Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 1
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- Julián Gallego Herrera
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1 PLIEGOS DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO DE NEUMÁTICOS AL TALLER DE MANTENIMIENTO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS DE GIJON S.A. (EMTUSA). 1. OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO 1.1 OBJETO El presente pliego tiene por objeto la contratación del suministro de neumáticos para el taller de mantenimiento de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón S.A. (en adelante en este Pliego, EMTUSA) durante el ejercicio FORMA DE ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE El acceso al perfil del contratante se efectuará a través de la Plataforma de Contratación del Estado: RÉGIMEN JURÍDICO Este contrato tiene carácter privado y se regirá por las instrucciones de ámbito interno de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón S.A. (EMTUSA) reguladoras del procedimiento para la adjudicación de contratos no sujetos a regulación armonizada. 2. CONDICIONES TÉCNICAS CONDICIONES TÉCNICAS El concursante que resulte adjudicatario suministrará a EMTUSA los neumáticos que se detallan a continuación. El consumo aproximado durante 2017 previsto es de 280 cubiertas, a modo meramente orientativo y sin que en ningún caso supongan una determinación de las cantidades a adquirir por EMTUSA: NEUMATICO NUEVO: Cubierta específica para uso urbano R22.5, con flancos reforzados. NEUMATICO RECAUCHUTADO: El proveedor proporcionara las cubiertas recauchutadas con banda de rodadura y materiales de construcción específicos para el uso exclusivo urbano R22.5. Las carcasas deberán estar verificadas mediante métodos que aseguren su integridad estructural. El neumático tendrá que venir marcado como recauchutado de manera específica. ARTÍCULO CANTIDAD (UN) Cubierta R22.5 urbano 170 Cubierta R22.5 urbano RECAUCHUTADO 110 TRACCION Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 1
2 Los pedidos se entregarán por el proveedor en un plazo máximo de 48 horas desde la fecha de formulación del pedido. Las entregas se realizarán en EMTUSA en día laborable de lunes a viernes de 7.00 a horas. Los suministros tendrán un periodo mínimo de garantía de un año y solo se considerará a efectos de su valoración técnica aquellas cubiertas que hayan sido utilizados en flotas de transporte urbano en España al menos en los dos últimos años (se deberá indicar empresa y número de unidades vendidas). Todos los neumáticos entregados deberán tener su nº de matrícula correspondiente. Aquellos neumáticos que carezcan de él serán devueltos sin cargo para EMTUSA y sustituidos por otros nuevos. 3. PRESUPUESTO 3.1 PRESUPUESTO DE LICITACIÓN El presupuesto máximo del contrato será de , (setenta y nueve mil euros), que constituye el importe neto total, sin incluir el IVA. En todo caso los licitadores en sus ofertas indicarán en partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la sociedad. En este precio se entenderán incluidos todo tipo de gastos que se deban realizar para el cumplimiento del suministro contratado, entre otros transporte y desplazamiento, personal que precise a su cargo, seguros y toda clase de impuestos que graven su actividad (incluido gestión de NFU RD1619/2005). 3.2 REVISIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO No se establecerá ningún tipo de revisión para este contrato. 4.1 CAPACIDAD 4. CAPACIDAD Y SOLVENCIA Solo podrán contratar con EMTUSA las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar conforme a los artículos 54 a 59 del texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público (TRLCSP) y no se encuentre en alguna de las prohibiciones para contratar previstas en el art de la misma norma. 4.2 SOLVENCIA Deberá acreditarse la solvencia económica, financiera y técnica o profesional con los documentos que se señalan en la cláusula siguiente. 5. RECEPCION DE OFERTAS 5.1. FORMA: El licitador presentará tres sobres cerrados y firmados por él mismo o persona que lo represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la entidad concursante la inscripción SUMINISTRO DE NEUMATICOS DE EMTUSA, y contendrán: El primero (Sobre A) la documentación administrativa exigida para formar parte de la licitación, el segundo Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 2
3 (sobre B) las referencias técnicas y el tercero (Sobre C) la oferta económica ajustada al modelo ANEXO I, anejo al presente pliego. Sobre A. Documentación administrativa En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) Declaración responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos del art del TRLCSP, de acuerdo con el modelo contemplado en el (ANEXO III) de este pliego. b) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. c) Acreditación de la solvencia. 1. La solvencia económico-financiera se acreditará del siguiente modo: Deberá presentar declaración sobre el volumen anual del negocio de los tres últimos ejercicios, siendo el referido al de mayor volumen de negocio al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, es decir, al menos de El volumen anual de negocio se acreditará mediante la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial que le corresponda. 2. La solvencia técnica se acreditará a través de la siguiente documentación: Relación de los principales suministros, del mismo tipo o naturaleza al objeto de este contrato, realizados en España de neumáticos urbanos efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. De entre dichos suministros se exigirá que el importe anual acumulado en el de mayor año de ejecución, sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, es decir, al menos de Los suministros efectuados se acreditarán mediante copias o mediante una declaración del empresario. Solo se considerará a efectos de su valoración técnica aquellas cubiertas que hayan sido utilizadas en flotas de transporte urbano en España, al menos durante dos años. d) Una dirección electrónica en donde poder efectuar las notificaciones. En caso de no aportarse la declaración responsable los licitadores deberán aportar: a) Si el licitador fuera persona física, copia del DNI y, en su caso la escritura de apoderamiento. b) Si el licitador fuese persona jurídica, además del DNI, copia de las escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible. Si no lo fuere, copia de la escritura o documento de constitución o acto Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 3
4 fundacional, inscritos en el correspondiente Registro Oficial. Asimismo copia del poder bastante al efecto del firmante de la proposición en nombre y representación de la persona jurídica. c) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLC, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios que señala el artículo 73 del TRLC. Conforme a la Resolución de 6 de abril de 2016 de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, de fecha 6 de abril de 2016, los licitadores podrán sustituir la presentación de los documentos señalados en los puntos anteriores por la presentación de una declaración responsable que siga el formulario normalizado DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión Europea de 5 de enero de El referido documento podrá ser cumplimentado, accediendo a la siguiente dirección de internet: sin perjuicio de que el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, pueda recabarles, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, la aportación de la documentación acreditativa del cumplimiento de tales condiciones. En todo caso, el licitador a cuyo favor recaiga propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en esta cláusula, acreditativos de que se cumplen las condiciones legalmente establecidas. Sobre B. Oferta técnica - Criterios Subjetivos En este sobre se deberán depositar todos aquellos documentos técnicos o fichas técnicas exigidos, que acrediten las circunstancias a tener en cuenta a la hora de realizar la valoración de la oferta conforme con los criterios de adjudicación contenidos en la cláusula 7. En particular, los siguientes: 1) Estructura, calidad del neumático nuevo. 2) Estructura, fabricación y calidad del neumático recauchutado. 3) Documentación y certificaciones. No serán valorados los criterios documentados de manera insuficiente o no apropiada. Sobre C: Oferta económica Criterios Objetivos. Se presentará una sola oferta principal, con arreglo al modelo del ANEXO I incluido en el presente pliego, donde se señalará el precio de suministro del neumático nuevo, el precio de suministro del neumático recauchutado, así como el precio de Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 4
5 recompra de la carcasa usada. Además, la documentación preceptiva de los apartados 7.A.b, 7.A.c conforme con los criterios de adjudicación de la cláusula 7 En la proposición económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. 5.2 LUGAR: Los sobres se entregarán en el Registro de las Oficinas de EMTUSA sita en la Avenida del Transporte 6, Gijón, entre las 9 y las 14 horas del periodo en que este abierta la convocatoria. Las proposiciones también podrán ser enviadas por correo, en cuyo caso el empresario deberá justificar la fecha de imposición en la Oficina de Correos y anunciar a la empresa la remisión de la oferta mediante correo electrónico a la dirección contratacion.emtusa@gijon.es en el mismo día de finalización del plazo de presentación de ofertas. Sin estos requisitos no será admisible la documentación. Transcurridos 5 días naturales a la fecha indicada sin haber recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso PLAZO: El plazo para la presentación de proposiciones será de quince días naturales contados desde la publicación en el perfil del contratante. 6. EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN 6.1 ÓRGANO DE ASISTENCIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN El Órgano de Asistencia al Órgano de Contratación estará compuesto por el Director-Gerente, la Interventora General del Ayuntamiento de Gijón, el Director Técnico y el Director Económico de EMTUSA y el Jefe de Servicio de Gestión del Ayuntamiento de Gijón o personas que los sustituyan. El Órgano de Asistencia calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre A. Si observase defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará a los ofertantes para que los subsanen concediendo un plazo no superior a tres días naturales. El resultado de los admitidos y de los que deban subsanar se hará público en el perfil del contratante. En el mismo acto, si no hubiese que subsanar ningún defecto en la documentación del sobre A, o una vez finalizado el plazo de subsanación se procederá a la apertura de la proposición técnica contenida en el sobre B cuya documentación no se podrá subsanar, complementar, ni modificar. No obstante, en aras de la correcta valoración de las ofertas, EMTUSA podrá solicitar a los licitadores, precisiones o aclaraciones a las mismas, siempre que ello no suponga una modificación de sus elementos fundamentales que implique una variación que pueda falsear la competencia o tener un efecto discriminatorio. 6.2 APERTURA DE LA OFERTA ECONÓMICA CRITERIOS OBJETIVOS En el día fijado para la apertura de la oferta económica el Órgano de Asistencia al Órgano de Contratación declarará los licitadores que han subsanado la documentación y en acto público procederá a la apertura del sobre C de las empresas admitidas. 6.3 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 5
6 Dicho órgano evaluará las proposiciones de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 7.1 y formulará propuesta al Órgano de Contratación. 7. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, se atenderá a los siguientes criterios: A. Criterios Objetivos (Total 60 puntos) a) Oferta económica. Hasta 54 puntos El importe económico ofertado por cada licitador se obtendrá como resultado del sumatorio de los productos de los precios unitarios ofertados (para el precio del neumático nuevo y del precio para el neumático recauchutado), por el número de unidades respectivas, estimadas de los mismos en la cláusula segunda. Se otorgará la puntuación máxima (54 puntos) a la oferta con el importe más bajo de entre los que se consideren válidos, calculando el resto con arreglo a la siguiente fórmula: Puntuación = Puntuación máxima (54 puntos) x oferta mas baja Oferta a valorar b) Etiquetado europeo de neumáticos nuevos: Hasta 3 puntos Se deberán entregar las fichas de etiquetado de los neumáticos ofertados puntuándose de manera independiente cada etiqueta: * Ahorro de combustible: E (0 puntos); D (0.5 puntos); C o superior (1 puntos). * Comportamiento ruido: proporcional hasta un máximo de 1 punto. * Comportamiento en mojado: D (0 puntos); C (0.5 punto); B (1 punto). c) Durabilidad kilométrica: Hasta 2 puntos El ofertante entregara los valores reales de la duración media kilométrica del neumático nuevo +durante su vida útil en un vehículo urbano así como alguna referencia documentada de resultados en explotaciones urbanas reales. Los datos proporcionados deberán estar justificados mediante certificado del fabricante del neumático o bien certificado de empresa de la se obtiene los datos de kilometraje. Se valorara proporcionalmente los datos de kilómetros entregados. No se tendrán en cuenta aquellos valores que no estén documentados. d) Precio de compra de carcasas viables: Hasta 1 punto Se valorará de manera proporcional el precio de compra por parte del ofertante de cada carcasa disponible durante la vigencia del contrato, entregada por EMTUSA. Las marcas susceptibles de recogida podrán ser: Pirelli, Bridgestone y Michelin. El abono se realizará con carácter semestral una vez entregado de conformidad el informe preceptivo. Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 6
7 B. Valoración técnica de la oferta. Criterios Subjetivos (Total 40 puntos). Se tendrán en cuenta a la hora de evaluar las ofertas técnicas los siguientes puntos: 1. CALIDAD Y CONSTRUCCIÓN DEL NEUMATICO NUEVO: Hasta 18 puntos. Se valoraran aspectos tales como el tipo de ranurado y superficie de rodadura, estructura interior y exterior así como el tipo de flancos y el material de construcción del neumático, resistencia a la rodadura, profundidad de la goma en la zona de rodadura. 2. CALIDAD Y CONSTRUCCIÓN DEL NEUMÁTICO RECAUCHUTADO: Hasta 16 puntos. Se tendrá en cuenta el método de recauchutado, tipo de banda de rodadura y flancos, duración contrastada y tipo de carcasa utilizada. Será imprescindible señalar en la oferta sobre que marca de carcasa se realiza el recauchutado. 3. DOCUMENTACION y CERTIFICACIONES: Hasta 6 puntos Se valorará la documentación entregada para la evaluación, tales como Fichas técnicas, Descripciones del producto, recomendaciones de uso así como los certificados que tengan relación directa con la calidad del neumático. Serán rechazadas aquellas ofertas, cuya valoración técnica no alcance una valoración mínima de 20 puntos. 8. GARANTÍAS Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez días hábiles el adjudicatario presente: a) Una fianza definitiva equivalente al cinco por ciento (5%) del importe de adjudicación, IVA no incluido, de acuerdo con el modelo de aval (ANEXO II). b) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (certificados positivos de no tener deudas tributarias con la Administración del Estado, el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Gijón y del órgano competente de la Seguridad Social). c) Caso de agrupación de empresas, acreditación de la escritura de constitución y NIF. d) Resguardo de haber abonado los gastos de los anuncios de licitación y adjudicación si los hubiere. Si el licitador que hubiese resultado adjudicatario no cumple con las condiciones para ello, la empresa podrá realizar una nueva adjudicación al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificados siempre que fuese posible y preste su conformidad. En este caso se le concederá al nuevo adjudicatario diez días hábiles para cumplimentar la documentación. Las garantías exigidas en el presente pliego podrán prestarse en alguna de las siguientes formas: Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 7
8 a) En efectivo en la cuenta corriente que EMTUSA designe previa solicitud del licitador. b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que se establece en el Anexo 2, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá entregarse a EMTUSA. c) Mediante contrato de seguro de caución, prestado en la forma y condiciones que se establece en el Anexo 4, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse a EMTUSA. d) Mediante retención del precio que se llevará a cabo en el primer abono. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. Responsabilidades a que están afectas las garantías. La garantía responderá de los siguientes conceptos: a) De las penalidades impuestas al adjudicatario b) De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución. Consideración de la garantía como cláusula penal Al amparo del artículo del Código Civil en los casos en los que el contrato sea resuelto por el órgano de contratación por incumplimiento del contratista conforme al artículo 1124 del Código Civil o por el acaecimiento de alguna causa de resolución prevista en este pliego el cincuenta por ciento del importe de garantía constituida responderá íntegramente por el incumplimiento. De tal modo el órgano de contratación junto con la resolución contractual acordará la incautación del citado porcentaje garantía sin perjuicio de la reclamación de los daños y perjuicios adicionales que se pudieren haber ocasionado. Devolución y cancelación de las garantías. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del adjudicatario. Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 8
9 9. ADJUDICACIÓN Y RÉGIMEN DE ADMISIÓN DE VARIANTES 9.1 ADJUDICACIÓN El Órgano de Contratación efectuará la adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con la propuesta del Órgano de Asistencia, la publicará en el perfil de contratante y se la notificará a los candidatos. 9.2 ADMISIÓN DE VARIANTES En este procedimiento no se admiten variantes. 10. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. La formalización del contrato se efectuará dentro de los cinco días hábiles siguientes a contar desde la notificación de la adjudicación y deberá recoger como mínimo los contenidos expresados en el artículo 9.3 de las Instrucciones de ámbito interno de EMTUSA reguladoras de los procedimientos de adjudicación no sujetos a regulación armonizada. 11. PLAZO DE GARANTÍA Transcurrido el periodo mínimo de garantía (1 año), desde la fecha de realización del último suministro de este contrato, se procederá a la devolución o cancelación de las garantías una vez depuradas las responsabilidades afectadas DURACIÓN DEL CONTRATO 12. DURACIÓN DEL CONTRATO El contrato tendrá vigencia durante todo el año PRÓRROGAS No está prevista la existencia de prórrogas. 13. OBLIGACIONES ESPECIALES 13.1 PRECAUCIONES Y RESPONSABILIDADES El contratista asume las responsabilidades correspondientes a las faltas y daños que pueda ocasionar hasta la recepción definitiva de los pedidos en el almacén de EMTUSA OBLIGATORIEDAD 14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista EMTUSA. El contratista será responsable de la calidad técnica de las prestaciones, así como de Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 9
10 las consecuencias que se deduzcan para la empresa o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista no tendrá derecho indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega, salvo que se incurra en mora al recibirlos. Los gastos de entrega y transporte serán de cuenta del contratista PLAZOS Y LUGAR DE ENTREGA El plazo de entrega será de cuarenta y ocho horas máximo (48 horas) a contar desde la fecha de pedido. El lugar de la entrega será el almacén de EMTUSA, previa petición del mismo acompañado de su albarán correspondiente valorado y referenciado. Se podrán realizar cuantas comprobaciones se estimen convenientes de la calidad del suministro realizado CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato se impondrán penalidades de manera proporcional a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 por ciento del presupuesto del contrato RESPONSABILIDAD POR DEMORA Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, EMTUSA podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades que a continuación se exponen: 1ª día 5% del valor del retraso 2ª día 10% del valor del retraso 3ª día 15% del valor del retraso 4ª día 20% del valor del retraso 5ª día y siguientes 25% del valor del retraso Los porcentajes anteriores son acumulativos, reservándose EMTUSA la posibilidad de resolver el contrato total o parcialmente a partir del 3ª día, además de exigir el pago de la penalidad incurrida CUMPLIMIENTO El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la empresa, la totalidad de la prestación. 15. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN Los derechos dimanantes del contrato no podrán ser cedidos total o parcialmente a terceros a no ser que EMTUSA autorice expresamente y con carácter previo la cesión. Lo establecido en el párrafo anterior se aplicará también a la celebración de subcontratos. Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 10
11 16. FACTURACIÓN Y PAGO Con carácter periódico los técnicos responsables, una vez efectuado el control de calidad y las pruebas correspondientes, conformarán las facturas si la actuación sobre los equipamientos entregados ha sido satisfactoria, procediendo a su tramitación. En caso contrario, comunicarán su disconformidad al contratista a los efectos correspondientes. Recepcionada la factura de conformidad, su pago se realizará por giro o transferencia a 30 días fecha factura. 17.RESOLUCIÓN Serán causas de resolución del contrato además de la prevista en el artículo 1124 del Código Civil: a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista a no ser que se produzca la sucesión en la persona del contratista. b) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento. c) El mutuo acuerdo entre la sociedad mercantil municipal y el contratista. d) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista y el incumplimiento del plazo de inicio de la ejecución del contrato que no podrá ser superior a quince días hábiles f) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en los pliegos o en el contrato. Entre ellas la no subrogación del personal en los términos previstos en el pliego técnico. g) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato. h) La imposibilidad de continuar con la ejecución del contracto por causas de Derecho Administrativo en orden a la defensa del interés general en los términos y condiciones del TRLCSP. i) Las establecidas expresamente en el contrato. De conformidad con lo previsto en el Derecho Civil las causas de resolución tendrán la naturaleza de condiciones resolutorias contractuales. Apreciada su existencia por el órgano de contratación procederá la declaración de resolución del contrato previa valoración sobre la oportunidad y conveniencia para el interés societario de la continuación del mismo. En caso de estimarse conveniente la continuación del contrato el órgano de contratación podrá requerir la presentación de garantías adicionales. Efectos de la resolución. Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 11
12 Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la sociedad mercantil municipal los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada. Acordada la resolución del contrato y hasta que se formalice el nuevo contrato, el contratista quedará obligado, en la forma y con el alcance que determine el órgano de contratación, a adoptar las medidas necesarias por razones de seguridad, o indispensables para evitar un grave trastorno al servicio público o la ruina de lo construido o fabricado. Cuando la resolución venga motivada por causas de de Derecho Administrativo en orden a la defensa del interés general en los términos y condiciones del TRLCSP el contratista tendrá derecho, además de las obras efectivamente ejecutadas, a una indemnización por daños y perjuicios del uno y medio por cien del presupuesto de ejecución material del contrato, excluidos gastos generales, beneficio industrial y cualesquiera arbitrios o impuestos. 18. JURISDICCIÓN El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato. Los contratantes, con expresa renuncia al fuero propio, someten cuantas cuestiones pudieran surgir entre los mismos por consecuencia del cumplimiento y ejecución del presente contrato, a los tribunales de Gijón. Gijón, 7 de diciembre de 2016 Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 12
13 ANEXO I MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CRITERIOS OBJETIVOS Don/Doña... provisto de DNI número... en nombre propio ( o en el de... CIF... Declara quedar enterado de las condiciones administrativas, económicas y técnicas y demás documentación del expediente de contratación por el que se rige la adjudicación del contrato de Suministro de neumáticos al Taller de mantenimiento de EMTUSA, Y se compromete a su ejecución con arreglo a los siguientes condiciones: Precio de venta de cubierta: R22.5 Marca: Modelo:.....Precio/unidad (sin IVA)...euros. (incluido gestión de NFU RD1619/2005. Mas el importe correspondiente al IVA euros. Precio de venta de neumático recauchutado: R22.5 Marca:......Modelo:.....Precio/unidad (sin IVA)...euros. (incluido gestión de NFU RD1619/2005. Mas el importe correspondiente al IVA euros. Etiquetado europeo de neumáticos nuevos: Ahorro de combustible: Código: Comportamiento de ruido Código: Comportamiento en mojado Código: Durabilidad kilométrica Duración media declarada: km Precio ofertado de compra de carcasas de cubiertas recogidas durante la vigencia del contrato... euros (sin IVA). Mas el importe correspondiente al IVA.. euros. Domicilio que se señala a efectos de notificaciones: Calle... Número...Escalera...Piso...Letra... Código Postal...Localidad...Provincia... Teléfono...Móvil...Fax En..., a...de... de 2016 Fecha y firma del proponente Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 13
14 ANEXO II : MODELO DE AVAL (Entidad Bancaria Avalista) y en su nombre y representación D. con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la escritura de poder otorgada ante el Notario de Don en fecha, con el número de su protocolo, y bastanteado por la Asesoría Jurídica de, el día AVALA A (ofertante), haciendo renuncia expresa de los beneficios de excusión, orden y división, ante Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón Sociedad Anónima, por hasta la cantidad de euros ( EUROS), en concepto de garantía definitiva para responder de las obligaciones derivadas (de la participación en el concurso o del cumplimiento de la contratación conforme a la licitación convocada por Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón S.A. (EMTUSA) para contratar el Suministro de Neumáticos para el Taller de mantenimiento de (EMTUSA) (Entidad Bancaria Avalista) se compromete a efectuar el pago de la cantidad garantizada, a primer requerimiento por escrito de persona autorizada de Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón Sociedad Anónima. Este aval tendrá validez en tanto no sea autorizada su cancelación por Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón Sociedad Anónima. El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número En, a de de 2016 Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 14
15 ANEXO III MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE D/Dña Con domicilio en... calle... y provisto/a del DNI...en nombre propio o en representación de la empresa......, con CIF Teléfono...Fax DECLARA Que la persona jurídica a la que representa, sus administrados y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades señaladas en el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo, en la Ley 4/1995, de 6 de abril, sobre incompatibilidades de Altos Cargos del Principado de Asturias, ni en la Ley 53/1984, de 26 de abril, de incompatibilidades para el personal al servicio de las Administraciones Públicas. Asimismo, declara que cumple con los requisitos de solvencia económica-financiera y técnica contenidos en los pliegos, necesarios para la ejecución del presente contrato. Asímismo, declara que la citada persona jurídica se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social. En.a...de....de Fdo.: Pliego de Condiciones: Suministro de Neumáticos EMTUSA PC4/17 Página 15
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