Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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- María Victoria Vázquez Soriano
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1 Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Diputación de Córdoba Núm. 142 Lunes, 7 de agosto de 2006 Depósito Legal: CO FRANQUEO CONCERTADO 14/2 TARIFAS DE INSCRIPCIÓN Precio Suscripción anual... 92,50 euros Suscripción semestral... 46,25 euros Suscripción trimestral... 23,12 euros Suscripción mensual... 7,70 euros VENTA DE EJEMPLARES SUELTOS: Número del año actual... 0,61 euros Número de años anteriores... 1,28 euros INSERCIONES DE CARÁCTER GENERAL: Por cada palabra: 0,164 euros Por gráficos o similares (mínimo 1/8 de página): 30,90 euros por 1/8 de página. Edita: DIPUTACIÓN PROVINCIAL Administración y Talleres: Imprenta Provincial Avenida del Mediterráneo, s/n. (Parque Figueroa) Teléfono Fax Distrito Postal Córdoba bopcordoba@dipucordoba.es ADVERTENCIAS: Los Alcaldes y Secretarios dispondrán se fije un ejemplar del B.O.P. en el sitio público de costumbre y permanecerá hasta que reciban el siguiente. Toda clase de anuncios se enviarán directamente a la Diputación de Córdoba para que autorice su inserción. S U M A R I O SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO Córdoba. Derechos y Seguridad Ciudadana. Corrección de error... ANUNCIOS OFICIALES Ministerio de Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Guadiana. Área de Gestión. Ciudad Real.... Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. Comisaría de Aguas. Sevilla.... Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provincial. Unidades de Recaudación Ejecutiva N.º 1 y 5. Córdoba.... Administración Número 1. Córdoba.... Junta de Andalucía. Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Delegación Provincial. Córdoba Consejería de Empleo. Delegación Provincial. Sección de Ordenación Laboral. Córdoba.... Consejería de Medio Ambiente. Agencia Andaluza del Agua. Córdoba.... Delegación Provincial. Córdoba.... DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA Instituto de Cooperación con la Hacienda Local.... AYUNTAMIENTOS Montilla, Córdoba, Doña Mencía, Puente Genil y Aguilar de la Frontera... ANUNCIOS DE SUBASTA Ayuntamientos. Villaviciosa de Córdoba y Pozoblanco
2 5322 Lunes, 7 de agosto de 2006 B. O. P. núm. 142 SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO CÓRDOBA Derechos y Seguridad Ciudadana (Corrección de error) Advertido error en el anuncio número 6.978, publicado en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia número 137, de 31 de julio de 2006, procedemos a su corrección: Donde dice: «Expte.: 6/14012», debe decir: «Expte.: 6/1567», quedando de esta forma subsanado dicho error. ANUNCIOS OFICIALES Ministerio de Medio Ambiente CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA Área de Gestión CIUDAD REAL Núm Información pública sobre solicitud de concesiones y autorizaciones administrativas OBCA. 20/06 Solicitante: Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, S.A., con domicilio en calle Méndez Álvaro, Madrid. C.I.F.: A Solicitud: Solicitud de autorización administrativa para Desdoblamiento del Oleoducto Rota-Zaragoza, tramo Conquista- Almódo-var del Campo. En los términos municipales de Conquista (Córdoba) y Almodóvar del Campo (Ciudad Real). Descripción: Se pretenden autorizar tres cruces subterráneos bajo los arroyos de las Lastrillas, de la Ribera y de la Basílica, respectivamente, mediante conducción de tubería de φ = 12, con una profundidad de 1 5 m. desde el lecho de los cauces a la generatriz superior de los tubos. La actuación está orientada al aumento de la capacidad de la red de transportes de hidrocarburos, por el aumento de la demanda de productos. Terrenos afectados Arroyo Vértice Coordenada X Coordenada Y De las Lastrillas V (t.m. Brazatortas) V De la Ribera V (t.m. Almodóvar) V De la Basílica V (t.m. Almodóvar) V En los Ayuntamientos de Brazatortas (Ciudad Real) y Almodóvar del Campo (Ciudad Real) y en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica del Guadiana (Carretera de Porzuna, 6. Ciudad Real), se admitirán reclamaciones durante veinte días, a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, de quienes puedan considerarse perjudicados con la actuación de que se trata. Ciudad Real, a 27 de junio de El Jefe de Área de Gestión de DPH, Juan Almagro Costa. Ministerio de Medio Ambiente CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR COMISARÍA DE AGUAS SEVILLA Núm A N U N C I O Referencia Expediente XT-3349/06 Se hace público, de acuerdo con el artículo 163 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/ 86, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, que por parte de esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir se ha iniciado de oficio expediente de extinción de derechos por término del plazo de la concesión, cuyas características registrales se relacionan a continuación: Número inscripción: Exp. Concesional. TC-01/0964. Cauce: Guadalquivir. Término/Provincia: Almodóvar del Río (Córdoba). Clase aprovechamiento: Riego. Titular concesional: Soledad Quero Cabeza. Caudal: litros por segundo. Superficie de riego: Has. Título del derecho: : Concesión por Dirección General. Aprobada acta final por Dirección General. Observaciones: Esta concesión tiene el carácter de precario y quedará anulada en el momento que la interesada disponga de los caudales precisos a través de los canales de Riego del Guadalme-llato. Finca Arenal de Fuenreal. Lo que se comunica a los posibles titulares del derecho e intereses afectados, significándoles que en un plazo de veinte (20) días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, pueden comparecer por escrito tanto en las oficinas de este Organismo, Plaza de España - Sector II, en Sevilla, en donde se halla de manifiesto el expediente o la inscripción en los Libros de Aprovechamientos de Aguas Públicas, como en el Ayuntamiento correspondiente, alegando cuantos extremos se estimen pertinentes en defensa de sus legítimos derechos e intereses. Sevilla, 26 de junio de El Órgano Instructor, Antonio Escalona Jurado. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 1 CÓRDOBA Núm Notificación de Valoración de Bienes Inmuebles embargados a través de anuncio La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Córdoba. En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente administrativo de apremio contra el deudor Don INMACULADA MUÑOZ GOMEZ, con DNI N, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en C/ Cáñamo,3-1-1, de Córdoba donde se remitió con fecha 4 de Julio de 2006, la notificación al deudor de la valoración de los bienes inmuebles embargados, de la que se acompaña copia adjunta al presente edicto, las cuales fueron devueltas por el Servicio de Correos. Por tanto según lo dispuesto en el artº 58 y siguientes de la ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación mediante el presente anuncio. Córdoba, 14 de julio de La Recaudadora Ejecutiva, Justa Zafra Cañas. Notificación al deudor de valoración de bienes inmuebles embargados (TVA-503) Notificadas al deudor de referencia las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe mas abajo se indica, sin haberlas satisfecho y habiéndose procedido con fecha 27/ 12/05 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se trascribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda. IMPORTE DEUDA: PRINCIPAL: 1.787,50 euros. RECARGO: 357,53 euros. INTERESES: 107,93 euros. COSTAS DEVENGADAS: 327,55 euros. TOTAL: 2.580,51 euros. La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de QUINCE DÍAS, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación mas alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación, Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los
3 B. O. P. núm. 142 Lunes, 7 de agosto de artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25). Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario en su condición de deudor se expide la presente notificación. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formular Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a los dispuesto en el articulo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada el mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantía para el pago de la deuda. Córdoba, 4 de Julio de La Recaudadora Ejecutiva Justa Zafra Cañas. RELACION DE BIENES EMBARGADOS: (con valoración de los mismos) Deudor: MUÑOZ GOMEZ INMACULADA Finca número: 01 DATOS REGISTRO REG: 04Nº TOMO: Nº LIBRO: 243 Nº FOLIO: 92 Nº FINCA: Importe de la tasación: ,53 euros. DATOS FINCA Descripción Finca: Vvdavpo. Sup cons 80,39 m 2. Calle: Cáñamo, 3. Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba. Código Postal: DESCRIPCIÓN AMPLIADA URBANA: VIVIENDA (VPO), SITA EN CALLE CAÑAMO, NU- MERO 3, PLANTA BAJA, PUERTA A, DEL POLIGONO DE LA FUENSATA, SECTOR II, DE CORDOBA. TIENE UNA SUPER- FICIE CONSTRUIDA DE 80,39 METROS CUADRADOS Y UTIL DE 64,54 METROS CUADRADOS. REFERENCIA CATASTRAL UG4994N0003UU. TITULARES: ANTONIO JOSE BENAVIDES ALBANCHEZ E INMACULADA CONCEPCION MUÑOZ GOMEZ CON LA TOTA- LIDAD DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER GANANCIAL. Córdoba, a 4 de julio de La Recaudadora Ejecutiva Justa Zafra Cañas. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 1 CÓRDOBA Núm Notificación de Diligencia de Embargo de bienes inmuebles a través de anuncio La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Córdoba. En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente administrativo de apremio contra el deudor Don ANTONIO J RUIZ ROSA, con DNI A, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Bda San Francisco, Bloque 8, 68, de Palma del Rio, donde se remitieron con fecha 19 de Junio de 2006, las notificaciones al deudor, de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, de la que se acompaña copia adjunta al presente edicto, las cuales fueron devueltas por el Servicio de Correros. Por tanto según lo dispuesto en los Artº 58 y siguientes de la ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación mediante el presente anuncio. Córdoba, 17 de julio de La Recaudadora Ejecutiva, JUS- TA ZAFRA CAÑAS.- Notificación al deudor de diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501). DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con DNI número A, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: Nº P. APREMIO PERIODO REGIMEN / / / IMPORTE PRINCIPAL: 5.510,26 euros. RECARGO DE APREMIO: 1.102,06 euros. INTERESES: 209,23 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 661,23 euros. TOTAL: 7.482,78 euros. No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a los previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.415/ 2004, de 11 de Junio(B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGA- DOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACION adjunta. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al dia de la fecha asciende a la cantidad total antes reseñada Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por la personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial, efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación mas alta en caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a los quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento. Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Contra el acto notificado, que no agota la via administrativa, podrá formular Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conofrme a los dispuesto en el articulo 34 del Texto Refundido la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantía para el pago de la deuda.transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1.del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4 5324 Lunes, 7 de agosto de 2006 B. O. P. núm. 142 Córdoba 19 de junio de La Recaudadora Ejecutiva, Justa Zafra Cañas. DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS Deudor: RUIZ ROSA ANTONIO JOSE. Finca número: 01. DATOS REGISTRO REG: POSADAS Nº TOMO: 1372 Nº LIBRO: 424 Nº FOLIO: 14 Nº FINCA: DATOS FINCA Descripción Finca: 50% pleno dom vvda con sup. const 101,02 m 2. (VPO). Calle: Conjunto Urbano Plan Parc. 2. Localidad: Palma del Río. Provincia: Córdoba. Código Postal: DESCRIPCIÓN AMPLIADA URBANA:50% PLENO DOM VIVIENDA NUMERO 1, SITUA- DA EN LA SEGUNDA PLANTA, CON ACCESO POR EL POR- TAL SEÑALADO CON EL NUMERO 1, LA CUAL FORMA PAR- TE DE UN CONJUNTO URBANO UBICADO EN LA MANZANA QUE FORMAN LAS CALLES VERACRUZ, ECUADOR COLOM- BIA Y HONDURAS, EN EL PLAN PARCIAL NUMERO 2 DE LA AVENIDA DE LA PAZ, SIN QUE TENGA NUMERO DE GOBIER- NO, EN PALMA DEL RIO. TIENE UNA SUPERFICIE UTIL DE 75 METROS CUADRADOS Y CONSTRUIDA, INCLUIDA LA PAR- TE PROPORCIONAL EN LAS ZONAS COMUNES DE SU POR- TAL Y ESCALERA DE ACCESO DE 101 METROS 2 DECIME- TROS CUADRADOS. CONSIDERANDO SU FRENTE LA PUER- TA DE SU ENTRADA, LINDA POR ESTE VIENTO, CON DICHO DISTRIBUIDOR, CON ESPACIO SOBRE DOS PATIOS DE LU- CES Y VISTAS Y ADEMAS CON LA VIVIENDA NUMERO 2, DE ESTA PLANTA Y PORTAL, DERECHA ENTRANDO CON LA VIVIENDA NUMERO 1 DE IGUAL PLANTA CON ACCESO POR EL PORTAL 2,Y EN UNA PEQUEÑA PARTE CON ESPACIO SOBRE UNO DE LOS PATIOS DE LUCES Y VISTAS. POR LA IZQUIERDA CON EL PASI LLO DISTRIBUIDOS DE VIVIEN- DAS, CON ESPACIO SOBRE EL OTRO PATIO DE LUCES Y VISTAS Y ADEMAS, CON LA VIVIENDA NUMERO 5, DE ESTA PLANTA Y PORTAL Y POR EL FONDO CON ESPACIO SOBRE LA CALLE COLOMBIA. A ESTA VIVIENDA SE LA VINCULA COMO ANEJO INSEPARABLE LA PLAZA DE APARCAMIENTO NUMERO 20 Y EL CUARTO TRASTERO NUMERO 20. ESTA FINCA TIENE CONCEDIDA LA CALIFICACION DEFI- NITIVA DE VIVIENDA DE PROTECCCION OFICIAL SEGU NOTA AL MARGEN DE DE LA INSCRIPCION 1ª DE FECHA 1 DE SEP- TIEMBRE DE TITULARES: ANTONIO JOSE RUIZ ROSA E INMACULADA DEL VALLE DOMENECH, CON EL 50% DEL PLENO DOMINIO CADA UNO. INSCRITO EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE POSADAS Córdoba, a 19 de junio de La Recaudadora Ejecutiva, Justa Zafra Cañas. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 1 CÓRDOBA Núm Notificación de Diligencia de Embargo de bienes inmuebles a través de anuncio La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Córdoba. En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente administrativo de apremio contra el deudor Don NICOLAS LEAL MARTINEZ, con DNI C, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Av de la Diputación, , de Palma del Rio, donde se remitieron con fecha 19 de Junio de 2006, las notificaciones al deudor y a su cónyuge Dª m CARMEN LOPEZ MORALES, cuyo último domicilio conocido fue en Av de la Diputación, , de Palma del Rio, de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, de la que se acompaña copia adjunta al presente edicto, las cuales fueron devueltas por el Servicio de Correros. Por tanto según lo dispuesto en los Artº 58 y siguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación mediante el presente anuncio. Córdoba, 14 de julio de La Recaudadora Ejecutiva. JUS- TA ZAFRA CAÑAS. Notificación al deudor de diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501). DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con DNI número C, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: Nº P. APREMIO PERIODO REGIMEN / / / / / / / A 12/ / / / / / / / / / IMPORTE PRINCIPAL: 1.822,96 euros. RECARGO DE APREMIO: 526,89 euros. INTERESES: 47,26 euros. COSTAS DEVENGADAS: 10,46 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 236,03 euros. TOTAL: 2.643,60 euros. No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a los previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/ 2004, de 11 de Junio(B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGA- DOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACION adjunta. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al dia de la fecha asciende a la cantidad total antes reseñada. Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por la personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial, efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación mas alta en caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a los quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento. Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuacio-
5 B. O. P. núm. 142 Lunes, 7 de agosto de nes pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Contra el acto notificado, que no agota la via administrativa, podrá formular Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conofrme a los dispuesto en el articulo 34 del Texto Refundido la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantía para el pago de la deuda.transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Córdoba 19 de junio de La Recaudadora Ejecutiva, Justa Zafra Cañas. DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS Deudor: LEAL MARTINEZ NICOLAS. Finca número: 01. DATOS REGISTRO REG: POSADAS Nº TOMO: 932 Nº LIBRO: 281 Nº FOLIO: 83 Nº FINCA: DATOS FINCA Descripción Finca: Vvda con const 62,69 m 2. (VPO). Calle: Av de la Diputación, 47. Localidad: Palma del Río. Provincia: Córdoba. Código Postal: DESCRIPCIÓN AMPLIADA URBANA: PISO NUMERO 3 DE LA CUARTA PLANTA DEL BLOQUE PRIMERO, DEL GRUPO DE VIVIENDAS SITUADO EN PALMA DEL RIO, EN AVENIDA DE LA DIPUTACÍON NUME- RO 47,CORRESPONDE AL TIPO B Y ES DE LA DERECHA CON FACHADA A LA PARTE TRASERA DEL EDIFICIO TIENE UNA SUPERFICIE UTIL DE 52 METROS 52 DECIMETROS CUADRADOS Y UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA CON PAR- TE PROPORCIONAL DE ESCALERA DE 62 METROS 69 DECI- METROS CUADRADOS. LINDA, POR ESTE VIENTO CON DI- CHO RELLANO, PISO NUMERO 4 DE ESTA PLANTA Y ESPA- CIO SOBRE TERRENOS DE LA COMUNIDAD, DERECHA EN- TRANDO Y FONDO, CON ESPACIO SOBRE LOS MISMOS TERRENOS DE LA COMUNIDAD Y POR LA IZQUIERDA, CON EL PISO NUMERO 2 DE ESTA PLANTA, PISA SOBRE EL NU- MERO 3 DE LA PLANTA TERCERA Y SOBRE EL ESTA LA CUBIERTA DEL EDIFICIO. TIENE CONCEDIDA LA CALIFICA- CION DEFINITIVA DE VIVIENDA DE PROTECCION OFICIAL CON FECHA 13 DE ENERO DE TITULAR: NICOLAS LEAL MARTINEZ, CON EL PLENO DO- MINIO. INSCRITO EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE POSADAS. Córdoba, a 19 de junio de La Recaudadora Ejecutiva Justa Zafra Cañas. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 1 CÓRDOBA Núm Notificación de Diligencia de Embargo de bienes inmuebles a través de anuncio La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Córdoba. En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente administrativo de apremio contra el deudor CONSTRUCCIO- NES CORDOSEV S L, con CIF B , por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Pasaje Blas Infante, sin numero, en Fuente Palmera, donde se remitieron con fecha 5 de Julio de 2006, las notificaciones al deudor de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, de la que se acompaña copia adjunta al presente edicto, las cuales fueron devueltas por el Servicio de Correros. Por tanto según lo dispuesto en los artº 58 y siguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación mediante el presente anuncio. Córdoba, 14 de julio de La Recaudadora Ejecutiva. JUS- TA ZAFRA CAÑAS. Notificación al deudor de diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501). DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con CIF B , por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: Nº P. APREMIO PERIODO REGIMEN / / IMPORTE PRINCIPAL: 526,86 euros. RECARGO DE APREMIO: 105,37 euros. INTERESES: 27,98 euros. COSTAS DEVENGADAS: 20,92 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 63,39 euros. TOTAL: 746,52 euros. No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a los previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.415/ 2004, de 11 de Junio(B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGA- DOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACION adjunta. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al dia de la fecha asciende a la cantidad total antes reseñada Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por la personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial, efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación mas alta en caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a los quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento. Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.
6 5326 Lunes, 7 de agosto de 2006 B. O. P. núm. 142 Contra el acto notificado, que no agota la via administrativa, podrá formular Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conofrme a los dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantía para el pago de la deuda.transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Córdoba 5 de julio de La Recaudadora Ejecutiva Justa Zafra Cañas. DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS. Deudor: CONSTRUCCIONES CORDOSEV, S.L. Finca número: 01. DATOS REGISTRO REG: POSADAS Nº TOMO: 1433 Nº LIBRO: 226 Nº FOLIO: 25 Nº FINCA: DATOS FINCA Descripción Finca: Pz aparcamiento nº 15 sup const 52,65 m 2. Calle: Guadalcázar. Localidad: Fuente Palmera. Provincia: Córdoba. Código Postal: DESCRIPCIÓN AMPLIADA URBANA: PLAZA APARCAMIENTO SEÑALADA CON EL NU- MERO 15, SITUADA EN LA PLANTA SOTANO DE UN CONJUN- TO URBANO, CON FACHADAS A LAS CALLE GUADALCAZAR Y PINTOR MIRO Y ADEMAS, A OTRA DE NUEVA CREACION DEL PROPIO CONJUNTO, QUE SIRVE DE COMUNICACION ENTRA AMBAS CALLES, SIN QUE TENGA AUN ASIGNADO NUMERO DE GOBIERNO, EN FUENTE PALMERA. SE ACCEDE A LA MISMA A TRAVES DE DOS RAMPAS DE ACCESO, QUE PARTE UNA DE ELLAS DE LA CALLE GUADALCAZAR Y LA OTRA DE LA CALLE JUAN MIRO. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTUIDA DE 52 METROS 65 DECIMETROS CUADRADOS. CONSIDERANDO SU FRENTE LA ZONA COMUN, DESTINADA A PASO Y CIRCULACION DE VEHICULOS, LINDA, POR LA DE- RECHA ENTRANDO, CON LA PLAZA DE APARCAMIENTO NU- MERO 16, CON SUBSUELO DE LA CALLE GUADALCAZAR, FONDO CON SUBSUELO DE LA RAMPA DE ENTRADA Y SALI- DA A ESTA PLANTA SOTANO, A TRAVES DE LA CUAL TOMA SU ACCESO. ESTA FINCA TIENE UNA SERVIDUMBRE DE PASO PARA PERSONAS Y VEHICULOS. TITULAR: CONSTRUCCIONES CORDOSEV S L CON EL PLENO DOMINIO. INSCRITO EN EL REGISTRO DE LA PRO- PIEDAD DE POSADAS. Córdoba, a 5 de julio de La Recaudadora Ejecutiva Justa Zafra Cañas. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 1 CÓRDOBA Núm Notificación de Diligencia de Embargo de bienes inmuebles a través de anuncio La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Córdoba. En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente administrativo de apremio contra el deudor Don FRANCISCO HERMOSO HINOJOSA, con DNI S, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Ct Puesta en riego, Finca El Arenal Fuen, de Almodóvar del Rio, donde se remitieron con fecha 24 de Abril de 2006, las notificaciones al deudor y a su cónyuge Dª LOURDES RAMIREZ FLORES, cuyo último domicilio conocido fue en Ct de Palma del Rio, Km 12, de Villarrubia, en Córdoba, de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, de la que se acompaña copia adjunta al presente edicto, las cuales fueron devueltas por el Servicio de Correros. Por tanto según lo dispuesto en los artº 58 y siguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación mediante el presente anuncio. Córdoba, 14 de julio de La Recaudadora Ejecutiva. JUS- TA ZAFRA CAÑAS. Notificación al deudor de diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501). DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con DNI número S, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: Nº P. APREMIO PERIODO REGIMEN / / / / IMPORTE PRINCIPAL: 484,66 euros. RECARGO DE APREMIO: 96,34 euros. INTERESES: 20,58 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 57,80 euros. TOTAL: 656,38 euros. No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a los previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.415/ 2004, de 11 de Junio(B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGA- DOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACION adjunta. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al dia de la fecha asciende a la cantidad total antes reseñada Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por la personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial, efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación mas alta en caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a los quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento. Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Contra el acto notificado, que no agota la via administrativa, podrá formular Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un
7 B. O. P. núm. 142 Lunes, 7 de agosto de mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conofrme a los dispuesto en el art. 34 del Texto Refundido la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantía para el pago de la deuda.transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Córdoba 24 de abril de La Recaudadora Ejecutiva Justa Zafra Cañas. DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS. Deudor: HERMOSO HINOJOSA FRANCISCO. Finca número: 01. DATOS REGISTRO REG: 05 Nº TOMO: 1246 Nº LIBRO: 384 Nº FOLIO: 45 Nº FINCA: DATOS FINCA Descripción Finca: Casa con sup terreno 124 m2. const 65 m 2. Calle: Av de la Pedania, 212. Localidad: Villarrubia. Provincia: Córdoba. Código Postal: DESCRIPCIÓN AMPLIADA URBANA: CASA SEÑALADA CON EL NUMERO 212 DE LA AVENIDA PEDANÏA, EN LA BARRIADA DE VILLARRUBIA EN CORDOBA. TIENE UNA SUPERFICIE DE TERRENO DE 124 METROS CUADRADOS CONSTRUIDA DE 65 METROS CUA- DRADO. REFERENCIA CATASTRAL UG3911S0001JU. TITULARES: FRANCISCO HERMOSO HINOJOSA Y LOURDES RAMIREZ FLORESS, CON EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER GANANCIAL. Córdoba, a 24 de abril de La Recaudadora Ejecutiva Justa Zafra Cañas. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 1 CÓRDOBA Núm Notificación de Diligencia de Embargo de bienes inmuebles a través de anuncio La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Córdoba. En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente administrativo de apremio contra el deudor Don JOAQUIN MATA CAMACHO, con DNI R, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Calle Manuel Esquinas Monterroso, 9 de Almodóvar del Rio, donde se remitieron con fecha 19 de Junio de 2006, las notificaciones al deudor, de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, de la que se acompaña copia adjunta al presente edicto, las cuales fueron devueltas por el Servicio de Correros. Por tanto según lo dispuesto en los artº 58 y siguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación mediante el presente anuncio. Córdoba, 17 de julio de La Recaudadora Ejecutiva. JUS- TA ZAFRA CAÑAS. Notificación al deudor de diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501). DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con DNI número R, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: Nº P. APREMIO PERIODO REGIMEN / / / / / / / / a 12/ / / / / / / / / / / IMPORTE PRINCIPAL: 1.864,63 euros. RECARGO DE APREMIO: 525,75 euros. INTERESES: 46,95 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 239,28 euros. TOTAL: 2.676,61 euros. No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a los previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.415/ 2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGA- DOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACION adjunta. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al dia de la fecha asciende a la cantidad total antes reseñada. Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por la personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial, efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación mas alta en caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a los quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento. Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Contra el acto notificado, que no agota la via administrativa, podrá formular Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conofrme a los dispuesto en el articulo 34 del Texto Refundido la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aporta-
8 5328 Lunes, 7 de agosto de 2006 B. O. P. núm. 142 ción de garantía para el pago de la deuda.transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Córdoba 19 de junio de La Recaudadora Ejecutiva Justa Zafra Cañas. DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS. Deudor: MATA CAMACHO JOAQUIN. Finca número: 01. DATOS REGISTRO REG: 01 Nº TOMO: 1485 Nº LIBRO: 610 Nº FOLIO: 125 Nº FINCA: DATOS FINCA Descripción Finca: Vvda con sup. Edif 62,39 m 2. Calle: General Prim, 11. Localidad: Burriana. Provincia: Castellón. Código Postal: DESCRIPCIÓN AMPLIADA URBANA: VIVIENDA SITA EN CALLE GENERAL PRIM, 11 DE BURRIANA. TIENE UNA SUPERFICIE EDIFICADA DE 62,39 M 2. REFFD.NCIA CARASTRAL YK189N0026. TITULAR: JOAQUIN MATA CAMACHO CON PLENA PRO- PIEDAD. INSCRITO EN EL REGISTRO NUMERO UNO DE NULES. Córdoba, a 19 de junio de La Recaudadora Ejecutiva Justa Zafra Cañas. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 1 CÓRDOBA Núm Notificación de Diligencia de Embargo de bienes inmuebles a través de anuncio La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Córdoba. En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente administrativo de apremio contra el deudor Don JOSE COBOS NOGAREDA, con DNI A, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Calle Caridad, 39, de Almodóvar del Rio, donde se remitieron con fecha 19 de Junio de 2006, las notificaciones al deudor,y a sus cotitulares D. JOA- QUIN COBOS NOGAREDA, cuyo ultimo domicilio conocido fue en Calle Benito Perez Galdos,. 1, de Almodóvar del Rio y D. ANTONIO COBOS NOGAREDA, cuyo ultimo domicilio conocido fue en Calle Maestra María Guisado, 13, de Almodóvar del Rio, de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, de la que se acompaña copia adjunta al presente edicto, las cuales fueron devueltas por el Servicio de Correros. Por tanto según lo dispuesto en los artº 58 y siguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación mediante el presente anuncio. Córdoba, 17 de julio de La Recaudadora Ejecutiva. JUS- TA ZAFRA CAÑAS. Notificación al deudor de diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501). DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con DNI número A, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: Nº P. APREMIO PERIODO REGIMEN / / / / / / / / / a 12/ / / / / / IMPORTE PRINCIPAL: 1.679,36 euros. RECARGO DE APREMIO: 498,15 euros. INTERESES: 47,14 euros. COSTAS DEVENGADAS: 10,46 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 218,80 euros. TOTAL: 2.453,91 euros No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a los previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.415/ 2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGA- DOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACION adjunta. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al dia de la fecha asciende a la cantidad total antes reseñada. Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por la personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial, efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación mas alta en caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a los quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento. Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Contra el acto notificado, que no agota la via administrativa, podrá formular Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conofrme a los dispuesto en el articulo 34 del Texto Refundido la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantía para el pago de la deuda.transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica
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