Lima, dos de setiembre de dos mil catorce
|
|
- Hugo Juan José Cáceres Aguirre
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Expediente N. J HUAYO - PATAZ - LA LIBERTAD JEE PATAZ (EXPEDIENTE N ) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACIÓN Lima, dos de setiembre de dos mil catorce VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Segundo Tito Acosta Caballero, personero legal alterno de la alianza electoral Súmate por una Nueva Libertad, en contra de la Resolución N JEE-PATAZ/JNE, de fecha 21 de julio de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pataz, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huayo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, presentada por la citada organización política con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales ANTECEDENTES Con fecha 5 de julio de 2014, la organización política alianza electoral Súmate por una Nueva Libertad presentó una solicitud de inscripción de lista de candidatos para el distrito de Huayo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad (fojas 98 y 99). Mediante la Resolución N JEE-PATAZ/JNE, de fecha 8de julio de 2014 (fojas 96 a 97), el Jurado Electoral Especial de Pataz (en adelante JEE) declaró inadmisible la solicitud de inscripción en virtud a que: i) No se adjuntó el plan de gobierno. ii) Los documentos presentados por el candidato a alcalde Francisco Javier Zevallos Espinoza no acreditan los dos años de domicilio en la circunscripción. iii) Los candidatos Francisco Zevalos Espinoza, Mateo Delgado Altamirano, Percy Castillo Cruzado, Juan Anampa Cruzado, Rosa Soto Paredes y María Ponte Cruz no se encuentran afiliados a la organización política por la cual postulan. iv) No adjuntaron la copia certificada del estatuto del comité electoral o el que haga sus veces suscrita por sus miembros en el que se señale cuáles son las modalidades y condiciones para elegir a los candidatos, ya sean afiliados o no afiliados. v) No adjuntaron la copia certificada del estatuto partidario. vi) No adjuntaron el original de la constancia de afiliación de los candidatos. Por escrito de fecha 10 de julio de 2014, la organización política subsanó las observaciones (fojas 59), adjuntando el formato resumen de plan de gobierno debidamente firmado por el personero legal alterno (fojas 61 a 63); un certificado domiciliario y un contrato de compra venta informal a falto de notario público (fojas 64 y 65); copia del estatuto y reglamento de elecciones internas para las Nuevas Elecciones 1
2 Municipales del 16 de marzo de 2014 (fojas 67 a 76); copia simple del reglamento de elecciones internas para elección de candidatos a cargos electivos para las elecciones Municipales y Regionales 2014 del Movimiento Regional Súmate (fojas 77 a 80), copia simple del acta del IV Congreso Regional Extraordinario del Movimiento Regional Súmate, de fecha 31 de mayo de 2014, mediante la cual se aprobó la conformación de la alianza electoral Súmate por una Nueva Libertad (fojas 81); y los originales de las fichas de afiliación de los candidatos Francisco Javier Zevallos Espinoza, Mateo Santiago Delgado Altamirano, Percy Jeiner Castillo Cruzado, Juan Anampa Cruzado, Rosa Nelly Soto Paredes, María Rosa Ponte Cruz, todas con fecha 13 de enero de 2014 (fojas 82 a 93). Por Resolución N JEE-PATAZ/JNE, de fecha 21 de julio de 2014 (fojas 51 a 54), emitida por el JEE, se declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huayo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, presentada por la alianza electoral Súmate por una Nueva Libertad, por considerar que: i) La organización política no subsanó las observaciones advertidas respecto a la presentación del plan de gobierno y la acreditación del domicilio del candidato Francisco Javier Zevallos Espinoza. ii) Po haberse incumplido con las normas sobre democracia interna al haberse verificado del padrón de afiliados del Registro de Organizaciones Políticas (en adelante ROP) del Jurado Nacional de Elecciones que los candidatos no presentaban afiliación vigente al Movimiento Regional Súmate, encontrándose por ello la elección de los mismos fuera de las normas establecidas por el estatuto del referido movimiento, no pudiéndose valorar las fichas de inscripción. Con fecha 24 de julio de 2014, Segundo Tito Acosta Caballero, personero legal alterno de la alianza electoral Súmate por una Nueva Libertad, interpone recurso de apelación (fojas 2 a 15) en contra de Resolución N JEE-PATAZ/JNE, bajo los siguientes argumentos: i) El plan de gobierno de la alianza fue debidamente declarada ante el portal web del Jurado Nacional de Elecciones, habiéndose presentado además en medio magnético, por lo que sí se cumplió con dicho requisito. ii) Lo resuelto por el JEE es inaudito e increíble, dado que ha presentado con la solicitud de inscripción de candidatos la carta de afiliación al Movimiento Regional Súmate de cada uno de los candidatos para el Concejo Distrital de Huayo, asimismo señala lo correcto es encontrarse afiliado al movimiento respectivo y no al ROP, puesto que el mismo Jurado Nacional de Elecciones es el encargado de subir la información a dicho registro. iii) De la Directiva N MRS/CEC, de fecha 24 de febrero de 2014, y el reglamento de elecciones internas evidencian que los candidatos al distrito de Huayo, pueden o no ser afiliados, por lo que la observación respecto a la afiliación debe ser revocada. 2
3 iv) Se debe hacer una lectura e interpretación integral de la documentación presentada de conformidad con la legislación electoral aplicable. Asimismo, el apelante adjunta a su escrito de apelación los siguientes documentos: v) Copia certificada notarialmente del acta de constitución de alianza electoral entre el Movimiento Regional Súmate y el Movimiento Regional Nueva Libertad (fojas 17 a 19). vi) Copia simple de la Resolución N ROP/JNE, de fecha 17 de julio de 2014 (fojas 20 a 22), por medio de la cual se inscribe la referida alianza electoral. vii) Copia certificada notarialmente del acta de sesión del órgano electoral de la alianza electoral Súmate por una Nueva Libertad, mediante la cual se consolidaron y ratificaron los resultados de las elecciones internas para la provincia de Pataz del Movimiento Regional Súmate (fojas 23 a 25). viii) Copia certificada notarialmente del acuerdo del consejo directivo de la alianza electoral, de fecha 6 de junio de 2014 (fojas 26), por el que se acordó respetar las modalidades de elección interna realizadas por cada organización política integrante, facultar al órgano electoral de la alianza a considerar las tres modalidades previstas en la ley y los respectivos estatutos, precisar sus alcances a través de una directiva electoral y consolidar los resultados de las elecciones internas de las referidas organizaciones políticas conformantes de la alianza. ix) Copia certificada notarialmente del acta de sesión extraordinaria del comité directivo del Movimiento Regional Súmate de fecha 15 de febrero de 2014, por la que se aprobó el reglamento de elecciones internas para la elección de candidatos a cargos electivos para las Elecciones Municipales y Regionales 2014 (fojas 27 a 30). x) Copia certificada notarialmente de la Directiva N MRS/CEC, de fecha 24 de febrero de 2014 (fojas 31). xi) Copia certificada notarialmente de la directiva N OEA/AENSL, de fecha 6 de junio de 2014, emitida por la Alianza Súmate por una Nueva Libertad (fojas 32). xii) Copia certificada notarialmente de la Directiva N OEA/AENSL, de fecha 6 de junio de 2014 (fojas 33). xiii) Copia simple de la Resolución N JNE, de fecha 15 de julio de 2014, mediante la cual se declaró fundado un recurso de apelación interpuesto en contra de una resolución de un JEE que declaró improcedente una solicitud de inscripción de lista de candidatos por incumplimiento de las normas de democracia interna, respecto a la condición de afiliados de los candidatos (fojas 32 a 36). xiv) Plan de gobierno del distrito de Huayo firmado en todas sus páginas por el personero legal alterno Segundo Tito Acosta Caballero. CONSIDERANDOS 1. El artículo 19 de la Ley N , Ley de Partidos Políticos, establece que la elección de autoridades y candidatos de los partidos políticos y movimientos de 3
4 alcance regional o departamental debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en la presente ley, el estatuto y el reglamento electoral de la agrupación política. 2. Al respecto, habiendo analizado el estatuto del Movimiento Regional Súmate y sus respectivas modificatorias inscritas ante el ROP el 21 de julio de 2006, se tiene que los asuntos referidos a la democracia interna se encuentran regulados en los artículos 12 a 16, siendo relevante el artículo 12 a fin de determinar si la condición de afiliado es un requisito para ser candidato: Artículo 12.- La elección de los directivos y candidatos de Súmate, en todos los niveles, será de conformidad a lo establecido en el artículo 24 de la Ley 28094, Ley de Partidos Políticos. Corresponde al congreso regional del Movimiento Súmate decidir la modalidad de elección de los candidatos a que se refiere el artículo anterior. Para tal efecto, al menos las cuatro quintas partes del total de candidatos a representantes del Congreso, consejeros regionales o regidores, deben ser elegidos bajo alguna de las siguientes modalidades: a) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados. b) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados. c) Elecciones a través de los delegados elegidos por los órganos partidarios, conforme lo disponga el estatuto. Hasta una quinta parte del número total de candidatos será designado directamente por el Comité Directivo Regional del Movimiento Regional Súmate. Esta facultad es indelegable. 3. Analizando las disposiciones que regulan a los afiliados, con el fin de determinar si dicha condición es necesaria para ser candidato por el referido movimiento, resultan relevantes también los artículos 6 y 7 del estatuto del Movimiento Regional Súmate, sobre derechos y deberes de los afiliados: Artículo 6.- Son derechos de los afiliados: a. Elegir y ser elegido para integrar los órganos directivos de Súmate. b. Elegir y ser elegido para representar a Súmate en elecciones regionales y locales, conforme al presente estatuto. c. Igualdad de derechos y oportunidades como afiliado de Súmate. d. Participar activamente en el desarrollo del pensamiento político y en la línea estratégica de Súmate. e. Formular iniciativas, expresar libremente sus opiniones y formular quejas y sugerencias ante los órganos del movimiento. f. Estar informado de las acciones y decisiones de los órganos directivos. g. Al debido proceso en caso de imputaciones u observaciones a su conducta como afiliado. Artículo 7.- Son deberes de los afiliados: a. Servir al pueblo y al interés público y defender el sistema democrático como forma de gobierno. 4
5 b. Cumplir y hacer cumplir el ideario, el presente estatuto y los acuerdos adoptados por los órganos directivos del movimiento. c. Participar en las reuniones en las que se les convoque y cumplir con diligencia, responsabilidad y lealtad las tareas que se les encargue. d. Desempeñar ad honorem los cargos partidarios que asuman y las funciones y actividades partidarias que se les encomienden. e. Velar por la unidad, integridad y fortalecimiento del movimiento. f. Actuar con sinceridad, honradez, coherencia, lealtad y hermandad. g. Contribuir al sostenimiento del movimiento pagando oportunamente sus cuotas ordinarias y extraordinarias. h. Participar en las actividades de capacitación política. 4. Finalmente cabe señalar que si bien el reglamento de elecciones internas y la directiva N MRS/CEC fueron aprobados después de la convocatoria a elecciones, estas tampoco disponen que se deba tener la condición de afiliado para ser candidato; de lo que se verifica que en los estatutos y demás normas internas del Movimiento Regional Súmate no existe un mandato expreso que establezca como requisito para ser candidato a cargos públicos de elección popular por dicha organización política, el tener la condición de afiliado, es decir, no se prohíbe expresamente que ciudadanos no afiliados puedan ser elegidos como candidatos. 5. Asimismo, se aprecia que el recurrente no ha apelado la resolución N JEE-PATAZ/JNE, en el extremo referido a la falta de acreditación de los dos años de domicilio del candidato a alcalde Francisco Javier Zevallos Espinoza, motivo por el que corresponde confirmar la resolución apelada en ese extremo. 6. Sin perjuicio de lo señalado en los considerandos precedentes, dado que Segundo Tito Acosta Caballero no se encuentra inscrito como personero legal ante el ROP, así como tampoco está acreditado ante el JEE; este Colegiado considera necesario que la organización política cumpla con acreditar a Segundo Tito Acosta Caballero como personero ante el JEE, con el objeto de continuar con el trámite de inscripción de la lista de candidatos presentada. 7. Por lo tanto, no existiendo mandato expreso que disponga como condición que únicamente los afiliados pueden participar en las elecciones internas de la organización política, se concluye que el acto eleccionario realizado por el Movimiento Regional Súmate no ha vulnerado las normas de democracia interna, por ende, corresponde amparar el recurso de apelación y devolver los actuados al JEE, a fin de que continué con la calificación de la presente solicitud. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, 5
6 RESUELVE Jurado Nacional de Elecciones Artículo primero.- Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por Segundo Tito Acosta Caballero; REVOCAR la Resolución N JEE- PATAZ/JNE, de fecha 21 de julio de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pataz, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huayo, provincia de Pataz, departamento de la Libertad, por la alianza electoral Súmate por una Nueva Libertad; y CONFIRMAR la mencionada resolución en el extremo que declaró improcedente la candidatura de Francisco Javier Zevallos Espinoza en el cargo de alcalde para el referido concejo distrital, en el marco de las elecciones municipales de Artículo segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Pataz continúe con el trámite de calificación de la solicitud de inscripción de lista de candidatos presentada por la alianza electoral Súmate por una Nueva Libertad para el Concejo Distrital de Huayo. Artículo tercero.- REQUERIR a la alianza electoral Súmate por una Nueva Libertad cumpla con formalizar la designación de Abel Adelid Espinoza Aburto y Segundo Tito Acosta Caballero, como personeros presentando la solicitud de acreditación ante el JEE, dentro del segundo día de notificada con la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO Samaniego Monzón Secretario General cdpma 6
1. Organizaciones políticas regidas por normas de democracia interna: -Partidos políticos. -Movimientos de alcance regional o departamental.
INSTRUCTIVO SOBRE DEMOCRACIA INTERNA PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATOS DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y MOVIMIENTOS REGIONALES PARA EL PROCESO DE ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DEL AÑO 2010 I. OBJETIVO Precisar
Más detalles]âütwé atv ÉÇtÄ wx XÄxvv ÉÇxá Resolución N JNE
Lima, nueve de abril de dos mil dieciséis VISTOS el cronograma del proceso de Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino, aprobado mediante Resolución N. 0338-2015- JNE,
Más detallesA n t e c e d e n t e s
CG249/2005 Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada
Más detallesInscripción de partidos políticos
Inscripción de s políticos Inscripción/Registro s (N. provincias) Argentina I 1985 Personería jurídicopolítica Acta de fundación y constitución 150 días 4000 inscritos en el registro electoral 1 millón
Más detallesANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE CIUDADANOS DENOMINADA MOVIMIENTO AL SOCIALISMO
ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS DE LA ASOCIACIÓN DE CIUDADANOS ARTÍCULO 27 1. Los estatutos establecerán: a) La denominación del propio partido, el emblema y el color o colores
Más detallesCENTRO DE APOYO Y CAPACITACIÓN PARA EMPLEADAS DEL HOGAR CACEH.
CENTRO DE APOYO Y CAPACITACIÓN PARA EMPLEADAS DEL HOGAR CACEH. SINDICATO Es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses ü
Más detallesCOMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO
PROCESO INTERNO DE POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTES MUNICIPALES, PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2015-2018. CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA ELECTORAL TERRITORIAL PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS ELECTORES
Más detallesANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO
Más detallesVISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y
PARTIDOS POLITICOS Decreto 937/2010 Reglaméntase la Ley Nº 23.298 que estableció el reconocimiento de los Partidos Políticos, constitución de las alianzas electorales y requisitos para la afiliación y
Más detallesREGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales
Más detallesA N T E C E D E N T E
INE/CG605/2016 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA DESIGNACIÓN DE PRESIDENTES DE CONSEJOS LOCALES Y DISTRITALES DEL INSTITUTO NACIONAL
Más detallesLEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA
LEY ORGÁNICA 2/2007, DE 19 DE MARZO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA TÍTULO PRELIMINAR. Artículo 6. Andaluces y andaluzas en el exterior. 1. Los andaluces y andaluzas en el exterior
Más detallesCOORDINADOR DE LA COMISIÓN OPERATIVA ESTATAL DEL MOVIMIENTO CIUDADANO EN SAN LUIS POTOSÍ
DICTAMEN DE SUSTITUCIÓN DE CANDIDATO A DIPUTADO SUPLENTE POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, PROPUESTO POR EL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO PARA CONTENDER EN EL PROCESO DE ELECCIÓN DE DIPUTADOS EN EL
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto
Más detallesLa Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO
FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO ACUERDO No. 001 REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y/O EXTRAORDINARIAS DEL FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO La Junta Directiva
Más detallesREGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Del Movimiento de Trabajadores y Productores El Movimiento de Trabajadores y Productores, es
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL HUILA MUNICIPIO DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL NIT RESOLUCION NUMERO 002 DE 2016
RESOLUCION NUMERO 002 DE 2016 POR MEDIO DEL CUAL SE REVOCA LA RESOLUCIÓN. 16 DE NOVIEMBRE 13 DE 2015 Y LA RESOLUCIÓN N. 23 DE DICIEMBRE 28 DE 2015. LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONCEJO DEL MUNICIPIO
Más detalles: PRODUCTORA DE ALIMENTOS LIDO DEL PERÚ E.I.R.L. : CANCELACIÓN DE REGISTRO DE MARCA POR FALTA DE USO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN
DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS COMISIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS RESOLUCIÓN Nº 002-2015/CSD-INDECOPI EXPEDIENTE : 444625-2011 ACCIONANTE EMPLAZADA MATERIA : CARRASCO ROJAS, FELIX WALTER : PRODUCTORA DE ALIMENTOS
Más detallesConformación de una Organización
de una Organización Una Organización Comunitaria funcional es aquella organización con personalidad jurídica y sin fines de lucro, que tenga por objeto representar y promover valores e intereses específicos
Más detallesC O N V O C A B A S E S
El Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, 35, fracciones I y II, 41, fracción I, 116, fracciones II y IV, 124 y 125 de la Constitución Política
Más detallesCOSTA RICA. Artículos 96 y 98 financiación y creación, respectivamente.
I Los partidos políticos dentro de la legislación 1. Constitución (Política) 2. Ley de Partidos Políticos 3. Ley Electoral / de Elecciones/ Código Electoral COSTA RICA Artículos 96 y 98 financiación y
Más detallesPERÚ. I. Los partidos políticos dentro de la legislación 1. Constitución (Política) 2. Ley de Partidos Políticos
I. Los partidos políticos dentro de la legislación 1. Constitución (Política) 2. Ley de Partidos Políticos 3. Ley Electoral / de Elecciones /Código Electoral PERÚ Artículo 35. Los ciudadanos pueden ejercer
Más detallesTablas comparativas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE)
Agrupaciones Políticas Nacionales (APN) Constitución y registro Artículo 22.- 1. La agrupación política nacional que pretenda constituirse en partido político para participar en las elecciones federales
Más detallesLA TRANSPARENCIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS
LA TRANSPARENCIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS LA TRANSPARENCIA La transparencia responde a una demanda de la sociedad por conocer cómo toman decisiones quienes tienen encomendadas las tareas públicas y, en
Más detallesJurado Nacional de Elecciones Resolución N JNE
Expediente N. J-2014-00038 TACNA - TACNA RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintisiete de marzo de dos mil catorce VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Juan Eduardo
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT
MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,
Más detallesPROYECTO ESPECIAL HUALLAGA CENTRAL Y BAJO MAYO
ANEXO 2 BASES ADMINISTRATIVAS Nº. 002-2011 VENTA POR SUBASTA RESTRINGIDA DE BIENES MUEBLES, APROBADA POR RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº. 1312-2011-GRSM/PGR PROYECTO ESPECIAL HUALLAGA CENTRAL Y BAJO MAYO
Más detallesXVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO. CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión
XVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión Artículo 1. La Reunión de Consulta sobre Historia tiene entre otros fines elegir las Autoridades
Más detallesLEY DE ELECCIONES REGIONALES. LEY N (Publicada el 15 de marzo de 2002)
LEY DE ELECCIONES REGIONALES LEY N 27683 (Publicada el 15 de marzo de 2002) TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto de la Ley La presente Ley regula la organización y ejecución de las elecciones
Más detallesIII. Otras Resoluciones
36351 III. Otras Resoluciones Consejería de Turismo, Cultura y Deportes 4899 Dirección General de Deportes.- Resolución de 12 de diciembre de 2016, por la que se hace pública la modificación de los Estatutos
Más detallesELECCIONES PRESIDENCIALES ORGANIZACIONES POLÍTICAS CANDIDATOS... 6 ELECCIONES CONGRESALES ORGANIZACIONES POLÍTICAS...
Tabla de contenido ELECCIONES PRESIDENCIALES... 4 1.1 ORGANIZACIONES POLÍTICAS... 4 1.2 CANDIDATOS... 6 ELECCIONES CONGRESALES... 8 2.1 ORGANIZACIONES POLÍTICAS... 9 2.2 LISTAS DE CANDIDATOS... 10 2.3
Más detallesTUMBES, TREINTIUNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ
EXPEDIENTE N : 00328-2010-0-2601-JR-CI-01 MATERIA : IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS RELATOR : TERESA AURELIA NOLE ZAPATA DEMANDADO : ROMERO ACOSTA PEDRO BELTRÁN DEMANDANTE : ZAPATA VILELA GLIDYS Y OTROS. RESOLUCIÓN
Más detallesINE/JGE96/2016 ANTECEDENTES
INE/JGE96/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DEL INE. ANTECEDENTES
Más detallesCONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA
CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA Abog. Yessica Clavijo Chipoco Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales Martes, 24 de febrero de 2009 PARTICIPACIÓN CIUDADANA La Constitución Política del
Más detallesPARTIDO DEL TRABAJO TODO EL PODER AL PUEBLO! UNIDAD NACIONAL LA COMISIÓN COORDINADORA NACIONAL ÓRGANO DE DIRECCIÓN NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO
LA COMISIÓN COORDINADORA NACIONAL ÓRGANO DE DIRECCIÓN NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO Con fundamento en los dispuesto en los artículos 1, 2, 6, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 73, 74, 109
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Compensaciones El Comité de Compensaciones de la Junta Directiva (en adelante
Más detallesA Ñ O ABRIL MAYO MIÉRCOLES 24
A Ñ O 2 0 1 3 ABRIL MIÉRCOLES 24 Vence el plazo para que los partidos políticos comuniquen al Servicio Electoral las nuevas afiliaciones o desafiliaciones que se hubieren producido, con miras a la determinación
Más detallesINSTRUCTIVO PARA DONANTE DE APORTES RESERVADOS ELECCIONES 2013 PRESIDENCIAL PARLAMENTARIAS CONSEJEROS REGIONALES
INSTRUCTIVO PARA DONANTE DE APORTES RESERVADOS ELECCIONES 2013 PRESIDENCIAL PARLAMENTARIAS CONSEJEROS REGIONALES UNIDAD DE CONTROL DEL GASTO ELECTORAL INTRODUCCIÓN El Servicio Electoral ha establecido
Más detallesCapítulo I Disposiciones generales
Acuerdo Cobay 01/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia del Colegio de Bachilleres del Estado de Yucatán La Junta de Gobierno del Colegio de Bachilleres
Más detallesREGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD
REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO
Más detallesPUBLICADA EL 19 DE ENERO DE 2014 EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO LEY DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA LEY 30157
PUBLICADA EL 19 DE ENERO DE 2014 EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO LEY DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA LEY 30157 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la
Más detalles7.6.- Financiamiento a Partidos Políticos para Gastos de Campaña.
Baja 85 7.6.- Financiamiento a Partidos Políticos para Gastos de Campaña. El artículo 53, fracción II, de la Ley Electoral del Estado de Baja, señala que a más tardar en el mes de octubre del año anterior
Más detallesCONVOCATORIA. Quito, 25 de febrero del Señor PRESIDENTE CLUB DEPORTIVO LDBA Presente.- De nuestras consideraciones:
CONVOCATORIA Quito, 25 de febrero del 2014 Señor PRESIDENTE CLUB DEPORTIVO LDBA Presente.- De nuestras consideraciones: Se CONVOCA a la Asamblea General Ordinaria de Elecciones, en la cual se procederá
Más detallesReglamento sobre elecciones, revocaciones y consultas de Revolución Democrática
Reglamento sobre elecciones, revocaciones y consultas de Revolución Democrática Título I: De las elecciones, consultas y revocaciones Artículo 1. Elección de cargos a nivel territorial. Las elecciones
Más detallesTRATAMIENTO DE UNA APELACIÓN
RECEPCIÓN Y REGISTRO Presentación de la (carta o vía electrónica con información sustentatoria) Registro de la en el formato GG-014 "Registro de quejas y apelaciones" y apertura de un expediente VALIDACIÓN
Más detallesINSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 113-04 QUE CONOCE DEL RECURSO DE RECONSIDERACION INTERPUESTO POR LA EMPRESA RADIO CIMA 100, S. A., EN CONTRA DE LA RESOLUCION NO.
Más detallesQue, a fs.sesenta y cuatro, comparece don José Pedro Ogaz Espinoza, Superintendente de Bomberos y en representación del Cuerpo de Bomberos de
Santiago, doce de diciembre de dos mil doce. Autos. Vistos: Que, a fs.sesenta y cuatro, comparece don José Pedro Ogaz Espinoza, Superintendente de Bomberos y en representación del Cuerpo de Bomberos de
Más detallesPresidencia AYUDA MEMORIA
INTERVENCIÓN DEL PRESIDENTE DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES, DOCTOR FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA, EN EL EVENTO DEL CIES HACIA UN MEJOR GOBIERNO PERUANO 2016-2021 FECHA: MARTES 26 DE ENERO 2016 LUGAR: HOTEL
Más detallesINSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO COMITÉ DE INFORMACIÓN. Quinta Sesión Extraordinaria del día treinta y uno de agosto de dos mil quince.
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO COMITÉ DE INFORMACIÓN Quinta Sesión Extraordinaria del día treinta y uno de agosto de dos mil quince. ACUERDO N IEEM/CI/10/2015 Creación del sistema de datos personales
Más detallesCOMITÉ DIRECTIVO ESTATAL PUEBLA CONVOCATORIA
COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL PUEBLA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DEL REGISTRO COMO ORGANIZACIÓN ESTATAL ADHERENTE DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL El Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario
Más detallesArtículo 4 Derechos y principios rectores
LEY ORGÁNICA 6/2006, DE 19 DE JULIO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CATALUÑA. TÍTULO PRELIMINAR Artículo 4 Derechos y principios rectores 2. Los poderes públicos de Cataluña deben promover las
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2011 ( )
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2011 ( ) Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con la conformación y funcionamiento de las Juntas Directivas de
Más detallesSindicato Nacional de Trabajadores de la Educación
EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 79, FRACCIÓN XXIV; ARTÍCULO 81 FRACCIONES I, II,
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL N MDJLBYR. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero,
ORDENANZA MUNICIPAL N 019-2012-MDJLBYR José Luis Bustamante y Rivero, 2012 Setiembre 28. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, POR CUANTO: El Concejo Municipal, en
Más detallesDirección Ejecutiva de Justicia Cívica
Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento
Más detallesPROCESO CAS N ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO
PROCESO CAS N 135-2015-ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios de UN (01)
Más detallesDIRECTIVA Nº /CN
DIRECTIVA Nº 011-06-2015/CN PARA: DE: ASUNTO: Gerencia General Gerencia de Riesgos y Finanzas Gerencia de TI y Administración Jefatura de Créditos y Recuperaciones Jefatura de Contabilidad Unidad de Auditoría
Más detallesGobierno del Estado de Morelos
Gobierno del Estado de Morelos Consejería Jurídica REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL DE DOCUMENTACIÓN DE MORELOS. Fecha de Aprobación 2011/09/26 Fecha de Publicación 2011/10/05 Vigencia 2011/10/06
Más detallesREGLAMENTO DE LAS REUNIONES DE CONSULTA DE LAS COMISIONES
REGLAMENTO DE LAS REUNIONES DE CONSULTA DE LAS COMISIONES APROBADO POR LAS REUNIONES DE CONSULTA Quito, Ecuador, 2009 El reglamento aquí impreso fue aprobado de manera independiente por cada Comisión del
Más detallesA N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS
A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS DE LA CONVOCATORIA: ARTICULO 1.- La convocatoria la efectúa el Rector, con sujeción a la fecha fijada por la Asamblea Universitaria para la
Más detallesCONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.
REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE VOCALES REPRESENTANTES DE LA CIUDADANÍA ANTE EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE GUARANDA. CONSIDERANDO 1. Que el Art. 225 de la Constitución
Más detallesFORMATO DE DECRETO DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA
FORMATO DE DECRETO DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA DECRETO POR MEDIO DEL CUAL SE CONFORMA EL COMITÉ PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA EN EL MUNICIPIO
Más detallesPRIMERO. Cumplimiento de los plazos y de la normativa electoral por parte de las Agrupaciones y del Comité Provincial de Ourense.
Partido dos Socialistas de Galicia. Ribeira de Canedo 24 26, baixo. 32001, Ourense. A LA COMISIÓN NACIONAL DE GARANTÍAS ELECTORALES del PSdeG PSOE A LA COMISIÓN GESTORA NACIONAL DEL PSdeG PSOE A LA COMISIÓN
Más detallesA N T E C E D E N T E S
ITE-CG 132/2016 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO TLAXCALTECA DE ELECCIONES, POR EL QUE SE APRUEBA LA SUSTITUCIÓN DE LAS CANDIDATAS PROPIETARIA Y SUPLENTE AL CARGO DE DIPUTADOS LOCALES POR EL PRINCIPIO
Más detallesI CONVOCATORIA. 20, fracción 11,párrafo décimo primero, incisos a) al e) de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas;
I AL PROCESO DE REELECCiÓN O DESIGNACiÓN DE los CONSEJEROS ELECTORALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAUlIPAS, PREVISTA EN LA FRACCiÓN 11I,DEl ARTíCULO 128 DEL CÓDIGO ELECTORAL PARA EL ESTADO DE TAMAUlIPAS.
Más detallesJurado Nacional de Elecciones Resolución N. 271-2014-JNE
Lima, uno de abril de dos mil catorce VISTA, la Resolución N. 247-2010-JNE, de fecha 15 de abril de 2010. CONSIDERANDO 1. Mediante la Ley N. 26864, Ley de Elecciones Municipales, se regula la elección
Más detallesRESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
RESOLUCIÓN 000052 DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a
Más detallesRESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº SA/DM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1182-2003-SA/DM Lima, 17 de Noviembre del 2003 Vista la propuesta de la Oficina General de Cooperación Internacional y el Oficio Nº 2225-2003-OGAJ/MINSA de la Oficina General
Más detallesFechas, horarios y sedes para el cotejo documental. El horario de atención será de 9:00 a 16:00 hrs. (horario local).
LISTA CON LOS FOLIOS DE LAS ASPIRANTESS CONVOCADAS A LA ETAPA DE COTEJO Y VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE LA PRIMERA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO P 2013-2014. 16 13 DE DICIEMBRE DE 201 En cumplimiento
Más detallesMODELO DE ACTA DE FUSIÓN ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO. Acta No.
NOTA ESPECIAL: El presente es un modelo que sirve como guía para las entidades sin ánimo de lucro, el cual en nada obliga a la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño. MODELO DE ACTA DE FUSIÓN ENTIDAD
Más detallesINSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO PROCESO ELECTORAL 2014 Octava Sesión Ordinaria INFORME QUE RINDE LA SECRETARIA EJECUTIVA, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN LAS FRACCIONES IV, V Y VII DEL ARTICULO 117 Y
Más detallesREGLAMENTO DE LAS ORGANIZACIONES ADHERENTES DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
REGLAMENTO DE LAS ORGANIZACIONES ADHERENTES DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL REGLAMENTO DE LAS ORGANIZACIONES ADHERENTES DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES
1 TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ::::.. 3 CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES 3 CAPITULO III DE LA DURACION Y LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACION DE..... 4 CAPITULO
Más detallesDIRECTOR CONSEJO NACIONAL DE CINEMATOGRAFÍA DEL ECUADOR
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL SECRETARIA GENERAL Oficio No.CNE-SG-2016-000103-Of Quito, 20 de enero del 2016 Señor Juan Martín Cueva Armijos DIRECTOR CONSEJO NACIONAL DE CINEMATOGRAFÍA DEL ECUADOR Presente.
Más detallesBASES PARA LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL
BASES PARA LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL I. EVALUACIÓN DE FICHA RESUMEN CURRICULAR En esta etapa se verifica lo informado y descrito por el postulante en relación a los Términos de Referencia.
Más detallesLEY DE PARTIDOS POLÍTICOS. LEY Nº 28094 (Publicada el 01 de Noviembre de 2003)
LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS LEY Nº 28094 (Publicada el 01 de Noviembre de 2003) TÍTULO I DEFINICIONES GENERALES Artículo 1º.- Definición Los partidos políticos expresan el pluralismo democrático. Concurren
Más detallesRepresentantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla
Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla Tiraje de 30000 ejemplares Coordinación del Proyecto: Dirección de Capacitación Electoral Diseño: Unidad de Comunicación Social
Más detallesJuan Ignacio García Director del Servicio Electoral Octubre División de Procesos Electorales
Juan Ignacio García Director del Servicio Electoral Octubre 2012 1.- Antecedentes generales 2.- Componentes nuevos en leyes electorales 3.- Estadísticas históricas 4.- Temas relacionados 1.- Antecedentes
Más detallesPoder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco
Resultados Evaluación de la Publicación de Información Fundamental Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco METODOLOGÍA Qué se evalúa? Publicación de la
Más detallesAsociaciones Sindicales
Asociaciones Sindicales para Estudiantes de Ciencias Económicas por José María Podestá Desarrollo de exposición Objeto y fines de los sindicatos Libertad sindical Tipos de sindicatos La personería gremial
Más detallesRESUELVE ARTÍCULO 1: EVENTO OFICIAL - Es oficial, todo evento o competencia que se incluya en el Calendario Oficial de la Federación Colombiana de Pat
ACUERDO N 001 DEL 2015 POR EL CUAL SE MODIFICA EL REGLAMENTO PARA LA PARTICIPACIÓN EN COMPETENCIAS NACIONALES E INTERNACIONALES (31 DE MARZO DEL 2015) Por medio del cual se reglamenta la participación
Más detallesC. Dip. Luis Felipe Luna Obregón Presidente del Congreso del Estado. P r e s e n t e.
C. Dip. Luis Felipe Luna Obregón Presidente del Congreso del Estado. P r e s e n t e. La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales recibió para efectos de su estudio y dictamen, los escritos formulados
Más detallesACTA QUINCUAGESIMA CUARTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL SERVICIO ELECTORAL
En Santiago, República de Chile, a 21 de marzo de 2016, siendo las 18:30 horas, en calle Esmeralda N 611, segundo piso, comuna de Santiago, se efectúa la Quincuagésima Cuarta Sesión Extraordinaria del
Más detallesEXPEDIENTE Nº /CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL RESOLUCIÓN FINAL
0014-2009/CEB-INDECOPI 19 de enero de 2009 EXPEDIENTE Nº 000110-2008/CEB PROCEDIMIENTO DE OFICIO CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL RESOLUCIÓN FINAL SUMILLA: Se declara que el incumplimiento
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ TITULO PRELIMINAR Artículo 1º El presente Reglamento tiene como finalidad establecer el régimen
Más detallesMinisterio de Justicia, y Derechos Humanos Oficina Anticorrupción
RESOLUCIÓN OA/DPPT Nº 491/15 BUENOS AIRES, 26/06/ 2015 VISTO las actuaciones registradas en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS bajo el EXP S04:0028672/14; y CONSIDERANDO I.- Que estas actuaciones
Más detallesResolución Nº CONSUCODE/PRE
Resolución Nº 114-2007-CONSUCODE/PRE Jesús María, 06 de marzo de 2007 VISTO: El Memorando Nº 196-2007-GRNP, de fecha 05 de marzo de 2007, emitido por la Gerencia del Registro Nacional de Proveedores; y
Más detallesREGLAMENTO DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIENTIFICAS DE TECNOLOGIA MEDICA DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU CAPITULO I GENERALIDES CAPITULO II
REGLAMENTO DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIENTIFICAS DE TECNOLOGIA MEDICA DEL COLEGIO TECNOLOGO MEDICO DEL PERU CAPITULO I GENERALIDES CAPITULO II DE LOS FINES CAPITULO III DE LA CONFORMACION CAPITULO IV
Más detallesCRITERIOS Y PARÁMETROS PARA EL DESARROLLO DEL EXAMEN ESCRITO
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO CRITERIOS Y PARÁMETROS PARA EL DESARROLLO Diciembre del 2011. 0 CONTENIDO Presentación 1. Diseño y elaboración 2. Temas 3. Tipo de Preguntas 3.1 Características
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A DECANA O DECANO DE FACULTAD Y DIRECTOR O DIRECTORA DE ESCUELA
PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A DECANA O DECANO DE FACULTAD Y DIRECTOR O DIRECTORA DE ESCUELA ÍNDICE 1 ELECTORES Y ELEGIBLES... 3 2 CONVOCATORIA, CALENDARIO ELECTORAL Y CAUSA DE ABSTENCIÓN.. 3 3 CÓMPUTO
Más detallesUNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR
UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR 1. Para la elección de rector de la Sede Central y de las Sedes nacionales, el presidente del
Más detallesEsta norma define los términos para prestar de manera satisfactoria los diferentes
201-02-11 1. OBJETO Esta norma define los términos para prestar de manera satisfactoria los diferentes servicios y beneficios preferenciales que ofrece la cámara de comercio al grupo de afiliados en los
Más detalles"Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad" Titicaca, maravilla natural del mundo CONVOCATORIA
"Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad" CONVOCATORIA CONVOCATORIA ABIERTA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN PUNO DE PROFESIONALES PARA REGISTRO Y ASESORAMIENTO DE
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI. ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013)
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE TOGUI ACUERDO No 15 (30 DE AGOSTO DE 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE FIJA EL SALARIO DE LA ALCALDESA, EL PERSONERO, SE FIJAN LAS ESCALAS MAXIMAS DE
Más detallesREGLAMENTO CONCURSO CREATIVIDAD E INNOVACIÓN 2013
REGLAMENTO CONCURSO CREATIVIDAD E INNOVACIÓN 2013 Introducción Cada año, el día 26 de abril, se celebra el Día Mundial de la Propiedad Intelectual. Esta celebración instaurada por la Asamblea General de
Más detalles(NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN CIVIL)
ASUNTO: Manifestación de intención para participar como candidato independiente para el cargo de Diputado Local por el distrito., Guerrero; de de 2015. C., CONSEJERO (A) PRESIDENTE (A) O SECTRETARIO (A)
Más detallesMODELO DE OFICIO PARA ELEVAR TERNA. Dr. MAXIMO T. ALVARADO ROMERO PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUANCAVELICA
MODELO DE OFICIO PARA ELEVAR TERNA OFICIO Nº ----------------------------------------------- (Lugar y Fecha) SEÑOR: ASUNTO: Dr. MAXIMO T. ALVARADO ROMERO PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
Más detallesREGLAMENTO DE AFILIACIONES
REGLAMENTO DE AFILIACIONES CAPÍTULO I OBJETO Y ALCANCES Artículo 1.- Objeto El presente reglamento contiene las normas generales y establece los requisitos y procedimientos para la afiliación, preafiliación,
Más detalles