SEGUNDA SECCION SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
|
|
- Pedro Botella Suárez
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Jueves 1 de julio de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) SEGUNDA SECCION SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXOS Glosario de definiciones y acrónimos,,,,,, 8, 9, 1, 11, 1, 1, 1, 1, 1, 1, 19,, 1,,,,,, 8 y 9 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 1, publicadas el de junio de 1. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. ANEXO GLOSARIO DE DEFINICIONES Y ACRONIMOS DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 1 Para los efectos de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 1 y sus anexos, se entiende por: I. ACRONIMOS 1. AGA, la Administración General de Aduanas, sita en Avenida Hidalgo, Módulo IV, Tercer Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F.. ACOA, la Administración Central de Operación Aduanera de la AGA, sita en Avenida Hidalgo, Módulo IV, Primer Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F.. ACRA, la Administración Central de Regulación Aduanera de la AGA, sita en Avenida Hidalgo, Módulo IV, Planta Baja, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F. y para toma de muestras de mercancías, el domicilio ubicado en Calzada Legaria 8, Primer Piso, Col. Irrigación, Del. Miguel Hidalgo, C.P. 11, México, D.F.. ACPA, la Administración Central de Planeación Aduanera de la AGA, sita en Avenida Hidalgo, Módulo IV, Primer Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F.. ACCG, la Administración Central de Contabilidad y Glosa de la AGA, sita en Avenida Hidalgo, Módulo IV, Primer Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F.. ACG, la Administración de Contabilidad y Glosa de la ACCG.. AGAFF, la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, sita en Avenida Hidalgo, Módulo II, Segundo Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F. 8. ACPP, la Administración Central de Planeación y Programación de la AGAFF, sita en Avenida Hidalgo, Módulo II, Segundo Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F. 9. ALAF, la Administración Local de Auditoría Fiscal. 1. AGGC, la Administración General de Grandes Contribuyentes, sita en Avenida Hidalgo, Módulo III, Planta Baja, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. México, D.F. 11. ACNI, la Administración Central de Normatividad Internacional de la AGGC, sita en Avenida Hidalgo, Módulo III, Planta Baja, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F. 1. AGJ, la Administración General Jurídica, sita en Avenida Hidalgo, Módulo IV, Segundo Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F. 1. ACNCEA, la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la AGJ, sita en Avenida Reforma, Módulo VI, Planta Baja, Col. Guerrero, Del Cuauhtémoc, C.P., México, D.F. 1. ALJ, la Administración Local Jurídica. 1. AGR, la Administración General de Recaudación, sita en Avenida Reforma, Módulo IV, Segundo Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F. 1. ALR, la Administración Local de Recaudación. 1. AGRS, la Administración General de Recursos y Servicios, sita en Avenida Reforma, Módulo VII, Segundo Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México D.F. 18. AGCTI, la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, sita en Avenida Reforma, Módulo VII, Sexto Piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P., México, D.F. 19. ALSC, la Administración Local de Servicios al Contribuyente.. AELC, la Asociación Europea de Libre Comercio. 1. ALADI, la Asociación Latinoamericana de Integración.
2 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 1 de julio de 1. ALTEX, al programa aprobado al amparo del Decreto para el Fomento y Operación de las Empresas Altamente Exportadoras publicado en el DOF el de mayo de 199 y sus reformas.. BANJERCITO, el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.. CAAT, el Código Alfanumérico Armonizado del Transportista.. CIEC, la Clave de Identificación Electrónica Confidencial.. CIITEV, el Módulo de Control de Importación e Internación Temporal de Vehículos.. CONOCER, el Consejo de Normalización y Certificación de Competencia Laboral. 8. CURP, la Clave Unica de Registro de Población. 9. DOF, el Diario Oficial de la Federación.. DTA, el derecho de trámite aduanero. 1. ECEX, las empresas de comercio exterior autorizadas por la Secretaría de Economía, en los términos del Decreto para el establecimiento de Empresas de Comercio Exterior, publicado en el DOF el 11 de abril de FIEL, la Firma Electrónica Avanzada.. IEPS, el impuesto especial sobre producción y servicios.. IETU, el impuesto empresarial a tasa única.. IGI, el Impuesto General de Importación.. IMSS, el Instituto Mexicano del Seguro Social.. ISAN, el impuesto sobre automóviles nuevos. 8. ISR, el impuesto sobre la renta. 9. ISTUV, el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.. IVA, el impuesto al valor agregado. 1. LFD, la Ley Federal de Derechos.. LIEPS, Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.. LIGIE, la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.. LISAN, la Ley del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.. LISR, la Ley del Impuesto Sobre la Renta.. LIVA, la Ley del Impuesto al Valor Agregado.. NIV, Número de Identificación Vehicular. 8. NOM s, las Normas Oficiales Mexicanas. 9. NTCL, la Norma Técnica de Competencia Laboral.. OMA, la Organización Mundial de Aduanas. 1. PECA, el Pago Electrónico Centralizado Aduanero.. PEPS, Primeras Entradas Primeras Salidas.. PITEX, las personas morales que hubieran obtenido un programa en términos del Decreto que establece programas de importación temporal para producir artículos de exportación, publicado en el DOF el de mayo de 199 y sus posteriores modificaciones.. PROSEC, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial publicado en el DOF el de agosto de y sus posteriores modificaciones.. RCFF, el Reglamento del Código Fiscal de la Federación.. RCGMCE, las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior vigentes.
3 Jueves 1 de julio de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección). RFC, el Registro Federal de Contribuyentes. 8. RMF, la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. 9. SAAI, el Sistema Automatizado Aduanero Integral.. SARI, el Sistema de Administración de Responsabilidad Integral. 1. SAT, el Servicio de Administración Tributaria.. SCT, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.. SE, la Secretaría de Economía.. SECIIT, el Sistema Electrónico de Control de Inventarios para Importaciones Temporales.. SIECA, el Sistema de Esclusas para el Control en Aduanas.. SIRECU, el Sistema de Registro de Cuentas Bancarias.. SOIA, el Sistema de Operación Integral Aduanera. 8. SIREMA, el Sistema de Registro de Mandatarios. 9. SIRET, el Sistema de Registro de Transportistas.. TESOFE, la Tesorería de la Federación. 1. TIGIE, la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.. TLCAELC, el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio.. TLCAN, el Tratado de Libre Comercio de América del Norte. II. DEFINICIONES: 1. Días, los días hábiles de conformidad con el artículo 1 del Código.. Dólares, los dólares de los Estados Unidos de América.. Código, el Código Fiscal de la Federación.. Comunidad, la Comunidad Europea.. Convenio ATA, el Convenio Aduanero sobre Cuadernos A.T.A., para la Admisión Temporal de Mercancías y su Anexo, hechos en Bruselas, el seis de diciembre de mil novecientos sesenta y uno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el de abril de 1, mediante decreto promulgatorio.. Contador Público Registrado, el contador público registrado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con el artículo del Código Fiscal de la Federación.. Cuaderno ATA, el documento aduanero internacional válido como declaración en aduana, que permite identificar la mercancías y que incluye una garantía válida internacional para cubrir los derechos e impuestos al comercio exterior y demás contribuciones y cantidades exigibles para su importación, utilizado para la reimportación temporal de las mercancías señaladas en los convenios a que hace referencia el Capítulo.. de la presente Resolución. 8. Decisión, la Decisión / del Consejo Conjunto del Acuerdo Interino sobre Comercio y Cuestiones Relacionadas con el Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea. 9. Declaración en factura, la Declaración en factura de conformidad con lo dispuesto en el Anexo III de la Decisión y el Anexo I del TLCAELC. 1. Decreto de la Franja o Región Fronteriza, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, publicado en el DOF el de diciembre de 8 y sus posteriores modificaciones.
4 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 1 de julio de Decreto IMMEX, el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación referido en el artículo Unico del Decreto por el que se modifica el diverso para el fomento y operación de la industria maquiladora de exportación, publicado en el DOF el 1 de noviembre de y sus posteriores modificaciones. 1. Fracción Arancelaria, a las fracciones arancelarias establecidas en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. 1. Franja Fronteriza norte, al territorio comprendido entre la línea divisoria internacional del norte del país y la línea paralela a una distancia de kilómetros hacia el interior del país en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del Estado de Sonora y el Golfo de México, así como el municipio fronterizo de Cananea, Sonora. 1. Industria de Autopartes, las empresas con Programa IMMEX que enajenen partes y componentes importados temporalmente conforme al artículo 18 de la Ley, así como las partes y componentes que incorporen insumos importados temporalmente bajo dichos programas, a las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte para ser integrados a sus procesos de ensamble y fabricación de vehículos. 1. LEY, La Ley Aduanera. 1. Maquiladoras, las personas morales que hubieran obtenido un programa autorizado por la SE, en los términos del Decreto para el fomento y operación de la industria maquiladora de exportación, publicado en el DOF el 1o. de junio de 1998 y sus posteriores modificaciones. 1. Regla 8a, a la Regla 8ª. de las Complementarias de la fracción II del artículo de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación para la aplicación e interpretación de la Tarifa de la propia Ley. 18. Programa IMMEX, al programa autorizado al amparo del Decreto IMMEX. 19. Reglamento, el Reglamento de la Ley Aduanera.. Resolución de la Decisión, la Resolución en materia aduanera de la Decisión / del Consejo Conjunto del Acuerdo Interino sobre Comercio y Cuestiones Relacionadas con el Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus anexos 1 y, publicada en el DOF el 1 de diciembre de y sus posteriores modificaciones. 1. Resolución del TLCAELC, la Resolución en materia aduanera del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio y sus anexos 1 y, publicada en el DOF el 1 de diciembre de y sus posteriores modificaciones.. Reexportación, el retorno al extranjero de mercancía importada temporalmente al amparo de un Cuaderno ATA, en términos del Capítulo.. de la presente Resolución.. Reimportación, el retorno a territorio nacional de mercancía exportada temporalmente al amparo de un Cuaderno ATA, en términos del Capítulo.. de la presente Resolución.. Resolución del TLCAN, la Resolución por la que se establecen las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, publicada en el DOF el 1 de septiembre de 199 y sus posteriores modificaciones. Asimismo, se aplicarán las definiciones establecidas en los artículos o. de la Ley Aduanera y 1o. de su Reglamento, así como las demás contenidas en estos dos ordenamientos y en los Decretos expedidos o que expida el Ejecutivo Federal y en los Acuerdos expedidos o que expida la SE relacionados con las disposiciones en materia aduanera. Atentamente, México, D.F., a de junio de 1.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
5 Jueves 1 de julio de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) ANEXO DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 1 Multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera, vigentes a partir del 1 de enero de 1 "Artículo II. Tener un capital social pagado de por lo menos $1,, " "Artículo IX.... En los casos a que se refiere esta fracción, el agente aduanal tendrá derecho a una contraprestación de $18. por cada operación.... " "Artículo VII. Tratándose de los regímenes aduaneros temporales, de depósito fiscal y de tránsito de mercancías, declarar con inexactitud alguno de los datos a que se refiere el primer párrafo de la fracción II, del artículo 1 de esta Ley, siempre que con los datos aportados, excluida la liquidación provisional a que se refieren los artículos 1, fracción II y 11, fracción II de esta Ley, de haberse destinado la mercancía de que se trate al régimen de importación definitiva, la omisión no exceda de $99,..... " "Artículo II.... a) La omisión en el pago de impuestos al comercio exterior, derechos y cuotas compensatorias, en su caso, exceda de $11,91. y dicha omisión represente más del 1% del total de los que debieron pagarse.... VII.... a) La omisión exceda de $11,91. y del 1% de los impuestos al comercio exterior, derechos y, en su caso, cuotas compensatorias causadas.... " "Artículo I.... a) La omisión en el pago de impuestos al comercio exterior, derechos y cuotas compensatorias, en su caso, exceda de $99,. y dicha omisión represente más del 1% del total de los que debieron pagarse.... V.... a) La omisión exceda de $99,. y del 1% de los impuestos al comercio exterior, derechos y, en su caso, cuotas compensatorias causadas.... VI.... No será cancelada la autorización de apoderado aduanal siempre que la omisión en el pago de impuestos al comercio exterior, derechos y cuotas compensatorias, no represente más de un 1% del total de los que debieron pagarse y dicha omisión no exceda de $99,..... "
6 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 1 de julio de 1 "Artículo II. Multa de $,88. a $,9. cuando no se haya obtenido el permiso de autoridad competente, tratándose de vehículos.... " "Artículo II. Si la infracción consistió en exceder los plazos concedidos para el retorno de las mercancías de importación o internación, según el caso, multa de $1,1. a $1,1. si el retorno se verifica en forma espontánea, por cada periodo de quince días o fracción que transcurra desde la fecha de vencimiento del plazo hasta que se efectúe el retorno. El monto de la multa no excederá del valor de las mercancías.... V. Multa de $,. a $,. en el supuesto a que se refiere la fracción IV.... " "Artículo I. Multa de $,9. a $,., en caso de omisión a las mencionadas en las fracciones I, II y XVIII. Las multas se reducirán al % cuando la presentación sea extemporánea. II. Multa de $99. a $1,19. a la señalada en la fracción III, por cada documento.... III. IV. Multa de $1,1. a $,81. tratándose de la fracción IV. Multa de $,9. a $,. a la señalada en la fracción V, por cada medio magnético que contenga información inexacta, incompleta o falsa. V. Multa de $,19. a $,8. a la señalada en la fracción VI. VI. Multa de $,19. a $,8., en el caso señalado en la fracción VII, por cada pedimento.... VIII. Multa de $,9. a $1,., en el caso de la transmisión electrónica señalada en la fracción IX, por la omisión de cada pasajero, tripulante o medio de transporte que arribe a territorio nacional, a que se refiere el inciso a) y por la omisión relativa a la mercancía por cada medio de transporte a que se refiere el inciso b). La multa se reducirá en un %, en el caso de que la transmisión electrónica sea extemporánea, incompleta o contenga información incorrecta. IX. Multa de $11,99. a $11,8., en los casos señalados en la fracción X, por cada aeronave que arribe al territorio nacional. X. Multa de $1,19. a $,19., en el caso señalado en la fracción XI, por cada pedimento. XI. Multa de $,8. a $,. en caso de omisión y de $,19. a $,8. por la presentación extemporánea, en el caso señalado en la fracción XII. XII. Multa de $1. a $1,19., en el caso señalado en la fracción XIII, por cada documento.... XIV. Multa de $1,. a $1,., a la señalada en la fracción XVII por cada periodo de 1 días o fracción que transcurra desde la fecha en que se debió presentar el aviso y hasta que el mismo se presente." "Artículo 18-B. Se aplicará una multa de $1,. a $,8. a quienes cometan la infracción relacionada con la obligación de llevar los sistemas de control de inventarios prevista en el artículo 18-A de esta Ley." "Artículo I. Multa de $,9. a $,., a las señaladas en las fracciones I, II, IV, V, Xl, XXI y XXII.
7 Jueves 1 de julio de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) II. Multa de $1,1. a $1,1., a la señalada en la fracción III.... IV. Multa de $11,. a $1,1. a las señaladas en las fracciones IX y X. V. Multa de $,8. a $9,1. a las señaladas en las fracciones Xll y Xlll. VI. Multa de $,9. a $1,., a la señalada en la fracción VIII.... VIII. Multa de $,9. a $,8. a la señalada en la fracción XVl.... X. Multa de $,. a $8,., a la señalada en la fracción XIX. XI. Multa de $1. a $1,19., a la señalada en la fracción XVII. XII. Multa de $,. a $9,1., a la señalada en la fracción XX, por cada periodo de días o fracción que transcurra desde la fecha en que se debió dar cumplimiento a la obligación y hasta que la misma se cumpla.... XIV. Multa de $,9. a $1,., a la señalada en la fracción XIV. En el caso de reincidencia, la sanción consistirá en la suspensión provisional del recinto fiscalizado por un plazo de dos a treinta días. XV. Multa de $1,1. a $1,,89. a la señalada en la fracción XXIII.... " "Artículo l. Multa de $,9. a $,., a quien cometa la infracción señalada en la fracción I. Il. Multa de $,8. a $8,99., a quien cometa la infracción señalada en la fracción II." "Artículo l. Multa de $11,. a $1,1., tratándose de las señaladas en las fracciones l y Il. II. IIl. IV. Multa de $,9. a $,., tratándose de la señalada en la fracción III. Multa de $,9. a $,., tratándose de la señalada en la fracción IV. Multa de $,8. a $8,99., tratándose de la señalada en la fracción V, independientemente de las sanciones a que haya lugar por la comisión de delitos.... " "Artículo l. Multa de $,8. a $9,1., a la señalada en la fracción I. II. III. Multa de $9,1. a $11,., a la señalada en la fracción II, así como reparación del daño causado. Multa de $9,1. a $11,., si se trata de la señalada en la fracción III.... " "Artículo. Cuando el monto de las multas que establece esta Ley esté relacionado con el de los impuestos al comercio exterior omitidos, con el valor en aduana de las mercancías y éstos no pueden determinarse, se aplicará a los infractores una multa de $,. a $,8.." Atentamente, México, D.F., a de junio de 1.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
8 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 1 de julio de 1 ANEXO DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 1 Cantidades que se deberán considerar como pago por la prestación de los servicios de segundo reconocimiento aduanero y como impuesto al valor agregado trasladado por la prestación de dichos servicios Periodo de enero a julio de 1 Aduana/Sección Aduanera Pago por los servicios de Impuesto al valor agregado trasladado segundo reconocimiento 1 Tijuana $1. $. San Luis Río Colorado $1. $. Ensenada $1. $. Mexicali $11. $1. Tecate $11. $1. Guaymas $11. $1.9 Nogales $19.1 $1. 8 Naco $19.1 $1. 9 Agua Prieta $19.1 $1. 1 Sonoyta $19.1 $1. 11 Guadalajara $81.1 $.9 1 Manzanillo $81.1 $.9 1 Mazatlán $81.1 $.9 1 La Paz $81.1 $.9 1 Aguascalientes $81.1 $.9 1 Ciudad Juárez $1. $1. 1 Ojinaga $1. $1. 18 Puerto Palomas $1. $1. 19 Chihuahua $1. $.8 Acapulco $.9 $1. 1 Puebla $.9 $1. Toluca $.9 $1. Lázaro Cárdenas $.9 $1. México $.9 $1. Querétaro $9. $1.1 Aeropuerto Internacional $9. $1.1 Ciudad Hidalgo $9. $9.9 8 Tuxpan $9. $1.1 9 Ciudad del Carmen $8.1 $1. Coatzacoalcos $8.1 $1. 1 Veracruz $8.1 $1. Salina Cruz $8.1 $1. Nuevo Laredo $.8 $. Subteniente López $.8 $. Cancún $.8 $. Progreso $.8 $.9 Torreón $. $.89 8 Piedras Negras $. $.18 9 Ciudad Acuña $. $.18. Colombia $11.1 $1. 1 Monterrey $11.1 $19. Ciudad Reynosa $11.1 $1. Ciudad Miguel Alemán $18. $.1 Tampico $18. $9. Matamoros $18. $.1 Altamira $9. $1.1 Ciudad Camargo $18. $.1 Atentamente, México, D.F., a de junio de 1.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
9 Jueves 1 de julio de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) ANEXO DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 1 Horario de las aduanas Aduana/Sección Aduanera: Horario en que opera: ADUANA DE AGUA PRIETA Importación. De lunes a viernes de 9: a 18: hrs. Sábados de 9: a 11: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sábados de 9: a 11: hrs. ADUANA DE ENSENADA Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. ADUANA DE GUAYMAS Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. ADUANA DE LA PAZ Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sección Aduanera de San José del Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Cabo, ubicada en el Aeropuerto Internacional Los Cabos Sección Aduanera de Santa Rosalía Sección Aduanera de Loreto ADUANA DE MAZATLAN Sección Aduanera de Topolobampo Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional Culiacán ADUANA DE MEXICALI Sección Aduanera Los Algodones Sección Aduanera de San Felipe ubicada en el Aeropuerto Internacional del mismo nombre ADUANA DE NACO ADUANA DE NOGALES Sección Aduanera de Sásabe ADUANA DE SAN LUIS RIO COLORADO Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 1: a 1: y de 1: a 1: hrs. FF.CC. Importación. De lunes a viernes de 1: a 18: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Exportación. De lunes a jueves de 1: a 18: hrs. Viernes y sábados de 1: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Abril-Septiembre. De lunes a viernes de 8: a 18: hrs. Octubre-Marzo. De lunes a viernes de : a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 18: hrs. Importación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 8: a 19: hrs. Sábados de 8: a 1: hrs. Domingo de 1: a 1: hrs., a partir del segundo domingo del mes de enero hasta el último domingo del mes de abril, excepto para el retorno de mercancías listadas en el Anexo 1. FF.CC. Importación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 8: a 19: hrs. Sábados de 8: a 18: hrs. Importación y Exportación. De lunes a sábado de 9: a 1: hrs. Importación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs.
10 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 1 de julio de 1 ADUANA DE SONOYTA ADUANA DE TECATE ADUANA DE TIJUANA Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional denominado Abelardo L. Rodríguez ADUANA DE CIUDAD ACUÑA ADUANA DE CHIHUAHUA Sección Aduanera del Parque Industrial Las Américas Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional General Roberto Fierro Villalobos ADUANA DE PUERTO PALOMAS ADUANA DE CIUDAD JUAREZ Sección Aduanera del Puente Internacional Zaragoza Isleta Sección Aduanera de San Jerónimo- Santa Teresa ADUANA DE OJINAGA ADUANA DE PIEDRAS NEGRAS Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional Plan de Guadalupe, Ramos Arizpe, Coah. ADUANA DE TORREON ADUANA DE COLOMBIA Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: y de 18: a : hrs. Importación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 9: a 11: hrs. Exportación. De lunes a viernes de : a : hrs. Sábados y domingos de 1: a 1: hrs. Carga. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 9: a 11: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 1: a : hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 11: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. FF.CC. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Sábados de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 18: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a : hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a : hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. Exportación. Domingos de 1: a 1: hrs. FF.CC. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 11: a : hrs. Sábados y Domingos de 11: a 19: hrs. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a : hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a : hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Domingos de 1: a 1: hrs. ADUANA DE MONTERREY Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional Mariano Escobedo. ADUANA DE MATAMOROS Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a :. hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Puente Viejo
11 Jueves 1 de julio de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional Lucio Blanco-Los Indios ADUANA DE CIUDAD MIGUEL ALEMAN ADUANA DE NUEVO LAREDO ADUANA DE CIUDAD REYNOSA Sección Aduanera Nuevo Amanecer Sección Aduanera Las Flores Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional General Lucio Blanco ADUANA DE TAMPICO Importación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. Domingos de 1: a 1: hrs. Puente Viejo FF.CC. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 1: a 1: hrs. y de : a : hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Domingos de : a : hrs. Puente Nuevo Importación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Importación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 8: a 1: hrs. Domingos de 1: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de : a : hrs. Sábados de : a 1: hrs. Domingos de 1: a 1: hrs. Puente FF.CC. Importación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Domingos de 1: a 11: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Importación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Exportación. De Lunes a Viernes de : a 1: hrs., Sábados de 9: a 1: hrs. y Domingos de 1: a 1: hrs. Importación. De lunes a viernes de 1: a : hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados y domingos de 1: a 1: hrs. Importación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Exportación. de Lunes a Viernes de 8: a 1: hrs. y Sábados de 1: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. ADUANA DE TUXPAN Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. ADUANA DE AGUASCALIENTES Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sección Aduanera del Parque Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 19: hrs. Multimodal Interpuerto Sábados de 1: a 1: hrs. Sección Aduanera del Aeropuerto Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: y de 1: a 19: Internacional General Leobardo C. hrs. Ruiz. Sección Aduanera del Aeropuerto Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Internacional Ponciano Arriaga, de San Luis Potosí ADUANA DE GUADALAJARA Sección Aduanera de Puerto Vallarta Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs.
12 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 1 de julio de 1 Sección Aduanera de la Terminal Intermodal Ferroviaria ADUANA DE MANZANILLO Sábados de 9: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sábados de 8: a 1: hrs. FF.CC. Importación y Exportación. De lunes a viernes de : a : hrs. Sábados de : a 1: hrs. Domingos de 1: a 11: hrs. ADUANA DE LAZARO CARDENAS Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 18: hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Sección Aduanera de Zihuatanejo Importación y Exportación. De lunes a domingo de 9: : hrs. Aeropuerto Internacional Ixtapa Zihuatanejo ADUANA DE GUANAJUATO Sección Aduanera de Celaya Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional Guanajuato, Silao, Gto. ADUANA DE QUERETARO Sección Aduanera del Aeropuerto Intercontinental de Querétaro. Sección Aduanera de Morelia. ADUANA DE TOLUCA ADUANA DE ACAPULCO Aeropuerto Internacional General Juan N. Alvarez ADUANA DE COATZACOALCOS Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 18: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 1: a 1: hrs. Sábado de 1: a 18: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 18: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 18: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 1: a 19:. hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 18: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 18:. hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a domingo de 8: a : hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Sábados de 9: a 11: hrs. ADUANA DE DOS BOCAS Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sección Aduanera de Frontera Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Sección Aduanera de Villahermosa Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Aeropuerto Internacional C.P.A. Sábados de 1: a 1: hrs. Carlos Robirosa ADUANA DE PUEBLA Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sección Aduanera de Tlaxcala Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sección Aduanera de Cuernavaca Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. ADUANA DE VERACRUZ Importación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 8: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 8: a 18: hrs. Sábados de 8: a 1: hrs. Sección Aduanera de Veracruz Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Aeropuerto Internacional General Heriberto Jara Corona ADUANA DE CANCUN Sección Aduanera Puerto Morelos Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional Cozumel ADUANA DE CIUDAD DEL CARMEN Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 1: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs.
13 Jueves 1 de julio de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) Sección Aduanera de Campeche ADUANA DE CIUDAD HIDALGO Sección Aduanera de Ciudad Talismán Sección Aduanera de Ciudad Cuauhtémoc ADUANA DE PROGRESO Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional de la ciudad de Mérida denominado Manuel Crescencio Rejón ADUANA DE SUBTENIENTE LOPEZ ADUANA DE SALINA CRUZ Aeropuerto Internacional denominado Xoxocotlán de la Ciudad de Oaxaca ADUANA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO Sección Aduanera del Centro Postal Mecanizado Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 19: hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 19: hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. Domingos de 9: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a sábado de 8: a : hrs. Domingos de 8: a 1: hrs. Importación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. Exportación. Lunes, miércoles y viernes de 9: a 19: hrs. Martes y jueves de 9: a 1: hrs. Sábados de 9: a 1: hrs. Importación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Sábados de 8: a 1: hrs. Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Sábados de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a 1: hrs. ADUANA DE MEXICO Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. Sección Aduanera de importación y Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a 1: hrs. exportación de contenedores, Pantaco, D.F. ADUANA DE ALTAMIRA ADUANA DE CIUDAD CAMARGO Importación y Exportación. De lunes a viernes de 9: a : hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Importación y Exportación. De lunes a viernes de 8: a : hrs. Sábados de 1: a 1: hrs. Atentamente, México, D.F., a de junio de 1.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica. ANEXO DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 1 Instructivo de llenado para la manifestación de valor El importador dará cumplimiento a lo dispuesto en la fracción III del artículo 9 de la Ley, mediante una manifestación de valor dirigida a la autoridad aduanera, que reúna por lo menos los siguientes elementos en el orden que a continuación se indica y proporcionarla a dicha autoridad cuando se le requiera. I.- Información general.
14 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 1 de julio de 1 a) Anotará en el ángulo superior derecho de cada una de las hojas que integran la manifestación de valor, el número que le corresponda respecto del total de hojas que integran dicha manifestación, mediante la leyenda "hoja de ". Los números de hojas a que se refiere este párrafo no incluyen los anexos que, en su caso, se acompañen a la manifestación. b) Nombre, denominación o razón social y domicilio del vendedor o vendedores en el extranjero, o cuando éstos no existan, del remitente o remitentes. Indicará respecto de cada vendedor o remitente en el extranjero, si existe o no vinculación entre el vendedor y el importador de las mercancías y, en caso de que ésta exista, si la misma no ha influido en el valor de transacción, en los términos de lo previsto en el artículo 9 de la Ley. c) Nombre o razón social, RFC y domicilio fiscal del importador. d) Nombre del agente o apoderado aduanal y número de su patente o autorización. e) Número o números de las facturas con sus fechas de expedición. Cuando el importador opte por rendir una manifestación de valor por cierto periodo en los términos de la fracción V de este instructivo, no será necesario indicar los datos de las facturas. f) Indicar el método de valoración aplicado para el total de las mercancías a que se refiere la manifestación, o el método aplicado para cada tipo de mercancías, si utiliza más de un método. En este último caso relacionará con precisión cada uno de los métodos con los tipos de mercancías de que se trate, o con los proveedores correspondientes. Los métodos de valoración utilizados se identificarán con las expresiones "valor de transacción de las mercancías"; "valor de transacción de las mercancías idénticas"; "valor de transacción de mercancías similares"; "valor de precio unitario de venta"; "valor reconstruido" o "valor determinado conforme a lo establecido por el artículo 8 de la Ley Aduanera, según se trate del método que se utilice. g) Si el importador presenta documentos anexos a la manifestación de valor, deberá numerar dichos anexos a razón de un folio por cada hoja que los integre. En la manifestación mencionada deberá indicar el total de anexos que se acompañan. h) El importador indicará si la manifestación de valor se presenta por una operación o por el periodo de seis meses. II.- Método "valor de transacción de las mercancías". En caso de que el método utilizado sea el de "valor de transacción de las mercancías", el importador indicará que el precio pagado a que se refiere el cuarto párrafo, del artículo de la Ley, es el previsto en las facturas u otros documentos comerciales que se anexen a la manifestación, e indicará también el número asignado a cada uno de los anexos a los que se refiere esta fracción. Cuando existan los conceptos previstos en el artículo de la Ley, el importador indicará que los mismos aparecen desglosados o especificados en forma separada del precio pagado en la factura comercial o en otros documentos comerciales que se anexen a la manifestación, e indicará también el número asignado a cada uno de los anexos correspondientes. Las facturas u otros documentos mencionados podrán acompañarse en original o copia. En el caso a que se refiere el párrafo anterior, el importador podrá optar, en vez de anexar las facturas u otros documentos comerciales a la manifestación, por describir en la propia manifestación la mercancía de que se trate y el precio pagado en moneda de facturación respecto de cada una de ellas, así como los conceptos a que se refiere el artículo de la Ley, siempre que éstos se desglosen o especifiquen en forma separada del precio pagado en la factura comercial o en otros documentos comerciales.
15 Jueves 1 de julio de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) Cuando el importador opte por rendir una manifestación por cierto periodo, en los términos de la fracción V de este Instructivo, no será necesario acompañar las facturas, por lo que el importador podrá entregarlas en original o copia al agente o apoderado aduanal antes de que éste formule el pedimento. En el caso a que se refiere este párrafo, el importador señalará que el precio pagado de las mercancías es el que aparecerá en las facturas u otros documentos comerciales que le hará llegar en original o copia al agente o apoderado aduanal, antes de que éste formule el pedimento. Cuando el método utilizado sea valor de transacción de las mercancías, el importador también indicará: El importe de los cargos a que se refiere el artículo de la Ley, en moneda de facturación, si éstos existen. Para ello precisará con claridad la mercancía o mercancías que deban aplicarse, los cargos mencionados e indicará en cada caso el concepto del cargo o cargos de que se trate. De existir los cargos a que se refiere el párrafo anterior, en vez de indicar el importe de cada uno de ellos, el importador podrá optar por acompañar las facturas u otros documentos comerciales en que consten dichos cargos, e indicará el número que asigne a cada uno de los anexos a que se refiere este párrafo. El importador deberá relacionar con claridad el número de el o los anexos en que consten los cargos de referencia, con la o las mercancías a cuyo precio pagado deben incrementarse los cargos multicitados. Cuando el importador opte por rendir una manifestación por cierto periodo en los términos de la fracción V de este Instructivo, y siempre que los cargos a que se refiere el artículo de la Ley, sean constantes o puedan calcularse desde la fecha que se rinda la manifestación de valor, podrá indicar el importe de los cargos a que se refiere al artículo de la Ley o bien podrá señalar las bases y el procedimiento que se utilizará para calcular los cargos mencionados en cada uno de los embarques que se importarán durante el periodo en que se aplique la manifestación de valor. Para ello, el importador podrá indicar el importe de los cargos o señalar las bases y los procedimientos mencionados respecto a cada tipo de mercancía o bien respecto de cada proveedor, pero en todo caso precisará con claridad el concepto del cargo o cargos de que se trate y lo relacionará con el tipo de mercancía o con su proveedor. Tratándose de mercancías que se importen al amparo de algún tratado o convenio internacional, de conformidad con los cuales se tenga derecho a gozar de trato arancelario preferencial, el valor de transacción se calculará de acuerdo con las disposiciones aplicables establecidas en los mismos. El agente aduanal, al formular el pedimento, se basará en los elementos declarados por el importador y efectuará las operaciones que sean necesarias en los términos de lo dispuesto en la Ley, con el objeto de determinar, bajo su responsabilidad, el valor en aduana de las mercancías. En caso de que el valor en aduana declarado en el pedimento resulte incorrecto con motivo de la indebida interpretación o error en la aplicación que el agente aduanal haga de los elementos rendidos por el importador en la manifestación de valor, incluso por errores de carácter aritmético, no será aplicable la excluyente de responsabilidad a que se refiere el artículo 9, fracción III de la Ley, por lo que, en este caso, dicho agente aduanal sí será responsable solidario de la determinación del valor en aduana de las mercancías exclusivamente de la parte a que se refiere la indebida interpretación o error en la aplicación en que hubiera incurrido el agente aduanal. III.- Otros métodos. En caso de que se utilice cualquier método distinto del de "valor de transacción de las mercancías", se estará a lo siguiente:
16 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 1 de julio de 1 El importador indicará con precisión, por tipo de mercancía o mercancías, la razón por la que, en los términos de los artículos y 1 de la Ley, no utilizó el método de "valor de transacción de las mercancías", para lo que señalará: a) Si la base gravable no deriva de una compraventa para la exportación con destino a territorio nacional. b) Si existe alguna circunstancia distinta de las previstas en el artículo de la Ley, que impida utilizar el valor de transacción. En caso de existir ésta, precisará por cada tipo de mercancía o mercancías, la circunstancia en cuestión. El importador anotará por cada tipo de mercancía o mercancías, el valor determinado conforme a los artículos a 8 de la Ley, según el método de valoración que utilice, o bien podrá optar por acompañar los documentos en los que, en su caso, conste dicho valor en aduana. En este último caso deberá indicar el número que asigne a cada uno de sus anexos correspondientes y deberá relacionar con claridad dichos anexos con la mercancía o mercancías a que corresponda el valor en aduana respectivo. IV.- Importación temporal. Cuando se destinen las mercancías al régimen de importación temporal y el importador opte por determinar provisionalmente el valor de las mismas, indicará que las mercancías de que se trate, se destinan a dicho régimen y anotará por cada tipo de mercancía o mercancías el valor provisional, conforme a lo dispuesto por las RCGMCE o bien, podrá acompañar los documentos en que conste dicho valor o indicará el procedimiento que debe seguir el agente aduanal para determinarlo. Finalmente, la manifestación de valor deberá contener la leyenda de que los datos se declaran "bajo protesta de decir verdad", el nombre, firma y RFC del importador o su representante legal, así como la fecha en que se elabora. En caso de que la manifestación elaborada se rinda en más de una hoja, la firma a que se refiere este párrafo deberá aparecer en todas y cada una de las hojas que la integran. V.- Periodicidad de la manifestación. La manifestación de valor podrá rendirse por cada operación o por cada periodo de seis meses. Si la manifestación se rinde por periodo, y si durante el transcurso del mismo se modifica alguno de los elementos que en términos de la Ley Aduanera permitan determinar el valor en aduana de las mercancías, el importador deberá manifestar dicha circunstancia mediante la presentación de una nueva manifestación de valor. VI. Ejemplares en que deberá rendirse la manifestación de valor. La manifestación de valor deberá rendirse en dos tantos, uno destinado al agente o apoderado aduanal y el otro deberá conservarse con la contabilidad del importador. VII.- Disposiciones aplicables. Para calcular el valor en aduana se deberán aplicar las disposiciones establecidas en el título tercero, capítulo III, sección primera de la Ley Aduanera, las contenidas en el título tercero, capítulo III de su Reglamento, y las demás disposiciones aplicables que se emitan al respecto. Atentamente, México, D.F., a de junio de 1.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica. ANEXO DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 1 Fracciones arancelarias que identifican los insumos y diversas mercancías relacionadas con el sector agropecuario a que se refiere la regla 1..1., fracción VI.
17 Jueves 1 de julio de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) Fracción arancelaria Descripción..1 Solubles y granos desecados de la destilación del maíz Preparados forrajeros azucarados, de pulpa de remolacha adicionada con melaza Preparación estimulante a base de % como máximo de vitamina H Preparación para la elaboración de alimentos balanceados, obtenida por reacción de sosa cáustica, ácido fosfórico y dolomita Abonos de origen animal o vegetal, incluso mezclados entre sí o tratados químicamente; abonos procedentes de la mezcla o del tratamiento químico de productos de origen animal o vegetal Nitrato de amonio, concebido exclusivamente para uso agrícola Nitrato de sodio Los demás, incluidas las mezclas no comprendidas en las subpartidas precedentes Los demás Cloruro de potasio Los demás Los demás Abonos minerales o químicos con los tres elementos fertilizantes: nitrógeno, fósforo y potasio Los demás Formulados a base de: oxamil; aldicarb; Bacillus thuringiensis Preparación fumigante a base de fosfuro de aluminio en polvo a granel A base de crisantemato de bencil furil-metilo Los demás Formulados a base de: carboxin; dinocap; dodemorf; acetato de fentin; fosetil Al; iprodiona; kasugamicina; propiconazol; vinclozolin Herbicidas, excepto lo comprendido en la fracción Herbicidas formulados a base de: acifluorfen; barban; setoxidin; dalapon; difenamida; etidimuron; hexazinona; linuron; tidiazuron Formulados a base de Isotiazolinona Acaricidas, excepto lo comprendido en la fracción Acaricidas a base de: cihexatin; propargite Reconocibles como concebidos exclusivamente para el transporte y conservación de semen para animales y las demás muestras biológicas Secciones de cuchillas y chapitas (contracuchillas) para máquinas de segar Hojas con un espesor máximo de mm y anchura máxima de mm, con filo continuo o discontinuo Las demás Pasterizadores, excepto lo comprendido en la fracción Pasterizadores u otras máquinas precalentadoras o preenfriadoras, de la industria láctea, excepto los del tipo de la subpartida Descremadoras con capacidad de tratamiento de más de l de leche por hora Para envasar o empaquetar leche, mantequilla, quesos u otros derivados de la leche, excepto lo comprendido en la fracción Para envasar leche, jugos, frutas y productos similares, que además formen y cierren sus propios envases desechables de cartón o de plástico.
18 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 1 de julio de Máquinas o aparatos para riego, autopropulsados, con controles de regulación mecánicos o eléctricos, incluso cañones de riego autopropulsados; sin tubería rígida de materias plásticas, ni tubería de aluminio con compuertas laterales de descarga Pulverizadores y espolvoreadores autopropulsados Los demás Arados Gradas (rastras) de discos Desyerbadoras, cultivadoras, escarificadoras o niveladoras Sembradoras, con depósito rectangular y descarga múltiple para semillas de grano fino (grain drill). 8.. Sembradoras, excepto lo comprendido en la fracción Esparcidores de estiércol y distribuidores de abonos Sembradoras abonadoras, con depósito rectangular y descarga múltiple para semillas de grano fino (grain drill) Cortadoras rotativas (desvaradoras), con ancho de corte igual o inferior a.1 m, para acoplarse a la toma de fuerza del tractor, con transmisión a dos cuchillas Sembradoras abonadoras, excepto lo comprendido en la fracción Los demás Partes Guadañadoras ( segadoras ) Las demás máquinas y aparatos de henificar Empacadoras de forrajes Cosechadoras-trilladoras Las demás máquinas y aparatos de trillar Máquinas de cosechar raíces o tubérculos Cosechadoras para caña Desgranadoras de maíz, incluso deshojadoras o que envasen los productos Cosechadoras de algodón Cosechadoras, excepto lo comprendido en las fracciones y Los demás Aventadoras. 8.. Limpiadoras de semillas oleaginosas. 8.. Seleccionadoras o clasificadoras de frutas u otros productos agrícolas Los demás Reconocibles como concebidas exclusiva o principalmente para lo comprendido en la fracción Juego de rodillos helicoidales para mecanismo recolector de maíz Reconocibles como concebidas exclusiva o principalmente para lo comprendido en las fracciones 8..1, 8.. y Los demás Máquinas de ordeñar Máquinas y aparatos para la industria lechera Partes.
Martes 9 de agosto de 2011 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 99. Manifestación de Valor. Calle Número y/o letra exterior Número y/o letra interior
Martes 9 de agosto de 2011 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 99 Manifestación de Valor. I) INFORMACION GENERAL: a) Datos del vendedor o remitente extranjero. Nombre o denominación social Domicilio Calle
Más detallesJueves 28 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 ANEXO 4 DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA Horario de las aduanas
Jueves 28 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 ANEXO 4 DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2016. Aduana/Sección Aduanera: ADUANA DE AGUA PRIETA ADUANA DE ENSENADA ADUANA DE
Más detallesANEXO 4 DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA Horario de las aduanas. Sábados de 9:00 a 12:00 hrs.
ANEXO 4 DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2015. Aduana/Sección Aduanera: ADUANA DE AGUA PRIETA ADUANA DE ENSENADA ADUANA DE GUAYMAS ADUANA DE LA PAZ Sección Aduanera de San José del Cabo
Más detallesManifestación de Valor. Calle Número y/o letra exterior Número y/o letra interior
D.O.F. 09/05/2016 Manifestación de Valor. INFORMACION GENERAL: a) Nombre o denominación social: Domicilio: Calle Número y/o letra exterior Número y/o letra interior Ciudad Código Postal Estado País Teléfono
Más detallesANEXO 4 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
ANEXO 4 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR Horario de las aduanas Aduana/Sección Aduanera: Horario en que opera: ADUANA DE AGUA PRIETA Importación. De lunes a viernes de
Más detallesSEGUNDA SECCION SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Jueves 1 de julio de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 SEGUNDA SECCION SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXOS Glosario de definiciones y acrónimos,,,,,, 8, 9, 1, 11, 1, 1, 1, 1, 1, 1, 19,,
Más detallesDespacho Aduanero de Sustancias Químicas
Despacho Aduanero de Sustancias Químicas Objetivo Estratégico Líneas de Acción: Incrementar la competitividad Facilitación Operación Infraestructura Aumentar el cumplimiento voluntario Inteligencia Tecnología
Más detallesSITIO / ID LOCALIDAD FECHA HORA
180 Aduana De Aguascalientes 03-Mar-03 92 Garita Dzuche 03-Mar-03 82 Secc. Aduanera "Santa Rosalía" 03-Mar-03 15:00 hrs. 264 Aduana De Acapulco 03-Mar-03 17:00 hrs. 146 Aduana De Tampico 03-Mar-03 18:00
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles de agosto de 11 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXOS Glosario,,,, 8, 9, 1, 11, 1, 1, 1, 1, 1, 19, 1,,,,, 8 y 9 de las Reglas de Carácter General en
Más detallesAPENDICE 1 ADUANA SECCION
APENDICE 1 ADUANA-SECCION ADUANA SECCION DENOMINACION 01 0 ACAPULCO, ACAPULCO DE JUAREZ, GUERRERO. 01 AEROPUERTO INTERNACIONAL GENERAL JUAN N. ALVAREZ, ACAPULCO, GUERRERO. 02 0 AGUA PRIETA, AGUA PRIETA,
Más detallesSEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Jueves 28 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXOS 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 21, 22, 23, 24,
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Miércoles de agosto de 011 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXOS Glosario,,,, 8, 9, 10, 11, 1, 1, 1, 16, 1, 19, 1,,,, 6, 8 y 9 de las Reglas de Carácter General
Más detallesViernes 3 de diciembre de 2010 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 67
Viernes 3 de diciembre de 2010 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 67 PRIMERA Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2010 y sus anexos 3 y 14. Al
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA No. 61 CIR_GJN_MRHL_61.15
México D.F. a 16 de abril de 2015 Asunto: Resumen de los principales cambios de los ANEXOS Glosario de definiciones y acrónimos, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 19, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29,
Más detallesJueves 4 de diciembre de 2003
Jueves 4 de diciembre de 2003 ANEXOS 1, 21, 22 y 27 de la Quinta Resolución de modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2003, publicada el 1 de diciembre de
Más detallesAVISO DE TRASLADO DE MERCANCIAS POR PARTE DE EMPRESAS MAQUILADORAS O PITEX
ANEXO 1 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2005 Declaraciones, avisos y formatos Contenido A. Declaraciones, Avisos y Formatos e Instructivos de Llenado.... A. Declaraciones,
Más detallesSEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXOS Glosario de definiciones y acrónimos, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 19, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de
Más detallesDespacho de contenedores: Puerto o Frontera - Tránsito Interno y Tránsito Internacional. Septiembre 2008
Despacho de contenedores: Puerto o Frontera - Tránsito Interno y Tránsito Internacional Septiembre 2008 e r c a n c í a Los contenedores se desaduanizan en: a. Frontera b. Puertos Son enviados a una aduana
Más detallesConsultas de clasificación arancelaria de mercancías
Consultas de clasificación arancelaria de mercancías Cumplir nos beneficia a todos 2010 sat.gob.mx gobiernofederal.gob.mx Consulta de clasificación arancelaría de mercancías El Servicio de Administración
Más detallesPreguntas Frecuentes de Certificación en materia de IVA e IEPS
Preguntas Frecuentes de Certificación en materia de IVA e IEPS 1. En qué consiste la certificación en materia de IVA e IEPS para empresas exportadoras? Es una certificación a la cual podrán acceder las
Más detallesPatente Aduanas Situación del Gafete 389 PROGRESO, YUC. No esta Operando 390 AGUA PRIETA, SON. No esta Operando 429 TAMPICO, TAMPS.
Patente Aduanas Situación del Gafete 389 PROGRESO, YUC. No esta Operando 390 AGUA PRIETA, SON. No esta Operando 429 TAMPICO, TAMPS. No esta Operando 464 VERACRUZ, VERACRUZ No esta Operando 512 CD. HIDALGO,
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO ANEXOS Glosario de definiciones y acrónimos, 4, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de las Reglas de Carácter General en Materia
Más detallesJueves 27 de febrero de 2014 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2013
Jueves 27 de febrero de 2014 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2013 INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL PEDIMENTO PIE DE PÁGINA
Más detallesJueves 16 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)
Jueves 1 de abril de 1 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) ANEXOS Glosario de definiciones y acrónimos,,, 8, 9, 1, 11, 1, 1, 1, 1, 19, 1,,,,,, 8, 9, y 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 1,
Más detallesPODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO TERCERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos 1, 4, 21 y 22. Al margen un sello con el
Más detallesCALZADO MEXICANO
MEDIDAS DE APOYO PARA LA INDUSTRIA DEL CALZADO MEXICANO 2014-2015 En su discurso inaugural en el marco de SAPICA en León, Guanajuato, el miércoles 27 de agosto del 2014, el Secretario de Hacienda el Dr.
Más detallesSEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Jueves 8 de enero de 01 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXOS,,, 8, 9, 10, 11, 1, 1, 1, 1, 1, 19, 1,,,,,,, 8, 9, 0 y 1 de las
Más detallesDECLARACIONES, AVISOS, FORMATOS E INSTRUCTIVOS DE TRÁMITE PARA COMERCIO EXTERIOR (ANEXO 1 RCE 2011)
DECLARACIONES, AVISOS, FORMATOS E INSTRUCTIVOS DE TRÁMITE PARA COMERCIO EXTERIOR (ANEXO 1 RCE 2011) A continuación se presenta el catálogo de los formularios vigentes en materia de comercio exterior de
Más detallesSolicitud de registro del despacho de mercancías de las empresas
D.O.F. 09/05/2016 Solicitud de registro del despacho de mercancías de las empresas 1. 2. Actividad preponderante 3. Domicilio para oír y recibir notificaciones Calle Número y/o letra exterior Número y/o
Más detallesAspectos Fiscales en el Comercio Exterior Mexicano. Mayo 2013
Aspectos Fiscales en el Comercio Exterior Mexicano Mayo 2013 Principio Básico Lo Aduanal es Fiscal Eduardo Reyes Artículo 5 CCF Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las
Más detallesDepartamento de Compilación
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN A QUE SE SUJETARÁN LOS IMPORTADORES DE MERCANCÍAS QUE OPTEN POR CUMPLIR CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS NOM-050- SCFI-1994 Y NOM-051-SCFI-1994
Más detallesREFORMA HACENDARIA IMPORTACIONES TEMPORALES
REFORMA HACENDARIA IMPORTACIONES TEMPORALES IMPORTACIONES TEMPORALES IMMEX DEPOSITO FISCAL AUTOMOTRIZ RECINTO FISCALIZADO RECINTO FISCALIZADO ESTRATÉGICO DEFINICIÓN DE LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE BIENES
Más detallesFORMATO: ACEPTACION DE CARACTER DE ÚLTIMO DESTINATARIO
FORMATO: ACEPTACION DE CARACTER DE ÚLTIMO DESTINATARIO NOTA: ESTA DECLARACIÓN DEBE ANOTARSE EN TODOS LOS TANTOS DE LA FACTURA, NO SE ACEPTAN CARTAS SEPARADAS DE ÉSTA. C. ADMINISTRADOR DE LA ADUANA INDICAR
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA No. 120 CIR_LBTP_120.07
México D.F. a 27 de junio de 2007 Asunto: Publicaciones en el Diario Oficial. El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación la siguiente información relevante en materia de comercio exterior:
Más detallesSEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Jueves 9 de febrero de 01 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXOS,,, 8, 9, 11, 1, 1, 1, 1, 1, 19, 1,,,,,,, 8, 0 y 1 de las Reglas
Más detallesSEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Jueves 9 de febrero de 01 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXOS,,, 8, 9, 11, 1, 1, 1, 1, 1, 19, 1,,,,,,, 8, 0 y 1 de las Reglas
Más detallesLINEAMIENTOS QUE DEBERÁN SE DEBERÁN OBSERVAR AL LLEVAR A CABO LA IMPRESIÓN SIMPLIFICADA DE PEDIMENTOS AL REALIZAR OPERACIONES AL AMPARO DE LAS REGLAS:
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN SE DEBERÁN OBSERVAR AL LLEVAR A CABO LA IMPRESIÓN SIMPLIFICADA DE PEDIMENTOS AL REALIZAR OPERACIONES AL AMPARO DE LAS REGLAS: Numeral 46
Más detallesREGLAS de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011
REGLAS de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 RCGMCE que tienen relación con el PECA (Pago Electrónico Centralizado Aduanero) 1.6.2. Para los efectos de los artículos 83, primero
Más detallesAuditoria Aduanera PREVENTIVA
Auditoria Aduanera PREVENTIVA OBLIGACIONES DE LOS IMPORTADORES Art. 1 Cumplir con lo establecido en la Ley Aduanera Art. 36 Presentar ante la aduana un pedimento por conducto de agente aduanal y documentos
Más detallesBOLETIN INFORMATIVO. Núm. P004 Enero 18 del 2001
ADMINISTRACION GENERAL DE ADUANAS ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA BOLETIN INFORMATIVO Núm. P004 Enero 18 del 2001 Por medio del presente y en relación al Artículo 303 del TLCAN, anexo se les envía
Más detallesPUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE MAYO DE 2009
PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE MAYO DE 2009 ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA RECAUDACIÓN FEDERAL PARTICIPABLE Y A LAS PARTICIPACIONES FEDERALES,
Más detallesNovena Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y su Anexo 1
Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y su Anexo 1 El 24 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación ( DOF ) la Novena
Más detallesRelación de documentos.
Relación de documentos. RELACION DE DOCUMENTOS Código de Barras DATOS GENERALES Aduana de Despacho Número de Patente o Autorización Nombre del Agente o Apoderado Aduanal Fecha de Emisión LISTADO DE PEDIMENTOS
Más detallesLEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS
LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS SUJETOS Y OBJETO DEL IMPUESTO 1o.- Están obligados al pago del impuesto sobre automóviles nuevos establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales
Más detallesREGLAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA ADUANERA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE MEXICO Y PANAMA.
Folio-036-015. Tratados de Libre Comercio. Julio 1 del 2015 REGLAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA ADUANERA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE MEXICO Y PANAMA.
Más detallesREGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR (DEL 1/ABRIL/2006 AL 31/MARZO/2007). TÍTULO III DE LOS REGIMENES ADUANEROS.
Art. 59 de la Ley de Aduanas (ANEXO 24). La SHCP publica en el ANEXO 24 los Requerimientos mínimos para los sistemas de inventarios de importaciones temporales que deberán de llevar obligatoriamente las
Más detallesDECIMA Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2002, y sus anexos 4, 10 y 22.
DECIMA Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2002, y sus anexos 4, 10 y 22. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos
Más detallesDiplomado Administración Aduanera
Diplomado Administración Aduanera Duración 144 horas Objetivo general: El diplomado proporcionará al participante las herramientas y conocimientos prácticos, ejecutivos en materia de comercio exterior
Más detallesAdministración General de Aduanas Administración Central de Informática. MANUAL DE REGISTROS SAAI M3 Arts. 14 de la Decisión y 15 del TLCAELC
Administración General de Aduanas Administración Central de Informática MANUAL DE REGISTROS SAAI M3 Arts. 14 de la Decisión y 15 del TLCAELC México, D.F., Marzo 2003 Ver. 1.0 REGISTROS SAAI M3 OPCIONALES
Más detalles4. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. Fundamento: Artículo 29-A Fracción IV CFF.
REQUISITOS DE LOS COMPROBANTES FISCALES 30 DE OCTUBRE 2006 FACTURAS 1. El nombre impreso, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida.
Más detallesFICHA INFORMATIVA PROGRAMA PROSEC
FICHA INFORMATIVA PROGRAMA PROSEC I. ASPECTOS GENERALES A) BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA PROSEC: B) DESTINO DE LA MERCANCÍA: C) TRÁMITES DE PROGRAMA PROSEC: Personas morales establecidas en el país productoras
Más detallesTransmisión del No. de folio del CFDI en los pedimentos de exportación definitiva
Estimados Les informo que el día 19 de noviembre del 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015 y
Más detallesADUANA AGUA PRIETA AGUASCALIENT ES PENDIENTE
ADUANA MIERCOLES 01 DE MAYO DE 2013 Número de Oficio y personal que HORARIO PARA EL MIERCOLES 01 DE MAYO DE 2013 confirmo la información. ACAPULCO V.A. CONSTANTINO URUÑUELA OFICIO 800 51 00 00 00 2013
Más detallesINGENIERÍA EN LOGÍSTICA INTERNACIONAL EN COMPETENCIAS PROFESIONALES
INGENIERÍA EN LOGÍSTICA INTERNACIONAL EN COMPETENCIAS PROFESIONALES ASIGNATURA DE CONTRIBUCIONES AL COMERCIO EXTERIOR UNIDADES DE APRENDIZAJE 1. Competencias Supervisar el tráfico nacional e internacional
Más detallesANEXO 31 RCGMCE Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías
Bienvenidos! Sesión Ordinaria ANEXO 31 RCGMCE Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías 09 de Octubre de 2014 Eduardo Reyes Díaz Leal @erdl7 Sesiones Virtuales Ordinaria Mercado Membresía
Más detallesInstructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la
Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la regla 4.8.1. Quiénes lo realizan? Personas morales constituidas
Más detallesBOLETIN INFORMATIVO. 3. Se cambia el orden de los campos fracción y secuencia en los registro a nivel partida
ADMINISTRACION GENERAL DE ADUANAS ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA BOLETIN INFORMATIVO Núm P009 Febrero 1º del 2001 En alcance al boletín Nº 004 de fecha enero 18 del 2001, se les envía en un archivo
Más detallesFacultades de comprobación en empresas IMMEX
Facultades de comprobación en empresas IMMEX Luis Antonio Martínez Jalil mayo 2012 1 OBJETIVO Identificar a las autoridades en materia de comercio exterior una vez realizado el despacho aduanero de las
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO ACUERDO por el que se da a conocer la información relativa a la recaudación federal participable y a las participaciones federales, por estados y, en su caso, por
Más detallesDepartamento de Compilación
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE PROGRAMAS DE IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA PRODUCIR ARTÍCULOS DE EXPORTACIÓN (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28/12/2000)
Más detallesA continuación las principales modificaciones en la citada modificación:
REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2014 Y SUS ANEXOS 10 Y 21 DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN 29 DE AGOSTO DE 2014 VIGENCIA DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2014 A 31 DE AGOSTO DE 2015
Más detallesAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CUPO PARA IMPORTAR EN 2007 CON EL ARANCEL-CUPO ESTABLECIDO, PREPARACIONES A BASE DE PRODUCTOS LÁCTEOS CON UN CONTENIDO DE SÓLIDOS LÁCTEOS SUPERIOR AL 50%, EN PESO,
Más detallesANALISIS SOBRE LA APLICACIÓN DE LA REGLA DE LAS RCGMCE,
ANALISIS SOBRE LA APLICACIÓN DE LA REGLA 1.3.11 DE LAS RCGMCE, FACTURACIÓN DE LOS SERVICIOS DERIVADOS DE LA OPERACIÓN ADUANERA DEL AGENTE ADUANAL AL IMPORTADOR-EXPORTADOR DE MERCANCIAS FEBRERO 2010 CONTEXTO
Más detallesValor Estimado de las importaciones para el MMDL 80% EC, 20% Pago IVA o Fianza. 33 MMDL 5.2 MMDD (Afianzamiento o Pago) 67.
1 Valor Estimado de las importaciones para el 2015. 164 MMDL 80% EC, 20% Pago IVA o Fianza. 33 MMDL 5.2 MMDD (Afianzamiento o Pago) 67.6 MMMXP Fianza para Importación Origen Reforma Fiscal para 2015 Las
Más detallesINSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LA IMPRESION SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LA IMPRESION SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO CAMPO ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO CONTENIDO 1. NUM. PEDIMENTO. El número asignado por el agente, apoderado aduanal o de almacén,
Más detallesInstructivo de trámite de ampliación de la superficie originalmente habilitada para el régimen de recinto fiscalizado estratégico, (Regla
Instructivo de trámite de ampliación de la superficie originalmente habilitada para el régimen de recinto fiscalizado estratégico, (Regla 2.3.2.) Quiénes lo realizan? La persona que cuente con la habilitación
Más detallesREFORMAS AL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT)
REFORMAS AL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT) El viernes 13 de Julio de 2012 se publicó en el DOF el Decreto por el que reformas, adicionan y derogan diversas disposiciones
Más detallesNOTA INFORMATIVA. Enero 012/2016 Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, y 1
NOTA INFORMATIVA Enero 012/2016 Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, y 1 Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos Glosario
Más detallesCalendario de obligaciones fiscales marzo 2008
Marzo 7, 2008 Calendario de obligaciones fiscales marzo 2008 PERSONAS MORALES Contribuyente Fecha de presentación Forma Fiscal Concepto a declarar 18. Personas Morales. Declaración anual de personas morales
Más detallesCONSTANCIA DE TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS
CONSTANCIA DE TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS 1. A.L.A.F. o A.L.G.C. 2. No. DE FOLIO: 3. No. HOJAS ANEXAS: 4. FECHA DE EXPEDICION: 5. PERIODO: 6. ORIGINAL: COMPLEMENTARIA: DATOS DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Más detallesANEXO 24 SISTEMA AUTOMATIZADO DE CONTROL DE INVENTARIOS
1 ANEXO 24 SISTEMA AUTOMATIZADO DE CONTROL DE INVENTARIOS I. Información mínima que deberá contener el sistema automatizado de control de inventarios a que se refiere la regla 4.3.2. El sistema automatizado
Más detallesAvisos a que se refiere la regla , relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas
D.O.F. 09/05/2016 Avisos a que se refiere la regla 7.2.1., relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas Marque con una X el tipo de solicitud de que se trate: Modalidad IVA e
Más detallesANEXO 21 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2005 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de
ANEXO 21 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2005 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías A. Tratándose del despacho
Más detallesFolio Decreto IMMEX. Enero 28 de REFORMAS EL DECRETO IMMEX.
Folio-001-16. Decreto IMMEX. Enero 28 de 2016. REFORMAS EL DECRETO IMMEX. Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía, mediante Diario Oficial de la Federación, publicó el día 6 de Enero del
Más detallesLISTA DE DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA IMPORTACION DE INMIGRANTES CON VISA FM3 VIA PUERTO DE ENTRADA: VERACRUZ,VER.
LISTA DE DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA IMPORTACION DE INMIGRANTES CON VISA FM3 VIA PUERTO DE ENTRADA: VERACRUZ,VER. 1. Copia de todas las hojas de su FM-3 2. Original y 2 Copias del Inventario en español,
Más detallesAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO TASA de interés de los créditos a cargo del Gobierno Federal derivados del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores sujetos a la Ley del Instituto de
Más detallesANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR
ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 208-1PO1-15 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que adiciona los artículos 83 y 84 del Código Fiscal de la Federación. 2.
Más detallesNOTA INFORMATIVA N.I. 064/ 2016
19 de octubre de 2016 NOTA INFORMATIVA N.I. 064/ 2016 SEGUNDA Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016. Hacemos de su conocimiento que la Secretaria de Hacienda
Más detallesREGLAS DE CERTIFICACIÓN EN MATERIA DE IVA E IEPS
Enero 2014 REGLAS DE CERTIFICACIÓN EN MATERIA DE IVA E IEPS Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013 Estimados clientes y amigos: El
Más detallesAdministración General de Aduanas Administración Central de Informática. MANUAL DE REGISTROS SAAI M3 (G5) Versión 3.4
Administración General de Aduanas Administración Central de Informática MANUAL DE REGISTROS SAAI M3 (G5) Versión 3.4 Clave de pedimento G5. Inicio de Pedimento 500 Informe de la Industria Automotriz 515
Más detallesMÓDULO DE TIGI. Consulta de la TIGI
MÓDULO DE TIGI El Módulo de TIGI o Tarifa del Impuesto General de Importación es una pieza fundamental dentro del Sistema SP2K, porque aquí se concentra toda la gama de información relacionada con las
Más detallesAnálisis e interpretación del Pedimento Aduanal
Análisis e interpretación del Pedimento Aduanal Marzo 2013 José Monreal Castillo Socio Regulación y Operación Aduanera. OBJETIVO El participante habrá adquirido conocimientos jurídicoprácticos necesarios
Más detallesBOLETIN INFORMATIVO. Por medio del presente me permito enviarles en un archivo anexo, la última versión del Catálogo de Errores del SAAI M3.
ADMINISTRACION GENERAL DE ADUANAS ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA BOLETIN INFORMATIVO Núm P001 Enero 17 del 2001 Por medio del presente me permito enviarles en un archivo anexo, la última versión
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Viernes 27 de abril de 2007 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO REGLAS de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007. Al margen un sello con el Escudo
Más detallesASIGNATURA DE TRÁMITES LEGALES APLICADOS UNIDADES DE APRENDIZAJE
TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN OPERACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES ÁREA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA Y DESPACHO ADUANERO EN COMPETENCIAS PROFESIONALES ASIGNATURA DE TRÁMITES LEGALES APLICADOS UNIDADES
Más detallesANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009 APENDICE 1 ADUANA-SECCION
ANEXOS 13 y 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, publicadas el 29 de abril de 2009. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Más detallesREFERENCIA JURÍDICA. Ley Aduanera. Última reforma: D.O.F. 15/12/1995 Vigor: 01/04/1996. D.O.F. 09/12/02013 En vigor: 10/12/2013
REFERENCIA JURÍDICA Ley Aduanera D.O.F. 15/12/1995 Vigor: 01/04/1996 Última reforma: D.O.F. 09/12/02013 En vigor: 10/12/2013 REGLAMENTO LEY ADUANERA D.O.F. 20/04/2015 En vigor 20/06/2015 REGLAS GENERALES
Más detallesEXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO
SUNAT EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO INTA-PG.05 Vigente desde el 20.mar.2009 EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL
Más detallesLlenado de Pedimento y nuevo formato VUCEM. Regímenes Aduaneros
Llenado de Pedimento y nuevo formato VUCEM Regímenes Aduaneros PEDIMENTO Declaración de impuestos Artículo 81. Los agentes o apoderados aduanales determinarán en cantidad líquida por cuenta de los importadores
Más detallesANEXO 21 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2006
ANEXO 21 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2006 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías A. Tratándose del despacho
Más detallesServicios de revisión no intrusiva para facilitar el reconocimiento. mercancías
Servicios de revisión no intrusiva para facilitar el reconocimiento aduanero de aduanero mercancías. de -RNI- Marzo de 2013 Servicios de revisión no intrusiva para facilitar el reconocimiento mercancías
Más detallesa. Que las circunstancias por las que se otorgó su registro de empresas certificadas apartados A, L o Socio Comercial
Boletín núm. P051 Ciudad de México, a 15 de julio de 2016 Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad de Comercializadora e importadora, Operador Económico Autorizado y Socio
Más detallesPÁGINA 12 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 26 DE MAYO DE 2016.
PÁGINA 12 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 26 DE MAYO DE 2016. Acuerdo AAFY 19/2016 por el que se establecen disposiciones administrativas para la presentación de la solicitud de condonación de multas
Más detallesAutorización para la entrada o salida de mercancía de territorio nacional por lugar distinto al autorizado.
Autorización para la entrada o salida de mercancía de territorio nacional por lugar distinto al autorizado. Marque con una X el tipo de solicitud de que se trate: ACUSE DE RECIBO Autorización Si va a realizar
Más detallesNUEVO REQUISITO PARA IMPORTADORES DEL SECTOR CALZADO
NUEVO REQUISITO PARA IMPORTADORES DEL SECTOR CALZADO Por publicación en el Diario Oficial de la Federación 1, la Secretaria de Economía dio a conocer el Acuerdo por medio del cual se estableció que: Las
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Viernes 29 de septiembre de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO QUINTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006. Al margen un
Más detallesCertificación en materia de IVA e IEPS Empresas IMMEX
Certificación en materia de IVA e IEPS Empresas IMMEX El 1º de enero de este año 2014 entraron en vigor las reformas a la Ley del IVA y Ley del IEPS, las cuales prevén que las importaciones temporales
Más detallesViernes 20 de septiembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)
Marque con una X el tipo de solicitud de que se trate: Autorización ACUSE DE RECIBO Si va a realizar alguno de los siguientes trámites proporcione el número y fecha de oficio con el que se otorgó la autorización.
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Miércoles 30 de agosto de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXO 1 de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006,
Más detallesPadrón General y Sectorial. Empresas Certificadas. Empresas con programa IMMEX (PITEX o Maquila). Regla 2.2.1 Solicitud de autorización
27 de junio de 2007. Estimado Empresario, Por medio del presente boletín informativo, nuestra firma de consultoría da a conocer las disposiciones de mayor relevancia sobre la publicación del 27 de junio
Más detalles