ensamblado los componentes hardware internos (memoria, procesador, tarjeta de video, pila, entre otros) en la placa base del sistema microinformático. e) Se ha fijado cada dispositivo o tarjeta en la ranura o bahía correspondiente, según guías detalladas de instalación. f) Se han conectado adecuadamente aquellos componentes hardware internos (disco duro, DVD, CD-ROM, entre otros) que necesiten cables de conexión para su integración en el sistema microinformático. csv: BOA

22 3. Instala sistemas operativos monopuesto identificando las fases del proceso y relacionándolas con la funcionalidad de la instalación. Criterios de evaluación: a) Se han descrito los pasos a seguir para la instalación o actualización. b) Se ha verificado la ausencia de errores durante el proceso de carga del sistema operativo. c) Se han utilizado las herramientas de control para la estructura de directorios y la gestión de permisos. d) Se han instalado actualizaciones y parches del sistema operativo según las instrucciones recibidas. e) Se han realizado copias de seguridad de los datos. f) Se han anotado los posibles fallos producidos en la fase de arranque del equipo microinformático. g) Se han descrito las funciones de replicación física ( clonación ) de discos y particiones en sistemas microinformáticos. h) Se han utilizado herramientas software para la instalación de imágenes de discos o particiones señalando las restricciones de aplicación de las mismas. i) Se ha verificado la funcionalidad de la imagen instalada, teniendo en cuenta el tipo de clonación realizada. 4. Comprueba la funcionalidad de los sistemas, soportes y periféricos instalados relacionando las intervenciones con los resultados a conseguir. Criterios de evaluación: a) Se ha aplicado a cada componente hardware y periférico el procedimiento de testeo adecuado. b) Se ha verificado que el equipo microinformático realiza el procedimiento de encendido y de POST (Power On Self Test), identificando el origen de los problemas, en su caso. c) Se ha comprobado la funcionalidad de los soportes para almacenamiento de información. d) Se ha verificado la funcionalidad en la conexión entre componentes del equipo microinformático y con los periféricos. e) Se han utilizado herramientas de configuración, testeo y comprobación para verificar el funcionamiento del sistema. f) Se han utilizado las herramientas y guías de uso para comprobar el estado de los soportes y de la información contenida en los mismos. g) Se han registrado los resultados y las incidencias producidas en los procesos de comprobación. 5. Realiza el mantenimiento básico de sistemas informáticos, soportes y periféricos, relacionando las intervenciones con los resultados que hay que conseguir. Criterios de evaluación: a) Se ha comprobado por medio de indicadores luminosos, que los periféricos conectados tienen alimentación eléctrica y las conexiones de datos. b) Se han descrito los elementos consumibles necesarios para ser utilizados en los periféricos de sistemas microinformáticos. c) Se han utilizado las guías técnicas detalladas para sustituir elementos consumibles. d) Se han descrito las características de los componentes, de los soportes y de los csv: BOA

23 periféricos para conocer los aspectos que afecten a su mantenimiento. e) Se han utilizado las guías de los fabricantes para identificar los procedimientos de limpieza de componentes, soportes y periféricos. f) Se ha realizado la limpieza de componentes, soportes y periféricos respetando las disposiciones técnicas establecidas por el fabricante manteniendo su funcionalidad. g) Se han recogido los residuos y elementos desechables de manera adecuada para su eliminación o reciclaje. 6. Almacena equipos, periféricos y consumibles, describiendo las condiciones de conservación y etiquetado. Criterios de evaluación: a) Se han descrito las condiciones para manipular, transportar y almacenar componentes y periféricos de un sistema microinformático. b) Se han identificado los tipos de embalaje para el transporte y/o almacenaje de cada dispositivo, periférico y consumible. c) Se han utilizado las herramientas necesarias para realizar las tareas de etiquetado previas al embalaje y/o almacenamiento de sistemas, periféricos y consumibles. d) Se han utilizado los medios auxiliares adecuados a los elementos a transportar. e) Se han aplicado las normas de seguridad en la manipulación y el transporte de elementos y equipos. f) Se ha comprobado que los componentes recepcionados se corresponden con el albarán de entrega y que se encuentran en buen estado. g) Se han registrado las operaciones realizadas siguiendo los formatos establecidos. h) Se han recogido los elementos desechables para su eliminación o reciclaje. Duración: 194 horas. Contenidos: Selección de componentes y herramientas. Conceptos de intensidad, diferencia de potencial (tensión), resistencia; Ley de Ohm; corriente continua y alterna; magnitudes eléctricas; aparatos de medidas y magnitudes eléctricas. Elementos básicos: Pilas y baterías, pulsadores, interruptores, fuentes de alimentación, resistencias, condensadores, diodos, transistores, led, entre otros. Herramientas utilizadas en los procedimientos de montaje de componentes y periféricos informáticos. Unidades funcionales de un sistema informático. Componentes de los sistemas microinformáticos: tipos de carcasas, fuentes de alimentación, ventiladores y disipadores de calor. La placa base. Microprocesadores, zócalos y tipos. Memorias RAM, características y formatos. Buses y conectores de datos. Cableado y conectores de potencia. Zócalos y bahías de expansión. Tipos y elementos de fijación de los componentes de las carcasas. Dispositivos de almacenamiento: discos duros, características y tipos; lectores/grabadores ópticos y magneto-ópticos, características y tipos. csv: BOA

24 Puertos: paralelo, serie, USB (Bus de Serie Universal), Firewire (IEEE 1394) entre otros. Conectores inalámbricos. Puerto infrarrojo (estándar IrDA), radiofrecuencia (estándares Bluetooth y ZigBee ). Seguridad en el uso de herramientas y componentes eléctricos y electrónicos. Seguridad eléctrica: medidas de prevención de riesgos eléctricos; daños producidos por descarga eléctrica. Ensamblaje de componentes hardware de un equipo microinformático: Procedimientos de instalación y fijación de componentes microinformático a la carcasa y a la placa base. Periféricos básicos: monitor, teclado, ratón e impresoras. Otros periféricos: altavoces, micrófono, escáner, dispositivos multimedia, entre otros. Técnicas de montaje, sustitución y conexión de componentes y periféricos microinformáticos. Las guías de montaje. La seguridad en las operaciones de montaje, sustitución y conexión de componentes y periféricos microinformáticos. Instalación de sistemas operativos: El software básico de un sistema informático. Funciones del sistema operativo. Utilización del sistema operativo. Sistemas operativos actuales. Operaciones con el sistema de archivos, directorios y permisos. Particiones de discos, tipos de particiones y herramientas de gestión. Herramientas de creación e implantación de imágenes y réplicas de sistemas: orígenes de información; procedimientos de implantación de imágenes y réplicas de sistemas; procedimientos de verificación de imágenes y réplicas de sistemas. Funcionalidad de los sistemas: Técnicas de verificación y testeo de sistemas microinformáticos. Software de testeo y verificación. Herramientas de verificación y diagnóstico de sistemas microinformáticos. Procedimientos de POST (Power-On Self Test). Conexión de dispositivos periféricos en el sistema microinformático. Mantenimiento básico del equipo y periféricos: Técnicas auxiliares de mantenimiento de sistemas microinformáticos. El mantenimiento preventivo y periódico. Medidas de conservación y reciclaje de elementos consumibles. Procedimientos de sustitución de elementos consumibles. Seguridad en la manipulación y sustitución de elementos consumibles. Técnicas de limpieza y soportes y periféricos Almacenaje de equipos, periféricos y consumibles: Técnicas de etiquetado, embalaje, almacenamiento, y traslado de sistemas y componentes informáticos. Procedimientos y herramientas de etiquetado. Embalaje de componentes y periféricos de un sistema microinformático. csv: BOA

25 Precauciones a considerar en el traslado de sistemas microinformáticos. Normativa de prevención de riesgos laborales en el transporte y almacenaje de productos. Tratamiento, reciclaje y eliminación de residuos informáticos. Orientaciones pedagógicas: Este módulo profesional contiene la formación asociada a la función de montar y mantener sistemas y periféricos microinformáticos, su almacenaje, etiquetado y registro. La definición de esta función incluye aspectos como: - La identificación de componentes, herramientas, soportes y periféricos. - El montaje de sistemas y soportes. - La instalación del software básico. - La comprobación y mantenimiento de sistemas y periféricos. - El almacenaje y traslado de sistemas y componentes. La formación del módulo se relaciona con los siguientes objetivos generales del ciclo formativo a), d), e), f), e i) y las competencias profesionales, personales y sociales c), f), g), h) i) y j) del título. Además se relaciona con los objetivos t), u), v), w), x), y) y z), y las competencias q), r), s), t), u), v), w), y x) que se incluirán en este módulo profesional, de forma coordinada, con el resto de módulos profesionales. Las líneas de actuación en el proceso enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar las competencias del módulo versarán sobre: - La identificación de los componentes, soportes de información, periféricos y herramientas, para la realización del montaje y mantenimiento de los sistemas microinformáticos. - La aplicación de técnicas de montaje de sistemas, soportes y periféricos. - El conocimiento de sistemas operativos monopuestos y su carga en el equipo. - El conocimiento de herramientas software para el testeo y optimización de sistemas y soportes. - El mantenimiento de periféricos. - El tratamiento y reciclaje de componentes y consumibles. Módulo profesional: Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación. Código: Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación: 1. Configura equipos informáticos para su funcionamiento en un entorno monousuario, identificando la funcionalidad de la instalación. Criterios de evaluación: a) Se han configurado los parámetros básicos de la instalación. b) Se han aplicado las preferencias en la configuración del entorno personal. c) Se han utilizado los elementos de la interfaz de usuario para preparar el entorno de trabajo. d) Se han reconocido los atributos y los permisos en el sistema de archivos y directorios. e) Se han identificado las funcionalidades para el manejo del sistema de archivos y periféricos. csv: BOA

26 f) Se han utilizado las herramientas del sistema operativo para explorar los soportes de almacenamiento de datos. g) Se han realizado operaciones básicas de protección (instalación de antivirus, realización de copias de seguridad, entre otras). 2. Configura equipos informáticos para su funcionamiento en un entorno de red identificando los permisos del usuario. Criterios de evaluación: a) Se han aplicado preferencias en la configuración del entorno personal. b) Se han configurado y gestionado cuentas de usuario. c) Se ha comprobado la conectividad del servidor con los equipos del cliente. d) Se han utilizado los servicios para compartir recurso. e) Se han asignado permisos a los recursos del sistema que se van a compartir. f) Se ha accedido a los recursos compartidos. g) Se han aplicado normas básicas de seguridad sobre recursos compartidos. 3. Utiliza aplicaciones de un paquete ofimático, relacionándolas con sus aplicaciones. Criterios de evaluación: a) Se han descrito las funciones y características de un procesador de textos relacionándolas con los tipos de documentos a elaborar. b) Se han utilizado los procedimientos de creación, modificación y manipulación de documentos utilizando las herramientas del procesador de textos. c) Se ha formateado un texto mejorando su presentación utilizando distintos tipos de letras y alineaciones. d) Se han utilizado las funciones para guardar e imprimir documentos elaborados. e) Se han realizado operaciones básicas para el uso de aplicaciones ofimáticas de hoja de cálculo y base de datos, sobre documentos previamente elaborados. f) Se han identificado las funciones básicas de una aplicación para presentaciones. g) Se han elaborado presentaciones multimedia aplicando normas básicas de composición y diseño. 4. Emplea utilidades proporcionadas por Internet, configurándolas e identificando su funcionalidad y prestaciones. Criterios de evaluación: a) Se han utilizado las herramientas para la navegación por páginas web reconociendo la estructura de Internet. b) Se ha personalizado el navegador adecuándolo a las necesidades establecidas. c) Se ha transferido información utilizando los recursos de Internet para descargar, enviar y almacenar ficheros. d) Se han identificado los medios y procedimientos de seguridad durante el acceso a páginas web describiendo los riesgos y fraudes posibles. e) Se han descrito las funcionalidades que ofrecen las herramientas de correo electrónico. f) Se ha creado una cuenta de correo a través de un servidor web que proporcione el servicio. g) Se han utilizado otros servicios disponibles en Internet (foro, mensajería instantánea, redes p2p, videoconferencia entre otros). h) Se han configurado las opciones básicas de las aplicaciones. csv: BOA

27 Duración: 208 horas. Contenidos: Configuración de equipos informáticos para su funcionamiento en un entorno monousuario: Sistemas operativos actuales: Requisitos técnicos del sistema operativo. Características y funciones fundamentales de un sistema operativo. La interfaz gráfica del usuario, el escritorio. Realización de tareas básicas sobre sistemas operativos: Los recursos del sistema. Estructura del árbol de directorios. Gestión del sistema de archivos. Sistemas de archivos, directorio, atributos y permisos. Operación con archivos: nombre y extensión, comodines, atributos, tipos. Operaciones más comunes con directorios. Gestión de archivos y carpetas: funciones básicas de exploración y búsqueda. Arranque y parada del sistema. Sesiones. Utilización de periféricos. Tareas básicas de administración: eliminación de ficheros, vaciado papelera, desinstalación de programas. Configuración de equipos informáticos para su funcionamiento en un entorno de red: Gestión de usuarios y grupos. Cuentas y grupos. Tipos de perfiles de usuario. Usuarios y grupos predeterminados y especiales del sistema. Compartir archivos y directorios a través de la red. Acceso a recursos compartidos. Impresoras en red. Búsqueda y configuración básica. Dispositivos con conexión inalámbrica a la red y al equipo. Utilización de aplicaciones de un paquete ofimático: Funcionalidades y uso de un procesador de texto. Aplicación de formato a documentos. Formatos de letras: negrita, cursiva y subrayado. Tamaño y tipo de fuentes. Numeración, viñetas, tabulaciones y alineación de párrafos, entre otros. Insertar objetos gráficos en los documentos. Configuración de página. Funcionalidades y uso de otras aplicaciones ofimáticas (hoja de cálculo, base de datos y presentaciones, entre otros). Utilización de aplicaciones de Internet: Características y usos de Internet. Navegación por la web: descripción, configuración y funcionamiento del navegador. Buscadores; características y usos. Correo electrónico: funcionalidades y tipos. Mensajería instantánea: tipos y características. Herramientas y usos de los servicios de Internet: servicios p2p. Orientaciones pedagógicas: csv: BOA

28 Este módulo profesional contiene la formación asociada a la función de configurar, utilizar los componentes software y los recursos básicos de un sistema microinformático. La definición de esta función incluye aspectos como: La configuración de los parámetros básicos de un sistema operativo. La instalación de protecciones básicas. La gestión de usuarios y recursos. El uso de recursos compartidos. La utilización de paquetes ofimáticos. La configuración de navegadores y correo electrónico. La utilización de servicios de Internet. La formación del módulo se relaciona con los siguientes objetivos generales del ciclo formativo a), d), e), e i) y las competencias profesionales, personales y sociales a) y j) del título. Además se relaciona con los objetivos t), u), v), w), x), y) y z), y las competencias q), r), s), t), u), v), w), y x) que se incluirán en este módulo profesional, de forma coordinada, con el resto de módulos profesionales. Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar las competencias del módulo versarán sobre: La identificación de las funciones de un sistema operativo. La utilización de las herramientas para el manejo del sistema de archivos. La utilización de las funciones principales de un paquete ofimático. La navegación y búsqueda de información. El manejo del correo electrónico. Módulo profesional: Ofimática y archivo de documentos. Código: Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación: 1. Tramita información en línea aplicando herramientas de Internet, intranet y otras redes. Criterios de evaluación: a) Se han identificado las distintas redes informáticas a las que podemos acceder. b) Se han diferenciado distintos métodos de búsqueda de información en redes informáticas. c) Se ha accedido a información a través de Internet, intranet, y otras redes de área local. d) Se han localizado documentos utilizando herramientas de Internet. e) Se han situado y recuperado archivos almacenados en servicios de alojamiento de archivos compartidos ( la nube ). f) Se ha comprobado la veracidad de la información localizada. g) Se ha valorado la utilidad de páginas institucionales y de Internet en general para la realización de trámites administrativos. 2. Realiza comunicaciones internas y externas mediante las utilidades de correo electrónico siguiendo las pautas marcadas. Criterios de evaluación: csv: BOA

29 a) Se han identificado los diferentes procedimientos de trasmisión y recepción de mensajes internos y externos. b) Se ha utilizado el correo electrónico para enviar y recibir mensajes, tanto internos como externos. c) Se han anexado documentos, vínculos, entre otros en mensajes de correo electrónico. d) Se han empleado las utilidades del correo electrónico para clasificar contactos y listas de distribución de información entre otras. e) Se han aplicado criterios de prioridad, importancia y seguimiento entre otros en el envío de mensajes siguiendo las instrucciones recibidas. f) Se han comprobado las medidas de seguridad y confidencialidad en la custodia o envío de información siguiendo pautas prefijadas. g) Se ha organizado la agenda incluyendo tareas, avisos y otras herramientas de planificación de trabajo. 3. Elabora documentos utilizando las funciones básicas del procesador de texto. Criterios de evaluación: a) Se han identificado las funciones básicas, prestaciones y procedimientos simples de los procesadores de texto y autoedición. b) Se han identificado las funciones y utilidades que garanticen las normas de seguridad, integridad y confidencialidad de la información. c) Se ha localizado el documento, abierto y guardado posteriormente el documento en el formato y dirección facilitados, nombrándolos significativamente para su posterior acceso. d) Se han configurado las distintas páginas del documento ciñéndose a los originales o indicaciones propuestas: márgenes, dimensiones y orientación, tablas, encabezados y pies de página, encolumnados, bordes, sombreados u otros. e) Se ha trabajado con la opción de tablas han elaborado los documentos con exactitud y con la destreza adecuada, aplicando los formatos y estilos de texto, tablas indicadas, o sobre plantillas predefinidas. f) Se han corregido los posibles errores cometidos al reutilizar o introducir la información. Se han integrado objetos simples en el texto, en el lugar y forma adecuados. g) Se han configurado las diferentes opciones de impresión en función de la información facilitadas. h) Se ha realizado la impresión de los documentos elaborados. i) Se han utilizado las funciones y utilidades del procesador de textos que garanticen la seguridad, integridad y confidencialidad de la información de acuerdo con las indicaciones recibidas. 4. Elabora documentos utilizando las aplicaciones básicas de hojas de cálculo. Criterios de evaluación: a) Se han utilizado los diversos tipos de datos y referencia para celdas, rangos, hojas y libros. b) Se han aplicado fórmulas y funciones básicas. c) Se han generado y modificado gráficos de diferentes tipos. d) Se ha utilizado la hoja de cálculo como base de datos sencillos. e) Se ha utilizado aplicaciones y periféricos para introducir textos, números, códigos e imágenes. f) Se han aplicado las reglas de ergonomía y salud en el desarrollo de las actividades. csv: BOA

30 5. Elabora presentaciones gráficas utilizando las aplicaciones informáticas. Criterios de evaluación: a) Se han identificado las opciones básicas de las aplicaciones de presentaciones. b) Se reconocen los distintos tipos de vista asociados a una presentación. c) Se han aplicado y reconocido las distintas tipografías y normas básicas de composición, diseño y utilización del color. d) Se han creado presentaciones sencillas incorporando texto, gráficos, objetos y archivos multimedia. e) Se han diseñado plantillas de presentaciones. f) Se han utilizado periféricos para ejecutar presentaciones asegurando el correcto funcionamiento. 6. Utilizar los equipos de reproducción, informáticos y de encuadernación funcional, fotocopiadoras, impresoras, escáneres, reproductoras, perforadoras, encuadernadoras u otros en función del trabajo a realizar. Criterios de evaluación: a) Se han identificado los principales componentes y necesidades de mantenimiento identificando las incidencias elementales, de acuerdo con los manuales de uso y sistemas de ayuda. b) Se ha descrito el funcionamiento de las fotocopiadoras, impresoras, escáneres, reproductoras, perforadoras, encuadernadoras u otros. c) Se han identificado las posibles incidencias básicas de equipos de reproducción e informáticos, describiendo posibles actuaciones. d) Se han realizado las tareas de limpieza y mantenimiento de útiles de encuadernación, y los ajustes pertinentes para un adecuado funcionamiento. e) Se han identificado los distintos recursos consumibles, tintas y líquidos, papel, cintas y cartuchos de impresión, tóner u otros relacionándoles con los equipos de reproducción e informáticos. f) Se ha manejado los equipos, asumiendo el compromiso de mantener y cuidar éstos, y obteniendo el máximo provecho a los medios utilizados en el proceso, evitando costes y desgastes innecesarios. g) Se ha realizado las siguientes consideraciones durante la actividad: Poner a punto y limpiar las máquinas. Detectar pequeñas averías mecánicas solucionando, si es posible, las contingencias observadas. Aprovisionar con los materiales necesarios las máquinas. Realizar las pruebas de funcionamiento básico de los equipos informáticos y de reproducción. Realizar labores de mantenimiento básico de los equipos informáticos y de oficina. Sustituir consumibles, de entre diversos tipos facilitados, en el equipo que corresponda. Tomar las medidas de seguridad necesarias para comprobar el funcionamiento básico en modo seguro. Utilizar los equipos de protección de acuerdo con los conectores y terminales implicados. 7. Obtener encuadernaciones funcionales utilizando los útiles y medios apropiados en función de las características de los documentos tipo. csv: BOA

31 Criterios de evaluación: a) Se ha identificado la documentación a encuadernar describiendo las características para su encuadernación y los criterios de ordenación más apropiados. b) Se han identificado los distintos útiles y herramientas empleados en las operaciones de encuadernación funcional guillotina, máquinas de perforar de papel, cizalllas, u otras-, describiendo sus mecanismos, funciones y utilización. c) Se han identificado los distintos tipos de materiales canutillos, grapas, espirales, anillas, cubiertas u otros- utilizados en la encuadernación funcional. d) Se han descrito los sistemas de reciclaje en función de la naturaleza de los residuos producidos en la encuadernación funcional. e) Se han identificado y descrito los riesgos profesionales derivados de la utilización de las máquinas y herramientas de encuadernación funcional y sus equipos de protección. f) Se ha identificado y comprobado el estado de funcionamiento de las herramientas de encuadernación funcional. g) Se ha organizado la documentación a encuadernar, ordenándola de acuerdo con los criterios establecidos y la correcta utilización de los medios disponibles. h) Se ha utilizado la cizalla u otros útiles análogos realizando distintos cortes de papel con precisión, observando las medidas de seguridad correspondientes. i) Se ha utilizado la máquina de perforar papel de forma correcta. j) Se han realizado encuadernaciones en sus diversas formas encanutadas, grapadas, espiralado, anillado u otras- asignando el tipo de cubiertas en función de las características del documento y de acuerdo con la información facilitada. k) Se han desechado los residuos en distintos envases de reciclado conforme a su naturaleza. l) Se han aplicado las precauciones y equipos de protección necesarios para realizar con seguridad la encuadernación funcional. m) Se ha comprobado que la encuadernación funcional realizada cumple con los criterios de calidad facilitados e inherentes al tipo de encuadernación. Duración: 410 horas. Contenidos: Tramitación de información en línea. Internet, intranet, redes LAN: Redes informáticas. Búsqueda activa en redes informáticas. Servicios de alojamiento compartido de información en internet. Páginas institucionales. Realización de comunicaciones internas y externas por correo electrónico: Procedimientos de transmisión y recepción de mensajes internos y externos. Envío y recepción de mensajes de correo. Medidas de seguridad y confidencialidad en la custodia o envío de información. Organización de la agenda para incluir tareas, avisos y otras herramientas de planificación de trabajo. Clasificación de contactos y listas de distribución. Convocatorias y avisos. Inclusión de documentos y vínculos en mensajes de correo electrónico. Utilización de equipos de reprografía: csv: BOA

32 Equipos de reproducción: Tipos, componentes, características de los dispositivos. Identificación de incidencias elementales en equipos de reprografía. Funcionamiento de los equipos de reprografía fotocopiadoras, impresoras, escáneres, reproductoras, perforadoras, encuadernadoras u otros-. Software de digitalización de documentos. Obtención de copias en formato documental y/o digital. Observación de los procedimientos de calidad en la reproducción de documentos. Procedimientos de seguridad en la utilización de equipos de reproducción. Eliminación de residuos: Normativa aplicable. Encuadernación funcional: Equipos, útiles y herramientas de encuadernación funcional: Tipos, características, funcionamiento, detección de posibles incidencias. Materiales de la encuadernación funcional: Tipos, características y su utilización. Técnicas de encuadernación funcional: Corte, perforado y encuadernado funcional. Equipos, útiles y herramientas de encuadernación funcional en condiciones de seguridad. Eliminación de residuos respetando la normativa. Uso de procesadores de texto: Estructura y funciones de un procesador de texto. Gestión de documentos en procesadores de texto. Aplicación de formato a documentos. Utilización de plantillas. Edición de textos y tablas. Inserción de objetos. Configuración e impresión de textos. Utilización de formularios sencillos. Elaboración de comunicaciones escritas básicas. Combinar y comparar documentos. Realización de copias de seguridad del trabajo realizado. Elaboración de documentos mediante hojas de cálculo: Tipos de datos. Referencias a celdas. Rangos. Hojas. Libros. Utilización de fórmulas y funciones. Creación y modificación de gráficos. Reglas ergonómicas. Elaboración de distintos tipos de documentos. Creación de listas, filtrado, protección, ordenación de datos y otros elementos básicos de base de datos mediante hojas de cálculo. Elaboración de presentaciones: Identificación de opciones básicas de las aplicaciones de presentaciones. Diseño y edición de diapositivas. Tipos de vistas. Formateo de diapositivas, textos y objetos. Utilización de plantillas y asistentes. Presentación para el público: conexión a un proyector y configuración. Aplicación de efectos de animación y efectos de transición. Aplicación de sonido y video. csv: BOA

33 Orientaciones pedagógicas: Este módulo profesional contiene la formación asociada a la función de tramitar información en línea y la elaboración de documentos informáticos mediante hojas de cálculo y aplicaciones de presentaciones. La definición de esta función incluye aspectos como: La tramitación de información en línea. La elaboración y gestión de los documentos informáticos. El archivo y encuadernación de documentos. La formación del módulo se relaciona con los siguientes objetivos generales del ciclo formativo b), c) y j) y las competencias profesionales, personales y sociales a), b) y j) del título. Además, se relaciona con los objetivos t), u), v) w), x), y) y z); y las competencias p), q), r), s), t), u), v), w) y z), que se incluirán en este módulo profesional de forma coordinada con el resto de módulos profesionales. Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar las competencias del módulo versarán sobre: La tramitación y búsqueda de información a través de redes informáticas. La utilización de diferentes aplicaciones informáticas para la elaboración de documentos. La encuadernación funcional. Módulo profesional: Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos. Código: Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación: 1. Selecciona los elementos que configuran las redes para la transmisión de voz y datos, describiendo sus principales características y funcionalidad. Criterios de evaluación: a) Se han identificado los tipos de instalaciones relacionados con las redes de transmisión de voz y datos. b) Se han identificado los elementos (canalizaciones, cableados, antenas, armarios, racks y cajas, entre otros) de una red de transmisión de datos. c) Se han clasificado los tipos de conductores (par de cobre, cable coaxial, fibra óptica, entre otros). d) Se ha determinado la tipología de las diferentes cajas (registros, armarios, racks, cajas de superficie, de empotrar, entre otros). e) Se han descrito los tipos de fijaciones (tacos, bridas, tornillos, tuercas, grapas, entre otros) de canalizaciones y sistemas. f) Se han relacionado las fijaciones con el elemento a sujetar. 2. Monta canalizaciones, soportes y armarios en redes de transmisión de voz y datos, identificando los elementos en el plano de la instalación y aplicando técnicas de montaje. Criterios de evaluación: a) Se han seleccionado las técnicas y herramientas empleadas para la instalación de canalizaciones y su adaptación. csv: BOA

34 b) Se han tenido en cuenta las fases típicas para el montaje de un rack. c) Se han identificado en un croquis del edificio o parte del edificio los lugares de ubicación de los elementos de instalación. d) Se ha preparado la ubicación de cajas y canalizaciones. e) Se han preparado y/o mecanizado las canalizaciones y cajas. f) Se han montado los armarios ( racks ) interpretando el plano. g) Se han montado canalizaciones, cajas y tubos, entre otros, asegurando su fijación mecánica. h) Se han aplicado normas de seguridad en el uso de herramientas y sistemas. 3. Despliega el cableado de una red de voz y datos analizando su trazado. Criterios de evaluación: a) Se han diferenciado los medios de transmisión empleados para voz y datos. b) Se han reconocido los detalles del cableado de la instalación y su despliegue (categoría del cableado, espacios por los que discurre, soporte para las canalizaciones, entre otros) c) Se han utilizado los tipos de guías pasacables, indicando la forma óptima de sujetar cables y guía. d) Se ha cortado y etiquetado el cable. e) Se han montado los armarios de comunicaciones y sus accesorios. f) Se han montado y conexionado las tomas de usuario y paneles de parcheo. g) Se ha trabajado con la calidad y seguridad requeridas. 4. Instala elementos y sistemas de transmisión de voz y datos, reconociendo y aplicando las diferentes técnicas de montaje. Criterios de evaluación: a) Se han ensamblado los elementos que consten de varias piezas. b) Se ha identificado el cableado en función de su etiquetado o colores. c) Se han colocado los sistemas o elementos (antenas, amplificadores, entre otros) en su lugar de ubicación. d) Se han seleccionado herramientas. e) Se han fijado los sistemas o elementos. f) Se ha conectado el cableado con los sistemas y elementos, asegurando un buen contacto. g) Se han colocado los embellecedores, tapas y elementos decorativos. h) Se han aplicado normas de seguridad, en el uso de herramientas y sistemas. 5. Realiza operaciones básicas de configuración en redes locales cableadas relacionándolas con sus aplicaciones. Criterios de evaluación: a) Se han descrito los principios de funcionamiento de las redes locales. b) Se han identificado los distintos tipos de redes y sus estructuras alternativas. c) Se han reconocido los elementos de la red local identificándolos con su función. d) Se han descrito los medios de transmisión. e) Se ha interpretado el mapa físico de la red local. f) Se ha representado el mapa físico de la red local. g) Se han utilizado aplicaciones informáticas para representar el mapa físico de la red local. csv: BOA

35 6. Cumple las normas de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, identificando los riesgos asociados, las medidas y sistemas para prevenirlos. Criterios de evaluación: a) Se han identificado los riesgos y el nivel de peligrosidad que suponen la manipulación de los materiales, herramientas, útiles, máquinas y medios de transporte. b) Se han operado las máquinas respetando las normas de seguridad. c) Se ha identificado las causas más frecuentes de accidentes en la manipulación de materiales, herramientas, máquinas de corte y conformado, entre otras. d) Se han descrito los elementos de seguridad (protecciones, alarmas, pasos de emergencia, entre otros) de las máquinas y los sistemas de protección individual (calzado, protección ocular, indumentaria, entre otros) que se deben emplear en las operaciones de montaje y mantenimiento. e) Se ha relacionado la manipulación de materiales, herramientas y máquinas con las medidas de seguridad y protección personal requeridos. f) Se han identificado las posibles fuentes de contaminación del entorno ambiental. g) Se han clasificado los residuos generados para su retirada selectiva. h) Se ha valorado el orden y la limpieza de instalaciones y sistemas como primer factor de prevención de riesgos. Duración: 180 horas. Contenidos: Selección de elementos de redes de transmisión de voz y datos: Medios de transmisión: cable coaxial, par trenzado y fibra óptica, entre otros. Sistemas: Centralitas, «hub», «switch», «router», paneles de parcheo, entre otros. Instalaciones de infraestructuras de telecomunicación en edificios. Características. Sistemas y elementos de interconexión. Montaje de canalizaciones, soportes y armarios en redes de transmisión de voz y datos: Montaje de canalizaciones, soportes y armarios en las instalaciones de telecomunicación. Características y tipos de las canalizaciones: tubos rígidos y flexibles, canales, bandejas y soportes, entre otros. Preparación y mecanizado de canalizaciones. Técnicas de montaje de canalizaciones y tubos. Despliegue del cableado: Recomendaciones en la instalación del cableado. Planos de cableado en las instalaciones de telecomunicación. Técnicas de tendido de los conductores. Identificación y etiquetado de conductores. Instalación de elementos y sistemas de transmisión de voz y datos: Características y tipos de las fijaciones. Técnicas de montaje. Montaje de sistemas y elementos de las instalaciones de telecomunicación. Herramientas. Instalación y fijación de sistemas en instalaciones de telecomunicación. csv: BOA

36 Técnicas de fijación: en armarios, en superficie. Técnicas de conexionados de los conductores. Conexión de tomas y paneles de parcheo. Configuración básica de redes locales: Topología de redes locales. Características. Ventajas e inconvenientes. Tipos. Elementos de red. Identificación de elementos y espacios físicos de una red local. Cuartos y armarios de comunicaciones. Conectores y tomas de red. Dispositivos de interconexión de redes. Interconexión de sistemas en redes locales: Adaptadores para red cableada. Adaptadores para redes inalámbricas. Dispositivos de interconexión de redes inalámbricas Configuración básica de los dispositivos de interconexión de red cableada e inalámbrica. Cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental: Normas de seguridad. Medios y sistemas de seguridad. Cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales y protección ambiental. Identificación de riesgos. Determinación de las medidas de prevención de riesgos laborales. Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje. Sistemas de protección individual. Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Cumplimiento de la normativa de protección ambiental. Orientaciones pedagógicas: Este módulo profesional contiene la formación asociada a la función de instalar canalizaciones, cableado y sistemas auxiliares en instalaciones de redes locales en pequeños entornos. La definición de esta función incluye aspectos como: La identificación de sistemas, elementos, herramientas y medios auxiliares. El montaje de las canalizaciones y soportes. El tendido de cables para redes locales cableadas. El montaje de los elementos de la red local. La integración de los elementos de la red. La formación del módulo se relaciona con los siguientes objetivos generales del ciclo formativo a), d), e), f), g), h) e i) y las competencias profesionales, personales y sociales a), b), c), d), e), f), g), h), e i), del título. Además se relaciona con los objetivos t), u), v), w), y) y z), y las competencias q), r), s), t), u), v), w), y x) que se incluirán en este módulo profesional, de forma coordinada, con el resto de módulos profesionales. Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar las competencias del módulo versarán sobre: csv: BOA

37 La identificación de los sistemas, medios auxiliares, sistemas y herramientas, para la realización del montaje y mantenimiento de las instalaciones. La aplicación de técnicas de montaje de sistemas y elementos de las instalaciones. La toma de medidas de magnitudes típicas de las instalaciones. Módulo Profesional: Formación en centros de trabajo. Código: Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación: 1. Realiza operaciones auxiliares en el montaje de sistemas microinformáticos, aplicando los procesos del sistema de calidad establecido en la empresa y los correspondientes protocolos de seguridad. Criterios de evaluación: a) Se han identificado los componentes para el montaje, su función y su disposición. b) Se han seleccionado y utilizado las herramientas e instrumentos para la operación de montaje. c) Se ha realizado fijación e interconexión de los componentes y accesorios utilizando las técnicas correctas. d) Se han realizado las configuraciones básicas del sistema operativo. e) Se ha comprobado la funcionalidad del equipo microinformático. f) Se ha operado respetando los criterios de seguridad personal y material, con la calidad requerida. g) Se ha participado dentro del grupo de trabajo, mostrando iniciativa e interés. 2. Realiza operaciones de mantenimiento en sistemas microinformáticos y periféricos, siguiendo indicaciones, según los planes de mantenimiento correspondientes. Criterios de evaluación: a) Se han realizado intervenciones de mantenimiento preventivo sobre el equipo microinformático. b) Se han realizado revisiones del estado de los soportes y periféricos. c) Se han seleccionado y utilizado las herramientas e instrumentos para las operaciones de mantenimiento. d) Se ha realizado la limpieza de componentes, soportes y periféricos respetando las disposiciones técnicas establecidas por el fabricante manteniendo su funcionalidad. e) Se han recogido los residuos y elementos desechables de manera adecuada para su eliminación o reciclaje. f) Se han determinado las posibles medidas de corrección en función de los resultados obtenidos. g) Se han realizado las operaciones con criterios de respeto al medio ambiente. h) Se han realizado todas las operaciones teniendo en cuenta la normativa de seguridad laboral y de protección ambiental. 3. Realiza operaciones de montaje y mantenimiento en instalaciones de redes, siguiendo indicaciones, según los planes de mantenimiento correspondientes. Criterios de evaluación: a) Se han identificado los equipos de la red. csv: BOA

38 b) Se han realizado operaciones de montaje de racks. c) Se han seleccionado herramientas para el montaje y el mantenimiento. d) Se han montado/desmontado soportes y elementos de redes inalámbricas. e) Se han realizado operaciones de montaje de canalizaciones. f) Se han realizado operaciones de montaje de cables. g) Se han realizado operaciones de montaje de rosetas y equipos distribuidores. h) Se han utilizado las herramientas e instrumentos para las operaciones de montaje mantenimiento. i) Se ha realizado la limpieza de componentes, soportes y periféricos respetando las disposiciones técnicas establecidas por el fabricante manteniendo su funcionalidad. j) Se han recogido los residuos y elementos desechables de manera adecuada para su eliminación o reciclaje. k) Se han realizado todas las operaciones teniendo en cuenta la normativa de seguridad laboral y de protección ambiental. 4. Realiza labores básicas de administración y gestión de oficina identificando en cada caso los documentos a utilizar y las técnicas a aplicar. Criterios de evaluación: a) Se han identificado los equipos de reproducción y encuadernación existentes en el entorno laboral. b) Se han realizado labores de reprografía, copia y encuadernación de documentos. c) Se han realizado labores de encuadernado básico. d) Se ha comprobado el nivel de existencias del almacén de material de oficina. e) Se han realizado labores básicas de archivo. f) Se han reconocido los documentos comerciales y administrativos utilizados. g) Se ha demostrado responsabilidad en la realización del trabajo. h) Se han mantenido unas relaciones laborales cordiales con el resto de compañeros, integrándose en el grupo de trabajo. 5. Actúa conforme a las normas de prevención y riesgos laborales de la empresa. Criterios de evaluación: a) Se ha cumplido en todo momento la normativa general sobre prevención y seguridad, así como las establecidas por la empresa. b) Se han identificado los factores y situaciones de riesgo que se presentan en su ámbito de actuación en el centro de trabajo. c) Se han adoptado actitudes relacionadas con la actividad para minimizar los riesgos laborales y medioambientales. d) Se ha empleado el equipo de protección individual (EPIs) establecido para las distintas operaciones. e) Se han utilizado los dispositivos de protección de las máquinas, equipos e instalaciones en las distintas actividades. f) Se ha actuado según el plan de prevención. g) Se ha mantenido la zona de trabajo libre de riesgos, con orden y limpieza. h) Se ha trabajado minimizando el consumo de energía y la generación de residuos. 6. Actúa de forma responsable y se integra en el sistema de relaciones técnico- sociales de la empresa. Criterios de evaluación: csv: BOA

39 a) Se han ejecutado con diligencia las instrucciones que recibe. b) Se ha responsabilizado del trabajo que desarrolla, comunicándose eficazmente con la persona adecuada en cada momento. c) Se ha cumplido con los requerimientos y normas técnicas, demostrando un buen hacer profesional y finalizando su trabajo en un tiempo límite razonable. d) Se ha mostrado en todo momento una actitud de respeto hacia los procedimientos y normas establecidos. e) Se ha organizado el trabajo que realiza de acuerdo con las instrucciones y procedimientos establecidos, cumpliendo las tareas en orden de prioridad y actuando bajo criterios de seguridad y calidad en las intervenciones. f) Se ha coordinado la actividad que desempeña con el resto del personal, informando de cualquier cambio, necesidad relevante o contingencia no prevista. g) Se ha incorporado puntualmente al puesto de trabajo, disfrutando de los descansos instituidos y no abandonando el centro de trabajo antes de lo establecido sin motivos debidamente justificados. h) Se ha preguntado de manera apropiada la información necesaria o las dudas que pueda tener para el desempeño de sus labores a su responsable inmediato. i) Se ha realizado el trabajo conforme a las indicaciones realizadas por sus superiores, planteando las posibles modificaciones o sugerencias en el lugar y modos adecuados. Duración: 240 horas. Contenidos: Este módulo profesional contribuye a completar las competencias y objetivos generales, propios de este título, que se han alcanzado en el centro educativo o a desarrollar competencias características difíciles de conseguir en el mismo. Anexo II Espacios formativos y equipamientos mínimos Espacios formativos Espacio formativo Superficie m 2 15 alumnos Aula polivalente. 40 Taller administrativo. 75 Taller de informática y comunicaciones. 120 Equipamientos mínimos Espacio formativo Aula polivalente Taller administrativo Equipamientos mínimos Ordenadores instalados en red, cañón de proyección e Internet. Medios audiovisuales. Software de aplicación. Mesas de oficina con puestos de trabajo informatizados. Impresora. Programas informáticos de aplicación. Equipos de encuadernación básica. csv: BOA

40 Taller de informática y comunicaciones Equipo de reprografía (fotocopiadora, scanner). Archivo convencional. Material de oficina. Equipos y medios de seguridad. Kit Armario de cableado con paneles de parcheado. Herramientas específicas para informática y montaje de redes y canalizaciones. Racks. Componentes para montaje redes. Switch de diversos tipos. Punto acceso inalámbrico. Router inalámbrico. Componentes para montaje de ordenadores. Equipos y medios de seguridad. Anexo III A) Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos específicos Módulo profesional Ofimática y archivo de documentos Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación Formación en centros de trabajo. Especialidad del profesorado / otros Especialidad: Sistemas y aplicaciones informáticas. Procesos de gestión administrativa. Otros: Profesor especialista, en su caso Especialidad: Sistemas y aplicaciones informáticas Cuerpo de la especialidad del profesorado Profesor Técnico de Formación Profesional. Profesor Técnico de Formación Profesional Anexo III B) Titulaciones requeridas y cualesquiera otros requisitos necesarios para la impartición de los módulos específicos en los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de la educativa. csv: BOA

41 Módulos profesionales Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación Ofimática y archivo de documentos Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos Formación en centros de trabajo. Titulaciones Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes Anexo III C) Titulaciones habilitantes a efectos de docencia para la impartición de los módulos profesionales, para los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, son: Módulos Profesionales Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación Ofimática y archivo de documentos Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos Formación en centros de trabajo. Titulaciones Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Anexo IV Relación entre los módulos específicos y las unidades de competencia que constituyen el currículo del perfil profesional Módulos profesionales superados Ofimática y archivo de documentos Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación. Unidades de competencia acreditables UC0974_1: Realizar operaciones básicas de tratamiento de datos y textos, y confección de documentación. UC0971_1: Realizar operaciones auxiliares de reproducción y archivo en soporte convencional o informático. UC1207_1: Realizar operaciones auxiliares de montaje de equipos microinformáticos. UC1208_1: Realizar operaciones auxiliares de mantenimiento de sistemas microinformáticos. UC1209_1: Realizar operaciones auxiliares con tecnologías de la información y la comunicación. csv: BOA

42 Anexo V Ciclos formativos de grado medio a los que este título permite la aplicación de criterios de preferencia para la admisión en caso de concurrencia competitiva. Este título tendrá preferencia para la admisión a todos los títulos de grado medio de las familias profesionales de: Este título tendrá preferencia para la admisión a todos los títulos de grado medio de las familias profesionales de: Electricidad y Electrónica. Informática y Comunicaciones. Fabricación Mecánica. Instalación y Mantenimiento. Energía y Agua. Industrias Extractivas. Marítimo-Pesquera. Química. Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Madera, Mueble y Corcho. Edificación y Obra Civil. Anexo VI Distribución horaria semanal de los módulos profesionales en régimen presencial: Módulos profesionales Distribución horaria Horas/Semana Horas 1º 2º Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación Ofimática y archivo de documentos Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos Ciencias aplicadas I Ciencias aplicadas II Comunicación y sociedad I Comunicación y sociedad II A123. Prevención de riesgos laborales A133. Orientación laboral Formación en centros de trabajo. 240 A998.Tutoría I A999.Tutoría II TOTAL csv: BOA

43 II. Autoridades y Personal a) Nombramientos, situaciones e incidencias DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2016, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se resuelve la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ( Puestos base Ingenieros Técnicos Agrícolas). Por Resolución de 29 de marzo de 2016, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, publicada en el, número 75, de 20 de abril de 2016, se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ( puestos base Ingenieros Técnicos Agrícolas). La Comisión de Valoración designada, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento La Comisión de Valoración designada, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 80/1997, de 10 de junio, ha puntuado los méritos alegados por los solicitantes del concurso y efectuado propuesta de adjudicación a los candidatos con mayor puntuación. En ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 6.3.h) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, de competencias en materia de personal, esta Dirección General resuelve: Primero. Adjudicar los puestos de trabajo convocados a los funcionarios con mayor puntuación que figuran en la relación que se acompaña como anexo único a la presente resolución. Segundo. Los funcionarios adjudicatarios de los puestos de trabajo tomarán posesión de sus nuevos destinos en el plazo de tres días hábiles si radican en la misma localidad, o de un mes si radican en localidad distinta. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al del cese en el destino anterior, que deberá a su vez quedar diligenciado el día 31 de agosto de A tales efectos, y en lo referido al cálculo de retribuciones, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 21.5 de la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio Tercero. Los destinos adjudicados por medio de la presente resolución son irrenunciables, y los traslados que implican tienen la consideración de voluntarios. Cuarto. Los funcionarios adjudicatarios de los puestos objeto del concurso no podrán participar en los concursos que se convoquen para la provisión de vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en el plazo de los dos años siguientes a la toma de posesión de aquél, salvo que sean removidos de los mismos o que opten, únicamente, a puestos del mismo Departamento. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.9 de la referida Ley de Presupuestos, los adjudicatarios no podrán desempeñar provisionalmente, en comisión de servicios de carácter voluntario, otro puesto de trabajo hasta que transcurra un año de permanencia en el mismo, salvo cuando se vaya a desempeñar un puesto de trabajo clasificado como de libre designación. Contra la presente resolución, que no pone in a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero y en el artículo 16.2.a) de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio. Zaragoza, 4 de agosto de El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, IGNACIO ZARAZAGA CHAMORRO csv: BOA

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45 b) Oposiciones y concursos DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE RESOLUCIÓN de 16 de agosto de 2016, del Director General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes cuya selección fue hecha pública por las comisiones de selección del procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros, convocado por Orden ECD/328/2016, de 20 de abril. La Orden ECD/328/2016, de 20 de abril (, número 76, del 21 de abril de 2016) por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades, establece en el apartado 1.5. de la base 1, que los aspirantes que resulten seleccionados deberán realizar un período de prácticas tuteladas que formará parte del proceso selectivo y que tendrá por objeto comprobar la aptitud para la docencia de los mismos. Procede por tanto, de acuerdo con la base 11 de la citada Orden ECD/328/2016, de 20 de abril, regular el desarrollo de estas prácticas docentes y determinar la composición de las Comisiones Calificadoras que han de valorarlas. En consecuencia, esta Dirección General ha resuelto regular la fase de prácticas de los aspirantes cuya selección fue hecha pública por las Comisiones de Selección respectivas, de acuerdo con lo que a este respecto se establece en la Orden ECD/852/2016, de 29 de julio (, número 156, de 12 de agosto de 2016). Esta fase de prácticas se realizará conforme al procedimiento que se establece en la presente resolución: Primero. Constitución de las Comisiones calificadoras. 1. En cada Servicio Provincial de Educación se constituirá una Comisión calificadora integrada por: el Inspector/a Jefe/a, que actuará como Presidente/a, un funcionario/a de la Unidad de Programas Educativos, un inspector/a de educación y dos directores/as de centros, designados por el Director/a del Servicio Provincial. 2. La constitución de las Comisiones calificadoras, que tendrá lugar antes del día 16 de septiembre de 2016, no podrá tener lugar sin la presencia de todos los miembros que la integran, salvo que concurran circunstancias especiales cuya apreciación corresponderá al Director Provincial. De tal acto de constitución se levantará el acta correspondiente. Asimismo, en el plazo de diez días después de su constitución, remitirán dicha acta a la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado. 3. El Director/a del Servicio Provincial procederá a sustituir a los miembros de estas Comisiones que, por causas justificadas, hayan de causar baja en las mismas. 4. Las Comisiones calificadoras organizarán las actividades de formación e inserción de la fase de prácticas, nombrarán a los maestros/as tutores/as y evaluarán a los aspirantes al término del proceso. Segundo. Designación del Tutor/a. 1. Cada aspirante será tutelado por un maestro/a que será designado por la Comisión calificadora a propuesta del Director/a del centro donde efectúe la fase de prácticas. Dicho tutor/a se designará entre el profesorado del citado Centro que posea, al menos, cinco años de servicio como funcionario de carrera, siempre que sea posible, y demuestre especial dedicación y eficiencia en su trabajo profesional. 2. Las funciones del maestro/a tutor/a consistirán en asesorar, informar y evaluar al funcionario en prácticas, sobre lo indicado en el anexo I. El maestro/a tutor/a deberá asistir, al menos, a dos clases que imparta el/la aspirante para comprobar y asesorarle sobre el desempeño de sus funciones. La dirección del centro facilitará la organización del mismo para el desarrollo de las funciones del tutor/a. 3. Al final del período de prácticas, el maestro/a tutor/a emitirá un informe en el que expresará su valoración sobre los aspectos que se contienen en el anexo II de esta resolución, así como otros datos que considere de interés, y lo remitirá al inspector/a responsable. Tercero. Designación de inspector/a responsable. El Director/a del Servicio Provincial correspondiente designará un inspector/a responsable del proceso evaluador a cada uno de los funcionarios/as en prácticas, que será preferentemente el asignado al centro en el que el funcionario/a en prácticas desarrolle sus funciones docentes. El inspector responsable podrá solicitar la colaboración de otro inspector/a, de csv: BOA

46 asesores del CIFE de la especialidad que corresponda, orientadores/as del EOEIP o maestros/as de la especialidad. Cuarto. Actividades de inserción y formación. 1. Las actividades de inserción en el puesto de trabajo a que se refiere la base 11 de la Orden ECD/328/2016, de 20 de abril (, número 76, de 21 de abril de 2016), consistirán en el desarrollo de actividades tuteladas por el maestro/a tutor/a en relación a la programación de aula y la evaluación del alumnado, así como en la información sobre el funcionamiento de los órganos de gobierno, de participación de la comunidad educativa y de coordinación didáctica, con especial atención a la tutoría de alumnado. 2. Las actividades de formación serán programadas por la Comisión calificadora, bien como actividades específicas para los/as aspirantes, bien dentro de la oferta general de formación. Versarán sobre la didáctica de las áreas de la especialidad del/de la aspirante, y sobre temas de contenido educativo general: elaboración de los proyectos educativo y curricular, evaluación, tutoría y medidas de atención a la diversidad. Su duración no será inferior a veinte horas a lo largo de todo el período de prácticas que podrán computarse como actividades complementarias en el horario del/de la aspirante. El desarrollo de estas actividades será informado por los responsables de la actividad si se trata de una oferta específica, o mediante el certificado correspondiente si se trata de actividades incluidas en la oferta general. En la medida de lo posible se facilitará que los/as aspirantes puedan participar en la oferta formativa específica de cualquier provincia de la Comunidad Autónoma. Quinto. Evaluación de los maestros/as en prácticas. 1. Los/las aspirantes elaborarán una memoria de autoevaluación de su función docente de acuerdo con el modelo establecido en el anexo I. Esta memoria será remitida, al término de la fase de prácticas, a la respectiva Inspección Educativa. 2. El inspector/a de educación responsable visitará el centro en el que preste servicios el funcionario/a que está realizando las prácticas, y evaluará en el aula sus aptitudes didácticas como docente. 3. Al finalizar el período de prácticas, el maestro/a tutor/a y el director/a del centro emitirán, respectivamente, los informes de valoración contenidos en los anexos II y III de esta resolución. Dichos informes serán remitidos a la respectiva Inspección Educativa. 4. Recibidos los informes del director/a y del tutor/a de prácticas, el inspector/a de educación responsable emitirá su propio informe, según modelo del anexo IV. En la elaboración de su informe, el inspector/a de educación tendrá en cuenta, además de la información recogida por él en su visita al centro educativo y de la posible aplicación de otras técnicas propias de la supervisión educativa, las recogidas en los informes del director/a y tutor/a de prácticas, así como la de la memoria de autoevaluación realizada por el funcionario/a en prácticas. Dicho informe será el referente principal para la evaluación que debe efectuar la Comisión calificadora. 5. Los informes del tutor/a, director/a del centro e inspector/a se ajustarán a los modelos que figuran en los anexos II, III y IV de esta resolución, respectivamente, y se expresarán en los términos satisfactorio o no satisfactorio. 6. La evaluación de los/las aspirantes será efectuada por la Comisión calificadora a partir del informe emitido por el inspector/a responsable, y de la superación de las actividades de formación. El juicio de la Comisión calificadora se expresará en términos de apto o no apto. 7. Las Comisiones no podrán redactar acta definitiva de apto o de no apto sin la presencia, al menos, del Presidente/a y de la mitad del resto de los miembros de la Comisión. En todo caso, si después de constituida la Comisión, razones de fuerza mayor o causas imprevistas determinaran la imposibilidad de la comparecencia de alguno de los/las Vocales o del mismo Presidente/a, habrán de ser puestos tales extremos en conocimiento del Director/a del Servicio Provincial, que resolverá lo procedente. 8. La Comisión calificadora trasladará al Director/a del Servicio Provincial la relación de funcionarios/as en prácticas con la calificación obtenida para su remisión a la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado. 9. Los funcionarios/as en prácticas declarados no aptos, podrán incorporarse con los seleccionados de la siguiente promoción para repetir, por una sola vez, la fase de prácticas en los términos que se establecen en la base 11 de la Orden ECD/328/2016, de 20 de abril. Sexto. Duración de las prácticas. 1. Las prácticas se considerarán concluidas el 17 de marzo de 2017 para aquellos maestros/as que se hubieran incorporado el 1 de septiembre de 2016 a su realización. Las mismas csv: BOA

47 podrán realizarse en puestos o sustituciones de profesorado correspondientes a su especialidad o de Primaria -si la titulación le habilita para ello-, siempre que exista un período de permanencia en el mismo centro de tres meses como mínimo. El director/a del centro, el tutor/a de prácticas y el/la aspirante, deberán remitir al inspector/a responsable los informes y la memoria de autoevaluación respectivamente hasta el día 27 de marzo inclusive. El inspector/a responsable remitirá dicha documentación, junto con su propio informe, a la Comisión calificadora que corresponda hasta el 10 de abril de Las Comisiones tendrán de plazo hasta el 2 de mayo de 2017, sin perjuicio de lo indicado en el punto tercero de este apartado, para redactar el acta final y enviarla a la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado, pudiendo, igualmente, si así lo estimara necesario, emitir un informe complementario sobre el desarrollo de las actuaciones de las Comisiones calificadoras. 2. En el acta final a la que se alude en el apartado anterior se incluirá a todos los maestros/ as en prácticas, haciéndose constar la especialidad por la que han sido seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso y accesos. 3. Con fecha 2 de mayo de 2017 se darán por finalizadas las prácticas para aquellos maestros/as que se hayan incorporado con posterioridad al 1 de septiembre pero que hayan prestado servicios durante un período de seis meses contados a partir de la incorporación al centro, sin perjuicio de que sigan atendiendo a sus actividades docentes hasta su nombramiento como funcionario/a de carrera. Respecto a los maestros/as que a fecha 2 de mayo de 2017 hayan prestado servicios por tiempo inferior a seis meses, dichos servicios les serán computados a partir de la incorporación al centro, a efectos de completar el período contemplado en el párrafo anterior. Para ello, las Comisiones se considerarán constituidas con carácter permanente hasta la evaluación de los funcionarios/as en prácticas a que se refiere el presente apartado e irán remitiendo las actas finales correspondientes, en el plazo de cinco días hábiles a partir del último de cada mes. Séptimo. Destino excepcional en unidad o extensión vinculada a un centro. Los maestros/as en prácticas que en algún supuesto excepcional estuviesen destinados en alguna extensión o unidad vinculada a un centro, serán considerados como pertenecientes al mismo a los efectos de esta evaluación. Zaragoza, 16 de agosto de El Director General de Personal y Formación del Profesorado, TOMÁS GUAJARDO CUERVO csv: BOA

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65 DEPARTAMENTO DE SANIDAD RESOLUCIÓN de 25 de julio de 2016, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II, por la que se convoca procedimiento de selección, para la provisión, con carácter temporal, de una plaza de la categoría de Facultativo Especialista de Radiofísica Hospitalaria, en el Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza. La Gerencia de Sector de Zaragoza II, en virtud de las competencias delegadas en materia de personal por Resolución de 27 de enero de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, publicada en el, número 19, de 15 de febrero de 2006, de conformidad con los artículos 9.2 y 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, y con los artículos 35 a 37 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, acuerda convocar procedimiento selectivo para la provisión temporal de una plaza vacante, de la categoría de Facultativo Especialista de Área de la especialidad de Radiofísica Hospitalaria, con arreglo a las siguientes bases: 1. Número de plazas, situación y especialidad. Una plaza vacante de Facultativo Especialista de Radiofísica Hospitalaria. 2. Características del puesto de trabajo. a) Jornada de trabajo. La dedicación del personal seleccionado será en turno de mañana y/o tarde, prestando sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, salvo que se opte por la no percepción del complemento Específico y se obtenga la oportuna autorización de compatibilidad. b) Funciones. Las propias de la profesión de Facultativo Especialista en Radiofísica Hospitalaria en la correspondiente Unidad Clínica y programas que pudieran implantarse. c) Retribuciones. Las que correspondan para este puesto de trabajo según las disposiciones, acuerdos y pactos vigentes. d) Tipo de nombramiento. Al facultativo seleccionado para desempeñar las funciones de la plaza convocada, se le expedirá nombramiento de personal estatutario temporal de carácter interino. Se dispondrá el cese en el nombramiento citado cuando se incorpore personal fijo, por el procedimiento legal o reglamentariamente establecido, a la plaza desempeñada interinamente, así como cuando dicha plaza resulte amortizada. 3. Requisitos de los aspirantes. a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados. b) Estar en posesión del título oficial de especialista en Radiofísica Hospitalaria expedido por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes. c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas propias de la categoría y especialidad convocada. d) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder de la edad de jubilación forzosa de 65 años. e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni para el ejercicio de la profesión de Médico. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado A), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. f) No tener la condición de personal estatutario fijo, ya sea en activo o en excedencia, de la misma categoría y especialidad convocada, en el Sistema Nacional de Salud. g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores así como por trata de seres humanos. csv: BOA

66 Los requisitos exigidos en esta base tercera deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión. 4. Solicitudes y documentación. Los interesados en participar en esta convocatoria, deberán formular solicitud, dirigida a la Gerencia de Sector de Zaragoza II, en el modelo que se adjunta como anexo I. Junto con la citada solicitud, presentarán necesariamente los siguientes documentos: - copia de DNI, NIE, pasaporte o documento acreditativo de identidad, - copia del título oficial exigido, - breve curriculum vitae donde figuren los datos personales, formación académica, experiencia profesional, así como actividades formativas, docentes y de investigación, - el formulario de auto-baremación que se acompaña como anexo II, - copia de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen, los cuales serán valorados de conformidad con el baremo que se adjunta como anexo III, y que deberán poseerse en la fecha de publicación de esta convocatoria, sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad. La experiencia profesional se justificará mediante un certificado de servicios prestados. 5. Plazo y lugares de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el. Las solicitudes, junto con los demás documentos citados en la base anterior, podrán presentarse en la Oficina de Registro del Hospital Universitario Miguel Servet, a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No se admitirán documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, salvo imposibilidad material por causa ajena al aspirante, alegada y probada por éste, y debidamente apreciada por el órgano convocante. 6. Criterios de selección. Una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos al procedimiento, la idoneidad de los candidatos será valorada por una Comisión de Selección, cuya composición también se hará pública, tomando como base el historial acreditado por cada aspirante, de conformidad con el baremo aplicable indicado en el punto 4. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto de que aclaren los méritos que hayan presentado. La puntuación total alcanzable en la valoración de méritos será la puntuación obtenida por el aspirante que hubiera alcanzado la mayor puntuación de la totalidad de los aspirantes presentados. Si la Comisión de Selección lo considera oportuno, podrá mantener entrevistas personales a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil de las plazas convocadas, cuya puntuación máxima será de 30 por ciento de la puntuación máxima alcanzable según la define el párrafo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.2 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. En consecuencia, resultará seleccionado el concursante que mayor puntuación obtenga en la suma de ambos apartados. 7. Listas para sucesivas contrataciones. De conformidad con el artículo 36.3 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, con los candidatos declarados aptos se podrá elaborar una lista, respetando el orden de prelación establecido por la Comisión de Selección, que tendrá una vigencia de un año. 8. Periodo de prueba. La persona seleccionada quedará sujeta al periodo de prueba establecido en el artículo 33.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, durante el cual será posible dejar sin efecto la adjudicación a instancia de cualquiera de las partes. 9. Composición de la comisión de selección. La Comisión encargada de llevar a cabo la selección estará formada por: Presidente: Gerente de Sector de Zaragoza II o persona en quien delegue. Vocales: Director del Hospital Universitario Miguel Servet o persona en quien delegue. Subdirector Médico o persona en quien delegue. csv: BOA

67 Director de Gestión y SS.GG. o Subdirector de Personal. Responsable del Servicio o Sección de la especialidad correspondiente. Un vocal designado por la representación sindical en el Área de Salud, que ocupe plaza para la que se exija el mismo nivel de titulación que la plaza convocada. Un Secretario, con voz pero sin voto, que forme parte del personal fijo del Servicio Aragonés de Salud. 10. Publicaciones sucesivas. A los efectos previstos en el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se indica que todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios derivados del presente procedimiento selectivo, serán publicados en el tablón de anuncios del Hospital Universitario Miguel Servet, situado en P.º Isabel la Católica, 1-3, Zaragoza. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular del Departamento de Sanidad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Zaragoza, 25 de julio de EL Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, P.D. Resolución 27 de enero de 2006 (, 15 de febrero de 2006), El Gerente de Sector de Zaragoza II, José Manuel Aldámiz-Echevarría Iraurgui. csv: BOA

68 ANEXO I Sector Zaragoza II SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE FECHA PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE CARÁCTER INTERINO, DE PLAZAS DE LA CATEGORÍA DE FACULTATIVO ESPECIALISTA DE ÁREA DE EN EL HOSPITAL UNIVERSITARIO MIGUEL SERVET DE ZARAGOZA Datos personales: PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE DNI DOMICILIO LOCALIDAD PROVINCIA COD POSTAL TELEFONO Dirección de correo electrónico de uso habitual : Títulos Académicos Oficiales: S O L I C I T A: Ser admitido/a a la convocatoria, publicada en el BOA el día / /2016, del Sector de Zaragoza II.- Hospital Universitario Miguel Servet.- Datos de la Convocatoria: CATEGORÍA: FACULTATIVO ESPECIALISTA ÁREA ESPECIALIDAD: D E C L A R A : Que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas para participar en la convocatoria, referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, y que se compromete a probar documentalmente todos los datos que le sean solicitados. En a de de 2016 Firma GERENCIA DE SECTOR DE ZARAGOZA II HOSPITAL UNIVERSITARIO MIGUEL SERVET Pº ISABEL LA CATÓLICA 1-3, ZARAGOZA csv: BOA

69 ANEXO II Sector Zaragoza II AUTOBAREMO PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL ESTATUTARIO TEMPORAL FACULTATIVOS ESPECIALISTA DE ÁREA APELLIDOS Y NOMBRE: I.- EXPERIENCIA PROFESIONAL PUNTOS A.- Igual categoría en el Sistema Nacional de Salud, en centros e Instituciones con gestión y provisión públicas. Por cada mes de servicios prestados:....0,33 puntos (Máximo a valorar: sin tope) B.- Otra categoría profesional en centros e Instituciones con gestión y provisión públicas del Sistema Nacional de Salud: Otras especialidades médicas: Por cada mes de servicios prestados:...0,165 puntos (Máximo a valorar: sin tope) Se valorarán también los servicios prestados en FSE cuando se curse en centros acreditados, no pertenecientes al Sistema Público, (escuelas profesionales, red hospitalaria de la Defensa y centros privados -concertados o no-). Resto de personal: Por cada mes de servicios prestados:.....0,08 puntos (Máximo a valorar: sin tope) Se valorarán también los servicios prestados en FSE cuando se curse en centros acreditados, no pertenecientes al Sistema Público, (escuelas profesionales, red hospitalaria de la Defensa y centros privados -concertados o no-). C.- Igual categoría en centros sanitarios del servicio público de salud en Estados miembros de la UE o Grupo I de países de la OCDE: Por cada mes de servicios prestados: ,33 puntos (Máximo a valorar hasta 10 años) Se computarán tanto los servicios prestados como consecuencia de la participación en programas de cooperación internacional, así como la valoración, como mérito, de los servicios prestados en Instituciones y Centros sanitarios acreditados de los Sistemas de Salud nacionales de estos Estados, así como de las estancias formativas o de investigación realizadas en los mismos, que se deriven de programas oficiales de ayudas a la ampliación de estudios, o de convenios o acuerdos internacionales de cooperación científica, siempre que se realicen, en el ámbito de las profesiones incluidas en la regulación del E. Marco, tras superar, en el caso de las profesiones sanitarias, el periodo de formación sanitaria especializada. La valoración de estos servicios, será computada como la realizada en los servicios de salud, si es por trabajo efectivo en categoría equivalente a la que se concursa; si son en otra categoría o se concretan en becas o estancias formativas se computarán como los prestados en otra categoría (B.-) D.- Igual categoría en centros concertados con esta Comunidad Autónoma: Por cada mes de servicios prestados:.....0,055 puntos (Máximo a valorar hasta 9 años) Los Centros Concertados deberán figurar en el listado de Centros con los que concierte la Administración csv: BOA

70 E.- Igual categoría en otras AAPP: Por cada mes de servicios prestados:...0,33 puntos (Máximo a valorar hasta 10 años) Sector Zaragoza II Cuestiones a tener en cuenta en la valoración: 1) El valor por mes completo de servicios prestados por el sistema de cupo y/o zona se reducirá un 70% sobre el valor por mes completo de cada categoría a valorar. 2) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada o a tiempo parcial computarán por día de contrato al igual que en jornada completa. 3) El tiempo de permanencia en excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años o para atender a un familiar hasta el segundo grado, en un período no superior a 3 años, será computable. Igual consideración tendrá el tiempo de permanencia en excedencia de las trabajadoras víctimas de violencia de género durante los primeros seis meses. De la misma manera se computará el período de interrupción en la vida laboral por realización de servicio militar obligatorio si durante ese periodo ya fuera titular de una categoría profesional de las consideradas dentro del Sistema Nacional de Salud. 4) En el caso de acreditarse servicios prestados simultáneamente en dos o más Centros, no se computarán más que en uno de ellos, si se trata de servicios prestados a jornada completa. En caso de tratarse de servicios prestados a jornada parcial se computarán los más beneficiosos para el interesado hasta totalizar una jornada completa. 5) Para el cómputo de los servicios prestados se entenderá el mes de 30 días. II.- ASPECTOS FORMATIVOS (30 puntos máximo) PUNTOS a) Formación pregrado.- Estudios de Licenciatura o Grado: Hasta un máximo de 4,5 puntos. Por cada matrícula de honor:...4,5 puntos Por cada sobresaliente:...4 puntos Por cada notable:...3 puntos A estos efectos y con el fin de homogeneizar la puntuación en función del número de asignaturas incluidas en los diferentes planes de estudios, la suma de las puntuaciones obtenidas se dividirá por el número de asignaturas de la carrera incluidas en los diferentes planes de estudios (no se deben considerar como asignaturas valorables religión, formación política, educación física e idiomas). Para aquellos que hayan obtenido su licenciatura de acuerdo a los nuevos planes de estudio la puntuación correspondiente a los estudios de licenciatura de cada aspirante se obtendrá mediante la aplicación del siguiente algoritmo, (4,5 x CMH) + (4 x CS) + (3 x CN) / (CA +CN + CS + CMH), a materias troncales y obligatorias. CA = Créditos con puntuación de aprobado; CN = Créditos con puntuación de notable CS = Créditos con puntuación de sobresaliente; CMH = Créditos con puntuación matrícula de honor b) Formación especializada: Vía Residencia Vía excepcional: Hasta un máximo de 21 puntos Por la obtención del título de la Especialidad Vía Residencia...21 ptos. Por la obtención del título de la Especialidad Vía Excepcional 5 ptos. csv: BOA

71 c) Master y doctorados: Hasta un máximo de 4,5 puntos Por la obtención de un Título de Master Universitario directamente relacionado con la categoría o especialidad...2 puntos Por la obtención de un Grado de Doctorado..2 puntos Por la obtención de un Grado de Doctorado cum laude.2,5 puntos Por la obtención de un Título de Experto Universitario directamente relacionado con la categoría o especialidad...0,5 puntos Sector Zaragoza II III.- OTROS ASPECTOS (10 puntos máximo) Por trabajos científicos y de investigación, publicados en Revistas de soporte científico válido indizadas en repertorios bibliográficos nacionales o internacionales, y por libros científicos y de investigación publicados por Organismos de la Administración Educativa Central o Autonómica, Universidades, Organismos o Instituciones de las Administraciones Sanitarias Públicas, y siempre en materias relacionadas con la Especialidad a la que se concursa, hasta un máximo de 10 puntos de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración. Publicación revista:...0,40 puntos PUNTOS Capítulo libro*: ,60 puntos Libro: punto * En ningún caso podrá valorar más de un capítulo por libro. A los efectos de este apartado se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: No serán objeto de valoración cartas al Director, ponencias, comunicaciones, posters, resúmenes, que hayan sido presentados en Congresos, Jornadas, reuniones, talleres, etc Solo tendrán la consideración de libro aquellas publicaciones con un mínimo de 49 páginas. No tendrán consideración de libro, aunque adopten esa forma de edición, las actas de congresos. No serán valorados los libros / capítulos editados como glosario, anuarios, manuales de preparación para el acceso a la formación sanitaria pública y al empleo público, cursos de formación continua, protocolos de servicios, libros de casos clínicos, sesiones interhospitalarias y hospitalarias. No tendrán la consideración de autor / autores de la publicación el coordinador, director u otros colaboradores. RESUMEN AUTOBAREMO EXPERIENCIA PROFESIONAL ASPECTOS FORMATIVOS (Máximo 30 puntos) OTROS ASPECTOS (Maxímo 10 puntos) TOTAL En, a de de 2016 Firma: csv: BOA

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