Año XII - N 2573 :: BUENOS AIRES, Martes 28 de Junio de 2016 ::
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- Víctor Manuel Villalba Gutiérrez
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1 Resolución N 1105 Designa en UGL VI - Capital Federal...pág.1 Resolución N 1106 Designa en UGL VI - Capital Federal...pág.2 Resolución N 1110 Designa en UGL XVIII - Misiones...pág.3 Disposición Conjunta N 0300-GA-GPM-16 Modifica Art. 1 Disp. Conjunta N 216/GA-GPM/ pág.4 Disposición N 0078-SDE-16 Autoriza llamado a Trámite Simplificado - Válvulas Aórticas..pág.5 Disposición N 0468-GRH-16 Aprueba procedimiento - Horas Instructores Internos...pág.6 Resolución N 1105 BUENOS AIRES, 24 JUN 2016 VISTO el Expediente N , y las Resoluciones N 002/DE/15 y N 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local VI - Capital Federal, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Adrián Sergio SCROCA (CUIL N ), reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, el señor Adrián Sergio SCROCA (CUIL N ), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 02/04-PEN y el artículo 1 del Decreto PEN N 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local VI - Capital Federal, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Adrián Sergio SCROCA (CUIL N ), reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. ARTÍCULO 2.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, el señor Adrián Sergio SCROCA (CUIL N ), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos página 1
2 competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3.- Establecer que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se disponen por éste acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTICULO 4.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N 1105 Dr. Carlos J. REGAZZONI Director Ejecutivo Resolución N 1106 BUENOS AIRES, 24 JUN 2016 VISTO el Expediente N , y las Resoluciones N 002/DE/15 y N 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local VI - Capital Federal, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Juan Andrés VIGUIE (CUIL N ), reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, el señor Juan Andrés VIGUIE (CUIL N ), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local VI - Capital Federal, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Juan Andrés VIGUIE (CUIL N ), reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. ARTÍCULO 2.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, el señor Juan Andrés VIGUIE (CUIL N ), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. página 2
3 ARTÍCULO 3.- Establecer que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se disponen por éste acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N 1106 Dr. Carlos J. REGAZZONI Director Ejecutivo Resolución N 1110 BUENOS AIRES, 27 JUN 2016 VISTO el Expediente N , y las Resoluciones N 002/DE/15 y N 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que en pos de lo enunciado precedentemente se estima conveniente contar, también, con las líneas jerárquicas conforme la estructura organizacional, resultando para ello imprescindible proceder a la cobertura de diversas unidades orgánicas de este Instituto, con la finalidad de brindar un servicio eficiente y eficaz. Que en ese sentido resulta procedente designar, a partir del 1 de junio de 2016, en la Unidad de Gestión Local XVIII - Misiones, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, con funciones de Coordinador General Ejecutivo local, al señor Luis Federico SOLE MASES (CUIL N ), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso c), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N 833/DE/13, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 40 de la Resolución N 712/DE/06 y Resolución N 1002/DE/07. Que asimismo corresponde dejar constancia que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, el señor Luis Federico SOLE MASES (CUIL N ), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta, al informe a la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 02/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Designar, a partir del 1 de junio de 2016, en la Unidad de Gestión Local XVIII - Misiones, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, con funciones de titular de la Coordinación General Ejecutiva Local, al señor Luis Federico SOLE MASES (CUIL N ) correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso c), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N 833/DE/13, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N 712/DE/06 y Resolución N 1002/DE/07. página 3
4 ARTÍCULO 2.- Dejar establecido que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, el señor Luis Federico SOLE MASES (CUIL N ), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3.- Disponer que la incorporación del señor Luis Federico SOLE MASES (CUIL N ), también quedará sujeta al informe a la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos. ARTÍCULO 4.- Establecer que de no tener principio de ejecución la designación que se dispone, a partir de la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 5.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N 1110 Dr. Carlos J. REGAZZONI Director Ejecutivo Disposición Conjunta N 0300 BUENOS AIRES, 24 JUN 2016 VISTO el Expediente N , las Resoluciones N 32/DE/15, N 822/DE/15, N 240/DE/16 y Disposición Conjunta N 216/GA-GPM/16, y CONSIDERANDO Que por el expediente citado se tramita la provisión de insumos para cirugía cardiovascular, para atender la demanda de los afiliados del INSTITUTO en todo el país. Que por Disposición N 113/CE/14 de la Coordinación Ejecutiva se autorizó la realización de un llamado registrado como Licitación Pública N 53/14 en los términos establecidos por los artículos 19 inciso a); 25 incisos a) y c); 26 y 28 del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificatorias. Que por Resolución 32/DE/15 se adjudicó parcialmente la Licitación Pública precitada a las firmas ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A., LA TECBA S.A. y FOC MEDICAL S.A. por la suma de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ ,00). Que por Resolución N 822/DE/15 se aprobó la renovación de los contratos con las firmas adjudicatarias por el término de seis (6) meses por la suma de PESOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ ,00). Que asimismo por Resolución N 240/DE/16 se aprobó la renovación de los contratos con las firmas adjudicatarias ST JUDE MEDICAL S.A. y FOC MEDICAL S.A. por el término de seis (6) meses por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL CIEN ($ ,00.-), dado que hasta la fecha de la citada renovación la firma LATECBA S.A. no había manifestado su aceptación a la renovación del contrato. Que posteriormente por Disposición Conjunta N 216/GA- GPM/16 se aprobó la renovación del contrato con la firma LATECBA S.A. por el término de seis (6) meses o hasta la notificación de un nuevo adjudicatario lo que ocurra primero, por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS DOCE MIL ($ ,00). Que en la Disposición Conjunta citada en el considerando anterior, se consignó por error la fecha de la vigencia de la renovación a partir del 5 de Abril del 2016, la cual debía decir 2 de Febrero de Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar el Artículo 1 de la Disposición Conjunta N 216/GA-GPM/16, el cual quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 1.- Renovar el contrato celebrado en el marco de la Licitación Pública N 53/14 con la firma LATECBA S.A. para la provisión de insumos para cirugía cardiovascular para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país a partir de la fecha 2 de Febrero del corriente por el término de seis (6) meses o hasta la notificación de un nuevo adjudicatario, por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS DOCE MIL ($ ,00.-), conforme a los valores detallados en el Anexo I que se agrega y forma parte de la presente. Que por ende corresponde autorizar a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a modificar la Orden de Compra N /16 correspondiente a la firma LATECBA S.A., de acuerdo a lo manifestado precedentemente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N 844/DE/16, 140/DE/15 y 004/DE/15, EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL GERENTE DE PRESTACIONES MÉDICAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONEN: ARTÍCULO 1.- Modificar el Artículo 1 de la Disposición Conjunta página 4
5 N 216/GA-GPM/16, el cual quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 1.- Renovar el contrato celebrado en el marco de la Licitación Pública N 53/14 con la firma LATECBA S.A. para la provisión de insumos para cirugía cardiovascular para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país a partir de la fecha 2 de Febrero del corriente por el término de seis (6) meses o hasta la notificación de un nuevo adjudicatario, por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS DOCE MIL ($ ,00.-), conforme a los valores detallados en el Anexo I que se agrega y forma parte de la presente. ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a modificar la Orden de Compra N /16 a favor de la firma mencionada en el Artículo 1, facultándola a disponer su liberación al sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero. ARTÍCULO 3.- Registrar, comunicar, publicar en el Boletín del Instituto. Cumplido, archivar. DISPOSICIÓN CONJUNTA N 0300/GA-GPM/2016 Enrique M. NOLTING Gerente de Administración Dr. Hernán Carlos CHAVIN Gerente de Prestaciones Médicas Disposición N 0078 BUENOS AIRES, 24 JUN 2016 VISTO el Expediente N y, CONSIDERANDO Que por el actuado citado en el VISTO tramita la provisión de válvulas aorticas transfemoral - transcateter para atender la demanda de los afiliados del Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en todo el pais por el término de tres (3) meses, renovable de común acuerdo por igual término o hasta que se adjudique el llamado a licitación en curso, lo que ocurra primero. Que los insumos en cuestión tienen una alta demanda por parte de los afiliados del Instituto, la cual ha sido cubierta por vía de excepción. Que, en razón de ello, la Subgerencia de Prestaciones y Provisiones Especiales perteneciente a la Gerencia de Prestaciones Médicas propició un llamado a Trámite Simplificado, para lo cual informó la cantidad de insumos a proveer con sus especificaciones técnicas y costo estimado de la contratación, a fin de optimizar tiempos. Que, mediante Expediente , se encuentra tramitando un llamado a Licitación Pública para la provisión de los mismos insumos por el término de seis (6) meses, no obstante la misma no se encuentra adjudicada a la fecha. Que en consecuencia, la Subgerencia de Compras y Contrataciones ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que regirá el llamado para la contratación propiciada. Que de conformidad con lo establecido por los Artículos 19 inciso d) punto 10), 25 inc. a) y c), 26 y 28 del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del I.N.S.S.J.P., aprobado por Resolución N 135/I/03 del 8 de Agosto de 2003, corresponde realizar un llamado a Trámite Simplificado, con la modalidad de Contratación Consolidada y Precio de Referencia, bajo la clase de Etapa Única. Que corresponde su difusión en la página de internet del Instituto con un mínimo de CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura. Que, asimismo, se deberá invitar a los proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en el Registro Único Informático Nacional de Prestadores y Proveedores de este Instituto a presentar ofertas en el presente Trámite Simplificado, dejando constancia en las actuaciones. Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones, en cumplimiento con lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución N 821/DE/15, procedió a solicitar la reserva de la correspondiente partida presupuestaria. Que esta Subdirección Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de este Instituto han tomado conocimiento de la Disposición de Recursos de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo II de la Resolución N 844/DE/16. Que la Dirección Ejecutiva de este Instituto ha prestado la conformidad de su competencia para la autorización del presente llamado, conforme lo establecido por el Anexo I de la citada Resolución. Que las Gerencias de Administración y de Prestaciones Médicas han tomado la intervención de su competencia. Que la Secretaría General Técnico Jurídica y la Gerencia de Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de sus competencias, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2 y 3 del Decreto N 02/04 y el Artículo 2 del Decreto N 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y a la luz de lo normado por la Resolución N 844/DE/16, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE: ARTÍCULO 1.- Autorizar a efectuar un llamado a Trámite Simplificado encuadrando la contratación en los términos de los Artículos 19 inciso d) punto 10), 25 inc. a) y c), 26 y 28 del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N 135/I/03, para la provisión de válvulas aorticas transfemoral - transcateter para atender la demanda de los afiliados del Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en todo el país por el término de tres (3) meses, renovable de común acuerdo por igual término o hasta que se adjudique el llamado a licitación página 5
6 en curso, lo que ocurra primero. ARTÍCULO 2.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 3.- Delegar la suscripción de Circulares con o sin consulta y modificatorias de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas en la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 4.- Difúndase con un mínimo de CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura el presente llamado en la Página de Internet del Instituto www. pami.org.ar. ARTÍCULO 5.- Invítese a los proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en la base de datos del Registro Único Informático Nacional de Prestadores y Proveedores de este Instituto a presentar ofertas en el presente Trámite Simplificado, dejando constancia en las actuaciones. ARTICULO 6.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, Archívese. DISPOSICION N 0078/SDE/2016 Dr. Gonzalo RIOBÓ Subdirector Ejecutivo Consulte los anexos aquí o por correo a: despacho@pami.org.ar Disposición N 0468 BUENOS AIRES, 24 JUN 2016 VISTO la Resolución N 868/DE/10, y CONSIDERANDO: Que las exigencias competitivas de una organización tienen una relación directa con la capacidad de aprender de la misma y con la capacidad de generar y utilizar el conocimiento, lo que solo puede darse a través del talento humano, de allí la necesidad de desarrollar equipos propios de instructores/ facilitadores internos. Que ello se vincula con el talento humano y sus niveles de cohesión, su compromiso, su orgullo basado en el sentido de pertenencia, su admiración por los líderes, su capacidad de acción proactiva, el mantenimiento del clima que se vive y el fortalecimiento de su propia cultura organizacional. Que en pos de lo arriba enunciado, se dicta la Resolución N 868/DE/10 con motivo de lo normado en el Título VII - Capacitación, artículos 23 al 26 del Convenio Colectivo de Trabajo N 697/05- E, que refieren a la necesidad de implementar programas y cursos de capacitación, y cuyo objetivo es el desarrollo y perfeccionamiento de las competencias laborales de los agentes y su acceso a nuevas tecnologías de gestión, lo que también se ve plasmado en la Resolución N 272/DE/06 que aprobara el plan de trabajo para la Implementación del Programa para la Modernización de la Gestión de los Recursos Humanos en el marco de Convenio antes mencionado. Que esta Gerencia de Recursos Humanos, a través de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo implementó el proyecto para constituir el Registro de Programas de Capacitación, que se formalizó con el dictado de la Resolución N precitada, y la aprobación del Formulario para Registración, mediante Disposiciones N 852/10-GRH y N 335/11-GRH, permitiendo dicha normativa registrar cursos, seminarios, jornadas y actividades de capacitación realizadas por Gerencias, Subgerencias y Unidades de Gestión Local, y establecer el reconocimiento de créditos para la carrera administrativa. Que en virtud de contar este Instituto en su dotación de personal, con profesionales universitarios, mucho de los cuales desarrollan actividades docentes, académicos y/o de Instrucción, resultando oportuno vincular a estos candidatos para el desarrollo de actividades de capacitación interna, sin dejar de mencionar aquellos integrantes de este Instituto que desarrollan actividad docente en distintos ámbitos educativos; lo que permite sostener que existe una capacidad instalada en cuanto al conocimiento y su capacidad de transmisión, se aprobó por la Resolución N 1355/DE/11 el Proyecto de Instructores Internos de Capacitación, creándose a tal fin el registro de Instructores de Capacitación. Que en el marco de lo enunciado en el párrafo precedente resulta necesario aprobar el Procedimiento para el Reconocimiento y Acreditación de Horas de Instructores Internos, el que como Anexo I se incorpora a la presente. Que en ese mismo orden la acreditación de horas, se formulará mediante la cumplimentación de un Formulario diseñado a tal fin, el que como Anexo II pasa a integrar la presente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Resolución N 004/DE/15, EL GERENTE DE RECURSOS HUMANOS DISPONE: ARTÍCULO 1.- Apruébase, el Procedimiento para el Reconocimiento y Acreditación de Horas de Instructores Internos, el que como Anexo I se incorpora a la presente. ARTÍCULO 2.- Apruébase el Formulario para la acreditación de Horas de Instructores Internos, el que como Anexo II pasa a integrar la presente. ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N 0468/GRH/2016 Dr. Carlos R. CHIESA - Gerente de Recursos Humanos página 6
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11 Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo ISO 9001:2008 Management System ID Boletin del Instituto: Resoluciones N 0439/DE/04, 0895/DE/12, 0039/DE/16, y 1045/DE/16 Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa secretaria_administrativa@pami.org.ar / despacho@pami.org.ar página 11
Año XII - N 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 ::
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