Núm Miércoles 29 / Noviembre / Edición digital. diputación PrOvinCial de CuenCa. administración autonómica. administración local

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1 Edición digital SE EDITA: Lunes, miércoles y viernes (excepto festivos) Depósito Legal: CU Núm. 139 Miércoles 29 / Noviembre / 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca s u m a r i O diputación PrOvinCial de CuenCa Intervención General. Aprobación definitiva expediente de modificación de créditos núm. 17/2017. administración autonómica Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Cuenca. Acuerdo por el que se determinan los festivos locales para los municipios de la provincia de Cuenca durante el año administración local Ayuntamiento de Cuenca. Licitación procedimiento abierto de los servicios de lucha antivectorial integrada contra los roedores comensales, artrópodos, microorganismos patógenos y control de palomas en la ciudad de Cuenca y sus pedanías. Ayuntamiento de Cuenca. Exposición proyecto técnico de las obras renovación redes y mejora de la eficiencia del ciclo hidráulico en La Melgosa, Mohorte y Villanueva de los Escuderos. Ayuntamiento de Portalrubio de Guadamejud. Imposición de la ordenanza reguladora del precio público por utilización de instalaciones municipales. Ayuntamiento de Santa María de los Llanos. Exposición expediente del presupuesto general de Ayuntamiento de Quintanar del Rey. Solicitud de autorización de uso común especial para la ocupación del dominio público municipal. Ayuntamiento de Mira. Exposición de la cuenta general del presupuesto Ayuntamiento de El Pedernoso. Exposición del presupuesto general Ayuntamiento de EL Provencio. Modificación de ordenanza reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Ayuntamiento de Villamayor de Santiago. Solicitud de cambio de titularidad de la actividad de bar cafetería. Ayuntamiento de Tarancón. Expediente de modificación de créditos núm. 5/2017. Ayuntamiento de Tarancón. Expediente de modificación de créditos núm. 4/2017. Ayuntamiento de Gascueña. Exposición de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de cementerio municipal. Ayuntamiento de Los Valdecolmenas. Exposición proyecto técnico de obras. Ayuntamiento de Los Valdecolmenas. Expediente de modificación de créditos núm. 4/2017. Ayuntamiento de Tresjuncos. Rectificación error. Ayuntamiento de Cañete. Aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 2 del plan de delimitación del suelo urbano.

2 Pág. 2 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 d i P u tac i ó n P rov i n C i a l d e C u e n C a intervención General NúM ANUNCIO Una vez que ha quedado definitivamente aprobado el expediente de modificación de créditos número 17 al Presupuesto de la Diputación Provincial de Cuenca del ejercicio 2017, para dar cumplimiento a lo que establece el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales al que reenvía el artículo 177.2, se publica, a continuación, resumida a nivel de capítulo la modificación efectuada: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS: Capítulo 6.- Inversiones reales ,94 TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS ,94 SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS: Capítulo 2.- Gastos en bienes corrientes y servicios ,70 Capítulo 6.- Inversiones reales 7.000,00 Capítulo 7.- Transferencias de capital ,00 TOTAL SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS ,70 TOTAL MODIFICACIÓN ,64 FINANCIACIÓN MINORACIÓN DE CRÉDITOS: Capítulo 2.- Gastos corrientes en bienes y servicios ,70 Capítulo 4.- Transferencias corrientes 1.000,00 Capítulo 6.- Inversiones reales ,00 TOTAL MINORACIÓN DE CRÉDITOS ,70 REMANENTE DE TESORERÍA ,94 TOTAL EXPEDIENTE ,64 Cuenca, a 28 de noviembre de 2017 EL VICEPRESIDENTE Y DIPUTADO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Y DIPUTADO DE PRESIDENCIA, Julián Huete Cervigón

3 Pág. 3 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 a d m i n i s t r ac i ó n au to n ó m i C a COnsejería de economía, empresas y empleo de CuenCa ANUNCIO NúM ACUERDO DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRE- SAS Y EMPLEO EN CUENCA POR EL QUE SE DETERMINAN LOS FESTIVOS LOCALES PARA LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE CUENCA DURANTE EL AÑO 2018 Y SE ORDENA SU PUBLICACIÓN El art del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores establece que las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales. Por su parte, el art. 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, determina que serán inhábiles, con carácter retribuido y no recuperable para el trabajo, hasta dos días de cada año natural aquellas fiestas locales que por tradición sean propias de cada municipio, determinándose las mismas por la autoridad laboral competente, a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente, debiéndose publicar las mismas en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y, en su caso, en el Boletín Oficial de la provincia El Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, transfiere a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de trabajo y, entre ellas, la contenida en la letra B, apartado a) número cuatro de su anexo, relativa a la determinación de las fiestas laborales de ámbito local. Así, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Trabajo, en relación con el Decreto 99/2013 de 28 de noviembre, por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo y, teniendo en cuenta la actual estructura contenida en el Decreto 81/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, así como en el Decreto 167/2015, de 21 de julio, por el que se regula la estructura orgánica y las competencias de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de las Direcciones Provinciales de las Consejerías Esta Dirección Provincial, a propuesta de los respectivos Ayuntamientos, ACUERDA Determinar que, para el año 2018, las fiestas locales retribuidas y no recuperables en Cuenca y su provincia son las indicadas en el anexo adjunto. Ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma y en el Boletín Oficial de la provincia de Cuenca, de conformidad con el art. 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos. Cuenca, 24 de noviembre de 2017 EL DIRECTOR PROVINCIAL Óscar Javier Martínez García ANEXO POBLACION PEDANÍA FESTIVO 1 FESTIVO 2 ABIA DE LA OBISPALIA 24/05/ /06/2018 ACEBRON (EL) 15/05/ /05/2018 ALARCON 20/01/ /09/2018 ALBALADEJO DEL CUENDE 09/02/ /05/2018 ALBALATE DE LAS NOGUERAS 03/02/ /05/2018 ALBENDEA 13/06/ /09/2018 ALBERCA DE ZANCARA (LA) 15/05/ /09/2018

4 Pág. 4 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 POBLACION PEDANÍA FESTIVO 1 FESTIVO 2 ALCALA DE LA VEGA ALCALA DE LA VEGA 15/06/ /06/2018 EL CUBILLO 19/01/ /01/2018 ALCANTUD 11/05/ /05/2018 ALCAZAR DEL REY 15/05/ /09/2018 ALCOHUJATE 20/08/ /12/2018 ALCONCHEL DE LA ESTRELLA 08/05/ /05/2018 ALGARRA 25/04/ /05/2018 ALIAGUILLA 14/06/ /08/2018 ALMARCHA (LA) 15/05/ /08/2018 ALMENDROS 15/05/ /09/2018 ALMODOVAR DEL PINAR 17/01/ /05/2018 ALMONACID DEL MARQUESADO 15/05/ /11/2018 ALTAREJOS 15/05/ /06/2018 ARANDILLA DEL ARROYO 09/06/ /08/2018 ARCAS 15/05/ /09/2018 ARCOS DE LA SIERRA 13/06/ /08/2018 ARGUISUELAS 10/08/ /10/2018 ARRANCACEPAS 01/09/ /12/2018 ATALAYA DEL CAÑAVATE 19/03/ /06/2018 BARAJAS DE MELO 07/09/ /09/2018 BARCHIN DEL HOYO 13/10/ /12/2018 BASCUÑANA DE SAN PEDRO 29/06/ /08/2018 BEAMUD 13/08/ /08/2018 BELINCHON 08/02/ /05/2018 BELMONTE 24/08/ /09/2018 BELMONTEJO 15/05/ /09/2018 BETETA 18/09/ /09/2018 BONICHES 21/05/ /08/2018 BUCIEGAS 13/06/ /08/2018 BUENACHE DE ALARCON 15/05/ /09/2018 BUENACHE DE LA SIERRA 14/08/ /10/2018 BUENDIA 14/05/ /09/2018 CAMPILLO DE ALTOBUEY 15/05/ /09/2018 CAMPILLOS PARAVIENTOS 19/01/ /08/2018 CAMPILLOS-SIERRA 13/06/ /08/2018 CAMPOS DEL PARAISO CARRASCOSA DEL CAMPO 25/04/ /07/2018 LORANCA DEL CAMPO 29/06/ /09/2018 OLMEDILLA DEL CAMPO 16/08/ /12/2018 VALPARAISO DE ABAJO 13/06/ /10/2018 VALPARAISO DE ARRIBA 29/09// /07/2018 CANALEJAS DEL ARROYO 15/05/ /09/2018 CAÑADA DEL HOYO 21/05/ /09/2018 CAÑADAJUNCOSA 14/05/ /05/2018 CAÑAMARES 17/08/ /11/2018

5 Pág. 5 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 POBLACION PEDANÍA FESTIVO 1 FESTIVO 2 CAÑAVATE (EL) 07/09/ /09/2018 CAÑAVERAS 15/05/ /09/2018 CAÑAVERUELAS 02/02/ /08/2018 CAÑETE 01/06/ /09/2018 CAÑIZARES 10/09/ /09/2018 CARBONERAS DE GUADAZAON 15/05/ /08/2018 CARDENETE 13/06/ /10/2018 CARRASCOSA DE HARO 15/05/ /06/2018 CARRASCOSA DE LA SIERRA 16/07/ /07/2018 CASAS DE BENITEZ 14/05/ /05/2018 CASAS DE FERNANDO ALONSO 15/05/ /08/2018 CASAS DE GARCIMOLINA 23/06/ /08/2018 CASAS DE GUIJARRO 22/01/ /05/2018 CASAS DE HARO 29/01/ /08/2018 CASAS DE LOS PINOS CASAS DE LOS PINOS 02/02/ /05/2018 CASAS DE ROLDAN 20/01/ /05/2018 LOS ESTESOS 02/02/ /05/2018 CASASIMARRO 24/08/ /12/2018 CASTEJON 03/02/ /06/2018 CASTILLEJO DE INIESTA 15/05/ /08/2018 CASTILLEJO DEL ROMERAL (EATIM) 03/05/ /08/2018 CASTILLEJO-SIERRA 16/08/ /09/2018 CASTILLO DE GARCIMUÑOZ 13/08/ /08/2018 CASTILLO-ALBARAÑEZ 07/08/ /08/2018 CERVERA DEL LLANO 02/02/ /08/2018 CIERVA (LA) 03/05/ /10/2018 CHILLARON DE CUENCA ARCOS DE LA CANTERA 13/06/ /08/2018 CHILLARON DE CUENCA 21/02/ /09/2018 CHUMILLAS 15/05/ /07/2018 CUENCA CUENCA 01/06/ /09/2018 COLLIGA 13/06/ /08/2018 COLLIGUILLA 25/06/ /07/2018 LA MELGOSA 01/06/ /09/2018 MOHORTE 01/06/ /09/2018 NOHALES 16/08/ /09/2018 TONDOS 13/06/ /09/2018 VALDECABRAS 15/05/ /08/2018 VILLANUEVA DE LOS ESCUDEROS 13/06/ /08/2018 CUEVA DEL HIERRO 03/09/ /09/2018 ENGUIDANOS 03/02/ /08/2018 FRESNEDA DE ALTAREJOS 24/08/ /08/2018 FRESNEDA DE LA SIERRA 02/02/ /09/2018 FUENTE DE PEDRO NAHARRO 15/05/ /09/2018

6 Pág. 6 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 POBLACION PEDANÍA FESTIVO 1 FESTIVO 2 FRONTERA (LA) 15/05/ /11/2018 FUENTELESPINO DE HARO 13/06/ /10/2018 FUENTELESPINO DE MOYA 22/05/ /09/2018 FUENTENAVA DE JABAGA FUENTES CLARAS CHILLARON25/06/ /08/2018 JABAGA 15/05/ /10/2018 NAVALON 15/05/ /08/2018 SOTOCA 02/02/ /08/2018 VILLAR DEL SAZ DE NAVALON 20/01/ /05/2018 SEÑORIO DEL PINAR FUENTES 11/06/ /10/2018 FUERTESCUSA 08/10/ /11/2018 GABALDON 05/06/ /07/2018 GARABALLA 19/01/ /09/2018 GASCUEÑA 19/07/ /08/2018 GRAJA DE CAMPALBO 20/01/ /04/2018 GRAJA DE INIESTA 23/04/ /05/2018 HENAREJOS 13/09/ /09/2018 HERRUMBLAR (EL) 26/01/ /09/2018 HINOJOSA (LA) 22/05/ /08/2018 HINOJOSOS (LOS) 12/02/ /05/2018 HITO (EL) 15/05/ /05/2018 HONRUBIA 15/05/ /09/2018 HONTANAYA 15/05/ /09/2018 HONTECILLAS 22/01/ /08/2018 HORCAJO DE SANTIAGO 14/09/ /12/2018 HUELAMO 31/08/ /10/2018 HUELVES 09/05/ /09/2018 HUERGUINA 19/05/ /12/2018 HUERTA DE LA OBISPALIA 03/05/ /09/2018 HUERTA DEL MARQUESADO 13/06/ /07/2018 HUETE 11/05/ /05/2018 INIESTA 15/05/ /08/2018 LAGUNA DEL MARQUESADO 13/06/ /08/2018 LAGUNASECA 06/09/ /09/2018 LANDETE 21/05/ /08/2018 LEDAÑA 15/05/ /08/2018 LEGANIEL 14/09/ /09/2018 MAJADAS (LAS) 03/05/ /09/2018 MARIANA 13/06/ /09/2018 MASEGOSA 04/10/ /10/2018 MESAS (LAS) 13/02/ /06/2018 MINGLANILLA 15/05/ /09/2018 MIRA 15/05/ /06/2018 MONREAL DEL LLANO 15/05/ /08/2018 MONTALBANEJO 15/05/ /09/2018

7 Pág. 7 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 POBLACION PEDANÍA FESTIVO 1 FESTIVO 2 MONTALBO 01/10/ /10/2018 MONTEAGUDO DE LAS SALINAS 15/06/ /08/2018 MOTA DE ALTAREJOS 10/08/ /08/2018 MOTA DEL CUERVO 13/08/ /08/2018 MOTILLA DEL PALANCAR 15/05/ /09/2018 MOYA 08/08/ /09/2018 NARBONETA 29/09/ /12/2018 OLIVARES DE JUCAR 15/05/ /08/2018 OLMEDA DE LA CUESTA 19/01/ /05/2018 OLMEDA DEL REY 15/05/ /09/2018 OLMEDILLA DE ALARCON 22/02/ /08/2018 OLMEDILLA DE ELIZ 14/08/ /08/2018 OSA DE LA VEGA 25/04/ /09/2018 PAJARON 03/02/ /09/2018 PAJARONCILLO 16/08/ /08/2018 PALOMARES DEL CAMPO 30/04/ /09/2018 PALOMERA 13/06/ /09/2018 PARACUELLOS DE LA VEGA 08/02/ /09/2018 PAREDES 15/05/ /11/2018 PARRA DE LAS VEGAS (LA) 15/05/ /08/2018 PEDERNOSO (EL) 15/05/ /07/2018 PEDROÑERAS (LAS) 15/05/ /09/2018 PERAL (EL) 15/05/ /09/2018 PERALEJA (LA) 03/02/ /09/2018 PESQUERA (LA) 02/02/ /05/2018 PICAZO (EL) 15/05/ /10/2018 PINAREJO 05/02/ /08/2018 PINEDA DE CIGÜELA 26/07/ /10/2018 PIQUERAS DEL CASTILLO 14/05/ /08/2018 PORTALRUBIO DE GUADAMEJUD 13/06/ /08/2018 PORTILLA 16/08/ /09/2018 POYATOS 19/07/ /07/2018 POZOAMARGO 05/02/ /05/2018 POZORRUBIELOS DE LA MANCHA POZOSECO 23/04/ /05/2018 RUBIELOS ALTOS 23/04/ /05/2018 RUBIELOS BAJOS 23/04/ /05/2018 POZORRUBIO DE SANTIAGO 08/02/ /08/2018 POZUELO (EL) 01/03/ /09/2018 PRIEGO 13/09/ /09/2018 PROVENCIO (EL) 16/08/ /08/2018 PUEBLA DE ALMENARA 15/05/ /08/2018 PUEBLA DEL SALVADOR 15/05/ /05/2018 QUINTANAR DEL REY 25/04/ /05/2018 RADA DE HARO 04/05/ /08/2018 REILLO 07/05/ /07/2018

8 Pág. 8 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 POBLACION PEDANÍA FESTIVO 1 FESTIVO 2 RIBATAJADA (EATIM) 25/06/ /09/2018 ROZALEN DEL MONTE 22/05/ /06/2018 SACEDA-TRASIERRA 24/05/ /09/2018 SAELICES 28/05/ /09/2018 SALINAS DEL MANZANO 16/08/ /10/2018 SALMERONCILLOS 13/06/ /08/2018 SALVACAÑETE 01/06/ /06/2018 SAN CLEMENTE 21/05/ /08/2018 SAN LORENZO DE LA PARRILLA 30/04/ /08/2018 SAN MARTIN DE BONICHES 14/08/ /11/2018 SAN PEDRO PALMICHES 15/05/ /08/2018 SANTA CRUZ DE MOYA 05/02/ /05/2018 SANTA MARIA DE LOS LLANOS 17/01/ /05/2018 SANTA MARIA DEL CAMPO RUS 17/01/ /09/2018 SANTA MARIA DEL VAL 17/09/ /09/2018 SISANTE 08/02/ /09/2018 SOLERA DE GABALDON 02/02/ /05/2018 SOTORRIBAS COLLADOS 13/06/ /10/2018 PAJARES 02/02/ /06/2018 RIBAGORDA 15/05/ /06/2018 RIBATAJADILLA 13/06/ /07/2018 SOTOS 13/06/ /10/2018 TORRECILLA 19/01/ /08/2018 VILLASECA 23/01/ /06/2018 TALAYUELAS 22/01/ /06/2018 TARANCON 19/03/ /09/2018 TEBAR 18/01/ /05/2018 TEJADILLOS 16/07/ /08/2018 TINAJAS 22/05/ /08/2018 TORRALBA 15/05/ /06/2018 TORREJONCILLO DEL REY HORCAJADA DE LA TORRE 29/06/ /09/2018 NAHARROS 25/05/ /08/2018 TORREJONCILLO DEL REY 01/06/ /08/2018 VILLAR DEL AGUILA 19/01/ /08/2018 VILLAR DEL HORNO 17/08/ /09/2018 VILLAREJO SOBREHUERTA 27/07/ /09/2018 TORRUBIA DEL CAMPO 02/02/ /09/2018 TORRUBIA DEL CASTILLO 20/08/ /08/2018 TRAGACETE 01/09/ /09/2018 TRESJUNCOS 07/05/ /05/2018 TRIBALDOS 15/05/ /07/2018 UCLES 07/05/ /08/2018 UÑA 16/08/ /08/2018 VALDECOLMENAS (LOS) 13/06/ /09/2018

9 Pág. 9 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 POBLACION PEDANÍA FESTIVO 1 FESTIVO 2 VALDEMECA 02/07/ /07/2018 VALDEMORILLO DE LA SIERRA 15/05/ /06/2018 VALDEMORO SIERRA 13/06/ /09/2018 VALDEOLIVAS 15/06/ /09/2018 VALDETORTOLA 03/05/ /10/2018 VALERAS (LAS) 22/01/ /10/2018 VALERIA (EATIM) 15/05/ /09/2018 VALHERMOSO DE LA FUENTE 03/02/ /08/2018 VALLE DE ALTOMIRA GARCINARRO 15/05/ /08/2018 MAZARULLEQUE 04/05/ /05/2018 JABALERA 02/02/ /05/2018 VALSALOBRE 25/07/ /07/2018 VALVERDE DE JUCAR 08/01/ /09/2018 VALVERDEJO 15/05/ /12/2018 VARA DE REY 08/02/ /05/2018 VEGA DEL CODORNO 07/09/ /09/2018 VELLISCA 30/04/ /08/2018 VILLACONEJOS DE TRABAQUE 19/03/ /05/2018 VILLAESCUSA DE HARO 16/08/ /09/2018 VILLAGARCIA DEL LLANO 09/05/ /05/2018 VILLALBA DE LA SIERRA 01/06/ /09/2018 VILLALBA DEL REY 19/01/ /09/2018 VILLALGORDO DEL MARQUESADO 03/02/ /05/2018 VILLALPARDO 25/04/ /08/2018 VILLAMAYOR DE SANTIAGO 15/05/ /09/2018 VILLANUEVA DE GUADAMEJUD 02/02/ /09/2018 VILLANUEVA DE LA JARA CASAS DE SANTA CRUZ 15/05/ /08/2018 VILLANUEVA DE LA JARA 15/05/ /10/2018 VILLAR DE CAÑAS 15/05/ /09/2018 VILLAR DE DOMINGO GARCIA NOHEDA 15/05/ /06/2018 VILLAR DE DOMINGO GARCIA 15/05/ /08/2018 VILLAR DE LA ENCINA 15/05/ /08/2018 VILLAR DE OLALLA BARBALIMPIA 14/08/ /12/2018 VILLAR DE OLALLA 03/05/ /09/2018 VILLAREJO SECO 02/02/ /08/2018 VILLAR DEL HUMO 15/05/ /10/2018 VILLAR DEL INFANTADO 15/05/ /08/2018 VILLAR DEL SAZ DE ARCAS (EATIM) 03/05/ /09/2018 VILLAR Y VELASCO CUEVAS DE VELASCO 01/09/ /09/2018 VILLAR DEL MAESTRE 01/09/ /09/2018 VILLAREJO DE FUENTES 21/05/ /09/2018

10 Pág. 10 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 POBLACION PEDANÍA FESTIVO 1 FESTIVO 2 VILLAREJO DE LA PEÑUELA 03/02/ /08/2018 VILLAREJO PERIESTEBAN 14/05/ /11/2018 VILLARES DEL SAZ 03/05/ /09/2018 VILLARRUBIO 13/08/ /08/2018 VILLARTA 15/05/ /08/2018 VILLAS DE LA VENTOSA BOLLIGA 16/08/ /12/2018 CULEBRAS 20/01/ /08/2018 FUENTESBUENAS 15/05/ /08/2018 VALDECAÑAS 15/05/ /06/2018 LA VENTOSA 15/05/ /09/2018 VILLAREJO DEL ESPARTAL 15/05/ /08/2018 VILLAVERDE Y PASACONSOL 02/02/ /04/2018 VILLORA 02/04/ /08/2018 VINDEL 26/07/ /08/2018 YEMEDA 25/04/ /08/2018 ZAFRA DE ZANCARA 15/05/ /09/2018 ZAFRILLA 28/03/ /06/2018 ZARZA DE TAJO 05/02/ /06/2018 ZARZUELA 08/06/ /10/2018

11 Pág. 11 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 a d m i n i s t r ac i ó n lo C a l ayuntamiento de CuenCa NúM ANUNCIO 1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información: a) Organismo: Ayuntamiento de Cuenca. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación. c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Sección de Contratación. 2) Domicilio: Plaza Mayor, 1. 3) Localidad y código postal: Cuenca, ) Teléfono: ) Telefax: ) Correo electrónico: contratacion@cuenca.es. 7) Dirección de Internet del perfil del contratante: 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: 30 diciembre del ) Número de expediente: 30/ Objeto del contrato: a) Tipo: Servicios. b) Descripción: Servicios de lucha antivectorial integrada contra los roedores comensales, artrópodos, microorganismos patógenos y control de palomas en la ciudad de Cuenca y sus pedanías. c) Lugar de ejecución/entrega: 1) Domicilio: Municipio de Cuenca. 2) Localidad y código postal: Cuenca, d) Plazo de ejecución/entrega: 4 años. e) Admisión de prórroga: Si. f) CPV (Referencia de Nomenclatura): y Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Criterios de adjudicación: Precio de la oferta económica; proyecto técnico del servicio de control de plagas; conocimiento demostrado del programa de trabajo y problemática; exposición del cronograma de trabajo; diagnóstico y programación del control de legionela; recursos informáticos de gestión del contrato; innovaciones técnicas y mejoras prevención y control legionela y mejoras técnicas en la lucha contra la procesionaria del pino. 4. Valor estimado del contrato: euros. 5. Presupuesto base de licitación: a) Importe neto: euros/año. Importe total: euros/año. 6. Garantías exigidas. Definitiva (%): Requisitos específicos del contratista: Clasificación: M, 1, 1.

12 Pág. 12 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 Criterios de Solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, en los tres últimos años, por importe igual o superior a ,00. - Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior a ,00 /año, con una duración de 4 años. - Cuentas anuales presentadas en el registro mercantil, así como una declaración donde se haga constar tanto el fondo de maniobra que deberá ser positivo, así como el coeficiente de solvencia superior a 1. Criterios relativos a la solvencia técnica o profesional del empresario: Una relación de los principales servicios realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado como mínimo será de euros, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. 8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14 horas del día 4 de enero del b) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Sección de Contratación. 2) Domicilio: Plaza Mayor, 1. 3) Localidad y código postal: Cuenca, ) Dirección electrónica: contratacion@cuenca.es. c) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses. 9. Apertura de Ofertas: a) Descripción: Casa Consistorial. b) Dirección: Plaza Mayor, 1. c) Localidad y código postal: Cuenca, d) Fecha y hora: 10 enero 2018, a las 08:30 horas. 10. Gastos de publicidad: euros. 11. Fecha de envío del anuncio al "Diario Oficial de la Unión Europea": 22 de noviembre del Cuenca, 24 de noviembre del 2017 EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo. Ángel L. Mariscal Estrada

13 Pág. 13 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de CuenCa NúM ANUNCIO Por el presente se expone al público por plazo de quince días hábiles, el Proyecto Técnico de las obras denominadas Renovación redes y mejora de la eficiencia del ciclo hidráulico en La Melgosa, Mohorte y Villanueva de los Escuderos obra nº 134 del P.O.S , a fin de que sean presentadas las reclamaciones a que hubiere lugar, que podrán presentarse en las formas admitidas por la legislación vigente. El Proyecto Técnico, junto con el resto de la documentación, se encuentran a disposición de las personas interesadas en la Sección de Contratación de este Excmo. Ayuntamiento. Cuenca, 27 de Noviembre de EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo. Ángel Luis Mariscal Estrada

14 Pág. 14 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de POrtalruBiO de Guadamejud NúM ANUNCIO El Pleno del Ayuntamiento de PORTALRUBIO DE GUADAMEJUD, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2017, acordó la aprobación provisional de la imposición y la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por utilización de instalaciones municipales. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En PORTALRUBIO DE GUADAMEJUD A 22 de noviembre de El Alcalde, Fdo.: JULIAN RODRIGUEZ GARCIA.

15 Pág. 15 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de santa maría de los llanos NúM ANUNCIO El Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión del día 23 de noviembre de 2017, acordó la aprobación inicial del Expediente de Presupuesto General de la Entidad para el ejercicio 2017, integrado por la siguiente documentación: 1. El Estado de Gastos e Ingresos para el Las Bases de Ejecución del Presupuesto. 3. La Plantilla Presupuestaria para el El Anexo de Inversiones y las Fuentes de Financiación para el Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, en relación con el artículo del Texto Refundido de la Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a los efectos de que los interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, durante el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, significándose que el expediente se encuentra expuesto al público en la Intervención Municipal. Dicho expediente se considerará definitivamente aprobado, si al término del periodo de exposición pública no se hubiere presentado reclamación alguna, tal y como se dispone en el artículo del indicado texto legislativo. En Santa María de los Llanos a 24 de Noviembre de EL ALCALDE, Fdo.: Anselmo Salido Vera

16 Pág. 16 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de Quintanar del rey NúM ANUNCIO Se pone en conocimiento que en este Ayuntamiento se ha recibido solicitud de autorización de uso común especial para ocupación del dominio público municipal, con número de expediente 3214/2017, con el fin de efectuar la instalación de infraestructura de telecomunicaciones en exterior, consistente en enlace backhaul de fibra óptica en el Municipio de Quintanar del Rey A fin de permitir una igualdad de uso para todos los operadores y en aplicación del artículo 30 de la Ley General de Telecomunicaciones (Ley 9/2014, de 9 de mayo) y de garantizar el acceso de todos los operadores a dicho dominio en condiciones neutrales, objetivas, transparentes, equitativas y no discriminatorias, y a fin de eliminar la concesión de ventajas en favor de un operador determinado, se pone en conocimiento de todos los posibles operadores interesados para que en el plazo de 15 días puedan presentar sus solicitudes. En Quintanar del Rey a 24 de noviembre de El Alcalde, Miguel José García Cebrián DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

17 Pág. 17 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de mira NúM ANUNCIO En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2016, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección En Mira, a 24 de noviembre de El alcalde, Jose Antonio García Carpintero Vilreales

18 Pág. 18 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de el PedernOsO NúM ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL Expediente: 302/2017 Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 24 de noviembre de 2017, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2018, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

19 Pág. 19 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de el PrOvenCiO NúM ANUNCIO Habiéndose publicado anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca número 117, de fecha 6 de octubre de 2017, sobre el acuerdo de aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza reguladora para la determinación de las cuotas tributarias del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de El Provencio, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de octubre de 2017, a los efectos del trámite de información pública y audiencia a los interesados previsto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose presentado durante el plazo de exposición al público reclamaciones a la citada modificación de la Ordenanza, queda automáticamente elevado a definitivo dicho acuerdo, y a los efectos de su entrada en vigor se procede a la publicación de la parte dispositiva del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, así como a la publicación del texto de la ordenanza con las modificaciones aprobadas, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en los términos que se indican a continuación: 7.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACIÓN DE LAS CUOTAS TRIBUTARIAS DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. El Sr. Alcalde cede la palabra al Sr. Secretario quien da lectura al dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Régimen Interno, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2017, que fue favorable por tres votos a favor de los/as concejales/as del Grupo Municipal Popular y un voto de abstención de la concejala del Grupo Municipal Socialista. (Debate y posturas mantenidas por los grupos políticos representados en la Corporación Municipal). Sometido el asunto a votación ordinaria, los reunidos, con diez votos a favor de los/as señores/as concejales/as D. Antonio Redondo García, Dª. María Pilar Moya Paños, D. Antonio Galiano Osma, Dª. María Amparo Girón Mota, D. José Manuel Triguero Valladolid, D. Carlos Dictinio Flores Gracia, Dª. María Teresa Fernández Perona, D. José Ángel Jurado Parra, Dª. María Cruz Marchante Bonilla y del Sr. Alcalde-Presidente, D. Julián Barchín Flores y, por consiguiente, por unanimidad, ACUERDAN: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza reguladora para la determinación de las cuotas tributarias del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, con la finalidad de adecuar las tarifas al coeficiente 1,58 previsto en el artículo 2º de la ordenanza fiscal, en los términos que se indica continuación: Artículo 2º. Cuotas Potencia y clase de vehículos Cuota Euros F) Otros vehículos Motocicletas hasta 125 cc... 6,98 Motocicletas de más de 125 a 250 c.c... 11,96 SEGUNDO.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, por plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo hasta entonces provisional se elevaría a definitivo sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. CUARTO.- En todo caso, el acuerdo definitivo a que se refiere el apartado anterior, incluyendo el acuerdo provisional elevado automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de la modificación de la ordenanza, habrán de ser publicados en el boletín oficial de la provincia de Cuenca, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación. QUINTO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto. Visto el resultado de la votación, Alcaldía declara aprobado el acuerdo.

20 Pág. 20 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 MODIFICACION DEL TEXTO DE LA ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACIÓN DE LAS CUOTAS TRI- BUTARIAS DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. Artículo 2º. Cuotas Potencia y clase de vehículos Cuota Euros F) Otros vehículos Motocicletas hasta 125 cc... 6,98 Motocicletas de más de 125 a 250 c.c... 11,96 Contra esta disposición administrativa de carácter general, se puede interponer por los interesados recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En El Provencio, en fecha a firma al margen DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

21 Pág. 21 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de villamayor de santiago NúM ANUNCIO Por doña Milagros Martínez Ballestero, titular de la licencia municipal para el ejercicio de la actividad de Bar-Cafetería, con emplazamiento en la calle Gustavo Torner nº 3, de este municipio, se ha solicitado el cambio de titularidad para el ejercicio de dicha actividad a favor de don Gorgonio Sánchez Cañada. Lo que se hace público por medio del presente anuncio, al objeto de que los interesados legítimos, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas en la Secretaría de este Ayuntamiento, durante el plazo de diez días hábiles siguientes al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. En Villamayor de Santiago, a 23 de noviembre de 2017 EL ALCALDE, Fdo. José Julián Fernández Sánchez,

22 Pág. 22 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de tarancón NúM ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 26 de octubre de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos bajo la modalidad de suplemento de crédito 05/2017 financiado con cargo al Remanente de Tesorería para Gastos Generales, como sigue a continuación: Presupuesto de gastos APLICACIÓN IMPORTE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN PRESUPUESTARIA RETRIBUCIONES BÁSICAS LABORAL FIJO CENTRO DE LA MUJER , OTRAS REMUNERACIONES CENTRO DE LA MUJER 1.549, SEGURIDAD SOCIAL CENTRO DE LA MUJER 5.345, RETRIBUCIONES BÁSICAS CENTRO DE ATENCIÓN TEMPRANA , OTRAS REMUNERACIONES CENTRO DE ATENCIÓN TEMPRANA 2.927, SEGURIDAD SOCIAL CENTRO DE ATENCIÓN TEMPRANA ,66 Presupuesto de ingresos TOTAL GASTOS ,04 ECONÓMICA Concepto DESCRIPCIÓN EUROS REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES ,04 TOTAL INGRESOS ,04 Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. En Tarancón, 27 de noviembre de EL ALCALDE Fdo.- José López Carrizo

23 Pág. 23 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de tarancón NúM ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 26 de octubre de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos bajo la modalidad de suplemento de crédito 04/2017 financiado con cargo al Remanente de Tesorería para Gastos Generales, como sigue a continuación: Presupuesto de gastos Aplicación presupuestaria Importe modificación , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,48

24 Pág. 24 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 Aplicación presupuestaria Importe modificación , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,92

25 Pág. 25 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 Aplicación presupuestaria Importe modificación , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,77

26 Pág. 26 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 Aplicación presupuestaria Importe modificación , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,09

27 Pág. 27 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 Aplicación presupuestaria Importe modificación , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,07

28 Pág. 28 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 Aplicación presupuestaria Importe modificación , , , ,76 TOTAL GASTOS CAPÍTULO ,36 Presupuesto de ingresos ECONÓMICA Concepto DESCRIPCIÓN EUROS REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES ,36 TOTAL INGRESOS ,36 Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. En Tarancón, 27 de noviembre de EL ALCALDE Fdo.- José López Carrizo.

29 Pág. 29 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de GasCueña NúM ANUNCIO En la Secretaría de este Ayuntamiento, se halla expuesto al público el acuerdo provisional de aprobación de LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DEL CEMENTERIO MUNICIPAL, que fue adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, contra el acuerdo de ordenación y con sujeción a las siguientes normas: a) Plazo de exposición y presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el B.O.P. b) Oficina de presentación: Ayuntamiento c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno. En Gascueña a veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete. - LA ALCALDESA: Mª del Rosal Martínez Balmisa.

30 Pág. 30 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de los valdecolmenas NúM ANUNCIO Aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2017, el proyecto técnico de la obra "REFORMA DE EDIFICIO MUNICIPAL EN VALDECOLMENAS DE ABAJO Y REFORMA DE PAREDES DEL CEMENTERIO EN VALDECOLMENAS DE ARRIBA, obra número 55 del Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia municipal (POS), anualidad 2017, por un importe de ,00, redactado por el Arquitecto D. Carlos Mochales Somovilla, se halla expuesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento por plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que los interesados presenten reclamaciones. En los Valdecolmenas, a 27 de noviembre de El Alcalde, Alfonso Manuel Hidalgo Barbero.

31 Pág. 31 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de los valdecolmenas NúM ANUNCIO El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de octubre de 2017, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 2/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo a nuevos y/o mayores ingresos, como se indica a continuación: Altas en Aplicaciones de Gastos Aplicación Créditos Modificación Créditos Progr. Económica Descripción iniciales de crédito finales Alcantarillado 100,00 500,00 600, Cementerio 100, , , Parques y jardines 1.050,00 300, , Abastecimiento de agua 300, , ,00 TOTAL 1.550, , ,00 Dichos gastos se financian, de confonnidad con el artículo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el artículo 36.1.a) del Real Decreto 500/1990, con cargo a nuevos y/o mayores ingresos en las aplicaciones que se detallan a continuación: Altas en Conceptos de Ingresos Aplicación: económica Cap. Art. Conc. Descripción Presupuestado Recaudado Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana 9.900, , Tasa por la prestación del servicio de cementerio 0, ,00 TOTAL INGRESOS 9.000, ,00 Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo por remisión del del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

32 Pág. 32 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de tresjuncos NúM ANUNCIO CORRECCIÓN DE ERRORES Advertido error en la publicación de fecha 17 de noviembre de 2017, relativa a la convocatoria pública y bases para la formación, por el procedimiento de concurso de una bolsa de Auxiliar de Ayuda a Domicilio. Donde dice: El Tribunal será designado por Resolución de la Alcaldía y esta formado por cuatro personas: Un/a Presidente/a, un Secretario/a y dos vocales. Debe decir El Tribunal será designado por Resolución de la Alcaldía y esta formado por cinco de personas: Un/a Presidente/a, un Secretario/a y tres vocales. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

33 Pág. 33 Miércoles 29 de noviembre de 2017 Núm. 139 ayuntamiento de Cañete NúM ANUNCIO Aprobado definitivamente la MODIFICACION PUNTURAL N.º 2 DEL PLAN DE DELIMITACION DEL SUELO URBANO DE CAÑETE mediante resolución de la Comisión Provincial de Urbanismo de Cuenca, el cual fue aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento se procede a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42.2.b del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo de 2010, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística en Castilla-La Mancha (TRLOTAU); en el artículo 157 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por el Decreto 248/2004, de 14 de septiembre; así como en al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Cañete, a 3 de Noviembre de 2017

34 Castilla La Mancha DireW6n Provincial ConseJer ra de Fomento CJ. Fermin Cabalero. 20 (Es:adón Aulobuses}-C.P CUENCA Cuenca, 29 de septiembre de 2017,..,.. '. _' '. '1 ' = Oei 7j17 COMISiÓN PROVINCIAL.- MDYL L -:C:-::-- A- Y- U-N -T-A-M-IE- N- tt;'iib:t'".t \.:: DE CAÑETE (Cuenca) Asunto: Notificación acuerdo C.P.O.T.U.4/2017 -' O \ OCT / AYUNTAMIENTO DE CAÑETE ~o~""'o t:~~~:~i~~~nca\ La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cuenca, en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2017 adoptó, entre otros, el acuerdo siguiente, que se le notifica para su conocimiento y efectos oportunos, según consta en el borrador del acta, y sin pe~ui cio de lo que resulte de su posterior aprobación: PUNTO 3'. EXPEDIENTE RELATIVO A LA MODIFICACiÓN PUNTUAL N' 2 DEL PLAN DE DELIMITACiÓN DE SUELO URBANO DE CAÑETE (CUENCA), PARA EL TRÁMITE DE APROBACiÓN DEFINITIVA POR LA COMISiÓN PROVINCIAL DE ORDENACiÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO DE CUENCA. Con fecha de entrada 15 de diciembre de 2010 se recibe en esta Consejerla el expediente referente a la Modificación Puntual N 2 del Plan de Delimitación de Suelo Urbano, remitido por el ayuntamiento de Cañete para el trámite previsto en los articulas 37 del TR LOTAU y 136 del Reglamento de Planeamiento de la l OTAU, solicitando la aprobación definitiva. FASE MUNICIPAL TRAMITACiÓN 1. Art TR LQTAU. Trámite de aprobación inicial Providencia de Alcaldla de fecha 23 de abril de 2010 de iniciar la modificación puntual del PDSU de Caflete. Concluida la redacción técnica del proyecto de Modificación Puntual, por providencia de 23 de abril de 201 0, se somete a: Al Trámite de Información Pública por un período de 45 dlas, en: D.O.C.M. n' 110 Periódico ~ E I Día de Cuenca" Tablón de anuncios Certificado municipal sobre resultado del trámite (Sin alegaciones) 8) Informes de los distintos Departamentos y órganos de las Administraciones Se solicitan los siguientes informes con fechas 13 de mayo y 8 de junio de 2010: - Consejería de Salud y Bienestar Social. C.P.O.T.U. 4I2011 P6giNll de 10

35 Consejerla de Cultura, Turismo y Artesanfa. Consejerfa de Agricultura y Desarrollo Rural. Consejerla de Industria, Energfa y Medio Ambiente. Consejerfa de Ordenación del Territorio y Vivienda. Ministerio de Fomento. Unidad de Carreteras. Delegación de Economia y Hacienda del Estado. Confederación Hidrográfica del Júcar. COCEMFE. Se aportan los siguientes informes: Consejerla de Salud y Bienestar Social: - Accesibilidad: Sanidad: Consejería de Cultura, Turismo y Artesanla: Consejeria de Agricultura y Medio Ambiente: - Servicio de Evaluación Ambiental: :.... que la modificación realizada no es sustancial y por lo tanto no necesita de un trámite de Evaluación Ambientar. - Servicio de Desarrollo Rural Servicio de Mercados Alimentarios Servicio de Medio Natural: Servicio de Áreas Protegidas y Biodiversidad: Consejeria de Ordenación del Territorio y Vivienda. Servicio de Planeamiento Servicio de Industria y Energla: Agencia del Agua: - Depuración: Abastecimiento: Ministerio de Fomento. Unidad de Carreteras: COCEMFE: Comisión de Concertación Interadminlstratlva: Art del TRLOTAU. Solicitud del Ayuntamiento de Cañete de fecha Comisión de Concertación Interadministrativa: : emite el informe único de concertación interadministrativa. 11. Art TR LOTAU. Aprobación inicial Concluidos los trámites anteriores el Ayuntamiento Pleno efectúa la Aprobación inicial en sesión ordinaria celebrada el 26 de noviembre de 2010, y remite el expediente interesando la Aprobación definitiva. C.P O.T U 4f2I)17 P'vr-2deIO

36 Castilla-La Mancha 0IttCd6n Proomda! ConseJeria de FomenlO CJ. Fern\III CabaIIIo. 20 (Es~AlltobusesJ C,P CUENCA FASE AUTONOMICA Art. 37 TR LOTAU. Aprobación definitiva Recibida la solicitud de aprobación definitiva, con fecha 15 de diciembre de 2010 y durante el periodo consultivo y de analisis, esta Consejerla: a) Recaba los siguientes informes, con fecha : Ministerio de Fomento. Unidad de Carreteras. Consejerla de Salud y Bienestar Social. Accesibilidad, Consejerla de Educación, Ciencia y Cultura. Patrimonio Cultural. Resolución de la Delegación Provincial de fecha 25 de enero de 2011, en la que informan favorablemente la Modificación Puntual na 2 del PDSU de Cañete, tras los informes favorables del Servicio de Patrimonio Cultural y de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de fecha 19 de enero de2011. b) Requiere al Ayuntamiento de Cañete para que complete el expediente, subsane los trámites que se echan en falta y aclare favorablemente las propuestas de formulación o finalidad imprecisas, según escritos 17 y 28 de diciembre de 2010 y 7 de enero de Como quiera que el Ayuntamiento de Cañete, no ha atendido los requerimientos realizados, y una vez transcurridos más de 20 meses desde el dia 15 de diciembre de 2010, con fecha 23 de agosto de se remite escrito al Ayuntamiento en el que se le indica que se procede a la devolución de la documentación remitida el dla y asimismo se significa que el Ayuntamiento puede atender, en todos sus términos, los requerimientos realizados en su dia, lo que supondria, en su caso, la continuación del expediente. Con fecha 26 de febrero de 2013, el Ayuntamiento remite escrito, en el que solicita se retome el expediente, se continúe su tramitación y así poder finalizar la Modificación Puntual no 2 del PDSU, aportando la siguiente documentación: Un ejemplar en soporte papel, sin diligenciar, fechado en enero de Un informe de la Demarcación de Carreteras de Estado en Castilla-La Mancha, de fecha 13 de febrero de 2013, que concluye: -,NFORMA FAVORABLEMENTE la Modificación Puntual N 2 del Plan de Delimitación de Suelo Urbano de Caflete, con las siguientes condiciones: Las longitudes del canil central de espera y de aceleración, ambos del lado Cuenca, serán también de 60 m + 60 m como los correspondientes aliado Teruel. Para la ejecución de la intersección, deberá solicitar autorización a esta Administración, aportando proyecto de construcción de la misma, redactado por Técnico competente yen los ténninos establecidos en los arllculos 93.2 b), 93.2 c) y del Reglamento General de Carreteras. " Certificado municipal sobre el resultado del trámite de información pública. Certificado relativo a la aprobación inicial realizada el26 de noviembre de Escrito del SESCAM, de fecha 27 de enero de 2011, sobre la helisuperficie: -En relación con el escrito en el que nos solicita informe sobre la afectación que el Proyecto de Polfgono Industrial pudiera tener sobf9 la Helisuperficie, adjunto le remito C.P.O.T U. < PJogoN 3 de 10

37 informe realizado por el Ingeniero Aeronáutico en el que concluye que tal como se plantea la urbanización, la trayectoria que actualmente utilizan los Helicópteros para aterrizar o despegar, orientada hacia el Sur, obliga B grandes limitaciones en las futuras construcciones planteadas. En caso de que se entierre el tendido eléctrico situado al Oeste, las trayectorias se podrfan desarrollar OestelEste, y de esta manera /a interferencia con la nueva urbanización planteada seria casi nula. Con el fin de mantener operativa la Helisuperficie de Emergencias Sanitaria en todo momento y evitar riesgos a la hora de su utilización, le ruego que nos mantengan informados en todo momento, y con carácter previo, de cualquier modificación, construcción, maquinaria, etc., que se vaya a instalar en las inmediaciones de la helisuperficie. d Escrito de la Confederación Hidrográfica de Júcar, de fecha 2 de febrero de 2011, requiriendo documentación al Ayuntamiento. Resolución de la Delegación Provincial de la Consejerla de Educación, Ciencia y Cultura de fecha 25 de enero de 2011, en la que informan favorablemente la Modificación Puntual no 2 del PDSU de Canete, tras los informes favorables del Servicio de Patrimonio Cultural y de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de fecha 19 de enero de Recibida la solicitud de aprobación definitiva, con fecha 26 de febrero de 2013 y durante el periodo consultivo y de análisis, esta Consejería requiere al Ayuntamiento de Cañete para que complete el expediente, subsane los trámites que se echan en falta y aclare favorablemente las propuestas de formulación o finalidad imprecisas, según escrito de 1 de abril de Como quiera que el Ayuntamiento de Cañete, no ha atendido los requerimientos realizados, y una vez transcurridos más de 15 meses desde el día 1 de abril de 2013, con fecha 3 de lulio de 2014, se remite escrito al Ayuntamiento en el que se le indica que se procede a la devolución de la documentación remitida el dla 26~ y asimismo se significa que el Ayuntamiento puede atender, en todos sus términos, los requerimientos realizados en su dla, lo que supondria, en su caso, la continuación del expediente. Con fecha 10 de febrero de 2017, el Ayuntamiento remite escrito, en el que solicita se retome el expediente, se continúe su tramitación y así poder finalizar la Modificación Puntual no 2 del PDSU, aportando la siguiente documentación: -. Informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar, de fecha 15 de diciembre de 2016, en el que concluye: Por todo lo anterionnente expuesto, a los efectos previstos en el articulo 25.4 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, esta Confederación Hidrográfica INFORMA FA VORABLEMENTE la MODIFICACiÓN PUNTUAL IV" 2 DEL PLAN DE DELIMITACiÓN DE SUELO URBANO OE CAÑETE (CUENCA), siempre y cuando no se supere el volllmen de m 3, y sin perjuicio de las determinaciones que, como consecuencia de estudios más detallados o nueva documentación, se puedan establecer en las autorizaciones que preceptivamente, se deben obtener de este Organismo. " ". Informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Delegación de Economfa y Hacienda de Cuenca de fecha 30 de enero de 2014: C POTU P... o:t.l0

38 Castilla La Mancha Oifel;c.i6n PnM-ocial ConseJerla de Fomento CI. Ftf1I\III~ 2!1 (E~~I c.p CUENCA Consultados nuestros archoos, el Estado NO es propietario de ningún bien inmueble en este téfttiino municipal, siendo únicamente arrendatan"o de un inmueble donde está ubicado el cuartel de la Guardia CMI Informe de la Consejerla de Bienestar Social de fecha 11 de julio de 2016: ~ Una vez revisada la documentación aportada, atendiendo exclusivamente al cumplimiento e integración de las condiciones de Accesibilidad establecidas por la Normativa aplicable, se informa FAVORABLEMENTE la modmcación presentada. -. Informe del Ministerio de Fomento, Agencia Estatal de Seguridad Aérea, dirigido al SESCAM, de fecha 1 B de julio de 2014: "Con relación a la solicitud fofttiulada en su escrito de fecha de entrada 28/ , como paso previo para el establecimiento de helipuerto de uso restringido en Canete, Cuenca y cuyas coordenadas geográficas son: Lal: 4CP01'38.15"N y Long: '17.29'W le informo de que, consultados el Estado Mayor del Aire y las Direcciones de Aeropuertos y Navegación Aérea de Aena, no existe inconveniente operativo para la ubicación en el emplazamiento solicitado desde el punto de vista de su compatibilidad con el espacio aéreo actual. La presente notificación de compatibilidad por parte AESA, lo es exclusivamente desde el punto de vista el espacio aéreo. Por lo tanto, no presupone ningún tipo de autorización de la infraestructura ni de la operación, la cual está condicionada a la resolución favorable de las subsiguientes fases del procedimiento de autorización de AESA. -. Certificado municipal de fecha 17 de febrero de 2017, según el cual: "que en sesión pública extraordinaria celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento el pasado dla veinticinco de enero de dos mil diecisiete, entre otros, se adoptó el siguiente acuerdo: PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modmcación no 2 del Plan de Delimitación de Suelo Urbano de Cañete. SEGUNDO. Elevar el expediente de modmcación no 2 del Plan de Delimitación de Suelo Urbano a la Consejerfa de Fomento con el fin de que resuelva sobre su aprobación definitiva. TERCERO. Si la resolución de la Consejerfa de Fomento es favorable se elevará a definitivo el presente acuerdo y se publicará en el Bo/eUn Oficial de la Provincia el acuerdo de aprobación definitiva asl como las normas urbanlsticas, a los efectos del articulo 157 del Decreto , y del articulo 33 de la Ley , de 8 de marzo de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha y depositar un ejemplar debidamente diligenciado en esle Ayuntamiento para garantizar su publicidad. " -. Dos ejemplares del proyecto debidamente diligenciados, en soporte papel e informático. Como quiera que la Modificación afecta a espacios libres, de conformidad con el articulo 39.3 de TRLOTAU y RP LOTAU, con fecha 17 de febrero de 2017 se requiere el informe favorable de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla-la Mancha, dando cuenta de ello al Ayuntamiento de Cañete. Certificado del secretario de la CROTU, fecha 8 de mayo de 2017, en los siguientes términos: "Que la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en la sesión celebrada el 8 de mayo de 2017, en relación con el punto sexto del orden del dla MODIFICACIÓN PUNTUAL C POIU~17 P... S1;Iit10

39 N'2 DEL PLAN DE DELIMITACiÓN DE SUELO URBANO DE CAÑETE (CUENCA). INFORME SEGÚN EL ARTIcULO 39.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LOTAU y DEL REGLAMENTO DE PLANEA MIENTO). (EXP. 5/17 CU) ha adoptado por unanimidad de los miembros el siguiente ACUERDO: «De acuerdo con lo establecido en el artículo 39.3 del Decreto Legislativo 1/2010, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y Actividad Urbanística, y en e del Decreto , por el que se aprueba su Reglamento de Planeam;ento, y en virtud de la competencia atribuida a la Comisión Regional en la letra j) del artículo 9.1 del Decreto 235/2010, de 30/ , de Regulación de Competencias y de Fomento de la Transparencia en la Actividad Urbanística de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y sobre la base de/informe Técnico de 4 de mayo de 2017, de la Jefa de Servicio de Planeamiento Municipal, INFORMAR FAVORABLEMENTE la Modificación Puntual no 2 DEL Plan de Delimitación de Suelo Urbano de Cañete (Cuenca), teniendo en consideración que la nueva ordenación adoptada, si bien elimina los espacios libres previstos actualmente, cumple con los estándares de calidad urbana en suelo urbano de reserva definidos en el articulo 23 del Reglamento de Planeamiento para municipios que cuenten con Plan de Delimitación de Suelo Urbano, calificándose en parte estos espacios libres como equipamiento público; que el carácter aislado y autónomo del poligono hace innecesaria la disposición de una " franja verde" entre suelo industrial y residencia', franja que si se entiende conveniente cuando existe una continuidad entre dichos suelos; y que la Ordenanza Zonal 6 industrial exige el ajardinamiento proporcional a 1 árbol por cada 35 m 2 de parcela no edificada, con ocupaciones como máximo del 75% en el grado 2 y del 60"" en el grado 3, aplicables en el poligono, dando como resultado espacios ajardinados dentro de las parcelas de titularidad privada, y por lo tanto, sin coste de mantenimiento para el municipio, que serán substitutivos de los espacios libres, en su mayoria residuales, previstos en el planeamiento vigente, y responderán de manera más adecuada a las necesidades de uso y disfrute requeridas por los trabajadores de las industrias ubicadas en el poligono. El Expediente se remitirá al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha para su preceptivo dictamen."- Dictamen del Consejo Consultivo de Castilla la Mancha de fecha 31 de julio de 201 7: "Informar favorablemente la Modificación Puntual número 2 del Plan de Delimitación de Suelo Urbano de Cañete (Cuenca), que afecta a espacios libres. Completado y subsanado el expediente procedemos al examen del proyecto técnico. ESTUDIO TÉCNICO La presente Modificación Puntual no 2 ha sido redactada por D. Alberto Zalve Olmos. MEMORIA INFORMATIVA Ámbito de la modificación y determinaciones del planeamiento vigente El ámbito de la presente modificación es el denominado "Poligono Industrial" por el planeamiento vigente, situado aproximadamente a Kilómetro y medio al sur de la núcleo urbano de Caf'lete, próximo a la carretera N-420, al oeste de la misma. El ámbito de la presente modificación comprende los terrenos delimitados en el planeamiento vigente en el plano no 9 de Ordenación, denominado "Polfgono Industrial". CPOTU C/2OI7

40 Castilla La Mancha Dncd6n Provincial Consejerfa de Fomento o. F'ermln Cabalero. 20 (E'laciOnAuklbtlses) C.P CUENCA El suelo se encuentra clasificado como urbano de reserva, incluyendo una zona de suelo urbano consolidado (instalaciones del matadero), y se califica como Zona 6, PolIgono Industrial. Las superficies definidas por el planeamiento vigente son: Total Polígono Espacios Libres Dotaciones Públicas Viario Cuadro de superficies m' m' m' m 100,00 % 1052% 763% 2642% Diferenciando por clasificación de suelo: Total Polígono Cuadro de Superficies m Suelo urbano consolidado Zonas edificables privativas Dotaciones Públicas Espacios libres Equ pam entos Suelo urbano de reserva Zonas edificables orivativas Dotaciones Públicas Es saos Ubres EQu pam entos Viario m Om m' 948 m m m m m m m m 100,00% 0,00 m2 100,00 % 1916 m 80,84 % 100,00 % 5949% 40 51% 989% 2835 m 2835% * según plano de planea miento vigente n 9 de Ordenación "PoHgono Industrial" Afecta a los planos de Ordenación del POS de Canete.: - Plano no 4 de Ordenación "Calificación del suelo rústico" - Plano no 9 de Ordenación "Pollgono Industrial" MEMORIA JUSTIFICATIVA Descripción V justificación de la modificación adoptada El PoHgono Industrial determinado en el planeamiento vigente posee una delimitación definida en el plano no 9 de Ordenación "PoHgono Industrial", aunque resulta imprecisa al carecer dicho plano de base topográfica. Asimismo, según el articulo 3.3 "Estructura del suelo urbano" de la Memoria Justificativa del PDS de Canete, se menciona que el suelo del poligono industrial es de propiedad municipal, lo cual ayuda a la definición de sus limites. Igualmente, la ordenación detallada de dicho poligono carece de base topográfica, y por lo tanto no se ajusta a la realidad flsica. Objetivos generales de la presente modificación del POS: 1. Redelimitar el Poligono Industrial sin modificar los limites conceptuales del planeamiento vigente, pero redefiniéndolos al adaptar10s a la realidad física que resulta del pertinente levantamiento topogréfico. Asimismo, y con el mismo criterio de adecuarse a la realidad flsica, se redelimita el suelo urbano consolidado (instalaciones del matadero). 2. Modificación de la ordenación detallada, adaptándola a la realidad flsica que resulta del pertinente levantamiento topográfico. C.P.O.T u p,g n. 7 <lit 10

41 Por lo tanto, la consecución de los objetivos, con las consideraciones citadas, se concretan del siguiente modo: 1. La delimitación de pollgono industrial queda definida en la presente modificación del POS de la siguiente forma: Limite Norte: camino existente Limite Este: camino existente Limite Sur: propiedad municipal Límite Oeste: propiedad municipal y edificaciones 2. La modificación de la ordenación detallada responde a los siguientes criterios: Se pretende una mejor planificación de la zona Red Viaria: - Aprovechar en lo posible los caminos existentes para generar los nuevos viarios. De esta forma se generan los viarios norte y este de cierre del poligono, y el viario central, paralelo al viario este de cierre. - Aumentar la anchura para mejorar las necesidades de tráfico pesado, estableciendo 15 m. para los viarios centrales y 12 m. para extremos. - Crear rotondas en los cruces que se prevén más concurridos Crear manzanas edificatorias que respondan a la aplicación práctica de la Ordenanza Zonal 6 para sus 3 grados. Cuadro de supeñicies de la ordenación modificada: Cuadro de Superficies Polígono Industrial m Suelo urbano consolidado m 100,00% Zonas edifica bies privativas Om 0,00% Dotaciones Públicas m< 100,00% Equipamientos m 100,00% Suelo urbano de reserva m< 100,00% Zonas edifica bies privativas m' 66.67% Dotaciones Públicas m' 33,33% Equipamientos m' 5,22% Viario m 28,11% C.P o T U

42 Castilla La Mancha 0Irec:ti0n ProYinclal Consejerfa de Fomento CI.~~. 2D {Estaci6nAllIOlJl4oH) CP CUEtICA Cumplimiento del articulo 23 del Reglamento de Planeamiento, eliminación de los espacios libres de planeamlento vigente: Con la nueva ordenación adoptada se cumple con los estándares de calidad urbana en suelo urbano de reserva definidos en el articulo 23 del Reglamento de Planeamiento, para municipios que cuenten con Plan de Delimitación de Suelo Urbano, de tal forma que un tercio de este suelo (véase cuadro de superficies en el apartado anterior) se destina a dotaciones públicas. Se opta, tal y como permite dicho articulo, a que toda la superficie de dotaciones (sin viario) se destine a equipamientos, eliminando los espacios libres previstos en el PDSU vigente, ya que se considera más provechoso para el municipio, además de por el carácter aislado y autónomo del pollgono que hace innecesaria la disposición de una ''franja verde" entre suelo industrial y residencial, franja que si se entiende conveniente cuando existe una continuidad entre dichos suelos. Asimismo, la aplicación de la Ordenanza Zonal 6 a las edificaciones que se construyan, dará como resultado que se generen espacios libres ajardinados para las industrias de grados 2 y 3 (que son en las que se prevén un número apreciable de trabajadores); espacios que serán privados de superficies equivalentes", y que pueden ser substitutivos de los públicos, y por lo tanto, sin coste de mantenimiento para el municipio, y que respondernn a las necesidades de uso y disfrute requeridas. Con los mismos criterios expuestos se elimina el espacio libre en suelo urbano consolidado destinándolo a uso de equipamiento... ejemplo: la edificación de 10 parcelas de m 2 de industria de grado 3 generarla unos espacios libres ajardinados (6.800 m 2 con 1 árbol cada 35 m 2 ) equivalentes a los m 2 de espacios libres públicos a eliminar. Motivación del aumento de superficie: La presente modificación de planeamiento no pretende aumentar la superficie total del pollgono industrial con respecto del planeamiento vigente. Dicho aumento de superficie es el resultado de la redefinición de los limites, ajustándose a la realidad física de la que carece el documento vigente. La presente modificación de planeamiento no pretende aumentar la superficie del suelo urbano consolidado con respecto del planeamiento liigente. Dicho aumento de superficie responde únicamente a ajustar los limites definidos por el planeamiento vigente a la realidad de un levantamiento topográfico preciso. INFORME El planeamiento liigente en el municipio es el Plan de Delimitación de Suelo Urbano de Canete, aprobado por resolución de la Comisión Provincial de Urbanismo de Cuenca en sesión celebrada el 20 de septiembre de y una modificación puntual aprobada por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 15 de mayo de El expediente de Modificación Puntual se ha tramitado conforme al TRLOTAU, tanto en procedimiento como en contenido. Se cumplen todos los condicionantes establecidos en los arts. 39 y 41 TRLOTAU y 119 ~ 121 del RPLOTAU. ACUERDO FINAL En base a lo anterior y a los informes favorables que constan en el expediente, así como por considerar que se da cumplimiento a las determinaciones establecidas en el TR LOTAU y ha C.P O.T U -v.!011 P... 9~IO

43 sido tramitado en debida forma, es por lo que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de acuerdo con los articulas 37.3 del TRLOTAU, del RPLOTAU y 10.1.d) del Decreto 235/2010 de Regulación de Competencias y de Fomento de la Transparencia en la Actividad Urbanfstica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, acuerda por unanimidad la aprobación definitiva del expediente de Modificación Puntual no 2 del Plan de Delimitación de Suelo Urbano de Cañete (Cuenca). Asimismo el Ayuntamiento deberá proceder a la publicación Integra en el Boletln Oficial de la Provincia (B.O. P.), del acuerdo de aprobación definitiva asi como de las normas urbanlsticas, de conformidad con el articulo 157 del Reglamento de Planeamiento del TR LOTAU, aprobado por Decreto , de 14 de septiembre de 2004 (o.o.c. M. no 179 de ). Contra el presente acuerdo, se podrá interponer, a tenor de lo dispuesto en el Art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE numo 167, de 14 de julio), Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación del presente acto. Sin pe~ u icio a lo anterior, se podrá, previamente, dirigir requerimiento ante la Consejerla de Fomento, en virtud de lo dispuesto en el Art Y 3 de la Ley , de 13 de julio, en el plazo de dos meses desde la presente notificación, en cuyo caso, según lo establecido en el arto 46.6 de la referida Ley, el plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo se contará desde el día siguiente a aquél en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente realizado. Se devuelve un ejemplar del documento debidamente diligenciado y sellado. LA SECRETARIA DE LA COMISiÓN PROVINCIAL DE ORDENACiÓN DEL T R TORIO Y URBANISMO /;.~. 1.,,11, J M.1;1,11.1 ' Y 'VI Fdo.: Márla oyore ebra Uandres..",. r.- d CPOIU4I2017 P... l0~'o

44 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PLAN DE DELIMITACIÓN DE SUELO DE CAÑETE (CUENCA) POLÍGONO INDUSTRIAL PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CAÑETE JUNIO DE 2016 ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

45 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE 2016 ÍNDICE: 1. MEMORIA INFORMATIVA 1.1. Legislación aplicable 1.2. Instrumentos de ordenación territorial vigentes 1.3. Ámbito de la modificación y determinaciones del planeamiento vigente 1.4. Red viaria e infraestructuras existentes 1.5. Cartografía 2. MEMORIA JUSTIFICATIVA 2.1. Descripción y justificación de la modificación adoptada 2.2. Abastecimiento de agua. Origen del agua y estudio de demandas 2.3. Saneamiento 2.4. Suministro eléctrico 2.3. Legislación sectorial con incidencia urbanística 3. NORMATIVA URBANÍSTICA 4. PLANOS DE INFORMACIÓN I.1. Situación I.2. Topográfico I.3. Catastral I.4. Ordenación Actual I.5. Bienes Protegidos 5. PLANOS DE ORDENACIÓN O.1. Ordenación. Polígono Industrial O.2. Ordenación. Polígono Industrial. Infraestructuras ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

46 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE MEMORIA INFORMATIVA 1.1 Legislación aplicable La presente modificación puntual del PDS de Cañete se tramita al amparo de lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y DE LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA., D.O.C.M. nº 97 de ; así como lo dispuesto en el Decreto 248/2004, de 14 de Septiembre, por el que se aprueba el REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO DE LA LEY 2/1998, de 4 de junio, de ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ACTIVIDAD URBANÍSTICA EN CASTILLA-LA MANCHA (LOTAU), D.O.C.M. nº 179 de Adicionalmente, el diseño y determinaciones se apoyan en la legislación vigente en materia de accesibilidad y eliminación de barreras, de la que destaca: o Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. o Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. o Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por el que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. o Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad. o Ley 1/1994, de 24 de mayo, de Accesibilidad y Eliminación de Barreras en Castilla-La Mancha (Ley ACC) o Decreto 158/1997, de 2 de diciembre, Código de Accesibilidad de Castilla-La Mancha que la desarrolla (Código ACC) 1.2 Instrumentos de ordenación territorial vigentes El planeamiento urbanístico vigente es el Plan de Delimitación de Suelo Urbano (PDS) de Cañete, aprobado por Comisión Provincial de Urbanismo con fecha de 20 de Septiembre de Ámbito de la modificación y determinaciones del planeamiento vigente El ámbito de la presente modificación es el denominado Polígono Industrial por el planeamiento vigente, situado aproximadamente a Kilómetro y medio al sur de la núcleo urbano de Cañete, próximo a la carretera N-420, al oeste de la misma. ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

47 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE 2016 El ámbito de la presente modificación comprende los terrenos delimitados en el planeamiento vigente en el plano nº 9 de Ordenación, denominado Polígono Industrial. El suelo se encuentra clasificado como urbano de reserva, incluyendo una zona de suelo urbano consolidado (instalaciones del matadero), y se califica como Zona 6, Polígono Industrial. Las superficies definidas por el planeamiento vigente son: Cuadro de Superficies Total Polígono m 2 100,00 % Espacios Libres m 2 10,52 % Dotaciones Públicas m 2 7,63 % Viario m 2 26,42 % Diferenciando por clasificación de suelo: Cuadro de Superficies * Total Polígono m 2 Suelo urbano consolidado m 2 100,00 % Zonas edificables privativas 0 m 2 0,00 % Dotaciones Públicas m 2 100,00 % Espacios Libres 948 m 2 19,16 % Equipamientos m 2 80,84 % Suelo urbano de reserva m 2 100,00 % Zonas edificables privativas m 2 59,49 % Dotaciones Públicas m 2 40,51 % Espacios Libres m 2 9,89 % Equipamientos m 2 2,27 % Viario m 2 28,35 % *según plano de planeamiento vigente nº 9 de Ordenación Polígono Industrial Afecta a los planos de Ordenación del PDS de Cañete.: - Plano nº 4 de Ordenación Calificación del suelo rústico - Plano nº 9 de Ordenación Polígono Industrial 1.4 Red viaria e infraestructuras existentes El planeamiento vigente no se ha desarrollado, y por lo tanto no existe red viaria (únicamente caminos sin asfaltar) ni servicios urbanísticos requeridos. 1.5 Cartografía La empresa responsable de la elaboración del levantamiento topográfico es GLOBAL MEDITERRANEA S.L., domiciliada en Santa Genoveva Torres, 30 bajo dcha., Valencia. El trabajo de campo se realizó en Noviembre de Sistemas de referencia, geodésico y proyección empleados: Se adopta el Sistema de Referencia European Datum 1950 (ED-50) de las series cartográficas oficiales, en sus diversas escalas, según Decreto 2303/1970, de 16 de julio: o Elipsoide Internacional de Hayford o Punto Fundamental o Datum: Potsdam-Torre de Helmert. ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

48 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE 2016 o Origen de Longitudes: meridiano de Greenwich. Positivas al E. y negativas al W. o Latitudes referidas al Ecuador y consideradas positivas al N. del mismo. En cuanto al Sistema Geodésico, se adopta la Red de Europa Occidental (RE-50) definido, mediante la Red Geodésica Nacional, por el Instituto Geográfico Nacional como Organismo responsable por parte de la Administración del Estado, según Ley 7/1986 de 24 de Enero. Las altitudes geodésicas de los vértices, obtenidas desde las líneas de Nivelación de Alta Precisión, quedan referidas al nivel medio del mar, definido para la península por el mareógrafo fundamental del Puerto de Alicante. Como Sistema Cartográfico de representación se emplea la Proyección Universal Transversa de Mercator (U.T.M.) que es el adoptado según el mencionado Decreto 2303/1970 de 16 de Julio. La zona de trabajo esta comprendida dentro del Huso 30. El Sistema de Referencia global sobre Elipsoide W.G.S.-84 utilizado en las mediciones satelitales (Sistema de Posicionamiento Global -G.P.S.-) tiene como origen el centro de la Tierra, EJE Z según su eje de rotación medio, EJE X según el meridiano de Greenwich y contenido en el plano del Ecuador y EJE Y perpendicular a los anteriores de forma que la terna sea dextrógira. ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

49 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE MEMORIA JUSTIFICATIVA 2.1 Descripción y justificación de la modificación adoptada El Polígono Industrial determinado en el planeamiento vigente posee una delimitación definida en el plano nº 9 de Ordenación Polígono Industrial, aunque resulta imprecisa al carecer dicho plano de base topográfica. Asimismo, según el artículo 3.3 Estructura del suelo urbano de la Memoria Justificativa del PDS de Cañete, se menciona que el suelo del polígono industrial es de propiedad municipal, lo cual ayuda a la definición de sus límites. Igualmente, la ordenación detallada de dicho polígono carece de base topográfica, y por lo tanto no se ajusta a la realidad física. Objetivos generales de la presente modificación del PDS: 1. Redelimitar el Polígono Industrial sin modificar los límites conceptuales del planemiento vigente, pero redefiniéndolos al adaptarlos a la realidad física que resulta del pertinente levantamiento topográfico. Asimismo, y con el mismo criterio de adecuarse a la realidad física, se redelimita el suelo urbano consolidado (instalaciones del matadero). 2. Modificación de la ordenación detallada, adaptándola a la realidad física que resulta del pertinente levantamiento topográfico. Por lo tanto, la consecución de los objetivos, con las consideraciones citadas, se concretan del siguiente modo: 1. La delimitación de polígono industrial queda definida en la presente modificación del PDS de la siguiente forma: - Límite Norte: camino existente - Límite Este: camino existente - Límite Sur: propiedad municipal - Límite Oeste: propiedad municipal y edificaciones 2. La modificación de la ordenación detallada responde a los siguientes criterios: - Se pretende una mejor planificación de la zona - Red Viaria: - Aprovechar en lo posible los caminos existentes para generar los nuevos viarios. De esta forma se generan los viarios norte y este de cierre del polígono, y el viario central, paralelo al viario este de cierre. - Aumentar la anchura para mejorar las necesidades de tráfico pesado, estableciendo 15 m. para los viarios centrales y 12 m. para extremos. - Crear rotondas en los cruces que se prevén más concurridos - Crear manzanas edificatorias que respondan a la aplicación práctica de la Ordenanza Zonal 6 para sus 3 grados. ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

50 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE 2016 Cuadro de superficies de la ordenación modificada: Cuadro de Superficies Polígono Industrial m 2 Suelo urbano consolidado m 2 100,00 % Zonas edificables privativas 0 m 2 0,00 % Dotaciones Públicas m 2 100,00 % Equipamientos m 2 100,00 % Suelo urbano de reserva m 2 100,00 % Zonas edificables privativas m 2 66,67 % Dotaciones Públicas m 2 33,33 % Equipamientos m 2 5,22 % Viario m 2 28,11 % Cumplimiento del artículo 23 del Reglamento de Planeamiento, eliminación de los espacios libres de planeamiento vigente: Con la nueva ordenación adoptada se cumple con los estándares de calidad urbana en suelo urbano de reserva definidos en el artículo 23 del Reglamento de Planeamiento, para municipios que cuenten con Plan de Delimitación de Suelo Urbano, de tal forma que un tercio de este suelo (véase cuadro de superficies en el apartado anterior) se destina a dotaciones públicas. Se opta, tal y como permite dicho artículo, a que toda la superficie de dotaciones (sin viario) se destine a equipamientos, eliminando los espacios libres previstos en el PDSU vigente, ya que se considera más provechoso para el municipio, además de por el carácter aislado y autónomo del polígono que hace innecesaria la disposición de una franja verde entre suelo industrial y residencial, franja que sí se entiende conveniente cuando existe una continuidad entre dichos suelos. Asimismo, la aplicación de la Ordenanza Zonal 6 a las edificaciones que se construyan, dará como resultado que se generen espacios libres ajardinados para las industrias de grados 2 y 3 (que son en las que se prevén un número apreciable de trabajadores); espacios que serán privados de superficies equivalentes*, y que pueden ser substitutivos de los públicos, y por lo tanto, sin coste de mantenimiento para el municipio, y que responderán a las necesidades de uso y disfrute requeridas. Con los mismos criterios expuestos se elimina el espacio libre en suelo urbano consolidado destinándolo a uso de equipamiento. *ejemplo: la edificación de 10 parcelas de m 2 de industria de grado 3 generaría unos espacios libres ajardinados (6.800 m 2 con 1 árbol cada 35 m 2 ) equivalentes a los m2 de espacios libres públicos a eliminar. Motivación del aumento de superficie: La presente modificación de planeamiento no pretende aumentar la superficie total del polígono industrial con respecto del planeamiento vigente. Dicho aumento de superficie es el resultado de la redefinición de los límites, ajustándose a la realidad física de la que carece el documento vigente. La presente modificación de planeamiento no pretende aumentar la superficie del suelo urbano consolidado con respecto del planeamiento vigente. Dicho aumento de superficie responde únicamente a ajustar los límites definidos por el planeamiento vigente a la realidad de un levantamiento topográfico preciso. ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

51 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE 2016 Accesibilidad: Según el artículo 4.1. de la Ley 1/1994, de 24 de Mayo, de Accesibilidad y Eliminación de Barreras de Castilla La Mancha, Se garantizará el libre acceso y utilización de las vías públicas y demás espacios de uso común a las personas con limitaciones en su movilidad o en su percepción sensorial del entorno urbano. La presente modificación de planeamiento, y los posteriores proyectos de urbanización que lo desarrollen, cumplirán con la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, así como con el Decreto 158/1997, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Código de accesibilidad de Castilla-La Mancha, desarrollo de la Ley 1/1994, de 24 de mayo, de accesibilidad y eliminación de barreras en Castilla-La Mancha. Tal como se indica en el plano O.1, se cumplen las condiciones de pendientes y dimensionales mínimas. Todas las pendientes se encuentran por debajo del 6%, todas las aceras tienen una anchura de paso mínima de 1,8m en el itinerario peatonal, disponiendo señalización, mobiliario e iluminación o bien colgadas o bien en las intersecciones, donde se incrementa el ancho, en cualquier caso sin interrumpir la franja de paso mínima de 1,8m. Conexión con carretera N-420: En cuanto a la conexión entre el polígono industrial y la carretera N-420, se mantiene el vial de conexión definido en el plano nº 9 de ordenación del planeamiento vigente, planificándose un enlace en T con carriles de aceleración y desaceleración en el encuentro y en carril central, concretamente en el punto kilométrico 498,7. Las características técnicas y funcionales de este acceso cumplirán lo previsto en la Orden Ministerial de 16 de diciembre de 1997 y sucesivas modificaciones (OF 392/06 y OF 1740/06) por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y la construcción de instalaciones de servicios, así como a la normativa vigente aplicable. Plazas de aparcamiento: Se estima, de acuerdo con el Art b) del RPLOTAU y según los datos expuestos en esta memoria, que será necesaria la dotación de 1 plaza de aparcamiento por cada 400 m² de techo edificable de uso privativo m² x 1 / 400 = 129 plazas de aparcamiento De estas, como mínimo una de cada 40 deberán ser accesibles para personas con movilidad reducida (PMR), cumpliendo las condiciones dimensionales indicadas en los esquemas del plano O.1 y con ubicación próxima a zonas verdes y equipamientos. El total de plazas destinadas a PMR asciende a 4 plazas. Ausencia de afección al régimen de corrientes y a terceros: Se justifica la no interferencia en el régimen de corrientes y la no afección a terceros de la presente modificación de planeamiento, en el documento Estudio de Inundabilidad y Riesgos de Avenida, elaborado por la empresa Grupo Trébol 5, S.L. ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

52 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE Abastecimiento de agua. Origen del agua y estudio de demandas Origen del agua: El abastecimiento de agua del polígono industrial provendrá de la concesión de aguas superficiales a derivar del río Chorreadero, en la partida Las Noguerillas del término municipal de Cañete (Cuenca), con destino a uso industrial, con expediente de la Confederación Hidrográfica del Júcar 2014RC0003 (modificación de primitiva concesión con expediente 2006RT0048). La citada concesión posee un volumen máximo anual de m³, y un caudal máximo instantáneo de 14,87 l/s, su único destino será el abastecimiento del polígono industrial y se entiende suficiente para satisfacer las demandas del mismo según se desprende del estudio de demandas del siguiente apartado. Estudio de demandas: Un cálculo preciso de necesidad de agua implicaría un conocimiento del tipo de industria que se instalará en el polígono. Los caudales máximos demandados en los polígonos industriales pueden presentar valores extraordinariamente dispersos. Estas variaciones son notables, incluso en industrias que tengan el mismo cometido, debido a la influencia de los procesos fabriles que se adopten. Para establecer las dotaciones de consumo del agua en el caso de usos industriales, se tomará como referencia el Anexo III de la Orden Ministerial de 24 de septiembre de 1992, como se establece en el artículo 5.2 del PHCJ al no disponer de datos reales de las industrias que se implantarán en las futuras áreas industriales. En este anexo se establece que: En los nuevos polígonos industriales se podrá establecer la demanda considerando una dotación anual de m 3 /hectárea. Con todo ello, se adoptan los siguientes valores de demanda: Superficie (Ha) Dotación (m 3 /Ha/año) Demanda anual (m 3 /año) Polígono industrial 8, Como se dispone de un aprovechamiento con un caudal de 14,87 l/s., se entiende suficiente para satisfacer la demanda del polígono industrial, ya que supone un abastecimiento potencial máximo diario de m 3 /día y anual de m 3 /año. Por otra parte, la previsión es que el polígono se desarrolle por fases, por lo tanto, dependiendo del desarrollo edificatorio y necesidad real de agua del polígono, en función del tipo de industrias y equipamientos que se ubiquen, la demanda estimada de agua será progresiva. 2.3 Saneamiento La red de saneamiento se planifica separativa, disponiéndose redes independientes para la recogida de las aguas residuales y pluviales. ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

53 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE 2016 Las industrias que se instalen tendrán la obligación de que el vertido de sus aguas sea asimilable al agua doméstica, adoptando, en su caso, los tratamientos previos oportunos para tal fin. En tal circunstancia se hallan ya las instalaciones del matadero, depurando sus aguas residuales. La red de saneamiento (sólo aguas residuales) conectará en la parte baja del polígono industrial con colector existente de 300 mm. de diámetro, que conecta con la estación depuradora de aguas residuales (E.D.A.R.) de Cañete. La E.D.A.R. de Cañete posee un caudal de proyecto para su dimensionamiento de 300 m 3 /día, con capacidad de admitir una punta de 5 veces este valor. La previsión es que el polígono se desarrolle por fases, por lo tanto, dependiendo del desarrollo edificatorio y consumo real de agua del polígono, en función del tipo de industrias y equipamientos que se ubiquen, es posible que se tenga que ampliar la E.D.A.R. de Cañete para dar servicio al mismo. 2.4 Suministro eléctrico Actualmente existe una línea de alta tensión aérea de 15 KV, que cruza parte del polígono industrial. Se trata de un ramal que abastece a las instalaciones del matadero que deberá ser suprimida en el tramo que cruza el polígono. Desde dicha línea de alta tensión se planifica el suministro eléctrico al polígono industrial, debiendo soterrarse en su último tramo de acometida hasta el centro de transformación a media tensión, desde el cual se planifica una red de media tensión hasta una previsión de centros de transformación a baja tensión. Desde estos últimos centros se suministrará a las redes de suministro de energía eléctrica y alumbrado público del conjunto del polígono industrial. 2.5 Legislación sectorial con incidencia urbanística En el ámbito del Polígono Industrial afecta la siguiente legislación sectorial: Carreteras: Discurre próximo al Polígono la carretera estatal N-420, no obstante la zona de protección a cada lado de la misma de 50 m. desde el borde exterior de la explanación, no afecta al mismo. Legislación de aplicación: - Ley 25/1988, de 29 de julio, LEY DE CARRETERAS (B.O.E. 30/7/1988) - Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, REGLAMENTO GENERAL DE CARRETERAS (B.O.E. 23/9/1994) - Ley 9/1990, de 28 de diciembre, LEY DE CARRETERAS Y CAMINOS DE CASTILLA-LA MANCHA (D.O.C.M. 2/1/1991) Línea de Alta Tensión: Actualmente existe una línea de alta tensión aérea de 15 KV, que cruza parte del polígono industrial. Se trata de un ramal que abastece a las instalaciones del matadero que deberá ser suprimida en el tramo que cruza el polígono. Legislación de aplicación: ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

54 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE Ley 54/1997, de 27 de noviembre, LEY DE ORDENACIÓN DEL SECTOR ELÉCTRICO (B.O.E. 28/11/1997) Aguas: Legislación de aplicación: - Texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y modificado por la Ley 11/2005, de 22 de junio. Accesibilidad: Se deberá tener en cuenta e implementar la legislación expuesta en el apartado 1.1 de la memoria informativa. ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

55 MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2 DE PDS DE CAÑETE POLÍGONO INDUSTRIAL JUNIO DE NORMATIVA URBANÍSTICA La presente modificación puntual del PDS de Cañete NO modifica la Normativa Urbanística. 4. PLANOS DE INFORMACIÓN Se adjuntan los planos de información I.1, I.2, I.3, I.4 e I PLANOS DE ORDENACIÓN Se adjuntan los planos de ordenación O.1.y O.2 EL ARQUITECTO: Fdo: Alberto Zalve Olmos ARQUITECTO: ALBERTO ZALVE OLMOS

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57 COORDENADAS UTM DE LAS BASES DE REPLANTEO: NUMERO X Y Z

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RGE1 RGE2 MPE1 MPE2 MPE3 MPE4 MPE5 MAUT postal

RGE1 RGE2 MPE1 MPE2 MPE3 MPE4 MPE5 MAUT postal 16195 Abia de la Obispalía 3 X X X 16412 Acebrón (El) 3 X X X 16214 Alarcón 3 X X X 16111 Albaladejo del Cuende 3 X X X 16841 Albalate de las Nogueras 3 X X X 16812 Albendea 3 X X X 16620 Alberca de Záncara

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