Resolución de Fiscalía General firmada electrónicamente
|
|
- Monica Molina Villalobos
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Resolución de Fiscalía General firmada electrónicamente MARTIN OCAMPO FISCAL GENERAL Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. 18/06/ :22:48 ffcfd13914ad0aa94129b532902d44d1 '2014, Año de las letras argentinas'
2 Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires Fiscalía General Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de junio de 2014 RESOLUCIÓN FG N 110/14 VISTO: Los artículos 124, 125 y 126 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N 4891, las Resoluciones del Fiscal General N 41/09, 178/09, 332/12 y la Resolución CM N 404/09; Y CONSIDERANDO: Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone la autonomía funcional y autarquía del Ministerio Público dentro del Poder Judicial, lo que es reafirmado por los artículos 1, 3 y 23 de la Ley Orgánica del Ministerio Público Nº 4.891; Que asimismo, el constituyente local dispuso su integración tripartita, estableciendo la titularidad del mismo en cabeza de un Fiscal General, un Defensor General y un Asesor General de Incapaces; Que el artículo 17 de la Ley Nº 4.891, dispuso las responsabilidades y atribuciones a cargo del Ministerio Público; Que el artículo 22, inc. 6 incluyó entre las atribuciones y deberes de cada titular del Ministerio Publico, en relación a sus respectivas facultades de gobierno: Reorganizar la estructura interna y realizar las reasignaciones del personal de acuerdo a las necesidades del servicio"; Que en virtud de dicha facultad, el Ministerio Público Fiscal ha arbitrado diferentes medidas tendientes al fortalecimiento institucional del "2014. Año de las letras argentinas"
3 organismo, a través de la implementación de diseños organizacionales para la mejora de los deberes y obligaciones a su cargo; Que desde esta perspectiva, por medio de la Resolución FG N 41/09 se aprobó el proyecto Nuevo Diseño Organizacional del Ministerio Público Fiscal en materia penal, contravencional y de faltas, que fuera luego mejorado y ampliado por medio de las Resoluciones FG N 71/09 y 178/09 y cuya implementación fue acompañada por el Plenario del Consejo de la Magistratura, por medio de la Resolución CM N 404/09; Que el mentado diseño organizacional dispuso la implementación de Unidades Fiscales compuestas por Unidades de Intervención Temprana y Unidades de Tramitación común, conjuntamente con la figura de un Fiscal Coordinador de Primera Instancia, a cargo de los Equipos Fiscales de Primera Instancia de dichas Unidades; Que posteriormente, las misiones y funciones del Fiscal Coordinador de Primera Instancia de la Unidad Fiscal fue modificado y adecuado por medio de las Resoluciones FG N 335/09 y 332/12; Que en dichas resoluciones se puso de manifiesto que la figura del Fiscal Coordinador de Primera Instancia garantiza el funcionamiento de las Unidades Fiscales, manteniendo el equilibrio entre sus integrantes. Que en virtud de la experiencia recogida hasta el momento y a la luz de la implementación de la reorganización de la estructura interna del Ministerio Público Fiscal y la propuesta de ampliación remitida al Consejo de la Magistratura de la CABA, por medio de la Resolución FG N 90/14 aprobada mediante Resolución de Presidencia N 478/14, resulta pertinente revisar las competencias del Fiscal Coordinador de Primera Instancia, a los fines de mejorar el
4 Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires Fiscalía General funcionamiento de las Unidades Fiscales y adecuarlas al nuevo diseño organizacional, todo ello a efectos de comenzar la implementación del mismo una vez aprobada por el Plenario del Consejo de la Magistratura, la correspondiente propuesta de ampliación; Que en este sentido, por medio de la Resolución N FG 91/14 se readecuaron las misiones y funciones de las Unidades de Coordinación para la Primera y Segunda Instancia CAyT, a la vez que se redujeron áreas de jurisdicción Penal, Contravencional y de Faltas, lo que conllevó a disponer que las Unidades de Servicios Comunes pasen a depender de los Fiscales Coordinadores de Primera Instancia de la respectiva Unidad Fiscal y que la Oficina de Apoyo e Intervención Inicial de la Unidad Fiscal con Competencia especial única, tenga dependencia jerárquica y administrativa del Fiscal Coordinador de Primera Instancia a cargo de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única; Que desde esta perspectiva, corresponde establecer las funciones atribuidas a los Fiscales Coordinadores de Primera Instancia e implementar la figura del Fiscal Coordinador de Cámara, con el objeto de resguardar el orden y buen funcionamiento de las áreas, mejorando así la organización interna y permitiendo brindar un mejor servicio de justicia, conforme lo expuesto en el Anexo I; Que asimismo, corresponde disponer que la figura del Fiscal Coordinador de Cámara, sea ejercida por uno de los Fiscales de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas, quien manteniendo su Unidad Fiscal, desempeñará esa función durante un lapso de nueve (9) meses. "2014. Año de las letras argentinas"
5 Que en caso de ausencia o licencia del mentado Fiscal Coordinador de Cámara, éste deberá designar a otro Fiscal de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas para su reemplazo, debiendo comunicar su decisión al Fiscal General Adjunto en lo Penal, Contravencional y de Faltas. Que aquel Fiscal de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas que desempeñe la función de Coordinador percibirá un adicional equivalente al 20% del sueldo. Que por otra parte, los Equipos Fiscales de Primera Instancia de cada Unidad Fiscal, serán coordinados por un Fiscal Coordinador de Primera Instancia, quien dejará su Equipo para desempeñar ésta función por el plazo de nueve (9) meses y, será subrogado por otro Fiscal de Primera Instancia de esa Unidad, a través de un sistema de rotación, cada 90 días corridos. Que en caso de ausencia o licencia de algún Fiscal Coordinador de Primera Instancia, éste será reemplazado por el Fiscal de Primera Instancia del Equipo que lo continúe por orden alfabético y/o numérico de su misma Unidad Fiscal. Que en virtud de ello, aquellos Fiscales de Primera Instancia que desempeñen la función de Coordinador percibirán un adicional que guardará proporción con la cantidad de Equipos Fiscales que coordine, de acuerdo al esquema dispuesto en el Anexo II y el Fiscal de Primera Instancia que lo subrogue percibirá como adicional un equivalente al 30% del sueldo. Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad ha tomado intervención a través del informe N 216/14. Que el sistema de rotación será implementado como experiencia piloto, pudiendo ser modificados los equipos asignados o los plazos de
6 Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires Fiscalía General desempeño en la coordinación de ambas instancias por razones de oportunidad mérito o conveniencia a los efectos de garantizar el adecuado y normal funcionamiento del servicio de justicia. de la Ley 4891, Por ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 3, 18 y 22 EL FISCAL GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Modificar las Resoluciones FG N 335/09 y 332/12 en lo que refiere a las misiones y funciones de los Fiscales Coordinadores de Primera Instancia de las Unidades Fiscales en lo Penal, Contravencional y de Faltas, quienes desempeñarán su función conforme las competencias dispuestas en el Anexo I que forma parte de la presente. ARTÍCULO 2.- Aprobar la implementación de la figura del Fiscal Coordinador de Cámara, quien actuará conforme las competencias descriptas en el Anexo II que forma parte de la presente. ARTÍCULO 3.- Disponer que el rol de Fiscal Coordinador de Cámara, sea ejercido por uno de los Fiscales de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas, por el plazo de nueve (9) meses, a través del sistema de rotación que se implemente. ARTÍCULO 4.- Disponer que los Equipos Fiscales de Primera Instancia de cada Unidad Fiscal, serán coordinados por un Fiscal Coordinador de Primera Instancia, "2014. Año de las letras argentinas"
7 quien dejará su equipo para desempeñar esta función por el plazo de nueve (9) meses y, será subrogado por otro Fiscal de Primera Instancia de esa Unidad cada 90 días corridos, a través del sistema de rotación que se implemente. ARTÍCULO 5.- Disponer que en caso de ausencia o licencia del Fiscal Coordinador de Cámara, éste deberá designar a otro Fiscal de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas para su reemplazo, debiendo comunicar su decisión al Fiscal General Adjunto en lo Penal, Contravencional y de Faltas. ARTÍCULO 6.- Disponer que en caso de ausencia o licencia de algún Fiscal Coordinador de Primera Instancia, éste será reemplazado por el Fiscal de Primera Instancia del Equipo Fiscal que lo continúe por orden alfabético y/o numérico de su misma Unidad Fiscal. ARTÍCULO 7.- Disponer que los funcionarios que se desempeñen como Fiscales Coordinadores de Cámara y de Primera Instancia y aquellos que subroguen a los mismos, percibirán un adicional por esa función conforme surge del Anexo III. ARTÍCULO 8º.- Regístrese, publíquese en la página de internet de este Ministerio Público Fiscal. Comuníquese al Consejo de la Magistratura, a la Asesoría General Tutelar y a la Defensoría General. Oportunamente archívese. RESOLUCIÓN FG N 110/14
8 Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires Fiscalía General ANEXO I FUNCIONES DEL FISCAL COORDINADOR DE CÁMARA 1. Coordinar y estandarizar criterios de actuación con sus pares. 2. Coordinar y estandarizar criterios de actuación con los Fiscales Coordinadores de Primera Instancia de cada una de las Unidades Fiscales, en relación al funcionamiento en las Unidades de Servicios Comunes y de Apoyo, en conjunto con el área de supervisión pertinente y la Secretaria de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional, que serán puestos a consideración del Fiscal General Adjunto en lo Penal, Contravencional y Faltas. 3. Elaborar con el Fiscal General Adjunto en lo Penal, Contravencional y Faltas, propuestas de unificación de procesos de trabajo en las Unidades de Servicios Comunes y de Apoyo (Unidad de Intervención Temprana, Unidad de Tramitación Común y Unidad de Apoyo en Violencia Doméstica y Oficina de Apoyo e Intervención Inicial) y cuando sean aprobadas supervisar junto con los Fiscales Coordinadores de Primera Instancia de cada una de las Unidades Fiscales y la Secretaria de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional su implementación integral e integrada. 4. Velar junto con el Fiscal Coordinador de Primera Instancia de cada Unidad Fiscal, por el adecuado funcionamiento de los procesos de trabajo previstos para las Unidades de Servicios Comunes y de Apoyo, asegurando la uniformidad de criterio y actuación en todas y cada una de éstas. En dicha tarea, y en caso de resultar necesario, deberán elevar al Fiscal General Adjunto en lo Penal, Contravencional y Faltas las propuestas de mejoras o modificaciones de los respectivos manuales operativos, para que analice la conveniencia de efectuar las propuestas al señor Fiscal General. "2014. Año de las letras argentinas"
9 5. Convocar reuniones periódicas con el Fiscal General Adjunto y los Fiscales de Cámara en lo Penal, Contravencional y Faltas, en las que se diseñarán informes de situación como así también propuestas de mejora continua para el normal y eficiente servicio de justicia. 6. Receptar las sugerencias para la renovación o dictado de Criterios Generales de Actuación efectuadas por los Fiscales de Primera Instancia y de Cámara en lo Penal, Contravencional y Faltas, y remitirlos a la Oficina de Sistematización de Dictámenes de la Secretaria Judicial. 7. Instrumentar y Organizar temáticamente los Acuerdos Básicos Comunes (ABC) entre el Fiscal General Adjunto y los Fiscales de Cámara en lo Penal, Contravencional y Faltas, con el objeto de afianzar el principio de Unidad de Actuación conforme lo establece el art. 4 de la ley
10 Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires Fiscalía General ANEXO II FUNCIONES DEL FISCAL COORDINADOR DE PRIMERA INSTANCIA 1. Monitorear el funcionamiento de la Unidad Fiscal a su cargo, y coordinar y disponer las actividades y medidas necesarias para lograr su buen desempeño. 2. Propender la integración completa del personal integrante de los Equipos Fiscales a su cargo para la realización de las funciones propias de cada equipo, frente una disminución temporaria que pudieran sufrir. 3. Coordinar con los Fiscales de Primera Instancia que integran su Unidad Fiscal, el establecimiento de los criterios de asignación de casos que pasarán desde la UIT a los Equipos Fiscales para su investigación, adoptando las medidas necesarias para lograr una distribución equitativa de la carga de trabajo. 4. Remitir a la Secretaría de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional una estadística mensual de los casos que ingresan a la Unidad Fiscal y de las causas que pasan a los Equipos Fiscales para su investigación, reflejando los modos de finalización de los casos que se han adoptado en la UIT. 5. Confeccionar y remitir a la Secretaría de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional cualquier otro tipo de estadística que pudiera resultar de utilidad para mejorar prácticas laborales, pautas generales de funcionamiento, redistribución del trabajo y/o cualquier motivo que resulte de interés y que se vincule con el mejoramiento del servicio de justicia. 6. Supervisar junto con la Secretaría de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional, el funcionamiento de las Unidades de Servicios Comunes y de Apoyo, y administrar sus recursos, elaborando propuestas para ello. 7. Definir con el Fiscal General Adjunto las modalidades de trabajo de las Unidades de Servicios Comunes, estableciendo pautas generales de funcionamiento y las instrucciones específicas que sean necesarias para la mejor prestación del servicio de justicia, coordinando su actuación junto con "2014. Año de las letras argentinas"
11 el Fiscal Coordinador de Cámara y la Secretaría de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional. 8. Organizar y coordinar la intervención de las Unidades de Servicios Comunes que integran la Unidad Fiscal conforme un accionar coherente y ordenado y mantener reuniones periódicas al respecto con el Fiscal de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas. 9. Supervisar la evaluación anual del desempeño del personal de las Unidades de Servicios Comunes y de Apoyo. 10. Firmar oficios y/o cualquier otro documento que debieran remitirse de las Unidades de Servicios Comunes y de Apoyo, que requieran firma de un Magistrado. 11. Adoptar los temperamentos pertinentes sobre el ejercicio de la acción que se emitan desde la UIT. 12. Autorizar las licencias del personal de las Unidades de Servicios Comunes y de Apoyo, de conformidad con el Reglamento Interno del Ministerio Público. 13. Disponer guardias pasivas, permanentes y rotativas, del personal de las Unidades de Servicios Comunes y de Apoyo, para poder dar respuesta en casos de urgencia y/o complejidad y/o por cuestiones de turno. 14. Asignar funciones transitorias al personal de las Unidades de Servicios Comunes y de Apoyo, para desempeñarse en la UIT, UTC o Equipos Fiscales con el objeto desatisfacer las necesidades de las distintas áreas y garantizar la normal prestación del servicio. 15. Mantener una permanente comunicación con el Fiscal Coordinador de Cámara y con el resto de los Fiscales de Primera Instancia que integran la Unidad Fiscal. 16. Velar por una intercomunicación fluida entre el Fiscal de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas y los Equipos Fiscales de Primera Instancia, como asimismo entre estos y las Unidades de Servicios Comunes y de Apoyo. 17. Mantener una comunicación fluida con la Secretaría de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional y las oficinas administrativas o áreas no jurisdiccionales de Fiscalía General, procurando obtener respuestas rápidas, eficientes y eficaces.
12 Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires Fiscalía General 18. Colaborar, coadyuvar y/o canalizar cualquier tipo de reclamo y/o solicitud que tuviera y/o hubiese realizado algún Fiscal de Primera Instancia de la Unidad Fiscal, vinculado con alguna oficina administrativa o área no jurisdiccional de Fiscalía General, relacionados con recursos humanos, infraestructura, informática y/o cualquier otro tipo de cuestión, procurando obtener respuestas rápidas, eficientes y eficaces, informando de ésta situación a la Secretaría de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional. 19. Mantener reuniones con los Fiscales Coordinadores de Primera Instancia de otras Unidades Fiscales a efectos de consensuar buenas prácticas que coadyuven la mejor administración de justicia y con una eficaz gestión judicial. 20. Generar hipótesis de investigación de casos con autores ignorados; como así también de otros casos que pudiera ser conveniente su prosecución en la UIT. 21. Coordinar con el Fiscal Coordinador de Cámara y la Secretaría de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional, las pautas generales de trabajo y los documentos que utilizan las unidades de servicios comunes. 22. Proponer al Fiscal Coordinador de Cámara las modificaciones que se estimen necesarias de los Manuales Operativos de las áreas comunes. 23. Concurrir a las audiencias que, en forma excepcional, no pudieran ser cubiertas por el Fiscal de Primera Instancia de esa Unidad Fiscal, a cargo del caso. 24. Tener el conocimiento de las características de la zona correspondiente a la Unidad en materia de delitos y contravenciones de competencia del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tener actualizado el mapa georeferenciado de tales infracciones en la zona y reunirse con organizaciones de vecinos y representantes de las fuerzas de seguridad, para escuchar sus inquietudes y coordinar tareas de prevención al respecto. "2014. Año de las letras argentinas"
13
14 Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires Fiscalía General ANEXO III FISCAL COORDINADOR DE CÁMARA Aquel Fiscal de Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas que desempeñe la función de Fiscal Coordinador de Cámara percibirá durante todo el plazo que dure función, un adicional equivalente al 20% del sueldo según acordada Tribunal Superior de Justicia N 9/2000. FISCAL COORDINADOR DE PRIMERA INSTANCIA a) Aquellos Fiscales de Primera Instancia que desempeñen la función de Fiscal Coordinador de Primera Instancia percibirán un adicional que guardará proporción con la cantidad de Equipos Fiscales que coordine, de acuerdo al siguiente esquema: 1. Quien coordine los Equipos Fiscales de la Unidad Fiscal Este percibirá por dicha tarea un adicional equivalente al 17,5% del sueldo según acordada Tribunal Superior de Justicia N 9/ Quien coordine los Equipos Fiscales de la Unidad Fiscal Norte percibirá por dicha tarea un adicional equivalente al 20% del sueldo según acordada Tribunal Superior de Justicia N 9/ Quien coordine los Equipos Fiscales de la Unidad Fiscal Sudeste percibirá por dicha tarea un adicional equivalente al 12,5% del sueldo según acordada Tribunal Superior de Justicia N 9/ Quien coordine los Equipos Fiscales de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única percibirá por dicha tarea un adicional equivalente al 10% del sueldo según acordada Tribunal Superior de Justicia N 9/ Quien coordine los Equipos Fiscales de la Unidad Fiscal Oeste percibirá por dicha tarea un adicional equivalente al 20% del sueldo según acordada Tribunal Superior de Justicia N 9/2000. "2014. Año de las letras argentinas"
15 Powered by TCPDF ( 6. Quien coordine los Equipos Fiscales de la Unidad Fiscal Sur percibirá por dicha tarea un adicional equivalente al 20% del sueldo según acordada Tribunal Superior de Justicia N 9/2000. b) Aquellos Equipos Fiscales de Primera Instancia de la zona Este, Norte, Sudeste, Oeste, Sur y de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, que hayan quedado sin conducción- en virtud del desempeño del Fiscal de Primera Instancia a su cargo, como Fiscal Coordinador de Primera Instanciaserán subrogados por otro Fiscal de Primera Instancia de dicha Unidad Fiscal, el que percibirá como adicional equivalente al 30% del sueldo según acordada Tribunal Superior de Justicia N 9/2000.
Resolución de Fiscalía General firmada electrónicamente FG 99/2015
Resolución de Fiscalía General firmada electrónicamente FG 99/2015 MARTIN OCAMPO FISCAL GENERAL martinocampo@fiscalias.gob.ar Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. 21/07/2015 17:32:15 d3ca34583f41c82493ab74a3a10f9a1b
Más detallesResolución de Fiscalía General firmada electrónicamente
Resolución de Fiscalía General firmada electrónicamente MARTIN OCAMPO FISCAL GENERAL martinocampo@fiscalias.gob.ar Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. 02/07/2015 18:19:14 e8d0591f59cf67623bb415bafe145e9c
Más detallesResolución de Fiscalía General firmada electrónicamente FG 97/2016
Resolución de Fiscalía General firmada electrónicamente FG 97/2016 LUIS JORGE CEVASCO FISCAL GENERAL ADJUNTO lcevasco@fiscalias.gob.ar Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. 07/09/2016 16:27:51 b0cbdd6d2e49e08ad06f4b22b646cd26
Más detallesDocumento digital firmado electrónicamente Disposición SCA 252/2016
Documento digital firmado electrónicamente Disposición SCA 252/2016 SERGIO FEDERICO VEGA SECRETARIO DE COORD. ADMINISTRATIVA svega@fiscalias.gob.ar Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. 22/06/2016 17:28:02
Más detalles2011 Buenos Aires, Capital Mundial del libro Ley Nº3.433-
Resolución DG N 250/11 Buenos Aires, 13 de octubre de 2011. VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 1.903 con sus modificatorias,, la Resolución DG Nº 91/10, el Expediente JG-194-10-0
Más detallesDocumento digital firmado electrónicamente Disposición SCA 297/2016
Documento digital firmado electrónicamente Disposición SCA 297/2016 SERGIO FEDERICO VEGA SECRETARIO DE COORD. ADMINISTRATIVA svega@fiscalias.gob.ar Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. 18/07/2016 17:43:05
Más detallesUniversidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,
Más detallesANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS
RESOLUCION C.D. Nº 071/08 ANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS DEL SISTEMA ARTÍCULO 1 : La Facultad de Ciencias Forestales crea las COORDINACIONES DE CARRERAS, para el seguimiento y actualización
Más detallesINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Diciembre 2010 Oficina de Desarrollo Organizacional Gabinete 136-029/10 21/12/2010 Página 1 de 11 ÍNDICE Página Misión, Visión, Valores
Más detallesG O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S Resolución Número: Buenos Aires, Referencia: EE/15/197291/MGEYA-DGPLINED VISTO: La Ley Nacional Nº 26.206, las Resoluciones CFE Nros 84/09, 93/09,
Más detallesRESOLUCIÓN CONJUNTA FG Nº 58/2011 Y DG Nº 50/2011. Aires, las Leyes Nº 1903, Nº 2095 y Nº 3318, el Decreto Nº 17/GCABA/11, la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 de marzo de 2011. RESOLUCIÓN CONJUNTA FG Nº 58/2011 Y DG Nº 50/2011 VISTO: El artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nº 1903,
Más detallesACUERDO 03 DE (Julio 14)
ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA
Más detallesDIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL
Código MFCTRL-APM/14-18 Página 1 de 18 DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL OBJETIVO Brindar atención y gestión a la ciudadanía con eficiencia, amabilidad en los servicios que presta la dirección, así como
Más detallesReglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur
MERCOSUR/GMC/Res. 61/96 Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur VISTO, el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto; la Directiva CCM 1/94 que adoptó el Reglamento Interno de la
Más detalles'2016-A 40 años del último Golpe de Estado en Argentina: por la memoria, la verdad y la justicia" RESOLUCIÓN N 328/16
'2016-A 40 años del último Golpe de Estado en Argentina: por la memoria, la verdad y la justicia" SANTA ROSA, 18 de octubre de 2016 VISTO: El Expediente N 653/16 FA caratulado: Modificación del reglamento,
Más detallesMODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL. Ley CORDOBA, 29 de abril de Boletín Oficial, -
MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL Ley 10.199 CORDOBA, 29 de abril de 2014 Boletín Oficial, - Vigente, de alcance general SUMARIO DERECHO PROCESAL, Ministerio Público Fiscal,
Más detallesDirección Ejecutiva de Justicia Cívica
Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios
Más detalles<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 2009>
RESOLUCION 1398 DE 2004 (junio 17) SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 1228 de Por
Más detallesPODER JUDICIAL GESTIÓN HUMANA Sección Análisis de Puestos
PODER JUDICIAL GESTIÓN HUMANA Sección Análisis de Puestos JEFE DE PRENSA I. NATURALEZA DEL TRABAJO Planificación, organización, dirección, coordinación, supervisión y control de las labores profesionales
Más detallesResolución DG Nº 208/12. Buenos Aires, 11 de julio de 2012.
Resolución DG Nº 208/12 Buenos Aires, 11 de julio de 2012. VISTO: La Resolución CCAMP 09/2007 y el Expediente Nº DG-275/12-0 caratulado: Defensoría General s/ V Congreso de la Asociación Interamericana
Más detallesOBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL:
OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: El presidente municipal tiene entre otras atribuciones y funciones
Más detallesRESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº SA/DM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1182-2003-SA/DM Lima, 17 de Noviembre del 2003 Vista la propuesta de la Oficina General de Cooperación Internacional y el Oficio Nº 2225-2003-OGAJ/MINSA de la Oficina General
Más detallesBUENOS AIRES, Piedras 770 C1070AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5411)
BUENOS AIRES, VISTO las Leyes Nros. 23.737, 26.045 y 24.566; el Decreto Nº 1095/96 y su modificatorio Nº 1161/00 y la Resolución Conjunta Nº 325/97 - SE.DRO.NAR C. 40 - I.N.V., y CONSIDERANDO: Que el artículo
Más detallesDESPACHO FISCAL: CONCEPTOS BÁSICOS
DESPACHO FISCAL: CONCEPTOS BÁSICOS Jorge Rosas Yataco Fiscal Superior de la 3ra. FSAP. Fiscal Superior Coordinador. SUMARIO I. Qué es Despacho Fiscal? II. Funcionamiento del despacho fiscal en el modelo
Más detallesManual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio
Manual de Organización de la Coordinación General de la Comisión de Planeación para el Desarrollo del Municipio 2 Índice Nº de Hoja Introducción 4 Autorizaciones 5 I.- Antecedentes Históricos 6 II.- Base
Más detallesMinisterio de Justicia, y Derechos Humanos Oficina Anticorrupción
RESOLUCIÓN OA/DPPT Nº 491/15 BUENOS AIRES, 26/06/ 2015 VISTO las actuaciones registradas en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS bajo el EXP S04:0028672/14; y CONSIDERANDO I.- Que estas actuaciones
Más detallesPoder Legislativo Corrientes EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y
L E Y Nº 5 8 8 0.- EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y SISTEMA PROVINCIAL DE PLANIFICACION Título I Creación, definición
Más detallesSecretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 39/2016 Modificación. Resolución N 24/2001. Bs. As., 01/06/2016 VISTO el Expediente N S01:0052928/2016
Más detallesOficina Control Interno
Oficina Control Interno Misión La Oficina de Control Interno de la Empresa Social del Estado E.S.E. Hospital San Rafael de Chinú, tiene como Misión definir y evaluar en forma independiente y coordinada
Más detallesLa Plata, 14 de junio de 2013
La Plata, 14 de junio de 2013 VISTO Las facultades conferidas por el artículo 55 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, la Ley 13.834, el artículo 22 del Reglamento Interno de la Defensoría
Más detallesl. El Sistema de Control de Gestión Documental (Sistema de Control) fue
COTECIAD-12-16 ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL CUAL SE APRUEBAN Y VALIDAN LAS ADECUACIONES AL SISTEMA DE CONTROL
Más detallesRESOLUCION Nº 78/05 REGLAMENTO DE TESIS PARA ALUMNOS DE LA LICENCIATURA EN TURISMO
RESOLUCION Nº 78/05 REGLAMENTO DE TESIS PARA ALUMNOS DE LA LICENCIATURA EN TURISMO VISTO que por Resolución nº 301/04 de este Consejo Académico, se procedió a aprobar el Reglamento de Tesis para los alumnos
Más detallesJUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No.035
JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL ACUERDO No.035 Por medio del cual se adopta el reglamento interno del COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL del
Más detallesPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO
SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA COMISIÓN CONTRA LAS ADICCIONES Y EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS 2a. Calle 1-00 zona 10, Ciudad de Guatemala Teléfonos: 2361-2620, 2361-2623, 2361-2626, 2361-2628. Fax: 2331-0372
Más detallesJUNTA DE GOBIERNO IMJUA COORDINADOR ADMINISTRATIVO ASISTENTE DE DRECCION RECEPCIONISTA
I. DESCRIPCION DE FUNCIONES GENERALES CLAVE LE REPORTAN DFP-01 DIRECTOR GENERAL JUNTA DE GOBIERNO IMJUA COORDINADOR ADMINISTRATIVO ASISTENTE DE DRECCION RECEPCIONISTA 1. Fijar, dirigir y controlar la política
Más detallesEl Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica en México
V Reunión de la Conferencia Estadística de las Américas Índice Seminario sobre desarrollo de los sistemas estadísticos nacionales: experiencias recientes, aprendizaje y evaluación. El Sistema Nacional
Más detallesREGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales
Más detallesRama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa Presidencia
Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa Presidencia ACUERDO No. PSAA12-9212 (Febrero 1 de 2012) Por el cual se adoptan medidas transitorias en el Distrito
Más detallesREGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD
REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO
Más detallesSecretaría del MERCOSUR Luis Piera 1992, 1º Piso Montevideo - Uruguay
S OLUCIÓN DE C ONTROVERSIAS EN EL MERCOSUR CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS ÁRBITROS, EXPERTOS Y FUNCIONARIOS DEL MERCOSUR QUE ACTUEN EN EL MARCO DEL PROTOCOLO DE OLIVOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN
Más detallesJefe Departamento de Gestión de Talento Humano
UBICACIÓN DEL CARGO/PUESTO: Presidencia: Staff: Gerencia: Departamento: División: Departamento de Gestión de Talento Reporta a: Gerencia de Gestión Institucional Reemplaza a: Según Asignación Departamento
Más detallesACUERDO No. 017 (29 de Julio de 2009)
ACUERDO No. 017 (29 de Julio de 2009) POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE LA POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DE LA CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR. El Consejo Directivo de la Corporación Unificada
Más detallesPLAN ANUAL OPERATIVO 2011 CONSEJO SUPERIOR INDICADORES (3) ACTIVIDADES (4) Sistema instalado y en funcionamiento.
Poder Judicial - Planificación -Sección de Planes y Presupuesto. San José - Costa Rica. PLAN ANUAL OPERATIVO 2011 CONSEJO SUPERIOR OBJETIVOS ESPECIFICOS (1) Sostenimiento de una tendencia alcista de la
Más detallesTÉRMINOS DE REFERENCIA SECRETARIA ADMINISTRATIVA PLENARIO DE MUNICIPIOS
TÉRMINOS DE REFERENCIA SECRETARIA ADMINISTRATIVA PLENARIO DE MUNICIPIOS 1. Antecedentes El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), a través del Programa ART (Articulación de Redes Territoriales)
Más detallesVISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y
PARTIDOS POLITICOS Decreto 937/2010 Reglaméntase la Ley Nº 23.298 que estableció el reconocimiento de los Partidos Políticos, constitución de las alianzas electorales y requisitos para la afiliación y
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC.
REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC. ACUERDO de la Junta de Cabildo del Honorable Ayuntamiento Municipal de fecha 15 de febrero de 2014, que expide el REGLAMENTO INTERNO
Más detallesDECRETO LEY Nº FIJA LEY ORGANICA DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES
DECRETO LEY Nº 3.274 Fecha Publicación Diario Oficial: 5 de junio de 1980 Ultima Modificación: Ley Nº 18.427 FIJA LEY ORGANICA DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES Santiago, 25 de Marzo de 1980.- Visto:
Más detalles4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN. Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo
4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Jefe de Oficina Código: 0137 Grado: 21 Número de Cargos: 04 Cargo del Jefe Inmediato:
Más detallesGOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA
03-15-06 GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA EVALUAR LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS PARA LA RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS POR EL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO (CFG), A TRAVÉS DEL FONDO DE
Más detallesANTECEDENTES C O N S I D E R A N D O
CG09/2009 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS POLÍTICAS INSTITUCIONALES PARA LA PRESENTACIÓN O REMISIÓN DE DENUNCIAS POR LA PROBABLE COMISIÓN DE DELITOS
Más detallesManual Único de Procesos
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación, 5 de febrero de 1917. Reformas y adiciones. Constitución Política del Estado Libre
Más detallesManual de Organización de Participación Ciudadana y Organización Social
Manual de Organización de ENERO 2015 1 Social Municipal Manual de Organización de Desarrollo Social Municipal C. José Emiliano Márquez Hernández C. Herón Ortiz Ortega C. Gloria Ortiz Cruz Jefe del Departamento
Más detallesEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTA D. C.
RESOLUCIÓN No. 4443 del 14 de Noviembre de 2008 Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 3950 del 07 de Octubre de 2008 - Manual de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la
Más detallesInstituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA
Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA 1 ESQUEMA DE CONTENIDO I. Función General 3 II. Funciones Específicas 3 III. Organigrama
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: 29 Referencia: Año: 2005 Fecha(dd-mm-aaaa): 01-08-2005 Titulo: QUE REORGANIZA EL MINISTERIO
Más detallesUniversidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Reglamento
Más detallesCREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN REGIONES. Santiago, 11 de junio de Nº 368 VISTOS :
REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO DE HACIENDA OFICINA DE PARTES RECIBIDO CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN REGIONES. Santiago, 11 de junio de 2002.
Más detallesLA DIRECTORA NORMALIZADORA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN RESUELVE:
Rosario, 16 de agosto de 2013 VISTO: Que por Ordenanza Nº 683 de fecha 16/04/2013 se aprobó el Reglamento para proveer cargos interinos y reemplazantes de profesores de nivel secundario y técnico superior
Más detallesVISTO La Ley de Educación Nacional Nº y las Resoluciones CFE Nos. 251/05, 23/07, 30/07 y 46/08, y
Buenos Aires, 16 de diciembre de 2008 Resolución CFE Nº72/08 VISTO La Ley de Educación Nacional Nº 26.206 y las Resoluciones CFE Nos. 251/05, 23/07, 30/07 y 46/08, y CONSIDERANDO: Que conforme dispone
Más detallesCARABINEROS DE CHILE CONSEJO ASESOR SUPERIOR DEPTO. I REGLAMENTO DE LA SECCIÓN PENSIONES DE CARABINEROS DE CHILE, Nº 26
CARABINEROS DE CHILE CONSEJO ASESOR SUPERIOR DEPTO. I REGLAMENTO DE LA SECCIÓN PENSIONES DE CARABINEROS DE CHILE, Nº 26 1996 1 2 REGLAMENTO DE LA SECCIÓN PENSIONES DE CARABINEROS DE CHILE, Nº 26 Ministerio
Más detallesCONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
CONSEJO DE LA JUDICATURA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN 1. El Sistema Nacional de Planificación del Consejo de la Judicatura Es el conjunto ordenado de
Más detallesCONCEJO DE SANTIAGO DE CALI
1 ACUERDO N DE 2007 POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA MUNICIPAL DE JUVENTUD EN SANTIAGO DE CALI 2 El Concejo Municipal de Santiago de Cali, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales,
Más detallesDIRECCION GENERAL DE OPERACIÓN REGIONAL Y CONTRALORIA SOCIAL
Servicios que Ofrecemos DIRECCION GENERAL DE OPERACIÓN REGIONAL Y CONTRALORIA SOCIAL DAR ATENCIÓN A LAS DENUNCIAS PRESENTADAS DIRECTAMENTE EN LA OFICINA DEL TITULAR DEL RAMO Lograr que los asuntos denunciados
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA INDICE DEL MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES
Más detallescompetencias al Ministerio citado en el considerando precedente.
BUENOS AIRES, VISTO el Expediente Nº S01:0121447/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 24.467, 25.300 y la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92) y sus modificaciones,
Más detallesDECRETO 943 DE (Mayo 21) Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI). EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
DECRETO 943 DE 2014 (Mayo 21) Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI). EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de las facultades legales y, en especial las
Más detallesUniversidad Nacional de Lanús
Lanús, 20 de agosto de 2014 VISTO, el Expediente Nº 2540/14 correspondiente a la 6ª Reunión del Consejo Superior del año 2014, y; CONSIDERANDO: Que a través de lo actuado en el expediente indicado en el
Más detallesSistema Peruano de Información Jurídica
Martes, 01 de mayo de 2007 CONGRESO DE LA REPUBLICA Resolución Legislativa que aprueba el Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas EL CONGRESO DE
Más detallesLEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO
ATRIBUCIONES GENERALES Publicado en el Periódico Oficial del Estado El 9 de Enero del 2008 LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Artículo 31.- A la Secretaría de Educación,
Más detallesLEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL
LEY No.126-02 SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL Para lograr la correcta implementación de la Infraestructura de Clave Pública de la República Dominicana
Más detallesCAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO
CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO Sección A- Comisión Administradora del Tratado, Coordinadores del Tratado y Administración de los Procedimientos de Solución de Controversias Artículo 17.1 Comisión
Más detallesCRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT.
MANDATO DEL COMITÉ DE RIESGOS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, S.A. DE C.V. (el Grupo) SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA APROBADO POR: R.D.Nº SA-DS-HNCH-DG
MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA APROBADO POR: R.D.Nº 322-2009-SA-DS-HNCH-DG FECHA DE APROBACIÓN: 23-06-2009 1 INDICE CAPITULO
Más detallesMANUAL DE PERFILES Y FUNCIONES -Enero CONTADOR CENTRAL
Manual de Funciones ÁREA: Departamento de Contaduría Dirección Administrativa y Financiera (por ahora Director de Administración) 1. CARGO: 2. GRADO: Contador Central A 14 Director de Departamento Contador
Más detallesCRITERIOS Y ACCIONES QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA FEDERAL DE INFORMACIÓN EDUCATIVA
ANEXO Resolución CFE Nº92/09 CRITERIOS Y ACCIONES QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA FEDERAL DE INFORMACIÓN EDUCATIVA La Resolución Nº48/95 del, aprobó y reguló los criterios y acciones para la implementación
Más detallesOrganigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE ECONOMICO
Organigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE DEPORTIVO VICEPRESIDENTE ECONOMICO VOCALES ASESORIA JURIDICA SERVICIOS MEDICOS.
Más detallesNombre del cargo. coordinación interinstitucional, la planeación y dirección de programas educativ os de Nivel:
MUNICIPIO DE ENVIGADO DESCRIPCIÓN DE CARGO IDENTIFICACIÓN MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Nombre del cargo Recepcionar y orientar a la familia como soporte en proceso reeducativo del joven, PROFESIONAL UNIVERSITARIO
Más detallesDEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF)
FACULTAD DE VETERINARIA Y DEPARTAMENTO Versión: 01 /22.11. 2012 Página : Página 1 de 9 DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y FUNCIONES (MOF) Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres
Más detallesMUNICIPIO DE ENVIGADO DESCRIPCIÓN DE CARGO
MUNICIPIO DE ENVIGADO DESCRIPCIÓN DE CARGO IDENTIFICACIÓN MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Nombre del cargo Inspector de Policía Urbana Nivel: Profesional Código y Grado 233-17 Naturaleza del Cargo: Carrera
Más detallesPor qué conformarse con ser bueno si se puede ser mejor
SENSIBILIZACIÓN Por qué conformarse con ser bueno si se puede ser mejor Sensibilizar a los Funcionarios acerca de la Importancia del SIGEPRE y su aplicabilidad. Empoderar en los aspectos relativos al direccionamiento
Más detallesPODER JUDICIAL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA Sección Análisis de Puestos
PODER JUDICIAL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA Sección Análisis de Puestos COORDINADOR JUDICIAL (JUZGADO CONCURSAL) I. NATURALEZA DEL TRABAJO Coordinar, asignar, dirigir, supervisar, controlar y ejecutar
Más detallesResolución de Fiscalía General firmada electrónicamente
Resolución de Fiscalía General firmada electrónicamente MARTIN OCAMPO FISCAL GENERAL martinocampo@fiscalias.gob.ar Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. 26/02/2015 16:21:18 9a987a41bc0d4af36c38c8b0e5d4636d
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: 15 Referencia: Año: 2010 Fecha(dd-mm-aaaa): 14-04-2010 Titulo: QUE CREA EL MINISTERIO DE
Más detallesMINISTERIO PUBLICO RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº MP-FN
Publicada: Sábado, 13 de agosto de 2005 MINISTERIO PUBLICO Dictan disposiciones sobre competencia de diversas fiscalías en el conocimiento de Delitos de Terrorismo y Lesa Humanidad, Derechos Humanos y
Más detallesUniversidad Nacional Del Centro de la Provincia de Buenos Aires
Universidad Nacional Del Centro de la Provincia de Buenos Aires Nivel Polimodal ESTRUCTURA DEPARTAMENTAL DE LAS ESCUELAS DE NIVEL POLIMODAL DE LA UNIVERSIAD NACIONAL DEL CENTRO INTRODUCCIÓN En nuestra
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL
REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,
Más detallesResolución No del 07 NOV 2007
Página 1 de 5 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD En uso de sus facultades legales y estatutarias y, C O N S I D E R A N D O Que la Universidad Nacional Abierta y a Distancia
Más detallesPrograma Anual de Trabajo 2015
Propuesta de Programa de Trabajo para el año 2015 de la Comisión de Aseo Público. Programa Anual de Trabajo 2015 Comisión Colegiada y Permanente de Aseo Público del Honorable Ayuntamiento de Zapopan, Jalisco.
Más detallesManual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA
Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones
Más detallesACUERDO MINISTERIAL SP-M
ACUERDO MINISTERIAL SP-M-731-2002 Guatemala, 10 de Julio de 2002 EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo Gubernativo número 426-2001 de fecha dieciséis de
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas
El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15, numeral 7 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, dicta
Más detallesAntecedentes y Toma de Conocimiento de las nuevas obligaciones de Información. Etapas del Proyecto. Análisis de impactos en procesos y sistemas
PROYECTO DE IMPLEMENTACION NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) Abril 2010 Contenido Antecedentes y Toma de Conocimiento de las nuevas obligaciones de Información Coordinador Responsable
Más detallesACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:
ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio
Más detallesFUNCIONES DEL DIRECTOR/A DE CENTRO DE SALUD FAMILIAR
FUNCIONES DEL DIRECTOR/A DE CENTRO FAMILIAR PAGINA Página 1 de 5 1. IDENTIFICACIÓN 1.1. Título del cargo Director/a de Centro de Salud Familiar del Área de Salud de la Corporación Municipal de Valparaíso.
Más detallesUniversidad Tecnológica Israel
Universidad Tecnológica Israel REGLAMENTO DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN CENTRAL Y GESTION DE LA INFORMACIÓN Aprobado por: Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad Tecnológica Israel.
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO ORGANIZACIÓN TERPEL S.A. CONTENIDO
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO ORGANIZACIÓN TERPEL S.A. CONTENIDO 1. Objetivos 2. Conformación del Comité y periodicidad de reuniones 3. Responsabilidades y funciones
Más detallesM INISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
M INISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA CONSEJO DE AUDITORÍA INTERNA GENERAL DE GOBIERNO DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE AUDITORÍA INTERNA GENERAL DE GOBIERNO (1997) REPÚBLICA DE CHILE MINISTERIO
Más detallesSeguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea.
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Resolución General 3655 Seguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea. Bs.
Más detallesRol del Jefe de Área de Enseñanza Práctica. El cargo de Jefe de Área de Enseñanza Práctica es un cargo docente de nivel jerárquico.
Rol del Jefe de Área de Enseñanza Práctica Consideraciones generales El cargo de Jefe de Área de Enseñanza Práctica es un cargo docente de nivel jerárquico. Podrán estar a su cargo una o más Áreas Didáctico
Más detalles