ABSOLUCIÓN DE CONSULTA 1 :
|
|
- José Ignacio Ávila Acosta
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 INFORME DE ASESORÍA Nº GL DE : LUIS FERNANDO ZAMBRANO ORTIZ Asesor de la A : ROSA FLORIAN CEDRÓN Presidenta de la MATERIA : Consulta Municipalidad de Centro Poblado Villa Kecca, Lucana, Puquio, Ayacucho La Municipalidad de Centro Poblado Villa Kecca, Lucana, Puqui, Ayacucho, consulta si la transferencia de recursos a las municipalidades de centro poblado es responsabilidad de la municipalidad distrital o la provincial. ABSOLUCIÓN DE CONSULTA 1 : La nueva Ley Orgánica de Municipalidades Ley N mantiene la regulación de las municipalidades de centro poblado, estableciendo requisitos para su creación y elección de autoridades, a fin de evitar la creación indiscriminada y en algunos casos innecesaria de dichas municipalidades, así como el manejo político en la designación de sus autoridades. En el marco de dicha normatividad, corresponde a las municipalidades provinciales la creación de las municipalidades de centro poblado, previa opinión favorable de la municipalidad distrital sustentada en informes técnicos y presupuestales. Para el efecto, se requiere que el centro poblado cuente con al menos mil habitantes mayores de edad, que el centro poblado no se ubique dentro del área urbana del distrito al cual pertenece, y que exista comprobada necesidad de servicios públicos locales y posibilidades de sostenimiento. La solicitud deberá estar suscrita por un mínimo de mil habitantes mayores de edad domiciliados en dicho centro poblado, acreditando dos delegados, y será presentada por un comité de gestión 2. 1 Luis Fernando Zambrano Ortiz, Las Municipalidades de Centro Poblado, Ratio Legis de la Ley Orgánica de Municipalidades, Normas Legales, Tomo 328, Vol. II, Setiembre-2003; Editora Normas Legales, Trujillo Perú. 2 ARTÍCULO REQUISITOS PARA LA CREACIÓN DE UNA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO Para la creación de municipalidades de centros poblados se requiere la aprobación mayoritaria de los regidores que integran el concejo provincial correspondiente y la comprobación previa del cumplimiento de los siguientes requisitos: 1
2 En el caso de que se considere procedente el petitorio, el concejo provincial emitirá la ordenanza de creación de la municipalidad de centro poblado, indicando la delimitación territorial dentro de la cual tendrá jurisdicción, el régimen de organización interior, las competencias y funciones que se delegan, los recursos que se le asignan mensualmente, bajo responsabilidad, así como sus atribuciones administrativas y económico-tributarias 3. Es de destacar que el costo que represente la prestación del servicio delegado deberá ser asumido por la municipalidad distrital y la municipalidad provincial, y las autoridades de las municipalidades de centro poblado serán responsables de su correcta utilización. Adecuación de municipalidades de centros poblados En lo que respecta a las municipalidades de centro poblado creadas con anterioridad a la vigencia de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, se prevé en la Décimo Segunda Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades, que éstas deberán adecuar su funcionamiento - en lo que sea pertinente - a lo previsto en el Capítulo I, del Título X de la Ley; manteniendo su existencia en mérito a la referida adecuación y las ordenanzas que sobre el particular se expidan Solicitud de un comité de gestión suscrita por un mínimo de mil habitantes mayores de edad domiciliados en dicho centro poblado y registrados debidamente y acreditar dos delegados. 2. Que el centro poblado no se halle dentro del área urbana del distrito al cual pertenece. 3. Que exista comprobada necesidad de servicios locales en el centro poblado y su eventual sostenimiento. 4. Que exista opinión favorable del concejo municipal distrital, sustentada en informes de las gerencias de planificación y presupuesto, de desarrollo urbano y de asesoría jurídica, o sus equivalentes, de la municipalidad distrital respectiva. 5. Que la ordenanza municipal de creación quede consentida y ejecutoriada. Es nula la ordenanza de creación que no cumple con los requisitos antes señalados, bajo responsabilidad exclusiva del alcalde provincial. 3 ARTÍCULO CREACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS Las municipalidades de centros poblados son creadas por ordenanza de la municipalidad provincial, que determina además: 1. La delimitación territorial. 2. El régimen de organización interior. 3. Las funciones que se le delegan. 4. Los recursos que se le asignan. 5. Sus atribuciones administrativas y económico-tributarias. 4 DÉCIMO SEGUNDA.- Las municipalidades de centros poblados creadas a la vigencia de la presente ley adecuan su funcionamiento, en lo que sea pertinente, a las normas dispuestas en la presente ley. 2
3 Es necesario tener en cuenta que la Ley establece con claridad que la adecuación se hará en lo que corresponda. La entendió que en mérito a dicha adecuación no era conveniente que se desaparezca a muchas municipalidades de centro poblado al no cumplir con el requisito de los mil habitantes mayores de edad, cantidad que representa el doble de lo exigido en la ley de municipalidades derogada. Lo que fue creado dentro del marco de una ley no puede desaparecer por la modificación de las exigencias legales. En este sentido, la Ley prevé la adecuación para aspectos como la determinación de las competencias y funciones que serán materia de delegación, la delimitación dentro de la cual la municipalidad de centro poblado cumpliría con las competencias y funciones delegadas, la determinación de los recursos que se le asignará mensualmente, su régimen de organización interior y las atribuciones administrativas y económico-tributarias que tendrá dicha municipalidad de centro poblado. En el caso de la determinación de las competencias y funciones delegadas, estás serán aquellas que expresamente soliciten las autoridades ediles de las municipalidades de centro poblado; debiendo quedar claro que no es posible que se delegue la competencia correspondiente a los registros civiles, por cuanto esta ya no es competencia municipal. Es también importante determinar la delimitación dentro de la cual la municipalidad de centro poblado tendrá jurisdicción, tema en el cual es de vital importancia ir hacia la integración de municipalidades de centros poblados. No es posible, por ejemplo, que existan dos o tres municipalidades de centros poblados, cada una con las mismas competencias delegadas y todas ubicadas a escasa distancia una de otra, o alguna de ellas a la zona urbana. El tema de los recursos que les serán asignados a las municipalidades de centro poblado también es materia de adecuación, por cuanto el monto tendrá que ser determinado en el proceso de adecuación en función a la competencia o servicio público delegado y la cantidad de habitantes que se verán beneficiados con la prestación del mismo. Los centros poblados creados por resoluciones expresas se adecuan a lo previsto en la presente Ley, manteniendo su existencia en mérito a la adecuación respectiva y las ordenanzas que sobre el particular se expidan. El período de los alcaldes y regidores de los centros poblados existentes se adecua a lo previsto en la presente ley. 3
4 Hay que tener en cuenta que determinado el costo de la prestación del servicio y por ende el monto a transferirse mensualmente bajo responsabilidad del alcalde y su gerente municipal, habrá que determinar como se distribuirán dicho costo la municipalidad provincial y la distrital dentro de cuya jurisdicción se encuentra la municipalidad de centro poblado 5. También habrá que determinar, dentro del proceso de adecuación, el régimen de organización interior de la municipalidad de centro poblado, el mismo que estará en relación a las funciones requeridas para prestar el servicio público delegado; y, por último, será necesario determinar las atribuciones administrativas y eventualmente económico-tributarias que tendrá dicha municipalidad de centro poblado. Es claro que aquellas municipalidades de centro poblado cuya creación se hizo contraviniendo lo dispuesto en la ley vigente al momento de su creación, el acto administrativo es susceptible de nulidad, por tanto corresponderá a la municipalidad provincial, en coordinación con la municipalidad distrital en cuya jurisdicción se encuentre, evaluar la conveniencia de formalizar la creación de la referida municipalidad de centro poblado o anexarla a la jurisdicción de otra municipalidad de centro poblado, para cuyo efecto deberá cumplir con los requisitos y el procedimiento que establece la Ley N Transferencia de recursos Respecto a la transferencia de recursos el artículo 133º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las municipalidades provinciales y distritales están obligadas a entregar a las municipalidades de centros poblados de su jurisdicción, en proporción a su población y los servicios públicos delegados, un porcentaje de 5 ARTÍCULO RECURSOS DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTRO POBLADO Las municipalidades provinciales y distritales están obligadas a entregar a las municipalidades de centros poblados de su jurisdicción, en proporción a su población y los servicios públicos delegados, un porcentaje de sus recursos propios y los transferidos por el gobierno nacional, para el cumplimiento de la prestación de los servicios públicos delegados. La entrega o transferencia de recursos se efectuará en forma mensual, bajo responsabilidad del alcalde y del gerente municipal correspondiente. Las municipalidades provinciales y distritales pueden incrementar las transferencias de recursos a las municipalidades de centros poblados, previo acuerdo de sus concejos municipales. La ordenanza de creación o de adecuación, según sea el caso, podrá contemplar otros ingresos. La delegación de los servicios públicos locales que asuman las municipalidades de centro poblado puede implicar la facultad de cobrar directamente a la población los recursos que por concepto de arbitrio se encuentren estimados percibir como contraprestación de los respectivos servicios. La percepción de los recursos que cobren, por delegación expresa, las municipalidades de centro poblado, se entenderán como transferencias efectuadas por parte de la municipalidad provincial o distrital pertinente, para cuyo efecto, deben rendir cuenta mensualmente de los importes recaudados por dicho concepto. 4
5 sus recursos propios y los transferidos por el gobierno nacional, para el cumplimiento de la prestación de los servicios públicos delegados. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 133 de la Ley Orgánica de Municipalidades permite que por delegación expresa las municipalidades de centro poblado asuman el cobro directo a la población de las tasas por arbitrios; recursos que se entenderán como transferencias efectuadas por parte de la municipalidad provincial o distrital, debiendo rendir cuenta mensualmente a la municipalidad provincial de los recursos por dicho concepto Considera la ley que corresponde a las municipalidades provinciales y distritales la transferencia de recursos, por cuanto tanto el proceso de creación de una nueva municipalidad de centro poblado, cuenta el proceso de adecuación de una municipalidad pre existente, requieren que la municipalidad provincial solicite la opinión de la municipalidad distrital respecto a la creación o adecuación de la municipalidad de centro poblado. Por otro lado, es de responsabilidad de la municipalidad provincial, como de la distrital la prestación de los servicios públicos dentro de su circunscripción, y como el centro poblado esta dentro de ella, también es su responsabilidad. En este sentido, no puede la municipalidad provincial dentro del marco del proceso de adecuación de una municipalidad de centro poblado, desprenderse de la responsabilidad que le atañe de compartir con la distrital el costo de los servicios delegados a una municipalidad de centro poblado, ni viceversa. Conclusión Absolviendo la consulta formulada, debemos indicar que corresponde a la municipalidad provincial la responsabilidad del proceso de creación y adecuación de una municipalidad de centro poblado, por lo tanto también le corresponde a ésta asumir parte del costo determinado para la prestación de servicios públicos delegados, así como le corresponde a la municipalidad distrital asumir la diferencia. LUIS FERNANDO ZAMBRANO ORTIZ Asesor de la Fzambrano@congreso.gob.pe 5
ORDENANZA MUNICIPAL N MPP Puno, 20 de febrero de 2012
ORDENANZA MUNICIPAL N 322-2012-MPP Puno, 20 de febrero de 2012 S. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO: POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del día de la fecha el Dictamen
Más detallesDemanda de Rendición de Cuentas. Ing. José Velásquez Peláez
Demanda de Rendición de Cuentas Ing. José Velásquez Peláez Rendición de Cuentas Es un mecanismo a través del cual la autoridad y funcionarios de la municipalidad ponen en conocimiento de la población el
Más detallesNo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
No. 07-2013 ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II, DE LA ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y REGULACIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DEL CANTÓN LOJA DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE VÍA PÚBLICA, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE
Más detallesMUNICIPALIDAD DE QUILICURA SECRETARIA MUNICIPAL
APRUEBA ORDENANZA DE REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS LA ALCALDÍA DECRETO HOY LO QUE SIGUE: QUILICURA, 30 de Abril de 2004 DECRETO EXENTO Nº 413 /04. - VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el Régimen Autónomo
Más detallesESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA San Juan Bautista - 2012 O.M. N 013-2012-MDSJB/A (21.12.2012) 1 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2012-MDSJB /AYAC. San Juan Bautista, 21
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2011 ( )
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2011 ( ) Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con la conformación y funcionamiento de las Juntas Directivas de
Más detallesLA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN LOS ÁMBITOS REGIONALES Y LOCALES
LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN LOS ÁMBITOS REGIONALES Y LOCALES Magali González Manco Área de Asesoría legal Proyecto Qhapaq Ñan Sede Nacional El Patrimonio Cultural se compone de elementos o
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT
MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,
Más detallesCONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N MTC/24
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DECRETO LEGISLATIVO N 1057 PROCESO CAS N 036-2016-MTC/24 I. GENERALIDADES 1. Objeto de la Convocatoria: Contratar los servicios de una persona natural con aptitudes
Más detallesREGLAMENTO CRT: 1997 REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS
REGLAMENTO CRT: 1997 Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales - INDECOPI Calle la Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL N MDJLBYR. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero,
ORDENANZA MUNICIPAL N 019-2012-MDJLBYR José Luis Bustamante y Rivero, 2012 Setiembre 28. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, POR CUANTO: El Concejo Municipal, en
Más detallesNORMAS LEGALES ORDENANZA Nº MDA
ANEXO I INFORME TÉCNICO SUSTENTATORIO I. ASPECTOS GENERALES y ANTECEDENTES NORMATIVOS El Régimen de Arbitrios Municipales vigente en el distrito de Ancón es el que fue formulado para el ejercicio 2008
Más detallesÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES PLENO DE LA CORPORACIÓN Formado por el Alcalde y los Concejales. Funciones atribuidas: Art. 123.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
Más detallesPROYECTO DE ESCISIÓN DEL BLOQUE PATRIMONIAL. Sección Bloque Patrimonial conformado al 31 de agosto de Como Sociedad Beneficiaria :
1. Sociedades partícipes en el proceso de escisión(las Partes ): 1. Como Sociedad Beneficiaria : CONECTA RETAIL S.A. es una sociedad anónima inscrita en la Partida Electrónica Nº 11010724 del Registro
Más detallesEn ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE:
La Institución La Municipalidad del Cantón Bolívar inició su vida Institucional el 8 de octubre de 1913, tal como consta en el Registro Oficial, y de acuerdo a la vigencia de la nueva Constitución de la
Más detallesOrdenanza Municipal Nº MPV
Ordenanza Municipal Nº 027-2013-MPV EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRÚ POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Virú, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades N 27972,
Más detallesI. Disposiciones generales
1508 I. Disposiciones generales Consejería de Obras Públicas y Transportes 348 Puertos Canarios.- Resolución de 16 de diciembre de 2016, de la Presidenta, relativa al alta y creación de los ficheros con
Más detallesESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONTRATACION (ECONOMICO, TECNICO Y ANÁLISIS DE OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA)
ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONTRATACION (ECONOMICO, TECNICO Y ANÁLISIS DE OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA) En concordancia con lo establecido en él articulo 8º del decreto 2170 de 2002, la Secretaria de Planeación
Más detallesDELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN
DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS E INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO DE CARÁCTER PERIÓDICO EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA. A) Ayuntamientos DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES
Más detallesSobre el particular, procede esta Entidad a efectuar el análisis de su consulta en el mismo orden planteado, conforme a las siguientes precisiones:
Bogotá D.C., 16 de julio de 2004 OFCTC/ 230/2004 Señor Ciudad Apreciado señor: Ref: Libros contables y estados financieros en Propiedad Horizontal. Dando alcance al art. 23 de la Resolución No 001 de 2001,
Más detallesDecreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización
Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias
Más detallesACUERDO 03 DE (Julio 14)
ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA
Más detallesORDENANZA N 126-MDCH
ORDENANZA N 126-MDCH Chorrillos, 22 de Septiembre del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Consejo en Sesión Extraordinaria de la fecha, con el voto de la mayoría
Más detallesAclarado el tema de la normatividad aplicable, se procede a resolver sus interrogantes en el mismo orden propuesto:
Bogotá D.C., ASUNTO: Elección de los representantes profesionales de los empleados públicos de una Empresa Social del Estado ESE del primer nivel de Atención. Respetado doctor: Hemos recibido su comunicación,
Más detallesDictamen jurídico C.E.E MGEYA-UPEJOL/2015. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL I.- ANTECEDENTES.
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S P R O C U R A C I Ó N G E N E R A L Dictamen jurídico SEÑOR DIRECTOR GENERAL C.E.E. 2.204.756-MGEYA-UPEJOL/2015. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 46591 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD DECRETO 47/2015, de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 287/2001, de 13 de diciembre, por el que se
Más detallesDECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí
DECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí El Alcalde del Municipio de Potosí, en uso de sus atribuciones
Más detallesLEY GENERAL DE CONCEJOS MUNICIPALES DE DISTRITO. Ley n de 7 de diciembre del 2001
Ley n. 8173 de 7 de diciembre del 2001 Publicada en el Alcance 2-A a La Gaceta n. 7 de 10 de enero de 2002 Artículo 1.- (*) La presente ley regula la creación, la organización y el funcionamiento de los
Más detallesRESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010
RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010 RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ORDENA LA EXPEDICIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-SECRE-2010, ESPECIFICACIONES DEL GAS NATURAL, QUE CANCELA
Más detallesDERECHO DE PAGO CON RELACION A LA U.I.T. AUTOMATI CO PERSONA NATURAL. 25,484% Regimen Normal 12,742% Regimen RUS 6.371% Regimen RUS en AA. HH.
Ordenanza N 124 -MDCH Que modifica al tupa y que rige para el tramite de Licencias de Funcionamiento en Conformidad con la Adecuacion al Marco de Licencias de Funcionamiento Ley N 28976 UNIDAD ORGANICA
Más detallesPROCESO CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL PARA PROVEER 115 PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO. TURNO 11,30
PROCESO CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL PARA PROVEER 115 PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO. TURNO 11,30 1.- Qué requisito es esencial en la notificación de las resoluciones a los interesados? a) La motivación
Más detallesALCANCE DE LA POLÍTICA...
Política de Transparencia Índice 1 INTRODUCCIÓN... 3 2 OBJETIVO... 3 3 ALCANCE DE LA POLÍTICA... 3 4 RESPONSABILIDADES... 3 5 POLÍTICA DE TRANSPARENCIA... 4 5.1. CÓDIGO DE CONDUCTA... 4 5.2. CONFLICTO
Más detallesDECRETO SUPREMO N MINCETUR
DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y
Más detallesn ORDENANZA PARA EL COBRO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES EN EL CANTÓN LOJA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO:
n. 020-2015 ORDENANZA PARA EL COBRO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES EN EL CANTÓN LOJA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del artículo 264 de la Constitución de la República
Más detallesReglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.
Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco. CONSIDERANDOS Reflexionando lo plasmado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el
Más detallesDEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA
1/6 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA DECRETO 33/2016, de 19 de enero, de reestructuración del Departamento de la Vicepresidencia
Más detallesOFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA DE AHORRO DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO
OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA DE AHORRO DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO Yo, MIRYAM ELIZABETH BEDOYA, peruana, casada, mayor de edad, domiciliada en Caracas y titular de la
Más detallesREGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR
REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N 004-91-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, el Artículo 116 de la Constitución Política del Perú prescribe que el Estado promueve y
Más detallesACUERDO METROPOLITANO N 005. (Agosto 20 de 2013)
ACUERDO METROPOLITANO N 005 (Agosto 20 de 2013) Por el cual se declaran los Hechos Metropolitanos HM- Identificados en el Área Metropolitana del Valle del Cacique Upar; los cuales serán objetos de coordinación,
Más detallesGuía para Establecer Empleos de Carácter Temporal en las Empresas Sociales del Estado E.S.E Versión 3. Abril de 2016
Guía para Establecer Empleos de Carácter Temporal en las Empresas Sociales del Estado E.S.E Versión 3. Abril de 2016 Tú sirves a tu país, nosotros te servimos a ti 1 2 Guía para establecer empleos de carácter
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA PAGO DE ESTIMACIONES OBJETIVO
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE OBRA PÚBLICA OBJETIVO Establecer las actividades, tiempos y responsabilidades de las áreas involucradas en el trámite de pago de estimaciones, que nos permitan cumplir en tiempo
Más detallesPROCESO AUTONÓMICO BOLIVIANO DESDE LA PERSPECTIVA MUNICIPAL
PROCESO AUTONÓMICO BOLIVIANO DESDE LA PERSPECTIVA MUNICIPAL Tipos de Entidades Territoriales Autónomas Reconocidas en la Constitución Política del Estado son: Departamentales Regionales Municipales Indígenas
Más detallesMUNICIPALIDAD PROVINCIAL
ORDENANZA MUNICIPAL N 009 2015-MPSI/A. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN IGNACIO San Ignacio, 27 de Junio del 2015. OR CUANTO: I Concejo Provincial de San Ignacio, m En Sesión Ordinaria
Más detallesIntroducción a la Ley de Carrera Administrativa Municipal
Introducción a la Ley de Carrera Administrativa Municipal Qué es la ley de la carrera Administrativa Municipal? La Ley de la Carrera Administrativa Municipal - LCAM - fue creada mediante el Decreto Legislativo
Más detallesACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:
ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO Que, mediante Registro Oficial No. 214 de fecha 15 de junio del 2010, se expidió la ordenanza
Más detallesCOLEGIO DE ARQUITECTOS DEL PERU REGIONAL AREQUIPA
COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL PERU REGIONAL AREQUIPA MARCO TECNICO NORMATIVO NACIONAL Y REGIONAL - JERARQUIA DE NORMATIVIDAD EN EL PERU - NORMATIVIDAD PARA EL EJERCIO PROFESIONAL ARQº FERNANDO VALDIVIA C.
Más detallesManual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA
Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones
Más detallesRESOLUCIÓN DE (septiembre 8) Diario Oficial No de 8 de septiembre de Ministerio de Minas y Energía
RESOLUCIÓN 40869 DE 2016 (septiembre 8) Diario Oficial No. 49.990 de 8 de septiembre de 2016 Ministerio de Minas y Energía Por la cual se modifica y adiciona la Resolución 4 0248 de 2016, mediante la cual
Más detallesEn la tramitación de esta disposición emitió dictamen el Consello Agrario Galego, conforme con lo previsto en la Ley 1/2006, de 5 de junio.
Decreto /, del...de, por el que se regula la forma de designación y el régimen jurídico de los comités técnicos asesores de reestructuración parcelaria. La Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura
Más detallesNuevo Marco Legal Nacional. Sr. Luis Quesñay Cahua
Nuevo Marco Legal Nacional del Presupuesto Participativo Sr. Luis Quesñay Cahua MARCO NORMATIVO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO NACIONAL LOCAL LEY Nº 27680: Ley de Reforma Constitucional Art. 197º LEY Nº
Más detallesMARCO LEGAL EN RELACIÓN A LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS
PERÚ Ministerio de Agricultura Autoridad Nacional del Agua MARCO LEGAL EN RELACIÓN A LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS Según la Ley y Reglamento 1. Principios 2. Rol de las organizaciones de usuarios de agua
Más detallesMinisterio de Educación MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Dirección General de. Educación Intercultural Bilingüe y Rural DIGEIBIR
PERÚ Ministerio de Educación Viceministerio de Gestión Pedagógica Dirección General de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural MINISTERIO DE EDUCACIÓN Dirección General de Educación Intercultural Bilingüe
Más detallesMODIFICACION LEY PMG MUNICIPAL (19.803)
MODIFICACION LEY PMG MUNICIPAL (19.803) Subdere, Enero 2014 1 I.- ASPECTOS DE LA LEY 1. Creación de componentes y modificación de porcentajes 2. Requisitos para la aplicación 3. Porcentajes a aplicar Subdere,
Más detallesCONSEJO DE AUTORREGULACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN 03/2005
CONSEJO DE AUTORREGULACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN 03/2005 El Consejo de Autorregulación, en uso de la atribución que le confiere el artículo 46 del Código de Autorregulación, y con el objeto
Más detallesMANUAL DEL PROCESO DE COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA SUBPROCESO SUBCOORDINACIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO
PÁGINA: 1 de 7 ELABORADO POR: Coordinación General de Planificación Institucional REVISADO Y APROBADO POR: Priscila Kon, Subcoordinadora Nacional de Talento Humano, (e). FECHA: Noviembre 2012 FECHA: Noviembre
Más detallesRESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN
Pág. 1 de 13 CAPÍTULO 5: RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN 5.0. ÍNDICE 5.1. COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN 5.2. ENFOQUE AL CLIENTE 5.3. POLÍTICA DE LA CALIDAD Y DEL 5.4. PLANIFICACIÓN 5.4.1. Aspectos Medioambientales
Más detallesCONCEPTO FAVORABLE PARA LA OPERACIÓN DE UN JUEGO DE SUERTE Y AZAR EN LA MODALIDAD DE PROMOCIÓN
CONCEPTO FAVORABLE PARA LA OPERACIÓN DE UN JUEGO DE SUERTE Y AZAR EN LA MODALIDAD DE PROMOCIÓN INSTRUCTIVO ÍNDICE 1. Quiénes deben presentar la solicitud de autorización para la operación de un juego de
Más detallesMinisterio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos BOMBEROS VOLUNTARIOS. Resolución Nº 420/2003
Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos BOMBEROS VOLUNTARIOS Resolución Nº 420/2003 Créase el Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios y Organizaciones no Gubernamentales, en
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO MUNICIPIO GUACARA
1 MUNICIPIO GUACARA El Concejo Municipal del Municipio Guacara del Estado Carabobo, en ejercicio de sus facultades legales y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 54, Artículos 75,
Más detallesCONCEJO CANTONAL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, el artículo 264 numeral 6 de la Constitución Política de la República establece entre las competencias exclusivas
Más detallesVISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
REPUBLICA DE CHILE PROVINCIA DE CAUQUENES MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES ASESORIA JURIDICA. GBE./ IAV./ MSMS./ RCL.-/ KMV./ SOA.-/ hmn.- DECRETO EXENTO Nº 224 / CAUQUENES, 25 - MAR - 2004 VISTOS Y TENIENDO
Más detallesCOMISION DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES
D. LUIS BERMÚDEZ ODRIOZOLA, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado
Más detallesOFICIO CIRCULAR CCD-C
PARA: OFICIO CIRCULAR CCD-C-016-2015 Directores (as) y Jefes (as) de Oficinas Institucionales de Recursos Humanos, Jefes (as) y Encargados (as) de Unidades de Capacitación, Directores (as) de Área y Jefes
Más detallesResolución Nº CONSUCODE/PRE
Resolución Nº 114-2007-CONSUCODE/PRE Jesús María, 06 de marzo de 2007 VISTO: El Memorando Nº 196-2007-GRNP, de fecha 05 de marzo de 2007, emitido por la Gerencia del Registro Nacional de Proveedores; y
Más detallesEL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE DURAN - EMPRESA PUBLICA (EMAPAD-EP) CONSIDERANDO:
EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE DURAN - EMPRESA PUBLICA (EMAPAD-EP) CONSIDERANDO: QUE, la Ley Orgánica de Empresas Públicas, en su artículo 6 establece lo siguiente:
Más detallesGOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO CONSIDERANDO:
GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO CONSIDERANDO: QUE, el Art. 264 de Constitución de la República del Ecuador, tipifica las competencias exclusivas de los gobiernos municipales; además se hace constar
Más detallesUnidad responsable del documento Gerencia de Control Financiero
Título de la política, procedimiento o manual Política para la elección de entidades de custodia de valores extranjeros Nombre de fondo de inversión N/A Unidad responsable del documento Gerencia de Control
Más detallesPLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL
PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL QUÉ CREE UD QUE ES EL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL? CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
Más detallesSistema Peruano de Información Jurídica
Martes, 01 de mayo de 2007 CONGRESO DE LA REPUBLICA Resolución Legislativa que aprueba el Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas EL CONGRESO DE
Más detallesVilla Jardín Cucuya y terrenos de Comunidad Campesina son de este distrito. Villa Jardín Cucuya y. Campesina son de este distrito
Villa Jardín Cucuya y terrenos de Comunidad Campesina son de este distrito En: http://www.diariolaprimeraperu.com/online/limaprovincias/noticia.php?idnoticia=1277 AÑO: I - EDICION: 0092 Alcalde Germán
Más detalles"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo" Consulta sobre licencia por función edil
Presidencia Lima, O 9 FEB 2011 del Servi~io c;ivil OFICIO Nº /3 :Í -2011-SERVIR/PE / O 9 FEB. 2011 Señora MARÍA JESÚS GAMARRA DE FERNÁNDEZ Directora Generald e Administración y Operaciones Despacho Presidencial
Más detallesBASES DEL CONCURSO PÚBLICO PARA SELECCIONAR UN (01) EJECUTOR COACTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO
BASES DEL CONCURSO PÚBLICO PARA SELECCIONAR UN (01) EJECUTOR COACTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO Aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 066-2015-MDEA BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITO
Más detallesPROCESO CAS CODIGO Nº INDECI - PRIMERA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DE UN ABOGADO PARA LA OFICINA DE LOGISTICA
PROCESO CAS CODIGO Nº 197 --INDECI - PRIMERA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DE UN ABOGADO PARA LA OFICINA DE LOGISTICA 1. Objeto de la convocatoria Se requiere contar con los servicios de un (01) Abogado para
Más detallesMinisterio de Economía y Planificación Ministro. Resolución No. 195/98
Ministerio de Economía y Planificación Resolución No. 195/98 POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación es el organismo de la Administración Central del Estado encargado de dirigir, ejecutar
Más detallesViceministerio de la Protección Social. Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015
Viceministerio de la Protección Social Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015 Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 El Artículo 97 de la Ley 1753 de 2015 Propósito: Garantizar el acceso y goce efectivo del derecho
Más detallesMANUAL DE NORMAS, BASES Y PROCEDIMIENTO PARA CANCELAR ADEUDOS A CARGO DE TERCEROS Y A FAVOR DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO
DIRECCIÓN CORPORATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SUBDIRECCIÓN DE FINANZAS GERENCIA DE CONTABILIDAD DICIEMBRE 2010 SUBDIRECCIÓN DE FINANZAS Hoja: 2 de 17 EEJJEEMPPLLAARR DDEE CCOONNSSUULLTTAA 6 SUBDIRECCIÓN
Más detallesLineamientos para la Asignación y uso. de Servicio de Telefonía Celular del. Tribunal Electoral del Distrito Federal
Lineamientos para la Asignación y uso de Servicio de Telefonía Celular del Tribunal Electoral del Distrito Federal Contiene el texto aprobado en el acta de reunión privada 017/2008 del 15 de abril de 2008
Más detallesPROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012
PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012 QUÉ ES EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO? Es una práctica democrática que propone y define los proyectos de inversión pública que se desarrollarán en nuestro distrito
Más detallesLEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO
LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO MOTIVACIÓN La reforma de las Administraciones Públicas impulsada por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA),
Más detallesADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL PARRAFO 1º: ESTRUCTURA JERARQUICA CONCEJO MUNICIPAL ALCALDE ADMINISTRADOR MUNICIPAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES DIRECCIÓN DE DESARROLLO
Más detallesREGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN Y REGISTRO DE LOS BIENES MUEBLES DE USO DEL MINISTERIO PÚBLICO
REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN Y REGISTRO DE LOS BIENES MUEBLES DE USO DEL MINISTERIO PÚBLICO Aprobado por Resolución del Fiscal Nacional Nº 291 de 10 de octubre de 2002 Revisión 0 Vigencia: 18 de octubre
Más detallesTÍTULO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS CAPÍTULO I DE LOS MUNICIPIOS Y DEL GOBIERNO MUNICIPAL
19. MUNICIPIOS AGUASCALIENTES BAJA CALIFORNIA BAJA CALIFORNIA SUR CAPÍTULO DECIMOQUINTO DEL MUNICIPIO MUNICIPIOS/ COMPOSICIÓN (ART. 66) AYUNTAMIENTOS (ART. 66) PRESIDENCIA MUNICIPAL (ART. 66) AYUNTAMIENTO/
Más detallesPRESENTACION. Gerencia de Asesoría Jurídica 2
PRESENTACION El es un documento técnico normativo de la Gestión Institucional que describe la estructura, objetivos y funciones y precisa las interrelaciones jerárquicas, funciones internas y externas
Más detallesResolución de Gerencia General
Resolución de Gerencia General Lima, 27 de setiembre del 2005 VISTOS: Nº 039-2005-GG-OSITRAN La Nota Nº 119-05-GAF-OSITRAN de la Gerencia de Administración y Finanzas mediante la cual se solicita se apruebe
Más detalles2. Descripción de Oficinas Para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento se establecen los siguientes tipos de oficinas:
REGLAMENTO PARA LA APERTURA, CONVERSIÓN, TRASLADO Y CIERRE DE OFICINAS DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO NO AUTORIZADAS A OPERAR CON RECURSOS DEL PÚBLICO 1. Alcance La presente norma es de aplicación
Más detallesDIRECTIVA Nº /CN
DIRECTIVA Nº 011-06-2015/CN PARA: DE: ASUNTO: Gerencia General Gerencia de Riesgos y Finanzas Gerencia de TI y Administración Jefatura de Créditos y Recuperaciones Jefatura de Contabilidad Unidad de Auditoría
Más detallesCONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA
CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA Abog. Yessica Clavijo Chipoco Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales Martes, 24 de febrero de 2009 PARTICIPACIÓN CIUDADANA La Constitución Política del
Más detallesCONTROL DE COMBUSTIBLES PARA UNIDADES VEHICULARES
PROCEDIMIENTO N 4 - REVISIÓN CONTROL DE COMBUSTIBLES PARA UNIDADES VEHICULARES..- OBJETIVO El Procedimiento tiene por objetivo establecer las disposiciones que normen el pedido, abastecimiento y consumo
Más detallesGOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA
4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,
Más detallesDIRECCIÓN DE FINANZAS GERENCIA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO. [Diciembre ] Pág. 1 de 6
DIRECCIÓN DE FINANZAS GERENCIA DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO [Diciembre - 2013] Pág. 1 de 6 Proceso: Objetivo El subproceso debe cubrir los siguientes objetivos: Establecer las actividades que
Más detallesINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Diciembre 2010 Oficina de Desarrollo Organizacional Gabinete 136-029/10 21/12/2010 Página 1 de 11 ÍNDICE Página Misión, Visión, Valores
Más detallesMANUAL ADMINISTRATIVO. Nombre del Procedimiento: Mantenimiento Preventivo de Equipos de Cómputo
PAG: 1 OBJETIVO GENERAL: Mantener en condiciones adecuadas el funcionamiento de los equipos de cómputo, a través de un mantenimiento preventivo, con el propósito de disminuir las posibilidades de fallas
Más detallesRESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN OPERACIONES ENTRE PARTES VINCULADAS La Paz, 30 de abril de 2015
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0008-15 PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN OPERACIONES ENTRE PARTES VINCULADAS La Paz, 30 de abril de 2015 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que el artículo 64 de la Ley Nº 2492
Más detallesManual para la Administración y Uso del Servicio de Telefonía Celular
Lic. Luis Antonio Hevia Jiménez, Oficial Mayor del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán; Con las atribuciones y facultades que me confieren los artículos 27 fracción III y 31 fracciones II,
Más detallesESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL MERCOSUR (Anteproyecto )
ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DEL (Anteproyecto 23.3.07) La resolución del Grupo Mercado Común por la cual se crea la Reunión Especializada de Cooperativas del (RECM) le asigna a ésta la finalidad de desarrollar
Más detallesGobierno del Estado de Puebla
CC. SECRETARIOS DE LA LVI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LICENCIADO MARIO P. MARIN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y CONSIDERANDO Que en interés del Gobierno
Más detallesREGLAMENTO INTERNO PARA LA COPIA DE MATERIAL AUDIOVISUAL DE PROPIEDAD DE LA EMPRESA ESTATAL DE TELEVISION BOLIVIA TV
REGLAMENTO INTERNO PARA LA COPIA DE MATERIAL AUDIOVISUAL DE PROPIEDAD DE LA EMPRESA ESTATAL DE TELEVISION Aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 146/2013 La Paz, 11 de junio de 2013 Nombre Cargo
Más detallesPODER EJECUTIVO NACIONAL. DELEGACION DE FACULTADES. LEY MARCO DE EMPLEO PUBLICO Nº DELEGACION DE FACULTADES. ALCANCES. SUBDELEGACION.
PODER EJECUTIVO NACIONAL. DELEGACION DE FACULTADES. LEY MARCO DE EMPLEO PUBLICO Nº 25.164. DELEGACION DE FACULTADES. ALCANCES. SUBDELEGACION. Sólo puede delegarse competencias propias. La prohibición genérica
Más detalles