Reglamento de reconocimiento de créditos optativos Página 1
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- Germán Molina Duarte
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1 REGLAMENTO DE LA PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS OPTATIVOS INTRODUCCIÓN La Normativa sobre reconocimiento y transferencia de créditos en los estudios de grado, aprobada en el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU de 16 de mayo de 2012 y publicada en el BOPV número 119 de 19 de junio de 2012, se aplicará con carácter general a los reconocimientos de créditos que se soliciten para cursar estudios oficiales de Grado en los centros de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea. Según el artículo 2.1 de la mencionada normativa, los órganos de la UPV/EHU con competencia en la materia son: el Rector/Rectora o Vicerrector/Vicerrectora en quien delegue las competencias y la Comisión de Ordenación Académica del centro. De acuerdo con la normativa vigente y con la finalidad de complementar la citada normativa, la Junta de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, a propuesta de la Comisión de Ordenación Académica, con relación al reconocimiento de créditos optativos, y en su sesión celebrada el 24 de julio de 2015, aprobó lo siguiente: Entre otros, pueden ser objeto de reconocimiento de créditos optativos: a) La realización de actividades culturales, deportivas, solidarias y de cooperación. b) Representación estudiantil c) Las prácticas académicas externas extracurriculares, cuando así lo prevea el correspondiente Plan de Estudios. d) La experiencia laboral y profesional acreditada. e) Los títulos de técnica o técnico superior de formación profesional. f) Los créditos obtenidos por el o la estudiante en unas enseñanzas universitarias oficiales y que no hayan servido para el reconocimiento de asignaturas. TRAMITACIÓN Y PLAZOS Con carácter general, la unidad de reconocimiento será la asignatura, si bien en el caso de reconocimiento de la optatividad, podrá éste llevarse a cabo por un número concreto de créditos, en función de las competencias y conocimientos asociados a los créditos superados y al resto de actividades llevadas a cabo. A este efecto, es imprescindible que él o la estudiante aporte la información suficiente sobre las competencias adquiridas por las que solicita el reconocimiento de créditos en la titulación que esté cursando en la UPV/EHU. Los estudiantes y las estudiantes presentarán su solicitud de reconocimiento de créditos optativos y la documentación correspondiente en la Secretaría del Centro en el que se hayan matriculado en los siguientes plazos: a) Actividades culturales, deportivas, solidarias y de cooperación y prácticas en empresa. Desde el 1 de octubre hasta el 30 de junio. b) La experiencia laboral y profesional, los títulos de técnica o técnico superior de formación Reglamento de reconocimiento de créditos optativos Página 1
2 profesional, los créditos obtenidos por el o la estudiante en unas enseñanzas universitarias oficiales. Un mes a partir de la iniciación oficial del curso. c) Representación estudiantil. Del 1 al 31 de mayo. El Secretario Académico o Secretaria Académica del Centro, a la vista de la documentación presentada, emitirá una resolución expresa del reconocimiento de créditos optativos, para que los mismos se incorporen al expediente de cada estudiante, previo abono de los precios públicos correspondientes. REQUISITOS Teniendo en cuenta los planes de estudio de grado ofertados en la Facultad la Comisión de Ordenación Académica del Centro ha acordado lo siguiente: Para poder solicitar créditos optativos, el/la estudiante deberá tener el primer curso completo, y además 48 créditos obligatorios aprobados, es decir un total de 108 créditos. Las solicitudes de créditos optativos deberán presentarse en bloque de 6 créditos ECTS. Es decir, no serán tramitadas solicitudes que no alcancen los 6 créditos, debido a que es el equivalente a la asignatura como unidad de reconocimiento. En el caso de créditos por prácticas externas y/o experiencia laboral o profesional, si no se alcanzase el bloque de 6 créditos podrá ser completado con créditos por actividades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. Una misma actividad únicamente podrá dar lugar a reconocimiento de créditos en una única ocasión. El reconocimiento de estos créditos optativos no incorporará calificación de los mismos, por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente. PROCEDIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. (Ver resumen en el Anexo I) A) ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN. Las y los estudiantes matriculados en la UPV/EHU podrán solicitar reconocimiento académico de créditos por la realización de actividades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación, que hayan realizado a lo largo de su permanencia en la universidad, hasta un máximo de 6 créditos del total del plan de estudios. Actividades deportivas. Certificado emitido por el Servicio de Deportes de la UPV/EHU Actividades culturales formativas. 1 crédito por cada 25 horas realizadas. a) Cursos, seminarios, organizados por los Vicedecanatos, Departamentos y Asociaciones de Estudiantes del centro que cuenten con el visto bueno de la Facultad. Certificado emitido por la Comisión de Ordenación Académica. b) Cursos, seminarios, organizados por los diferentes Vicerrectorados de la UPV/EHU. Certificado emitido por el correspondiente Vicerrectorado. c) Cursos de Verano de la UPV/EHU y de otras universidades, en este último caso 1 crédito por cada 50 horas cursadas Actividades solidarias y de cooperación. 1 crédito por cada 30 horas de dedicación. Reglamento de reconocimiento de créditos optativos Página 2
3 a) Certificado del Vicerrectorado de Responsabilidad Social y Proyección Participación en el caso de actividades de voluntariado o cooperación. b) Certificado del Vicerrectorado de Alumnado en el caso de participación en actividades del «Programa de Acompañamiento a estudiantes con discapacidades» o similares. c) Participación en acciones de tutorización y acompañamiento al alumnado de nuevo ingreso, gestionadas o avaladas por la dirección de los centros universitarios o por el Vicerrectorado de Alumnado de la UPV/EHU. B) REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL. La persona interesada deberá presentar la memoria justificativa de la actividad desarrollada. Además en el caso de actividades en órganos colegiados deberá haber asistido al menos al 75% de las sesiones. C) PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES. Cuando el Plan de Estudios de la titulación de la UPV/EHU que esté cursando así lo prevea, será posible el reconocimiento de créditos optativos por las prácticas extracurriculares realizadas por la alumna o el alumno, a razón de 1 crédito cada 25 horas de prácticas 1. Si las prácticas se realizan en el marco de un convenio de cooperación educativa entre la UPV/EHU y la entidad colaboradora: Finalizada la práctica correspondiente, la Facultad emitirá un certificado con la indicación expresa de la actividad realizada por cada estudiante y las horas realizadas en la práctica. 2. Si las prácticas se realizan fuera del marco de un convenio de cooperación educativa con la UPV/EHU: La Comisión de Ordenación Académica de la Facultad podrá estimar el reconocimiento de créditos optativos cuando cumplan los siguientes requisitos: Las prácticas deberán haber sido realizadas en instituciones y/o entidades públicas y privadas de reconocido prestigio El estudiante no debe haber mantenido ninguna relación de naturaleza laboral con la empresa, institución o entidad pública o privada durante el periodo de realización de las prácticas Documentación a presentar: o o o Convenio o acuerdo en el que se ampara la realización de las prácticas Certificado o informe final de las prácticas emitido por la empresa o institución, en el cual figuren al menos el nombre y el número de DNI del estudiante, descripción de la práctica, periodo de realización y horas realizadas Memoria final realizada por el/la estudiante con descripción detallada de las tareas desarrolladas D) EXPERIENCIA LABORAL Y PROFESIONAL ACREDITADA. Teniendo en cuenta la adecuación de las competencias y conocimientos adquiridos, puede ser objeto de Reglamento de reconocimiento de créditos optativos Página 3
4 reconocimiento la experiencia laboral y profesional acreditada, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes al título que se pretende cursar. La Comisión de Ordenación Académica del Centro resolverá si procede el reconocimiento de créditos y en qué cuantía, para lo cual previamente valorará cada solicitud para comprobar si la experiencia laboral y profesional está relacionada con las competencias inherentes al grado que se está cursando, con base en la categoría laboral y tareas desempeñadas, acorde con las competencias propias de las prácticas en empresa, según se definen en las memorias de grado. Se acuerda la equivalencia de 1 crédito por cada 90 días de experiencia profesional o laboral con dedicación a tiempo completo, hasta un máximo de 6 créditos optativos. Documentación acreditativa a presentar: Copia del contrato de trabajo Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (Vida laboral) o Certificado del período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Certificado de la empresa donde ha desarrollado su trabajo, en el que debe constar: el puesto de trabajo, los años de experiencia profesional y el ámbito de trabajo. Asimismo deberá hacer constar una descripción de las funciones y competencias desarrolladas Memoria justificativa del estudiante con las competencias y características de la experiencia laboral y profesional desarrollada. E) TÍTULOS DE TÉCNICA O TÉCNICO SUPERIOR DE FORMACIÓN La Comisión de Ordenación Académica ha aprobado un reglamento específico para este apartado. F) ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS PREVIAS. Se reconocerán créditos optativos por asignaturas de estudios universitarios previos y no convalidadas, que presenten un tipo y grado de competencias similar a las del título en que este matriculado el estudiante. Es decir cuando los estudios de grado o licenciatura realizados en la universidad de origen sean los mismos que los que este cursando el alumno en esta Facultad. RESOLUCIÓN El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de tres meses a partir del día siguiente al de presentarse la solicitud de reconocimiento en la Secretaría del Centro en el cual curse estudios el/la estudiante solicitante. Contra la resolución de la Comisión Académica del Centro que resuelva la petición de reconocimiento, podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector o Rectora en el plazo de un mes desde su notificación. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, legitimará al/la solicitante para entenderla desestimada por silencio administrativo. Reglamento de reconocimiento de créditos optativos Página 4
5 PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES FORMATIVAS ORGANIZADAS POR LA, LOS DEPARTAMENTOS UNIVERSITARIOS QUE LA COMPONEN Y LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES Según la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos en Estudios de Grado para el reconocimiento de créditos por actividades culturales formativas (Cursos, seminarios, congresos, ) organizadas por centros o departamentos universitarios de la UPV/EHU, estas actividades deberán contar con el visto bueno de los centros en los que se quieran hacer valer las mismas. En consecuencia, los Departamentos, profesores/as y Asociaciones de Estudiantes del centro interesados/as en organizar actividades culturales formativas y que deseen que se concedan créditos de reconocimiento por ellas, deberán presentar a la Comisión de Ordenación Académica la siguiente documentación: Impreso de solicitud, que incluirá la duración en horas, el periodo o fechas en que se va a impartir y la propuesta del número de créditos. Programa de la actividad. Sistema o método de control de asistencia. Visto bueno del Director/a del Departamento o aval del Vicedecano de Alumnos en el caso de las Asociaciones de estudiantes. El número mínimo de crédito que se podrá proponer por estas actividades será de 0,25 créditos y el máximo de 1,5 créditos. Cuando una misma actividad, curso, seminario o jornada se oferte durante varios cursos académicos el estudiante sólo podrá solicitar el reconocimiento por la participación en una de las ocasiones y nunca superando el máximo de 1,5 créditos. La equivalencia entre las horas de duración de la actividad y el número de créditos de reconocimiento es de 1 crédito por cada 25 horas realizadas, según la normativa vigente de la UPV/EHU. Las solicitudes deben ser presentadas ante la Comisión Académica del Centro al menos 1 mes antes de la celebración de la actividad y la Comisión decidirá en un plazo máximo de 15 días comunicando al organizador la resolución por escrito. Una vez aprobada por la Comisión Académica, y realizada la actividad formativa, la entidad organizadora deberá remitir a la Comisión un listado de los participantes con indicación del nombre y DNI, título de la actividad, período en el que se ha desarrollado la actividad y la duración expresada en horas. Una vez comprobada la veracidad de los datos aportados, el Secretario Académico o Secretaría Académica de la Facultad, emitirá a cada estudiante un certificado acreditativo, según el modelo del anexo III. Reglamento de reconocimiento de créditos optativos Página 5
6 ANEXO I TIPO ACTIVIDAD ACTIVIDAD NUMERO DE CREDITOS CERTIFICA REPRESENTACION Consejo de Gobierno Consejo Social Claustro Universitario 1,5 créditos por curso académico completo y actividad Secretaría General de la UPV/EHU ESTUDIANTIL Junta de Centro 1 crédito por curso Comisión de Centro académico completo y Secretario/a del Centro (máximo 3 créditos Delegado de Grupo actividad por curso académico) Consejo de Departamento 1 crédito por curso académico completo y actividad Secretario/a del Departamento ACTIVIDADES CULTURALES Cursos, seminarios, congresos, organizados por Centros o Departamentos Universitarios 1 crédito por cada 25 horas cursadas Vicerrectorados Centros o Departamentos Universitarios (máximo 3 créditos Cursos de Verano de la UPV/EHU 1 crédito por cada 25 horas cursadas Oficina Cursos de Verano por curso académico) Cursos de Verano de otra Universidad 1 crédito por cada 50 horas cursadas Universidad ACTIVIDADES SOLIDARIAS O DE Actividades de voluntariado o cooperación 1 crédito por cada 30 horas de dedicación Vicerrectorado de Responsabilidad Social y Proyección Universitaria COOPERACION Programa de Acompañamiento a 1 crédito por cada 30 Vicerrectorado de estudiantes con discapacidades horas de dedicación Alumnado (máximo 3 créditos por curso académico) Acciones de tutorización y acompañamiento al alumnado de nuevo ingreso 1,5 créditos por curso académico Vicerrectorado de Alumnado o la Dirección del Centro Universitario ACTIVIDADES DEPORTIVAS Cada año el plazo de solicitudes en el Servicio de Deportes finaliza el 30 de septiembre Ver Anexo II Servicio de Deportes Reglamento de reconocimiento de créditos optativos Página 6
7 ANEXO II (Resumen del anexo publicado en la normativa general de la UPV/EHU) Las actividades deportivas por las que se puede solicitar la amortización de créditos serán aquellas que así se determinen dentro de la oferta del Servicio de Deportes de la UPV/EHU. Esta oferta se publicará el primero de octubre de cada curso y se completará con la publicada en febrero del mismo curso. Cursos de práctica deportiva a) Cada estudiante que participe en cursos de práctica deportiva que estén organizados por el Servicio de Deportes o que tenga el informe favorable de este Servicio podrá obtener hasta un máximo de 3 créditos por curso académico, con una equivalencia de 1 crédito por cada 25 horas de práctica. Actividades en la naturaleza b) Por la participación en actividades que tengan relación con la conservación y el conocimiento del medio ambiente y sus posibilidades deportivas, se podrán obtener hasta un máximo de 2 créditos por curso académico, con una equivalencia de 1 crédito por cada 25 horas de práctica. Competiciones c) El alumnado participante en los Campeonatos de Campus obtendrá un crédito por curso académico con 10 o más jornadas de competición. d) Por la participación en las fases finales de los Campeonatos Nacionales Universitarios, se obtendrá un crédito. e) El alumnado que sea seleccionado por el Consejo Superior de Deportes y/o por la UPV/ EHU para participar en Campeonatos Universitarios de carácter Internacional podrá amortizar tres créditos. f) Cada estudiante de los equipos que participen en Ligas Federadas que estén organizados o gestionados por la UPV /EHU, así como aquellos clubes con los que la Universidad tenga suscrito un convenio o acuerdo de colaboración, podrá obtener, por cada año académico, los siguientes créditos: Liga Provincial y Autonómica: un crédito; Ligas Nacionales (Categorías intermedias): dos créditos; 1.a y 2.a Máximas Categorías del Estado (no profesionales): tres créditos. g) El alumnado que tenga la consideración de deportista de alto nivel o alto rendimiento, según el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, podrá amortizar tres créditos por curso académico. h) Para el reconocimiento de créditos en los deportes no convocados en los apartados anteriores, se deberá presentar una memoria justificativa de la actividad deportiva realizada y avalada por la Federación correspondiente; podrá obtener un máximo de tres créditos por curso académico. Cursos de formación i) El alumnado que participe en cursos deportivos relacionados con las diferentes técnicas de un deporte organizados por el Servicio de Deportes podrán obtener hasta un máximo de 2 créditos por curso académico, con una equivalencia de 1 crédito por cada 25 horas de formación. Colaboradores j) El alumnado que colabore en las actividades del Servicio de Deportes podrá amortizar hasta un máximo de dos créditos del total del plan de estudios, con una equivalencia de 1 crédito por cada 25 horas de colaboración. Reglamento de reconocimiento de créditos optativos Página 7
8 ANEXO III (Modelo de Certificado Facultad) XXX XXX, Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatearen Enpresa eta Ekonomi Zientzien Fakultateko Akademi Idazkariak XXX XXX, Secretaria Académica de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea ZIURTATZEN DU Gobernu Batzarrak 2010eko ekainaren 24an onetsitako Graduko ikasketan kredituak onartzeko arautegiaren arabera, ageri diren aukera askeko kredituak amortizatzeko asmoarekin, ondoko jarduera espezifikoengatiko kredituak onarpen behar direla: CERTIFICA Que según la normativa de reconocimiento de créditos en los estudios de grado, aprobada por el Consejo de Gobierno de 24 de junio de 2010, se deben reconocer por actividades específicas los siguientes créditos a: Ikaslea GARCIA GARCIA, Juan Alumno N.A.N A D.N.I. Jarduera Denboraldia Ate Irekien Jardunaldiak (2012) Jornada de Puertas Abiertas (2012) 2012ko urriaren 4 4 de octubre de 2012 Actividad Fecha Orduak 12 Horas ECTS kredituak 0,5 Créditos ECTS Horrela jasota geratzeko, ziurtagiri hau ematen da Bilbon, bi mila eta hamabiko martxoaren hogeita zortzian. Y para que conste donde proceda, se expide el presente certificado en Bilbao, a veintiocho de marzo de dos mil doce. Vº Bº XXX XXX Fakultateko Dekanoa / Decano de la Facultad XXX XXX Fakultateko Idazkaria / Secretaria de Facultad Reglamento de reconocimiento de créditos optativos Página 8
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